ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 298E

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

49o año
8 de diciembre de 2006


Número de información

Sumario

Página

 

I   (Comunicaciones)

 

PARLAMENTO EUROPEO

 

PERÍODO DE SESIONES 2006-2007

 

Sesiones de los días 31 de mayo y 1 de junio de 2006

 

Miércoles, 31 de mayo de 2006

2006/C 298E/01

ACTA

1

DESARROLLO DE LA SESIÓN

Reanudación del período de sesiones

Bienvenida

Declaración de la Presidencia

Crisis humanitaria en los territorios palestinos y papel de la Unión (propuestas de resolución presentadas)

Presentación de documentos

Transmisión por el Consejo de textos de Acuerdos

Curso dado a las resoluciones del Parlamento

Declaraciones por escrito (artículo 116 del Reglamento)

Debate sobre el futuro de Europa, con la participación del Primer Ministro belga, miembro del Consejo Europeo (debate)

Aprobación del Acta de la sesión anterior

Demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria

Situación de los presos en Guantánamo (debate)

Acuerdo de Asociación Transatlántica UE-Estados Unidos — Relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos (debate)

Intervenciones de un minuto sobre asuntos de importancia política

Comercio y pobreza (debate)

Medicamentos para uso pediátrico ***II (debate)

Programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) ***I (debate)

Ampliación de la zona del euro (debate)

Estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para 2007 (debate)

Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008) ***I (debate)

Eficiencia energética (Libro Verde) (debate)

Inhabilitaciones resultantes de condenas por delitos sexuales cometidos contra los niños (debate)

Orden del día de la próxima sesión

Cierre de la sesión

LISTA DE ASISTENCIA

12

 

Jueves, 1 de junio de 2006

2006/C 298E/02

ACTA

14

DESARROLLO DE LA SESIÓN

Apertura de la sesión

Presentación de documentos

Igualdad de oportunidades y trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación ***II (debate)

La situación de las mujeres romaníes en la Unión Europea (debate)

Situación de las mujeres en los conflictos armados y su función en relación con la reconstrucción y en el proceso democrático en los países en situación de posconflicto (debate)

Aprobación del Acta de la sesión anterior

Turno de votaciones

Registros de empresas utilizados con fines estadísticos ***I (artículo 131 del Reglamento) (votación)

Programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) ***I (artículo 131 del Reglamento) (votación)

Pequeñas y medianas empresas en los países en desarrollo (artículo 131 del Reglamento) (votación)

Medicamentos para uso pediátrico ***II (votación)

Igualdad de oportunidades y trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación ***II (votación)

Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008) ***I (votación)

Normas de desarrollo del Reglamento financiero * (votación)

Inhabilitaciones resultantes de condenas por delitos sexuales cometidos contra los niños * (votación)

Crisis humanitaria en los territorios palestinos y papel de la Unión (votación)

Situación de los presos en Guantánamo (votación)

Acuerdo de Asociación Transatlántica UE-Estados Unidos (votación)

Relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos (votación)

Ampliación de la zona del euro (votación)

Estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para 2007 (votación)

Comercio y pobreza (votación)

Eficiencia energética (Libro Verde) (votación)

La situación de las mujeres romaníes en la Unión Europea (votación)

Situación de las mujeres en los conflictos armados y su función en relación con la reconstrucción y en el proceso democrático en los países en situación de posconflicto (votación)

Protección del personal sanitario contra las infecciones de transmisión hemática resultantes de heridas causadas por agujas de jeringuillas (votación)

Explicaciones de voto

Correcciones e intenciones de voto

Demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria

Composición de las comisiones y delegaciones

Decisiones relativas a determinados documentos

Transmisión de los textos aprobados por el Parlamento durante la presente sesión

Calendario de las próximas sesiones

Interrupción del período de sesiones

LISTA DE ASISTENCIA

25

ANEXO I

27

ANEXO II

47

TEXTOS APROBADOS

127

P6_TA(2006)0229Registros de empresas utilizados con fines estadísticos ***IResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que establece un marco común para los registros de empresas utilizados con fines estadísticos y deroga el Reglamento (CEE) no 2186/93 del Consejo (COM(2005) 0112 — C6-0089/2005 — 2005/0032(COD))

127

P6_TC1-COD(2005)0032Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 1 de junio de 2006 con vistas a la adopción del Reglamento (CE) no .../2006 del Parlamento Europeo y del Consejo que establece un marco común para los registros de empresas utilizados con fines estadísticos y deroga el Reglamento (CEE) no 2186/93 del Consejo

127

ANEXO

134

P6_TA(2006)0230Programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) ***IResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un Programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) (COM(2005) 0121 — C6-0098/2005 — 2005/0050(COD))

138

P6_TC1-COD(2005)0050Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 1 de junio de 2006 con vistas a la adopción de la Decisión no .../2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un Programa marco para la innovación y la competitividad (2007 2013)

139

ANEXO IDESGLOSE PRESUPUESTARIO INDICATIVO

165

ANEXO IIDISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS COMUNITARIOS PARA LAS PYME ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 17

166

ANEXO IIIPRECISIONES SOBRE LOS SERVICIOS DE AYUDA A LAS EMPRESAS Y A LA INNOVACIÓN ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 21

170

P6_TA(2006)0231Pequeñas y medianas empresas en los países en desarrolloResolución del Parlamento Europeo sobre las pequeñas y medianas empresas en los países en desarrollo (2005/2207(INI))

171

P6_TA(2006)0232Medicamentos para uso pediátrico ***IIResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre medicamentos para uso pediátrico y por el que se modifican el Reglamento (CEE) no 1768/92, la Directiva 2001/20/CE, la Directiva 2001/83/CE y el Reglamento (CE) no 726/2004 (15763/3/2005 — C6-0087/2006 — 2004/0217(COD))

176

P6_TC2-COD(2004)0217Posición del Parlamento Europeo adoptada en segunda lectura el 1 de junio de 2006 con vistas a la adopción del Reglamento (CE) no .../2006 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre medicamentos para uso pediátrico y por el que se modifican el Reglamento (CEE) no 1768/92, la Directiva 2001/20/CE, la Directiva 2001/83/CE y el Reglamento (CE) no 726/2004

177

ANEXODECLARACIÓN DE LA COMISIÓN

202

P6_TA(2006)0233Igualdad de oportunidades y trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación ***IIResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación (15623/7/2005 — C6-0089/2006 — 2004/0084(COD))

203

P6_TA(2006)0234Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008) ***IResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008) (COM(2005) 0467 — C6-0311/2005 — 2005/0203(COD))

203

P6_TC1-COD(2005)0203Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 1 de junio de 2006 con vistas a la adopción de la Decisión no .../2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008)

204

ANEXOMEDIDAS MENCIONADAS EN EL ARTÍCULO 4

211

P6_TA(2006)0235Normas de desarrollo del Reglamento financiero *Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre el proyecto de Reglamento (CE, Euratom) de la Comisión por el que se modifica el Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (SEC(2005) 1240 — C6-0355/2005 — 2005/0904(CNS))

213

P6_TA(2006)0236Inhabilitaciones resultantes de condenas por delitos sexuales cometidos contra los niños *Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la iniciativa del Reino de Bélgica encaminada a que el Consejo adopte una Decisión marco relativa al reconocimiento y la ejecución en la Unión Europea de las inhabilitaciones resultantes de condenas por delitos sexuales cometidos contra los niños (14207/2004 — C6-0244/2004 — 2004/0818(CNS))

220

P6_TA(2006)0237Crisis humanitaria en los territorios palestinos y papel de la UniónResolución del Parlamento Europeo sobre la crisis humanitaria en los territorios palestinos y el papel de la UE

223

P6_TA(2006)0238Acuerdo de Asociación Transatlántica UE-Estados UnidosResolución del Parlamento Europeo sobre la mejora de las relaciones entre la Unión Europea y los Estados Unidos en el marco de un Acuerdo de Asociación Transatlántica (2005/2056(INI))

226

P6_TA(2006)0239Relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos.Resolución del Parlamento Europeo sobre las relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos (2005/2082(INI))

235

P6_TA(2006)0240Ampliación de la zona del euroResolución del Parlamento Europeo sobre la ampliación de la zona del euro (2006/2103(INI))

249

P6_TA(2006)0241Estado de previsiones del Parlamento Europeo para 2007Resolución del Parlamento Europeo sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2007 (2006/2022(BUD))

253

P6_TA(2006)0242Comercio y pobrezaResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre el comercio y la pobreza: elaboración de políticas comerciales para maximizar la contribución del comercio a la reducción de la pobreza (2006/2031(INI))

261

P6_TA(2006)0243Eficiencia energéticaResolución del Parlamento Europeo sobre el Libro Verde sobre la eficiencia energética o cómo hacer más con menos (2005/2210(INI))

273

P6_TA(2006)0244Mujeres romaníes en la Unión EuropeaResolución del Parlamento Europeo sobre la situación de las mujeres romaníes en la Unión Europea (2005/2164(INI))

283

P6_TA(2006)0245Situación de las mujeres en los conflictos armados y su función en la reconstrucción y en el proceso democráticoResolución del Parlamento Europeo sobre la situación de las mujeres en los conflictos armados y su función en relación con la reconstrucción y en el proceso democrático en los países en situación de posconflicto (2005/2215(INI))

287

Explicación de los signos utilizados

*

procedimiento de consulta

**I

procedimiento de cooperación: primera lectura

**II

procedimiento de cooperación: segunda lectura

***

dictamen conforme

***I

procedimiento de codecisión: primera lectura

***II

procedimiento de codecisión: segunda lectura

***III

procedimiento de codecisión: tercera lectura

(El procedimiento indicado se basa en el fundamento jurídico propuesto por la Comisión)Indicaciones referentes a los turnos de votacionesSalvo indicación contraria, los ponentes han dado a conocer por escrito a la Presidencia su posición sobre las enmiendas.Abreviaturas utilizadas para las comisiones parlamentarias

AFET

Comisión de Asuntos Exteriores

DEVE

Comisión de Desarrollo

INTA

Comisión de Comercio Internacional

BUDG

Comisión de Presupuestos

CONT

Comisión de Control Presupuestario

ECON

Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios

EMPL

Comisión de Empleo y Asuntos Sociales

ENVI

Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria

ITRE

Comisión de Industria, Investigación y Energía

IMCO

Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor

TRAN

Comisión de Transportes y Turismo

REGI

Comisión de Desarrollo Regional

AGRI

Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural

PECH

Comisión de Pesca

CULT

Comisión de Cultura y Educación

JURI

Comisión de Asuntos Jurídicos

LIBE

Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior

AFCO

Comisión de Asuntos Constitucionales

FEMM

Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género

PETI

Comisión de Peticiones

Abreviaturas utilizadas para los grupos políticos

PPE-DE

Grupo del Partido Popular Europeo (Demócratas Cristianos) y de los Demócratas Europeos

PSE

Grupo Parlamentario del Partido Socialista Europeo

ALDE

Grupo de la Alianza de Liberales y Demócratas por Europa

Verts/ALE

Grupo de los Verdes/Alianza Libre Europea

GUE/NGL

Grupo Confederal de la Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica

IND/DEM

Grupo Independencia y Democracia

UEN

Grupo Unión por la Europa de las Naciones

NI

No inscritos

ES

 


I (Comunicaciones)

PARLAMENTO EUROPEO

PERÍODO DE SESIONES 2006-2007

Sesiones de los días 31 de mayo y 1 de junio de 2006

Miércoles, 31 de mayo de 2006

8.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 298/1


ACTA

(2006/C 298 E/01)

DESARROLLO DE LA SESIÓN

PRESIDENCIA: Josep BORRELL FONTELLES

Presidente

1.   Reanudación del período de sesiones

Se abre la sesión a las 15.05 horas.

2.   Bienvenida

El Presidente da la bienvenida, en nombre del Parlamento, a una delegación del Parlamento de la República de Maldivas, a una delegación del Parlamento de México, así como a la Sra. Da Aminato Haidar, Premio Juan María Bandrés a la Defensa del Derecho de Asilo y la Solidaridad con los Refugiados, quienes han tomado asiento en la tribuna oficial.

3.   Declaración de la Presidencia

El Presidente manifesta, en nombre del Parlamento, su solidaridad al Gobierno de Indonesia ante el terremoto que ha sacudido este país y rinde homenaje a las víctimas del seísmo.

*

* *

Interviene Martin Schulz, en nombre del Grupo PSE y con el apoyo de Francis Wurtz, Monica Frassoni, Graham Watson y Hans-Gert Poettering, en nombre de sus grupos respectivos, para condenar el aumento de los actos de racismo y homofobia cometidos en los últimos tiempos en diversos países de la Unión Europea y solicita que se trate este asunto en la próxima Conferencia de Presidentes.

Intervienen, por alusiones personales, Frank Vanhecke y Bogusław Rogalski a raíz de esta intervención.

4.   Crisis humanitaria en los territorios palestinos y papel de la Unión (propuestas de resolución presentadas)

Propuestas de resolución presentadas sobre la base del apartado 2 del artículo 103 del Reglamento:

Francis Wurtz, Adamos Adamou y Luisa Morgantini, en nombre del Grupo GUE/NGL, sobre la situación en Oriente Próximo y la decisión de la Unión Europea de suspender sus ayudas directas a las instituciones palestinas (B6-0301/2006),

Pasqualina Napoletano y Véronique De Keyser, en nombre del Grupo PSE, sobre la crisis humanitaria en los Territorios Palestinos y el papel de la UE (B6-0302/2006),

Elmar Brok, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Jana Hybášková y Patrick Gaubert, en nombre del Grupo PPE-DE, sobre la situación en Oriente Próximo (B6-0303/2006),

Daniel Marc Cohn-Bendit, Cem Özdemir, Angelika Beer, Hélène Flautre, Margrete Auken, Jill Evans, Caroline Lucas, Johannes Voggenhuber y David Hammerstein Mintz, en nombre del Grupo Verts/ALE, sobre la crisis humanitaria en los Territorios Palestinos y el papel de la UE (B6-0304/2006),

Annemie Neyts-Uyttebroeck, en nombre del Grupo ALDE, sobre la situación en Oriente Próximo (B6-0305/2006),

Ģirts Valdis Kristovskis y Roberta Angelilli, en nombre del Grupo UEN, sobre la ayuda financiera al pueblo palestino (B6-0306/2006).

Votación: punto 7.9 del Acta de 1.6.2006.

5.   Presentación de documentos

Los siguientes documentos han sido presentados

1)

por las comisiones parlamentarias:

1.1)

informes:

* Informe sobre la iniciativa del Reino de Bélgica encaminada a que el Consejo adopte una Decisión marco relativa al reconocimiento y la ejecución en la Unión Europea de las inhabilitaciones resultantes de condenas por delitos sexuales cometidos contra los niños (14207/2004 — C6-0244/2004 — 2004/0818(CNS)) — Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.

Ponente: Sonik Bogusław (A6-0068/2006).

Informe sobre las relaciones económicas transatlánticas UE-EE.UU. (2005/2082(INI)) — Comisión de Comercio Internacional.

Ponente: Mann Erika (A6-0131/2006).

* Informe sobre el proyecto de Reglamento de la Comisión (CE, Euratom) por el que se modifica el Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, EURATOM) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (SEC(2005) 1240 — C6-0355/2005 — 2005/0904(CNS)) — Comisión de Control Presupuestario.

Ponentes: Pahor Borut, Gräßle Ingeborg (A6-0135/2006).

Informe con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre la protección del personal sanitario de la Unión Europea contra las infecciones de transmisión hemática resultantes de heridas causadas por agujas de jeringuillas (2006/2015(INI)) — Comisión de Empleo y Asuntos Sociales.

Ponente: Hughes Stephen (A6-0137/2006).

Informe sobre la situación de las mujeres romaníes en la Unión Europea (2005/2164(INI)) — Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género.

Ponente: Járóka Lívia (A6-0148/2006).

Informe sobre las pequeñas y medianas empresas en los países en desarrollo (2005/2207(INI)) — Comisión de Desarrollo.

Ponente: Schröder Jürgen (A6-0151/2006).

Informe sobre la situación de las mujeres en los conflictos armados y su función en relación con la reconstrucción y en el proceso democrático en los países en situación de posconflicto (2005/2215(INI)) — Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género.

Ponente: De Keyser Véronique (A6-0159/2006).

Informe sobre el Libro Verde sobre la eficiencia energética o cómo hacer más con menos (2005/2210(INI)) — Comisión de Industria, Investigación y Energía.

Ponente: Vidal-Quadras Alejo (A6-0160/2006).

***I Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008) (COM(2005) 0467 — C6-0311/2005 — 2005/0203(COD)) — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Hennicot-Schoepges Erna (A6-0168/2006).

Informe sobre la mejora de las relaciones entre la Unión Europea y los Estados Unidos en el marco de un Acuerdo de Asociación Transatlántico (2005/2056(INI)) — Comisión de Asuntos Exteriores.

Ponente: Brok Elmar (A6-0173/2006).

***I Informe sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que establece un marco común para los registros de empresas utilizados con fines estadísticos y deroga el Reglamento (CEE) no 2186/93 del Consejo (COM(2005) 0112 — C6-0089/2005 — 2005/0032(COD)) — Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios.

Ponente: Martin Hans-Peter (A6-0177/2006).

Informe sobre el comercio y la pobreza: elaboración de políticas comerciales para maximizar la contribución del comercio a la reducción de la pobreza (2006/2031(INI)) — Comisión de Comercio Internacional.

Ponente: Markov Helmuth (A6-0179/2006).

***I Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) (COM(2005) 0121 — C6-0098/2005 — 2005/0050(COD)) — Comisión de Industria, Investigación y Energía.

Ponente: Chatzimarkakis Jorgo (A6-0180/2006).

Informe sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2007 (2006/2022(BUD)) — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Grech Louis (A6-0188/2006).

Informe sobre la ampliación de la zona del euro (2006/2103(INI)) — Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios.

Ponente: Langen Werner (A6-0191/2006).

1.2)

recomendaciones para la segunda lectura:

***II Recomendación para la segunda lectura respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación (15623/7/2005 — C6-0089/2006 — 2004/0084(COD)) — Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género.

Ponente: Niebler Angelika (A6-0165/2006).

***II Recomendación para la segunda lectura respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre medicamentos para uso pediátrico y por el que se modifican el Reglamento (CEE) no 1768/92, la Directiva 2001/20/CE, la Directiva 2001/83/CE y el Reglamento (CE) no 726/2004 (15763/3/2005 — C6-0087/2006 — 2004/0217(COD)) — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Grossetête Françoise (A6-0171/2006).

2)

por los diputados:

2.1)

preguntas orales (artículo 108 del Reglamento):

(O-0033/2006) Jo Leinen, en nombre de la Comisión AFCO, a la Comisión: Próximos pasos en el período de reflexión (B6-0208/2006)

(O-0041/2006) Anders Wijkman, John Bowis y Karl-Heinz Florenz, en nombre del Grupo PPE-DE,al Consejo: Estrategia de Desarrollo Sostenible (B6-0209/2006)

(O-0042/2006) Anders Wijkman, John Bowis y Karl-Heinz Florenz, en nombre del Grupo PPE-DE, a la Comisión: Estrategia para un desarrollo sostenible (B6-0210/2006)

(O-0043/2006) Chris Davies, en nombre del Grupo ALDE, al Consejo: Estrategia de Desarrollo Sostenible (B6-0211/2006)

(O-0044/2006) Chris Davies, en nombre del Grupo ALDE, a la Comisión: Estrategia para un desarrollo sostenible (B6-0212/2006)

(O-0045/2006) Satu Hassi, en nombre del Grupo Verts/ALE, al Consejo: Estrategia de Desarrollo Sostenible (B6-0213/2006)

(O-0046/2006) Satu Hassi, en nombre del Grupo Verts/ALE, a la Comisión: Estrategia para un desarrollo sostenible (B6-0214/2006)

(O-0047/2006) Adamos Adamou y Jonas Sjöstedt, en nombre del Grupo GUE/NGL, al Consejo: Estrategia de Desarrollo Sostenible (B6-0215/2006)

(O-0048/2006) Adamos Adamou y Jonas Sjöstedt, en nombre del Grupo GUE/NGL, a la Comisión: Estrategia de Desarrollo Sostenible (B6-0216/2006)

(O-0050/2006) Johannes Blokland, en nombre del Grupo IND/DEM, al Consejo: Estrategia de Desarrollo Sostenible (B6-0217/2006)

(O-0051/2006) Johannes Blokland, en nombre del Grupo IND/DEM, a la Comisión: Estrategia de Desarrollo Sostenible (B6-0218/2006)

(O-0052/2006) Guido Sacconi, en nombre del Grupo PSE, al Consejo: Desarrollo sostenible (B6-0219/2006)

(O-0053/2006) Guido Sacconi, en nombre del Grupo PSE, a la Comisión: Desarrollo sostenible (B6-0220/2006)

(O-0054/2006) Anna Záborská, en nombre de la Comisión FEMM, a la Comisión: Prostitución forzada en el marco de la Copa del mundo de fútbol 2006 (B6-0221/2006)

2.2)

declaraciones por escrito para su inscripción en el registro (artículo 116 del Reglamento):

Georgios Karatzaferis, sobre el genocidio de los griegos pónticos (0042/2006),

Adriana Poli Bortone, sobre la lucha contra las plantaciones de drogas (0043/2006),

Mario Borghezio, sobre la aplicación del principio de la «etiqueta europea» a los fondos concedidos a la Autoridad Palestina y sobre el control independiente de la utilización de dichos fondos (0044/2006),

Mario Borghezio, sobre los costes y los inconvenientes generados por la sede del Parlamento Europeo en Estrasburgo (0045/2006),

Jamila Madeira, Ana Maria Gomes, Anna Záborská, Luisa Morgantini y Miguel Angel Martínez Martínez, sobre el desarrollo del microcrédito en el marco de la Asociación Euromediterránea (0046/2006).

6.   Transmisión por el Consejo de textos de Acuerdos

El Consejo ha transmitido copia certificada conforme de los documentos siguientes:

Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno de Georgia sobre determinados aspectos de los servicios aéreos;

Acuerdo entre la Corte Penal Internacional y la Unión Europea sobre cooperación y asistencia;

Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Croacia sobre determinados aspectos de los servicios aéreos;

Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Consejo de Ministros de la República de Albania sobre determinados aspectos de los servicios aéreos;

Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Bulgaria sobre determinados aspectos de los servicios aéreos;

Acuerdo entre la Comunidad Europea y Serbia y Montenegro sobre determinados aspectos de los servicios aéreos;

Acuerdo entre la Comunidad Europea y Rumanía sobre determinados aspectos de los servicios aéreos;

Acuerdo entre la Comunidad Europea y Bosnia y Herzegovina sobre determinadoas aspectos de los servicios aéreos.

7.   Curso dado a las resoluciones del Parlamento

Se ha distribuido la comunicación de la Comisión sobre el curso dado a las resoluciones aprobadas por el Parlamento en el curso del período parcial de sesiones de enero.

8.   Declaraciones por escrito (artículo 116 del Reglamento)

Al no haber obtenido el número de firmas necesario, las declaraciones por escrito no 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12/2006 decaen, en virtud de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 116 del Reglamento.

9.   Debate sobre el futuro de Europa, con la participación del Primer Ministro belga, miembro del Consejo Europeo (debate)

El Presidente comunica que en este debate participará Guy Verhofstadt, Primer Ministro belga, y precisa que el Parlamento invitará a partir de ahora a los Jefes de Gobierno de los Estados miembros que, sin ejercer la Presidencia del Consejo, deseen participar en los debates en sesión plenaria sobre el futuro de Europa.

Interviene Guy Verhofstadt.

Intervienen Hans-Gert Poettering, en nombre del Grupo PPE-DE, Martin Schulz, en nombre del Grupo PSE, Graham Watson, en nombre del Grupo ALDE, Monica Frassoni, en nombre del Grupo Verts/ALE, Francis Wurtz, en nombre del Grupo GUE/NGL, Nigel Farage, en nombre del Grupo IND/DEM, Brian Crowley, en nombre del Grupo UEN, Frank Vanhecke, no inscrito, Guy Verhofstadt, Íñigo Méndez de Vigo, Jo Leinen, Marielle De Sarnez, Johannes Voggenhuber, Sylvia-Yvonne Kaufmann, Jens-Peter Bonde, Konrad Szymański, Irena Belohorská, Jean-Luc Dehaene, Philippe Busquin, Andrew Duff, Pierre Jonckheer, Jonas Sjöstedt, Nils Lundgren, Hanna Foltyn-Kubicka, James Hugh Allister, Timothy Kirkhope, Mia De Vits, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Bart Staes, Kyriacos Triantaphyllides, Antonio Tajani, Bernard Poignant, João de Deus Pinheiro, Maria Berger, Bogdan Klich, Genowefa Grabowska, Richard Corbett, Carlos Carnero González, Alexander Stubb, Tunne Kelam y Guy Verhofstadt.

Se cierra el debate.

PRESIDENCIA: Sylvia-Yvonne KAUFMANN

Vicepresidenta

10.   Aprobación del Acta de la sesión anterior

Se aprueba el Acta de la sesión anterior.

*

* *

Intenciones de voto:

Se han expresado las siguientes intenciones de voto (referentes a votos no emitidos):

Fecha de la sesión: 18.5.2006

Informe Luis Manuel Capoulas Santos — A6-0152/2006

apartado 16, 1a parte

en contra: Lars Wohlin

apartado 16, 2a parte

en contra: Lars Wohlin

11.   Demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria

Monica Frassoni ha dirigido a la Presidencia una demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria de Gérard Onesta, a raíz de una sentencia de la Sala Tercera de apelación correccional de Toulouse.

Gérard Onesta ha dado su consentimiento a esta demanda.

Con arreglo al apartado 3 del artículo 6 del Reglamento, la demanda se ha remitido a la comisión competente, a saber la Comisión JURI.

12.   Situación de los presos en Guantánamo (debate)

Declaraciones del Consejo y de la Comisión: Situación de los presos en Guantánamo.

Ursula Plassnik (Presidenta en ejercicio del Consejo) y Benita Ferrero-Waldner (Miembro de la Comisión) proceden a las declaraciones.

Intervienen Simon Coveney, en nombre del Grupo PPE-DE, Elena Valenciano Martínez-Orozco, en nombre del Grupo PSE, Elizabeth Lynne, en nombre del Grupo ALDE, Kathalijne Maria Buitenweg, en nombre del Grupo Verts/ALE, Giusto Catania, en nombre del Grupo GUE/NGL, Gerard Batten, en nombre del Grupo IND/DEM, Elmar Brok, Sarah Ludford, Raül Romeva i Rueda, Maria da Assunção Esteves, Cem Özdemir, Ursula Plassnik y Benita Ferrero-Waldner.

Propuestas de resolución, presentadas de conformidad con el apartado 2 del artículo 103 del Reglamento, para cerrar el debate:

Simon Coveney, en nombre del Grupo PPE-DE Situation des prisonniers à Guantanamo (B6-0295/2006)

Francis Wurtz, en nombre del Grupo GUE/NGL sobre la situación de los detenidos en Guantánamo (B6-0296/2006)

Brian Crowley, Cristiana Muscardini y Ģirts Valdis Kristovskis, en nombre del Grupo UEN, sobre la situación de los prisioneros en Guantánamo (B6-0297/2006)

Kathalijne Maria Buitenweg, Jean Lambert, Cem Özdemir, Hélène Flautre, Angelika Beer, Raül Romeva i Rueda, Monica Frassoni y Daniel Marc Cohn-Bendit, en nombre del Grupo Verts/ALE, sobre Guantánamo (B6-0298/2006/rev.)

Elizabeth Lynne, en nombre del Grupo ALDE, sobre Guantánamo (B6-0299/2006)

Pasqualina Napoletano, Elena Valenciano Martínez-Orozco y Panagiotis Beglitis, en nombre del Grupo PSE, sobre la situación de los detenidos en Guantánamo (B6-0300/2006).

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.10 del Acta de 1.6.2006 y punto 7.10 del Acta de 13.6.2006.

13.   Acuerdo de Asociación Transatlántica UE-Estados Unidos — Relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos (debate)

Informe sobre la mejora de las relaciones entre la Unión Europea y los Estados Unidos en el marco de un Acuerdo de Asociación Transatlántica [2005/2056(INI)] — Comisión de Asuntos Exteriores.

Ponente: Elmar Brok (A6-0173/2006)

Informe sobre las relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos [2005/2082(INI)] — Comisión de Comercio Internacional.

Ponente: Erika Mann (A6-0131/2006)

Elmar Brok presenta su informe (A6-0173/2006).

Erika Mann presenta su informe (A6-0131/2006).

Intervienen Ursula Plassnik (Presidenta en ejercicio del Consejo) y Benita Ferrero-Waldner (Miembro de la Comisión).

PRESIDENCIA: Miroslav OUZKÝ

Vicepresidente

Interviene Peter Mandelson (Miembro de la Comisión).

Intervienen Gunnar Hökmark (ponente de opinión de la Comisión ECON), Lena Ek (ponente de opinión de la Comisión ITRE), Marie-Hélène Descamps (ponente de opinión de la Comisión CULT), Johannes Blokland (ponente de opinión de la Comisión LIBE), Christofer Fjellner, en nombre del Grupo PPE-DE, Jan Marinus Wiersma, en nombre del Grupo PSE, Alexander Lambsdorff, en nombre del Grupo ALDE, Cem Özdemir, en nombre del Grupo Verts/ALE, Helmuth Markov, en nombre del Grupo GUE/NGL, Bastiaan Belder, en nombre del Grupo IND/DEM, Konrad Szymański, en nombre del Grupo UEN, Ryszard Czarnecki, no inscrito, Georgios Papastamkos, Józef Pinior, Ignasi Guardans Cambó, Caroline Lucas, Mirosław Mariusz Piotrowski, Philip Claeys, Antonio López-Istúriz White, Hannes Swoboda, Georgios Karatzaferis, Ashley Mote, Benoît Hamon, Ursula Plassnik, Benita Ferrero-Waldner y Peter Mandelson.

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.11 del Acta de 1.6.2006 y punto 7.12 del Acta de 1.6.2006.

14.   Intervenciones de un minuto sobre asuntos de importancia política

Intervienen, de conformidad con el artículo 144 del Reglamento, por el tiempo de un minuto, los diputados siguientes, que desean señalar a la atención del Parlamento asuntos de importancia política:

Avril Doyle, Lissy Gröner, Pedro Guerreiro, Urszula Krupa, Bogusław Sonik, Csaba Sándor Tabajdi, Bogusław Rogalski, Ryszard Czarnecki, Laima Liucija Andrikienė, Lidia Joanna Geringer de Oedenberg, Marios Matsakis y Thomas Wise.

(La sesión, suspendida a las 20.20 horas, se reanuda a las 21.00 horas.)

PRESIDENCIA: Sylvia-Yvonne KAUFMANN

Vicepresidenta

15.   Comercio y pobreza (debate)

Informe sobre el comercio y la pobreza: elaboración de políticas comerciales para maximizar la contribución del comercio a la reducción de la pobreza [2006/2031(INI)] — Comisión de Comercio Internacional.

Ponente: Helmuth Markov (A6-0179/2006)

Helmuth Markov presenta su informe.

Interviene Peter Mandelson (Miembro de la Comisión).

Intervienen Danutė Budreikaitė (ponente de opinión de la Comisión DEVE), Zbigniew Zaleski, en nombre del Grupo PPE-DE, Panagiotis Beglitis, en nombre del Grupo PSE, Sajjad Karim, en nombre del Grupo ALDE, y Peter Mandelson.

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.15 del Acta de 1.6.2006.

16.   Medicamentos para uso pediátrico ***II (debate)

Recomendación para la segunda lectura sobre la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre medicamentos para uso pediátrico y por el que se modifican el Reglamento (CEE) no 1768/92, la Directiva 2001/20/CE, la Directiva 2001/83/CE y el Reglamento (CE) no 726/2004 [15763/3/2005 — C6-0087/2006 — 2004/0217(COD)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Françoise Grossetête (A6-0171/2006)

Françoise Grossetête presenta la recomendación para la segunda lectura...

Interviene Günter Verheugen (Vicepresidente de la Comisión).

Intervienen Peter Liese, en nombre del Grupo PPE-DE, Dorette Corbey, en nombre del Grupo PSE, Holger Krahmer, en nombre del Grupo ALDE, Małgorzata Handzlik y Anne Ferreira.

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.4 del Acta de 1.6.2006.

17.   Programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) ***I (debate)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) [COM(2005) 0121 — C6-0098/2005 — 2005/0050(COD)] — Comisión de Industria, Investigación y Energía.

Ponente: Jorgo Chatzimarkakis (A6-0180/2006)

Interviene Günter Verheugen (Vicepresidente de la Comisión).

Jorgo Chatzimarkakis presenta su informe.

Intervienen Werner Langen (ponente de opinión de la Comisión ECON), José Albino Silva Peneda (ponente de opinión de la Comisión EMPL), Britta Thomsen (ponente de opinión de la Comisión FEMM) y Nikolaos Vakalis, en nombre del Grupo PPE-DE.

PRESIDENCIA: Manuel António dos SANTOS

Vicepresidente

Intervienen Reino Paasilinna, en nombre del Grupo PSE, y Jerzy Buzek.

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.2 del Acta de 1.6.2006.

18.   Ampliación de la zona del euro (debate)

Informe sobre la ampliación de la zona del euro [2006/2103(INI)] — Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios.

Ponente: Werner Langen (A6-0191/2006)

Werner Langen presenta su informe.

Interviene Joaquín Almunia (Miembro de la Comisión).

Intervienen Alexander Radwan, en nombre del Grupo PPE-DE, Dariusz Rosati, en nombre del Grupo PSE, Margarita Starkevičiūtė, en nombre del Grupo ALDE, Guntars Krasts, en nombre del Grupo UEN, Sergej Kozlík, no inscrito, Alojz Peterle, Justas Vincas Paleckis, Danutė Budreikaitė, Zbigniew Krzysztof Kuźmiuk y Joaquín Almunia.

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.13 del Acta de 1.6.2006.

19.   Estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para 2007 (debate)

Informe sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2007 [2006/2022(BUD)] — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Louis Grech (A6-0188/2006)

Louis Grech presenta su informe.

Intervienen Ville Itälä, en nombre del Grupo PPE-DE, Neena Gill, en nombre del Grupo PSE, Anne E. Jensen, en nombre del Grupo ALDE, y Hans-Peter Martin, no inscrito.

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.14 del Acta de 1.6.2006.

20.   Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008) ***I (debate)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008) [COM(2005) 0467 — C6-0311/2005 — 2005/0203(COD)] — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Erna Hennicot-Schoepges (A6-0168/2006)

Interviene Andris Piebalgs (Miembro de la Comisión).

Erna Hennicot-Schoepges presenta su informe.

Intervienen Patrick Gaubert (ponente de opinión de la Comisión AFET), Lidia Joanna Geringer de Oedenberg (ponente de opinión de la Comisión BUDG), Rodi Kratsa-Tsagaropoulou (ponente de opinión de la Comisión FEMM), Doris Pack, en nombre del Grupo PPE-DE, Maria Badia i Cutchet, en nombre del Grupo PSE, Jolanta Dičkutė, en nombre del Grupo ALDE, Bernat Joan i Marí, en nombre del Grupo Verts/ALE, Zdzisław Zbigniew Podkański, en nombre del Grupo UEN, Nina Škottová y Andris Piebalgs.

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.6 del Acta de 1.6.2006.

21.   Eficiencia energética (Libro Verde) (debate)

Informe sobre el Libro Verde sobre la eficiencia energética o cómo hacer más con menos [2005/2210(INI)] — Comisión de Industria, Investigación y Energía.

Ponente: Alejo Vidal-Quadras (A6-0160/2006)

Alejo Vidal-Quadras presenta su informe.

Interviene Andris Piebalgs (Miembro de la Comisión).

Intervienen Elisa Ferreira (ponente de opinión de la Comisión ECON), Péter Olajos (ponente de opinión de la Comisión ENVI), Marta Vincenzi (ponente de opinión de la Comisión TRAN), Giles Chichester, en nombre del Grupo PPE-DE, Mechtild Rothe, en nombre del Grupo PSE, Fiona Hall, en nombre del Grupo ALDE, Claude Turmes, en nombre del Grupo Verts/ALE, Esko Seppänen, en nombre del Grupo GUE/NGL, Adam Gierek, Vladimír Remek, Joan Calabuig Rull y Andris Piebalgs.

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.16 del Acta de 1.6.2006.

22.   Inhabilitaciones resultantes de condenas por delitos sexuales cometidos contra los niños (debate)

Informe sobre la iniciativa del Reino de Bélgica encaminada a que el Consejo adopte una Decisión marco relativa al reconocimiento y la ejecución en la Unión Europea de las inhabilitaciones resultantes de condenas por delitos sexuales cometidos contra los niños [14207/2004 — C6-0244/2004 — 2004/0818(CNS)] — Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.

Ponente: Bogusław Sonik (A6-0068/2006)

Bogusław Sonik presenta su informe.

Interviene Franco Frattini (Vicepresidente de la Comisión).

Intervienen Aloyzas Sakalas (ponente de opinión de la Comisión JURI), Johannes Blokland, en nombre del Grupo IND/DEM, y Andreas Mölzer, no inscrito.

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.8 del Acta de 1.6.2006.

23.   Orden del día de la próxima sesión

Se ha establecido el orden del día de la sesión de mañana (documento «Orden del día» PE 373.210/OJJE).

24.   Cierre de la sesión

Se levanta la sesión a las 0.10 horas.

Julian Priestley

Secretario General

Antonios Trakatellis

Vicepresidente


LISTA DE ASISTENCIA

Han firmado:

Adamou, Agnoletto, Albertini, Allister, Andersson, Andrejevs, Andrikienė, Angelilli, Antoniozzi, Arnaoutakis, Ashworth, Assis, Atkins, Aubert, Audy, Auken, Ayala Sender, Aylward, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Baco, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Barsi-Pataky, Batten, Battilocchio, Batzeli, Bauer, Beaupuy, Beazley, Becsey, Beer, Beglitis, Belder, Belet, Belohorská, Bennahmias, Beňová, Berend, Berès, van den Berg, Berger, Berlato, Berlinguer, Blokland, Bloom, Böge, Bösch, Bonde, Bono, Booth, Borrell Fontelles, Bourlanges, Bourzai, Bowis, Bowles, Bozkurt, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brie, Brok, Brunetta, Budreikaitė, Buitenweg, Bullmann, van den Burg, Bushill-Matthews, Busk, Busquin, Busuttil, Buzek, Calabuig Rull, Callanan, Camre, Capoulas Santos, Carlotti, Carlshamre, Carnero González, Carollo, Casa, Casaca, Cashman, Casini, Caspary, Castex, Castiglione, Catania, Cederschiöld, Cercas, Chatzimarkakis, Chichester, Chmielewski, Chruszcz, Claeys, Clark, Coelho, Cohn-Bendit, Corbett, Corbey, Cornillet, Correia, Costa, Cottigny, Coûteaux, Coveney, Cramer, Crowley, Marek Aleksander Czarnecki, Ryszard Czarnecki, Daul, Davies, de Brún, Degutis, Dehaene, De Keyser, Demetriou, Deprez, De Rossa, De Sarnez, Descamps, Désir, Deß, Deva, De Veyrac, De Vits, Díaz de Mera García Consuegra, Dičkutė, Didžiokas, Dillen, Dimitrakopoulos, Dobolyi, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Drčar Murko, Duchoň, Duff, Duka-Zólyomi, Ek, El Khadraoui, Elles, Esteves, Estrela, Ettl, Jonathan Evans, Robert Evans, Fajmon, Falbr, Farage, Fatuzzo, Fava, Fazakas, Ferber, Fernandes, Fernández Martín, Anne Ferreira, Elisa Ferreira, Figueiredo, Flasarová, Flautre, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Ford, Fourtou, Fraga Estévez, Frassoni, Freitas, Friedrich, Fruteau, Gabriele, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García Pérez, Gaubert, Gauzès, Gebhardt, Gentvilas, Geremek, Geringer de Oedenberg, Gierek, Giertych, Gill, Gklavakis, Glattfelder, Goebbels, Goepel, Golik, Gollnisch, Gomes, Gomolka, Gottardi, Goudin, Grabowska, Graça Moura, Graefe zu Baringdorf, Gräßle, de Grandes Pascual, Grech, Griesbeck, Gröner, de Groen-Kouwenhoven, Groote, Grosch, Grossetête, Guardans Cambó, Guellec, Guerreiro, Guidoni, Gurmai, Gutiérrez-Cortines, Guy-Quint, Gyürk, Hänsch, Hall, Hammerstein Mintz, Hamon, Handzlik, Hannan, Harbour, Harkin, Harms, Hasse Ferreira, Hassi, Hatzidakis, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Henin, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Horáček, Howitt, Hudacký, Hudghton, Hughes, Hutchinson, Ilves, in 't Veld, Isler Béguin, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jäätteenmäki, Janowski, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jensen, Joan i Marí, Jöns, Jørgensen, Jordan Cizelj, Juknevičienė, Kaczmarek, Kallenbach, Kamiński, Karas, Karatzaferis, Karim, Kasoulides, Kaufmann, Kauppi, Tunne Kelam, Kilroy-Silk, Kindermann, Kinnock, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Korhola, Kósáné Kovács, Koterec, Kozlík, Krahmer, Krarup, Krasts, Kratsa-Tsagaropoulou, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kristovskis, Krupa, Kuc, Kudrycka, Kuhne, Kułakowski, Kušķis, Kusstatscher, Kuźmiuk, Lagendijk, Laignel, Lambert, Lambrinidis, Lambsdorff, Landsbergis, Lang, Langen, Laperrouze, La Russa, Lavarra, Lax, Le Foll, Lehideux, Lehne, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Lévai, Lewandowski, Liberadzki, Libicki, Lichtenberger, Lienemann, Liese, Lipietz, Locatelli, Lombardo, López-Istúriz White, Losco, Lucas, Ludford, Lulling, Lundgren, Lynne, Maat, Maaten, McAvan, McCarthy, McGuinness, McMillan-Scott, Madeira, Maldeikis, Malmström, Manders, Maňka, Erika Mann, Thomas Mann, Manolakou, Mantovani, Markov, Marques, David Martin, Hans-Peter Martin, Martinez, Martínez Martínez, Masiel, Masip Hidalgo, Maštálka, Mastenbroek, Mathieu, Mato Adrover, Matsakis, Matsouka, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Medina Ortega, Meijer, Méndez de Vigo, Menéndez del Valle, Meyer Pleite, Miguélez Ramos, Mikko, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Mölzer, Montoro Romero, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Morillon, Moscovici, Mote, Mulder, Musacchio, Muscat, Musotto, Musumeci, Myller, Napoletano, Nassauer, Newton Dunn, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Nicholson, Nicholson of Winterbourne, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Öger, Özdemir, Olajos, Olbrycht, Ó Neachtain, Onesta, Oomen-Ruijten, Ortuondo Larrea, Ouzký, Oviir, Paasilinna, Pack, Pafilis, Pahor, Paleckis, Panayotopoulos-Cassiotou, Pannella, Panzeri, Papadimoulis, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peillon, Pęk, Alojz Peterle, Pflüger, Piecyk, Pieper, Pīks, Pinheiro, Pinior, Piotrowski, Pirilli, Pirker, Piskorski, Pistelli, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Poignant, Pomés Ruiz, Posdorf, Prets, Prodi, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Ransdorf, Rapkay, Rasmussen, Remek, Resetarits, Reynaud, Ribeiro e Castro, Riera Madurell, Ries, Riis-Jørgensen, Rizzo, Rocard, Rogalski, Roithová, Romagnoli, Romeva i Rueda, Rosati, Roszkowski, Rothe, Rouček, Roure, Rudi Ubeda, Rübig, Rühle, Rutowicz, Ryan, Sacconi, Saïfi, Sakalas, Salinas García, Salvini, Samaras, Sánchez Presedo, dos Santos, Sartori, Saryusz-Wolski, Savi, Scheele, Schenardi, Schierhuber, Schlyter, Schmidt, Schnellhardt, Schöpflin, Schroedter, Schulz, Schuth, Schwab, Seeber, Seeberg, Seppänen, Siekierski, Sifunakis, Silva Peneda, Sinnott, Siwiec, Sjöstedt, Škottová, Smith, Sommer, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Spautz, Speroni, Staes, Staniszewska, Starkevičiūtė, Šťastný, Stauner, Sterckx, Stevenson, Stockmann, Strejček, Strož, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Susta, Svensson, Swoboda, Szájer, Szejna, Szent-Iványi, Szymański, Tabajdi, Tajani, Tannock, Tarabella, Tatarella, Thomsen, Thyssen, Titford, Titley, Toia, Tomczak, Toubon, Toussas, Trakatellis, Trautmann, Triantaphyllides, Trüpel, Turmes, Tzampazi, Uca, Väyrynen, Vakalis, Valenciano Martínez-Orozco, Vanhecke, Van Hecke, Van Lancker, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Vaugrenard, Veneto, Ventre, Veraldi, Verges, Vergnaud, Vernola, Vidal-Quadras, Vincenzi, Virrankoski, Vlasák, Vlasto, Voggenhuber, Wagenknecht, Walter, Watson, Henri Weber, Weiler, Weisgerber, Westlund, Whittaker, Wieland, Wiersma, Willmott, Wise, Bernard Piotr Wojciechowski, Janusz Wojciechowski, Wurtz, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Záborská, Zaleski, Zani, Zapałowski, Zappalà, Zatloukal, Ždanoka, Zīle, Zimmer, Zvěřina, Zwiefka

Observadores:

Abadjiev Dimitar, Ali Nedzhmi, Arabadjiev Alexander, Bărbuleţiu Tiberiu, Bliznashki Georgi, Buruiană Aprodu Daniela, Cappone Maria, Coşea Dumitru Gheorghe Mircea, Creţu Gabriela, Dimitrov Martin, Duca Viorel, Hogea Vlad Gabriel, Husmenova Filiz, Kirilov Evgeni, Kónya-Hamar Sándor, Mihăescu Eugen, Muscă Monica Octavia, Parvanova Antonyia, Paşcu Ioan Mircea, Petre Maria, Podgorean Radu, Popa Nicolae Vlad, Popeangă Petre, Severin Adrian, Shouleva Lydia, Silaghi Ovidiu Ioan, Sofianski Stefan, Szabó Károly Ferenc, Ţicău Silvia Adriana, Tîrle Radu, Vigenin Kristian


Jueves, 1 de junio de 2006

8.12.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 298/14


ACTA

(2006/C 298 E/02)

DESARROLLO DE LA SESIÓN

PRESIDENCIA: Ingo FRIEDRICH

Vicepresidente

1.   Apertura de la sesión

Se abre la sesión a las 9.00 horas.

2.   Presentación de documentos

Los siguientes documentos han sido presentados por el Consejo y la Comisión:

Propuesta modificada de reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1030/2002 por el que se establece un modelo uniforme de permiso de residencia para nacionales de terceros países (COM(2006) 0110 — C6-0157/2006 — 2003/0218(CNS)).

remitido fondo: LIBE

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al plazo de protección del derecho de autor y de determinados derechos afines (Versión codificada) (COM(2006) 0219 — C6-0160/2006 — 2006/0071(COD)).

remitido fondo: JURI

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa (versión codificada) (COM(2006) 0222 — C6-0161/2006 — 2006/0070(COD)).

remitido fondo: JURI

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual (Versión codificada) (COM(2006) 0226 — C6-0162/2006 — 2006/0073(COD)).

remitido fondo: JURI

Propuesta de transferencia de créditos DEC 20/2006 — Sección III — Comisión (SEC(2006) 0646 — C6-0163/2006 — 2006/2120(GBD)).

remitido fondo: BUDG

Propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno de la República de Singapur sobre determinados aspectos de los servicios aéreos (COM(2005) 0513 — C6-0165/2006 — 2005/0208(CNS)).

remitido fondo: TRAN

3.   Igualdad de oportunidades y trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación ***II (debate)

Recomendación para la segunda lectura sobre la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación [15623/7/2005 — C6-0089/2006 — 2004/0084(COD)] — Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género.

Ponente: Angelika Niebler (A6-0165/2006)

Angelika Niebler presenta la recomendación para la segunda lectura.

Interviene Benita Ferrero-Waldner (Miembro de la Comisión).

Intervienen Amalia Sartori, en nombre del Grupo PPE-DE, Bernadette Vergnaud, en nombre del Grupo PSE, Danutė Budreikaitė, en nombre del Grupo ALDE, Eva-Britt Svensson, en nombre del Grupo GUE/NGL, Urszula Krupa, en nombre del Grupo IND/DEM, Alessandro Battilocchio, no inscrito, Marie Panayotopoulos-Cassiotou, Edite Estrela, Maria Carlshamre, Ilda Figueiredo, Fernand Le Rachinel, Lidia Joanna Geringer de Oedenberg, Marek Aleksander Czarnecki y Benita Ferrero-Waldner.

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.5 del Acta de 1.6.2006.

4.   La situación de las mujeres romaníes en la Unión Europea (debate)

Informe sobre la situación de las mujeres romaníes en la Unión Europea [2005/2164(INI)] — Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género.

Ponente: Lívia Járóka (A6-0148/2006)

Lívia Járóka presenta su informe.

Interviene Benita Ferrero-Waldner (Miembro de la Comisión).

Intervienen Edit Bauer, en nombre del Grupo PPE-DE, Zita Gurmai, en nombre del Grupo PSE, Viktória Mohácsi, en nombre del Grupo ALDE, Milan Horáček, en nombre del Grupo Verts/ALE, Věra Flasarová, en nombre del Grupo GUE/NGL, Georgios Karatzaferis, en nombre del Grupo IND/DEM, Leopold Józef Rutowicz, no inscrito, y Zbigniew Zaleski.

PRESIDENCIA: Jacek Emil SARYUSZ-WOLSKI

Vicepresidente

Intervienen Marie-Line Reynaud, Maria Carlshamre, Magda Kósáné Kovács, Piia-Noora Kauppi y Benita Ferrero-Waldner.

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.17 del Acta de 1.6.2006.

5.   Situación de las mujeres en los conflictos armados y su función en relación con la reconstrucción y en el proceso democrático en los países en situación de posconflicto (debate)

Informe sobre la situación de las mujeres en los conflictos armados y su función en relación con la reconstrucción y en el proceso democrático en los países en situación de posconflicto [2005/2215(INI)] — Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género.

Ponente: Véronique De Keyser (A6-0159/2006)

Véronique De Keyser presenta su informe.

Interviene Benita Ferrero-Waldner (Miembro de la Comisión).

Intervienen Feleknas Uca (ponente de opinión de la Comisión DEVE), Edit Bauer, en nombre del Grupo PPE-DE, Lissy Gröner, en nombre del Grupo PSE, Raül Romeva i Rueda, en nombre del Grupo Verts/ALE, Eva-Britt Svensson, en nombre del Grupo GUE/NGL, Urszula Krupa, en nombre del Grupo IND/DEM, Amalia Sartori, Pia Elda Locatelli, Hiltrud Breyer, Godfrey Bloom, Marie Panayotopoulos-Cassiotou, Britta Thomsen, Teresa Riera Madurell y Benita Ferrero-Waldner.

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.18 del Acta de 1.6.2006.

PRESIDENCIA: Antonios TRAKATELLIS

Vicepresidente

6.   Aprobación del Acta de la sesión anterior

John Attard-Montalto ha comunicado que estuvo presente pero que su nombre no figura en la lista de asistencia.

Intervienen Martin Schulz por alusiones personales a raíz de unos comentarios, que considera homófobos, realizados por Bogusław Rogalski (punto 14 del Acta de 31.5.2006) (solicita al Presidente que se contemple la posiblidad de imponer sanciones), Bogusław Rogalski, quien desmiente haber realizado tales comentarios, y Maciej Marian Giertych, sobre la intervención de Martin Schulz.

Se aprueba el Acta de la sesión anterior.

7.   Turno de votaciones

Los resultados detallados de las votaciones (enmiendas, votaciones por separado, votaciones por partes, ...) figuran en el Anexo «Resultados de las votaciones», adjunto al Acta.

Interviene Hannes Swoboda, en nombre del Grupo PSE, quien solicita que el Informe Hughes se vote al final del turno de votaciones (El Presidente da su acuerdo).

7.1.   Registros de empresas utilizados con fines estadísticos ***I (artículo 131 del Reglamento) (votación)

Informe sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que establece un marco común para los registros de empresas utilizados con fines estadísticos y deroga el Reglamento (CEE) no 2186/93 del Consejo [COM(2005) 0112 — C6-0089/2005 — 2005/0032(COD)] — Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios.

Ponente: Hans-Peter Martin (A6-0177/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 1)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN, ENMIENDAS y PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado en votación única (P6_TA(2006)0229)

7.2.   Programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) ***I (artículo 131 del Reglamento) (votación)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) [COM(2005) 0121 — C6-0098/2005 — 2005/0050(COD)] — Comisión de Industria, Investigación y Energía.

Ponente: Jorgo Chatzimarkakis (A6-0180/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 2)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN, ENMIENDAS y PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado en votación única (P6_TA(2006)0230)

7.3.   Pequeñas y medianas empresas en los países en desarrollo (artículo 131 del Reglamento) (votación)

Informe sobre las pequeñas y medianas empresas en los países en desarrollo [2005/2207(INI)] — Comisión de Desarrollo.

Ponente: Jürgen Schröder (A6-0151/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 3)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Jürgen Schröder (ponente) hace una declaración, de acuerdo con el apartado 4 del artículo 131 del Reglamento.

Aprobado en votación única (P6_TA(2006)0231)

7.4.   Medicamentos para uso pediátrico ***II (votación)

Recomendación para la segunda lectura sobre la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre medicamentos para uso pediátrico y por el que se modifican el Reglamento (CEE) no 1768/92, la Directiva 2001/20/CE, la Directiva 2001/83/CE y el Reglamento (CE) no 726/2004 [15763/3/2005 — C6-0087/2006 — 2004/0217(COD)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Françoise Grossetête (A6-0171/2006)

(Mayoría cualificada requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 4)

POSICIÓN COMÚN DEL CONSEJO

Se declara aprobado en su versión modificada (P6_TA(2006)0232)

7.5.   Igualdad de oportunidades y trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación ***II (votación)

Recomendación para la segunda lectura sobre la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación [15623/7/2005 — C6-0089/2006 — 2004/0084(COD)] — Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género.

Ponente: Angelika Niebler (A6-0165/2006)

(Mayoría cualificada requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 5)

POSICIÓN COMÚN DEL CONSEJO

Se declara aprobado (P6_TA(2006)0233)

7.6.   Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008) ***I (votación)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008) [COM(2005) 0467 — C6-0311/2005 — 2005/0203(COD)] — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Erna Hennicot-Schoepges (A6-0168/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 6)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P6_TA(2006)0234)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P6_TA(2006)0234)

Intervenciones sobre la votación:

Marc Tarabella sobre la interpretación al francés;

Maria Badia I Cutchet ha presentado una enmienda oral al apartado 4 del artículo 10.

Al haberse opuesto más de 37 diputados a tomar en consideración esta enmienda oral, no ha sido admitida.

7.7.   Normas de desarrollo del Reglamento financiero * (votación)

Informe sobre el proyecto de Reglamento (CE, Euratom) de la Comisión por el que se modifica el Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas [SEC(2005) 1240 — C6-0355/2005 — 2005/0904(CNS)] — Comisión de Control Presupuestario.

Coponentes: Borut Pahor y Ingeborg Gräßle (A6-0135/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 7)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P6_TA(2006)0235)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P6_TA(2006)0235)

7.8.   Inhabilitaciones resultantes de condenas por delitos sexuales cometidos contra los niños * (votación)

Informe sobre la iniciativa del Reino de Bélgica encaminada a que el Consejo adopte una Decisión marco relativa al reconocimiento y la ejecución en la Unión Europea de las inhabilitaciones resultantes de condenas por delitos sexuales cometidos contra los niños [14207/2004 — C6-0244/2004 — 2004/0818(CNS)] — Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.

Ponente: Bogusław Sonik (A6-0068/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 8)

INICIATIVA DEL REINO DE BÉLGICA

Aprobado en su versión modificada (P6_TA(2006)0236)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P6_TA(2006)0236)

7.9.   Crisis humanitaria en los territorios palestinos y papel de la Unión (votación)

Propuestas de resolución B6-0301/2006, B6-0302/2006, B6-0303/2006, B6-0304/2006, B6-0305/2006 y B6-0306/2006

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 9)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN RC-B6-0301/2006

(sustituye a las B6-0301/2006, B6-0302/2006, B6-0303/2006, B6-0304/2006, B6-0305/2006 y B6-0306/2006):

presentada por los siguientes diputados:

João de Deus Pinheiro, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Jana Hybášková y Tokia Saïfi, en nombre del Grupo PPE-DE,

Pasqualina Napoletano y Véronique De Keyser, en nombre del Grupo PSE,

Annemie Neyts-Uyttebroeck, en nombre del Grupo ALDE,

Daniel Cohn-Bendit, Margrete Auken, Caroline Lucas y David Hammerstein Mintz, en nombre del Grupo Verts/ALE,

Francis Wurtz, Adamos Adamou y Luisa Morgantini, en nombre del Grupo GUE/NGL,

Roberta Angelilli y Ģirts Valdis Kristovskis, en nombre del Grupo UEN

Aprobado (P6_TA(2006)0237)

7.10.   Situación de los presos en Guantánamo (votación)

Propuestas de resolución B6-0295/2006, B6-0296/2006, B6-0297/2006, B6-0298/2006/rév.1, B6-0299/2006 y B6-0300/2006

Intervienen Simon Coveney, en nombre del Grupo PPE-DE, quien solicita el aplazamiento de la votación hasta el próximo período parcial de sesiones, de conformidad con el artículo170 del Reglamento, Elmar Brok (presidente de la Comisión AFET) y Francis Wurtz, en nombre del Grupo GUE/NGL, ambos acerca de esta solicitud.

Por VE (326 a favor, 265 en contra, 22 abstenciones), el Parlamento aprueba la solicitud.

7.11.   Acuerdo de Asociación Transatlántica UE-Estados Unidos (votación)

Informe sobre la mejora de las relaciones entre la Unión Europea y los Estados Unidos en el marco de un Acuerdo de Asociación Transatlántica [2005/2056(INI)] — Comisión de Asuntos Exteriores.

Ponente: Elmar Brok (A6-0173/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 10)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2006)0238)

Intervenciones sobre la votación:

Elmar Brok (ponente) ha presentado una enmienda oral a la enmienda 16, que ha sido admitida.

7.12.   Relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos (votación)

Informe sobre las relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos [2005/2082(INI)] — Comisión de Comercio Internacional.

Ponente: Erika Mann (A6-0131/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 11)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2006)0239)

Intervenciones sobre la votación:

Erika Mann (ponente) sobre el procedimiento de votación de la enmienda 18; ha propuesto además una enmienda oral a la enmienda 15/rev., que ha sido admitida.

7.13.   Ampliación de la zona del euro (votación)

Informe sobre la ampliación de la zona del euro [2006/2103(INI)] — Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios.

Ponente: Werner Langen (A6-0191/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 12)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2006)0240)

Intervenciones sobre la votación:

Margarita Starkevičiūtė ha propuesto una enmienda oral destinada a añadir un apartado 4 bis, que ha sido admitida;

Werner Langen (ponente) sobre las enmiendas 1, 2 y 3;

Ieke van den Burg sobre la enmienda 2; ha propuesto seguidamente una enmienda oral a la enmienda10, que ha sido admitida.

7.14.   Estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para 2007 (votación)

Informe sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2007 [2006/2022(BUD)] — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Louis Grech (A6-0188/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 13)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2006)0241)

7.15.   Comercio y pobreza (votación)

Informe sobre el comercio y la pobreza: elaboración de políticas comerciales para maximizar la contribución del comercio a la reducción de la pobreza [2006/2031(INI)] — Comisión de Comercio Internacional.

Ponente: Helmuth Markov (A6-0179/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 14)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2006)0242)

7.16.   Eficiencia energética (Libro Verde) (votación)

Informe sobre el Libro Verde sobre la eficiencia energética o cómo hacer más con menos [2005/2210(INI)] — Comisión de Industria, Investigación y Energía.

Ponente: Alejo Vidal-Quadras (A6-0160/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 15)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2006)0243)

7.17.   La situación de las mujeres romaníes en la Unión Europea (votación)

Informe sobre la situación de las mujeres romaníes en la Unión Europea [2005/2164(INI)] — Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género.

Ponente: Lívia Járóka (A6-0148/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 16)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2006)0244)

Intervenciones sobre la votación:

Lívia Járóka (ponente) ha propuesto una enmienda oral al apartado1, que ha sido admitida;

Viktória Mohácsi ha propuesto una enmienda oral al considerando B, a la que Lívia Járóka se ha opuesto. Al haberse opuesto más de 37 diputados a tomar en consideración esta enmienda oral, no ha sido admitida.

7.18.   Situación de las mujeres en los conflictos armados y su función en relación con la reconstrucción y en el proceso democrático en los países en situación de posconflicto (votación)

Informe sobre la situación de las mujeres en los conflictos armados y su función en relación con la reconstrucción y en el proceso democrático en los países en situación de posconflicto [2005/2215(INI)] — Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género.

Ponente: Véronique De Keyser (A6-0159/2006)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 17)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2006)0245)

Intervenciones sobre la votación:

Véronique De Keyser (ponente) ha indicado que el GrupoVerts/ALE había retirado todas sus enmiendas con excepción de la enmienda 10.

7.19.   Protección del personal sanitario contra las infecciones de transmisión hemática resultantes de heridas causadas por agujas de jeringuillas (votación)

Informe con recomendaciones destinadas a la Comisión sobre la protección del personal sanitario de la Unión Europea contra las infecciones de transmisión hemática resultantes de heridas causadas por agujas de jeringuillas [2006/2015(INI)] — Comisión de Empleo y Asuntos Sociales.

Ponente: Stephen Hughes (A6-0137/2006)

(Mayoría cualificada requerida)

(Votación en detalle: Anexo «Resultados de las votaciones», punto 18)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Intervienen Graham Booth, sobre el procedimiento de votación, y Jean-Paul Gauzès, quien se pronuncia contra el aplazamiento de la votación hasta el final del turno de votaciones, Stephen Hughes (ponente), quien pide, de conformidad con el apartado 4 del artículo 170 del Reglamento, el aplazamiento de la votación final hasta el próximo período parcial de sesiones, y Elmar Brok, que apoya la solicitud del ponente e insiste en que se aplace toda la votación restante (a partir de la enmienda 6/rev.).

El Parlamento aprueba esta solicitud.

En consecuencia, se aplaza el resto de la votación.

8.   Explicaciones de voto

Explicaciones de voto por escrito:

Las explicaciones de voto por escrito, en el sentido del apartado 3 del artículo 163 del Reglamento, figuran en el Acta literal de la presente sesión.

Explicaciones de voto orales:

Informe Françoise Grossetête — A6-0171/2006:

Vittorio Agnoletto

Informe Erna Hennicot-Schoepges — A6-0168/2006:

Gyula Hegyi, Tomáš Zatloukal, Philip Claeys y Koenraad Dillen

Informe Werner Langen — A6-0191/2006:

Zsolt László Becsey, Vytautas Landsbergis y Andreas Mölzer

Informe Helmuth Markov — A6-0179/2006:

Zbigniew Zaleski y Frank Vanhecke

Informe Alejo Vidal-Quadras — A6-0160/2006:

Andreas Mölzer

9.   Correcciones e intenciones de voto

Correcciones de voto:

Las correcciones de voto figuran en la página «Séance en direct/Sittings live», «Résultats des votes (Appels nominaux)/Results of votes (Roll-call votes)» y en la versión impresa del anexo «Resultados de la votación nominal».

La versión electrónica en Europarl se actualizará periódicamente durante un período máximo de dos semanas posteriores al día de la votación.

Transcurrido este plazo, la lista de las correcciones de voto se cerrará a los efectos de su traducción y publicación en el Diario Oficial.

Se han expresado las siguientes intenciones de voto (referentes a votos no emitidos):

Intenciones de voto:

Informe Erna Hennicot-Schoepges — A6-0168/2006

resolución (conjunto del texto):

a favor: Lívia Járóka

Crisis humanitaria en los territorios palestinos y papel de la Unión (RC-B6-0301/2006)

apartado 9

a favor: Robert Goebbels

Informe Werner Langen — A6-0191/2006

enmienda 4

a favor: Marie-Hélène Descamps

apartado 16, 1a parte

en contra: Lívia Járóka

apartado 16, 2a parte

en contra: Lívia Járóka

Informe Véronique De Keyser — A6-0159/2006

resolución (conjunto del texto)

a favor: Arlene McCarthy

Informe Helmuth Markov — A6-0179/2006

enmienda 8

en contra: Anna Hedh

Informe Lívia Járóka — A6-0148/2006

resolución (conjunto del texto)

a favor: Maria da Assunção Esteves

10.   Demanda de amparo de la inmunidad parlamentaria

Mario Borghezio ha dirigido a la Presidencia una demanda de amparo de su inmunidad parlamentaria en el marco de un proceso judicial en curso ante el tribunal de Milán.

De conformidad con el apartado 3 del artículo 6 del Reglamento, esta demanda se ha remitido a la comisión competente, es decir, la Comisión JURI.

11.   Composición de las comisiones y delegaciones

A petición del Grupo PPE-DE, el Parlamento ratifica los siguientes nombramientos:

Comisión ITRE: Aldo Patriciello

Comisión TRAN: Armando Veneto

Comisión JURI: Carlo Casini en lugar de Kurt Lechner.

12.   Decisiones relativas a determinados documentos

Autorización para elaborar informes de propia iniciativa (artículo 45 del Reglamento)

Comisión AFET

Informe sobre los progresos realizados por Turquía en la vía de la adhesión (2006/2118(INI))

(opinión: DEVE, INTA, BUDG, CONT, ECON, EMPL, ENVI, ITRE, IMCO, TRAN, REGI, AGRI, PECH, CULT, JURI, LIBE, AFCO, FEMM, PETI)

Decisión de elaborar informes de propia iniciativa (apartado 2 del artículo 195 del Reglamento)

Comisión PETI

Informe sobre el Informe anual del Defensor del Pueblo 2005 (2006/2117(INI))

13.   Transmisión de los textos aprobados por el Parlamento durante la presente sesión

De conformidad con el apartado 2 del artículo 172 del Reglamento, el Acta de la presente sesión se someterá a la aprobación del Parlamento a primera hora de la tarde de la próxima sesión.

Con el acuerdo del Parlamento, se iniciará la transmisión de los textos aprobados a sus respectivos destinatarios.

14.   Calendario de las próximas sesiones

Las próximas sesiones se celebrarán del 12.6.2006 al 15.6.2006.

15.   Interrupción del período de sesiones

Se interrumpe el período de sesiones del Parlamento Europeo.

Se levanta la sesión a las 13.05 horas.

Julian Priestley

Secretario General

Josep Borrell Fontelles

Presidente


LISTA DE ASISTENCIA

Han firmado:

Adamou, Agnoletto, Albertini, Allister, Alvaro, Andersson, Angelilli, Antoniozzi, Arnaoutakis, Ashworth, Assis, Atkins, Attard-Montalto, Attwooll, Aubert, Audy, Ayala Sender, Aylward, Ayuso González, Baco, Badia I Cutchet, Barsi-Pataky, Batten, Battilocchio, Batzeli, Bauer, Beaupuy, Beazley, Becsey, Beer, Beglitis, Belder, Belet, Belohorská, Bennahmias, Beňová, Berend, van den Berg, Berger, Berlato, Berlinguer, Berman, Bielan, Blokland, Bloom, Böge, Bösch, Bonde, Bono, Bonsignore, Booth, Borghezio, Borrell Fontelles, Bourlanges, Bourzai, Bowis, Bowles, Bozkurt, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Breyer, Březina, Brie, Brok, Brunetta, Budreikaitė, van Buitenen, Buitenweg, Bullmann, van den Burg, Bushill-Matthews, Busk, Busquin, Busuttil, Buzek, Calabuig Rull, Callanan, Camre, Capoulas Santos, Carlotti, Carlshamre, Carnero González, Carollo, Casa, Casaca, Cashman, Casini, Caspary, Castex, Castiglione, del Castillo Vera, Catania, Cavada, Cederschiöld, Cercas, Chichester, Chiesa, Chmielewski, Christensen, Chruszcz, Claeys, Clark, Cocilovo, Coelho, Cohn-Bendit, Corbey, Cornillet, Correia, Costa, Cottigny, Coûteaux, Coveney, Cramer, Crowley, Marek Aleksander Czarnecki, Ryszard Czarnecki, Daul, Davies, de Brún, Dehaene, De Keyser, Demetriou, De Michelis, Deprez, De Rossa, De Sarnez, Descamps, Désir, Deß, Deva, De Veyrac, De Vits, Díaz de Mera García Consuegra, Didžiokas, Díez González, Dillen, Dimitrakopoulos, Dobolyi, Dombrovskis, Doorn, Douay, Dover, Doyle, Drčar Murko, Duchoň, Dührkop Dührkop, Duff, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Ek, El Khadraoui, Elles, Esteves, Estrela, Ettl, Eurlings, Jonathan Evans, Robert Evans, Fajmon, Falbr, Farage, Fatuzzo, Fava, Fazakas, Ferber, Fernandes, Fernández Martín, Anne Ferreira, Elisa Ferreira, Figueiredo, Flasarová, Flautre, Florenz, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Fontaine, Ford, Fourtou, Fraga Estévez, Frassoni, Freitas, Friedrich, Fruteau, Gabriele, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, García Pérez, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gebhardt, Gentvilas, Geremek, Geringer de Oedenberg, Gewalt, Gierek, Giertych, Gill, Gklavakis, Glante, Glattfelder, Goebbels, Goepel, Golik, Gollnisch, Gomolka, Gottardi, Goudin, Grabowska, Graça Moura, Graefe zu Baringdorf, Gräßle, de Grandes Pascual, Grech, Griesbeck, Gröner, de Groen-Kouwenhoven, Groote, Grosch, Grossetête, Guardans Cambó, Guellec, Guerreiro, Guidoni, Gurmai, Gutiérrez-Cortines, Guy-Quint, Gyürk, Hänsch, Hall, Hamon, Handzlik, Harbour, Harkin, Hasse Ferreira, Hassi, Hatzidakis, Haug, Hazan, Heaton-Harris, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Helmer, Henin, Hennicot-Schoepges, Hennis-Plasschaert, Herczog, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Honeyball, Hoppenstedt, Horáček, Howitt, Hudacký, Hudghton, Hughes, Hutchinson, Ilves, in 't Veld, Isler Béguin, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jäätteenmäki, Janowski, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Joan i Marí, Jöns, Jørgensen, Jonckheer, Jordan Cizelj, Juknevičienė, Kaczmarek, Kallenbach, Kamall, Kamiński, Karas, Karatzaferis, Karim, Kasoulides, Kaufmann, Kauppi, Tunne Kelam, Kilroy-Silk, Kindermann, Kinnock, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Knapman, Koch, Koch-Mehrin, Konrad, Korhola, Kósáné Kovács, Koterec, Kozlík, Krahmer, Krarup, Krasts, Kratsa-Tsagaropoulou, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kristovskis, Krupa, Kuc, Kudrycka, Kuhne, Kułakowski, Kušķis, Kusstatscher, Kuźmiuk, Lagendijk, Laignel, Lamassoure, Lambert, Lambrinidis, Landsbergis, Lang, Langen, Langendries, Laperrouze, La Russa, Lavarra, Lechner, Le Foll, Lehideux, Lehne, Leichtfried, Leinen, Le Rachinel, Lévai, Lewandowski, Liberadzki, Libicki, Lichtenberger, Lienemann, Liotard, Lipietz, Locatelli, Lombardo, López-Istúriz White, Losco, Lucas, Ludford, Lulling, Lynne, Maat, Maaten, McAvan, McCarthy, McGuinness, Madeira, Maldeikis, Manders, Maňka, Erika Mann, Thomas Mann, Mantovani, Markov, Marques, Martens, David Martin, Hans-Peter Martin, Martinez, Martínez Martínez, Masiel, Masip Hidalgo, Maštálka, Mastenbroek, Mathieu, Mato Adrover, Matsakis, Matsouka, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Medina Ortega, Meijer, Méndez de Vigo, Meyer Pleite, Miguélez Ramos, Mikko, Mikolášik, Millán Mon, Mölzer, Mohácsi, Montoro Romero, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Morgantini, Morillon, Moscovici, Mote, Mulder, Musacchio, Muscat, Musumeci, Myller, Napoletano, Newton Dunn, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Nicholson, Nicholson of Winterbourne, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Obiols i Germà, Achille Occhetto, Öger, Özdemir, Olajos, Ó Neachtain, Onesta, Oomen-Ruijten, Ortuondo Larrea, Őry, Ouzký, Oviir, Paasilinna, Pack, Pafilis, Pahor, Paleckis, Panayotopoulos-Cassiotou, Pannella, Panzeri, Papadimoulis, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peillon, Pęk, Alojz Peterle, Pflüger, Piecyk, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piotrowski, Pirilli, Pirker, Piskorski, Pistelli, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Poignant, Polfer, Prets, Prodi, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Rapkay, Rasmussen, Remek, Resetarits, Reul, Reynaud, Ribeiro e Castro, Riera Madurell, Riis-Jørgensen, Rivera, Rizzo, Rocard, Rogalski, Roithová, Romagnoli, Romeva i Rueda, Rosati, Roszkowski, Rothe, Rouček, Roure, Rübig, Rutowicz, Ryan, Sacconi, Saïfi, Sakalas, Salinas García, Salvini, Samaras, Samuelsen, Sánchez Presedo, dos Santos, Sartori, Saryusz-Wolski, Savary, Savi, Scheele, Schenardi, Schierhuber, Schlyter, Schmidt, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schroedter, Schulz, Schuth, Schwab, Seeberg, Segelström, Seppänen, Siekierski, Silva Peneda, Sinnott, Siwiec, Sjöstedt, Skinner, Škottová, Smith, Sommer, Sonik, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Spautz, Speroni, Staes, Staniszewska, Starkevičiūtė, Šťastný, Stauner, Sterckx, Stevenson, Stockmann, Strož, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Susta, Svensson, Swoboda, Szájer, Szejna, Szent-Iványi, Szymański, Tabajdi, Tajani, Tannock, Tarabella, Tarand, Tatarella, Thomsen, Thyssen, Titford, Titley, Toia, Tomczak, Toubon, Toussas, Trakatellis, Trautmann, Triantaphyllides, Trüpel, Turmes, Tzampazi, Uca, Ulmer, Väyrynen, Vakalis, Valenciano Martínez-Orozco, Vanhecke, Van Hecke, Van Lancker, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Vaugrenard, Veneto, Ventre, Veraldi, Verges, Vergnaud, Vernola, Vidal-Quadras, Vincenzi, Virrankoski, Vlasák, Vlasto, Voggenhuber, Wagenknecht, Wallis, Walter, Watson, Henri Weber, Manfred Weber, Weiler, Westlund, Whittaker, Wieland, Wiersma, Wijkman, Willmott, Wise, von Wogau, Bernard Piotr Wojciechowski, Janusz Wojciechowski, Wurtz, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zaleski, Zani, Zapałowski, Zappalà, Zatloukal, Ždanoka, Zīle, Zimmer, Zvěřina, Zwiefka

Observadores:

Ali Nedzhmi, Arabadjiev Alexander, Athanasiu Alexandru, Bărbuleţiu Tiberiu, Bliznashki Georgi, Buruiană Aprodu Daniela, Corlăţean Titus, Coşea Dumitru Gheorghe Mircea, Creţu Corina, Creţu Gabriela, Dimitrov Martin, Duca Viorel, Hogea Vlad Gabriel, Husmenova Filiz, Ivanova Iglika, Kirilov Evgeni, Kónya-Hamar Sándor, Marinescu Marian-Jean, Mihăescu Eugen, Paparizov Atanas Atanassov, Parvanova Antonyia, Paşcu Ioan Mircea, Podgorean Radu, Popeangă Petre, Severin Adrian, Silaghi Ovidiu Ioan, Sofianski Stefan, Ţicău Silvia Adriana, Tîrle Radu, Vigenin Kristian, Zgonea Valeriu Ştefan


ANEXO I

RESULTADOS DE LAS VOTACIONES

Significado de abreviaturas y símbolos

+

aprobado

-

rechazado

 

decae

R

retirado

VN (..., ..., ...)

votación nominal (a favor, en contra, abstenciones)

VE (..., ..., ...)

votación electrónica (a favor, en contra, abstenciones)

vp

votación por partes

vs

votación por separado

enm.

enmienda

ET

enmienda de transacción

PC

parte correspondiente

S

enmienda de supresión

=

enmiendas idénticas

§

apartado

art.

artículo

cons.

considerando

PR

propuesta de resolución

PRC

propuesta de resolución común

SEC

votación secreta

1.   Registros de empresas utilizados con fines estadísticos ***I

Informe: Hans-Peter MARTIN (A6-0177/2006)

Asunto

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

votación única

 

+

 

2.   Programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) ***I

Informe: Jorgo CHATZIMARKAKIS (A6-0180/2006)

Asunto

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

votación única

 

+

 

3.   Pequeñas y medianas empresas en los países en desarrollo

Informe: Jürgen SCHRÖDER (A6-0151/2006)

Asunto

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

votación única

VN

+

574, 20, 9

Solicitudes de votación nominal

PPE-DE: votación final

4.   Medicamentos para uso pediátrico ***II

Recomendación para la segunda lectura (mayoría cualificada requerida): Françoise GROSSETÊTE (A6-0171/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

Bloque no 1 de transacción — votación en bloque

1-4

8

10-12

14

17

21-24

comisión

PPE-DE, PSE, ALDE, Verts/ALE, GUE/NGL, UEN

 

+

 

Bloque no 1 de transacción — votación por separado

18

comisión

vs

+

 

Bloque no 2 — enmiendas de la comisión competente — votación en bloque no 2

5

9

13

16

comisión

 

 

 

Bloque no 3 — otras enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

6-7

19-20

comisión

 

-

 

Bloque no 3 — otras enmiendas de la comisión competente — votación por separado

15

comisión

vs

-

 

Solicitudes de votación por separado

Verts/ALE: enms. 15 y 18

5.   Igualdad de oportunidades y trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación ***II

Recomendación para la segunda lectura (mayoría cualificada requerida): Angelika NIEBLER (A6-0165/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

aprobación sin voto

 

+

 

6.   Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008) ***I

Informe: Erna HENNICOT-SCHOEPGES (A6-0168/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

Enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1

3-14

16-21

23-24

27-32

34-44

46

comisión

 

+

 

Enmiendas de la comisión competente — votación por separado

15

comisión

vp/VN

 

 

1

+

571, 35, 14

2

+

299, 298, 17

22

comisión

vp

 

 

1/VE

-

277, 328, 15

2

 

 

25

comisión

vp

 

 

1

+

 

2/VE

+

331, 267, 23

33

comisión

VN

+

577, 32, 12

45

comisión

vp

 

 

1

+

 

2/VE

+

333, 256, 31

3/VE

-

272, 330, 27

Después del artículo 2

47

PSE

VE

+

331, 289, 8

26

comisión

 

 

 

Considerando 4

2

comisión

 

+

 

48

PSE

 

 

 

votación: propuesta modificada

VN

+

548, 62, 21

votación: resolución legislativa

VN

+

538, 56, 23

Solicitudes de votación nominal

IND/DEM: enm. 33 y votación final

PPE-DE: enm. 15 y propuesta modificada

Solicitudes de votación por partes

PSE, ALDE

enm. 15

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «religiosa» y «y grupos religiosos»

2a parte: estos términos

enm. 22

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «e interreligioso»

2a parte: estos términos

enm. 25

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «étnica y religiosa»

2a parte: estos términos

enm. 45

1a parte:«El Año Europeo... representantes de la sociedad civil y del mundo político»

2a parte:«y religioso»

3a parte:«Deberá organizarse... por los Estados miembros»

7.   Normas de desarrollo del Reglamento financiero *

Informe: Borut PAHOR/Ingeborg GRÄSSLE (A6-0135/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

Enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1-13

comisión

 

+

 

votación: propuesta modificada

 

+

 

votación: resolución legislativa

 

+

 

8.   Inhabilitaciones resultantes de condenas por delitos sexuales cometidos contra los niños *

Informe: Bogusław SONIK (A6-0068/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

Enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1-14

comisión

 

+

 

votación: propuesta modificada

 

+

 

votación: resolución legislativa

 

+

 

La enmienda 15 ha sido anulada.

9.   Crisis humanitaria en los territorios palestinos y papel de la Unión

Propuestas de resolución: B6-0301/2006, B6-0302/2006, B6-0303/2006, B6-0304/2006, B6-0305/2006, B6-0306/2006

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

Propuesta de resolución común RC-B6-0301/2006

(PPE-DE, PSE, ALDE, Verts/ALE, GUE/NGL, UEN)

§ 3

§

texto original

vs

+

 

§ 5

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2/VE

+

291, 268, 41

§ 9

§

texto original

VN

+

326, 247, 43

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

propuestas de resolución de los grupos políticos

B6-0301/2006

 

GUE/NGL

 

 

 

B6-0302/2006

 

PSE

 

 

 

B6-0303/2006

 

PPE-DE

 

 

 

B6-0304/2006

 

Verts/ALE

 

 

 

B6-0305/2006

 

ALDE

 

 

 

B6-0306/2006

 

UEN

 

 

 

Jana Hybášková y Tokia Saïfi también han suscrito la propuesta de resolución común en nombre del Grupo del PPE-DE.

Solicitudes de votación por separado

ALDE: § 3

Solicitudes de votación por partes

ALDE

§ 5

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «una aclaración»

2a parte: estos términos

Solicitudes de votación nominal

PPE-DE: § 9

10.   Acuerdo de Asociación Transatlántica UE-Estados Unidos

Informe: Elmar BROK (A6-0173/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

§ 3

§

texto original

vs

+

 

§ 4

10

GUE/NGL

VE

-

86, 529, 9

§ 11

22

PSE

 

+

 

Después del § 11

2

Verts/ALE

vp/VN

 

 

1

-

258, 335, 21

2

 

 

§ 12

30

PSE

VE

+

332, 271, 21

Después del § 12

15

GUE/NGL

 

-

 

§ 15

32

PSE

 

+

 

§ 17

§

texto original

vs

-

 

Después del § 18

14

GUE/NGL

 

-

 

§ 19

13

GUE/NGL

 

-

 

3

Verts/ALE

 

-

 

31

PSE

 

+

 

Después del § 22

11

GUE/NGL

 

-

 

12

GUE/NGL

 

-

 

18

GUE/NGL

 

+

 

§ 23

4

Verts/ALE

 

-

 

23

PSE

VE

-

232, 380, 10

§

texto original

vs

+

 

§ 24

§

texto original

vs

+

 

§ 25

24

PSE

 

+

 

§ 26

§

texto original

vs

+

 

§ 27

5

Verts/ALE

 

+

 

§ 28

25

PSE

 

+

 

§ 29

6

Verts/ALE

VN

-

128, 478, 14

Después del § 29

16

GUE/NGL

 

+

modificada oralmente

§ 30

7

Verts/ALE

 

+

 

§ 31

26

PSE

 

-

 

§ 36

28

PSE

 

+

 

§ 42

29

PSE

 

+

 

Después del § 42

34

IND/DEM

 

+

 

§ 44

8

Verts/ALE

 

-

 

Después del § 47

9

Verts/ALE

VN

-

268, 343, 11

Después del visto 6

20

GUE/NGL

 

-

 

Considerando A

1

Verts/ALE

 

-

 

Considerando B

19

GUE/NGL

 

-

 

Después del considerando B

33

IND/DEM

 

-

 

Considerando F

21

PSE

 

+

 

Considerando G

17

GUE/NGL

 

-

 

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

La enmienda 27 ha sido retirada

Solicitudes de votación por separado

Verts/ALE: §§ 3, 23, 24 y 26

Solicitudes de votación nominal

Verts/ALE: enms. 2, 6 y 9

Solicitudes de votación por partes

PSE

enm. 2

1a parte:«Pide al gobierno de los... Corte Penal Internacional»

2a parte:«y que se abstenga... Enmienda Nethercutt»

Varios

El ponente, Elmar Brok, ha presentado una enmienda oral a la enmienda 16:

29 bis. Insta a las partes a que intensifiquen sus esfuerzos por asegurar el respeto del plazo final para la destrucción de las armas químicas, previsto para 2012, tal como se estipula en la Convención sobre las armas químicas, y pide, en particular, que se refuerce el sistema de verificación de la Organización para la prohibición de las armas químicas y se faciliten recursos suficientes para las actividades de dicha organización; recuerda a las partes su responsabilidad a la hora de garantizar la conclusión positiva de la Sexta Conferencia de Revisión de la Convención sobre las armas biológicas, que se celebrará a finales de 2006, y les pide que aboguen por la adopción de un Protocolo de verificación del cumplimiento de la Convención;

11.   Relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos

Informe: Erika MANN (A6-0131/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

Subtítulo antes del § 1

§

texto original

vs

+

 

§ 2

27

GUE/NGL

VN

-

80, 520, 9

§ 3

28

GUE/NGL

VN

-

89, 509, 13

§

texto original

vs

+

 

§ 5

29

GUE/NGL

VN

-

85, 524, 13

§ 6

30

GUE/NGL

VN

-

130, 475, 8

§ 7

31

GUE/NGL

 

-

 

18

PSE

VE

-

305, 305, 14

§

texto original

vp/VN

 

 

1

+

511, 89, 18

2

+

322, 291, 9

3

+

313, 289, 15

4

+

303, 300, 11

Después del § 7

32

GUE/NGL

VN

-

81, 499, 46

§ 8

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 9

21

PSE

VE

+

329, 283, 10

§ 10

33

GUE/NGL

VN

-

145, 470, 8

Después del § 13

9

UEN

 

+

 

§ 14

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

Después del § 14

10

PSE

 

+

 

§ 22

2=

16=

Verts/ALE,

PSE

VE

+

329, 269, 17

§ 40, punto c)

§

texto original

vs

+

 

§ 46

3

Verts/ALE

VE

-

94, 509, 9

§ 47

4

Verts/ALE

 

-

 

14

PSE

 

+

 

§ 48

5

Verts/ALE

VE

-

155, 366, 73

§

texto original

vs

+

 

§ 48 — adición

1

PSE

 

+

 

Después del § 48

15/rev.

PSE

 

+

modificada oralmente

§ 52

6

Verts/ALE

 

-

 

11

PSE

 

+

 

§ 54

§

texto original

vs

+

 

§ 56

17

PSE

 

+

 

7

Verts/ALE

 

-

 

§

texto original

 

 

 

§ 57

22

PSE

 

+

 

§

texto original

vs

 

 

§ 58

19

PSE

 

+

 

§ 64, punto c)

8

Verts/ALE

 

-

 

20

PSE

 

+

 

§

texto original

vp

 

 

Después del § 68

12

PSE

 

+

 

Después del § 87

13

PSE

 

+

 

Considerando B

24

GUE/NGL

 

-

 

Considerando C

25

GUE/NGL

 

-

 

Después del considerando D

23

PSE

 

+

 

Considerando J

26

GUE/NGL

VN

-

120, 479, 15

§

texto original

vs

+

 

votación: resolución (conjunto)

VN

+

470, 121, 26

Solicitudes de votación por partes

PSE

§ 8

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «y un acuerdo de tercera generación sobre la aplicación del Derecho de la competencia»

2a parte: estos términos

§ 7

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «libre de obstáculos», «a más tardar en 2015» y «un objetivo que... mercados de capitales»

2a parte:«libre de obstáculos»

3a parte:«a más tardar en 2015»

4a parte:«un objetivo que... mercados de capitales»

Verts/ALE

§ 14

1a parte:«Subraya que, ... dimensión de desarrollo»

2a parte:«con el fin de allanar... Ronda de Doha en 2006»

Solicitudes de votación por separado

PSE: subtítulo antes del § 1, §§ 40 c), 48 d) y 54

Verts/ALE: §§ 3, 48 d), 54, 57 y considerando J

Solicitudes de votación nominal

PSE: § 7 y votación final

GUE/NGL: enms. 26, 27, 28, 29, 30, 32, 33 y votación final

Varios

Erika Mann ha presentado una enmienda oral a la enmienda 15/rev:

48 bis. Subraya la necesidad de una mayor cooperación científica entre la UE y los EE.UU. en el ámbito de los biocarburantes, y recomienda que se lleve a cabo lo antes posible la iniciativa relativa a un programa de trabajo conjunto UE-EE.UU. que se centre específicamente en el bioetanol y en la segunda generación de biocombustibles;

12.   Ampliación de la zona del euro

Informe: Werner LANGEN (A6-0191/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

§ 1

5

Verts/ALE

 

-

 

§

texto original

VN

+

507, 45, 61

§ 4

6

Verts/ALE

VN

-

93, 490, 27

13

PSE

 

+

 

§

texto original

 

 

 

Después del § 4

§

-

VN

+

580, 20, 15

enmienda oral

§ 5

14

PSE

vp

 

 

1

-

 

2

+

 

§ 7

7

Verts/ALE

VN

+

569, 25, 27

§ 9

§

texto original

VN

+

562, 12, 39

§ 12

§

texto original

VN

+

562, 25, 31

Después del § 13

8

Verts/ALE

vp/VN

 

 

1

-

88, 510, 25

2

-

232, 375, 15

Después del § 16

1

ALDE

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

2

ALDE

VN

+

311, 231, 75

3

ALDE

VE

+

434, 116, 53

4

PPE-DE

 

+

 

§ 22

15

PSE

 

+

Como añadido

Después del § 22

16

PSE

VN

+

389, 189, 36

§ 23

17

PSE

 

+

Como añadido

Después del § 24

18

PSE

 

+

 

Considerando C

10

PSE

 

+

modificada oralmente

Considerando D

9

IND/DEM

VN

-

106, 461, 43

Considerando F

11

PSE

 

+

 

Después del considerando G

12

PSE

VN

+

381, 193, 3 6

votación: resolución (conjunto)

VN

+

510, 40, 66

Solicitudes de votación nominal

IND/DEM: enm. 9

Verts/ALE: enms. 2 y 6

PPE-DE: §§ 1, 9, 12, enms. 7 y 8, enmienda oral y votación final

PSE: enms. 2, 12 y 16

Solicitudes de votación por partes

PSE, GUE/NGL

enm. 8

1a parte:«señala que... de manera limitada»

2a parte:«señala que... en esos Estados miembros»

GUE/NGL

enm. 1

1a parte:«Da la bienvenida a Eslovenia... de la zona del euro»

2a parte:«y opina... economía europea en su conjunto»

PPE-DE

enm. 14

1a parte:«Considera que... creación de empleo»

2a parte:«subraya que... zona del euro»

Varios

Margarita Starkevičiūtė ha presentado la siguiente enmienda oral para añadir un nuevo apartado 4 bis:

4 bis. Señala que la Comisión, cada vez que se lleve a cabo una evaluación, debería publicar sus conclusiones sobre los países que se considere que no están preparados para entrar en la zona del euro y presentarlas al Parlamento Europeo para garantizar un elevado nivel de transparencia y responsabilidad en el proceso de toma de decisiones a escala de la UE.

Ieke van den Burg ha presentado una enmienda oral a la enmienda 10:

C. Considerando que la ampliación de la zona del euro es responsabilidad política y económica de los Estados miembros, independientemente de que pertenezcan o no a la zona del euro,

A propuesta del Grupo del PPE-DE, se vota la enmienda 15 como adición al § 22 y la enmienda 17 como adición al § 23.

13.   Estado de previsiones del Parlamento Europeo para 2007

Informe: Louis GRECH (A6-0188/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

§ 4

§

texto original

vp/VN

 

 

1

+

548, 10, 16

2

+

441, 117, 29

3

+

511, 56, 9

§ 23

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2/VE

+

319, 237, 23

§ 26

3

PSE

 

+

 

Después del § 26

4

PSE

 

+

 

Después del § 28

7

Verts/ALE

VE

+

347, 213, 25

§ 30

§

texto original

vs

+

 

§ 32

2/rev.

PSE

VN

+

341, 234, 11

§ 35

8

Verts/ALE

 

-

 

§ 38

5

PSE

VN

+

531, 48, 9

9

PPE-DE

VE

-

264, 283, 28

§

texto original

 

 

 

§ 44

10

PPE-DE

 

-

 

§ 46

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 49

1S

PSE, ALDE, Verts/ALE

VE

+

316, 246, 20

§ 54

6

PSE

 

+

 

votación: resolución (conjunto)

VN

+

476, 65, 37

Solicitudes de votación nominal

PPE-DE: enms. 2, § 4

PSE: enms. 2/rev. y 5 y votación final

Solicitudes de votación por separado

PPE-DE: § 30

Solicitudes de votación por partes

PPE-DE

§ 4

1a parte:«Observa que el anteproyecto... gastos vinculados a la ampliación»

2a parte:«50 000 000 euros... en Estrasburgo»

3a parte:«25 000 000 euros... información, diputados y ampliación»

§ 23

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «y a sus asistentes»

2a parte: estos términos

§ 46

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «de trabajo»

2a parte: estos términos

14.   Comercio y pobreza

Informe: Helmuth MARKOV (A6-0179/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

§ 4

5

PPE-DE

 

+

 

§ 6

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

§ 10

§

texto original

vs

+

 

§ 19

1/rev.

UEN

 

+

 

§ 20

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

3

-

 

§ 23

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 36

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 44

§

texto original

VN

-

245, 298, 11

§ 45

2

Verts/ALE

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

§ 47

§

texto original

vs

+

 

§ 63

§

texto original

vs

+

 

Después del considerando B

6

PPE-DE

VN

-

227, 321, 7

Considerando C

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

Después del considerando C

7

PPE-DE

 

-

 

Considerando D

§

texto original

vs

+

 

Considerando J

§

texto original

vs

-

 

Considerando M

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

Considerando Q

§

texto original

VN

+

320, 70, 167

Considerando T

§

texto original

vs

-

 

Considerando U

§

texto original

vp

 

 

1/VE

+

327, 205, 14

2

+

 

Considerando X

3

PPE-DE

 

+

 

Considerando Z

§

texto original

VN

+

319, 223, 16

Considerando DD

4

PPE-DE

 

+

 

Después del considerando DD

8

PPE-DE

VN

-

216, 318, 22

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

Solicitudes de votación nominal

PPE-DE: considerandos Q y Z, § 44 y enmiendas 6 y 8

Solicitudes de votación por separado

PPE-DE: considerandos D, J y T y §§ 10, 47 y 63

PSE: considerando Z

GUE/NGL: considerando Z

Solicitudes de votación por partes

ALDE

enm. 2

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «o incluso la posibilidad de rechazar su introducción,»

2a parte: estos términos

GUE/NGL

§ 23

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «y los recursos procedentes de los mercados financieros»

2a parte: estos términos

PPE-DE

cons. C

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «considerando que dichas cifras... en los últimos años»

2a parte: esta frase

cons. M

1a parte:«Considerando que la política... derechos nulos o reducidos, etc.)»

2a parte:«considerando que la abolición... retraso en materia de desarrollo,»

cons. U

1a parte:«Considerando que según un estudio... de los últimos 20 años»

2a parte:«considerando que la pobreza... fundamentales en ese sentido»

§ 6

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «un cambio radical de política... normas de comercio justo, y que»

2a parte: estos términos

§ 20

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «catastróficas» y «a través de una apertura del mercado demasiado precipitada y forzada y»

2a parte:«catastróficas»

3a parte:«a través de una apertura del mercado demasiado precipitada y forzada y»

§ 36

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «lamenta, no obstante, que esta asistencia... países beneficiarios»

2a parte: estos términos

15.   Eficiencia energética

Informe: Alejo VIDAL-QUADRAS (A6-0160/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

conjunto del texto — votación en bloque

1-18

PPE-DE ALDE, PSE, GUE/NGL, Verts/ALE

 

+

 

§ 11

§

texto original

vs

+

 

§ 16

§

texto original

vs/VE

+

279, 223, 11

§ 18

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 22

§

texto original

vs/VE

+

260, 246, 5

§ 28

§

texto original

vs

+

 

§ 44

§

texto original

vs

+

 

§ 87

§

texto original

vs

+

 

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

Solicitudes de votación por partes

PPE-DE

§ 18

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «con carácter vinculante»

2a parte: este término

Solicitudes de votación por separado

PPE-DE: §§ 11, 16, 22, 44 y 87

GUE/NGL: § 28

16.   Mujeres romaníes en la Unión Europea

Informe: Lívia JÁRÓKA (A6-0148/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

§ 1

1

GUE/NGL

 

-

 

§

texto original

 

+

modificada oralmente

§ 2

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

3

+

 

§ 5

2S

ALDE

 

R

 

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

§ 7

§

texto original

vs

+

 

Considerando A

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

votación: resolución (conjunto)

VN

+

412, 21, 48

El Grupo ALDE ha retirado su enmienda 2

Solicitudes de votación por partes

PPE-DE, IND/DEM:

§ 2

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «medidas destinadas a mejorar la protección de la salud reproductiva y sexual de las mujeres»

2a parte:«medidas destinadas a mejorar la protección de la salud reproductiva y sexual de las mujeres»

3a parte: los términos «reproductiva y sexual»

PPE-DE, ALDE

cons. A

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «especialmente en los nuevos... 1 de mayo de 2004»

2a parte: estos términos

§ 5

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «para las familias y»

2a parte: estos términos

Solicitudes de votación por separado

PPE-DE: §§ 5 y 7

Solicitudes de votación nominal

PPE-DE: votación final

Varios

Lívia Járóka ha presentado la siguiente enmienda oral al apartado 1:

1. Acoge con satisfacción la propuesta de creación de un Instituto Europeo de la Igualdad de Género de la UE e insta a dicho instituto a dedicar la mayor atención a la situación de las mujeres que sufren discriminación múltiple, incluidas las mujeres romaníes.

17.   Situación de las mujeres en los conflictos armados y su función en la reconstrucción y en el proceso democrático *

Informe: Véronique DE KEYSER (A6-0159/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

§ 2

4

UEN

 

-

 

§

texto original

vs

+

 

Después del § 4

6

Verts/ALE

 

R

 

Después del § 11

9

Verts/ALE

 

R

 

10

Verts/ALE

VE

+

254, 208, 12

§ 14

§

texto original

VN

+

411, 42, 11

§ 15

§

texto original

vs

+

 

§ 16

§

texto original

vs

+

 

§ 17

§

texto original

VN

+

379, 46, 32

Después del § 17

8

Verts/ALE

 

R

 

§ 18

§

texto original

VN

+

371, 67, 23

Después del § 18

7

Verts/ALE

 

R

 

§ 19

§

texto original

vs

+

 

§ 20

§

texto original

vs

+

 

§ 23

1

PPE-DE

VE

+

242, 187, 8

§ 25

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 28

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

§ 31

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 32

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 33

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

§ 34

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

§ 43

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 44

5S

UEN

 

-

 

§ 45

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 47

2

PPE-DE

VE

+

239, 191, 9

Considerando F

3

UEN

 

-

 

§

texto original

vs

+

 

Considerando K

§

texto original

vs

+

 

votación: resolución (conjunto)

VN

+

315, 23, 67

Solicitudes de votación nominal

PSE: votación final

GUE/NGL: §§ 14, 17 y 18

Solicitudes de votación por separado

PPE-DE: §§ 2, considerandos F y K

GUE/NGL: §§ 15, 16, 19 y 20

Solicitudes de votación por partes

PPE-DE

§ 25

1a parte:«Acoge con satisfacción el apoyo... elecciones en países de riesgo»

2a parte:«y la alienta... misiones de observación de las elecciones»

§ 28

1a parte:«Señala a la atención... e incluso asesinadas»

2a parte:«que en Sri Lanka... en una sociedad dominada por los hombres»

§ 31

1a parte: Conjunto del texto salvo los términos «cuanto antes [dichas recomendaciones] en todas sus políticas»

2a parte:«cuanto antes [dichas recomendaciones] en todas sus políticas»

§ 32

1a parte:«Comprueba que... en lugar de nuevas recomendaciones»

2a parte:«se debe presentar... aplicación del programa»

§ 33

1a parte: Conjunto del texto salvo el término «paritaria»

2a parte: este término

§ 34

1a parte: Conjunto del texto salvo el término «paritaria»

2a parte: este término

§ 43

1a parte:«Señala que... 30 de noviembre de 2000»

2a parte:«y que se informe de ello cada año al Parlamento Europeo»

§ 45

1a parte:«Subraya la necesidad... las mujeres y las jóvenes»

2a parte:«que se establezcan... profilaxis post exposición»

18.   Protección del personal sanitario contra las infecciones de transmisión hemática

Informe: Stephen HUGHES (mayoría cualificada requerida) (A6-0137/2006)

Asunto

Enmienda no

Autor/Autora

VN, etc.

Votación

Votaciones por VN/VE — observaciones

§ 4

8S

PPE-DE

 

-

 

Anexo 3, 2

1/rev.

PPE-DE

 

-

 

Anexo 5.1 — introducción

2/rev.

PPE-DE

VE

-

340, 52, 5

Anexo 5.1 — artículo 2

4/revS

PPE-DE

 

-

 

Anexo 5.1 — Artículo 15 § 1

3/revS

PPE-DE

 

-

 

Anexo 5.1 — Artículo 15 § 2 bis

5/rev.

PPE-DE

VE

-

337, 53, 7

Se aplaza el resto de la votación, de conformidad con el artículo 170, apartado 4, del Reglamento.


ANEXO II

RESULTADOS DE LA VOTACIÓN NOMINAL

1.   Informe Schröder A6-0151/2006

Resolución

A favor: 574

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Battilocchio, Belohorská, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Martin Hans-Peter, Masiel, Piskorski, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Morgan, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 9

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Goudin, Titford, Whittaker, Wise

Abstención: 20

GUE/NGL: Pafilis, Toussas

IND/DEM: Coûteaux

NI: Allister, Baco, Claeys, Dillen, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Pen Marine, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

Verts/ALE: van Buitenen

2.   Informe Hennicot-Schoepges A6-0168/2006

Enmienda 15/1

A favor: 571

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Strož, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Sinnott

NI: Baco, Battilocchio, Belohorská, De Michelis, Helmer, Martin Hans-Peter, Piskorski

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 35

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Goudin, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Allister, Borghezio, Chruszcz, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Giertych, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Schenardi, Speroni, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

Abstención: 14

GUE/NGL: Krarup, Liotard, Meijer, Sjöstedt, Svensson

IND/DEM: Bonde

NI: Kilroy-Silk, Kozlík, Martinez, Mote

PSE: Wynn

UEN: Camre, Musumeci

Verts/ALE: van Buitenen

3.   Informe Hennicot-Schoepges A6-0168/2006

Enmienda 15/2

A favor: 299

ALDE: Guardans Cambó, Harkin, Morillon, Prodi, Samuelsen, Toia, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Strož, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Goudin, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Battilocchio, Belohorská, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Helmer, Masiel, Piskorski, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Ayuso González, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, Gargani, Garriga Polledo, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Lambrinidis, Masip Hidalgo, Szejna, Tzampazi, Weber Henri, Xenogiannakopoulou

UEN: Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Wojciechowski Janusz

Verts/ALE: Schlyter

En contra: 298

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cornillet, Costa, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Griesbeck, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Resetarits, Riis-Jørgensen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Wallis, Watson

GUE/NGL: Pafilis, Toussas

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Karatzaferis, Titford, Whittaker, Wise

NI: Allister, Borghezio, Chruszcz, Claeys, Dillen, Giertych, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Salvini, Schenardi, Speroni, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Audy, Bachelot-Narquin, De Veyrac, Gaubert, Gauzès, Grossetête, Guellec, Mathieu, Saïfi, Sudre, Vlasto

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Beňová, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Walter, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schmidt, Schroedter, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 17

ALDE: Cocilovo, Lambsdorff, Susta

GUE/NGL: Krarup, Liotard, Meijer, Sjöstedt, Svensson

IND/DEM: Coûteaux

NI: Baco, Kilroy-Silk, Kozlík, Mote

PSE: Wynn

UEN: Camre, Zīle

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Matsouka

4.   Informe Hennicot-Schoepges A6-0168/2006

Enmienda 33

A favor: 577

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Strož, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Krupa, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Battilocchio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Giertych, Helmer, Masiel, Piskorski, Rutowicz, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schmidt, Schroedter, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 32

IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Goudin, Karatzaferis, Titford, Whittaker, Wise

NI: Allister, Borghezio, Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Salvini, Schenardi, Speroni, Vanhecke

PSE: McCarthy, Titley

UEN: Camre

Verts/ALE: Schlyter

Abstención: 12

GUE/NGL: Krarup, Liotard, Meijer, Pafilis, Sjöstedt, Svensson, Toussas

IND/DEM: Coûteaux

NI: Baco, Kilroy-Silk, Kozlík

Verts/ALE: van Buitenen

5.   Informe Hennicot-Schoepges A6-0168/2006

Propuesta de la Comisión

A favor: 548

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Strož, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Battilocchio, Belohorská, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Masiel, Piskorski, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, Gargani, Garriga Polledo, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hasse Ferreira, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Pahor, Paleckis, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Tzampazi, Van Lancker, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Maldeikis, Ó Neachtain, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 62

ALDE: Neyts-Uyttebroeck

GUE/NGL: Pafilis, Toussas

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Karatzaferis, Sinnott, Titford, Whittaker, Wise

NI: Allister, Borghezio, Chruszcz, Claeys, Dillen, Giertych, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Salvini, Schenardi, Speroni, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PSE: Bono, Carlotti, Cashman, Cottigny, Douay, Hazan, Laignel, Le Foll, Lienemann, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Poignant, Roure, Savary, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Weber Henri

UEN: Foltyn-Kubicka, Kuźmiuk, Podkański

Verts/ALE: Bennahmias

Abstención: 21

ALDE: Newton Dunn

GUE/NGL: Krarup, Liotard, Meijer, Sjöstedt, Svensson

NI: Baco, Kozlík, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Gaubert, Gauzès, Toubon

PSE: Gröner, Hamon, Peillon, Trautmann, Wynn

UEN: Camre, Musumeci, Roszkowski

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: De Keyser, Hutchinson

6.   Informe Hennicot-Schoepges A6-0168/2006

Resolución

A favor: 538

ALDE: Attwooll, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Kaufmann, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Strož, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Battilocchio, Belohorská, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Piskorski, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, Gargani, Garriga Polledo, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hasse Ferreira, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Tzampazi, Van Lancker, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 56

GUE/NGL: Pafilis, Toussas

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Karatzaferis, Sinnott, Titford, Whittaker, Wise

NI: Allister, Borghezio, Chruszcz, Claeys, Dillen, Giertych, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Salvini, Schenardi, Speroni, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PSE: Bono, Bourzai, Carlotti, Cashman, Cottigny, Désir, Douay, Hazan, Laignel, Le Foll, Lienemann, Peillon, Poignant, Roure, Savary, Vaugrenard, Vergnaud

Verts/ALE: Bennahmias

Abstención: 23

ALDE: Alvaro, Chatzimarkakis, in 't Veld, Newton Dunn

GUE/NGL: Henin, Krarup, Liotard, Meijer, Sjöstedt, Svensson

NI: Baco, Kozlík, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Gaubert, Gauzès, Toubon

PSE: Gröner, Hamon, Trautmann, Wynn

UEN: Camre, Podkański

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Hutchinson, De Keyser

7.   RC B6-0301/2006 — Palestina

Apartado 9

A favor: 326

ALDE: Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Coûteaux, Goudin, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Battilocchio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, De Michelis, Giertych, Masiel, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Bowis, Brepoels, Purvis, Saïfi

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schulz, Segelström, Skinner, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Crowley, Didžiokas, Maldeikis, Ó Neachtain, Ryan

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 247

ALDE: Geremek, Lehideux, Newton Dunn, Szent-Iványi

IND/DEM: Belder, Blokland, Karatzaferis

NI: Allister, Borghezio, Czarnecki Ryszard, Helmer, Mote, Piskorski, Salvini, Speroni

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Daul, Descamps, Deß, Deva, Díaz de Mera García Consuegra, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Beňová, Casaca, Ilves, Mann Erika, Siwiec

UEN: Berlato, Bielan, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Musumeci, Podkański, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: van Buitenen, Trüpel

Abstención: 43

ALDE: Alvaro, Prodi

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Titford, Whittaker, Wise

NI: Baco, Belohorská, Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Coveney, Dehaene, Demetriou, Dimitrakopoulos, Gklavakis, Hatzidakis, Kamall, Kratsa-Tsagaropoulou, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Samaras, Vakalis, Varvitsiotis, Wijkman

PSE: Hänsch

Verts/ALE: Harms

8.   Informe Brok A6-0173/2006

Enmienda 2/1

A favor: 258

ALDE: Lynne, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Goudin, Karatzaferis

NI: Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Martin Hans-Peter, Masiel, Romagnoli, Rutowicz

PPE-DE: De Veyrac, Sonik, Wijkman

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Berlato, Foglietta, La Russa, Musumeci, Tatarella

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 335

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

IND/DEM: Belder, Blokland, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Allister, Borghezio, Chruszcz, Giertych, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mote, Piskorski, Salvini, Schenardi, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Ilves

UEN: Aylward, Bielan, Camre, Didžiokas, Foltyn-Kubicka, Janowski, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, Libicki, Maldeikis, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Wojciechowski Janusz, Zīle

Abstención: 21

GUE/NGL: Krarup, Pafilis, Toussas

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Titford, Whittaker, Wise

NI: Baco, Belohorská, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Mölzer, Vanhecke

Verts/ALE: van Buitenen

9.   Informe Brok A6-0173/2006

Enmienda 6

A favor: 128

ALDE: Losco, Resetarits

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Verges, Wagenknecht, Wurtz

IND/DEM: Bonde, Goudin, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Martin Hans-Peter, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Wijkman

PSE: Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Berger, Bösch, Busquin, Carlotti, Christensen, Corbey, Cottigny, Désir, Dobolyi, Douay, Ettl, Fruteau, Golik, Gomes, Gröner, Haug, Hazan, Jöns, Jørgensen, Kinnock, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Matsouka, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Roure, Scheele, Skinner, Szejna, Tzampazi, Weber Henri

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 478

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Riis-Jørgensen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Farage, Titford, Whittaker, Wise

NI: Allister, Borghezio, Chruszcz, Claeys, Dillen, Giertych, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Piskorski, Romagnoli, Salvini, Schenardi, Speroni, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Beňová, Berès, van den Berg, Berman, Bono, Bozkurt, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Chiesa, Corbett, Correia, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Gottardi, Grabowska, Grech, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Ilves, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Leinen, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Obiols i Germà, Occhetto, Öger-Pahor, Paleckis, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Rapkay, Rocard, Rosati-Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schulz, Segelström Siwiec, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Stockmann, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts-Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan-Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Abstención: 14

ALDE: Lynne, Samuelsen

IND/DEM: Rogalski

NI: Baco, Kilroy-Silk, Kozlík

PPE-DE: Brepoels

PSE: Bourzai, Castex, Lienemann, Napoletano, Peillon, Swoboda

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Kristensen

10.   Informe Brok A6-0173/2006

Enmienda 9

A favor: 268

ALDE: Degutis, Karim, Lynne, Resetarits, Samuelsen

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann-Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis-Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Verges-Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Coûteaux, Goudin, Karatzaferis

NI: Battilocchio, Borghezio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Gollnisch, Lang-Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Schenardi, Speroni

PPE-DE: Brepoels

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová-Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin-Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa-Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González-Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas-Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek-Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Guy-Quint, Hamon-Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Jöns-Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel-Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira-Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto-Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott-Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin-Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta-Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 343

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada-Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou-Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė-Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Maaten, Malmström-Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Riis-Jørgensen, Savi, Schuth-Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis-Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Farage, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford-Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Allister, Chruszcz, Claeys, Dillen, Giertych, Helmer, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Piskorski, Vanhecke-Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin-Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Březina, Brok-Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera-Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva-De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň-Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual-Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt-Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj-Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola-Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne-Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques-Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik-Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos-Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper-Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul-Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin-Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy-Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber-Wieland, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Ilves, Pahor

UEN: Aylward, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts-Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański-Wojciechowski Janusz

Abstención: 11

ALDE: Ek, Ludford

NI: Baco, Kilroy-Silk, Kozlík

PPE-DE: Buzek, Wijkman

PSE: Hänsch

UEN: Berlato, Musumeci

Verts/ALE: van Buitenen

11.   Informe Mann A6-0131/2006

Enmienda 27

A favor: 80

ALDE: Resetarits

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann-Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis-Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Verges-Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Karatzaferis, Krupa, Pęk

NI: Czarnecki Marek Aleksander, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Wijkman, Zappalà

PSE: De Keyser, Hutchinson, Segelström

Verts/ALE: Auken, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí-Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 520

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada-Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis,Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko-Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford-Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia-Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Farage, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Titford-Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Allister, Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Giertych, Gollnisch, Helmer-Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mote, Piskorski, Romagnoli, Rutowicz, Salvini-Schenardi, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin-Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta-Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera-Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva-De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň-Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual-Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt-Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj-Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens-Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon-Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten-Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker-Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schwab, Siekierski-Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján-Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis-Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Zaleski-Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová-Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin-Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Christensen, Corbett-Corbey, Correia, Cottigny, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska-Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi-Herczog, Howitt, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen-Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan-McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek-Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat-Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella-Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi-Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann-Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker-Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński-Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski-Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Abstención: 9

IND/DEM: Goudin

NI: Baco, Kilroy-Silk, Kozlík

PSE: Castex, Chiesa, Ferreira Anne

Verts/ALE: van Buitenen, Trüpel

Correcciones de voto

En contra: Wijkman

12.   Informe Mann A6-0131/2006

Enmienda 28

A favor: 89

ALDE: Resetarits

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup-Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas-Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Coûteaux, Goudin, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Czarnecki Ryszard, Martin Hans-Peter, Piskorski, Rutowicz

PPE-DE: Patriciello

PSE: Castex, Chiesa, De Keyser, Hutchinson, Leinen

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí-Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 509

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada-Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Ek-Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld-Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco-Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia-Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Belder, Blokland, Sinnott

NI: Allister, Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, De Michelis, Dillen, Giertych, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Salvini, Schenardi, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin-Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc-Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini-Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul-Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos-Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan-Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich-Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel-Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik-Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor-Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson-Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kelam, Kirkhope, Klamt-Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen-Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja-Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish-Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan-Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt-Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner-Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred-Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová-Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin-Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Christensen, Corbett-Corbey, Correia, Cottigny, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech-Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi-Herczog, Howitt, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen-Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira-Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega-Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar-Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Abstención: 13

GUE/NGL: Toussas

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Titford, Whittaker, Wise

NI: Baco, Kilroy-Silk, Kozlík

Verts/ALE: van Buitenen

13.   Informe Mann A6-0131/2006

Enmienda 29

A favor: 85

ALDE: Resetarits

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Coûteaux, Goudin, Karatzaferis

NI: Martin Hans-Peter, Masiel, Piskorski, Rutowicz, Speroni

PSE: Castex, Chiesa, De Keyser, Hutchinson, Scheele

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 524

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Riis-Jørgensen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Farage, Sinnott, Titford, Whittaker, Wise

NI: Allister, Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Giertych, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Salvini, Schenardi, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Abstención: 13

ALDE: Samuelsen

IND/DEM: Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Baco, Kilroy-Silk, Kozlík

PPE-DE: Brepoels

PSE: Vincenzi

Verts/ALE: van Buitenen

14.   Informe Mann A6-0131/2006

Enmienda 30

A favor: 130

ALDE: Resetarits

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Coûteaux, Goudin, Karatzaferis

NI: Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Martin Hans-Peter, Rutowicz

PPE-DE: Marques, Wijkman

PSE: Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Carlotti, Castex, Chiesa, Cottigny, De Keyser, Désir, De Vits, Douay, El Khadraoui, Fruteau, Gomes, Hamon, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hutchinson, Kinnock, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Lienemann, Mastenbroek, Matsouka, Moscovici, Napoletano, Pahor, Peillon, Poignant, Reynaud, Rocard, Roure, Savary, Scheele, Skinner, Tarabella, Thomsen, Trautmann, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Weber Henri

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 475

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Farage, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Allister, Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, Claeys, De Michelis, Dillen, Giertych, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Piskorski, Romagnoli, Salvini, Schenardi, Speroni, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Coelho, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Lechner, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Beňová, Berger, Berman, Bösch, Bullmann, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Cashman, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, De Rossa, Díez González, Dobolyi, Dührkop Dührkop, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, Ford, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Hänsch, Haug, Herczog, Howitt, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lavarra, Leinen, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Muscat, Obiols i Germà, Occhetto, Paleckis, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Schulz, Segelström, Siwiec, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Titley, Tzampazi, Vincenzi, Walter, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Abstención: 8

GUE/NGL: Pafilis, Toussas

NI: Baco, Kilroy-Silk, Kozlík

PPE-DE: Brepoels

PSE: Hegyi

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Tzampazi

15.   Informe Mann A6-0131/2006

Apartado 7/1

A favor: 511

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Gabriele, Svensson, Verges, Wurtz

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Giertych, Helmer, Masiel, Piskorski, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Musumeci, Podkański, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Smith

En contra: 89

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Titford, Whittaker, Wise

NI: Martin Hans-Peter, Romagnoli, Rutowicz

PPE-DE: Fajmon, Iturgaiz Angulo

PSE: Kósáné Kovács, Morgan

UEN: Aylward, Crowley, Janowski, Maldeikis, Ó Neachtain, Ryan

Verts/ALE: Aubert, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 18

NI: Allister, Baco, Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi, Vanhecke

PSE: Castex

Verts/ALE: Auken, van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Svensson

Abstención: Smith

16.   Informe Mann A6-0131/2006

Apartado 7/2

A favor: 322

ALDE: Alvaro, Attwooll, Bowles, Budreikaitė, Cappato, Carlshamre, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

IND/DEM: Belder, Blokland, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Giertych, Helmer, Masiel, Piskorski, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Ayuso González, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Deß, Deva, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Lambrinidis, Martínez Martínez, Matsouka, Medina Ortega, Paleckis, Panzeri, Tzampazi

UEN: Aylward, Camre, Crowley, Foglietta, Maldeikis, Ó Neachtain, Ryan

En contra: 291

ALDE: Beaupuy, Cavada, De Sarnez, Laperrouze, Lehideux, Morillon

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Bonde, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Titford, Whittaker, Wise

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Audy, Bachelot-Narquin, Gaubert, Grossetête, Guellec, Mathieu, Saïfi, Sudre, Toubon, Vlasto

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lavarra, Le Foll, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Berlato, Bielan, Didžiokas, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Musumeci, Podkański, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 9

NI: Allister, Baco, Kilroy-Silk, Kozlík, Mote

PPE-DE: Descamps, De Veyrac

Verts/ALE: Auken, van Buitenen

17.   Informe Mann A6-0131/2006

Apartado 7/3

A favor: 313

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Belder, Blokland, Karatzaferis, Sinnott

NI: Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Helmer, Masiel, Piskorski, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Ayuso González, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Deß, Deva, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Lambrinidis, Matsouka, Medina Ortega, Thomsen, Tzampazi

UEN: Aylward, Camre, Crowley, Maldeikis, Ó Neachtain, Ryan

En contra: 289

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Titford, Whittaker, Wise

NI: Battilocchio, Claeys, De Michelis, Dillen, Gollnisch, Le Pen Marine, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Audy, Bachelot-Narquin, Garriga Polledo, Gaubert, Grossetête, Guellec, Lamassoure, Mathieu, Saïfi, Sudre, Toubon

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Berlato, Bielan, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Musumeci, Podkański, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 15

IND/DEM: Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Allister, Baco, Kilroy-Silk, Kozlík, Mote

PPE-DE: Descamps, De Veyrac

Verts/ALE: Auken, van Buitenen

18.   Informe Mann A6-0131/2006

Apartado 7/4

A favor: 303

ALDE: Alvaro, Attwooll, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Belder, Blokland, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Ryszard, Giertych, Helmer, Masiel, Piskorski, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Atkins, Ayuso González, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Deß, Deva, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

UEN: Aylward, Camre, Crowley, Maldeikis, Ó Neachtain, Ryan

En contra: 300

ALDE: Beaupuy, Bourlanges, Cavada, De Sarnez, Fourtou, Laperrouze, Lehideux, Morillon

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Titford, Whittaker, Wise

NI: Battilocchio, De Michelis, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Audy, Bachelot-Narquin, Gaubert, Grossetête, Guellec, Lamassoure, Mathieu, Saïfi, Sudre, Toubon, Vlasto

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Siwiec, Skinner, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Berlato, Bielan, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, Libicki, Musumeci, Podkański, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 11

ALDE: Savi

NI: Allister, Baco, Kilroy-Silk, Kozlík, Mote

PPE-DE: Descamps, De Veyrac

PSE: Thomsen

Verts/ALE: Auken, van Buitenen

19.   Informe Mann A6-0131/2006

Enmienda 32

A favor: 81

ALDE: in 't Veld, Lambsdorff

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Coûteaux, Goudin, Karatzaferis

NI: Czarnecki Marek Aleksander

PPE-DE: Karas, Saïfi, Wijkman

PSE: Attard-Montalto, Berès, Bono, Bourzai, Busquin, Carlotti, Castex, Chiesa, Cottigny, De Keyser, Désir, Dobolyi, Douay, Ferreira Anne, Fruteau, Gomes, Grech, Guy-Quint, Hamon, Hasse Ferreira, Hazan, Hutchinson, Laignel, Le Foll, Lienemann, Moscovici, Muscat, Napoletano, Peillon, Poignant, Reynaud, Rocard, Roure, Savary, Tarabella, Trautmann, Vaugrenard, Vergnaud, Weber Henri

UEN: Libicki

En contra: 499

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Farage, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Allister, Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, Claeys, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Giertych, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Piskorski, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Schenardi, Speroni, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, De Rossa, De Vits, Díez González, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, Ford, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gottardi, Grabowska, Gröner, Groote, Gurmai, Hänsch, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Ilves, Jöns, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Thomsen, Titley, Tzampazi, Van Lancker, Vincenzi, Walter, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Hammerstein Mintz, Voggenhuber

Abstención: 46

ALDE: Resetarits

GUE/NGL: Pafilis, Toussas

IND/DEM: Bonde

NI: Baco, Kilroy-Silk, Kozlík, Martin Hans-Peter

PSE: Scheele

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, van Buitenen, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Ždanoka

Correcciones de voto

En contra: Othmar Karas, Alexander Lambsdorff

20.   Informe Mann A6-0131/2006

Enmienda 33

A favor: 145

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Coûteaux, Goudin, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Borghezio, Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Schenardi, Speroni, Vanhecke

PPE-DE: Barsi-Pataky, Járóka

PSE: Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Berès, Bono, Bourzai, Carlotti, Castex, Chiesa, Cottigny, De Keyser, Désir, Douay, El Khadraoui, Ferreira Anne, Fruteau, Gomes, Guy-Quint, Hamon, Hasse Ferreira, Hazan, Hutchinson, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Lienemann, Martínez Martínez, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Moscovici, Napoletano, Peillon, Poignant, Reynaud, Rocard, Roure, Savary, Scheele, Tarabella, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Weber Henri

UEN: Libicki

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 470

ALDE: Alvaro, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Riis-Jørgensen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Farage, Sinnott, Titford, Whittaker, Wise

NI: Allister, Battilocchio, Chruszcz, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Giertych, Helmer, Mote, Piskorski, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Beňová, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Dührkop Dührkop, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, Ford, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Hänsch, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lavarra, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Muscat, Obiols i Germà, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Thomsen, Titley, Vincenzi, Walter, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Turmes

Abstención: 8

ALDE: Resetarits, Samuelsen

GUE/NGL: Pafilis, Toussas

NI: Baco, Kilroy-Silk, Kozlík

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

Abstención: Wijkman

21.   Informe Mann A6-0131/2006

Enmienda 26

A favor: 120

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Zapałowski

NI: Martin Hans-Peter

PSE: Berès, van den Berg, Berman, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Carlotti, Castex, Chiesa, Cottigny, De Keyser, Désir, De Vits, Douay, El Khadraoui, Ferreira Anne, Fruteau, Gomes, Hamon, Hazan, Hutchinson, Kinnock, Kristensen, Laignel, Le Foll, Mastenbroek, Napoletano, Peillon, Pinior, Poignant, Reynaud, Rocard, Roure, Savary, Scheele, Siwiec, Tarabella, Trautmann, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Weber Henri

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 479

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Farage, Goudin, Sinnott, Titford, Whittaker, Wise

NI: Allister, Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Giertych, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Piskorski, Rutowicz, Salvini, Schenardi, Speroni, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berger, Bösch, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, De Rossa, Díez González, Dobolyi, Dührkop Dührkop, Estrela, Ettl, Evans Robert, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, Ford, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hasse Ferreira, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Piecyk, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Schulz, Segelström, Skinner, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Thomsen, Titley, Tzampazi, Walter, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Schlyter

Abstención: 15

GUE/NGL: Pafilis, Toussas

IND/DEM: Tomczak

NI: Baco, Kilroy-Silk, Kozlík, Romagnoli

PSE: Falbr, Fava, Gottardi, Pittella, Sacconi, Vincenzi, Zani

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Marie-Noëlle Lienemann

22.   Informe Mann A6-0131/2006

Resolución

A favor: 470

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Belder, Blokland, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Allister, Baco, Battilocchio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Giertych, Helmer, Kozlík, Masiel, Piskorski, Rutowicz, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, van den Berg, Berman, Bozkurt, van den Burg, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, De Rossa, Díez González, Dobolyi, Dührkop Dührkop, Estrela, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Hänsch, Hasse Ferreira, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Leinen, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Piecyk, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Rapkay, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Thomsen, Titley, Tzampazi, Vincenzi, Walter, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

En contra: 121

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Titford, Whittaker, Wise

NI: Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi

PSE: Berès, Bono, Bourzai, Carlotti, Castex, Cottigny, De Keyser, Désir, Douay, Ferreira Anne, Fruteau, Hamon, Hazan, Hutchinson, Laignel, Le Foll, Lienemann, Peillon, Poignant, Reynaud, Rocard, Roure, Savary, Scheele, Tarabella, Trautmann, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Weber Henri

Verts/ALE: Aubert, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 26

ALDE: Resetarits

IND/DEM: Bonde

NI: Borghezio, Claeys, Dillen, Salvini, Speroni, Vanhecke

PPE-DE: Konrad

PSE: Berger, Bösch, Bullmann, Busquin, De Vits, El Khadraoui, Ettl, Gebhardt, Guy-Quint, Haug, Kinnock, Leichtfried, Napoletano, Pinior, Prets

Verts/ALE: Auken, van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Moscovici

23.   Informe Langen A6-0191/2006

Apartado 1

A favor: 507

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Goudin, Karatzaferis, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Masiel, Piskorski, Rutowicz, Salvini, Speroni

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Isler Béguin, Lipietz

En contra: 45

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Strož, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

NI: Allister, Borghezio, Chruszcz, Claeys, Giertych, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Wojciechowski Bernard Piotr

Abstención: 61

ALDE: Cappato

GUE/NGL: Liotard, Meijer, Sjöstedt, Svensson

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Whittaker, Wise

NI: Dillen, Helmer, Kilroy-Silk, Kozlík, Martin Hans-Peter, Vanhecke

PPE-DE: Antoniozzi

UEN: Bielan, Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, van Buitenen, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hassi, Horáček, Hudghton, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

24.   Informe Langen A6-0191/2006

Enmienda 6

A favor: 93

ALDE: Kułakowski

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Karatzaferis

NI: Baco, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Kozlík, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Antoniozzi, Bonsignore, Busuttil, Casa, Ebner, Landsbergis, Pleštinská, Saïfi

PSE: Grabowska, Öger, Paleckis

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 490

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Goudin, Sinnott, Titford, Whittaker, Wise

NI: Allister, Battilocchio, De Michelis, Helmer, Masiel, Mote, Piskorski

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Buzek, Callanan, Carollo, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ehler, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Podestà, Poettering, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gottardi, Grech, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Pahor, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Abstención: 27

ALDE: Samuelsen

GUE/NGL: Krarup, Pafilis, Toussas

IND/DEM: Coûteaux, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Kamall

UEN: Camre

Verts/ALE: van Buitenen

25.   Informe Langen A6-0191/2006

Enmienda oral

A favor: 580

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Goudin, Karatzaferis, Pęk

NI: Baco, Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Giertych, Gollnisch, Kozlík, Lang, Le Pen Marine, Martinez, Masiel, Mölzer, Piskorski, Rivera, Schenardi, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 20

GUE/NGL: Pafilis

IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Sinnott, Titford, Whittaker, Wise

NI: Martin Hans-Peter, Mote, Rutowicz, Salvini

PPE-DE: Fajmon, Harbour, Hybášková

PSE: Siwiec

Abstención: 15

GUE/NGL: Krarup

IND/DEM: Krupa, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Allister, Claeys, Dillen, Helmer, Kilroy-Silk, Vanhecke

PPE-DE: Kamall

Verts/ALE: van Buitenen, Joan i Marí

26.   Informe Langen A6-0191/2006

Enmienda 7

A favor: 569

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Strož, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Karatzaferis, Tomczak

NI: Baco, Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, De Michelis, Kozlík, Martin Hans-Peter, Masiel, Piskorski, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 25

GUE/NGL: Pafilis, Toussas

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Chruszcz, Czarnecki Ryszard, Giertych, Mote, Wojciechowski Bernard Piotr

PSE: Hänsch

UEN: Kamiński, Krasts, Libicki

Abstención: 27

GUE/NGL: Krarup, Liotard, Meijer, Sjöstedt, Svensson

IND/DEM: Goudin

NI: Allister, Borghezio, Claeys, Dillen, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Salvini, Schenardi, Speroni, Vanhecke

PPE-DE: Kamall

UEN: Camre

Verts/ALE: van Buitenen, Lucas, Schlyter

27.   Informe Langen A6-0191/2006

Apartado 9

A favor: 562

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Strož, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Karatzaferis, Sinnott

NI: Baco, Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, De Michelis, Martin Hans-Peter, Masiel, Piskorski, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Öger, Pahor, Paleckis, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Onesta, Rühle, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 12

IND/DEM: Coûteaux, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Chruszcz, Czarnecki Ryszard, Giertych, Mote, Wojciechowski Bernard Piotr

Abstención: 39

GUE/NGL: Krarup, Liotard, Meijer, Pafilis, Sjöstedt, Svensson, Toussas

IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Goudin, Titford, Whittaker, Wise

NI: Allister, Borghezio, Claeys, Dillen, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Pen Marine, Martinez, Mölzer, Salvini, Schenardi, Speroni, Vanhecke

UEN: Camre

Verts/ALE: van Buitenen, Lucas, Özdemir, Romeva i Rueda, Schlyter

28.   Informe Langen A6-0191/2006

Apartado 12

A favor: 562

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Strož, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Sinnott

NI: Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Masiel, Piskorski, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Samaras, Sartori, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Özdemir, Onesta, Rühle, Schmidt, Schroedter, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 25

GUE/NGL: Gabriele

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Borghezio, Chruszcz, Giertych, Mote, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Saïfi

Abstención: 31

GUE/NGL: Krarup, Liotard, Meijer, Pafilis, Sjöstedt, Svensson, Toussas

IND/DEM: Bonde

NI: Allister, Baco, Claeys, Dillen, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Kamall

UEN: Camre

Verts/ALE: van Buitenen, Lucas, Romeva i Rueda, Schlyter, Smith

29.   Informe Langen A6-0191/2006

Enmienda 8/1

A favor: 88

ALDE: Toia, Van Hecke, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Strož, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

NI: Baco

PPE-DE: Albertini, Bonsignore, del Castillo Vera, Florenz, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Járóka, Landsbergis, Lewandowski, Montoro Romero, Musotto, Roithová, Schwab, Varvitsiotis

PSE: Hughes, Scheele, Thomsen

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 510

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Väyrynen, Virrankoski, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Allister, Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Giertych, Helmer, Masiel, Mote, Piskorski, Rutowicz, Salvini, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Handzlik, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Abstención: 25

GUE/NGL: Krarup, Liotard, Sjöstedt, Svensson

IND/DEM: Bonde, Goudin

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Rivera, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Gyürk, Kamall, Siekierski

Verts/ALE: van Buitenen, Lichtenberger

Correcciones de voto

En contra: Lívia Járóka

30.   Informe Langen A6-0191/2006

Enmienda 8/2

A favor: 232

ALDE: Kułakowski

NI: Baco, Czarnecki Marek Aleksander, Kozlík, Masiel

PPE-DE: Landsbergis, Pleštinská

PSE: Andersson, Assis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, van den Berg, Berger, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Napoletano, Obiols i Germà, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 375

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Strož, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Allister, Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Giertych, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mote, Piskorski, Rutowicz, Salvini, Schenardi, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Attard-Montalto, Berman, Grech, Hänsch, Kinnock, Muscat

UEN: Camre, Krasts

Abstención: 15

GUE/NGL: Krarup, Liotard, Meijer, Sjöstedt, Svensson

NI: Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Mölzer, Rivera, Vanhecke

PSE: Berès, Castex, Hazan

Verts/ALE: van Buitenen

31.   Informe Langen A6-0191/2006

Enmienda 2

A favor: 311

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

NI: Baco, Battilocchio, De Michelis, Kozlík

PPE-DE: Andrikienė, Busuttil, Buzek, Casa, Cederschiöld, Chmielewski, Demetriou, Dombrovskis, Handzlik, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kudrycka, Kušķis, Landsbergis, Lewandowski, Lulling, Mauro, Mayor Oreja, Ouzký, Pīks, Pleštinská, Protasiewicz, Queiró, Saryusz-Wolski, Sonik, Spautz, Surján, Szájer

PSE: Andersson, Assis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Beglitis, van den Berg, Berger, Berman, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Gröner, Guy-Quint, Hasse Ferreira, Haug, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Lambrinidis, Lavarra, Leinen, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 231

ALDE: Hennis-Plasschaert

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Allister, Borghezio, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Schenardi, Speroni, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Beazley, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Carollo, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Karas, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Lamassoure, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mavrommatis, Mayer, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Oomen-Ruijten, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pirker, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Purvis, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Schmitt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Batzeli, Hänsch, Jöns, Rocard

Verts/ALE: Graefe zu Baringdorf, Harms

Abstención: 75

ALDE: Cocilovo, Krahmer, Lambsdorff

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

NI: Chruszcz, Giertych, Kilroy-Silk, Piskorski, Rivera, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Callanan, Duka-Zólyomi, Glattfelder, Gyürk, Járóka, Kamall, Olajos, Őry, Ribeiro e Castro, Schöpflin

PSE: Attard-Montalto, Berès, Bösch, Cashman, Ferreira Anne, Grech, Groote, Hamon, Hazan, Hedh, Laignel, Le Foll, Leichtfried, Muscat, Peillon

UEN: Camre

Verts/ALE: van Buitenen, Lichtenberger, Smith

Correcciones de voto

En contra: Charlotte Cederschiöld

32.   Informe Langen A6-0191/2006

Enmienda 16

A favor: 389

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Strož, Triantaphyllides, Uca, Verges, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Baco, Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Giertych, Martin Hans-Peter, Masiel, Piskorski, Rutowicz, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Busuttil, Buzek, Casa, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Demetriou, Dombrovskis, Duka-Zólyomi, Fatuzzo, Glattfelder, Gyürk, Handzlik, Járóka, Kaczmarek, Kasoulides, Kelam, Klaß, Koch, Kudrycka, Landsbergis, Lewandowski, Lulling, Mauro, Olajos, Őry, Ouzký, Pleštinská, Protasiewicz, Queiró, Saryusz-Wolski, Schöpflin, Sonik, Spautz, Surján, Szájer

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Guy-Quint, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 189

NI: Allister, Helmer, Mote

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Beazley, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Callanan, Carollo, Casini, Caspary, Castiglione, Chichester, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Karas, Kauppi, Kirkhope, Klamt, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kušķis, Lamassoure, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Oomen-Ruijten, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Purvis, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Schmitt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Hänsch, Hamon

UEN: Kamiński

Abstención: 36

GUE/NGL: Krarup, Liotard, Meijer, Pafilis, Sjöstedt, Svensson, Toussas

IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Goudin, Titford, Whittaker, Wise

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Kamall

PSE: Peillon

UEN: Camre, Musumeci

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Charlotte Cederschiöld

33.   Informe Langen A6-0191/2006

Enmienda 9

A favor: 106

ALDE: in 't Veld, Laperrouze

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Goudin, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Chruszcz, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Giertych, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Liese, Surján

PSE: Falbr, Fava, Grabowska, Hedh, Hegyi, Herczog

UEN: Tatarella

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Flautre, Frassoni, Hammerstein Mintz, Hudghton, Isler Béguin, Kallenbach, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 461

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Kułakowski, Lambsdorff, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

NI: Baco, Battilocchio, De Michelis, Piskorski, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grech, Gröner, Groote, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Buitenweg, Cramer, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Horáček, Kusstatscher, Lagendijk, Rühle

Abstención: 43

IND/DEM: Coûteaux

NI: Allister, Borghezio, Helmer, Kilroy-Silk, Kozlík, Martinez, Mote, Rivera, Salvini, Speroni

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Kamall, Kirkhope, Nicholson, Parish, Purvis, Škottová, Sturdy, Tannock, Vlasák, Zvěřina

PSE: Martin David

UEN: Camre

Verts/ALE: van Buitenen, Harms, Hassi, Joan i Marí

Correcciones de voto

A favor: Paul Marie Coûteaux

En contra: Grabowska

34.   Informe Langen A6-0191/2006

Enmienda 12

A favor: 381

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Henin, Kaufmann, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Strož, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

NI: Baco, Battilocchio, Chruszcz, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Giertych, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Piskorski, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Busuttil, Buzek, Casa, Cederschiöld, Chmielewski, Demetriou, Dombrovskis, Fatuzzo, Gyürk, Handzlik, Járóka, Kaczmarek, Kasoulides, Kudrycka, Kušķis, Landsbergis, Lewandowski, Mauro, Ouzký, Pleštinská, Protasiewicz, Queiró, Saryusz-Wolski, Schöpflin, Sonik, Spautz, Šťastný, Surján

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 193

IND/DEM: Belder, Blokland, Coûteaux, Karatzaferis, Sinnott

NI: Allister, Helmer, Mote

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Beazley, Belet, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Carollo, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doorn, Dover, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Evans Jonathan, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Karas, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Purvis, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Schmitt, Schröder, Schwab, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Hänsch

Abstención: 36

GUE/NGL: Krarup, Liotard, Meijer, Pafilis, Sjöstedt, Svensson, Toussas

IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Goudin, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Borghezio, Kilroy-Silk, Kozlík, Rivera, Salvini, Speroni

PPE-DE: Callanan, Fajmon, Kamall, Lamassoure, Siekierski

UEN: Camre

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Charlotte Cederschiöld

35.   Informe Langen A6-0191/2006

Resolución

A favor: 510

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Goudin, Karatzaferis, Sinnott

NI: Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Masiel, Piskorski, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Guy-Quint, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 40

GUE/NGL: Krarup, Pafilis, Toussas

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Allister, Chruszcz, Giertych, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Ehler, de Grandes Pascual, Hoppenstedt, Lechner, Stauner

PSE: Hänsch, Lienemann

Abstención: 66

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Henin, Kaufmann, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

NI: Baco, Borghezio, Claeys, Dillen, Helmer, Kozlík, Salvini, Speroni, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Kamall, Kirkhope, Nicholson, Parish, Škottová, Sturdy, Tannock, Vlasák, Zvěřina

PSE: Gurmai

UEN: Camre

Verts/ALE: van Buitenen, Lucas

36.   Informe Grech A6-0188/2006

Apartado 4/1

A favor: 548

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Henin, Kaufmann, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Booth, Clark, Coûteaux, Sinnott, Whittaker, Wise

NI: Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Giertych, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Piskorski, Rivera, Rutowicz, Schenardi, Speroni, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 10

IND/DEM: Bonde, Goudin

NI: Martin Hans-Peter, Mote

PPE-DE: Fajmon, Hökmark, Škottová, Vlasák, Zvěřina

PSE: Evans Robert

Abstención: 16

GUE/NGL: Krarup, Pafilis, Toussas

IND/DEM: Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Allister, Baco, Helmer, Kilroy-Silk, Kozlík

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Hökmark

37.   Informe Grech A6-0188/2006

Apartado 4/2

A favor: 441

ALDE: Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Cappato, Cavada, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, De Sarnez, Fourtou, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Juknevičienė, Karim, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Losco, Morillon, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Riis-Jørgensen, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Wallis

GUE/NGL: Brie, Catania, Henin, Markov, Maštálka, Musacchio, Zimmer

IND/DEM: Booth, Clark, Coûteaux, Whittaker, Wise

NI: Battilocchio, Borghezio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Salvini, Schenardi, Speroni

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doyle, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Novak, Olajos, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Queiró, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal

PSE: Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Hazan, Herczog, Howitt, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Bielan, Foltyn-Kubicka, Kuźmiuk, Libicki, Podkański, Roszkowski, Szymański, Wojciechowski Janusz

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 117

ALDE: Alvaro, Attwooll, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Degutis, Deprez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Koch-Mehrin, Lambsdorff, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Mulder, Newton Dunn, Ortuondo Larrea, Samuelsen, Savi, Schuth, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, de Brún, Gabriele, Krarup, Liotard, Meijer, Morgantini, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Wagenknecht

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Goudin, Sinnott

NI: Chruszcz, Giertych, Helmer, Martin Hans-Peter, Mote, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Doorn, Dover, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Fjellner, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Kamall, Kirkhope, Maat, Nicholson, van Nistelrooij, Oomen-Ruijten, Ouzký, Parish, Purvis, Škottová, Stubb, Sturdy, Tannock, Vlasák, Zvěřina

PSE: Berman, Corbey, Evans Robert, Falbr, Mastenbroek

UEN: Aylward, Berlato, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Kamiński, Krasts, Kristovskis, La Russa, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Ryan, Tatarella, Zīle

Verts/ALE: Buitenweg, Hudghton

Abstención: 29

ALDE: Gentvilas, Resetarits

GUE/NGL: Adamou, Flasarová, Meyer Pleite, Rizzo, Triantaphyllides, Uca

IND/DEM: Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Allister, Baco, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Vanhecke

PPE-DE: McGuinness

PSE: Andersson, Hedh, Hedkvist Petersen, Segelström, Westlund

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Wijkman

38.   Informe Grech A6-0188/2006

Apartado 4/3

A favor: 511

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, Kaufmann, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Remek, Triantaphyllides, Wagenknecht

IND/DEM: Booth, Clark, Coûteaux, Whittaker, Wise

NI: Baco, Battilocchio, Borghezio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Masiel, Piskorski, Rivera, Rutowicz, Salvini, Speroni

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Bielan, Foltyn-Kubicka, Janowski, Krasts, Kuźmiuk, Libicki, Podkański, Roszkowski, Szymański, Wojciechowski Janusz

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hassi, Horáček, Hudghton, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lambert, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 56

GUE/NGL: de Brún, Gabriele, Henin, Krarup, Liotard, Meijer, Pafilis, Portas, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Goudin, Krupa, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Chruszcz, Claeys, Dillen, Giertych, Gollnisch, Kozlík, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Fjellner, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic

UEN: Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Kristovskis, La Russa, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Ryan, Tatarella, Zīle

Abstención: 9

GUE/NGL: Flasarová, Pflüger, Rizzo

IND/DEM: Karatzaferis, Pęk

NI: Allister, Helmer, Kilroy-Silk

PPE-DE: Queiró

Correcciones de voto

En contra: Paul Marie Coûteaux

39.   Informe Grech A6-0188/2006

Enmienda 2/rev.

A favor: 341

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Henin, Kaufmann, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Clark, Krupa, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, De Michelis, Masiel, Rivera

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Brepoels, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Elles, Gutiérrez-Cortines, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Kamall, Kirkhope, Nicholson, Parish, Purvis, Sturdy, Tannock

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 234

IND/DEM: Goudin, Karatzaferis

NI: Allister, Borghezio, Chruszcz, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Giertych, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Piskorski, Romagnoli, Salvini, Schenardi, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Queiró, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Vincenzi

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Abstención: 11

GUE/NGL: Krarup

IND/DEM: Coûteaux, Pęk, Tomczak

NI: Helmer, Kilroy-Silk, Martin Hans-Peter, Rutowicz, Speroni

PPE-DE: Siekierski

Verts/ALE: van Buitenen

40.   Informe Grech A6-0188/2006

Enmienda 5

A favor: 531

ALDE: Alvaro, Attwooll, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Gentvilas, Geremek, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Losco, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Henin, Kaufmann, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Goudin, Karatzaferis, Krupa, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Battilocchio, Borghezio, Chruszcz, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Giertych, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Piskorski, Romagnoli, Salvini, Schenardi, Speroni, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fajmon, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Queiró, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 48

ALDE: Beaupuy, Bourlanges, Cavada, Cornillet, De Sarnez, Fourtou, Griesbeck, Laperrouze, Lehideux, Morillon

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Clark, Sinnott, Whittaker, Wise

NI: Allister, Helmer, Mote, Rutowicz

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, De Veyrac, Dover, Elles, Evans Jonathan, Fatuzzo, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Kamall, Kirkhope, Lulling, Nicholson, Parish, Purvis, Spautz, Sturdy, Tannock

Abstención: 9

ALDE: Ludford

GUE/NGL: Krarup

IND/DEM: Pęk

NI: Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Rivera, Vanhecke

Verts/ALE: van Buitenen

41.   Informe Grech A6-0188/2006

Resolución

A favor: 476

ALDE: Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Susta, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

NI: Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, De Michelis, Masiel, Piskorski, Rivera, Rutowicz, Salvini, Speroni

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chmielewski, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fajmon, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klaß, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Patriciello, Peterle, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Queiró, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Goebbels, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Isler Béguin, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 65

GUE/NGL: Liotard, Meijer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Clark, Goudin, Karatzaferis, Krupa, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Allister, Chruszcz, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Giertych, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deß, Deva, Dover, Evans Jonathan, Fatuzzo, Gahler, Gewalt, Gräßle, Harbour, Heaton-Harris, Kamall, Kirkhope, Koch, Nicholson, Parish, Pieper, Purvis, Sturdy, Tannock

Verts/ALE: Schlyter

Abstención: 37

ALDE: Alvaro, in 't Veld

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Henin, Kaufmann, Krarup, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Coûteaux, Pęk

PPE-DE: Coelho, Gomolka, Konrad

Verts/ALE: van Buitenen, Joan i Marí

42.   Informe Markov A6-0179/2006

Apartado 44

A favor: 245

ALDE: Cocilovo, Costa, Pistelli

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Goudin, Karatzaferis, Krupa, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, De Michelis, Lang, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi

PPE-DE: Wieland

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Maldeikis, Ó Neachtain, Ryan

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 298

ALDE: Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Cappato, Cavada, Chatzimarkakis, Cornillet, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Sinnott, Whittaker, Wise

NI: Allister, Chruszcz, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Giertych, Helmer, Mote, Piskorski, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Radwan, Reul, Roithová, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wijkman, von Wogau, Zaleski, Zappalà, Zatloukal

UEN: Berlato, Bielan, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Musumeci, Podkański, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

Abstención: 11

ALDE: Samuelsen

GUE/NGL: Pafilis, Toussas

IND/DEM: Coûteaux, Pęk

NI: Borghezio, Kilroy-Silk

PPE-DE: Thyssen

UEN: Camre, Didžiokas

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Auken

43.   Informe Markov A6-0179/2006

Enmienda 6

A favor: 227

ALDE: Malmström

GUE/NGL: Triantaphyllides

NI: Battilocchio, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Masiel, Piskorski, Rivera, Rutowicz, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klaß, Koch, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Radwan, Reul, Roithová, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Zaleski, Zappalà, Zatloukal

PSE: Hegyi, Paleckis, Titley

UEN: Aylward, Camre, Didžiokas, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Maldeikis, Ó Neachtain, Ryan, Zīle

Verts/ALE: Lipietz

En contra: 321

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Karim, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Goudin, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Borghezio, Chruszcz, Giertych, Gollnisch, Lang, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Konrad, Korhola, Vatanen

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Evans Robert, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Berlato, Bielan, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, La Russa, Libicki, Musumeci, Podkański, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 7

ALDE: Samuelsen

IND/DEM: Coûteaux

NI: Allister, Helmer, Kilroy-Silk, Mote

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Gary Titley

44.   Informe Markov A6-0179/2006

Considerando Q

A favor: 320

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Papadimoulis

IND/DEM: Belder, Blokland, Karatzaferis, Sinnott

NI: Battilocchio, Chruszcz, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Giertych, Masiel, Piskorski, Rivera, Rutowicz, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Zaleski, Zappalà, Zatloukal

PSE: Batzeli, Beglitis, Castex, Kinnock, Lambrinidis, Matsouka, Tzampazi

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

En contra: 70

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Strož, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Martin Hans-Peter

PSE: De Keyser, Hänsch, Kuc, Martínez Martínez

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 167

ALDE: Samuelsen

GUE/NGL: Krarup, Liotard, Meijer, Sjöstedt, Svensson

IND/DEM: Batten, Booth, Coûteaux, Goudin, Whittaker, Wise

NI: Allister, Borghezio, Dillen, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Gröner, Groote, Gurmai, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Laignel, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Masip Hidalgo, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Segelström, Siwiec, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

Verts/ALE: van Buitenen

45.   Informe Markov A6-0179/2006

Considerando Z

A favor: 319

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Prodi, Resetarits, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Goudin, Karatzaferis, Krupa, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Chruszcz, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Giertych, Masiel, Piskorski, Rivera, Rutowicz, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Zaleski, Zappalà, Zatloukal

PSE: Berger, Busquin, Gröner, Hedh, Hedkvist Petersen, McCarthy

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz, Zīle

En contra: 223

ALDE: De Sarnez, Riis-Jørgensen

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Liotard, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

NI: Battilocchio, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Golik, Gomes, Gottardi, Grabowska, Grech, Groote, Gurmai, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Lienemann, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

Verts/ALE: Aubert, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 16

ALDE: Samuelsen

GUE/NGL: Krarup, Meijer, Svensson

IND/DEM: Coûteaux, Pęk

NI: Allister, Borghezio, Claeys, Helmer, Kilroy-Silk, Mote, Vanhecke

PSE: Castex

Verts/ALE: Auken, van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: De Sarnez

En contra: Hedkvist Petersen, Hedh

46.   Informe Markov A6-0179/2006

Enmienda 8

A favor: 216

ALDE: Losco

IND/DEM: Krupa

NI: Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, De Michelis, Dillen, Masiel, Mölzer, Piskorski, Rivera, Rutowicz, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Böge, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fontaine, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Gklavakis, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pieper, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Vlasto, Weisgerber, Wieland, Zaleski, Zappalà, Zatloukal

PSE: Grabowska, Hedkvist Petersen, dos Santos

UEN: Aylward, Camre, Maldeikis, Ó Neachtain, Ryan

En contra: 318

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Dičkutė, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mohácsi, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Coûteaux, Karatzaferis, Sinnott

NI: Battilocchio, Chruszcz, Czarnecki Ryszard, Giertych, Gollnisch, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Romagnoli, Schenardi, Wojciechowski Bernard Piotr

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Golik, Gomes, Gottardi, Grech, Groote, Gurmai, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Muscat, Napoletano, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Savary, Segelström, Siwiec, Skinner, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Berlato, Bielan, Foglietta, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kamiński, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Musumeci, Podkański, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 22

ALDE: Samuelsen

IND/DEM: Batten, Booth, Goudin, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Allister, Borghezio, Helmer, Kilroy-Silk, Mote

PPE-DE: Callanan, Wijkman

UEN: Didžiokas, Krasts, Kristovskis, Zīle

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Grabowska, Hedkvist Petersen

47.   Informe Járóka A6-0148/2006

Resolución

A favor: 412

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Cavada, Chatzimarkakis, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Matsakis, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Schuth, Staniszewska, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, de Brún, Flasarová, Gabriele, Guidoni, Henin, Kaufmann, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

NI: Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, Martin Hans-Peter, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Ebner, Ehler, Eurlings, Fatuzzo, Fernández Martín, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Harbour, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klaß, Koch, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kušķis, Landsbergis, Langen, Langendries, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Musotto, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Patriciello, Peterle, Pīks, Pirker, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Reul, Roithová, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Siekierski, Silva Peneda, Spautz, Šťastný, Stauner, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Zappalà, Zatloukal

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Evans Robert, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Gomes, Gottardi, Grabowska, Gröner, Groote, Gurmai, Hänsch, Hamon, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Leichtfried, Leinen, McAvan, McCarthy, Maňka, Mann Erika, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Muscat, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Poignant, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Sánchez Presedo, dos Santos, Segelström, Siwiec, Sousa Pinto, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Foltyn-Kubicka, Krasts, Kristovskis, Kuźmiuk, Libicki, Maldeikis, Ó Neachtain, Podkański, Ryan, Wojciechowski Janusz, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Staes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 21

ALDE: Mohácsi

IND/DEM: Booth, Goudin, Tomczak, Whittaker, Wise

NI: Borghezio, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Giertych, Mölzer, Mote, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Esteves, Konrad

UEN: La Russa, Roszkowski, Szymański, Tatarella

Abstención: 48

ALDE: Manders

GUE/NGL: Pafilis, Toussas

IND/DEM: Belder, Blokland, Coûteaux, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Zapałowski

NI: Lang, Le Pen Marine, Martinez, Piskorski, Schenardi

PPE-DE: Ashworth, Beazley, Bushill-Matthews, Cederschiöld, Chichester, Deva, Dover, Elles, Evans Jonathan, Fajmon, Fjellner, Gräßle, Hökmark, Ibrisagic, Kamall, Lulling, Mitchell, Parish, Radwan, Ribeiro e Castro, Škottová, Sommer, Sonik, Sturdy, Tannock, Vlasák, Zaleski

UEN: Didžiokas, Janowski

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Esteves

48.   Informe De Keyser A6-0159/2006

Apartado 14

A favor: 411

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, Duff, Fourtou, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Matsakis, Mohácsi, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Prodi, Resetarits, Samuelsen, Schuth, Staniszewska, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Kaufmann, Markov, Uca, Zimmer

IND/DEM: Karatzaferis, Krupa, Piotrowski, Tomczak, Zapałowski

NI: Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, Lang, Le Pen Marine, Martin Hans-Peter, Masiel, Mölzer, Piskorski, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Harbour, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klaß, Koch, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kušķis, Landsbergis, Langen, Langendries, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Patriciello, Peterle, Pīks, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Radwan, Ribeiro e Castro, Roithová, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Vlasák, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Zaleski, Zappalà, Zatloukal

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Evans Robert, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Gomes, Gottardi, Grabowska, Gröner, Groote, Hänsch, Hamon, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Leinen, Maňka, Mann Erika, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Sánchez Presedo, dos Santos, Segelström, Siwiec, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Camre, Didžiokas, Krasts, Kristovskis, Ryan, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Joan i Marí, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Staes, Ždanoka

En contra: 42

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, de Brún, Gabriele, Guidoni, Liotard, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Wagenknecht

IND/DEM: Booth, Goudin, Whittaker, Wise

NI: Czarnecki Ryszard, Giertych, Wojciechowski Bernard Piotr

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kuźmiuk, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Szymański, Wojciechowski Janusz

Abstención: 11

IND/DEM: Belder, Blokland, Coûteaux, Pęk

NI: Borghezio, Claeys, Dillen, Mote, Vanhecke

PPE-DE: Lulling

Verts/ALE: van Buitenen

49.   Informe De Keyser A6-0159/2006

Apartado 17

A favor: 379

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Cappato, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, Duff, Fourtou, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Matsakis, Mohácsi, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Schuth, Staniszewska, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Wallis

IND/DEM: Belder, Blokland, Sinnott

NI: Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Giertych, Martin Hans-Peter, Masiel, Rivera, Rutowicz, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Ebner, Eurlings, Fatuzzo, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klaß, Koch, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kušķis, Landsbergis, Langen, Langendries, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Patriciello, Peterle, Pīks, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Radwan, Roithová, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vernola, Vidal-Quadras, Weber Manfred, Weisgerber, Wijkman, Zaleski, Zappalà, Zatloukal

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Evans Robert, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Gomes, Gottardi, Grabowska, Gröner, Groote, Hänsch, Hamon, Haug, Hedh, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Leinen, McCarthy, Maňka, Mann Erika, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Obiols i Germà, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Piecyk, Pinior, Poignant, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Sánchez Presedo, dos Santos, Segelström, Siwiec, Skinner, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weiler, Westlund, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Camre, Krasts, Kristovskis, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Joan i Marí, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schmidt, Schroedter, Staes, Ždanoka

En contra: 46

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, de Brún, Gabriele, Guidoni, Kaufmann, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Booth, Goudin, Whittaker, Wise

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Wojciechowski Janusz

Abstención: 32

IND/DEM: Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Borghezio, Le Pen Marine, Martinez, Mölzer, Mote, Piskorski, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Ashworth, Beazley, Bushill-Matthews, Chichester, Deva, Dover, Fajmon, Harbour, Kamall, Parish, Škottová, Sturdy, Vlasák

PSE: Hedkvist Petersen

UEN: Didžiokas

Verts/ALE: van Buitenen, Lucas, Schlyter

50.   Informe De Keyser A6-0159/2006

Apartado 18

A favor: 371

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Busk, Cappato, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Cornillet, Costa, Davies, Degutis, Deprez, Duff, Fourtou, Geremek, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Losco, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Matsakis, Mohácsi, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Schuth, Staniszewska, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Virrankoski, Wallis

NI: Battilocchio, Borghezio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Martin Hans-Peter, Masiel, Piskorski, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Carollo, Casa, Casini, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Ebner, Eurlings, Fatuzzo, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gargani, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gewalt, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klaß, Koch, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kušķis, Landsbergis, Langen, Langendries, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Patriciello, Peterle, Pīks, Pleštinská, Podestà, Pomés Ruiz, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Radwan, Roithová, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Siekierski, Silva Peneda, Sonik, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varvitsiotis, Vatanen, Veneto, Vidal-Quadras, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Zaleski, Zappalà, Zatloukal

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Cercas, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Dührkop Dührkop, Estrela, Evans Robert, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Gomes, Gottardi, Grabowska, Gröner, Groote, Hänsch, Hamon, Haug, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Leinen, McAvan, McCarthy, Maňka, Mann Erika, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Obiols i Germà, Öger, Pahor, Paleckis, Panzeri, Piecyk, Pinior, Poignant, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Sánchez Presedo, dos Santos, Segelström, Siwiec, Skinner, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Camre, Krasts, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Frassoni, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Joan i Marí, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schmidt, Schroedter, Staes, Ždanoka

En contra: 67

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, de Brún, Gabriele, Guidoni, Kaufmann, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Belder, Booth, Goudin, Karatzaferis, Krupa, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Giertych, Lang, Le Pen Marine, Martinez, Mölzer, Schenardi, Vanhecke, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Fjellner, Harbour, Hökmark, Ibrisagic, Maat

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kristovskis, Kuźmiuk, La Russa, Libicki, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Podkański, Roszkowski, Ryan, Szymański, Wojciechowski Janusz

Abstención: 23

IND/DEM: Blokland, Coûteaux, Pęk

NI: Claeys, Dillen, Mote, Romagnoli

PPE-DE: Ashworth, Beazley, Bushill-Matthews, Chichester, Deva, Dover, Fajmon, Kamall, Parish, Škottová, Sturdy, Tannock, Vlasák

Verts/ALE: van Buitenen, Lucas, Schlyter

Correcciones de voto

En contra: Cederschiöld

Abstención: Malcolm Harbour

51.   Informe De Keyser A6-0159/2006

Resolución

A favor: 315

ALDE: Alvaro, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cappato, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Degutis, Deprez, Duff, Fourtou, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Matsakis, Mohácsi, Newton Dunn, Ortuondo Larrea, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Schuth, Staniszewska, Sterckx, Susta, Szent-Iványi, Toia, Virrankoski, Wallis

NI: Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, Martin Hans-Peter, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Ebner, Esteves, Fatuzzo, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gargani, Garriga Polledo, Gauzès, Gewalt, Gräßle, de Grandes Pascual, Grossetête, Gyürk, Handzlik, Harbour, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Jordan Cizelj, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klaß, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kušķis, Langen, Langendries, Lehne, López-Istúriz White, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Montoro Romero, Musotto, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Papastamkos, Patriciello, Peterle, Pīks, Podestà, Pomés Ruiz, Queiró, Radwan, Roithová, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schöpflin, Siekierski, Silva Peneda, Spautz, Šťastný, Stauner, Stubb, Sudre, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Vakalis, Varvitsiotis, Vidal-Quadras, Wieland, Zappalà, Zatloukal

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, van den Burg, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carnero González, Casaca, Chiesa, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Evans Robert, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Glante, Gomes, Gottardi, Grabowska, Gröner, Groote, Hänsch, Hamon, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Hegyi, Herczog, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kinnock, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kuc, Lambrinidis, Leinen, McAvan, Maňka, Mann Erika, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Morgan, Obiols i Germà, Occhetto, Öger, Piecyk, Pinior, Poignant, Rapkay, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Sánchez Presedo, dos Santos, Segelström, Siwiec, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Westlund, Wiersma, Willmott, Yañez-Barnuevo García

UEN: Aylward, Berlato, Camre, Krasts, Kristovskis, La Russa, Maldeikis, Musumeci, Ó Neachtain, Ryan, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Breyer, Buitenweg, Frassoni, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Joan i Marí, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Özdemir, Onesta, Romeva i Rueda, Rühle, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Staes, Ždanoka

En contra: 23

GUE/NGL: Pafilis, Pflüger, Strož, Toussas, Wagenknecht

IND/DEM: Booth, Wise

NI: Czarnecki Ryszard, Giertych, Wojciechowski Bernard Piotr

PPE-DE: Mitchell, Pleštinská, Surján, Zaleski

PSE: Cercas

UEN: Bielan, Foltyn-Kubicka, Janowski, Kuźmiuk, Libicki, Podkański, Roszkowski, Szymański

Abstención: 67

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Catania, de Brún, Gabriele, Guidoni, Kaufmann, Liotard, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Goudin, Karatzaferis, Krupa, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Borghezio, Claeys, Dillen, Martinez, Mölzer, Piskorski, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Bushill-Matthews, Casini, Cederschiöld, Chichester, Dover, Eurlings, Fajmon, Fjellner, Gomolka, Hökmark, Ibrisagic, Kamall, Koch, Liese, Lulling, Maat, Martens, Nicholson, Panayotopoulos-Cassiotou, Parish, Purvis, Škottová, Sonik, Sturdy, Tannock, Ulmer, Vlasák, Weber Manfred, Weisgerber

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Pleštinská


TEXTOS APROBADOS

 

P6_TA(2006)0229

Registros de empresas utilizados con fines estadísticos ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo que establece un marco común para los registros de empresas utilizados con fines estadísticos y deroga el Reglamento (CEE) no 2186/93 del Consejo (COM(2005) 0112 — C6-0089/2005 — 2005/0032(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2005) 0112) (1),

Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el apartado 1 del artículo 285 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0089/2005),

Visto el artículo 51 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A6-0177/2006),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

3.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TC1-COD(2005)0032

Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 1 de junio de 2006 con vistas a la adopción del Reglamento (CE) no .../2006 del Parlamento Europeo y del Consejo que establece un marco común para los registros de empresas utilizados con fines estadísticos y deroga el Reglamento (CEE) no 2186/93 del Consejo

(Texto pertinente a efectos del EEE)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 285, apartado 1,

Vista la propuesta de la Comisión,

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (1),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Reglamento (CEE) no 2186/93 del Consejo de 22 de julio de 1993 (2) estableció un marco común para la creación de registros de empresas utilizados con fines estadísticos, y armonizó las definiciones, las características, el ámbito de aplicación y los procedimientos de actualización. Para que los registros de empresas sigan desarrollándose en un marco armonizado, es necesario adoptar un nuevo Reglamento.

(2)

El Reglamento (CEE) no 696/93 del Consejo, de 15 de marzo de 1993, relativo a las unidades estadísticas de observación y de análisis del sistema de producción en la Comunidad (3) contiene las definiciones de las unidades estadísticas que es preciso utilizar. El mercado interior requiere una mejor comparabilidad de las estadísticas, a fin de responder a las necesidades comunitarias. Para conseguir dicha mejora, es preciso adoptar definiciones y descripciones comunes para las empresas y las demás unidades estadísticas pertinentes que es necesario abarcar.

(3)

El Reglamento (CE, Euratom) no 58/97 del Consejo, de 20 de diciembre de 1996, relativo a las estadísticas estructurales de las empresas (4) y el Reglamento (CE) no 1165/98 del Consejo, de 19 de mayo de 1998, sobre las estadísticas coyunturales (5) establecieron un marco común para la recogida, compilación, transmisión y evaluación de las estadísticas comunitarias relativas a la estructura, la actividad, la competitividad y los resultados de las empresas de la Comunidad. Los registros de empresas utilizables para fines estadísticos constituyen un elemento fundamental de dicho marco común, que permite organizar y coordinar las encuestas estadísticas mediante una armonización del marco de muestreo.

(4)

Los registros de empresas constituyen uno de los elementos que permiten conciliar las exigencias antagónicas de mayor información sobre las empresas, por una parte, y de aligeramiento de sus obligaciones administrativas, por otra, utilizando en particular los datos existentes en registros administrativos o jurídicos, especialmente en el caso de las microempresas y las pequeñas y medianas empresas, tal como se definen en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003 (6).

(5)

El Reglamento (CE) no 322/97 del Consejo, de 17 de febrero de 1997, sobre la estadística comunitaria (7) estableció un marco legislativo para la creación de un programa estadístico comunitario y estableció un marco común para el secreto estadístico.

(6)

Las normas específicas para el tratamiento de datos en la ejecución del programa estadístico comunitario no afectan a la Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (8).

(7)

Los registros de empresas con fines estadísticos constituyen también la fuente principal de información sobre la demografía de las empresas, al permitir un seguimiento de la creación y del cierre de empresas, así como de las modificaciones estructurales de la economía por concentración o desconcentración resultantes de operaciones como fusiones, absorciones, disoluciones, escisiones o reestructuraciones de empresas.

(8)

Los registros de empresas proporcionan la información básica requerida para satisfacer el gran interés político por el desarrollo rural, no sólo en lo que se refiere a la agricultura sino también a su creciente combinación con otras actividades no incluidas en las estadísticas agrícolas basadas en la producción.

(9)

Las empresas públicas desempeñan un importante papel en la economía nacional de los Estados miembros. La Directiva 80/723/CEE de la Comisión, de 25 de junio de 1980, relativa a la transparencia de las relaciones financieras entre los Estados miembros y las empresas públicas (9), se aplica a determinados tipos de empresas públicas. En consecuencia, conviene que en los registros de empresas se identifiquen las empresas y sociedades públicas, lo que puede conseguirse mediante la clasificación del sector institucional.

(10)

Es necesario conocer las relaciones de control entre unidades jurídicas para la definición de los grupos de empresas, la correcta delimitación de cada empresa, la distinción de unidades complejas y de gran dimensión, y para el estudio del nivel de concentración de determinados mercados. La información sobre los grupos de empresas mejora la calidad de los registros de empresas y puede utilizarse para reducir el riesgo de divulgación de datos confidenciales. A menudo, determinados datos financieros son más significativos a nivel de grupo o subgrupo empresarial que a nivel de empresa individual, y pueden estar únicamente disponibles a nivel de grupo o subgrupo. Los registros de datos de grupos de empresas permiten, si es necesario, realizar encuestas directamente al grupo, en vez de a sus empresas constitutivas, lo que puede aligerar significativamente la carga de respuesta. Para registrar los grupos de empresas, es imprescindible una mayor armonización de los registros de empresas.

(11)

La globalización creciente de la economía representa un desafío para la producción actual de diversas estadísticas. Gracias al registro de los datos de grupos multinacionales de empresas, los registros de empresas constituyen una herramienta básica para mejorar muchas estadísticas sobre globalización: comercio internacional de bienes y servicios, la balanza de pagos, inversiones extranjeras directas, filiales extranjeras, investigación, desarrollo e innovación, y mercado laboral internacional. La mayoría de dichas estadísticas abarca el conjunto de la economía, lo que exige que los registros de empresas cubran todos los sectores de la misma.

(12)

Con arreglo al artículo 3, apartado 2, del Reglamento (Euratom, CEE) no 1588/90 del Consejo, de 11 de junio de 1990, relativo a la transmisión a la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas de las informaciones amparadas por el secreto estadístico (10), las disposiciones nacionales relativas al secreto estadístico no pueden ser invocadas contra la transmisión de datos estadísticos confidenciales a la autoridad comunitaria (Eurostat) cuando un acto jurídico comunitario prevea la transmisión de dichos datos.

(13)

Para garantizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Reglamento, los institutos nacionales responsables de la recogida de datos en los Estados miembros pueden necesitar acceder a fuentes de datos administrativos, como por ejemplo registros de las autoridades fiscales y de la seguridad social, bancos centrales, otras instituciones públicas y otras bases de datos que contengan información sobre operaciones y posiciones transfronterizas, si dichos datos son necesarios para elaborar estadísticas comunitarias.

(14)

El Reglamento (CE) no 184/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de enero de 2005, relativo a las estadísticas comunitarias sobre balanza de pagos, comercio internacional de servicios e inversiones extranjeras directas (11) ha establecido un marco común para la elaboración, transmisión y evaluación de estadísticas comunitarias relevantes.

(15)

Procede aprobar las medidas necesarias para la ejecución del presente Reglamento con arreglo a la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de aplicación atribuidas a la Comisión (12).

(16)

Por consiguiente, procede derogar el Reglamento (CEE) no 2186/93.

(17)

Se ha consultado al Comité del programa estadístico establecido por la Decisión 89/382/CEE, Euratom del Consejo (13).

HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Objetivo

El presente Reglamento establece un marco común para los registros de empresas utilizados con fines estadísticos en la Comunidad.

Los Estados miembros crearán uno o más ficheros armonizados para fines estadísticos, que servirán como herramienta de preparación y coordinación de encuestas, como fuente de información para el análisis estadístico de la población de empresas y de su demografía, para la utilización de datos administrativos y para la detección y construcción de unidades estadísticas.

Artículo 2

Definiciones

A efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

a)

«unidad jurídica,»«empresa», «unidad local» y «grupo de empresas» los términos definidos en el anexo del Reglamento (CEE) no 696/93;

b)

«autoridades nacionales» el término definido en el artículo 2 del Reglamento (CE) no 322/97;

c)

«fines estadísticos» el término definido en el artículo 2, apartado 4, del Reglamento (CEE) no 1588/90;

d)

«grupo multinacional de empresas»: un grupo de empresas que tiene como mínimo dos empresas o unidades jurídicas ubicadas en países diferentes;

e)

«grupo de empresas truncado»: las empresas y unidades jurídicas de un grupo multinacional de empresas residentes en el mismo país. Puede incluir sólo una unidad, si las demás unidades no son residentes. Una empresa puede ser el grupo de empresas truncado o parte del mismo.

Artículo 3

Ámbito de aplicación

1.   Conforme a las definiciones del artículo 2 y a las restricciones previstas en el presente artículo, se registrarán:

a)

todas las empresas que ejerzan una actividad económica que contribuye al producto interior bruto (PIB) y sus unidades locales,

b)

las unidades jurídicas que constituyen dichas empresas,

c)

los grupos de empresas truncados y los grupos multinacionales de empresas,

d)

los grupos de empresas totalmente residentes.

2.   No obstante, el requisito establecido en el apartado 1 no se aplicará a los hogares si los bienes y servicios que producen se destinan al autoconsumo o están relacionados con el arrendamiento de bienes inmobiliarios propios.

3.   Las unidades locales que no tengan personalidad jurídica independiente (sucursales), dependan de empresas extranjeras y estén clasificadas como cuasisociedades de acuerdo con el Sistema Europeo de Cuentas 1995 establecido por el Reglamento (CE) no 2223/96 del Consejo de 25 de junio de 1996 relativo al sistema europeo de cuentas nacionales y regionales de la Comunidad (14), y con el Sistema de Contabilidad Nacional 1993 de Naciones Unidas, serán tratadas como empresas a efectos de los registros de empresas.

4.   Los grupos de empresas podrán determinarse a partir de las relaciones de control entre sus unidades jurídicas. Para delimitar los grupos de empresas se utilizará la definición de control del punto 2.26 del Anexo A del Reglamento (CE) no 2223/96.

5.   El presente Reglamento sólo se aplicará a las unidades que ejerzan total o parcialmente una actividad económica. Se considerará actividad económica cualquier actividad consistente en ofrecer bienes o servicios en un mercado determinado. Además, a efectos de los registros de empresas, se considerarán actividades económicas los servicios de no jurídicas mercado que contribuyan al PIB, así como la posesión directa o indirecta de unidades activas. Las unidades jurídicas económicamente inactivas sólo formarán parte de una empresa en combinación con unidades jurídicas económicamente activas.

6.   Se determinará de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 16, apartado 2, en qué medida deben incluirse en los registros las empresas con menos de media persona empleada y los grupos de empresas totalmente residentes que no ofrezcan interés estadístico para los Estados miembros, así como la definición de unidadescoherentes con las utilizadas para las estadísticas agrícolas.

Artículo 4

Fuentes de información

1.   Los Estados miembros podrán recoger la información requerida por el presente Reglamento utilizando cualquier fuente que consideren relevante, siempre que cumpla las condiciones de calidad exigidas en el artículo 6. Dentro de su ámbito de competencia, las autoridades nacionales estarán autorizadas a recoger, con fines estadísticos, la información cubierta por el presente Reglamento incluida en registros administrativos o jurídicos.

2.   Si no puede conseguirse la información necesaria a un coste razonable, las autoridades nacionales podrán utilizar procedimientos de estimación estadística, siempre que respeten el nivel de precisión y calidad.

Artículo 5

Características de los registros

Las unidades incluidas en los registros tendrán el número de identificación y la información descriptiva que se especifica en el anexo.

La relación de características se actualizará y las características y normas de continuidad se definirán de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 16, apartado 2.

Artículo 6

Normas de calidad e informes

1.   Los Estados miembros adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar la calidad de los registros de empresas.

2.   Los Estados miembros facilitarán a la Comisión (Eurostat), a petición de ésta, un informe sobre la calidad de los registros de empresas (en adelante, «informes de calidad»).

3.   Se especificarán las normas de calidad comunes, así como el contenido y la periodicidad de los informes de calidad, de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 16, apartado 2, y teniendo en cuenta el coste de recogida de los datos.

4.   Los Estados miembros comunicarán a la Comisión (Eurostat) las principales modificaciones metodológicas, así como otras modificaciones susceptibles de influir en la calidad de los registros de empresas, en cuanto éstas sean conocidas y, a más tardar, seis meses después de la entrada en vigor de cualquier modificación de este tipo.

5.   La Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la aplicación del presente Reglamento, en el que abordará, en particular, el coste del sistema estadístico, la carga para las empresas y los beneficios del mismo.

Artículo 7

Manual de recomendaciones

La Comisión publicará un manual de recomendaciones para los registros de empresas, que se actualizará en estrecha colaboración con los Estados miembros.

Artículo 8

Calendario y periodicidad

1.   Las altas y bajas de los registros se actualizarán, como mínimo, una vez al año.

2.   La frecuencia de actualización dependerá del tipo de unidad, la variable considerada, la dimensión de la unidad y la fuente utilizada generalmente para la actualización.

3.   Las normas de actualización se adoptarán de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 16, apartado 2.

4.   Los Estados miembros elaborarán anualmente una copia que refleje la situación de los registros a final de año, que conservarán, a efectos de análisis, durante 30 años como mínimo.

Artículo 9

Transmisión de informes

1.   Los Estados miembros realizarán análisis estadísticos de los registros y transmitirán la información a la Comisión (Eurostat) con arreglo al formato y al procedimiento definidos por la Comisión de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 16, apartado 2.

2.   Los Estados miembros facilitarán a la Comisión (Eurostat), a petición de ésta, cualquier información pertinente relativa a la aplicación del presente Reglamento en los Estados miembros.

Artículo 10

Intercambio de datos confidenciales entre los Estados miembros

El intercambio de datos confidenciales podrá tener lugar exclusivamente con fines estadísticos entre las autoridades nacionales apropiadas de los diferentes Estados miembros, con arreglo a las legislaciones nacionales, cuando dicho intercambio sea para garantizar la calidad de la información sobre grupos multinacionales de empresas en la Unión Europea. Los bancos centrales nacionales podrán participar en dicho intercambio con arreglo a las legislaciones nacionales.

Artículo 11

Intercambio de datos confidenciales entre la Comisión (Eurostat) y los Estados miembros

1.   Las autoridades nacionales transmitirán información sobre grupos multinacionales de empresas y sus unidades constitutivas, con arreglo a las definiciones del anexo, a fin de proporcionar a la Comisión (Eurostat), exclusivamente con fines estadísticos, información sobre grupos multinacionales en la Unión Europea.

2.   Para garantizar un registro coherente de datos exclusivamente con fines estadísticos, la Comisión (Eurostat) trasmitirá a las autoridades nacionales apropiadas de cada Estado miembro información sobre un determinado grupo multinacional de empresas, incluidas sus unidades constitutivas, cuando al menos una unidad jurídica de dicho grupo esté ubicada en el territorio de dicho Estado miembro.

3.   Con el fin de garantizar que los datos transmitidos en virtud del presente artículo se utilicen exclusivamente con fines estadísticos, el propósito, el ámbito, el formato, las medidas de seguridad y confidencialidad y el procedimiento de transmisión de datos sobre unidades individuales a la Comisión (Eurostat) y de información sobre los grupos multinacionales de empresas a las autoridades nacionales apropiadas se adoptarán de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 16, apartado 2.

Artículo 12

Intercambio de datos confidenciales entre la Comisión (Eurostat) y los bancos centrales nacionales

1.   A efectos del presente Reglamento, el intercambio de datos confidenciales deberá efectuarse exclusivamente con fines estadísticos, entre la Comisión (Eurostat) y los bancos centrales nacionales, y entre la Comisión (Eurostat) y el Banco Central Europeo, cuando el objeto del intercambio sea garantizar la calidad de la información de los grupos multinacionales de empresas en la Unión Europea, y cuando el intercambio esté autorizado explícitamente por la autoridad nacional apropiada.

2.   Con el fin de garantizar que los datos transmitidos en virtud del presente artículo se utilizan exclusivamente con fines estadísticos, el propósito, el ámbito, el formato, las medidas de seguridad y confidencialidad y el procedimiento de transmisión de datos sobre los grupos multinacionales de empresas a los bancos centrales y al Banco Central Europeo se adoptarán de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 16, apartado 2.

Artículo 13

Confidencialidad y acceso a datos identificables

1.   Cuando la Comisión (Eurostat), las autoridades nacionales, los bancos centrales nacionales y el Banco Central Europeo reciban datos confidenciales, con arreglo a los artículos 10, 11 y 12, tratarán esta información confidencialmente, de conformidad con el Reglamento (CE) no 322/97.

2.   A efectos del presente Reglamento y no obstante lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (CE) no 322/97, la transmisión de datos confidenciales entre autoridades nacionales y la Comisión (Eurostat) podrá tener lugar en la medida en que ello sea necesario para la producción de estadísticas comunitarias específicas. Toda transmisión de otro tipo deberá estar explícitamente autorizada por las autoridades nacionales responsables de la recogida de datos...

Artículo 14

Período transitorio y excepciones

Si los registros de empresas requieren adaptaciones importantes, la Comisión podrá conceder excepciones, a petición de los Estados miembros, durante un período transitorio que finalizará el 31 de diciembre de 2008.

Para la agricultura, silvicultura y pesca, la administración pública y defensa, y la seguridad social obligatoria, así como para las características adicionales relativas a los grupos de empresas, la Comisión podrá conceder excepciones a solicitud de Estados miembros concretos por un período transitorio que no exceda de cinco años.

Artículo 15

Medidas de aplicación

Las medidas de aplicación del presente Reglamento se fijarán de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 16, apartado 2. Tales medidas tendrán por objeto:

a)

la cobertura de las empresas más pequeñas y los grupos totalmente residentes, de conformidad con lo establecido en el artículo 3, apartado 6;

b)

la transmisión de informes de calidad, de conformidad con lo establecido en los artículos 6 y 9;

c)

las normas de actualización de los registros, de conformidad con lo establecido en el artículo 8, apartado 3;

d)

la transmisión de datos sobre unidades individuales de grupos multinacionales de empresas entre la Comisión (Eurostat) y los Estados miembros, de conformidad con lo establecido en el artículo 11;

e)

la transmisión de datos sobre grupos multinacionales de empresas entre la Comisión (Eurostat) y los bancos centrales, de conformidad con lo establecido en el artículo 12; y

f)

la actualización de la relación de características de los registros del anexo, así como sus definiciones y normas de continuidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 5, siempre que se tengan en cuenta el principio de que los beneficios de la actualización deben superar su coste y el principio de que los recursos adicionales que exigen de los Estados miembros o de las empresas sigan siendo razonables.

Artículo 16

Comité

1.   La Comisión estará asistida por el Comité del programa estadístico.

2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 5 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8.

El plazo contemplado en el artículo 5, apartado 6, de la Decisión 1999/468/CE será de tres meses.

3.   El Comité aprobará su reglamento interno.

Artículo 17

Derogación

Queda derogado el Reglamento (CEE) no 2186/93.

Las referencias al Reglamento derogado se entenderán hechas al presente Reglamento.

Artículo 18

Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Se aplicará a partir del 1 de enero de 2007.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  Posición del Parlamento Europeo de 1 de junio de 2006.

(2)  DO L 196 de 5.8.1993, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 1882/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 284 de 31.10.2003, p. 1).

(3)  DO L 76 de 30.3.1993, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1882/2003.

(4)  DO L 14 de 17.1.1997, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1882/2003.

(5)  DO L 162 de 5.6.1998, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1158/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 191 de 22.7.2005, p. 1).

(6)  DO L 124 de 20.5.2003, p. 36.

(7)  DO L 52 de 22.2.1997, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 1882/2003.

(8)  DO L 281 de 23.11.1995, p. 31. Directiva modificada por el Reglamento (CE) no 1882/2003.

(9)  DO L 195 de 29.7.1980, p. 35. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 2005/81/CE (DO L 312 de 29.11.2005, p. 47).

(10)  DO L 151 de 15.6.1990, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1882/2003.

(11)  DO L 35 de 8.2.2005, p. 23. Reglamento modificado por el Reglamento (CE) no 602/2006 de la Comisión (DO L 106 de 19.4.2006, p. 10).

(12)  DO L 184 de 17.7.1999, p. 23. Decisión modificada por la Decisión 2006/512/CE (DO L 200 de 22.7.2006, p. 11).

(13)  DO L 181 de 28.6.1989, p. 47.

(14)  DO L 310 de 30.11.1996, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1267/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 180 de 18.7.2003, p. 1).

ANEXO

Los registros de empresas incluirán la siguiente información por unidad. No será necesario conservar separadamente la información de cada unidad si puede obtenerse a partir de otra unidad o unidades.

Los puntos que no llevan ninguna indicación son obligatorios, los que llevan la indicación «condicional» son obligatorios si los Estados miembros disponen de ellos y los que llevan la indicación «facultativo» son aconsejados.

1. UNIDAD JURÍDICA

CARACTERÍSTICAS IDENTIFICATIVAS

1.1

 

Número de identificación

1.2a

 

Nombre

1.2b

 

Dirección (incluido código postal), al nivel más detallado

1.2c

Facultativo

Número de teléfono y fax, dirección de correo electrónico e información que permita la recogida electrónica de datos

1.3

 

Número de registro del impuesto sobre el valor añadido (IVA) o, en su defecto, otro número de identificación administrativa

CARACTERÍSTICAS DEMOGRÁFICAS

1.4

 

Fecha de constitución (para las personas jurídicas) o fecha de reconocimiento administrativo como operador económico (para las personas físicas)

1.5

 

Fecha en la que la unidad jurídica deja de formar parte de una empresa (según se identifica en el punto 3.3)

CARACTERÍSTICAS ECONÓMICAS/DE ESTRATIFICACIÓN

1.6

 

Forma jurídica

RELACIÓN CON OTROS REGISTROS

 

 

Referencia a otros ficheros conexos que contengan datos utilizables con fines estadísticos y en los que figure la unidad jurídica de que se trate

1.7a

 

Referencia al registro de los operadores intracomunitarios establecido con arreglo al Reglamento (CE) no 638/2004 (1), y referencia a registros aduaneros o al registro de operadores extracomunitarios

1.7b

Facultativo

Referencias al balance (para las unidades que deben publicar sus cuentas), al registro de la balanza de pagos o de inversiones extranjeras directas, así como al registro de explotaciones agrícolas

Características adicionales para las unidades jurídicas que formen parte de empresas que pertenezcan a un grupo de empresas:

RELACIÓN CON EL GRUPO DE EMPRESAS

1.8

 

Número de identificación del grupo de empresas totalmente residente/truncado (4.1) al que pertenece la unidad

1.9

 

Fecha de asociación al grupo totalmente residente/ truncado

1.10

 

Fecha de separación del grupo totalmente residente/ truncado

CONTROL DE LAS UNIDADES

 

 

Las relaciones de control de residentes pueden registrarse de arriba hacia abajo (1.11a) o de abajo hacia arriba (1.11b). Sólo debe registrarse, para cada unidad, el primer nivel de control, directo o indirecto (el conjunto de la cadena de control puede obtenerse por combinación de los mismos)

1.11a

 

Número(s) de identificación de la(s) unidad(es) jurídica (s) residente(s) controlada(s) por la unidad jurídica

1.11b

 

Número de identificación de la unidad jurídica residente que controla a la unidad jurídica

1.12a

 

País(es) de registro, y número(s) de identificación o nombre(s) y dirección o direcciones de la(s) unidad(es) jurídica(s) no residente(s) controlada(s) por la unidad jurídica

1.12b

Condicional

Número(s) de IVA de la(s) unidad(es) jurídica(s) no residente(s) controlada(s) por la unidad jurídica

1.13a

 

País de registro, y número de identificación o nombre y dirección de la unidad jurídica no residente que controla a la unidad jurídica

1.13b

Condicional

Número de IVA de la unidad jurídica no residente que controla a la unidad jurídica

PROPIEDAD DE LAS UNIDADES

 

Condicional

Las propiedades de residentes pueden registrarse de arriba hacia abajo (1.14a) o de abajo hacia arriba (1.14b).

El registro de la información y de los umbrales utilizados para la participación está condicionado a que dicha información esté disponible en las fuentes administrativas. El umbral recomendado es del 10 % o más de propiedad directa.

1.14a

Condicional

a)

Número(s) de identificación, y

b)

participación (%) de la(s) unidad(es) jurídica(s) residente( s) que son propiedad de la unidad jurídica

1.14b

Condicional

a)

Número(s) de identificación, y

b)

participación (%) de la(s) unidad(es) jurídica(s) residente(s) que posee(n) la unidad jurídica

1.15

Condicional

a)

País(es) de registro, y

b)

número(s) de identificación o nombre(s), dirección o direcciones y número(s) de IVA, y

c)

participación (%) de la(s) unidad(es) jurídica(s) no residente(s) propiedad de la unidad jurídica

1.16

Condicional

a)

País(es) de registro, y

b)

número(s) de identificación o nombre(s), dirección o direcciones y número(s) de IVA, y

c)

participación (%) de la(s) unidad(es) jurídica(s) no residente(s) que posee(n) la unidad jurídica

2. UNIDAD LOCAL

CARACTERÍSTICAS IDENTIFICATIVAS

2.1

 

Número de identificación

2.2a

 

Nombre

2.2b

 

Dirección (incluido código postal), al nivel más detallado

2.2c

Facultativo

Número de teléfono y fax, dirección de correo electrónico e información que permita la recogida electrónica de datos

2.3

 

Número de identificación de la empresa (3.1) a la que pertenece la unidad

CARACTERÍSTICAS DEMOGRÁFICAS

2.4

 

Fecha de inicio de las actividades

2.5

 

Fecha de cese definitivo de las actividades

CARACTERÍSTICAS ECONÓMICAS/DE ESTRATIFICACIÓN

2.6

 

Actividad principal (código de cuatro dígitos de la NACE)

2.7

Condicional

Actividades secundarias, si procede (código de cuatro dígitos de la NACE); este punto sólo afecta a las unidades locales objeto de encuestas

2.8

Facultativo

Indicación de si la actividad realizada en la unidad local es una actividad auxiliar de la empresa de la que depende (sí/no).

2.9

 

Número de personas ocupadas

2.10a

 

Número de asalariados

2.10b

Facultativo

Número total de asalariados en unidades a tiempo completo

2.11

 

Código de situación geográfica

RELACIÓN CON OTROS REGISTROS

2.12

Condicional

Referencia a otros ficheros conexos que contengan datos utilizables con fines estadísticos y en los que figure la unidad local (si dichos ficheros conexos existen)

3. EMPRESA

CARACTERÍSTICAS IDENTIFICATIVAS

3.1

 

Número de identificación

3.2a

 

Nombre

3.2b

Facultativo

Direcciones postal y de correo electrónico, y página web

3.3

 

Número(s) de identificación de la(s) unidad(es) jurídica (s) que compone(n) la empresa

CARACTERÍSTICAS DEMOGRÁFICAS

3.4

 

Fecha de inicio de las actividades

3.5

 

Fecha de cese definitivo de las actividades

CARACTERÍSTICAS ECONÓMICAS/DE ESTRATIFICACIÓN

3.6

 

Actividad principal (código de cuatro dígitos de la NACE)

3.7

Condicional

Actividades secundarias, si procede (código de cuatro dígitos de la NACE); este punto sólo afecta a las empresas objeto de encuestas

3.8

 

Número de personas ocupadas

3.9a

 

Número de asalariados

3.9b

Facultativo

Número total de asalariados en unidades a tiempo completo

3.10a

 

Volumen de negocios, salvo lo establecido en el punto 3.10b.

3.10b

Facultativo

Volumen de negocios: con respecto a la agricultura, la caza y la silvicultura, la pesca y la administración pública y la defensa, seguridad social obligatoria, hogares privados con personas ocupadas y organizaciones extraterritoriales

3.11

 

Sector y subsector institucional, con arreglo al Sistema Europeo de Cuentas

Características adicionales para las empresas que pertenezcan a un grupo de empresas:

RELACIÓN CON EL GRUPO DE EMPRESAS

3.12

Número de identificación del grupo de empresas totalmente residente/truncado (4.1) al que pertenece la empresa


4. GRUPO DE EMPRESAS

CARACTERÍSTICAS IDENTIFICATIVAS

4.1

 

Número de identificación del grupo totalmente residente/truncado

4.2a

 

Nombre del grupo totalmente residente/truncado

4.2b

Facultativo

Direcciones postal y de correo electrónico, y página web de la sede del grupo totalmente residente/truncado

4.3

Parcialmente facultativo

Número de identificación de la «cabeza del grupo» totalmente residente/truncado (es decir, número de identificación de la unidad jurídica que constituye la «cabeza del grupo» totalmente residente)

Condicional si la unidad que controla es una persona física que no es operador económico, el registro está condicionado a que dicha información esté disponible en las fuentes administrativas

4.4

 

Tipo de grupo de empresas:

1.

grupo totalmente residente;

2.

grupo truncado bajo control local;

3.

grupo truncado bajo control extranjero.

CARACTERÍSTICAS DEMOGRÁFICAS

4.5

 

Fecha de creación del grupo de empresas totalmente residente/truncado

4.6

 

Fecha de cese del grupo de empresas totalmente residente/truncado

CARACTERÍSTICAS ECONÓMICAS/DE ESTRATIFICACIÓN

4.7

 

Actividad principal del grupo residente/truncado (código de dos dígitos de la NACE)

4.8

Facultativo

Actividades secundarias del grupo totalmente residente/truncado (código de dos dígitos de la NACE)

4.9

 

Número de personas ocupadas del grupo totalmente residente/truncado

4.10

Facultativo

Volumen de negocios consolidado

Características adicionales de los grupos multinacionales de empresas (tipos 2 y 3 del punto 4.4):

El registro de las variables 4.11 y 4.12a tiene carácter facultativo hasta que se hayan establecido las modalidades de la transmisión de información sobre grupos multinacionales, conforme a lo establecido en el artículo 11.

CARACTERÍSTICAS IDENTIFICATIVAS

4.11

 

Número de identificación del grupo mundial

4.12a

 

Nombre del grupo mundial

4.12b

Facultativo

País de registro, direcciones postal y de correo electrónico, y página web de la sede del grupo mundial

4.13a

 

Número de identificación de la «cabeza del grupo» mundial, si la «cabeza del grupo» es residente (es decir, número de identificación de la unidad jurídica que constituye la «cabeza del grupo»)

Si la «cabeza del grupo» mundial no es residente, su país de registro.

4.13b

Facultativo

Número de identificación de la «cabeza del grupo» mundial o su nombre y dirección, si no es residente

CARACTERÍSTICAS ECONÓMICAS/DE ESTRATIFICACIÓN

4.14

Facultativo

Número de personas ocupadas en todo el mundo

4.15

Facultativo

Volumen mundial de negocios consolidado

4.16

Facultativo

País donde se adoptan las decisiones para todo el mundo

4.17

Facultativo

Países en los que se ubican las empresas o unidades locales


(1)  Reglamento (CE) no 638/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre las estadísticas comunitarias de intercambios de bienes entre Estados miembros (DO L 102 de 7.4.2004, p. 1).

P6_TA(2006)0230

Programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un Programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013) (COM(2005) 0121 — C6-0098/2005 — 2005/0050(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2005) 0121) (1),

Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el artículo 156, el apartado 3 del artículo 157 y el apartado 1 del artículo 175 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0098/2005),

Visto el artículo 51 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor, de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios y de la Comisión de Presupuestos (A6-0180/2006),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

3.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TC1-COD(2005)0050

Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 1 de junio de 2006 con vistas a la adopción de la Decisión no .../2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un Programa marco para la innovación y la competitividad (2007 2013)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 156, su artículo 157, apartado 3, y su artículo 175, apartado 1,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

Visto el dictamen del Comité de las Regiones (2),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (3),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Consejo Europeo de Lisboa de los días 23 y 24 de marzo de 2000 se fijó como objetivo hacer de la Unión Europea la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo. Puso de relieve igualmente la importancia de crear un clima favorable para las PYME, y señaló que era importante difundir las mejores prácticas y garantizar una mayor convergencia entre los Estados miembros. El Consejo Europeo de Gotemburgo de los días 15 y 16 de junio de 2001 definió la estrategia de la Unión para el desarrollo sostenible a fin de garantizar que el crecimiento económico, la inclusión social y la protección del medio ambiente avanzaran a la par. Los modelos de producción de las empresas desempeñan un papel importante en el desarrollo sostenible.

(2)

Para contribuir al aumento de la competitividad y la capacidad de innovación en la Comunidad, al avance de la sociedad del conocimiento y a un desarrollo sostenible basado en un crecimiento económico equilibrado, debe crearse un Programa marco para la innovación y la competitividad (en adelante denominado «el Programa marco»).

(3)

Ello se halla en consonancia con la Comunicación de la Comisión de 2 de febrero de 2005 al Consejo Europeo de primavera titulada «Trabajando juntos por el crecimiento y el empleo — Relanzamiento de la estrategia de Lisboa», que pide medidas que fomenten el crecimiento y la competitividad y que hagan de Europa un lugar más atractivo donde invertir y trabajar, recordando que debe impulsarse la iniciativa empresarial, que deberá atraerse suficiente capital riesgo para la puesta en marcha de las empresas y para mantener una sólida base industrial europea, al tiempo que se fomentan la innovación y, especialmente, la innovación ecológica, la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), y la utilización sostenible de los recursos. Mientras que la competitividad se debe en gran medida a empresas dinámicas que funcionan en mercados abiertos y competitivos, que cuentan con el apoyo de un entorno adecuado y, especialmente, de un marco reglamentario que fomenta la innovación, la financiación comunitaria tiene un papel que desempeñar impulsando las ayudas y proporcionando la financiación complementaria para abordar las deficiencias del mercado.

(4)

La Carta Europea de la Pequeña Empresa, (en adelante denominada «la Carta») respaldada por el Consejo Europeo de Santa Maria de Feira de los días 19 y 20 de junio de 2000, describe a las pequeñas empresas como «la columna vertebral de la economía europea». La naturaleza, los requisitos y las expectativas específicos de las pequeñas empresas y de las empresas artesanales deben tenerse en cuenta más efectivamente en las políticas nacionales y europeas. Las medidas comunitarias de fomento de las PYME tales como la Comunicación de la Comisión de 10 de noviembre de 2005 titulada «Implementación del programa comunitario de Lisboa — Una política moderna de la PYME para el crecimiento y el empleo» deben tener en cuenta los objetivos de la Carta, y el Programa marco debe emplearse como forma de progresar hacia los objetivos que ésta fija.

(5)

El Programa marco debe estar destinado especialmente a las PYME, tal como se definen en la Recomendación 2003/361/CE de la Comisión, de 6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (4). Debe prestar especial atención a las características y las necesidades específicas de las empresas innovadoras de alto crecimiento (las denominadas «gacelas»), así como de las microempresas, las empresas artesanales y los grupos específicos, entre los que se encuentran las mujeres empresarias.

(6)

El Programa marco debe reunir las medidas comunitarias específicas en el ámbito de la iniciativa empresarial, las PYME, la competitividad industrial, las tecnologías de la información y la comunicación (TIC), las tecnologías medioambientales y la energía inteligente, que, hasta el momento, han estado reguladas por la Decisión 96/413/CE del Consejo, de 25 de junio de 1996, relativa a la aplicación de un programa de medidas comunitarias de apoyo a la competitividad de la industria europea (5), la Decisión no 1336/97/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de junio de 1997, relativa a un conjunto de orientaciones para las redes transeuropeas de telecomunicaciones (6), el Reglamento (CE) no 1655/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, relativo al instrumento financiero para el medio ambiente (LIFE) (7), la Decisión 2000/819/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2000, relativa al programa plurianual en favor de la empresa y el espíritu empresarial, en particular para las pequeñas y medianas empresas (PYME), (2001-2005) (8), la Decisión 2001/48/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 2000, por la que se adopta un programa plurianual comunitario de estímulo al desarrollo y el uso de contenidos digitales europeos en las redes mundiales y fomento de la diversidad lingüística en la sociedad de la información (9), la Decisión no 1230/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, por la que se adopta un programa plurianual de acciones en el ámbito de la energía: «Energía inteligente — Europa» (2003-2006). (10) y la Decisión no 2256/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, por la que se adopta un programa plurianual (2003-2005) para el seguimiento del plan de acción eEuropa 2005, la difusión de las buenas prácticas y la mejora de la seguridad de las redes y la información (Modinis). (11)

(7)

El Programa marco debe establecer una serie de objetivos comunes, la dotación presupuestaria total para conseguir estos objetivos, diversos tipos de medidas de ejecución y las disposiciones para la supervisión y evaluación, y para la protección de los intereses financieros de las Comunidades.

(8)

En consonancia con la Comunicación de la Comisión de 11 de marzo de 2003 titulada «Política de innovación: actualizar el enfoque de la Unión en el contexto de la estrategia de Lisboa» y a la luz del Manual de Oslo de la OCDE, se entiende por innovación la renovación y la ampliación de la gama de productos y servicios, así como de sus mercados asociados; la instauración de nuevos métodos de diseño, producción, suministro y distribución; la introducción de cambios en la gestión, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo y las calificaciones de los trabajadores; y comprende la innovación tecnológica, no tecnológica y organizativa.

(9)

El Programa marco debe excluir las actividades de investigación y desarrollo tecnológicos efectuadas de conformidad con el artículo 166 del Tratado. Debe ser complementario del Séptimo Programa marco de la Comunidad Europea para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración (2007-2013) establecido en la Decisión no .../2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de... (en adelante denominado el Séptimo Programa Marco de IDT) ocupándose de la innovación, tanto no tecnológica como tecnológica, que ha superado la fase final de demostración y está lista para la aplicación comercial (ensayo de las innovaciones con vistas a su aplicación en los mercados). Debe garantizarse que no se produce una brecha en la financiación entre el desarrollo de la investigación y su aplicación (actividades de transferencia de tecnología, incluida la fase de prelanzamiento). Por consiguiente, la financiación de la transferencia de los resultados de la investigación a la comercialización es una labor que debe realizarse en estrecha coordinación con el Séptimo Programa Marco de IDT y con otros programas de investigación pertinentes.

(10)

El Programa marco debe abarcar igualmente la aplicación comercial de tecnologías existentes que vayan a utilizarse de una nueva manera que constituya una innovación. En determinadas circunstancias, ciertos proyectos piloto de demostración tecnológica entrarán en el ámbito de ambos programas, es decir, en el Programa marco y en el Séptimo Programa Marco de IDT. Esto sólo ocurrirá cuando determinadas soluciones tecnológicas (por ejemplo, normas técnicas en el campo de las TIC) deban validarse durante la fase de aplicación comercial de una tecnología que, por lo demás, esté ya demostrada.

(11)

El Programa marco debe complementar los Fondos Estructurales y otros programas comunitarios pertinentes, aunque reconociendo que cada instrumento debe funcionar según sus procedimientos específicos. De este modo, no se debe financiar dos veces los mismos costes subvencionables.

(12)

Los objetivos comunes del Programa marco deben ser realizados por programas específicos denominados «Programa para la iniciativa empresarial y la innovación», «Programa de apoyo a la política en materia de TIC» y «Programa Energía inteligente — Europa».

(13)

Deben tenerse en cuenta los principios de transparencia e igualdad de oportunidades para hombres y mujeres en todos los programas y actividades cubiertos por el Programa marco.

(14)

La presente Decisión establece para toda la duración del Programa marco una dotación financiera que, con arreglo al apartado 37 del Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (12), constituirá la referencia privilegiada para la Autoridad Presupuestaria durante el procedimiento presupuestario anual.

(15)

Debe preverse un presupuesto específico, con carácter orientativo, para cada programa concreto.

(16)

Para garantizar que la financiación se limite a abordar las deficiencias del mercado y con objeto de evitar las distorsiones del mismo, la financiación del Programa marco debe cumplir con las normas comunitarias relativas a las ayudas estatales y con las medidas de acompañamiento, así como con la definición comunitaria en vigor para las PYME.

(17)

El Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (en adelante denominado «el Acuerdo EEE») y los protocolos adicionales a los Acuerdos de asociación establecen la participación de los países correspondientes en los programas comunitarios. La participación de otros terceros países debe ser posible cuando los acuerdos y los procedimientos así lo permitan.

(18)

El Programa marco y los programas específicos deben ser supervisados y evaluados con regularidad para permitir reajustes. Siempre que sea posible, los informes de evaluación deben examinar la incorporación de las cuestiones de igualdad entre los sexos en las actuaciones del programa.

(19)

Deben adoptarse las medidas adecuadas para la prevención del fraude y de las irregularidades, así como las medidas necesarias para la recuperación de los fondos perdidos, indebidamente pagados o mal empleados, de conformidad con el Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (13), el Reglamento (Euratom, CE) no 2185/96 del Consejo, de 11 de noviembre de 1996, relativo a los controles y verificaciones in situ que realiza la Comisión para la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra los fraudes e irregularidades (14) y el Reglamento (CE) no 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) (15).

(20)

El crecimiento y la competitividad de las empresas en el sector industrial y el sector servicios dependen de la capacidad de éstas de adaptarse rápidamente a los cambios, aprovechar su potencial innovador y desarrollar productos de calidad. Este desafío afecta a empresas de todo tamaño, pero es especialmente crucial para las empresas más pequeñas. Por consiguiente, resulta apropiado establecer un programa específico denominado «Programa para la iniciativa empresarial y la innovación».

(21)

La Comunidad puede hacer de catalizador y ser la coordinadora de los esfuerzos de los Estados miembros. Podrá contribuir a sus logros y complementarlos, especialmente mediante la promoción del intercambio de experiencias y prácticas nacionales y regionales, la definición y difusión de mejores prácticas y de ideas innovadoras, y mediante su contribución a la disponibilidad de toda una amplia gama de servicios europeos de ayuda a la empresa y la innovación, especialmente para las PYME.

(22)

La Comunicación de la Comisión de 28 de enero de 2004 titulada: «Fomento de las tecnologías en pro del desarrollo sostenible — Plan de actuación a favor de las tecnologías ambientales en la Unión Europea», pide que los programas comunitarios apoyen el desarrollo y la incorporación de las tecnologías medioambientales, así como la movilización de los instrumentos financieros para compartir los riesgos de invertir en las mismas.

(23)

Para apoyar la creación de un mercado europeo de productos y servicios innovadores será necesario que los Estados miembros y la Comisión creen unas condiciones atractivas para los productos y servicios innovadores, incluso mediante un enfoque proactivo de la contratación pública que contribuya a crear mercados líderes, mejorando al mismo tiempo el acceso de las PYME y la calidad de los servicios públicos, y mediante una mejor regulación y mejores normas basadas en la anticipación de las necesidades. La Comisión debe ofrecer asesoramiento en materia de contratación pública favorable a la innovación.

(24)

En relación con la innovación tecnológica, debe fomentarse la participación de las PYME en los sectores de alta tecnología como el espacio y la seguridad, así como el desarrollo por parte de las mismas de aplicaciones que ofrece el sistema Galileo de posicionamiento por satélite.

(25)

Por innovación ecológica se entiende cualquier forma de innovación que persiga un avance significativo y demostrable respecto del objetivo del desarrollo sostenible, mediante la reducción de las repercusiones negativas sobre el medio ambiente o la consecución de un aprovechamiento más eficiente y responsable de los recursos naturales, entre ellos la energía. La innovación ecológica es un concepto progresivo y el Programa marco debe, por lo tanto, ser capaz de responder a los cambios. El fomento de la innovación ecológica por medio del Programa marco debe tener como objetivo contribuir a la ejecución del Plan de actuación a favor de las tecnologías ambientales.

(26)

Teniendo en cuenta las intervenciones del programa de medio ambiente LIFE+, el Programa marco debe alentar la adopción de tecnologías medioambientales a través de proyectos piloto y de proyectos de aplicación comercial, salvando la brecha entre los buenos resultados de la demostración de tecnologías innovadoras y su adopción por el mercado, suprimiendo las barreras que impiden su penetración en el mercado, y fomentando los enfoques voluntarios en terrenos tales como la gestión medioambiental y la creación de redes de contacto entre los agentes pertinentes. Debe apoyar la innovación ecológica en las empresas a través de proyectos y de coinversión en fondos de capital riesgo, pero no debe financiar doblemente los costes que reciben financiación de LIFE+.

(27)

Los instrumentos financieros comunitarios de mercado para las PYME complementan y dan un impulso adicional a los planes financieros a escala nacional. Pueden servir en particular para incentivar la inversión privada para la creación de nuevas empresas innovadoras y para apoyar a las empresas con alto potencial de crecimiento en fase de expansión para compensar en parte la falta de capital propio. Pueden mejorar el acceso de las PYME existentes a la concesión de créditos para actividades que apoyen su potencial de competitividad y crecimiento.

(28)

El Fondo Europeo de Inversiones (FEI) es el órgano de la Comunidad especializado en proporcionar instrumentos de garantía y de capital riesgo para las PYME. Presta una atención especial al apoyo a las microfinanzas, así como a las finanzas en su fase temprana con arreglo a la demanda del mercado y a las mejores prácticas. Contribuye a la realización de los objetivos comunitarios, a saber, una sociedad basada en el conocimiento, la innovación, el crecimiento, el empleo y la promoción de la iniciativa empresarial. El FEI garantiza la continuidad requerida en la gestión de los programas comunitarios y ha acumulado una vasta experiencia en este ámbito. Evaluaciones independientes han juzgado por ello que se trata de una buena práctica confiar al FEI, en nombre de la Comisión, la gestión de los instrumentos financieros comunitarios para las PYME. El FEI dispone igualmente de las competencias técnicas necesarias para apoyar nuevas acciones, basadas en la asociación entre el sector público y privado, y puestas en marcha por los Estados miembros, que tienen por objeto atraer flujos de inversión de alto riesgo de los mercados de capitales en beneficio de pequeñas empresas innovadoras.

(29)

Los cambios inminentes del entorno financiero y las nuevas normas de contabilidad hacen que las instituciones financieras se muestren más reacias a asumir riesgos, conducen a una cultura de calificación crediticia y pueden dificultar la concesión de créditos a las PYME, al menos durante la fase de transición. El Programa para la iniciativa empresarial y la innovación debe por tanto responder a las necesidades de financiación cambiantes de las PYME, incluidas la necesidad de financiación de proximidad y su adaptación al nuevo entorno financiero, evitando las distorsiones de mercado. Además, las actividades deben contribuir a mejorar las capacidades de las instituciones financieras para evaluar el riesgo asociado a la innovación, con vistas a desarrollar métodos de clasificación en función de los riesgos tecnológicos y a mejorar la capacidad de las PYME para emplear mejor los instrumentos financieros que ofrecen los mercados.

(30)

Los servicios europeos de alta calidad de ayuda a la innovación y a las empresas desempeñan un papel importante a la hora de asegurar el acceso de las PYME a la información sobre el funcionamiento y las oportunidades del mercado interior de bienes y servicios, así como en la transferencia transnacional de innovación, conocimientos y tecnología. También desempeñan un papel crucial facilitando el acceso de las PYME a la información sobre la legislación comunitaria aplicada a ellas y sobre la legislación futura para así poder prepararse y adaptarse a ella de manera rentable. Se han obtenido una experiencia y unos conocimientos considerables a través de las redes europeas actualmente existentes de apoyo a las empresas, tales como los Euro Info Centros (EIC) y los Centros de Enlace para la Innovación (CEI). Evaluaciones externas han subrayado que debe reforzarse la transversalización en la concesión de servicios europeos de ayuda a las empresas, incluida la optimización de la cooperación entre los servicios existentes y los servicios de asistencia con el fin de crear una ventanilla única sobre la base de un compromiso para evitar la desorientación de los interesados. Esto afecta a la difusión de información sobre programas comunitarios y a la promoción de la participación de las PYME en dichos programas, especialmente, la participación de las PYME en el Séptimo Programa Marco de IDT. Las evaluaciones también han subrayado la importancia de facilitar la interacción entre la Comisión y las PYME.

(31)

La Comunidad debe equiparse con una sólida base analítica para apoyar la adopción de políticas en los ámbitos de las PYME, la iniciativa empresarial, la innovación y la competitividad en los sectores industriales. Dicha base debe añadir valor a la información disponible a nivel nacional en estos ámbitos. La Comunidad debe prever el desarrollo común de estrategias de competitividad para el sector industrial y el sector servicios, y para la promoción de buenas prácticas en relación con un entorno y cultura de iniciativa empresarial, que incluyan las cualificaciones, la responsabilidad social de las empresas y la igualdad de oportunidades, y que fomenten, entre otras cosas la educación y la formación continuas, desde la escuela a la educación superior, así como el surgimiento de jóvenes empresarios.

(32)

El Consejo Europeo de Bruselas de los días 20 y 21 de marzo de 2003 dio prioridad a la innovación y a la iniciativa empresarial, y subrayó la necesidad de que Europa haga un mayor esfuerzo por traducir las ideas en un valor añadido real. Pidió la adopción de nuevas medidas que creen las condiciones necesarias que favorezcan la innovación en las empresas. El modelo lineal de innovación que asume que la investigación lleva automáticamente a la innovación ha demostrado ser insuficiente para explicar el rendimiento en materia de innovación y para diseñar respuestas políticas apropiadas a la misma. Partiendo del hecho de que las empresas constituyen el motor principal del proceso de innovación, la financiación destinada a fomentar sus actividades de innovación y a preparar la incorporación al mercado de la innovación y la cultura de la gobernanza y la innovación, deben formar parte por tanto del Programa para la iniciativa empresarial y la innovación. Ello debe contribuir a garantizar que la innovación sirva para promover la competitividad y a hacer que se traduzca en una aplicación práctica a nivel de las empresas. El Consejo Europeo de Bruselas de los días 25 y 26 de marzo de 2004 añadió que las tecnologías limpias son vitales para aprovechar plenamente las sinergias entre la empresa y el medio ambiente. La promoción de la innovación ecológica, que incluye tecnologías limpias innovadoras, puede ayudar a aprovechar su potencial.

(33)

El mercado para la transferencia y la adquisición de conocimientos es a menudo opaco y la falta de información así como la imposibilidad de establecer contactos crea obstáculos comerciales. Las empresas también encuentran dificultades a la hora incorporar tecnologías que no forman parte de su campo tradicional de actividad o de hacerse con nuevos tipos de cualificaciones. La innovación suele ir acompañada de altos riesgos financieros, la rentabilidad puede sufrir retrasos debido a los contratiempos en el desarrollo y la fiscalidad a veces es la diferencia entre el éxito y el fracaso. Las cualificaciones necesarias para aprovechar las oportunidades pueden ser escasas. Los obstáculos institucionales o reglamentarios pueden retrasar o socavar la aparición de nuevos mercados o el acceso a los mismos. La legislación en materia de quiebra puede desincentivar en gran medida la asunción del riesgo empresarial, por miedo al fracaso. Asimismo, las circunstancias económicas pueden ser determinantes a la hora de decidir si la innovación tiene lugar o no. El desarrollo de un entorno empresarial proclive a la iniciativa empresarial, la competitividad y la innovación debe incluir la mejora de las reformas administrativas y económicas en relación con la empresa y la innovación, en particular para aumentar la competitividad, reducir las cargas administrativas de las PYME y establecer un entorno normativo más favorable a la iniciativa empresarial, la creación y la transferencia de empresas, el crecimiento y la innovación.

(34)

Esos obstáculos a la penetración de las tecnologías de la innovación en el mercado afectan especialmente a las tecnologías medioambientales. Los precios del mercado a menudo no reflejan plenamente los costes ambientales de los productos y servicios. La parte de los costes no reflejados en los precios de mercado recae normalmente sobre la sociedad en su conjunto, en lugar de sobre los contaminadores. Esta deficiencia del mercado, así como el interés comunitario en preservar los recursos naturales, evitar la contaminación y proteger el medio ambiente de manera más rentable, justifica la intensificación del apoyo a la innovación ecológica.

(35)

Las acciones en materia de innovación de la Comunidad aspiran a apoyar el desarrollo de la política de innovación de los Estados miembros y de sus regiones, y a facilitar la explotación de las sinergias entre las medidas de apoyo y las políticas de innovación nacionales, regionales y europeas. La Comunidad puede facilitar intercambios transnacionales, promover el aprendizaje mutuo y el establecimiento de redes de contacto e instar a las partes interesadas a la cooperación en materia de política de innovación. El establecimiento de redes entre las partes interesadas es la clave para facilitar el flujo de conocimientos e ideas necesarios para la innovación.

(36)

La Resolución del Consejo aprobada en el Consejo de Telecomunicaciones de Bruselas de 9 de diciembre 2004 establece la base de la propuesta de una nueva iniciativa de sociedad de la información para reforzar la contribución de ésta al rendimiento de Europa. En su mencionada comunicación de 2 de febrero de 2005, la Comisión propone centrar esfuerzos en «producir un crecimiento más fuerte y más duradero y crear más empleo y de mejor calidad». Subraya que la incorporación de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) tanto en el sector privado como en el público es un elemento clave para la mejora del rendimiento y la competitividad de Europa en materia de innovación. Por consiguiente, debe crearse un programa específico con el nombre de «Programa de apoyo a la política en materia de TIC».

(37)

Las acciones del «Programa de apoyo a la política en materia de TIC» deben contribuir asimismo a los objetivos de la estrategia i2010, aunque teniendo en cuenta otros programas comunitarios en el campo de las TIC para evitar la duplicación de esfuerzos.

(38)

Las TIC son el eje de la economía del conocimiento. Suponen alrededor de la mitad del crecimiento de la productividad en las economías modernas y proporcionan soluciones únicas para abordar desafíos sociales clave. La mejora del sector público y de los servicios de interés general debe llevarse a cabo en estrecha colaboración con las políticas comunitarias pertinentes, por ejemplo, en los ámbitos de la salud pública, la educación y la formación, el medio ambiente, el transporte, y el desarrollo del mercado interior y la competencia.

(39)

Debe fomentarse el despliegue y mejor uso de soluciones innovadoras basadas en las TIC, especialmente para los servicios en ámbitos de interés público incluida la mejora de la calidad de vida de grupos desfavorecidos, como las personas con discapacidad y las personas de edad avanzada. La ayuda comunitaria debe facilitar igualmente la coordinación y ejecución de acciones para el desarrollo de la sociedad de la información en todos los Estados miembros.

(40)

La evaluación intermedia del programa eTEN (red transeuropea para las telecomunicaciones) recomienda utilizar un enfoque de la intervención comunitaria basado en la demanda para aquellos proyectos que apoyan los servicios transeuropeos en áreas de interés público.

(41)

Las Comunicaciones de la Comisión sobre eGovernment y sobre eHealth y las Conclusiones del Consejo relacionadas con las mismas, pidieron un mayor esfuerzo en innovación, intercambio de buenas prácticas e interoperabilidad, e identifican la necesidad cada vez mayor de sinergias entre los programas comunitarios que guardan relación entre sí. La interoperabilidad tiene gran importancia para el desarrollo de la sociedad de la información.

(42)

La Directiva 96/9/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 1996, sobre la protección jurídica de las bases de datos (16), la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información (17) y la Directiva 2003/98/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de noviembre de 2003, relativa a la reutilización de la información del sector público (18) han definido un marco legislativo para abordar los desafíos de los contenidos digitales en la sociedad de la información.

(43)

Las prácticas diferentes entre los Estados miembros continúan creando barreras técnicas que impiden el acceso y una reutilización amplios de la información del sector público en la Unión.

(44)

Las acciones comunitarias relacionadas con los contenidos digitales deben tener en cuenta la especificidad multilingüe y multicultural de la Comunidad.

(45)

Los recursos naturales, cuya utilización racional y prudente contempla el artículo 174 del Tratado, comprenden, además de las fuentes de energía renovables, el petróleo, el gas natural y los combustibles sólidos, que son fuentes esenciales de energía, pero también las principales fuentes de emisión de dióxido de carbono.

(46)

El Libro Verde «Hacia una estrategia europea de seguridad del abastecimiento energético» de la Comisión señalaba que la Unión es cada vez más dependiente de fuentes energéticas exteriores y que su dependencia podía incrementarse hasta el 70 % en 20 ó 30 años. Por lo tanto, subrayaba la necesidad de equilibrar la política de suministro frente una actuación clara en materia de política de demanda y pedía una mejor gestión del consumo y un consumo menos perjudicial para el medio ambiente, especialmente en los sectores del transporte y la construcción. También pedía que se otorgara prioridad al desarrollo de nuevas fuentes de energía y de energías renovables en el ámbito de la oferta energética, para responder al desafío del recalentamiento del planeta y alcanzar el objetivo del 12% de fuentes de energía renovables en el consumo interior bruto antes de 2010, establecido ya en anteriores resoluciones y planes de acción.

(47)

La Directiva 2001/77/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de septiembre de 2001, relativa a la promoción de la electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables en el mercado interior de la electricidad (19) fija objetivos indicativos nacionales compatibles con el objetivo indicativo global de la Comunidad del 12% del consumo nacional bruto de energía en 2010 y, en particular, con una cuota indicativa del 22,1% de electricidad generada a partir de fuentes de energía renovables en el consumo total de electricidad de la Comunidad para 2010. La Comunicación de la Comisión de 26 de mayo de 2004 titulada «La cuota de las energías renovables en la UE», advertía ya que no se alcanzará el objetivo del 12 % de la cuota de energías renovables en el consumo total de energía de la Comunidad para 2010 a menos que se adopten considerables medidas adicionales.

(48)

La Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativa a la eficiencia energética de los edificios (20), pide a los Estados miembros que apliquen los requisitos mínimos de rendimiento energético a los edificios nuevos y a los ya existentes, y que garanticen la certificación energética de los edificios, así como una inspección regular de las calderas y los sistemas de aire acondicionado en los mismos.

(49)

La Directiva 2003/30/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de mayo de 2003, relativa al fomento del uso de biocarburantes u otros combustibles renovables en el transporte (21) pide a los Estados miembros que garanticen la comercialización en sus mercados de una proporción mínima de biocarburantes y de otros combustibles renovables.

(50)

La Directiva 2004/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, relativa al fomento de la cogeneración sobre la base de la demanda de calor útil en el mercado interior de la energía (22) pide a los Estados miembros que lleven a cabo análisis de su potencial de cogeneración de alta eficacia y que creen planes de apoyo de conformidad con los potenciales nacionales identificados.

(51)

Para facilitar la ejecución de dichas medidas comunitarias, lograr una mayor penetración de las fuentes de energía renovables en el mercado y mejorar el rendimiento energético, serán necesarios programas específicos de promoción a nivel comunitario que creen condiciones que permitan avanzar hacia sistemas energéticos sostenibles, especialmente para apoyar la normalización de los equipos que producen o consumen fuentes de energía renovables, aumentar el despliegue tecnológico y aplicar las mejores prácticas a la gestión de la demanda. Lo mismo es aplicable a las medidas comunitarias relacionadas con el etiquetado del rendimiento energético de los equipos eléctricos, electrónicos, de oficina y de comunicaciones, y la normalización de los equipos de iluminación, calefacción y aire acondicionado. Por consiguiente, debe crearse un programa específico con el nombre del Programa «Energía inteligente — Europa».

(52)

El programa específico Energía inteligente — Europa debe contribuir a alcanzar los objetivos generales de mejora de la diversidad energética y seguridad del suministro y a mejorar la competitividad de las empresas de la Unión, en particular las PYME, protegiendo el medio ambiente y cumpliendo los compromisos internacionales en este ámbito. Las medidas de mejora de la eficiencia energética en dicho programa específico deben centrarse también en las mejoras tecnológicas en los procesos de producción y propondrán una mayor eficacia mediante una logística de transporte mejorada.

(53)

Para que la estrategia existente en material de energía sostenible surta pleno efecto, se requiere no solamente la continuidad del apoyo comunitario al desarrollo político y a la aplicación y supresión de barreras no tecnológicas existentes mediante campañas de promoción más eficaces, sino también y sobre todo, hace falta apoyo para acelerar la inversión y fomentar la incorporación de las tecnologías innovadoras en el mercado en toda de la Comunidad.

(54)

Junto a las ventajas medioambientales, las industrias relacionadas con las fuentes de energía renovables y el rendimiento energético están entre las de más rápido crecimiento en la Comunidad, y las que generan puestos de trabajos nuevos e innovadores. La industria europea de energías renovables es líder mundial en el desarrollo de tecnologías para la producción de electricidad a partir de energías renovables. Dichas tecnologías favorecen la cohesión económica y social y evitan la dispersión de recursos.

(55)

La Decisión no 1230/2003/CE expira el 31 de diciembre de 2006.

(56)

Tres de los cuatro campos específicos del Programa marco establecidos de conformidad con la Decisión no 1230/2003/CE deben continuarse en el presente programa, a saber: i) eficiencia energética y utilización racional de la energía («SAVE»); ii) energías nuevas y renovables («ALTENER»); y iii) promoción de la eficiencia energética y utilización de fuentes de energía nuevas y renovables en el ámbito del transporte («STEER»).

(57)

La dimensión internacional («Coopener») del programa establecido de conformidad con la Decisión no 1230/2003/CE deberá continuarse en el marco de los nuevos instrumentos de ayuda exterior de la Comunidad como parte de un programa temático sobre el medio ambiente y la gestión sostenible de los recursos naturales, incluida la energía. No obstante, debe haber una estrecha relación entre la parte relevante del programa temático y el programa «Energía inteligente — Europa», con el fin de ayudar a las PYME a aprovechar los mercados potenciales de energía inteligente que existen fuera de Europa.

(58)

De conformidad con los principios de buena gobernanza y de mejora de la legislación, la Comisión ha encargado a expertos independientes que efectúen una evaluación ex ante sobre un programa comunitario plurianual renovado en el ámbito de la energía para suceder al Programa Energía inteligente — Europa después del 31 de diciembre de 2006. En su informe, los expertos concluyeron que era necesario garantizar la continuidad del Programa «Energía inteligente — Europa» después de 2006, y renovarlo para convertirlo en un instrumento más completo y ambicioso. Este programa se debe establecerse con el fin asimismo de mejorar la fuerza y excelencia europeas en el ámbito de las tecnologías de la energía renovable y sus aplicaciones.

(59)

Debe tenerse en cuenta que la ejecución de este Programa marco debe ser sencilla tanto para el beneficiario como para la administración. La Comisión debe publicar un vademécum, al que dará amplia difusión, en el que expondrá un marco claro, sencillo y transparente de principios generales para la participación de los beneficiarios en el Programa marco. Con él debe facilitarse, en particular, la participación de las PYME. El vademécum debe describir los derechos y las obligaciones de los beneficiarios; las disposiciones financieras tales como los costes subvencionables y los porcentajes de ayuda; los principios que rigen las normas y los procedimientos administrativos, en particular los procedimientos de solicitud fáciles de seguir, por los que se aplique un procedimiento de solicitud en dos fases cuando proceda y con la condición de que dicho procedimiento no prolongue el período de tiempo entre la evaluación y la firma del contrato; las normas para la utilización y difusión de los resultados del proyecto; y los principios de evaluación, selección y adjudicación de propuestas.

(60)

La Comisión podrá utilizar, sobre la base de un análisis coste-beneficio, una agencia ejecutiva nueva o ya existente para la ejecución del Programa marco, tal como se establece en el Reglamento (CE) no 58/2003 del Consejo, de 19 de diciembre de 2002, por el que se establece el estatuto de las agencias ejecutivas encargadas de determinadas tareas de gestión de los programas comunitarios (23).

(61)

El Programa marco debe también apoyar la reflexión sobre las futuras estructuras y necesidades para las políticas europeas de innovación.

(62)

Dado que los objetivos de la presente Decisión, a saber, el aumento de la competitividad y la innovación de la Comunidad, no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y, por consiguiente, debido a la necesidad de asociaciones multilaterales, de movilidad transnacional y de intercambios de información a escala comunitaria, pueden lograrse mejor a nivel comunitario, la Comunidad puede adoptar medidas de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, la presente Decisión no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos.

(63)

Procede aprobar las medidas necesarias para la ejecución de la presente Decisión con arreglo a lo dispuesto en la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (24).

(64)

Teniendo en cuenta la naturaleza de los asuntos que deben tratarse en relación con los programas específicos, la Comisión debe estar asistida por diferentes comités para la ejecución de cada uno de los programas. Dichos comités se reunirán simultáneamente y de forma periódica para poder celebrar sesiones conjuntas en las que se debatan las cuestiones horizontales o importantes para todos que determine el Comité de Gestión IEI en colaboración con la Comisión.

(65)

En aras de la mejora de la coherencia entre los elementos del Programa y su eficacia, un Consejo consultivo estratégico sobre competitividad e innovación asesorará a la Comisión.

(66)

La Decisión no 456/2005/CE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 9 de marzo de 2005 (25) establece un programa plurianual comunitario, denominado eContentplus. Esta Decisión expirará el 31 de diciembre de 2008. Después de esta fecha, las medidas previstas para hacer que los contenidos digitales en Europa sean más accesibles, utilizables y explotables deben continuarse en el Programa de apoyo a la política en materia de TIC establecido por la presente Decisión.

(67)

Las medidas previstas en la Decisión 96/413/CE deben integrarse en el Programa para la iniciativa empresarial y la innovación. Debe derogarse, por consiguiente, la Decisión 96/413/CE.

DECIDEN:

TÍTULO I

DISPOSICIONES COMUNES

Capítulo I

Programa marco para la innovación y la competitividad

Artículo 1

Creación

1.   Se establece por la presente un Programa marco de acción comunitaria en el ámbito de la innovación y la competitividad, en el que se presta una atención especial a las necesidades de las PYME y que abarca desde el 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2013 (en adelante denominado «el Programa marco»).

2.   El Programa marco contribuirá a la competitividad y a la capacidad innovadora de la Comunidad en calidad de sociedad avanzada del conocimiento, con un desarrollo sostenible basado en un crecimiento económico sólido y una economía social de mercado altamente competitiva, y con un elevado nivel de protección y mejora de la calidad del medio ambiente.

3.   El Programa marco no cubrirá las actividades de investigación y desarrollo tecnológico y de demostración llevadas a cabo de conformidad con el artículo 166 del Tratado. Contribuirá a salvar la brecha entre la investigación y la innovación, y fomentará toda forma de innovación.

Artículo 2

Objetivos

1.   Los objetivos del Programa marco serán los siguientes:

a)

fomentar la competitividad de las empresas, en especial de las PYME;

b)

promover todas las formas de innovación, incluida la innovación ecológica;

c)

acelerar el desarrollo de una sociedad de la información sostenible, competitiva, innovadora e inclusiva;

d)

promover la eficiencia energética y las fuentes de energía nuevas y renovables en todos los sectores, incluido el transporte.

2.   Los objetivos del Programa marco se llevarán a cabo mediante la ejecución de los siguientes programas específicos establecidos en el Título II (en adelante denominados «los programas específicos»):

a)

Programa para la iniciativa empresarial y la innovación;

b)

Programa de apoyo a la política en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC);

c)

Programa Energía inteligente — Europa.

Artículo 3

Presupuesto

1.   La dotación financiera para la ejecución del programa ascenderá a 3 196 000 000 de euros (26).

2.   En el anexo I se establece un desglose presupuestario indicativo para los programas específicos.

3.   La autoridad presupuestaria autorizará los créditos anuales disponibles ajustándose al marco financiero.

Artículo 4

Participación de terceros países

El Programa marco estará abierto a la participación de:

a)

los países de la Asociación europea de Libre Comercio (AELC) que son miembros del Espacio Económico Europeo (EEE), de conformidad con las condiciones establecidas en el Acuerdo del EEE;

b)

los países adherentes y países candidatos que se benefician de una estrategia de preadhesión, de conformidad con los principios y las condiciones generales para la participación de estos países en programas comunitarios establecidos en los respectivos acuerdos marco y decisiones del Consejo de Asociación;

c)

los países de los Balcanes occidentales, de conformidad con las disposiciones que deben determinarse con dichos países previo establecimiento de acuerdos marco sobre su participación en programas comunitarios;

d)

otros terceros países, cuando los acuerdos y procedimientos así lo permitan.

Capítulo II

Ejecución del Programa marco

Artículo 5

Programas de trabajo anuales

1.   La Comisión adoptará los programas de trabajo anuales de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 46, apartado 2, teniendo en cuenta la necesidad de adaptarse a la evolución futura, en particular tras la evaluación intermedia.

La Comisión garantizará la ejecución de los programas de trabajo anuales e informará al Parlamento Europeo exhaustivamente y sin demora sobre su preparación y su ejecución.

2.   Las modificaciones de los programas de trabajo anuales relativas a asignaciones presupuestarias de más de 1 000 000 de euros se adoptarán de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 46, apartado 2.

Artículo 6

Medidas comunes de ejecución para el Programa marco

1.   Los instrumentos presentados en la sección 2 de los capítulos I, II y III del título II constituirán un conjunto común de instrumentos para el Programa marco. También podrán utilizarse para alcanzar los objetivos de cada programa específico que se precisen en el programa de trabajo anual correspondiente. En el vademécum mencionado en el artículo 47 se incluirá una lista general y detallada de instrumentos.

2.   La financiación concedida cumplirá plenamente con las normas comunitarias sobre ayudas estatales y medidas de acompañamiento. Serán de aplicación las normas comunitarias relativas al acceso del público a la información. Se tendrán en cuenta los principios de transparencia y la integración de la perspectiva de género en el conjunto de las políticas.

Artículo 7

Asistencia técnica

La dotación financiera establecida de conformidad con la presente Decisión podrá abarcar también los gastos necesarios relacionados con las acciones preparatorias, la supervisión, el control, la auditoría y la evaluación necesarios para la aplicación efectiva y eficaz de la presente Decisión y para la realización de sus objetivos.

Esas acciones pueden incluir, en particular, estudios, reuniones, actividades de información, publicaciones, gastos en herramientas, sistemas o redes informáticos para el intercambio y tratamiento de la información, y cualquier otro gasto en asistencia y asesoramiento técnico, científico o administrativo a los cuales la Comisión se vea obligada a recurrir a efectos de la aplicación de la presente Decisión.

Artículo 8

Control y evaluación

1.   La Comisión supervisará regularmente la ejecución del Programa marco y de sus programas específicos. Examinará, asimismo, las sinergias dentro del Programa marco y con otros programas comunitarios complementarios y, cuando sea posible, con los programas nacionales cofinanciados por la Unión. Cuando sea posible, estudiará la dimensión de género y el respeto del principio de no discriminación en las actividades del programa.

La Comisión elaborará un informe anual de ejecución del Programa marco y de cada programa específico relativo a las actividades que hayan recibido apoyo mediante la ejecución financiera y los resultados y, si procede, impactos. Además, el informe anual del programa específico «Programa para la iniciativa empresarial y la innovación» indicará claramente las actividades de innovación ecológica.

2.   El Programa marco y sus programas específicos estarán sujetos a las evaluaciones intermedias y finales. En éstas se examinarán problemas tales como la pertinencia, la coherencia y las sinergias, la eficacia, la eficiencia, la sostenibilidad, la utilidad y, en su caso, la distribución de la financiación en función de los sectores. La evaluación final examinará además en qué medida han logrado sus objetivos el Programa marco en su conjunto y cada uno de sus programas específicos.

Tanto las evaluaciones intermedias como las finales adoptarán métodos adecuados para medir los efectos del Programa marco y de cada uno de los programas específicos con relación a sus objetivos, incluidos la competitividad, la innovación, la iniciativa empresarial, el aumento de la productividad, el empleo y el medio ambiente.

Dichas evaluaciones estudiarán la calidad de los servicios a que se refiere el artículo 21, apartado 2, suministrados por los socios de la red. Las evaluaciones intermedias podrán también incluir elementos de evaluación ex post en relación con programas previos.

3.   Las evaluaciones intermedias y finales de los programas específicos y las asignaciones presupuestarias necesarias se incluirán en los programas de trabajo anuales respectivos.

Los programas de trabajo anuales definirán un conjunto de objetivos mensurables para cada actuación concreta, elaborarán los criterios adecuados para su evaluación y definirán un conjunto de indicadores cuantitativos y cualitativos para establecer en qué medida los resultados producidos contribuirán al logro de los objetivos del Programa marco en su conjunto y de los objetivos de los programas específicos pertinentes.

La evaluación intermedia y final del Programa marco y las asignaciones presupuestarias necesarias se incluirán en el programa de trabajo anual del Programa para la iniciativa empresarial y la innovación.

4.   La evaluación intermedia del Programa marco deberá estar lista antes del 31 de diciembre de 2009 y la evaluación final, antes del 31 de diciembre de 2011.

Las evaluaciones intermedias y finales de los programas específicos se presentarán de tal manera que sus resultados puedan tenerse en cuenta en la evaluación intermedia y final del Programa marco.

5.   La Comisión enviará los informes anuales de ejecución y los resultados de las evaluaciones intermedias y finales del Programa marco y de sus programas específicos al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones.

Artículo 9

Protección de los intereses financieros de la Comunidad

1.   La Comisión velará por que, cuando se ejecuten las acciones financiadas en virtud de la presente Decisión, los intereses financieros de la Comunidad queden protegidos mediante la aplicación de medidas preventivas contra el fraude, la corrupción y cualquier otra actividad ilícita, mediante la realización de comprobaciones efectivas y mediante la recuperación de los importes abonados indebidamente y, en caso de detectarse irregularidades, mediante sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias, de conformidad con los Reglamentos (CE, Euratom) no 2988/95, (Euratom, CE) no 2185/96 y con el Reglamento (CE) no 1073/1999.

2.   Tratándose de acciones comunitarias financiadas con arreglo a la presente Decisión, se aplicarán el Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 y el Reglamento (Euratom, CE) no 2185/96 a toda infracción de una disposición de Derecho comunitario y a todo incumplimiento de una obligación contractual estipulada con arreglo al Programa marco, producidos por un acto u omisión de un agente económico que tenga o pudiera tener por efecto perjudicar al presupuesto general de la Unión Europea o a los presupuestos administrados por esta, a causa de la realización de un gasto indebido.

3.   Todas las medidas de ejecución resultantes de la presente Decisión deberán prever, en particular, la supervisión y el control financiero por parte de la Comisión (o de sus representantes autorizados), así como las auditorías del Tribunal de Cuentas, realizadas in situ si fuera necesario.

TÍTULO II

PROGRAMAS ESPECÍFICOS

Capítulo I

Programa para la iniciativa empresarial y la innovación

SECCIÓN 1

OBJETIVOS Y ÁMBITOS DE ACTUACIÓN

Artículo 10

Establecimiento y objetivos

1.   Se establece el Programa para la iniciativa empresarial y la innovación, un programa de apoyo a las empresas, en particular las PYME, el espíritu empresarial, la innovación, incluida la innovación ecológica, y la competitividad industrial.

2.   El Programa para la iniciativa empresarial y la innovación incluirá acciones para apoyar, mejorar, fomentar y promover:

a)

el acceso a financiación para la puesta en marcha y el crecimiento de las PYME, y para inversión en actividades de innovación;

b)

la creación de un entorno favorable para la cooperación de las PYME, especialmente en el ámbito de la cooperación transfronteriza;

c)

cualquier forma de innovación en las empresas;

d)

la innovación ecológica;

e)

la iniciativa empresarial y la cultura de la innovación;

f)

la reforma económica y administrativa relacionada con la empresa y la innovación.

Artículo 11

Acceso a financiación para la puesta en marcha y el crecimiento de las PYME

Las acciones relativas al acceso a financiación para la puesta en marcha y el crecimiento de las PYME y para inversión en actividades de innovación, incluida la innovación ecológica, podrán consistir en:

a)

incrementar el volumen de la inversión en fondos de capital de riesgo y los instrumentos de inversión promovidos por los denominados inversores informales («ángeles financieros»);

b)

conseguir un efecto multiplicador de los instrumentos de financiación de deuda de las PYME;

c)

mejorar el entorno financiero y la preparación para la inversión de las PYME.

Artículo 12

Cooperación de las PYME

Las acciones relativas a la cooperación de las PYME podrán consistir en:

a)

promover los servicios de apoyo a las PYME;

b)

contribuir a medidas que ayuden e inciten a las PYME a cooperar con otras empresas y otros agentes implicados en la innovación a nivel transfronterizo, incluida la implicación de las PYME en el ámbito de la normalización a escala europea e internacional;

c)

promover y facilitar la cooperación empresarial internacional, también a escala regional, en particular a través de redes de PYME que propicien la coordinación y el desarrollo de sus actividades económicas e industriales.

Artículo 13

Actividades de innovación

Las acciones relativas a la innovación podrán consistir en:

a)

promover la innovación sectorial, las agrupaciones, las redes de innovación, las asociaciones entre los sectores público y privado en materia de innovación y la cooperación con las organizaciones internacionales pertinentes, así como la gestión de la innovación;

b)

apoyar los programas nacionales y regionales de innovación empresarial;

c)

fomentar la adopción de tecnologías y conceptos innovadores y la aplicación innovadora de las tecnologías y los conceptos ya existentes;

d)

prestar apoyo a los servicios de transferencia transnacional de conocimientos y tecnología y a los servicios de protección y de gestión de la propiedad intelectual e industrial;

e)

desarrollar y explorar nuevos tipos de servicios de apoyo a la innovación;

f)

promover la tecnología y el conocimiento mediante sistemas de almacenamiento y transferencia de datos.

Artículo 14

Acciones de innovación ecológica

Las acciones relativas a la innovación ecológica podrán consistir en:

a)

apoyar la adopción de tecnologías medioambientales y actividades de innovación ecológica;

b)

coinvertir en fondos de capital riesgo que suministren capital propio también a las sociedades que inviertan en innovación ecológica, de acuerdo con el procedimiento establecido en el anexo II;

c)

promover redes y agrupaciones de innovación ecológica, colaboraciones público-privadas en innovación ecológica y desarrollar de servicios empresariales innovadores que faciliten o promuevan la innovación ecológica;

d)

promover enfoques nuevos e integrados de la innovación ecológica en campos tales como la gestión medioambiental y el diseño de productos, procesos y servicios respetuosos con el medio ambiente, teniendo en cuenta su ciclo vital completo.

Artículo 15

Iniciativa empresarial y cultura de la innovación

Las acciones relativas al espíritu empresarial y la cultura de la innovación podrán consistir en:

a)

fomentar la mentalidad, la formación y la cultura empresariales, y el equilibrio del riesgo y las recompensas de la actividad empresarial, sobre todo para las mujeres y los jóvenes;

b)

fomentar un entorno empresarial favorable a la innovación y al desarrollo y crecimiento de las empresas;

c)

apoyar la elaboración de políticas y la cooperación entre las partes implicadas, incluida la cooperación transnacional de los administradores de programas nacionales y regionales, en particular con objeto de propiciar programas y medidas favorables a las PYME;

d)

favorecer la creación y la transmisión de empresas.

Artículo 16

Reforma económica y administrativa relacionada con la empresa y la innovación

Las acciones relativas a la reforma económica y administrativa relacionada con la empresa y la innovación podrán consistir en:

a)

recoger datos, analizar y realizar un seguimiento de los resultados, y elaborar y coordinar políticas;

b)

contribuir a la definición y promoción de las estrategias de competitividad en los sectores industrial y de servicios;

c)

fomentar el aprendizaje mutuo entre administraciones nacionales, regionales y locales, con el fin de buscar la excelencia.

SECCIÓN 2

EJECUCIÓN

Artículo 17

Instrumentos financieros comunitarios para las PYME

1.   El objetivo de los instrumentos financieros comunitarios será facilitar el acceso de las PYME a la financiación en determinadas fases de su ciclo de vida, a saber: las fases de lanzamiento, de puesta en marcha, de expansión y de transmisión de empresas. El ámbito de los instrumentos pertinentes abarcará también las inversiones de las PYME en actividades como el desarrollo tecnológico, la innovación, incluida la innovación tecnológica, y la transferencia de tecnología, así como en la expansión transfronteriza de su actividad comercial.

2.   Los instrumentos a los que hace referencia el apartado 1 serán los siguientes:

a)

el mecanismo para las PYME innovadoras y de rápido crecimiento (MIC);

b)

el mecanismo de garantía PYME;

c)

el sistema de desarrollo de capacidades.

3.   Las disposiciones de aplicación de los diversos instrumentos se describen en el anexo II.

Artículo 18

El MIC

1.   El Fondo Europeo de Inversiones (FEI) gestionará el MIC en nombre de la Comisión.

El MIC desempeñará las siguientes funciones:

a)

contribuir a la creación y financiación de las PYME y a reducir el déficit de fondos propios y de capital riesgo que impide que las PYME aprovechen su potencial de crecimiento con vistas a mejorar el mercado europeo de capital riesgo;

b)

apoyar a PYME innovadoras con gran potencial de crecimiento, en especial a las que se dedican a la investigación y al desarrollo, y a otras actividades de innovación.

2.   El MIC constará de dos capítulos, a saber:

el primer capítulo, denominado «MIC 1», cubrirá las inversiones de la fase inicial (lanzamiento y puesta en marcha). Invertirá en fondos especializados de capital riesgo, tales como fondos para la financiación de la fase inicial de las empresas, fondos regionales, fondos especializados en sectores, tecnologías o IDT específicos, y fondos vinculados a incubadoras de empresas, que a su vez proporcionen capital a las PYME. Podrá también coinvertir en fondos y vehículos de inversión promovidos por los inversores informales («ángeles financieros»);

el segundo capítulo, denominado «MIC 2», cubrirá las inversiones de la fase de expansión de las empresas e invertirá en fondos especializados de capital de riesgo que a su vez proporcionen capital o cuasicapital a PYME innovadoras con gran potencial de crecimiento que se encuentren en una fase de expansión. El MIC 2 evitará invertir en capital de recompra (buy-out) o de sustitución destinado a la liquidación de activos.

El MIC podrá invertir a través de intermediarios y trabajar, cuando proceda, con instrumentos nacionales o regionales de desarrollo de sociedades de inversión especializadas en pequeñas empresas.

Además de la financiación aportada por el MIC, la mayor parte del capital invertido en cualquier fondo será aportada por inversores que operen en circunstancias conformes al principio del inversor en economía de mercado, independientemente de la naturaleza jurídica y de la estructura de propiedad de dichos inversores.

Artículo 19

El mecanismo de garantía PYME

1.   El FEI gestionará el mecanismo de garantía PYME en nombre de la Comisión.

El mecanismo de garantía PYME desempeñará las siguientes funciones:

a)

proporcionar contragarantías o, en su caso, cogarantías para los sistemas de garantía de los países participantes;

b)

proporcionar garantías directas a otros intermediarios financieros pertinentes.

2.   El mecanismo de garantía PYME constará de cuatro capítulos, a saber:

el primer capítulo, denominado «a) financiación de deuda mediante préstamos o arrendamientos financieros », reducirá las dificultades que encuentran las PYME para financiarse ya sea a causa de la percepción de que presentan mayor riesgo las inversiones en determinadas actividades relacionadas con el conocimiento, tales como el desarrollo tecnológico, la innovación y la transferencia de tecnología, ya sea por falta de garantías suficientes;

el segundo capítulo, denominado «b) microcréditos», animará a las instituciones financieras a desempeñar un papel más relevante en la oferta de préstamos de menor importe, que habitualmente comportan gastos de tramitación unitarios proporcionalmente mayores para prestatarios que no disponen de suficientes garantías. Además de garantías o contragarantías, los intermediarios financieros podrán recibir subvenciones para compensar parcialmente los altos costes administrativos de los microcréditos;

el tercer capítulo, denominado «c) garantías para inversión en capital o cuasi-capital propio en PYME», abarcará las inversiones que ofrezcan capital de lanzamiento y/o capital para la fase de puesta en marcha, así como una financiación participativa a fin de reducir las dificultades concretas que encuentran las PYME debido a su débil estructura financiera, así como las relativas a las transmisiones de empresas;

el cuarto capítulo, denominado «d) titulización de carteras de deuda de PYME», movilizará financiación adicional de deuda de las PYME mediante acuerdos adecuados de distribución del riesgo con las instituciones afectadas. Para poder beneficiarse de estas ayudas, las entidades ordenantes deberán comprometerse a prestar a las nuevas PYME, en un plazo razonable, una parte significativa de la liquidez resultante del capital movilizado. El importe de esta nueva financiación de deuda se calculará en relación con el importe del riesgo garantizado de la cartera de financiación y se negociará por separado, a la vez que el plazo de vencimiento, con cada una de las entidades ordenantes.

Artículo 20

El sistema de desarrollo de capacidades

1.   El sistema de desarrollo de capacidades se gestionará en cooperación con instituciones financieras internacionales, tales como el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo (BERD), el Banco Europeo de Inversiones (BEI), el FEI y el Banco de Desarrollo del Consejo de Europa.

El sistema de desarrollo de capacidades desempeñará las siguientes funciones:

a)

mejorar la cualificación en materia tecnológica y de inversión de los fondos y otros intermediarios financieros que invierten en PYME innovadoras o en PYME con potencial de crecimiento;

b)

estimular la oferta de créditos a las PYME mejorando los procedimientos de evaluación de las solicitudes de créditos de las PYME.

2.   El sistema de desarrollo de capacidades estará compuesto por las acciones «capital de lanzamiento» y «asociación».

La acción «capital de lanzamiento» proporcionará subvenciones para fomentar la oferta de capital riesgo para PYME innovadoras y otras PYME con potencial de crecimiento, incluidas las de la economía tradicional, mediante ayudas a fondos de capital de lanzamiento y de puesta en marcha, o para organizaciones similares. También podrá facilitarse ayuda a la contratación a largo plazo de personal adicional con cualificación específica en materia tecnológica o de inversión.

La acción «asociación» facilitará subvenciones a los intermediarios financieros para cubrir el coste de la asistencia técnica necesaria para mejorar sus procedimientos de evaluación de las solicitudes de créditos de las PYME, a fin de fomentar la oferta de financiación a las PYME en países con escasa intermediación bancaria.

A efectos de la acción «asociación», la intermediación se considerará «escasa» cuando, en el país en cuestión, el crédito interno, expresado como porcentaje del producto interior bruto, sea significativamente inferior a la media comunitaria según los datos pertinentes del Banco Central Europeo o del Fondo Monetario Internacional.

La acción «asociación» acompañará a las líneas de crédito o a distribuciones de riesgo facilitadas por instituciones financieras internacionales a sus socios (bancos o instituciones financieras) en los países participantes. Una parte significativa de la acción se dedicará a mejorar la capacidad de los bancos y otras instituciones financieras para evaluar la viabilidad comercial de proyectos con un componente significativo de innovación ecológica.

Artículo 21

Servicios de ayuda a las empresas y a la innovación

1.   Se fomentarán los servicios de ayuda a las empresas y a la innovación, en especial para las PYME.

2.   En función de la experiencia y las capacidades demostradas por las redes europeas existentes de ayuda a las empresas, podrán concederse ayudas financieras a los miembros de redes para facilitarles, en particular:

a)

servicios de información, diálogo, cooperación empresarial e internacionalización;

b)

servicios de innovación y de transferencia de tecnología y conocimientos;

c)

servicios que estimulen la participación de las PYME en el Séptimo Programa Marco de IDT.

La información sobre dichos servicios se detalla en el anexo III.

3.   La Comisión seleccionará a los miembros mediante convocatorias de propuestas relativas a los diferentes servicios mencionados en el apartado 2. Tras las convocatorias de propuestas, la Comisión podrá establecer un acuerdo marco de colaboración con los miembros seleccionados, especificando el tipo de actividades que deben ofrecerse, el procedimiento para conceder las subvenciones y los derechos y las obligaciones generales de cada una de las partes. El acuerdo marco podrá abarcar todo el período de duración del programa.

4.   Además de los servicios mencionados en el apartado 2, la Comisión podrá facilitar ayuda financiera para llevar a cabo otras actividades en el ámbito del acuerdo marco mediante convocatorias de propuestas que pueden limitarse a los miembros de la red. Estos servicios deberán garantizar que las partes interesadas y los posibles solicitantes puedan obtener asistencia completa en relación con las posibilidades de ayuda en virtud del Programa marco.

5.   La Comisión apoyará a los miembros aportando la coordinación y el apoyo operativo adecuados. Las organizaciones establecidas en países que no participen en el Programa marco podrán beneficiarse de dicha coordinación y apoyo operativo.

6.   La Comisión garantizará que los miembros cooperen entre ellos y que, si un miembro no puede cumplir un encargo directamente, lo dirija a otro miembro competente.

Artículo 22

Proyectos piloto y proyectos de aplicación comercial relativos a la innovación y la innovación ecológica

La Comunidad facilitará apoyo a proyectos relacionados con las primeras aplicaciones o las aplicaciones comerciales de técnicas, productos o prácticas innovadores o que supongan una innovación ecológica, que sean de interés para la Comunidad y cuya demostración técnica ya se haya realizado con éxito, pero que no hayan penetrado aún de manera significativa en el mercado debido a su riesgo residual. Dichos proyectos estarán concebidos para fomentar una amplia utilización de tales técnicas, productos o prácticas en los países participantes y para facilitar su adopción por el mercado.

Artículo 23

Análisis, desarrollo y coordinación de las políticas y hermanamiento

Para apoyar el análisis, el desarrollo y la coordinación de las políticas con los países participantes, podrán ponerse en práctica las acciones siguientes:

a)

estudios, recogida de datos, encuestas, y publicaciones, basadas siempre que sea posible en estadísticas oficiales;

b)

hermanamientos y reuniones de expertos, incluidos los expertos de instituciones públicas, expertos enviados por PYMES y otras partes interesadas, conferencias y otros actos;

c)

campañas de sensibilización, creación de redes y otras actividades pertinentes;

d)

evaluaciones comparativas de los resultados obtenidos a escala nacional y regional, así como acciones en materia de buenas prácticas, incluidas su difusión y aplicación.

Artículo 24

Medidas de apoyo para la ejecución del Programa para la iniciativa empresarial y la innovación

La Comisión procederá con regularidad a:

a)

llevar a cabo un análisis y un seguimiento de aspectos sectoriales y relacionados con la competitividad, en particular a efectos del informe anual de la Comisión sobre la competitividad de la industria europea;

b)

elaborar evaluaciones de impacto de las medidas comunitarias que afecten de forma especial a la competitividad de las empresas y proceder a su publicación con miras a determinar ámbitos susceptibles de simplificación de la legislación existente o elaboración de nuevas medidas legislativas destinadas a incrementar el atractivo de la innovación en la Comunidad;

c)

evaluar aspectos específicos o medidas específicas de ejecución relacionadas con el Programa para la iniciativa empresarial y la innovación;

d)

difundir la información apropiada sobre el Programa para la iniciativa empresarial y la innovación.

SECCIÓN 3

PROGRAMA DE TRABAJO ANUAL

Artículo 25

Programa de trabajo anual

El programa de trabajo anual establecerá detalladamente, de conformidad con los objetivos establecidos en el artículo 10:

a)

las medidas necesarias para su ejecución,

b)

las prioridades,

c)

los objetivos cualitativos y cuantitativos,

d)

los criterios de evaluación y los indicadores cualitativos y cuantitativos adecuados para analizar la eficacia en la obtención de resultados que contribuyan al logro de los objetivos de los programas específicos y del Programa marco en su conjunto,

e)

los calendarios operativos,

f)

las normas de participación,

g)

los criterios para la selección y evaluación de las medidas.

El programa de trabajo anual indicará claramente qué medidas fomentan la innovación ecológica.

Las actividades a que se refiere el artículo 24 no se incluirán en el programa de trabajo anual.

Capítulo II

Programa de apoyo a la política en materia de TIC

SECCIÓN 1

OBJETIVOS Y ÁMBITOS DE ACTUACIÓN

Artículo 26

Establecimiento y objetivos

1.   Se establece un programa de apoyo a la política en materia de TIC.

2.   El Programa de apoyo a la política en materia de TIC incluirá acciones para:

a)

desarrollar el espacio único europeo de la información y consolidar el mercado interior de productos y servicios de las TIC y de productos y servicios basados en dichas tecnologías;

b)

fomentar la innovación mediante una mayor incorporación de las TIC y más inversiones en las mismas;

c)

desarrollar una sociedad de la información inclusiva y unos servicios más eficientes y efectivos en ámbitos de interés público, así como mejorar la calidad de vida.

3.   Las acciones mencionadas en el apartado 2 se llevarán a cabo con un énfasis particular en la promoción y sensibilización sobre las oportunidades y los beneficios que las TIC aportan a los ciudadanos, las autoridades públicas y las empresas, especialmente las PYME.

Artículo 27

El espacio único europeo de la información

Los objetivos de las acciones relativas al espacio único europeo de la información serán:

a)

garantizar un acceso transparente a los servicios basados en las TIC y establecer condiciones generales propicias para la incorporación rápida, apropiada y efectiva de comunicaciones y servicios digitales convergentes, prestando atención a aspectos de interoperabilidad, uso de normas abiertas y seguridad y confianza;

b)

mejorar las condiciones para el desarrollo de los contenidos digitales, teniendo en cuenta el multilingüismo y la diversidad cultural;

c)

realizar un seguimiento de la evolución de la sociedad de la información europea, mediante la recopilación de datos y el análisis del desarrollo, la disponibilidad y el uso de los servicios de comunicación digitales, incluido el crecimiento de Internet, el acceso a y la adopción de la banda ancha y la evolución de los contenidos y servicios.

Artículo 28

Innovación mediante una mayor incorporación de las TIC y más inversiones en las mismas

Los objetivos de las acciones relativas a la innovación mediante una mayor incorporación de las TIC y más inversiones en las mismas serán:

a)

fomentar la innovación en procesos, servicios y productos basados en las TIC, en especial en las PYME y en los servicios públicos, teniendo en cuenta las necesidades de formación;

b)

facilitar la interacción pública y privada, y la creación de asociaciones para acelerar la innovación y las inversiones en TIC;

c)

aumentar la sensibilización acerca de las oportunidades y los beneficios que las TIC y sus nuevas aplicaciones aportan a los ciudadanos y a las empresas, incluido el refuerzo de la confianza y la apertura a nuevas TIC, y fomentar un debate a escala europea sobre las tendencias emergentes y la evolución en materia de TIC.

Artículo 29

Sociedad de la información inclusiva, servicios más eficientes y efectivos en ámbitos de interés público y mejora de la calidad de vida

Los objetivos de las acciones relativas al desarrollo de una sociedad de la información inclusiva y de unos servicios más eficientes y efectivos en ámbitos de interés público, así como a la mejora de la calidad de vida, serán:

a)

mejorar la accesibilidad de las TIC, incluidos los contenidos digitales y la alfabetización digital;

b)

aumentar la confianza en las TIC y el apoyo a sus usuarios, prestando especial atención a la protección de la intimidad;

c)

mejorar la calidad, eficiencia, disponibilidad y accesibilidad de servicios electrónicos en ámbitos de interés público y que permitan participar a través de las TIC, incluidos, cuando proceda, los servicios públicos interoperables paneuropeos o transfronterizos, y desarrollar módulos de interés común e intercambiar buenas prácticas.

SECCIÓN 2

EJECUCIÓN

Subsección 1

Ejecución de proyectos, acciones relativas a mejores prácticas y redes temáticas

Artículo 30

Generalidades

El Programa de apoyo a la política en materia de TIC podrá aplicarse mediante proyectos, acciones relativas a mejores prácticas y redes temáticas, incluidas acciones de experimentación y demostración a gran escala de servicios públicos innovadores con una dimensión paneuropea.

Los objetivos de los proyectos, las acciones relativas a mejores prácticas y las redes temáticas serán fomentar el despliegue y un mejor uso de soluciones innovadoras basadas en las TIC, en especial para los servicios de interés público y para las PYME. La ayuda comunitaria también facilitará la coordinación y ejecución de acciones de desarrollo de la sociedad de la información en los Estados miembros.

Artículo 31

Proyectos, acciones relativas a mejores prácticas y redes temáticas

1.   Se apoyarán:

a)

los proyectos de aplicación, los proyectos piloto o los proyectos de aplicación comercial;

b)

las acciones relativas a mejores prácticas para difundir conocimientos y compartir experiencias en la Comunidad;

c)

las redes temáticas que agrupen a varios interesados para alcanzar un determinado objetivo, con objeto de facilitar las actividades de coordinación y la transferencia de conocimientos.

2.   El objetivo de los proyectos será fomentar la innovación, la transferencia de tecnologías y la difusión de nuevas tecnologías que estén listas para su lanzamiento comercial.

La Comunidad podrá conceder una subvención al presupuesto de los proyectos mencionados en el apartado 1, letra a).

3.   Las acciones relativas a mejores prácticas se llevarán a cabo mediante agrupaciones que aborden temas específicos, vinculadas entre sí por redes temáticas.

La contribución comunitaria a las acciones citadas en el apartado 1, letra b), se limitará a los costes directos que se consideren necesarios o apropiados para alcanzar los objetivos específicos de la acción.

4.   Las redes temáticas podrán estar relacionadas con acciones relativas a mejores prácticas.

Se concederán ayudas a las actividades temáticas por el importe de los costes subvencionables adicionales que comporten la coordinación e implementación de la red. La contribución comunitaria podrá cubrir los costes subvencionables adicionales de dichas medidas.

Subsección 2

Otras disposiciones

Artículo 32

Solicitudes

Las solicitudes de ayuda comunitaria para los proyectos, las acciones de mejores prácticas y las redes temáticas mencionadas en el artículo 31 incluirán un plan financiero que detalle todos los componentes de la financiación de los proyectos, entre ellos la ayuda financiera que se solicita a la Comunidad, y cualesquiera otras solicitudes de ayuda de otras fuentes. Las solicitudes para otras formas de apoyo comunitario, como servicios o estudios, también deberán adjuntar, en su caso, esta información.

Artículo 33

Análisis, desarrollo y coordinación de las políticas con los países participantes

Para apoyar el análisis, el desarrollo y la coordinación de las políticas con los países participantes, se pondrán en práctica las acciones siguientes:

a)

estudios, recopilación de datos, encuestas, y publicaciones, basadas siempre que sea posible en estadísticas oficiales;

b)

reuniones de expertos, incluidos expertos de instituciones públicas, expertos enviados por PYME y otras partes interesadas, conferencias y otros actos;

c)

campañas de sensibilización, creación de redes y otras actividades pertinentes;

d)

evaluaciones comparativas de los resultados obtenidos a escala nacional y acciones en materia de buenas prácticas, incluidas su difusión y aplicación.

Artículo 34

Promoción, comunicación, intercambio de información y difusión

1.   Para apoyar la ejecución del Programa de apoyo a la política en materia de TIC o la preparación de actividades futuras, se pondrán en práctica las acciones siguientes:

a)

actividades de promoción, difusión, información y comunicación;

b)

intercambio de información, conocimientos y experiencias, conferencias, seminarios, talleres y otras reuniones, y gestión de actividades agrupadas.

2.   No podrán recibir ayudas las medidas destinadas a la comercialización de productos, procesos o servicios ni las actividades de comercialización o promoción de ventas.

Artículo 35

Proyectos de interés común: contratación basada en especificaciones técnicas elaboradas en coordinación con los Estados miembros

Cuando sea necesario para lograr los objetivos del Programa de apoyo a la política en materia de TIC, y cuando presente un interés común evidente para los Estados miembros para desarrollar a escala europea productos, servicios o elementos importantes de servicios, la Comisión podrá establecer proyectos de interés común que incluyan las tareas técnicas y organizativas necesarias. Deberán tenerse en cuenta las iniciativas existentes, con el fin de evitar la duplicación de esfuerzos.

La Comisión, en coordinación con los Estados miembros, acordará especificaciones y calendarios técnicos conjuntos para la ejecución de tales proyectos. Sobre la base de las especificaciones técnicas y de los calendarios de ejecución conjuntos definidos de común acuerdo, la Comisión pondrá en marcha licitaciones para la ejecución de los proyectos en cuestión. Dichas licitaciones serán competencia exclusiva de la Comisión, de conformidad con la normativa comunitaria sobre contratación pública.

SECCIÓN 3

PROGRAMA DE TRABAJO ANUAL

Artículo 36

Programa de trabajo anual

El programa de trabajo anual establecerá detalladamente, de conformidad con los objetivos establecidos en el artículo 26:

a)

las medidas necesarias para su ejecución,

b)

las prioridades,

c)

los objetivos cualitativos y cuantitativos,

d)

los criterios de evaluación y los indicadores cualitativos y cuantitativos adecuados para analizar la eficacia en la obtención de resultados que contribuyan al logro de los objetivos de los programas específicos y del Programa marco en su conjunto,

e)

los calendarios operativos,

f)

las normas de participación,

g)

los criterios para la selección y la evaluación de las medidas.

Capítulo III

Programa Energía inteligente — Europa

SECCIÓN 1

OBJETIVOS Y ÁMBITOS DE ACTUACIÓN

Artículo 37

Establecimiento y objetivos

1.   Se establece un programa de apoyo a la eficiencia energética, las fuentes de energía renovables y la diversificación energética, en adelante «Programa Energía inteligente — Europa». Este programa contribuirá a asegurar una energía sostenible para Europa, reforzando así la competitividad europea.

2.   El Programa Energía inteligente — Europa incluirá acciones para:

a)

fomentar la eficiencia energética y la utilización racional de los recursos energéticos;

b)

promover fuentes de energía nuevas y renovables, y fomentar la diversificación energética;

c)

promover la eficiencia energética y el uso de fuentes de energía nuevas y renovables en el ámbito del transporte.

Artículo 38

Objetivos operativos

En términos operativos, los objetivos del Programa Energía inteligente — Europa serán:

a)

proporcionar los elementos necesarios para la mejora de la sostenibilidad, el desarrollo del potencial de las ciudades y regiones, así como para la elaboración de las medidas legislativas necesarias a fin de alcanzar los objetivos estratégicos relacionados; desarrollar medios e instrumentos para llevar a cabo un seguimiento, controlar y evaluar la incidencia de las medidas adoptadas por la Comunidad y sus Estados miembros en los ámbitos de actuación de dicho programa;

b)

impulsar las inversiones de los Estados miembros en tecnologías nuevas y más rentables en los ámbitos de la eficiencia energética, las fuentes de energías renovables y la diversificación energética, inclusive en el transporte, facilitando la transición entre la demostración con éxito de tecnologías innovadoras y su comercialización efectiva a gran escala, a fin de conseguir un efecto multiplicador de las inversiones realizadas por los sectores público y privado, promover las tecnologías estratégicas clave, reducir costes, aumentar la experiencia comercial y contribuir a reducir los riesgos financieros, y otros riesgos y obstáculos percibidos que frenan este tipo de inversión;

c)

eliminar las barreras no tecnológicas existentes para conseguir estructuras eficientes e inteligentes de producción y consumo energéticos, promoviendo el desarrollo de capacidades institucionales, inclusive a escala local y regional, aumentando la sensibilización, especialmente a través del sistema educativo, fomentando intercambios de experiencias y de conocimientos técnicos entre los principales agentes implicados, las empresas y los ciudadanos en general, así como fomentando la difusión de mejores prácticas y de las mejores tecnologías disponibles, en particular fomentándolas a escala comunitaria.

Artículo 39

Eficiencia energética y utilización racional de recursos («SAVE»)

Las acciones para fomentar la eficiencia energética y la utilización racional de recursos energéticos podrán consistir en:

a)

mejorar la eficiencia energética y la utilización racional de la energía, en particular en los sectores de la construcción y la industria, a excepción de las acciones cubiertas por el artículo 41;

b)

prestar apoyo a la elaboración de medidas legislativas y su aplicación.

Artículo 40

Recursos energéticos nuevos y renovables («Altener»)

Las acciones para fomentar recursos energéticos nuevos y renovables podrán consistir en:

a)

promover fuentes de energía nuevas y renovables para la producción centralizada y descentralizada de electricidad, calor y refrigeración y apoyar de este modo la diversificación de fuentes energéticas, con excepción de las acciones cubiertas por el artículo 41;

b)

integrar fuentes de energía nuevas y renovables en el entorno local y los sistemas energéticos;

c)

prestar apoyo a la elaboración de medidas legislativas y su aplicación.

Artículo 41

Energía en el transporte («STEER»)

Las acciones para fomentar la eficiencia energética y la utilización de fuentes de energía nuevas y renovables en el transporte podrán consistir en:

a)

prestar apoyo a iniciativas relativas a todos los aspectos relacionados con la energía en el transporte y la diversificación de combustibles;

b)

fomentar los combustibles renovables y la eficiencia energética en el transporte;

c)

prestar apoyo a la elaboración de medidas legislativas y su aplicación.

Artículo 42

Iniciativas integradas

Las acciones para combinar varios de los ámbitos específicos mencionados en los artículos 39, 40 y 41 o relativos a determinadas prioridades comunitarias podrán consistir en:

a)

integrar la eficiencia energética y las fuentes de energía renovables en diferentes sectores de la economía;

b)

combinar diversos instrumentos, herramientas y partes implicadas en la misma acción o proyecto.

SECCIÓN 2

EJECUCIÓN

Artículo 43

Proyectos de promoción y difusión

Se apoyarán:

a)

los estudios estratégicos basados en un análisis compartido y un control periódico de la evolución del mercado y las tendencias en el ámbito de la energía para elaborar futuras medidas legislativas o revisar la legislación existente, en particular, en lo relativo al funcionamiento del mercado energético interior, la ejecución de la estrategia a medio y largo plazo en el ámbito energético para fomentar el desarrollo sostenible, así como la preparación de compromisos voluntarios a largo plazo con la industria y otras partes interesadas, y para el desarrollo de normas y sistemas de etiquetado y certificación, también, en su caso, en cooperación con terceros países y organizaciones internacionales;

b)

la creación, ampliación o reorganización de estructuras e instrumentos destinados al desarrollo de sistemas energéticos sostenibles, incluida la gestión energética a escala local y regional, así como la elaboración de productos financieros adecuados e instrumentos comerciales, utilizando la experiencia de las redes precedentes y actuales;

c)

la promoción de sistemas y equipos de energía sostenible para acelerar aún más su penetración en el mercado y estimular las inversiones para facilitar la transición entre la demostración y la comercialización de las tecnologías más eficientes, campañas de sensibilización y la constitución de capacidades institucionales;

d)

el desarrollo de estructuras de información, educación y formación, la utilización de los resultados, la promoción y difusión de conocimientos técnicos y mejores prácticas entre los consumidores, la difusión de los resultados de las acciones y de los proyectos y la cooperación con los Estados miembros a través de redes operativas;

e)

la supervisión de la ejecución y la incidencia de las medidas comunitarias legislativas y de apoyo.

Artículo 44

Proyectos de aplicación comercial

La Comunidad facilitará apoyo a proyectos relacionados con las aplicaciones comerciales de técnicas, procesos, productos o prácticas innovadores que sean de interés para la Comunidad y cuya demostración técnica ya se haya realizado con éxito. Dichos proyectos estarán concebidos para fomentar una amplia utilización tales técnicas, procesos, productos o prácticas en los países participantes y para facilitar su adopción por el mercado.

SECCIÓN 3

PROGRAMA DE TRABAJO ANUAL

Artículo 45

Programa de trabajo anual

El programa de trabajo anual establecerá detalladamente, de conformidad con los objetivos establecidos en el artículo 37:

a)

las medidas necesarias para su ejecución,

b)

las prioridades,

c)

los objetivos cualitativos y cuantitativos,

d)

los criterios de evaluación y los indicadores cualitativos y cuantitativos adecuados para analizar la eficacia en la obtención de resultados que contribuyan al logro de los objetivos de los programas específicos y del Programa marco en su conjunto,

e)

los calendarios operativos,

f)

las normas de la participación,

g)

los criterios para la selección y la evaluación de las medidas.

TÍTULO III

DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES

Artículo 46

Comités

1.   La Comisión estará asistida por los siguientes Comités:

a)

el Comité para el Programa para la iniciativa empresarial y la innovación, denominado «Comité de Gestión IEI (CIEI)»;

b)

el Comité para el Programa de apoyo a la política en materia de TIC, denominado «Comité de Gestión de las TIC (CTIC)»;

c)

el Comité para el Programa Energía inteligente — Europa, denominado «Comité de Gestión EIE (CEIE)».

La Comisión, asistida por el CIEI y en estrecha colaboración con el CTIC y el CEIE, velará por la plena coordinación y cooperación en todo el Programa marco, incluida la gestión estratégica, y garantizará una ejecución global coherente.

2.   Los artículos 4 y 7 de la Decisión 1999/468/CE se aplicarán a los Comités mencionados en el apartado 1, observando lo dispuesto en su artículo 8.

El plazo contemplado en el artículo 4, apartado 3, de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en tres meses.

3.   Los Comités mencionados en el apartado 1 aprobarán su reglamento interno.

Artículo 47

Vademécum

1.   Tras la entrada en vigor del Programa marco, la Comisión publicará un vademécum de fácil lectura y uso que establecerá un marco claro, simple y transparente de principios generales para la participación de los beneficiarios en el Programa marco. El vademécum facilitará en particular la participación de las PYME.

2.   La Comisión asegurará que el período entre la presentación de las solicitudes y la notificación de los resultados de la evaluación sea lo más breve posible. Los resultados de la evaluación deberán enviarse dentro de un plazo razonable.

Artículo 48

Consejo consultivo estratégico sobre competitividad e innovación

La Comisión será asesorada por un Consejo consultivo estratégico sobre competitividad e innovación compuesto por representantes de la industria y de las asociaciones de empresas, incluidas las que representan a las PYME, y otros expertos. Sus competencias especializadas estarán relacionadas con los sectores y las cuestiones cubiertos por el Programa marco, incluyendo financiación, TIC, energía e innovación ecológica.

Artículo 49

Derogación

Queda derogada la Decisión 96/413/CE.

Artículo 50

Medidas transitorias

Las medidas de ejecución relativas al objetivo establecido en el artículo 27, letra b), se llevarán a cabo con arreglo a la Decisión no 456/2005/CE hasta el 31 de diciembre de 2008.

Después de esa fecha, las acciones emprendidas en dicha fecha o con anterioridad a ella en virtud de la Decisión no 456/2005/CE se gestionarán conforme a lo dispuesto en dicha Decisión, con la salvedad de que el Comité establecido por dicha Decisión se sustituirá por el CTIC.

Por lo que se refiere a los servicios mencionados en el artículo 21, apartado 2, letra a), y hasta el 31 de diciembre de 2007, la Comisión podrá mantener en funcionamiento la red «Euro Info Centros» y seguir celebrando acuerdos anuales específicos de ayuda con sus miembros, financiados a partir del presente Programa marco, y podrá mantener las modalidades operativas del anterior Programa Plurianual de la Empresa y el Espíritu Empresarial establecido por la Decisión 2000/819/CE.

Artículo 51

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  DO C 65 de 17.3.2006, p. 22.

(2)  DO C 115 de 16.5.2006, p. 17.

(3)  Posición del Parlamento Europeo de 1 de junio de 2006.

(4)  DO L 124 de 20.5.2003, p. 36.

(5)  DO L 167 de 6.7.1996, p. 55.

(6)  DO L 183 de 11.7.1997, p. 12. Decisión modificada por la Decisión no 1376/2002/CE (DO L 200 de 30.7.2002, p. 1).

(7)  DO L 192 de 28.7.2000, p. 1. Reglamento cuya última modificación lo constituye el Reglamento (CE) no 1682/2004 (DO L 308 de 5.10.2004, p. 1).

(8)  DO L 333 de 29.12.2000, p. 84. Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión no 1776/2005/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 289 de 3.11.2005, p. 14).

(9)  DO L 14 de 18.1.2001, p. 32.

(10)  DO L 176 de 15.7.2003, p. 29. Decisión modificada por la Decisión no 787/2004/CE (DO L 138 de 30.4.2004, p. 12).

(11)  DO L 336 de 23.12.2003, p. 1. Decisión cuya última modificación la constituye la Decisión no 2113/2005/CE (DO L 344 de 27.12.2005, p. 34).

(12)  DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

(13)  DO L 312 de 23.12.1995, p. 1.

(14)  DO L 292 de 15.11.1996, p. 2.

(15)  DO L 136 de 31.5.1999, p. 1.

(16)  DO L 77 de 27.3.1996, p. 20.

(17)  DO L 167 de 22.6.2001, p. 10.

(18)  DO L 345 de 31.12.2003, p. 90.

(19)  DO L 283 de 27.10.2001, p. 33. Directiva modificada por el Acta de Adhesión de 2003.

(20)  DO L 1 de 4.1.2003, p. 65.

(21)  DO L 123 de 17.5.2003, p. 42.

(22)  DO L 52 de 21.2.2004, p. 50.

(23)  DO L 11 de 16.1.2003, p. 1.

(24)  DO L 184 de 17.7.1999, p. 23. Decisión modificada por la Decisión 2006/512/CE (DO L 200 de 22.7.2006, p. 11).

(25)  DO L 79 de 24.3.2005, p. 1.

(26)  Cifras a precios de 2004. La cifra de 3 284 000 000 de euros (a precios de 2004) establecida en el Acuerdo Interinstitucional de 17 de mayo de 2006 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera incluye 88 000 000 de euros para el programa eContentplus para 2007-2008 de conformidad con el fundamento jurídico de ese programa.

ANEXO I

DESGLOSE PRESUPUESTARIO INDICATIVO

Las dotaciones presupuestarias orientativas de los programas específicos serán las siguientes:

a)

60 % del presupuesto total para el Programa para la iniciativa empresarial y la innovación, del cual aproximadamente la quinta parte se dedicará a fomentar la innovación ecológica;

b)

20 % del presupuesto total para el Programa de apoyo a la política en materia de TIC;

c)

20 % del presupuesto total para el Programa Energía inteligente — Europa.

ANEXO II

DISPOSICIONES DE APLICACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS COMUNITARIOS PARA LAS PYME ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 17

1.   Disposiciones comunes a todos los instrumentos financieros comunitarios para las PYME

A.   Presupuesto

La dotación presupuestaria cubrirá el coste completo de cada instrumento, incluidas las obligaciones de pago contraídas con intermediarios financieros, tales como pérdidas derivadas de garantías, gastos de administración del FEI y las instituciones financieras internacionales que gestionan los recursos de la Unión, así como otros gastos o costes subvencionables.

La transferencia de recursos entre instrumentos debe ser flexible para responder a las novedades y a los cambios de las condiciones de mercado que se produzcan durante la aplicación del Programa marco.

B.   Cuentas fiduciarias

El FEI y las instituciones financieras internacionales pertinentes abrirán cuentas fiduciarias separadas para los fondos presupuestarios de cada instrumento. Dichas cuentas podrán devengar intereses. Los intereses devengados hasta el 31 de diciembre de 2013 podrán añadirse a los recursos y utilizarse para las necesidades del instrumento respectivo.

Los pagos realizados por el administrador a intermediarios financieros para cumplir obligaciones de pago se cargarán en la cuenta fiduciaria correspondiente. Las cantidades que el administrador deba restituir al presupuesto general de la Unión Europea, los honorarios de gestión del administrador y otros gastos y costes subvencionables se cargarán en la cuenta fiduciaria de conformidad con los términos establecidos en los acuerdos entre la Comisión y el administrador. En la cuenta fiduciaria se abonarán las transferencias de la Comisión, los intereses y, dependiendo del instrumento, los ingresos procedentes de las inversiones realizadas (MIC) o las comisiones de compromiso y garantía, así como otros efectos a cobrar (mecanismo de garantía PYME).

Después del 31 de diciembre de 2013, se devolverán al presupuesto general de la Unión Europea los saldos de las cuentas fiduciarias, salvo los importes comprometidos aún no cargados y los importes razonablemente necesarios para cubrir los gastos y costes subvencionables.

C.   Comisiones

Se aplicará una política apropiada de comisiones al funcionamiento de los instrumentos. La Comisión establecerá las comisiones conforme a prácticas de mercado y teniendo en cuenta:

la duración global del instrumento respectivo y de los requisitos correspondientes de control que se extiendan más allá del período presupuestario de compromiso;

los países que participen;

el grado de novedad y complejidad del instrumento;

el número de actividades asociadas, tales como estudio de mercados, identificación de intermediarios y negociación con los mismos, estructuración de transacciones, cierre, control y elaboración de informes.

D.   Visibilidad — Sensibilización

Los intermediarios proporcionarán la visibilidad y transparencia adecuadas al apoyo de la Comunidad, incluida una información apropiada sobre las oportunidades de financiación que ofrece el Programa marco.

Deberá garantizarse que se informa adecuadamente a los beneficiarios finales sobre las oportunidades de financiación disponibles.

2.   Aplicación del MIC

A.   Introducción

La Comisión y el FEI fijarán de común acuerdo los aspectos fiduciarios, de gestión y de control. La Comisión aplicará directrices específicas de gestión de tesorería.

B.   Intermediarios

El MIC 1 y el MIC 2 estarán dirigidos a intermediarios con orientación comercial, gestionados por equipos independientes que posean la cualificación y experiencia apropiadas. Los intermediarios se seleccionarán según las mejores prácticas empresariales y comerciales de manera transparente y no discriminatoria, evitando cualquier conflicto de intereses a fin de trabajar con una gama amplia de fondos especializados o estructuras similares.

C.   Criterios de subvencionabilidad

El MIC complementará las actividades basadas en recursos propios del grupo del Banco Europeo de Inversiones, incluido el FEI, adoptando una política de inversión de mayor riesgo en cuanto a los fondos intermediarios y a sus políticas de inversión.

MIC 1

El MIC 1 invertirá en fondos de capital riesgo intermediario y otros instrumentos de inversión que inviertan en PYME de menos de 10 años, generalmente a partir de las rondas pre-A (capital de lanzamiento) y A (financiación inicial) y aportando inversiones de continuación cuando proceda. En general, la inversión total máxima en un fondo de capital riesgo intermediario será del 25 % del capital total de dicho fondo, o como máximo del 50 % en caso de nuevos fondos que puedan representar un papel catalizador particularmente importante en el desarrollo de mercados de capital riesgo de una determinada tecnología o región específica, así como en instrumentos de inversión de inversores informales («ángeles financieros»). La inversión total máxima en un fondo de capital riesgo intermediario será del 50 % en caso de que las inversiones del fondo se concentren en PYME activas en el ámbito de la innovación ecológica. Como mínimo, el 50 % del capital invertido en cualquier fondo será aportado por inversores que actúen en condiciones de mercado normales (según el «principio del inversor en una economía de mercado»), independientemente de la naturaleza y de la estructura de propiedad jurídicas de los inversores que aporten esta parte del capital. El compromiso no excederá de 30 000 000 de euros para cada fondo. El MIC 1 podrá coinvertir con recursos propios del FEI o recursos bajo el mandato del BEI u otros recursos gestionados por el FEI.

MIC 2

El MIC 2 invertirá en fondos de capital riesgo intermediario que inviertan en PYME, generalmente en las rondas B y C (de expansión). La inversión total máxima en un fondo de capital riesgo intermediario será generalmente el 15% del capital total del fondo en cuestión o el 25 % como máximo en los siguientes fondos:

nuevos fondos que puedan tener un papel catalizador especialmente importante para desarrollar mercados de capital riesgo para una tecnología o región específicas;

fondos que inviertan principalmente en PYME activas en innovación ecológica;

fondos constituidos por equipos de gestión noveles.

En el caso de coinversión de recursos MIC 2 con recursos propios del FEI o recursos bajo el mandato del BEI u otros recursos gestionados por el FEI, la contribución máxima del MIC 2 será del 15 %. Como mínimo el 50 % del capital invertido en cualquier fondo será aportado por inversores que actúen en condiciones de mercado normales (según el «principio del inversor en una economía de mercado»), independientemente de la naturaleza y de la estructura de propiedad jurídicas de los inversores que aporten esta parte del capital. El compromiso no excederá de 30 000 000 de euros para cada fondo.

D.   Paridad de rango de las inversiones

La inversión realizada en el marco del MIC en un fondo intermediario tendrá el mismo rango que las de los inversores privados.

E.   Función de piedra angular

Respecto de los nuevos fondos que puedan tener un papel catalizador especialmente importante en el desarrollo de mercados de capital riesgo para una tecnología o región específicas, el FEI podrá cumplir, como inversor, la función de piedra angular.

F.   Transparencia de las condiciones

El FEI garantizará que los términos y las condiciones de la financiación con arreglo al MIC 1 y MIC 2 sean transparentes y comprensibles.

G.   Duración del MIC

El MIC será un mecanismo a largo plazo que normalmente invertirá en fondos intermediarios a entre 5 y 12 años vista. Las inversiones no podrán superar en ningún caso los 19 años tras la firma del acuerdo de delegación entre la Comisión y el FEI. En los acuerdos entre el FEI y los intermediarios, será necesario definir estrategias adecuadas de salida.

H.   Realización de inversiones

Dado que la mayoría de las inversiones efectuadas en el marco del MIC se destinarán a entidades no líquidas y sin cotización en bolsa, la realización de dichas inversiones se basará en la distribución de los ingresos percibidos por el intermediario al vender sus inversiones en PYME.

I.   Reinversión de los ingresos de las inversiones realizadas

Los ingresos, incluidos los dividendos y los reembolsos percibidos por el FEI hasta el 31 de diciembre de 2013, se añadirán a los recursos del MIC y se utilizarán para las necesidades de éste.

3.   Aplicación del mecanismo de garantía PYME

A.   Introducción

La Comisión y el FEI fijarán de común acuerdo los aspectos fiduciarios, de gestión y de control, que deberán respetar las prácticas comerciales normales. La Comisión aplicará directrices específicas de gestión de tesorería.

B.   Intermediarios

Los intermediarios se elegirán dentro de los instrumentos de garantía existentes o que puedan crearse en los países participantes, incluidas las organizaciones de garantía recíproca o cualquier otra entidad financiera pertinente. Los procedimientos de selección serán transparentes y no discriminatorios, evitando cualquier conflicto de intereses.

Los intermediarios se elegirán conforme a las mejores prácticas comerciales, teniendo en cuenta los efectos sobre:

el volumen de la financiación (deuda, capital o cuasi-capital) a disposición de las PYME, y/o

el acceso de las PYME a la financiación, y/o

la asunción de riesgos asumida en la financiación a PYME por el intermediario afectado.

C.   Criterios de subvencionabilidad

Los criterios financieros para fijar la subvencionabilidad por el mecanismo de garantía PYME se determinarán, para cada intermediario, en función de las actividades de este último, con el fin de llegar al mayor número de PYME posible. Estas normas reflejarán las condiciones del mercado y las prácticas del territorio afectado.

Podrá subvencionarse la financiación necesaria para adquirir activos materiales e inmateriales, incluidas las actividades de innovación, el desarrollo tecnológico y la adquisición de licencias.

Los criterios relativos al cuarto capítulo del mecanismo de garantía PYME, «d) titulización de carteras de deuda de PYME», incluirán las transacciones individuales y de varios vendedores, así como las transacciones plurinacionales. La subvencionabilidad se basará en las mejores prácticas comerciales, en especial en lo relativo a la calidad del crédito y a la diversificación del riesgo de la cartera titulizada.

D.   Condiciones de las garantías

Las garantías concedidas por el FEI en nombre de la Comisión en el marco de los capítulos «a) financiación de deuda», «b) microcréditos» y «c) capital o cuasi-capital propio» del mecanismo de garantía PYME cubrirán parte del riesgo asumido por el intermediario financiero en una cartera de financiación de transacciones individuales. El cuarto capítulo del mecanismo de garantía PYME, «d) titulización», implicará la distribución del riesgo de ciertos tramos titulizados que son prioritarios con respecto al tramo que soporte la primera pérdida o la cesión del riesgo de una parte significativa del primer tramo de pérdida al ordenante y la distribución del riesgo del tramo restante.

Las garantías concedidas por el FEI con respecto a los capítulos «a) financiación de deuda», «b) microcréditos» y «c) capital o cuasi-capital propio» del mecanismo de garantía PYME tendrán normalmente el mismo rango que las garantías o, en su caso, que la financiación facilitada por el intermediario.

El FEI podrá cargar a un intermediario financiero una comisión calculada sobre la base de las cantidades comprometidas pero no utilizadas, conforme a un calendario acordado («comisiones de compromiso»), así como comisiones de garantía. Podrá también facturar comisiones relativas a transacciones de titulización individuales.

E.   Máximo acumulado de pérdidas del FEI

El coste del mecanismo de garantía PYME para el presupuesto general de la Unión Europea no podrá superar un determinado máximo, de forma que en ningún caso podrá ser superior a la dotación presupuestaria destinada al FEI para el mecanismo de garantía PYME. El presupuesto no preverá obligaciones contingentes.

La obligación del FEI de pagar su parte de las pérdidas del intermediario continuará hasta que el importe acumulado de los pagos efectuados para cubrir las pérdidas de una cartera de financiación específica, menos el importe acumulado de las correspondientes pérdidas recuperadas, alcance un importe acordado previamente, tras lo cual la garantía del FEI se cancelará automáticamente.

F.   Ingreso en la cuenta fiduciaria de las pérdidas recuperadas y otros ingresos

Las pérdidas recuperadas recibidas de un intermediario determinado se abonarán en la cuenta fiduciaria y se tendrán en cuenta al calcular el máximo acumulado de pérdidas del FEI con respecto al intermediario. Los demás ingresos, tales como las comisiones de compromiso y las comisiones de garantía, se abonarán en la cuenta fiduciaria y, si se reciben antes de 31 de diciembre de 2013, se añadirán a los recursos del mecanismo de garantía PYME.

G.   Duración del mecanismo de garantía PYME

Las garantías individuales concedidas a PYME podrán tener una duración de hasta 10 años.

4.   Aplicación del sistema de desarrollo de capacidades

A.   Introducción

Las disposiciones de aplicación de las acciones «capital de lanzamiento» y «asociación», incluidos sus aspectos fiduciarios, administrativos y de control, serán objeto de un acuerdo entre la Comisión y el FEI o las instituciones financieras internacionales pertinentes.

Los intermediarios se seleccionarán conforme a las mejores prácticas comerciales.

Los procedimientos de selección de los servicios de asistencia técnica serán transparentes y no discriminatorios, evitando cualquier conflicto de intereses.

B.   Acción «capital de lanzamiento»

La acción «capital de lanzamiento» se gestionará en régimen de fideicomiso. La dotación presupuestaria cubrirá el coste total de la acción, incluidos sus honorarios de gestión, así como cualquier otro gasto o coste subvencionable. Las subvenciones concedidas apoyarán a fondos de inversión que incluyan capital de lanzamiento en su plan de inversión global y cubrirán parcialmente los costes de gestión resultantes.

C.   Acción asociación

La acción «asociación» será gestionada por el FEI o las instituciones financieras internacionales pertinentes. Cubrirá la asistencia técnica, los honorarios de gestión y otros costes subvencionables que apoyen el desarrollo de capacidades.

5.   Evaluación

Expertos independientes realizarán evaluaciones externas teniendo en cuenta la incidencia de la Iniciativa para el crecimiento y el empleo, creada por la Decisión 98/347/CE del Consejo, de 19 de mayo de 1998 sobre medidas de ayuda financiera a las pequeñas y medianas empresas (pyme) de carácter innovador y generadoras de empleo — Iniciativa para el crecimiento y el empleo (1) y el Programa plurianual en favor de la empresa y el espíritu empresarial, en particular para las pequeñas y medianas empresas (PYME). Las evaluaciones externas valorarán el impacto de los instrumentos financieros comunitarios para las PYME y elaborarán un análisis cualitativo y cuantitativo de sus logros, en particular mediante la evaluación de su efecto multiplicador y la realización de un análisis coste-beneficio de cada instrumento. Los informes de evaluación presentarán información estadística de la Unión en su conjunto, de cada uno de los Estados miembros y de los demás países participantes, en particular:

para el MIC, el número de PYME a las que ha llegado y el número de puestos de trabajo creados;

el rendimiento para los inversores;

para el mecanismo de garantía PYME, el número y el importe de los préstamos concedidos por los intermediarios financieros a las PYME, el número de las PYME a las que ha llegado y el número y el importe de los préstamos en mora;

para la acción «capital de lanzamiento», el número de organizaciones a las que ha apoyado y el volumen de inversiones de capital generador;

para la acción «asociación», el número de intermediarios a los que ha apoyado y las PYME a las que ha llegado;

los logros específicos en materia de innovación ecológica.

Se dará una visibilidad apropiada a los resultados y a las enseñanzas de los informes de las evaluaciones externas y al intercambio de mejores prácticas entre las partes implicadas.


(1)  DO L 155 de 29.5.1998, p. 43.

ANEXO III

PRECISIONES SOBRE LOS SERVICIOS DE AYUDA A LAS EMPRESAS Y A LA INNOVACIÓN ESTABLECIDOS EN EL ARTÍCULO 21

a)

Servicios de información, diálogo, cooperación empresarial e internacionalización:

difundir información relativa al funcionamiento y a las oportunidades que ofrece el mercado interior de bienes y servicios, incluida la publicidad sobre las posibilidades de participar en licitaciones;

promover proactivamente las iniciativas, las políticas y los programas comunitarios pertinentes para las PYME y facilitar información a las PYME sobre los procedimientos de candidatura para dichos programas;

explotar las herramientas de medición del impacto de la legislación vigente sobre las PYME;

contribuir a la realización de los estudios de evaluación del impacto de la Comisión;

explotar otros medios apropiados para hacer participar a las PYME en el proceso europeo de elaboración de políticas;

ayudar a las PYME a desarrollar actividades transfronterizas y a crear redes internacionales;

ayudar a las PYME a encontrar los socios pertinentes del sector público o privado mediante las herramientas apropiadas.

b)

Servicios de innovación y de transferencia de tecnología y conocimientos:

difundir información y aumentar la sensibilización en materia de políticas, legislación y programas de ayuda relacionados con la innovación;

promover la difusión y explotación de los resultados de los programas de investigación;

proporcionar servicios de intermediación tecnológica y de transferencia de conocimientos y fomento de la asociación entre todo tipo de agentes implicados en la innovación;

reforzar la capacidad para innovar de las empresas, sobre todo de las PYME;

facilitar la vinculación con otros servicios de innovación, incluidos los servicios relacionados con la propiedad intelectual.

c)

Servicios de fomento de participación de las PYME en el Séptimo Programa Marco de IDT:

dar a conocer a las PYME el Séptimo Programa Marco de IDT;

ayudar a las PYME a identificar sus necesidades de Investigación y Desarrollo Tecnológico y a encontrar socios pertinentes;

ayudar a las PYME a preparar y coordinar propuestas de proyectos para participar en el Séptimo Programa Marco de IDT.

P6_TA(2006)0231

Pequeñas y medianas empresas en los países en desarrollo

Resolución del Parlamento Europeo sobre las pequeñas y medianas empresas en los países en desarrollo (2005/2207(INI))

El Parlamento Europeo,

Visto el anexo II del Acuerdo de Asociación de Cotonú (1),

Vista la Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo, de 22 de marzo de 2006, titulada «Poner en práctica la asociación para el crecimiento y el empleo: hacer de Europa un polo de excelencia de la responsabilidad social de las empresas» (COM(2006) 0136),

Vista su Resolución, de 17 de noviembre de 2005, sobre la propuesta de Declaración Conjunta del Consejo, el Parlamento Europeo y la Comisión sobre la política de desarrollo de la Unión Europea «El consenso europeo» (2),

Vista la Declaración Conjunta del Consejo y de los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión sobre la política de desarrollo de la Unión Europea titulada «El consenso europeo sobre desarrollo» (3),

Vista su Resolución, de 17 de noviembre de 2005, sobre una estrategia de desarrollo para África (4),

Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo, el Parlamento Europeo y el Comité Económico Social Europeo, de 12 de octubre de 2005, titulada «Estrategia de la UE para África: Hacia un pacto euroafricano para acelerar el desarrollo en África» (COM(2005) 0489),

Vista su Resolución, de 12 de abril de 2005, sobre la función de la UE en la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) (5),

Visto el documento de trabajo de la Comisión, de 29 de octubre de 2004, titulado «Informe de la Comisión sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio 2000-2004» (SEC(2004) 1379),

Visto el artículo 45 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Desarrollo (A6-0151/2006),

A.

Considerando que las políticas europeas sobre las pequeñas y medianas empresas (PYME) no deben transponerse automáticamente a los países en desarrollo,

B.

Considerando que en los países en desarrollo no hay una definición de las PYME aceptada de forma general,

C.

Considerando que el sector de las PYME comprende un grupo heterogéneo de empresas que operan conforme a una serie de condiciones de mercado en los países en desarrollo,

D.

Considerando que las PYME son creadoras de empleo y constructoras de sociedad civil,

E.

Considerando que las PYME son un medio de conseguir el desarrollo económico y social a través de la reducción de la pobreza,

F.

Considerando que las actividades transfronterizas están muy difundidas en la mayoría de las regiones en desarrollo, por lo que requieren una atención especial al establecer las políticas y los programas,

G.

Considerando que un enfoque regional con relación al desarrollo de las PYME, que asocie a gobiernos, autoridades regionales y locales y organizaciones de la sociedad civil de dos o más Estados, puede ser una solución para el desarrollo de las PYME en muchas regiones del mundo en desarrollo,

H.

Considerando que se debe prestar especial atención a la función de las PYME en la economía de los pequeños Estados insulares,

I.

Considerando que se debe prestar especial atención a la función de las PYME en los países en situación de post conflicto como medio de reintegración efectiva de los antiguos combatientes en la sociedad,

J.

Considerando que las autoridades públicas deberían intentar mantener la burocracia a un nivel mínimo, a fin de evitar crear obstáculos al desarrollo de las PYME,

K.

Considerando que el requisito del registro no debe constituir un obstáculo para la puesta en marcha de las pequeñas empresas o para el paso de microempresa a pequeña empresa,

L.

Considerando que la creación de redes locales y regionales puede aportar importantes beneficios a las pequeñas empresas,

M.

Considerando que es necesario difundir las mejores prácticas relativas a la concepción, la aplicación y la evaluación de iniciativas destinadas a promover el crecimiento de las PYME, así como el desarrollo económico y el empleo local,

N.

Considerando que los actores sobre el terreno, sus asociaciones y otras formas de organización deben desempeñar una función fundamental en la creación y la aplicación de toda política en materia de PYME,

O.

Considerando que, al elaborar políticas y programas para las PYME, deben tenerse en cuenta las diferencias regionales y culturales,

P.

Considerando que la mayoría de las microempresas son familiares, por lo que necesitan una atención especial al diseñar cualquier política en materia de PYME,

Q.

Considerando que las mujeres son importantes actores económicos en la creación y el desarrollo de microempresas y de pequeñas empresas y que es necesario sacar del aislamiento a las empresas gestionadas por mujeres,

R.

Considerando que es preciso prestar especial atención a los proyectos de empresas gestionadas por mujeres, a fin de impedir que el comportamiento y las tradiciones históricas impidan la creación y la plena ejecución de iniciativas de microempresa y de PYME,

S.

Considerando que las cooperativas desempeñan una importante función en el apoyo a las economías locales, así como en la estructuración y la provisión de cohesión a las comunidades locales,

T.

Considerando que las instituciones locales tienen una importante función que desempeñar en el apoyo a las PYME,

U.

Considerando que la política de creación de PYME puede desempeñar un papel importante en la reducción del peso de la economía informal,

V.

Considerando que debe garantizarse seguridad para la creación y el funcionamiento de las PYME,

W.

Considerando que las cooperativas están próximas a las prácticas asociativas tradicionales en muchas comunidades rurales y urbanas,

X.

Considerando que la creación de nuevas cooperativas puede ser un medio viable de transformar las actividades informales en formales,

Y.

Considerando que deben apoyarse las iniciativas destinadas a mejorar el entorno inversor y las oportunidades empresariales que contribuyen a crear empleo y bienestar para los pobres,

Z.

Considerando que las PYME necesitan tiempo y creación de capacidades suficientes para adaptarse a la apertura gradual de sus sectores a la competencia del mercado mundial, y que una dimensión crítica, alcanzada a través del proceso asociativo, debería desembocar en la masa crítica necesaria para eliminar progresivamente la protección de la fase inicial,

AA.

Considerando que debe preverse progresivamente el fomento en las PYME de la responsabilidad social empresarial, mediante la cual se introducen consideraciones sociales y medioambientales en el funcionamiento de las empresas,

AB.

Considerando que debería prestarse particular atención al entorno socioeconómico de las PYME, por ejemplo en educación y formación de recursos humanos, infraestructuras de comunicación e información y en el acceso a las materias primas y los mercados,

AC.

Considerando que la creación de asociaciones y de sistemas de información que provean acceso a conocimientos para el desarrollo es de la máxima importancia,

AD.

Considerando que las PYME tienen una importante función que desempeñar en el desarrollo de iniciativas de turismo sostenible en los países en desarrollo,

AE.

Considerando que los sistemas financieros no estructurados son particularmente perjudiciales para el crecimiento de las microempresas y de las pequeñas empresas,

AF.

Considerando que las principales fuentes de financiación disponibles para las PYME son créditos informales de asociaciones informales, familia y amigos, pequeños ahorros, beneficios no distribuidos y remesas de dinero,

AG.

Considerando que la provisión de capital inicial puede desempeñar un papel decisivo en la creación y el desarrollo de PYME,

AH.

Considerando que el acceso a créditos, especialmente a créditos a medio y largo plazo, y el refuerzo de los intermediarios financieros es importante para el desarrollo de las PYME,

AI.

Considerando que la experiencia ha demostrado que las mujeres son las mejores usuarias de microcréditos en los países en desarrollo, lo que les permite ejercer una función en la sostenibilidad económica local,

AJ.

Considerando que los Estados de África, el Caribe y el Pacífico (ACP) y otros países en desarrollo, incluidas las instituciones nacionales y regionales, tienen un papel que desempeñar en la gestión de fondos que promueven el desarrollo de PYME,

AK.

Considerando que debería haber una política financiera y fiscal proactiva para las PYME, y que unas líneas de crédito especiales o incentivos fiscales deberían formar parte de dichas políticas,

1.

Considera necesario armonizar todas las definiciones existentes de PYME, incluidas las microempresas, por lo menos a escala regional; considera, además, que el mejor criterio para definir una PYME es el número de empleados;

2.

Recomienda que, en una región en la que los países en desarrollo constituyan la mayoría, una empresa sea considerada microempresa cuando emplee hasta 5 personas, pequeña empresa cuando emplee entre 6 y 25 personas, y mediana empresa cuando emplee entre 26 y 100 personas;

3.

Apoya las políticas destinadas a reducir los obstáculos a la creación, el registro y la puesta en marcha de empresas; insta a los gobiernos nacionales de los países en desarrollo a que evalúen el impacto de la actual y de la futura legislación económica en las PYME;

4.

Recomienda que se preste un apoyo especial a la creación de redes de empresas a nivel local y regional;

5.

Hace hincapié en el hecho de que la creación de redes se ve facilitada por las asociaciones que proveen conjuntos de servicios como asesoramiento legal, contabilidad, formación y educación y uso de tecnologías informáticas;

6.

Considera que, en caso necesario, en las pequeñas ciudades y pueblos dichos conjuntos de servicios podrían ser creados por fondos públicos, siendo la propiedad privada final una opción recomendada;

7.

Pide políticas, programas y proyectos especialmente diseñados para las PYME, incluidas las microempresas que, tradicionalmente, son muy activas en el comercio transfronterizo;

8.

Destaca la importancia de la participación de los gobiernos en dichas políticas de orientación transfronteriza, fomentando de este modo la confianza entre los Estados, la armonización de legislaciones y prácticas y el desarrollo regional;

9.

Recuerda que las PYME, incluidas las microempresas, son en su mayor parte empresas familiares que se crean en un entorno en el que las culturas y tradiciones siguen desempeñando un papel fundamental, por lo que requieren un enfoque político cuidadoso y sensible cuando se elaboran nuevas legislaciones o formas de organización;

10.

Insta a todos los actores sobre el terreno, bien directamente o a través de sus organizaciones principales, a que participen a todos los niveles en la elaboración y la aplicación de todas las políticas relativas a las PYME;

11.

Reconoce el importantísimo papel desempeñado por las mujeres en todos los ámbitos relacionados con el desarrollo, un papel que a menudo olvidan los responsable de la toma de decisiones, y pide que se preste especial atención a los proyectos empresariales de mujeres;

12.

Reconoce la función que deben desempeñar las instituciones locales en el apoyo a las PYME, incluidas las microempresas; considera que las instituciones locales podrían emprender la aplicación de conjuntos de servicios comunes para las microempresas y las PYME, con financiación estatal en la fase inicial;

13.

Reconoce la función de las PYME como creadoras de empleo, y destaca la importancia de transformar la mayoría de estos empleos no cualificados en cualificados, de estacionales en empleos a tiempo completo y de temporales en permanentes, mediante políticas y programas nacionales proactivos;

14.

Destaca la importante función que pueden desempeñar las cooperativas en el apoyo a las economías locales y en la estructuración y cohesión de las comunidades locales;

15.

Pide que las políticas nacionales contribuyan a reducir el peso de la economía informal en los países en desarrollo; pide, además, que se promuevan iniciativas que contribuyan a mejorar el entorno inversor y a crear de este modo oportunidades de negocio;

16.

Considera que las cooperativas son un vehículo para formalizar las actividades informales, dado que están más próximas que otras formas de organización legal a las prácticas asociativas tradicionales en muchas comunidades rurales y urbanas;

17.

Considera que las cooperativas constituyen el mejor entorno para asegurar que las PYME que se encuentran en el sector formal no caigan en el sector informal;

18.

Reconoce que las PYME necesitan tiempo y creación de capacidad suficientes para adaptarse a la apertura gradual de sus sectores a la competencia del mercado mundial; reconoce además que una dimensión crítica, que ha de alcanzarse a través del proceso asociativo, debe desembocar en la masa crítica necesaria para eliminar progresivamente la protección de la fase inicial;

19.

Insta a la introducción progresiva del concepto de responsabilidad social empresarial en las PYME de los países en desarrollo, por lo que pide a la Comisión que utilice todas las conferencias pertinentes y los debates bilaterales con los países firmantes del Acuerdo de Cotonú a fin de promover dicha introducción y concienciación;

20.

Reconoce que sólo es posible crear un entorno socioeconómico sólido para las PYME si las políticas destinadas a ellas incluyen acciones en los ámbitos de la educación y formación de recursos humanos, la provisión de infraestructuras de la comunicación e información y un fácil acceso a las materias primas y los mercados locales y regionales;

21.

Insta a la creación de asociaciones de PYME para el intercambio y la actualización de información y conocimientos;

22.

Reconoce el papel que pueden desempeñar las PYME en el desarrollo de la mayoría de las políticas sectoriales;

23.

Insta a la aplicación de sistemas financieros sólidos y favorables para las PYME;

24.

Destaca la necesidad de evitar las prácticas tradicionales de créditos y empréstitos informales en muchos ámbitos, promoviendo productos financieros especialmente diseñados, así como microfinanzas;

25.

Recomienda que se provea capital inicial para la creación y el desarrollo de PYME;

26.

Recomienda políticas que faciliten el acceso a créditos, especialmente créditos a medio y largo plazo, y la consolidación de los intermediarios que se dedican a la financiación de PYME;

27.

Pide que se preste especial atención a las operaciones de microcrédito orientadas a las mujeres, especialmente en los ámbitos en las que éstas no tienen plenos poderes;

28.

Propone que se apoye y financie a escala internacional a las instituciones regionales que trabajan en el sector financiero de los países en desarrollo, introduciendo así un enfoque multinacional común para las actividades que llevan a cabo las PYME;

29.

Pide que se concedan incentivos fiscales a las PYME, especialmente en su fase de puesta en marcha;

30.

Pide que se efectúen reformas reglamentarias destinadas a acelerar y simplificar los procedimientos de registro, así como a reducir los requisitos relativos al capital mínimo;

31.

Pide reformas de los procedimientos judiciales a fin de acelerar la resolución de conflictos empresariales así como de ejecutar contratos y defender más eficazmente los derechos de propiedad intelectual;

32.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Gobiernos de los Estados miembros de la UE y de los Estados ACP, al Consejo ACP-UE y a la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE.


(1)  Acuerdo de Asociación entre los Estados de África, del Caribe y del Pacífico, por una parte, y la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por otra, firmado en Cotonú el 23 de junio de 2000, DO L 65 de 8.3.2003, p. 27.

(2)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0446.

(3)  DO C 46 de 24.2.2006, p. 1.

(4)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0445.

(5)  DO C 33 E de 9.2.2006, p. 311.

P6_TA(2006)0232

Medicamentos para uso pediátrico ***II

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre medicamentos para uso pediátrico y por el que se modifican el Reglamento (CEE) no 1768/92, la Directiva 2001/20/CE, la Directiva 2001/83/CE y el Reglamento (CE) no 726/2004 (15763/3/2005 — C6-0087/2006 — 2004/0217(COD))

(Procedimiento de codecisión: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la Posición Común del Consejo (15763/3/2005 — C6-0087/2006),

Vista su posición en primera lectura (1) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2004) 0599) (2),

Vista la propuesta modificada de la Comisión (COM(2005) 0577) (2),

Visto el apartado 2 del artículo 251 del Tratado CE,

Visto el artículo 62 de su Reglamento,

Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6-0171/2006),

Vista la Declaración de la Comisión aneja a la presente resolución legislativa y que se publicará en el Diario Oficial con el acto legislativo,

1.

Aprueba la posición común en su versión modificada;

2.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  «Textos Aprobados» de 7.9.2005, P6_TA(2005)0331.

(2)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TC2-COD(2004)0217

Posición del Parlamento Europeo adoptada en segunda lectura el 1 de junio de 2006 con vistas a la adopción del Reglamento (CE) no .../2006 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre medicamentos para uso pediátrico y por el que se modifican el Reglamento (CEE) no 1768/92, la Directiva 2001/20/CE, la Directiva 2001/83/CE y el Reglamento (CE) no 726/2004

(Texto pertinente a efectos del EEE)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 95,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

Previa consulta al Comité de las Regiones,

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),

Considerando lo siguiente:

(1)

Antes de que se comercialice en uno o más Estados miembros un medicamento de uso humano, generalmente tiene que haber sido objeto de amplios estudios, incluidos ensayos preclínicos y clínicos para verificar que es seguro, de elevada calidad y eficaz para la población destinataria.

(2)

Estos estudios pueden no haber sido realizados en cuanto al uso pediátrico, y muchos de los medicamentos administrados actualmente a la población pediátrica no se han estudiado ni autorizado específicamente para ella. Las fuerzas del mercado, por sí solas, han demostrado ser insuficientes para estimular procedimientos adecuados de investigación, desarrollo y autorización de medicamentos para uso en la población pediátrica.

(3)

Entre los problemas debidos a la ausencia de medicamentos convenientemente adaptados para la población pediátrica figuran la información inadecuada sobre la dosificación, lo que aumenta el riesgo de reacciones adversas incluso mortales, la ineficacia de ciertos tratamientos por subdosificación, la imposibilidad de disponer de determinados avances terapéuticos para el ámbito pediátrico y de fórmulas y vías de administración apropiadas, así como el recurso en pediatría a fórmulas magistrales u oficinales, a veces de baja calidad.

(4)

Con el presente Reglamento se pretende facilitar el desarrollo y la accesibilidad de medicamentos de uso pediátrico, velar por que dichos medicamentos sean fruto de una investigación ética y de calidad y estén específicamente autorizados para su administración a la población pediátrica, y mejorar la información disponible sobre el uso de medicamentos en las distintas poblaciones pediátricas. Estos objetivos deben alcanzarse sin someter a la población pediátrica a ensayos clínicos innecesarios y sin retrasar la autorización de medicamentos para otros grupos de edad de la población.

(5)

Aún teniendo en cuenta que el objetivo fundamental de cualquier reglamentación relativa a medicamentos debe ser la protección de la salud pública, este objetivo debe alcanzarse por medios que no impidan la libre circulación de medicamentos seguros en la Comunidad. Las diferencias entre las disposiciones legislativas, reglamentarias y administrativas nacionales en materia de medicamentos tienden a obstaculizar el comercio intracomunitario, afectando así directamente al funcionamiento del mercado interior. Por ello, toda acción que, con vistas a prevenir o eliminar dichos obstáculos, promueva la elaboración y la autorización de medicamentos pediátricos está justificada. Por consiguiente, el artículo 95 del Tratado constituye el fundamento jurídico adecuado.

(6)

Para alcanzar los mencionados objetivos resulta necesario establecer un sistema tanto de obligaciones como de recompensas e incentivos. La naturaleza exacta de tales obligaciones, recompensas e incentivos debe tener en cuenta la situación de cada medicamento concreto. El Reglamento debe aplicarse a todos los medicamentos para uso pediátrico, es decir, los medicamentos en fase de desarrollo que aún no hayan sido autorizados, los autorizados todavía protegidos por los derechos de propiedad intelectual y los autorizados que no gocen ya de dicha protección.

(7)

Las reservas que suscita la realización de ensayos en la población pediátrica deben sopesarse a la luz del problema ético de administrar medicamentos a una población con la cual no se han puesto a prueba de forma adecuada. Una forma segura de afrontar la amenaza que representa para la salud pública el uso de medicamentos no sometidos a ensayo en la población pediátrica es el estudio de los medicamentos para uso pediátrico, de forma cuidadosamente controlada y vigilada mediante los requisitos específicos destinados a proteger a la población pediátrica que participan en ensayos clínicos en la Comunidad, recogidos en la Directiva 2001/20/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de abril de 2001, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros sobre la aplicación de buenas prácticas clínicas en la realización de ensayos clínicos de medicamentos de uso humano (3).

(8)

Conviene crear un comité científico, denominado Comité Pediátrico, en el seno de la Agencia Europea de Medicamentos (en lo sucesivo, «la Agencia»), con conocimientos, experiencia y competencia en el desarrollo y la evaluación de todos los aspectos de los medicamentos para la población pediátrica. A dicho Comité Pediátrico se le deben aplicar las disposiciones relativas a los comités científicos de la Agencia, establecidas en el Reglamento (CE) no 726/2004.  (4) Los miembros del Comité Pediátrico no deben tener, por consiguiente, intereses financieros o de otro tipo en la industria farmacéutica que puedan afectar a su imparcialidad, deben comprometerse a actuar en interés público y de manera independiente y deben presentar una declaración anual de sus intereses financieros . La responsabilidad fundamental del Comité Pediátrico debe ser la evaluación científica y aprobación de los planes de investigación pediátrica, con sus correspondientes dispensas y aplazamientos. Debe también coordinar las diversas medidas de apoyo previstas en el presente Reglamento. En todas sus acciones, el Comité Pediátrico debe considerar las posibles ventajas terapéuticas significativas para los pacientes pediátricos que participen en los estudios o para el conjunto de la población pediátrica, así como la necesidad de evitar estudios innecesarios. El Comité pediátrico debe ajustarse a las disposiciones comunitarias existentes, como la Directiva 2001/20/CE, y a la Directriz E11 de la Conferencia Internacional sobre Armonización (ICH), que se refiere al desarrollo de medicamentos para la población pediátrica, y evitar que los requisitos aplicables a los estudios en la población pediátrica provoquen demoras en la autorización de medicamentos para otros grupos de población.

(9)

La Agencia debe establecer procedimientos de aprobación y modificación de los planes de investigación pediátrica, que son el documento en el que deben basarse el desarrollo y la autorización de los medicamentos para la población pediátrica. El plan de investigación pediátrica debe detallar el calendario y las medidas que se proponen para demostrar la calidad, seguridad y eficacia del medicamento para la población pediátrica. Como esta población está, de hecho, compuesta de diversos subgrupos, en el plan de investigación pediátrica debe especificarse cuáles de estos subgrupos deben estudiarse, con qué medios y en qué plazo.

(10)

Con la introducción del plan de investigación pediátrica en el marco jurídico aplicable a los medicamentos de uso humano se pretende conseguir que el desarrollo de medicamentos potencialmente destinados a la población pediátrica se convierta en parte integrante del proceso de desarrollo de medicamentos, integrándose en los programas de desarrollo de medicamentos para adultos. Por ello, los planes de investigación pediátrica deben presentarse en la fase inicial de desarrollo del medicamento, para que dé tiempo a realizar estudios en la población pediátrica , si procede, antes de presentar las solicitudes de autorización de comercialización correspondientes. Es conveniente que se fijen plazos para la presentación de los planes de investigación pediátrica, a fin de garantizar el establecimiento de un diálogo temprano entre el promotor y el Comité Pediátrico. Además, la presentación en la fase inicial de un plan de investigación pediátrica, junto con la presentación de una solicitud de aplazamiento tal y como se describe más abajo, evitará que se demore la autorización para otro tipo de población. Dado que el desarrollo de medicamentos es un proceso dinámico que depende de los resultados de estudios en curso, conviene disponer lo necesario para que pueda modificarse un plan aprobado en caso de necesidad.

(11)

En el caso de los medicamentos nuevos y de los medicamentos autorizados protegidos por patentes o certificados complementarios de protección, es preciso instaurar la obligación de presentar en el momento de cumplimentar las solicitudes de autorización de comercialización, o las solicitudes de autorización de nuevas indicaciones, nuevas formas farmacéuticas o nuevas vías de administración, ya sea los resultados de los estudios en la población pediátrica de conformidad con un plan de investigación pediátrica aprobado o bien la prueba de que se dispone de una dispensa o un aplazamiento. El plan de investigación pediátrica debe ser el criterio de referencia para determinar el cumplimiento de la obligación mencionada. No obstante, deben estar exentos de este requisito los genéricos o los medicamentos biológicos similares y los autorizados mediante el procedimiento de uso médico bien establecido, así como los medicamentos homeopáticos y los medicamentos fitoterapéuticos tradicionales autorizados mediante los procedimientos simplificados de registro de la Directiva 2001/83/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de noviembre de 2001, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano (5).

(12)

Debe preverse que la investigación en el uso pediátrico de medicamentos que no están protegidos por patentes o certificados complementarios de protección se financie con cargo a programas de investigación comunitarios.

(13)

Para garantizar que la investigación en la población pediátrica se lleve a efecto únicamente para subvenir a sus necesidades terapéuticas, es preciso establecer procedimientos para que la Agencia pueda dispensar de la obligación a que hace referencia el considerando 11 a medicamentos específicos, clases o subclases de medicamentos, y para que haga públicas las dispensas. Debe preverse la posibilidad de modificar las listas de dispensas, a medida que evolucione el conocimiento científico y médico. No obstante, en caso de que se revoque una dispensa, la obligación debe quedar en suspenso durante cierto tiempo, al menos para que pueda aprobarse un plan de investigación pediátrica y puedan iniciarse estudios en la población pediátrica antes de solicitar la autorización de comercialización.

(14)

En algunos casos, la Agencia debe posponer el comienzo o la terminación de algunas o todas las medidas previstas en un plan de investigación pediátrica, para garantizar que la investigación sólo se lleve a cabo cuando sea seguro y ético hacerlo, y que la necesidad de proceder al estudio de datos sobre la población pediátrica no impida o retrase la autorización de medicamentos destinados a otros grupos de población.

(15)

La Agencia debe ofrecer asesoramiento científico gratuito como incentivo a los promotores de medicamentos para la población pediátrica. Para garantizar la coherencia científica, la Agencia debe actuar como interfaz entre el Grupo de Asesoramiento Científico del Comité de Medicamentos de Uso Humano y el Comité Pediátrico, y entre éste y los demás comités y grupos de trabajo comunitarios en materia de medicamentos.

(16)

No deben modificarse los procedimientos existentes de autorización de comercialización de medicamentos de uso humano. No obstante, de la obligación a que hace referencia el considerando 11 se desprende que las autoridades competentes deben comprobar el cumplimiento de dicho plan de investigación, con sus correspondientes dispensas y aplazamientos, en la fase alcanzada de validación de las solicitudes de autorización de comercialización. La evaluación de la calidad, la seguridad y la eficacia de los medicamentos para la población pediátrica, así como la concesión de autorizaciones de comercialización, deben seguir siendo responsabilidad de las autoridades competentes. Debe estipularse que se solicite el dictamen del Comité Pediátrico en materia de cumplimiento o de calidad, seguridad y eficacia de un medicamento para la población pediátrica.

(17)

Para que los profesionales de la salud y los pacientes dispongan de información sobre el uso seguro y eficaz de los medicamentos para la población pediátrica, y como medida de transparencia, la información sobre el producto debe contener información sobre los resultados de los estudios en la población pediátrica, la situación de los planes de investigación pediátrica, las dispensas y los aplazamientos. Cuando se hayan cumplido todas las medidas del plan de investigación pediátrica, dicho cumplimiento debe quedar registrado en la autorización de comercialización y debe constituir la base sobre la cual las empresas podrán obtener recompensas por cumplimiento.

(18)

Para identificar los medicamentos cuyo uso pediátrico se haya autorizado y permitir su prescripción, es conveniente que en la etiqueta de todo medicamento autorizado para una indicación pediátrica, figure un símbolo que será elegido por la Comisión, previa recomendación del Comité Pediátrico.

(19)

Con objeto de crear incentivos para los medicamentos autorizados que ya no estén protegidos por los derechos de propiedad intelectual, es necesario establecer un nuevo tipo de autorización de comercialización: la autorización de comercialización para uso pediátrico. La autorización de comercialización para uso pediátrico debe otorgarse de conformidad con los procedimientos existentes de autorización de comercialización, pero debe aplicarse específicamente a los medicamentos desarrollados exclusivamente para su administración a la población pediátrica. No debe impedirse que el nombre de un medicamento al que se conceda la autorización de comercialización para uso pediátrico coincida con el nombre comercial existente del correspondiente medicamento para adultos, de modo que pueda aprovecharse tanto el reconocimiento del mismo como la exclusividad de los datos propia a una nueva autorización de comercialización.

(20)

En la solicitud de autorización de comercialización para uso pediátrico deben figurar los datos correspondientes a la administración del medicamento a niños, recopilados de conformidad con un plan de investigación pediátrica aprobado. Dichos datos podrán proceder de publicaciones existentes o de estudios nuevos. Cualquier solicitud de autorización de comercialización para uso pediátrico debe poder tomar como referencia datos relativos a un medicamento que esté o haya estado autorizado en la Comunidad. Con ello se pretende incentivar a las pequeñas y medianas empresas, como las que fabrican genéricos, para que elaboren medicamentos para la población pediátrica sin protección de patentes.

(21)

El presente Reglamento debe contener medidas para maximizar el acceso de la población de la Comunidad a nuevos medicamentos ensayados y adaptados para uso pediátrico, y para minimizar la posibilidad de que se ofrezcan recompensas e incentivos comunitarios sin que el conjunto de la población pediátrica de la Comunidad disponga de un medicamento recientemente autorizado. Las solicitudes de autorización de comercialización (incluidas las solicitudes de autorización de comercialización para uso pediátrico) que contengan los resultados de los estudios realizados con arreglo a un plan de investigación pediátrica aprobado deben poder acogerse al procedimiento comunitario centralizado establecido en los artículos 5 a 15 del Reglamento (CE) no 726/2004.

(22)

Cuando un plan de investigación pediátrica aprobado haya conducido a la autorización de una indicación pediátrica de un medicamento ya comercializado para otras indicaciones, el titular de la autorización de comercialización debe estar obligado a comercializarlo incorporando la información pediátrica antes de transcurridos dos años desde la fecha de aprobación de tal indicación. Esta obligación debe aplicarse únicamente a los medicamentos previamente autorizados, y no a los que se autoricen directamente mediante autorización de comercialización para uso pediátrico.

(23)

Debe establecerse un procedimiento optativo que permita obtener un dictamen comunitario único sobre un medicamento autorizado a escala nacional cuando los datos pediátricos resultantes de un plan de investigación pediátrica aprobado formen parte de la solicitud de autorización de comercialización. A tal efecto podría recurrirse al procedimiento establecido en los artículos 32, 33 y 34 de la Directiva 2001/83/CE. Esto permitirá adoptar una decisión comunitaria armonizada sobre la administración del medicamento a la población pediátrica y su inclusión en todas las informaciones nacionales sobre el mismo.

(24)

Es fundamental velar por que los mecanismos de farmacovigilancia estén adaptados a las dificultades específicas que plantea la recogida de datos de seguridad para la población pediátrica, incluidos los datos sobre posibles efectos a largo plazo. También la eficacia para la población pediátrica puede requerir estudios ulteriores a la autorización. Por ello, otra obligación al solicitar una autorización de comercialización que contenga los resultados de los estudios realizados de conformidad con un plan de investigación pediátrica aprobado debe ser que el solicitante indique cómo piensa llevar a cabo el seguimiento a largo plazo de las posibles reacciones adversas al uso del medicamento y de su eficacia para la población pediátrica. Además, cuando haya motivo especial de preocupación, el solicitante, como condición para la obtención de la autorización, debe presentar y aplicar un sistema de gestión del riesgo o proceder a estudios posteriores a la comercialización.

(25)

En interés de la salud pública, es preciso garantizar la disponibilidad permanente de medicamentos seguros y eficaces, autorizados para indicaciones pediátricas y desarrollados como consecuencia del presente Reglamento. Cuando el titular de una autorización de comercialización vaya a retirar del mercado un medicamento de este tipo, deberían existir medidas para que la población pediátrica pueda seguir teniendo acceso al medicamento de que se trate. Para ello, deberá informarse a la Agencia con antelación suficiente de cualquier propósito de retirada que lo comunicará al público.

(26)

Para los medicamentos con obligatoriedad de presentar datos pediátricos, si se cumplen todas las medidas que figuran en el plan de investigación pediátrica aprobado, si el medicamento está autorizado en todos los Estados miembros y si la información sobre el producto contiene los datos pertinentes sobre los resultados de los estudios, debe otorgarse una recompensa consistente en una prórroga de seis meses del certificado complementario de protección establecido mediante el Reglamento (CEE) no 1768/92 del Consejo (6). Las decisiones de los Estados miembros relativas a la fijación de los precios de los medicamentos o a su inclusión en el ámbito de los regímenes nacionales de seguridad social no deben influir en la concesión de esta recompensa.

(27)

Únicamente se admitirá una solicitud de prórroga de la validez de un certificado en virtud del presente Reglamento cuando el certificado se haya concedido en los términos del Reglamento (CEE) no 1768/92.

(28)

Como la recompensa se otorga por realizar estudios en la población pediátrica, y no por demostrar que un medicamento es seguro y eficaz para la población pediátrica, ésta debe concederse aun cuando no se autorice la indicación pediátrica. No obstante, para mejorar la información disponible sobre la administración de medicamentos a la población pediátrica, los datos pertinentes a este respecto deben figurar en la información relativa al producto autorizado.

(29)

De conformidad con el Reglamento (CE) no 141/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 1999, sobre medicamentos huérfanos (7), los medicamentos declarados huérfanos gozan de diez años de exclusividad comercial a partir de la concesión de una autorización de comercialización para la indicación terapéutica para la que se haya obtenido la declaración de medicamento huérfano. Dado que, con frecuencia, estos medicamentos no están protegidos por patentes, la recompensa consistente en la prórroga del certificado complementario de protección no puede aplicarse; a la inversa, si están protegidos por patentes, tal prórroga constituiría un doble incentivo. Por tanto, en el caso de los medicamentos huérfanos, en lugar de la prórroga del certificado complementario de protección, procede ampliar a doce años el período de exclusividad comercial si se cumple plenamente el requisito de aportar datos relativos al uso pediátrico.

(30)

Las disposiciones del presente Reglamento no deben impedir la concesión de otros incentivos o recompensas. Para garantizar la transparencia de las diversas medidas existentes a escala comunitaria y de los Estados miembros, conviene que la Comisión establezca una relación detallada de todos los incentivos disponibles, a partir de la información recibida de los Estados miembros. Las disposiciones del presente Reglamento, incluida la aprobación de los planes de investigación pediátrica, no deben servir de fundamento para obtener cualesquiera otros incentivos comunitarios a la investigación, como la financiación de proyectos de investigación con cargo a los programas marco plurianuales de la Comunidad para acciones de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración.

(31)

Con el fin de aumentar la disponibilidad de información sobre la utilización de medicamentos para uso pediátrico y evitar la repetición innecesaria de estudios en la población pediátrica que no aporten novedades al conocimiento colectivo, conviene que en la base de datos europea prevista en el artículo 11 de la Directiva 2001/20/CE se incluya un registro europeo de ensayos clínicos de medicamentos para la población pediátrica que comprenda todos los ensayos pediátricos en curso, interrumpidos prematuramente y finalizados tanto en la Comunidad como en terceros países. La Agencia hará públicos una parte de la información relativa a los ensayos clínicos pediátricos que se recoja en la base de datos, así como detalles de los resultados de todos los ensayos clínicos pediátricos que se presenten a los órganos competentes.

(32)

El Comité Pediátrico debe establecer un inventario de las necesidades terapéuticas de la población pediátrica, tras haber consultado a la Comisión, los Estados miembros y las partes interesadas, y debe actualizarlo regularmente. Deben figurar en él los medicamentos para uso pediátrico existentes y subrayarse las necesidades terapéuticas de la población pediátrica y las prioridades de investigación y desarrollo. De este modo, las empresas podrán detectar fácilmente oportunidades de desarrollo comercial, el Comité Pediátrico podrá apreciar mejor la necesidad de medicamentos y estudios al evaluar proyectos de planes de investigación pediátrica, dispensas y aplazamientos, y los profesionales de la salud y los pacientes tendrán una fuente de información en la que basarse al elegir los medicamentos.

(33)

Los ensayos clínicos con niños pueden requerir conocimientos y experiencia específicos, una metodología diferente y, a veces, instalaciones propias. Deben llevarlos a cabo investigadores adecuadamente formados. Una red que reagrupe las iniciativas y centros de estudio nacionales y comunitarios existentes, destinada a generar las competencias necesarias a escala comunitaria y que tome en consideración datos de la Comunidad y de terceros países, puede contribuir a facilitar la cooperación y a evitar la repetición innecesaria de estudios. Esta red puede contribuir a reforzar las bases del Espacio Europeo de Investigación en el contexto de los programas marco comunitarios para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración, beneficiar a la población pediátrica y constituir una fuente de información y conocimientos para la industria del sector.

(34)

Es posible que las empresas farmacéuticas dispongan ya de datos sobre la seguridad o la eficacia pediátrica de determinados medicamentos autorizados. Para mejorar la información disponible sobre la administración de medicamentos a la población pediátrica, debe poder exigirse a las empresas que dispongan de tales datos que los presenten a la autoridad competente de los países en que esté autorizado el producto. De este modo se podrán evaluar los datos y, si procede, incluirlos en la información sobre el medicamento destinada a los profesionales de la sanidad y a los pacientes.

(35)

Debe proporcionarse financiación comunitaria para cubrir todos los aspectos del trabajo del Comité Pediátrico y de la Agencia que resulten de la aplicación del presente Reglamento, como la evaluación de los planes de investigación pediátrica, la exención del pago del asesoramiento científico, y las medidas de información y fomento de la transparencia, como la base de datos de estudios pediátricos y la red.

(36)

Procede aprobar las medidas necesarias para la ejecución del presente Reglamento con arreglo a la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (8).

(37)

Procede, por tanto, modificar en consecuencia el Reglamento (CEE) no 1768/92, la Directiva 2001/20/CE, la Directiva 2001/83/CE y el Reglamento (CE) no 726/2004.

(38)

Dado que el objetivo del presente Reglamento, a saber, aumentar la disponibilidad de medicamentos ensayados para uso pediátrico, no puede ser alcanzado de manera suficiente por los estados miembros y, por consiguiente puede lograrse mejor a nivel comunitario dado que ello permitirá aprovechar el mayor mercado posible y evitar la dispersión de recursos limitados, la Comunidad puede adoptar medidas de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, el presente Reglamento no excede de lo necesario para alcanzar dicho objetivo,

HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

TÍTULO I

DISPOSICIONES INTRODUCTORIAS

Capítulo 1

Objeto y definiciones

Artículo 1

El presente Reglamento establece normas para el desarrollo de medicamentos de uso humano con el fin de hacer frente a las necesidades terapéuticas específicas de la población pediátrica, sin someter a la población pediátrica a ensayos clínicos o de otro tipo innecesarios, y de conformidad con la Directiva 2001/20/CE.

Artículo 2

Además de las definiciones establecidas en el artículo 1 de la Directiva 2001/83/CE, a afectos del presente Reglamento se entenderá por:

1.

población pediátrica: sector de la población cuya edad se encuentra entre el nacimiento y los 18 años;

2.

plan de investigación pediátrica: programa de investigación y desarrollo destinado a garantizar que se generen los datos necesarios para determinar las condiciones en las que un medicamento puede ser autorizado para su administración a la población pediátrica;

3.

medicamento autorizado para una indicación pediátrica: aquel cuya administración a toda o parte de la población pediátrica se ha autorizado y cuya indicación autorizada se especifica con precisión en el resumen de las características del producto (la ficha técnica) establecido de conformidad con el artículo 11 de la Directiva 2001/83/CE;

4.

autorización de comercialización para uso pediátrico: la concedida a un medicamento de uso humano no protegido por un certificado complementario de protección, en virtud del Reglamento (CEE) no 1768/92, o por una patente que permita obtener para tal medicamento un certificado complementario de protección, que abarca solamente las indicaciones terapéuticas del medicamento pertinentes para su uso por la población pediátrica o algún subgrupo o subgrupos de ella, tales como su concentración apropiada, su forma farmacéutica o su vía de administración.

Capítulo 2

El Comité Pediátrico

Artículo 3

1.   A más tardar el ... (9), se creará un Comité Pediátrico en la Agencia Europea de Medicamentos establecida mediante el Reglamento (CE) no 726/2004 (en lo sucesivo, «la Agencia»). El Comité Pediátrico se considerará creado una vez que hayan sido nombrados los miembros a que se refiere el artículo 4, apartado 1, letras a) y b).

La Agencia ejercerá las funciones de secretaría del Comité Pediátrico y le prestará apoyo técnico y científico.

2.   Salvo disposición contraria del presente Reglamento, el Comité Pediátrico se regirá por el Reglamento (CE) no 726/2004 , incluidas las disposiciones relativas a la independencia e imparcialidad de sus miembros .

3.   El Director Ejecutivo de la Agencia será responsable de la coordinación apropiada entre el Comité Pediátrico y el Comité de Medicamentos de Uso Humano, el Comité de Medicamentos Huérfanos, sus grupos de trabajo y cualesquiera otros grupos científicos consultivos.

La Agencia establecerá procedimientos específicos para las posibles consultas entre ellos.

Artículo 4

1.   El Comité Pediátrico estará compuesto por los siguientes miembros:

a)

cinco miembros, con sus respectivos suplentes, del Comité de Medicamentos de Uso Humano, que hayan sido nombrados miembros de este último comité de conformidad con el artículo 61, apartado 1 del Reglamento (CE) no 726/2004; estos cinco miembros y sus suplentes serán nombrados miembros del Comité Pediátrico por el Comité de Medicamentos de Uso Humano;

b)

un miembro y un suplente designados por cada Estado miembro cuya autoridad nacional competente no esté representada por alguno de los miembros nombrados por el Comité de Medicamentos de Uso Humano;

c)

tres miembros y tres suplentes nombrados por la Comisión, mediante convocatoria pública de manifestaciones de interés y previa consulta al Parlamento Europeo, en representación de los profesionales de la salud;

d)

tres miembros y tres suplentes nombrados por la Comisión, mediante convocatoria pública de manifestaciones de interés y previa consulta al Parlamento Europeo, en representación de las asociaciones de pacientes.

Los suplentes representarán a los miembros en caso de ausencia y votarán en su nombre.

A efectos de las letras a) y b), los Estados miembros cooperarán, coordinados por el Director Ejecutivo de la Agencia, de manera que en la composición final del Comité Pediátrico, comprendidos miembros y suplentes, estén representados los ámbitos científicos que guarden relación con los medicamentos para uso pediátrico y, como mínimo: desarrollo galénico, pediatría, farmacia pediátrica, farmacología pediátrica, investigación pediátrica, farmacovigilancia, ética y salud pública. A los efectos de las letras c) y d), la Comisión tomará en consideración los conocimientos especializados de los miembros nombrados con arreglo a las letras a) y b).

2.   Los miembros del Comité Pediátrico serán nombrados por un período de tres años, renovable. Podrán asistir a las reuniones del Comité Pediátrico acompañados por expertos.

3.   El Comité Pediátrico elegirá a su presidente entre sus miembros, para un mandato de tres años renovable una vez.

4.   La Agencia hará públicos los nombres y las cualificaciones de los miembros del Comité Pediátrico.

Artículo 5

1.   En la preparación de sus dictámenes, el Comité Pediátrico velará por que se alcance un consenso científico. Si no se pudiese llegar a tal consenso, el Comité Pediátrico adoptará un dictamen en el que constarán la posición de la mayoría de los miembros y las opiniones divergentes, debidamente fundamentadas. Estos dictámenes estarán a disposición del público, en virtud del artículo 25, apartados 5 y 7.

2.   El Comité Pediátrico establecerá un reglamento interno para el desempeño de sus funciones, que entrará en vigor tras el dictamen favorable del Consejo de Administración de la Agencia y, ulteriormente, de la Comisión.

3.   Podrán asistir a todas las reuniones del Comité Pediátrico representantes de la Comisión, así como el Director Ejecutivo de la Agencia o sus representantes.

Artículo 6

1.   Entre las funciones del Comité Pediátrico figuran las siguientes:

a)

evaluar el contenido de todo plan de investigación pediátrica de un medicamento que se le presente de conformidad con el presente Reglamento, y emitir un dictamen al respecto;

b)

evaluar las dispensas y aplazamientos y emitir un dictamen al respecto;

c)

a petición del Comité de Medicamentos de Uso Humano, de una autoridad competente o del solicitante, evaluar la conformidad de la solicitud de autorización de comercialización con el correspondiente plan de investigación pediátrica aprobado, y emitir un dictamen al respecto;

d)

a petición del Comité de Medicamentos de Uso Humano o de una autoridad competente, evaluar cualquier dato procedente de un plan de investigación pediátrica aprobado, y emitir un dictamen sobre la calidad, seguridad o eficacia del medicamento para su empleo en pediatría;

e)

asesorar en cuanto al contenido y formato de los datos que hayan de recogerse para el encuesta contemplada en el artículo 42;

f)

prestar apoyo y asesorar a la Agencia para el establecimiento de la red europea contemplada en el artículo 44;

g)

prestar asistencia científica en la elaboración de todo documento relacionado con el cumplimiento de los objetivos del presente Reglamento;

h)

asesorar sobre cualquier cuestión relacionada con los medicamentos para uso en la población pediátrica, a petición de la Comisión o del Director Ejecutivo de la Agencia;

i)

establecer un inventario específico de necesidades de medicamentos para uso en la población pediátrica y actualizarlo periódicamente, como se menciona en el artículo 43;

j)

asesorar a la Agencia y a la Comisión en lo que respecta a la comunicación de las disposiciones existentes para realizar investigaciones de medicamentos para uso en la población pediátrica;

k)

presentar una recomendación a la Comisión en cuanto al símbolo a que se refiere el artículo 32, apartado 2.

2.   En el desempeño de sus funciones, el Comité Pediátrico estudiará si cabe esperar que los estudios propuestos ofrezcan beneficios terapéuticos significativos a la población pediátrica o satisfagan una necesidad terapéutica de dicha población. El Comité Pediátrico tendrá en cuenta la información de que disponga, incluidos todos los dictámenes, decisiones o asesoramiento de los órganos competentes de terceros países.

TÍTULO II

REQUISITOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE COMERCIALIZACIÓN

Capítulo 1

Requisitos generales para la autorización

Artículo 7

1.   Las solicitudes de autorización de comercialización a tenor del artículo 6 de la Directiva 2001/83/CE para medicamentos de uso humano que no estén autorizados en la Comunidad en el momento de la entrada en vigor del presente Reglamento sólo se considerarán válidas si contienen, además de los datos y documentos contemplados en el artículo 8, apartado 3 de la Directiva 2001/83/CE, uno de los siguientes elementos:

a)

los resultados de todos los estudios realizados y los pormenores de toda la información recogida de conformidad con un plan de investigación pediátrica aprobado;

b)

una decisión de la Agencia por la que se conceda una dispensa a ese medicamento específico;

c)

una decisión de la Agencia por la que se conceda una dispensa de clase de conformidad con el artículo 11;

d)

una decisión de la Agencia por la que se conceda un aplazamiento.

A efectos de la letra a), se adjuntará también a la solicitud la decisión de la Agencia por la que se aprueba el correspondiente plan de investigación pediátrica.

2.   Los documentos presentados en virtud del apartado 1 comprenderán, conjuntamente, a todos los subsectores de la población pediátrica.

Artículo 8

Los medicamentos autorizados protegidos por un certificado complementario de protección en virtud del Reglamento (CEE) no 1768/92, o por una patente que permita obtener un certificado complementario de protección, quedarán sometidos al artículo 7 del presente Reglamento respecto de las solicitudes de autorización de nuevas indicaciones, incluidas las pediátricas, nuevas formas farmacéuticas y nuevas vías de administración.

A efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, los documentos mencionados en el artículo 7, apartado 1 deberán cubrir las indicaciones, formas farmacéuticas y vías de administración tanto existentes como nuevas.

Artículo 9

Los artículos 7 y 8 no se aplicarán a los medicamentos autorizados en virtud de los artículos 10, 10 bis, 13 a 16 o 16 bis a 16 decies de la Directiva 2001/83/CE.

Artículo 10

La Comisión, en consulta con los Estados miembros, la Agencia y demás partes interesadas, establecerá las normas de aplicación relativas al formato y al contenido que deberán respetar las solicitudes de aprobación o modificación de un plan de investigación pediátrica y las solicitudes de dispensas o aplazamientos para poder considerarse válidas, así como las relativas al funcionamiento del control de la conformidad con arreglo al artículo 23 y al artículo 28, apartado 3.

Capítulo 2

Dispensas

Artículo 11

1.   La presentación de la información contemplada el artículo 7, apartado 1, letra a) no será obligatoria para determinados medicamentos o clases de medicamentos respecto de los cuales haya pruebas de que se cumple alguna de las condiciones siguientes:

a)

que el medicamento o la clase de medicamentos en cuestión puede ser ineficaz o nociva para el conjunto de la población pediátrica o parte de la misma;

b)

que la enfermedad a cuyo tratamiento está destinado el medicamento o la clase de medicamentos en cuestión sólo se da en adultos;

c)

que el medicamento en cuestión no presenta una ventaja terapéutica significativa con respecto a los tratamientos pediátricos existentes.

2.   La dispensa prevista en el apartado 1 podrá otorgarse para uno o más subgrupos específicos de población pediátrica, para una o más indicaciones terapéuticas determinadas, o para una combinación de ambos.

Artículo 12

El Comité Pediátrico podrá, por iniciativa propia, emitir un dictamen basado en los motivos previstos en el artículo 11, apartado 1, a efectos de que se otorgue la dispensa contemplada en dicho apartado a un medicamento específico o a una clase de medicamentos.

En cuanto el Comité Pediátrico haya emitido un dictamen, será de aplicación el procedimiento establecido en el artículo 25. En caso de dispensa para una clase de medicamentos, sólo se aplicarán las disposiciones del artículo 25, apartados 6 y 7.

Artículo 13

1.   El solicitante podrá pedir a la Agencia una dispensa para un medicamento específico por cualquiera de los motivos indicados en el artículo 11, apartado 1.

2.   El Comité Pediátrico nombrará un ponente al recibir la solicitud y emitirá un dictamen de concesión o denegación de dispensa para un medicamento específico en el plazo de 60 días desde la recepción de dicha solicitud.

El solicitante o el Comité Pediátrico podrán pedir una reunión dentro del mencionado plazo de 60 días.

Cuando proceda, el Comité Pediátrico podrá pedir al solicitante que complete los datos y la documentación presentados. En tal caso, el plazo de 60 días quedará en suspenso hasta que se haya presentado la información complementaria solicitada.

3.   En cuanto el Comité Pediátrico haya emitido un dictamen, será de aplicación el procedimiento establecido en el artículo 25.

Artículo 14

1.   La Agencia elaborará una lista de todas las dispensas. La lista se actualizará periódicamente (al menos una vez al año) y se hará pública.

2.   El Comité Pediátrico podrá, en todo momento, emitir un dictamen favorable a la revisión de una dispensa otorgada.

Cuando se produzca un cambio que afecte a la dispensa concedida a un medicamento específico, se aplicará el procedimiento establecido en el artículo 25.

Cuando se produzca un cambio que afecte a una dispensa para una clase de medicamentos, se aplicará lo dispuesto en el artículo 25, apartados 6 y 7.

3.   En caso de que se revoque la dispensa concedida a un medicamento específico o a una clase de medicamentos, lo dispuesto en los artículos 7 y 8 no se aplicará durante los 36 meses siguientes a la fecha de la retirada de la dispensa en cuestión de la lista de dispensas.

Capítulo 3

Plan de investigación pediátrica

SECCIÓN 1

SOLICITUDES DE APROBACIÓN

Artículo 15

1.   Cuando se desee presentar una solicitud de autorización de comercialización de conformidad con el artículo 7, apartado 1, letras a) o d), el artículo 8 ó el artículo 30, se elaborará un plan de investigación pediátrica que se presentará a la Agencia con una solicitud de aprobación.

2.   El plan de investigación pediátrica detallará el calendario y las medidas que se propongan para evaluar la calidad, seguridad y eficacia del medicamento para todos los subgrupos de la población pediátrica destinataria. Se describirán asimismo todas las medidas destinadas a adaptar la composición del medicamento para que su administración sea más aceptable, fácil, segura o eficaz para distintos subgrupos de la población pediátrica.

Artículo 16

1.   En el caso de las solicitudes de autorización de comercialización contempladas en los artículos 7 y 8 o de las solicitudes de dispensa contempladas en los artículos 11 y 12 , el plan de investigación pediátrica o la solicitud de dispensa, junto con la solicitud de aprobación , se presentarán, salvo en los casos debidamente justificados , a más tardar cuando finalicen los estudios de farmacocinética humana con adultos que se especifican en el anexo I, parte I, sección 5.2.3 de la Directiva 2001/83/CE, de modo que pueda emitirse un dictamen sobre la administración a la población pediátrica del medicamento en cuestión en el momento de la evaluación de la solicitud de autorización de comercialización o de la solicitud de que se trate.

2.   En el plazo de 30 días desde la recepción de la solicitud contemplada en el apartado 1 y en el artículo 15, apartado 1, la Agencia verificará su validez y preparará un informe resumido para el Comité Pediátrico.

3.   Cuando proceda, la Agencia podrá pedir al solicitante que presente otros datos y documentos, en cuyo caso el plazo de 30 días quedará en suspenso hasta que se haya presentado la información complementaria.

Artículo 17

1.   Tras la recepción de un plan de investigación pediátrica propuesto y válido de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15, apartado 2, el Comité Pediátrico nombrará un ponente y emitirá un dictamen, en el plazo de 60 días, en el que indique si los estudios que se proponen arrojarán los datos necesarios para determinar las condiciones en las que el medicamento puede administrarse a la población pediátrica o a subgrupos de ésta y si los beneficios terapéuticos que se esperan justifican los estudios propuestos. El Comité examinará en su dictamen la idoneidad de las medidas propuestas para adaptar la composición del medicamento a su utilización en diferentes subgrupos de la población pediátrica.

El solicitante o el Comité Pediátrico podrán pedir una reunión en ese plazo.

2.   En el plazo de 60 días contemplado en el apartado 1, el Comité Pediátrico podrá pedir al solicitante que proponga modificaciones del plan, en cuyo caso el plazo contemplado en el apartado 1 para la emisión del dictamen final se prorrogará un máximo de 60 días. En este caso, el solicitante o el Comité Pediátrico podrán pedir otra reunión en ese plazo. El plazo quedará en suspenso hasta que se haya presentado la información complementaria solicitada.

Artículo 18

En cuanto el Comité Pediátrico haya emitido un dictamen, positivo o negativo, será de aplicación el procedimiento establecido en el artículo 25.

Artículo 19

Si, tras estudiar un plan de investigación pediátrica, el Comité Pediátrico considera que el medicamento en cuestión cumple alguna de las condiciones indicadas en el artículo 11, apartado 1, letras a), b) o c), emitirá un dictamen negativo conforme al artículo 17, apartado 1.

En tal caso, el Comité Pediátrico emitirá un dictamen favorable a una dispensa de conformidad con el artículo 12, y a partir de ese momento será de aplicación el procedimiento establecido en el artículo 25.

SECCIÓN 2

APLAZAMIENTOS

Artículo 20

1.   En el momento en que el interesado presente un plan de investigación pediátrica de conformidad con el artículo 16, apartado 1, podrá solicitar el aplazamiento del comienzo o de la finalización de algunas o de todas las medidas previstas en dicho plan. El aplazamiento estará justificado sobre bases científico-técnicas o de salud pública.

En cualquier caso, se concederá un aplazamiento cuando sea conveniente realizar estudios con adultos antes de comenzarlos con la población pediátrica, o cuando los estudios con la población pediátrica vayan a durar más tiempo que los estudios con adultos.

2.   Sobre la base de la experiencia adquirida como consecuencia de la aplicación del presente artículo, la Comisión podrá adoptar, de conformidad con el procedimiento contemplado en el artículo 51, apartado 2, disposiciones para definir con más precisión los motivos de concesión de un aplazamiento.

Artículo 21

1.   En caso de que adopte un dictamen favorable de conformidad con el artículo 17, apartado 1, el Comité Pediátrico deberá emitir simultáneamente otro, de oficio o en respuesta a una solicitud presentada de conformidad con el artículo 20, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en este último, favorable al aplazamiento del comienzo o de la finalización de todas o de algunas de las medidas del plan de investigación pediátrica.

En el dictamen favorable a un aplazamiento se especificarán los plazos de comienzo o finalización de las medidas de que se trate.

2.   En cuanto el Comité Pediátrico haya emitido un dictamen favorable a un aplazamiento a tenor del apartado 1, será de aplicación el procedimiento establecido en el artículo 25.

SECCIÓN 3

MODIFICACIÓN DE UN PLAN DE INVESTIGACIÓN PEDIÁTRICA

Artículo 22

Si, tras la decisión de aprobación del plan de investigación pediátrica, el solicitante encuentra dificultades para su realización que hagan que el plan no sea viable o ya no sea apropiado, podrá proponer al Comité Pediátrico modificaciones, o solicitarle un aplazamiento o una dispensa, justificándolo detalladamente. El Comité Pediátrico estudiará estas modificaciones, o la solicitud de un aplazamiento o una dispensa, y emitirá un dictamen proponiendo su aceptación o su rechazo en un plazo de 60 días. En cuanto el Comité Pediátrico haya emitido un dictamen, positivo o negativo, será de aplicación el procedimiento establecido en el artículo 25.

SECCIÓN 4

CUMPLIMIENTO DEL PLAN DE INVESTIGACIÓN PEDIÁTRICA

Artículo 23

1.   La autoridad competente encargada de conceder la autorización de comercialización verificará si las solicitudes de autorización de comercialización o de modificación se ajustan a lo dispuesto en los artículos 7 y 8 y si las solicitudes presentadas en virtud del artículo 30 se ajustan al plan de investigación pediátrica aprobado.

Cuando una solicitud sea presentada con arreglo al procedimiento previsto en los artículos 27 a 39 de la Directiva 2001/83/CE, la comprobación de la conformidad, incluida, cuando proceda, una solicitud de dictamen del Comité Pediátrico de conformidad con el apartado 2, letras b) y c), será efectuada por el Estado miembro de referencia.

2.   Podrán dirigirse al Comité Pediátrico para que dictamine si los estudios realizados por el solicitante cumplen el plan de investigación pediátrica aprobado:

a)

el solicitante, antes de presentar una solicitud de autorización de comercialización o de modificación, tal como se contempla en los artículos 7, 8 y 30, respectivamente;

b)

la Agencia, o la autoridad nacional competente, al validar una solicitud de las contempladas en la letra a) que no conlleve un dictamen sobre cumplimiento emitido en respuesta a una solicitud conforme a la letra a);

c)

el Comité de Medicamentos de Uso Humano, o la autoridad nacional competente, al evaluar una solicitud de las contempladas en la letra a), cuando haya dudas en cuanto al cumplimiento y todavía no se haya emitido un dictamen en respuesta a una solicitud conforme a las letras a) o b).

En el caso de la letra a), el solicitante no presentará su solicitud hasta que el Comité Pediátrico haya emitido su dictamen. Entonces, se adjuntará a la solicitud una copia del dictamen.

3.   Cuando se solicite un dictamen al Comité Pediátrico en virtud del apartado 2, éste deberá dictaminar en el plazo de 60 días desde la recepción de la solicitud.

Los Estados miembros tendrán en cuenta el dictamen.

Artículo 24

Si, al proceder a la evaluación científica de una solicitud válida de autorización de comercialización, la autoridad competente llega a la conclusión de que los estudios incumplen el plan de investigación pediátrica aprobado, el producto no podrá acogerse a las recompensas previstas en los artículos 36, 37 y 38.

Capítulo 4

Procedimiento

Artículo 25

1.   La Agencia remitirá al solicitante el dictamen del Comité Pediátrico en el plazo de diez días desde su recepción.

2.   En el plazo de 30 días desde la recepción del dictamen del Comité Pediátrico, el solicitante podrá presentar a la Agencia una solicitud por escrito, debidamente justificada, de revisión del dictamen.

3.   En el plazo de 30 días desde la recepción de la solicitud de revisión en virtud del apartado 2, el Comité Pediátrico, que habrá nombrado a un nuevo ponente, emitirá un nuevo dictamen confirmando o modificando su dictamen previo. El nuevo ponente podrá interrogar directamente al solicitante. El solicitante también podrá proponer que se le interrogue. El ponente comunicará al Comité Pediátrico los detalles de los contactos con el solicitante sin demora y por escrito. Este dictamen estará debidamente motivado, y las razones de la conclusión alcanzada se adjuntarán al nuevo dictamen, que tendrá carácter definitivo.

4.   Si, transcurrido el plazo de 30 días contemplado en el apartado 2, el solicitante no pide una revisión, el dictamen del Comité Pediátrico tendrá carácter definitivo.

5.   La Agencia tomará una decisión en el plazo de diez días a partir de la recepción del dictamen definitivo del Comité Pediátrico, que se comunicará al solicitante por escrito, adjuntándose el dictamen definitivo del Comité Pediátrico.

6.   En el caso de la dispensa de clase contemplada en el artículo 12, la Agencia tomará una decisión en el plazo de diez días a partir de la recepción del dictamen del Comité Pediátrico conforme al artículo 13, apartado 3. Dicha decisión se adjuntará al dictamen del Comité Pediátrico.

7.   Las decisiones de la Agencia se harán públicas una vez suprimida toda la información comercial de carácter confidencial.

Capítulo 5

Disposiciones varias

Artículo 26

Toda persona física o jurídica que desarrolle un medicamento para uso pediátrico podrá dirigirse a la Agencia, tanto antes de la presentación de un plan de investigación pediátrica como durante su desarrollo, para pedirle asesoramiento sobre la concepción y la realización de los ensayos y estudios necesarios para demostrar la calidad, la seguridad y la eficacia del medicamento para la población pediátrica, de conformidad con la letra n) del apartado 1 del artículo 57 del Reglamento (CE) no 726/2004.

Además, dicha persona física o jurídica podrá pedir asesoramiento sobre la concepción y aplicación de los sistemas de farmacovigilancia y de gestión del riesgo a que se hace referencia en el artículo 34.

La Agencia asesorará a título gratuito en las materias reguladas por el presente artículo.

TÍTULO III

PROCEDIMIENTOS PARA LA AUTORIZACIÓN DE COMERCIALIZACIÓN

Artículo 27

Salvo cuando se disponga lo contrario en el presente título, los procedimientos para la autorización de comercialización expuestos en el presente título se regirán por las disposiciones del Reglamento (CE) no 726/2004 o de la Directiva 2001/83/CE.

Capítulo 1

Procedimientos de autorización de comercialización en el caso de las solicitudes que entran en el ámbito de aplicación de los artículos 7 y 8

Artículo 28

1.   Podrán presentarse según el procedimiento establecido en los artículos 5 a 15 del Reglamento (CE) no 726/2004 las solicitudes de autorización de comercialización contempladas en el artículo 7, apartado 1, del presente Reglamento que se refieran a una o varias indicaciones pediátricas basadas en estudios realizados de conformidad con un plan de investigación pediátrica aprobado.

En caso de que se conceda la autorización, los resultados de todos esos estudios figurarán en el resumen de las características del producto y, en su caso, en el prospecto del medicamento siempre que las autoridades competentes consideren que la información es útil para los pacientes, aunque no todas las indicaciones pediátricas en cuestión hayan sido aprobadas por la autoridad competente.

2.   Cuando se conceda o se modifique una autorización de comercialización, las dispensas o aplazamientos concedidos en virtud del presente Reglamento figurarán en el resumen de las características del producto y, en su caso, en el prospecto del medicamento en cuestión.

3.   Si la solicitud cumple todas las medidas del plan de investigación pediátrica aprobado y completado, y si el resumen de las características del producto refleja los resultados de los estudios realizados de conformidad con el plan de investigación pediátrica aprobado, las autoridades competentes incorporarán a la autorización de comercialización una declaración conforme a la cual la solicitud cumple el plan de investigación pediátrica aprobado y completado. A efectos de la aplicación del artículo 45, apartado 3, en dicha declaración se indicará también si se han completado, con posterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento, estudios significativos incluidos en el plan de investigación pediátrica aprobado.

Artículo 29

Para los medicamentos autorizados de conformidad con la Directiva 2001/83/CE, se podrá presentar, de conformidad con el procedimiento establecido en los artículos 32, 33 y 34 de la Directiva 2001/83/CE, una solicitud a tenor del artículo 8 del presente Reglamento para la autorización de nuevas indicaciones, incluida la prórroga de autorización de administración a niños, nuevas formas farmacéuticas y nuevas vías de administración.

La solicitud se ajustará a lo establecido en la letra a) del apartado 1 del artículo 7.

Este procedimiento se limitará a la evaluación de las secciones específicas del resumen de las características técnicas del producto que deban modificarse.

Capítulo 2

Autorización de comercialización para uso pediátrico

Artículo 30

1.   La presentación de una solicitud de autorización de comercialización para uso pediátrico no afectará en modo alguno al derecho a solicitar una autorización de comercialización para otras indicaciones.

2.   La solicitud de autorización de comercialización para uso pediátrico irá acompañada de los datos y la documentación necesarios para establecer la calidad, la seguridad y la eficacia para la población pediátrica, con todos los datos específicos necesarios para justificar la concentración apropiada, la forma farmacéutica o la vía de administración del medicamento, de conformidad con un plan de investigación pediátrica aprobado.

Se adjuntará también a la solicitud la decisión de la Agencia por la que se aprueba el plan de investigación pediátrica en cuestión.

3.   Cuando un medicamento sea o haya sido autorizado en un Estado miembro o en la Comunidad, en la solicitud de autorización de comercialización para uso pediátrico se podrá hacer referencia, cuando proceda, a los datos que contenga su expediente, de conformidad con el artículo 14, apartado 11, del Reglamento (CE) no 726/2004 o con el artículo 10 de la Directiva 2001/83/CE.

4.   El medicamento para el que se conceda una autorización de comercialización para uso pediátrico podrá llevar el nombre de cualquier medicamento que contenga la misma sustancia activa y para el cual el titular haya recibido autorización para su administración a adultos.

Artículo 31

Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 3 del Reglamento (CE) no 726/2004, podrá presentarse una solicitud de autorización de comercialización para uso pediátrico de conformidad con el procedimiento establecido en los artículos 5 a 15 de dicho Reglamento.

Capítulo 3

Identificación

Artículo 32

1.   Cuando se conceda una autorización de comercialización de un medicamento para una indicación pediátrica, en la etiqueta del medicamento figurará el símbolo acordado con arreglo al apartado 2. En el prospecto del medicamento se explicará el significado de dicho símbolo.

2.   A más tardar el ... (10), la Comisión elegirá el mencionado símbolo, sobre la base de una recomendación del Comité Pediátrico. La Comisión hará público este símbolo.

3.   Las disposiciones del presente artículo también se aplicarán a los medicamentos autorizados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento, y a los medicamentos autorizados después de la entrada en vigor del presente Reglamento pero antes de que el símbolo se haya hecho público, si están autorizados después indicaciones pediátricas.

En tal caso, el símbolo y la explicación a que se hace referencia en el apartado 1 deberán figurar en el etiquetado y en el prospecto del medicamento, respectivamente, a más tardar en un plazo de dos años a partir de la fecha en que el símbolo se haya hecho público.

TÍTULO IV

REQUISITOS POSTERIORES A LA AUTORIZACIÓN

Artículo 33

Cuando un plan de investigación pediátrica aprobado y completado haya conducido a la autorización de una indicación pediátrica de un medicamento ya comercializado para otras indicaciones, el titular de la autorización de comercialización estará obligado a comercializarlo incorporando la información pediátrica antes de transcurridos dos años desde la fecha de autorización de tal indicación. Se habilitará un registro, coordinado por la Agencia y accesible al público, en que se indique este plazo.

Artículo 34

1.    El solicitante detallará las medidas para el seguimiento de la eficacia y las posibles reacciones adversas del uso específico del medicamento en su indicación pediátrica en los siguientes casos:

a)

solicitudes de autorización de comercialización que incorporen una indicación pediátrica;

b)

solicitudes de inclusión de una indicación pediátrica en una autorización de comercialización existente;

c)

solicitudes de autorización de comercialización para uso pediátrico.

2.   Cuando haya motivo especial de preocupación, las autoridades competentes exigirán como condición para la obtención de la autorización de comercialización, que se establezca un sistema de gestión del riesgo o que se realicen y se sometan a examen estudios específicos posteriores a la comercialización. Un sistema de gestión del riesgo comprenderá un conjunto de actividades e intervenciones de farmacovigilancia destinadas a determinar, caracterizar, evitar o minimizar los riesgos de los medicamentos, con inclusión de la evaluación de la efectividad de dichas intervenciones.

La evaluación de la eficacia de todo sistema de gestión del riesgo y los resultados de cualquier estudio realizado se incorporarán a los informes periódicos actualizados en materia de seguridad contemplados en el apartado 6 del artículo 104 de la Directiva 2001/83/CE y el apartado 3 del artículo 24 del Reglamento (CE) no 726/2004.

Además, las autoridades competentes podrán exigir que se presenten otros informes de evaluación de la eficacia de cualquier sistema de minimización del riesgo y los resultados de cualesquiera estudios realizados al respecto.

3.     Además de las disposiciones incluidas en los apartados 1 y 2, se aplicarán a las autorizaciones de comercialización de los medicamentos que contienen una indicación pediátrica las disposiciones sobre farmacovigilancia previstas en el Reglamento (CE) no 726/2004 y en la Directiva 2001/83/CE.

4.   En caso de aplazamiento, el titular de la autorización de comercialización presentará a la Agencia un informe anual con información actualizada sobre el progreso de los estudios pediátricos, de conformidad con la decisión de la Agencia por la que se aprueba el plan de investigación pediátrica y se concede el aplazamiento.

La Agencia informará a las autoridades competentes si se comprueba que el titular de la autorización de comercialización ha incumplido la decisión de la Agencia por la que se aprueba el plan de investigación pediátrica y se concede un aplazamiento.

5.   La Agencia formulará directrices de aplicación del presente artículo.

Artículo 35

Si un medicamento se autoriza para una indicación pediátrica y el titular de la autorización de comercialización se ha acogido a las recompensas o incentivos previstos en los artículos 36, 37 o 38 y estos períodos de protección han expirado y el titular de la autorización de comercialización tiene intención de dejar de comercializar el medicamento en cuestión, dicho titular deberá transferir la autorización de comercialización o permitir que terceros que hayan manifestado su intención de continuar la comercialización del medicamento utilicen la documentación farmacéutica, preclínica y clínica que obre en el expediente del medicamento de conformidad con el artículo 10 quáter de la Directiva 2001/83/CE.

El titular de la autorización de comercialización informará a la Agencia de su intención de interrumpir la comercialización del medicamento, como muy tarde seis meses antes de tal interrupción. La Agencia hará pública esta información.

TÍTULO V

RECOMPENSAS E INCENTIVOS

Artículo 36

1.   Cuando una solicitud comprendida en el ámbito de aplicación de los artículos 7 u 8 contenga los resultados de todos los estudios realizados de acuerdo con un plan de investigación pediátrica aprobado, el titular de la patente o del certificado complementario de protección tendrá derecho a una prórroga de seis meses del período contemplado en los apartados 1 y 2 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 1768/92.

El párrafo primero se aplicará también cuando la finalización del plan de investigación pediátrica aprobado no conduzca a la autorización de una indicación pediátrica, pero los resultados de los estudios realizados se reflejen en el resumen de las características del producto y, en su caso, en el prospecto del medicamento en cuestión.

2.   La incorporación a la autorización de comercialización de la declaración contemplada en el apartado 3 del artículo 28 servirá a efectos de la aplicación del apartado 1 del presente artículo.

3.   Cuando se haya recurrido a los procedimientos establecidos en la Directiva 2001/83/CE, la prórroga de seis meses del período contemplado en el apartado 1 se concederá únicamente si el medicamento está autorizado en todos los Estados miembros.

4.   Los apartados 1, 2 y 3 se aplicarán a los medicamentos protegidos por un certificado complementario de protección en virtud del Reglamento (CEE) no 1768/92, o por una patente que permita obtener un certificado complementario de protección. No se aplicarán a los medicamentos declarados huérfanos en virtud del Reglamento (CE) no 141/2000.

5.   En el caso de que una solicitud presentada de conformidad con el artículo 8 conduzca a la autorización de una nueva indicación pediátrica, los apartados 1, 2 y 3 no se aplicarán si el solicitante pide y obtiene una ampliación de un año del período de protección comercial del medicamento en cuestión, justificada porque esta nueva indicación pediátrica aportará un beneficio clínico significativo en comparación con las terapias existentes, de conformidad con el artículo 14, apartado 11, del Reglamento (CE) no 726/2004 o con el párrafo cuarto del artículo 10, apartado 1, de la Directiva 2001/83/CE.

Artículo 37

Cuando se presente una solicitud de autorización de comercialización de un medicamento declarado huérfano en virtud del Reglamento (CE) no 141/2000 que contenga los resultados de todos los estudios realizados de conformidad con un plan de investigación pediátrica aprobado, y se obtenga una autorización de comercialización que contenga la declaración mencionada en el apartado 3 del artículo 28 del presente Reglamento, el período de diez años contemplado en el apartado 1 del artículo 8 del Reglamento (CE) no 141/2000 se ampliará a doce años.

El párrafo primero se aplicará también cuando la finalización del plan de investigación pediátrica aprobado no conduzca a la autorización de una indicación pediátrica, pero los resultados de los estudios realizados se reflejen en el resumen de las características del producto y, en su caso, en el prospecto del medicamento en cuestión.

Artículo 38

1.   Cuando se conceda una autorización de comercialización para uso pediátrico de conformidad con los artículos 5 a 15 del Reglamento (CE) no 726/2004, serán de aplicación los períodos de protección de los datos y de la comercialización a que hace referencia el artículo 14, apartado 11, de dicho Reglamento.

2.   Cuando se conceda una autorización de comercialización para uso pediátrico de conformidad con los procedimientos establecidos en la Directiva 2001/83/CE, serán de aplicación los períodos de protección de los datos y de la comercialización a que hace referencia el apartado 1 del artículo 10 de dicha Directiva.

Artículo 39

1.   Además de las recompensas y los incentivos previstos en los artículos 36, 37 y 38, los medicamentos de uso pediátrico podrán acogerse a incentivos ofrecidos por la Comunidad o los Estados miembros para apoyar la investigación, el desarrollo y la disponibilidad de medicamentos de uso pediátrico.

2.   A más tardar el ... (11), los Estados miembros transmitirán a la Comisión información detallada sobre las medidas que hayan adoptado para favorecer la investigación, el desarrollo y la disponibilidad de medicamentos de uso pediátrico. Esta información se actualizará regularmente, a petición de la Comisión.

3.   A más tardar el ... (12), la Comisión pondrá a disposición del público un inventario detallado de todos los incentivos ofrecidos por la Comunidad y los Estados miembros para favorecer la investigación, el desarrollo y la disponibilidad de medicamentos de uso pediátrico. Este inventario se actualizará regularmente y sus actualizaciones también se pondrán a disposición del público.

Artículo 40

1.   El presupuesto comunitario incluirá fondos para la investigación de medicamentos pediátricos en apoyo de estudios relativos a medicamentos o sustancias activas no protegidos por una patente o por un certificado complementario de protección.

2.   Esta financiación comunitaria se proporcionará a través de los Programas marco de la Comunidad para acciones de investigación, de desarrollo tecnológico y de demostración o a través de otras iniciativas comunitarias de financiación de la investigación.

TÍTULO VI

COMUNICACIÓN Y COORDINACIÓN

Artículo 41

1.   En la base de datos europea creada por el artículo 11 de la Directiva 2001/20/CE se introducirán los ensayos clínicos realizados en terceros países que figuren en un plan de investigación pediátrica aprobado, además de aquellos a los que se refieren los artículos 1 y 2 de dicha Directiva. Cuando estos ensayos clínicos se realicen en países terceros, el destinatario de la decisión de la Agencia acerca del plan de investigación pediátrica registrará, en la base de datos, los detalles enumerados en el artículo 11 de la citada Directiva.

No obstante lo dispuesto en el artículo 11 de la Directiva 2001/20/CE, la Agencia hará pública parte de la información relativa a los ensayos clínicos pediátricos introducida en la base de datos europea.

2.   La Agencia hará públicos los detalles de los resultados de todos los ensayos a que hace referencia el apartado 1 y de todos los demás ensayos o estudios presentados a las autoridades competentes según lo dispuesto en los artículos 45 y 46, independientemente de que el ensayo o estudio haya sido o no interrumpido prematuramente. El promotor del ensayo clínico, el destinatario de la decisión de la Agencia relativa a un plan de investigación pediátrica o el titular de la autorización de comercialización, según corresponda, presentará sin demora a la Agencia estos resultados.

3.   La Comisión, en consulta con la Agencia, con los Estados miembros y con las demás partes interesadas, formulará orientaciones sobre el carácter de la información contemplada en el apartado 1 que deba introducirse en la base de datos europea creada por el artículo 11 de la Directiva 2001/20/CE, sobre la información que haya de hacerse accesible al público en virtud de lo dispuesto en el apartado 1, sobre la forma en que habrán de presentarse y hacerse públicos, en virtud del apartado 2, los resultados de los ensayos clínicos y sobre las responsabilidades y cometidos de la Agencia a este respecto.

Artículo 42

Los Estados miembros recopilarán los datos disponibles sobre todos los usos actuales de los medicamentos que se administran a la población pediátrica y, a más tardar el ... (13), comunicarán estos datos a la Agencia.

A más tardar el ... (14), el Comité Pediátrico proporcionará orientaciones sobre el contenido y el formato de los datos que deban recopilarse.

Artículo 43

1.   Sobre la base de la información mencionada en el apartado 42, y tras consultar con la Comisión, los Estados miembros y las partes interesadas, el Comité Pediátrico establecerá un inventario de las necesidades terapéuticas, en particular para determinar prioridades de investigación.

La Agencia hará público dicho inventario como muy pronto el ...  (13) y a más tardar el ... (15) y lo actualizará regularmente.

2.   Al establecer el inventario de necesidades terapéuticas se tendrá en cuenta la prevalencia de las patologías entre la población pediátrica, la gravedad de las enfermedades que deban tratarse, la disponibilidad e idoneidad de tratamientos alternativos para esas enfermedades en el caso de los niños, incluidas la eficacia y las reacciones adversas de dichos tratamientos y cualesquiera cuestiones de seguridad específicas en pediatría, así como los datos resultantes de estudios realizados en terceros países.

Artículo 44

1.   La Agencia, con el apoyo científico del Comité Pediátrico, creará una red europea que agrupe las redes, investigadores y centros existentes a escala nacional y europea con conocimientos y experiencia específicos en la investigación y la realización de estudios en la población pediátrica.

2.   Los objetivos de la red europea serán, entre otros, coordinar los estudios relativos a los medicamentos pediátricos, reunir las necesarias competencias científicas y administrativas a escala europea y evitar repeticiones innecesarias de estudios y ensayos en la población pediátrica.

3.   A tal efecto, a más tardar el ... (16), el Consejo de Administración de la Agencia, a propuesta de su Director Ejecutivo, tras consultar a la Comisión, a los Estados miembros y demás partes interesadas, adoptará una estrategia de aplicación destinada a crear y poner en funcionamiento la red europea. Dicha red deberá ser compatible, cuando proceda, con la labor de fortalecimiento de las bases del Espacio Europeo de Investigación en el ámbito de los programas marco de la Comunidad para acciones de investigación, desarrollo tecnológico y demostración.

Artículo 45

1.   A más tardar el ... (16), los titulares de autorizaciones de comercialización de medicamentos autorizados en la Comunidad presentarán a las autoridades competentes, para su evaluación, todos los estudios pediátricos sobre dichos medicamentos completados antes de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

Las autoridades competentes podrán actualizar el resumen de las características del producto y el prospecto del medicamento y podrán modificar en consecuencia la autorización de comercialización. Las autoridades competentes intercambiarán información sobre los estudios presentados y, si ha lugar, sobre sus implicaciones para las autorizaciones de comercialización en cuestión.

La Agencia coordinará el intercambio de información.

2.   Todos los estudios pediátricos existentes a que se refiere el apartado 1 y todos los estudios pediátricos iniciados antes de la entrada en vigor del presente Reglamento podrán optar a su inclusión en un plan de investigación pediátrica y deberán ser tenidos en cuenta por el Comité Pediátrico al evaluar las propuestas de planes de investigación pediátrica y las solicitudes de dispensas y aplazamientos, y por las autoridades competentes al evaluar las solicitudes presentadas en virtud de los artículos 7, 8 ó 30.

3.   Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las recompensas e incentivos previstas en los artículos 36, 37 y 38 sólo se concederán si se han completado después de la entrada en vigor del presente Reglamento estudios significativos incluidos en un plan de investigación pediátrica aprobado.

4.     En consulta con la Agencia, la Comisión elaborará orientaciones para el establecimiento de criterios de evaluación sobre la pertinencia de los estudios realizados de acuerdo con el apartado 3.

Artículo 46

1.   Cualquier otro estudio promovido por el titular de una autorización de comercialización y que conlleve la administración a niños de un medicamento autorizado, tanto si se realiza de acuerdo con un plan de investigación pediátrica aprobado como si no, se presentará a las autoridades competentes antes de transcurridos seis meses de su finalización.

2.   El apartado 1 se aplicará independientemente de que el titular de la autorización de comercialización tenga o no la intención de solicitar una autorización de comercialización para una indicación pediátrica.

3.   Las autoridades competentes podrán actualizar el resumen de las características del producto y el prospecto del medicamento y podrán modificar en consecuencia la autorización de comercialización.

4.   Las autoridades competentes intercambiarán información sobre los estudios presentados y, si ha lugar, sobre sus implicaciones para las autorizaciones de comercialización en cuestión.

5.   La Agencia coordinará el intercambio de información.

TÍTULO VII

DISPOSICIONES GENERALES Y FINALES

Capítulo 1

Disposiciones generales

SECCIÓN 1

TASAS, FINANCIACIÓN COMUNITARIA, SANCIONES E INFORMES

Artículo 47

1.   Para las solicitudes de autorización de comercialización para uso pediátrico presentadas con arreglo al procedimiento establecido en el Reglamento (CE) no 726/2004, el importe de las tasas reducidas para el examen de las solicitudes y la gestión de las autorizaciones de comercialización quedará determinado por lo dispuesto en el artículo 70 de dicho Reglamento.

2.   Será de aplicación el Reglamento (CE) no 297/95 del Consejo, de 10 de febrero de 1995, relativo a las tasas que deben pagarse a la Agencia Europea de Medicamentos (17).

3.   Serán gratuitas las evaluaciones por el Comité Pediátrico de:

a)

las solicitudes de dispensa;

b)

las solicitudes de aplazamiento;

c)

los planes de investigación pediátrica;

d)

el cumplimiento de los planes de investigación pediátrica aprobados.

Artículo 48

La contribución comunitaria prevista en el artículo 67 del Reglamento (CE) no 726/2004 estará destinada a cubrir el trabajo del Comité Pediátrico, incluido el asesoramiento científico de sus expertos, y el trabajo de la Agencia, con inclusión de la evaluación de los planes de investigación pediátrica, el asesoramiento científico y las exenciones de pago previstas por el presente Reglamento, y apoyará las actividades de la Agencia en el marco de los artículos 41 y 44 del presente Reglamento.

Artículo 49

1.   Sin perjuicio del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas, los Estados miembros determinarán el régimen de sanciones aplicables a las infracciones del presente Reglamento o de las disposiciones de aplicación adoptadas en virtud de este último en relación con los medicamentos autorizados con arreglo a los procedimientos establecidos por la Directiva 2001/83/CE, y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar su aplicación. Las sanciones serán efectivas, proporcionadas y disuasorias.

Los Estados miembros notificarán estas disposiciones a la Comisión a más tardar el ... (18). Le comunicarán asimismo con la mayor brevedad toda modificación ulterior de las mismas.

2.   Los Estados miembros comunicarán inmediatamente a la Comisión cualquier litigio originado por el incumplimiento del presente Reglamento.

3.   A petición de la Agencia, la Comisión podrá imponer sanciones económicas por la infracción de las disposiciones del presente Reglamento o de las disposiciones de aplicación adoptadas con arreglo al mismo en relación con los medicamentos autorizados mediante el procedimiento establecido en el Reglamento (CE) no 726/2004. Los importes máximos, las condiciones y los métodos de cobro de estas sanciones se establecerán de conformidad con el procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 51 del presente Reglamento.

4.   La Comisión hará públicos los nombres de las personas que infrinjan las disposiciones del presente Reglamento o cualquiera de las medidas de aplicación adoptadas en virtud del mismo, así como los importes y razones de las sanciones económicas impuestas.

Artículo 50

1.   Sobre la base de un informe de la Agencia y, como mínimo, anualmente, la Comisión hará pública una lista de las empresas y de los productos que se hayan beneficiado de alguna de las recompensas o incentivos establecidos por el presente Reglamento, y de las empresas que hayan incumplido alguna de las obligaciones del mismo. Los Estados miembros comunicarán esta información a la Agencia.

2.   A más tardar el ... (19), la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe general sobre la experiencia adquirida como consecuencia de la aplicación del presente Reglamento. El informe incluirá, en particular, un inventario detallado de todos los medicamentos autorizados para uso pediátrico desde su entrada en vigor.

3.   A más tardar el ... (20), la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe sobre la experiencia adquirida como consecuencia de la aplicación de los artículos 36, 37 y 38. El informe incluirá un análisis de los efectos económicos de las recompensas e incentivos y un análisis de las consecuencias estimadas del presente Reglamento en la salud pública, con el fin de proponer las modificaciones que puedan resultar necesarias.

4.   Siempre que se disponga de datos suficientes para realizar análisis fiables, deberá darse cumplimiento simultáneamente a las disposiciones de los apartados 2 y 3.

SECCIÓN 2

COMITÉ PERMANENTE

Artículo 51

1.   La Comisión estará asistida por el Comité permanente de medicamentos de uso humano creado en virtud del artículo 121 de la Directiva 2001/83/CE, en lo sucesivo denominado «el Comité».

2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 5 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8.

El plazo contemplado en el apartado 6 del artículo 5 de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en tres meses.

3.   El Comité aprobará su reglamento interno.

Capítulo 2

Modificaciones

Artículo 52

El Reglamento (CEE) no 1768/92 queda modificado como sigue:

1)

En el artículo 1, se añadirá la definición siguiente:

«e)

solicitud de prórroga: una solicitud de prórroga de un certificado ya concedido en aplicación del apartado 3 del artículo 13 del presente Reglamento y del artículo 36 del Reglamento (CE) no .../... del Parlamento Europeo y del Consejo, de ..., sobre medicamentos para uso pediátrico (21).

2)

En el artículo 7, se añadirán los siguientes apartados:

«3.   La solicitud de prórroga podrá realizarse al presentar la solicitud de certificado o mientras la solicitud de certificado esté pendiente y se cumplan los requisitos del artículo 8, apartado 1, letra d) o apartado 1 bis, respectivamente.

4.   La solicitud de prórroga de un certificado ya concedido se presentará, a más tardar, dos años antes de la fecha de expiración del certificado.

5.     Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, durante los cinco años siguientes a la entrada en vigor del Reglamento (CE) no .../..., la solicitud de prórroga de un certificado ya concedido se presentará, a más tardar, seis meses antes de la fecha de expiración del certificado. »

3)

El artículo 8 quedará modificado de la siguiente manera:

a)

en el apartado 1 se añadirá la siguiente letra:

«d)

si la solicitud de certificado incluye una solicitud de prórroga:

i)

una copia de la declaración de cumplimiento de un plan de investigación pediátrica aprobado y completado, a tenor del apartado 1 del artículo 36 del Reglamento (CE) no .../...;

ii)

en caso necesario, además de la copia de las autorizaciones de comercialización contempladas en la letra b), documentación que demuestre que el solicitante tiene autorizaciones de comercialización para todos los demás Estados miembros, a tenor del apartado 3 del artículo 36 del Reglamento (CE) no .../...»

b)

se insertan los apartados siguientes:

«1 bis.   Si la solicitud de certificado está pendiente, la solicitud de prórroga a tenor del apartado 3 del artículo 7 irá acompañada de la documentación indicada en la letra d) del apartado 1 y de una referencia a la solicitud de certificado ya presentada.

1 ter.   La solicitud de prórroga de un certificado ya concedido irá acompañada de la documentación indicada en la letra d) del anterior apartado 1 y de una copia del certificado ya concedido.»

c)

el apartado 2 se sustituye por el texto siguiente:

«2.   Los Estados miembros podrán disponer que la presentación de solicitudes de certificado y de solicitudes de prórroga de certificados esté sujeta al pago de una tasa.»

4)

El artículo 9 se modifica de la manera siguiente:

a)

en el apartado 1 se añade el siguiente párrafo:

«La solicitud de prórroga de un certificado se presentará ante las autoridades competentes del Estado miembro que concedió el certificado.»

b)

en el apartado 2 se añade la siguiente letra:

«f)

cuando proceda, una indicación de que la solicitud incluye una solicitud de prórroga.»

c)

se añade el apartado siguiente:

«3.   El apartado 2 se aplicará al anuncio de la solicitud de prórroga de un certificado ya concedido o cuando esté pendiente una solicitud de certificado. El anuncio incluirá además la indicación de que se ha solicitado una prórroga del certificado.»

5)

En el artículo 10 se añade el siguiente apartado:

«6.   Los apartados 1 a 4 se aplicarán mutatis mutandis a las solicitudes de prórroga.»

6)

En el artículo 11 se añade el siguiente apartado:

«3.   Los apartados 1 y 2 se aplicarán al anuncio de concesión o denegación de prórroga de un certificado.»

7)

En el artículo 13 se añade el siguiente apartado:

«3.   Los plazos establecidos en los apartados 1 y 2 del presente artículo se prorrogarán seis meses en caso de que se aplique el artículo 36 del Reglamento (CE) no .../... En tal caso, el plazo establecido en el apartado 1 del presente artículo sólo podrá prorrogarse una vez.»

8)

Se inserta el artículo siguiente:

«Artículo 15 bis

Revocación de una prórroga

1.   Podrán revocarse las prórrogas que se hayan concedido sin respetar las disposiciones del artículo 36 del Reglamento (CE) no .../...

2.   Cualquier persona podrá presentar una solicitud de revocación de una prórroga ante el órgano competente, en virtud de la legislación nacional, para anular la patente de base correspondiente.»

9)

El artículo 16 se modifica de la manera siguiente:

a)

El texto del artículo 16 se convierte en apartado 1.

b)

Se añade el siguiente apartado:

«2.   Si se revoca la prórroga de conformidad con el artículo 15 bis, la autoridad a que se refiere el apartado 1 del artículo 9 publicará un anuncio para informar de ello.»

10)

El artículo 17 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 17

Recursos

Contra las decisiones adoptadas por la autoridad a que se refiere el artículo 9, apartado 1, o por los órganos mencionados en el artículo 15, apartado 2, y en el artículo 15 bis, apartado 2, en aplicación del presente Reglamento podrán interponerse los mismos recursos que los previstos por la legislación nacional contra decisiones análogas en materia de patentes nacionales.»

Artículo 53

En el artículo 11 de la Directiva 2001/20/CE se añade el apartado siguiente:

«4.   No obstante lo dispuesto en el apartado 1, la Agencia hará pública parte de la información relativa a los ensayos clínicos pediátricos introducida en la base de datos europea de conformidad con las disposiciones del Reglamento (CE) no.../... del Parlamento Europeo y del Consejo, de ..., sobre medicamentos para uso pediátrico  (22).

Artículo 54

En el artículo 6 de la Directiva 2001/83/CE, el párrafo primero del apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1.   No podrá comercializarse medicamento alguno en ningún Estado miembro sin que la autoridad competente de dicho Estado miembro haya concedido una autorización de comercialización de conformidad con la presente Directiva o sin que se haya concedido una autorización de conformidad con el Reglamento (CE) no 726/2004, que debe leerse en conjunción con el Reglamento (CE) no .../... del Parlamento Europeo y del Consejo, de ..., sobre medicamentos para uso pediátrico  (23).

Artículo 55

El Reglamento (CE) no 726/2004 queda modificado de la manera siguiente:

1)

El apartado 1 del artículo 56 se sustituye por lo siguiente:

«1.   La Agencia estará compuesta por:

a)

el Comité de Medicamentos de Uso Humano, encargado de preparar los dictámenes de la Agencia sobre cualquier cuestión relativa a la evaluación de los medicamentos de uso humano;

b)

el Comité de medicamentos de uso veterinario, encargado de preparar los dictámenes de la Agencia sobre cualquier cuestión relativa a la evaluación de los medicamentos veterinarios;

c)

el Comité de medicamentos huérfanos;

d)

el Comité de medicamentos a base de plantas;

e)

el Comité Pediátrico;

f)

una Secretaría encargada de prestar asistencia técnica, científica y administrativa a los Comités y de velar por la coordinación adecuada de sus trabajos;

g)

un Director Ejecutivo que ejercerá las funciones definidas en el artículo 64;

h)

un Consejo de Administración cuyo cometido se define en los artículos 65, 66 y 67.»

2)

Se añade la siguiente letra al apartado 1 del artículo 57:

«t)

tomar las decisiones a que se refiere el apartado 1 del artículo 7 del Reglamento (CE) no .../... del Parlamento Europeo y del Consejo, de ..., sobre medicamentos para uso pediátrico (24).

3)

Se añade el artículo siguiente:

«Artículo 73 bis

Contra las decisiones que tome la Agencia de conformidad con el Reglamento (CE) no.../... podrá interponerse recurso ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en las condiciones establecidas en el artículo 230 del Tratado.»

Capítulo 3

Disposiciones finales

Artículo 56

Los requisitos establecidos en el apartado 1 del artículo 7 no se aplicarán a las solicitudes válidas que estén pendientes en el momento de la entrada en vigor del presente Reglamento.

Artículo 57

1.   El presente Reglamento entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

2.   El artículo 7 se aplicará a partir de ... (25).

El artículo 8 se aplicará a partir de ... (26).

Los artículos 30 y 31 se aplicarán a partir de ... (27).

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)   DO C 267 de 27.10.2005, p. 1.

(2)  Posición del Parlamento Europeo de 7 de septiembre de 2005 (no publicada aún en el Diario Oficial), Posición Común del Consejo de 10 de marzo de 2006 (DO C 132 de 7.6.2006, p. 1) y Posición del Parlamento Europeo de 1 de junio de 2006.

(3)  DO L 121 de 1.5.2001, p. 34.

(4)  Reglamento (CE) no 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, por el que se establecen procedimientos comunitarios para la autorización y el control de los medicamentos de uso humano y veterinario y por el que se crea la Agencia Europea de Medicamentos (DO L 136 de 30.4.2004, p. 1).

(5)  DO L 311 de 28.11.2001, p. 67. Directiva modificada por última vez por la Directiva 2004/27/CE (DO L 136 de 30.4.2004, p. 34).

(6)  DO L 182 de 2.7.1992, p. 1 . Reglamento cuya última modificación la constituye el Acta de Adhesión de 2003.

(7)  DO L 18 de 22.1.2000, p. 1.

(8)  DO L 184 de 17.7.1999, p. 23.

(9)  Seis meses después de la entrada en vigor del presente Reglamento.

(10)  Un año después de la entrada en vigor del presente Reglamento.

(11)  Un año después de la entrada en vigor del presente Reglamento.

(12)  Dieciocho meses después de la entrada en vigor del presente Reglamento.

(13)  Dos años después de la entrada en vigor del presente Reglamento.

(14)  Nueve meses después de la entrada en vigor del presente Reglamento.

(15)  Tres años después de la entrada en vigor del presente Reglamento.

(16)  Un año después de la entrada en vigor del presente Reglamento.

(17)  DO L 35 de 15.2.1995, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1905/2005 (DO L 304 de 23.11.2005, p. 1).

(18)  Nueve meses después de la entrada en vigor del presente Reglamento.

(19)  Seis años después de la entrada en vigor del presente Reglamento.

(20)  Diez años después de la entrada en vigor del presente Reglamento.

(21)  DO L ... de ..., p. ...»

(22)  DO L ... de ..., p. ...»

(23)  DO L ... de ..., p. ...»

(24)  DO L ... de ..., p. ...»

(25)  Dieciocho meses después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

(26)  Veinticuatro meses después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

(27)  Seis meses después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

ANEXO

DECLARACIÓN DE LA COMISIÓN

A la vista de los riesgos que presentan las sustancias cancerígenas, mutágenas y tóxicas para la reproducción, la Comisión pedirá al Comité de medicamentos de uso humano de la Agencia Europea de Medicamentos que emita un dictamen acerca del uso de estas categorías de sustancias como excipientes de medicamentos de uso humano, sobre la base del artículo 5, apartado 3, y del artículo 57, apartado 1, letra p), del Reglamento (CE) no 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, por el que se establecen procedimientos comunitarios para la autorización y el control de los medicamentos de uso humano y veterinario y por el que se crea la Agencia Europea de Medicamentos.

La Comisión transmitirá al Parlamento Europeo y al Consejo el dictamen del Comité de medicamentos de uso humano.

En los seis meses siguientes al dictamen del Comité de medicamentos de uso humano, la Comisión informará al Parlamento Europeo y al Consejo de las acciones necesarias que tenga previsto emprender en función del citado dictamen.

P6_TA(2006)0233

Igualdad de oportunidades y trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación ***II

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación (15623/7/2005 — C6-0089/2006 — 2004/0084(COD))

(Procedimiento de codecisión: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la Posición Común del Consejo (15623/7/2005 — C6-0089/2006),

Vista su posición en primera lectura (1) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2004) 0279) (2),

Vista la propuesta modificada de la Comisión (COM(2005) 0380) (2),

Visto el apartado 2 del artículo 251 del Tratado CE,

Visto el artículo 67 de su Reglamento,

Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A6-0165/2006),

1.

Aprueba la posición común;

2.

Constata que el acto ha sido adoptado con arreglo a la posición común;

3.

Encarga a su Presidente que firme el acto, conjuntamente con el Presidente del Consejo, de conformidad con el apartado 1 del artículo 254 del Tratado CE;

4.

Encarga a su Secretario General que firme el acto, tras haber comprobado que se han cumplido en debida forma todos los procedimientos, y que proceda, de acuerdo con el Secretario General del Consejo, a su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea;

5.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  «Textos Aprobados» de 6.7.2005, P6_TA(2005)0283.

(2)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TA(2006)0234

Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008) ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008) (COM(2005) 0467 — C6-0311/2005 — 2005/0203(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2005) 0467) (1),

Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el primer guión del apartado 5 del artículo 151 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0311/2005),

Visto el artículo 51 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Cultura y Educación y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores, de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A6-0168/2006),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Considera que la dotación financiera indicada en la propuesta legislativa debe ser compatible con el límite máximo de la rúbrica 3b del nuevo marco financiero plurianual (MFP) y señala que el importe anual se decidirá en el marco del procedimiento presupuestario anual de conformidad con las disposiciones del apartado 37 del AI de 17 de mayo de 2006;

3.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

4.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TC1-COD(2005)0203

Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 1 de junio de 2006 con vistas a la adopción de la Decisión no .../2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al Año Europeo del Diálogo Intercultural (2008)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 151, apartado 5, primer guión,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

Visto el dictamen del Comité de las Regiones (1),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Tratado constitutivo de la Comunidad Europea asigna a esta la misión de crear una unión cada vez más estrecha entre los pueblos de Europa y contribuir al florecimiento de las culturas de los Estados miembros, dentro del respeto de su diversidad nacional y regional, poniendo de relieve al mismo tiempo el patrimonio cultural común.

(2)

Los efectos combinados de las sucesivas ampliaciones de la Unión, de la mayor movilidad que da el mercado único, de antiguos y nuevos flujos migratorios, de los contactos cada vez mayores con el resto del mundo a través del comercio, la educación, el ocio y la globalización en general, potencian las interacciones entre los ciudadanos europeos y todos los que viven en la Unión Europea y las diversas culturas, lenguas, etnias y religiones de dentro y fuera de Europa.

(3)

Por eso, los ciudadanos europeos y todos los que viven en la Unión de forma temporal o permanente deben poder adquirir los conocimientos, las competencias y las aptitudes para desarrollar plenamente sus posibilidades en una sociedad variada , pluralista, solidaria y dinámica, no sólo en Europa, sino también en el resto del mundo.

(4)

En el corazón del proyecto europeo, la cultura y el diálogo intercultural son los instrumentos ideales para que los ciudadanos aprendan a vivir juntos en armonía y puedan contribuir a mejorar las relaciones de la Unión Europea con el exterior .

(5)

El diálogo intercultural contribuye así a la realización de varias prioridades estratégicas de la Unión Europea:

respeta y promueve la diversidad cultural de Europa, mejora la cohabitación y fomenta una ciudadanía europea activa basada en los valores comunes de la Unión Europea;

informa sobre los derechos y deberes en materia de igualdad que resultan del hecho de residir en la Unión Europea ;

acentúa la dimensión cultural y educativa incluida en la estrategia de Lisboa renovada y de esta manera estimula la economía cultural y creativa, generadora de crecimiento y empleo, en la Unión Europea;

apoya el compromiso de la Unión por la solidaridad, la justicia social , el desarrollo de la economía social de mercado, la cooperación y el refuerzo de la cohesión, respetando los valores comunes de la Unión Europea, esenciales para tender puentes de diálogo con las diferentes culturas del mundo y consolidar así su papel de líder en la esfera internacional, en particular para la defensa y la promoción de la democracia y los derechos humanos;

permite que la Unión Europea haga oír su voz con más fuerza en el mundo y establezca lazos eficaces con los países vecinos para así ampliar la zona de estabilidad, democracia y prosperidad común, y con ello aumentar el bienestar y la seguridad de los ciudadanos europeos y de todos los que viven en la Unión Europea.

(6)

El diálogo intercultural es una dimensión importante de múltiples políticas e instrumentos comunitarios, en ámbitos como la educación, la juventud, la cultura, la ciudadanía y el deporte, la lucha contra la discriminación y la exclusión social, los derechos de las mujeres y la igualdad de género, el aprendizaje permanente, la lucha contra el racismo y la xenofobia, la lucha contra la trata de seres humanos, la política de asilo e integración de los inmigrantes, los derechos humanos y el desarrollo sostenible, la política audiovisual o la investigación. Al mismo tiempo, constituye un reto cada vez mayor en las relaciones exteriores de la Unión Europea, en particular, con relación a los países candidatos y en vías de adhesión, los países de los Balcanes Occidentales , los países candidatos a los acuerdos de asociación con la UE y los países socios de la política europea de vecindad (PEV) (3) y otros terceros países, en particular los países en desarrollo .

(7)

Construyendo sobre esta base diversificada de experiencias e iniciativas comunitarias, es fundamental hacer participar a cada ciudadano , sea hombre o mujer, en pie de igualdad, y a la sociedad europea en su conjunto en una dinámica de diálogo intercultural , en particular mediante la cooperación estructurada descrita en el artículo 3. Esta acción complementa las medidas destinadas a crear una identidad europea, cuyo contenido puede enriquecerse con el principio de inclusión sin asimilación. La inclusión de las diferencias determina la variedad de aspectos de la pertenencia a una comunidad. El fomento del aprendizaje de un «civismo intercultural» debe contribuir a ello. El «civismo intercultural» constituye el complemento y la condición necesarios para poner en práctica una auténtica igualdad de oportunidades para todos.

(8)

En la presente Decisión, el concepto de «ciudadanía europea activa» no sólo se refiere a los ciudadanos de la Unión Europea según la definición del artículo 17 del Tratado CE, sino a toda persona que viva de forma permanente o temporal en la Unión Europea.

(9)

Los valores comunes de la Unión Europea son los que se enumeran en el artículo 6, apartado 1, del Tratado de la Unión Europea.

(10)

Es esencial procurar una complementariedad y un planteamiento horizontal del conjunto de las actuaciones comunitarias, nacionales, regionales y locales que tienen una marcada dimensión de diálogo intercultural , ya que el Año Europeo del Diálogo Intercultural contribuirá a aumentar su visibilidad y coherencia.

(11)

La experiencia y los conocimientos especializados de las organizaciones internacionales como el Consejo de Europa deben poder contribuir a enriquecer la estrategia de la Unión Europea en favor del diálogo intercultural.

(12)

Asimismo, es importante velar por la complementariedad entre el Año Europeo del Diálogo Intercultural y todos los capítulos exteriores de las iniciativas de fomento del diálogo intercultural desarrolladas en los marcos pertinentes con los países de la AELC miembros del Acuerdo EEE, los países de los Balcanes Occidentales y los países socios de la PEV. La Comisión debe velar por la complementariedad con cualquier otra iniciativa de cooperación con terceros países, en particular, con países en desarrollo, que resulte pertinente con relación a los objetivos de diálogo intercultural de este Año europeo.

(13)

En la preparación del Año Europeo del Diálogo Intercultural conviene desarrollar iniciativas relativas a este diálogo basadas en proyectos concretos y duraderos, en particular en el marco de las cooperaciones existentes con los países terceros. Estas iniciativas deben valorizarse en el marco de las acciones de información y sensibilización previstas para el Año Europeo del Diálogo Intercultural en 2008.

(14)

La presente Decisión se dirige a los Estados miembros. Conviene implicar a los países candidatos a la adhesión en la celebración del Año Europeo del Diálogo Intercultural a través de iniciativas de promoción del diálogo intercultural que se desarrollen en los marcos de cooperación y diálogo pertinentes y, en particular, en el contexto del diálogo entre las sociedades civiles de la Unión Europea y los países candidatos (4).

(15)

La presente Decisión establece para toda la duración de la acción una dotación financiera que constituirá la referencia privilegiada para la Autoridad Presupuestaria durante el procedimiento presupuestario anual, en el sentido del punto 37 del Acuerdo interinstitucional, de 17 de mayo de 2006, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria y buena gestión financiera (5) .

(16)

Teniendo en cuenta el número de acciones previstas a escala nacional y comunitaria en todos los Estados miembros, puede considerarse que la dotación financiera constituye el umbral por debajo del cual sería imposible alcanzar los objetivos del Año Europeo del Diálogo Intercultural.

(17)

Procede aprobar las medidas necesarias para la ejecución de la presente Decisión con arreglo a la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (6). Así, para el tipo y alcance de la acción prevista, resulta apropiado crear un comité consultivo.

(18)

Dado que los objetivos de la acción pretendida no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros al ser necesario establecer asociaciones multilaterales e intercambios transnacionales a escala de la Comunidad y, por consiguiente, pueden lograrse mejor, debido a la dimensión de la acción contemplada, a nivel comunitario, la Comunidad puede intervenir, con arreglo al principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, la presente Decisión no excede de lo necesario para alcanzar estos objetivos.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

Objeto

El año 2008 queda proclamado «Año Europeo del Diálogo Intercultural»«.»

Para los fines de la presente Decisión, la expresión «diálogo intercultural» describe un proceso sostenido que tendrá su expresión más visible en 2008 y que abarca acciones que continuarán después de ese año.

Artículo 2

Objetivos

1.   Los objetivos generales del Año Europeo del Diálogo Intercultural son contribuir a:

Promover el diálogo intercultural mediante proyectos específicos de diálogo intercultural en diversos sectores, como instrumento que ayuda a todas las personas que residen en la Unión a aprender a convivir en armonía y a superar las diferencias inherentes a su diversidad cultural, religiosa y lingüística, no sólo entre las culturas de los distintos Estados miembros sino también entre las diferentes culturas y grupos religiosos que existen en los Estados miembros .

Sensibilizar a los ciudadanos europeos y a todos los que viven en la Unión Europea ante la importancia de desarrollar una ciudadanía europea activa y abierta al mundo, respetuosa de la diversidad cultural y basada en los valores comunes de la Unión Europea tal como éstos se definen en el artículo 6 del Tratado UE y en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

Poner de relieve la aportación de las distintas culturas y expresiones de la diversidad cultural a la herencia y a los modos de vida de los Estados miembros.

Exportar los valores comunes de la Unión Europea, mencionados anteriormente, en sus relaciones con el resto del mundo, fortaleciendo así su papel de líder en la promoción y la defensa de los derechos humanos y la democracia.

Hacer de la educación un vector central de aprendizaje de la diversidad, de la comprensión de otras culturas, promover la movilidad, el intercambio y la valorización de los conocimientos, las competencias y las mejores prácticas sociales, hacer de los medios de comunicación un instrumento privilegiado del principio de igualdad y de comprensión recíproca.

2.   Los objetivos específicos del Año Europeo del Diálogo Intercultural son:

Integrar el diálogo intercultural como prioridad horizontal y transversal en las políticas, las acciones y los programas comunitarios, e identificar y poner en común las mejores prácticas de fomento del mismo.

Aumentar la visibilidad y la coherencia de todos los programas y acciones de la Comunidad que contribuyan al diálogo intercultural, fomentarlos, en particular, con acciones y medidas emblemáticas y asegurar su continuidad en el tiempo .

Sensibilizar a los ciudadanos europeos y a todos los que viven en la Unión Europea, en particular, a los jóvenes, ante la importancia del diálogo intercultural en la vida de cada día .

Hacer conocer las diferentes culturas y valores de los países de la Unión Europea en los países terceros socios de la Unión, entre otras cosas por medio de las delegaciones de la Comisión en estos países terceros, en particular para sensibilizar a los candidatos a la inmigración con vistas a una mejor integración en las sociedades de acogida.

Estudiar las posibilidades inherentes a este año temático; preparar y adoptar una estrategia coherente adaptada a las situaciones específicas de los Estados miembros y que preste atención a la educación, a la promoción de la tolerancia, a la aceptación de la diversidad y a la coexistencia con ella, y a la sensibilización sobre el valor de las personas que contribuyen a la diversidad lingüística, étnica y religiosa de Europa.

Artículo 3

Participación en las acciones

Con el fin de lograr los objetivos fijados en el artículo 2, las acciones establecidas por la presente Decisión se pondrán en práctica, en primer lugar, mediante una cooperación estructurada con las ciudades y las administraciones locales, ya que son éstas las que se hacen cargo del reto que supone la inmigración y la integración, y asimismo con los agentes de la sociedad civil, como son las organizaciones no gubernamentales activas en el sector del diálogo intercultural, las asociaciones socioculturales y los medios de comunicación. Las actividades se realizarán en cooperación con las instituciones europeas, las autoridades nacionales, regionales y locales, así como con los organismos internacionales como el Consejo de Europa y la Unesco.

Artículo 4

Contenido de las medidas

Las medidas previstas para alcanzar los objetivos definidos en el artículo 2 se especifican en el anexo.

Incluyen la realización o la concesión de apoyo a las siguientes actividades:

a)

manifestaciones e iniciativas de envergadura europea con objeto de promover el diálogo intercultural, poniendo de relieve las realizaciones y experiencias sobre el tema del Año Europeo del Diálogo Intercultural;

b)

actos e iniciativas con una marcada dimensión europea organizados a nivel nacional con la finalidad de promover los objetivos del Año Europeo del Diálogo Intercultural y en los que se dedique particular atención a las acciones relacionadas con la educación cívica y el conocimiento del otro y de lo que le hace diferente;

c)

campañas de información y sensibilización;

d)

consulta con las redes transnacionales y los interlocutores de la sociedad civil (a través de, por ejemplo, reuniones a pequeña escala, debates, encuestas y estudios ) para evaluar y documentar la eficacia y la repercusión del Año Europeo del Diálogo Intercultural y crear las bases necesarias para darle un seguimiento a largo plazo.

En la medida en que el diálogo intercultural incluye luchar contra la discriminación y promover la integración, las acciones iniciadas en 2008 deberán continuar y complementar las realizadas en el marco del Año Europeo de la Igualdad de Oportunidades para Todos (2007) (7). Las acciones previstas, tanto a nivel comunitario como nacional, deberán tener en cuenta la experiencia de las acciones como las realizadas con motivo del Año Europeo de la Igualdad de Oportunidades para Todos.

Artículo 5

Ejecución

Las medidas necesarias para la ejecución de la presente Decisión se aprobarán con arreglo al procedimiento contemplado en el artículo 7, apartado 2.

Artículo 6

Cooperación de los Estados miembros

Cada Estado miembro designará un organismo nacional de coordinación, o un organismo administrativo equivalente, encargado de organizar la participación de ese Estado en el Año Europeo del Diálogo Intercultural. Cada Estado miembro velará por que ese organismo haga participar adecuadamente a los distintos protagonistas del diálogo intercultural a escala nacional , regional y local . Este organismo coordinará a nivel nacional las acciones relativas al Año Europeo del Diálogo Intercultural.

Artículo 7

Comité

1.   La Comisión estará asistida por un comité compuesto por un representante de cada Estado miembro y presidido por la Comisión. Los representantes nacionales serán designados preferiblemente por el organismo nacional de coordinación al que se hace referencia en el artículo 6.

2.   Cuando se haga referencia al presente apartado se aplicarán los artículos 3 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, cumpliendo lo dispuesto en el artículo 8 de la misma.

Sin perjuicio del procedimiento mencionado en el párrafo anterior, dos representantes del Parlamento Europeo asistirán, en calidad de observadores, a las reuniones del Comité.

3.   El Comité aprobará su reglamento interno.

Artículo 8

Disposiciones financieras

1.   Las medidas de alcance comunitario que se establecen en la parte A del anexo serán objeto de un procedimiento de contratación pública o de la concesión de subvenciones con cargo al presupuesto general de la Unión Europea.

2.   Las medidas de alcance comunitario que se contemplan en la parte B del anexo podrán ser subvencionadas, hasta el 80 % de su coste total, con cargo al presupuesto general de la Unión Europea.

3.   Las medidas de alcance comunitario que se prevén en la parte C del anexo podrán ser subvencionadas, hasta un máximo del 80% de su coste total, con cargo al presupuesto general de la Unión Europea y con arreglo al procedimiento que se establece en el artículo 9.

Artículo 9

Procedimiento de presentación y de selección de las solicitudes

1.   La Comisión adoptará las decisiones de concesión de subvenciones con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 7, apartado 2. La Comisión velará por que se logre un reparto equilibrado entre los Estados miembros y entre los distintos ámbitos de actividad.

2.   Las solicitudes de subvención en virtud del artículo 8, apartado 3, serán presentadas a la Comisión por el organismo contemplado en el artículo 6.

Artículo 10

Organizaciones internacionales

Para perseguir los objetivos del Año Europeo del Diálogo Intercultural, la Comisión cooperará con las organizaciones internacionales apropiadas , en particular con el Consejo de Europa y la Unesco, velando seriamente por la transparencia de las relaciones de cooperación y la visibilidad de la participación de la UE.

Artículo 11

Función de la Comisión

1.   La Comisión velará por la coherencia entre las medidas previstas en la presente Decisión y las demás acciones e iniciativas comunitarias.

2.   La Comisión procurará implicar a los países candidatos en la celebración del Año Europeo del Diálogo Intercultural apoyando su participación en numerosos programas comunitarios que tengan una dimensión de diálogo intercultural y desarrollando iniciativas específicas en los marcos pertinentes y, en particular, en el contexto del diálogo entre las sociedades civiles de la Unión Europea y los países candidatos.

3.   La Comisión buscará la complementariedad entre las medidas que se adopten para alcanzar los objetivos del Año Europeo del Diálogo Intercultural y las iniciativas que puedan desarrollarse en los marcos de cooperación y diálogo pertinentes con los países de la AELC miembros del Acuerdo EEE, los países de los Balcanes Occidentales y los países socios de la PEV.

4.   La Comisión deberá velar por la complementariedad con cualquier otra iniciativa de cooperación con terceros países, en particular, con países en desarrollo, que resulte pertinente con relación a los objetivos de diálogo intercultural de este Año europeo.

Artículo 12

Presupuesto

1.   La dotación financiera para la ejecución de la presente Decisión durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2008 ascenderá a 10 000 000 de euros. Las acciones preparatorias no superarán el 30% del presupuesto global.

2.   La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales ajustándose al marco financiero.

Artículo 13

Protección de los intereses financieros comunitarios

1.   La Comisión velará por que, cuando se ejecuten acciones financiadas en el marco de la presente Decisión, los intereses financieros de la Comunidad queden protegidos por la aplicación de medidas preventivas contra el fraude, la corrupción y otras actividades ilegales, por controles efectivos y por la recuperación de las cantidades abonadas indebidamente y, si se detectan irregularidades, por la aplicación de sanciones eficaces, proporcionadas y disuasorias, de conformidad con los Reglamentos (CE, Euratom) no 2988/95, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (8), y (Euratom, CE) no 2185/96 del Consejo, de 11 de noviembre de 1996, relativo a los controles y verificaciones in situ que realiza la Comisión para la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra los fraudes e irregularidades (9) y con el Reglamento (CE) no 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, relativo a las investigaciones efectuadas por la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) (10).

2.   Por lo que se refiere a las acciones comunitarias financiadas en el marco de la presente Decisión, se considerará irregularidad según la definición del artículo 1, apartado 2, del Reglamento (CE) no 2988/95 toda infracción de una disposición del Derecho comunitario o toda violación de una obligación contractual correspondiente a una acción u omisión de un agente económico que tenga o tendría por efecto perjudicar al presupuesto general de la Unión Europea o a los presupuestos administrados por ésta, mediante un gasto indebido.

3.   La Comisión reducirá, suspenderá o recuperará el importe de la ayuda financiera concedida a una acción si descubre irregularidades, como la inobservancia de las disposiciones de la presente Decisión, de la decisión individual o del contrato por el que se concede la ayuda financiera, o si tiene constancia de que, sin haber solicitado la aprobación de la Comisión, se ha introducido en la acción alguna modificación importante incompatible con la naturaleza o con las condiciones de ejecución de la acción.

4.   Si no se cumplen los plazos o si la realización de una acción sólo permite justificar una parte de la ayuda concedida, la Comisión pedirá al beneficiario que le presente sus observaciones en un plazo determinado. Si éste no aporta una justificación válida, la Comisión podrá suprimir el resto de la ayuda financiera y exigir el reembolso de las sumas ya pagadas.

5.   Toda suma indebidamente pagada deberá ser reintegrada a la Comisión. Se cobrarán intereses de demora por las sumas no reintegradas a su debido tiempo con arreglo a las condiciones establecidas por el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (11).

Artículo 14

Supervisión

1.   El beneficiario presentará informes técnicos y financieros sobre el avance de los trabajos relativos a cualquier acción financiada en virtud de la presente Decisión. Asimismo, en los tres meses siguientes a la realización de la acción deberá presentarse un informe final. La Comisión determinará la forma y el contenido de los informes.

2.   Los beneficiarios de ayuda financiera conservarán a disposición de la Comisión, durante los cinco años siguientes al pago final de la acción, todos los justificantes de los gastos derivados de ella.

3.   La Comisión adoptará todas las medidas necesarias para comprobar que las acciones financiadas se llevan a cabo correctamente y respetan las disposiciones de la presente Decisión y del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002.

Artículo 15

Seguimiento y evaluación

A más tardar el 31 de diciembre de 2009, la Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones un informe sobre la puesta en práctica, los resultados y la evaluación general de las medidas previstas en el artículo 4 de la presente Decisión , con el fin de que sirva de base para futuras políticas, medidas y acciones de la Unión en este ámbito.

Artículo 16

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 17

Destinatarios

Los destinatarios de la presente Decisión serán los Estados miembros.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  DO C ...

(2)  Posición del Parlamento Europeo de 1 de junio de 2006.

(3)  Comunicación de la Comisión — Política europea de vecindad — Documento de estrategia — COM(2004) 0373 de 12.5.2004.

(4)  Véase la Comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones de 29.6.2005 sobre el diálogo entre las sociedades civiles de la UE y de los países candidatos — COM(2005) 0290.

(5)  DO C 139 de 14.6.2006, p. 1.

(6)   DO L 184 de 17.7.1999, p. 23.

(7)  Decisión no 771/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, por la que se establece el Año Europeo de la Igualdad de Oportunidades para Todos (2007) - Hacia una sociedad justa (DO L 146 de 31.5.2006, p. 1).

(8)  DO L 312 de 23.12.1995, p. 1.

(9)  DO L 292 de 15.11.1996, p. 2.

(10)  DO L 136 de 31.5.1999, p. 1.

(11)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

ANEXO

MEDIDAS MENCIONADAS EN EL ARTÍCULO 4

A)   ACCIONES A ESCALA COMUNITARIA

1)

Los recursos financieros dedicados a las campañas de información y promoción no superarán el 20% del presupuesto total.

2)

Campañas de información y promoción que incluyan:

a)

el diseño de un logotipo y de lemas para el Año Europeo del Diálogo Intercultural, que irán asociados a todas las actividades del Año;

b)

una campaña de información a escala comunitaria y su versión nacional;

c)

la cooperación con el sector privado, los organismos de radiodifusión y otros medios de comunicación para difundir la información sobre el Año Europeo del Diálogo Intercultural, en particular en el marco de grandes manifestaciones deportivas previstas en 2008, concretamente las Eurocopas de fútbol y los Juegos Olímpicos de Beijing, luchando al mismo tiempo contra la trata de seres humanos y la prostitución forzada de mujeres en dichas manifestaciones ;

d)

la producción de instrumentos y soportes destinados a estimular el interés del público, que podrán obtenerse en toda la Comunidad;

e)

medidas apropiadas para dar a conocer los resultados y reforzar la visibilidad de los programas, las acciones y las iniciativas comunitarias que contribuyan al logro de los objetivos del Año Europeo del Diálogo Intercultural;

f)

la difusión de materiales e instrumentos pedagógicos destinados con prioridad a los centros educativos , que favorezcan el desarrollo de debates abiertos sobre las distintas culturas del mundo, en el pleno respeto del principio de subsidiariedad ;

g)

la creación de un portal en Internet para hacer accesible al gran público el conjunto de las acciones desarrolladas en el ámbito del diálogo intercultural y para guiar a los responsables de proyectos relativos al diálogo intercultural a través de los distintos programas y acciones pertinentes de la Comunidad.

3)

Otras acciones:

Creación de un premio para el diálogo intercultural que recompense un proyecto destinado a los jóvenes y enmarcado en programas comunitarios como Sócrates, Juventud o Cultura, según lo contemplado en el artículo 2, apartado 2, primer guión.

Consulta con las redes transnacionales y los interlocutores de la sociedad civil (a través de, por ejemplo, reuniones a pequeña escala, debates, encuestas y estudios) para evaluar y documentar la eficacia y la repercusión del Año Europeo del Diálogo Intercultural y crear las bases necesarias para darle un seguimiento a largo plazo.

4)

En general, la financiación consistirá en la adquisición directa de bienes y servicios mediante concursos abiertos o restringidos. También podrá consistir en subvenciones.

B)   COFINANCIACIÓN DE ACCIONES A ESCALA COMUNITARIA

Un número limitado de acciones emblemáticas de envergadura europea centradas en la sensibilización, sobre todo de los jóvenes y las mujeres , ante los objetivos del Año Europeo del Diálogo Intercultural puede optar a una ayuda comunitaria de hasta el 80 % de su coste total.

Estas acciones pueden incluir actos, entre los que se incluyen los actos comunitarios de apertura y clausura del Año Europeo del Diálogo Intercultural, en cooperación con las presidencias de turno en 2008. Esto podría traducirse en particular en una participación señalada a nivel europeo en la celebración del 8 de marzo y del 21 de mayo, proclamados por la Asamblea General de las Naciones Unidas «Día Internacional de la Mujer» y «Día Mundial de la Diversidad Cultural para el Diálogo y el Desarrollo», respectivamente.

El Año Europeo del Diálogo Intercultural se clausurará en el Parlamento Europeo con un Foro intercultural que reunirá a representantes de la sociedad civil y del mundo político y religioso.

C)   COFINANCIACIÓN DE ACCIONES A ESCALA NACIONAL

Algunas acciones a escala nacional , regional y local con una marcada dimensión europea pueden cumplir las condiciones requeridas para acogerse a una ayuda comunitaria, que podrá llegar al 80 % de su coste total.

Estas acciones consistirán en la cofinanciación de una iniciativa nacional por Estado miembro.

D)   ACCIONES QUE NO RECIBEN AYUDA FINANCIERA COMUNITARIA

La Comunidad concederá una ayuda que no tenga carácter financiero, como la autorización escrita para utilizar el logotipo, cuando haya sido diseñado, y otros materiales asociados al Año Europeo del Diálogo Intercultural, a iniciativas de organismos públicos o privados, cuando estos puedan garantizar a la Comisión que se llevan o llevarán a cabo en 2008 y pueden contribuir de manera notable a la realización de los objetivos del Año Europeo del Diálogo Intercultural. También las iniciativas organizadas en terceros países en asociación o cooperación con el Año Europeo del Diálogo Intercultural, aunque sin recibir apoyo financiero al amparo de este, podrán optar a ayuda no financiera de la Comunidad y utilizar el logotipo y otros materiales asociados al Año Europeo del Diálogo Intercultural.

P6_TA(2006)0235

Normas de desarrollo del Reglamento financiero *

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre el proyecto de Reglamento (CE, Euratom) de la Comisión por el que se modifica el Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (SEC(2005) 1240 — C6-0355/2005 — 2005/0904(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

Visto el proyecto de Reglamento de la Comisión (SEC(2005) 1240),

Consultado por la Comisión mediante carta de 12 de octubre de 2005, de conformidad con la declaración (1) aprobada en el marco del procedimiento de concertación previo a la aprobación del Reglamento financiero en relación con su artículo 183 (C6-0355/2005),

Visto el artículo 51 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Control Presupuestario (A6-0135/2006),

1.

Aprueba la propuesta de Reglamento de la Comisión en su versión modificada;

2.

Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta;

3.

Pide a la Comisión que le informe, si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

4.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

TEXTO DE LA COMISIÓN

ENMIENDAS DEL PARLAMENTO

Enmienda 1

ARTÍCULO 1, PUNTO 5 bis (nuevo)

Artículo 43, apartado 2, letra c bis) (nueva) (Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002)

 

5 bis)

En el artículo 43, apartado 2, se añadirá la siguiente letra c bis):

c bis)

la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza y los Recursos Naturales.

Enmienda 2

ARTÍCULO 1, PUNTO 9

Artículo 56, apartado 3 (Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002)

3. Las Instituciones informarán a la Autoridad Presupuestaria acerca del nombramiento o cese en sus funciones del contable respectivo.

3. Las Instituciones informarán a la Autoridad Presupuestaria acerca del nombramiento o cese en sus funciones del contable respectivo. El informe presentado incluirá asimismo los resultados de todos los balances generales realizados y, en particular, todas las reservas formuladas.

Enmienda 3

ARTÍCULO 1, PUNTO 14

Artículo 68 (Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002)

Los administradores de anticipos serán seleccionados de entre los funcionarios o si fuere necesario, entre otros agentes.

Los administradores de anticipos serán seleccionados de entre los funcionarios o si fuere necesario, entre otros agentes. En caso de necesidad, sólo podrá seleccionarse personal temporal o auxiliar en circunstancias debidamente justificadas .

Enmienda 4

ARTÍCULO 1, PUNTO 28, LETRA A bis) (nueva)

Artículo 106, apartado 4 (Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002)

 

A bis)

El apartado 4 se sustituirá por el texto siguiente:

4.     El ordenador competente podrá suspender el plazo límite previsto para el pago, informando a los acreedores, en cualquier momento del período mencionado en el apartado 1, de que el pago solicitado no puede realizarse, bien porque no se tiene derecho al mismo, bien porque no se han presentado los documentos justificativos necesarios. En caso de que el ordenador competente disponga de información que ponga razonablemente en duda la admisibilidad del gasto que figura en una solicitud de pago, podrá suspender el plazo de pago a fin de realizar nuevas verificaciones, incluido un control inmediato, para determinar, antes de la realización del pago, que el gasto es, en efecto, admisible. El ordenador competente informará lo antes posible al beneficiario en cuestión. También le informará de que el pago podrá suspenderse hasta que el beneficiario presente la información solicitada por el ordenador. El plazo del período restante de pago empezará a contar de nuevo a partir de la fecha en que se registre por primera vez la solicitud de pago correctamente formulada. No obstante, los pagos deberán realizarse a más tardar antes de la expiración de un período equivalente a dos veces el período de pago inicial, salvo que el beneficiario no haya presentado para entonces la información solicitada por el ordenador.

Enmienda 5

ARTÍCULO 1, PUNTO 36

Artículo 129 (Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002)

1. Los contratos de cuantía igual o inferior a 60 000 euros podrán adjudicarse mediante procedimiento negociado previa consulta de por lo menos cinco candidatos.

1. Los contratos de cuantía igual o inferior a 80 000 euros podrán adjudicarse mediante procedimiento negociado previa consulta de por lo menos cinco candidatos.

Si, tras la consulta de los candidatos, el órgano de contratación recibe solamente una oferta que sea administrativa y técnicamente válida, el contrato podrá adjudicarse a condición de que se cumplan los criterios de adjudicación.

Si, tras la consulta de los candidatos, el órgano de contratación recibe solamente una oferta que sea administrativa y técnicamente válida, el contrato podrá adjudicarse a condición de que se cumplan los criterios de adjudicación.

2. Para los contratos de cuantía igual o inferior a 25 000 euros , podrá utilizarse el procedimiento previsto en el apartado 1 previa consulta de por lo menos tres candidatos.

2. Para los contratos de cuantía igual o inferior a 50 000 euros , podrá utilizarse el procedimiento previsto en el apartado 1 previa consulta de por lo menos tres candidatos.

3. Los contratos de cuantía igual o inferior a 3 500 euros podrán adjudicarse ante una única oferta.

3. Los contratos de cuantía igual o inferior a 12 500 euros podrán adjudicarse ante una única oferta.

4. Los pagos correspondientes a gastos por un importe igual o inferior a 200 euros podrán efectuarse a modo de reembolso de factura, sin aceptación previa de una oferta.

4. Los pagos correspondientes a gastos por un importe igual o inferior a 1 000 euros podrán efectuarse a modo de reembolso de factura, sin aceptación previa de una oferta.

 

Los contratos no podrán dividirse en lotes individuales cuando con ello se desvirtúen los límites fijados.

Enmienda 6

ARTÍCULO 1, PUNTO 38, LETRA A)

Artículo 134, apartado 2 (Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002)

A) En el apartado 2 , se suprimirá el segundo párrafo.

A)

El apartado 2 se sustituirá por el texto siguiente:

2.     En caso de que el país en cuestión no expidiere el tipo de documento o certificado contemplado en el apartado 1 y en los demás supuestos de exclusión recogidos en los artículos 93 y 94 del Reglamento financiero, podrá hacer las veces del mismo una declaración jurada o, en su defecto, una declaración solemne del interesado ante instancias judiciales o administrativas, notarios u organismos profesionales cualificados del país de origen o de procedencia.

En los contratos de cuantía inferior a 80 000 euros, el órgano de contratación, basándose en un análisis de riesgos, podrá exigir a los candidatos o licitadores la presentación, únicamente de una declaración solemne, en la que se acredite que no se hallan incursos en ninguna de las situaciones contempladas en los artículos 93 y 94 del Reglamento financiero.

En los contratos de cuantía inferior a 5 000 euros, el órgano de contratación podrá, en función de su análisis de riesgos, adjudicar el contrato sin exigir dicha declaración solemne.

Enmienda 7

ARTÍCULO 1, PUNTO 39, LETRA B)

Artículo 135, apartado 6 (Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002)

6. El órgano de contratación, en función de una evaluación de riesgos, podrá decidir no exigir la prueba de la capacidad financiera, económica, técnica y profesional de los candidatos o de los licitadores para los siguientes contratos:

6. El órgano de contratación, en función de una evaluación de riesgos, podrá decidir no exigir la prueba de la capacidad financiera, económica, técnica y profesional de los candidatos o de los licitadores para los siguientes contratos:

a)

contratos adjudicados por las instituciones por su propia cuenta, de una cuantía igual o inferior a 60 000 euros ,

a)

contratos adjudicados por las instituciones por su propia cuenta, de una cuantía igual o inferior a 80 000 euros ,

b)

contratos adjudicados en el ámbito de las acciones exteriores, de una cuantía inferior a los límites mencionados el artículo 241, apartado 1, letra a), artículo 243, apartado 1, letra a), el artículo 245, apartado 1, letra a).

b)

contratos adjudicados en el ámbito de las acciones exteriores, de una cuantía inferior a los límites mencionados el artículo 241, apartado 1, letra a), artículo 243, apartado 1, letra a), el artículo 245, apartado 1, letra a).

En los casos en que el órgano de contratación decida no exigir la prueba de la capacidad financiera, económica, técnica y profesional de los candidatos o de los licitadores , no podrá procederse a ninguna prefinanciación o pago intermedio. Sin embargo, podrá realizarse una prefinanciación en el caso de que se prevea una garantía financiera por un importe equivalente.

En los casos en que el órgano de contratación decida no exigir la prueba de la capacidad financiera, económica, técnica y profesional de los candidatos o de los licitadores, podrán realizarse pagos intermedios cuando ya se hayan prestado los servicios o suministrado los bienes. Podrán realizarse pagos intermedios en el caso de que se prevea una garantía financiera por un importe equivalente o de que el ordenador pueda reducir el riesgo por otros medios adecuados para los mismos fines.

Enmienda 8

ARTÍCULO 1, PUNTO 40 bis (nuevo)

Artículo 140 (Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002)

 

40 bis)

El artículo 140 se sustituirá por el texto siguiente:

1.     El plazo límite de recepción de las ofertas y solicitudes de participación, fijado en días civiles por el órgano de contratación, será lo suficientemente largo como para permitir que las partes interesadas dispongan de un período de tiempo razonable y adecuado para preparar y presentar sus ofertas, teniendo particularmente en cuenta la complejidad de los contratos o la necesidad de visitar el sitio o de consultar in situ los documentos que se adjuntan a las especificaciones.

2.     En los procedimientos abiertos, en el caso de contratos de cuantía igual o superior a los límites fijados en el artículo 158, el plazo límite de recepción de las ofertas será, por regla general, de entre 26 y 52 días, según la complejidad del contrato, a partir de la fecha de envío del anuncio de contrato.

3.     En los procedimientos restringidos, incluidos los casos en que se recurra al diálogo competitivo contemplado en el artículo 125 ter, y en los procedimientos negociados con anuncio de contrato de cuantía igual o superior a los límites fijados en el artículo 158, el plazo límite de recepción de las solicitudes de participación será, por regla general, de entre 18 y 37 días, según la complejidad del contrato, a partir de la fecha de envío del anuncio de contrato.

En los procedimientos restringidos, en el caso de contratos de cuantía igual o superior a los límites fijados en el artículo 158, el plazo límite de recepción de las ofertas será, por regla general, de entre 20 y 40 días, según la complejidad del contrato, a partir de la fecha de envío de la invitación a licitar.

No obstante, en los procedimientos restringidos, tras la convocatoria de la manifestación de interés a que se refiere el artículo 128, el plazo límite de recepción de las ofertas será, por regla general, de entre 10 y 20 días, según la complejidad del contrato, a partir de la fecha de envío de la invitación a licitar.

4.     En el supuesto de que los órganos de contratación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118, apartado 2, hubieren publicado un anuncio previo de información, el plazo límite para la recepción de las ofertas podrá reducirse por regla general a 18 días, sin que en ningún caso pueda ser inferior a 11 días a partir de la fecha de envío del anuncio de contrato o de la invitación de licitación.

La reducción del plazo contemplada en el párrafo primero sólo podrá efectuarse si el anuncio previo de información se atiene a las siguientes condiciones:

a)

que incluya toda la información requerida para el anuncio de contrato, siempre y cuando pueda contarse con tal información en el momento de la publicación del anuncio;

b)

que su remisión a publicación se produzca entre un mínimo de 26 días y un máximo de 6 meses antes de la fecha de envío del anuncio de contrato.

5.     Los plazos de recepción de las ofertas podrán reducirse en cinco días si, a partir de la fecha de publicación del anuncio de contrato o de la convocatoria de manifestación de interés, puede disponerse, libre y directamente, por vía electrónica de todos los documentos de licitación.

Enmienda 9

ARTÍCULO 1, PUNTO 46 bis (nuevo)

Artículo 164, apartado 3 (Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002)

 

46 bis)

En el artículo 164, el apartado 3 se sustituirá por el texto siguiente:

3.     Se podrán permitir modificaciones de los convenios de subvención si las circunstancias han cambiado y estos cambios no estaban previstos ni eran previsibles por ninguna de las partes y si la aplicación sin modificaciones del convenio en cuestión entrañara consecuencias inaceptables para alguna de las partes o malograra de algún modo el contrato.

Los convenios de subvención sólo podrán ser modificados mediante cláusulas adicionales por escrito. Tales cláusulas no podrán tener por objeto o efecto introducir en los convenios modificaciones que pudieren cuestionar la decisión de concesión de la subvención ni violar la igualdad de trato entre las partes.

Si una modificación del contrato no bastara como solución, las partes podrán rescindir el acuerdo en su totalidad o en parte.

Enmienda 10

ARTÍCULO 1, PUNTO 50, LETRA A)

Artículo 173, apartado 2, párrafo 2 (Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002)

Para ello, el ordenador pedirá a los beneficiarios potenciales una certificación por su honor. Para las solicitudes de subvención superior a 25 000 euros , se adjuntarán a la solicitud, en función del análisis de riesgos efectuado por el ordenador competente bajo su responsabilidad, la cuenta de gestión, el balance del último ejercicio cerrado y cualquier otro documento exigido en la convocatoria de propuestas.

Para ello, el ordenador pedirá a los beneficiarios potenciales una certificación por su honor. Para las solicitudes de subvención superior a 50 000 euros , se adjuntarán a la solicitud, en función del análisis de riesgos efectuado por el ordenador competente bajo su responsabilidad, la cuenta de gestión, el balance del último ejercicio cerrado y cualquier otro documento exigido en la convocatoria de propuestas.

Enmienda 11

ARTÍCULO 1, PUNTO 50, LETRA B)

Artículo 173, apartado 4 (Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002)

B) El apartado 4 quedará modificado como sigue :

B) El apartado 4 se sustituirá por el texto siguiente :

i) El párrafo primero se sustituirá por el texto siguiente:

 

4.   En los casos en que la solicitud se refiera a subvenciones para una acción cuyo importe supere los 750 000euros o subvenciones de funcionamiento de más de 100 000euros, a la solicitud habrá de adjuntarse un informe de auditoría externa elaborado por un auditor de cuentas autorizado. En este informe se certificarán las cuentas del último ejercicio disponible.

4.   En los casos en que la solicitud se refiera a subvenciones para una acción cuyo importe supere los 750 000euros o subvenciones de funcionamiento de más de 100 000euros, a la solicitud habrá de adjuntarse un informe de auditoría externa elaborado por un auditor de cuentas autorizado o, en el caso de las organizaciones que dispongan de una función independiente de auditoría, una auditoría independiente . En este informe se certificarán las cuentas del último ejercicio disponible.

Las disposiciones del primer párrafo sólo se aplicarán a la primera solicitud presentada por el beneficiario a un ordenador en un ejercicio presupuestario.

En caso de convenios que vinculen a la Comisión y a una serie de beneficiarios, dichos límites se aplicarán a cada beneficiario.

Antes de celebrarse el convenio marco deberá presentarse, en el caso de las asociaciones contempladas en el artículo 163, una auditoría externa, o, en el caso de las organizaciones que dispongan de una función independiente de auditoría, una auditoría independiente, que cubra los dos últimos ejercicios financieros.

ii) El párrafo quinto se sustituirá por el texto siguiente:

 

El ordenador competente, en función del análisis de riesgos que hubiere efectuado, podrá eximir de la obligación de auditoría externa a los beneficiarios obligados conjunta y solidariamente en caso de convenios con varios beneficiarios.

El ordenador competente, en función del análisis de riesgos que hubiere efectuado, podrá eximir de la obligación de auditoría externa o independiente a los beneficiarios obligados conjunta y solidariamente en caso de convenios con varios beneficiarios.

iii) Se añadirá el párrafo sexto siguiente:

 

El párrafo primero no se aplicará a los organismos públicos, a los establecimientos educativos y a las organizaciones internacionales mencionadas en el artículo 43, apartado 2.

El párrafo primero no se aplicará a los organismos públicos, a los establecimientos educativos y a las organizaciones internacionales mencionadas en el artículo 43, apartado 2 , letras a), b) y c) .

Enmienda 12

ARTÍCULO 1, PUNTO 53 bis (nuevo)

Artículo 180, apartado 2 (Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002)

 

53 bis)

En el artículo 180, el apartado 2 se sustituirá por el texto siguiente:

2.     Para justificar los pagos, el ordenador competente podrá exigir, en función de su análisis de riesgos, una auditoría externa de las declaraciones financieras y de las cuentas a cargo de un auditor de cuentas autorizado o, en el caso de las organizaciones que disponen de una función independiente de auditoría, una auditoría independiente. El informe de auditoría se adjuntará a la solicitud de pago en el caso de una subvención de funcionamiento o de una acción, siendo su finalidad la de certificar que los costes declarados por el beneficiario en las declaraciones financieras en que se basa la solicitud de pago son reales, exactos y subvencionables de conformidad con el convenio de subvención. Una auditoría externa o, en el caso de las organizaciones que dispongan de una función independiente de auditoría, una auditoría independiente, será obligatoria para los pagos intermedios por ejercicio financiero y para los pagos del saldo en los siguientes casos:

a)

los pagos para una acción cuya cuantía sea de 750 000 euros o más;

b)

las subvenciones operativas cuya cuantía sea de 100 000 euros o más.

En función del análisis de riesgos que efectúe, el ordenador competente podrá además eximir de la obligación de realizar una auditoría externa o independiente:

a)

a los organismos públicos y organizaciones internacionales contemplados en el apartado 1 y letras a), b) y c) del apartado 2 del artículo 43;

b)

a los beneficiarios de subvenciones en materia de ayuda humanitaria y de gestión de situaciones de crisis, excepto para los pagos de saldo;

c)

en el caso de los pagos del saldo, a los beneficiarios de subvenciones en materia de ayuda humanitaria que hayan firmado un convenio marco de cooperación, con arreglo a lo previsto en el artículo 163, y que dispongan de un sistema de control que ofrezca unas garantías equivalentes para dichos pagos.

Enmienda 13

ARTÍCULO 1, PUNTO 54

Artículo 182 (Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002)

54) El artículo 182 quedará modificado como sigue :

54) El artículo 182 se sustituirá por el texto siguiente :

a) El apartado 1 se sustituirá por el texto siguiente:

 

1.   El ordenador competente podrá exigir que el perceptor de una subvención constituya una garantía provisional por el mismo importe que la prefinanciación, con objeto de reducir los riesgos financieros derivados del pago de prefinanciaciones.

1.   El ordenador competente podrá exigir , en función de un análisis de riesgos, que el perceptor de una subvención constituya una garantía provisional de hasta el mismo importe que la prefinanciación, con objeto de reducir los riesgos financieros derivados del pago de prefinanciaciones , cuando no pueda fijarse otro medio igualmente efectivo de garantizar la deuda .

El ordenador competente podrá exigir asimismo esta garantía, en función de su análisis de riesgos, a la vista del método de financiación establecido en el convenio de subvención.

b)

En el apartado 2, el párrafo primero se sustituirá por el texto siguiente:

 

2.   Cuando la prefinanciación sea superior al 80 % del importe total de la subvención y supere los 60 000euros, se exigirá la constitución de una garantía.

2.   Cuando la prefinanciación sea superior al 80 % del importe total de la subvención y supere los 60 000euros, se exigirá la constitución de una garantía, si no puede fijarse otro medio igualmente efectivo de garantizar la deuda. A las ONG que operen en el sector de las acciones exteriores se les exigirá una garantía por las prefinanciaciones superiores a 1 000 000 de euros o por prefinanciaciones que supongan más del 90% del importe total de la subvención, cuando no pueda fijarse otro medio igualmente efectivo de garantizar la deuda. La duración de esta garantía será suficiente para poder recurrir a la misma .

3.     La garantía deberá prestarla una entidad bancaria o financiera autorizada establecida en un Estado miembro. Cuando el beneficiario esté establecido en un tercer país, el ordenador competente podrá aceptar que una entidad bancaria o financiera establecida en dicho tercer país preste la garantía si considera que dicha institución bancaria o financiera ofrece una seguridad y unas características equivalentes a las ofrecidas por una entidad bancaria o financiera establecida en un Estado miembro. A solicitud del beneficiario, esta garantía podrá ser sustituida por la garantía personal y solidaria de un tercero o por la garantía solidaria, irrevocable e incondicional de los beneficiarios de una acción que son partes en el mismo convenio de subvención, previa aceptación del ordenador competente.

Esta garantía se expresará en euros. Mediante esta garantía, la entidad bancaria o financiera, los terceros o los otros beneficiarios se constituirán en garantes solidarios irrevocables o garantes principales de las obligaciones del beneficiario de la subvención.

En función del análisis de riesgos realizado por el ordenador, la deuda también podrá garantizarse, aunque de manera no restrictiva, mediante pagos periódicos, hipotecas, cargas territoriales o cargas sobre bienes tangibles e intangibles y garantías.

4.     La garantía u otra fianza irá liberándose a medida que vaya liquidándose la prefinanciación, como deducción de los pagos intermedios o del saldo hechos en favor del beneficiario, de acuerdo con las condiciones establecidas en el convenio de subvención. En los casos previstos en el segundo párrafo del apartado 1, sólo se liberará previo pago del saldo.

5.     El ordenador podrá no aplicar, en función de un análisis de riesgos, la obligación prevista en el apartado 2, en favor de los organismos públicos y organizaciones internacionales contemplados en el apartado 1 y letras a), b) y c) del apartado 2 del artículo 43. El ordenador competente podrá eximir igualmente de esta obligación a los beneficiarios que hubieren concluido un convenio marco de cooperación con arreglo al artículo 163.

6.     Cuando la cuantía de la subvención no exceda los 10 000 euros, el ordenador exigirá que se constituya una garantía únicamente en casos debidamente justificados.


(1)  Documento del Consejo 10003/02 ad. 1.

P6_TA(2006)0236

Inhabilitaciones resultantes de condenas por delitos sexuales cometidos contra los niños *

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la iniciativa del Reino de Bélgica encaminada a que el Consejo adopte una Decisión marco relativa al reconocimiento y la ejecución en la Unión Europea de las inhabilitaciones resultantes de condenas por delitos sexuales cometidos contra los niños (14207/2004 — C6-0244/2004 — 2004/0818(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

Vista la iniciativa del Reino de Bélgica (14207/2004) (1),

Vistas la letra b) del apartado 2 del artículo 34 y la letra a) del apartado 1 del artículo 31 del Tratado UE,

Visto el apartado 1 del artículo 39 del Tratado UE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C6-0244/2004),

Vista la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos sobre el fundamento jurídico propuesto,

Vistos los artículos 93 y 51, el apartado 4 del artículo 41 y el artículo 35 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y la opinión de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A6-0068/2006),

1.

Aprueba la iniciativa del Reino de Bélgica en su versión modificada;

2.

Pide al Consejo que modifique en consecuencia el texto;

3.

Pide al Consejo que le informe, si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

4.

Pide al Consejo que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente la iniciativa del Reino de Bélgica;

5.

Pide que se elabore una disposición paralela que tenga como fundamento jurídico la letra a) del artículo 65 del Tratado CE, teniendo en cuenta la interrelación obvia entre las cuestiones relacionadas con la cooperación judicial en materia penal y en materia civil;

6.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como al Gobierno y Parlamento del Reino de Bélgica y a los Gobiernos y Parlamentos de los demás Estados miembros.

TEXTO DEL REINO DE BÉLGICA

ENMIENDAS DEL PARLAMENTO

Enmienda 1

Visto 1

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, la letra a) de su artículo 31 y la letra b) del apartado 2 de su artículo 34,

Visto el Tratado de la Unión Europea y, en particular, las letras a) y c) del apartado 1 de su artículo 31 y la letra b) del apartado 2 de su artículo 34,

Enmienda 2

Considerando 5

(5) La lucha contra la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil debe constituir una prioridad para la Unión, y más concretamente la prevención de los riesgos de reincidencia en dicha materia. En ese ámbito particular, la Decisión marco 2004/68/JAI del Consejo, de 22 de diciembre de 2003, relativa a la lucha contra la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil establecía, de conformidad con el principio de subsidiariedad, un enfoque común mínimo de la Unión con respecto a dichos delitos penales, en particular por lo que se refiere al tipo de sanción e inhabilitación que deberán prever las respectivas legislaciones nacionales. El principio de reconocimiento mutuo deberá poder aplicarse a la inhabilitación para ejercer, con carácter provisional o definitivo, actividades profesionales relacionadas con la vigilancia de niños, prevista expresamente por dicha Decisión marco, cuando dicha inhabilitación se derive de una condena penal por uno de los delitos relacionados con la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil.

(5) Dado que, dentro de un mismo Estado miembro y en el ámbito de la Unión Europea, existe una amplia variedad de posibles inhabilitaciones resultantes de condenas penales y que la naturaleza y los métodos de aplicación de dichas sanciones puede variar considerablemente, se debe dar prioridad a los sectores en los que ya existe una base común entre los Estados miembros. La lucha contra la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil debe constituir una prioridad para la Unión, y más concretamente la prevención de los riesgos de reincidencia en dicha materia. En ese ámbito particular, la Decisión marco 2004/68/JAI del Consejo, de 22 de diciembre de 2003, relativa a la lucha contra la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil establecía, de conformidad con el principio de subsidiariedad, un enfoque común mínimo de la Unión con respecto a dichos delitos penales, en particular por lo que se refiere al tipo de sanción e inhabilitación que deberán prever las respectivas legislaciones nacionales. El principio de reconocimiento mutuo debe poder aplicarse , entre otros casos, a la inhabilitación para ejercer, con carácter provisional o definitivo, actividades profesionales relacionadas con la vigilancia de niños, prevista expresamente por dicha Decisión marco, cuando dicha inhabilitación se derive de una condena penal por uno de los delitos relacionados con la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil.

Enmienda 3

Artículo 2, letra c)

c)

«inhabilitación», la inhabilitación de ejercer, con carácter provisional o definitivo, actividades profesionales vinculadas a la vigilancia de niños, contemplada en el apartado 3 del artículo 5 de la Decisión marco 2004/68/JAI del Consejo de 22 de diciembre de 2003 relativa a la lucha contra la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil, que resulte de una condena de un delito contemplado en el apartado 1 del artículo 1;

c)

«inhabilitación», la inhabilitación de ejercer, con carácter provisional o definitivo, actividades profesionales vinculadas a la vigilancia de niños, contemplada en el apartado 3 del artículo 5 de la Decisión marco 2004/68/JAI del Consejo de 22 de diciembre de 2003 relativa a la lucha contra la explotación sexual de los niños y la pornografía infantil, así como de ejercer actividades distintas de la vigilancia de niños en una institución pública o privada encargada de dicha vigilancia o que trabaje con niños, que resulte de una condena de un delito contemplado en el apartado 1 del artículo 1;

Enmienda 4

Artículo 2, letra d)

d)

«autoridad central», la autoridad designada en virtud del artículo 2 de la Decisión de [...] del Consejo relativa al intercambio de la información de los registros de antecedentes penales;

d)

«autoridad central», la autoridad designada en virtud del artículo 1 de la Decisión de [...] del Consejo relativa al intercambio de la información de los registros de antecedentes penales;

Enmienda 5

Artículo 3, apartado - 1 (nuevo)

 

- 1. Cuando así lo contemplen los instrumentos internacionales aplicables relativos a la asistencia judicial mutua en materia penal, se inscribirán en el registro de antecedentes penales las inhabilitaciones impuestas por terceros países.

Enmienda 6

Artículo 3

Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para que toda inhabilitación se inscriba en el registro de antecedentes penales

2. Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para que toda inhabilitación , incluida cualquier inhabilitación impuesta por otros Estados miembros, se inscriba en el registro de antecedentes penales

Enmienda 7

Artículo 4, apartado 1

1. Cuando la autoridad central del Estado de emisión comunique informaciones sobre el registro de antecedentes penales de otro Estado miembro en virtud de las normas internacionales aplicables a la asistencia judicial en materia penal, mencionará la inhabilitación en el extracto de dicho registro.

1. Cuando la autoridad central del Estado de emisión comunique informaciones sobre el registro de antecedentes penales de otro Estado miembro en virtud de las normas internacionales aplicables a la asistencia judicial en materia penal, y de conformidad con la Decisión 2005/876/JAI del Consejo, de 21 de noviembre de 2005, relativa al intercambio de información de los registros de antecedentes penales (2), deberá mencionar la inhabilitación entre la información proporcionada en el extracto de dicho registro.

Enmienda 8

Artículo 5

En el marco de la aplicación de la presente Decisión marco, cuando se solicite de conformidad con el Derecho nacional el registro de antecedentes penales de un Estado miembro con vistas a obtener informaciones relativas a un nacional de otro Estado miembro, se dirigirá sistemáticamente una solicitud a la autoridad central del Estado miembro cuya nacionalidad ostente la persona interesada.

En el marco de la aplicación de la presente Decisión marco, cuando se solicite de conformidad con el Derecho nacional el registro de antecedentes penales de un Estado miembro con vistas a obtener información relativa a un nacional de otro Estado miembro o a una persona residente en otro Estado miembro, incluso cuando no se hayan instruido diligencias penales ante un tribunal contra dichas personas, se dirigirá sistemáticamente una solicitud a la autoridad central del Estado miembro cuya nacionalidad posea la persona interesada o del que sea residente.

Enmienda 9

Artículo 5, apartado 1 bis (nuevo)

 

1 bis. En el marco de la aplicación de la presente Decisión marco, cuando se solicite de conformidad con el Derecho nacional el registro de antecedentes penales de un Estado miembro con vistas a obtener información relativa a un nacional de dos o más Estados, se dirigirá sistemáticamente una solicitud a la autoridad central de cada uno de los Estados miembros cuya nacionalidad posea la persona interesada.

Enmienda 10

Artículo 7, título

Motivos de no reconocimiento o no ejecución

Motivos de no reconocimiento , no ejecución , o adaptación de la inhabilitación

Enmienda 11

Artículo 7, letra c bis) (nueva)

 

c bis)

el delito que haya dado origen a la inhabilitación esté cubierto por una amnistía en el Estado de ejecución.

Enmienda 12

Artículo 7, apartado 1 bis (nuevo)

 

1 bis. Si la duración de la inhabilitación supera el máximo previsto por la legislación del Estado de ejecución para el mismo delito, la duración de la inhabilitación ejecutada se reducirá a dicho máximo.

Enmienda 13

Artículo 8, apartado 1

1. Para ejecutar una inhabilitación, la autoridad competente de ejecución no exigirá más trámites que el formulario B contemplado en el apartado 2 del artículo 4 de la Decisión de [...] del Consejo relativa al intercambio de la información de los registros de antecedentes penales.

1. Para ejecutar una inhabilitación, la autoridad competente de ejecución no exigirá más trámites que el formulario a que se refiere el apartado 2 del artículo 3 de la Decisión de [...] del Consejo relativa al intercambio de la información de los registros de antecedentes penales.

Enmienda 14

Artículo 8, apartado 2

2. Si la duración de la inhabilitación supera el máximo previsto por la legislación del Estado de ejecución por el mismo delito, la duración de la inhabilitación ejecutada se reducirá a dicho máximo.

Suprimido


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

(2)   DO L 322 de 9.12.2005, p. 33.

P6_TA(2006)0237

Crisis humanitaria en los territorios palestinos y papel de la Unión

Resolución del Parlamento Europeo sobre la crisis humanitaria en los territorios palestinos y el papel de la UE

El Parlamento Europeo,

Vistas sus resoluciones anteriores sobre la situación en Oriente Próximo, en particular, las de 23 de octubre de 2003 sobre Paz y Dignidad en Oriente Próximo (1), 27 de enero de 2005sobre la situación en Oriente Próximo (2), y de 2 de febrero de 2006 sobre los resultados de las elecciones palestinas y la situación en Jerusalén Este (3),

Vistos el informe de la Misión de Observación de las Elecciones de la Unión Europea a Palestina y el informe de los observadores de las elecciones del Parlamento,

Vistas las Resoluciones 242, 338, 1373 y 1397 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas,

Vista la Hoja de Ruta que contiene el Plan de Paz, redactada por el Cuarteto, de 30 de abril de 2003,

Vistos los resultados de las elecciones nacionales israelíes de 28 de marzo de 2006,

Vista la declaración hecha por los miembros principales del Cuarteto el 9 de mayo de 2006 en Nueva York,

Vistas las conclusiones de la reunión del Consejo de Asuntos Generales sobre el proceso de paz en Oriente Próximo, de 15 de mayo de 2006,

Vistos los Acuerdos de vecindad entre la UE e Israel y la UE y Palestina,

Visto el apartado 2 del artículo 103 de su Reglamento,

A.

Considerando que, una vez celebradas las elecciones en Palestina y en Israel, ha llegado el momento de sentar una nueva base para una iniciativa diplomática y política de la Unión Europea y del Cuarteto (la Unión Europea, los Estados Unidos, Rusia y las Naciones Unidas), que debe fijarse unos objetivos ambiciosos para reiniciar las negociaciones y un proceso que desemboque en una solución de paz estable y viable,

B.

Considerando la urgente necesidad de abordar el serio deterioro de la situación humanitaria y social tanto en Gaza como en Cisjordania para evitar el caos y una mayor inestabilidad política,

C.

Considerando que tras las elecciones en Palestina, celebradas de conformidad con las normas internacionales, se ha formado un gobierno compuesto por miembros de la lista «Cambio y reforma» apoyada por Hamás; que la comunidad internacional se ve ahora confrontada a la necesidad de respetar el resultado de las elecciones,

D.

Considerando que con su decisión de participar en las elecciones y el éxito que obtuvo en ellas, Hamás asume la responsabilidad de respetar los acuerdos anteriores firmados por los palestinos, que incluyen el rechazo del terrorismo y el reconocimiento del derecho de Israel a existir, tal y como demanda la comunidad internacional,

E.

Considerando que el 9 de mayo de 2006 el Cuarteto reiteró su apoyo a la asistencia destinada a contribuir a la cobertura de las necesidades humanas básicas del pueblo palestino, y expresó su voluntad de apoyar un mecanismo internacional temporal de ámbito y duración limitados y que garantice la entrega directa de asistencia a los palestinos; considerando asimismo que se ha encomendado a la UE la tarea de desarrollar y proponer un mecanismo de ese tipo,

F.

Considerando que la UE está trabajando con la mayor urgencia para desarrollar este mecanismo, que se dedicará, con carácter prioritario, a contribuir a atender necesidades primarias y comprenderá consultas con instituciones financieras internacionales y otros interlocutores clave, y considerando que insta a otros donantes a unirse activamente a los esfuerzos por establecer este mecanismo lo antes posible,

G.

Considerando que el nuevo Gobierno de Israel ha presentado unas pautas que incluyen el compromiso de negociar con los palestinos pero que no excluyen medidas unilaterales para aplicar el «plan de convergencia» con el objetivo de fijar las fronteras definitivas,

H.

Considerando que habría que recordar a Israel sus obligaciones derivadas de los Acuerdos de Oslo con respecto a las fronteras de 1967, los asentamientos y Jerusalén Este, y que debe ser consciente de la grave situación actual,

1.

Expresa su honda preocupación ante el deterioro de la situación humanitaria, económica y financiera en Cisjordania y Franja de Gaza;

2.

Pide al Consejo y a la Comisión que refuercen sus iniciativas, teniendo en cuenta las recomendaciones que figuran a continuación:

que actúen en el marco del Cuarteto con el fin de garantizar urgentemente la entrega de la ayuda básica a los palestinos a través de agencias humanitarias y ONG y la aplicación del mencionado mecanismo internacional temporal, propuesto por el Cuarteto, para garantizar una ayuda directa al pueblo palestino, que debería ser canalizada por el Banco Mundial y por otros organismos internacionales,

que inviten a los Gobiernos de los Estados Unidos y de los demás países donantes a que velen por que el campo de aplicación de este mecanismo sea amplio y flexible; que faciliten su funcionamiento con una participación directa del Presidente de la Autoridad Palestina, y que garanticen el control financiero y la rendición de cuentas con respecto al gasto,

que desarrollen un mecanismo con el fin de evitar una crisis humanitaria grave en los territorios palestinos; a este respecto, pide a todas las instituciones participantes en la creación del mecanismo internacional temporal que muestren la mayor transparencia posible con el fin de prevenir fraudes o malversaciones de fondos;

que soliciten al Gobierno israelí que reanude inmediatamente la transferencia directa de los ingresos fiscales y aduaneros palestinos retenidos y bloqueados desde enero de 2006; constata que parte de estos fondos han sido transferidos para pagos de suministros eléctricos, en cumplimiento de lo establecido en el Protocolo de París de 1994;

que refuercen el proceso de consolidación institucional en Palestina, uno de cuyos aspectos más importantes ha sido la celebración de las recientes elecciones,

que continúe la presencia de la UE en Rafah y prosiga la aplicación del Acuerdo sobre Movimientos y Accesos,

que hagan una evaluación exhaustiva de la situación, conjuntamente con el Alto Representante para la PESC, con vistas a garantizar la coherencia, tanto de las medidas de ayuda como de las iniciativas políticas y diplomáticas, con vistas a mantener un diálogo con la Autoridad Palestina a través de su Presidente,

que aseguren que toda ayuda futura se revisará a la luz del respeto de estos principios por el Gobierno palestino,

que aprovechen al máximo el Plan de Acción con la Autoridad Palestina en el marco de la política europea de vecindad; por su parte, la Comisión debe velar por la aplicación plena del Plan de Acción UE-Israel en lo que se refiere a las obligaciones de Israel en relación con la Autoridad Palestina;

3.

Acoge con satisfacción la declaración del Presidente de la Autoridad Palestina, Mahmud Abbás, efectuada en el Pleno del Parlamento de 16 de mayo de 2006, y pide al Consejo y a la Comisión que continúen apoyando al Presidente en sus esfuerzos por dialogar con Israel, el Gobierno palestino y la comunidad internacional;

4.

Apoya la iniciativa del Presidente palestino de promover un diálogo nacional y confía en que estas propuestas sean aceptadas por todas las partes; considera que el Presidente está legitimado para negociar y asumir la responsabilidad en relación con la gestión de la ayuda internacional;

5.

Considera que todos los contactos con el Gobierno palestino recientemente nombrado deben aspirar a lograr el reconocimiento de un acuerdo de paz definitivo basado en una solución que comprenda dos Estados viables y la renuncia a la violencia por parte del propio Gobierno y de los grupos que lo apoyan; opina que una aclaración del Gobierno palestino relativa a la condena de la violencia y al reconocimiento de Israel a existir, así como a las obligaciones internacionales de Palestina, constituye un elemento decisivo para cualquier cooperación de la Unión Europea con dicho Gobierno;

6.

Declara una vez más, en esta fase concreta, que la solución al conflicto de Oriente Próximo solamente será posible a través de la negociación de un acuerdo de paz firme y definitivo con arreglo a lo establecido en la Hoja de Ruta, sin condiciones previas y basado en la existencia de dos Estados democráticos, soberanos y viables, que convivan pacíficamente dentro de unas fronteras seguras y reconocidas;

7.

Acoge con satisfacción la celebración el 20 de mayo de 2006 en Sharm el Seij de la primera reunión desde las elecciones entre el Presidente de la Autoridad Palestina, Mahmud Abbás, el Viceprimer Ministro israelí, Simon Peres, y la Viceprimera Ministra israelí y Ministra de Asuntos Exteriores, Tsipi Livni, reunión que es un signo alentador que allana el camino para la reunión prevista entre Mahmud Abbás y el Primer Ministro israelí Ehud Olmert, y espera que estos contactos den lugar en un futuro a la reanudación de las negociaciones de paz e impulsen el proceso de paz, estancado desde hace tiempo;

8.

Señala que no existe alternativa alguna a las negociaciones bilaterales y que las acciones unilaterales podrían minar los esfuerzos en pos de un acuerdo duradero y exhaustivo;

9.

Reitera su condena de la permanente extensión de los asentamientos, en particular en Jerusalén Este, y pide su cese inmediato, e igualmente en cuanto a la construcción del muro más allá de las fronteras de 1967, que no sólo es contrario al Derecho internacional sino que también representa un obstáculo al restablecimiento de un clima de diálogo;

10.

Pide a todas las partes implicadas que apliquen en su integridad la Hoja de Ruta, y pide al Cuarteto que promueva las negociaciones para una solución justa y duradera al conflicto de Oriente Próximo con vistas a un acuerdo de paz firme y definitivo, tal y como se refleja en el citado documento;

11.

Respalda la actitud constructiva de que han dado muestra la Comisión y el Consejo en el seno del Cuarteto a la hora de crear las condiciones para un futuro compromiso para con la Autoridad Palestina;

12.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Alto Representante para la PESC, a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros, al Presidente de la Autoridad Palestina, al Consejo Legislativo Palestino, a la Knesset y al Gobierno de Israel, a los Gobiernos de los EE.UU. y de la Federación de Rusia y al Secretario General de las Naciones Unidas.


(1)  DO C 82 E de 1.4.2004, p. 610.

(2)  DO C 253 E de 13.10.2005, p. 35.

(3)  «Textos Aprobados», P6_TA(2006)0041.

P6_TA(2006)0238

Acuerdo de Asociación Transatlántica UE-Estados Unidos

Resolución del Parlamento Europeo sobre la mejora de las relaciones entre la Unión Europea y los Estados Unidos en el marco de un Acuerdo de Asociación Transatlántica (2005/2056(INI))

El Parlamento Europeo,

Vistas la Declaración Transatlántica de 1990 sobre las relaciones entre la Unión Europea y los Estados Unidos y la Nueva Agenda Transatlántica de 1995,

Vistas las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de Bruselas celebrado los días 16 y 17 de diciembre de 2004 y, en particular, las secciones tituladas «Un orden internacional basado en un multilateralismo eficaz» y «Trabajar con los socios»,

Vistas las declaraciones realizadas tras la reunión de los Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión Europea y el Presidente de los EE.UU. celebrada el 22 de febrero de 2005 en Bruselas,

Vistos los resultados de la Cumbre UE-EE.UU. celebrada el 20 de junio de 2005 en Washington,

Vistas su Resolución, de 9 de junio de 2005, sobre las relaciones transatlánticas (1), así como sus anteriores Resoluciones de 17 de mayo de 2001 (2), 13 de diciembre de 2001 (3), 15 de mayo de 2002 (4) y 19 de junio de 2003 (5), su Recomendación al Consejo, de 10 de marzo de 2004 (6), sobre el derecho de los detenidos de Guantánamo a un juicio justo, su Resolución, de 16 de febrero de 2006, sobre Guantánamo (7) y sus Resoluciones de 22 de abril de 2004 (8) y de 13 de enero de 2005 (9),

Visto el proyecto de resolución 77 sobre las relaciones transatlánticas, presentado en el Congreso de los EE.UU. el 9 de febrero de 2005,

Vista la Comunicación de la Comisión, de 18 de mayo de 2005, titulada «Fortalecimiento de la asociación UE-EE.UU. y una mayor apertura del mercado en el siglo XXI« (COM(2005) 0196),

Visto el artículo 45 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y las opiniones de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A6-0173/2006),

A.

Considerando que la asociación transatlántica es un elemento esencial de la acción exterior de la Unión,

B.

Considerando que la asociación transatlántica se basa en valores compartidos tales como la libertad, la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho, así como en el apoyo a las economías y el desarrollo sostenibles; considerando que dichos valores siguen desempeñando un papel clave con vistas a cualquier futura revisión de los fundamentos de la asociación transatlántica; y considerando que es necesario hacer un llamamiento para que valores impulsados y respetados por la EU sean asumidos por los EE.UU., como la prohibición de la pena de muerte y la defensa de la Corte Penal Internacional,

C.

Considerando que, a pesar de interpretaciones parcialmente divergentes de los actuales riesgos y amenazas mundiales, es necesario hacer progresar la libertad y la democracia en el mundo y afrontar desafíos a escala mundial, tales como la seguridad internacional, la erradicación de la pobreza, el fomento del desarrollo, la necesidad de esfuerzos a escala mundial en favor del desarme, la protección de los derechos humanos, la lucha contra riesgos sanitarios mundiales, los problemas medioambientales y la seguridad de la energía, la lucha contra el terrorismo internacional y la delincuencia organizada y la no proliferación de las armas de destrucción masiva,

D.

Considerando que redunda en interés de ambos socios afrontar al unísono las amenazas y desafíos comunes, sobre la base de los tratados internacionales vigentes y del funcionamiento eficaz de las instituciones internacionales, y en particular del sistema de las Naciones Unidas de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas,

E.

Considerando esencial, habida cuenta de la responsabilidad de ambos socios en la situación del orden internacional, que su asociación tenga una base estable, duradera y sólida de cooperación,

F.

Considerando que en la lucha contra el terrorismo internacional se debe destacar la importancia de respetar plenamente el Derecho internacional y los Tratados internacionales en materia de derechos humanos y libertades fundamentales, así como reconocer la importancia de debatir la adecuación y la necesidad de soluciones nuevas y mejor adaptadas de Derecho internacional para responder mejor al desafío del terrorismo internacional, y nuevos medios legales para luchar contra esta amenaza, en el pleno respeto de dichos derechos y libertades,

G.

Considerando que, según deja claro la Estrategia Europea de Seguridad, la asociación transatlántica y la OTAN son muy importantes para la seguridad colectiva,

H.

Considerando que las instituciones de la UE, los Estados miembros, las Naciones Unidas y la opinión pública han pedido reiteradamente el cierre inmediato del centro de detención de la Bahía de Guantánamo, insistiendo en que todos los prisioneros deben recibir un trato conforme con el Derecho humanitario internacional y ser juzgados en el plazo más breve posible en una vista justa y pública a cargo de un tribunal competente, independiente e imparcial,

I.

Considerando que la UE y los EE.UU. constituyen la mayor asociación bilateral mundial en términos de comercio (unos 600 000 millones de euros en bienes y servicios en 2003) e inversiones (alrededor de 1 400 000 millones de euros en 2003), con nada menos que 14 millones de empleos en la UE y los EE. UU. que dependen de los lazos comerciales transatlánticos (según la Comisión),

J.

Considerando que, en el contexto de la fuerte interdependencia económica que se deriva de los lazos mencionados, la Estrategia de Lisboa debe percibirse como un esfuerzo para convertir a Europa en una economía altamente competitiva y basada en el conocimiento, lo que a su vez beneficia a la asociación transatlántica al fortalecer el crecimiento de mercados comunes,

K.

Considerando que los Estados Unidos siguen exigiendo, sin reciprocidad, el visado para los ciudadanos de diez Estados miembros de la Unión Europea, de los cuales nueve son Estados que se adhirieron a la Unión el 1 de mayo de 2004, requisito que afecta a las relaciones transatlánticas, hace persistir las desigualdades entre los ciudadanos de la Unión Europea e implica falta de confianza en los requisitos de la Unión Europea en cuanto a visados,

L.

Considerando que ambos socios son actualmente los principales donantes de ayuda al Oriente Próximo y a la región mediterránea, con cerca de 3 000 millones de euros que aporta la UE en forma de subvenciones y préstamos y cerca de 2 200 millones de dólares que proceden de los EE.UU.; considerando que el desarrollo pacífico de una sociedad democrática en el Oriente Próximo que respete los derechos humanos y garantice la pluralidad política debería constituir el principal objetivo estratégico de la política exterior tanto de la Unión Europea como de los Estados Unidos; y considerando que dicha ayuda debería coordinarse mejor y centrarse en la resolución de conflictos, la promoción de la democracia y el desarrollo sostenible,

M.

Considerando que la Presidencia austriaca ha subrayado la necesidad de una mayor participación de los representantes parlamentarios y de los representantes de la sociedad civil europea y estadounidense en la asociación transatlántica,

Marco general de la Asociación UE-EE.UU.

1.

Subraya la necesidad de actualizar los fundamentos de la asociación transatlántica mediante la sustitución de la Nueva Agenda Transatlántica existente por un Acuerdo de Asociación Transatlántica que entre en vigor a partir de 2007; está convencido de que sólo mediante un acuerdo de este tipo la relación transatlántica podrá asentarse en una estructura firme e institucionalizada que permita a las partes la consecución de los objetivos comunes de manera más coherente y estable; considera que sólo un acuerdo de ese tipo permitiría una reestructuración general y la armonización de las diversas iniciativas descoordinadas que se desarrollan actualmente, y que también animaría a otros actores internacionales a asumir los principios cruciales de la democracia, los derechos humanos y el Estado de Derecho;

2.

Insta, al respecto, a todas las partes a que emprendan una evaluación global, a todos los niveles, de las deficiencias, fracasos y logros de la Nueva Agenda Transatlántica por lo que respecta, en particular, a las acciones prioritarias que figuran en el Plan de Acción Común UE/EE.UU., con el fin de construir la asociación transatlántica sobre una base más definida y concreta;

3.

Subraya asimismo la urgente necesidad de que la próxima Cumbre UE-EE.UU. de junio de 2006 fije sin más demora el objetivo de realizar el mercado transatlántico de aquí a 2015, sin trabas, como han propuesto en reiteradas ocasiones el Parlamento, el Congreso de los Estados Unidos y diversas personalidades del ámbito político, universitario y empresarial;

4.

Considera que la realización de dichas iniciativas de gran alcance es absolutamente necesaria, particularmente por lo que respecta a la profundización de las relaciones económicas UE-EE.UU.; subraya la necesidad de que las relaciones transatlánticas tengan un impacto directo en el logro de objetivos inherentes a los intereses y valores UE-EE.UU. a escala mundial y bilateral;

5.

Considera, por ello, que las ocho declaraciones conjuntas adoptadas en la Cumbre UE-EE.UU. celebrada en Washington el 20 de junio de 2005, así como las demás acciones comunes que puedan derivarse de ellas, quedarían mejor integradas y se aplicarían de forma más eficaz al amparo del Acuerdo de Asociación Transatlántica propuesto;

6.

Lamenta, por la misma razón, que la Comunicación de la Comisión de 18 de mayo de 2005, si bien se mueve en la dirección correcta, no muestre la necesaria convicción y determinación para progresar y fijar el objetivo final de reforzar la asociación transatlántica mediante la conclusión de un Acuerdo de Asociación Transatlántica como marco político e institucional adecuado; por tanto, pide a la Comisión que elabore una nueva comunicación en la que destaque la necesidad de llevar adelante el asunto;

Dimensión política del Acuerdo de Asociación Transatlántica propuesto: construcción de una «comunidad de acción» para la cooperación a escala mundial y regional

7.

Reafirma que el Acuerdo de Asociación Transatlántica debería ampliar la agenda actual en el campo político, económico y de seguridad, en busca de una «comunidad de acción» para la cooperación a escala mundial y regional en aquellos ámbitos en los que están en juego los intereses y valores comunes de ambos socios; saluda a este respecto las ocho declaraciones conjuntas resultantes de la última Cumbre de Washington, que especifican los desafíos más apremiantes para ambos socios; se congratula asimismo por los debates del primer foro de cooperación legislativa de 26 de enero de 2006 y del primer grupo de trabajo sobre la propiedad intelectual de misma fecha, y espera ver los resultados de su seguimiento en los próximos tres meses, pero considera que sería necesaria una acción más concreta, como por ejemplo la organización de diálogos informales entre expertos europeos y estadounidenses en los ámbitos de que se trate con el fin de formular las medidas aplicables a corto y a medio plazo para hacer frente a esos desafíos;

8.

Recomienda también el fomento y el desarrollo de enfoques comunes para las relaciones con otros actores geopolíticos de primera línea como China, India, Japón, Latinoamérica y Rusia, el relanzamiento de los acuerdos negociados en materia de control de armas y desarme a escala multilateral y bilateral, y un compromiso común más activo para reformar las Naciones Unidas y su Consejo de Seguridad;

9.

Insta a que se conceda la prioridad a China, Rusia y Ucrania en el contexto de las acciones relacionadas con la cooperación entre la UE y los EE.UU., la coordinación de la asistencia técnica y la formación en materia de aplicación de la normativa;

10.

Considera que el apoyo al sistema de las Naciones Unidas expresado en la Declaración sobre el 60o aniversario de la firma de la Carta de las Naciones Unidas fortalecerá los valores democráticos universales a escala mundial siempre que los términos de la Declaración y de las resoluciones del Consejo de Seguridad se apliquen consecuentemente a la hora de afrontar los múltiples desafíos y amenazas sobre el terreno; a este respecto, comparte la opinión de que la extensión del modelo de gobierno transparente, responsable y representativo, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos tal como se consagran en la Declaración Universal de Derechos Humanos constituyen prioridades estratégicas y obligaciones morales para los socios, y como tales deben conformar una característica distintiva de su asociación;

11.

Anima a los socios a emprender otras acciones comunes respecto a las obligaciones derivadas de los tratados internacionales que sientan las bases de un marco multilateral eficaz en ámbitos políticos fundamentales para las responsabilidades mundiales de ambos socios, tales como las relacionadas con la Corte Penal Internacional, el Protocolo de Kyoto sobre el Cambio Climático, las Convenciones de Ginebra, la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, los derechos humanos y las libertades fundamentales, incluida la supresión de la pena de muerte, la no proliferación de armas de destrucción masiva, las mejoras en los medios de lucha contra la delincuencia organizada y el contrabando, la creación de un espacio jurídico común en materia de extradición, tortura, detención y entrega ilegales, asilo, visados e inmigración, protección de datos, etc., e insta a que ratifiquen todos los tratados internacionales pertinentes y a que superen las actuales diferencias que subsisten entre ellos en cuanto a análisis, diagnóstico y enfoque político para avanzar hacia un sistema universal basado en la buena gobernanza y en el Estado de Derecho;

12.

Lamenta que el Gobierno de los Estados Unidos siga mostrándose tan reticente a adherirse a cualquier asociación internacional significativa sobre el cambio climático, pero constata un modesto avance con la disposición de los Estados Unidos, acordada en la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio Climático, celebrada en Montreal en diciembre de 2005, a entablar un diálogo constructivo y profundo; se congratula por las iniciativas de legisladores estadounidenses de establecer regímenes nacionales obligatorios para la reducción de las emisiones de gas de efecto invernadero en los Estados Unidos y la atención cada vez mayor puesta en la lucha contra el cambio climático por parte de representantes clave de la sociedad como los gobiernos estatales, los alcaldes, las organizaciones de la sociedad civil y las empresas;

13.

Recomienda que se desarrolle una estrategia común para garantizar la seguridad del abastecimiento energético y de materias primas basada, en primer lugar, en una política multilateral adoptada por los principales consumidores y, en segundo lugar, en la diversidad del abastecimiento, la producción y el transporte de energía;

14.

Alienta a establecer una cooperación más estrecha en el marco del Grupo de contacto con vistas al estatuto definitivo de Kosovo, en el respeto de las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y las decisiones de la Unión Europea, con el fin de consolidar la paz, la seguridad y la estabilidad de toda la región de los Balcanes;

15.

Insta a los socios a reforzar sus esfuerzos comunes para promover la paz, la prosperidad y el progreso en Oriente Próximo, sobre la base de las sucesivas iniciativas adoptadas por el Cuarteto, de conformidad con la Hoja de Ruta, garantizando en casa fase una presencia común regular y enérgica del Cuarteto y un diálogo de alto nivel; subraya la importancia de una actitud común hacia la recientemente elegida Autoridad Palestina, insistiendo en los principios de no violencia, reconocimiento del Estado de Israel y aceptación de los acuerdos y obligaciones previos, incluida la Hoja de Ruta; pide a Israel y a la Autoridad Palestina que eviten las acciones unilaterales que pudieran prejuzgar los detalles de un estatuto definitivo; pide a la Autoridad Palestina que haga todo lo posible para evitar los actos de terrorismo y a Israel que ponga fin a la extensión de los asentamientos y a la construcción del muro en territorio palestino; considera que el compromiso de la recientemente elegida Autoridad Palestina con los principios mencionados, subrayado por el Cuarteto el 30 de enero de 2006, es fundamental para alcanzar el objetivo final de dos Estados democráticos, Israel y Palestina, que convivan uno junto a otro en paz y seguridad; apoya la reciente decisión del Cuarteto de aprobar un mecanismo internacional provisional que garantizará una ayuda directa al pueblo palestino;

16.

Recomienda que se adopten todas las medidas necesarias para reforzar la estabilidad del Líbano mediante el apoyo a sus instituciones y a su gobernanza democrática; a tal fin, considera que la propia toma de decisiones del Líbano no debe quedar relegada por acciones de los socios transatlánticos o de cualquier otro actor exterior;

17.

Apoya la determinación de los socios para trabajar con las autoridades iraquíes, las Naciones Unidas y los actores pertinentes de la región con objeto de ayudar a Iraq a lograr la paz, la estabilidad y la democracia tras los comicios constitucionales y legislativos; expresa su profunda inquietud por las continuas violaciones de los derechos humanos;

18.

Subraya la necesidad de que los socios colaboren estrechamente en relación con la cuestión nuclear iraní y mantengan una política coherente respecto a la región en su conjunto, centrándose tanto en la población iraní como en su Gobierno y en la oposición democrática; pide a los Estados Unidos que participen en las negociaciones con Irán; apoya plenamente la declaración del Presidente del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas de 29 de marzo de 2006 y la petición a Irán de que tome las medidas exigidas por la Junta de Gobernadores del Organismo Internacional de la Energía Atómica (OIEA) para la suspensión de todas las actividades relacionadas con el enriquecimiento de uranio y para la verificación por el OIEA de las actividades de reprocesamiento, incluidas las actividades de investigación y desarrollo; comparte la opinión de que estas medidas contribuirán a una solución diplomática negociada que garantice que el programa nuclear iraní se destina a fines exclusivamente pacíficos; apoya plenamente las conclusiones de la reunión celebrada en Berlín el 30 de marzo de 2006 y su petición urgente a Irán para que dé respuesta a las inquietudes internacionales mediante una solución diplomática, pero recuerda que las negociaciones ya han durado tres años, no pueden durar eternamente y no pueden conducir únicamente a una política de apaciguamiento; considera que el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas debería plantearse otras medidas;

19.

Recomienda que se tomen en cuenta los intereses legítimos de Irán en cuanto a seguridad en un sistema de seguridad global en la región, con el apoyo del firme compromiso de los socios transatlánticos;

20.

Pide que se lleve a cabo una acción concertada respecto de China sobre la necesidad urgente de encontrar la forma de promover la democracia en este país, diluir la tensión en las relaciones entre las dos orillas del estrecho, mejorar la participación de Taiwán en los foros mundiales y facilitar el diálogo entre Pekín y el Dalai Lama con el fin de hacer progresos concretos en la cuestión del Tíbet;

21.

Apoya las medidas propuestas con vistas a trabajar conjuntamente para el fomento de la paz, la estabilidad, la prosperidad y la buena gobernanza en África, así como los esfuerzos que se están realizando en el marco de distintos foros internacionales, como el Plan de acción G8/Unión Africana, el Fondo de paz para África de la UE o la Iniciativa estadounidense de operaciones de mantenimiento de la paz en el mundo; propone, no obstante, que se dé prioridad a la consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio para 2015 aumentando realmente la ayuda al desarrollo de los socios en África, en particular en el ámbito de la educación y de la salud, y apoyando los esfuerzos de los fondos de ayuda internacional para la total erradicación de la pobreza; espera que los gobiernos africanos cumplan su parte del acuerdo a través de un compromiso en favor de la democracia, el Estado de Derecho y el respeto de los derechos humanos, y mediante la lucha contra la corrupción;

22.

Considera que la Unión Europea y los Estados Unidos deberían otorgar prioridad política a una reducción significativa de la pobreza y reiterar su compromiso de alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas de aquí a 2015, así como su compromiso previo de dedicar el 0,7% de su PIB a la ayuda para el desarrollo a más tardar de aquí a 2020;

Asuntos de seguridad y defensa UE-EE.UU.

23.

Subraya la importancia del papel de la OTAN, junto con la política exterior y de seguridad de la Unión Europea, y que la OTAN sigue siendo un garante principal de la estabilidad y la seguridad transatlánticas; reitera que redunda en interés de los socios fortalecer las capacidades tanto de la OTAN como de la UE y que la OTAN, en particular, debería desarrollar su potencial como foro de debate político en el seno de una verdadera asociación entre iguales donde debe alcanzarse un equilibrio razonable entre los instrumentos de prevención, gestión de crisis y capacidad militar; recomienda, a tal fin, el desarrollo de las relaciones existentes entre la OTAN y la Unión Europea en materia de seguridad, en el respeto del carácter autónomo de ambos organismos; subraya que toda intervención militar debería estar sujeta, en principio, al mandato de las Naciones Unidas, de conformidad con su Carta;

24.

Se congratula por la reciente Ley estadounidense de Autorización de Defensa Nacional para 2006 en la que no figuran cláusulas que prevean la compra de material exclusivamente estadounidense en el caso de los aviones cisterna para las fuerzas aéreas; reconoce, no obstante, que sigue siendo difícil para las empresas europeas penetrar el mercado estadounidense de la defensa y adquirir tecnología para este sector, puesto que no existe verdadera reciprocidad transatlántica en el sector industrial de la defensa; considera, por lo tanto, que la Agencia Europea de Defensa debería recomendar a las agencias nacionales de compra de material de la Unión Europea que aumenten las compras de material europeo como estrategia para reforzar la base tecnológica e industrial de la defensa europea en determinados sectores y para reequilibrar la cooperación industrial transatlántica en el sector de la defensa;

25.

Solicita que continúe el debate sobre la respuesta rápida conjunta (incluida la gestión de crisis en todas sus formas) ante cambios políticos súbitos e inesperados en países en los que puedan verse afectados los intereses vitales compartidos por ambos socios;

26.

Subraya la importancia de incrementar la capacidad militar de Europa en interés de la seguridad internacional y con el fin de establecer una mejor relación de cooperación entre la Unión Europea y los Estados Unidos en términos militares y políticos;

27.

Acoge favorablemente el compromiso de ambos socios, que subraya el importante papel desempeñado por el Consejo de Seguridad y otras instituciones de las Naciones Unidas, en la búsqueda de una respuesta global eficaz frente a las graves amenazas para la paz y la seguridad internacional que plantea la proliferación de armas de destrucción masiva y sus vectores, así como la exportación irresponsable y la proliferación de armas convencionales, incluidas las armas ligeras y de pequeño calibre; recomienda, a tal fin, que continúen los trabajos para reforzar el régimen de no proliferación y se hagan esfuerzos para actuar decisivamente en pro de la universalización de los tratados y convenios en la materia, en particular la Convención de Ottawa sobre la prohibición de minas antipersonal, y de la adhesión al Código de Conducta de La Haya contra la proliferación de misiles balísticos, de la aplicación del Programa de acción de las Naciones Unidas sobre las armas ligeras y de pequeño calibre y de la celebración del Tratado internacional sobre el comercio de armas;

28.

Recomienda que se intensifiquen los trabajos sobre un nuevo instrumento del Derecho internacional que defina adecuadamente el fenómeno del terrorismo y proporcione a la comunidad internacional métodos eficaces y legales para combatirlo que respeten plenamente los derechos humanos y las libertades fundamentales;

29.

Anima a la Unión Europea y a los Estados Unidos a que continúen la cooperación con vistas a un sistema global de acuerdos internacionales de no proliferación de las armas de destrucción masiva con el fin de reforzar el Tratado de No Proliferación (TNP) en cuanto elemento clave para prevenir la difusión de armas nucleares; lamenta que no se llegara a una posición común al respecto durante la conferencia de revisión del TNP en 2005 y propone que se haga todo lo posible para promover la plena aplicación de la Resolución 1540 (2004) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas; considera que el fortalecimiento del OIEA y de la Iniciativa de asociación global son elementos centrales de la estrategia conjunta de los socios; apoya, al respecto, la propuesta del OIEA de multilateralizar el enriquecimiento de uranio; subraya asimismo que los Estados socios de la asociación transatlántica poseedores de armamento nuclear deberían esforzarse en cumplir lo dispuesto en el artículo IV del TNP;

30.

Insta a las partes a que intensifiquen sus esfuerzos por asegurar el respeto del plazo final para la destrucción de las armas químicas, previsto para 2012, tal como se estipula en la Convención sobre las armas químicas, y pide, en particular, que se refuerce el sistema de verificación de la Organización para la prohibición de las armas químicas y se faciliten recursos suficientes para las actividades de dicha organización; recuerda a las partes su responsabilidad a la hora de garantizar la conclusión positiva de la Sexta Conferencia de Revisión de la Convención sobre las armas biológicas, que se celebrará a finales de 2006, y les pide que aboguen por la adopción de un Protocolo de verificación del cumplimiento de la Convención; pide a la Unión Europea y a los Estados miembros que redoblen sus esfuerzos por lograr las firmas y ratificaciones necesarias para la entrada en vigor del Tratado para la Prohibición Completa de los Ensayos Nucleares y que apoyen los esfuerzos destinados a garantizar la continuación de la moratoria mundial de los ensayos nucleares;

31.

Comparte la opinión de que la lucha contra el terrorismo y contra la proliferación de armas de destrucción masiva, así como la proliferación incontrolada de armas convencionales, siguen constituyendo los mayores desafíos que afrontan ambos socios en materia de seguridad; subraya, por lo tanto, la necesidad de que ambos socios refuercen su cooperación en este ámbito y apoyen el papel que deben desempeñar las Naciones Unidas en la lucha contra esos dos desafíos;

32.

Deplora firmemente, por tanto, la desconfianza provocada por la sospecha de violación de los derechos humanos y del Derecho Internacional que suponen las denominadas entregas extraordinarias en Europa; a este respecto, remite a las investigaciones oficiales del Consejo de Europa, de conformidad con el artículo 52 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, y de la comisión temporal del Parlamento Europeo mencionada en su Resolución de 15 de diciembre de 2005 (10) y constituida mediante su Decisión de 18 de enero de 2006 (11); pide a todas las partes interesadas, incluidos los Estados Unidos, que cooperen plenamente con la comisión temporal;

33.

Subraya la necesidad de que los socios actúen en todo momento dentro del pleno respeto del Derecho internacional, la Carta de las Naciones Unidas y los principios de la democracia y de que se aseguren de que la legislación y los mecanismos nacionales pertinentes respetan las normas internacionales relativas a los derechos humanos, en particular la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes de las Naciones Unidas; considera que cualquier acción conjunta o unilateral que no respete plenamente el Derecho internacional debilitará la imagen que se percibe de las sociedades occidentales, haciéndolas vulnerables y menos creíbles en su lucha contra el terrorismo y la búsqueda de la paz, la estabilidad y la democracia;

34.

Subraya la necesidad de poner fin al actual limbo jurídico en que se encuentran los prisioneros en el Camp Delta de la base naval de la Bahía de Guantánamo desde su llegada allí, y de garantizarles un acceso inmediato a la justicia para asegurar que los acusados de crímenes de guerra sean sometidos a un juicio justo, de conformidad con el Derecho humanitario internacional y respetando plenamente los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos; subraya que este asunto debería incluirse en el orden del día de la próxima Cumbre UE-EE.UU.; reitera su solicitud de cierre inmediato del centro de detención de Guantánamo;

35.

Deplora que, en el pasado, el Departamento de Defensa estadounidense no haya autorizado la visita del grupo de trabajo ad hoc de la Delegación del Parlamento Europeo/Asamblea Parlamentaria de la OTAN que se solicitó a comienzos de 2004; considera que dicha visita ha adquirido entretanto mayor importancia que nunca y propone que se vuelva a presentar la solicitud;

36.

Pide a los Estados miembros que todavía no hayan ratificado los acuerdos de extradición y asistencia mutua de 2003 entre la Unión Europea y los Estados Unidos que aceleren los procedimientos de ratificación; considera que, en aras de la cooperación judicial y policial en materia penal, debe prestarse atención a la transposición (por parte de la UE) de los acuerdos de asistencia judicial mutua UE/EE.UU. y de extradición;

37.

Considera que los requisitos para la obtención de visado que actualmente se aplican a los ciudadanos de uno de los antiguos Estados miembros y a nueve de los nuevos Estados miembros de la Unión Europea constituyen una discriminación injustificada entre antiguos y nuevos Estados miembros; insta a los Estados Unidos a que apliquen sin mayor demora el programa de exención de visado a todos los ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea de manera que todos ellos sean merecedores de un trato igual, abierto y justo;

38.

Considera que la iniciativa «Trusted person» («Persona grata») es una iniciativa de carácter voluntario; señala, no obstante, que podría plantear dificultades para la UE en relación con la protección de datos, especialmente para los ciudadanos que viajan a los Estados Unidos por motivos turísticos o de trabajo; afirma que, por lo que respecta a la protección de datos, debe garantizarse un seguimiento adecuado de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas en el caso Passenger Name Records (PNR)  (12), así como una estrategia conjunta para combatir el «spam» (correo no solicitado), el «spyware» (programas espía) y el «malware» (programas malignos), consolidando al tiempo la cooperación bilateral en la aplicación de la ley y cooperando con todas las partes interesadas, a fin de concienciar a los países terceros sobre la necesidad de atajar el problema del «spam»«;»

39.

Subraya la necesidad de una cooperación cada vez mayor con vistas a una Iniciativa de seguridad en las fronteras, a fin de desarrollar una iniciativa específica en el ámbito de la aplicación de la ley destinada a contribuir al establecimiento de redes de contacto entre los organismos responsables de la seguridad en las fronteras, facilitar el intercambio y la aplicación concreta de técnicas eficaces para el control fronterizo, compartir información, extraer lecciones y proporcionar resultados medibles que muestren hasta qué punto se ha reducido la falsificación mediante la aplicación de la ley;

40.

Sugiere que la cooperación en materia de lucha contra el blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, evasión fiscal, corrupción y otras actividades ilegales se desarrolle en mayor medida en el marco de la aplicación de las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera y de otros marcos de cooperación adecuados;

41.

Pide a los Estados Unidos que establezcan procedimientos eficaces por los que las personas incluidas en la lista de individuos sospechosos de actividades terroristas elaborada por los Estados Unidos puedan impugnar su inclusión en dicha lista y conseguir que su nombre sea retirado de la misma en cuanto se demuestre su inocencia, así como que garanticen que las personas con nombres idénticos (o similares) a los de personas incluidas en la lista no se vean perjudicadas por este hecho;

42.

Pide una cooperación operativa en la lucha contra el terrorismo, basada en los principios de equivalencia y reciprocidad (en especial por lo que respecta a la elaboración de listas comunes de vigilancia antiterrorista), y en las medidas para combatir la delincuencia organizada, el tráfico de drogas y la corrupción, así como en el intercambio de datos sobre el ADN a través de Europol, la ciberseguridad y el desarrollo y la aplicación de una política en materia de ciberdelincuencia que abarque las cuestiones relativas a la importancia de la cooperación entre gobierno e industria, la protección de infraestructuras de información vitales, el uso de Internet por parte de los terroristas, la usurpación de identidad, la admisibilidad de pruebas electrónicas y la lucha contra la pornografía infantil en línea;

43.

Recuerda, no obstante, que cualquier forma de cooperación entre la Unión Europea y los Estados Unidos debe discurrir en todo momento dentro del respeto absoluto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales, incluido el derecho a un juicio justo, y que, antes de proceder a la extradición de una persona a los Estados Unidos, este país deberá ofrecer garantías de que dicha persona no será condenada a la pena de muerte; pide a los interlocutores transatlánticos que respeten el principio de reciprocidad en la cooperación judicial y policial entre ambas partes;

44.

Opina que las autoridades de los Estados Unidos, los Estados miembros y las instituciones comunitarias, así como el Consejo de Europa, deben colaborar con su Comisión Temporal sobre la Supuesta Utilización de Países Europeos por la CIA para el Transporte y la Detención Ilegal de Presos;

Dimensión económica y comercial de la asociación y realización del mercado transatlántico para 2015

45.

Considera que la asociación económica transatlántica debe fortalecerse en el marco del propuesto Acuerdo de Asociación Transatlántica y que debe completarse mediante un acuerdo transatlántico sobre la aviación, en lugar de aplicarse de la forma actual, que resulta pesada y a veces contradictoria;

46.

Pide a la Presidencia austriaca que incremente sus esfuerzos para aplicar la Declaración sobre el fortalecimiento de la integración económica transatlántica adoptada en la Cumbre UE-EE.UU. de 2005, estableciendo foros de alto nivel sobre la cooperación en materia reguladora y de innovación, e iniciando asimismo un estudio conjunto UE-EE.UU. para identificar los obstáculos que subsisten al comercio y a la inversión transatlánticos y que evalúe los beneficios potenciales de la realización del mercado transatlántico; teniendo presente lo anterior, propone el establecimiento de una hoja de ruta que defina una línea de acción específica y establezca fechas objetivo para su realización; se congratula, en este contexto, por la decisión adoptada durante la primera reunión ministerial informal UE-EE.UU. sobre asuntos económicos, celebrada en noviembre de 2005, de crear un grupo de trabajo para garantizar una mejor protección de los derechos de propiedad intelectual, centrada en una mejor cooperación transfronteriza para la aplicación de las normas, la cooperación entre sector público y sector privado y la asistencia técnica coordinada a terceros países;

47.

Remite a su resolución de 1 de junio de 2006 sobre las relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos (13);

48.

Pide que se reactive el diálogo transatlántico de consumidores y el diálogo transatlántico sobre medio ambiente para desarrollar las «mejores prácticas» en beneficio de la salud y la seguridad de los consumidores y de la protección del medio ambiente, lo que facilitará un mercado transatlántico más sostenible;

49.

Pide a los líderes de ambas orillas del Atlántico que refuercen la cooperación económica transatlántica mediante el establecimiento de sistemas de alerta temprana con el fin de intervenir en una fase temprana de los procesos legislativos y normativos para especificar problemas e identificar soluciones;

50.

Condena el enfoque extraterritorial que caracteriza muchos aspectos de la política exterior y de la política económica y comercial exterior de los Estados Unidos que queda reflejado en las leyes Helms-Burton y Torricelli o en la «sección 301» de la Ley de comercio estadounidense;

Marco institucional de la asociación

51.

Recuerda que, si bien los principales obstáculos que han afectado a la asociación a lo largo de los últimos años se refieren a la sustancia más que a divergencias sobre aspectos institucionales, no será posible ningún logro duradero sin unas instituciones dispuestas a impulsar el progreso; subraya, por lo tanto, la importancia de un marco institucional estable que garantice la consulta y la coordinación periódicas a nivel ejecutivo; reitera, por consiguiente, la necesidad de fortalecer la dimensión parlamentaria de la Asociación Transatlántica transformando el Diálogo Transatlántico de Legisladores en una Asamblea Transatlántica capaz de celebrar cumbres de legisladores antes de las cumbres UE-EE.UU.; considera necesario, además, estudiar la idea de lanzar nuevos programas cofinanciados de intercambio de personal de órganos legislativos;

52.

Apoya, por consiguiente, la propuesta de la Presidencia austriaca de una mayor participación de los representantes parlamentarios y los representantes de la sociedad civil europea y estadounidense en el desarrollo día a día de la asociación; considera que los Presidentes del Parlamento Europeo y del Congreso de los EE.UU. deberían participar en la próxima Cumbre para mostrar que la asociación goza del apoyo activo y de la participación de los representantes electos;

53.

Acoge con satisfacción la inclusión de representantes de otras seis de sus comisiones en el Diálogo Transatlántico de Legisladores y apoya los esfuerzos actuales para establecer un sistema de alerta temprana en el Parlamento; considera que el Presupuesto del PE debería establecer, para 2007 a más tardar, un puesto permanente en Washington, a fin de que tanto el Parlamento como el Diálogo Transatlántico de Legisladores puedan mantener un contacto permanente con la Cámara de Representantes y con el Senado de los Estados Unidos;

54.

Acoge con satisfacción la «Hoja de Ruta» aprobada por la Cumbre UE-EE.UU. de junio de 2005 y, en particular, la creación de un foro de cooperación en materia de regulación de alto nivel cuyo objetivo es facilitar el diálogo en materia de regulación;

55.

Insiste en que las partes interesadas y los legisladores deberían participar activamente en los mecanismos de diálogo sobre cooperación en materia de regulación;

*

* *

56.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y al Presidente y al Congreso de los Estados Unidos de América.


(1)  DO C 124 E de 25.5.2006, p. 556.

(2)  DO C 34 E de 7.2.2002, p. 359.

(3)  DO C 177 E de 25.7.2002, p. 288.

(4)  DO C 180 E de 31.7.2003, p. 392.

(5)  DO C 69 E de 19.3.2004, p. 124.

(6)  DO C 102 E de 28.4.2004, p. 640.

(7)  «Textos Aprobados», P6_TA(2006)0070.

(8)  DO C 104 E de 30.4.2004, p. 1043.

(9)  DO C 247 E de 6.10.2005, p. 151.

(10)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0529.

(11)  «Textos Aprobados», P6_TA(2006)0012.

(12)  Sentencia de 30 de mayo de 2006 en los asuntos C-317/04, Parlamento, Consejo y C — 318/04 Parlamento, Comisión.

(13)  P6_TA(2006)0239.

P6_TA(2006)0239

Relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos.

Resolución del Parlamento Europeo sobre las relaciones económicas transatlánticas UE-Estados Unidos (2005/2082(INI))

El Parlamento Europeo,

Vista la Declaración Transatlántica sobre las relaciones entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América de 1990, la Nueva Agenda Transatlántica (NAT) de 3 de diciembre de 1995 (1) y la Asociación Económica Transatlántica de 18 de mayo de 1998 (2),

Vista la Comunicación de la Comisión, de 11 de marzo de 1998, titulada «El nuevo mercado transatlántico » (NMT) (COM(1998) 0125;

Vista la Declaración de Bonn de 21 de junio de 1999 (3) y, en especial, las secciones relativas al «Fomento de la prosperidad y el desarrollo en un mundo en rápida transformación» y a la «Mejora de la detección precoz»,

Vista la «Agenda Económica Positiva» de 2 de mayo de 2002 (4),

Vista su Resolución de 9 de junio de 2005 sobre las relaciones transatlánticas (5), así como sus Resoluciones previas de 17 de mayo de 2001 (6), 13 de diciembre de 2001 (7), 15 de mayo de 2002 (8) y 19 de junio de 2003 (9) y sus Resoluciones de 22 de abril de 2004 (10) y 13 de enero de 2005 (11),

Vista la Comunicación de la Comisión de 20 de marzo de 2001 titulada «Hacia un refuerzo de la relación transatlántica orientado hacia la dimensión estratégica y la obtención de resultados» (COM (2001) 0154),

Vista la Comunicación de la Comisión de 18 de mayo de 2005 titulada «Fortalecimiento de la Asociación UE-EE.UU. y mayor apertura del mercado en el siglo XXI» (COM(2005) 0196),

Vista la «Declaración sobre el refuerzo de nuestra Asociación Económica» (12) de 2004,

Visto el resultado de la Cumbre UE-EE.UU. celebrada el 20 de junio de 2005 en Washington DC y, en particular, su Iniciativa Económica, Iniciativa de la Unión Europea y de los Estados Unidos para reforzar la Integración Económica Transatlántica y el crecimiento,

Visto el programa conjunto de trabajo UE-EE.UU. para la aplicación de la mencionada iniciativa Económica adoptada durante la reunión ministerial económica UE-EE.UU. del 30 de noviembre de 2005,

Visto el proyecto de resolución 77 de la Cámara de Representantes del Congreso de los EE.UU., de 9 de febrero de 2005, sobre las relaciones transatlánticas,

Visto el estudio realizado por la OCDE sobre las ventajas de liberalizar los mercados de productos y reducir las barreras al comercio internacional y a la inversión («Acuerdos comerciales preferenciales en los mercados agrícola y alimentario — El caso de la Unión Europea y de los Estados Unidos», publicado en marzo de 2005),

Vista su Resolución de 1 de diciembre de 2005 sobre los preparativos para la Sexta Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio que se celebrará en Hong Kong (13),

Vista la audiencia del Parlamento Europeo organizada por la Comisión de Comercio Internacional del 26 de mayo de 2005 relativa a las relaciones económicas transatlánticas,

Visto el documento de trabajo de la Comisión de Comercio Internacional (PE 364 940),

Vista su Resolución de 1 de junio de 2006 sobre la mejora de las relaciones entre la Unión Europea y los Estados Unidos en el marco de un Acuerdo de Asociación Transatlántica (14),

Visto el artículo 45 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Comercio Internacional y las opiniones de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios, de la Comisión de Industria, Investigación y Energía, de la Comisión de Mercado Interior y Protección del Consumidor, de la Comisión de Transportes y Turismo y de la Comisión de Cultura y Educación (A6-0131/2006),

A.

Considerando que la presente resolución se centra principalmente en las relaciones económicas UE-EE. UU., debería reconocerse que la relación transatlántica incluye a todos los Estados europeos y americanos,

B.

Considerando que una mayor integración es la consecuencia natural para dos economías que comparten antecedentes, dotaciones de recursos y modelos económicos similares, pero que por razones históricas, culturales y económicas nunca serán idénticas,

C.

Considerando que los lazos económicos entre la UE y los Estados Unidos constituyen un factor de estabilidad importante para la relación transatlántica en general y que han crecido tanto en las últimas décadas que ambos socios tienen un interés cada vez mayor en el desarrollo económico mutuo,

D.

Considerando que unas relaciones políticas y económicas sólidas y el desarrollo de normas comunes entre los EE.UU. y la UE tienen un efecto positivo automático en los países del Tratado de Libre Comercio de América del Norte,

E.

Considerando que la Unión Europea y los EE.UU., en el marco de su asociación así como en un marco más amplio de gobernanza mundial, deberían comprometerse a promover normas internacionales y multilaterales en materia comercial (OMC), social (OIT) y medioambiental (IPCC y PNUMA);

F.

Considerando que las principales barreras económicas entre la UE y los Estados Unidos se encuentran en la agricultura, incluidos los aranceles, las cuotas, la producción, las ayudas a la exportación y de tipo fiscal y las barreras técnicas, y que los niveles de protección en el comercio de servicios siguen siendo elevados en tanto que los aranceles sobre los bienes manufacturados se han ido suprimiendo progresivamente con la excepción de los productos de sectores sensibles,

G.

Considerando que son necesarias mayores dotes de visión y liderazgo políticos para actualizar la Nueva Agenda Transatlántica (NAT) de 1995 y la Asociación Económica Transatlántica de 1998 a fin de tomar en consideración las nuevas realidades y los viejos conflictos y continuar estrechando los lazos transatlánticos,

H.

Considerando que Europa y los Estados Unidos deben adentrarse en el futuro partiendo del claro supuesto de que unos lazos transatlánticos más fuertes tendrán repercusiones mundiales y, por lo tanto, deben tomarse debidamente en consideración los intereses de otros actores económicos, países y pueblos, para compartir la prosperidad de manera más equitativa y hacer frente con éxito a los problemas mundiales en ámbitos interrelacionados como son la seguridad, la gobernanza económica mundial, el medio ambiente y la reducción de la pobreza,

I.

Considerando que la relación económica bilateral UE-EE.UU. y la agenda multilateral deben examinarse a la luz de un proceso positivo complementario y de refuerzo mutuo, y que los beneficios de un mercado aún más integrado se extenderán a las relaciones económicas más amplias de Europa con las Américas, a condición de que se tengan debidamente en cuenta los intereses regionales en las negociaciones regionales sobre integración de mercados,

J.

Considerando que en el marco de la Asociación Económica Transatlántica debería gestionarse adecuadamente el uso de instrumentos y procedimientos económicos y jurídicos diferentes para abordar las mismas situaciones a fin de evitar la disolución del mercado transatlántico,

K.

Considerando que un marco regulador armonizado entre la UE y los EE.UU. sería beneficioso para todos los países en general y para los socios comerciales vecinos y los países en desarrollo en particular,

L.

Considerando que el Plan de acción sobre servicios financieros, con el pleno apoyo del Parlamento, ha desempeñado un papel importante en la creación de mercados de capital comunitarios más competitivos, que han reforzado la competitividad europea,

M.

Considerando que el ritmo de evolución cada vez más rápido inherente a nuestras sociedades de la tecnología y de la información sugiere que la Unión Europea debería realizar un esfuerzo mayor, en términos cualitativos y cuantitativos, en el sector de la investigación científica y tecnológica, con el fin de cubrir en un grado suficiente la «brecha tecnológica» que la separa del sector estadounidense equivalente y, de este modo, garantizar las condiciones adecuadas para alcanzar la paridad en el comercio bilateral,

N.

Considerando que el refuerzo de las relaciones económicas transatlánticas podría aportar una contribución esencial para alcanzar los objetivos de Lisboa,

Un mercado transatlántico de facto

1.

Subraya que, aunque pueda haber parecido en estos últimos años que la tensión en las relaciones UE-EE.UU. en el ámbito político ha repercutido a veces en la esfera económica, o que la atracción de la globalización y los nuevos mercados tales como China, la India y Brasil ha disminuido la magnitud o la importancia de los lazos económicos entre la UE y los Estados Unidos, de hecho, como lo demuestran claramente obras recientes (15), se trata justamente de lo contrario:

a)

el comercio entre los dos grandes mercados ha alcanzado niveles sin precedentes y sólo los intercambios comerciales se elevan ya a mil millones de euros al día;

b)

el comercio de servicios ha continuado creciendo significativamente con unas exportaciones de la UE a los EE.UU. por un valor de 120 000 millones de euros, lo que supone un tercio del comercio extracomunitario de servicios y se traduce en un superávit de 15 000 millones de euros en el comercio de servicios con los EE.UU.;

c)

la inversión directa extranjera mutua (la forma más profunda de integración transfronteriza) a ambas orillas del Atlántico asciende en estos momentos a más de 1,5 trillones de euros y ha experimentado un crecimiento considerable; y

d)

los beneficios registrados por las filiales de empresas europeas en los Estados Unidos y por las filiales de empresas norteamericanas en Europa han alcanzado cifras récord desde 2003;

2.

Subraya a este respecto que semejantes lazos económicos entre la UE y los Estados Unidos se traducen en un volumen de empleo considerable, ya que aproximadamente 7 millones de puestos de trabajo a ambos lados del Atlántico han sido creados por la economía transatlántica y, por lo tanto, dependen del funcionamiento y la expansión de esta última;

3.

Señala que, a pesar de que la economía europea y la estadounidense están tan imbricadas y tan integradas que llegan a formar un auténtico mercado transatlántico, sigue habiendo un importante potencial de crecimiento y empleo aún por explotar debido a las barreras comerciales que subsisten;

4.

Señala que la relación UE-EE.UU. se ve considerablemente ensombrecida por el conflicto político y se caracteriza bastante a menudo por la retórica y por las diferencias comerciales; observa que a ambos lados del Atlántico se olvida la profundidad e integración que ha llegado a adquirir la economía transatlántica; advierte por tanto que sería arriesgado dar por sentada esta relación única, tratándola con una negligencia benigna y no con el grado de compromiso político y de atención que requiere;

5.

Expresa su temor de que el marco actual de la relación transatlántica no refleje adecuadamente la realidad antes mencionada; pide, por lo tanto, una enfoque más visionario y estratégico para responder debidamente a las cuestiones económicas apremiantes que afectan a las economías de la UE y de los EE. UU., como las políticas en materia de competencia, una gobernanza empresarial normalizada, unas normas compatibles o comunes y una cooperación normativa más efectiva;

El camino a seguir: una asociación económica transatlántica más fuerte

6.

Señala que la Comunicación antes mencionada de la Comisión de 18 de mayo de 2005 constituye una buena base para reforzar sustancialmente las relaciones económicas transatlánticas; subraya que hace falta trabajar más para poder convertir la realidad del mercado transatlántico en un concepto operacional y estratégico capaz de lograr el suficiente apoyo público y político;

7.

Recomienda que, antes de la próxima cumbre de 2006, la Unión Europea y los Estados Unidos se pongan de acuerdo tanto para actualizar la Nueva Agenda Transatlántica de 1995 y la Asociación Económica Transatlántica de 1998 como para diseñar un nuevo acuerdo de asociación transatlántico que abarque a ambas y resulte en la consecución de un «mercado transatlántico libre de obstáculos» a más tardar en 2015, un objetivo que deberá alcanzarse ya en 2010 por lo que se refiere a los servicios financieros y los mercados de capitales; esta iniciativa debe basarse en la iniciativa económica decidida en la Cumbre UE-EE. UU. de junio de 2005, así como en el programa conjunto de trabajo UE-EE.UU.que establecía objetivos concretos según un enfoque sectorial, a fin de elaborar un balance de los progresos realizados en 2005-2006 y precisar las etapas futuras;

8.

Subraya que el capítulo económico del acuerdo de asociación propuesto debe establecer una nueva arquitectura que incluya: una cooperación normativa; un conjunto de instrumentos operativos de carácter horizontal (incluyendo un sistema efectivo de detección precoz y un acuerdo de tercera generación sobre la aplicación del Derecho de la competencia); y acuerdos sectoriales de cooperación económica que tengan como fundamento el programa conjunto de trabajo UE-EE.UU. anteriormente mencionado;

9.

Hace hincapié en que el reforzamiento de la cooperación económica transatlántica no debería dar lugar a una armonización a la baja en el ámbito de la regulación que pudiera posteriormente erosionar la confianza del consumidor en relación con la salud y la seguridad; insta, por lo tanto, a que se revitalicen el Diálogo Transatlántico de los Consumidores y el Diálogo Transatlántico sobre Medio Ambiente para desarrollar las «mejores prácticas» a fin de lograr avances en materia de salud del consumidor, seguridad y protección del medio ambiente, facilitando de esa forma un mercado transatlántico más sostenible;

10.

Reitera que, en el entorno actual de aumento de las presiones competitivas internacionales, la visión de semejante área económica común es esencial para aumentar el compromiso político para con una agenda económica más sustancial que refuerce la posición competitiva de las economías basadas en el conocimiento de ambos socios, fomente el crecimiento y la innovación y, de ese modo, cree nuevos puestos de trabajo y aumente la prosperidad;

11.

Señala que un entorno normativo internacional fragmentado dificulta el potencial de crecimiento del comercio internacional y subraya que una cooperación normativa más estrecha entre la UE y los EE.UU. es esencial para avanzar hacia un entorno normativo más armonizado mediante el cual los operadores económicos de todos los países en general y de los países en desarrollo en particular puedan operar con costes más bajos y con mayor libertad;

12.

Observa que el momento positivo de las economías de los Estados Unidos y de la Unión Europea y el refuerzo de sus relaciones económicas, también mediante instrumentos institucionalizados, contribuyen de manera nada despreciable, vista la importancia de las dos zonas en cuestión, al crecimiento y desarrollo del conjunto de la economía mundial;

13.

Pide a la Asociación Transatlántica, que cuenta con aproximadamente el 57% del producto interior bruto mundial y sigue siendo el doble motor de la economía mundial, que ejerza el liderazgo mundial en un contexto marcado por una creciente interdependencia, la emergencia de nuevos poderes económicos y un número creciente de desafíos globales que trascienden las fronteras nacionales; recomienda en este sentido consultas más detalladas y sistemáticas sobre las cuestiones económicas comunes con otros agentes económicos importantes (incluidos la India, Japón, Brasil, Canadá, México, Chile, Rusia y China);

14.

Opina que, en interés del conjunto de la economía internacional, más allá de estos ámbitos económicos específicos, conviene, a fin de reforzar la seguridad y la estabilidad de los intercambios comerciales, definir formas apropiadas y más estrictas de cooperación para circunscribir las fluctuaciones monetarias;

Programa de Doha para el Desarrollo

15.

Subraya que, dado que tanto a la Unión Europea como a los Estados Unidos incumbe una especial responsabilidad y que comparten unos objetivos comunes, por su interés han de cooperar de manera constructiva en las negociaciones multilaterales de la OMC en curso; insta a ambos socios a respetar la agenda amplia y ambiciosa del Programa de Doha para el Desarrollo teniendo debidamente en cuenta la dimensión de desarrollo a fin de allanar el camino para la finalización con éxito de la Ronda de Doha en 2006;

16.

Insta a la UE y a los EE.UU. a mantener su compromiso pleno para con las negociaciones multilaterales de la OMC y a no competir por acuerdos comerciales bilaterales o regionales; reitera su llamamiento a la Comisión para que no tome decisiones sobre si nuevos acuerdos comerciales bilaterales o regionales serían deseables o viables sin haber entablado previamente consultas significativas con el Parlamento Europeo;

17.

Espera que se produzca una reducción sustancial de los picos arancelarios y de otros aranceles significativos independientemente de que la Ronda de Doha concluya con éxito;

18.

Acoge con satisfacción el acuerdo en el marco de la OMC sobre la eliminación definitiva de todas las formas de subvenciones a la exportación de productos agropecuarios, incluidas aquellas en forma de ayuda alimentaria, y de otros sistemas de restituciones a la exportación antes de 2013 y subraya que aún deben lograrse progresos comparables en los ámbitos de ayuda interna y acceso al mercado;

19.

Pide a los EE.UU. que eliminen los obstáculos aduaneros como los derechos de usuario de la aduana y los excesivos requisitos de facturación exigidos a los importadores; lamenta que la Oficina de Aduanas y Protección de Fronteras de los EE.UU. no reconozca a la UE como una Unión Aduanera ni como un «país de origen»; pide al Gobierno de los EE.UU. que cambie su postura negativa respecto a la pertenencia de la UE a la Organización Mundial de Aduanas (OMA);

Seguimiento de la Iniciativa Económica y de la reunión ministerial económica informal UE-EE.UU. del 30 de noviembre de 2005

20.

Respalda la adopción en la reunión ministerial económica UE-EE.UU. del programa conjunto de trabajo UE-EE.UU. para la aplicación de la Declaración Económica, que contiene actividades concretas en once ámbitos para hacer progresar la integración económica transatlántica; insta, no obstante, a ambos socios a que procedan a una verdadera puesta en práctica y a una profundización de dicho programa de trabajo, con una dirección más clara y ambiciosa, unos objetivos estratégicos a largo plazo y un calendario detallado para la ejecución de las acciones y proyectos conjuntos que tenga en cuenta el papel específico de las agencias normativas independientes; señala, a este respecto, que las partes interesadas de los diálogos transatlánticos ya establecidos, entre ellas las agrupaciones de consumidores, sindicatos y uniones de interesados en el medio ambiente, deben asociarse más activamente al proceso de supervisión y revisión de la iniciativa económica y del programa de trabajo;

21.

Considera que el capítulo económico del acuerdo de asociación propuesto debería aportar, de conformidad con la Iniciativa Económica, ideas específicas para la eliminación de las barreras no arancelarias en sectores clave del mercado, a través de un proceso de armonización gradual de la reglamentación y de reconocimiento mutuo de las reglas y normas;

Fomento de la cooperación normativa y en materia de normalización

22.

Acoge con satisfacción el hecho de que el compromiso de establecer un foro de cooperación normativa de alto nivel, que constituye un elemento clave de la declaración de la cumbre de junio de 2005, se haya puesto finalmente en marcha mediante la propuesta de que se organicen dos reuniones como mínimo en 2006; recomienda una aplicación rápida y completa de la hoja de ruta para la cooperación normativa UE-EE.UU. de 2005; advierte que sin una participación y un apoyo suficientes y oportunos de las distintas partes interesadas y agencias, la cooperación normativa no logrará los resultados esperados;

23.

Reitera que aún deben abordarse un número considerable de obstáculos al comercio y a la inversión tanto en la UE como en los EE.UU. y toma nota con preocupación de las presiones crecientes para responder a la competencia exterior con medidas comerciales proteccionistas o injustas; subraya que un compromiso renovado con los principios de apertura, transparencia y Estado de Derecho reflejados en la Iniciativa Económica y en el nuevo Acuerdo de Asociación Transatlántica propuesto contribuiría a eliminar la mayoría de estos problemas;

24.

Subraya que las barreras normativas se han convertido en uno de los obstáculos más importantes al comercio y a la inversión entre la UE y los EE.UU. y advierte, en particular, contra la proliferación de reglamentaciones adicionales injustificadas a nivel estatal, la no utilización de las normas internacionales pertinentes como base para las reglamentaciones técnicas y la práctica de excesiva dependencia de la certificación por terceros en los EE.UU.;

25.

Manifiesta su preocupación por la falta de una definición clara de «seguridad nacional» en los EE.UU. y por su excesiva utilización como restricción para el comercio y la inversión; lamenta, en particular, la denominada «Enmienda Berry» utilizada por el Departamento de Defensa y la «Enmienda Exon-Florio» de 1998 así como la legislación subsiguiente destinada a restringir la adquisición o la inversión extranjera en empresas relacionadas tan sólo tangencialmente con la seguridad nacional;

26.

Señala que las diferencias en las normas de los tribunales y la práctica de reconocer sentencias judiciales entre los países de la UE y entre los Estados de los EE.UU. tienen una repercusión significativa en los conflictos jurídicos relacionados con transacciones transatlánticas; pide a la UE y a los EE.UU. que examinen la viabilidad de un acuerdo sobre la jurisdicción, el reconocimiento y la ejecución de sentencias judiciales relativas a cuestiones civiles y comerciales;

27.

Señala que el mercado transatlántico de las telecomunicaciones aún se ve dificultado por barreras normativas y normas incompatibles que se traducen en una situación en la que, a pesar de que nueve de las diez empresas de telecomunicaciones más grandes del mundo tienen su sede en la UE o en los EE.UU., ninguna empresa estadounidense o europea tiene una presencia importante en ambos continentes;

Potenciación de unos mercados de capitales abiertos y competitivos

28.

Pide el reconocimiento mutuo de las normas de contabilidad, seguido de una convergencia progresiva basada en una supervisión reglamentaria fiable, con el fin de que las empresas puedan usar una norma única en ambos mercados y se reduzcan los costes para cotizar en bolsa; pide a la Comisión, no obstante, que vigile estrechamente el plan de armonización del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad y del Consejo de Normas de Contabilidad Financiera con el fin de evitar toda parcialidad en favor de los EE.UU.;

29.

Pide que se intensifique el Diálogo Regulador de los Mercados Financieros mediante un examen político, dos veces por año, de las cuestiones relativas a los servicios financieros transatlánticos entre el Parlamento Europeo, la Comisión, las autoridades estadounidenses competentes y la Comisión de Asuntos Económicos del Congreso de los EE.UU. antes y después de cada cumbre anual UE-EE.UU.; se felicita por el trabajo realizado hasta la fecha por representantes del sector, como, por ejemplo, la Futures and Options Association;

30.

Rechaza enérgicamente el aplazamiento, por parte de los EE.UU., de la aplicación del Acuerdo de Basilea II sobre requisitos de capital de los bancos, y pide a los EE.UU. que cumplan sus compromisos con el fin de crear condiciones de igualdad de alcance mundial para los bancos; considera que una divergencia en cuanto a los enfoques podría impedir a los bancos de la UE que operan en los EE.UU. la adopción de sistemas integrados de gestión del riesgo;

31.

Expresa su insatisfacción por el hecho de que los reaseguradores de la UE que operan en los EE.UU. estén obligados a prestar garantías totales de riesgos, haciendo frente a normas estatales altamente discriminatorias que les obligan a sobrefinanciar su pasivo manteniendo niveles excesivos de garantía (los reaseguradores estadounidenses acreditados que operan en los EE.UU. no están sujetos a tales requisitos en materia de garantía); pide a las autoridades estadounidenses competentes que fomenten un mayor reconocimiento mutuo transatlántico y condiciones uniformes en materia de solvencia y de información;

32.

Reitera la urgente necesidad de una convergencia de las normas de retirada de activos del mercado bursátil de los EE.UU., que, actualmente, imponen gravosos requisitos a las empresas de la UE que no desean seguir cotizando; acoge con satisfacción la reciente propuesta de la Comisión de valores e intercambios de los EE.UU. en el sentido de que el criterio principal sea el volumen de las transacciones en lugar del número de accionistas; pide a la Comisión que supervise estas nuevas evoluciones para garantizar la salvaguardia de los intereses de la UE;

33.

Considera importante un diálogo más coherente sobre la gobernanza empresarial y la armonización de los requisitos con relación a la gobernanza empresarial y la supervisión, de modo que se eviten incidentes de extraterritorialidad tales como la Ley Sarbanes-Oxley, por ejemplo mejorando el Diálogo transatlántico sobre la gobernanza empresarial; pide un control conjunto UE-EE.UU. más estrecho sobre los fondos de alto riesgo mundiales;

34.

Pide a la Comisión que actualice la aplicación de la Directiva de la UE relativa a la fiscalidad del ahorro en lo que respecta a los EE.UU.;

Cooperación en materia de blanqueo de dinero y de financiación del terrorismo

35.

Señala que los mercados abiertos dependen considerablemente de estructuras seguras y fiables y que la confianza es vital para las relaciones comerciales mundiales; expresa su apoyo a una colaboración estrecha UE-EE.UU. para continuar la lucha contra el fraude empresarial y financiero, el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, evitando al mismo tiempo una perturbación innecesaria de las transacciones comerciales y privadas normales;

Estimulación de la innovación y el desarrollo tecnológico

36.

Acoge favorablemente el objetivo de aumentar las sinergias entre ambos lados del Atlántico en un gran número de ámbitos cruciales para el desarrollo de unas economías basadas en el conocimiento más fuertes;

37.

Alienta la creación de asociaciones transatlánticas en materia de investigación en las que también participen las PYME en proyectos conjuntos de investigación, así como la adopción de medidas que fomenten la vuelta a Europa de los investigadores europeos;

38.

Indica que resulta beneficioso para ambas partes promover la cooperación en materia de investigación y desarrollo y ejecutar programas de inversión en los siguientes ámbitos:

a)

tecnologías de transporte terrestre de alta velocidad, en particular nuevos tipos de sistemas de transporte colectivo de gran eficacia para el desarrollo urbano;

b)

el desarrollo de combustibles sintéticos y mecanismos de propulsión eléctrica para automóviles, camiones y autobuses, la utilización de pilas de combustible, etc.;

c)

el desarrollo de nuevas tecnologías para reducir las emisiones de los gases de efecto invernadero;

39.

Recuerda, en este contexto, a los Estados miembros y a los EE.UU. el compromiso contraído por ambas partes en la Declaración conjunta de 2003 sobre la promoción de la economía del hidrógeno y se congratula de los avances conseguidos, al tiempo que recuerda la necesidad de reforzar la cooperación;

40.

Considera que las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) revisten gran importancia para ambas economías; recomienda, por ello, una serie de medidas conjuntas para:

a)

fomentar el despliegue de tecnologías clave tales como la banda ancha, los dispositivos de identificación de la radiofrecuencia y otras tecnologías innovadoras, teniendo en cuenta la interoperabilidad;

b)

asegurar las redes y facilitar el flujo de información, al tiempo que se presta particular atención al correo basura (spam);

c)

garantizar una estrecha cooperación entre las «agencias de ciberseguridad»;

d)

abordar el elevado coste de la itinerancia (roaming);

41.

Considera que el Séptimo Programa Marco de Investigación y Desarrollo constituirá una oportunidad única para llevar a cabo acciones comunes en los siguientes ámbitos:

a)

la identificación de áreas prioritarias de colaboración en materia de investigación, con el fin de desarrollar nuevos mercados transatlánticos (por ejemplo, la tecnología de las pilas de combustible de hidrógeno y la nanotecnología);

b)

la investigación conjunta en áreas relacionadas con la seguridad civil y en el ámbito de la fiabilidad de los sistemas complejos en red y de las infraestructuras de información en que se basan las tecnologías de la sociedad de la información;

c)

el fomento de una cooperación estrecha entre el Consejo Europeo de Investigación (CEI) y la National Science Foundation (NSF);

42.

Considera que los programas espaciales nuevos y los ya existentes ofrecen hasta cierto punto una oportunidad para la exploración del espacio exterior por parte de empresas conjuntas mediante:

a)

el fomento de la cooperación en áreas clave como la observación de la tierra, la navegación por satélite (facilitada por Galileo y GPS), la comunicación electrónica, la ciencia y la exploración del espacio;

b)

la solución del problema de los obstáculos reglamentarios a la creación de un mercado transatlántico que funcione correctamente para la industria espacial;

c)

la supresión de los controles innecesarios que contempla la Reglamentación del Tráfico Internacional de Armas de los Estados Unidos y la liberalización del mercado internacional de lanzadores;

43.

Pide a la Comisión que proponga un programa conjunto de investigación sobre la malaria además de la investigación conjunta ya existente sobre enfermedades pandémicas;

44.

Apoya las medidas dirigidas a promover el espíritu empresarial y la asunción de riesgos en la UE, sobre la base de ejemplos adecuados de las capacidades de los EE.UU. en este ámbito;

Aumento del comercio, los viajes y la seguridad

45.

Señala que la política de visados es actualmente una política de competencia exclusivamente comunitaria; pide a la Comisión que inicie sin demora negociaciones con el Gobierno de los EE.UU. a fin de que el programa de exención de visado sea válido para todos los ciudadanos europeos y se eliminen las discriminaciones actuales, en particular contra los ciudadanos de los nuevos Estados miembros;

46.

Subraya que los engorrosos procedimientos para la obtención de visados se han traducido en mayores costes para las empresas y los ciudadanos; acoge con satisfacción la iniciativa «Trusted person» (persona grata), que debería basarse en normas elaboradas conjuntamente, como fórmula para facilitar los viajes con fines de negocios o turísticos;

47.

Lamenta que la mayoría de los ciudadanos de la UE sigan sometidos a unos controles estrictos de los visados, lo que supone un freno para la libre circulación y el intercambio de trabajadores, así como para toda persona que haya de viajar a los Estados Unidos o residir en este país por razones profesionales; pide a los Estados Unidos que den muestras de más flexibilidad, sobre todo en el caso de los ciudadanos europeos que viajan regularmente a los Estados Unidos por razones profesionales;

Fomento de la eficiencia energética

48.

Recomienda, habida cuenta de que la política en materia de energía es fundamental para el desarrollo económico y no se puede separar de cuestiones geopolíticas cruciales y de la política exterior, que se lleve a cabo un intercambio más franco y abierto acerca de la forma de incrementar la apertura en el comercio mundial de energía, fomentar las energías renovables a nivel mundial, desarrollar una cooperación más estrecha con los socios proveedores y definir una estrategia común de seguridad del abastecimiento energético y otras políticas para fomentar la estabilidad geopolítica y económica en las naciones proveedoras y en las de tránsito;

49.

Lamenta que sólo la Unión Europea asuma una función de liderazgo en materia de política internacional sobre el clima, que a los Estados Unidos corresponda la tasa más alta del mundo en cuanto a emisiones de gases de invernadero y que haya que seguir insistiendo a todos los niveles políticos en que también ellos han de asumir su responsabilidad por lo que se refiere al cambio climático; lamenta, por tanto, la reluctancia del Gobierno de los Estados Unidos a participar en una asociación internacional significativa sobre el cambio climático, pero observa que ha dado un modesto paso adelante en la medida en que actualmente, como se acordó en la Conferencia de Montreal, de diciembre de 2005, del Convenio Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, quieren comprometerse en un diálogo completamente progresivo; celebra el hecho de que una coalición de intereses emergente en los Estados Unidos, que incluye a miembros del Congreso de ambas cámaras y partidos, legisladores de los Estados federados, autoridades locales, ONG y representantes del mundo empresarial, esté presionando por una agenda más ambiciosa que se ocupe de las emisiones de efecto invernadero;

50.

Considera que los desafíos del sector de la energía son comunes a la UE y a los Estados Unidos, y que aún cuando ambas partes hayan adoptado importantes medidas por separado, el sector precisa un enfoque que beneficie a ambas partes y que tienda a:

a)

definir una estrategia común que afronte la elevada dependencia de las fuentes de energía fósil mediante la adopción de medidas concretas en los ámbitos de la eficiencia energética, las energías renovables y la seguridad del abastecimiento tanto en términos de energía como de transporte;

b)

desarrollar tecnologías limpias de cogeneración de calor y electricidad (PCCE) y tecnologías renovables (por ejemplo, las técnicas de fijación y almacenamiento del carbono y otras tecnologías de baja emisión de carbono);

c)

animar a los Estados Unidos y a países de reciente industrialización y gran crecimiento económico como China e India a desarrollar conjuntamente con la UE, una vez que expire el Protocolo de Kyoto, medidas para lograr una reducción a largo plazo y económicamente sostenible de las emisiones, así como para abordar ecológica, rentable y objetivamente los daños ya causados por el cambio climático;

d)

reconocer el importante cometido que desempeña la energía nuclear, al ofrecer energía sin emisiones de carbono, y a continuar la investigación conjunta sobre el desarrollo de esta vital tecnología y sobre la forma en que ésta podría facilitar la economía del hidrógeno;

e)

desarrollar —junto con el Organismo Internacional de la Energía Atómica— una propuesta común de marco multilateral para una política nuclear a escala mundial destinada a aumentar la seguridad y prevenir la utilización de material nuclear con fines militares;

f)

desarrollar a continuación una estrategia común para las relaciones con otros países con una demanda de energía grande o en rápido crecimiento y con los países productores de energía;

51.

Subraya la necesidad de una mayor cooperación científica entre la UE y los EE.UU. en el ámbito de los biocarburantes, y recomienda que se lleve a cabo lo antes posible la iniciativa relativa a un programa de trabajo conjunto UE-EE.UU. sobre los biocarburantes, que se centre específicamente en la segunda generación de bioetanol y biodiesel;

Derechos de propiedad intelectual (DPI)

52.

Acoge con satisfacción el acuerdo alcanzado en la reunión ministerial económica UE-EE.UU. para elaborar antes de la cumbre UE-EE.UU. de 2006 una estrategia de cooperación para la aplicación de los DPI que aborde el fraude de los DPI, la falta de aplicación efectiva en terceros países, en particular China y Rusia, y que mejore la cooperación en materia de aplicación a nivel aduanero y fronterizo y fomente las asociaciones público-privadas y la coordinación de la ayuda técnica a terceros países;

53.

Lamenta la falta de entendimiento común sobre las indicaciones geográficas; deplora que la coexistencia de sistemas de patentes completamente diferentes (los EE.UU. con su sistema «del primero que inventa», en tanto que el resto del mundo sigue el sistema «del primero que registra») siga creando problemas considerables para las empresas de la UE; anima al Congreso de los EE.UU. a que prosiga la reforma del sistema de patentes avanzando hacia un sistema «del primero que registra»;

54.

Anima a la UE y a los EE.UU. a trabajar conjuntamente utilizando los canales adecuados para luchar contra el fraude que afecta a los DPI en terceros países, en particular, en China y en Rusia;

Inversiones

55.

Recomienda que en la cumbre de 2006 se adopte formalmente un inventario exhaustivo que identifique los principales obstáculos a las inversiones recíprocas que siguen existiendo, así como una lista de las medidas específicas necesarias para reducir o eliminar dichos obstáculos de forma plenamente coherente con las normas del mercado interno, incluidas las disposiciones relativas a los servicios públicos y al principio de cautela;

56.

Apoya las medidas dirigidas a facilitar la inversión y la supresión progresiva de todas las barreras a la inversión transatlántica a través de la convergencia de las normas de contabilidad, unas condiciones de igualdad en los mercados financieros, una política de competencia recíprocamente justa y la supresión gradual de las medidas proteccionistas aún existentes en determinados sectores; cuestiona las restricciones a la propiedad que siguen existiendo en los Estados Unidos, en particular en los ámbitos de defensa y aviación, y apoya la reforma del Comité de Inversiones Extranjeras de los Estados Unidos; pide que la Comisión lleve a cabo un estudio sobre los obstáculos a las adquisiciones de empresas en el mercado interno, que discriminan a los adquirentes de la UE respecto de los adquirentes de los EE.UU.; pide a la Comisión que garantice que las restricciones a la propiedad en la UE no pueden utilizarse como argumento para mantener las restricciones estadounidenses;

Política de competencia y cumplimiento de la misma

57.

Pide la creación de un marco transatlántico conjunto sobre política de competencia que incremente la coordinación de las actividades de aplicación y facilite los intercambios de información confidencial; reitera que una aplicación uniforme de las normas de competencia en ambas orillas del Atlántico, independientemente del país de establecimiento, es fundamental para crear un mercado transatlántico competitivo y unificado;

58.

Respalda el objetivo de celebrar con los Estados Unidos un acuerdo adicional en materia de competencia que permita el intercambio de información confidencial en el marco de investigaciones que se lleven a cabo con arreglo a las legislaciones respectivas en el ámbito de la competencia;

Contratación pública

59.

Recomienda que en la cumbre de 2006 se adopte formalmente un inventario exhaustivo de cualquier barrera jurídica, práctica o técnica a la contratación pública transfronteriza entre ambos socios, así como una lista de las medidas necesarias para abordarlas que tenga en cuenta el caso particular de los servicios de interés general; invita a ambos socios a ir más allá de los compromisos existentes y futuros en el marco del Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP), lo que permitiría, por una parte, ampliar el ámbito de posibilidades para ambos interlocutores y, por otra, incrementar la competitividad europea y crear nuevas salidas para las empresas de la UE, concretamente las PYME;

60.

Apoya el refuerzo de la cooperación entre la UE y los EE.UU. con respecto a la apertura del mercado de la contratación pública; destaca que la instauración de condiciones iguales de competencia en dicho ámbito creará nuevas oportunidades para las empresas comunitarias y especialmente para las PYME;

61.

Lamenta que los EE.UU. mantengan una amplia variedad de disposiciones discriminatorias «Buy America» (compre productos estadounidenses), a las que se suman otros programas de infraestructuras financiados a nivel federal; más concretamente, lamenta que todavía sea difícil para las empresas europeas de defensa hacer negocios en el mercado de defensa de los Estados Unidos y adquirir tecnologías estadounidenses relativas a la defensa, debido a la ausencia de una auténtica «vía de doble dirección» en los contratos públicos relativos a la defensa y en la industria de defensa de un modo más general; pide al Congreso de los EE.UU. que acepte la realidad de la economía transatlántica, incluso en los mercados relacionados con la seguridad;

Servicios/Reconocimiento mutuo de cualificaciones

62.

Toma nota de que únicamente los arquitectos han instado a las autoridades competentes de ambas partes a considerar el reconocimiento mutuo de cualificaciones como parte del programa de trabajo; reconoce que otras profesiones parecen preferir que los procedimientos de reconocimiento se gestionen entre asociaciones socias en la UE y en los EE.UU.; pide a la Comisión que informe a las comisiones interesadas del Parlamento Europeo sobre los obstáculos existentes al reconocimiento mutuo de cualificaciones por ambas partes;

63.

Constata que entre los diferentes Estados de los Estados Unidos de América sigue habiendo unas diferencias considerables en el ámbito del reconocimiento horizontal de diplomas y títulos profesionales, lo que supone un freno al desarrollo del mercado transatlántico, sobre todo en el sector de los servicios; insta a la Comisión a que inicie negociaciones en sectores específicos, como el de las licencias de pilotos aeronáuticos, con vistas a concluir acuerdos y a incitar a los Estados Unidos a que desarrollen un sistema basado en el modelo europeo en el que prácticamente todos los diplomas y las cualificaciones profesionales estén mutuamente reconocidos entre los distintos Estados, como ocurre dentro del mercado interior de la UE;

Servicios/Servicios de transporte aéreo

64.

Acoge con satisfacción los progresos realizados recientemente en el marco de las negociaciones para la liberalización de los servicios aéreos entre la UE y los Estados Unidos y subraya la necesidad de alcanzar lo antes posible un acuerdo exhaustivo basado en la reciprocidad que resuelva el problema de los límites máximos de propiedad en las aerolíneas norteamericanas;

65.

Pide que, dada la gran importancia que revisten el comercio y el turismo para ambas partes, el Acuerdo de Asociación Transatlántica aplicable a partir de 2007 incluya también de forma inexcusable un capítulo aparte sobre el ámbito de la política de transportes, que se complemente con cumbres, reuniones de los miembros de las comisiones competentes en materia de transportes del Congreso estadounidense y del Parlamento Europeo y encuentros entre el Ministro de Transportes de los EE.UU. y el Comisario de la UE competente y funcionarios de la Comisión, así como una cooperación entre agencias responsables de la seguridad aérea y los órganos administrativos correspondientes de la administración federal;

Solución de las diferencias entre la UE y los Estados Unidos en el marco de la OMC

66.

Insiste en que, aunque los paneles de la OMC puedan causar una fricción política considerable, las diferencias comerciales o económicas son un componente natural de las relaciones económicas transatlánticas;

67.

Recomienda una estrategia común articulada en torno a tres puntos para reducir el número de diferencias entre las mayores potencias comerciales mundiales que se extienden al ámbito más amplio de la OMC:

a)

un compromiso formal al más alto nivel de respetar las normas comerciales multilaterales acordadas y aplicar de forma rápida y completa las decisiones de los paneles de la OMC;

b)

una mayor voluntad política de agotar todas las vías diplomáticas existentes a nivel bilateral antes de recurrir al mecanismo de solución de diferencias de la OMC, teniendo en cuenta la necesidad de proteger el interés legítimo de los operadores;

c)

el reconocimiento por ambos socios de que los legisladores y los Gobiernos tienen el derecho legítimo de proteger la salud y el medio ambiente de sus ciudadanos, pero la UE y los Estados Unidos deben garantizar que sus reglamentaciones respectivas en estos ámbitos sean no discriminatorias y proporcionadas y tengan un fundamento científico a fin de evitar abusos proteccionistas, respetando las reglamentaciones interiores y el principio de precaución;

68.

Pide a la Comisión que presente al Parlamento Europeo un informe que evalúe las ventajas y desventajas de un mecanismo bilateral más formal de solución de diferencias comerciales, teniendo en cuenta los acuerdos similares existentes entre la UE y otros terceros países;

69.

Señala que la metodología utilizada por las autoridades de los EE.UU. para asuntos relacionados con la defensa del comercio constituye, en algunos casos, una barrera comercial ilegítima y subraya que la aplicación aparentemente proteccionista de los instrumentos de defensa del comercio de los EE.UU. ya ha sido impugnada con éxito, como ocurre con la denominada «Enmienda Byrd» o las salvaguardias del acero de los EE.UU. —y no sólo por la UE— en el marco del sistema de solución de diferencias de la OMC;

70.

Acoge con satisfacción la Ley de reducción del déficit de 2005 aprobada por el Congreso de los EE. UU., que deroga la «Enmienda Byrd», pero lamenta que, debido a una cláusula de transición, la derogación no sea efectiva inmediatamente; pide, por lo tanto, al Congreso de los EE.UU. que elimine urgentemente la cláusula de transición a fin de que la distribución a empresas estadounidenses de los derechos antidumping y antisubvenciones recaudados no continúe distorsionando las condiciones de la competencia en el mercado de los EE.UU. a expensas de los bienes importados durante una serie de años;

71.

Reitera su preocupación por el importante apoyo directo e indirecto del Gobierno a la industria estadounidense mediante subvenciones directas, una legislación protectora y políticas fiscales; subraya, en particular, que todos los informes del Grupo Especial y del Órgano de Apelación de la OMC sobre el sistema de empresas de ventas en el extranjero han concluido que, a pesar de algunos cambios significativos en su legislación, los EE.UU. aún no han acatado plenamente las resoluciones anteriores de la OMC ni las recomendaciones del Órgano de Solución de Diferencias (OSD) de la OMC; pide, por lo tanto, al Congreso de los EE.UU. que aplique en su totalidad la American Jobs Creation Act (ley para la creación de empleos) que contiene una cláusula de prioridad de derechos adquiridos en cumplimiento de las anteriores resoluciones de la OMC y recomendaciones del OSD;

72.

Acoge favorablemente el fin del litigio que venía arrastrándose desde hace tiempo sobre las empresas de ventas al extranjero (EVE), al haber revocado el Congreso de los EE.UU. los descuentos fiscales a las empresas estadounidenses incluidas en la Ley de creación de empleos americanos (American Jobs Creation Act), que habían sido declarados incompatibles por la OMC;

73.

Lamenta que, en relación con el asunto Airbus-Boeing, los EE.UU. y la UE hayan entablado innecesariamente lo que probablemente será la diferencia jurídica más grande, más complicada y más costosa de la historia de la OMC; pide a ambas partes que aumenten las consultas al más alto nivel a fin de explorar las vías para alcanzar una solución pragmática que evite el recurso innecesario a la OMC ;

74.

Subraya que el controversia sobre OMG ante la OMC en ningún caso pone en cuestión la legislación europea en materia de autorización de comercialización de productos biotecnológicos, sino que se refiere a procedimientos de evaluación biotecnológica anticuados que ya han sido revisados desde el establecimiento del grupo especial;

75.

Acoge con satisfacción la decisión de la UE de cumplir la resolución de la OMC modificando su legislación en materia de hormonas de 2003; expresa su deseo de que se resuelva el desacuerdo permanente entre los EE.UU. (y Canadá) y la UE sobre la aplicación continuada de contramedidas e insta a los EE.UU. a que levanten las sanciones comerciales que viene aplicando desde 1999 contra productos europeos;

76.

Lamenta que los EE.UU. aún no hayan abandonado su metodología antidumping conocida como «reducción a cero», a pesar de que la OMC haya condenado sin ambigüedades esta práctica en el asunto de la ropa de cama;

77.

Hace hincapié en que el sistema de solución de diferencias de la OMC es un elemento fundamental para ofrecer seguridad y previsibilidad al sistema multilateral de comercio; manifiesta su preocupación por el hecho de que, en algunos casos, los EE.UU. hayan adoptado un enfoque no coherente con sus obligaciones internacionales, aplicando o negándose a derogar leyes que infringen las obligaciones establecidas por la OMC y que ocasionan perjuicios graves a las industrias de la UE y de terceros países; pide, por lo tanto, al Congreso de los EE.UU. que mejore el grado de cumplimiento de las constataciones del sistema de solución de diferencias de la OMC;

Otros asuntos generales

78.

Lamenta que la cooperación en asuntos de política monetaria y macroeconómica no se haya incluido en la Iniciativa Económica y en el Programa de trabajo; reitera su inquietud acerca del impacto potencialmente peligroso del amplio y dual presupuesto federal de los EE.UU. y del déficit por cuenta corriente sobre la economía mundial; pide, por lo tanto, al Banco Central Europeo y a la Reserva Federal que cooperen más estrechamente en materia de política monetaria y de estabilidad financiera mundiales;

79.

Reitera su solicitud de que los socios transatlánticos revisen conjuntamente sus estrategias e instrumentos de ayuda al desarrollo y asistencia humanitaria, incluida su coordinación con las instituciones de Bretton Woods, a fin de mejorar la eficacia, la coherencia y la complementariedad de la respuesta de la UE y de los EE.UU. a los desafíos mundiales, en particular, la reducción de la pobreza, las enfermedades transmisibles y la degradación del medio ambiente;

80.

Pide a la Comisión que evalúe los mecanismos de financiación y programación existentes para financiar programas conjuntos UE-EE.UU. en terceros países con vistas a crear un procedimiento más eficiente y productivo;

81.

Considera que la «clave cultural» puede contribuir a reforzar las relaciones transatlánticas y favorecer así la asociación y la comprensión mutua entre europeos y norteamericanos;

82.

Pide a la UE y EE.UU que, en sus relaciones económicas, tengan en cuenta la función y las características específicas de los sectores de la cultura y de la educación;

83.

Preconiza, por consiguiente, que se instaure un diálogo transatlántico en los ámbitos de la cultura (en particular, en el sector audiovisual) y de la educación que favorezca intercambios regulares de buenas prácticas y de experiencias, en especial con respecto a:

a)

la lucha contra la piratería y la falsificación,

b)

la mejora de los sistemas legales de distribución de contenidos sonoros y audiovisuales a través de Internet y su compatibilidad con los derechos de autor y la retribución de los autores,

c)

el conocimiento del patrimonio de los EE.UU y de la UE, en particular de la producción cinematográfica europea en América por su menor divulgación, para estimular la comprensión mutua,

d)

el fomento de una relación más equilibrada en materia de distribución cinematográfica, lo que debería permitir la prevención de posibles prácticas de competencia desleal o abuso de posición dominante en determinados mercados de la Unión Europea, así como la supresión de los posibles obstáculos jurídicos o de facto a la distribución de los productos audiovisuales europeos en los Estados Unidos,

e)

la instauración de mecanismos adecuados para desarrollar y reforzar el turismo cultural entre los dos continentes;

84.

Pide que, en materia de educación, este diálogo se centre de manera particular sobre:

a)

el refuerzo del reconocimiento mutuo de las calificaciones profesionales, especialmente en las disciplinas artísticas, con objeto de facilitar la movilidad de los «agentes de la cultura» y los intercambios de artistas,

b)

la promoción de la investigación y los intercambios de profesores de universidad, investigadores y estudiantes en materias que contribuyan a consolidar las relaciones económicas y científicas entre la Unión Europea y los Estados Unidos, teniendo en cuenta especialmente su programa de cooperación en materia de enseñanza superior y de enseñanza y formación profesionales (16),

c)

la concienciación sobre la importancia de la sociedad del conocimiento y el refuerzo del aprendizaje permanente;

85.

Considera, a la luz del artículo 133 y del artículo 151 del Tratado, que la especial naturaleza del sector audiovisual requiere que los intercambios transatlánticos se desarrollen sobre la base del respeto de la diversidad cultural y lingüística de la Unión Europea; pide, a este respecto, que se apliquen medidas adecuadas para fomentar la diversidad cultural e incrementar los intercambios culturales;

86.

Insta a las instituciones europeas a que sensibilicen a su socio norteamericano sobre la acción de la Unión en favor de la Convención de la UNESCO sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales;

87.

Destaca la importancia de prestar atención a la protección de datos en el contexto de las relaciones transatlánticas; observa, ante la falta de protección de datos en determinados aspectos de los intercambios transatlánticos, que procede evaluar aquellos ámbitos en los que el intercambio de información con terceros países parece funcionar correctamente (por ejemplo, los principios de puerto seguro) con el fin de hacer extensivas las soluciones fructíferas a otros ámbitos;

88.

Acoge con satisfacción el reciente estudio dirigido por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) sobre los beneficios macroeconómicos de fomentar una mayor integración económica entre la UE y los EE.UU., que estima que los beneficios en términos de PIB per cápita de una reducción significativa de las barreras al acceso al mercado, a la inversión directa extranjera y al comercio en la UE y en los EE.UU. serían de un 2% a un 3,5 % y de un 1% a un 3% respectivamente;

89.

Pide que la UE lleve a cabo un estudio más detallado y exhaustivo que identifique las consecuencias de la supresión de las barreras arancelarias y no arancelarias al comercio y a la inversión aún existentes entre la UE y los EE.UU; examine de manera general el potencial, si procede, de una armonización normativa ex ante o ex post; evalúe el impacto de la armonización o convergencia normativa UE-EE.UU. en terceros países; y examine la viabilidad de un «puente normativo» con arreglo al cual una vez que un bien o un servicio haya sido aprobado se acepte en cualquier lugar del mercado transatlántico;

Diálogos transatlánticos

90.

Subraya la importancia de los diálogos transatlánticos para estrechar los lazos entre la UE y los EE. UU; señala que, si se trabaja sobre las cuestiones importantes dentro de sus respectivos ámbitos y se realizan contribuciones valiosas a la configuración de la relación transatlántica y a sus objetivos y actividades, los diálogos estarán estrechamente unidos al proceso transatlántico de toma de decisiones y contribuirán a garantizar que los esfuerzos realizados en los diferentes ámbitos respondan verdaderamente a las necesidades reales de los ciudadanos;

91.

Toma nota de que el Diálogo Transatlántico de Legisladores (DTL) ha contribuido a reforzar las relaciones interparlamentarias entre la UE y los EE.UU.; reitera la necesidad de construir sinergias entre el DTL y los demás diálogos NAT, por ejemplo, poniendo en marcha nuevos programas cofinanciados para el intercambio de personal de órganos legislativos y creando una pequeña secretaría del DTL;

92.

Subraya que la 61a reunión del Diálogo Transatlántico de Legisladores, que se celebró en Viena los días 18 a 21 de abril de 2006, reafirmó las enormes ventajes que podrían derivarse para nuestros electores de la eliminación de las barreras que obstaculizan las relaciones económicas transatlánticas, e indicó que la relación entre los EE.UU. y la Unión Europea debería renovarse, sustituyendo su estructura actual por un Acuerdo de Asociación UE/EE.UU.;

93.

Toma nota del hecho de que el Diálogo Empresarial Transatlántico (TABD) ha modificado con éxito su formato para ofrecer una aportación empresarial más eficiente con vistas a fortalecer la asociación económica;

94.

Subraya que las dos partes del Diálogo Laboral Transatlántico deberían tomar un mayor impulso y hacerse más visibles a la hora de determinar respuestas y recomendaciones sobre cuestiones comunes; recomienda que el Diálogo Laboral Transatlántico se centre en ámbitos clave de cooperación mediante un enfoque más orientado a cada sector;

95.

Señala que el Acuerdo sobre ciencia y tecnología celebrado por la UE y los EE.UU. constituye un instrumento clave para intensificar las relaciones científicas entre ambas partes; aboga por la instauración de un diálogo transatlántico oficial en material de investigación encargado de promover y coordinar la colaboración en materia de investigación y nuevas iniciativas en ámbitos científicos seleccionados que vaya más allá de las estructuras existentes;

96.

Señala que otros diálogos transatlánticos que existen fuera del marco de los acuerdos oficiales también contribuyen a reforzar los vínculos entre la UE y los EE.UU.; recomienda que se examine la estructura actual de los diálogos transatlánticos y se exploren nuevos ámbitos prometedores para una cooperación reforzada;

El papel del Parlamento Europeo

97.

Subraya que mientras que las tareas proyectadas en la Iniciativa económica afectan sobre todo a los reguladores, para conseguir un mercado transatlántico completamente integrado es igualmente deseable la implicación activa de los legisladores de ambas partes; subraya que las cumbres UE-EE.UU. deberían incorporar un nivel adecuado de participación parlamentaria a fin de proporcionar una aportación parlamentaria a este proceso administrativo liderado por los dos ejecutivos; pide que antes de cada cumbre se celebre una reunión entre el DTL y el Grupo de alto nivel para intercambiar puntos de vista sobre los progresos del programa de trabajo;

98.

Pide que antes de cada cumbre se celebre una reunión entre el DTL y el Grupo de alto nivel para intercambiar puntos de vista sobre las cuestiones económicas importantes y, más concretamente, sobre los progresos del programa de trabajo;

99.

Recomienda que, como mínimo, el Presidente del Parlamento Europeo y la presidencia del Congreso de los EE.UU. participen en la próxima cumbre UE-EE.UU. y que, como regla general, el Parlamento Europeo y el Congreso de los EE.UU. se asocien a la preparación y celebración de todas las cumbres futuras UE-EE.UU.;

100.

Acoge favorablemente los esfuerzos destinados a reforzar el DTL entre el Parlamento Europeo y el Congreso de los EE.UU., incluida, en particular, la aplicación de un mecanismo eficaz de «alerta precoz» así como de un sistema de información entre las comisiones parlamentarias de ambos lados del Atlántico;

101.

Pide a la Cámara de Representantes que estudie la posibilidad de crear una delegación permanente a fin de garantizar la continuidad del DTL; aboga, asimismo, por la instauración de un diálogo periódico entre el Parlamento Europeo y el Senado de los EE.UU.;

102.

Invita a la comisión competente a hacer uso del presupuesto para 2007 para liberar los créditos necesarios para establecer una representación oficial permanente del Parlamento Europeo en Washington DC que garantice una institucionalización adecuada de las actividades propias del Parlamento y permita mejorar las relaciones entre el Parlamento Europeo y el Congreso de los Estados Unidos;

*

* *

103.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión así como a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros y al Presidente y al Congreso de los Estados Unidos de América.


(1)  Firmada durante la Cumbre UE-EE.UU. celebrada en Madrid.

(2)  Declaración conjunta adoptada durante la Cumbre UE-EE.UU. celebrada en Londres.

(3)  Firmada durante la Cumbre UE-EE.UU. celebrada en Bonn.

(4)  Acordada en la Cumbre UE-EE.UU. celebrada en Washington.

(5)  DO C 124 E de 25.5.2006, p. 556.

(6)  DO C 34 E de 7.2.2002, p. 359.

(7)  DO C 177 E de 25.7.2002, p. 288.

(8)  DO C 180 E de 31.7.2003, p. 392.

(9)  DO C 69 E de 19.3.2004, p. 124.

(10)  DO C 104 E de 30.4.2004, p. 1043.

(11)  DO C 247 E de 6.10.2005, p. 151.

(12)  Firmada durante la Cumbre UE-EE.UU. celebrada en Shannon los días 25 y 26 de junio de 2004.

(13)  «Textos Aprobados» de P6_TA(2005)0461.

(14)  «Textos Aprobados», P6_TA(2006)0238.

(15)  Daniel S. HAMILTON/Joseph P. QUINLAN (eds.) Deep Integration: How Transatlantic Markets are Leading Globalization. June 2005; Francisco CABRILLO, Jaime GARCÍA-LEGAZ and Pedro SCHWARTZ, A case for an open Atlantic Prosperity Area, FAES, 2006.

(16)  DO L 71 de 13.3.2001, p. 8.

P6_TA(2006)0240

Ampliación de la zona del euro

Resolución del Parlamento Europeo sobre la ampliación de la zona del euro (2006/2103(INI))

El Parlamento Europeo,

Visto el artículo 121 del Tratado CE,

Vista la Comunicación de la Comisión sobre Finanzas públicas en la UEM — 2005 (COM(2005) 0231),

Visto el Informe de convergencia 2004 de la Comisión (COM(2004) 0690),

Visto el Informe de convergencia 2004 del Banco Central Europeo,

Visto el Segundo informe de la Comisión sobre los preparativos prácticos para la futura ampliación de la zona del euro (COM(2005) 0545),

Vista su Resolución, de 5 de julio de 2005, sobre la aplicación de una estrategia de información y comunicación sobre el euro y la Unión Económica y Monetaria (1),

Vista su Resolución, de 1 de diciembre de 2005, sobre la propuesta de Reglamento del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 974/98 sobre la introducción del euro (2),

Visto el artículo 45 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios (A6-0191/2006),

A.

Considerando que la Unión Económica y Monetaria (UEM) tiene que reforzarse para alcanzar sus objetivos en términos de crecimiento y empleo,

B.

Considerando que la tasa de crecimiento económico en la zona del euro es actualmente de un 1,8 %, mientras que la economía de la UE en su conjunto crece en un 2% anual,

C.

Considerando que la ampliación de la zona del euro es responsabilidad política y económica de los Estados miembros, independientemente de que se encuentren dentro o fuera de la zona del euro,

D.

Considerando que está previsto que los Estados miembros que se adhirieron a la UE en 2004 (los nuevos Estados miembros) adopten el euro cuando cumplan las condiciones fijadas en el Tratado; que el Reino Unido y Dinamarca se benefician de una cláusula de no participación,

E.

Considerando que la mayoría de los nuevos Estados miembros han experimentado un rápido crecimiento que ha permitido una cierta recuperación de su retraso; que el nivel de su convergencia real corresponde todavía a un proceso en curso,

F.

Considerando que el euro ha resultado ser un gran logro de la UE, pues ha contribuido a la estabilidad económica interior y exterior,

G.

Considerando que el Reino Unido y seis de los nuevos Estados miembros (Chipre, la República Checa, Hungría, Malta, Polonia y Eslovaquia) están sujetos a un procedimiento de déficit excesivo, y que dos de ellos (Chipre y Malta) presentan un porcentaje de deuda pública superior al 60 % de su PIB,

H.

Considerando que para el criterio de tasa de inflación se manejan dos definiciones distintas de la noción de «estabilidad de los precios»; considerando que en la definición de estabilidad de los precios del BCE se aduce un objetivo de inflación inferior pero cercano al 2%, siendo ésa la definición que se utiliza generalmente en la Unión Económica y Monetaria, pero que en sus informes sobre la convergencia el BCE y la Comisión se sirven de una definición diferente, indicando que el mejor resultado en materia de estabilidad de los precios es la inflación más baja posible, siempre que no se trate de deflación,

Condiciones generales previas para la futura ampliación de la zona del euro

1.

Recuerda que la incorporación a la zona del euro requiere la adhesión completa a los criterios de Maastricht, tal como se establecen en el Tratado y en el protocolo relativo al artículo 121 del Tratado: un alto grado de estabilidad de los precios, una posición presupuestaria pública que no presente un déficit excesivo, la participación durante al menos dos años en el Mecanismo de Tipos de Cambio (MTC II) y el respeto de los márgenes normales de fluctuación, la convergencia de los tipos de interés a largo plazo, la compatibilidad del sistema de legislación con el Tratado de Maastricht, un banco central independiente y una convergencia económica real;

2.

Recuerda que todos los Estados miembros acogidos a una excepción deben cumplir los criterios de Maastricht antes de poder incorporarse a la zona del euro y que los requisitos del Pacto de Estabilidad y Crecimiento se aplican a todos los Estados miembros; expresa su convencimiento de que el examen del estado de preparación de los Estados miembros para adoptar el euro se basará en las mismas definiciones y en los mismos principios establecidos en los anteriores informes de convergencia, a fin de garantizar la continuidad y la igualdad de trato de todos los Estados miembros;

3.

Insta a la Comisión a utilizar unos criterios comunes al evaluar los datos económicos y fiscales; señala la responsabilidad de la Comisión en cuanto a la fiabilidad de los datos estadísticos e insiste en que no debería adoptarse ninguna decisión mientras persistan dudas sobre su veracidad; subraya que el análisis de la estabilidad de los precios requiere una amplia evaluación de los distintos métodos de determinación de referencias, vistos los diversos planteamientos aplicados por la Comisión a los informes de convergencia desde 1993;

4.

Se opone enérgicamente a toda disposición especial sobre el cumplimiento de los criterios de Maastricht y pide a la Comisión que evalúe los criterios de convergencia con arreglo al Tratado y a su Protocolo adjunto sobre los criterios de convergencia previstos en el artículo 121; destaca, en este contexto, la importancia de evaluar la estabilidad a largo plazo de la zona del euro;

5.

Señala que la Comisión, cada vez que se lleve a cabo una evaluación, debería publicar sus conclusiones sobre los países que se considere que no están preparados para entrar en la zona del euro y presentarlas al Parlamento Europeo para garantizar un elevado nivel de transparencia y responsabilidad en el proceso de toma de decisiones a escala de la UE;

6.

Subraya que la ampliación de la zona del euro debería aprovecharse para consolidar la gobernanza económica en la zona del euro;

7.

Pide a las autoridades de los Estados miembros candidatos a incorporarse a la zona del euro (candidatos a la adhesión) que aseguren una transparencia plena en las decisiones políticas (tales como la determinación de índices de conversión y de fechas de adhesión previstas) adoptadas antes y durante la pertenencia al MTC II; pide a estas autoridades que pongan a disposición del público todas las evaluaciones del impacto y todos los estudios e informes relacionados con estos asuntos;

8.

Subraya la necesidad para los Estados miembros de la zona del euro, con vistas a mejorar la convergencia real de las economías y a limitar los riesgos de choques asimétricos en la Unión Monetaria, de incrementar sus esfuerzos de cara a una coordinación efectiva de las políticas económicas y monetarias, sobre todo mediante un refuerzo de sus estrategias comunes en el Eurogrupo; señala que tales esfuerzos podrían empezar por la coordinación del calendario presupuestario y la elaboración de los presupuestos con arreglo a la misma hipótesis en cuanto al desarrollo de las proyecciones del tipo de cambio euro-dólar y del precio del petróleo;

9.

Subraya que el paso al euro no debe abordarse y proyectarse como un simple cambio técnico en la moneda sino como una conversión importante con efectos económicos, monetarios y sociales significativos;

Condiciones técnicas previas para la ampliación de la zona del euro

10.

Señala que se necesitan unos planes nacionales detallados para el paso al euro a fin de que su adopción se haga sin problemas; considera que estos planes deben enumerar los organismos locales y nacionales responsables de llevar a cabo la introducción del euro y deben incluir un calendario detallado para la modificación de las legislaciones y de las normas administrativas nacionales y para la adaptación de los organismos públicos; considera que deben tenerse ampliamente en cuenta las lecciones aprendidas como consecuencia de la introducción del euro durante la primera ola de adhesiones a la zona del euro así como las características de la transición al euro, aunque en la actualidad esta moneda ya está en circulación y se utiliza ampliamente en los candidatos a la adhesión;

11.

Pide a los Estados miembros candidatos a incorporarse a la zona del euro que aseguren un aprovisionamiento temprano de los billetes en euros para los bancos, que reduzcan al mínimo la fase de circulación monetaria dual y que organicen de manera estricta la retirada de la circulación de las unidades de moneda nacional para facilitar un paso al euro sin problemas;

12.

Pide a los Estados miembros candidatos a incorporarse a la zona del euro que presten una atención particular a la protección de los consumidores durante la fase de paso al euro; les pide asimismo que apliquen una legislación que exija una presentación dual obligatoria de los precios durante un período de tiempo lo suficientemente largo y que establezcan procedimientos eficaces para proteger a los consumidores de un aumento injustificado de los precios durante la fase de paso al euro y más allá; pide que se lleven a cabo unas campañas claras destinadas al público en las que se destaque que la única arma contra los aumentos de precio injustificados reside en el poder de los consumidores para elegir libremente a sus proveedores; subraya que debería prestarse una especial atención a la fijación de los precios en las situaciones de monopolio público o privado y por parte de las autoridades públicas; invita a los Estados miembros a poner en marcha durante un período de al menos dos años un observatorio encargado de publicar los datos sobre la evolución de aproximadamente diez precios al consumidor que sean especialmente significativos;

13.

Recuerda la necesidad de lanzar unas campañas de información de los ciudadanos tempranas y exhaustivas en los candidatos a la adhesión que generen la confianza en el proceso de paso al euro, así como de asegurar que la fase de cambio sea gestionada de manera justa por todas las partes interesadas con objeto de que el euro sea un éxito; considera que debe reducirse el déficit de información de los ciudadanos y que es necesario organizar el uso de los medios de comunicación para las campañas de información en una fase temprana;

Requisitos especiales para los candidatos a la adhesión

14.

Señala que una adhesión prematura a la zona del euro podría provocar unos acontecimientos inesperados en el proceso de convergencia económica;

15.

Señala que la ampliación de la zona del euro facilita el proceso de convergencia económica y contribuye a la consolidación de la zona del euro en su conjunto;

16.

Señala que la convergencia económica no ha progresado lo suficiente para permitir una adhesión rápida de algunos de los candidatos a incorporarse a la zona del euro, como lo demuestran los altos índices de inflación y los déficits fiscales excesivos observados en algunos de los Estados miembros candidatos; reconoce que varios Estados miembros han construido unas bases sólidas para una rápida introducción del euro, al garantizar la sostenibilidad fiscal a largo plazo;

17.

Solicita que todos los criterios se cumplan en su totalidad antes de adoptar el euro y señala que no todos los siete Estados miembros del MTC II sin cláusula de no participación han cumplido las condiciones para la adhesión;

18.

Da la bienvenida a Eslovenia como nuevo miembro de la zona del euro y opina que esta ampliación de la zona del euro tendrá un efecto positivo en la economía europea en su conjunto;

19.

Deplora la recomendación negativa sobre Lituania y pide una explicación clara y completa sobre la base de los cálculos realizados para aplicar los criterios de inflación; pide a la Comisión que actualice su informe de convergencia 2006 sobre Lituania y que cree un grupo de trabajo de alto nivel en cooperación con las autoridades de Lituania para elaborar una estrategia con vistas a la adhesión en breve plazo a la zona del euro;

20.

Insta a Estonia, que sólo dejó de cumplir los criterios sobre la inflación, a que mantenga sus esfuerzos para cumplir con los criterios para la adhesión y para la integración en la zona del euro en un breve plazo;

21.

Pide a los Estados miembros que ofrezcan a la Comisión la posibilidad de comprobar el cumplimiento de los criterios de Maastricht sobre la base de datos precisos, actuales, fiables y de gran calidad;

22.

Recuerda que, en ausencia de una cláusula de no participación, el Tratado prevé una evaluación automática semestral de los criterios de Maastricht para los Estados miembros acogidos a una excepción; señala que los Estados miembros acogidos a una excepción pueden solicitar que se lleve a cabo una evaluación antes de que venza dicho plazo; insta a los Estados miembros a abstenerse de hacerlo hasta que no estén seguros de satisfacer todos los criterios;

23.

Observa que, a pesar del alto crecimiento continuo durante los últimos diez años, la convergencia real sigue siendo débil;

24.

Opina que, en cualquier caso, la decisión relativa a la adhesión de los distintos Estados miembros debería estar basada en datos de calidad y en una evaluación conforme a las disposiciones contempladas en el Tratado y en los protocolos aplicables en la materia; invita a la Comisión y al BCE a llevar a cabo una evaluación exhaustiva que no se limite a una simple comparación formal de números y cifras y a tener en cuenta la trayectoria en materia de convergencia y los resultados obtenidos por lo que se refiere a garantizar la estabilidad macroeconómica;

25.

Considera que redunda en beneficio de los nuevos Estados miembros y de la zona del euro en su conjunto la realización de un análisis cuidadoso de los costes y beneficios de la adopción del euro en una fase temprana, en especial teniendo en cuenta que la adhesión a la zona del euro tiene importantes consecuencias en términos de pérdida de instrumentos de política monetaria y requiere un margen apropiado para la política fiscal, que es el instrumento macroeconómico que sigue disponible; pide que dicho análisis se ponga a disposición del público;

26.

Considera que la preparación para la adhesión a la zona del euro puede por sí misma reportar beneficios sustanciales tras la adhesión al MTC II, que la fecha de entrada no debe ser el aspecto principal, y que un camino hacia delante creíble y viable reviste mucha importancia a fin de garantizar que la aplicación del euro en los nuevos Estados miembros sea un éxito;

27.

Señala que el criterio de la inflación requiere un índice de inflación que no supere en más de 1,5 puntos porcentuales al de los tres Estados miembros con mejores resultados por lo que se refiere a la estabilidad de los precios, constituyendo los precios al consumo de los 12 meses anteriores la base para establecer la media, sobre la base de los datos facilitados por la Comisión en cooperación con el BCE;

28.

Expresa su preocupación por la utilización de dos definiciones distintas de la estabilidad de precios: el BCE usa una en el ámbito de la política económica (inflación inferior pero cercana al 2%) y otra en sus informes sobre los convergencia (la inflación más baja posible, siempre que no se trate de deflación); considera que en el Tratado no se prevé tal distinción y que esas dos interpretaciones de la noción de estabilidad de los precios, que se define explícitamente en el Tratado, inducen a error y podrían repercutir negativamente en el mercado y sus actores en todos los Estados miembros;

29.

Señala que los candidatos a la adhesión deben tener un tipo de interés nominal medio a largo plazo, observado durante un período de un año antes de su candidatura, que no supere en más de dos puntos porcentuales al de los tres Estados miembros con mejores resultados por lo que se refiere a la estabilidad de los precios, sobre la base de los datos facilitados por la Comisión en cooperación con el BCE;

30.

Destaca que tanto la definición de los tres Estados miembros con mejores resultados por lo que se refiere a la estabilidad de los precios como el método de cálculo del valor de referencia deben clarificarse a fin de reflejar el hecho de que doce Estados miembros de la UE forman actualmente la Unión monetaria y utilizan una moneda única sujeta a una política monetaria común, y que las divergencias por lo que respecta a su actuación en materia de inflación se deben a factores estructurales más que a diferencias en su política macroeconómica; considera, no obstante, que es importante tener en cuenta el llamado efecto Balassa- Samuelson por lo que se refiere al criterio de la inflación para los nuevos Estados miembros;

31.

Insta encarecidamente a la Comisión a que, una vez adoptadas las dos primeras decisiones sobre la evaluación de los programas de convergencia de los nuevos Estados miembros en el contexto de la ampliación de la zona del euro en un futuro inmediato, vele por una cooperación estrecha y regular con los países candidatos, con vistas a elucidar qué instrumentos de política económica podrían ser más idóneos para mejorar los resultados en materia de inflación sin incidir negativamente en el crecimiento económico;

*

* *

32.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y al Banco Central Europeo.


(1)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0270.

(2)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0457.

P6_TA(2006)0241

Estado de previsiones del Parlamento Europeo para 2007

Resolución del Parlamento Europeo sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2007 (2006/2022(BUD))

El Parlamento Europeo,

Visto el apartado 2 del artículo 272 del Tratado CE,

Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, sobre el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (1),

Visto el Acuerdo interinstitucional, de 6 de mayo de 1999, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (2),

Vista su Resolución, de 15 de marzo de 2006, sobre las orientaciones para el procedimiento presupuestario 2007, Secciones II, IV, V, VI, VII, VIII (A) y VIII (B), y sobre el anteproyecto de estado de previsiones del Parlamento Europeo (Sección I) para el procedimiento presupuestario 2007 (3),

Visto el informe del Secretario General dirigido a la Mesa sobre el anteproyecto de estado de previsiones del Parlamento para el ejercicio 2007,

Visto el anteproyecto de estado de previsiones elaborado por la Mesa el 22 de marzo de 2006 de conformidad con el apartado 6 del artículo 22 y el artículo 73 del Reglamento del Parlamento Europeo,

Visto el artículo 73 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A6-0188/2006),

A.

Considerando que 2007 es el primer año del nuevo marco financiero (2007-2013),

B.

Considerando que la Mesa del Parlamento ha propuesto que 2007 sea un ejercicio de consolidación del gasto, sin nuevos proyectos de envergadura,

C.

Considerando que la ampliación de la Unión sigue siendo una prioridad política clave; que la política de información, la asistencia a los diputados y la política de adquisición de los edificios ocupados permanentemente en los tres lugares de trabajo constituirán las otras prioridades del presupuesto 2007,

D.

Considerando que se ha de presentar un ejercicio exhaustivo de inventario antes del 1 de septiembre de 2006,

E.

Considerando que el estado de previsiones 2007 se basa en los siguientes parámetros clave: 41 semanas de trabajo, incluidas cuatro semanas de circunscripción, 12 períodos parciales de sesiones ordinarios y seis períodos parciales de sesiones adicionales, 785 diputados al Parlamento Europeo, un ajuste salarial del 2,1%, una reducción global del 7 % para los puestos no vinculados a la ampliación y una reducción estándar del 10% para los puestos vinculados a la ampliación,

F.

Considerando que existen incertidumbres sobre algunos de los parámetros utilizados en el anteproyecto de estado de previsiones, como por ejemplo la posible compra de algunos de los edificios del Parlamento en Estrasburgo y la posible utilización del irlandés como vigésimo primera lengua de trabajo,

G.

Considerando que algunos temas con incidencia presupuestaria están actualmente pendientes ante la Mesa, y que dicha incidencia sólo puede tomarse en consideración en la primera lectura del proyecto de presupuesto 2007,

H.

Considerando que el multilingüismo y la dispersión geográfica de las actividades del Parlamento representan aproximadamente el 48 % del gasto en el anteproyecto de estado de previsiones, lo que supone 673 000 000 de euros,

MARCO CONTEXTUAL DEL PRESUPUESTO 2007

1.

Toma nota de que el proyecto de estado de previsiones para 2007 se fija en 1 377 700 000 euros; dicho importe se ha establecido tomando como base el presupuesto 2006 con un incremento del 4,2 %, porcentaje que se compone de la tasa de crecimiento histórica del 2% y del 2,2 % de ajuste a los precios actuales; recomienda que el nivel final del presupuesto se decida en la primera lectura y que refleje las necesidades presupuestarias justificadas de la Institución;

2.

Destaca que el presupuesto debería reflejar las necesidades presupuestarias reales y ser acorde con el principio de rigor presupuestario y utilización responsable el dinero de los ciudadanos; la Institución debería adoptar un enfoque más operativo del presupuesto; destaca la necesidad de que se lleve a cabo un análisis de rentabilidad que permita a la Institución evaluar las consecuencias de mantener el límite máximo de la rúbrica 5 que se ha impuesto a sí misma; ha decidido que, si se mantiene el límite máximo del 20 %, el 20 % constituirá el límite superior del presupuesto; por consiguiente, se reserva su posición sobre el límite del 20 % hasta la primera lectura;

3.

Pide al Secretario General que, en el respeto del principio de anualidad del presupuesto y como medida de buena gestión financiera, se preste una mayor atención a los cambios a medio plazo que reflejen las necesidades presupuestarias plurianuales y operativas reales;

4.

Observa que el anteproyecto de estado de previsiones incluye 48 000 000 de euros para los gastos vinculados a la ampliación, 50 000 000 de euros para la compra de los edificios WIC y SDM en Estrasburgo, 25 000 000 de euros como reserva para la política de información y comunicación, 7 500 000 euros para la adquisición de conocimientos técnicos y 8 974 459 euros como reserva para imprevistos; destaca que un análisis del proyecto de estado de previsiones demuestra que los principales centros de coste siguen siendo los mismos que en ejercicios anteriores, en particular los gastos en materia de personal, inmuebles, información, diputados y ampliación;

5.

Pide que, en el ejercicio de inventariado, se tengan en cuenta los siguientes principios de buena gestión financiera:

a)

la identificación de las actividades que generan poco valor añadido,

b)

un incremento de la eficacia mediante la racionalización de los métodos de trabajo,

c)

un mayor uso del presupuesto por actividades,

d)

la reducción al mínimo de los costes en aquellos ámbitos con unos gastos innecesarios derivados de la existencia de tres lugares de trabajo diferentes,

e)

la redistribución de personal,

f)

el impacto de la política de movilidad en la eficacia de las comisiones y las delegaciones y

g)

el uso eficiente de todos los recursos, en particular los recursos humanos;

6.

Reitera que los créditos deberían estar vinculados a actividades específicas, de forma que se evite la cancelación de créditos al final del ejercicio; destaca que deberían asignarse créditos suficientes en aquellas áreas en que las decisiones políticas requieren un compromiso financiero mayor, como es el caso de la Conferencia Parlamentaria sobre la OMC, con el fin de evitar cuanto sea posible los presupuestos rectificativos y las transferencias;

PROCESO DE CONSOLIDACIÓN

Ampliación

7.

Señala que deberían hacerse nuevos esfuerzos para completar la ampliación de 2004 y facilitar un proceso de ampliación sin problemas; pide al Secretario General que resuelva todas las cuestiones pendientes relacionadas con la ampliación UE-10, especialmente las relacionadas con retrasos en el proceso de contratación;

8.

Ha decidido consignar un total de 48 000 000 de euros en las partidas presupuestarias correspondientes para los gastos vinculados a la ampliación, desglosados de la manera siguiente:

1)

14 800 000 euros para 226 puestos permanentes y 22 puestos temporales para los grupos políticos;

2)

20 500 000 euros para los diputados búlgaros y rumanos;

3)

4 700 000 euros para intérpretes y traductores externos;

4)

2 200 000 euros para mobiliario y equipamiento informático;

5)

1 000 000 de euros para el transporte de los diputados y las cargas bancarias;

6)

800 000 euros para la biblioteca, las oficinas exteriores y las instalaciones audiovisuales;

7)

4 000 000 de euros para los grupos políticos y los partidos europeos;

9.

Señala que los 48 000 000 de euros representan un incremento de aproximadamente el 50 % en comparación con el presupuesto 2006 para el proceso de adhesión de Bulgaria y Rumanía en el supuesto de que la fecha de adhesión sea el 1 de enero de 2007; considera, además, que, en caso de que se aplace la adhesión de Bulgaria y Rumanía, la incidencia financiera de dicho aplazamiento debería reflejarse en el presupuesto del Parlamento y que, por consiguiente, se deducirían del importe final los 24 000 000 de euros correspondientes; pide al Secretario General que aborde las repercusiones presupuestarias de la decisión relativa a la adhesión de Rumanía y Bulgaria en la nota rectificativa que presentará a la Mesa a principios de septiembre de 2006;

Empleo y cuadro de efectivos

Parlamento — Secretaría General

10.

Reitera que, a excepción de los puestos vinculados a la ampliación y un número limitado de puestos especializados, no se crearán nuevos puestos en 2007;

11.

Toma nota de que el nuevo programa informático «Streamline» para la gestión del personal en la DG de Personal, que debería estar pronto en funcionamiento, debería dar lugar a una reducción concreta de personal, que debería ser objeto de una redistribución posterior;

12.

Reconoce los esfuerzos que ha realizado el Secretario General para crear una estructura organizativa más eficiente con menos personal y racionalizar eficazmente la dotación de personal, garantizando en el proceso que los gastos en recursos humanos se correspondan con las necesidades operativas reales y la situación financiera de la Institución;

13.

Destaca que la consolidación del cuadro de efectivos del Parlamento, junto con una operación efectiva de redistribución, son condiciones esenciales previas a la presentación de cualquier solicitud de incremento en la dotación de personal;

14.

Señala que en los últimos años se ha producido un incremento significativo en el nivel de empleo, tanto para los puestos vinculados a la ampliación como para los puestos al margen de la misma; mantiene su opinión de que la actual dotación de personal basta para cubrir todas las necesidades de la Institución; se felicita de la posición adoptada por el Secretario General según la cual no se sustituirá automáticamente al personal jubilado y se utilizará la política de redistribución para cubrir los puestos que queden vacantes como consecuencia de jubilaciones;

15.

Manifiesta su preocupación por el escaso número de redistribuciones previstas para 2007; pide al Secretario General que, durante la operación de inventariado, lleve a cabo un examen más exhaustivo que cubra todos los sectores de actividad, a fin de garantizar la redistribución del personal en vez de recurrir a la contratación de agentes contractuales; solicita al Secretario General que presente, para el 1 de septiembre de 2006, un informe sobre el recurso a las redistribuciones en los tres últimos años en el que se incluya el estado de previsiones para el ejercicio 2007;

16.

Afirma que la solicitud de 74 nuevos puestos (1 AD 15, 30 AD y 43 AST) no se corresponde con una política de consolidación del gasto, y consigna los créditos para estos puestos en la reserva; está dispuesto a examinar estas solicitudes de nuevo, sobre la base de información más precisa, en la primera lectura del proyecto de presupuesto 2007;

17.

Toma nota de las propuestas relacionadas con la revalorización de una serie de puestos permanentes (4) y temporales (5), tal y como se menciona en el Anexo I (rev.) del informe de la Mesa; está dispuesto a aprobar los créditos para estas revalorizaciones si se le facilita una justificación más detallada antes de la primera lectura;

18.

Observa que ya se ha puesto en marcha la nueva política de formación; pide que el nuevo programa de formación incorpore la formación destinada a los asistentes de los diputados; decide adaptar en consecuencia los actuales comentarios de la partida 1612 («Perfeccionamiento profesional»); pide al Secretario General que organice, en cooperación con la Escuela Europea de Administración, cursos específicos de formación destinados a fomentar la movilidad laboral y la redistribución del personal, incluido un programa detallado de preparación del personal destinado a los nuevos puestos en las secretarías de las comisiones o de las delegaciones, de forma que sea plenamente operativo antes de asumir sus nuevas responsabilidades en la elaboración de informes o en el desarrollo de misiones;

19.

Pide al Secretario General que garantice el respeto de los principios del Parlamento en materia de igualdad de oportunidades, y respalda todos los esfuerzos del Secretario General en favor de las personas con discapacidad, especialmente en lo que se refiere a la elaboración de una serie de acciones positivas para la contratación y la integración de personas con discapacidad;

20.

Ha decidido, a la espera de que se presente más información sobre el incremento del artículo 300 («Gastos de misiones del personal»), consignar 1 132 065 euros del artículo 300 en el capítulo 100 («Créditos provisionales»);

Grupos políticos

21.

Toma nota de la solicitud de los grupos políticos de que se cree un puesto de LSA adicional para cada uno de ellos; está dispuesto a aprobar los créditos para estos puestos de LSA si se le facilita una justificación más detallada antes de la primera lectura;

22.

Señala que el número de revalorizaciones que proponen los grupos políticos es superior al de los últimos años; está dispuesto a aprobar los créditos para estas revalorizaciones si se le facilita una justificación más detallada antes de la primera lectura;

Asistencia e instalaciones puestas a disposición de los diputados

23.

Reconoce que la operación Raising the Game («Nuevas bazas para la Institución») ha puesto a disposición de los diputados una serie de servicios adecuados y pertinentes; espera, no obstante, que dichos servicios se consoliden y mejoren a fin de facilitar a los diputados y a sus asistentes unas herramientas prácticas y útiles que les permitan cumplir sus obligaciones con eficiencia; pide al Secretario General que evalúe el estado en que se encuentra la operación de inventariado, teniendo en cuenta los resultados del estudio sobre la calidad que se llevará a cabo en los próximos meses;

24.

Opina que las secretarías de las comisiones podrían hacer un mejor uso del personal especializado de la casa, en particular cuando se trata de la elaboración de informes parlamentarios importantes; considera que este apoyo facilitaría el trabajo de los ponentes, permitiría una mejor utilización de los recursos de que dispone el Parlamento y mejoraría las competencias de las instituciones, garantizando así el cumplimiento de uno de los principales objetivos de la operación Raising the Game («Nuevas bazas para la Institución»);

25.

Destaca la necesidad de que los diputados dispongan de las competencias necesarias para cumplir sus responsabilidades en la toma de decisiones legislativas;

26.

Observa el importante incremento que se ha producido en el artículo 320 («Adquisición de conocimientos técnicos»), que pasa de 5 644 200 euros a 7 500 000 euros; considera que este servicio no produce los resultados esperados, ya que, con frecuencia, los estudios están disponibles demasiado tarde; encarga al Secretario General que presente una evaluación del uso que se ha hecho de los documentos elaborados en las unidades políticas desde el 1 de enero de 2004; consigna 2 000 000 de euros en la reserva hasta que se disponga de los resultados de esta evaluación;

27.

Subraya la necesidad crucial de facilitar a todos los diputados una base sustancial de información, preparada con rigor científico, sobre todos los asuntos y cuestiones a los que se enfrentan en el desempeño de sus funciones, en particular cuando representan los intereses del Parlamento frente a las otras instituciones de la UE; recuerda a este respecto la necesidad de que dicha información sea facilitada a tiempo por un servicio de estudios; subraya que este servicio debería presentar la información de manera concisa pero exhaustiva, de modo que los diputados puedan tomar posiciones claras sobre cuestiones complejas; señala a este respecto que la citada información se necesita con urgencia en ámbitos como la seguridad y la defensa, en los que el Parlamento dispone de muy reducidos conocimientos técnicos;

28.

Lamenta que un importante número de diputados no tenga conocimiento de todos los diferentes servicios que ofrece la administración del Parlamento; pide al Secretario General que tome medidas inmediatas para solventar esta situación mediante unos instrumentos de información más sencillos;

29.

Pide al Secretario General que tome nota de las diferentes cuestiones planteadas por los diputados en relación con servicios básicos diarios como son el teléfono, los ordenadores, el Servicio Jurídico, el servicio de automóviles, la agencia de viajes, el servicio de restauración y otros, y que garantice la mejora general de dichos servicios;

30.

Está preocupado por el incremento del coste del servicio de automóviles, en particular a la vista del reembolso simultáneo de los servicios de taxi a los diputados; no está dispuesto, por consiguiente, a aprobar el incremento de 215 900 euros;

31.

Toma nota de que a finales de 2006 se instalará en la biblioteca del Parlamento el equipamiento más moderno, y espera que la biblioteca sea totalmente operativa antes de 2007;

32.

Está a favor de la aprobación de un estatuto de los asistentes de los diputados; insta al Consejo a que tome lo ante posible una decisión sobre la propuesta de la Comisión «Estatutos CE: Estatuto de los asistentes de los diputados al PE» (COM(1998) 0312), de manera que el Parlamento pueda tomar las medidas necesarias para que dicho estatuto pueda entrar en vigor a más tardar en 2009;

Política de información

33.

Reitera su posición de que el Parlamento debe disponer de una estrategia de información fuerte y efectiva, que rompa las barreras que existen entre el Parlamento y su electorado;

34.

Observa que se consignaron en la reserva 20 000 000 de euros que habían de ser utilizados en 2006 para poner en marcha tres grandes proyectos en materia de información, a saber, el canal de televisión en Internet del Parlamento, el Centro de Visitantes y las instalaciones audiovisuales; opina que se requiere más información sobre el importe que se ha utilizado realmente hasta la fecha, así como sobre el gasto previsto para estos proyectos para lo que resta de 2006; espera, además, que antes de la primera lectura del proyecto de presupuesto de 2007 estén disponibles todos los informes necesarios, incluido el relativo a la información sobre la organización, la estructura de costes y el control político del proyecto piloto de televisión en Internet; pide asimismo información adicional sobre estos proyectos, incluida la información enumerada en el informe del Secretario General a la Mesa; confirma que los créditos por valor de 25 000 000 de euros permanecen en el capítulo 104 («Reserva para la política de información y comunicación»); lamentando que la información se ofrezca con tanta demora, se muestra dispuesto a considerar de nuevo este gasto, sobre la base de la información adicional solicitada, en la primera lectura del proyecto de presupuesto 2007;

35.

Toma nota de los organigramas de las oficinas de información del Parlamento en todas las capitales europeas; considera que deberían evaluarse los resultados de estas oficinas atendiendo al criterio de suministro a los ciudadanos de una información de calidad óptima y a una relación coste/eficacia de un nivel realmente alto;

36.

Destaca que el programa de visitantes, al que se van a asignar 21 318 000 euros, es sumamente importante para las relaciones entre los diputados y los ciudadanos de sus circunscripciones;

37.

Manifiesta su decepción por los retrasos innecesarios e injustificables en el programa de visitantes (Partida 3244 «Organización y acogida de grupos de visitantes, Euroscola e invitaciones a multiplicadores de opinión de terceros países»); espera que se tomen medidas inmediatas para resolver todas las cuestiones pendientes, en particular las que están ocasionando la infrautilización de 5 000 000 de euros en esta partida en el presupuesto 2006; insta, por tanto, a la Mesa a que apruebe la propuesta de los Cuestores sobre la revisión de la reglamentación relativa a los grupos de visitantes, con el fin de ajustar su financiación a los costes reales y aumentar el número de visitantes; solicita a la Mesa que asegure la consignación de los créditos necesarios en el estado de previsiones de 2007, en primera lectura;

38.

Se felicita del aspecto más sencillo de la página web del Parlamento; considera, no obstante, que el acceso y la navegación por dicha página pueden mejorarse, en particular para el público que no es experto; pide que se pueda acceder más fácilmente a las actividades de las comisiones y las delegaciones parlamentarias; solicita que, para el 1 de septiembre de 2006, se presente un informe de evaluación sobre el funcionamiento y la aceptación del nuevo sitio web;

Edificios

39.

Destaca que la política de adquisición inmobiliaria y la práctica consistente en realizar pagos por anticipado para los edificios han tenido buenos resultados para la Institución;

40.

Observa que una serie de cuestiones esenciales relacionadas con la compra de los edificios WIC y SDM en Estrasburgo aún no se han aclarado o justificado adecuadamente; espera que, en caso de que se reanuden las negociaciones, el paquete acordado definitivamente resulte rentable para la Institución; decide, a la espera del resultado de estas negociaciones, no consignar 50 000 000 de euros en la partida 2003, y transferir este importe a una reserva para edificios que se creará en el Título 10 (Capítulo 105 («Créditos provisionales para edificios»); decide, por consiguiente, suprimir la partida 2009 («Crédito provisional destinado a las inversiones inmobiliarias de la institución»); los fondos consignados en la reserva se liberarán cuando se haya cumplido una serie de condiciones que todavía deben formularse; pide que los criterios para la liberación de los fondos de la reserva se acuerden con la comisión competente; espera que la Mesa le presente antes del 1 de septiembre de 2006 propuestas concretas sobre este asunto;

41.

Pide al Secretario General que celebre debates con la Comisión con vistas a la revisión de los acuerdos financieros sobre las «Casas de Europa», con objeto de fijar unos acuerdos financieros más eficientes y justos;

42.

Lamenta que no se hayan consignado todavía créditos en la nueva línea creada en el presupuesto 2006 para las oficinas de información (artículo 325); espera que la Administración trate esta cuestión en la primera lectura del proyecto de presupuesto 2007; insta a la Administración a que aplique procedimientos transparentes en las operaciones de adquisición de inmuebles;

TI y herramientas de telecomunicación

43.

Toma nota de la consignación de un total de 79 800 000 euros para los gastos relacionados con los servicios de tecnología de la información, desglosados como sigue:

49 800 000 euros para el mantenimiento y funcionamiento de los sistemas de TI y de comunicaciones existentes en el Parlamento;

22 400 000 euros para la modernización de la infraestructura y el desarrollo de nuevos sistemas de TI;

7 600 000 para las telecomunicaciones;

44.

Apoya la idea de hacer un mayor uso de las videoconferencias, y decide consignar 1 300 000 euros para este servicio en 2007; pide al Secretario General que facilite información sobre el valor añadido del gasto previsto para la instalación de infraestructuras de videoconferencias en las 31 oficinas de información del Parlamento, junto con información sobre los principales usuarios que se espera y los beneficios que se obtendrán mediante la utilización de este servicio;

45.

Toma nota de la existencia de dos centros informáticos (Bruselas y Luxemburgo); destaca que estos dos centros no sólo deberían ser complementarios, sino también organizarse de tal manera que, en caso de emergencia, estén lo suficientemente equipados para garantizar el funcionamiento de los principales programas informáticos utilizados en el Parlamento;

Seguridad y vigilancia de los edificios

46.

Toma nota de que se han consignado 35 321 916 euros en la partida 2026 («Seguridad y vigilancia de los inmuebles»), lo que representa un incremento del 9,9% con respecto al importe previsto en el presupuesto 2006, debido principalmente al aumento del número de edificios; opina que la ubicación del Parlamento en Bruselas es ventajosa en muchos aspectos para esta ciudad; pide al Secretario General que tome medidas para procurar que el Estado belga y las autoridades municipales del área de Bruselas desempeñen un papel más destacado a la hora de garantizar la seguridad de los diputados, el personal y las demás personas que trabajan en el Parlamento, así como en la vigilancia de la zona del Parlamento;

Multilingüismo

47.

Considera que el multilingüismo es una condición sine qua non para la Institución y sus diputados; reconoce, no obstante, el elevado coste de mantener un servicio de traducción e interpretación de esta índole; reconoce asimismo la dificultad de controlar el gasto correspondiente; pide al Secretario General que garantice el respeto del Código de multilingüismo por todas las partes interesadas, en particular a la hora de planificar las franjas para la celebración de reuniones; pide a la Conferencia de Presidentes que, antes de tomar una decisión sobre el programa de trabajo anual de las comisiones y delegaciones del Parlamento, tenga en cuenta la incidencia presupuestaria;

48.

Pide a la Mesa que se rija por la prudencia a la hora de adoptar una decisión sobre la introducción de lenguas de trabajo adicionales distintas de las lenguas oficiales, especialmente cuando ello suponga costes añadidos para el Parlamento;

49.

Toma nota del claro incremento de los créditos consignados en la partida 1402 («Intérpretes de conferencias»), así como del incremento de los créditos consignados en el artículo 142 («Prestaciones externas»); reconoce que parte del incremento se debe a la contratación de intérpretes externos, al problema logístico que plantea el hecho de que todas las reuniones se concentren en un período relativamente corto de tres días por semana y a la asignación de 4 700 000 euros a intérpretes y traductores externos debido a la adhesión de Bulgaria y Rumanía; considera, no obstante, que estos hechos no justifican del todo el incremento, y pide al Secretario General que presente información más pormenorizada sobre este gasto; ha decidido, a la espera de información más detallada sobre este importante incremento de los créditos de la partida 1402 («Intérpretes de conferencias»), consignar 2 000 000 de euros en la reserva del capítulo 100 («Créditos provisionales»);

Otras cuestiones

50.

Destaca la necesidad de mejorar la calidad, la disponibilidad y la eficiencia de los servicios ofrecidos por los prestadores externos; pide que se revisen los términos y las condiciones de los contratos en curso y que, en el ejercicio de inventario previsto para el 1 de septiembre de 2006, se pongan de manifiesto los cambios que pudieran resultar necesarios;

51.

Solicita al Secretario General que presente un informe de evaluación actualizado sobre el funcionamiento de los restaurantes y las cantinas en las tres sedes de trabajo del Parlamento;

52.

Pide al Secretario General que aplique estrictamente, por razones de salud y medioambientales, la decisión de la Mesa sobre el tabaco en los edificios del Parlamento;

53.

Considera que, en consonancia con su política constante de fomento de la salud por el deporte, es conveniente mejorar, en términos de calidad y de cantidad, las prestaciones que ofrece el Centro de deportes del Parlamento, teniendo en cuenta que dicho centro no ha evolucionando desde su creación a principios de los años noventa, aunque se ha duplicado el número de usuarios potenciales;

*

* *

54.

Aprueba en esta fase una dotación total de 1 377 700 000 euros para el estado de previsiones del Parlamento para el ejercicio 2007; se reserva, no obstante, su posición definitiva hasta la primera lectura del proyecto de presupuesto para 2007 por parte del Parlamento que se celebrará en otoño;

55.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y al Reino de Bélgica.


(1)  DO L 248 de 16.9. 2002, p. 1.

(2)  DO C 172 de 18.6.1999, p. 1. Acuerdo cuya última modificación la constituye la Decisión 2005/708/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 269 de 14.10.2005, p. 24).

(3)  «Textos Aprobados», P6_TA(2006)0090.

(4)  2 AST 2 en AST 3, 168 AST 3 en AST 4, 15 AST 4 en AST 5, 205 AST 5 en AST 6, 225 AST 6 en AST 7, 30 AST 7 en AST 8, 25 AST 8 en AST 9, 10 AST 10 en AST 11, 57 AD 5 en AD 6, 19 AD 7 en AD 8, 25 AD 12 en AD 13 y 2 AD 13 en AD 14.

(5)  1 AD 10 en AD 11, 1 AD 8 en AD9, 2 AST 7 en AST 8, 1 AST 5 en AST 6, 1 AD 8 en AD 10 y 1 AD 6 en AD 10.

P6_TA(2006)0242

Comercio y pobreza

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre el comercio y la pobreza: elaboración de políticas comerciales para maximizar la contribución del comercio a la reducción de la pobreza (2006/2031(INI))

El Parlamento Europeo,

Vistas sus Resoluciones, de 25 de octubre de 2001, sobre la apertura y la democracia en el comercio internacional (1), de 13 de diciembre de 2001, sobre la reunión de la OMC en Qatar (2), de 3 de septiembre de 2002, sobre el comercio y el desarrollo para la erradicación de la pobreza y la seguridad alimentaria (3), de 30 de enero de 2003, sobre el hambre en el mundo y la supresión de las barreras comerciales con los países más pobres del mundo (4), de 12 de febrero de 2003, sobre las negociaciones de la OMC en materia de comercio agrícola (5), de 15 de mayo de 2003, sobre el aumento de las capacidades en los países en desarrollo (6), de 3 de julio de 2003, sobre los preparativos de la quinta Conferencia Ministerial de la OMC (Cancún, México, del 10 al 14 de septiembre de 2003) (7), de 4 de septiembre de 2003, sobre la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo «Comercio y Desarrollo — Cómo ayudar a los países en desarrollo a beneficiarse del comercio» (8), de 25 de septiembre de 2003, sobre la Quinta Conferencia Ministerial de la OMC celebrada en Cancún (9), de 24 de febrero de 2005, sobre una acción contra el hambre y la pobreza (10), de 12 de mayo de 2005 sobre la evaluación de la Ronda de Doha tras la Decisión del Consejo General de la OMC de 1 de agosto de 2004 (11), de 6 de julio de 2005 sobre Llamamiento Mundial a la Acción: Que la Pobreza pase a la Historia (12), de 1 de diciembre de 2005, sobre los preparativos para la Sexta Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio en Hong Kong (13),

Vistas su Posición, de 9 de marzo de 2005, sobre la propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la aplicación de un sistema de preferencias arancelarias generalizadas (14) y su Posición, de 1 de diciembre de 2005, sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la adjudicación obligatoria de licencias a patentes para la fabricación de productos farmacéuticos destinados a la exportación a países con problemas de salud pública (15),

Visto el Reglamento (CE) no 980/2005 del Consejo, de 27 de junio de 2005, relativo a la aplicación de un sistema de preferencias arancelarias generalizadas (16),

Vistas las Comunicaciones de la Comisión «Acelerar el avance para cumplir los Objetivos de Desarrollo del Milenio — La contribución de la Unión Europea» (COM(2005) 0132), «Acelerar el avance para cumplir los Objetivos de Desarrollo del Milenio — Financiación para el Desarrollo y Eficacia de la Ayuda» (COM(2005) 0133) y «Coherencia de las Políticas en favor del Desarrollo — Acelerar el avance para cumplir los Objetivos de Desarrollo del Milenio» (COM(2005) 0134),

Vistas las Declaraciones Finales de las Conferencias Parlamentarias de la OMC de 12 y 15 de diciembre de 2005 y de 24 a 26 de noviembre de 2004,

Vista la Declaración Ministerial de la Sexta Conferencia Ministerial de la OMC, aprobada el 18 de diciembre de 2005 en Hong Kong,

Vista la Decisión aprobada por el Consejo General de la OMC el 1 de agosto de 2004,

Vista la Declaración Ministerial de la Cuarta Conferencia Ministerial de la OMC, aprobada el 14 de noviembre de 2001 en Doha,

Visto el informe Sutherland sobre el futuro de la OMC,

Vista la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas, de 8 de septiembre de 2000, en la que se fijan los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) como criterios acordados conjuntamente por la comunidad internacional para la eliminación de la pobreza,

Visto el informe de 2005 sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio, de las Naciones Unidas (NU),

Visto el Documento Final de la Cumbre Mundial 2005 de las NU,

Visto el informe del Grupo de Acción sobre el Proyecto del Milenio de las NU dirigido por el Profesor Jeffrey Sachs titulado «Invirtiendo en el desarrollo: un plan práctico para conseguir los Objetivos de Desarrollo del Milenio»,

Vistas las Resoluciones de la Asamblea General de las NU A/RES/46/121, A/RES/47/134, A/RES/49/179, A/RES/47/196 y A/RES/50/107,

Vista la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, adoptada en 1979 por la Asamblea General de las NU, así como el correspondiente Protocolo Facultativo,

Visto el Comunicado, publicado el 8 de julio de 2005 por el Grupo de los Ocho (G8) en Gleneagles,

Visto el Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (Unctad) sobre los países menos adelantados de 2002, titulado «Escapar de la trampa de la pobreza»,

Visto el Informe económico sobre África 2004 de la Comisión Económica para África de las NU, titulado «Desarrollo del potencial de África en la economía mundial»,

Vista la constitución del «Quinteto contra el Hambre» en la Cumbre Mundial para la Acción contra el Hambre, que, en enero de 2005, llevó al Llamamiento Mundial a la Acción contra la Pobreza por parte del Presidente Luiz Inácio Lula da Silva de Brasil, en el Foro Social Mundial,

Vista la Declaración de Nueva York sobre una acción contra el hambre y la pobreza, de 20 de septiembre de 2004, firmada por 111 gobiernos nacionales, incluidos los de todos los Estados miembros de la Unión,

Visto el compromiso de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación de 1996 de reducir a la mitad el número de personas subnutridas para el año 2015,

Visto el artículo 45 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Comercio Internacional y las opiniones de la Comisión de Desarrollo y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A6-0179/2006),

A.

Recordando que la lucha contra la miseria constituye una prioridad absoluta,

B.

Considerando que la relación entre el comercio, por un lado, y el desarrollo y la erradicación de la pobreza, por otro, es sumamente compleja y depende de circunstancias concretas que a menudo tienen que ver con diversos y numerosos factores, como por ejemplo la envergadura del mercado nacional, los recursos naturales, las distancias y las condiciones físicas, pero sobre todo con el hecho de si la interacción de las políticas nacionales con el comercio exterior es adecuada o no,

C.

Considerando que el comercio es un instrumento para el desarrollo y la erradicación de la pobreza, pero que más de mil millones de seres humanos en todo el mundo, concentrados fundamentalmente en los países menos adelantados, y que más de mil millones de seres humanos en todo el mundo siguen luchando por la supervivencia en condiciones de extrema pobreza, con menos de un dólar estadounidense por día, y que entre mil quinientos y tres mil millones de personas más viven por debajo del umbral de pobreza, con menos de dos dólares estadounidenses diarios; el crecimiento económico de China e India ha provocado un drástico descenso del número de pobres, de manera que el porcentaje de personas sumidas en la pobreza extrema (ingresos inferiores a un dólar estadounidense al día) se ha reducido a casi la mitad desde 1981, pasando del 40 al 21% de la población mundial,

D.

Considerando que la erradicación de la pobreza requiere una participación democrática y cambios en las estructuras económicas a fin de asegurar una distribución más equitativa de la riqueza,

E.

Considerando que la pobreza se define como «una condición humana que se caracteriza por la privación continua o crónica de los recursos, las capacidades, las opciones, la seguridad y el poder necesarios para beneficiarse de un nivel de vida adecuado y de otros derechos civiles, culturales, económicos, políticos y sociales»,

F.

Considerando que el producto interior bruto (PIB) per cápita en todos los países en desarrollo ha aumentado en un 30 % en los últimos veinticinco años pero que la diferencia entre la renta per cápita de los países más pobres y de los más ricos se ha más que duplicado en el mismo período,

G.

Considerando que los elevados índices de crecimiento demográfico de los países en desarrollo provocan que los índices de crecimiento económico sean en muchos casos insuficientes para lograr aumentos de PIB per cápita que supongan un serio revés para la pobreza en muchos de los países menos adelantados (PMA),

H.

Considerando que la paz ciudadana es condición necesaria para una óptima correlación comerciopobreza y que una buena gobernanza ‐lo que incluye una buena gestión de los ingresos procedentes de los recursos naturales‐ es fundamental para la paz ciudadana; considerando que una especialización exportadora en determinados productos, en particular diamantes, petróleo, madera y cultivos de estupefacientes, se asocia a un mayor riesgo de conflictos; considerando que un 60 % de los PMA han sufrido, en los últimos quince años, conflictos civiles de intensidades y duraciones variables que, en la mayoría de los casos, estallaron tras un período de estancamiento y regresión económica de consecuencias negativas a largo plazo para el crecimiento económico nacional y regional,

I.

Considerando que la parte de los países más pobres en el comercio mundial ha decrecido en la última década, mientras que ha aumentado su dependencia en relación con productos de bajo valor añadido y fuertes oscilaciones de precios,

J.

Considerando la necesidad de un sistema comercial multilateral justo que contribuya a erradicar la pobreza, procurar al pleno empleo, reforzar la democracia y promover un desarrollo sostenible; que este sistema se ha de basar en unas normas equilibradas y bien definidas, indispensables para una mejor inserción de los países más pobres en el comercio internacional, para garantizar su diversificación económica, responder a los desafíos de la mundialización y asegurar el reparto equitativo de sus ventajas,

K.

Considerando que los países denominados «en desarrollo» forman un conjunto de Estados cuya situación socioeconómica, estructuras de producción y capacidad de exportación difieren profundamente; que en un entorno liberalizado, la capacidad de los países en desarrollo para conquistar mercados a escala mundial queda desviada en beneficio de las potencias emergentes y en detrimento de los países más frágiles, en particular los del África subsahariana,

L.

Considerando que la política comercial europea respecto de terceros países opta por un planteamiento diferenciado de los intercambios a través del sistema de las preferencias comerciales, lo que permite a los países más pobres acogerse a condiciones de exportación específicas y ventajosas (derechos de aduana inferiores a lo normal, contingentes de exportaciones con derechos nulos o reducidos, etc.);

M.

Considerando que, según un informe del Banco Mundial, el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo «Recursos mundiales 2005: La riqueza de los pobres: Manejo de los ecosistemas para combatir la pobreza» tres cuartas partes de la población mundial viven en zonas rurales y dependen exclusivamente de su medio ambiente para subsistir,

N.

Considerando que la agricultura da empleo y medio de vida a más del 60 % de la mano de obra de los PMA, si bien también constituye el sector más distorsionado; considerando que el acceso a los mercados de los productos agrícolas es uno de los aspectos clave para la reducción de la pobreza,

O.

Considerando que el acceso a los recursos naturales, como el agua, la tierra y la energía, y a los servicios básicos, como la atención sanitaria y la educación, así como a productos esenciales, como los medicamentos, es difícil para los pobres,

P.

Considerando que durante los últimos 30 años, el hambre crónica y el trabajo infantil han disminuido a la mitad en los países en desarrollo, la esperanza de vida ha aumentado de 46 a 64 años y la mortalidad de lactantes ha disminuido de un 18 a un 8 %; considerando que en la actualidad el 70 % de la población de los países en desarrollo tiene acceso a agua potable en comparación con el 45 % en 1980,

Q.

Considerando que las vidas y los medios de vida de buena parte de ciudadanos de la mayoría de los PMA no están directamente vinculados a la economía internacional y que es más que probable que un crecimiento generado por las exportaciones pueda desembocar en un «capitalismo de enclave» en los países exportadores de productos manufacturados, minerales y petróleo, lo que resulta especialmente patente en los PMA exportadores de productos agrícolas donde, cada día, los beneficios del comercio de materias primas y productos agrícolas disminuyen para los productores y aumentan para los minoristas; considerando que el crecimiento económico requiere no solo un aumento de las exportaciones sino también una expansión global, en el conjunto de la economía, de las oportunidades de obtención de ingresos, en particular el refuerzo de los vínculos de desarrollo entre las actividades agrícolas y las no agrícolas,

R.

Considerando que para intentar rivalizar con los precios de los mercados agrícolas mundiales, los países más pobres del planeta procuran concentrar su producción en un número reducido de productos destinados exclusivamente a la exportación; que al desarrollo de monocultivos que provoca esta política se añaden el abandono de los cultivos tradicionales necesarios para la alimentación de la población local y una dependencia creciente respecto de las importaciones de productos de base y de las fluctuaciones incontrolables de los mercados mundiales,

S.

Considerando que, según un estudio basado en datos del Banco Mundial, del Fondo Monetario Internacional (FMI) y de las Naciones Unidas, la liberalización del comercio ha costado al África subsahariana 272 000 millones a lo largo de los últimos 20 años; considerando que la pobreza generalizada acentúa la tendencia hacia el estancamiento económico y que muchos países de la región están acometiendo ambiciosas reformas económicas a fin de salir de esa pobreza; considerando que los conocimientos y la ayuda de la comunidad internacional son fundamentales en ese sentido,

T.

Considerando que la realización de los ODM y la lucha contra la pobreza en el mundo requerirán un entorno comercial en el que los países en desarrollo gocen de un acceso real al mercado de los países desarrollados, prácticas comerciales más equitativas, reglas más enérgicas y respetadas en materia de protección del medio ambiente y de los derechos sociales, la anulación efectiva de la deuda no sostenible y que todos los donantes incrementen, no especialmente el importe, sino la eficacia de su ayuda, asociándola con programas de reconstrucción de las estructuras económicas y sociales y mejora de la gobernanza democrática,

U.

Considerando que el aumento del volumen de exportaciones de los países pobres es una condición necesaria, aunque no suficiente, para su desarrollo; que aunque contribuye al aumento de riqueza producida, no garantiza automáticamente la mejora de las condiciones sociales en las que vive la población local que trabaja en el sector productivo,

V.

Considerando que el comercio exterior puede constituir un instrumento importante de desarrollo económico y social cuando los países puedan proteger sus mercados en la fase inicial y abrirlos gradualmente en la fase siguiente, cuando dispongan de un marco institucional sólido y de normas sociales y ambientales claras; considerando que los PMA africanos se han liberalizado más y más rápido que los asiáticos y que son estos últimos los que, en general, han funcionado mejor en cuanto a reducción de la pobreza se refiere y han tenido también más éxito en el desarrollo de exportaciones de productos manufacturados más orientadas hacia los mercados, en parte mediante vínculos regionales en los ámbitos de comercio e inversiones y gracias a un marco institucional sólido,

W.

Considerando que el comercio exterior constituye un instrumento importante de desarrollo económico y social; que estudios realizados sobre la base de las informaciones del Fondo Monetario Internacional, el Banco Mundial y las NU, entre otras fuentes, muestran una relación directa entre la libertad económica de los países y su prosperidad,

X.

Considerando que la liberalización reduce o elimina las distorsiones existentes y que supone un incentivo para el aumento de la inversión, la transferencia de tecnologías y —gracias a una mayor competencia— la eficacia económica; considerando que la eliminación de las barreras comerciales puede suponer un gran incentivo para que los países en desarrollo reorienten su producción para sacar partido de su situación más ventajosa en cuanto a costes laborales reducidos y posesión de recursos naturales,

Y.

Considerando que el comercio exterior puede ser una oportunidad para reducir la pobreza, a condición de que las políticas comerciales se apliquen escrupulosamente en paralelo a otras políticas complementarias nacionales e internacionales,

Z.

Considerando que en el período 1999-2001 las importaciones y las exportaciones de bienes y servicios supusieron, como promedio, el 51% del PIB de los PMA, es decir, un porcentaje mayor que el de los países de la OCDE de ingresos elevados (43 % para el mismo período); considerando, no obstante, que, para ser sostenibles, los beneficios del comercio internacional deben ir acompañados de inversiones en capital humano, físico, social e institucional, y complementados por el espíritu de empresa, la innovación y el progreso tecnológico, que dependen de la aportación continuada, eficaz y efectiva de ayudas internacionales y de la disminución de las obligaciones vinculadas al servicio de la deuda,

AA.

Considerando que la incorporación de los países en desarrollo, y en particular de los países menos adelantados, al comercio mundial constituye uno de los objetivos principales de la Agenda del Desarrollo de Doha,

BB.

Considerando que la promoción de un comercio libre y justo con unas normas ambientales y sociales en el marco del sistema comercial multilateral, la integración equitativa de los países en desarrollo en el sistema comercial mundial y la mejora del funcionamiento de la OMC deben figurar entre los objetivos y responsabilidades importantes de la política comercial de la UE, que constituye el mayor bloque comercial del mundo y el socio comercial más importante de los países en desarrollo,

CC.

Considerando que según los últimos informes de la Comisión, casi el 70 % de las barreras mundiales arancelarias y no arancelarias, en términos de volumen, corresponden al comercio entre países en desarrollo,

DD.

Considerando que los países en desarrollo acordaron en Marrakech iniciar negociaciones sobre los servicios, a condición de que se les concediera una flexibilidad total en lo concerniente a la inclusión de cualquier sector de servicios en las negociaciones o a su exclusión de las mismas,

EE.

Considerando que los países industrializados poseen el 90 % de todas las patentes, y que, en el caso de los medicamentos, esto va unido con frecuencia a la dificultad de afrontar problemas de salud pública,

FF.

Considerando que un aumento del comercio de servicios entre países desarrollados y países en desarrollo permite una importante transferencia de conocimientos, que puede incluso mejorar el acceso a los servicios básicos, las comunicaciones y un sector bancario y de seguros eficaz,

GG.

Considerando que el 70 % de los 1 300 millones de personas que viven en la pobreza son mujeres; que en todo el mundo se deniegan a la mujer las necesarias oportunidades para mejorar su condición económica y social, como el derecho a la propiedad o a la herencia y el acceso a la enseñanza o al empleo, mientras que, simultáneamente, la mujer ha de asumir la responsabilidad adicional de cuidar de los hijos y del hogar,

HH.

Considerando que, en la mayoría de los países, las mujeres no tienen el mismo acceso que los hombres a la enseñanza, la formación, los créditos, la tecnología y la información, que son necesarios para que puedan beneficiarse de las nuevas oportunidades económicas creadas por la expansión del comercio internacional,

II.

Considerando que el impacto que tienen para la mujer las políticas de expansión del comercio depende de la posición que ella ocupe en su economía local, regional y nacional, así como de su función en la reproducción social del bienestar familiar y los servicios asistenciales; que el empleo femenino sigue siendo la clave de la independencia económica y tiene un incidencia profunda en la posición de la mujer en el conjunto de la sociedad,

JJ.

Considerando que, en muchos países en desarrollo, las mujeres pertenecientes a las capas inferiores de la sociedad obtienen sus ingresos principalmente de la agricultura a pequeña escala o trabajando en la industria textil o de la confección orientada hacia la exportación,

KK.

Considerando que, cuando la mujer tiene mayor influencia en la utilización de los ingresos familiares, invierte proporcionalmente más en la enseñanza para los hijos, en asistencia sanitaria y alimentación, lo cual redunda en beneficio de la lucha contra la pobreza,

LL.

Considerando que la creación de riqueza es indispensable para el progreso social y que la UE es el mayor exportador y el segundo mayor importador del mundo y que su influencia, en el seno de la OMC a través de sus acuerdos bilaterales y regionales, determina los contornos de la política y de las normas de comercio internacional,

1.

Advierte de que el fracaso en el objetivo de erradicar la pobreza acarrearía para el mundo costes enormes en términos de sufrimiento humano, inestabilidad, conflictos, situaciones de urgencia recurrentes, delincuencia internacional, narcotráfico, estancamiento económico, migración clandestina y muertes prematuras;

2.

Considera que el comercio puede ayudar a crear oportunidades concretas para los países en desarrollo, y en particular para los menos desarrollados, pero solo podrá conducir a la erradicación de la pobreza y a la consecución de desarrollo si va acompañado de políticas nacionales de calidad;

3.

Reconoce que el principio de la libre circulación de bienes y servicios puede constituir un medio eficaz para ayudar a los países pobres a desarrollarse, siempre que sus problemas e intereses se tengan específicamente en cuenta;

4.

Pide a la Comisión que considere como una prioridad en sus objetivos en el plano internacional la aplicación de las normas de comercio y del derecho al desarrollo, en particular las normas sociales y ambientales, con el fin de contribuir a la erradicación de las causas profundas de la pobreza;

5.

Pide una evaluación completa del impacto de las políticas comerciales actuales sobre el medio ambiente, sobre sectores sensibles como la silvicultura y la pesca, y sobre la pobreza en los países en desarrollo y en la UE y de los costes adicionales que los derechos aduaneros y los obstáculos comerciales de la actual política comercial europea suponen para los consumidores europeos, así como de los obstáculos al desarrollo que éstos representan para las personas pobres de los países en desarrollo del mundo;

6.

Reitera que el comercio justo puede ser un instrumento eficaz para reducir la pobreza; considera, no obstante, que las medidas de lucha contra la pobreza requieren, por encima de todo, la consecución de los ocho ODM de las NU se debería considerar tarea principal en las negociaciones en curso sobre el sistema de comercio mundial y los Acuerdos de Asociación Económica;

7.

Insta a los países en desarrollo a que integren el comercio en sus políticas nacionales de desarrollo y de reducción de la pobreza; considera, no obstante, que las medidas relativas al comercio se han de concebir de manera que no afecten a las estrategias de desarrollo interior y de reducción de la pobreza adoptadas por los países en desarrollo;

8.

Subraya la Comunicación de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) de diciembre de 2005 en la que resalta el papel potencial de la microfinanza en la lucha contra la pobreza y la servidumbre por deudas, y como instrumento que contribuye a eliminar el trabajo infantil gracias al aumento de los ingresos familiares; pide que se lleven a cabo estudios para evaluar la eficacia y el verdadero potencial de la microfinanciación;

9.

Manifiesta su firme convicción de que el comercio, combinado con la ayuda y la exoneración de la deuda, es esencial para alcanzar los Objetivos del Milenio de aquí a 2015; recuerda, no obstante, que la ayuda pública al desarrollo necesitará fondos considerables de aquí a 2015 para concretar esta ambición común; pide que se estudien y se instauren nuevos mecanismos de financiación sostenible para que sea posible alcanzar estos objetivos;

10.

Acoge con satisfacción el anuncio hecho por el Presidente de la Comisión, en octubre de 2005, de que intervendrá en favor de las víctimas de la mundialización en la Unión Europea, creando programas específicos; considera que dichos programas deberían ir acompañados de un refuerzo de las normas sociales y ambientales en la UE y del control de los productos importados y de los servicios prestados en la UE;

11.

Acoge favorablemente el acuerdo alcanzado en la citada Cumbre del G8, sobre un plan financiero y económico global para apoyar el progreso en África, donde se concentra la mayor parte de la pobreza extrema, y, en particular, la decisión de condonar totalmente la deuda restante de los países pobres muy endeudados con el FMI, el Banco Mundial y el Fondo Africano de Desarrollo, como medio para cumplir los ODM; destaca que esta iniciativa debe hacerse extensiva a cuantos países en desarrollo hayan demostrado de hecho que trabajan por reducir la corrupción, aumentar la transparencia y utilizar los recursos que se liberan por la cancelación de la deuda en campañas de reducción de la pobreza;

12.

Acoge con satisfacción que, en su declaración de 9 de febrero de 2006 en Mauricio, Peter Mandelson, Miembro de la Comisión, manifestara su intención de diferenciar a los países pobres en función de su nivel de desarrollo y de conservar un sistema de preferencias arancelarias que tenga en cuenta estas disparidades;

13.

Acoge con satisfacción el carácter asimétrico de las relaciones comerciales entre la Unión Europea y los países pobres en beneficio de estos últimos; estima que este tipo de relaciones tiene que servir de base para la regulación de los intercambios a escala mundial; pide a la Comisión que preconice en la OMC el establecimiento de varios coeficientes distintos para calcular la disminución de los derechos de aduana en función de la situación de los grupos de países de que se trate;

14.

Pide a la Comisión que defienda una política arancelaria coherente que permita una política comercial diferenciada, de conformidad con las expectativas de los países más frágiles; la exhorta, en esta perspectiva, a mantener un nivel razonable de protección aduanera general, con el fin de preservar las ventajas comparativas inherentes al sistema de preferencias generalizadas (SPG) de que son beneficiarios estos países y que les permiten conseguir los recursos necesarios para modernizar sus estructuras de producción;

15.

Recuerda el compromiso asumido por la UE en el marco del Acuerdo de Asociación de Cotonú de fomentar el desarrollo sostenible y la erradicación de la pobreza en el grupo de Estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP); considera que la UE, como actor comercial importante en el seno de las instituciones multilaterales, podría contribuir al refuerzo de la posición de los países en desarrollo configurando una política más coherente y global, de conformidad con el artículo 178 del Tratado CE; subraya, no obstante, la importante aportación de otros donantes internacionales;

16.

Subraya la importancia de aliviar la deuda condonando progresivamente la deuda de los PMA cuyos gobiernos respeten los derechos humanos y el principio de buena gobernanza y den prioridad a la erradicación de la pobreza y al desarrollo económico;

17.

Pide a la UE que lidere el desarrollo y la asistencia a la implantación de planes para poner fin a la carga de la deuda, con objeto de poder alcanzar los ODM;

18.

Observa que, según la Unctad, en 2004, los 50 PMA (más de un tercio de los países ACP) representaban más del 11% de la población mundial (742 millones) y sólo el 0,6% del PIB mundial;

19.

Considera que es sumamente importante tomar en consideración el derecho de los ciudadanos de los países pobres al desarrollo, y no sólo los intereses de los regímenes de dichos países y que los países pobres deben decidir y dirigir sus propias estrategias de desarrollo y políticas económicas; considera que el derecho a la industrialización forma parte del derecho al desarrollo y que, por consiguiente, todo país, y especialmente los países en desarrollo en los que el desarrollo de la industria se encuentra en una fase temprana, tiene derecho a regular su industria, con objeto de luchar contra el dumping social o medioambiental; considera que, no obstante, esto no debe inducir a estos países al incumplimiento unilateral de sus obligaciones en virtud de los tratados y acuerdos internacionales;

20.

Toma nota de los recientes estudios elaborados por la Unctad y otras instituciones, que muestran que la liberalización generalizada del comercio en los PMA no se ha traducido suficientemente en una reducción continuada y significativa de la pobreza y ha contribuido al deterioro del comercio en los países en desarrollo, especialmente en los países africanos; advierte de las consecuencias de una supresión total de los derechos de aduana para estos países y subraya el derecho de dichos países a determinar por sí mismos el ritmo de apertura de sus mercados en todos los sectores;

21.

Considera que durante la Sexta Conferencia Ministerial de la OMC se realizaron algunos progresos en relación con los productos especiales y el mecanismo de salvaguardia especial, y el trato especial y diferenciado, y que se tuvieron en cuenta las preocupaciones de los países en desarrollo acerca de los efectos de la liberalización del comercio y la reciprocidad, pero subraya que todavía queda mucho por hacer en este ámbito; subraya que el trato especial y diferenciado debe reflejarse plenamente en las negociaciones sobre las modalidades de reducción arancelaria en el comercio con bienes agrícolas e industriales, para dar a los países en desarrollo más pobres un plazo suficiente para consolidar sus esfuerzos de industrialización;

22.

Pide a los gobiernos de los países en desarrollo que formulen y lleven a cabo estrategias nacionales de desarrollo en las que se integre el comercio para fomentar eficazmente la reducción de la pobreza; observa que dichos esfuerzos deben recibir el apoyo de los socios internacionales en materia de desarrollo, mediante la concesión de asistencia técnica y financiera, con objeto de desarrollar capacidades tanto públicas como privadas;

23.

Pide a los PMA que apoyen una transición económica paulatina en la que el crecimiento económico sostenido se base cada vez más en la movilización de los recursos nacionales, las inversiones directas extranjeras (IDE) y los recursos procedentes de los mercados financieros y que garantice que las importaciones se ven cada vez en mayor medida compensadas por las exportaciones, en lugar de sufragarse mediante las ayudas financieras; observa que la forma más factible de conseguirlo es combinando la ayuda internacional, la reducción de la carga de la deuda, las preferencias comerciales y las medidas para facilitar las IDE y la transferencia de tecnología, para fomentar el desarrollo y la reducción de la pobreza;

24.

Pide a los gobiernos de los países en desarrollo y, en particular, de los PMA que exportan productos agrícolas, que tomen medidas para contrarrestar los efectos de la creciente presión demográfica sobre el empobrecimiento del medio ambiente y de la tierra, allí donde el tamaño de las explotaciones y la rentabilidad sean demasiado escasos para la manutención familiar, mediante el desarrollo de productos no agrícolas exportables que requieran empleo intensivo de mano de obra y cambios tecnológicos en actividades orientadas a la subsistencia; observa que esto podría combinarse con medidas para contrarrestar el problema del «crecimiento de enclave» mediante el desarrollo de infraestructuras relacionadas con el comercio, como los transportes internos y las comunicaciones, el aumento de la integración del mercado nacional y el desarrollo de nuevas exportaciones, incluidos los productos manufacturados y el turismo;

25.

Subraya que la Unión Europea debe participar en mayor medida en iniciativas relativas a la responsabilidad social de las empresas, para llegar a un concepto de normas vinculantes que estipulen la responsabilidad de las empresas de la Unión Europea que comercian y fabrican en terceros países, de conformidad con los derechos humanos y las normas de la OIT;

26.

Pide a la Unión Europea que incluya en particular las consecuencias del comercio de desechos en su evaluación del impacto de la sostenibilidad, con objeto de poder elaborar normas contra los desechos perjudiciales;

27.

Considera necesario desarrollar las relaciones comerciales entre los países en desarrollo, desarrollar la dimensión interregional «Sur-Sur», crear mercados locales y aumentar el acceso de la población a los bienes y los servicios y, en particular, asegurar el acceso a los servicios de interés general como el suministro de agua potable, la salud, la energía, el transporte y la formación mediante programas públicos de inversiones en la línea de los ODM;

28.

Considera que la falta de integración económica y las elevadas barreras arancelarias y no arancelarias existentes en el comercio entre los países en desarrollo son elementos que frenan todos los factores potenciales de desarrollo en estos países; considera que una mayor apertura del comercio entre los países del sur produciría beneficios para los países en desarrollo; señala, sin embargo, que los PMA podrían quedar marginados en el comercio Sur-Sur y, por consiguiente, alienta las IDE regionales, la transferencia de tecnología y la financiación más barata de los países en desarrollo más avanzados para los PMA y las relaciones triangulares con países desarrollados, así como la inclusión de disposiciones especiales en los acuerdos regionales; señala la importancia que reviste crear mercados regionales; considera que los países más avanzados deberían dar buen ejemplo suprimiendo los obstáculos al comercio para fomentar el comercio entre los países pobres;

29.

Acoge con satisfacción que la Unión Europea haya puesto en marcha la iniciativa «Todo menos armas» gracias a la cual los países menos adelantados pueden exportar la totalidad de su producción al mercado europeo sin derechos de aduana ni cuotas; insta a todos los países desarrollados y a todos los países en desarrollo avanzados a que sigan este modelo; se congratula por el acuerdo a que se ha llegado a estos efectos en las últimas negociaciones de la OMC en Hong Kong; lamenta, no obstante, que siga existiendo la posibilidad de mantener restricciones para productos de gran importancia para los PMA;

30.

Advierte contra el riesgo objetivo de distorsión fraudulenta de la iniciativa «Todo menos armas» a través de formas irregulares de comercio triangular que contribuyen a perturbar peligrosamente el equilibrio de los mercados y el carácter remunerador de los precios, sin ganancia real para la población local de los países pobres que trabaja en el sector productivo;

31.

Insta a la Comisión a que acompañe la apertura de los mercados con mecanismos adecuados de regulación de los intercambios para evitar este peligro; sugiere, al respecto, que la iniciativa «Todo menos armas» se complete con una cláusula de salvaguardia que fije el volumen máximo de exportación de los países interesados en función de su capacidad real de producción; pide además a la Comisión que proceda rápidamente a mejorar sustancialmente la calidad de los instrumentos de control de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen;

32.

Pide a la Comisión que actúe para lograr una mayor transparencia en las negociaciones comerciales internacionales y que tome nota de las preocupaciones de los países en desarrollo que carecen de la capacidad para llevar a cabo múltiples negociaciones comerciales simultáneamente, y le pide que mantenga e incremente su asistencia técnica a dichos países para que puedan mejorar su competencia y eficacia en las negociaciones comerciales;

33.

Considera que las políticas comerciales adecuadas, acordadas multilateralmente, son esenciales para reducir la pobreza y que las opciones políticas fundamentales para reducir la pobreza pueden agruparse en tres ámbitos principales:

el acceso al mercado y las normas para reequilibrar las ayudas nacionales y a las exportaciones;

el reconocimiento, la «operatividad» y la aplicación de un trato especial y diferenciado (TED) y flexibilidad para el desarrollo;

la integración de la dimensión de desarrollo en un abanico más amplio de políticas que no sean «instrumentos habituales de comercio»;

34.

Subraya la importancia de los programas de asistencia técnica y de refuerzo de las capacidades dotados de financiación sostenible, en particular para ayudar a los países en desarrollo a formular sus intereses comerciales y a entablar negociaciones comerciales; se congratula, al respecto, por la mejora de la organización y por la creciente confianza de los países en desarrollo, en particular de los PMA;

35.

Subraya la importancia de consolidar las capacidades comerciales con objeto de reforzar la capacidad de los países ACP para determinar sus necesidades y estrategias, para negociar y apoyar la integración regional y para contribuir a este proceso, en particular con miras a la diversificación y al apoyo de la integración regional y a preparar la liberalización reforzando las capacidades de producción, suministro y comercialización, y compensando los costes de adaptación y aumentando su capacidad para atraer las inversiones, protegiendo al mismo tiempo las industrias nacientes locales;

36.

Acoge con satisfacción la ampliación del ámbito de aplicación del programa «asistencia al comercio», que no se ha restringido a los PMA, sino que se ha extendido a otros países en desarrollo; lamenta, no obstante, que esta asistencia acordada previamente se haya supeditado ahora a concesiones comerciales adicionales por parte de los países beneficiarios; insiste en que esta ayuda debe financiarse con dinero nuevo y no implicar un desplazamiento de recursos ya asignados para otras iniciativas de desarrollo, como los ODM;

37.

Insta a la Comisión a que inicie un programa específico para ayudar a los países del África subsahariana en ámbitos como el acceso al agua, el acceso a los medicamentos, los servicios públicos y la agricultura y la transferencia de conocimientos por distintos medios, incluido un aumento del comercio de servicios;

38.

Acoge favorablemente la nueva estrategia de desarrollo para África de la Comisión, que rebasa la tradicional ayuda humanitaria y persigue la reconstrucción de las estructuras económicas y sociales, y pide a la Comisión y los Estados miembros que colaboren estrechamente con miras a su puesta en práctica;

39.

Subraya la importancia de la asistencia técnica adecuada para la ayuda a los países en desarrollo; subraya también la necesidad de animar a las economías débiles y vulnerables a que integren el comercio en sus políticas nacionales de desarrollo y en las estrategias de reducción de la pobreza;

40.

Pide una mayor flexibilidad en los períodos de transición concedidos a los países en desarrollo cuando asumen compromisos en el marco de acuerdos regionales en el ámbito del GATT;

41.

Constata que la agricultura sigue siendo la principal fuente de ingresos y de empleo en la mayoría de los países en desarrollo, en especial para los más pobres; subraya, por consiguiente, la importancia de la oferta de la UE de suprimir hasta 2013 su sistema de subvenciones a las exportaciones e insiste en la necesidad de que otros miembros de la OMC actúen paralelamente; pide a la UE que continúe abogando por el abandono de otras formas, a veces disfrazadas, de apoyo a la exportación, como créditos a la exportación, ayuda alimentaria, empresas estatales, etc., con el fin de corregir los actuales desequilibrios comerciales entre el Norte y el Sur y hacer que la agricultura de los países pobres sea más rentable;

42.

Acoge favorablemente la decisión de suprimir las subvenciones a la exportación en el sector agrícola para 2013 y vuelve a pedir que se realicen progresos significativos en la ejecución de las decisiones adoptadas; insta sin embargo a la Comisión, dado que las subvenciones a la exportación suponen únicamente un 3,5% del apoyo total de la UE a la agricultura, a que prosiga las conversaciones para ultimar las modalidades que permitirán reducir las subvenciones agrícolas nacionales y los aranceles en todos los países industrializados;

43.

Subraya la importancia de productos agrícolas como el azúcar, los plátanos y el algodón para los países en desarrollo; pide a la Unión Europea que ofrezca a los países en desarrollo la ayuda necesaria para reformar su sector del azúcar; lamenta que no se haya encontrado en Hong Kong una solución eficaz al problema del algodón;

44.

Recuerda que la conservación de la biodiversidad es un factor clave para la preservación de la naturaleza y la lucha contra las enfermedades de plantas y animales, y que, por ello, un enfoque cautelar de la cuestión de los organismos modificados genéticamente (OMG), y el libre uso de semillas y técnicas agrícolas tradicionales por los países o regiones es una opción legítima;

45.

Pide a la Comisión que asegure una mayor coherencia entre su política comercial y su política de cooperación para proporcionar asistencia específica al desarrollo de las capacidades comerciales con objeto de garantizar que las exportaciones e importaciones aumentan y se mantienen equilibradas para evitar que en el futuro vuelva a producirse una crisis originada por la deuda, y que ayude a los Gobiernos de los países en desarrollo

a mantener y desarrollar servicios públicos capaces de prestar remedio a los enormes flagelos asociados a la pobreza, como las epidemias, el analfabetismo, la carencia de agua potable y la inexistencia de tratamiento de las aguas residuales;

a favorecer las condiciones necesarias para la creación de riqueza, como el acceso a la energía y el desarrollo de infraestructuras, en particular las tecnologías de la información y la comunicación;

46.

Considera que es necesario distinguir entre los servicios comerciales y los servicios públicos; insiste en la necesidad de mantener los servicios públicos fuera del marco del AGCS, en particular los que contribuyen a proporcionar acceso a bienes públicos esenciales como la salud, la educación, el agua potable y la energía, y a los que desempeñan un papel prominente en la identidad cultural, como los servicios audiovisuales;

47.

Subraya la importancia, también para los países en desarrollo, de fomentar el acceso al mercado para los proveedores de servicios, salvaguardando a la vez la capacidad de todos los miembros de la OMC de regular sus propios sectores de servicios de conformidad con el AGCS, incluyendo la posibilidad de exceptuar a sectores básicos como la salud, la educación y los servicios audiovisuales; lamenta que hasta la fecha no se haya establecido ningún marco específico para los servicios en el marco de las negociaciones de la OMC, en particular en sectores de interés para las posibilidades de exportación de los países en desarrollo; pide que se realice un progreso sustancial en este ámbito;

48.

Pide a la Comisión que garantice flexibilidad total en el ámbito de los servicios y que conceda a cada país la libertad de incluir cualquier servicio en la lista de servicios que se han de liberalizar, o de excluirlo de la misma;

49.

Pide a la Comisión que aplique una política comercial relativa a los servicios que fomente la circulación de las personas físicas en los países en desarrollo y contribuya al fomento de aquellos servicios que puedan impulsar el desarrollo y contribuir a la reducción de la pobreza;

50.

Subraya la necesidad de dejar a los países en desarrollo más pobres un margen en cuanto al grado de reciprocidad en la apertura de los intercambios, con el fin de proteger a los más vulnerables al permitirles decidir por sí mismos el ritmo de su liberalización;

51.

Subraya la necesidad de disponer de medicamentos abordables para los países en desarrollo, teniendo en cuenta al mismo tiempo las preocupaciones de los productores;

52.

Subraya que la pobreza afecta especialmente a las mujeres («la feminización de la pobreza») y hace hincapié en la necesidad de revisar el impacto de género de las políticas comerciales para configurar políticas que pongan fin y contrarresten los efectos de marginalización, como son la concentración de la propiedad de la tierra en manos de los hombres, la migración de los hombres a las zonas urbanas y el aumento de la pobreza rural, la destrucción de los mercados locales, la concentración de los empleos de las mujeres, mal pagados y poco cualificados, en la fabricación de productos de exportación, etc., creando incentivos y medidas de discriminación positiva para su aplicación por los gobiernos y las empresas de propiedad europea;

53.

Pide un análisis sistemático de la dimensión de género en la expansión del comercio que examine las diferentes tendencias y tenga en cuenta la complejidad de las cuestiones y los factores implicados, como el acceso de la mujer a los recursos económicos y técnicos, su participación en el mercado laboral, los índices y modelos de discriminación y de segregación en el mercado de trabajo, el acceso de la mujer a la enseñanza y su nivel de formación, así como su acceso a la asistencia sanitaria y a los recursos socioculturales;

54.

Constata que la mujer se beneficia proporcionalmente menos de las posibilidades ofrecidas por la liberalización y mundialización del comercio, mientras que padece antes las consecuencias negativas, por lo que aboga en favor de que la Unión, en sus programas de asistencia al comercio, preste especial atención a la ampliación de las oportunidades de la mujer para participar en el comercio internacional;

55.

Constata que, en las negociaciones comerciales bilaterales o multilaterales que lleva a cabo en nombre de los Estados miembros, la Comisión no analiza apenas o en absoluto el impacto de género de los futuros acuerdos comerciales, y pide a la Comisión que efectúe sistemáticamente un análisis de esta dimensión en lo que concierne al impacto de las propuestas europeas en las negociaciones comerciales, tanto a nivel macroeconómico como microeconómico;

56.

Pide a los organismos económicos internacionales y a la Comisión que elaboren medidas y programas para fomentar la función de la mujer en la vida económica de los países en desarrollo, concretamente mediante el impulso del espíritu empresarial a través de la enseñanza y la concesión de asistencia financiera, incluidos los microcréditos;

57.

Considera que el desarrollo social es una piedra angular de la política comercial y pide a las correspondientes organizaciones internacionales y a los gobiernos que eliminen todas las formas de discriminación, incluidos las disparidades y los obstáculos por motivos de género, así como la discriminación salarial, que reconozcan el derecho a un período retribuido de permiso de maternidad y que establezcan un salario mínimo; pide que se incluyan en el proceso de consulta a las organizaciones que representan a la mujer trabajadora;

58.

Apela a la responsabilidad social de los agentes del comercio internacional, y pide a las instituciones competentes que adopten medidas específicas para garantizar a las personas que se encuentran en entornos desfavorecidos un acceso equitativo a los sistemas de salud, a una vivienda digna, al agua, la justicia, la educación, la formación, el aprendizaje permanente, el deporte y la cultura, para evitar que estas personas abandonen prematuramente la escuela y para facilitarles una transición suave de la escuela al mercado de trabajo;

59.

Considera que los acuerdos comerciales han de respetar los convenios internacionales vigentes en materia de derechos humanos y derechos de la mujer, sostenibilidad ecológica, derecho al desarrollo y erradicación de la pobreza;

60.

Recuerda que un comercio internacional al servicio del desarrollo y de la reducción de la pobreza también contribuye al progreso social y a un trabajo digno; que las reglas comerciales no deben vulnerar las normas sociales establecidas por la OIT; que la lucha contra todas las formas de explotación en el trabajo (prohibición del trabajo forzado y del trabajo infantil en particular), así como el respeto de las libertades sindicales son esenciales para organizar un sistema comercial equitativo en interés de todos; reafirma la necesidad de examinar la interacción entre el comercio y las cuestiones sociales;

61.

Pide a la Comisión que en las futuras negociaciones sobre la apertura ulterior de los mercados se tengan en cuenta criterios no comerciales con el fin de que el incremento de los intercambios no se haga en detrimento de las condiciones de trabajo de la población local; pide asimismo a los miembros de la OIT que lleguen a un acuerdo sobre reglas comunes para los países en desarrollo, cuyo carácter y calendario de aplicación específicos se definirán en concertación con estos últimos;

62.

Insiste en la necesidad de que la OMC respete las decisiones de la OIT en este ámbito; sugiere que, en este contexto, cuando la OIT decida sanciones, los Estados tengan la posibilidad de recurrir a instrumentos comerciales como la aplicación de las cláusulas de salvaguardia, la reevaluación temporal de los aranceles aduaneros o incluso medidas antidumping;

63.

Insiste en que la reducción de la pobreza y la promoción del desarrollo sostenible deben constituir uno de los objetivos fundamentales de las negociaciones de los Acuerdos de Asociación Económica;

64.

Destaca la importancia de mantener y reforzar los marcos comerciales multilaterales; recuerda que en el seno de la OMC, como foro encargado de diseñar un sistema para el comercio internacional basado en normas justas, debe insistirse especialmente en el aumento de las capacidades de negociación de los países en desarrollo, con el fin de permitirles representar mejor sus intereses comerciales e integrarlos en la economía global;

65.

Reitera su solicitud de que se lleve a cabo con urgencia una reforma profunda de la OMC que se traduzca en una mayor responsabilidad democrática, una mayor transparencia y una mayor credibilidad, para que se integre más eficazmente en el marco general de la gobernanza mundial; pide mayor coordinación y coherencia entre las diferentes instituciones internacionales en el ámbito del comercio, el desarrollo y su financiación, incluidas las organizaciones de las NU encargadas del desarrollo humano, la salud, el trabajo y el medio ambiente, al servicio de los ODM, y con el fin de consolidar los esfuerzos para eliminar la pobreza y ofrecer oportunidades a todos;

66.

Pide que el Parlamento, representante legítimo de los ciudadanos de la Unión Europea, participe en los acuerdos de comercio internacional;

67.

Señala que la lucha contra la pobreza está estrechamente asociada con la protección de los derechos humanos, el establecimiento de instituciones democráticas y la gobernanza democrática;

68.

Acoge favorablemente la declaración hecha el 14 de septiembre de 2005 en Nueva York, con ocasión de la Cumbre de las NU sobre los ODM, en la que se propone que se reflexione sobre la aplicación de contribuciones internacionales de solidaridad, la lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria, lo que permitiría a la comunidad internacional mantener las promesas hechas a los más desfavorecidos y contribuir a la redistribución equitativa de las nuevas riquezas producidas por la mundialización;

69.

Considera que no sólo el comercio, sino en especial el desarrollo económico y la inversión en las pequeñas y medianas empresas que suministran bienes y servicios, pueden repercutir en el aumento de la riqueza en el futuro; pide en particular al Banco Europeo de Inversiones que desarrolle más programas destinados a estos objetivos;

70.

Subraya la importancia de apoyar a los PMA en la tarea de reducir la carga administrativa con el fin de estimular el espíritu empresarial a escala nacional y encontrar mercados fuera de las fronteras, en particular mediante la participación de las comunidades locales, los parlamentos y la sociedad civil de los países en desarrollo en proceso de democratización;

71.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.


(1)  DO C 112 E de 9.5.2002, p. 326.

(2)  DO C 177 E de 25.7.2002, p. 290.

(3)  DO C 272 E de 13.11.2003, p. 277.

(4)  DO C 39 E de 13.2.2004, p. 79.

(5)  DO C 43 E de 19.2.2004, p. 248.

(6)  DO C 67 E de 17.3.2004, p. 255.

(7)  DO C 74 E de 24.3.2004, p. 861.

(8)  DO C 76 E de 25.3.2004, p. 435.

(9)  DO C 77 E de 26.3.2004, p. 393.

(10)  DO C 304 E de 1.12.2005, p. 277.

(11)  DO C 92 E de 20.4.2006, p. 397.

(12)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0289.

(13)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0461.

(14)  DO C 320 E de 15.12.2005, p. 145.

(15)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0454.

(16)  DO L 169 de 30.6.2005, p. 1.

P6_TA(2006)0243

Eficiencia energética

Resolución del Parlamento Europeo sobre el Libro Verde sobre la eficiencia energética o cómo hacer más con menos (2005/2210(INI))

El Parlamento Europeo,

Visto el Libro Verde de la Comisión sobre la eficiencia energética o cómo hacer más con menos (COM(2005) 0265),

Vista la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2002, relativa a la eficiencia energética de los edificios (1),

Vista la Directiva 2004/8/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, relativa al fomento de la cogeneración sobre la base de la demanda de calor útil en el mercado interior de la energía (2) («Directiva de cogeneración»),

Vista la Directiva 2005/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 2005, por la que se instaura un marco para el establecimiento de requisitos de diseño ecológico aplicables a los productos que utilizan energía (3),

Vista la Directiva 2006/32/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2006 sobre la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos (4),

Vista la Directiva 92/75/CEE del Consejo, de 22 de septiembre de 1992, relativa a la indicación del consumo de energía y de otros recursos de los aparatos domésticos, por medio del etiquetado y de una información uniforme sobre los productos (5),

Vista la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo, presentada por la Comisión, relativa al Séptimo Programa Marco de la Comunidad Europea de Acciones de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Demostración (2007 a 2013) (COM(2005) 0119) («Séptimo Programa Marco»),

Vista su Resolución, de 14 de marzo de 2001, sobre la comunicación de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social y al Comité de las Regiones — Plan de acción para mejorar la eficacia energética en la Comunidad Europea (6),

Vista su Resolución, de 6 de julio de 2000, sobre el Segundo informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo sobre el estado de la liberalización de los mercados de la energía (7),

Visto el artículo 45 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y las opiniones de la Comisión de Asuntos Económicos y Monetarios, de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria y de la Comisión de Transportes y Turismo (A6-0160/2006),

A.

Considerando que la eficiencia energética constituye la relación entre el suministro y el uso de energía,

B.

Considerando que, históricamente, ha existido un vínculo entre el consumo de energía y el crecimiento económico, y que los progresos en materia de eficiencia energética traen consigo una desvinculación en la correlación positiva entre el consumo de energía y la producción económica, mejorando, por consiguiente, la intensidad energética de la economía,

C.

Considerando que la conservación de la energía puede resultar de las mejoras en eficiencia energética,

D.

Considerando que la eficiencia energética es la respuesta más general, rápida y barata a los retos que plantean la seguridad energética, los precios crecientes y volátiles de la energía y las consideraciones medioambientales,

E.

Considerando que, en la UE, el consumo de energía ha aumentado anualmente una media de un 1% y que la intensidad energética se ha reducido en una tercera parte durante los últimos 35 años, pero que esta tasa ha conocido recientemente una brusca caída,

F.

Considerando que la Comisión ha calculado que la UE podría ahorrar un 20 % de sus actuales usos energéticos de una forma rentable sobre la base de estudios realizados sin tener en cuenta los elevados precios de la energía que se experimentan en la actualidad y que seguirán experimentándose en el futuro,

G.

Considerando que las reducciones en intensidad energética no implican una reducción en el crecimiento del PIB,

H.

Considerando que la eficiencia energética contribuye de forma significativa a aumentar la competitividad y el empleo en la UE y al logro de los objetivos de Lisboa,

I.

Considerando que el consumo bruto de energía estimado asciende en los edificios al 27 %, en el transporte al 20 % y en la industria al 18% del consumo total,

J.

Considerando que el uso final de la energía en la UE de 25 Estados miembros en 2004 se desglosaba en un 28 % en el sector industrial, un 31% en el transporte y un 41% en edificios,

K.

Considerando que las pérdidas de transmisión y distribución de energía eléctrica ascienden como promedio al 10-12%, dependiendo el porcentaje exacto de la distancia entre el proveedor y el consumidor, mientras que las pérdidas por transmisión y distribución de energía calorífica son más variables y dependen no sólo de la distancia sino también del tipo de aislamiento térmico,

L.

Considerando que un sistema armonizado y no burocrático de evaluación comparativa («benchmarking») a escala de la UE puede representar un instrumento útil para medir los avances en la eficiencia energética,

M.

Considerando que hay en vigor diversos textos legislativos relativos a la eficiencia energética y que otro debe transponerse en el plazo de un año, y considerando que los primeros planes nacionales de acción sobre eficiencia energética de los Estados miembros deben presentarse el 1 de junio de 2007,

N.

Considerando que la correcta transposición de las directivas existentes contribuiría significativamente a mejorar la eficiencia energética, reduciendo así la intensidad energética de nuestra economía de un modo económicamente rentable,

O.

Considerando además que el cálculo de la rentabilidad debe abarcar los costes derivados de la falta de medidas y de los beneficios económicos derivados de unas medidas adoptadas a tiempo y de la innovación, así como del aprendizaje tecnológico que reducirá los costes de mitigación,

P.

Considerando que no hay una directiva marco para la eficiencia energética en el transporte,

Q.

Considerando que en el nuevo acuerdo sobre el marco financiero se ha reducido considerablemente el presupuesto para la investigación y el desarrollo,

R.

Considerando que, aunque existen a disposición de los consumidores aparatos y tecnologías eficientes desde el punto de vista energético, como lámparas, interruptores sensibles al movimiento, bombas de calor, sistemas de medición inteligentes por control remoto y limitadores de calderas de gas, así como servicios energéticos, la penetración en el mercado de tales bienes y servicios no es aún importante, cuando, precisamente, la Estrategia de Lisboa apuesta decididamente por fomentar la creación de actividad empresarial sobre tecnologías limpias como posible nuevo yacimiento de empleo,

S.

Considerando que debe establecerse una política ambiciosa de eficiencia energética para colmar la brecha existente entre las posibilidades técnicas y el aprovechamiento efectivo,

T.

Considerando que las responsabilidades del sector industrial de contribuir a mejorar la eficiencia energética y a reducir las emisiones de CO2 deben examinarse en el contexto del apoyo a la producción con eficiencia elevada y normas estrictas sobre emisiones, así como el desarrollo de tecnologías innovadoras,

U.

Considerando que muchos consumidores piensan que carecen de la suficiente información sobre consumo eficiente y el coste real de la energía, pero estarían dispuestos a modificar sus hábitos en tal sentido si se ofrecen diversas opciones en cuestión de tarifas y si estuvieran informados debidamente a través de un amplio sistema de etiquetado sobre eficiencia energética de aparatos y vehículos,

V.

Considerando que la UE debe convertirse para 2020 en la economía mundial más sostenible y más eficiente en términos de energía,

W.

Considerando que, en materia de eficiencia energética, se requiere una estrecha cooperación en los niveles europeo, nacional, local y regional, así como de todas las partes interesadas y de los expertos independientes,

1.

Insta a los Estados miembros a aplicar plenamente las directivas europeas en materia de eficiencia energética, en particular las relativas a la eficiencia energética de los edificios, el fomento de la cogeneración, la liberalización de los mercados de la energía y la eficiencia del uso final de la energía y los servicios energéticos;

2.

Pide a la Comisión que se asegure de que los Estados miembros aplican toda la legislación existente en la UE en el sector de la energía; sugiere acelerar los procedimientos de infracción para las instituciones con el fin de aumentar la credibilidad en la aplicación de la legislación comunitaria;

3.

Recuerda que si todos los Estados miembros aplicaran la legislación comunitaria existente, se habría logrado ya el 50 % del objetivo de ahorrar el 20 % de la energía para 2020;

4.

Pide a la Comisión que proporcione una información clara y accesible sobre la situación en que se encuentra la aplicación de las directivas de la UE sobre energía, y le solicita que elabore actualizaciones mensuales que se publiquen en la página web de la Dirección General de Energía y Transportes de la Comisión;

5.

Pide a la Comisión que analice la interacción que existe entre las diversas disposiciones legislativas (por ejemplo, directivas sobre comercio de emisiones, grandes instalaciones de combustión, prevención y control integrados de la contaminación, producción combinada de calor y electricidad, etc.) a la hora de fomentar la eficiencia energética y su impacto en los sectores incluidos;

6.

Pide a la Comisión que actúe sobre la base de las directivas existentes con arreglo al procedimiento de comitología siempre que ello sea posible; señala a este respecto la obligación de la comisión de adoptar, en el marco de la Directiva 2005/32/CE, las llamadas medidas de aplicación hasta mayo de 2007 para los grupos de productos que presentan un elevado potencial de reducción rentable de las emisiones de gases de efecto invernadero;

7.

Espera con interés el Plan de acción para mejorar la eficacia energética en la Comunidad Europea, propuesto por la Comisión, y velará, en particular, por su coherencia con la legislación anterior;

8.

Insta a la Comisión a que presente en el Plan de Acción Europeo sobre la Eficiencia Energética diversos escenarios de eficiencia energética para establecer, en particular, las repercusiones en el consumo de energía, en la combinación de fuentes de energía y en la reducción del CO2;

9.

Subraya que el precio del petróleo, sobre el que se basa el objetivo de ahorro de energía del 20 % propuesto en el Libro Verde, es, actualmente significativamente superior, lo que se traduce en un aumento importante en términos de coste/eficacia de las medidas de eficiencia energética; pide, por tanto, a la Comisión que aumente en consecuencia el objetivo de ahorro;

10.

Insta a la Comisión a que proponga en el Plan de Acción sobre la Eficiencia Energética acciones concretas a los niveles europeo y nacional;

11.

Pide a la Comisión que presente un enfoque coherente para la seguridad del abastecimiento energético, para el incremento de la eficiencia energética y para el fomento de las energías renovables; considera que los distintos ámbitos políticos tienen que complementarse en relación con este tema; señala que al consumidor a menudo no le resulta posible reconocer el objetivo perseguido en las numerosas iniciativas, reglamentaciones y proyectos que existen a escala de la UE;

12.

Considera que es fundamental realizar mayores inversiones en fuentes de energía renovables y en tecnologías que potencian el ahorro de energía, dado que son instrumentos clave para reducir la demanda energética, luchar contra el cambio climático y garantizar el suministro de energía, y que la UE podría también conseguir grandes beneficios de la exportación de dichas tecnologías a países que, debido al aumento exponencial previsto en cuanto a su consumo de energía, estarán obligados a invertir sumas considerables en tecnologías medioambientales; pide, por consiguiente, que el Séptimo Programa Marco garantice recursos financieros sustanciales en favor de dichas tecnologías;

13.

Pide a la Comisión que, con el máximo grado de concertación con los Estados miembros y el Parlamento Europeo y con la participación de expertos de los ámbitos científico y económico, establezca objetivos ambiciosos pero realistas para mejorar al menos en un 20 % la eficiencia energética para 2020 y que considere la posibilidad de establecer objetivos individuales para los diversos sectores, teniendo en cuenta las circunstancias nacionales y los progresos realizados con anterioridad por los Estados miembros, así como su capacidad de adaptación a la legislación inminente o a la legislación ya en vigor pero todavía pendiente de aplicación;

14.

Destaca que el objetivo de reducción del 9% en nueve años fijado en la Directiva 2006/32/CE no podrá constituir sino un objetivo mínimo; destaca igualmente que el objetivo de ahorro de cada país es claramente superior al 1 % anual, a pesar de las diferentes situaciones; considera necesario, habida cuenta de que es previsible que el consumo de energía continúe aumentando, que el ahorro de energía sea mayor;

15.

Expresa el deseo de que la Comisión evalúe sus propuestas para debate desde el punto de vista de sus repercusiones sobre los más desfavorecidos socialmente; toma nota de que ciertas propuestas en materia fiscal, en particular, les pueden suponer una carga desproporcionada;

16.

Subraya que los Estados miembros deben adoptar planes de acción nacionales de eficiencia energética basados en objetivos anuales ambiciosos y realistas con carácter vinculante; pide a los Estados miembros que proporcionen una financiación adecuada a las agencias y los programas de ejecución a escala nacional y local;

17.

Propone que la Comisión lleve a cabo una evaluación del impacto del coste administrativo de la introducción de un sistema de control de los avances de la eficiencia energética; considera que el principio de rentabilidad debería aplicarse en todas las iniciativas relativas a la eficiencia energética y teniendo en cuenta los costes económicos del calentamiento planetario y de la inseguridad energética, dado que la eficiencia energética es importante a la hora de reducir las emisiones de CO2 y de mejorar la seguridad del suministro;

18.

Recomienda que la Comisión evalúe sistemáticamente los beneficios previstos y que clasifique las medidas propuestas por orden de preferencia, dando prioridad a aquellas áreas e iniciativas en que los resultados principales vayan a ser inmediatos, dando así ejemplo a los Estados miembros y a sus ciudadanos; considera, en consecuencia, que esto debiera también reflejarse en los programas de acción nacionales;

19.

Considera que las agencias locales de la energía y el medio ambiente deben recibir apoyo financiero a través de la creación de un fondo para la eficiencia energética, entre otros medios, orientado particularmente a los proyectos y los programas extendidos en su territorio; considera necesario asimismo promover y difundir la figura profesional del «mediador», o sea, de expertos que dispongan de un amplio conocimiento de las temáticas energéticas y de las tecnologías correspondientes, de contactos numerosos en los sectores pertinentes y de capacidad para ejercer de intermediarios entre la administración pública y los inversores del sector;

20.

Opina que debe considerarse la participación de los niveles local y regional desde el momento de establecer los Fondos de Cohesión y los Fondos Estructurales; cree asimismo que estos niveles deben tenerse particularmente en cuenta en los programas de apoyo de la UE, en especial en la integración del programa sobre energía inteligente para Europa en el programa marco de competitividad e innovación;

21.

Pide a la Comisión que examine la aceptación por parte del consumidor de las medidas de eficiencia energética y que centre sus esfuerzos únicamente en aquellas medidas que puedan ofrecer éxitos manifiestos lo más rápidamente posible;

22.

Pide que se examinen todas las medidas que deban aplicarse desde la perspectiva de sus repercusiones en las pequeñas y medianas empresas (PYME) y su competitividad; hace hincapié en la importancia del papel desempeñado por las PYME a la hora de aprovechar las oportunidades de mejorar la eficiencia energética en el sector industrial; es consciente de que las PYME podrían tener problemas para aplicar las medidas de eficiencia energética requeridas por la legislación comunitaria; pide a la Comisión que conceda una atención particular a esta cuestión y ofrezca asistencia al respecto, siempre que sea técnicamente posible y económicamente viable, a través, no sólo de ayudas comunitarias, sino fomentando el acceso de las PYME a la información y al intercambio sobre mejores tecnologías y prácticas disponibles;

23.

Constata la necesidad de respaldar los esfuerzos de mejora de la eficiencia energética a través de fondos públicos; considera que las ayudas públicas solo debieran autorizarse en los casos imprescindibles, en particular en la fase inicial de las acciones, tras lo cual debieran ser retiradas y sustituidas por los mecanismos de mercado;

24.

Considera que los Estados miembros pueden tener dificultad a la hora de proporcionar la financiación para aplicar una serie de medidas rentables en el ámbito de la eficiencia energética debido a los costes iniciales de tales medidas, en especial en el sector de la vivienda; pide a la Comisión, por tanto, que vele por que se proporcione una financiación estructural adecuada para la vivienda a partir del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y como una medida mínima para garantizar que los Estados miembros pueden utilizar hasta del 10% de los fondos totales del FEDER en mejorar la eficiencia energética en la vivienda;

25.

Sigue considerando que la plena liberalización de los mercados de la energía es fundamental para mejorar la competitividad, el nivel de precios de la energía, la seguridad de del suministro y la eficiencia energética, por lo que pide a la Comisión que haga un seguimiento y promueva más intensamente la implantación del proceso de liberalización en los Estados miembros, pero apoya la creación de un marco más equilibrado en lo que respecta al fomento de las inversiones destinadas a mejorar la innovación y la competitividad; observa que en este marco ha de mejorarse la capacidad normativa de los Estados miembros y de la UE;

26.

Considera que los incentivos económicos y los instrumentos de financiación son de crucial importancia para estimular nuevas inversiones en nuevos productos y servicios energéticos; opina que el propósito de los incentivos financieros debería, por tanto, determinarse con precisión y claridad, teniendo en cuenta, entre otros elementos, la competitividad de los productos y servicios europeos;

27.

Solicita a la Comisión que favorezca un entorno legislativo que sirva para apoyar y fomentar plenamente la capacidad máxima de instalaciones de cogeneración de alto rendimiento, en especial para usos industriales, así como la microcogeneración para las PYME, y pide a los Estados miembros que apliquen la Directiva relativa a la cogeneración para reflejar un planteamiento realista y económicamente viable y evitar el establecimiento de barreras a este tipo de inversión; pide además a los Estados miembros que aprovechen al máximo, y amplíen, la aplicación de la tecnología existente (incluida la trigeneración) que explota la energía que actualmente se malgasta en la producción industrial y energética;

28.

Insta a los Estados miembros a que apliquen íntegramente la Directiva de cogeneración con el fin de lograr el enorme ahorro de energía que puede proporcionar la cogeneración, y pide una iniciativa europea de cogeneración para complementar la Directiva con objeto de garantizar unos resultados claros y visibles en los próximos años; cree que el fomento de la cogeneración debe integrarse en todos ámbitos políticos pertinentes de la UE, tales como el medio ambiente, la investigación, la educación, la competencia, la industria, el comercio, y la política regional;

29.

Considera que las medidas fiscales pueden ser eficaces como incentivo y también como elemento disuasorio y deberían utilizarse como instrumento para favorecer la eficiencia energética y para acelerar la introducción de las soluciones de ahorro energético; destaca que también debe observarse en el sistema fiscal el principio de que «quien contamina, paga»;

30.

Considera que la fiscalidad desempeña un papel importante en el fomento de la eficiencia energética; está convencido de que es necesario realizar esfuerzos para garantizar que los sistemas fiscales nacionales de los Estados miembros favorezcan las prácticas de eficiencia energética;

31.

Considera que los bancos multilaterales y las instituciones públicas financieras deberían crear un fondo de eficiencia energética que concediera fondos para proyectos de eficiencia energética; opina que se deberían incluir objetivos de energía también en otras políticas sectoriales, en particular, en la política fiscal, en la política de transporte y en la política de cohesión; considera, asimismo, que deben proponerse regímenes de financiación innovadores e instrumentos contractuales, como los microcréditos y las asociaciones temporales entre empresas privadas y municipios, con el fin de que participen activamente los interlocutores y los responsables políticos locales;

32.

Considera, en base a las experiencias positivas con electrodomésticos, que es necesario estudiar la posibilidad de ampliar el etiquetado de eficiencia energética, o cualquier otra fórmula de información al consumidor, también a otros productos;

33.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que alienten a las autoridades locales a introducir todas las posibles innovaciones en el ámbito del aprovechamiento eficiente de los recursos energéticos, incluido el desarrollo de la obtención de energía a partir de fuentes alternativas mediante la aplicación de rebajas fiscales y un mayor apoyo financiero por parte de la UE;

34.

Considera que debería haber incentivos para mejorar la infraestructura y las interconexiones, con el fin de reducir las pérdidas durante la transmisión y la distribución; opina que los puntos de producción deberían distribuirse racionalmente en los territorios nacionales situándolos lo más cerca posible de los lugares en que se consume la energía; observa que las fuentes de energía renovables son particularmente aptas para la producción descentralizada;

35.

Toma nota de que la transmisión y la distribución de electricidad son responsables de la pérdida de hasta el 10% de la electricidad producida; llama la atención sobre el hecho de que, en algunos Estados miembros, estas pérdidas representan más del 20 % de la electricidad producida; pide a los Estados miembros que intervengan urgentemente para minimizar las pérdidas en las redes de transmisión y distribución de electricidad;

36.

Insta a los Estados miembros a que apliquen con la mayor brevedad la Directiva 2002/91/CE; pide a la Comisión que evalúe rápidamente su impacto en el consumo de energía y en la economía, y que, si los resultados son positivos, analice la posibilidad de ampliar, de manera progresiva, el ámbito de aplicación de la Directiva para incluir todos los edificios, en especial para garantizar que a todos los edificios residenciales existentes con una superficie inferior a 1 000 m2 se les aplica asimismo la obligación de adaptar las normas de rendimiento energético de sus componentes (por ejemplo, aislamiento de los tejados, ventanas) a las nuevas normas actuales de construcción cuando se esté llevando a cabo la renovación del componente, tomando como base iniciativas similares ya adoptadas en los Estados miembros;

37.

Solicita a la Comisión que, de cara a la próxima revisión de la Directiva 2002/91/CE, incida más en el fomento del uso de las fuentes de iluminación, refrigeración y calefacción pasivas o naturales, así como que se plantee la extensión del ámbito de la Directiva a infraestructuras y espacios urbanos que no sean necesariamente edificios;

38.

Destaca la importancia considerable de los planes de acción nacionales sobre eficiencia energética y la necesidad de darlos a conocer al gran público, para hacer también posible la influencia de la sociedad, las organizaciones no gubernamentales, las esferas económicas y las esferas políticas en las fases de elaboración y seguimiento;

39.

Pide una iniciativa europea sobre edificios que coordine la modernización de las normas relativas al rendimiento energético para nuevos edificios y establezca incentivos destinados a acelerar la renovación de los edificios existentes; considera que se debería prestar una atención particular a la calefacción y la refrigeración pasivas; cree asimismo que, para maximizar la eficiencia económica, la iniciativa debe coordinar también las actividades de los arquitectos, promotores inmobiliarios, propietarios, políticos locales y debe incluir la formación de los gestores de la construcción;

40.

Subraya la necesidad de ampliar el campo de aplicación de la Directiva 2002/91/CE con el fin de incluir las medidas sustanciales de renovación de edificios de todos los tamaños y prever una financiación adecuada para acelerar la renovación de los bloques de edificios dotados del mayor potencial de ahorro; considera que, en su caso, estos proyectos deberían combinarse con la renovación de los sistemas de calefacción urbana que abastecen a dichos edificios, a la vez que observa que los sistemas de calefacción urbana no son viables por debajo de una densidad de población crítica;

41.

Opina que la reforma y modernización de los sistemas de calefacción urbana así como la cogeneración deberían apoyarse decididamente a través de objetivos claros y de incentivos;

42.

Pide que los edificios de las instituciones europeas respeten las normas más severas en el ámbito de la eficiencia energética de manera que tales edificios se conviertan en centros de la innovación;

43.

Considera que los Estados miembros deben desempeñar un papel ejemplar en la aplicación de medidas de eficiencia energética obligatorias en el sector público, por ejemplo, adquiriendo vehículos eficientes al renovar el parque móvil del transporte público y aplicando normas de eficiencia al efectuar reformas importantes en edificios, incluyendo, por ejemplo, criterios de eficiencia energética en los contratos de obras públicas; se felicita, al respecto, por la introducción de planes de acción nacionales para mejorar la eficiencia energética;

44.

Considera que estos planes de acción deben crear, en la medida de lo posible, unas condiciones marco que sean rentables, coherentes y compatibles con las reglas del mercado, sometidas a una evaluación del impacto; cree asimismo que los planes de acción deben ser además coherentes con el papel asignado a cada agente dentro de la estructura del mercado de la energía;

45.

Acoge con satisfacción las asociaciones del sector público y privado porque pueden dar resultados importantes; observa que, teniendo el objetivo común de mejorar el rendimiento energético en la UE, el efecto combinado de la unión de fuerzas entre los sectores público y privado es mayor que la suma de esfuerzos individuales (por ejemplo en las campañas de información y difusión de buenas prácticas);

46.

Solicita a la Comisión que promueva la creación de un mercado libre de servicios energéticos con el mismo tratamiento y la misma transparencia para todos los operadores, lo que podría llevar a las empresas energéticas a desarrollar actividades comerciales alternativas en el sector de la eficiencia energética e inducirles a contribuir a reducir considerablemente el consumo;

47.

Insta a las instituciones de la UE a dar un ejemplo positivo limitando las emisiones de gases de efecto invernadero en sus diversas actividades, mediante un aumento de la eficiencia energética en los edificios de oficinas y en todos los equipos utilizados, los desplazamientos con medios de transporte de baja emisión de carbono, etc.; señala que deberían hacerse esfuerzos especiales en los desplazamientos de los diputados al Parlamento Europeo, lo que implica una reconsideración de las múltiples sedes del Parlamento Europeo, unos vehículos de baja emisión de carbono para el Servicio de Conductores, etc.;

48.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que, entre los criterios de selección de los contratos públicos, incluyan unos elevados niveles de eficiencia y ahorro energético;

49.

Señala que las empresas de servicios energéticos, mediante contratos que fomentan el ahorro de energía, pueden ofrecer los servicios requeridos para las reformas de edificios en materia de mejora de la eficiencia energética sin necesidad de inversiones iniciales por parte del contratista;

50.

Considera que, en el contexto de la revisión de las directrices comunitarias sobre ayudas estatales destinadas a la protección del medio ambiente, deben adoptarse medidas para fomentar más la inversión en medidas de eficiencia energética;

51.

Señala que los fondos de política regional de la UE podrían también utilizarse para financiar proyectos interregionales que prevean la transferencia de conocimientos a los Estados miembros y a las regiones que carecen de desarrollo de las tecnologías modernas necesarias para la eficiencia energética;

52.

Recuerda a los Estados miembros que, junto con la Comisión y sus iniciativas de «formación en cuestiones energéticas», la difusión de información a los ciudadanos es una responsabilidad principalmente nacional, regional y local, y pide un mayor esfuerzo para facilitar la difusión de información a los ciudadanos y al sector privado; considera que dicha información debería incluir información sobre la disponibilidad de tecnología económicamente eficiente y sobre la escasez de recursos; pide a la Comisión que apoye, junto con las instituciones nacionales pertinentes, la realización de una campaña a escala comunitaria de difusión de información y concienciación acerca de las buenas prácticas en el ámbito de la eficiencia energética y que apoye las redes de la excelencia;

53.

Reitera la importancia de la Directiva 2003/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de octubre de 2003, por la que se establece un régimen para el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en la Comunidad (8) (Directiva sobre el régimen de comercio de derechos de emisión) a la hora de lograr mejoras de la eficiencia energética en la industria, reducir emisiones de CO2 y cumplir los requisitos actuales de la UE y posteriores a 2012 con arreglo al Protocolo de Kyoto; solicita la inclusión del sector de la aviación en el sistema comunitario de comercio de derechos de emisión;

54.

Pide a Estados miembros, a las regiones y a las autoridades locales que reduzcan la burocracia que obstaculiza la aplicación por parte de los ciudadanos y del sector privado de los incentivos públicos destinado a un uso más eficiente de la energía;

55.

Constata que los vertederos municipales contienen una gran cantidad de energía química que podría tener aprovechamiento económico si al mismo tiempo se mejorasen las condiciones de protección del medio ambiente;

56.

Recuerda que en el carbón se encuentran cuantiosos recursos energéticos y que existen posibilidades tecnológicas para una combustión limpia y eficiente del carbón y de su transformación en gas y en combustibles;

57.

Advierte a los Estados miembros de la necesidad de modernización de las antiguas centrales térmicas y termoeléctricas;

58.

Está convencido de que, puesto que el territorio de la UE abarca varios husos horarios, las redes eléctricas transfronterizas facilitarán el suministro energético en los períodos de máximo consumo y al mismo tiempo reducirán radicalmente las pérdidas derivadas de la necesidad de mantener capacidades de producción de servicio;

59.

Pide a los Estados y a las regiones con grandes núcleos urbano-industriales que valoren su potencial de cogeneración así como el volumen de energía gastada en dichas conurbaciones;

60.

Pide a la Comisión que aproveche plenamente la experiencia adquirida gracias a los proyectos SAVE y Energía Inteligente — Europa en los Estados miembros, y que multiplique sus esfuerzos difundiendo y compartiendo las mejores prácticas;

61.

Acoge con satisfacción la Iniciativa CARS21 de la Comisión, y considera que es necesario un enfoque integrado del transporte; opina, no obstante, que dicho enfoque no debería implicar una reducción de las obligaciones para ningún participante; subraya la importancia y la necesidad de una directiva marco sobre la eficiencia energética en el transporte; pide a la Comisión y a los Estados miembros que presenten iniciativas nacionales viables de transporte, que se centren en la movilidad urbana, infraestructuras de ferrocarril, automóviles energéticamente eficientes y la transferencia modal; considera que la UE debe proponer nuevas normas de eficiencia para automóviles una vez evaluados los acuerdos voluntarios con la industria del automóvil;

62.

Cree que debe convertirse en prioridad la realización de una evaluación energética del funcionamiento de las ciudades, en lo que respecta al transporte urbano y en especial las interconexiones, y tenerse adecuadamente en cuenta a la hora de establecer los criterios para el apoyo procedente de los Fondos Estructurales;

63.

Constata que los aviones desarrollados últimamente ya consumen bastante menos carburante y anima igualmente a que se acelere la investigación en este sector;

64.

Recuerda que alrededor del 59 % del petróleo consumido en Europa en 2004 fue utilizado por el sector del transporte, el 17% en los edificios, el 16% en usos no energéticos y el 8% por la industria; toma nota de que la Comisión prevé que la demanda energética del sector del transporte crecerá, al menos, un 30 % de aquí a 2030, con un aumento del 5% anual para el transporte aéreo, lo que aumentará las emisiones y la dependencia de la importación de energía;

65.

Pide, por lo que respecta al sector del transporte, una estrategia global destinada a eliminar progresivamente el uso de combustibles fósiles en el sector del transporte y reducir así las emisiones de CO2, incluyendo la producción y la utilización en medida mucho mayor de biocombustibles de última tecnología, de conformidad con la estrategia de la Comisión relativa a los biocombustibles, y la concesión de incentivos fiscales mucho mayores a los vehículos de baja emisión, tal como propone la Comisión en su propuesta de Directiva del Consejo sobre los impuestos aplicables a los automóviles de turismo (COM(2005) 0261);

66.

Considera urgente asimismo que la Comisión presente propuestas de mejora sostenible a largo plazo en eficiencia y conservación energéticas en el sector del transporte, incluidas propuestas legislativas que tengan por objeto: a) fabricar automóviles y furgonetas dos veces más eficientes por lo que respecta al combustible, b) transferir el tráfico rodado y aéreo al ferrocarril y las vías navegables y c) aumentar el transporte público;

67.

Considera que el aumento del transporte —en particular el transporte por carretera— constituye uno de los obstáculos principales para la disminución de la demanda de energía en Europa; pide a la Comisión que examine los progresos logrados en el marco del acuerdo voluntario con los fabricantes europeos de automóviles y, en caso necesario, estudie medidas adicionales para alcanzar los objetivos establecidos;

68.

Considera que las flotas cautivas, en particular en las grandes ciudades, ofrecen buenas posibilidades para promover soluciones nuevas y más eficaces para la movilidad urbana; pide a los Estados miembros que recurran a los contratos públicos y las desgravaciones fiscales para el fomento de medios de transporte más eficientes, contribuyendo así al desarrollo de los mercados de vehículos y carburantes más limpios y más eficientes;

69.

Pide a los Estados miembros que promuevan programas de transformación de los mercados que aceleren la difusión de las tecnologías más eficientes de que se disponga como la generación combinada de calor y electricidad y la tecnología punta en los mismos, como los aparatos energéticamente eficientes de clase «A+/A++» y pide a la Comisión que examine la introducción en Europa del enfoque de implantación de las mejores tecnologías (top-runner);

70.

Apoya la armonización de las normas del mercado interior a través de la introducción de programas de etiquetado y evaluaciones comparativas, pero, en el contexto de las negociaciones internacionales sobre comercio, subraya la necesidad de que dichas normas se apliquen a escala internacional;

71.

Pide a la Comisión que examine y revise periódicamente instrumentos tales como las normas sobre etiquetado y eficiencia energética de forma que reflejen los avances tecnológicos;

72.

Subraya la importancia de que se transforme el mercado europeo de los aparatos eléctricos, equipos de oficina, productos electrónicos de consumo y los motores industriales con el fin de que aumenten la eficiencia energética; cree que ello podría conseguirse mediante la introducción de requisitos más rigurosos de niveles mínimos, programas progresivos de contratación pública, campañas de información específicas y un mejor etiquetado energético;

73.

Defiende la opinión de que el sistema de «certificados blancos» negociables no debería seguir aplicándose actualmente, ya que hay que esperar a los resultados del comercio de derechos de emisión, que, según los datos disponibles, debe mejorarse;

74.

Subraya que deben examinarse atentamente los efectos del sistema de certificados blancos antes de su posible introducción; constata que existen también otros medios para lograr iguales efectos de ahorro;

75.

Pide a la Comisión que estudie las posibilidades de ahorro energético en el sector agrícola y que las incorpore a sus iniciativas en este terreno;

76.

Solicita a la Comisión y a los Estados miembros que promuevan la difusión de los productos y las tecnologías que garantizan que los bienes y aparatos que emplean energía sólo la utilicen cuando se necesita realmente, (por ejemplo iluminación sensible al movimiento y aparatos sin modo de espera);

77.

Pide a Estados miembros que velen por el rigor y la eficacia de sus sistemas de vigilancia del mercado de modo que no se comercialicen en la UE los aparatos eléctricos que no se ajusten a los sistemas de etiquetado existentes en la UE;

78.

Pide la rápida introducción de una etiqueta de «consumo de energía por kilómetro» para el sector del transporte, de modo que los consumidores puedan hacer una elección energéticamente consciente entre, por ejemplo, el tren, el avión y el coche;

79.

Considera, asimismo, que el sistema de etiquetado de automóviles de la UE debe reforzarse con medidas que fomenten la introducción en el mercado de vehículos de bajas emisiones de CO2 y/o que funcionen con biohidrógeno, así como a través de medidas más amplias, como, por ejemplo, una aplicación mucho más rigurosa de los límites de velocidad, la mejora de los sistemas de gestión y las infraestructuras de las carreteras y el tráfico y el apoyo de la mejora de las competencias de conducción;

80.

Considera necesario un nivel elevado de gasto en investigación y desarrollo a los niveles nacional y de la UE para aprovechar el potencial de eficiencia energética, y critica en este contexto la decisión de los Jefes de Estado y de Gobierno relativa al marco financiero para el período 2007-2013 y el recorte que supone para el Séptimo Programa Marco; considera fundamental que la UE dé ejemplo considerando prioritario el nivel de gasto en investigación del Séptimo Programa Marco en el ámbito de la eficiencia energética, teniendo en cuenta el considerable potencial existente en materia de avances en eficiencia energética, reducciones de las emisiones y un mercado mundial para los equipos y sistemas nuevos y eficientes y no practicando recortes en el presupuesto del Séptimo Programa Marco en el ámbito de la eficiencia energética, y pide a los Estados miembros, a la industria y al Séptimo Programa Marco que lleven a cabo demostraciones de éxito en todos esos sectores; considera que el PIC debe desempeñar un importante papel en la promoción y la comercialización de nuevas tecnologías;

81.

Subraya que los instrumentos financieros europeos pertinentes como los Fondos Estructurales, los Fondos de Cohesión, los programas de investigación y desarrollo y el PIC deben conceder mayor prioridad a las inversiones en el ahorro de energía y la eficiencia energética; pide a las instituciones financieras internacionales tales como el Banco Europeo de Inversiones, el Banco Europeo de Reconstrucción y Desarrollo, el Banco Mundial y los bancos públicos a escala nacional que incluyan procedimientos de auditoría energética en todas sus actividades, dispongan de departamentos específicos y especializados en el ahorro de energía y pongan en marcha sistemas especiales de crédito para sus inversiones, por ejemplo para la renovación acelerada de edificios o la infraestructura del transporte público y que optimicen el acceso al capital de riesgo para las inversiones destinadas a la mejora de la eficiencia energética y establezcan evaluaciones de riesgo normalizadas para la inversión en eficiencia energética con el fin de reducir las cargas administrativas;

82.

Pide la ampliación del Fondo de Cohesión de manera que cubra también áreas como la eficiencia energética y medidas para promover sistemas limpios de transporte y comunicaciones urbanas, lo que será de especial valor para los nuevos Estados miembros, que son los que cuentan con mayores márgenes de ahorro energético;

83.

Pide a la Comisión que adopte un enfoque horizontal en la elaboración de futuras políticas o propuestas legislativas para garantizar que se tengan siempre en cuenta los criterios de eficiencia energética; opina, asimismo, que la eficiencia energética debería considerarse como criterio positivo en los procesos de adjudicación de ayudas comunitarias;

84.

Reconoce que los recursos propios de la Comisión en el ámbito de la eficiencia energética no se adaptan a sus metas al respecto o a la urgencia requerida para intervenir; pide al Presidente de la Comisión que haga lo necesario para que se disponga de mayores recursos con el fin de velar por que las metas que intenta lograr la Comisión cuenten con los recursos propios adecuados;

85.

Pide a los Estados miembros y a la Comisión que refuercen la cooperación internacional en el ámbito de la eficiencia energética para garantizar que los nuevos reglamentos y normativas no producirán una fragmentación del mercado mundial;

86.

Cree que promover la eficiencia energética a nivel mundial es por lo menos tan importante como el diálogo con los países productores de energía; considera que la eficiencia energética debe integrarse en la política exterior de la UE, especialmente en la cooperación al desarrollo así como en el marco del diálogo con países productores de energía y con los interlocutores en las economías emergentes (incluidos China, India y Brasil), en países de la Europa del Este, los Balcanes y el Mediterráneo, así como en países de África, el Caribe y el Pacífico;

87.

Indica que actualmente hay en Europa alrededor de 188 millones de electrodomésticos de más de 10 años de antigüedad y que cambiando estos electrodomésticos podría ahorrarse aproximadamente el 50 % de la energía utilizada; pide, por consiguiente, a la Comisión y a los Estados miembros que recurran a medidas adecuadas de orientación económica, como incentivos fiscales para los fabricantes de electrodomésticos o descuentos a los compradores para acelerar la sustitución de los electrodomésticos;

88.

Pide a la Comisión que investigue las posibilidades del uso inteligente de las tecnologías de la información y la comunicación para mejorar la eficiencia energética y material a través de la desmaterialización, los edificios inteligentes, la sustitución del transporte, etc., y que proporcione los marcos políticos necesarios para fomentar tal evolución;

89.

Pide a la Comisión que estudie las posibilidades que ofrece el mercado interior de la electricidad para utilizar la energía más eficientemente, sacando un mayor partido de las ventajas comparativas en países seleccionados a efectos de producción de electricidad eficiente y con baja emisión de carbono, y analizando, al mismo tiempo, si el sistema de cuotas nacionales de reducción de emisiones tiene sentido en una situación en la que se da un comercio transfronterizo creciente;

90.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión.


(1)  DO L 1 de 4.1.2003, p. 65.

(2)  DO L 52 de 21.2.2004, p. 50.

(3)  DO L 191 de 22.7.2005, p. 29.

(4)  DO L 114 de 27.4.2006, p. 64.

(5)  DO L 297 de 13.10.1992, p. 16.

(6)  DO C 343 de 5.12.2001, p. 190.

(7)  DO C 121 de 24.4.2001, p. 451.

(8)  DO L 275 de 25.10.2003, p. 32.

P6_TA(2006)0244

Mujeres romaníes en la Unión Europea

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación de las mujeres romaníes en la Unión Europea (2005/2164(INI))

El Parlamento Europeo,

Visto que la Unión y sus instituciones han expresado en distintas ocasiones su preocupación e incluso su profunda inquietud por la situación de la minoría romaní en general y de las mujeres romaníes en particular en documentos y acciones como

su Resolución, de 28 de abril de 2005, sobre la situación de la población romaní en la Unión Europea (1),

el informe del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia titulado «Rompiendo barreras: la mujer romaní y el acceso a la sanidad pública»,

el importante e inquietante informe de la Comisión sobre la situación de la minoría romaní en la Unión Europea ampliada, incluida la atención particular que presta este informe a las cuestiones de género relacionadas con la situación de la minoría romaní en Europa (2),

las actividades apoyadas por la Comisión, como el estudio realizado en el marco del Programa Daphne sobre la situación de las mujeres romaníes en las prisiones españolas,

Visto que una serie de órganos del Consejo de Europa han expresado también su descontento con la situación de la minoría romaní y de las mujeres romaníes en Europa y que han instado a los responsables políticos y a los legisladores a que corrijan la situación intolerable de la minoría romaní, incluidas las mujeres romaníes, en Europa, en documentos como:

la Recomendación 1203 (1993) de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre la minoría romaní en Europa, en la que se subraya, entre otras cosas, la importancia que reviste la educación de las mujeres de la minoría romaní,

la Recomendación de política general no 3 (1998) sobre la lucha contra el racismo y la intolerancia contra la población romaní elaborada por la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia del Consejo de Europa, que hace hincapié en la doble discriminación de la que son víctima las mujeres romaníes,

el informe publicado recientemente por el Sr. D. Álvaro Gil-Robles, Comisario para los Derechos Humanos del Consejo de Europa, titulado «La situación de los derechos humanos de las comunidades romaní y sinti y de comunidades de itinerantes en Europa» (2006),

Vista la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se crea un Instituto Europeo de la Igualdad de Género (COM(2005) 0081),

Visto el Plan de acción de la OSCE sobre la mejora de la situación de las comunidades romaní y sinti en el espacio de la OSCE, que subraya el principio de tener en cuenta plenamente los intereses de las mujeres romaníes en todos los ámbitos y de garantizar la participación de las mujeres romaníes en todos los aspectos de la vida y el principio de cooperación entre la propia población romaní (3),

Vista la Declaración de Beijing sobre los derechos de las mujeres, en cuyo artículo 32 se señala que los Estados deberán intensificar sus esfuerzos para garantizar que todas las mujeres y jóvenes del mundo que se enfrentan a numerosos obstáculos para emanciparse y desarrollarse puedan disfrutar de todos los derechos humanos y libertades fundamentales en igualdad de condiciones, (4)

Vista la Recomendación general XXVII sobre la discriminación contra la población romaní elaborada en su 57o período de sesiones por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas (2000),

Vista la documentación recogida por el Centro Europeo para los Derechos de la Minoría Romaní y por organizaciones asociadas y transmitida al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW NU) de las Naciones Unidas sobre los Estados miembros, los países en vías de adhesión y los países candidatos, así como las recomendaciones de la CEDAW NU de las Naciones Unidas sobre la situación de las mujeres romaníes y la necesidad de adoptar medidas urgentes para solucionar los distintos problemas a los que se enfrentan las mujeres romaníes en Europa,

Vista la Directiva 2000/43/CE del Consejo, de 29 de junio de 2000, relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico (5),

Vista la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, relativa al establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación, (6)

Visto el artículo 45 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A6-0148/2006),

A.

Considerando que, en la Unión Europea, la protección de los derechos humanos tiene especial importancia y que en la actualidad las mujeres romaníes figuran entre los grupos y las personas que corren mayor peligro en los Estados miembros, en los países adherentes y en los países candidatos,

B.

Considerando que existen indicios según los cuales, como consecuencia de tradiciones patriarcales, muchas mujeres —incluidas mujeres y chicas romaníes— no gozan del pleno respeto de su libertad de elección en cuestiones relativas a las decisiones más importantes de sus vidas, y ven de este modo frustrada su capacidad de ejercer sus derechos humanos fundamentales,

C.

Considerando que los legisladores y responsables políticos de la UE han adoptado un abanico importante de disposiciones legislativas y han elaborado numerosas políticas destinadas a desafiar el doble inconveniente que representan la discriminación racial y de género y a combatir sus efectos combinados,

D.

Considerando que los legisladores y responsables políticos de la UE no han conseguido todavía garantizar la plena y efectiva igualdad de las mujeres romaníes ni su inclusión en pie de igualdad, respetando plenamente su dignidad, en las sociedades de Europa,

E.

Considerando que las mujeres romaníes se enfrentan a grados extremos de discriminación, incluida la discriminación múltiple o de carácter mixto, alimentada por estereotipos muy difundidos conocidos como racismo contra la población romaní,

F.

Considerando que ciertos estudios muestran que la esperanza de vida de las mujeres romaníes en algunas zonas es menor que la de otras mujeres,

G.

Considerando la existencia de una amplia documentación que indica que las mujeres romaníes están excluidas, en particular, de la atención sanitaria y que con frecuencia sólo tienen acceso a la atención sanitaria en casos de extrema urgencia y/o para dar a luz,

H.

Considerando que en los últimos años las mujeres romaníes han sido víctimas de violaciones extremas de los derechos humanos en Europa, y concretamente de violaciones de su integridad personal, incluida la esterilización obligatoria; que, si bien algunos Estados miembros has puesto remedio a estos abusos, otros todavía no lo han hecho,

I.

Considerando que las disparidades en relación con los niveles de educación de las mujeres romaníes y las no romaníes es inaceptable (7); que numerosas niñas de la minoría romaní no finalizan la educación primaria (8),

J.

Considerando que la segregación racial en los centros escolares y las actitudes preconcebidas del personal docente y de la administración contribuyen a que los padres de la minoría romaní tengan un nivel bajo de expectativas en lo que se refiere, en particular, a sus hijas,

K.

Considerando que la tasa de desempleo entre las mujeres romaníes adultas es, en numerosas zonas, mucho más elevada que la del resto de la población femenina adulta,

L.

Considerando que las viviendas que ocupa en la actualidad en toda Europa una proporción importante de las mujeres romaníes constituyen un peligro para su salud, y que en muchos lugares las mujeres romaníes viven bajo la amenaza constante de una expulsión forzada,

M.

Considerando que las mujeres romaníes figuran a menudo entre las víctimas del tráfico de seres humanos en Europa,

N.

Considerando que recientemente se ha presentado ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos un recurso contra la Misión de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK) en el que se alega una violencia extrema contra una serie de personas, incluidas mujeres y niñas romaníes (9),

1.

Acoge con satisfacción la propuesta de creación de un Instituto Europeo de la Igualdad de Género de la UE e insta a dicho instituto a dedicar la mayor atención a la situación de las mujeres que sufren discriminación múltiple, incluidas las mujeres romaníes.

2.

Insta a las autoridades públicas en toda la Unión a que investiguen en el plazo más breve posible las acusaciones de violaciones extremas de los derechos humanos de las mujeres romaníes, a que castiguen rápidamente a los culpables, y a que faciliten una compensación adecuada a las víctimas, e insta, en este contexto, a los Estados miembros a que incluyan entre sus máximas prioridades medidas destinadas a mejorar la protección de la salud reproductiva y sexual de las mujeres, a prevenir y suprimir el fenómeno de la esterilización obligatoria, a fomentar la planificación familiar, los acuerdos alternativos para los matrimonios precoces y la educación sexual, a que adopten medidas para eliminar la segregación racial en las maternidades a que velen por que se desarrollen programas destinados a facilitar servicios a las víctimas romaníes de la violencia doméstica, y a que estén especialmente vigilantes con respecto al tráfico de mujeres romaníes; insta a la Comisión a que preste apoyo a las iniciativas gubernamentales y de la sociedad civil destinadas a abordar estos problemas, a la vez que garantiza los derechos fundamentales de las víctimas;

3.

Insta a los Estados miembros a que revisen la puesta en práctica de todas sus políticas para velar por que las mujeres romaníes participen en la preparación, planificación y aplicación de dichas políticas;

4.

Insta a los Estados miembros a que adopten una serie de normas mínimas, en el marco del método abierto de coordinación, destinadas a garantizar el acceso de las mujeres y niñas a una educación de calidad y en igualdad de condiciones, incluida la adopción de medidas legislativas positivas que obliguen a suprimir la segregación en los centros escolares y a definir los detalles de los planes para poner fin a la educación separada y de calidad inferior que reciben los niños y niñas romaníes;

5.

Insiste en la obligación de que los niños y niñas romaníes aprendan a leer y escribir, obligación que debe constituir una prioridad para las escuelas en las que se escolarice a dichos menores;

6.

Insta a los Estados miembros a que mejoren la vivienda de la población romaní mediante el reconocimiento en la legislación nacional del derecho a una vivienda adecuada; a que superen las deficiencias que se registran en la actualidad en lo que se refiere a la protección que brinda la legislación nacional a las personas frente a una expulsión forzada; a que adopten, previa consulta con los representantes de las comunidades afectadas, planes globales para financiar la mejora de las condiciones de vida y de hábitat en los barrios donde resida una importante población romaní; y a que obliguen a las autoridades locales a poner a disposición con carácter inmediato agua potable, electricidad, servicio de recogida de basuras, transporte público y vías de comunicación;

7.

Insta a los Estados miembros a que fomenten la heterogeneidad social en materia de vivienda;

8.

Pide a los Estados miembros que ofrezcan a la población romaní nómada unas zonas de acogida en las que pueda vivir en unas condiciones satisfactorias de comodidad y salubridad;

9.

Pide un realojamiento adecuado en viviendas más seguras, especialmente para las mujeres romaníes refugiadas en el territorio, muy contaminado por plomo, de la región de Mitrovica en Kosovo; llama la atención sobre el emplazamiento temporal y recientemente renovado del campamento francés de la KFOR de Osterode, que ofrece una solución provisional; pide al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros que proporcionen unos recursos financieros suficientes para su realojamiento en sus lugares de origen; subraya la necesidad de aplicar los derechos humanos al tiempo que prosigue el proceso de estabilización y asociación;

10.

Insta a los Estados miembros a que velen por que todas las mujeres romaníes tengan acceso a servicios de asistencia médica primaria, de urgencia y preventiva; a que desarrollen y apliquen políticas que garanticen que incluso las comunidades más excluidas tengan pleno acceso al sistema de asistencia médica; así como a que organicen acciones de formación destinadas a eliminar los prejuicios dirigidas a los trabajadores del sector de la asistencia sanitaria;

11.

Insta a los gobiernos a que garanticen una igualdad de trato y de oportunidades en relación con las políticas de empleo y de inclusión social, que aborden las tasas de desempleo muy elevadas que se registran entre las mujeres romaníes y, en particular, a que aborden los serios obstáculos que genera la discriminación directa en el marco de los procedimientos de contratación;

12.

Insta a que se adopte el concepto de «obligaciones positivas» en virtud del cual las entidades estatales y no estatales están obligadas por ley a que las mujeres romaníes estén representadas en proporción al porcentaje que representen en la población local;

13.

Insta a los gobiernos a que examinen las barreras a las que deben hacer frente las mujeres romaníes para poder ejercer actividades profesionales por cuenta propia y a que elaboren programas que permitan un registro accesible, rápido y económico de las empresarias y de las mujeres romaníes que ejerzan una actividad profesional por cuenta propia; a que establezcan vías de crédito accesibles, incluido el microcrédito, para la financiación de las empresas de las mujeres romaníes; insta, asimismo, a la Comisión a que apoye estas actividades mediante los mecanismos de financiación pertinentes;

14.

Recomienda que los Estados miembros y la Comisión promuevan modelos para el desarrollo de proyectos sociales adaptados específicamente a las mujeres romaníes;

15.

Insta a la Comisión y al Parlamento, en el contexto de los diversos fondos, a que traten como objetivo horizontal el reforzamiento de las capacidades y la autonomía de las mujeres y de las organizaciones romaníes en materia de educación, empleo, liderazgo y participación política;

16.

Insta a la Comisión a que apoye, a través de sus numerosos mecanismos financieros pertinentes, las actividades que están dirigidas a las mujeres romaníes en particular y a que revise las normas de atribución de todos los tipos de financiación, así como a que vele por que se adopten medidas específicas para la inclusión de las mujeres romaníes; insta, asimismo, a los Estados miembros a que adopten prácticas semejantes a nivel de las instituciones nacionales, regionales y locales;

17.

Recomienda que la Comisión inicie procedimientos judiciales y, en última instancia, imponga sanciones disuasorias a los Estados miembros que todavía no han incorporado a su legislación nacional las Directivas contrarias a la discriminación (10) y/o no las apliquen plenamente en lo que a las mujeres romaníes se refiere, y que haga un seguimiento de la ejecución de las sentencias por incumplimiento pronunciadas por el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas;

18.

Insta a las instituciones de la UE a que utilicen, como criterio clave para evaluar la preparación para la adhesión a la Unión Europea, la situación de las mujeres romaníes en los países candidatos, incluyendo la situación de las mujeres romaníes en aquellos países candidatos que no están tradicional o evidentemente asociados a las cuestiones romaníes;

19.

Recomienda a los Estados miembros que aprovechen íntegramente los procesos políticos como el método abierto de coordinación para desarrollar y aplicar políticas que garanticen a las mujeres romaníes la plena igualdad en la práctica;

20.

Insta a las instituciones de la Unión a que tomen la iniciativa y animen a los gobiernos a recoger y publicar informaciones desglosadas por sexo y grupo étnico sobre la situación de los hombres y de las mujeres romaníes con vistas a evaluar los avances en materia de educación, vivienda, empleo, asistencia sanitaria y en otros sectores; considera que la UE debería instar a los gobiernos a que sensibilicen a sus propias administraciones estatales y al público en general en relación con el hecho de que las informaciones de carácter étnico pueden recogerse sin correr el peligro de que las personas puedan ser identificadas, y que, además, la UE debería animar a los gobiernos a utilizar las metodologías existentes, seguras e innovadoras;

21.

Recuerda que el enfoque horizontal logra que todos los años se proporcione ayuda para la organización del Foro anual de las mujeres romaníes residentes en la Unión Europea;

22.

Insta al Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia a que emprenda una serie de estudios sobre el papel de los medios de comunicación en el fomento del racismo contra la población romaní y, especialmente, en la promoción de estereotipos dañinos sobre las mujeres romaníes;

23.

Solicita con carácter urgente una estrecha consulta de las mujeres romaníes en el momento de elaborar cualquier programa y cualquier proyecto adoptado por las instituciones de la UE y/o los Estados miembros que puedan afectarles, y la aprobación de medidas de acción positivas destinadas a ellas;

24.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros, de los países en vías de adhesión y de los países candidatos.


(1)  DO C 45 E de 23.2.2006, p. 129.

(2)  Dirección General de Empleo y Asuntos Sociales, Unidad D3, 2004.

(3)  PC.DEC/566, 2003.

(4)  Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, 1995.

(5)  DO L 180 de 19.7.2000., p. 22.

(6)  DO L 303 de 2.12.2000, p. 16.

(7)  En Rumanía, según las informaciones recibidas, el porcentaje de mujeres romaníes que han terminado la enseñanza secundaria asciende al 3 %, frente al 63% de las mujeres en general (Open Society Institute, Estudio sobre programas de estudio determinados destinados a la minoría romaní en la Europa Central y Oriental, 2002).

(8)  Informe «Evitar la trampa de la dependencia — La minoría romaní en la Europa Central y Oriental», PNUD, Bratislava 2002.

(9)  Véase en www.err.org el comunicado de prensa del Centro Europeo para los Derechos de la Minoría Romaní, de 20 de febrero de 2006, titulado «Victims of Kosovo Poisoning Bring Lawsuit at European Court of Human Rights».

(10)  Incluidas las Directivas adoptadas de conformidad con el artículo 13 del TCE modificado por el Tratado de Amsterdam, así como las directivas relacionadas que especifican el ámbito y la dimensión de la prohibición de la discriminación de las mujeres de conformidad con la legislación de la UE.

P6_TA(2006)0245

Situación de las mujeres en los conflictos armados y su función en la reconstrucción y en el proceso democrático

Resolución del Parlamento Europeo sobre la situación de las mujeres en los conflictos armados y su función en relación con la reconstrucción y en el proceso democrático en los países en situación de posconflicto (2005/2215(INI))

El Parlamento Europeo,

Vista la Resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, de 31 de octubre de 2000, sobre la mujer y la paz y la seguridad, en la que se subraya la importancia de que las mujeres participen en pie de igualdad e intervengan plenamente en todas las iniciativas encaminadas al mantenimiento y al fomento de la paz y la seguridad,

Vista su Resolución de 30 de noviembre de 2000 sobre la participación de las mujeres en la resolución pacífica de conflictos (1),

Vista la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de 10 de diciembre de 1948, así como la Declaración y el Programa de Acción de Viena resultantes de la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, celebrada del 14 al 25 de junio de 1993,

Visto el Boletín de la Secretaría General de las Naciones Unidas sobre medidas específicas de protección contra la explotación y la violencia sexual (ST/SGB/2003/13),

Vistas la Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de la violencia contra la mujer, de 20 de diciembre de 1993 (2), y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, de 20 de noviembre de 1989,

Vista la Convención de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, de 18 de diciembre de 1979, así como su protocolo facultativo,

Vistas la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, de 10 de diciembre de 1984, y la Declaración de las Naciones Unidas sobre la protección de la mujer y el niño en estados de emergencia o de conflicto armado (3), de 14 de diciembre de 1974 y, en particular, su apartado 4, en virtud del cual «se tomarán todas las medidas necesarias para garantizar la prohibición de actos como la persecución, la tortura, las medidas punitivas, los tratos degradantes y la violencia, especialmente contra la parte de la población civil formada por mujeres y niños»,

Vista la Resolución 1265 (1999) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la protección de los civiles durante los conflictos armados, de 17 de septiembre de 1999, y, en particular su apartado 14, según el cual el personal de las Naciones Unidas que participa en actividades de establecimiento de la paz, de mantenimiento de la paz y de consolidación de la paz deberá tener una formación apropiada, especialmente en lo relativo a los derechos humanos y en materia de género,

Vistas la Resolución de las Naciones Unidas sobre la participación de las mujeres en el fortalecimiento de la paz y la seguridad internacional, de 15 de diciembre de 1975 (4), la Declaración de las Naciones Unidas sobre la participación de las mujeres en la promoción de la paz y la cooperación internacionales, de 3 de diciembre de 1982 (5) y, en particular, su apartado 12, relativo a las medidas concretas que se deben adoptar para reforzar la participación de las mujeres en los esfuerzos de paz,

Vistas la Declaración y la Plataforma de acción de Beijing resultado de la IV Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la Mujer, celebrada del 4 al 15 de septiembre de 1995 y, en particular, la sección E sobre las mujeres y los conflictos armados, así como el documento aprobado al finalizar la sesión especial de las Naciones Unidas Beijing +5 y Beijing +10 sobre nuevas acciones e iniciativas destinadas a la aplicación de la Declaración y la Plataforma de acción de Beijing, de los días 5 a 9 de junio de 2000 y, en particular, el apartado 13, relativo a los obstáculos a la participación equitativa de la mujer en los esfuerzos de restablecimiento de la paz, y el apartado 124 sobre la presencia equitativa de hombres y mujeres en las misiones de mantenimiento de la paz y en las negociaciones de paz,

Visto el Estatuto de Roma por el que se crea la Corte Penal Internacional, aprobado el 17 de julio de 1998 y, en particular, sus artículos 7 y 8, que califican la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada, el embarazo forzado, la esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual como crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, asimilándolos a una forma de tortura o a un crimen de guerra grave, se cometan o no de manera sistemática y en el marco de conflictos internacionales o internos,

Vistos los Convenios de Ginebra de 1949 y sus protocolos adicionales de 1977, en virtud de los cuales las mujeres están protegidas contra las violaciones y cualquier otra forma de violencia sexual,

Vistas la Resolución 1385 (2004) y la Recomendación 1665 (2004) de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre el papel de la mujer en la prevención y solución de conflictos, adoptadas ambas el 23 de junio de 2004,

Vista la Resolución del Consejo de Europa aprobada con ocasión de la V Conferencia Ministerial Europea sobre la igualdad entre las mujeres y los hombres, celebrada los días 22 y 23 de enero de 2003 en Skopje, titulada «Democratización, prevención de conflictos y la construcción de la paz: las perspectiva y el papel de las mujeres»,

Vistos la declaración sobre «La igualdad de género: una cuestión fundamental en las sociedades en proceso de cambio» y el Programa de acción correspondiente, aprobados con ocasión de la V Conferencia Ministerial Europea mencionada,

Vista la Decisión no 14/04 aprobada por el Consejo Ministerial de la OSCE el 7 de diciembre de 2004 en Sofía sobre el «Plan de acción OSCE 2004 para el fomento de la igualdad entre los géneros»,

Vista la Decisión no 14/05 aprobada por el Consejo Ministerial de la OSCE el 6 de diciembre de 2005 en Liubliana, relativa a la mujer en la prevención de conflictos, la gestión de crisis y la rehabilitación posconflicto,

Vista la Recomendación 5 (2002) del Comité de Ministros del Consejo de Europa a los Estados miembros, sobre la protección de las mujeres contra la violencia, en particular, por lo que respecta a la violencia en las fases de conflicto y posconflicto,

Visto el «documento operativo» sobre la aplicación de la Resolución 1325 (2000) del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en el marco de la Política Europea de Seguridad y de Defensa (PESD), adoptado por el Consejo en noviembre de 2005,

Visto el artículo 45 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores y de la Comisión de Desarrollo (A6-0159/2006),

A.

Considerando que las mujeres, al igual que los niños y los ancianos, son víctimas de malos tratos, incluidos los abusos sexuales, en períodos de conflicto,

B.

Considerando que la violencia contra las mujeres en los conflictos armados no sólo comporta malos tratos físicos y/o sexuales, sino que afecta también a sus derechos económicos, sociales y culturales,

C.

Considerando que las causas más profundas de la vulnerabilidad de las mujeres en las situaciones de conflicto residen a menudo en la subestimación social general de la mujer y en el acceso limitado a la educación y al empleo, y que, por consiguiente, la emancipación de la mujer es una condición sine qua non de la lucha contra la violencia sexual en los conflictos armados,

D.

Considerando que la violación y los abusos sexuales se utilizan como armas para humillar y debilitar psicológicamente al enemigo, pero que con frecuencia las víctimas son estigmatizadas, rechazadas, maltratadas e incluso asesinadas para vengar el honor de la comunidad,

E.

Señalando que la historia ha demostrado que, por lo general, la guerra la practican los hombres y que, por lo tanto, se puede esperar que la capacidad específica de la mujer para el diálogo y la no violencia puede contribuir eficazmente a prevenir y resolver pacíficamente los conflictos,

F.

Considerando que, en período de conflicto, a las mujeres les resulta difícil acceder a los cuidados que necesitan por su condición femenina, tales como la contracepción, el tratamiento de enfermedades de transmisión sexual, los cuidados durante el embarazo, la interrupción voluntaria de éste si la mujer lo desea, el parto, los cuidados posparto y el tratamiento de la menopausia,

G.

Considerando que las prácticas sexuales, tanto voluntarias como obligadas, sin que la mujer tenga acceso a protección alguna, pueden favorecer la propagación de enfermedades transmisibles por vía sexual como el VIH y que, por lo general, dichas prácticas tienen lugar durante los conflictos o en los campos de desplazados,

H.

Considerando que las mujeres víctimas de abusos sexuales en período de conflicto raramente tienen acceso a la protección, la ayuda psicológica, los cuidados médicos o los recursos legales que les permitan superar sus sufrimientos y ver a sus verdugos condenados,

I.

Considerando que la violencia doméstica que acompaña a toda situación de conflicto no disminuye en los períodos de posconflicto, cuando los combatientes vuelven a sus hogares,

J.

Considerando que las mujeres que trabajan a favor de la paz han recurrido en todo el mundo a redes asociativas para establecer un diálogo entre las partes en conflicto y reclamar justicia para sus familiares desaparecidos,

K.

Considerando que los movimientos en favor de la paz iniciados por mujeres no siempre se inscriben de manera consciente en una perspectiva de cambio de las normas y las relaciones sociales que definen las relaciones de poder entre hombres y mujeres,

L.

Considerando que la presencia de mujeres en las mesas negociadoras y en funciones activas en favor de una transición pacífica son una etapa necesaria pero insuficiente en el camino de la democracia, y que en este proceso político las mujeres necesitan que se las apoye y acompañe,

M.

Considerando que algunas mujeres excepcionales han pasado de la resistencia política a los más altos cargos estatales, como Hélène Sirleaf en Liberia y Michelle Bachelet en Chile, pero que se trata todavía de casos aislados,

N.

Considerando que las comisiones para la verdad y la reconciliación facilitan el proceso de reconciliación en las sociedades que salen de un conflicto, pero que la participación de las mujeres en dichas comisiones es aún muy reducida,

O.

Considerando que se deben apoyar las iniciativas emprendidas por algunos países y organizaciones internacionales para integrar la dimensión de género, que deben servir de ejemplo en materia de buenas prácticas,

P.

Considerando que las mujeres siempre han participado en la lucha y la resistencia, pero que actualmente son miembros de las fuerzas armadas de muchos países, en nombre de la igualdad de género,

Q.

Considerando que el fenómeno kamikaze es relativamente reciente, limitado y circunscrito a países de tradición islámica, y que las mujeres kamikaze son muy pocas,

R.

Considerando que la situación a menudo desesperada, en los planos político, personal y social, a la que se enfrentan estas mujeres es un factor decisivo a la hora de comprometerse en estas acciones,

S.

Considerando que la apología del martirio que hace el fundamentalismo actual encuentra un eco en las mujeres militantes y de la resistencia que anhelan la igualdad social,

T.

Considerando que la mediatización extrema del fenómeno aumenta el atractivo de los ataques suicidas entre los jóvenes vulnerables debido al honor que, tras su muerte, recaerá en su familia,

1.

Subraya la necesidad de integrar la perspectiva de género en la búsqueda de la paz, la prevención y resolución de conflictos, las operaciones de mantenimiento de la paz, la rehabilitación y reconstrucción tras los conflictos, y de garantizar que se tiene en cuenta el componente de género en todos los programas sobre el terreno;

Mujeres como víctimas de la guerra

2.

Recuerda la importancia del acceso a los servicios de salud reproductiva en las situaciones de conflicto y en los campos de refugiados, ya que, a falta de dichos servicios, la tasa de mortalidad materna e infantil aumenta al mismo tiempo que se propagan las enfermedades transmisibles por vía sexual; señala que la violencia conyugal, la prostitución y las violaciones que reinan en estas circunstancias demuestran que se debe dar la máxima prioridad a la creación de dichos servicios, incluida la posibilidad de que las mujeres den a luz en un hospital sin la autorización previa de un miembro masculino de su familia, o pongan fin a un embarazo, así como que tengan acceso a una ayuda psicológica; subraya la necesidad de que se garantice el acceso inmediato de todas las mujeres y jóvenes violadas a la profilaxis post exposición y considera que la aplicación y el pleno respeto de los derechos sexuales y reproductivos contribuirían a reducir al mínimo los casos de violencia sexual cometidos en situaciones de conflicto;

3.

Subraya que es responsabilidad de todos los Estados poner fin a la impunidad y poner en marcha mecanismos judiciales contra los responsables de genocidio y de crímenes contra la humanidad, incluida la violencia sexual contra las mujeres y las jóvenes como la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzosa, los embarazos forzosos, la esterilización forzosa y cualquier otra forma de violencia sexual grave, y de reconocer y condenar estos delitos como crímenes contra la humanidad y crímenes de guerra, y destaca a este respecto que estos crímenes deben quedar excluidos, en la medida de lo posible, de las medidas de amnistía;

4.

Exige que las mujeres víctimas de violencia o de malos tratos durante los conflictos puedan presentar una denuncia ante una jurisdicción internacional, en condiciones compatibles con su dignidad y con plena protección contra las agresiones violentas y los traumas que podrían sufrir como consecuencia de interrogatorios en los que no se tiene ninguna consideración por el impacto emocional; exige que dichas mujeres obtengan justicia, tanto en el plano civil como penal, y que se elaboren programas de ayuda para su reinserción económica, social y psicológica;

5.

Concede la máxima prioridad a que se ponga fin a la utilización de niños soldado en los conflictos, incluidas las niñas que viven una verdadera esclavitud sexual; insiste en que se deben elaborar programas de reinserción psicológica, social, educativa y económica de larga duración en favor de estos niños;

6.

Condena la violencia contra las mujeres en cualquier circunstancia, y pide una tolerancia cero en materia de explotación sexual de los niños, las jóvenes y las mujeres en los conflictos armados y en los campos de refugiados; exige sanciones severas, tanto administrativas como penales, para el personal humanitario, los representantes de las instituciones internacionales, las fuerzas de mantenimiento de la paz y los diplomáticos que recurran a dicha explotación;

7.

Desea que se destinen créditos, a través de programas interdisciplinarios, para luchar contra la violencia doméstica, que aumenta considerablemente en el período posterior a la resolución de un conflicto, a causa de la brutalidad generalizada, la inseguridad física y económica y los traumatismos que soportan también los hombres; constata que la violencia doméstica durante el período posterior a la resolución de un conflicto es un problema al que se presta poca importancia, lo que permite perpetuar el orden de género establecido antes del comienzo del conflicto y agrava los traumas que sufren las mujeres víctimas de violencia sexual;

8.

Destaca que el gran número de mujeres y niños que figuran entre los refugiados y desplazados internos de cuya existencia dan cuenta diferentes organismos internacionales, como consecuencia de conflictos armados y guerras civiles, es motivo de gran preocupación;

9.

Hace hincapié en las necesidades especiales de las mujeres y las niñas en relación con la desactivación de minas y destaca que, si bien es posible que se hayan utilizado minas antipersonas en situaciones militares, dichas minas han mutilado y causado la muerte mayoritariamente de mujeres, niños y hombres ordinarios, a los que han suprimido su capacidad para ganarse el sustento; reitera que la UE ha de fomentar la adhesión a la Convención de Ottawa sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción, principalmente en África pero también parcialmente en Europa y en otros lugares; insta a la UE a que intensifique sus esfuerzos para limpiar de minas las zonas en que se han producido conflictos, y a que garantice el tratamiento y la rehabilitación de las víctimas, así como el acondicionamiento de las zonas minadas con el fin de que la población pueda volver a vivir y trabajar en ellas en condiciones de seguridad;

Mujeres como vectores de paz

10.

Destaca el positivo papel que pueden desempeñar las mujeres en la resolución de conflictos y pide a la Comisión y a los Estados miembros que garanticen la adecuada asistencia técnica y financiera para los programas que permitan a las mujeres participar plenamente en la gestión de negociaciones de paz y capacitarlas dentro de la sociedad civil;

11.

Destaca el positivo papel que pueden desempeñar las mujeres en las tareas de reconstrucción tras un conflicto y, en particular, en los programas de desarme, desmovilización y reintegración (PDDR), especialmente cuando dichos programas se centran en los niños soldado; pide a los Estados miembros que garanticen la plena participación de las mujeres en los PDDR y, en particular, que configuren dichos programas de manera que contribuyan a la reintegración de los niños soldado;

12.

Apoya firmemente, a la luz de lo anterior, el llamamiento realizado por una poderosa coalición de organizaciones de mujeres kosovares, el 8 de marzo de 2006, en favor de la inclusión de mujeres en el equipo internacional formado por siete hombres kosovares que está negociando el futuro estatuto para la región; lamenta que, hasta la fecha, se haya ignorado este llamamiento;

13.

Insiste en que es necesario prestar apoyo pedagógico, político, financiero y jurídico a los movimientos femeninos en favor de la paz y a las organizaciones de mujeres en la etapa posconflicto, para alcanzar una sociedad democrática consciente de los derechos de la mujer y de la igualdad de género en el marco de reformas en los ámbitos constitucional, legislativo y político; acoge con satisfacción las iniciativas internacionales puestas en marcha con tal fin por Australia en Papúa Nueva Guinea y por Noruega en Sri Lanka;

14.

Acoge con satisfacción las diferentes iniciativas de creación de indicadores específicos de alerta rápida relacionados con el género y de vigilancia de conflictos puestas en marcha por el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer (Unifem), el Consejo de Europa, la Fundación suiza para la Paz, International Alert y el Forum on Early Warning and Early Response;

15.

Se felicita de que el Consejo se haya preocupado en 2005 por la aplicación de la Resolución 1325 (2000) antes citada en el marco de la PESD, en la que se aborda la cuestión de la igualdad de género; pide al Consejo que no deje de incluir asesores en materia de derechos humanos e igualdad de género en las fuerzas civiles de mantenimiento de la paz que dirige la Unión Europea y de garantizar una formación en materia de incorporación de la perspectiva de género;

16.

Reitera sus llamamientos previos en aras de un control parlamentario efectivo de la PESD;

17.

Hace hincapié en la importancia de la aplicación y posterior desarrollo de normas generales de comportamiento para las operaciones de la PESD, de que se preste debida atención a la coherencia de estas normas con las normas que rigen otros tipos de presencia de la UE en terceros países, así como las Directrices sobre protección de civiles en operaciones de gestión de crisis dirigidas por la UE;

18.

Acoge muy positivamente el «documento operativo» del Consejo adoptado en noviembre de 2005 y relativo a la aplicación de la Resolución 1325 (2000) antes citada en el contexto de la PESD;

19.

Pide a la UE que apoye medidas que tengan por objeto incrementar significativamente el número de mujeres a todos los niveles en todas las misiones de la PESD, en particular que fomenten las candidaturas de mujeres y las presenten como candidatas a puestos de funcionario en los ámbitos militar, policial y político dentro de las misiones de la PESD, en la fase más temprana de planificación de las mismas;

20.

Está convencido de que, en la programación de las misiones de la PESD, se debería tener en cuenta la participación de las organizaciones locales de mujeres en el proceso de paz con el fin de sacar provecho de la contribución específica que pueden dar y reconocer hasta qué punto las mujeres se ven afectadas por los conflictos;

21.

Anima a la UE a prestar más atención a la presencia, la preparación, la formación y el equipamiento de las fuerzas de policía en el marco de sus misiones militares, habida cuenta de que las unidades de policía constituyen el principal medio para garantizar la seguridad de la población civil, en particular de las mujeres y los niños;

22.

Se felicita de que las nuevas misiones de paz creadas por las Naciones Unidas desde 2000 incluyan a asesores en materia de igualdad de género y de que, en 2003, se creara un puesto ad hoc en el Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz;

23.

Pide que no se olvide a las mujeres valientes que han optado por formas de resistencia pacífica y que han sufrido por ello, y siguen sufriendo, el precio de la prisión, el arresto domiciliario o el secuestro;

24.

Señala la necesidad de fortalecer el papel que desempeñan las mujeres en la función política decisoria de los procesos de reconstrucción nacional, así como de asegurar su presencia política en la mesa de negociaciones; apoya, a este respecto, las recomendaciones de la Resolución 1325 (2000) y su Resolución antes citada, de 30 de noviembre de 2000;

25.

Considera necesario fomentar una mayor participación y mayor presencia de las mujeres en los medios de comunicación y en plataformas de opinión pública a través de las cuales las mujeres puedan hacer oir su opinión;

26.

Acoge con satisfacción el apoyo prestado por la Comisión a la celebración de elecciones libres en los países que acaban de salir de un conflicto; se felicita de la participación de mujeres en dichas elecciones y de que se haya designado a mujeres al frente de algunas misiones de observación de las elecciones en países de riesgo y la alienta a que siga nombrando cada vez a más mujeres al frente de las misiones de observación de las elecciones;

27.

Destaca la persistente discriminación contra las mujeres, por lo que se refiere a los medios de producción y al capital, así como a la educación, la sanidad y a otros servicios sociales, y considera que la participación de las mujeres en las actividades económicas, tanto en zonas rurales como urbanas, es esencial para mejorar su posición socioeconómica en las sociedades que han sufrido conflictos; subraya el papel positivo que el microcrédito está desempeñando ya en la capacitación de la mujer, y pide que la comunidad internacional adopte medidas para fomentar su uso en países que están en fase de recuperación tras un conflicto;

Mujeres como vectores de guerra

28.

Condena la apología del martirio que hoy se dirige a los jóvenes de ambos sexos; señala que el llamamiento a los ataques suicidas (kamikaze) siembra la confusión entre el fervor religioso, la resistencia desesperada a una ocupación o a una injusticia y que las víctimas de este tipo de acciones son civiles inocentes;

29.

Señala a la atención el problema de las mujeres kamikaze; destaca que la violación como arma de guerra afecta a todas las mujeres, sin diferencias étnicas, religiosas o ideológicas y que las mujeres víctimas de una violación son estigmatizadas en el plano social, excluidas e incluso asesinadas;

30.

Se alegra de que algunas autoridades islámicas, en nombre del Corán, que predica el respeto por la vida, denuncien este fenómeno, su extensión y la manipulación mediática;

31.

Pide que se investiguen los actos suicidas cometidos por espíritu de venganza y por razones políticas, sociales y culturales e insta a la comunidad internacional al respeto del Derecho internacional y a la búsqueda de la paz, allí donde las mujeres han sido o corren el riesgo de ser reclutadas para ataques suicidas;

Recomendaciones

32.

Apoya todas las recomendaciones que, a partir de la Resolución 1325 (2000) de las Naciones Unidas antes citada, han intentado mejorar la situación de las mujeres en los conflictos y pide al Consejo y a la Comisión que incluyan y apliquen cuanto antes dichas recomendaciones en todas sus políticas, en particular, las recomendaciones contenidas en su Resolución antes citada de 30 de noviembre de 2000;

33.

Comprueba que, a pesar de las resoluciones, llamamientos y recomendaciones de distintas organizaciones internacionales y europeas, las mujeres aún no participan plenamente en la prevención y la resolución de los conflictos, las operaciones de mantenimiento de la paz y las operaciones de restablecimiento de la paz; señala que, en lugar de nuevas recomendaciones, se debe presentar un programa de acción concreto, en el que se indiquen los vectores de su aplicación, se midan los obstáculos y se señalen los medios para controlar los resultados; se deberá presentar un informe anual al Parlamento Europeo sobre la aplicación del programa;

34.

Señala la importancia de la participación de las mujeres en las misiones diplomáticas y pide a los Estados miembros que contraten a más mujeres en sus servicios diplomáticos y que formen a más mujeres diplomáticas en las técnicas de negociación y mediación, con el fin de elaborar listas de mujeres cualificadas para ejercer en puestos relativos a la paz y la seguridad;

35.

Insta a que se apliquen los conceptos de la «Justicia Transicional» en los procesos de paz y en la transición a la democracia y al Estado de Derecho, en el respeto a los derechos de las víctimas, la dignidad de las testigos contemplando una participación de las mujeres en las comisiones de investigación para la reconciliación que se formen, así como la integración de la perspectiva de género en las medidas aprobadas por dichas comisiones;

36.

Propone que las recomendaciones se limiten a lo esencial, es decir, pedir a las instituciones que busquen sinergias sobre acciones concretas que se vayan a llevar a cabo con otras instituciones internacionales que tengan los mismos objetivos, y que utilicen a guisa de incentivo los nuevos instrumentos financieros contemplados en el marco financiero 2007-2013;

37.

Recomienda a la Comisión, al Consejo y a los Estados miembros que introduzcan la educación para la paz y el respeto de la dignidad de la persona y de la igualdad de género en todos los programas escolares y de formación de los países y regiones en conflicto con los que se ha comprometido la Unión Europea, con el fin de desarrollar un espíritu pacífico y preocupado por los derechos de la mujer en el seno de la sociedad, en el seno de las fuerzas de mantenimiento de la paz y de interposición, entre los funcionarios en misión de la UE y de otras organizaciones de ayuda internacionales; sugiere que se asocie a este proyecto a las organizaciones locales de mujeres, a las asociaciones de madres, a los educadores de los campos juveniles y a los profesores;

38.

Pide a la Comisión que informe al Parlamento acerca de la aplicación de las Orientaciones de 2003 sobre los niños en los conflictos armados;

39.

Recomienda a los Estados miembros que amplíen los programas de acogida de niños y adolescentes procedentes de las regiones en conflicto en los Estados miembros, para sacarlos de un entorno de violencia y desesperación que, a su vez, genera más violencia, en especial contra las mujeres; pide al Consejo que inste a los Estados miembros a que faciliten la acogida sin oponer obstáculos inútiles; insiste en que se debe alcanzar un acuerdo con los países de tránsito , para que no frenen estos programas humanitarios;

40.

Pide a la Comisión que apoye las iniciativas de paz lanzadas por mujeres en el ámbito asociativo y, en particular, las iniciativas multiculturales, transfronterizas y regionales mediante una ayuda política, técnica y económica a las asociaciones que trabajan en la resolución de los conflictos y en la construcción de la paz; insiste en que el Consejo debe garantizar el relevo político ante los órganos de toma de decisiones de los países interesados; alienta al Parlamento Europeo y, en particular, a la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género, a que creen comisiones mixtas para las zonas en conflicto, en las que participen mujeres de esas redes y diputadas europeas;

41.

Pide a la Comisión y a los demás donantes que asignen fondos al desarrollo de las capacidades de las organizaciones de la sociedad civil, especialmente de los grupos locales de mujeres comprometidos en la resolución no violenta de conflictos, y que presten asistencia técnica y en materia de formación profesional;

42.

Considera imprescindible que la Comisión mantenga la Iniciativa Europea para la Democracia y los Derechos Humanos en el marco financiero 2007-2013, como un instrumento específico; recuerda que en el pasado ha permitido la convocatoria de concursos y la existencia de líneas presupuestarias específicas en materia de derechos de la mujer, sin tener que pedir autorización a los gobiernos locales; pide a la Comisión que haga todo lo posible para que, en el instrumento de estabilidad, la gestión de conflictos incluya la dimensión de género, para hacer frente al problema de las mujeres en los conflictos;

43.

Pide que el principio de integración de la dimensión de género se propague de manera visible y verificable en todos los instrumentos financieros y, en particular, en el instrumento de preadhesión, en la política europea de vecindad y en el Instrumento de Cooperación al Desarrollo y de Cooperación Económica (ICDCE) y en el instrumento de estabilidad y que sea una condición previa en los acuerdos de asociación;

44.

Señala que los planes estratégicos y los planes de acción de cada país serán un excelente vector del principio de integración de la dimensión de género, siempre que exista la voluntad política por ambas partes; pide que en todas las actividades de la PESD se aplique la Resolución 1325(2000) de las Naciones Unidas antes citada, así como la Resolución antes citada del Parlamento Europeo de 30 de noviembre de 2000, y que se informe de ello cada año al Parlamento Europeo;

45.

Pide que se garantice el derecho a la salud reproductiva y que la Comisión lo considere prioritario en sus acciones de cooperación y en el instrumento de estabilidad, en las regiones en conflicto, y que esta prioridad se vea reflejada en sus líneas presupuestarias;

46.

Subraya la necesidad de controlar mejor la distribución de alimentos, de ropa y de material sanitario, como compresas higiénicas, durante las operaciones de emergencia, y pide a las agencias humanitarias internacionales que apoyen las acciones de seguridad en el interior de los campos de refugiados para reducir el riesgo de violencia y abusos sexuales contra las mujeres y las jóvenes, que se establezcan programas de salud reproductiva en dichos campos y se garantice el acceso inmediato de todas las mujeres y jóvenes violadas a la profilaxis post exposición;

47.

Recomienda que el Parlamento Europeo, el Consejo de Europa, la OTAN, todas las organizaciones competentes de las Naciones Unidas, incluido el Unifem, la OSCE y, en su caso, otras organizaciones, colaboren en la creación de indicadores relativos a las cuestiones de género que se habrán de controlar durante los conflictos, y que se puedan incluir en los nuevos instrumentos de política exterior y de desarrollo o puedan servir como alerta rápida;

48.

Considera que la participación de la mujer en todos los niveles de la vida social, económica y política en un país que sale de un conflicto debería ser idéntica a la de los hombres; es consciente de que estas cuotas no pueden de entrada alcanzar la paridad, teniendo en cuenta la cultura y la evolución social del país de que se trate; pide a la Comisión que aliente un incremento en el nivel de participación de las mujeres en aplicación de la Resolución 1325(2000), que controle la evolución hacia la igualdad y rinda cuentas de los resultados al Parlamento Europeo;

49.

Apoya que se apliquen debidamente las cláusulas sobre derechos humanos en los acuerdos con terceros países y los principios del Derecho humanitario internacional así como los acuerdos internacionales en la materia, con especial referencia a los derechos y necesidades de las mujeres;

50.

Considera que si el Código de conducta de la Unión Europea en materia de exportación de armas se hace jurídicamente vinculante se contribuirá significativamente a reducir el sufrimiento de las mujeres, al disminuir el número de conflictos armados en el mundo;

51.

Recomienda que el Parlamento Europeo se ocupe del problema de los ataques suicidas cometidos por mujeres, que elabore un estudio sobre el tema y que organice una conferencia en la que participen científicos y otras personas competentes en cuestiones de género de los países afectados y autoridades religiosas islámicas;

*

* *

52.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos de los Estados miembros, de los países en vías adhesión y de los países candidatos.


(1)  DO C 228 de 13.8.2001, p. 186.

(2)  Resolución 48/104 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(3)  Resolución 3318 (XXIX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(4)  Resolución 3519 (XXX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas.

(5)  Resolución 37/63 de la Asamblea General de las Naciones Unidas.