ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 312

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

49o año
19 de diciembre de 2006


Número de información

Sumario

Página

 

I   Comunicaciones

 

Tribunal de Cuentas

2006/C 312/1

Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

1

2006/C 312/2

Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad Aérea correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

6

2006/C 312/3

Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medicamentos correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

12

2006/C 312/4

Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Reconstrucción correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

18

2006/C 312/5

Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

24

2006/C 312/6

Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad Marítima correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

30

2006/C 312/7

Informe sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medio Ambiente correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

36

2006/C 312/8

Informe sobre las cuentas anuales de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Autoridad

42

2006/C 312/9

Informe sobre las cuentas anuales del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas del Centro

48

2006/C 312/0

Informe sobre las cuentas anuales del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas del Centro

54

2006/C 312/1

Informe sobre las cuentas anuales del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas del Centro

60

2006/C 312/2

Informe sobre las cuentas anuales de Eurojust correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de Eurojust

67

2006/C 312/3

Informe sobre las cuentas anuales de la Fundación Europea de Formación correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Fundación

73

2006/C 312/4

Informe sobre las cuentas anuales de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Fundación

80

2006/C 312/5

Informe sobre las cuentas anuales del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas del Observatorio

86

2006/C 312/6

Informe sobre las cuentas anuales del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas del Observatorio

93

2006/C 312/7

Informe sobre las cuentas anuales de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Oficina

99

2006/C 312/8

Informe sobre las cuentas anuales de la Oficina de Armonización del Mercado Interior correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Oficina

106

 

Corrección de errores

2006/C 312/9

Corrección de errores de la Publicación de las cuentas definitivas del ejercicio 2005 — Agencia Europea de Seguridad Aérea (DO C 266 de 31.10.2006)

112

ES

 


I Comunicaciones

Tribunal de Cuentas

19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/1


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

(2006/C 312/01)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-8

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de la Agencia

INTRODUCCIÓN

1.

La Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (en lo sucesivo, «la Agencia») fue creada por el Reglamento (CE) no 460/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de marzo de 2004 (1). Adquirió plena autonomía en el segundo semestre de 2005. La principal función de la Agencia es reforzar la capacidad de la Comunidad para prevenir y dar respuesta a los problemas de seguridad de las redes y de la información apoyándose en las iniciativas a nivel nacional y comunitario. En principio, su mandato expira en 2009.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Agencia, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002 (2), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas de la Agencia, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 17 del Reglamento (CE) no 460/2004, las cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (3) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Agencia son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

La ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio 2005 se caracteriza por un bajo porcentaje de compromisos (70 %) y un elevado índice de prórrogas (globalmente superior al 40 % y hasta cerca del 80 % en los gastos de operaciones). Esta situación obedece, en parte, a los problemas inherentes al período de puesta en marcha de la Agencia y al hecho de que esta no empezó a ser operativa hasta el segundo semestre de 2005. En lo sucesivo, la Agencia deberá permanecer atenta a ese riesgo, sobre todo llevando a cabo una programación rigurosa de sus actividades.

8.

El Tribunal hace constar que no se ha introducido la gestión por actividades pese a la disposición que prevé dicha introducción en el reglamento financiero de la Agencia, a semejanza de las medidas aplicadas en este sentido al presupuesto general, con objeto de mejorar el seguimiento de las actividades. Hay que decir al respecto que el cumplimiento de los objetivos de la Agencia no debe limitarse a la ejecución de una serie de tareas, sino medirse por su contribución a los fines establecidos en su Reglamento de base. El programa de trabajo de la Agencia debe expresar en principio esta contribución en términos operativos y cuantificables.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 77 de 13.3.2004, p. 1.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  Estas cuentas se elaboraron el 1 de julio de 2006 y el Tribunal las recibió el 7 de julio de 2006.


Cuadro 1

Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información

Ámbito de competencias según el Tratado de la Unión Europea

Competencias de la Agencia

conforme al Reglamento (CE) no 460/2004 del Consejo, de 10 de marzo de 2004

Gobernanza

Medios puestos a disposición de la Agencia

Actividades y servicios llevados a cabo

Los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros han adoptado de común acuerdo una declaración relativa a la creación de una Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información que actúe como punto de referencia e inspire confianza gracias a su independencia, a la calidad del asesoramiento que preste y de la información que divulgue, a la transparencia de sus procedimientos y métodos de funcionamiento, y a su diligencia a la hora de desempeñar las funciones que se le asignen.

(Decisión del Consejo de 19 de febrero de 2004, adoptada de conformidad con el artículo 251 del Tratado)

Objetivos:

reforzar la capacidad de la Comunidad, de los Estados miembros y de la comunidad empresarial para prevenir los problemas de seguridad de las redes y de la información,

prestar asistencia y proporcionar asesoramiento a la Comisión y a los Estados miembros sobre cuestiones relacionadas con la seguridad de las redes y de la información,

apoyándose en las iniciativas a nivel nacional y comunitario, alcanzar un alto nivel de conocimientos especializados,

prestar asistencia a la Comisión en los trabajos preparatorios de actualización y desarrollo de la normativa comunitaria en el ámbito de la seguridad de las redes y de la información.

Funciones:

recabar la información pertinente para analizar riesgos actuales y emergentes,

facilitar asesoramiento al Parlamento Europeo, a la Comisión, a organismos europeos o a organismos nacionales,

facilitar la cooperación entre la Comisión y los Estados miembros en el desarrollo de metodologías comunes para prevenir los aspectos de seguridad de las redes y de la información,

seguir el desarrollo de las normas técnicas para los productos y servicios sobre seguridad de las redes y la información,

cooperar con terceros países y, en su caso, con organizaciones internacionales para promover un planteamiento mundial común ante los aspectos relacionados con la seguridad de las redes y de la información,

expresar con independencia sus conclusiones.

1. Consejo de Administración

Composición:

un representante por Estado miembro,

tres representantes de la Comisión,

tres representantes sin derecho a voto nombrados por el Consejo, en representación de uno de los siguientes grupos:

empresas del sector de las tecnologías de la información y de la comunicación,

consumidores,

expertos universitarios en seguridad de las redes y de la información.

Competencias:

Aprueba el programa de trabajo anual y el Informe anual de la Agencia.

2. Director

Nombrado por el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión.

3. Control externo

Tribunal de Cuentas.

4. Auditoría interna

Auditor interno de la Comisión.

5. Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento Europeo, previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo 2005:

6,3 millones de euros sufragados por la subvención comunitaria al 100 %

Efectivos a 31 de diciembre de 2005:

38 puestos previstos en la plantilla,

puestos cubiertos: 35

+ otros 15 puestos (expertos nacionales en comisión de servicio, etc.)

Total de efectivos: 50

agentes encargados de:

tareas operativas: 22

tareas administrativas: 28

Grupos de trabajo:

En 2005 se han constituido tres grupos de trabajo y han finalizado sus trabajos: Risk Management, Awareness Raising y CERTS.

Publicaciones:

un informe anual,

ENISA Quarterly Newsletter: 3 números publicados.

Cooperación con los Estados miembros y las restantes instituciones:

(Número de eventos organizados conjuntamente):

Estados miembros: 2 seminarios y 7 eventos organizados en los Estados miembros.

Otros productos y servicios:

Who's Who on Network and Information Security,

1 CD-ROM: «ENISA inventario de actividades CERT en Europa»,

1 CD-ROM: «Raising Awareness in Information Security, Insight and Guidance for Member States».

Fuente: información facilitada por la Agencia.

AGENCIA EUROPEA DE SEGURIDAD DE LAS REDES Y DE LA INFORMACIÓN

Fuente: Datos de la Agencia — Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(en miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias

6 346

4 400

Título I

Personal

2 375

1 764

1 490

257

628

 

 

 

Título II

Funcionamiento

2 483

1 772

453

1 065

965

 

 

 

Título III

Actividades operativas

1 488

1 004

196

790

502

Total

6 346

4 400

Total

6 346

4 540

2 139

2 112

2 095


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005

(en miles de euros)

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

4 251

Total (a)

4 251

Gastos de explotación

Personal

1 040

Funcionamiento

1 594

Actividades operativas

517

Total (b)

3 151

Resultado de explotación (c = a – b)

1 100


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005

(en miles de euros)

Activo

Valores inmovilizados

344

Títulos de crédito

13

Tesorería

2 510

Total

2 867

Pasivo

Excedente acumulado/déficit

0

Resultado económico del ejercicio

1 100

Deudas a corto plazo

1 767

Total

2 867


RESPUESTAS DE LA AGENCIA

7.

La Agencia no comenzó a ser operativa hasta septiembre de 2005. Debido a la escasez de personal y al poco tiempo disponible, no pudo mejorar los porcentajes de ejecución del presupuesto. La dirección tomará las medidas necesarias y espera poder ejecutar un mayor porcentaje del presupuesto de 2006.

8.

Como la Agencia comenzó a funcionar hace menos de un año, no cuenta con los recursos necesarios para introducir y poner en marcha de forma eficaz un sistema de gestión basado en las actividades. Es evidente que un sistema como este contribuiría a mejorar considerablemente la mensurabilidad del trabajo de la Agencia. La dirección tratará de ponerlo en marcha tan pronto como la Agencia pueda dedicar los recursos necesarios para desarrollarlo.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/6


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad Aérea correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

(2006/C 312/02)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-11

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de la Agencia

INTRODUCCIÓN

1.

La Agencia Europea de Seguridad Aérea (en lo sucesivo denominada «la Agencia») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 1592/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2002 (1). Su misión consiste en mantener un alto nivel de seguridad de la aviación civil, garantizar el desarrollo correcto de dicha seguridad y establecer protocolos de certificación, así como atribuir certificados a los productos aeronáuticos.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Agencia, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas de la Agencia, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 49 del Reglamento (CE) no 1592/2002, las cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (3) fueron elaboradas por su director ejecutivo, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera una declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Agencia son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

El porcentaje de utilización de los créditos de compromiso y de pago resulta inferior al 80 %, lo cual es debido al escaso nivel de ejecución de los créditos de compromiso (69 %) y de pago (32 %) de los gastos de operaciones. Asimismo, el porcentaje de anulación de los créditos del ejercicio es elevado (entre el 7 % y por encima del 30 % según el título de los gastos y la naturaleza de los créditos). Los porcentajes de anulación de los créditos prorrogados del ejercicio anterior resultan también elevados. Esta situación debería impulsar a la Agencia a mejorar su programación y reforzar el seguimiento de su ejecución, a efectos de evitar una movilización inútil de los recursos.

8.

Los créditos de una línea presupuestaria se modificaron en 1,2 millones de euros sin que la Agencia pudiera presentar documentos que justificaran tal reducción.

9.

El Tribunal hace constar que no se ha introducido la gestión por actividades pese a la disposición que prevé dicha introducción en el Reglamento financiero de la Agencia, a semejanza de las medidas aplicadas en este sentido en el presupuesto general, con objeto de mejorar el seguimiento de las actividades. Hay que decir al respecto que el cumplimiento de los objetivos de la Autoridad no debe limitarse a la ejecución de una serie de tareas, sino medirse por su contribución a los fines establecidos en su Reglamento de base. El programa de trabajo de la Agencia debe expresar en principio esta contribución en términos operativos y cuantificables.

10.

El Consejo de Administración no ha adoptado normas mínimas de control interno. No siempre se habían descrito el sistema y los procedimientos de gestión y control interno ni se había realizado el análisis de riesgos ligados a las operaciones financieras. La separación de las funciones de inicio y verificación operativa de los pagos no siempre fue efectiva en 2005. No se efectuó la validación de los procedimientos establecidos por los ordenadores para garantizar la exactitud y la exhaustividad de la información financiera que estos transmiten al contable. Al final de 2005, la Agencia no disponía aún de un sistema que le permitiera garantizar que las tasas exigidas a sus clientes en contrapartida por sus servicios fueran suficientes para cubrir los costes.

11.

En algunas ocasiones no se respetó el principio de apertura a la competencia: la Agencia utilizó el procedimiento negociado en el caso de un contrato de 250 000 euros adjudicado a una empresa de personal temporal; renovó, además, por acuerdo directo y sin justificación, el contrato relativo al servicio de seguridad que había celebrado en 2004 (importe: 85 557 euros) y, en otro caso, solo invitó a competir a cuatro licitadores, si bien había cinco interesados en la lista confeccionada tras una convocatoria de manifestación de interés.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 240 de 7.9.2002, p. 1.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  Estas cuentas se elaboraron el 30 de junio de 2006 y el Tribunal las recibió el 3 de julio de 2006.


Cuadro 1

Agencia Europea de Seguridad Aérea (Colonia)

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias de la Agencia conforme al Reglamento (CE) no 1592/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de julio de 2002

Gobernanza

Medios puestos a disposición de la Agencia

Actividades y servicios llevados a cabo

Política común de transportes

El Consejo, por mayoría cualificada, podrá decidir si, en qué medida y de acuerdo con qué procedimiento podrán adoptarse disposiciones apropiadas para la navegación marítima y aérea.

(artículo 80 del Tratado)

Objetivos

Mantener un nivel elevado y uniforme de la seguridad de la aviación civil en Europa y garantizar el funcionamiento y el desarrollo correctos de la seguridad de la aviación civil.

Medidas que debe adoptar la Agencia:

emitir dictámenes dirigidos a la Comisión,

expedir especificaciones de certificación, incluidos los códigos de aeronavegabilidad y los medios aceptables de puesta en conformidad, así como cualquier documentación orientativa sobre la aplicación de la política comunitaria,

tomar decisiones de certificación en materia de aeronavegabilidad y respeto al medio ambiente,

efectuar inspecciones de normalización ante las autoridades competentes de los Estados miembros,

efectuar las investigaciones necesarias en las empresas.

1. Consejo de Administración

Compuesto de un representante de cada Estado miembro y de un representante de la Comisión, crea un órgano consultivo de las partes interesadas.

2. Director ejecutivo

Gestiona la Agencia; nombrado por el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión.

3. Sala de recursos

Dispone sobre las decisiones de la Agencia en materia de certificación, de tasas e ingresos, y de controles en las empresas.

4. Control externo

Tribunal de Cuentas.

5. Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento, previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo 2005:

Presupuesto total: 36,5 millones de euros, que incluyen:

tasas e ingresos recibidos: 8,6 millones de euros,

subvención comunitaria: 18,6 millones de euros.

200 puestos previstos en la plantilla,

puestos cubiertos: 132

+ otros 21 puestos

Total de efectivos: 153

agentes encargados de tareas:

operativas: 86

administrativas: 38

mixtas: 29

Dictámenes:

cuatro dictámenes relativos a las modificaciones de los Reglamentos (CE) no 1592/2002, (CE) no 1702/2003 y (CE) no 2042/2003,

un dictamen relativo a la aceptación de los proveedores de bases de datos de aeronavegabilidad,

cinco dictámenes relativos a las excepciones acordadas por los Estados miembros de la AESA.

Decisiones normativas:

una modificación de las especificaciones de certificación CS 25,

una modificación de los medios aceptables de conformidad («Acceptable Means of Compliance») y de las guías explicativas («Guidance Material») del Reglamento (CE) no 2042/2003.

Cooperación internacional:

dos nuevos acuerdos de cooperación celebrados con China sobre productos Eurocopter y Dassault,

ampliación del acuerdo de cooperación con el comité aeronáutico de la Comunidad de Estados Independientes.

Decisiones de certificación:

 

Certificados de tipo: 78

 

Certificados de tipo suplementarios: 900

 

Consignas de aeronavegabilidad: 490

 

Especificaciones técnicas europeas: 249

 

Medios aceptables de conformidad: 116

 

Modificaciones importantes: 693

 

Modificaciones de escasa importancia: 2 369

 

Reparaciones importantes: 192

 

Reparaciones de escasa importancia: 1 384

 

AFM/RFM («Flight Manual Revisions»): 334

 

Autorización de organismos de concepción: 55

 

Autorización de organismos de mantenimiento (bilateral): 85

 

Autorización de organismos de mantenimiento (extranjero): 113

 

Autorización de organismos de formación en mantenimiento: 11

 

Aprobación de organismos de fabricación: 4

Inspecciones de la normalización (número de países por tipo):

 

Aprobación de organismos de fabricación: 7 países

 

Autorización de organismos de mantenimiento: 19 países

Fuente: información comunicada por la Agencia.

AGENCIA EUROPEA DE SEGURIDAD AÉREA

Fuente: Datos de la Agencia — Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(en miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Crédito del presupuesto definitivo del ejercicio

Crédito prorrogados del ejercicio anterior

Créditos disponibles

(créditos del ejercicio anterior)

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias

22 138

18 930

Título I

Personal

16 192

13 968

13 754

214

2 224

314

212

102

16 506

14 282

13 966

214

2 326

Ingresos propios

8 000

8 569

Título II

Funcionamiento

3 691

3 428

2 646

782

263

810

732

78

4 501

4 238

3 378

782

341

Ingresos varios

1 443

1 472

Título III

Actividades operativas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CC

20 098

13 865

0

0

6 233

0

0

0

20 098

13 865

0

0

6 233

CP

11 698

0

4 656

5 611

1 431

264

237

27

11 962

0

4 893

5 611

1 458

Total

31 581

28 971

Total CC

39 981

31 261

0

996

8 720

1 124

944

180

41 105

32 385

0

996

8 900

Total CP

31 581

0

21 056

6 607

3 918

1 388

1 181

207

32 969

0

22 237

6 607

4 125

CC: créditos de compromiso; CP: créditos de pago


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico de los ejercicios 2005 y 2004

(en miles de euros)

 

2005

2004

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

17 416

7 777

Subvenciones e ingresos varios

13 053

601

Total (a)

30 469

8 378

Gastos de explotación

Personal

13 636

5 557

Funcionamiento

4 016

1 521

Actividades operativas

11 660

2 081

Total (b)

29 312

9 159

Resultado de explotación (c = a — b)

1 157

– 781

Productos varios (d)

41

0

Gastos varios (e)

–14

–1

Resultado económico (f = c + d + e)

1 184

– 782


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 2004

(en miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

1 531

991

Títulos de crédito a corto plazo

8 816

329

Tesorería

11 746

4 978

Total

22 093

6 298

Pasivo

Resultados acumulados de los ejercicios anteriores

1 845

2 627

Resultado del ejercicio

1 184

– 782

Deudas a corto plazo

19 064

4 453

Total

22 093

6 298


RESPUESTAS DE LA AGENCIA

7.

Se han consumido créditos de compromiso por debajo de lo previsto debido a las dificultades de contratación. El escaso nivel de ejecución de los créditos de pago para las actividades operativas se debe esencialmente al hecho de que las autoridades nacionales no han extendido factura a la Agencia durante este primer año de aplicación del Reglamento (CE) no 488/2005.

8.

El importe de 1,2 millones de euros había sido indebidamente consignado como créditos ordinarios y hubo de ser transferido a los créditos para ingresos afectados. La Agencia velará en el futuro por informar al Consejo de Administración de toda modificación presupuestaria.

9.

La Agencia inició en 2006 un proyecto de gestión integrada de las actividades de certificación, incluido un sistema de seguimiento detallado de las actividades de la Agencia, así como la adaptación del sistema financiero para establecer una contabilidad analítica. Se espera que este proyecto sea operativo a partir de 2008. Entretanto, la Agencia se compromete a establecer una relación más estrecha entre su presupuesto y sus objetivos operativos y, dentro de este espíritu, el presupuesto de 2007 será presentado por actividades.

10.

El Consejo de Administración de la Agencia adoptó el 2 de junio de 2006 normas de control interno basadas en las normas aplicadas por la Comisión y en las normas ISO 9000. En marzo de 2006 se puso en marcha un programa de garantía de la calidad destinado a llevar a la práctica dichas normas. La descripción de los sistemas y procedimientos y el análisis de los riesgos se desarrollarán en este marco. La anomalía constatada por el Tribunal y relativa a la separación de funciones ha sido corregida. La instauración en 2006 de vínculos informáticos entre el sistema operativo y el financiero debería contribuir a garantizar una mejor calidad de las informaciones financieras transmitidas por los ordenadores al contable. La reforma actualmente en vigor del Reglamento (CE) no 488/2005 relativo a las tasas e ingresos deberá permitir a la Agencia cubrir el coste de sus actividades de certificación.

11.

Durante los primeros meses que siguieron a su traslado a Colonia en noviembre de 2004, la Agencia no pudo aplicar los procedimientos normales de adquisición de bienes y servicios debido a los plazos impartidos y a un déficit de recursos humanos. Una vez que ha sido posible crear una célula especializada para las adquisiciones, los procedimientos reglamentarios han sido aplicados.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/12


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medicamentos correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

(2006/C 312/03)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-11

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de la Agencia

INTRODUCCIÓN

1.

La Agencia Europea de Medicamentos (en lo sucesivo denominada la Agencia) se creó en virtud del Reglamento (CEE) no 2309/93 del Consejo, de 22 de julio de 1993, que fue sustituido por el Reglamento (CE) no 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004 (1). La Agencia funciona en red y coordina los recursos científicos puestos a su disposición por las autoridades nacionales con el fin de garantizar la evaluación y supervisión de los medicamentos de uso humano o veterinario.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Agencia, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas de la Agencia, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 68 del Reglamento (CE) no 726/2004, las cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (3) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Agencia son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

En cuanto a la ejecución presupuestaria, los porcentajes de utilización de los créditos de compromiso (94 %) y de pago (82 %) son globalmente elevados. Sin embargo, en el caso de los gastos de funcionamiento (título II), el porcentaje de utilización de los créditos de compromiso es inferior al 90 % y los compromisos contraídos se prorrogaron al ejercicio siguiente en más de un 40 %.

8.

Los derechos de acceso al sistema informático no corresponden sistemáticamente a las delegaciones en vigor. En 2005, un agente, sin delegación desde 2004, seguía disponiendo de los derechos de acceso correspondientes en el sistema informático.

9.

Desde el final de 2004, la Agencia ha gestionado los fondos (4) recaudados de otras agencias y organismos para financiar un servicio de apoyo común destinado a mejorar sus sistemas de información de gestión financiera. Hasta 2005, estos fondos no se presentaron en las cuentas anuales de la Agencia, como fue el caso de otras agencias que gestionaron los fondos en ejercicios anteriores siguiendo un sistema rotativo.

10.

Los controles efectuados en la adjudicación de contratos públicos han puesto de manifiesto varias anomalías, en concreto en el caso de los contratos informáticos. La designación de los comités de evaluación no es objeto sistemáticamente de una decisión formal y no se cumplen las normas en materia de independencia jerárquica entre miembros de los comités. Se han celebrado varias reuniones de los comités de evaluación sin la presencia de algunos de sus miembros, no habiéndose justificado formalmente dicha ausencia.

11.

El Tribunal observa de nuevo que los contratos celebrados con los bancos están en vigor desde hace más de seis años, pese a que las normas de desarrollo del reglamento financiero de la Agencia prescriben la obligación de organizar una nueva licitación, como mínimo, cada cinco años.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 214 de 24.8.1993, p. 18 y DO L 136 de 30.4.2004, p. 1. En virtud del último Reglamento, la Agencia cambia su nombre inicial de Agencia Europea para la Evaluación de Medicamentos y pasa a denominarse Agencia Europea de Medicamentos.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  Estas cuentas se elaboraron el 27 de junio de 2006 y el Tribunal las recibió el 27 de julio de 2006.

(4)  Aproximadamente 400 000 euros.


Cuadro 1

Agencia Europea de Medicamentos (Londres)

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias de la Agencia

conforme al Reglamento (CE) no 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004

Gobernanza

Medios puestos a disposición de la Agencia 2005 (2004)

Actividades y servicios 2005 (2004)

Al definirse y ejecutarse todas las políticas y acciones de la Comunidad se garantizará un alto nivel de protección de la salud humana.

La acción de la Comunidad, que complementará las políticas nacionales, se encaminará a mejorar la salud pública, prevenir las enfermedades humanas y evitar las fuentes de peligro para la salud humana (…)

(artículo 152 del Tratado).

Objetivos:

coordinar los recursos científicos que las autoridades de los Estados miembros pongan a disposición de la Agencia para la autorización y supervisión de medicamentos de uso humano y veterinario,

proporcionar a los Estados miembros y a las instituciones de la Unión Europea asesoramiento científico sobre los medicamentos de uso humano o veterinario.

Funciones:

coordinar la evaluación científica de los medicamentos cuya comercialización está sujeta a procedimientos comunitarios de autorización,

coordinar la vigilancia de los medicamentos que hayan sido autorizados dentro de la Comunidad (farmacovigilancia),

asesorar sobre los niveles máximos de residuos de medicamentos veterinarios que pueden aceptarse en alimentos de origen animal,

coordinar la comprobación del cumplimiento de los principios de prácticas correctas de fabricación, clínicas y de laboratorio,

llevar un registro de las autorizaciones previas a la comercialización de medicamentos.

1. El Comité de medicamentos de uso humano, compuesto por un miembro y un suplente por cada Estado miembro, prepara los dictámenes sobre cualquier cuestión relativa a la evaluación de medicamentos de uso humano.

2. El Comité de medicamentos de uso veterinario, compuesto por un miembro y un suplente por cada Estado miembro, prepara los dictámenes sobre cualquier cuestión relativa a la evaluación de medicamentos de uso veterinario.

3. El Comité de medicamentos huérfanos, compuesto por un miembro y un suplente por cada Estado miembro, prepara los dictámenes sobre cualquier cuestión relativa a la evaluación de medicamentos huérfanos.

4. El Comité de medicamentos a base de plantas, compuesto por un miembro y un suplente por cada Estado miembro, prepara los dictámenes sobre cualquier cuestión relativa a la evaluación de medicamentos a base de plantas.

5. El Consejo de Administración, compuesto por un miembro y un suplente por cada Estado miembro, por dos representantes de la Comisión, dos representantes designados por el Parlamento Europeo, dos representantes de las organizaciones de pacientes, un representante de las organizaciones de médicos y un representante de las organizaciones de veterinarios. El consejo aprueba el programa de trabajo y el informe anual.

6. El Director es designado por el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión.

7. Control externo: Tribunal de Cuentas Europeo y Servicio de auditoría interna de la Comisión.

8. Autoridad de aprobación de la gestión: Parlamento, previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo 2005:

111,8 millones de euros (99,4 millones de euros)

Subvención comunitaria (sin la contribución «huérfanos»): 22,7 % ((24,7%) 

Efectivos a 31 de diciembre de 2005:

379 (314) puestos previstos en la plantilla

Puestos cubiertos: 337,5 (290)

+ otros 34 (50) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, interinos)

Total de efectivos: 371,5 (340)

Agentes encargados de:

 

tareas operativas: 302,5 (271)

 

tareas administrativas: 69 (69)

Medicamentos de uso humano:

solicitudes de autorización de venta: 43 (51),

dictámenes favorables: 24 (34),

tiempo empleado de media en la evaluación: 203 días (187 días),

dictámenes posteriores a la autorización: 1 148 (926),

farmacovigilancia: 91 565 informes 64 186 informes),

informes periódicos de seguridad: 279 (253),

dictámenes científicos: 135 (77),

procedimientos de reconocimiento mutuo: 8 451 (7 081).

Medicamentos de uso veterinario:

nuevas solicitudes: 11 (8),

solicitudes de variantes: 70 (40),

inspecciones: 114 (93).

Medicamentos huérfanos:

solicitudes: 118 (108),

dictámenes favorables: 88 (75).

Fuente: información comunicada por la Agencia.

AGENCIA EUROPEA DE MEDICAMENTOS

Fuente: Datos de la Agencia — Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(en miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

Créditos del ejercicio y del ejercicio anterior

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias (1)

31 180

33 734

Título I

Personal

41 356

39 307

38 608

700

2 048

642

536

106

41 998

39 949

39 144

700

2 154

Ingresos propios

77 455

71 895

Título II

Funcionamiento

27 105

24 047

15 974

10 041

1 090

10 935

10 590

345

38 040

34 982

26 564

10 041

1 435

Ingresos varios

3 200

3 767

Título III

Actividades operativas

43 374

42 000

33 907

8 092

1 375

11 174

10 523

651

54 548

53 174

44 430

8 092

2 026

Total

111 835

109 396

Total

111 835

105 354

88 489

18 833

4 513

22 751

21 649

1 102

134 586

128 105

110 138

18 833

5 615


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico de los ejercicios 2005 y 2004

(en miles de euros)

 

2005

2004

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

28 957

24 556

Ingresos

77 679

71 857

Total (a)

106 636

96 413

Gastos de explotación

Personal

40 057

34 333

Funcionamiento

22 459

15 154

Actividades operativas

41 999

38 573

Total (b)

104 515

88 060

Resultado de explotación (c = a — b)

2 121

8 353

Productos varios (d)

2 257

1 160

Gastos varios (e)

0

0

Resultado económico (f = c + d — e)

4 378

9 513


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 2004

(en miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

17 437

12 115

Títulos de crédito a corto plazo

5 490

5 892

Tesorería

29 934

35 010

Total

52 861

53 017

Pasivo

Excedente acumulado/déficit

23 280

13 767

Resultado económico del ejercicio

4 378

9 513

Deudas a corto plazo

25 203

29 737

Total

52 861

53 017


(1)  Incluidas las subvenciones correspondientes al Espacio Económico Europeo.


RESPUESTAS DE LA AGENCIA

7.

El importe de los créditos prorrogados para el período 2004-2005 del título 2 es elevado debido fundamentalmente al programa de gastos de telemática, que representa el 80 % de estas prórrogas. Los créditos prorrogados imputables al programa de telemática han sido considerables porque este programa incluye varios programas plurianuales importantes y complejos para toda la UE que se lanzaron en 2004 y se han prolongado hasta 2005.

8.

Se han corregido los accesos de seguridad y se han dado instrucciones a todos los verificadores delegados para que se aseguren de que firman las transacciones correctas (en SI2) según la decisión relativa a su delegación de responsabilidad y que actúen con la diligencia debida a este respecto.

9.

Los gastos relativos al CSS para 2006 se incluirán en el presupuesto de la EMEA con el primer presupuesto rectificativo y los gastos serán imputados a los miembros. Las actividades del CSS en 2005 se han comunicado en la nota 4 de las cuentas de la EMEA para el ejercicio 2005.

10.

La composición de los comités de evaluación, formados a menudo por más de tres personas, se basa en el principio de que las ofertas deberían evaluarlas personas independientes y con la experiencia apropiada. En cualquier caso, en las reuniones participan un mínimo de tres personas y las actas de todas las reuniones se distribuyen para su debate y aprobación. En el futuro, la Agencia exigirá la mención de una justificación en las actas en el caso de ausencia de un miembro.

11.

En 2006, la Agencia ha lanzado una licitación para la prestación de servicios bancarios. El aplazamiento mencionado por el Tribunal se debe al hecho de que durante los últimos años el sistema financiero de la Agencia ha sido revisado y hubiera sido demasiado perjudicial cambiar de banco.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/18


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Reconstrucción correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

(2006/C 312/04)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-11

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de la Agencia

INTRODUCCIÓN

1.

La Agencia Europea de Reconstrucción (en lo sucesivo denominada «la Agencia») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 1628/96 del Consejo (1), modificado por el Reglamento (CE) no 2068/2004 del Consejo (2). La Agencia se estableció en 2000 con la misión de gestionar los programas de ayuda de la Unión Europea en Kosovo. Su mandato se amplío posteriormente a Serbia y Montenegro, así como a la Antigua República Yugoslava de Macedonia. Su sede se encuentra en Salónica y dispone de centros operativos en Belgrado, Podgorica, Pristina y Skopie. La Agencia lleva a la práctica programas que tienen como objetivo promover el fortalecimiento de las instituciones y su buena administración, apoyar el desarrollo de la economía de mercado y de las infraestructuras vitales, así como reforzar la sociedad civil. En principio, su mandato finaliza el 31 de diciembre de 2006 (3).

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Agencia, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (4), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas de la Agencia, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 8, apartado 2, del Reglamento (CE) no 2667/2000 del Consejo (5), las cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (6) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Agencia son, en su conjunto, legales y regulares, salvo en los casos mencionados en el apartado 9.

OBSERVACIONES

7.

El cometido y las tareas del auditor interno no se han definido con la suficiente claridad y no siempre corresponden con las funciones del puesto (7). Las auditorías internas llevadas a cabo en 2005 no fueron comunicadas oficialmente a la dirección mediante los correspondientes informes.

8.

A raíz de las observaciones formuladas por el Tribunal en sus informes anuales de 2003 y 2004, la Agencia adoptó medidas destinadas a mejorar el procedimiento de adjudicación de contratos públicos, lo cual se ha traducido en una mayor transparencia en varios aspectos; por ejemplo, se documentan mejor las decisiones importantes adoptadas durante el proceso de evaluación que influyen en la adjudicación de contratos. Ello ha contribuido asimismo a acrecentar la disciplina global en materia de procedimientos de evaluación y de adjudicación de contratos.

9.

No obstante lo anterior, el Tribunal ha constatado casos en que las anomalías están motivadas por la falta de realismo de los criterios de selección fijados proveniente de la escasa adaptación de estos a las condiciones en las que opera la Agencia.

10.

El Tribunal se congratula de los progresos logrados en el ámbito de las convocatorias de ofertas y alienta a la Agencia a que prosiga sus esfuerzos por conseguir que los contratos adjudicados se adecúen plenamente a las disposiciones reglamentarias vigentes en la materia.

11.

En su informe de 2004, el Tribunal hacía constar, tras examinar las operaciones confiadas a la Misión de las Naciones Unidas en Kosovo (MINUK o UNMIK en sus siglas inglesas), que la Agencia no ejercía un control financiero adecuado cuando efectuaba pagos y que se había encontrado con dificultades importantes para cerrar las operaciones, principalmente debido a la falta de una contabilidad idónea de los proyectos y de una justificación suficiente de los gastos. Si bien la Agencia se esforzó realmente en 2005 para resolver la situación, persistieron los problemas ligados al cierre de las operaciones. Las auditorías de una serie de proyectos llevadas a cabo por empresas privadas por cuenta de la Agencia confirmaron que deberían haberse reclamado fondos a los beneficiarios, una cuestión todavía no resuelta. Estos problemas podrían solventarse si la Agencia velara por el cumplimiento del acuerdo sobre la gestión de dichos fondos (8).

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 204 de 14.8.1996, p. 1.

(2)  DO L 358 de 3.12.2004, p. 2.

(3)  Artículo 1, apartado 4, del Reglamento (CE) no 2068/2004.

(4)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(5)  DO L 306 de 7.12.2000, p. 7.

(6)  Estas cuentas se elaboraron el 11 de julio de 2006 y el Tribunal las recibió el 21 de julio de 2006.

(7)  Desempeña funciones de asesoramiento a la dirección.

(8)  Acuerdo marco financiero y administrativo (29 de abril de 2003).


Cuadro 1

Agencia Europea de Reconstrucción (Salónica)

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias de la Agencia conforme al Reglamento (CE) no 2667/2000 del Consejo, de 5 de diciembre de 2000

Gobernanza

Medios puestos a disposición de la Agencia

(2004)

Actividades y servicios llevados a cabo en 2005

La Comunidad llevará a cabo, en el marco de sus competencias, acciones de cooperación económica, financiera y técnica con terceros países. Estas acciones serán complementarias de las que lleven a cabo los Estados miembros y coherentes con la política de desarrollo de la Comunidad

(artículo 181 A).

Objetivos

Aplicar la asistencia comunitaria:

i)

a la reconstrucción, al retorno de los refugiados y desplazados,

ii)

para fomentar la buena administración, el refuerzo de las instituciones y el Estado de derecho,

iii)

para apoyar el desarrollo de una economía de mercado y proseguir con las inversiones en estructuras físicas vitales, así como las medidas en favor del medio ambiente,

iv)

para apoyar el desarrollo social y reforzar la sociedad civil.

Ámbito de aplicación

La Agencia gestiona los principales programas de ayuda en Serbia y Montenegro (República de Serbia, Kosovo y República de Montenegro) y en la Antigua República Yugoslava de Macedonia (FYROM). Pueden beneficiarse los Estados, las entidades administradas por las Naciones Unidas, las entidades federadas, regionales y locales, los organismos públicos y parapúblicos, los interlocutores sociales, las organizaciones de apoyo a las empresas, las cooperativas, las sociedades mutuas, las asociaciones, las fundaciones y las organizaciones no gubernamentales.

Funciones:

informar a la Comisión sobre las necesidades prioritarias,

elaborar programas para la reconstrucción y el retorno de los refugiados y desplazados,

efectuar todas las operaciones necesarias para la ejecución de la asistencia comunitaria.

1. Consejo de Administración

Compuesto por un representante de cada Estado miembro, dos representantes de la Comisión y un observador del Banco Europeo de Inversiones.

2. Director

Nombrado por el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión.

Centros operativos establecidos en Belgrado, Prístina, Podgorica y Skopie con un elevado grado de autonomía de gestión.

3. Control externo

Tribunal de Cuentas.

4. Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento, previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo:

307,5  millones de euros (374,6  millones de euros)

Efectivos a 31 de diciembre de 2005:

114 (114) puestos de agente temporal previstos en la plantilla

puestos cubiertos: 88 (88)

Otros puestos:

170 (195) puestos de agentes locales previstos, de los cuales están cubiertos 162 (173).

28 (0) puestos de agentes interinos previstos, de los cuales están cubiertos 26 (0).

Total de efectivos: 276 (261)

agentes encargados de:

tareas operativas: 169 (184)

tareas administrativas: 107*(77)

* incluido el personal asignado a los servicios administrativos, financieros e informáticos.

Por centro operativo (principales acontecimientos):

KOSOVO: a) ayudas a la creación, préstamos, formación y asesoramiento a las pequeñas empresas; b) asistencia a las personas vulnerables, incluidas las minorías y los repatriados; c) gestión de los préstamos concedidos en una fase anterior a partir de los mecanismos de crédito de la AER; d) rehabilitación de la subestación térmica de Mitrovica; e) reapertura de seis puentes entre Pristina y el paso fronterizo con FYROM; f) apoyo a los sectores de justicia y asuntos interiores (JAI) y a la reforma de la administración pública.

SERBIA: a) redacción de leyes en el marco de la reforma de las administraciones públicas; b) suministro de material a la policía de fronteras; c) rehabilitación de tribunales con suministro de material; d) programa de rehabilitación de hospitales; e) creación de nuevos empleos gracias a los préstamos de fondos de crédito renovables; f) ayuda a la formación para empresas; g) centros regionales de formación de adultos; h) fin de la rehabilitación del puente de Sloboda (Danubio, Novi Sad) y del paso fronterizo de Horgos con Hungría; i) renovación de infraestructuras municipales; j) reforma del instituto de estadística; k) respaldo a la gestión de inversiones extranjeras directas; l) apoyo a medidas activas en favor del empleo destinadas a garantizar este y reducir el paro; m) apoyo a actividades de integración europea; n) apoyo a grupos vulnerables como los refugiados y los desplazados dentro del país.

MONTENEGRO: a) conclusión del plan director de gestión de residuos; b) creación del paso fronterizo con Croacia en el marco de la asistencia en materia de gestión integrada de fronteras; c) base centralizada de datos informáticos del Ministerio del Interior; d) Agencia para la gestión de recursos humanos, centros regionales de enseñanza y de formación profesional; e) nueva dirección de carreteras y nuevas leyes en materia de transportes; f) escisión/reestructuración de empresas públicas de electricidad, estrategia en materia de eficacia energética.

FYROM: a) asistencia al refuerzo y a la creación de nuevas instituciones de la administración pública (función de auditoría interna, agencia de protección de datos); b) reforma de la policía; c) refuerzo de los servicios veterinarios y fitosanitarios; d) asistencia a la descentralización de competencias a favor de los ayuntamientos; e) refuerzo de las infraestructuras municipales; f) formación a los agentes de la administración, particularmente a los albaneses de origen, para que se conviertan en funcionarios públicos; g) creación y mantenimiento de empleos gracias a los préstamos concedidos a las PYME a partir del fondo de créditos renovables.

Fuente: información comunicada por la Agencia.

AGENCIA EUROPEA DE RECONSTRUCCIÓN

Fuente: Datos de la Agencia — Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(en miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos disponibles

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

saldo pendiente de compromiso

compromisos prorrogados

pagados

anulados

compromisos pendientes de liquidación

Subvenciones comunitarias

306 200

97 800

Título I

Personal

18 481

17 155

16 660

495

1 360

317

283

34

Subvenciones y fondos de contrapartida varios

0

1 637

Título II

Funcionamiento

6 831

5 299

4 799

500

1 532

1 073

1 011

62

Fondos restantes

1 312

1 312

Título III

Actividades operativas

282 200

78 551

18 879

59 672

0

203 649

345 342

186 474

13 307

145 561

Ingresos varios (reutilización)

p.m.

617

Subtotal

307 512

101 005

40 338

60 667

2 892

203 649

346 732

187 768

13 403

145 561

 

 

 

Créditos prorrogados de 2004

309 139

143 049

34 040

166 090

4 749

170 838

0

0

0

0

Total

307 512

101 366

Total

616 651

244 054

74 378

226 757

7 641

374 487

346 732

187 768

13 403

145 561


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005 (1)

(en miles de euros)

 

2005

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

261 009

Subvenciones e ingresos varios

1 832

Total (a)

262 841

Gastos de explotación

Personal

15 727

Funcionamiento

7 212

Actividades operativas

243 442

Total (b)

266 381

Resultado económico (c = a — b)

–3 540


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 2004 (2)

(en miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

1 276

1 652

Títulos de crédito a largo plazo

40 002

61 619

Títulos de crédito a corto plazo

164 859

118 118

Tesorería

57 917

223 860

Total

264 054

405 249

Pasivo

Excedente acumulado/déficit

166 840

166 840

Resultado económico del ejercicio

–3 540

0

Anticipos de la Comisión

74 169

205 933

Deudas a corto plazo

26 585

32 476

Total

260 054

405 249


(1)  No se presentan los datos del ejercicio 2004  al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.

(2)  Los datos del ejercicio 2004 fueron reelaborados para garantizar su comparabilidad con los de 2005.


RESPUESTAS DE LA AGENCIA

7.

La Agencia ha sido pionera en la creación de un servicio de auditoría interna, que todavía no existe en la mayoría de las agencias. El cometido y las responsabilidades (artículo 38, apartado 4, del Reglamento de base) se corresponden con la metodología seguida por la Comisión al respecto. Si bien el nuevo marco normativo mejorará la formalización de este trabajo, el servicio contribuyó a mejorar los controles internos de la agencia.

8.

La Agencia agradece el reconocimiento que se hace de las mejoras.

9.

Los criterios de selección se mejoran constantemente a fin de conseguir criterios realistas y verificables en los documentos de las convocatorias de ofertas. Esto también facilita a los licitadores la preparación de ofertas que cumplan con los requisitos.

11.

Habida cuenta de que las disposiciones aplicables del Acuerdo marco financiero y administrativo entre la CE y la ONU y la situación administrativa in situ lo permitían, la Agencia aplicó un método estricto que, a menudo, hizo que se rechazaran o retrasaran los pagos ante la falta de una justificación adecuada de los gastos o de comprobantes de los mismos. Los informes de auditoría son obligatorios y se recuerda a la Misión provisional de las Naciones Unidas para Kosovo (UNMIK) y a otras instancias de Naciones Unidas implicadas que los pagos definitivos en relación con proyectos finalizados solo cubrirán la cantidad certificada por un auditor externo homologado. Respecto a los fondos adelantados que no se utilizaron según las disposiciones del acuerdo de subvención respectivo, se ha iniciado el proceso de reclamación.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/24


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

(2006/C 312/05)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-10

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de la Agencia

INTRODUCCIÓN

1.

La Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (en lo sucesivo denominada «la Agencia») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 2062/94 del Consejo, de 18 de julio de 1994 (1). En materia de seguridad y salud en el trabajo, la Agencia tiene la misión de recoger y difundir información sobre las prioridades nacionales y comunitarias, apoyar a las instancias nacionales y comunitarias en la formulación y aplicación de las políticas, e informar sobre las medidas de prevención.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Agencia, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002 (2), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas de la Agencia, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 14 del Reglamento (CE) no 2062/94, las cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (3) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera una declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Agencia son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

El índice de compromiso de los créditos consignados en el presupuesto del ejercicio 2005 es superior al 90 %. No obstante, el índice de prórroga, un 30 %, sigue siendo elevado para los gastos operativos (título III), mientras que el porcentaje de anulación de los créditos prorrogados se aproxima al 15 %. Ante esta situación, la Agencia debería tratar de mejorar su programación y respetarla con mayor rigor. La gestión del presupuesto se caracteriza por un elevado número de transferencias entre líneas presupuestarias insuficientemente justificadas. Además, no se ha establecido ningún mecanismo de control para comprobar que se respeten las normas y límites aplicables a las transferencias.

8.

En 2005 todavía no se había terminado de introducir el sistema de control interno. El Consejo de Administración no ha adoptado normas de control interno, y los cuestionarios utilizados para la verificación ex ante de los compromisos y los pagos no abarcan los aspectos operativos. Faltan los análisis de riesgo y las listas de verificación necesarios para el trabajo de los ordenadores y de los verificadores operativos.

9.

Las disposiciones generales de ejecución relativas a la contratación de los agentes de la Agencia no especifican los criterios y formalidades que deben cumplirse en las diferentes etapas de la selección de candidatos. El examen de un procedimiento de contratación ha puesto de manifiesto que la selección llevada a cabo no se había documentado adecuadamente (los miembros del comité de selección solamente levantaron acta sumaria en una ocasión). En este ámbito, para garantizar la transparencia e imparcialidad de las decisiones adoptadas, la documentación ha de ser rigurosa.

10.

El examen de los procedimientos de adjudicación de contratos ha revelado que con frecuencia las apreciaciones del comité de evaluación sobre la calidad de las ofertas no están motivadas. Además, los informes de evaluación solo están firmados por el ordenador responsable y no por todos los miembros del comité de evaluación. Para respetar el principio de transparencia, las decisiones adoptadas en el marco de un procedimiento de licitación deben documentarse con rigor.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 216 de 20.8.1994, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1112/2005 del Consejo, de 24 de junio de 2005 (DO L 184 de 15.7.2005, p. 5).

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  Estas cuentas se elaboraron el 29 de junio de 2006 y el Tribunal las recibió el 4 de julio de 2006.


Cuadro 1

Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (Bilbao)

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias de la Agencia

conforme al Reglamento (CE) no 2062/94 del Consejo, de 18 de julio de 1994, modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 112/2005 del Consejo, de 24 de junio de 2005

Gobernanza

Medios puestos a disposición de la Agencia 2005

(2004)

Actividades y servicios llevados a cabo

Disposiciones sociales

La Comunidad y los Estados miembros (…) tendrán como objetivo (…) la mejora de las condiciones de vida y de trabajo, a fin de conseguir su equiparación por la vía del progreso (…).

Para la consecución de los objetivos del artículo 136, la Comunidad apoyará y completará la acción de los Estados miembros en los siguientes ámbitos: a) la mejora, en concreto, del entorno de trabajo para proteger la salud y la seguridad de los trabajadores; b) las condiciones de trabajo; (…)

(extractos de los artículos 136 y 137 del Tratado).

Objetivos

Al objeto de mejorar el entorno de trabajo, para proteger la seguridad y la salud de los trabajadores, de acuerdo con lo previsto por el Tratado y las sucesivas estrategias y programas de acción comunitarios relativos a la seguridad y la salud en el lugar de trabajo, la Agencia tendrá como objetivo proporcionar a los organismos comunitarios, a los Estados miembros, a los interlocutores sociales y a quienes trabajan en este ámbito toda la información técnica, científica y económica útil en el ámbito de la seguridad y de la salud en el trabajo.

Funciones:

recoger, analizar y difundir información sobre las prioridades nacionales y comunitarias, así como sobre la investigación,

fomentar la cooperación y el intercambio de información, incluida la referente a los programas de formación,

facilitar a los organismos comunitarios y a los Estados miembros la información necesaria para formular y aplicar políticas, en particular sobre el impacto en las pequeñas y medianas empresas,

facilitar información en materia de prevención,

contribuir al desarrollo de estrategias y de futuros programas de acción comunitarios,

establecer una red que comprenda centros de referencia nacionales y centros temáticos.

1. Consejo de Administración

Composición:

un representante de cada Estado miembro,

un representante de las organizaciones empresariales de cada Estado miembro,

un representante de las organizaciones de trabajadores de cada Estado miembro,

tres representantes de la Comisión.

Competencias:

prueba el programa de trabajo, el presupuesto y el informe general anual de la Agencia.

2. Director

Nombrado por el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión.

3. Comités

Consulta obligatoria de la Comisión y del Comité consultivo para la seguridad, la higiene y la protección de la salud en el lugar de trabajo con respecto al programa de trabajo.

4. Control externo

Tribunal de Cuentas.

5. Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento, previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo:

13,7 millones de euros (10,7 millones de euros)

sufragados por la subvención comunitaria:

Dirección General de Empleo, Asuntos Sociales e Igualdad de Oportunidades: al 96 % (98 %);

Dirección General de Ampliación: al 3 % (0 %).

Efectivos a 31 de diciembre:

40 (38)) puestos previstos en la plantilla

puestos cubiertos: 32 (29))

otros 20 (22) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales e interinos)

Total de efectivos: 52 (51)

agentes encargados de:

tareas operativas: 35 (34)

tareas administrativas: 9 (9)

tareas mixtas: 8 (8)

Creación de vínculos e interconexiones:

desarrollo de la red de centros de referencia (aplicación de la red de segunda generación),

creación de capacidad institucional en los países candidatos (programa Phare).

Difusión de la información:

campaña de la Semana Europea 2005 sobre el ruido clausurada por la Cumbre Europea de Bilbao,

servicios de información de tercera generación suministrados a través de Internet relativos a la seguridad y la salud en el trabajo,

lanzamiento del portal mundial dedicado a la seguridad y la salud en el trabajo,

programa de la campaña selectiva EU 10.

Desarrollo del conocimiento:

información destinada a campañas nacionales y a las campañas relativas a las semanas europeas 2005 (sobre el ruido) y 2006 (sobre la juventud),

información sobre las buenas prácticas agrícolas,

información destinada al Observatorio de los riesgos (por ejemplo, informes sobre el ruido, los trastornos musculoesqueléticos y el estrés; información en Internet sobre los ámbitos de la construcción y la agricultura, e identificación de los riesgos biológicos y químicos emergentes).

Fuente: información comunicada por la Agencia.

AGENCIA EUROPEA PARA LA SEGURIDAD Y LA SALUD EN EL TRABAJO

Fuente: Datos de la Agencia — Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(en miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

Créditos del ejercicio y del ejercicio anterior

definitivos

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias

13 200

12 208

Título I

Personal

4 579

3 796

3 435

75

1 069

60

42

18

4 639

3 856

3 477

75

1 087

Phare

358

340

Título II

Funcionamiento

1 501

1 406

1 052

331

118

248

187

61

1 749

1 654

1 239

331

179

Ingresos varios

180

217

Título III

Actividades operativas

7 300

7 090

4 589

2 213

498

2 549

2 224

325

9 849

9 639

6 813

2 213

823

 

 

 

Phare

358

172

133

225

0

0

358

172

133

225

Total

13 738

12 765

Total

13 738

12 464

9 209

2 844

1 685

2 857

2 453

404

16 595

15 321

11 662

2 844

2 089


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005 (1)

(en miles de euros)

 

2005

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

13 673

Ingresos y subvenciones varios

92

Total (a)

13 765

Gastos de explotación

Personal

3 312

Funcionamiento

1 679

Actividades operativas

8 584

Total (b)

13 575

Resultado de explotación (c = a — b)

190

Productos varios (d)

0

Gastos varios (e)

7

Resultado económico (f = c + d — e)

183


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 2004 (2)

(en miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

339

325

Títulos de crédito

596

426

Tesorería

3 392

3 117

Total

4 327

3 868

Pasivo

Excedente acumulado/déficit

1 637

1 637

Resultado económico del ejercicio

183

0

Deudas a corto plazo

2 507

2 231

Total

4 327

3 868


(1)  No se presentan los datos del ejercicio 2004  al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.

(2)  Los datos del ejercicio 2004 fueron reelaborados para garantizar su comparabilidad con los de 2005.


RESPUESTAS DE LA AGENCIA

7.

La Agencia está en proceso de mejorar su gestión financiera. El índice global de prórroga ha disminuido del 27 % en 2004 al 20 % en 2005 y la anulación de prorrogas se ha rebajado desde los casi 900 000 euros en 2004 a cerca de 400 000 euros en 2005. En lo que respecta a las transferencias de créditos, la Agencia está tomando medidas para mejorar la gestión del presupuesto.

8.

El Consejo de Dirección ha adoptado normas de control interno en marzo de 2006. La verificación de los aspectos operativos de las transacciones la realiza cada unidad con arreglo al carácter de la operación. Se dará carácter formal a este procedimiento. La Agencia está desarrollando un enfoque sistemático al análisis de riesgo.

9.

Un Comité de Selección nombrado por el Director acuerda para cada concurso los criterios de preselección de los candidatos que hayan de ser entrevistados. Sin embargo, la Agencia está tomando medidas para que los procesos de selección se documenten adecuadamente.

10.

La Agencia está tomando medidas para que los procesos de contratación se documenten adecuadamente.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/30


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad Marítima correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

(2006/C 312/06)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-12

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de la Agencia

INTRODUCCIÓN

1.

La Agencia Europea de Seguridad Marítima (en lo sucesivo denominada «la Agencia») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 1406/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2002 (1). Sus funciones consisten en mantener un nivel alto de seguridad marítima e impedir la contaminación causada por los buques, asistir a la Comisión y los Estados miembros en el plano técnico, controlar la aplicación de la normativa comunitaria y evaluar su eficacia.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Agencia, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002 (2), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas de la Agencia, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 18 del Reglamento (CE) no 1406/2002, las cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (3) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Agencia son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

La ejecución presupuestaria del ejercicio 2005 se ha visto afectada por los retrasos observados en la contratación de personal, como muestra el porcentaje de compromiso de menos de dos tercios de los créditos consignados en el título I (gastos de personal). Esta situación ha repercutido en la utilización de los créditos de funcionamiento (título II, con dos tercios de los créditos comprometidos) y especialmente en la de los créditos de actividades operativas (título III), con un porcentaje de pago del 33 % únicamente.

8.

El Tribunal hace constar que no se ha introducido la gestión por actividades pese a la disposición que prevé dicha introducción en el reglamento financiero de la Agencia, a semejanza de las medidas aplicadas en este sentido en el presupuesto general, con objeto de mejorar el seguimiento de las actividades. Hay que decir al respecto que el cumplimiento de los objetivos de la Agencia no debe limitarse a la ejecución de una serie de tareas, sino medirse por su contribución a los fines establecidos en su Reglamento de base. El programa de trabajo de la Agencia debe expresar en principio esta contribución en términos operativos y cuantificables.

9.

El sistema informático de contabilidad general permite modificar directamente los asientos contables sin anotaciones correctoras. Esta situación entraña riesgos importantes para la integridad de las cuentas y debería rectificarse con la mayor brevedad. Por otra parte, debería controlarse más rigurosamente el registro de las deudas que se consignarán en el balance, ya que estas se encuentran sobrestimadas en 92 000 euros como mínimo (casi el 10 % de las deudas corrientes), importe correspondiente a servicios que todavía no se habían prestado a 31 de diciembre de 2005.

10.

La documentación de las operaciones, condición previa para la validez de un sistema de control interno, presenta debilidades. Los expedientes relativos a los compromisos y a los pagos a menudo están incompletos o resultan confusos, lo que dificulta la trazabilidad de estas operaciones. Además, el seguimiento de los contratos adjudicados por la Agencia resulta complicado ya que la información se encuentra fragmentada entre varias listas. Tampoco resulta sencillo determinar el número total de contratos celebrados durante el ejercicio, ni el de contratos en curso de ejecución. Se impone pues un refuerzo del sistema de control, a partir de la aprobación de unas normas mínimas relativas a los procedimientos de gestión y de control, teniendo también en cuenta el contenido y la organización de los datos.

11.

Las cláusulas contractuales que prevén una prefinanciación no han sido armonizadas en lo que respecta a la presentación de garantías bancarias. Así, solo en dos de cuatro contratos de importes prácticamente equivalentes se exigió una garantía. Además, en dos casos se abonaron las prefinanciaciones previstas, pese a la falta de validez de las garantías.

12.

La gestión de los procedimientos de adjudicación de contratos adolece de varias insuficiencias. En un contrato compuesto de varios lotes, la composición del comité de evaluación no respetaba los requisitos reglamentarios (4). Por otra parte, el expediente de concesión de un lote contiene una documentación incompleta (5).

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 208 de 5.8.2002, p. 1.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  Estas cuentas se elaboraron el 16 de junio de 2006 y el Tribunal las recibió el 3 de julio de 2006.

(4)  El comité de evaluación estaba compuesto de agentes pertenecientes a una misma unidad, mientras que las disposiciones aplicables prevén que al menos dos entidades organizativas se encuentren representadas en estos comités.

(5)  Para el lote no 3, la empresa seleccionada no había presentado los documentos justificativos de su capacidad técnica para efectuar las tareas solicitadas.


Cuadro 1

Agencia Europea de Seguridad Marítima (sede provisional: Bruselas, traslado previsto a Lisboa)

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias de la Agencia conforme al Reglamento (CE) no 1406/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2002, modificado por los Reglamentos (CE) no 1644/2003, de 22 de julio de 2003, y (CE) no 724/2004, de 31 de marzo de 2004

Gobernanza

Medios puestos a disposición de la Agencia

(2004)

Actividades y servicios llevados a cabo

2005

Política común de transportes

El Consejo, por mayoría cualificada, podrá decidir si, en qué medida y de acuerdo con qué procedimiento podrán adoptarse disposiciones apropiadas para la navegación marítima y aérea

(artículo 80 del Tratado).

Objetivos:

garantizar un nivel elevado, uniforme y eficaz de seguridad marítima y de prevención de la contaminación por los buques,

proporcionar a los Estados miembros y a la Comisión respaldo técnico y científico,

controlar la aplicación efectiva de la legislación comunitaria en la materia y evaluar la eficacia de las medidas vigentes,

implantar medios operativos para prevenir la contaminación de las aguas europeas.

Funciones:

asistir a la Comisión en el desarrollo de la legislación comunitaria y su aplicación,

supervisar el funcionamiento del régimen comunitario de control del Estado del puerto, lo cual podrá incluir visitas a los Estados miembros,

prestar a la Comisión la ayuda técnica para el control de los buques por el Estado del puerto,

colaborar con los Estados miembros para desarrollar soluciones técnicas y prestar asistencia técnica en relación con la aplicación de la legislación comunitaria,

fomentar la cooperación entre los Estados ribereños de las zonas de navegación afectadas,

desarrollar y explotar todo sistema de información que sea necesario,

facilitar la cooperación entre los Estados miembros y la Comisión en el desarrollo de una metodología común para investigar los accidentes,

proporcionar a la Comisión y a los Estados miembros información fiable en materia de seguridad marítima y de prevención de la contaminación por los buques,

asistir a la Comisión y a los Estados miembros en la identificación y persecución de buques responsables de vertidos ilícitos,

controlar las sociedades de clasificación reconocidas por la UE y presentar a la Comisión los informes correspondientes,

asistir a la Comisión en las tareas relativas a la Directiva sobre equipos marinos,

facilitar a la Comisión los datos relativos a la puesta en marcha de la recepción de desechos en los puertos europeos.

1. Consejo de Administración

Composición:

Un representante por Estado miembro, cuatro representantes de la Comisión, cuatro profesionales de los sectores afectados sin derecho a voto.

Competencias:

adoptar el presupuesto y el programa de trabajo,

examinar las solicitudes de asistencia de los Estados miembros.

2. Director ejecutivo

Nombrado por el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión.

3. Control externo

Tribunal de Cuentas.

4. Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento, previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo 2005:

35,3 millones de euros (13,3 millones de euros)

sufragados por la subvención comunitaria al 100 % (100 %)

Efectivos a 31 de diciembre de 2005:

95 (55) puestos previstos en la plantilla,

puestos cubiertos: 80 (34)

+ otros 20 (9) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales e interinos)

Total de efectivos: 100 (43)

agentes encargados de:

tareas operativas: 65 (27)

tareas administrativas: 27 (13)

tareas mixtas: 8 (3)

Número de especificaciones y documentos de orientación: 29

Inspecciones/Auditorías: 40

Investigaciones: 10

Seminarios: 22

Fuente: información comunicada por la Agencia.

AGENCIA EUROPEA DE SEGURIDAD MARÍTIMA

Fuente: Datos de la Agencia — Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(en miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo del ejercicio

Créditos prorrogados del ejercicio

anterior

Créditos disponibles

(créditos del ejercicio y del ejercicio anterior)

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias

35 360

16 060

Título I

Personal (CND)

9 788

6 224

6 063

161

3 564

143

62

81

9 931

6 366

6 124

161

3 645

Ingresos varios

0

8

Título II

Funcionamiento (CND)

2 898

1 939

1 598

333

967

684

640

44

3 582

2 623

2 237

333

1 011

 

 

 

Título III

Actividades operativas (CD)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

— CC

22 674

21 551

0

0

1 124

 

 

 

22 674

21 551

0

0

1 124

— CP

22 674

0

7 515

0

15 159

 

 

 

22 674

0

7 515

0

15 159

Total

35 360

16 068

Total CC

35 360

29 714

0

494

5 655

827

702

125

36 187

30 540

 

494

5 780

Total CP

35 360

0

15 176

494

19 690

827

702

125

36 187

 

15 876

494

19 815

CND

:

créditos no disociados (los créditos de compromiso equivalen a los de pago).

CD

:

créditos disociados (los créditos de compromiso pueden diferir de los de pago).

CC

:

créditos de compromiso en un régimen de créditos disociados.

CP

:

créditos de pago en un régimen de créditos disociados.


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005 (1)

(en miles de euros)

 

2005

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

15 656

Total (a)

15 656

Gastos de explotación

Personal

6 099

Funcionamiento

2 194

Actividades operativas

2 925

Total (b)

11 218

Resultado de explotación (c = a — b)

4 438

Productos varios (d)

0

Gastos varios (e)

3

Resultado económico (f = c + d — e)

4 435


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 2004 (2)

(en miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

524

206

Títulos de crédito a corto plazo

5 456

138

Tesorería

8 866

9 754

Total

14 846

10 098

Pasivo

Resultados acumulados de ejercicios anteriores

2 750

0

Resultado del ejercicio

4 435

2 750

Deudas a corto plazo

7 661

7 348

Total

14 846

10 098


(1)  No se presentan los datos del ejercicio 2004 al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.

(2)  Los datos del ejercicio 2004 fueron reelaborados para garantizar su comparabilidad con los de 2005.


RESPUESTAS DE LA AGENCIA

7.

La ejecución presupuestaria para el ejercicio 2005 se vio efectivamente afectada por los retrasos observados en la contratación de personal. Para evitar retrasos similares en 2006 se ha establecido un plan de contratación. Para los títulos II y III, los porcentajes de pago serán en principio más elevados en 2006, sobre todo en lo que respecta a la prevención de la contaminación, para la que ya se han firmado contratos y previsto pagos.

8.

Durante la reunión de junio de 2006 del Consejo de Administración de la Agencia se presentó un documento de gestión presupuestaria por actividades, que describe las diferentes actividades de la Agencia y los vínculos entre estas y los presupuestos correspondientes. Este primer planteamiento de gestión por actividades se refinará durante el segundo semestre de 2006.

9.

Desde abril de 2006 la Agencia utiliza ABAC, el sistema de contabilidad de la Comisión, que no permite modificar los asientos contables sin anotaciones correctoras. En respuesta a la observación del Tribunal, se prestará especial atención al registro de las deudas que se consignan en el balance en el marco del procedimiento del tratamiento de las prórrogas automáticas del ejercicio 2006-2007.

10.

A raíz de la observación del Tribunal, el servicio financiero de la Agencia ha revisado las listas de control, más concretamente en el ámbito de los compromisos, los pagos y las adjudicaciones de contratos. Se facilitará al personal interesado una lista de control de los justificantes que deban incluirse en los expedientes de adjudicación de contratos. La base de datos con el seguimiento de los contratos adjudicados por la Agencia se pondrá al día a la mayor brevedad. Con estas acciones se espera reforzar el control interno.

11.

A raíz de la observación del Tribunal, se armonizará el tratamiento de las prefinanciaciones y las garantías de las mismas. Se utilizan nuevos modelos de contrato para evitar que las garantías recibidas dejen de ser válidas al modificarse los pagos.

12.

La licitación para los servicios de prevención de la contaminación fue muy compleja, y en ella participaron cinco comités compuestos por 24 expertos de la Agencia. Por su especificidad, fue imposible incluir a expertos externos, que fueron sustituidos por observadores independientes en el comité de evaluación final. Es cierto que una empresa seleccionada no proporcionó la lista de proyectos similares por ella realizados, pero este requisito solo tenía carácter condicional. El comité técnico cometió un error material al indicar que la sociedad no cumplía los criterios necesarios, que fue corregido en la última fase por el comité de evaluación y de selección; sin embargo, la motivación de esta corrección no se incluyó en el expediente.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/36


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medio Ambiente correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Agencia

(2006/C 312/07)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-11

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de la Agencia

INTRODUCCIÓN

1.

La Agencia Europea de Medio Ambiente (en lo sucesivo denominada «la Agencia») se creó en virtud del Reglamento (CEE) no 1210/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990 (1). Su misión consiste en establecer una red de observación para transmitir a la Comisión, a los Estados miembros y al público en general información fiable sobre el estado del medio ambiente. En particular, esta información debe permitir a la Unión Europea y a los Estados miembros adoptar medidas de preservación del medio ambiente y evaluar su eficacia.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Agencia, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas de la Agencia, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 13 del Reglamento (CEE) no 1210/90, las cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (3) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Agencia son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

La Agencia ha comprometido prácticamente la totalidad de los créditos consignados en su presupuesto para el ejercicio 2005. No obstante, se observa que el porcentaje de prórroga (superior al 30 %) de los compromisos para sus actividades operativas (título III) es elevado. La Agencia debería velar por reducir el volumen de las prórrogas, cuya gestión lastra la de los créditos del ejercicio siguiente, lo que posteriormente ocasiona retrasos de ejecución o incluso los acrecienta.

8.

No existe una descripción de los sistemas de control interno. Los ordenadores no han proporcionado una descripción formal de los sistemas que utilizan para recabar o justificar los datos contables, por lo que estos no han podido ser validados por el contable.

9.

El informe anual de actividades del ordenador de pagos presenta varias insuficiencias. En concreto, no facilita datos suficientes sobre los resultados de las actividades del ejercicio con relación a los objetivos fijados, a los riesgos asociados, al empleo de recursos y al funcionamiento de los sistemas de control interno.

10.

Al procederse al examen de los procedimientos de contratación de agentes temporales, se observó que ciertas disposiciones internas relativas al carácter paritario de los comités de selección y a la intangibilidad de los criterios de selección previamente adoptados no se atenían a las disposiciones del régimen estatutario aplicable a los otros agentes de las Comunidades.

11.

En el ámbito de la adjudicación de contratos, el Tribunal constató insuficiencias relativas a los criterios de evaluación. No existen indicaciones precisas sobre qué consideración debería darse al criterio de los precios, situación que conduce a diferencias no justificadas en la valoración de las ofertas (4).

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 120 de 11.5.1990.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  Estas cuentas se elaboraron el 21 de junio de 2006 y el Tribunal las recibió el 3 de julio de 2006.

(4)  Como ha sido el caso de un contrato de 87 000 euros.


Cuadro 1

Agencia Europea de Medio Ambiente (Copenhague)

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias de la Agencia conforme a Reglamento (CEE) no 1210/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990

Gobernanza

Medios puestos a disposición de la Agencia

(2004)

Principales actividades y servicios llevados a cabo en 2005

Política de medio ambiente

La política común de medio ambiente pretende lograr un nivel de protección elevado en este ámbito, teniendo en cuenta la diversidad de las situaciones en las diferentes regiones de la Comunidad. Dicha política se basa en los principios de cautela y de acción preventiva, en el principio de corrección de los atentados al medio ambiente, preferentemente en la fuente misma, y en el principio de que quien contamina paga. (…) En la elaboración de su política (…), la Comunidad tendrá en cuenta los datos científicos y técnicos disponibles (…)

(artículo 174 del Tratado).

Objetivos

Creación de un observatorio sobre el medio ambiente para transmitir a la Comunidad y a los Estados miembros datos objetivos, fiables y comparables a nivel europeo a efectos de:

a)

adoptar las medidas indispensables para la protección del medio ambiente;

b)

evaluar su aplicación, y

c)

garantizar una buena información al público sobre la situación del medio ambiente.

Funciones:

proporcionar a la Comunidad y a los Estados miembros la información necesaria para la formulación y la aplicación de políticas de medio ambiente razonables y eficaces,

registrar, cotejar y evaluar los datos sobre el estado del medio ambiente y elaborar informes sobre la calidad, así como sobre las presiones que sufre en el territorio de la Comunidad,

contribuir a garantizar la comparabilidad de los datos relativos al medio ambiente a escala europea y, si resultase necesario, favorecer, de la forma adecuada, una mejor armonización de los métodos de medición,

fomentar la integración de las informaciones europeas relativas al medio ambiente en programas internacionales,

publicar cada cinco años un informe sobre el estado, la evolución y las perspectivas del medio ambiente,

estimular el desarrollo de técnicas de previsión en el ámbito del medio ambiente, así como de los métodos de evaluación del coste de los daños causados al medio ambiente y el intercambio de información sobre las tecnologías para prevenir los daños,

estimular el desarrollo de métodos de evaluación del coste de los daños causados al medio ambiente y del coste de las políticas de prevención, de protección y de restauración del medio ambiente.

1. Consejo de Administración

Composición:

un representante de cada Estado miembro,

dos representantes de la Comisión,

dos personalidades científicas nombradas por el Parlamento Europeo.

Competencias:

Adoptar el programa de trabajo y velar por su ejecución.

2. Director ejecutivo

Nombrado por el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión.

3. Foro de consulta

Compuesto por un representante de cada Estado miembro, asesora al Director ejecutivo.

4. Comité científico

Compuesto por personas cualificadas en materia de medio ambiente, nombradas por el Consejo de Administración.

5. Control externo

Tribunal de Cuentas.

6. Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento, previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo 2005:

32,1 millones de euros (31,1 millones de euros)

sufragados por la subvención comunitaria al 84 % (87 %).

Efectivos a 31 de diciembre de 2005:

115 (115) puestos previstos en la plantilla,

puestos cubiertos: 107 (102)

+ otros 34 (15) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales e interinos)

Total de efectivos: 115 (115)

agentes encargados de:

tareas operativas: 72 (72)

tareas administrativas: 42 (42)

tareas mixtas: 1 (1)

lanzamiento del informe sobre el estado, la evolución y las perspectivas del medio ambiente «The European environment: state and outlook 2005»,

puesta en práctica de los indicadores de base sobre el estado del medio ambiente como parte operativa del sistema de información medioambiental de la Agencia,

lanzamiento de la actividad «Streamlining European 2010 Biodiversity Indicators»,

lanzamiento de dos nuevos centros temáticos sobre la biodiversidad y sobre la gestión de los recursos y desechos,

seminarios organizados en el marco de la Presidencia del Consejo,

asistencia en la armonización de los datos,

gestión de la red de información EIONET (red europea de información y observación sobre medio ambiente).

Fuente: información comunicada por la Agencia.

AGENCIA EUROPEA DE MEDIO AMBIENTE

Fuente: Datos de la Agencia — Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(en miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

Créditos del ejercicio y del ejercicio anterior

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias

26 900

26 900

Título I

Personal

14 468

14 468

13 958

508

2

436

319

117

14 904

14 904

14 277

508

119

Subvenciones varias

4 444

7 438

Título II

Funcionamiento

3 857

3 856

2 960

895

2

396

346

50

4 253

4 252

3 306

895

52

Ingresos varios

p.m

218

Título III

Actividades operativas

13 019

13 018

8 942

4 069

8

4 853

4 647

206

17 872

17 871

13 589

4 069

214

Ingresos afectados

800

745

Ingresos afectados

800

720

277

523

0

2 208

536

28

3 008

2 928

813

2 167

28

Total

32 144

35 301

Total

32 144

32 062

26 137

5 995

12

7 893

5 848

401

40 037

39 955

31 985

7 639

413


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005 (1)

(en miles de euros)

 

2005

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

26 900

Subvenciones e ingresos varios

5 633

Total (a)

32 533

Gastos de explotación

Personal

13 423

Funcionamiento

5 321

Actividades operativas

15 618

Total (b)

34 362

Resultado de explotación (c = a — b)

–1 829

Productos varios (d)

29

Gastos varios (e)

–7

Resultado económico (f = c + d + e)

–1 807


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 2004 (2)

(en miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

2 105

1 710

Títulos de crédito

2 661

5 839

Tesorería

4 491

1 181

Total

9 257

8 730

Pasivo

Excedente acumulado/déficit

6 050

6 050

Resultado económico del ejercicio

–1 808

0

Deudas a corto plazo

5 015

2 680

Total

9 257

8 730


(1)  No se presentan los datos del ejercicio 2004  al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.

(2)  Los datos del ejercicio 2004 fueron reelaborados para garantizar su comparabilidad con los de 2005.


RESPUESTAS DE LA AGENCIA

7.

El porcentaje de créditos prorrogados se ha ido reduciendo progresivamente en los últimos años, llegando en 2005 hasta el 31 % en el caso del título III. Dado que la mayor parte de los contratos contemplados en el título III (por ejemplo con los centros temáticos) permiten trabajar hasta finales del año civil, con hasta un 30 % de las entregas y los pagos definitivos al año siguiente, resulta difícil reducir el porcentaje de créditos prorrogados del título III más allá de lo que se ha conseguido hasta ahora.

8.

Los sistemas de control interno se hallan en proceso de continuo desarrollo. Es cierto que los ordenantes autorizados no han proporcionado una descripción formal de los sistemas que utilizan; se hará lo antes posible en el marco del desarrollo y documentación de nuestro sistema.

9.

En 2003 y 2004, la AEMA trató de ajustar los requisitos del informe anual de actividades a los del informe anual estipulado por su Reglamento de base. No lo consiguió, y por tal motivo desde 2005 elabora dos informes separados. Los dos informes de 2005 se enviaron a, entre otros, el Tribunal el 15 de junio de 2006.

10.

A partir de 2006, se ha pedido al Comité de Personal que designe a un número idéntico de representantes de acuerdo con el artículo 3 del anexo III del Estatuto de Personal. Los criterios de selección estipulados en el anuncio de concurso son ya, explícitamente, los únicos criterios de selección de los candidatos.

11.

Desde principios de 2006, la Agencia explica y documenta con detalle en todos los procedimientos de adjudicación de contratos cómo se tiene en cuenta el precio (por ejemplo la fórmula utilizada para puntuar el precio en relación con los criterios de evaluación).


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/42


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Autoridad

(2006/C 312/08)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-13

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de la Autoridad

INTRODUCCIÓN

1.

La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (en lo sucesivo denominada «la Autoridad») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002 (1). Su misión consiste principalmente en facilitar la información científica necesaria para la elaboración de la normativa comunitaria, así como obtener y analizar los datos que permitan caracterizar y controlar los riesgos e informar de manera independiente sobre los mismos.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Autoridad, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas de la Autoridad, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 44 del Reglamento (CE) no 178/2002, las cuentas de la Autoridad correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (3) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de la Autoridad correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Autoridad son, en su conjunto, legales y regulares con la salvedad de la situación descrita en el apartado 12.

OBSERVACIONES

7.

El ejercicio 2005 se caracterizó por una infrautilización significativa del presupuesto: los créditos de compromiso y de pago se ejecutaron solo en un 80 %, lo cual demuestra que la Autoridad debe esforzarse considerablemente por dar un mejor uso a los créditos que le son confiados a fin de cumplir sus objetivos.

8.

La autoridad presupuestaria había modificado el cuadro de efectivos, aprobado por la Junta Directiva, que se adjuntaba al proyecto de presupuesto 2005 de la Autoridad. Estas modificaciones, consistentes particularmente en alterar de manera significativa la distribución de puestos disponibles por grados, tendrían que haberse traducido en una reducción de los créditos previstos para los costes salariales e incluso los gastos de operaciones. Esta reducción no tuvo lugar, por lo que la Autoridad pudo restablecer los grados inicialmente previstos en el proyecto de presupuesto respecto de 19 puestos, sin notificarlo a la Autoridad Presupuestaria por medio de una solicitud de presupuesto rectificativo y suplementario.

9.

El Tribunal hace constar que no se ha introducido la gestión por actividades pese a la disposición que prevé dicha introducción en el reglamento financiero de la Autoridad, a semejanza de las medidas aplicadas en este sentido en el presupuesto general, con objeto de mejorar el seguimiento de las actividades. Hay que decir al respecto que el cumplimiento de los objetivos de la Autoridad debe medirse por su contribución a los fines establecidos en su Reglamento de base. El programa de trabajo de la Autoridad debe expresar en principio esta contribución en términos operativos y cuantificables.

10.

La Autoridad no ha procedido a un análisis de riesgos ni definido formalmente sus sistemas y procedimientos de control interno. El Tribunal ha observado asimismo en varios casos la existencia de lagunas en la verificación de los gastos (ausencia de comprobantes, solicitudes de prestaciones suplementarias sin justificación) (4).

11.

Por lo que se refiere a la contratación de personal, la Autoridad rechazó candidatos con arreglo a criterios distintos a los previstos en las convocatorias y no respetó, por otra parte, las disposiciones estatutarias sobre el grado que deben tener los miembros del comité de selección en relación con el puesto que ha de cubrirse. La selección de los candidatos requiere una aplicación estricta de los criterios previstos y una comprobación efectiva del valor probatorio de los documentos que adjuntan en apoyo de sus candidaturas.

12.

Los controles practicados en relación con la adjudicación de contratos públicos y su celebración posterior han puesto de manifiesto numerosas anomalías. El Tribunal no pudo verificar en muchos de los casos examinados si se había invitado a participar en los procedimientos al mínimo exigido de licitadores y también ha observado que no se había documentado sistemáticamente la aplicación de los criterios de selección. En varias ocasiones, no se siguieron las reglas establecidas para la designación de los comités de evaluación. Las cláusulas de un contrato marco no fueron respetadas. La frecuencia con que se registran estas anomalías exige de la Autoridad un refuerzo de su sistema de control interno en la materia.

13.

Los edificios definitivos previstos como sede de la Autoridad no están todavía disponibles, por lo que esta se ha visto obligada a alquilar y acondicionar locales provisionales (coste en 2005: 3,5 millones de euros aproximadamente). Cuando tome posesión de sus nuevos locales, la Autoridad tendrá que incurrir otra vez en gastos de instalación. La Autoridad, de acuerdo con la Comisión, debería clarificar con las instancias nacionales la situación creada, sobre todo con miras a una posible compensación financiera. A la espera de una solución, hay que tener en cuenta este hecho en las previsiones presupuestarias.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 31 de 1.2.2002, p. 1.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  Estas cuentas se elaboraron el 20 de junio de 2006 y el Tribunal las recibió el 29 de junio de 2006.

(4)  De este modo, no se respetan en todos los casos las disposiciones en materia de gastos de viaje, lo que lleva a realizar pagos injustificados.


Cuadro 1

Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (Parma)

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias de la Autoridad

[Reglamento (CE) no 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002]

Gobernanza

Medios puestos a disposición de la Autoridad 2005

(2004)

Actividades y servicios llevados a cabo

Libre circulación de mercancías (artículo 37 del Tratado).

Contribución a un nivel de protección elevado en materia de salud, seguridad, protección del medio ambiente y de los consumidores, teniendo en cuenta todos los avances basados en hechos científicos (artículo 95 del Tratado).

Política comercial común (artículo 133 del Tratado).

Salud pública (artículo 152, apartado 4 b), del Tratado).

Objetivos:

facilitar recomendaciones científicas y apoyo científico y técnico en relación con la política y normativa comunitaria que influya directa o indirectamente en la seguridad de los alimentos y de los piensos,

informar de manera independiente sobre los riesgos en materia de seguridad alimentaria,

contribuir a lograr un nivel elevado de protección de la vida y la salud de las personas,

recopilar y analizar los datos que permitan la caracterización y el control de los riesgos.

Funciones:

formular dictámenes y estudios científicos,

promover el desarrollo de metodologías uniformes de determinación del riesgo,

prestar asistencia a la Comisión,

buscar, analizar y resumir los datos científicos y técnicos necesarios,

identificar y caracterizar los riesgos emergentes,

crear una red interconectada de organizaciones que actúan en ámbitos similares,

prestar asistencia técnica y científica en la gestión de crisis,

mejorar la cooperación internacional,

ofrecer una información objetiva, fiable y de fácil comprensión al público y a los medios interesados,

participar en el sistema de alerta rápida de la Comisión.

1. Junta Directiva

Composición:

14 miembros designados por el Consejo (en cooperación con el Parlamento Europeo y la Comisión) y un representante de la Comisión.

Competencias:

Aprueba el programa de trabajo y el presupuesto, y vela por su ejecución.

2. Director Ejecutivo

Nombrado por la Junta Directiva a partir de una lista de candidatos propuesta por la Comisión, previa comparecencia ante el Parlamento Europeo.

3. Foro Consultivo

Composición:

Un representante por cada Estado miembro.

Función:

Asesorar al director.

4. Comités y grupos científicos

Elaborar los dictámenes científicos de la Autoridad.

5. Control externo

Tribunal de Cuentas.

6. Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento, previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo 2005:

36,9 millones de euros (29,1 millones de euros) sufragados por la subvención comunitaria al 100 % (100 %)

Efectivos a 31 de diciembre de 2005:

194 puestos previstos en la plantilla (138)

puestos cubiertos: 124 (102)

+ otros 36 (37) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales)

Total de efectivos: 160 (139)

agentes encargados de:

tareas operativas: 104 (83)

tareas administrativas: 56 (56)

De las 301 solicitudes de opinión científica dirigidas a la Autoridad en 2005 (lo que representa un incremento del 65 % en relación con 2004), se adoptaron y publicaron un total de 163 opiniones, que abarcan numerosos ámbitos: entre otros, plantas aromáticas, organismos modificados genéticamente (junto con la OMS), la encefalopatía espongiforme bovina (EEB) o la encefalopatía espongiforme transmisible (EET). Asimismo, la Autoridad publicó su primer informe anual sobre zoonosis y otros textos importantes sobre la determinación de riesgos en el ámbito alimentario.

La comunicación de riesgos y, en general, las actividades del departamento de comunicación hicieron que se incrementaran en un 40 % las comunicaciones al público en 2005. Las consultas al sitio web de la Autoridad se duplicaron también en 2005. La coordinación de la comunicación de riesgos se intensificó por medio del consejo consultivo y de los talleres que se organizaron.

La interconexión de la Autoridad con los interesados, las autoridades nacionales y sus instituciones homólogas se intensificó a través de un foro consultivo, que se reunió en cinco ocasiones para trabajar con las autoridades nacionales en relación con temas precisos como la coordinación en una situación de crisis o un mayor uso de la extranet común a las autoridades nacionales, la Comisión y la Autoridad.

Por lo que se refiere a la evaluación de la Autoridad, llevada a cabo en 2005, el informe final de los consultores fue publicado en el sitio web por la Junta Directiva que presentó sus recomendaciones a finales de junio de 2006.

Fuente: información comunicada por la Autoridad.

AUTORIDAD EUROPEA DE SEGURIDAD ALIMENTARIA

Fuente: Datos de la Autoridad — Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Autoridad en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(en miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo

Créditos prorrogados del ejercicio anterior (1)

Créditos del ejercicio y del ejercicio anterior

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias

36 857

31 537

Título I

Personal

16 354

14 571

14 024

546

1 784

389

312

77

16 743

14 960

14 336

546

1 861

Recursos propios

 

 

Título II

Funcionamiento

6 446

5 591

3 306

2 285

855

1 477

1 307

170

7 923

7 068

4 613

2 285

1 025

Ingresos varios

 

 

Título III

Actividades operativas

14 057

9 300

5 824

3 477

4 756

3 818

2 003

1 815

17 875

13 118

7 827

3 477

6 571

Total

36 857

31 537

Total

36 857

29 462

23 154

6 308

7 395

5 684

3 622

2 062

42 541

35 146

26 776

6 308

9 457


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico de los ejercicios 2005 y 2004

(en miles de euros)

 

2005

2004

Beneficios de explotación

Subvenciones comunitarias

27 405

20 591

Subvenciones e ingresos varios

0

0

Total (a)

27 405

20 591

Gastos de explotación

Personal

13 012

7 564

Funcionamiento

6 436

5 788

Actividades operativas

8 718

6 431

Total (b)

28 166

19 783

Resultado de explotación (c = a — b)

– 761

808

Productos varios (d)

0

0

Gastos varios (e)

–7

–33

Resultado económico (f = c + d + e)

– 768

775


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 2004

(en miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

1 588

1 071

Títulos de crédito a corto plazo

299

5 025

Cuenta de tesorería

10 879

3 201

Total

12 766

9 297

Pasivo

Excedente acumulado/déficit

4 452

3 677

Resultado económico del ejercicio

– 768

775

Deudas a corto plazo

9 082

4 845

Total

12 766

9 297


(1)  La Autoridad no recoge la ejecución de los créditos prorrogados de forma no automática en el cuadro global de ejecución que publica en su Informe anual.


RESPUESTAS DE LA AGENCIA

7.

En 2006 la EFSA ha reforzado su control presupuestario organizando revisiones regulares y realizando un análisis de la ejecución del presupuesto y previsiones semestrales. Además seguirá mejorando la planificación de sus actividades con el fin de lograr la ejecución completa del presupuesto.

8.

Dado que al modificar el cuadro de efectivos de la EFSA para 2005, la Autoridad Presupuestaria redujo algunos de los puestos que ya estaban ocupados en 2004, la Autoridad tuvo que cambiar dicho cuadro para satisfacer sus obligaciones legales hacia esos agentes y mantener los puestos de conformidad con el Reglamento financiero.

9.

La EFSA aplicará progresivamente una gestión basada en la actividad ya que es un instrumento esencial para la ejecución eficaz de sus actividades. En el programa de trabajo 2007, la Autoridad definirá de forma clara sus prioridades en el marco de su Reglamento de base y otra legislación comunitaria aplicable y describirá las principales iniciativas para alcanzar dichas prioridades. También se realizarán otras mejoras en los indicadores de rendimiento y se implementarán otros instrumentos de gestión con el fin de medir los resultados de sus actividades.

10.

La EFSA adoptó normas de control interno en julio de 2005 y sigue trabajando para aplicarlas en su totalidad. Además, la Autoridad prevé realizar un análisis del riesgo para 2007.

11.

Como prioridad en 2006, la Autoridad ha tomado medidas para reforzar los controles en relación con los procedimientos de contratación y mejorar la transparencia y continuará trabajando para garantizar que se cumplen las normas en vigor.

12.

La Autoridad garantizará la consolidación de los sistemas de control internos de los procedimientos de contratación para cumplir íntegramente con la normativa en vigor. En 2006, se están organizando cursos sobre los procedimientos de licitación y se están aplicando mejores sistemas para reforzar los controles sobre tales procedimientos.

13.

La Autoridad ha puesto en conocimiento de las Autoridades Presupuestarias y de la Comisión el coste de las instalaciones de la Agencia y les mantendrá informadas de la evolución del proyecto de establecimiento de la sede definitiva.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/48


INFORME

sobre las cuentas anuales del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas del Centro

(2006/C 312/09)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-10

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas del Centro

INTRODUCCIÓN

1.

El Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (en lo sucesivo denominado el Centro) se creó en virtud del Reglamento (CE) no 2965/94 del Consejo (1). Su misión es facilitar a los organismos comunitarios, y eventualmente a las instituciones y los órganos comunitarios que lo deseen, los servicios de traducción necesarios para sus actividades.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades del Centro, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas del Centro, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 14 del Reglamento (CE) no 2965/94, las cuentas del Centro correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (3) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su opinión sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas del Centro correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales del Centro son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

Durante el ejercicio 2005 el porcentaje de ejecución global de los créditos de compromiso resultó superior al 90 % y lo mismo sucedió en relación con los créditos de pago. No obstante, se observó que existía una infrautilización en el caso de los gastos de funcionamiento (título II), de los que se comprometió menos de 75 % de los créditos y se prorrogó el 24 % de los compromisos. A ello se añade que los compromisos relativos a dichos gastos que se habían prorrogado del ejercicio anterior fueron anulados en más del 50 % de su importe. Una situación semejante indica una calidad mediocre de la programación de los gastos de funcionamiento.

8.

Los créditos correspondientes a las prestaciones de los traductores free-lance, que representan 7 millones de euros (es decir, más de una cuarta parte del presupuesto), se comprometen en forma de varios compromisos globales que, por su naturaleza, son objeto de verificación ex ante y posteriormente dan lugar a compromisos específicos en favor de una multiplicidad de proveedores de servicios. Ahora bien, esos compromisos específicos, cuyo importe puede no resultar desdeñable, no son objeto de una verificación ex ante y, vistos los riesgos que encierran, deberían serlo también.

9.

El Centro administra y desarrolla una base de datos (IATE) en común con las instituciones comunitarias que sufragan una parte de su coste. El acuerdo por el que se comparten los gastos derivados de IATE omite cualquier mención a los derechos de propiedad. Esta omisión tendría que rectificarse a fin de que se tenga en cuenta este activo en el patrimonio de las instituciones afectadas.

10.

En su informe anual sobre el Centro relativo al ejercicio 2004, el Tribunal había formulado una observación acerca del antiguo conflicto existente entre la Comisión y el Centro por las cotizaciones patronales que este abona para la pensión de sus agentes. El Tribunal reitera su invitación a que se solucione este conflicto cuanto antes.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 314 de 7.12.1994, p. 1.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  Estas cuentas se elaboraron el 6 de julio de 2006 y el Tribunal las recibió el 11 de julio de 2006.


Cuadro 1

Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (Luxemburgo)

Ámbito de competencias comunitarias

Competencias del Centro

Reglamento (CE) no 2965/94 del Consejo, de 28 de noviembre de 1994

Gobernanza

Medios puestos a disposición del Centro en 2005

(2004)

Actividades y servicios llevados a cabo en 2005

(2004)

Los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros aprobaron de común acuerdo una declaración relativa a la creación, en los servicios de traducción de la Comisión instalados en Luxemburgo, de un Centro de Traducción de los Órganos de la Unión, que facilitará los servicios de traducción necesarios para el funcionamiento de los organismos y servicios cuyas sedes quedan fijadas por la Decisión de 29 de octubre de 1993

(Decisión del Consejo adoptada en virtud del artículo 235 del Tratado).

Objetivos

Prestar los servicios de traducción necesarios para el funcionamiento de los siguientes organismos:

Agencia Europea de Medio Ambiente,

Fundación Europea de Formación,

Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías,

Agencia Europea de Medicamentos,

Agencia para la Seguridad y la Salud en el Trabajo,

Oficina de Armonización del Mercado Interior (marcas, dibujos y modelos),

Oficina Europea de Policía (Europol) y Unidad de Drogas Europol.

Los organismos creados por el Consejo que no sean los enumerados arriba pueden recurrir a los servicios del Centro, y también pueden recurrir voluntariamente a ellos las instituciones y los órganos de la Unión Europea que ya dispongan de su propio servicio de traducción. El Centro participa plenamente en los trabajos del Comité interinstitucional de traducción.

Funciones:

acordar disposiciones para cooperar con organismos, órganos e instituciones,

participar en los trabajos del Comité interinstitucional de traducción.

1. Consejo de Administración

Composición:

un representante por Estado miembro,

dos representantes de la Comisión,

un representante de cada organismo, órgano o institución que recurra a los servicios del Centro.

Competencias:

Aprueba el programa de trabajo anual y el Informe anual del Centro.

2. Director

Nombrado por el Consejo de Administración a propuesta de la Comisión.

3. Control externo

Tribunal de Cuentas.

4. Auditoría interna

Auditor interno de la Comisión.

5. Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento, previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo:

27,9 millones de euros (29,8 millones de euros).

Efectivos a 31 de diciembre: 181 (181)) puestos previstos en la plantilla,

puestos cubiertos: 163 (150)

+ otros 12 (15) puestos

Total de efectivos: 175 (165)

agentes encargados de:

tareas operativas: 114 (119)

tareas administrativas: 57 (52)

tareas mixtas: 4 (4)

Número de páginas traducidas:

505 438 (377 999)

Número de páginas por idioma:

lenguas oficiales: 501 475 (373 270)

otras lenguas: 3 963 (4 729)

Número de páginas por cliente:

organismos: 496 665 (366 055)

instituciones: 8 773 (11 944)

Número de páginas traducidas en freelance:226 822 (146 342)

Fuente: información comunicada por el Centro.

CENTRO DE TRADUCCIÓN DE LOS ÓRGANOS DE LA UNIÓN EUROPEA

Fuente: Datos del Centro — Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por el Centro en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(en miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

Créditos del ejercicio y del ejercicio anterior

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Recursos propios

24 166

30 356

Título I

Personal

14 117

13 410

13 305

106

707

122

100

22

14 239

13 532

13 404

106

729

Ingresos varios

0

94

Título II

Funcionamiento

4 235

3 112

2 358

755

1 123

642

583

59

4 877

3 754

2 941

755

1 181

Intereses

300

428

Título III

Actividades operativas

7 645

7 309

6 018

1 291

336

990

987

2

8 634

8 298

7 005

1 291

338

Saldo del ejercicio anterior

3 497

0

Título X

Reservas y provisiones

1 966

0

0

0

1 966

0

0

0

1 966

0

0

0

1 966

Total

27 963

30 879

Total

27 963

23 831

21 681

2 152

4 132

1 754

1 670

83

29 716

25 584

23 350

2 152

4 214


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico de los ejercicios 2005 y 2004

(en miles de euros)

 

2005

2004

Beneficios de explotación

Subvenciones comunitarias

0

0

Subvenciones e ingresos varios

30 780

23 573

Total (a)

30 780

23 573

Gastos de explotación

Personal

13 200

11 929

Funcionamiento

3 547

2 734

Actividades operativas

7 397

5 919

Provisiones

1 849

1 410

Total (b)

25 993

21 992

Resultado de explotación (c = a — b)

4 787

1 581

Productos varios (d)

429

2 618

Gastos varios (e)

–4

–7

Resultado económico (f = c + d + e)

5 212

4 192


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 2004

(en miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

699

895

Existencias

279

0

Títulos de crédito

6 184

6 368

Cuenta de tesorería

27 392

19 903

Total

34 554

27 166

Pasivo

Excedente acumulado/déficit

18 594

14 403

Resultado económico del ejercicio

5 212

4 192

Deudas a largo plazo

9 330

7 481

Deudas a corto plazo

1 418

1 090

Total

34 554

27 166


RESPUESTAS DEL CENTRO

7.

La falta de regularidad de las solicitudes de traducción, asociada a un fuerte incremento en el ámbito de las marcas comunitarias, creó un clima de inestabilidad durante todo el ejercicio 2005, viéndose obligado el Centro a aplazar ciertos proyectos inscritos en el título 2.

8.

El Centro tomará nota de la recomendación del Tribunal cuando se efectúe la migración de SI2 hacia ABAC (migración prevista en el transcurso del ejercicio 2007) con objeto de establecer nuevos circuitos financieros.

9.

El Centro solicitará al Comité Interinstitucional de la Traducción y la Interpretación (CITI) que resuelva la cuestión de los derechos de propiedad de la base de datos IATE.

10.

El Consejo de Administración del Centro adoptó, durante su reunión de 22 de marzo de 2006, un dictamen en el que reitera que «es consciente de la importancia que tiene encontrar una solución definitiva a esta cuestión e invita a la Comisión Europea a aceptar un procedimiento de arbitraje conjuntamente con el Centro para la resolución de la misma». El Centro mantendrá informado al Tribunal sobre la evolución de este expediente.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/54


INFORME

sobre las cuentas anuales del Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas del Centro

(2006/C 312/10)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-12

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas del Centro

INTRODUCCIÓN

1.

El Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (en lo sucesivo denominado «el Centro») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 851/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004 (1). Sus principales misiones consisten en reunir y difundir información en materia de prevención y control de las enfermedades humanas, así como emitir dictámenes científicos al respecto. Asimismo, debe coordinar las redes europeas que operan en este ámbito. El Centro pasó a ser autónomo a partir del segundo semestre de 2005 (2).

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades del Centro, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por este organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (3), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas del Centro, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 23 del Reglamento (CE) no 851/2004, las cuentas del Centro correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (4) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y la regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas del Centro correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales del Centro son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

La ejecución presupuestaria del ejercicio 2005 se caracterizó por un índice de compromisos bajo (84 %) y un índice de prórrogas significativo, que globalmente asciende a un 35 % y en el caso de los gastos operativos a cerca de un 90 %. Esta situación se debe en parte a los problemas inherentes al período de puesta en marcha del Centro, que en el futuro deberá estar atento al riesgo de movilizar inútilmente los recursos, en particular efectuando una programación rigurosa de sus actividades.

8.

El Tribunal hace constar que no se ha introducido la gestión por actividades pese a la disposición que figura al respecto en el reglamento financiero del Centro, a semejanza de las medidas aplicadas en este sentido en el presupuesto general, con objeto de mejorar el seguimiento de las actividades. Hay que decir al respecto que la realización de los objetivos del Centro no debe limitarse a la ejecución de una serie de tareas, sino medirse por su contribución a los fines establecidos en su Reglamento de base. El programa de trabajo del Centro debe expresar, en principio, esta contribución en términos operativos y cuantificables.

9.

Las solicitudes de pago de subvenciones dirigidas a la Comisión deben estar justificadas por una previsión de las necesidades de tesorería (5). El Centro no dispone de un sistema que le permita efectuar estas previsiones.

10.

El reglamento financiero del Centro establece que el ordenador deberá proceder a un compromiso presupuestario antes de contraer un compromiso jurídico con respecto a un tercero. Sin embargo, los gastos del Centro en 2005 no fueron objeto de un compromiso presupuestario previo al compromiso jurídico. Durante el mismo período, todos los pagos del Centro fueron efectuados por el contable sin que el ordenador emitiera órdenes de pago (6).

11.

Contrariamente a las disposiciones reglamentarias, el Centro no ha llevado una contabilidad por partida doble durante el ejercicio 2005, lo que implica riesgos de errores.

12.

Existen lagunas en la documentación de los procedimientos de selección de personal: falta de formalización de las decisiones relativas al nombramiento y a la composición de los comités de selección, así como de un informe final de sus trabajos por parte de los comités de selección. El Centro debería prestar particular atención al rigor de sus procedimientos de selección en el período en que contrata a su personal de base.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 142 de 30.4.2004, p. 1.

(2)  El pago de salarios continuó a cargo de la Comisión, sobre la base de una delegación de poderes otorgada por el director.

(3)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(4)  Estas cuentas se elaboraron el 29 de junio de 2006 y el Tribunal las recibió el 4 de julio de 2006.

(5)  Artículo 50 del reglamento financiero del Centro.

(6)  Artículo 66 del reglamento financiero del Centro.


Cuadro 1

Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias del Centro conforme alReglamento (CE) no 851/2004

Gobernanza

Medios puestos a disposición del Centro

Actividades y servicios llevados a cabo en 2005

Al definirse y ejecutarse todas las políticas y acciones de la Comunidad se garantizará un alto nivel de protección de la salud humana. La acción de la Comunidad, que complementará las políticas nacionales, se encaminará a mejorar la salud pública, prevenir las enfermedades humanas y evitar las fuentes de peligro para la salud humana. Dicha acción abarcará la lucha contra las enfermedades más graves y ampliamente difundidas, apoyando la investigación de su etiología, de su transmisión y de su prevención, así como la información y la educación sanitarias.

(Artículo 152 del Tratado)

Objetivos

Reforzar las defensas de Europa contra las enfermedades infecciosas; en particular, identificar, determinar y comunicar las amenazas actuales y emergentes que representan para la salud humana las enfermedades transmisibles.

En consecuencia, el Centro gestiona redes de vigilancia especializadas, emite dictámenes científicos, gestiona el sistema de alerta precoz y respuesta y proporciona asistencia y formación científica y técnica.

Funciones

Gestionar redes de vigilancia especializadas en enfermedades y estimular las actividades de interconexión. El Centro debe desempeñar un papel específico en la recopilación, validación, análisis y difusión de los datos.

Proporcionar dictámenes de expertos autorizados, así como dictámenes y estudios científicos en el ámbito de las enfermedades transmisibles.

Gestionar el sistema de alerta precoz y respuesta. Elaborar procedimientos de detección de amenazas emergentes para la salud.

Reforzar la capacidad de los Estados miembros en materia de planificación de la preparación y de formación.

Informar al público en general y a las partes interesadas sobre sus trabajos.

1 — Junta directiva

La junta directiva estará compuesta por un miembro nombrado por cada Estado miembro, dos miembros nombrados por el Parlamento Europeo y tres miembros nombrados por la Comisión en representación de esta institución.

La junta directiva aprobará el programa y el presupuesto anuales del Centro y supervisará su ejecución.

2 — Director

El director será nombrado por la junta directiva a partir de una lista de candidatos propuesta por la Comisión.

3 — Foro consultivo

Estará formado por un representante de cada Estado miembro y tres miembros nombrados por la Comisión sin derecho a voto.

El foro tiene la misión de garantizar la excelencia científica y la independencia de las actividades y dictámenes del Centro.

4 — Auditor externo

Tribunal de Cuentas.

5 — Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento por recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo para 2005

4,85 millones de euros, de los que la subvención comunitaria corresponde al 98 %.

Efectivos

Puestos previstos en la plantilla: 29

Puestos cubiertos: 22

más otros 20 puestos.

Total de efectivos: 42

agentes encargados de tareas:

operativas: 17

administrativas: 25

Elaboración de protocolos que rigen la evaluación de las redes.

Elaboración de un documento de planificación relativo a la futura estrategia en las actividades de vigilancia en Europa.

Creación de grupos científicos para cada uno de los seis grupos de enfermedades cuya lista figura en la Decisión no 2119/98/CE.

Formulación de dictámenes de expertos y de directrices relativas a la gripe aviar.

Responsabilidad del sistema de alerta precoz y respuesta (102 casos sobre salud pública identificados y examinados).

Elaboración de protocolos y de directrices sobre la movilización de equipos de asistencia en caso de epidemia.

Realización de dos misiones de asistencia en caso de epidemia.

Definición y establecimiento de un procedimiento de coordinación en caso de amenaza para la salud pública (Comisión, Estados miembros, OMS).

Difusión de 21 informes epidemiológicos semanales a través del periódico Eurosurveillance.

Fuente: Información comunicada por el Centro.

CENTRO EUROPEO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DE LAS ENFERMEDADES

Fuente: Datos del Centro. Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por el Centro en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias (1)

4 852

3 402

Título I

Personal

2 531

2 282

1 895

362

274

 

 

 

Título II

Funcionamiento

1 238

1 174

638

535

65

 

 

 

Título III

Actividades operativas

1 083

610

70

541

472

Total

4 852

3 402

Total

4 852

4 066

2 603

1 438

811


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005

(miles de euros)

 

2005

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

2 646

Subvenciones e ingresos varios

0

Total (a)

2 646

Gastos de explotación

Personal

171

Funcionamiento

1 185

Actividades operativas

326

Total (b)

1 682

Resultado de explotación (c = a – b)

964

Productos varios (d)

0

Gastos varios (e)

11

Resultado económico (f = c + d – e)

953


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005

(miles de euros)

 

2005

Activo

Valores inmovilizados

245

Títulos de crédito

320

Tesorería

2 059

Total

2 624

Pasivo

Excedente acumulado/déficit

0

Resultado económico del ejercicio

953

Deudas a corto plazo

1 671

Total

2 624


(1)  Incluidos los créditos gestionados bajo la responsabilidad de la Comisión.


RESPUESTAS DEL CENTRO

7.

Las causas principales de la ejecución relativamente baja del presupuesto y del elevado porcentaje de transferencias de crédito estuvieron relacionadas con la fase de arranque del Centro. El CEPCE está avanzando rápidamente, y actualmente está centrado en la planificación para hacer el mejor uso posible de los fondos asignados durante 2006.

8.

Durante el segundo semestre de 2006 se sentaron las bases de la planificación basada en actividades. A lo largo de 2006, el Centro está instaurando los necesarios sistemas y procesos de información para asegurar unos informes basados en actividades fiables y transparentes.

9.

Durante 2005, el Centro no dispuso de un sistema adecuado de control de las necesidades de efectivo por razones relacionadas con su fase de arranque. En febrero de 2006 se introdujeron proyecciones básicas sobre necesidades de efectivo, y a medida que el Centro desarrolla sus sistemas de elaboración de informes se refinarán más las proyecciones de flujo de tesorería.

10.

La situación descrita por el Tribunal estuvo motivada inicialmente por la falta de herramientas adecuadas de TIC a disposición del Centro. El sistema financiero se instauró en 2005 y empezó a estar operativo a comienzos de 2006. En 2005 no pudieron crearse órdenes de pago automatizadas en razón de la falta de un sistema presupuestario informatizado. No obstante, los pagos se procesaron solo una vez, aseguradas la información relevante, las autorizaciones y las firmas. A partir de 2006, las órdenes de pago se procesan sistemáticamente y se aprueban respecto a todos y cada uno de los pagos.

11.

En el período de arranque de 2005, el CEPCE no disponía de un sistema informatizado. A lo largo de 2006 se instalaron los programas informáticos necesarios, y en la actualidad funciona un sistema contable totalmente informatizado.

12.

A raíz de las observaciones del Tribunal, actualmente se documentan más ampliamente y formalizan de manera consistente los procesos de contratación. Se ha establecido como prioridad una sólida sección de recursos humanos para asegurar la transparencia y rigor del proceso de contratación durante la fase de implantación del Centro.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/60


INFORME

sobre las cuentas anuales del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas del Centro

(2006/C 312/11)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-14

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas del Centro

INTRODUCCIÓN

1.

El Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (en lo sucesivo denominado «el Centro») se creó en virtud del Reglamento (CEE) no 337/75 (1) del Consejo. Su misión principal consiste en contribuir al desarrollo de la formación profesional a nivel comunitario. En este contexto, debe recopilar y difundir documentación sobre los sistemas de formación profesional.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades del Centro, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas del Centro, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 12 bis del Reglamento (CEE) no 337/75, las cuentas del Centro correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (3) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera una declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas del Centro correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales del Centro son, en su conjunto, legales y regulares, con la salvedad de la situación descrita en el apartado 13.Por otra parte, el Tribunal señala la observación presentada en el apartado 11.

OBSERVACIONES

7.

El presupuesto del Centro del ejercicio 2005 presenta un índice de ejecución del 90 % de los créditos de compromiso y de alrededor del 85 % de los créditos de pago. Las actividades operativas, por su parte, muestran una infrautilización de sus correspondientes créditos (anulaciones de cerca del 15 %, 20 % y 15 %, respectivamente, para los créditos de compromiso, los créditos de pago y los créditos prorrogados), sobre todo a raíz de una reorganización de los procedimientos de contratación pública. El Centro debe perfeccionar la programación de sus actividades y realizar un seguimiento más riguroso. En este sentido, el Tribunal observa que no se ha aplicado la gestión por actividades, pese a que el reglamento financiero del Centro así lo prevé con miras a mejorar el seguimiento del rendimiento.

8.

El programa informático de contabilidad del Centro (FIBUS) no permite el bloqueo de los compromisos que hayan sobrepasado su límite de validez y la firma electrónica de las órdenes de pago no se ajusta a las disposiciones vigentes, por lo que no se puede realizar un rastreo adecuado de las intervenciones en el sistema FIBUS. El Centro debería poner remedio a las debilidades identificadas y considerar, sin demora, la sustitución del actual programa informático por el nuevo sistema propuesto por la Comisión a las Agencias.

9.

Determinadas funciones del contable son asumidas por los servicios del ordenador: así, se han consignado en las cuentas ajustes de cierre del orden de 700 000 euros a instancias de los servicios ordenadores, sin que estos aportaran documentación alguna. Esta situación se habría evitado si se hubiera aplicado el principio de separación de funciones entre el ordenador y el contable.

10.

El Centro todavía no ha efectuado análisis de riesgos ni ha definido la naturaleza y frecuencia de las verificaciones ex post, ni existen descripciones de los procedimientos de gestión y de los sistemas de control interno. En 2005, el contable todavía no había validado los sistemas de información financiera.

11.

Para gestionar las reclamaciones del personal, el Centro ha creado un comité de apelación en 2000. En un caso, este comité, actuando al margen de sus competencias, concedió indemnizaciones no previstas por las disposiciones vigentes. Para evitar que vuelvan a darse estos casos en lo sucesivo, el director debe reservarse la facultad de revisar y, si procede, revocar estas decisiones.

12.

En 2005, se cubrió un importante puesto de gestión mediante un procedimiento de selección interno cuando un procedimiento externo habría procurado un abanico más amplio de candidatos. De hecho, en la selección participó un solo candidato, que fue nombrado para el puesto. Además, dos de los criterios de evaluación de las candidaturas (4) no se aplicaron con el rigor necesario para garantizar la calidad de la selección. El Tribunal reitera la observación formulada en su último informe anual sobre la necesidad de reforzar los procedimientos de contratación del Centro.

13.

El Tribunal ha examinado seis contratos relativos al ejercicio 2005: todos, salvo uno, estaban afectados por irregularidades (5). En dos de los casos examinados, no se ha respetado la libre competencia (6). El Tribunal toma nota de las medidas adoptadas por la nueva dirección del Centro durante el último trimestre de 2005 para remediar las debilidades constatadas en la organización de los procedimientos de licitación.

14.

El Centro ha creado 17 sitios Internet e Intranet basados en tecnologías diferentes. La gestión de estos sitios y de los sistemas informáticos de los que dependen está dispersa: algunos sistemas son administrados por el servicio informático, otros por los servicios operativos y, por último, otros por consultores externos. Esta dispersión entraña riesgos técnicos y costes excesivos.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 39 de 13.2.1975, p. 1.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  Estas cuentas se elaboraron el 30 de junio de 2006 y el Tribunal las recibió el 4 de julio de 2006.

(4)  Estudios (Filosofía y Relaciones Internacionales) no relacionados con la función del puesto y una experiencia profesional inferior en un 50 % a la solicitada en el anuncio de vacante; por lo demás, la experiencia profesional del agente nombrado solo guarda una relación parcial con las funciones que ha de desempeñar.

(5)  Falta de motivación en la selección del procedimiento y de los licitadores invitados y documentación insuficiente de la selección llevada a cabo.

(6)  Servicios de traducción (376 000 euros) y servicios informáticos (146 000 euros).


Cuadro 1

Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias del Centro conforme a los artículos 2 y 3 del Reglamento (CEE) no 337/75 del Consejo, de 10 de febrero de 1975

Gobernanza

Medios puestos a disposición del Centro en 2005 (2004)

Actividades y servicios llevados a cabo en 2005 (2004)

La Comunidad desarrollará una política de formación profesional que refuerce y complete las acciones de los Estados miembros para el contenido y la organización de la formación profesional.

La acción se encaminará a:

facilitar la adaptación a los cambios industriales, en concreto mediante la formación y la reconversión profesional,

mejorar la formación profesional inicial y la formación continua con el fin de facilitar la inserción y la reinserción profesional en el mercado de trabajo,

facilitar el acceso a la formación profesional y favorecer la movilidad de los formadores y de las personas en formación, y en concreto de los jóvenes,

estimular la cooperación en materia de formación entre centros de enseñanza o de formación profesional y empresas,

incrementar el intercambio de información y de experiencias sobre las cuestiones comunes a los sistemas de formación de los Estados miembros.

(Extractos del artículo 150 del Tratado)

Objetivos

El Cedefop, como centro de referencia de la Unión Europea en materia de formación y de enseñanza profesionales, proporciona a los responsables de las decisiones políticas, a los investigadores y a los profesionales una información destinada a ofrecer una comprensión más clara de la evolución en curso, lo que les permite fundamentar mejor sus decisiones con miras a acciones futuras.

El Cedefop asiste a la Comisión Europea para la promoción y el desarrollo, a nivel comunitario, de la formación y de la enseñanza profesional.

Funciones

Establecer una documentación selectiva y un análisis de datos.

Contribuir al desarrollo y a la coordinación de la investigación.

Tratar y difundir datos pertinentes.

Promover y apoyar un enfoque concertado sobre las cuestiones relativas al desarrollo de la formación profesional.

Crear un foro para un público amplio y diversificado.

1 — Consejo de administración

Por Estado miembro:

un representante del Estado,

un representante de las organizaciones de empresarios,

un representante de las organizaciones de trabajadores.

Tres representantes de la Comisión y observadores de los países asociados (Noruega e Islandia).

2 — Director

Nombrado por la Comisión a partir de una lista de candidatos presentados por el consejo de administración, ejecuta las decisiones de dicho consejo y se encarga de la gestión cotidiana del Centro.

3 — Control interno

Servicio de Auditoría Interna de la Comisión.

4 — Control externo

Tribunal de Cuentas.

5 — Autoridad de probación de la gestión

Parlamento, previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo

17,1 millones de euros (16,6 millones de euros)

Subvención comunitaria: 96 % (99 %)

Efectivos a 31 de diciembre:

Puestos previstos en la plantilla: 91 (88)

Puestos cubiertos: 85 (81)

Otros puestos (agentes contractuales y expertos nacionales en comisión de servicio)

Total de efectivos: 123

agentes encargados de:

tareas operativas: 85

tareas administrativas: 33

tareas mixtas: 5.

Conferencias y seminarios: 90 (90), con una media de 24 participantes.

Estudios: 26 [2004: 55 (no comparables)]. Los estudios sobre el mismo proyecto con diversos participantes (con contratos diferentes) se han contabilizado como un solo estudio.

Proyectos: 29 (entre los cuales, 2 administrativos), más 20 comunidades virtuales (entre ellas, 1 administrativa) [2004: 38 (no comparables)].

Participaciones en:

Seguimiento de Maastricht, programa Educación y Formación 2010, programa Leonardo da Vinci, marco de acción común de los interlocutores sociales, Comité consultivo para la formación profesional, directores generales encargados de la formación profesional, grupo de coordinación Educación y Formación 2010.

Publicaciones: 60 (62).

3 números de Cedefop info (3),

1.

4 números de la revista europea Formation professionnelle (3).

2.

Difusión de documentos:

 

8 582 (10 293) previa petición,

 

2 462 (2 034) suscripciones a la Revue européenne,

 

7 493 (8 460) suscripciones a Cedefop info.

Publicaciones electrónicas:

3 160 (2 427) suscripciones al boletín ETV,

60 440 (53 167) usuarios registrados del ETV,

3 366 490 (3 306 920) páginas visitadas en el ETV.

3.

7 553 miembros registrados en las comunidades virtuales.

762 (730) participantes en el programa de visitas de estudios.

Fuente: Información comunicada por el Centro.

CENTRO EUROPEO PARA EL DESARROLLO DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL

Fuente: Datos del Centro. Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por el Centro en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo del ejercicio

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

Créditos del ejercicio y del ejercicio anterior

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias

16 418

16 418

Título I

Personal (CND)

9 468

9 075

8 862

213

393

466

395

72

9 934

9 541

9 257

213

465

Título II

Funcionamiento (CND)

1 372

1 158

865

334

214

542

503

39

1 914

1 700

1 368

334

253

Ingresos varios

140

36

Título III

Actividades operativas (CD)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

— CC

5 578

4 774

0

71

804

0

0

0

5 578

4 774

0

71

804

— CP

5 718

 

4 585

0

1 133

0

0

0

5 718

0

4 585

0

1 133

Ingresos afectados (Phare)

535

535

Ingresos afectados (Phare y otros)

535

283

68

467

0

312

175

93

847

596

243

467

93

Total

17 093

16 989

Total CC

16 953

15 290

0

1 085

1 411

1 320

0

204

18 273

16 611

0

1 085

1 615

Total CP

17 093

0

14 381

1 014

1 740

1 320

1 073

204

18 413

0

15 543

1 014

1 944

CND

:

créditos no disociados (los créditos de compromiso equivalen a los de pago).

CD

:

créditos disociados (los créditos de compromiso pueden diferir de los de pago).

CC

:

créditos de compromiso en un régimen de créditos disociados.

CP

:

créditos de pago en un régimen de créditos disociados.


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005 (1)

(miles de euros)

 

2005

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

15 020

Subvenciones e ingresos varios

290

Total (a)

15 310

Gastos de explotación

Personal

9 091

Funcionamiento

1 962

Actividades operativas

5 021

Total (b)

16 074

Resultado de explotación (c = a – b)

– 764

Productos varios (d)

0

Gastos varios (e)

4

Resultado económico (f = c + d – e)

– 768


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 2004 (2)

(miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

5 359

5 702

Títulos de crédito a corto plazo

369

182

Tesorería

3 344

1 948

Total

9 072

7 832

Pasivo

Resultados acumulados de ejercicios anteriores

5 856

5 856

Resultado del ejercicio

– 768

0

Deudas a corto plazo

3 984

1 976

Total

9 072

7 832


(1)  No se presentan los datos del ejercicio 2004  al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.

(2)  Los datos del ejercicio 2004 fueron reelaborados para garantizar su comparabilidad con los de 2005.


RESPUESTAS DEL CENTRO

7.

El Centro toma buena nota de la observación del Tribunal de Cuentas. En el último trimestre de 2005, el Centro adoptó sin dilación medidas destinadas a garantizar la estricta aplicación de la normativa que rige las licitaciones, a la vez que limitó estrictamente el uso de los procedimientos negociados. Estas medidas y la debilidad del servicio de licitaciones afectó al nivel de ejecución del presupuesto. El Centro, a la vez que garantizaba la regularidad de los procedimientos, ha progresado en su planificación y empezará a elaborar el presupuesto basándose en actividades.

8.

El Centro está considerando sustituir FIBUS por el software propuesto por la Comisión. No obstante, ABAC está todavía en fase piloto. El Cedefop sigue de cerca los progresos mediante su participación en ICTAC, CSS y la red de contables de las agencias.

9.

Se han adoptado medidas para reorganizar el Servicio de Finanzas/Licitaciones, lo que garantizará una separación de funciones más clara, tal como exige el Tribunal de Cuentas. El Centro es consciente de que el procedimiento correcto obliga a que los ordenadores (por delegación) propongan los ajustes pertinentes al contable. El Centro se esfuerza por mejorar la situación.

10.

La validación de algunas partes del sistema de información financiera se hizo a principios de 2006. Deberá completarse la documentación de los procedimientos para poder lograr más progresos en la validación del sistema. El Centro evaluará los riesgos con regularidad. Este proceso contará con el apoyo del auditor interno, cuya contratación está en curso.

11.

El Centro toma buena nota de las observaciones del Tribunal. El comité de apelación ha sido creado por el consejo de administración como un órgano independiente del director para resolver las quejas y aumentar la objetividad. Esta ha sido una herramienta valiosa que ha aumentado la confianza del personal. El Centro considera que lo anterior es jurídicamente correcto y que constituye un uso razonable del poder que cada organización tiene, en virtud del estatuto del personal, de nombrar a la autoridad facultada para proceder a los nombramientos (AFPN). El Tribunal se refiere a un caso concreto: el comité de apelación ofreció una decisión plenamente razonada, en la que explicaba que iba a conceder un importe ex aequo et bono. Esta es una práctica frecuente en los tribunales de la Comunidad y de la autoridad facultada para proceder a los nombramientos de las demás instituciones. No obstante, el Centro ha solicitado un dictamen y una evaluación oficiales a los servicios jurídicos de la Comisión Europea.

12.

La contratación se inició en junio de 2005, con una fase interna conforme al Estatuto. Con objeto de fomentar la competencia, el Centro decidió a finales de 2005 favorecer la realización de fases internas/interinstitucionales y externas, para dar mayor publicidad a la selección y aplicarle las normas de EPSO. En relación con los dos criterios mencionados, la jurisprudencia dispone que es responsabilidad del tribunal apreciar si los criterios corresponden al nivel solicitado.

13.

El Centro ha revisado todos los procedimientos de licitación y otorgamiento de contratos para hacerlos más rigurosos, adoptando las medidas necesarias para adaptar su organización. Los controles garantizan que los procedimientos se realizan de forma regular. Se han adoptado medidas específicas, como la suspensión de pagos y auditorías especiales con respecto a los anteriores procedimientos y contratos, que han sido criticadas por el Tribunal o por la IAS al entrañar riesgos.

14.

El Centro está de acuerdo con las observaciones del Tribunal. Con el fin de resolver el problema, el Centro ya ha reorganizado los servicios respectivos.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/67


INFORME

sobre las cuentas anuales de Eurojust correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de Eurojust

(2006/C 312/12)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-11

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de Eurojust

INTRODUCCIÓN

1.

Eurojust se creó en virtud de la Decisión 2002/187/JAI del Consejo (1) con la finalidad de reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia organizada. Su misión es mejorar la coordinación de las investigaciones y actuaciones judiciales en el territorio de varios Estados miembros de la Unión Europea e incluso de terceros países.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de Eurojust, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 36 de la Decisión 2002/187/JAI.

4.

De conformidad con el artículo 36 de la Decisión 2002/187/JAI, las cuentas de Eurojust correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (2) fueron elaboradas por su director administrativo, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de Eurojust correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de Eurojust son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

El examen de la ejecución presupuestaria puso de relieve que los créditos concedidos para el ejercicio se habían comprometido en un 90 %. El porcentaje de ejecución global de los compromisos del ejercicio ascendió al 84 %. No obstante, el porcentaje de utilización de los créditos de operaciones (Título III) fue reducido: los créditos de compromiso del ejercicio se utilizaron solo en un 80 % y un tercio de ellos fue objeto de prórroga. En relación con estos mismos gastos, hubo que anular más del 15 % de los compromisos prorrogados del ejercicio. Estas constataciones indican la necesidad de mejorar la calidad de la programación de los gastos de operaciones con el fin de evitar una movilización inútil de los recursos. Por otra parte, el colegio decidió autorizar una prorróga no automática de créditos por un importe de 285 484 euros. Este tipo de prórrogas solo es posible si antes del ejercicio han concluido, en su mayor parte, las etapas preparatorias a los actos de compromiso, exigencia que no se cumplió en este caso.

8.

Eurojust no dispone aún de reglamento financiero propio, por lo que dadas las circunstancias siguió aplicando el reglamento financiero marco de los organismos descentralizados (3). Al final de 2005, la Comisión no había emitido todavía una opinión sobre el proyecto de reglamento presentado por Eurojust en mayo del mismo año.

9.

La gestión del inventario del inmovilizado se lleva a cabo mediante una hoja de cálculo, lo que no permite garantizar la integridad de los datos. No es posible seguir el rastro de los bienes al faltar información sobre su emplazamiento. Desde que se creó Eurojust no se ha llevado a cabo ningún inventario físico completo del inmovilizado.

10.

El consejo de administración no ha aprobado aún las normas de control interno. Falta en gran medida una formalización de los procedimientos operativos y contables. Las listas de verificación con los controles de los compromisos presupuestarios que han de efectuarse en los principales procesos operativos (adjudicación de contratos públicos y contratación de personal) no eran suficientemente completas en 2005.

11.

Se han constatado anomalías en la adjudicación de contratos públicos y en su gestión, en concreto la falta de indicación de cómo se ponderan los criterios de adjudicación y la confusión entre estos criterios y los de selección. Por otra parte, se han utilizado contratos marco por una duración superior a la prevista en las disposiciones reglamentarias.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  Decisión de 28 de febrero de 2002 por la que se crea Eurojust (DO L 63 de 6.3.2002, p. 1).

(2)  Estas cuentas se elaboraron el 29 de junio de 2006 y el Tribunal las recibió el 7 de julio de 2006.

(3)  Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002 (DO L 357 de 31.12.2002, p. 72).


Cuadro 1

Eurojust

Ámbito de competencias según el Tratado de la Unión Europea

Competencias de Eurojust conforme a la Decisión 2002/187/JAI del Consejo, de 28 de febrero de 2002

Gobernanza

Medios puestos a disposición de Eurojust en 2005 (2004)

Actividades y servicios llevados a cabo en 2005 (2004)

Órgano del Tercer Pilar creado en virtud de una Decisión del Consejo.

El objetivo de la Unión es ofrecer a los ciudadanos un alto grado de seguridad dentro de un espacio de libertad, seguridad y justicia.

El Consejo fomentará la cooperación mediante Eurojust, capacitándole para que contribuya a una buena coordinación entre las autoridades nacionales encargadas de la persecución del delito. (Extraído de los artículos 29 y 31)

Los principales ámbitos de competencia de Eurojust son equivalentes a los de Europol: lucha contra el terrorismo, la delincuencia organizada, en concreto contra el tráfico de estupefacientes, las redes de inmigración, el tráfico de vehículos robados, la trata de personas, la falsificación de moneda, el tráfico de sustancias radiactivas, la delincuencia informática, los ataques a los intereses financieros de la Unión y el blanqueo de dinero.

Objetivos

Artículo 3

Decisión Eurojust

Fomentar y mejorar la coordinación, entre las autoridades competentes de los Estados miembros, de las investigaciones y de las actuaciones judiciales.

Mejorar la cooperación, en particular facilitando el intercambio de información, la ejecución de la asistencia judicial internacional y de las solicitudes de extradición.

Apoyar en general a las autoridades competentes de los Estados miembros para dar mayor eficacia a sus investigaciones y actuaciones.

Prestar su apoyo en los procedimientos que afecten a un Estado miembro y a un tercer Estado.

Prestar su apoyo en los procedimientos que afecten a un Estado miembro y a la Comunidad.

Funciones

Artículos 5, 6 y 7

Decisión Eurojust

Con el fin de organizar la cooperación entre las diversas jurisdicciones nacionales, Eurojust actúa, según los casos:

a través de sus miembros nacionales,

a través del colegio.

Si las autoridades competentes del Estado miembro deciden no dar curso a las peticiones colegiadas de Eurojust, tienen la obligación de exponer los motivos de su negativa.

1 — El colegio es responsable de la organización y el funcionamiento de Eurojust.

2 — El colegio está compuesto por los miembros nacionales enviados por los Estados miembros conforme a las condiciones establecidas en su sistema jurídico respectivo. Los miembros deberán tener la condición de fiscal, juez o funcionario de policía de competencia equivalente.

3 — El colegio elige su presidente entre los miembros nacionales.

4 — La autoridad común de control supervisa el tratamiento de los datos personales.

5 — El director administrativo es designado por unanimidad por el colegio.

6 — Control externo Tribunal de Cuentas.

7 — Autoridad de aprobación de la gestiónParlamento previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo 2005:

13 millones de euros (9,3 millones de euros)

sufragados por la subvención comunitaria al 100 % (100 %)

Efectivos a 31 de diciembre de 2005:

87 (76) puestos previstos en la plantilla,

puestos cubiertos: 70 (52)

+ otros 15 (13) puestos (2 expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, y 13 interinos)

Total de efectivos: 85 (65)

agentes encargados de:

tareas operativas: 31 (27)

tareas administrativas: 41 (26)

tareas mixtas: 13 (12)

Total de reuniones:

73 (52)

Casos bilaterales:

462 (27)

Casos multilaterales:

124 (109)

Total de casos:

588 (381)

Fraude:

14 % (20 %)

Tráfico de drogas:

16 % (20 %)

Terrorismo:

3 % (7 %)

Asesinatos:

5 % (7 %)

Contrabando:

% no disponible

Trata de personas:

4 % (4 %)

Blanqueo de dinero:

6 % (7 %)

Otros:

52 % (35 %)

Fuente: Información comunicada por Eurojust.

EUROJUST

Fuente: Datos de Eurojust. Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por Eurojust en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

Créditos del ejercicio y del ejercicio anterior

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias

13 000

13 000

Título I

Personal

5 419

5 196

5 084

112

223

88

83

5

5 507

5 284

5 167

112

228

Ingresos varios

 

8

Título II

Funcionamiento

3 380

3 207

2 591

723

66

434

426

8

3 814

3 641

3 017

723

74

 

 

 

Título III

Actividades operativas

4 201

3 377

2 276

1 280

645

345

291

54

4 546

3 722

2 567

1 280

699

Total

13 000

13 008

Total

13 000

11 780

9 951

2 115

934

867

800

67

13 867

12 647

10 751

2 115

1 001


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005 (1)

(miles de euros)

 

2005

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

11 991

Subvenciones e ingresos varios

59

Total (a)

12 050

Gastos de explotación

Personal

5 149

Funcionamiento

3 308

Actividades operativas

2 054

Total (b)

10 511

Resultado de explotación (c = a – b)

1 539

Productos varios (d)

0

Gastos varios (e)

3

Resultado económico (f = c + d – e)

1 536


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 2004 (2)

(miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

1 773

1 455

Títulos de crédito

159

152

Tesorería

3 130

2 082

Total

5 062

3 689

Pasivo

Excedente acumulado/déficit

1 842

1 669

Resultado económico del ejercicio

1 536

173

Deudas a corto plazo

1 684

1 847

Total

5 062

3 689


(1)  No se presentan los datos del ejercicio 2004 al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.

(2)  Los datos del ejercicio 2004 fueron reelaborados para garantizar su comparabilidad con los de 2005.


RESPUESTAS DE EUROJUST

7.

Eurojust desearía recalcar que el volumen de actividades que lleva a cabo depende en gran medida del número de casos que le remiten los Estados miembros. Por esta razón, la programación de la asignación de sus recursos siempre tiene un carácter sumamente indicativo y aproximado. Además, la asignación de 2 millones de euros que se llevó a cabo en diciembre de 2004 para las actividades operativas de Eurojust ha tenido un impacto negativo sobre nuestro desempeño relativo al punto 3.

Eurojust aplicará de manera estricta la normativa pertinente en las decisiones futuras que estén relacionadas con el procedimiento no automático de remanente.

8.

Las consultas que se llevaron a cabo con la Comisión sobre el borrador de la normativa financiera de Eurojust han concluido, y el colegio adoptó el texto acordado el 20 de abril de 2006.

9.

Eurojust dio prioridad al establecimiento de un sistema de inventario de activos con el fin de cumplir los requisitos de contabilidad. Actualmente se está ejecutando una base de datos exhaustiva del inventario.

10.

El ordenador delegado ha entregado al colegio de Eurojust unas normas de control interno basadas en las que adoptó la Comisión, para que se adopten durante el último trimestre de 2006.

En 2006, partiendo de su experiencia, Eurojust ha comenzado a mejorar las listas de control que se utilizan para sus operaciones presupuestarias principales.

11.

Eurojust ha mejorado su procedimiento de concursos públicos con el objetivo de hacer una distinción más clara entre la selección y los criterios de adjudicación. Ninguno de los contratos mencionados por el Tribunal se utilizarán tras el período permitido de cuatro años.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/73


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Fundación Europea de Formación correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Fundación

(2006/C 312/13)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-11

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de la Fundación

INTRODUCCIÓN

1.

La Fundación Europea de Formación (en lo sucesivo denominada «la Fundación») se creó en virtud del Reglamento (CEE) no 1360/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990 (1). La misión de la Fundación es apoyar el proceso de reforma de la formación profesional en los países asociados a la Unión Europea. Con este propósito, presta ayuda a la Comisión en la aplicación de varios programas (Phare, TACIS, CARDS y MEDA).

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Fundación, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas de la Fundación, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 11 del Reglamento (CEE) no 1360/90, las cuentas de la Fundación correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (3) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera una declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de la Fundación correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Fundación son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

Si bien el índice de compromiso de los créditos del ejercicio es elevado (prácticamente del 100 % para las actividades propias de la Fundación), hay que señalar a este organismo la importancia del índice de prórroga de los compromisos correspondientes a las actividades operativas (Título III), que supera el 40 %. En la ejecución de las actividades MEDA y Tempus prevalece una situación similar. La Fundación debería mejorar la programación de sus actividades.

8.

Al igual que en ejercicios anteriores y sin atenerse a su reglamento financiero, la Fundación solo ha publicado en el Diario Oficial una versión resumida de su presupuesto. La nomenclatura presupuestaria carece de equilibrio: así, se adjudica a dos partidas importes que representan cerca del 10 % de su presupuesto. Asimismo, la mayoría de las líneas presupuestarias relativas a los gastos operativos (Título III) están subdivididas de manera pormenorizada en las partidas según un principio de destino. Es tan detallado, que es necesario realizar numerosas transferencias. Además, una falta de coordinación entre el servicio financiero y los servicios operativos da lugar a transferencias adicionales.

9.

Las cuentas definitivas se han caracterizado por los retrasos y las dificultades para establecerlas con arreglo a la normativa vigente.

10.

La Fundación todavía no ha terminado de establecer su sistema de control interno. No existen una descripción completa de los sistemas de control interno ni tampoco una formalización de los procedimientos utilizados. Tampoco hay un análisis de riesgos operativos ni se han definido todavía las verificaciones ex post. Por otra parte, el contable no ha validado los sistemas de información contable y de inventario. De manera general, la supervisión y el control de las operaciones y de los informes financieros y presupuestarios adolecen de deficiencias. Habida cuenta de la gran cantidad de riesgos que esta situación entraña, la Fundación debería ponerle remedio de forma prioritaria.

11.

En dos procedimientos de selección de personal se han detectado deficiencias en la documentación: rechazo de candidaturas sin justificación en los expedientes (4) y falta de indicaciones sobre los criterios aplicados para escoger a los candidatos en la fase de preselección.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 131 de 23.5.1990, p. 1.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  Estas cuentas se elaboraron el 30 de agosto de 2006 y el Tribunal las recibió el 14 de septiembre de 2006.

(4)  No se halló documentación en los expedientes que explicara los motivos por los que los candidatos no fueron convocados a entrevistas.


Cuadro 1

Fundación Europea de Formación

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias de la Fundación conforme al

Reglamento (CEE) no 1360/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990

Gobernanza

Medios puestos a disposición de la Fundación

(datos 2004)

Actividades y servicios llevados a cabo

La Comunidad llevará a cabo, en el marco de sus competencias, acciones de cooperación económica, financiera y técnica con terceros países. Estas acciones serán complementarias de las que lleven a cabo los Estados miembros y coherentes con la política de desarrollo de la Comunidad.

(Artículo 181 A)

Objetivos

Contribuir al desarrollo de los sistemas de formación profesional de los países de Europa Central y Oriental y los Estados independientes de la antigua Unión Soviética beneficiarios del programa de asistencia para la recuperación y la reforma económica, de los territorios y países terceros mediterráneos beneficiarios de las medidas complementarias financieras y técnicas para la reforma de sus estructuras económicas y sociales.

Contribuir a la coordinación de la asistencia prestada a los países destinatarios.

Funciones

Conforme a las orientaciones generales establecidas a escala comunitaria, la Fundación trabajará en el campo de la formación, que abarcará la formación profesional básica y permanente, así como el reciclaje de jóvenes y adultos mediante las siguientes funciones:

colaborará en la definición de las necesidades y prioridades de formación mediante la ejecución de medidas de asistencia técnica en materia de formación y mediante la cooperación con los organismos pertinentes designados en los países destinatarios,

actuará como centro de intercambio, proporcionando a la Comunidad, a sus Estados miembros y a los países terceros interesados información sobre las iniciativas actuales y las necesidades futuras en el campo de la formación y suministrará un marco a través del cual poder canalizar ofertas de ayuda.

1 — Consejo de administración

Un representante de cada Estado miembro.

Tres representantes de la Comisión.

Presidido por la Comisión.

2 — Director

Nombrado por el consejo de administración a propuesta de la Comisión.

3 — Foro consultivo

Nombrado por el consejo de administración.

Dos expertos de cada Estado miembro.

Dos expertos de cada país destinatario.

Dos expertos de los agentes sociales a nivel europeo.

4 — Control externo

Tribunal de Cuentas.

5 — Auditoría interna

Servicio de auditoría interna de la Comisión.

6 — Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo 2005

26,3 (18,5) millones de euros desglosados como sigue: 18,5 (17,6) millones de euros financiados por una subvención de la Comisión y 7,45 (0,9) millones de euros financiados por otros organismos como ingresos afectados.

Efectivos a 31 de diciembre de 2005

104 (104) puestos de agentes temporales previstos en plantilla; puestos cubiertos: 97 (99).

+ otros 22 (17) agentes (auxiliares, agentes locales y agentes contractuales) contratados para asumir las funciones de los agentes temporales en proceso de contratación y para hacer frente a las cargas excepcionales de trabajo.

Total de efectivos: 119 (116) agentes encargados de:

tareas operativas: 68 (67),

tareas administrativas: 33 (32),

tareas mixtas: 18 (17).

Actividades

La asistencia de la ETF abarca un gran abanico de ámbitos técnicos que incluyen la formación profesional inicial, el aprendizaje a lo largo de la vida, la formación continua (para adultos), el desarrollo de los recursos humanos en las empresas, las políticas de empleo, la formación de los desempleados, la lucha contra la pobreza, la integración social y la formación con vistas a favorecer el desarrollo local.

Asistencia a la Comisión:

En 2005, se han recibido 127 nuevas solicitudes de asistencia de la Comisión. La mayoría procedían de las delegaciones (35 %), seguidas de AIDCO (21 %), DG EAC (16 %), DG ELARG (9 %) y DG RELEX (7 %). Esto incluye 18 análisis de la situación de los países ENPI. El índice de satisfacción de la Comisión por la respuesta de la ETF ha sido del 97 %.

Las solicitudes más frecuentes eran de asistencia en materia de programación, seguida de políticas y contribuciones a la preparación de los instrumentos europeos de vecindad, la identificación de los proyectos y su seguimiento.

Información y análisis:

Estudios sobre los sectores nacionales, estadísticas sobre la educación y asesoramiento a los países sobre las estrategias recomendadas. Proyectos de asistencia a la innovación y al desarrollo:

En su calidad de centro de expertos, la ETF contribuye a la implantación de proyectos de desarrollo a efectos de probar enfoques innovadores que permitan a los países socios llevar a cabo una reforma de sus sistemas de enseñanza y de formación profesionales.

Asistencia técnica a la DG EAC para la ejecución del programa Tempus: Convenios de asistencia técnica con CARDS, MEDA y Tacis para el programa Tempus:

Esta asistencia abarca todo el ciclo del proyecto: incluye la selección, la gestión y el seguimiento de los contratos, la información y comunicación y un apoyo administrativo general. Las herramientas informáticas como las candidaturas y los impresos de informes en línea han facilitado de forma considerable la gestión administrativa de los diferentes ciclos del proyecto.

Fuente: Información comunicada por la Fundación.

FUNDACIÓN EUROPEA DE FORMACIÓN

Fuente: datos de la Fundación. Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Fundación en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

Créditos del ejercicio y del ejercicio anterior

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias

18 500

18 500

Título I

Personal

11 942

11 787

11 310

478

154

123

110

0

13

12 065

11 910

11 420

478

167

Ingresos propios

759

0

Título II

Funcionamiento

1 568

1 559

1 232

326

10

247

227

0

20

1 815

1 806

1 459

326

30

Ingresos varios

0

34

Título III

Actividades operativas

4 990

4 744

2 818

1 925

247

1 168

813

0

355

6 158

5 912

3 631

1 925

602

Autoridades italianas — ingresos afectados

1 131

479

Título IV

Ministerio italiano

479

357

123

356

0

651

342

309

0

1 130

1 008

465

665

0

MEDA-ETE — ingresos afectados

5 000

2 500

Título V

Convenciones MEDA-ETE

5 000

2 604

135

4 865

0

0

0

0

0

5 000

2 604

135

4 865

0

TEMPUS — ingresos afectados

1 323

1 739

Título VI

Convenciones TEMPUS

2 363

1 327

677

1 686

0

0

0

0

0

2 363

1 327

677

1 686

0

Total

26 713

23 252

Total

26 342

22 378

16 295

9 636

411

2 189

1 492

309

388

28 531

24 567

17 787

9 945

799


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005 (1)

(miles de euros)

 

2005

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

18 484

Ingresos y subvenciones varios

7 842

Total (a)

26 326

Gastos de explotación

Personal

11 785

Funcionamiento

2 091

Actividades operativas

12 237

Total (b)

26 113

Resultado de explotación (c = a – b)

213


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 2004 (2)

(miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

3 426

3 630

Existencias

37

76

Títulos de crédito

1 440

1 697

Tesorería

23 665

23 170

Total

28 568

28 573

Pasivo

Excedente acumulado/déficit

3 458

3 458

Resultado económico del ejercicio

213

 

Deudas a largo plazo

205

205

Deudas a corto plazo

24 692

24 910

Total

28 568

28 573


(1)  No se presentan los datos del ejercicio 2004 al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.

(2)  Los datos del ejercicio 2004 fueron reelaborados para garantizar su comparabilidad con los de 2005.


RESPUESTAS DE LA FUNDACIÓN

7.

La mayor parte del importe prorrogado (el 83 %) se refiere a compromisos correspondientes a actividades finalizadas en 2005 cuyas solicitudes de pago no se recibieron dentro del plazo. Por cuanto se refiere a las actividades Tempus y MEDA, el índice de prórroga se ve negativamente afectado porque los convenios correspondientes no son anuales, y no coinciden con el ejercicio financiero.

8.

A raíz de anteriores observaciones del Tribunal, el presupuesto de 2006 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DO L 67 de 8 de marzo de 2006) en su versión íntegra, incluyendo el cuadro de efectivos. La ETF tiene la intención de revisar, dentro del marco reglamentario, durante el procedimiento presupuestario 2007 la estructura de su presupuesto para subsanar algunas de las deficiencias detectadas.

9.

En el futuro, la ETF tomará las medidas oportunas para poner remedio a la situación descrita por el Tribunal.

10.

La ETF es consciente de que el contable debe validar los sistemas de información contable y de inventario. Entre tanto, el contable de la ETF trabajará en la validación de los sistemas basándose en la metodología utilizada por la Comisión.

11.

Desde 2004, la ETF utiliza un formato global para los informes de los comités de selección, que hace superfluo otro tipo de información, como las notas tomadas individualmente por los integrantes del comité de selección. La ETF estudiará la posibilidad de facilitar más información sobre la fase de selección.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/80


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Fundación

(2006/C 312/14)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-10

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de la Fundación

INTRODUCCIÓN

1.

La Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (en lo sucesivo denominada «la Fundación») se creó en virtud del Reglamento (CEE) no 1365/75 del Consejo, de 26 de mayo de 1975 (1), con la misión de contribuir a la concepción y al establecimiento de unas mejores condiciones de vida y de trabajo en la Unión Europea, desarrollando y difundiendo los conocimientos en la materia.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Fundación, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas de la Fundación, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 16 del Reglamento (CEE) no 1365/75, las cuentas de la Fundación correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (3) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de la Fundación correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Fundación son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

Los porcentajes de utilización de los créditos de compromiso del presupuesto del ejercicio son muy elevados; por otra parte, el porcentaje de anulación de los créditos prorrogados es muy reducido. No obstante, los porcentajes de prórroga en los compromisos siguen siendo elevados en el caso de los gastos de funcionamiento (Título II), con un 37 %, y en el de los gastos de actividades operativas (Título III), con un 44 %.

8.

En 1998, la Fundación registró una pérdida presupuestaria de 2,4 millones de euros. Dado que este organismo no ha necesitado los créditos prorrogados en aquel entonces, la Comisión ha ignorado estas prórrogas de créditos al proceder al ingreso de las subvenciones. Con el tiempo, esta pérdida se ha visto parcialmente compensada por los ingresos varios de la Fundación y al final de 2005 ascendía a 1 millón de euros. Entretanto, la Comisión ha impugnado la necesidad de contrarrestar dicha pérdida debido a la falta de anulación de los créditos finalmente no utilizados. La Fundación y la Comisión deberían proseguir sus esfuerzos para resolver esta situación.

9.

El cumplimiento de los objetivos de la Fundación debe medirse por su contribución a los fines establecidos en su Reglamento de base. El programa de trabajo de la Fundación debe expresar esta contribución en términos operativos y cuantificables.

10.

No existe un documento completo en el que se analicen los riesgos vinculados a los aspectos financieros y operativos de las actividades de la Fundación. Además, exceptuando los aspectos informáticos, tampoco se ha procedido a la validación de los procedimientos establecidos por los ordenadores de pagos con el fin de garantizar la exactitud y la exhausitividad de los datos financieros que transmiten al contable.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 139 de 30.5.1975, p. 1.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  Estas cuentas se elaboraron el 30 de junio de 2006 y el Tribunal las recibió el 4 de julio de 2006.


Cuadro 1

Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias de la Fundación conforme al Reglamento (CEE) no 1365/75 del Consejo, de 26 de mayo de 1975

Gobernanza

Medios puestos a disposición de la Fundación(datos de 2004)

Actividades y servicios llevados a cabo

«La Comunidad y los Estados miembros, teniendo presentes derechos sociales fundamentales, tendrán como objetivo […] la mejora de las condiciones de vida y de trabajo, […] la Comunidad apoyará y completará la acción de los Estados miembros en los siguientes ámbitos: […] b) las condiciones de trabajo; c) la seguridad social y protección social de los trabajadores; d) la protección de los trabajadores en caso de rescisión del contrato laboral; e) la información y la consulta a los trabajadores; f) la representación y la defensa colectiva de los intereses de los trabajadores y de los empresarios, incluida la cogestión; g) las condiciones de empleo de los nacionales de terceros países; h) la integración de las personas excluidas del mercado de trabajo; i) la igualdad entre hombres y mujeres […].»

(Extractos de los artículos 136 y 137 del Tratado)

Objetivos

La Fundación tiene el objetivo de contribuir a la elaboración de mejores condiciones de vida y de trabajo mediante el desarrollo y la difusión de los conocimientos en la materia. En particular, debe ocuparse de:

la condición del hombre trabajador,

la organización del trabajo y, en particular, de la concepción de los puestos de trabajo,

los problemas específicos de determinadas categorías de trabajadores,

los aspectos a largo plazo de la mejora del medio ambiente,

el reparto en el espacio de las actividades humanas y su distribución en el tiempo.

Funciones

Favorecer el intercambio de información y de experiencias en estos ámbitos.

Fomentar la concertación entre las universidades, las instituciones de estudio e investigación, las administraciones y las organizaciones de la vida económica y social.

Efectuar o hacer efectuar estudios, así como contribuir a la realización de proyectos piloto.

Colaborar lo más estrechamente posible con los organismos especializados existentes.

1) Consejo de administración

Cada Estado miembro: un representante del Gobierno, un representante de las organizaciones de empresarios y un representante de los trabajadores.

Tres representantes de la Comisión.

2) Director Nombrado por la Comisión, de entre una lista de candidatos presentados por el consejo de administración, ejecuta las decisiones de este y dirige la Fundación.

3) Comité de expertos Está compuesto por 15 miembros nombrados por el Consejo a propuesta de la Comisión; expresa opiniones, en particular sobre el programa de trabajo.

4) Control externo Tribunal de Cuentas.

5) Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo de 2005

19,3 millones de euros (18,1 millones de euros)

sufragados por la subvención comunitaria al 98,8 % (99,6 %)

Efectivos en diciembre de 2005

94 (91) puestos previstos en la plantilla, de los cuales están cubiertos: 82 (74)

Otros agentes: expertos nacionales en comisión de servicio e interinos: 12 (16)

Total de efectivos: 94 (90) agentes encargados de

tareas operativas: 54 (53)

tareas administrativas: 33 (32)

tareas mixtas: 7 (5)

Condiciones de vida

Informes analíticos sobre la calidad de vida en Europa.

Base de datos sobre la gestión de las edades en las empresas.

Informes sobre la oferta de mano de obra en los servicios de cuidados que se dispensan a los niños y a las personas mayores.

Estudios sobre la gestión del tiempo durante la vida profesional.

Condiciones de trabajo

Observatorio Europeo de las Condiciones de Trabajo (OECT: artículos informativos, informes de encuestas e informes «temáticos» comparativos).

El OECT participó, conjuntamente con el gobierno luxemburgués, en la organización de la conferencia de junio de 2005 en el marco de la Presidencia de la Unión Europea.

Informe Anual sobre las condiciones de trabajo en la UE 2004-2005.

Trabajos sobre el terreno para la cuarta encuesta europea sobre las condiciones de trabajo (muestra de 30 000 trabajadores en 31 países).

Relaciones industriales

Observatorio Europeo de Relaciones Industriales (EIRO).

Divulgación de informes y artículos en EIRonline.

Diversos informes.

Observatorio Europeo del Cambio

Dos estudios sectoriales en profundidad.

Diversos expedientes.

Serie Sector Futures: se han abarcado siete sectores industriales.

Organización y participación en varios seminarios.

Proyectos transversales

Diversos informes generales y por país.

Información y comunicación

La Fundación ha organizado 71 conferencias y ha participado en 95 conferencias y seminarios. Aparte de las traducciones, la Fundación ha elaborado 178 publicaciones y divulgado 10 boletines informativos.

Fuente: Información comunicada por la Fundación.

FUNDACIÓN EUROPEA PARA LA MEJORA DE LAS CONDICIONES DE VIDA Y DE TRABAJO

Fuente: Datos de la Fundación. Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Fundación en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

Créditos disponibles

(créditos del ejercicio y del ejercicio anterior)

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

compromisos pendientes de liquidación

pagados

anulados

créditos

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias (1)

19 060

19 060

Título I

Personal

8 974

8 971

8 815

157

3

134

127

7

9 108

9 105

8 942

157

10

Ingresos varios

220

163

Título II

Funcionamiento

1 382

1 382

875

507

0

503

481

22

1 885

1 885

1 356

507

22

 

 

 

Título III

Actividades operativas

8 924

8 922

4 967

3 954

2

2 526

2 484

42

11 450

11 448

7 451

3 954

44

Total

19 280

19 223

Total

19 280

19 275

14 657

4 618

5

3 163

3 092

71

22 443

22 438

17 749

4 618

76


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005 (2)

(miles de euros)

 

2005

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

18 600

Ingresos y subvenciones varios

366

Total (a)

18 966

Gastos de explotación

Personal

8 035

Funcionamiento

2 692

Actividades operativas

8 581

Total (b)

19 308

Resultado de explotación (c = a – b)

– 342

Productos varios (d)

0

Gastos varios (e)

9

Resultado económico (f = c + d – e)

– 351


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 31 de diciembre de 2004 (3)

(miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

2 800

3 121

Títulos de crédito a corto plazo

1 044

1 007

Tesorería

3 244

1 649

Total

7 088

5 777

Pasivo

Resultados acumulados de ejercicios anteriores

4 444

4 515

Resultado del ejercicio

– 351

–71

Deudas a corto plazo

2 995

1 333

Total

7 088

5 777


(1)  Incluidas las subvenciones correspondientes al Espacio Económico Europeo.

(2)  No se presentan los datos del ejercicio 2004 al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.

(3)  Los datos del ejercicio 2004 fueron reelaborados para garantizar su comparabilidad con los de 2005.


RESPUESTAS DE LA FUNDACIÓN

7.

La Fundación ha realizado numerosos esfuerzos en el pasado para reducir el número de créditos prorrogados. No obstante, dada la naturaleza de su trabajo, resulta un desafío mantener el equilibro con el principio de buena gestión financiera que establece el pago a los proveedores solo cuando se hayan concluido determinados plazos del calendario acordado para los trabajos.

8.

En 2006, la Fundación y la Comisión llegaron a un acuerdo sobre la naturaleza y la solución del problema. Todas las partes reconocen que la Fundación no gastó en ningún momento más fondos de los aprobados por la Autoridad Presupuestaria. La Fundación irá reduciendo paulatinamente el desequilibro acumulado hasta llegar a cero en un plazo de cuatro años.

9.

En la actualidad, la Fundación está desarrollando dos instrumentos para fijar objetivos que sean cuantificables y para realizar ulteriormente un seguimiento de los mismos: un sistema de gestión de proyectos unido a un software de previsión financiera y un sistema de seguimiento, que utiliza un cuadro de mando equilibrado (ambos se implementarán en 2007).

10.

La Fundación realiza análisis de riesgos tanto para los proyectos como para las unidades, y estos se documentan en los planes de proyectos y en los planes anuales de gestión. En la actualidad, la Fundación está desarrollando una estrategia integral de gestión de riesgos.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/86


INFORME

sobre las cuentas anuales del Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas del Observatorio

(2006/C 312/15)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-13

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas del Observatorio

INTRODUCCIÓN

1.

El Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (en lo sucesivo denominado «el Observatorio») fue creado en virtud del Reglamento (CEE) no 302/93 del Consejo, de 8 de febrero de 1993 (1). Su misión principal consiste en recopilar información sobre el fenómeno de las drogas y las toxicomanías en Europa, con el fin de elaborar y difundir datos fiables y comparables a escala europea. La información debe servir al análisis de la demanda de drogas y de los medios para reducir esta, así como de los fenómenos relacionados con el mercado de la droga en general.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades del Observatorio, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas del Observatorio, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 11 del Reglamento (CEE) no 302/93, las cuentas del Observatorio correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (3) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas del Observatorio correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales del Observatorio son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

El porcentaje de utilización de los créditos de compromiso es superior al 90 %, mientras que el porcentaje de utilización de los créditos de pago asciende tan solo al 85 %. Los gastos de funcionamiento presentan un porcentaje de prórroga importante, es decir, próximo al 40 %. Esta situación se debe a una concentración de las adquisiciones al final del ejercicio con los riesgos que entraña para la calidad de los procedimientos de compra. El Observatorio debería controlar mejor su política en materia de contratos para evitar prórrogas de créditos que obstaculicen la gestión.

8.

Con el fin de responder a las necesidades de su gestión, el Observatorio elaboró un presupuesto por actividades. Es preciso desarrollar esta iniciativa, con vistas a mejorar el seguimiento de su ejecución y la evaluación de su eficacia, mediante la introducción de una contabilidad analítica que permita distinguir los costes de las diversas actividades del Observatorio.

9.

En su informe anterior, el Tribunal había observado que, en relación con las cuentas bancarias, únicamente el contable estaba autorizado a firmar y el Observatorio se había comprometido a instaurar un sistema de doble firma. En febrero de 2006 aún no se disponía de este sistema.

10.

Los sistemas de inventario de los bienes inmovilizados no están integrados en la contabilidad general. Al no disponerse de un sistema de etiquetado fiable, la trazabilidad de los bienes registrados en el inventario no está asegurada.

11.

Los procedimientos de contratación de personal contienen debilidades. En el caso de un procedimiento de selección, la composición del comité de selección no se basó en el principio de paridad exigido en el Estatuto (4). En otro caso se eligió a un candidato que no había obtenido los mejores resultados en el procedimiento de selección.

12.

Al final de 2004, un agente fue enviado en misión de larga duración (dos años) a Bruselas. Los objetivos de dicha misión, cuyo coste (sueldos e indemnizaciones) se elevaba al final de 2 005 a unos 70 000 euros, no han podido esclarecerse y el volumen de las actividades del agente en cuestión fue escaso. Cuando se interrumpió la misión, el agente fue asignado a la Comisión y, al mismo tiempo, continuó siendo retribuido por el Observatorio.

13.

El control de la adjudicación y celebración de los contratos reveló anomalías diversas. En dos ocasiones no se respetó el plazo mínimo de recepción de las ofertas a partir de la fecha de invitación a licitar. En el caso de un procedimiento de contratación complementaria, el valor de los trabajos excedía los límites reglamentarios. En dos expedientes examinados, la designación de los miembros de la comisión de apertura de las ofertas y del comité de evaluación no fue objeto de una decisión formal. En un último caso, el valor del contrato se había subestimado claramente, infringiéndose así el principio de igualdad de trato entre licitadores.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 36 de 12.2.1993, p. 1. Este Reglamento fue modificado por los Reglamentos (CE) no 3294/94 (DO L 341 de 30.12.1994, p. 7) y (CE) no 1651/2003 (DO L 245 de 29.9.2003, p. 30).

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  Estas cuentas se elaboraron el 15 de junio de 2006 y el Tribunal las recibió el 13 de julio de 2006.

(4)  Artículo 12 del Régimen aplicable a otros agentes.


Cuadro 1

Observatorio Europeo de las Drogas y las Toxicomanías (Lisboa)

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias del Observatorio conforme al Reglamento (CE) no 302/93 del Consejo

Gobernanza

Medios puestos a disposición del Observatorio en

2005 (2004)

Actividades y servicios llevados a cabo en 2005

La Comunidad complementará la acción de los Estados miembros dirigida a reducir los daños a la salud producidos por las drogas, incluidas la información y la prevención.

(Artículo 152, apartado 1, del Tratado)

Objetivos

Proporcionar a la Unión y a sus Estados miembros una información fiable a nivel europeo sobre el fenómeno de las drogas y las toxicomanías, así como sobre sus consecuencias.

El Observatorio debe analizar de forma prioritaria:

1)

la demanda de droga y su reducción;

2)

las estrategias y políticas nacionales y comunitarias;

3)

la cooperación internacional y la geopolítica de la oferta;

4)

el control del comercio de estupefacientes, sustancias psicotrópicas y precursores;

5)

las implicaciones del fenómeno de la droga para los países productores, consumidores y de tránsito, incluyendo el blanqueo de dinero.

Funciones

Recopilar y analizar datos.

Realizar investigaciones y acciones preparatorias.

Garantizar una mayor fiabilidad de los datos a nivel europeo.

Difundir datos fiables.

Mejorar la coordinación entre las acciones nacionales y comunitarias.

Fomentar la integración de los datos sobre la droga en los programas internacionales.

1. Consejo de administración

Compuesto por un representante de cada Estado miembro, dos representantes de la Comisión y dos personalidades científicas particularmente cualificadas designadas por el Parlamento Europeo, aprueba el programa de trabajo, el informe anual general y el presupuesto.

2. Director

Nombrado por el consejo de administración a propuesta de la Comisión.

3. Comité científico Compuesto por un representante de cada Estado miembro, tiene el cometido de emitir dictámenes. El consejo de administración puede designar, como máximo, otros seis miembros en función de sus especiales cualificaciones.

4. Control externo

Tribunal de Cuentas.

5. Autoridad de aprobación de la gestión Parlamento previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo

12,8 millones de euros (12,2 millones de euros) sufragados por la subvención comunitaria al 96 % (96 %)

Efectivos a 31 de diciembre de 2005

77 (77) puestos previstos en la plantilla,

puestos cubiertos: 58 (61)

+ otros 25 (22) puestos (contratos auxiliares, agentes contractuales e interinos)

Total de efectivos: 83 (83)

agentes encargados de:

tareas operativas: 50,5 (54,5),

tareas administrativas e informáticas de apoyo: 25 (20), tareas mixtas:

7,5 (8,5).

Red

El Observatorio apoya una red informatizada de recogida e intercambio de datos, denominada «Red Europea de Información sobre Droga y Toxicomanías» (Reitox), que conecta las redes nacionales de información sobre las drogas, los centros especializados de los Estados miembros y los sistemas de información de las organizaciones internacionales que cooperan con el Observatorio.

Publicaciones

Informe anual sobre el estado del fenómeno de la droga en la Unión Europea (22 versiones lingüísticas, publicación y sitio web interactivo).

Informe anual: «temas seleccionados» (EN, publicación en sitio web interactivo).

Boletín estadístico y sitio web interactivo con más de 200 cuadros, 100 gráficos y ficheros PDF.

Informe general de actividades (anual, EN).

Boletín informativo, Drugnet Europe (4 ediciones, 2 en cinco lenguas, 2 en EN y 12 productos).

Estudios y artículos técnicos y científicos (28).

Otros sitios

Creación, actualización y desarrollo del contenido:

Country situation summaries,

Country data profiles,

Drug treatment overviews,

European legal database on drugs,

Evaluation instruments bank,

Exchange on drug demand reduction action.

Folletos de promoción (3 productos).

Productos para medios de comunicación (110 actividades diversas).

Participación en conferencias y reuniones internacionales (75).

Organización de reuniones técnicas y científicas (24).

Fuente: información comunicada por el Observatorio.

OBSERVATORIO EUROPEO DE LAS DROGAS Y LAS TOXICOMANÍAS

Fuente: Datos del Observatorio. Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por el Observatorio en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo del ejercicio

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

Créditos disponibles

créditos del ejercicio y del ejercicio anterior)

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias

12 000

12 000

Título I

Personal (CND)

6 194

5 932

5 762

154

279

122

101

21

6 316

6 054

5 863

154

300

Ingresos propios

516

516

Título II

Funcionamiento (CND)

1 791

1 720

1 070

650

71

356

332

24

2 147

2 076

1 402

650

95

Ingresos varios

 

8

Título III

Actividades operativas (CD)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

— CC

4 531

4 298

 

 

233

 

 

 

4 531

4 298

 

 

233

— CP

4 531

 

4 085

 

446

1 260

66

1 194

5 791

 

4 151

 

1 640

Ingresos afectados (Phare)

300

190

Ingresos afectados (Phare)

300

49

16

284

 

 

 

 

300

49

16

284

 

Total

12 816

12 714

Total CC

12 816

11 999

 

1 088

583

478

 

45

13 294

12 477

 

1 088

628

Total CP

12 816

 

10 933

1 088

796

1 738

499

1 239

14 554

 

11 432

1 088

2 035

CND:

:

créditos no disociados (los créditos de compromiso equivalen a los de pago).

CD:

:

créditos disociados (los créditos de compromiso pueden diferir de los de pago).

CC:

:

créditos de compromiso en un régimen de créditos disociados.

CP:

:

créditos de pago en un régimen de créditos disociados.


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005 (1)

(miles de euros)

 

2005

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

10 592

Subvenciones e ingresos varios

312

Total (a)

10 904

Gastos de explotación

Personal

5 843

Funcionamiento

2 269

Actividades operativas

4 181

Total (b)

12 293

Resultado de explotación (c = a – b)

–1 389

Productos varios (d)

0

Gastos varios (e)

35

Resultado económico (f = c + d – e)

–1 424


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y de 2004 (2)

(miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

2 989

3 058

Existencias

 

 

Títulos de créditos a corto y a largo plazo

224

619

Tesorería

3 005

3 644

Total

6 218

7 321

Pasivo

Resultados acumulados de los ejercicios anteriores

4 296

4 296

Resultado del ejercicio

–1 424

0

Deudas a largo plazo

 

 

Deudas a corto plazo

3 346

3 025

Total

6 218

7 321


(1)  No se presentan los datos del ejercicio 2004 al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.

(2)  Los datos del ejercicio 2004 fueron reelaborados para garantizar su comparabilidad con los de 2005.


RESPUESTAS DEL OBSERVATORIO

7.

El Observatorio toma buena nota de las observaciones del Tribunal y ha adoptado medidas para mejorar la programación de sus licitaciones, a fin de distribuirlas mejor a lo largo del ejercicio. El Observatorio continuará sus esfuerzos, que a lo largo de 2005 le han permitido aumentar el índice de consumo de los créditos de pago con respecto a 2004 (del 77 % al 85 %), especialmente en lo que hace referencia a los gastos de funcionamiento (Título II).

8.

El Observatorio toma buena nota de la observación del Tribunal y continuará desarrollando su dispositivo de gestión por actividades instaurado a partir de 2001. Dicho dispositivo ofrece la posibilidad de conocer el coste de los proyectos y programas, si bien no se trata stricto sensu de una contabilidad analítica.

9.

El 22 de marzo de 2006 el Observatorio implantó un sistema de doble firma para la gestión de sus cuentas bancarias.

10.

A partir de 2006, el Observatorio estableció un vínculo automático entre las contabilidades presupuestaria y general. Se contempla la reconciliación entre la contabilidad y el inventario para el mes de enero siguiente al cierre del ejercicio en cuestión. Por lo demás, en julio de 2006 el Observatorio concluyó la verificación física de los bienes inventariables, cuyo resultado se introdujo en un sistema informático específico.

11.

A la espera de un acuerdo definitivo con la Comisión relativo a las reglas de aplicación del Estatuto, el Observatorio ha seguido aplicando en todos sus procedimientos de selección los principios que rigen los procedimientos de contratación comunitarios. A pesar de su reducida plantilla, el Observatorio procura que un miembro del Comité de personal participe siempre como miembro de pleno derecho en los comités de selección. En el futuro, el Observatorio velará por fundamentar claramente la selección del candidato reclutado cuando dicha selección se desvíe de la clasificación establecida por el Comité de selección.

12.

El Observatorio puso fin a la comisión de servicio a partir del 31 de mayo de 2005. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38 del Estatuto, el Observatorio decidió enviar al agente en cuestión en comisión de servicios ante la Comisión por un período de 9 meses, sin posibilidad de prórroga. Según se acordó con la Comisión, la remuneración de dicho agente fue asumida por el Observatorio.

13.

El Observatorio toma buena nota de los comentarios del Tribunal y ha adoptado las medidas oportundas para:

mejorar la programación de las licitaciones, especialmente para reducir al mínimo los casos urgentes,

fomentar un recurso más estructurado a los contratos marco,

formalizar el nombramiento de los miembros del comité de apertura y del comité de evaluación de ofertas,

reforzar su capacidad de apoyo a los ordenadores delegados y a los gestores en materia de adjudicación de contratos y concesión de subvenciones.

El Observatorio considera que el contrato complementario citado por el Tribunal se refería de hecho a prestaciones repetitivas que podían ser regularmente objeto de un contrato adicional sin los límites de importe previstos para los contratos complementarios. Las medidas antes citadas deberían reducir o eliminar este tipo de contratos.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/93


INFORME

sobre las cuentas anuales del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas del Observatorio

(2006/C 312/16)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-12

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas del Observatorio

INTRODUCCIÓN

1.

El Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia (en lo sucesivo denominado «el Observatorio») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 1035/97 del Consejo, de 2 de junio de 1997 (1). Su misión consiste principalmente en proporcionar a la Unión y a los Estados miembros datos fiables sobre los fenómenos del racismo, de la xenofobia y del antisemitismo en la Unión y cooperar en estos ámbitos con el Consejo de Europa.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades del Observatorio, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 185, apartado 2, del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2), y fue formulada a raíz del examen de las cuentas del Observatorio, conforme al artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.

4.

De conformidad con el artículo 12 del Reglamento (CE) no 1035/97, las cuentas del Observatorio correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (3) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas del Observatorio correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales del Observatorio son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

Si bien el porcentaje de compromiso de los créditos del ejercicio 2005 superó el 90 %, se observó que más del 50 % de los compromisos relativos a los gastos de funcionamiento fueron objeto de prórroga y que, en general, el porcentaje de los créditos prorrogados que se anularon fue elevada (entre el 15 % y el 25 %, dependiendo del título). Esta situación demuestra que el Observatorio debe mejorar todavía la programación de sus gastos y el seguimiento de su ejecución. Las transferencias de una línea presupuestaria a otra deben justificarse y documentarse conforme a las disposiciones vigentes.

8.

El Tribunal hace constar que no se ha introducido la gestión por actividades pese a la disposición que figura al respecto en el reglamento financiero del Observatorio, a semejanza de las medidas aplicadas en este sentido en el presupuesto general, con objeto de mejorar el seguimiento de las actividades. Hay que decir al respecto que la realización de los objetivos del Observatorio no debe limitarse a la ejecución de una serie de tareas, sino medirse por su contribución a los fines establecidos en su Reglamento de base. El programa de trabajo del Observatorio debe expresar en principio esta contribución en términos operativos y cuantificables.

9.

El Observatorio no dispone de un sistema de programación y gestión de las compras de material ni procede tampoco a un control cíclico de su inventario, pese a que la fiabilidad de este sería mayor si se introdujera un control de dichas características.

10.

El sistema de control interno del Observatorio presenta varios puntos débiles. Falta la descripción de los circuitos financieros establecidos por el ordenador de pagos y falta la validación por este de los sistemas que utiliza con sus delegados para comunicar la información al contable. El principio de separación de funciones no se aplica de forma estricta, sobre todo en lo relativo a las funciones de iniciación y verificación. Por otra parte, las listas de verificación ex ante deberían incluir criterios de buena gestión financiera para los compromisos.

11.

Tampoco se respeta en todos los casos la regla según la cual los miembros de los comités de selección deben tener siempre un grado equivalente o superior al requerido para el puesto que debe cubrirse.

12.

Las licitaciones convocadas por el Observatorio son poco explícitas en lo referente al nivel mínimo de calidad que deben tener las ofertas y a la ponderación de los factores elegidos. Esta situación no permite garantizar una transparencia suficiente y entraña riesgos en cuanto a la calidad de los productos y servicios requeridos. Salvo circunstancias específicas, debería utilizarse el método de la relación calidad/precio, ya que garantiza la máxima calidad de dichos bienes y servicios a un precio determinado.

El presente Iinforme ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 151 de 10.6.1997, p. 6.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  Estas cuentas se elaboraron el 3 de mayo de 2006 y el Tribunal las recibió el 29 de junio de 2006.


Cuadro 1

Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias del Observatorio conforme al Reglamento

(CE) no 1035/97 del Consejo, de 2 de junio de 1997

Gobernanza

Medios puestos a disposición del Observatorio(2004)

Actividades y servicios llevados a cabo

Recopilación de información

Para la realización de las funciones que le son atribuidas, la Comisión podrá recabar todo tipo de informaciones y proceder a todas las comprobaciones necesarias, dentro de los límites y en las condiciones fijados por el Consejo, de conformidad con las disposiciones del presente Tratado.

(Artículo 284)

Objetivos

Proporcionar a la Comunidad y a sus Estados miembros informaciones objetivas, fiables y comparables sobre los fenómenos del racismo, la xenofobia y el antisemitismo a nivel europeo.

Estrecha cooperación con el Consejo de Europa para evitar duplicaciones y obtener un valor añadido.

Funciones

Estudiar la amplitud y evolución de los fenómenos de racismo y xenofobia.

Recabar y analizar la información, especialmente a través de la Red Europea de Información sobre el Racismo y la Xenofobia (RAXEN).

Realizar investigaciones científicas.

Favorecer una gran difusión de sus informaciones.

Formular dictámenes para la Comunidad y sus Estados miembros.

Definir indicadores y criterios con miras a una mayor coherencia de la información.

Publicar un informe anual sobre la situación en materia de racismo y xenofobia.

1 — Consejo de administración

Composición

Una persona independiente designada por cada uno de los Estados miembros, por el Parlamento Europeo y por el Consejo de Europa y un representante de la Comisión.

Competencias

Aprobar el programa de trabajo y el informe anual general, el presupuesto definitivo y el cuadro de efectivos. Emitir un dictamen sobre las cuentas definitivas.

2 — Consejo ejecutivo

Composición

Presidente del consejo de administración.

epresentante del Consejo de Europa.

epresentante de la Comisión.

Dos miembros más del consejo de administración.

3 — Director

Nombrado por el consejo de administración a propuesta de la Comisión.

4 — Control externo

Tribunal de Cuentas.

5 — Control interno

Servicio de auditoría interna de la Comisión.

6 — Autoridad de aprobación de la gestión

Parlamento previa recomendación del Consejo.

Presupuesto definitivo 2005

8,279 millones de euros (7,9 millones de euros)) sufragados por la subvención comunitaria al 100 % (98,7 %)

Efectivos a 31 de diciembre de 2005

37 (34) puestos previstos en la plantilla.

puestos cubiertos: 35 (30)

+4(4) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, interinos)

Total de efectivos: 41 (34)

agentes encargados de

tareas operativas: 24 (21)

tareas administrativas: 13 (8)

tareas mixtas: 4 (5)

RAXEN

Número de contribuciones por los 25 puntos de observación nacionales: 400.

Número de reuniones: 5.

INFORMES DE INVESTIGACIÓN

Número de informes: 13.

Número de reuniones: 7.

Informes anuales: 2.

EUMC Newsletter: 5.

Equal Voices: 2.

COOPERACIÓN CON LOS ESTADOS MIEMBROS Y LAS DEMÁS INSTITUCIONES (número de actos organizados conjuntamente)

Estados miembros: 4.

Comisión: 14.

Parlamento Europeo: 8.

COR: 3.

CES: 3.

Consejo de Europa: 10.

OSCE: 3.

UN: 3.

Interagencias: 3.

NRT: 6.

ERT: 1.

Fuente: Información comunicada por el Observatorio.

OBSERVATORIO EUROPEO DEL RACISMO Y LA XENOFOBIA

Fuente: Datos del Observatorio. Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por el Observatorio en sus cuentas anuales

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

Créditos del ejercicio

y del ejercicio anterior

definitivos

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

créditos pendientes

pagados

anulados

créditos

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias (1)

8 189

8 189

Título I

Personal

3 152

3 078

3 008

70

74

85

71

14

3 237

3 163

3 079

70

88

Ingresos asignados (Phare)

90

90

Título II

Funcionamiento

1 222

1 132

551

581

91

37

30

7

1 259

1 169

581

581

98

Ingresos varios

0

151

Título III

Actividades operativas

3 815

3 398

2 731

667

416

745

556

189

4 560

4 143

3 287

667

605

 

 

 

Ingresos asignados (Phare y otros)

90

0

0

90

0

0

0

0

90

0

0

90

0

Total

8 279

8 430

Total

8 279

7 608

6 290

1 408

581

867

657

210

9 146

8 475

6 947

1 408

791


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005 (2)

(miles de euros)

 

2005

Ingresos

Subvenciones comunitarias

7 466

Subvenciones e ingresos varios

14

Total (a)

7 480

Gastos

Personal

2 729

Funcionamiento

1 029

Actividades operativas

3 304

Total (b)

7 062

Resultado económico (c = a – b)

418


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 2004 (3)

(miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

152

123

Títulos de crédito a corto plazo

361

366

Cuenta de tesorería

2 832

1 279

Total

3 345

1 768

Pasivo

Resultados acumulados de ejercicios anteriores

725

725

Resultado del ejercicio

418

0

Deudas a corto plazo

2 202

1 043

Total

3 345

1 768


(1)  Incluidas las subvenciones a cargo del Espacio Económico Europeo.

(2)  No se presentan los datos del ejercicio 2004  al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.

(3)  Los datos del ejercicio 2004 fueron reelaborados para garantizar su comparabilidad con los de 2005.


RESPUESTAS DEL OBSERVATORIO

7.

La elevada tasa de créditos administrativos prorrogados obedece al hecho de que la sección de compras se creó a finales de 2005. Una vez creada, se publicaron las licitaciones, para asegurar la legalidad de los procedimientos. Se instauró un procedimiento para disminuir el nivel de prórrogas anuladas. En el futuro, las transferencias presupuestarias estarán plenamente documentadas.

8.

El programa de trabajo anual para 2006 se ha elaborado en un formato que cumple las exigencias del artículo 40 del reglamento financiero marco, fijando las actividades esenciales, objetivos, tareas, productos, indicadores de rendimiento y el resultado/impacto de la labor del Observatorio. Por consiguiente, el informe anual de actividades para 2006 se establecerá de acuerdo con la estructura del programa de trabajo, ofreciendo así los indicadores de rendimiento exigidos y la revisión del rendimiento sobre la base de datos cuantificables.

9.

Se ha adquirido una aplicación para la gestión de inventario, que actualmente está ya configurada e instalada. Se prevé realizar un inventario en el curso del último trimestre del año, tan pronto esté instalada la aplicación y se hayan realizado las labores preparatorias.

10.

En febrero de 2006 se modificaron los flujos financieros para mejorar los controles internos sobre las transacciones y cumplir las exigencias del reglamento financiero. Los cambios citados se han documentado en una serie de notas de instrucciones firmadas por la directora, previa consulta del contable y del auditor interno del EUMC. Los nuevos flujos de trabajo se comprobaron en un ejercicio de prueba SI2, documentándose la validación de la prueba.

11.

Si bien el cuadro de efectivos del EUMC contempla solo un total de 37 puestos, resulta muy difícil —y en ocasiones imposible— formar equipos con agentes que tengan como mínimo el mismo grado del puesto a cubrir.

12.

El Observatorio estudiará mejorar la claridad de la información facilitada en la lictación y aplicará el método de la razón «calidad/precio» cuando se considere apropiado.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/99


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Oficina

(2006/C 312/17)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-10

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de la Oficina

INTRODUCCIÓN

1.

La Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (en lo sucesivo denominada «la Oficina») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 2100/94 del Consejo, de 27 de julio de 1994 (1). Sus principales misiones consisten en registrar y examinar las solicitudes de concesión de la protección comunitaria de la propiedad industrial para las variedades vegetales, así como en hacer ejecutar los exámenes técnicos necesarios por las oficinas competentes de los Estados miembros.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Oficina, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por este organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al consejo de administración de la Oficina, en virtud del artículo 111 del Reglamento (CE) no 2100/94.

4.

De conformidad con el artículo 112 del Reglamento (CE) no 2100/94, las cuentas de la Oficina correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (2) fueron elaboradas por su presidente, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera su declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de la Oficina correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Oficina son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

El presupuesto de la Oficina para el ejercicio 2005 no respeta el principio de equilibrio entre los ingresos y los créditos de pago. En términos de ejecución presupuestaria, el nivel global de consumo de créditos de pago del ejercicio es del 85 %. Los mismos créditos han sido objeto de anulaciones por lo que respecta a las actividades operativas (9 %) y en particular a los gastos de funcionamiento (20 %). Estas indicaciones muestran que la Oficina debería mejorar la programación y el seguimiento de sus trabajos para evitar movilizar créditos inútilmente.

8.

En el ejercicio 2005, la organización de la elaboración de las cuentas anuales se caracterizó por numerosas dificultades y las cuentas completas se presentaron con retraso con respecto a los plazos reglamentarios. La Oficina no dispone de instrumentos fiables para cotejar los datos de sus sistemas de gestión financiera (contabilidades presupuestaria y general, registro de variedades vegetales), y esta situación aumenta los riesgos de que existan errores en las cuentas.

9.

Deberían aprobarse unas disposiciones generales de ejecución relativas a la contratación y a la clasificación del personal (3) para garantizar una evaluación objetiva y transparente de los candidatos. El examen de los procedimientos de contratación ha revelado una falta de definición previa de los criterios de evaluación de los candidatos.

10.

Se han constatado anomalías en la adjudicación de contratos. En tres procedimientos de evaluación de los doce examinados, el plazo de entrega, aunque se fijó como criterio de adjudicación, no se tuvo en cuenta en la selección de la mejor oferta (4). Se firmaron dos contratos marco por una duración máxima de cinco años pese a que esta no puede ser superior a cuatro.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 227 de 1.9.1994, p. 27.

(2)  Estas cuentas se elaboraron el 21 de junio de 2006 y el Tribunal las recibió el 4 de julio de 2006.

(3)  Artículo 110 del Estatuto de los funcionarios y artículo 12, apartado 5, del Régimen aplicable a los otros agentes.

(4)  Artículo 117, apartado 1, de las normas de desarrollo del reglamento financiero general [para los organismos descentralizados, los procedimientos de adjudicación de contratos se rigen por el reglamento financiero general y sus normas de desarrollo: Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002 (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1) y Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002 (DO L 357 de 31.12.2002, p. 1)].


Cuadro 1

Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias de la Oficina conforme al Reglamento (CE) no 2100/94 del Consejo, de 27 de julio de 1994

Gobernanza

Medios puestos a disposición de la Oficina en 2005

(2004)

Actividades y servicios llevados a cabo en 2005

(2004)

Libre circulación de mercancías

Las prohibiciones o restricciones justificadas por razones de protección de la propiedad industrial y comercial no deberán constituir un medio de discriminación arbitraria ni una restricción encubierta del comercio entre los Estados miembros.

(Extracto del artículo 30 del Tratado)

Objetivos

Aplicar el régimen de protección comunitaria de las obtenciones vegetales como única y exclusiva forma de protección comunitaria de la propiedad industrial para las variedades vegetales.

Funciones

Decisiones de rechazo o concesión de protección comunitaria.

Decisiones sobre oposiciones a la concesión.

Decisiones sobre recursos.

Decisiones sobre la nulidad o anulación de una protección comunitaria.

1. Presidente Dirige la Oficina. Nombrado por el Consejo sobre la base de una lista presentada por la Comisión, previo dictamen del consejo de administración.

2. Consejo de administración Supervisa los trabajos de la Oficina y puede establecer métodos de trabajo. Se compone de un representante por Estado miembro y de un representante de la Comisión, así como sus suplentes.

3. Algunas decisiones pertenecientes al procedimiento de concesión de una protección comunitaria serán adoptadas por comités compuestos de tres agentes de la Oficina y también por las salas de recursos en caso de recurso.

4. Control de la ComisiónSe refiere a la legalidad de los actos del consejo de administración en relación con el presupuesto de la Oficina, así como a los actos del presidente cuya legalidad no esté sujeta al control de otro órgano.

5. Control externo Tribunal de Cuentas.

6. Aprobación de la gestión Consejo de administración.

Presupuesto definitivo

13,4 (11,3) millones de euros

Efectivos a 31 de diciembre:

puestos previstos en la plantilla: 40 (38)

puestos cubiertos: 40 (36)

+ otros 5 (4) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, interinos)

Total de efectivos: 45 (40)

agentes encargados de:

Solicitudes tramitadas: 2 734(2 651).

Títulos concedidos: 2 178(2 178).

Títulos comunitarios en vigor a 31.12.2005: 11 231(10 191).

tareas operativas:

19 (16)

tareas administrativas:

20 (8)

tareas mixtas:

6 (6)

Fuente: Información comunicada por la Oficina.

OFICINA COMUNITARIA DE VARIEDADES VEGETALES

Fuente: Datos de la Oficina. Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Oficina en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo del ejercicio

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

Créditos disponibles

(créditos del ejercicio y del ejercicio anterior)

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Ingresos propios

13 113

8 848

Título I

Personal (CND)

4 307

4 284

4 237

47

23

38

32

6

4 345

4 322

4 269

47

29

Subvenciones comunitarias

0

0

Ingresos varios

333

654

Título II

Funcionamiento (CND)

3 608

2 846

2 190

630

762

705

583

122

4 313

3 551

2 773

630

884

 

 

 

Título III

Actividades operativas (CD)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

— CC

5 531

5 320

0

0

211

0

0

0

5 531

5 320

0

0

211

— CP

4 414

0

4 002

0

412

0

0

0

4 414

0

4 002

0

412

Total

13 446

9 502

Total CC

13 446

12 450

0

677

996

743

0

128

14 189

13 193

0

677

1 124

Total CP

12 329

0

10 429

677

1 197

743

615

128

13 072

0

11 044

677

1 325

CND:

:

créditos no disociados (los créditos de compromiso equivalen a los de pago).

CD:

:

créditos disociados (los créditos de compromiso pueden diferir de los de pago).

CC:

:

créditos de compromiso en un régimen de créditos disociados.

CP:

:

créditos de pago en un régimen de créditos disociados.


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005 (1)

(miles de euros)

 

2005

Ingresos de explotación

Ingresos

7 885

Total (a)

7 885

Gastos de explotación

Personal

4 226

Funcionamiento

1 485

Operaciones

3 972

Total (b)

9 683

Resultado de explotación (c = a – b)

–1 798

Productos varios (d)

367

Gastos varios (e)

0

Resultado económico (f = c + d – e)

–1 431


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 (2)

(miles de euros)

 

2005

Activo

Valores inmovilizados

3 513

Títulos de crédito a corto plazo

897

Tesorería

19 111

Total

23 521

Pasivo

Resultados acumulados de los ejercicios anteriores

17 621

Resultado del ejercicio

–1 431

Deudas a corto plazo

7 331

Total

23 521


(1)  No se presentan los datos del ejercicio 2004  al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.

(2)  No se presentan los datos del ejercicio 2004  al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.


RESPUESTAS DE LA OFICINA

7.

El presupuesto para 2005 fue elaborado todavía según el principio de equilibrio entre los ingresos y los créditos de compromiso. El presupuesto para 2006 respeta el equilibrio entre créditos de pago e ingresos. La realización de los gastos previstos depende en parte de factores coyunturales que escapan al control de la Oficina. Frente a esta situación, la política constante de la Oficina es disponer de un margen de maniobra que evite recurrir a la autoridad presupuestaria con demasiada frecuencia.

8.

La situación descrita por el Tribunal se debe a factores accidentales. La Oficina adoptará medidas para garantizar que en el futuro la presentación de las cuentas sea enteramente conforme y se realice en los plazos previstos.

9.

La Oficina se está dotando actualmente de sistemas automatizados para la conciliación de los datos. Aunque las conciliaciones se realicen aún en parte de forma manual, el riesgo de error al que se refiere el Tribunal no se ha materializado hasta la fecha.

10.

La Comisión y las agencias debaten actualmente las disposiciones generales de ejecución y próximamente podrán adoptar una decisión. En cuanto a la adjudicación de contratos, la Oficina procurará documentar la aplicación de los criterios de evaluación establecidos por las convocatorias de puestos vacantes.

11.

La Oficina recordará a los comités de evaluación la necesidad de respetar estrictamente los criterios anunciados. La OCVV toma buena nota de las observaciones y velará por el estricto respeto de las disposiciones reglamentarias.


19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/106


INFORME

sobre las cuentas anuales de la Oficina de Armonización del Mercado Interior correspondientes al ejercicio 2005, acompañado de las respuestas de la Oficina

(2006/C 312/18)

ÍNDICE

1-2

INTRODUCCIÓN

3-6

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

7-11

OBSERVACIONES

Cuadros 1 a 4

Respuestas de la Oficina

INTRODUCCIÓN

1.

La Oficina de Armonización del Mercado Interior (en lo sucesivo denominada «la Oficina») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo (1), de 20 de diciembre de 1993. Su misión es aplicar la legislación comunitaria en materia de marcas, dibujos y modelos, que confiere a las empresas una protección uniforme en todo el territorio de la Unión.

2.

El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Oficina, mientras que los cuadros 2, 3 y 4 contienen información clave obtenida a partir de los estados financieros elaborados por dicho organismo en relación con el ejercicio 2005.

DECLARACIÓN DE FIABILIDAD

3.

La presente declaración está dirigida al comité presupuestario de la Oficina, en virtud de lo dispuesto en el artículo 137 del Reglamento (CE) no 40/94.

4.

De conformidad con el artículo 119 del Reglamento (CE) no 40/94, las cuentas de la Oficina correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 (2) fueron elaboradas por su director, tras lo cual se transmitieron al Tribunal para que emitiera una declaración sobre la fiabilidad de dichas cuentas y sobre la legalidad y regularidad de las operaciones subyacentes.

5.

El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas en la materia, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría al ámbito comunitario. La fiscalización fue planeada y llevada a la práctica con el fin de obtener garantías razonables de que las cuentas son fiables y de que las operaciones subyacentes son legales y regulares.

6.

El Tribunal ha obtenido de este modo una base razonable para emitir la declaración siguiente.

Fiabilidad de las cuentasLas cuentas de la Oficina correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2005 son fiables en todos los aspectos importantes.Legalidad y regularidad de las operaciones subyacentesLas operaciones subyacentes a las cuentas anuales de la Oficina son, en su conjunto, legales y regulares.El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la declaración emitida por el Tribunal.

OBSERVACIONES

7.

En lo que se refiere a la ejecución presupuestaria, los porcentajes globales de utilización de los créditos de compromiso y de pago del ejercicio son, respectivamente, del 95 % y el 80 %. No obstante, en los gastos de funcionamiento (Título II), el ritmo de utilización de los créditos es más lento: se anularon alrededor del 10 % de los créditos del ejercicio y del ejercicio anterior y se prorrogaron hasta una tercera parte de los compromisos del ejercicio. Ante esta situación, la Oficina debería tratar de mejorar la previsión y programación de sus gastos administrativos para evitar la movilización inútil de los recursos.

8.

Las funciones de inicio y verificación de las operaciones presupuestarias no están completamente separadas. De hecho, los controles han puesto de manifiesto que decenas de compromisos y centenares de pagos habían sido iniciados y validados por el mismo agente.

9.

En 2005, el consejo de administración todavía no había adoptado unas normas mínimas de control interno. Además, los ordenadores todavía no han formalizado los procedimientos y sistemas de gestión y de control interno que aplican. En estas circunstancias, el contable no ha podido validar los sistemas destinados a proporcionarle información.

10.

El examen de un procedimiento de contratación de personal temporal ha revelado insuficiencias: ausencia de una decisión formal de nombramiento de los comités de selección; ninguna indicación sobre la fecha límite para la presentación de candidaturas; falta de utilización sistemática de las tablas de evaluación; ausencia de actas de las reuniones del comité de selección, y contratación de dos candidatos cuando en el anuncio de vacante se informaba de una sola contratación.

11.

Los controles llevados a cabo sobre la adjudicación y gestión de los contratos han revelado las siguientes anomalías: falta de precisión en el objeto de los contratos publicados en las licitaciones (obras o suministros) (3); falta de justificación adecuada de la utilización del procedimiento negociado para la prolongación de un contrato (4); documentación incompleta del procedimiento; y aplicación inadecuada de los criterios de selección y evaluación previstos en los anuncios de licitación (5) de cuatro contratos específicos cuya duración excedía en once meses la fecha de vencimiento de sus correspondientes contratos marco.

El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo, en su reunión del día 28 de septiembre de 2006.

Por el Tribunal de Cuentas

Hubert WEBER

Presidente


(1)  DO L 11 de 14.1.1994, p. 1.

(2)  Estas cuentas se elaboraron el 28 de febrero de 2006 y el Tribunal las recibió el 5 de julio de 2006.

(3)  Un caso detectado.

(4)  Importe de la prolongación: millones de euros.

(5)  En cuatro contratos.


Cuadro 1

Oficina de Armonización del Mercado Interior

Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado

Competencias de la Oficina conforme al Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo, de 20 de diciembre de 1993

Gobernanza

Medios puestos a disposición de la Oficina (2004)

Actividades y servicios llevados a cabo en 2005

Libre circulación de mercancías

Las prohibiciones o restricciones justificadas por razones de protección de la propiedad industrial y comercial no deben constituir ni un medio de discriminación arbitraria ni una restricción encubierta del comercio entre los Estados miembros.

(Extracto del artículo 30 del Tratado)

Quedarán prohibidas las restricciones a la libre prestación de servicios dentro de la Comunidad para los nacionales de los Estados miembros establecidos en un país de la Comunidad que no sea el destinatario de la prestación.

(Extracto del artículo 49 del Tratado)

Objetivos

Aplicar la legislación comunitaria relativa a las marcas, dibujos y modelos que confiere a las empresas el derecho a disfrutar de una protección uniforme en todo el territorio de la Unión.

Funciones

Recepción y depósito de las solicitudes de registro.

Examen de las condiciones de depósito y de la compatibilidad con la legislación comunitaria.

Investigación en los servicios de la propiedad industrial de los Estados miembros sobre la existencia de marcas nacionales anteriores.

Publicación de las solicitudes.

Examen de la (eventual) oposición de terceros.

Registro o desestimación de la solicitud.

Examen de las solicitudes de caducidad o de nulidad.

Tramitación de los recursos contra las decisiones.

1 — Consejo de administración

Composición

Un representante por Estado miembro.

Un representante de la Comisión.

Funciones

Asesora al presidente en las materias de la competencia de la Oficina.

Elabora las listas de candidatos (artículo 120: presidente, vicepresidentes, presidentes y miembros de las salas de recurso).

2 — Presidente de la Oficina

Nombrado por el Consejo sobre la base de una lista de tres candidatos como máximo, elaborada por el consejo de administración.

3 — Comité presupuestario

Composición

Un representante de cada Estado miembro y un representante de la Comisión, y sus correspondientes suplentes.

Funciones

Aprueba el presupuesto, el reglamento financiero, concede la aprobación de la gestión al Presidente, fija los precios de los informes de investigación.

4 — Decisiones en el marco de los procedimientos

Son adoptadas por:

a)

los examinadores;

b)

las divisiones de oposición;

c)

la división de la administración de marcas y de cuestiones jurídicas;

d)

las divisiones de anulación;

e)

las salas de recurso.

5 — Control externo

Tribunal de Cuentas.

6 — Autoridad de aprobación de la gestión

Comité presupuestario de la Oficina.

Presupuesto definitivo 2005

218 millones de euros (177 millones de euros) sufragados por la subvención comunitaria al 0 % (0 %)

Efectivos a 31 de diciembre de 2005

675 (675) puestos previstos en la plantilla

puestos cubiertos: 611 (648)

+ otros 78 (41) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, interinos)

Total de efectivos: 689 (689)

agentes encargados de:

tareas de producción: 548 (524)

tareas de apoyo: 141 (165)

Marcas

Número de solicitudes: 64 112.

Número de registros: 60 570.

Número de oposiciones recibidas: 17 216,

de las cuales 12 856 resueltas.

Recursos ante las salas de recurso: 1 505.

Plazo medio de tramitación de un registro (sin oposición y recurso):

hasta la fase de publicación: 10 meses,

tras publicación y hasta la fase de registro: 11 meses.

Modelos y dibujos

Dibujos recibidos: 63 700.

Dibujos registrados: 67 887.

Fuente: Información comunicada por la Oficina.

Oficina de Armonización del Mercado Interior

Fuente: Datos de la Oficina. Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Oficina en sus cuentas anuales.

Cuadro 2

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Créditos del presupuesto definitivo

Créditos prorrogados del ejercicio anterior

Créditos del ejercicio y del ejercicio anterior

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Ingresos propios

133 533

157 600

Título I

Personal

58 165

57 072

55 680

995

1 491

1 001

669

332

59 166

58 073

56 349

995

1 823

Ingresos varios

404

905

Título II

Funcionamiento

32 477

29 352

19 658

9 685

3 134

8 890

7 894

996

41 367

38 242

27 552

9 685

4 130

Intereses

3 100

4 387

Título III

Actividades operativas

38 669

36 884

22 613

14 226

1 829

16 323

16 198

125

54 992

53 207

38 811

14 226

1 954

Saldo del ejercicio anterior

81 353

90 171

Título X

Reserva

89 079

0

0

0

89 079

0

0

0

89 079

0

0

0

89 079

Total

218 390

253 063

Total

218 390

123 308

97 951

24 906

95 533

26 214

24 761

1 453

244 604

149 522

122 712

24 906

96 986


Cuadro 3

Cuenta de resultado económico del ejercicio 2005 (1)

(miles de euros)

 

2005

Ingresos de explotación

Ingresos propios

156 944

Ingresos y subvenciones varios

823

Total (a)

157 767

Gastos de explotación

Personal

56 278

Funcionamiento

28 610

Actividades operativas

35 850

Total (b)

120 738

Resultado de explotación (c = a – b)

37 029

Productos varios (d)

4 451

Gastos varios (e)

38

Resultado económico (f = c + d – e)

41 442


Cuadro 4

Balance a 31 de diciembre de 2005 y 2004 (2)

(miles de euros)

 

2005

2004

Activo

Valores inmovilizados

27 456

28 125

Títulos de crédito

2 196

3 233

Tesorería

208 020

156 638

Total

237 672

187 996

Pasivo

Excedente acumulado/déficit

132 575

132 575

Resultado económico del ejercicio

41 442

0

Deudas a largo plazo

613

784

Deudas a corto plazo

63 042

54 637

Total

237 672

187 996


(1)  No se presentan los datos del ejercicio 2004  al no ser comparables con los de 2005 debido al cambio de método contable.

(2)  Los datos del ejercicio 2004 fueron reelaborados para garantizar su comparabilidad con los de 2005.


RESPUESTAS DE LA OFICINA

7.

La Oficina seguirá esforzándose en mejorar la gestión de sus créditos. Para el conjunto de su presupuesto, la Oficina logró reducir el nivel de anulaciones de créditos prorrogados (del 10 % en 2004 al 6 % en 2005).

8.

Siguiendo la observación del Tribunal, la Oficina ha puesto en marcha en 2006 procedimientos para minimizar los casos en los que una operación presupuestaria es gestionada por el mismo agente que ejerce como superior jerárquico y como ordenador.

9.

El comité presupuestario aprobó las normas de control interno mediante decisión de 5 de mayo de 2006. La Oficina tomará todas las medidas necesarias para aplicar estas normas.

10.

Siguiendo la observación del Tribunal, la Oficina tomará las medidas necesarias para reforzar sus procedimientos de contratación mejorando la formalización y la documentación.

11.

Siguiendo la observación del Tribunal, la Oficina tomará las medidas necesarias para corregir las anomalías detectadas formalizando y documentando adecuadamente sus procedimientos en este ámbito.


Corrección de errores

19.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 312/112


CORRECCIÓN DE ERRORES

Corrección de errores de la Publicación de las cuentas definitivas del ejercicio 2005 — Agencia Europea de Seguridad Aérea

( Diario Oficial de la Unión Europea C 266 de 31 de octubre de 2006 )

(2006/C 312/19)

Los cuadros financieros 1 y 2 relativos a la Agencia Europea de Seguridad Aérea, publicados en las páginas 11 y 12 del Diario Oficial de la Unión Europea C 266, quedan anuladas y se sustituyen por las que figuran a continuación:

Fuente: Datos de la Agencia. Los cuadros presentan, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas anuales.»

«Cuadro 1

Ejecución presupuestaria del ejercicio 2005

(miles de euros)

Ingresos

Gastos

Origen de los ingresos

Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio

Ingresos recibidos

Afectación de los gastos

Crédito del presupuesto definitivo del ejercicio

Crédito prorrogados del ejercicio anterior

Créditos disponibles

(créditos del ejercicio anterior)

consignados

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

disponibles

pagados

anulados

disponibles

comprometidos

pagados

prorrogados

anulados

Subvenciones comunitarias

22 138

18 930

Título I

Personal

16 192

13 968

13 754

214

2 224

314

212

102

16 506

14 282

13 966

214

2 326

Ingresos propios

8 000

8 569

Título II

Funcionamiento

3 691

3 428

2 646

782

263

810

732

78

4 501

4 238

3 378

782

341

Ingresos varios

1 443

1 472

Título III

Actividades operativas

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

CC

20 098

13 865

0

0

6 233

0

0

0

20 098

13 865

0

0

6 233

CP

11 698

0

4 656

5 611

1 431

264

237

27

11 962

0

4 893

5 611

1 458

Total

31 581

28 971

Total CC

39 981

31 261

0

996

8 720

1 124

944

180

41 105

32 385

0

996

8 900

Total CP

31 581

0

21 056

6 607

3 918

1 388

1 181

207

32 969

0

22 237

6 607

4 125

CC: créditos de compromiso;

CP: créditos de pago


Cuadro 2

Cuenta de resultado económico de los ejercicios 2005 y 2004

(miles de euros)

 

2005

2004

Ingresos de explotación

Subvenciones comunitarias

17 416

7 777

Subvenciones e ingresos varios

13 053

601

Total (a)

30 469

8 378

Gastos de explotación

Personal

13 636

5 557

Funcionamiento

4 016

1 521

Actividades operativas

11 660

2 081

Total (b)

29 312

9 159

Resultado de explotación (c = a – b)

1 157

– 781

Productos varios (d)

41

0

Gastos varios (e)

–14

–1

Resultado económico (f = c + d + e)

1 184

– 782