ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 272E

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

49o año
9 de noviembre de 2006


Número de información

Sumario

Página

 

I   (Comunicaciones)

 

PARLAMENTO EUROPEO

 

PERÍODO DE SESIONES 2005-2006

 

Lunes, 24 de octubre de 2005

2006/C 272E/1

ACTA

1

DESARROLLO DE LA SESIÓN

Reanudación del período de sesiones

Aprobación del Acta de la sesión anterior

Declaración de la Presidencia

Elogio póstumo

Composición del Parlamento

Composición de las delegaciones interparlamentarias

Presentación de documentos

Transmisión por el Consejo de textos de Acuerdos

Peticiones

Transferencias de créditos

Firma de actos adoptados en codecisión

Orden de los trabajos

Intervenciones de un minuto sobre asuntos de importancia política

Programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente ***I (debate)

Programa Juventud en acción (2007-2013) ***I (debate)

Programa Cultura (2007-2013) ***I (debate)

Programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) ***I (debate)

Traslados de residuos ***II (debate)

Gases fluorados de efecto invernadero ***II — Emisiones procedentes de los sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor ***II (debate)

Orden del día de la próxima sesión

Cierre de la sesión

LISTA DE ASISTENCIA

11

 

Martes, 25 de octubre de 2005

2006/C 272E/2

ACTA

13

DESARROLLO DE LA SESIÓN

Apertura de la sesión

Debate sobre casos de violaciones de los derechos humanos, de la democracia y del Estado de Derecho (anuncio de las propuestas de resolución presentadas)

Recientes declaraciones del Sr. McCreevy sobre el asunto Vaxholm (debate)

Estrategia contra la pandemia de gripe (debate)

Turno de votaciones

Acuerdo CE/Azerbaiyán sobre determinados aspectos de los servicios aéreos * (artículo 131 del Reglamento) (votación)

Proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005 de la Unión Europea para el ejercicio 2005 (artículo 131 del Reglamento) (votación)

Proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005: Sección IV — Tribunal de Justicia (artículo 131 del Reglamento) (votación)

Traslados de residuos***II (votación)

Requisitos contractuales de calidad aplicables a los servicios de transporte de mercancías por ferrocarril ***I (votación final)

Programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente ***I (votación)

Programa Juventud en acción (2007-2013) ***I (votación)

Programa Cultura (2007-2013) ***I (votación)

Sesión solemne — Chile

Turno de votaciones (continuación)

Programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) ***I (votación)

Explicaciones de voto

Correcciones de voto

Aprobación del Acta de la sesión anterior

Progresos realizados en la vía de la adhesión por Bulgaria y Rumanía (debate)

Turno de preguntas (preguntas a la Comisión)

Patente para las invenciones biotecnológicas (debate)

Lucha contra la delincuencia organizada * (debate)

Enfoque comunitario de la gestión de las migraciones económicas (debate)

Redes transeuropeas de transporte y energía ***I (debate)

Aditivos alimentarios ***I (debate)

Orden del día de la próxima sesión

Cierre de la sesión

LISTA DE ASISTENCIA

24

ANEXO I

26

ANEXO II

34

TEXTOS APROBADOS

56

P6_TA(2005)0390Acuerdo CE/Azerbaiyán sobre determinados aspectos de los servicios aéreos *Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Azerbaiyán sobre determinados aspectos de los servicios aéreos (COM(2005) 0060 — C6-0130/2005 — 2005/0011(CNS))

56

P6_TA(2005)0391Proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005Proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005 de la Unión Europea para el ejercicio 2005 — Sección IV — Tribunal de Justicia — Creación del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (12180/2005 — C6-0304/2005 — 2005/2159(BUDG))

57

P6_TA(2005)0392Proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005Resolución del Parlamento Europeo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005 de la Unión Europea para el ejercicio 2005 — Sección IV — Tribunal de Justicia — Creación del Tribunal de la Función Pública (12180/2005 — C6-0304/2005 — 2005/2159(BUD))

58

P6_TA(2005)0393Traslados de residuos ***IIResolución legislativa del Parlamento Europeo respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los traslados de residuos (15311/4/2004 — C6-0223/2005 — 2003/0139(COD))

59

P6_TC2-COD(2003)0139Posición del Parlamento Europeo adoptada en segunda lectura el 25 de octubre de 2005 con vistas a la adopción del Reglamento (CE) no .../2005 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los traslados de residuos

59

ANEXO IA

111

ANEXO IB

114

ANEXO ICINSTRUCCIONES ESPECÍFICAS PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE NOTIFICACIÓN Y MOVIMIENTO

116

ANEXO IIINFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LA NOTIFICACIÓN

117

ANEXO IIILISTA DE RESIDUOS SUJETOS AL REQUISITO GENERAL DE IR ACOMPAÑADOS DE DETERMINADA INFORMACIÓN (LISTA VERDE DE RESIDUOS)

119

ANEXO IIIAMEZCLAS DE DOS O MÁS RESIDUOS ENUMERADOS EN EL ANEXO III QUE NO ESTÉN CLASIFICADAS EN UNA CATEGORÍA ESPECÍFICA A LAS QUE SE REFIERE EL APARTADO 2 DEL ARTÍCULO 3

121

ANEXO IIIBOTROS RESIDUOS DE LA LISTA VERDE EN ESPERA DE SER INTRODUCIDOS EN LOS ANEXOS PERTINENTES DEL CONVENIO DE BASILEA O DE LA DECISIÓN DE LA OCDE, A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 58, APARTADO 1, LETRA b)

121

ANEXO IVLISTA DE RESIDUOS SUJETOS AL PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN Y AUTORIZACIÓN PREVIAS POR ESCRITO (LISTA ÁMBAR DE RESIDUOS)

121

ANEXO IVA

123

ANEXO VRESIDUOS SUJETOS A LA PROHIBICIÓN DE EXPORTACIÓN DEL ARTÍCULO 36 NOTAS INTRODUCTORIAS

123

ANEXO VI

170

ANEXO VIIINFORMACIÓN QUE DEBE ACOMPAÑAR A LOS TRASLADOS DE RESIDUOS A QUE SE REFIEREN LOS APARTADOS 2 Y 4 DEL ARTÍCULO 3

171

ANEXO VIIIDIRECTRICES DE GESTIÓN AMBIENTALMENTE CORRECTA (artículo 49)

172

ANEXO IXCUESTIONARIO ADICIONAL AL QUE DEBEN RESPONDER LOS ESTADOS MIEMBROS PARA PRESENTAR INFORMES CON ARREGLO AL APARTADO 2 DEL ARTÍCULO 51

173

P6_TA(2005)0394Requisitos contractuales de calidad en los servicios de transporte de mercancías por ferrocarril ***IResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las indemnizaciones por incumplimiento de los requisitos contractuales de calidad en los servicios de transporte de mercancías por ferrocarril (COM(2004) 0144 — C6-0004/2004 — 2004/0050(COD))

178

P6_TA(2005)0395Programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente ***IResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente (COM(2004) 0474 — C6-0095/2004 — 2004/0153(COD))

178

P6_TC1-COD(2004)0153Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 25 de octubre de 2005 con vistas a la adopción de la Decisión n°.../2005/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente

179

ANEXODISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS

208

P6_TA(2005)0396Programa Juventud en acción (2007-2013) ***IResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa La juventud en acción para el período 2007-2013 (COM(2004) 0471 — C6-0096/2004 — 2004/0152(COD))

213

P6_TC1-COD(2004)0152Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 25 de octubre de 2005 con vistas a la adopción de la Decisión no .../2005/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa La juventud en acción para el período 2007-2013

214

ANEXO

224

P6_TA(2005)0397Programa Cultura (2007-2013) ***IResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa Cultura 2007 (2007-2013) (COM(2004) 0469 — C6-0094/2004 — 2004/0150(COD))

233

P6_TC1-COD(2004)0150Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 25 de octubre de 2005 con vistas a la adopción de la Decisión no .../2005/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa Cultura (2007-2013)

233

ANEXO

242

P6_TA(2005)0398Programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) ***IResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la ejecución de un programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) (COM(2004) 0470 — C6-0093/2004 — 2004/0151(COD))

246

P6_TC1-COD(2004)0151Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 25 de octubre de 2005 con vistas a la adopción de la Decisión no .../2005/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la ejecución de un programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007)

247

ANEXO

259

P6_TA(2005)0399Emisión de billetes de 1 y 2 eurosDeclaración del Parlamento Europeo sobre la emisión de billetes de 1 y 2 euros

269

 

Miércoles, 26 de octubre de 2005

2006/C 272E/3

ACTA

271

DESARROLLO DE LA SESIÓN

Apertura de la sesión

Proyecto de presupuesto general 2006 (Sección III) — Proyecto de presupuesto general 2006 (secciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII) (debate)

Turno de votaciones

Gases fluorados de efecto invernadero ***II (votación)

Emisiones procedentes de los sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor ***II (votación)

Emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre ***I (votación)

Redes transeuropeas de transporte y energía ***I (votación)

Aditivos alimentarios ***I (votación)

Lucha contra la delincuencia organizada * (votación)

Estrategia de lucha contra una pandemia de gripe (votación)

Patente para las invenciones biotecnológicas (votación)

Enfoque comunitario de la gestión de las migraciones económicas (votación)

Explicaciones de voto

Correcciones de voto

Bienvenida

Aprobación del Acta de la sesión anterior

Preparación del próximo Consejo Europeo informal (debate)

Turno de preguntas (preguntas al Consejo)

Composición del Parlamento

Afganistán (debate)

Situación en Azerbaiyán en vísperas de las elecciones (debate)

El proceso de Barcelona renovado (debate)

Orden del día de la próxima sesión

Cierre de la sesión

LISTA DE ASISTENCIA

280

ANEXO I

282

ANEXO II

297

TEXTOS APROBADOS

381

P6_TA(2005)0400Gases fluorados de efecto invernadero ***IIResolución legislativa del Parlamento Europeo respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero (16056/5/2004 — C6-0221/2005 — 2003/0189A(COD))

381

P6_TC2-COD(2003)0189APosición del Parlamento Europeo adoptada en segunda lectura el 26 de octubre de 2005 con vistas a la adopción del Reglamento (CE) no .../2005 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero

381

ANEXO I

392

ANEXO II

393

P6_TA(2005)0401Emisiones procedentes de sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor ***IIResolución legislativa del Parlamento Europeo respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las emisiones procedentes de sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del Consejo (16182/4/2004 — C6-0222/2005 — 2003/0189B(COD))

393

P6_TC2-COD(2003)0189BPosición del Parlamento Europeo adoptada en segunda lectura el 26 de octubre de 2005 con vistas a la adopción de la Directiva 2005/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las emisiones procedentes de sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del Consejo

394

ANEXO

400

P6_TA(2005)0402Emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre ***IResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2000/14/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre (COM(2005) 0370 — C6-0250/2005 — 2005/0149(COD))

401

P6_TC1-COD(2005)0149Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 26 de octubre de 2005con vistas a la adopción de la Directiva 2005/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2000/14/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre

401

P6_TA(2005)0403Redes transeuropeas de transporte y energía ***IResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se determinan las normas generales para la concesión de ayudas financieras comunitarias en el ámbito de las redes transeuropeas de transporte y energía y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2236/95 del Consejo (COM(2004) 0475 — C6-0086/2004 — 2004/0154(COD))

404

P6_TC1-COD(2004)0154Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 26 de octubre de 2005 con vistas a la adopción del Reglamento (CE) no .../2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se determinan las normas generales para la concesión de ayudas financieras comunitarias en el ámbito de las redes transeuropeas de transporte y energía y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2236/95 del Consejo

405

P6_TA(2005)0404Aditivos alimentarios ***IResolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 95/2/CE relativa a aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes y la Directiva 94/35/CE relativa a los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios (COM(2004)0650 — C6-0139/2004 — 2004/0237(COD))

416

P6_TC1-COD(2004)0237Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 26 de octubre de 2005 con vistas a la adopción de la Directiva 2006/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 95/2/CE relativa a aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes y la Directiva 94/35/CE relativa a los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios

417

ANEXO I

421

ANEXO II

428

P6_TA(2005)0405Lucha contra la delincuencia organizada *Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión marco del Consejo relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (COM(2005) 0006 — C6-0061/2005 — 2005/0003(CNS))

428

P6_TA(2005)0406Estrategia de lucha contra una pandemia de gripeResolución del Parlamento Europeo sobre la estrategia de lucha contra una pandemia de gripe

437

P6_TA(2005)0407Patente para las invenciones biotecnológicasResolución del Parlamento Europeo sobre patentes para invenciones biotecnológicas

440

P6_TA(2005)0408Gestión de la inmigración económicaResolución del Parlamento Europeo sobre el planteamiento de la UE sobre la gestión de la inmigración económica (COM(2004) 0811 — (2005/2059(INI))

442

 

Jueves, 27 de octubre de 2005

2006/C 272E/4

ACTA

449

DESARROLLO DE LA SESIÓN

Apertura de la sesión

Presentación de documentos

Actividades del Defensor del Pueblo Europeo (2004) (debate)

Derechos humanos en el Sáhara Occidental (decisión de la Conferencia de Presidentes)

Turno de votaciones

Proyecto de Presupuesto general de la Unión Europea — Ejercicio 2006 (votación)

Proyecto de presupuesto general 2006 (Sección III) (votación)

Proyecto de presupuesto general 2006 (secciones I, II, III, IV, V, VI, VII) (votación)

Situación en Azerbaiyán en vísperas de las elecciones

El proceso de Barcelona renovado (votación)

Actividades del Defensor del Pueblo Europeo (2004) (votación)

Explicaciones de voto

Correcciones de voto

Aprobación del Acta de la sesión anterior

Debate sobre casos de violaciones de los derechos humanos, de la democracia y del Estado de Derecho (debate)

Derechos humanos en el Sáhara Occidental

Uzbekistán

Caso de Tenzin Delek Rinpoche

Turno de votaciones

Derechos humanos en el Sáhara Occidental (votación)

Uzbekistán (votación)

Caso de Tenzin Delek Rinpoche (votación)

Correcciones de voto

Composición del Parlamento

Composición de las comisiones y delegaciones

Declaraciones inscritas en el registro (artículo 116 del Reglamento)

Decisiones relativas a determinados documentos

Transmisión de los textos aprobados por el Parlamento durante la presente sesión

Calendario de las próximas sesiones

Interrupción del período de sesiones

LISTA DE ASISTENCIA

461

ANEXO I

463

ANEXO II

480

TEXTOS APROBADOS

555

P6_TA(2005)0409Proyecto de presupuesto general 2006 (Sección III)Resolución del Parlamento Europeo sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, Sección III — Comisión (C6-0299/2005 — 2005/2001 (BUD))

555

P6_TA(2005)0410Proyecto de presupuesto general 2006: Secciones I, II, IV, V, VI, VII, VIIIResolución del Parlamento Europeo sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, Sección I — Parlamento Europeo, Sección II — Consejo, Sección IV — Tribunal de Justicia, Sección V — Tribunal de Cuentas, Sección VI — Comité Económico y Social Europeo, Sección VII — Comité de las Regiones, Sección VIII (A) — Defensor del Pueblo Europeo, Sección VIII (B) — Supervisor Europeo de Protección de Datos (C6-0300/2005 — 2005/2002(BUD))

561

P6_TA(2005)0411Situación en Azerbaiyán en vísperas de las eleccionesResolución del Parlamento Europeo sobre Azerbaiyán

567

P6_TA(2005)0412El proceso de Barcelona renovadoResolución del Parlamento Europeo sobre el proceso de Barcelona renovado (2005/2058 (INI))

570

P6_TA(2005)0413Actividades del Defensor del Pueblo Europeo (2004)Resolución del Parlamento Europeo sobre el Informe anual relativo a las actividades del Defensor del Pueblo Europeo en 2004 (2005/2136(INI))

578

P6_TA(2005)0414Sáhara OccidentalResolución del Parlamento Europeo sobre los Derechos Humanos en el Sáhara Occidental

582

P6_TA(2005)0415UzbekistánResolución del Parlamento Europeo sobre Uzbekistán

583

P6_TA(2005)0416Caso de Tenzin Delek RinpocheResolución del Parlamento Europeo sobre el caso de Tenzin Delek Rinpoche

585

ES

 


I (Comunicaciones)

PARLAMENTO EUROPEO

PERÍODO DE SESIONES 2005-2006

Lunes, 24 de octubre de 2005

9.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 272/1


ACTA

(2006/C 272 E/01)

DESARROLLO DE LA SESIÓN

PRESIDENCIA: Josep BORRELL FONTELLES

Presidente

1.   Reanudación del período de sesiones

Se abre la sesión a las 17.05 horas.

2.   Aprobación del Acta de la sesión anterior

Se aprueba el Acta de la sesión anterior.

3.   Declaración de la Presidencia

El Presidente hace una declaración en la que se refiere al 60° aniversario de la fundación de las Naciones Unidas y recuerda la cumbre de Jefes de Estado y de Gobierno que se celebró con tal motivo en Nueva York los días 15 y 16 de septiembre de 2005.

4.   Elogio póstumo

El Presidente, en nombre del Parlamento, rinde homenaje a la memoria de Matti Wuori, diputado al Parlamento Europeo en la legislatura anterior, fallecido el 15 de octubre de 2005.

5.   Composición del Parlamento

Garrelt Duin y Ingo Schmitt han sido elegidos diputados al Bundestag alemán con efecto desde el 18 de octubre de 2005. De conformidad con el apartado 2 del artículo 7 del Acta relativa a la elección de los representantes en el Parlamento Europeo por sufragio universal directo, el Parlamento toma nota de la incompatibilidad de esta función con la de diputado europeo y constata la vacante de sus escaños con efecto desde dicha fecha.

En el Pleno del 13 de octubre de 2005(punto 11 del Acta de 13.10.2005), el Parlamento constató la vacante del escaño de Wojciech Wierzejski con efecto desde el 19 de octubre de 2005, al haber sido elegido diputado al Parlamento polaco. Las autoridades competentes de Polonia comunicaron a continuación al Presidente que, de conformidad con la Ley polaca, la incompatibilidad del mandato europeo con el mandato nacional surte efecto en la fecha de publicación de los resultados de las elecciones y no en la de la reunión constitutiva del Parlamento polaco. Por consiguiente, procede constatar la vacante del escaño de Wojciech Wierzejski con efecto desde el 7 de octubre de 2005.

6.   Composición de las delegaciones interparlamentarias

A petición del Grupo del PPE-DE, el Parlamento ratifica los siguientes nombramientos:

Delegación para las Relaciones con los Países del Asia Meridional y la Asociación para la Cooperación Regional del Asia Meridional (SAARC)

James Nicholson

Delegación en la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE

Patrick Gaubert en sustitución de Joseph Daul

7.   Presentación de documentos

Los siguientes documentos han sido presentados

1)

por las comisiones parlamentarias:

1.1)

informes:

***I Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa «La juventud en acción» para el período 2007-2013 (COM(2004) 0471 — C6-0096/2004 — 2004/0152(COD)) — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Gröner Lissy (A6-0263/2005).

***I Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente (COM(2004)0474 — C6-0095/2004 — 2004/0153(COD)) — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Pack Doris (A6-0267/2005).

***I Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa Cultura 2007 (2007-2013) (COM(2004)0469 — C6-0094/2004 — 2004/0150(COD)) — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Graça Moura Vasco (A6-0269/2005).

Informe sobre el Informe anual relativo a las actividades del Defensor del Pueblo Europeo en 2004 (2005/2136(INI)) — Comisión de Peticiones.

Ponente: Mavrommatis Manolis (A6-0276/2005).

* Informe sobre la propuesta de decisión marco del Consejo relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (COM(2005)0006 — C6-0061/2005 — 2005/0003(CNS)) — Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.

Ponente: Newton Dunn Bill (A6-0277/2005).

***I Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aplicación de un programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) (COM(2004)0470 — C6-0093/2004 — 2004/0151(COD)) — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Hieronymi Ruth (A6-0278/2005).

Informe sobre el proceso de Barcelona renovado (2005/2058(INI)) — Comisión de Asuntos Exteriores — Ponente Jäätteenmäki Anneli (A6-0280/2005).

***I Informe sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se determinan las normas generales para la concesión de ayudas financieras comunitarias en el ámbito de las redes transeuropeas de transporte y energía y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2236/95 del Consejo (COM(2004)0475 — C6-0086/2004 — 2004/0154(COD)) — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Mauro Mario (A6-0283/2005).

Informe sobre el planteamiento de la UE sobre la gestión de la inmigración económica (COM(2004) 0811 — 2005/2059(INI)) — Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.

Ponente: Klamt Ewa (A6-0286/2005).

***I Informe sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2000/14/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre (COM(2005) 0370 — C6-0250/2005 — 2005/0149(COD)) — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Florenz Karl-Heinz (A6-0296/2005).

* Informe sobre el proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005 de la Unión Europea para el ejercicio 2005 — Sección IV — Tribunal de Justicia — Creación del Tribunal de la Función Pública (12180/2005 — C6-0304/2005 — 2005/2159(BUD)) — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Jensen Anne E. (A6-0306/2005).

Informe sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, Sección I — Parlamento Europeo, Sección II — Consejo, Sección IV — Tribunal de Justicia, Sección V — Tribunal de Cuentas, Sección VI — Comité Económico y Social Europeo, Sección VII — Comité de las Regiones, Sección VIII (A) — Defensor del Pueblo Europeo, Sección VIII (B) — Supervisor Europeo de Protección de Datos (C6-0300/2005 — 2005/2002(BUD)) — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Dombrovskis Valdis (A6-0307/2005).

Informe sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006 — Sección III — Comisión (C6-0299/2005 — 2005/2001(BUD)) — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Pittella Giovanni (A6-0309/2005).

1.2)

recomendaciones para la segunda lectura:

***II Recomendación para la segunda lectura respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los traslados de residuos (15311/4/2004 — C6-0223/2005 — 2003/0139(COD)) — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Blokland Johannes (A6-0287/2005).

***II Recomendación para la segunda lectura respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las emisiones procedentes de sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del Consejo (16182/4/2004 — C6-0222/2005 — 2003/0189B(COD)) — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Doyle Avril (A6-0294/2005).

***II Recomendación para la segunda lectura respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a determinados gases fluorados de efecto invernadero (16056/5/2004 — C6-0221/2005 — 2003/0189A(COD)) — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Doyle Avril (A6-0301/2005).

2)

por los diputados:

2.1)

preguntas orales (artículo 108 del Reglamento):

Karl-Heinz Florenz, en nombre de la Comisión ENVI, a la Comisión, sobre la estrategia contra la pandemia de gripe (B6-0334/2005) (O-0089/2005)

2.2)

preguntas orales para el turno de preguntas (artículo 109 del Reglamento) (B6-0332/2005):

Duff Andrew, Beglitis Panagiotis, Panayotopoulos-Cassiotou Marie, Hall Fiona, Ludford Sarah, Lynne Elizabeth, Stihler Catherine, Triantaphyllides Kyriacos, Karim Sajjad, Papadimoulis Dimitrios, Purvis John, Moraes Claude, Corbett Richard, Posselt Bernd, Ebner Michl, Seppänen Esko, Newton Dunn Bill, Crowley Brian, Ó Neachtain Seán, Aylward Liam, Ryan Eoin, McGuinness Mairead, Hedh Anna, Mitchell Gay, Kratsa-Tsagaropoulou Rodi, De Rossa Proinsias, Adamou Adamos, Bradbourn Philip, Evans Jonathan, Bushill-Matthews Philip, Dover Den, Kirkhope Timothy, Atkins Robert, Parish Neil, Kamall Syed, Harbour Malcolm, Czarnecki Ryszard, Guerreiro Pedro, Pafllis Athanasios, Van Hecke Johan, Arif Kader, Toussas Georgios, Andrikienė Laima Liucija, Paasilinna Reino, Manolakou Diamanto, Martin Hans-Peter McAvan Linda, Pinheiro João de Deus, Toussas Georgios, Panayotopoulos-Cassiotou Marie, Ludford Sarah, Papadimoulis Dimitrios, Pieper Markus, Purvis John, Papastamkos Georgios, Westlund Åsa, Madeira Jamila, Isler Béguin Marie Anne, Pafilis Athanasios, Karim Sajjad, Valenciano Martínez-Orozco María Elena, Posselt Bernd, Kristovskis Girts Valdis, Hedh Anna, Mitchell Gay, Figueiredo Ilda, Peterle Alojz, Arif Kader, Paleckis Justas Vincas, Romeva i Rueda Raül, Vaidere Inese, Andrikienė Laima Liucija, Farage Nigel, Ó Neachtain Seán, Gklavakis Ioannis, McGuinness Mairead, Salinas García María Isabel, Guerreiro Pedro, Staes Bart, Stihler Catherine, Martin David, Schlyter Carl, Henin Jacky, Demetriou Panayiotis, Ford Glyn, Moraes Claude, Corbett Richard, Bushill-Matthews Philip, Ebner Michl, Andersson Jan, Goudin Hélène, Batzeli Katerina, Klamt Ewa, Agnoletto Vittorio, Montoro Romero Cristobal, García-Margallo y Marfil José Manuel, Newton Dunn Bill, Crowley Brian, Aylward Liam, Ryan Eoin, Rudi Ubeda Luisa Fernanda, Rack Reinhard, Doyle Avril, Kratsa-Tsagaropoulou Rodi, Seppänen Esko, Matsis Yiannakis, Kuźmiuk Zbigniew Krzysztof, McDonald Mary Lou, Alvaro Alexander Nuno, De Rossa Proinsias, de Grandes Pascual Luis, Beazley Christopher, Karatzaferis Georgios, Czarnecki Ryszard, Medina Ortega Manuel, Gala Milan, Beglitis Panagiotis, Bowles Sharon Margaret, Van Hecke Johan, Manolakou Diamanto, Jensen Anne E., Martin Hans-Peter, Gutiérrez-Cortines Cristina, Lynne Elizabeth, Seeber Richard, Vanhecke Frank

2.3)

propuestas de resolución (artículo 113 del Reglamento):

Muscardini Cristiana — Propuesta de Resolución sobre la situación humanitaria en Ceuta y Melilla (España) (B6-0547/2005).

remitido

fondo: LIBE

 

opinión: AFCO

2.4)

declaraciones por escrito para su inscripción en el registro (artículo 116 del Reglamento):

Daniel Strož, Miloslav Ransdorf y Jaromír Kohlíček, sobre la situación crítica de la literatura checa y de los escritores checos (59/2005);

Marie-Line Reynaud y Marie-Noëlle Lienemann, sobre la necesidad de mantener un tipo de IVA reducido en el sector de la construcción (60/2005);

Íñigo Méndez de Vigo, Ilda Figueiredo, Bronislaw Geremek, Jean Lambert y Martine Roure, sobre la erradicación de la pobreza en Europa como base de un modelo social europeo más justo (61/2005);

Elizabeth Lynne, María Elena Valenciano Martínez-Orozco y Anna Záborská, sobre la necesidad de poner fin a la relación entre viajeros de negocios y la trata de mujeres y niños forzados a prostituirse (62/2005);

Terence Wynn, Catherine Stihler, Neil Parish, Paulo Casaca y Elspeth Attwooll, sobre las redes de enmalle de deriva para el salmón en el mar (63/2005).

8.   Transmisión por el Consejo de textos de Acuerdos

El Consejo ha transmitido copia certificada conforme de los documentos siguientes:

Segunda acta de corrección de errores del Protocolo, establecido de conformidad con el artículo 34 del Tratado de la Unión Europea, que modifica, en lo relativo a la creación de un fichero de identificación de los expedientes de investigación aduanera, el Convenio relativo a la utilización de la tecnología de la información a efectos aduaneros;

Protocolo que modifica el Acuerdo sobre transporte marítimo entre la Comunidad Europea y sus Estados miembros, por una parte, y el Gobierno de la República Popular de China, por otra;

Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Chile sobre determinados aspectos de los servicios aéreos;

Acuerdo entre la Comunidad Europea y el Gobierno de Canadá sobre el tratamiento de datos procedentes del sistema de información anticipada sobre pasajeros y de los expedientes de pasajeros.

9.   Peticiones

Las peticiones siguientes, que han sido inscritas en el registro general en las fechas que se indican, se han remitido a la comisión competente, de conformidad con el apartado 5 del artículo 191 del Reglamento:

El 10.10.2005

Da Belén Gómez Alfonso (Afectados Nudo Sur) (788/2005)

D. Javier Pita Cañas (789/2005)

Da Beatriz Díaz Giménez (790/2005)

Da Cristina Lozano Chico (791/2005)

Da Isabel Castro Latorre (Asociación de Mujeres Olivar y Genero) (792/2005)

Da Olga Juana Bernedo Alvarado (Instituto Canario de la Mujer) (793/2005)

D. Tomás Serret (794/2005)

D. Antonio Capurro Carabe (795/2005)

Da Marisol Montes (Plataforma l'Ave peí Litoral) (796/2005)

D. Stephane Kraus (797/2005)

D. Jean-Frédéric Marrot (798/2005)

D. James Carreyre (Groupe Antiracket Fiscal) (799/2005)

D. Albert Tran (800/2005)

D. Sergio Mantovani (Comitato Insieme per Borgo Roma-Verona) (801/2005)

D. Paolo Rutigliano (802/2005)

D. Andrea Murgia (803/2005)

D. Renzo Allegrini (Federautisti — Associazione Nazionale Autisti Dipendenti) (804/2005)

D. Antonio Ferreira de Jesús (Estabelecimento Prisional de Vale de Judeus) (805/2005)

D. Isaias Gonçalves Afonso (806/2005)

D. Thales Vassilikiotis (807/2005)

Da Loulla Savvidou (Asociación de mujeres divorciadas de Chipre) (con 23 firmas) (808/2005)

D. Józef Kulas (809/2005)

D. Genādijs Goglovs (810/2005)

Da Uta Lautenbach (811/2005)

D. Werner Thiel (812/2005)

Da Nina Dalinger (813/2005)

Da Nadja Peter (814/2005)

D. Heinz Posch (815/2005)

D. Michael Sachanidis (816/2005)

D. Norbert Alexander Wich (817/2005)

10.   Transferencias de créditos

La Comisión de Presupuestos ha examinado la propuesta de transferencia de créditos DEC 09/2005 de la Comisión Europea (C6-0106/2005 — SEC(2005)0367 final).

Tras conocer el dictamen del Consejo, la comisión ha decidido autorizar, de conformidad con el apartado 3 del artículo 24 del Reglamento financiero de 25 de junio de 2002, la transferencia de los créditos en su totalidad.

*

* *

La Comisión de Presupuestos ha examinado la propuesta de transferencia de créditos DEC 11/2005 de la Comisión Europea (C6-0109/2005 — SEC(2005)0479 final).

La comisión ha decidido autorizar, de conformidad con el apartado 2 del artículo 24 del Reglamento financiero de 25 de junio de 2002, la transferencia de los créditos en su totalidad.

*

* *

La Comisión de Presupuestos ha examinado la propuesta de transferencia de créditos DEC 35/2005 de la Comisión Europea (C6-0310/2005 — SEC(2005) 1189 final).

Tras conocer el dictamen del Consejo, la comisión ha decidido autorizar, de conformidad con el apartado 3 del artículo 24 del Reglamento financiero de 25 de junio de 2002, la transferencia de los créditos en su totalidad.

11.   Firma de actos adoptados en codecisión

El Presidente comunica que, junto con el Presidente del Consejo, procederá el miércoles a la firma de los actos siguientes adoptados en codecisión, de conformidad con el artículo 68 del Reglamento del Parlamento:

Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se modifica el Reglamento (CE) no 1059/2003 por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS), con motivo de la adhesión de la República Checa, Estonia, Chipre, Letonia, Lituania, Hungría, Malta, Polonia, Eslovenia y Eslovaquia a la Unión Europea (3622/1/2005 — C6-0332/2005 — 2004/0202(COD))

Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica por vigesimoctava vez la Directiva 76/769/CEE del Consejo relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros que limitan la comercialización y el uso de determinadas sustancias y preparados peligrosos (tolueno y triclorobenceno) (3626/5/2005 — C6-0329/2005 — 2004/0111(COD))

Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre mejora de la protección portuaria (3629/3/2005 — C6-0334/2005 — 2004/0031(COD))

Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales y para la financiación del terrorismo (3631/5/2005 — C6-0330/2005 — 2004/0137(COD))

Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las fusiones transfronterizas de las sociedades de capital (3632/5/2005 — C6-0327/2005 — 2003/0277(COD))

Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al uso de sistemas de protección delantera en vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del Consejo (3640/3/2005 — C6-0336/2005 — 2003/0226(COD))

Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los controles de la entrada o salida de dinero efectivo de la Comunidad (3646/2005 — C6-0328/2005 — 2002/0132(COD))

Además, el Consejo ha comunicado que aprueba:

la Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 14 de abril de 2005 con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la homologación de tipo de los vehículos de motor en lo que concierne a su aptitud para la reutilización, el reciclado y la valorización y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del Consejo (3634/3/2005 — C6-0333/2005 — 2004/0053(COD))

Vistas las adaptaciones introducidas por el Consejo en el texto transmitido al Parlamento, el Presidente ha consultado a la Comisión ENVI, competente en la materia, de conformidad con el apartado 2 del artículo 66 del Reglamento. Dado que la Comisión ENVI no ha podido aceptar las modificaciones introducidas por el Consejo, éste se ha conformado a la posición adoptada por el Parlamento. Por lo tanto, el Presidente firmará igualmente este acto el miércoles.

12.   Orden de los trabajos

De conformidad con el orden del día se procede al establecimiento del orden de los trabajos.

Se ha distribuido el proyecto definitivo de orden del día de la sesión plenaria de octubre (PE 364.061/PDOJ), al que se han presentado las modificaciones siguientes (artículo 132 del Reglamento):

Sesiones del 24.10.2005 al 27.10.2005

Lunes

Solicitud del Grupo del PPE-DE para que se remita al miércoles la votación de las recomendaciones para la 2a lectura Avril Doyle A6-0301/2005 y A6-0294/2005 (puntos 29 y 30 del PDOJ), originalmente prevista para el turno de votaciones del martes.

El Parlamento aprueba esta solicitud.

Martes

Solicitud del Grupo del PSE para que el debate a raíz de la declaración de la Comisión sobre la patente para las invenciones biotecnológicas (punto 18 del PDOJ) no se concluya con la presentación de propuestas de resolución.

Intervienen Martin Schulz, en nombre del Grupo PSE, que argumenta la solicitud, y Peter Liese, en nombre del Grupo PPE-DE.

Por VE (114 a favor, 131 en contra, 5 abstenciones), el Parlamento rechaza la solicitud.

Miércoles y jueves

No se han propuesto modificaciones.

*

* *

Queda así establecido el orden los trabajos.

13.   Intervenciones de un minuto sobre asuntos de importancia política

Intervienen, de conformidad con el artículo 144 del Reglamento, por el tiempo de un minuto, los diputados siguientes, que desean señalar a la atención del Parlamento asuntos de importancia política:

Mairead McGuinness, Pedro Guerreiro, Marian Harkin, Antonio Masip Hidalgo, Gay Mitchell, Vytautas Landsbergis, Koenraad Dillen, Bogdan Pęk, Gerard Batten, Jim Higgins, Yannick Vaugrenard, György Schöpflin, Magda Kósáné Kovács, Georgios Karatzaferis, Erna Hennicot-Schoepges, Bogusław Rogalski, Claude Moraes, James Nicholson, Urszula Krupa, Sarah Ludford, Marc Tarabella, Leopold Józef Rutowicz, Zita Pleštinská, Bogusław Sonik, Csaba Sándor Tabajdi, Marios Matsakis, José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Árpád Duka-Zólyomi y Roger Helmer.

14.   Programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente ***I (debate)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente [COM(2004) 0474 — C6-0095/2004 — 2004/0153(COD)] — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Doris Pack (A6-0267/2005)

Interviene Ján Figel' (Miembro de la Comisión).

PRESIDENCIA: Manuel António dos SANTOS

Vicepresidente

Doris Pack presenta su informe.

Intervienen Proinsias De Rossa (ponente de opinión de la Comisión AFET), Helga Trüpel (ponente de opinión de la Comisión BUDG), Françoise Castex (ponente de opinión de la Comisión EMPL), Magda Kósáné Kovács (ponente de opinión de la Comisión LIBE), Erna Hennicot-Schoepges, en nombre del Grupo PPE-DE, Christa Prets, en nombre del Grupo PSE, Sepp Kusstatscher, en nombre del Grupo Verts/ALE, Adamos Adamou, en nombre del Grupo GUE/NGL, Rolandas Pavilionis, en nombre del Grupo UEN, Manolis Mavrommatis, Nikolaos Sifunakis, Ljudmila Novak, Åsa Westlund, Tomáš Zatloukal, Guy Bono, Thomas Mann y Ján Figel'.

Se cierra el debate.

Votación: punto 5.6 del Acta de 25.10.2005.

15.   Programa «Juventud en acción» (2007-2013) ***I (debate)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa «La juventud en acción» para el período 2007-2013 [COM(2004) 0471 — C6-0096/2004 — 2004/0152(COD)] — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Lissy Gröner (A6-0263/2005)

Interviene Ján Figel' (Miembro de la Comisión).

Lissy Gröner presenta su informe.

Intervienen Ingeborg Gräßle (ponente de opinión de la Comisión BUDG), Piia-Noora Kauppi (ponente de opinión de la Comisión FEMM), Rolf Berend, en nombre del Grupo PPE-DE, Christa Prets, en nombre del Grupo PSE, Athanasios Pafilis, en nombre del Grupo GUE/NGL, Rolandas Pavilionis, en nombre del Grupo UEN, Pál Schmitt, Justas Vincas Paleckis y Ján Figel'.

Se cierra el debate.

Votación: punto 5.7 del Acta de 25.10.2005.

16.   Programa Cultura (2007-2013) ***I (debate)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa Cultura 2007 (2007-2013) [COM(2004)0469 — C6-0094/2004 — 2004/0150(COD)] — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Vasco Graça Moura (A6-0269/2005)

Interviene Ján Figel' (Miembro de la Comisión).

Vasco Graça Moura presenta su informe.

Intervienen Alexandra Dobolyi (ponente de opinión de la Comisión AFET), Bogusław Sonik (ponente de opinión de la Comisión LIBE), Doris Pack, en nombre del Grupo PPE-DE, Guy Bono, en nombre del Grupo PSE, Claire Gibault, en nombre del Grupo ALDE, Helga Trüpel, en nombre del Grupo Verts/ALE, Miguel Portas, en nombre del Grupo GUE/NGL, Erna Hennicot-Schoepges, Nikolaos Sifunakis, Margarita Starkevičiūtė, Bernat Joan i Marí y Marianne Mikko.

PRESIDENCIA: Janusz ONYSZKIEWICZ

Vicepresidente

Intervienen Maria Badia I Cutchet, Christa Prets y Ján Figel'.

Se cierra el debate.

Votación: punto 5.8 del Acta de 25.10.2005.

17.   Programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) ***I (debate)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aplicación de un programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) [COM(2004) 0470 — C6-0093/2004 — 2004/0151(COD)] — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Ruth Hieronymi (A6-0278/2005)

Interviene Viviane Reding (Miembro de la Comisión)

Ruth Hieronymi presenta su informe.

Intervienen Ignasi Guardans Cambó (ponente de opinión de la Comisión LIBE), Marie Panayotopoulos-Cassiotou (ponente de opinión de la Comisión FEMM), Brigitte Douay (ponente de opinión de la Comisión BUDG), Catherine Trautmann (ponente de opinión de la Comisión ITRE), Marianne Mikko, en nombre del Grupo PSE, Alfonso Andria, en nombre del Grupo ALDE, Alyn Smith, en nombre del Grupo Verts/ALE, Hélène Goudin, en nombre del Grupo IND/DEM, Rolandas Pavilionis, en nombre del Grupo UEN, Nikolaos Sifunakis, Sean Ó Neachtain y Viviane Reding.

PRESIDENCIA: Luigi COCILOVO

Vicepresidente

Se cierra el debate.

Votación: punto 7.1 del Acta de 25.10.2005.

18.   Traslados de residuos ***II (debate)

Recomendación para la segunda lectura respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los traslados de residuos [15311/4/2004 — C6-0223/2005 — 2003/0139(COD)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Johannes Blokland (A6-0287/2005)

Johannes Blokland presenta la recomendación para la segunda lectura.

Interviene Stavros Dimas (Miembro de la Comisión)

Intervienen María del Pilar Ayuso González, en nombre del Grupo PPE-DE, Dorette Corbey, en nombre del Grupo PSE, Marios Matsakis, en nombre del Grupo ALDE, Caroline Lucas, en nombre del Grupo Verts/ALE, Jonas Sjöstedt, en nombre del Grupo GUE/NGL, Irena Belohorská, no inscrito, Horst Schnellhardt, Jillian Evans, Luca Romagnoli, Bogusław Sonik y Stavros Dimas.

Se cierra el debate.

Votación: punto 5.4 del Acta de 25.10.2005.

19.   Gases fluorados de efecto invernadero ***II — Emisiones procedentes de los sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor ***II (debate)

Recomendación respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a determinados gases fluorados de efecto invernadero [16056/5/2004 — C6 0221/2005 — 2003/0189A(COD)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Avril Doyle (A6-0301/2005)

Recomendación respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las emisiones procedentes de sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del Consejo [16182/4/2004 — C6-0222/2005 — 2003/0189B((COD)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Avril Doyle (A6-0294/2005)

Avril Doyle presenta las recomendaciones para la segunda lectura (A6-0301/2005 y A6-0294/2005).

Interviene Stavros Dimas (Miembro de la Comisión).

Intervienen Horst Schnellhardt, en nombre del Grupo PPE-DE, Dorette Corbey, en nombre del Grupo PSE, Vittorio Prodi, en nombre del Grupo ALDE, Caroline Lucas, en nombre del Grupo Verts/ALE, Jonas Sjöstedt, en nombre del Grupo GUE/NGL, Johannes Blokland, en nombre del Grupo IND/DEM, Alessandro Foglietta, en nombre del Grupo UEN, Irena Belohorská, no inscrito, Richard Seeber, Åsa Westlund, Holger Krahmer, Margrete Auken, Jens-Peter Bonde, Luca Romagnoli, Thomas Ulmer, Karin Scheele, Kathy Sinnott, Frederika Brepoels, Linda McAvan, Avril Doyle y Stavros Dimas.

Se cierra el debate.

Votación: punto 3.1 del Acta de 26.10.2005 y punto 3.2 del Acta de 26.10.2005.

20.   Orden del día de la próxima sesión

Se ha establecido el orden del día de la sesión de mañana (documento «Orden del día» PE 364.061/OJMA).

21.   Cierre de la sesión

Se levanta la sesión a las 22.50 horas.

Julian Priestley

Secretario General

Dagmar Roth-Behrendt

Vicepresidente


LISTA DE ASISTENCIA

Han firmado:

Adamou, Agnoletto, Allister, Andersson, Andrejevs, Andria, Andrikienė, Angelilli, Antoniozzi, Arif, Arnaoutakis, Ashworth, Atkins, Attard-Montalto, Attwooll, Aubert, Audy, Auken, Ayala Sender, Aylward, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Baco, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Barsi-Pataky, Batten, Batzeli, Bauer, Beaupuy, Becsey, Beer, Beglitis, Belder, Belet, Belohorská, Beñová, Berend, Berés, van den Berg, Berger, Berlato, Berlinguer, Berman, Bertinotti, Birutis, Blokland, Bloom, Bobosíková, Boge, Bosch, Bonde, Bono, Bonsignore, Booth, Borrell Fontelles, Bourlanges, Bowis, Bowles, Bradbourn, Braghetto, Mihael Brejc, Brepoels, Breyer, Bfezina, Brie, Budreikaité, Bullmann, Bushill-Matthews, Busk, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Camre, Capoulas Santos, Carlotti, Carollo, Casa, Casaca, Caspary, Castex, del Castillo Vera, Catania, Cercas, Chatzimarkakis, Chichester, Chiesa, Chmielewski, Chruszcz, Claeys, Clark, Cocilovo, Coelho, Cohn-Bendit, Corbett, Corbey, Cornillet, Correia, Cottigny, Coüteaux, Coveney, Cramer, Crowley, Ryszard Czarnecki, Daul, Davies, de Brún, Degutis, Demetriou, Deprez, De Rossa, De Sarnez, Descamps, Désir, DeS, Deva, De Veyrac, De Vits, Díaz de Mera García Consuegra, Didziokas, Dillen, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dobolyi, Douay, Dover, Doyle, Drcar Murko, Duchoñ, Dührkop Dührkop, Duff, Duka-Zólyomi, Duquesne, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Estrela, Ettl, Eurlings, Jillian Evans, Jonathan Evans, Fajmon, Falbr, Farage, Fazakas, Ferber, Fernandes, Fernández Martín, Anne Ferreira, Elisa Ferreira, Figueiredo, Fjellner, Flasarová, Foglietta, Ford, Fotyga, Fourtou, Fraga Estévez, Frassoni, Friedrich, Fruteau, Gahler, Gal, Gala, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, García Pérez, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzés, Gawronski, Gebhardt, Gentvilas, Geremek, Geringer de Oedenberg, Gibault, Gierek, Giertych, Gilí, Gklavakis, Glattfelder, Goebbels, Goepel, Golik, Gollnisch, Gomes, Gomolka, Goudin, Genowefa Grabowska, Grabowski, Graga Moura, Graefe zu Baringdorf, GráSle, de Grandes Pascual, Griesbeck, Gróner, de Groen-Kouwenhoven, Grosch, Grossetéte, Guardans Cambó, Guellec, Guerreiro, Guidoni, Gurmai, Gutiérrez-Cortines, Guy-Quint, Hánsch, Hammerstein Mintz, Handzlik, Hannan, Harangozó, Harbour, Harkin, Harms, Hasse Ferreira, Hassi, Hatzidakis, Haug, Hazan, Heaton-Harris, Hedh, Hedkvist Petersen, Helmer, Hennicot-Schoepges, Herczog, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hokmark, Honeyball, Hoppenstedt, Horácek, Howitt, Hudacky, Hudghton, Hughes, Hutchinson, Hybásková, Ilves, Isler Béguin, ítala, Iturgaiz Ángulo, Jáátteenmaki, Jalowiecki, Janowski, Járóka, Jeggle, Jensen, Joan i Mari, Jóns, Jorgensen, Jordán Cizelj, Jukneviciené, Jelko Kacin, Kaczmarek, Kallenbach, Kamall, Karas, Karatzaferis, Karim, Kasoulides, Kaufmann, Kauppi, Tunne Kelam, Kilroy-Silk, Kindermann, Kirkhope, Klamt, Klaft, Klinz, Knapman, Koch, Kohlícek, Konrad, Korhola, Kósáné Kovács, Koterec, Kozlík, Krahmer, Krarup, Krasts, Kratsa-Tsagaropoulou, Krehl, Kreissl-Dórfler, Kristovskis, Krupa, Kuc, Kudrycka, Kuhne, Kulakowski, Kuskis, Kusstatscher, Kuzmiuk, Lagendijk, Laignel, Lambert, Lambrinidis, Landsbergis, Lang, Langen, Langendries, Laperrouze, La Russa, Lavarra, Lax, Le Foll, Lehideux, Lehne, Lehtinen, Leinen, Jean-Marie Le Pen, Marine Le Pen, Le Rachinel, Letta, Libicki, Lichtenberger, Liese, Lipietz, Locatelli, López-Istúriz White, Louis, Lucas, Ludford, Lulling, Lundgren, Lynne, Maat, Maaten, McAvan, McGuinness, McMillan-Scott, Madeira, Manders, Mañka, Thomas Mann, Mantovani, Markov, Marques, Martens, David Martin, Hans-Peter Martin, Martínez, Martínez Martínez, Masiel, Masip Hidalgo, Mastálka, Mastenbroek, Mathieu, Mato Adrover, Matsakis, Matsouka, Mauro, Mavrommatís, Mayer, Mayor Oreja, Medina Ortega, Meijer, Méndez de Vigo, Menéndez del Valle, Meyer Pleite, Miguélez Ramos, Mikko, Mikolásik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovia, Mote, Mulder, Musacchio, Muscardini, Muscat, Musotto, Musumeci, Myller, Napoletano, Nassauer, Nattrass, Navarro, Newton Dunn, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Nicholson, Nicholson of Winterbourne, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Ó Neachtain, Onesta, Onyszkiewicz, Oomen-Ruijten, Ortuondo Larrea, óry, Oviir, Paasilinna, Pack, Pafilis, Borut Pahor, Paleckis, Panayotopoulos-Cassiotou, Pannella, Papadimoulis, Papastamkos, Parish, Patrie, Pavilionis, Pek, Pflüger, Piecyk, Pieper, Piks, Pinheiro, Pinior, Piotrowski, Pirilli, Piskorski, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Plestínská, Podestá, Podkañski, Poettering, Poignant, Poli Bortone, Pomés Ruiz, Portas, Posselt, Prets, Prodi, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Ransdorf, Rapkay, Rasmussen, Resetarits, Reul, Reynaud, Riera Madurell, Ries, Riis-Jorgensen, Rizzo, Rogalski, Roithová, Romagnoli, Romeva i Rueda, Rosati, Roszkowski, Roth-Behrendt, Roucek, Roure, Rudi Ubeda, Rübig, Rühle, Rutowicz, Sacconi, Saifi, Sakalas, Salafranca Sánchez-Neyra, Salinas García, Salvini, Samaras, Samuelsen, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Sartori, Saryusz-Wolski, Savi, Sbarbati, Schapira, Scheele, Schenardi, Schierhuber, Schlyter, Schmitt, Schnellhardt, Schopflin, Schroder, Schroedter, Schulz, Schuth, Schwab, Seeber, Seeberg, Segelstrom, Seppánen, Siekierski, Sifunakis, Silva Peneda, Sinnott, Siwiec, Sjostedt, Skinner, Skottová, Smith, Sommer, Sonik, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Speroni, Staes, Staniszewska, Starkeviciüté, Sterckx, Stevenson, Stihler, Stockmann, Stroz, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surjan, Svensson, Szájer, Szejna, Szent-Iványi, Szymañski, Tabajdi, Takkula, Tannock, Tarabella, Tarand, Tatarella, Thomsen, Thyssen, Titford, Titley, Tomczak, Toubon, Trakatellis, Trautmann, Triantaphyllides, Trüpel, Turmes, Tzampazi, Uca, Ulmer, Váyrynen, Vaidere, Vakalis, Valenciano Martínez-Orozco, Vanhecke, Van Hecke, Van Lancker, Van Orden, Varvitsiotís, Vatanen, Vaugrenard, Vergnaud, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vincenzi, Virrankoski, Vlasto, Voggenhuber, Wagenknecht, Wallis, Walter, Watson, Henri Weber, Weiler, Wesdund, Whitehead, Wieland, Wiersma, Wise, von Wogau, Wohlin, Janusz Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wurtz, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zapalowski, Zappalá, Zatloukal, Zdanoka, Zelezny, Zlle, Zimmer, Zingaretti, Zvéfina

Observadores:

Ali Nedzhmi, Arabadjiev Alexander, Bliznashki Georgi, Crefu Corina, Dimitrov Martin, Dincu Vasile, Duca Viorel Sénior, Ganf Ovidiu Víctor, Hogea Vlad Gabriel, Husmenova Filiz, Ilchev Stanimir, Ivanova Iglika, Kazak Tchetin, Kelemen Atilla Béla Ladislau, Kirilov Evgeni, Kónya-Hamar Sándor, Marinescu Marian-Jean, Miháescu Eugen, Nicolae §erban, Paparizov Atañas Atanassov, Parvanova Antonyia, Pa§cu loan Mircea, Petre María, Popeangá Petre, Severin Adrián, Shouleva Lydia, Soflanski Stefan, Stoyanov Dimitar, Tirle Radu, Vigenin Kristian


Martes, 25 de octubre de 2005

9.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 272/13


ACTA

(2006/C 272 E/02)

DESARROLLO DE LA SESIÓN

PRESIDENCIA: Josep BORRELL FONTELLES

Presidente

1.   Apertura de la sesión

Se abre la sesión a las 9.05 horas.

2.   Debate sobre casos de violaciones de los derechos humanos, de la democracia y del Estado de Derecho (anuncio de las propuestas de resolución presentadas)

Los diputados o grupos políticos que se citan a continuación han presentado solicitudes de que se organice tal debate, de conformidad con el artículo 115 del Reglamento, para las propuestas de resolución siguientes:

I.

DERECHOS HUMANOS EN EL SÁHARA OCCIDENTAL

Pasqualina Napoletano, Ana María Gomes, Iratxe García Pérez y Karin Scheele, en nombre del Grupo PSE, sobre los derechos humanos en el Sáhara occidental (B6-0561/2005);

Raül Romeva i Rueda, Alyn Smith, Hélène Flautre y Bernat Joan i Marí, en nombre del Grupo Verts/ALE, sobre el Sáhara occidental (B6-0566/2005);

José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, Agustín Díaz de Mera García Consuegra y Charles Tannock, en nombre del Grupo PPE-DE, sobre los derechos humanos en el Sáhara occidental (B6-0568/2005);

Cecilia Malmström y Anneli Jäätteenmäki, en nombre del Grupo ALDE, sobre el Sáhara occidental (B6-0571/2005);

Willy Meyer Pleite, Vittorio Agnoletto, Jonas Sjöstedt, Miguel Portas, Luisa Morgantini, Tobias Pflüger y Pedro Guerreiro, en nombre del Grupo GUE/NGL, sobre el Sáhara occidental (B6-0574/2005);

Ģirts Valdis Kristovskis, en nombre del Grupo UEN, sobre la situación en el Sahara occidental (B6-0580/2005);

II.

UZBEKISTÁN

Pasqualina Napoletano y Bernadette Bourzai, en nombre del Grupo PSE, sobre Uzbekistán (B6-0563/2005);

Cem Özdemir y Bart Staes, en nombre del Grupo Verts/ALE, sobre Uzbekistán (B6-0564/2005);

Albert Jan Maat, Simon Coveney y Bernd Posselt, en nombre del Grupo PPE-DE, sobre Uzbekistán (B6-0569/2005);

Ona Juknevičienė, en nombre del Grupo ALDE, sobre Uzbekistán (B6-0572/2005);

Eva-Britt Svensson y Roberto Musacchio, en nombre del Grupo GUE/NGL, sobre la situación en Uzbekistán (B6-0573/2005);

Cristiana Muscardini, Anna Elzbieta Fotyga, Marcin Libicki y Inese Vaidere, en nombre del Grupo UEN, sobre la situación de los derechos humanos en Uzbekistán (B6-0579/2005);

III.

CASO DE TENZIN DELEK RINPOCHÉ

Pasqualina Napoletano, en nombre del Grupo PSE, sobre el caso de Tenzin Delek Rinpoché (B6-0562/2005);

Raül Romeva i Rueda y Eva Lichtenberger, en nombre del Grupo Verts/ALE, sobre el Tíbet, el caso de Tenzin Delek Rinpoché (B6-0565/2005);

Thomas Mann, Bernd Posselt y Charles Tannock, en nombre del Grupo PPE-DE, sobre el caso de Tenzin Delek Rinpoché (B6-0567/2005);

Bill Newton Dunn, Frédérique Ries y Dirk Sterckx, en nombre del Grupo ALDE, sobre el caso de Tenzin Delek Rinpoché (B6-0570/2005);

Jonas Sjöstedt y Luisa Morgantini, en nombre del Grupo GUE/NGL, sobre el caso de Tenzin Delek Rinpoché (B6-0575/2005);

Marcin Libicki, en nombre del Grupo UEN, sobre el caso de Tenzin Delek Rinpoché (B6-0581/2005);

El tiempo de uso de la palabra se distribuirá de conformidad con el artículo 142 del Reglamento.

3.   Recientes declaraciones del Sr. McCreevy sobre el asunto Vaxholm (debate)

Declaraciones de José Manuel Barroso y Charlie McCreevy: Recientes declaraciones del Sr. McCreevy sobre el asunto Vaxholm

José Manuel Barroso (Presidente de la Comisión) y Charlie McCreevy (Miembro de la Comisión) proceden a las declaraciones.

Intervienen Hans-Gert Poettering, en nombre del Grupo PPE-DE, Martin Schulz, en nombre del Grupo PSE, Graham Watson, en nombre del Grupo ALDE, Carl Schlyter, en nombre del Grupo Verts/ALE, Francis Wurtz, en nombre del Grupo GUE/NGL, Nils Lundgren, en nombre del Grupo IND/DEM, Brian Crowley, en nombre del Grupo UEN, James Hugh Allister, no inscrito, Ria Oomen-Ruijten, Jan Andersson, Cecilia Malmström, Elisabeth Schroedter, Eva-Britt Svensson, Kathy Sinnott, Roberts Zīle, Gunnar Hökmark, Richard Falbr, Jens-Peter Bonde, Proinsias De Rossa y José Manuel Barroso.

Se cierra el debate.

PRESIDENCIA: Luigi COCILOVO

Vicepresidente

4.   Estrategia contra la pandemia de gripe (debate)

Pregunta oral presentada por Karl-Heinz Florenz, a la Comisión: Estrategia contra la pandemia de gripe (B6-0334/2005) (O-0089/2005)

Antonios Trakatellis (suplente del autor) desarrolla la pregunta oral.

Markos Kyprianou (Miembro de la Comisión) responde a la pregunta (B6-0334/2005).

Intervienen John Bowis, en nombre del Grupo PPE-DE, Phillip Whitehead, en nombre del Grupo PSE, Georgs Andrejevs, en nombre del Grupo ALDE, Satu Hassi, en nombre del Grupo Verts/ALE, Adamos Adamou, en nombre del Grupo GUE/NGL, Georgios Karatzaferis, en nombre del Grupo IND/DEM, Alessandro Foglietta, en nombre del Grupo UEN, Irena Belohorská, no inscrito, Françoise Grossetête, Marie-Noëlle Lienemann, Jules Maaten, Caroline Lucas, Urszula Krupa, Luca Romagnoli, Neil Parish, Dorette Corbey, Friedrich-Wilhelm Graefe zu Baringdorf, Ryszard Czarnecki, Bogusław Sonik, María Sornosa Martínez, María del Pilar Ayuso González, Katerina Batzeli, Avril Doyle, Linda McAvan, Miroslav Mikolášik, Evangelia Tzampazi, Karsten Friedrich Hoppenstedt y Markos Kyprianou.

Propuesta de resolución presentada de conformidad con el apartado 5 del artículo 108 del Reglamento para cerrar el debate:

Georgs Andrejevs, Karl-Heinz Florenz y Antonios Trakatellis, en nombre de la Comisión ENVI, sobre la estrategia contra la pandemia de gripe (B6-0548/2005)

Se cierra el debate.

Votación: punto 3.7 del Acta de 26.10.2005.

PRESIDENCIA: Mario MAURO

Vicepresidente

5.   Turno de votaciones

Los resultados detallados de las votaciones (enmiendas, votaciones por separado, votaciones por partes, figuran en el Anexo I, adjunto al Acta.

5.1.   Acuerdo CE/Azerbaiyán sobre determinados aspectos de los servicios aéreos * (artículo 131 del Reglamento) (votación)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Azerbaiyán sobre determinados aspectos de los servicios aéreos [COM (2005)0060 — C6-0130/2005 — 2005/0011(CNS)] — Comisión de Transportes y Turismo.

Ponente: Paolo Costa (A6-0230/2005).

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 1)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado en votación única (P6_TA(2005)0390)

5.2.   Proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005 de la Unión Europea para el ejercicio 2005 (artículo 131 del Reglamento) (votación)

Proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005 (Sección IV) — Tribunal de Justicia [12180/2005 — C6-0304/2005]

(Mayoría cualificada requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 2)

ENMIENDA

Aprobado (P6_TA(2005)0391)

5.3.   Proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005: Sección IV — Tribunal de Justicia (artículo 131 del Reglamento) (votación)

Informe sobre el proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005 de la Unión Europea para el ejercicio 2005 — Sección IV — Tribunal de Justicia — Creación del Tribunal de la Función Pública [12180/2005 — C6-0304/2005 — 2005/2159(BUD)] — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Anne E. Jensen (A6-0306/2005)

(Mayoría cualificada requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 3)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2005)0392)

5.4.   Traslados de residuos***II (votación)

Recomendación para la segunda lectura respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los traslados de residuos [15311/4/2004 — C6-0223/2005 — 2003/0139(COD)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Johannes Blokland (A6-0287/2005)

(Mayoría cualificada requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 4)

POSICIÓN COMÚN DEL CONSEJO

Se declara aprobado en su versión modificada (P6_TA(2005)0393)

5.5.   Requisitos contractuales de calidad aplicables a los servicios de transporte de mercancías por ferrocarril ***I (votación final)

Informe sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las indemnizaciones por incumplimiento de los requisitos contractuales de calidad en los servicios de transporte de mercancías por ferrocarril [COM(2004) 0144 — C6-0004/2004 — 2004/0050(COD)] — Comisión de Transportes y Turismo.

Ponente: Roberts Zīle (A6-0171/2005)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 5)

La propuesta de la Comisión fue rechazada el 28.9.2005(punto 7.6 del Acta de 28.9.2005) y el asunto se ha devuelto a la comisión competente (artículo 52, apartado 3, de Reglamento).

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P6_TA(2005)0394)

Queda por tanto confirmado el rechazo de la propuesta. Se clausura el procedimiento.

5.6.   Programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente ***I (votación)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente [COM(2004) 0474 — C6-0095/2004 — 2004/0153(COD)] — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Doris Pack (A6-0267/2005).

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 6)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P6_TA(2005)0395)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P6_TA(2005)0395)

Intervenciones sobre las votaciones:

Antonio Tajani sobre su enmienda 79.

5.7.   Programa «Juventud en acción» (2007-2013) ***I (votación)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa «La juventud en acción» para el período 2007-2013 [COM(2004) 0471 — C6-0096/2004 — 2004/0152(COD)] — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Lissy Gröner (A6-0263/2005).

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 7)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P6_TA(2005)0396)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P6_TA(2005)0396)

5.8.   Programa Cultura (2007-2013) ***I (votación)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa Cultura 2007 (2007-2013) [COM(2004) 0469 — C6-0094/2004 — 2004/0150(COD)] — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Vasco Graça Moura (A6-0269/2005)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 8)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P6_TA(2005)0397)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P6_TA(2005)0397)

PRESIDENCIA: Josep BORRELL FONTELLES

Presidente

6.   Sesión solemne — Chile

De las 12.00 horas a las 12.30 horas, el Parlamento se reúne en sesión solemne con ocasión de la visita de D. Ricardo Lagos Escobar, Presidente de la República de Chile.

PRESIDENCIA: Mario MAURO

Vicepresidente

7.   Turno de votaciones (continuación)

7.1.   Programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) ***I (votación)

Informe sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la aplicación de un programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) [COM(2004) 0470 — C6-0093/2004 — 2004/0151(COD)] — Comisión de Cultura y Educación.

Ponente: Ruth Hieronymi (A6-0278/2005)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 9)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P6_TA(2005)0398)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P6_TA(2005)0398)

Intervenciones sobre la votación:

Phillip Whitehead ha formulado, antes de la votación, una declaración de intereses financieros, de conformidad con el apartado1 del artículo 1 del Anexo I del Reglamento, y ha indicado que no participaría en la votación de este informe.

8.   Explicaciones de voto

Explicaciones de voto por escrito:

Las explicaciones de voto por escrito, en el sentido del artículo 163, apartado 3, del Reglamento, figuran en el Acta Literal de la presente sesión.

Explicaciones de voto orales:

Informe Doris Pack — A6-0267/2005

Michl Ebner

9.   Correcciones de voto

Las correcciones de voto figuran en la página «Séance en direct/Sittings live», «Résultats des votes (Appels nominaux)/Results of votes (Roll-call votes)» y en la versión impresa del anexo II «Resultados de la votación nominal».

La versión electrónica de Europarl se actualizará periódicamente a lo largo de las dos semanas posteriores al día de la votación.

Transcurrido este plazo, la lista de las correcciones de voto se cerrará a los efectos de su traducción y publicación en el Diario Oficial.

Diputados que han declarado no haber participado en las votaciones:

Hiltrud Breyer y Ana María Gomes han comunicado que no han participado en las votaciones — salvo en la del informe Ruth Hieronymi (A6-0278/2005) — a causa de un problema con sus tarjetas de votación.

Phillip Whitehead ha formulado una declaración de intereses financieros de conformidad con el Anexo I del Reglamento y no ha participado en la votación del informe Ruth Hieronymi (A6-0278/2005).

(La sesión, suspendida a las 12.40 horas, se reanuda a las 15.00 horas.)

PRESIDENCIA: Dagmar ROTH-BEHRENDT

Vicepresidenta

10.   Aprobación del Acta de la sesión anterior

Erika Mann ha comunicado que estuvo presente, pero que su nombre no figura en la lista de asistencia.

Se aprueba el Acta de la sesión anterior.

*

* *

Interviene Erika Mann, quien solicita que el Presidente envíe una carta dando testimonio de la simpatía del Parlamento por el pueblo mexicano, afectado por el huracán Wilma, y explore las posibilidades que ofrece el acuerdo de libre comercio CE-México para prestar la ayuda necesaria a México. (La Presidenta toma nota).

(La sesión, suspendida a las 15.05 horas en espera de la llegada de'Olli Rehn (Miembro de la Comisión), se reanuda a las 15.10 horas.)

11.   Progresos realizados en la vía de la adhesión por Bulgaria y Rumania (debate)

Declaración de la Comisión: Progresos realizados en la vía de la adhesión por Bulgaria y Rumania

Olli Rehn (Miembro de la Comisión) procede a la declaración.

Interviene Roger Knapman sobre el retraso de la Comisión (La Presidenta le retira la palabra).

Intervienen Elmar Brok, en nombre del Grupo PPE-DE, Pierre Moscovia, en nombre del Grupo PSE, Alexander Lambsdorff, en nombre del Grupo ALDE, Joost Lagendijk, en nombre del Grupo Verts/ALE, Erik Meijer, en nombre del Grupo GUE/NGL, Bastiaan Belder, en nombre del Grupo IND/DEM, Salvatore Tatarella, en nombre del Grupo UEN, Jan Tadeusz Masiel, no inscrito, Geoffrey Van Orden, Jan Marinus Wiersma, Nicholson of Winterbourne, Christopher Beazley, quien lamenta la ausencia del Consejo, y Milan Horáček.

PRESIDENCIA: Miroslav OUZKÝ

Vicepresidente

Intervienen Jaromír Kohlíček, Roger Knapman, Andreas Mölzer, Francisco José Millán Mon, Hannes Swoboda, Jeanine Hennis-Plasschaert, Elly de Groen-Kouwenhoven, Athanasios Pafilis, Nils Lundgren, Koenraad Dillen, Kinga Gál, Catherine Guy-Quint, Luciana Sbarbati, Marie Anne Isler Béguin, Hans-Peter Martin, David Casa, Alexandra Dobolyi, Cecilia Malmström, Arma Ibrisagic, Helmut Kuhne, István Szent-Iványi, Guido Podestà, Miguel Angel Martínez Martínez, Árpád Duka-Zólyomi, Józef Pinior, Ivo Strejček, Panagiotis Beglitis, Camiel Eurlings, Libor Rouček, Péter Olajos, Georgios Papastamkos, Michl Ebner, Ioannis Varvitsiotis, Mairead McGuinness, Bernd Posselt y Olli Rehn.

PRESIDENCIA: Sylvia-Yvonne KAUFMANN

Vicepresidenta

Se cierra el debate.

12.   Turno de preguntas (preguntas a la Comisión)

El Parlamento examina una serie de preguntas a la Comisión (B6-0332/2005).

Primera parte

Pregunta 47 (Linda McAvan): Derechos de los pasajeros de los transportes aéreos.

Jacques Barrot (Vicepresidente de la Comisión) responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Linda McAvan, Richard Corbett y Paul Rübig.

Pregunta 48 0oao de Deus Pinheiro): Competencia en los sectores del gas y la electricidad.

Neelie Kroes (Miembro de la Comisión) responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de João de Deus Pinheiro, Paul Rübig y José Manuel García-Margallo y Marfil.

Interviene Antonio Masip Hidalgo.

Pregunta 49 (Georgios Toussas): Precio del petróleo.

Neelie Kroes responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Georgios Toussas y Antonio Masip Hidalgo.

Segunda parte

Pregunta 50 (Marie Panayotopoulos-Cassiotou): El problema de los residuos y cómo hacerle frente.

Stavros Dimas (Miembro de la Comisión) responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Marie Panayotopoulos-Cassiotou, Mairead McGuinness y Gay Mitchell.

Pregunta 51 (Sarah Ludford): Procedimiento por incumplimiento por parte del Reino Unido la Directiva sobre el tratamiento de aguas residuales urbanas.

Stavros Dimas responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Sarah Ludford.

Pregunta 52 (Dimitrios Papadimoulis): Tratamiento de lodos y depuradora de aguas de Psitalia.

Stavros Dimas responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Dimitrios Papadimoulis, Georgios Papastamkos y Josu Ortuondo Larrea.

Las preguntas 53 a 59 recibirán una respuesta por escrito.

Pregunta 60 (Sajjad Karim): Acuerdo de Asociación UE-Israel.

Benita Ferrero-Waldner (Miembro de la Comisión) responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Sajjad Karim, David Martin y Jonas Sjöstedt.

La pregunta 61 decae al estar ausente su autor.

Pregunta 62 (Bernd Posselt): Sur del Cáucaso y Mar Caspio.

Benita Ferrero-Waldner responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Bernd Posselt y Justas Vincas Paleckis.

Pregunta 63 (Ģirts Valdis Kristovskis): Situación de la financiación de la UE en Túnez.

Benita Ferrero-Waldner responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Ģirts Valdis Kristovskis.

Las preguntas 64 a 72 recibirán una respuesta por escrito.

Las preguntas 73, 74 y 78 decaen al estar ausentes sus autores.

Pregunta 75 (Ioannis Gklavakis): Posibilidades de pesca de esponjas.

Joe Borg (Miembro de la Comisión) responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Ioannis Gklavakis.

Interviene Christopher Beazley sobre el desarrollo del turno de preguntas.

Pregunta 76 (Mairead McGuinness): Impacto de la utilización de redes de deriva sobre las poblaciones de salmón en las aguas europeas.

Joe Borg responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Mairead McGuinness y David Martin.

Pregunta 77 (María Isabel Salinas García): Incumplimiento de las normas de pesca en el Mediterráneo.

Joe Borg responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de María Isabel Salinas García.

Las preguntas que, por falta de tiempo, no han recibido respuesta oral, la recibirán por escrito.

Se cierra el turno de preguntas reservado a la Comisión.

(La sesión, suspendida a las 19.25 horas, se reanuda a las 21.00 horas.)

PRESIDENCIA: Alejo VIDAL-QUADRAS ROCA

Vicepresidente

13.   Patente para las invenciones biotecnológicas (debate)

Declaración de la Comisión: Patente para las invenciones biotecnológicas

Charlie McCreevy (Miembro de la Comisión) procede a la declaración.

Intervienen Peter Liese, en nombre del Grupo PPE-DE, María Berger, en nombre del Grupo PSE, Diana Wallis, en nombre del Grupo ALDE, Hiltrud Breyer, en nombre del Grupo Verts/ALE, Johannes Blokland, en nombre del Grupo IND/DEM, Marcin Libicki, en nombre del Grupo UEN, Manuel Medina Ortega, Patrizia Toia, Maciej Marian Giertych, Andrzej Jan Szejna y Kathy Stanott.

Propuestas de resolución, presentadas de conformidad con el apartado 2 del artículo 103 del Reglamento, para cerrar el debate:

Diana Wallis, en nombre del Grupo ALDE, sobre patentes para invenciones biotecnológicas (B6-0551/2005);

Maria Berger, en nombre del Grupo PSE, sobre patentes para invenciones biotecnológicas (B6-0552/2005);

Hiltrud Breyer y Margrete Auken, en nombre del Grupo Verts/ALE, sobre la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas (B6-055 3/2005);

Klaus-Heiner Lehne, Jaime Mayor Oreja, Miroslav Mikolášik, Peter Liese y Giuseppe Gargani, en nombre del Grupo PPE-DE, sobre las patentes de invenciones biotecnológicas (B6-0554/2005);

Brian Crowley, Rolandas Pavilionis y Marcin Libicki, en nombre del Grupo UEN, sobre las patentes de las invenciones biotecnológicas (B6-0555/2005);

Umberto Guidoni, Marco Rizzo, Ilda Figueiredo, Pedro Guerreiro y Sylvia-Yvonne Kaufmann, en nombre del Grupo GUE/NGL, sobre la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas (B6-0556/2005);

Bastiaan Belder, Johannes Blokland, Kathy Sinnott, Maciej Marian Giertych, Patrick Louis, Mario Borghezio, Matteo Salvini y Francesco Enrico Speroni, en nombre del Grupo IND/DEM, sobre la patente de invenciones biotecnológicas (B6-0557/2005).

Se cierra el debate.

Votación: punto 3.8 del Acta de 26.10.2005.

14.   Lucha contra la delincuencia organizada * (debate)

Informe sobre la propuesta de Decisión marco del Consejo relativa a la lucha contra la delincuencia organizada [COM(2005)0006 — C6-0061/2005 — 2005/0003(CNS)] — Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.

Ponente: Bill Newton Dunn (A6-0277/2005)

Interviene Franco Frattini (Vicepresidente de la Comisión).

Bill Newton Dunn presenta su informe.

Intervienen Manfred Weber, en nombre del Grupo PPE-DE, Martine Roure, en nombre del Grupo PSE, Marios Matsakis, en nombre del Grupo ALDE, Johannes Voggenhuber, en nombre del Grupo Verts/ALE, Giusto Catania, en nombre del Grupo GUE/NGL, James Hugh Allister, no inscrito, Carlos Coelho, Kyriacos Triantaphyllides, Alexander Stubb, Franco Frattini y Giusto Catania sobre la intervención de James Hugh Allister.

Se cierra el debate.

Votación: punto 3.6 del Acta de 26.10.2005.

15.   Enfoque comunitario de la gestión de las migraciones económicas (debate)

Informe sobre un enfoque comunitario de la gestión de las migraciones económicas [COM(2004) 0811 — 2005/2059(INI)] — Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.

Ponente: Ewa Klamt (A6-0286/2005)

Ewa Klamt presenta su informe.

Interviene Franco Frattini (Vicepresidente de la Comisión).

Intervienen Gabriele Zimmer (ponente de opinión de la Comisión DEVE), Danutė Budreikaitė (ponente de opinión de la Comisión INTA), Anna Záborská (ponente de opinión de la Comisión FEMM), Carlos Coelho, en nombre del Grupo PPE-DE, Adeline Hazan, en nombre del Grupo PSE, Sophia in 't Veld, en nombre del Grupo ALDE, Jean Lambert, en nombre del Grupo Verts/ALE, Giusto Catania, en nombre del Grupo GUE/NGL, Jan Tadeusz Masiel, no inscrito, Patrick Gaubert y Martine Roure.

Se cierra el debate.

Votación: punto 3.9 del Acta de 26.10.2005.

16.   Redes transeuropeas de transporte y energía ***I (debate)

Informe sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se determinan las normas generales para la concesión de ayudas financieras comunitarias en el ámbito de las redes transeuropeas de transporte y energía y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2236/95 del Consejo [COM(2004) 0475 — C6-0086/2004 — 2004/0154(COD)] — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Mario Mauro (A6-0283/2005)

Interviene Jacques Barrot (Vicepresidente de la Comisión)

Mario Mauro presenta su informe.

Intervienen Ingeborg Gräßle, en nombre del Grupo PPE-DE, Herbert Bösch, en nombre del Grupo PSE, Sepp Kusstatscher, en nombre del Grupo Verts/ALE, Jacky Henin, en nombre del Grupo GUE/NGL, Sylwester Chruszcz, en nombre del Grupo IND/DEM, Anna Elzbieta Fotyga, en nombre del Grupo UEN, Leopold Józef Rutowicz, no inscrito, Stanisław Jałowiecki, Gilles Savary, Eva Lichtenberger, Bairbre de Brún, Alessandro Battilocchio y Jacques Barrot.

Se cierra el debate.

Votación: punto 3.4 del Acta de 26.10.2005.

17.   Aditivos alimentarios ***I (debate)

Informe sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 95/2/CE relativa a aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes y la Directiva 94/35/CE relativa a los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios [COM(2004)0650 — C6-0139/2004 — 2004/0237(COD)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Mojca Drčar Murko (A6-0191/2005)

Interviene Markos Kyprianou (Miembro de la Comisión).

Mojca Drčar Murko presenta su informe.

Intervienen María del Pilar Ayuso González, en nombre del Grupo PPE-DE, Åsa Westlund, en nombre del Grupo PSE, Marios Matsakis, en nombre del Grupo ALDE, Christa Klaß y Markos Kyprianou.

Se cierra el debate.

Votación: punto 3.5 del Acta de 26.10.2005.

18.   Orden del día de la próxima sesión

Se ha establecido el orden del día de la sesión de mañana (documento «Orden del día» PE 364.061/OJME).

19.   Cierre de la sesión

Se levanta la sesión a las 24.00 horas.

Julian Priestley

Secretario General

Josep Borrell Fontelles

Presidente


LISTA DE ASISTENCIA

Han firmado:

Adamou, Agnoletto, Albertini, Allister, Alvaro, Andersson, Andrejevs, Andria, Andrikienė, Angelilli, Antoniozzi, Arif, Arnaoutakis, Ashworth, Atkins, Attard-Montalto, Attwooll, Aubert, Audy, Auken, Ayala Sender, Aylward, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Baco, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Barsi-Pataky, Batten, Battilocchio, Batzeli, Bauer, Beaupuy, Beazley, Becsey, Beer, Beglitis, Belder, Belet, Belohorská, Beňová, Berend, Berès, van den Berg, Berger, Berlato, Berlinguer, Berman, Bertinotti, Bielan, Birutis, Blokland, Bloom, Bobošíková, Bösch, Bonde, Bonino, Bono, Bonsignore, Booth, Borghezio, Borrell Fontelles, Bourlanges, Bourzai, Bowis, Bowles, Bozkurt, Bradbourn, Braghetto, Mihael Brejc, Brepoels, Breyer, Březina, Brie, Brok, Brunetta, Budreikaitė, van Buitenen, Buitenweg, Bullmann, Bushill-Matthews, Busk, Busquin, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Camre, Capoulas Santos, Carlotti, Carlshamre, Carnero González, Carollo, Casa, Casaca, Caspary, Castex, Castiglione, del Castillo Vera, Catania, Cavada, Cederschiöld, Cercas, Chatzimarkakis, Chichester, Chiesa, Chmielewski, Christensen, Chruszcz, Cirino Pomicino, Claeys, Clark, Cocilovo, Coelho, Cohn-Bendit, Corbett, Corbey, Cornillet, Correia, Costa, Cottigny, Coveney, Cramer, Crowley, Ryszard Czarnecki, D'Alema, Daul, Davies, de Brún, Degutis, Dehaene, Demetriou, De Michelis, Deprez, De Rossa, De Sarnez, Descamps, Désir, Deß, Deva, De Veyrac, De Vits, Díaz de Mera García Consuegra, Didžiokas, Díez González, Dillen, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dobolyi, Dombrovskis, Doorn, Douay, Dover, Doyle, Drčar Murko, Duchoň, Dührkop Dührkop, Duff, Duka-Zólyomi, Duquesne, Ebner, Ehler, Ek, El Khadraoui, Elles, Esteves, Estrela, Ettl, Eurlings, Jillian Evans, Jonathan Evans, Robert Evans, Fajmon, Falbr, Farage, Fatuzzo, Fazakas, Ferber, Fernandes, Fernández Martín, Anne Ferreira, Elisa Ferreira, Figueiredo, Fjellner, Flasarová, Flautre, Foglietta, Ford, Fotyga, Fourtou, Fraga Estévez, Frassoni, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, García Pérez, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gebhardt, Gentvilas, Geremek, Geringer de Oedenberg, Gibault, Gierek, Giertych, Gill, Gklavakis, Glattfelder, Goebbels, Goepel, Golik, Gollnisch, Gomes, Gomolka, Goudin, Genowefa Grabowska, Grabowski, Graça Moura, Graefe zu Baringdorf, Gräßle, de Grandes Pascual, Grech, Griesbeck, Gröner, de Groen-Kouwenhoven, Grosch, Grossetête, Guardans Cambó, Guellec, Guerreiro, Guidoni, Gurmai, Gutiérrez-Cortines, Guy-Quint, Gyürk, Hänsch, Hall, Hammerstein Mintz, Hamon, Handzlik, Hannan, Harangozó, Harbour, Harkin, Harms, Hasse Ferreira, Hassi, Hatzidakis, Haug, Hazan, Heaton-Harris, Hedh, Hedkvist Petersen, Helmer, Henin, Hennicot-Schoepges, Hennis-Plasschaert, Herczog, Herranz García, Herrero-Tejedor, Higgins, Hökmark, Honeyball, Hoppenstedt, Horáček, Howitt, Hudacký, Hudghton, Hughes, Hutchinson, Hybášková, Ibrisagic, Ilves, in 't Veld, Isler Béguin, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jäätteenmäki, Jałowiecki, Janowski, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jensen, Joan i Marí, Jöns, Jørgensen, Jonckheer, Jordan Cizelj, Juknevičienė, Jelko Kacin, Kaczmarek, Kallenbach, Kamall, Karas, Karatzaferis, Karim, Kasoulides, Kaufmann, Kauppi, Tunne Kelam, Kilroy-Silk, Kindermann, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Klinz, Knapman, Koch, Koch-Mehrin, Kohlíček, Konrad, Korhola, Kósáné Kovács, Koterec, Kozlík, Krahmer, Krarup, Krasts, Kratsa-Tsagaropoulou, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kristovskis, Krupa, Kuc, Kudrycka, Kuhne, Kułakowski, Kušķis, Kusstatscher, Kuźmiuk, Lagendijk, Laignel, Lamassoure, Lambert, Lambrinidis, Lambsdorff, Landsbergis, Lang, Langen, Langendries, Laperrouze, La Russa, Lauk, Lavarra, Lax, Lechner, Le Foll, Lehideux, Lehne, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Jean-Marie Le Pen, Marine Le Pen, Le Rachinel, Letta, Janusz Lewandowski, Libicki, Lichtenberger, Lienemann, Liese, Lipietz, Locatelli, López-Istúriz White, Louis, Lucas, Ludford, Lulling, Lundgren, Lynne, Maat, Maaten, McAvan, McCarthy, McDonald, McGuinness, McMillan-Scott, Madeira, Malmström, Manders, Maňka, Erika Mann, Thomas Mann, Manolakou, Mantovani, Markov, Marques, Martens, David Martin, Hans-Peter Martin, Martinez, Martínez Martínez, Masiel, Masip Hidalgo, Maštálka, Mastenbroek, Mathieu, Mato Adrover, Matsakis, Matsouka, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Medina Ortega, Meijer, Méndez de Vigo, Menéndez del Valle, Meyer Pleite, Miguélez Ramos, Mikko, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Mölzer, Montoro Romero, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Morillon, Moscovici, Mote, Mulder, Musacchio, Muscardini, Muscat, Musotto, Musumeci, Myller, Napoletano, Nassauer, Nattrass, Navarro, Newton Dunn, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Nicholson, Nicholson of Winterbourne, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Öger, Olajos, Ó Neachtain, Onesta, Onyszkiewicz, Oomen-Ruijten, Ortuondo Larrea, Őry, Ouzký, Oviir, Paasilinna, Pack, Pafilis, Borut Pahor, Paleckis, Panayotopoulos-Cassiotou, Pannella, Panzeri, Papadimoulis, Papastamkos, Parish, Patrie, Pavilionis, Peillon, Pęk, Pflüger, Piecyk, Pieper, Pīks, Pinheiro, Pinior, Piotrowski, Pirilli, Piskorski, Pistelli, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Poignant, Poli Bortone, Pomés Ruiz, Portas, Posselt, Prets, Prodi, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Ransdorf, Rapkay, Rasmussen, Remek, Resetarits, Reul, Reynaud, Ribeiro e Castro, Riera Madurell, Ries, Riis-Jørgensen, Rivera, Rizzo, Rocard, Rogalski, Roithová, Romagnoli, Romeva i Rueda, Rosati, Roszkowski, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Rudi Ubeda, Rübig, Rutowicz, Ryan, Sacconi, Saïfi, Sakalas, Salafranca Sánchez-Neyra, Salinas García, Salvini, Samaras, Samuelsen, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Sartori, Saryusz-Wolski, Savary, Savi, Sbarbati, Schapira, Scheele, Schenardi, Schierhuber, Schlyter, Schmidt, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schroedter, Schuth, Schwab, Seeber, Seeberg, Segelström, Seppänen, Siekierski, Sifunakis, Silva Peneda, Sinnott, Siwiec, Sjöstedt, Skinner, Škottová, Sommer, Sonik, Sornosa Martínez, Spautz, Speroni, Staes, Staniszewska, Starkevičiūtė, Šťastný, Sterckx, Stevenson, Stihler, Stockmann, Strejček, Strož, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Svensson, Swoboda, Szájer, Szejna, Szent-Iványi, Szymański, Tabajdi, Tajani, Takkula, Tannock, Tarabella, Tarand, Tatarella, Thomsen, Thyssen, Titford, Titley, Toia, Tomczak, Toubon, Toussas, Trakatellis, Trautmann, Triantaphyllides, Trüpel, Turmes, Tzampazi, Uca, Ulmer, Väyrynen, Vaidere, Vakalis, Valenciano Martínez-Orozco, Vanhecke, Van Hecke, Van Lancker, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Vaugrenard, Ventre, Vergnaud, Vernola, Vidal-Quadras Roca, de Villiers, Vincenzi, Virrankoski, Vlasák, Vlasto, Voggenhuber, Wagenknecht, Wallis, Walter, Watson, Henri Weber, Manfred Weber, Weiler, Weisgerber, Westlund, Whitehead, Wieland, Wiersma, Wijkman, Wise, von Wogau, Wohlin, Janusz Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Wurtz, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zani, Zapałowski, Zappalà, Zatloukal, Ždanoka, Železný, Zieleniec, Zīle, Zimmer, Zingaretti, Zvěřina, Zwiefka

Observadores:

Abadjiev Dimitar, Ali Nedzhmi, Anastase Roberta Alma, Arabadjiev Alexander, Athanasiu Alexandru, Bărbuleţiu Tiberiu, Becşenescu Dumitru, Bliznashki Georgi, Buruiană Aprodu Daniela, Cappone Maria, Christova Christina Velcheva, Ciornei Silvia, Cioroianu Adrian Mihai, Corlăţean Titus, Coşea Dumitru Gheorghe Mircea, Creţu Corina, Creţu Gabriela, Dimitrov Martin, Dîncu Vasile, Duca Viorel Senior, Dumitrescu Cristian, Ganţ Ovidiu Victor, Hogea Vlad Gabriel, Husmenova Filiz, Iacob Ridzi Monica Maria, Ilchev Stanimir, Ivanova Iglika, Kazak Tchetin, Kelemen Atilla Béla Ladislau, Kirilov Evgeni, Kónya-Hamar Sándor, Marinescu Marian-Jean, Mihăescu Eugen, Morţun Alexandru Ioan, Nicolae Şerban, Paparizov Atanas Atanassov, Parvanova Antonyia, Paşcu Ioan Mircea, Petre Maria, Podgorean Radu, Popa Nicolae Vlad, Popeangă Petre, Sârbu Daciana Octavia, Severin Adrian, Shouleva Lydia, Silaghi Ovidiu Ioan, Sofianski Stefan, Stoyanov Dimitar, Szabó Károly Ferenc, Tîrle Radu, Vigenin Kristian, Zgonea Valeriu Ştefan


ANEXO I

RESULTADOS DE LAS VOTACIONES

Significado de abreviaturas y símbolos

+

aprobado

-

rechazado

decae

R

retirado

VN (..., ..., ...)

votación nominal (a favor, en contra, abstenciones)

VE (..., ..., ...)

votación electrónica (a favor, en contra, abstenciones)

vp

votación por partes

vs

votación por separado

enm.

enmienda

ET

enmienda de transacción

PC

parte correspondiente

S

enmienda de supresión

=

enmiendas idénticas

§

apartado

art.

artículo

cons.

considerando

PR

propuesta de resolución

PRC

propuesta de resolución común

SEC

votación secreta

1.   Acuerdo CE/Azerbaiyán sobre determinados aspectos de los servicios aéreos *

Informe: Paolo COSTA (A6-0230/2005)

Asunto

VN, etc

Votación

Votaciones por AN/VE — observaciones

votación única

VN

+

355, 54, 10

Solidtud de votación nominal

IND/DEM: votación única

2.   Proyecto de presupuesto rectificativo no 6 de la Unión Europea para el ejercicio 2005

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Conjunto del texto

1

comisión

 

+

mayoría cualificada requerida

3.   Proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005: Sección IV — Tribunal de Justicia

Informe: Anne E. /ENSEN (A6-0306/2005)

Asunto

VN, etc.

Votación

Votaciones por AN/VE — observaciones

votadón única

 

+

mayoría cualificada requerida

4.   Traslados de residuos ***II

Recomendaáón para la segunda lectura: (mayoría cualificada requerida) Johannes BLOKLAND (A6-0287/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Bloque no 1 — enmiendas de transacción

1

2

6

8

12

14

17-22

26

29

32

36

38

40-45

47-50

53

55

57-64

70-75

77

79-80

84-85

90

102

104-106

108-113

comisión

IND/DEM, PPE-DE, PSE + ALDE

 

+

 

Bloque no 2 — Enmiendas de la comisión competente

3-5

10-11

13

15-16

23-25

27

30

33-35

37

39

46

51-52

54

56

65-69

76

78

81-82

86

89

comisión

 

 

Bloque no 2 — Enmiendas de la comisión competente — votaciones por separado

83

comisión

VN

-

70, 424, 41

87

comisión

VN

-

82, 434, 45

88

comisión

VN

-

73, 454, 48

Artículo 1, § 3

91

Verts/ALE

 

-

 

7

comisión

 

+

 

Artículo 1, tras el § 5

9

comisión

VN

-

67, 515, 8

103

IND/DEM, PPE-DE, PSE + ALDE

 

+

 

Artículo 3, § 5

92

Verts/ALE

 

-

 

Artículo 3, tras el § 5

93

Verts/ALE

VN

-

52, 501, 46

Artículo 11, § 1, tras la letra h

94

Verts/ALE

 

-

 

107

IND/DEM, PPE-DE, PSE + ALDE

 

+

 

28

comisión

 

 

Artículo 12, § 1, letra c

95

Verts/ALE

 

-

 

31

comissión

 

-

 

Artículo 12, § 1, tras la letra c

96

Verts/ALE

 

-

 

Artículo 12, § 1, tras la letra e

97

Verts/ALE

 

-

 

Artículo 12, § 1, letra g

98

Verts/ALE

 

-

 

Artículo 42, tras el § 3

99

Verts/ALE

 

-

 

Artículo 57, § 1, letra b

100

Verts/ALE

 

-

 

Tras el Anexo 7

101

Verts/ALE

VN

-

53, 515, 52

Las enmiendas 7, 103 y 107 forman parte del paquete de transacción

Solicitudes de votación nominal

Verts/ALE: enms. 9, 83, 87, 88, 93, 101

5.   Requisitos contractuales de calidad aplicables a los servicios de transporte de mercancías por ferrocarril ***I

Informe: Roberts ZĪLE (A6-0171/2005) (votación final)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

votadón: resolución legislativa

 

+

 

El 28 de septiembre de 2005, el Parlamento rechazó la propuesta de la Comisión y el asunto se devolvió a la comisión competente (Apartado 3 del artículo 52 del Reglamento).

Mediante esta votación, el Parlamento confirma el rechazo de la propuesta de reglamento.

El procedimiento queda así cerrado.

6.   Programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente ***I

Informe: Doris PACK (A6-0267/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Propuesta de Decisión

Enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1-42

44-55

57-71

comisión

 

+

 

Enmiendas de la comisión competente — votación por separado

56

comisión

vs

+

 

Artículo 15, § 1

75=

78=

PSE

PPE-DE

VE

+

300, 282, 27

43

comisión

 

 

Artículo 42, § 2, tras la letra d)

72

UEN

 

-

 

79

TAJANI y otros

VE

-

144, 401, 63

votación: propuesta modificada

 

+

 

Proyecto de resolución legislativa

Tras el § 1

73=

76=

PSE

PPE-DE

 

+

 

74=

77=

PSE

PPE-DE

 

+

 

votación: resolución legislativa

VN

+

549, 47, 23

Soliátud de votación nominal

PPE-DE: votación final

Soliátud de votación por separado

PSE: enm. 56

7.   Programa «Juventud en acción» (2007-2013) ***I

Informe: Lissy GRÓNER (A6-0263/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Propuesta de Decisión

Enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1-17

19-32

34

36-51

53

comisión

 

+

 

Enmiendas de la comisión competente — votación por separado

18

comisión

VE

-

290, 333, 9

Artículo 3, § 1, tras la letra f)

54

ALDE

 

+

 

Artículo 8, § 6, tras la letra d)

62

67

PSE

PPE-DE

VE

R

+

326, 203, 53

Artículo 8, tras el § 7

63

68

PSE

PPE-DE

 

R

+

 

Artículo 13, § 1

64=

69=

PSE

PPE-DE

 

+

 

33

comisión

 

 

Artículo 14, tras el § 3

55=

70=

PSE

Verts/ALE

 

+

 

35

comisión

 

 

Anexo, acción 4, punto 4.1, §3

56=

71=

PSE

Verts/ALE

 

-

 

Anexo, acción 4, punto 4.1, §7

57=

72=

PSE

Verts/ALE

 

-

 

Anexo, acción 5, punto 5.1

59

PPE-DE

VE

-

470, 137, 22

Anexo, acción 5, tras el punto 5.1

58=

73=

PSE

Verts/ALE

 

+

 

52

comisión

 

 

votación: propuesta modificada

 

+

 

Proyecto de resolución legislativa

tras el § 1

60=

65/rev=

PSE

PPE-DE

 

+

 

61 =

66=

PSE

PPE-DE

 

+

 

votación: resolución legislativa

VN

+

547, 76, 12

Solicitudes de votación nominal

IND/DEM: votación final

PPE-DE: enm. 18

PSE: votación final

8.   Programa Cultura (2007-2013) ***I

Informe: Vasco GRAQA MOURA (A6-0269/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Propuesta de Decisión

Enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1-2

4-5

7-8

10-11

13-16

18

20

23-24

26-28

31-34

39

41

43-44

47-48

50-60

comisión

 

+

 

Enmiendas de la comisión competente — votación por separado

3

comisión

vs

+

 

6

comisión

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

9

comisión

vs

+

 

12

comisión

vs/VE

+

331, 290, 11

17

comisión

vs/VE

+

335, 279, 18

19

comisión

vs/VE

+

306, 292, 16

25

comisión

vs

+

 

29

comisión

vs

+

 

35

comisión

vs

+

 

36

comisión

vs

+

 

37

comisión

vs

+

 

38

comisión

vs

+

 

40

comisión

vs/VE

+

313, 306, 17

42

comisión

vs

+

 

45

comisión

vs

+

 

46

comisión

vs

+

 

49

comisión

vs

+

 

Artículo 2, § 1

68=

71=

PSE

PPE-DE

VE

-

283, 320, 27

21

comisión

VE

-

355, 200, 69

Artículo 3, § 2, antes de la letra a)

65

PPE-DE

VN

+

328, 270, 24

Artículo 5, § 1, tras el guión 3

72

Verts/ALE

 

+

 

Artículo 12, tras la letra b)

62

PSE

 

+

 

30

comisión

 

 

Anexo, título I, punto 1.3, § 4

63

PSE

 

-

 

Tras el cons. 2

61

PSE

 

+

 

Tras el cons. 21

64

PPE-DE

VN

+

335, 308, 3

votación: propuesta modificada

 

+

 

Proyecto de resolución legislativa

Tras el § 1

66=

69=

PSE

PPE-DE

 

+

 

67=

70=

PSE

PPE-DE

 

+

 

votación: resolución legislativa

VN

+

553, 61, 29

Las enmiendas 14 y 22 se han fusionado

Solicitudes de votación nominal

Verts/ALE: enm. 65

PPE-DE: enms. 64, 65 y votación final

Solicitudes de votación por partes

Verts/ALE

enm. 6

1a parte: Conjunto del texto excepto los términos «y particularmente el sector del patrimonio cultural»

2a parte: Esos términos

Solicitudes de votación por separado

Verts/ALE: enms. 9, 12, 19, 40

PPE-DE: enm. 17

PSE: ams 3, 9, 12, 19, 25, 29, 35, 36, 38, 40, 42, 46, 49

ALDE: enms. 19, 37, 40, 45

9.   Programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) ***I

Informe: Ruth HIERONYMI (A6-0278/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Propuesta de Decisión

Enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1-14

16-20

22-33

35-41

43-50

52-77

comisión

 

+

 

Enmiendas de la comisión competente — votación por separado

15

comisión

VN

+

408, 26, 32

34

comisión

vs

+

 

51

comisión

vs

+

 

Artículo 1, § 2, párrafo 2, letra a)

78

ALDE

 

+

 

21

comisión

 

 

Artículo 2, § 1

86=

89=

PSE

PPE-DE

 

+

 

Artículo 6, tras la letra d)

80

UEN

 

-

 

Artículo 13, § 1, letra d)

42

comisión

 

+

 

81

UEN

 

-

 

Artículo 16

82

UEN

 

-

 

Anexo,capítulo 2, punto 2.1, tras el guión 2

83

UEN

 

-

 

Tras el cons. 2

79

UEN

 

-

 

votación: propuesta modificada

 

+

 

Proyecto de resolución legislativa

Tras el § 1

84=

87=

PSE

PPE-DE

 

+

 

85=

88=

PSE

PPE-DE

 

+

 

votación: resolución legislativa

 

+

 

Solicitud de votación nominal

IND/DEM: enm. 15

Solicitudes de votación por separado

PPE-DE: enm. 34

ALDE: enm. 51


ANEXO II

RESULTADOS DE LA VOTACIÓN NOMINAL

1.   Informe Costa A6-0230/2005

A favor: 355

ALDE: Andrejevs, Andria, Attwooll, Birutis, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gibault, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lax, Letta, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Resetarits, Ries, Savi, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Meijer, Seppänen

IND/DEM: Bonde, Chruszcz, Giertych, Krupa, Lundgren, Wohlin

NI: Belohorská, Czarnecki Ryszard, Martin Hans-Peter, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Bauer, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Castiglione, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Descamps, De Veyrac, Dionisi, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Ebner, Ehler, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Gahler, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Gauzès, Gawronski, Gklavakis, Goepel, Gomołka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Harbour, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Itälä, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kelam, Kirkhope, Klamt, Koch, Konrad, Kuźmiuk, Lamassoure, Langen, Langendries, Lauk, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mathieu, Mauro, Méndez de Vigo, Mikolášik, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Novak, Pack, Pieper, Pīks, Pinheiro, Podkański, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Sartori, Saryusz-Wolski, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Silva Peneda, Škottová, Spautz, Strejček, Stubb, Sudre, Surján, Tajani, Thyssen, Toubon, Ulmer, Van Orden, Vatanen, Vlasák, Vlasto, Wieland, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Beňová, van den Berg, Bösch, Bono, Bozkurt, Bullmann, Capoulas Santos, Carlotti, Cashman, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Correia, Cottigny, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, El Khadraoui, Fazakas, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gierek, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Ilves, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Lienemann, McAvan, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Panzeri, Piecyk, Pittella, Poignant, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rouček, Roure, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Swoboda, Tarabella, Tarand, Titley, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Aylward, Berlato, Camre, Crowley, Fotyga, Janowski, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 54

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Bertinotti, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, McDonald, Markov, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Sjöstedt, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Borghezio, Clark, Farage, Knapman, Speroni, Titford, Wise, Železný

NI: Allister, Helmer, Kilroy-Silk, Mote

PPE-DE: Demetriou, Deß, Dimitrakopoulos, Hatzidakis, Kasoulides, Kudrycka, Kuškis, Mavrommatis, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Piskorski, Samaras, Trakatellis, Vakalis, Varvitsiotis

PSE: Batzeli

Abstención: 10

GUE/NGL: Krarup

NI: Claeys, Dillen, Lang, Le Pen Marine, Romagnoli, Vanhecke

PPE-DE: Brejc, Sonik

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Stavros Arnaoutakis, Panagiotis Beglitis, Pedro Guerreiro, Georgios Karatzaferis, Rodi Kratsa-Tsagaropoulou, Stavros Lambrinidis, Marios Matsakis, Nikolaos Sifunakis

2.   Recomendación Blokland A6-0287/2005

A favor: 70

ALDE: Nicholson of Winterbourne

GUE/NGL: Pafilis

IND/DEM: Bonde, Borghezio, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Wohlin, Zapałowski

NI: Belohorská, Czarnecki Ryszard, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Martin Hans-Peter, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi

PPE-DE: Gaľa, Seeberg

UEN: Aylward, Berlato, Crowley, Foglietta, Fotyga, Janowski, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pirilli, Poli Bortone, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 424

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drėar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gibault, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Staniszewska, Starkeviėiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Flasarová, Kohlíček, Strož, Uca

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Knapman, Nattrass, Titford, Wise

NI: Allister, Helmer

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Bauer, Beazley, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Castiglione, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Friedrich, Gahler, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gklavakis, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Novak, Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sonik, Spautz, Šťastný, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varvitsiotis, Vatanen, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Wieland, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beňová, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Ettl, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gierek, Goebbels, Golik, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Ilves, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kühne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lienemann, Locatelli, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre

Abstención: 41

GUE/NGL: Agnoletto, Bertinotti, Catania, de Brún, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Svensson, Triantaphyllides, Wagenknecht, Wurtz

IND/DEM: Belder, Blokland, Karatzaferis, Louis, Sinnott, Železný

NI: Bobošíková, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Mote, Vanhecke

PPE-DE: Wijkman

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Cristiana Muscardini, Claude Turmes

En contra: Stephen Hughes, José Ribeiro e Castro

3.   Recomendación Blokland A6-0287/2005

A favor: 82

ALDE: Malmström, Nicholson of Winterbourne

GUE/NGL: Pafilis

IND/DEM: Bonde, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wohlin, Zapałowski

NI: Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Martin Hans-Peter, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Sonik, Stubb, Wijkman

PSE: Díez González, Golik, Grech

UEN: Aylward, Berlato, Camre, Crowley, Foglietta, Fotyga, Janowski, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 434

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gibault, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Lynne, Maaten, Manders, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Kohlíček, Strož

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Knapman, Nattrass, Titford, Wise

NI: Helmer, Kilroy-Silk

PPE-DE: Albertini, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Bauer, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Castiglione, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Friedrich, Gahler, Gaľa, Galeote Quecedo, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Novak, Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Spautz, Šťastný, Stevenson, Strejček, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Wieland, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beňová, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Rossa, De Vits, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gierek, Gill, Goebbels, Grabowska, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Ilves, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leinen, Lienemann, Locatelli, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

Abstención: 45

ALDE: Matsakis

GUE/NGL: Agnoletto, Bertinotti, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Karatzaferis, Louis, Sinnott, Speroni, Železný

NI: Allister, Belohorská, Bobošíková, Mote

PPE-DE: Sommer

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Cristiana Muscardini, Claude Turmes

En contra: Rosa Díez González, Stephen Hughes, José Ribeiro e Castro, Louis Grech

4.   Recomendación Blokland A6-0287/2005

A favor: 73

GUE/NGL: Pafilis

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wohlin, Zapaľowski

NI: Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Martin Hans-Peter, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

UEN: Aylward, Berlato, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 454

ALDE: Alvaro, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gibault, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Kohlíček, Remek, Strož

IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Knapman, Nattrass, Titford, Wise

NI: Helmer, Kilroy-Silk

PPE-DE: Albertini, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Belet, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Friedrich, Gahler, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Novak, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Wieland, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beňová, van den Berg, Berger, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Ilves, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Leinen, Lienemann, Locatelli, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Pahor, Paleckis, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

Abstención: 48

ALDE: Andrejevs

GUE/NGL: Agnoletto, Bertinotti, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Karatzaferis, Louis, Sinnott, Speroni, Železný

NI: Allister, Belohorská, Bobošíková, Kozlík, Mote

PPE-DE: Wijkman

PSE: Bullmann, Paasilinna

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Claude Turmes

En contra: osé Ribeiro e Castro, Stephen Hughes

5.   Recomendación Blokland A6-0287/2005

A favor: 67

GUE/NGL: Pafilis

IND/DEM: Bonde

NI: Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Martin Hans-Peter, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Wijkman

PSE: Sakalas

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Janowski, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 515

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Gibault, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Lynne, Maaten, Manders, Morillon, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Bertinotti, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Farage, Giertych, Grabowski, Karatzaferis, Knapman, Krupa, Louis, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Speroni, Titford, Tomczak, Wise, Zapałowski, Železný

NI: Helmer, Kilroy-Silk

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Belet, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Lamassoure, Landsbergis, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Wieland, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Ilves, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leinen, Lienemann, Locatelli, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre

Abstención: 8

ALDE: Matsakis

IND/DEM: Lundgren, Wohlin

NI: Allister, Kozlík, Mote

UEN: Fotyga

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Claude Turmes

En contra: Stephen Hughes

6.   Recomendación Bloldand A6-0287/2005

A favor: 52

GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro, Meijer, Pafilis

IND/DEM: Bonde, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Martin Hans-Peter

PPE-DE: Brepoels, Wijkman

PSE: Berman, Reynaud, Savary

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 501

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Kohlíček

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Karatzaferis, Knapman, Lundgren, Nattrass, Speroni, Titford, Wise, Wohlin, Železný

NI: Allister, Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Ryszard, Helmer, Kilroy-Silk, Mote, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Brejc, Březina, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Šťastný, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Wieland, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Ilves, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leinen, Lienemann, Locatelli, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Vaidere

Abstención: 46

GUE/NGL: Agnoletto, Bertinotti, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Krarup, McDonald, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Coûteaux, Louis, Sinnott

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PSE: Bullmann

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Claude Turmes

En contra: Stephen Hughes

7.   Recomendación Blokland A6-0287/2005

A favor: 53

ALDE: Toia

GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro, Meijer, Pafilis

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski

NI: Martin Hans-Peter

PPE-DE: Wijkman

PSE: Muscat, Reynaud, Santoro

Verts/ALE: Aubert, Beer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 515

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Karatzaferis, Knapman, Lundgren, Nattrass, Titford, Wise, Wohlin, Železný

NI: Allister, Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Ryszard, Helmer, Kilroy-Silk, Masiel, Mote, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Wieland, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Grabowska, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Ilves, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leinen, Lienemann, Locatelli, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Muscardini, Ó Neachtain, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 52

ALDE: Samuelsen

GUE/NGL: Agnoletto, Bertinotti, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Krarup, McDonald, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Coûteaux, Louis, Sinnott, Speroni

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PSE: Bullmann

UEN: Camre

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Claude Turmes

En contra: Stephen Hughes

8.   Informe Pack A6-0267/2005

A favor: 549

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Kacin, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Agnoletto, Bertinotti, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Belohorská, Bobošíková, Martín Hans-Peter, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Bonsignore, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Busuttil, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Elles, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kušķis, Kuźmiuk, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebier, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Weber Manfred, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny D'Alema, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Golik, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leinen, Lienemann, Locatelli, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Muscardini, Musumeci, Ó Neachtain, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 47

GUE/NGL: Adamou, Pafilis, Triantaphyllides

IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Clark, Farage, Knapman, Lundgren, Nattrass, Titford, Wise, Wohlin

NI: Allister, Helmer, Kilroy-Silk, Mote

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bradbourn, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Ehler, Evans Jonathan, Fajmon, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Jackson, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Parish, Purvis, Seeberg, Škottová, Stevenson, Sumberg, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil

PSE: Riera Madurell

Abstención: 23

GUE/NGL: Krarup

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Coûteaux, Louis, Speroni, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Pieper, Reul, Zvěřina

UEN: Camre

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Proinsias De Rossa

9.   Informe Gröner A6-0263/2005

A favor: 547

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Kacin, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Bertinotti, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Borghezio, Salvini, Speroni

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Ryszard, Martín Hans-Peter, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Bonsignore, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Itälä, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kuškis, Kuźmiuk, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stubb, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Weber Manfred, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leinen, Lienemann, Locatelli, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Iibicki, Muscardini, Musumeci, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 76

GUE/NGL: Pafilis, Sjöstedt

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Farage, Giertych, Goudin, Grabowski, Karatzaferis, Knapman, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Titford, Tomczak, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Claeys, Dillen, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bradbourn, Cabrnoch, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Duchoò, Evans Jonathan, Fajmon, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Iturgaiz Angulo, Jackson, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Mauro, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Seeberg, Škottová, Stevenson, Strejček, Sturdy, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil

UEN: Camre

Abstención: 12

GUE/NGL: Krarup, Svensson

IND/DEM: Belder, Blokland, Sinnott

NI: Kozlík

PPE-DE: Lauk, Podkański, Wijkman, Zvěřina

Verts/ALE: van Buitenen, Schlyter

Correcciones de voto

A favor: Rainer Wieland

10.   Informe Graça Moura A6-0269/2005

A favor: 328

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Bertinotti, Catania, de Brún, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Zapałowski

NI: Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoń, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Pieper, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Lambrinidis, Matsouka, Sifunakis

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Camre, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Muscardini, Musumeci, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Hammerstein Mintz, Harms, Hassi

En contra: 270

ALDE: Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Hall, Harkin, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Kacin, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Pafilis

IND/DEM: Bonde, Karatzaferis, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak

NI: Allister, Martin Hans-Peter, Mote

PSE: Andersson, Arif, Ayala Sender, Barón Crespo, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Lives, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leinen, Lienemann, Locatelli, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 24

GUE/NGL: Krarup, Sjöstedt, Svensson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Knapman, Louis, Lundgren, Nattrass, Sinnott, Titford, Wise, Wohlin

NI: Kozlík

PPE-DE: Wijkman

UEN: Bielan

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Rainer Wieland

11.   Informe Graça Moura A6-0269/2005

A favor: 335

ALDE: De Sarnez, Guardans Cambó

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Bertinotti, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Borghezio, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Karatzaferis, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak, Zapałowski, Železný

NI: Belohorská, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Ayuso González, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gawronski, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Lambrinidis, Matsouka, Sifunakis, Tzampazi

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Muscardini, Musumeci, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

En contra: 308

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Degutis, Deprez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Hall, Harkin, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Kacin, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Krarup, Sjöstedt, Svensson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Knapman, Louis, Lundgren, Nattrass, Sinnott, Titford, Wise, Wohlin

NI: Allister, Martin Hans-Peter, Mote

PPE-DE: Audy, Bachelot-Narquin, del Castillo Vera, Descamps, Gaubert, Gauzès, Grossetête, Mathieu, Saïfi, Sudre

PSE: Andersson, Arif, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny D'Alema, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Goebbels, Golik, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leinen, Lienemann, Locatelli, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 3

NI: Bobošíková, Kozlík

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Paul Marie Coûteaux, Patrick Louis

12.   Informe Graça Moura A6-0269/2005

A favor: 553

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Kacin, Karím, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Bertinotti, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Strož, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Borghezio, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Ryszard, Kozlík, Martin Hans-Peter, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Belet, Berend, Bonsignore, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Evans Jonathan, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gawronski, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Lamassoure, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Weber Manfred, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Cashman, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Goebbels, Golik, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hasse Ferreira, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leinen, Lienemann, Locatelli, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Patrie, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Muscardini, Musumeci, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Onesta, Schroedter, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber

En contra: 61

GUE/NGL: Krarup, Meijer, Pafilis, Sjöstedt, Svensson

IND/DEM: Batten, Bloom, Bonde, Booth, Chruszcz, Clark, Farage, Giertych, Goudin, Grabowski, Karatzaferis, Knapman, Lundgren, Nattrass, Titford, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Helmer, Kilroy-Silk, Mote

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Jackson, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Seeberg, Škottová, Stevenson, Strejček, Sturdy, Sumberg, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil

UEN: Camre

Verts/ALE: Schlyter

Abstención: 29

ALDE: Lehideux, Malmström

GUE/NGL: Seppänen

IND/DEM: Belder, Blokland, Coûteaux, Krupa, Louis, Pęk, Sinnott

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Zvěřina

PSE: Gill

Verts/ALE: van Buitenen, Lucas, Romeva i Rueda, Trüpel, Ždanoka

13.   Informe Hieronymi A6-0278/2005

A favor: 408

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Cocilovo, Degutis, Deprez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Onyszkiewicz, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Toia

GUE/NGL: Kaufmann

IND/DEM: Sinnott

NI: Belohorská, Czarnecki Ryszard, Helmer, Martin Hans-Peter, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Belet, Berend, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doorn, Dover, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Evans Jonathan, Fajmon, Ferber, Fjellner, Fraga Estévez, Friedrich, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Gomolka, Graça Moura, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Harbour, Hennicot-Schoepges, Hieronymi, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Itälä, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Kirkhope, Klaß, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Marques, Martens, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Pinheiro, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Purvis, Queiró, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schnellhardt, Schöpflin, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stevenson, Strejček, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varvitsiotis, Vlasák, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Beglitis, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Rossa, De Vits, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gurmai, Guy-Quint, Hamon, Harangozó, Hasse Ferreira, Hazan, Honeyball, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Kósáné Kovács, Koterec, Krehl, Kristensen, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leinen, Locatelli, McAvan, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Paleckis, Panzeri, Patrie, Peillon, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Sifunakis, Siwiec, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tarabella, Thomsen, Trautmann, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Weber Henri, Wiersma, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Libicki, Muscardini, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Szymański, Tatarella

Verts/ALE: Aubert, Auken, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Flautre, Frassoni, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Isler Béguin, Jonckheer, Kusstatscher, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Romeva i Rueda, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Ždanoka

En contra: 26

GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro, Meijer, Seppänen, Svensson

IND/DEM: Bonde, Booth, Borghezio, Karatzaferis, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wohlin

NI: Allister, Gollnisch, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Schenardi

PSE: Hedh

UEN: Kristovskis

Abstención: 32

ALDE: Ek

GUE/NGL: Adamou, Agnoletto, Bertinotti, Catania, de Brún, Flasarová, Henin, Kohlíček, McDonald, Maštálka, Musacchio, Pafilis, Ransdorf, Remek, Strož, Triantaphyllides, Uca, Wurtz

IND/DEM: Belder, Blokland, Chruszcz, Coûteaux

NI: Kozlík

PSE: van den Berg, Hedkvist Petersen, Segelström

UEN: Fotyga, Janowski, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Glyn Ford, David Martin, Richard Howitt, Lívia Járóka, Gérard Onesta, José Ribeiro e Castro

En contra: Thomas Wise


TEXTOS APROBADOS

 

P6_TA(2005)0390

Acuerdo CE/Azerbaiyán sobre determinados aspectos de los servicios aéreos *

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Consejo relativa a la celebración del Acuerdo entre la Comunidad Europea y la República de Azerbaiyán sobre determinados aspectos de los servicios aéreos (COM(2005) 0060 — C6-0130/2005 — 2005/0011(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de Decisión del Consejo (COM(2005) 0060) (1),

Vistos el apartado 2 del artículo 80 y la primera frase del primer párrafo del apartado 2 del artículo 300 del Tratado CE,

Visto el primer párrafo del apartado 3 del artículo 300 del Tratado CE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C6-0130/2005),

Vistos el artículo 51 y el apartado 7 del artículo 83 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Transportes y Turismo (A6-0230/2005),

1.

Aprueba la celebración del acuerdo;

2.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión, así como a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y la República de Azerbaiyán.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TA(2005)0391

Proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005

Proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005 de la Unión Europea para el ejercicio 2005 — Sección IV — Tribunal de Justicia — Creación del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea (12180/2005 — C6-0304/2005 — 2005/2159(BUDG))

Enmienda 1

SECCIÓN IV — Tribunal de Justicia

Plantilla de personal: Creación de 2 puestos B*3 permanentes, 2 puestos C*1 permanentes y 4 puestos B*3 temporales

Personal en activo

Línea

Presupuesto 2005

PPR 6/2005

Enmienda

Presupuesto 2005 + PPR 6 (modificado)

 

Compromisos

Compromisos

Compromisos

Compromisos

1 1 0 0

Sueldos base

 

111 633 022

111 964 022

+73 000

112 037 022

1 1 0 1

Complementos familiares

 

8 940 000

8 967 000

+6 000

8 973 000

1 1 0 2

Indemnizaciones de expatriación y por residencia fuera del país de origen (incluido el artículo 97 del Estatuto CECA)

 

17 770 000

17 823 000

+12 000

17 835 000

1 1 3 0

Cobertura de los riesgos de enfermedad

 

3 890 000

3 902 000

+3 000

3 905 000

1 1 8 1

Gastos de viaje (incluidos los de los miembros de la familia)

 

42 000

45 000

+2 000

47 000

1 1 8 2

Indemnizaciones por gastos de instalación, de reinstalación y de traslado

 

1 170 000

1 223 000

+30 000

1 253 000

1 1 8 3

Gastos de transporte de mobiliario y enseres

 

217 000

238 000

+10 000

248 000

1 1 8 4

Indemnizaciones diarias temporales

 

956 000

1 008 000

+23 000

1 031 000

1 1 9 1

Crédito provisional

 

1 973 000

1 242 000

- 159 000

1 083 000

Justificación

Creación de 8 puestos (2 puestos B*3 permanentes, 2 C*1 permanentes y 4 B*3 temporales) no aprobados por el Consejo y restablecimiento de las cifras del anteproyecto de presupuesto rectificativo 7/2005.

P6_TA(2005)0392

Proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005

Resolución del Parlamento Europeo sobre el proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005 de la Unión Europea para el ejercicio 2005 — Sección IV — Tribunal de Justicia — Creación del Tribunal de la Función Pública (12180/2005 — C6-0304/2005 — 2005/2159(BUD))

El Parlamento Europeo,

Visto el Tratado por el que se establece la Comunidad Europea, y, en particular, el penúltimo párrafo del apartado 4 del artículo 272,

Visto el Tratado por el que se establece la Comunidad Europea de la Energía Atómica, y, en particular, su artículo 177,

Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (1), y, en particular, sus artículos 37 y 38,

Visto el presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2005, aprobado definitivamente el 16 de diciembre de 2004 (2),

Visto el Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (3),

Visto el anteproyecto de presupuesto rectificativo no 7/2005 de la Unión Europea para el ejercicio 2005, presentado por la Comisión el 5 de septiembre de 2005 (COM(2005) 0419),

Visto el proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005 establecido por el Consejo el 3 de octubre de 2005 (12180/2005 — C6-0304/2005),

Vistos el artículo 69 y el Anexo IV de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Presupuestos (A6-0306/2005),

A.

Considerando que el Consejo ha decidido crear un Tribunal de la Función Pública,

B.

Considerando que se ha adelantado a 2005 la fecha en la que el Tribunal de la Función Pública será operativo,

1.

Decide crear todos los puestos solicitados para el Tribunal de la Función Pública en el anteproyecto de presupuesto rectificativo no 7/2005 y adaptar en consecuencia los créditos en el proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005;

2.

Aprueba el proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005 modificado;

3.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución, acompañada de la enmienda referente al proyecto de presupuesto rectificativo no 6/2005, al Consejo, a la Comisión y al Tribunal de Justicia.


(1)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(2)  DO L 60 de 8.3.2005.

(3)  DO C 172 de 18.6.1999, p. 1. Acuerdo modificado por la Decisión 2003/429/CE (DO L 147 de 14.6.2003, p. 25).

P6_TA(2005)0393

Traslados de residuos ***II

Resolución legislativa del Parlamento Europeo respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los traslados de residuos (15311/4/2004 — C6-0223/2005 — 2003/0139(COD))

(Procedimiento de codecisión: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la Posición Común del Consejo (15311/4/2004 — C6-0223/2005),

Vista su posición en primera lectura (1) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2003)0379) (2),

Vista la propuesta modificada de la Comisión (COM(2004) 0172) (2),

Visto el apartado 2 del artículo 251 del Tratado CE,

Visto el artículo 62 de su Reglamento,

Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6-0287/2005),

1.

Aprueba la posición común en su versión modificada;

2.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  DO C 87 E de 7.4.2004, p. 281.

(2)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TC2-COD(2003)0139

Posición del Parlamento Europeo adoptada en segunda lectura el 25 de octubre de 2005 con vistas a la adopción del Reglamento (CE) no .../2005 del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a los traslados de residuos

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular el apartado 1 de su artículo 175,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

Previa consulta al Comité de las Regiones,

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),

Considerando lo siguiente:

(1)

El objetivo y el componente principal y predominante del presente Reglamento es la protección del medio ambiente, y sus efectos sobre el comercio internacional son meramente incidentales.

(2)

El Reglamento (CEE) no 259/93 del Consejo, de 1 de febrero de 1993, relativo a la vigilancia y al control de los traslados de residuos en el interior, a la entrada y a la salida de la Comunidad Europea (3), ha sido sustancialmente modificado varias veces y ha de modificarse nuevamente. En particular, es necesario incorporar a dicho Reglamento el contenido de la Decisión 94/774/CE de la Comisión, de 24 de noviembre de 1994, relativa al modelo de documento de seguimiento contemplado en el Reglamento (CEE) no 259/93 del Consejo (4), y de la Decisión 1999/412/CE de la Comisión, de 3 de junio de 1999, relativa a un cuestionario al que deben responder los Estados miembros en cumplimiento de la obligación en materia de información impuesta por el apartado 2 del artículo 41 del Reglamento (CEE) no 259/93 del Consejo (5). Por consiguiente, en aras de una mayor claridad hay que sustituir el Reglamento (CEE) no 259/93.

(3)

La Decisión 93/98/CEE del Consejo (6) concierne a la celebración, en nombre de la Comunidad, del Convenio de Basilea de 22 de marzo de 1989 sobre el control de los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos y de su eliminación (7), del que la Comunidad es Parte desde 1994. Con la adopción del Reglamento (CEE) no 259/93, el Consejo ha establecido normas para reducir y controlar estos movimientos, concebidas, entre otras cosas, para que el sistema comunitario vigente de supervisión y control de los movimientos de residuos cumpla los requisitos del Convenio de Basilea.

(4)

La Decisión 97/640/CE del Consejo (8) se refiere a la aprobación, en nombre de la Comunidad, de la modificación del Convenio de Basilea, establecida en la Decisión III/I de la Conferencia de las Partes. Con esta modificación, se prohíben todas las exportaciones de residuos peligrosos destinados a la eliminación de los países enumerados en el anexo VII del Convenio a los países no mencionados en dicho anexo, y a fin de prohibir a partir del 1 de enero de 1998 todas las exportaciones con destino a operaciones de valorización de los residuos peligrosos mencionados en la letra a) del apartado 1 del artículo 1 del Convenio. El Reglamento (CE) no 120/97 del Consejo (9) modificó el Reglamento (CEE) no 259/93.

(5)

Habida cuenta de que la Comunidad ha aprobado la Decisión C(2001)107/FINAL del Consejo de la OCDE, de 14 de junio de 2001, relativa a la revisión de la Decisión C(92)39/FINAL sobre el control de los movimientos transfronterizos de residuos peligrosos con destino a operaciones de valorización (Decisión OCDE), a fin de armonizar las listas de residuos del Convenio de Basilea y revisar otros requisitos, es necesario incorporar el contenido de dicha Decisión a la legislación comunitaria.

(6)

La Comunidad es signataria del Convenio de Estocolmo, de 22 de mayo de 2001, sobre contaminantes orgánicos persistentes.

(7)

Es importante organizar y regular la vigilancia y el control de los traslados de residuos de forma que se tenga en cuenta la necesidad de preservar, proteger y mejorar la calidad del medio ambiente y la salud humana y que se promueva una aplicación más uniforme del Reglamento en toda la Comunidad.

(8)

Es también importante tener en cuenta el requisito recogido en la letra d) del apartado 2 del artículo 4 del Convenio de Basilea de reducir los traslados de residuos peligrosos al mínimo, en consonancia con la gestión ambientalmente correcta y eficiente de dichos residuos.

(9)

Además, es importante tener en cuenta que con arreglo al apartado 1 del artículo 4 del Convenio de Basilea cada Parte tiene derecho a prohibir la importación de residuos peligrosos o de los residuos incluidos en la lista del anexo II de ese Convenio.

(10)

Deben quedar excluidos del ámbito de aplicación del presente Reglamento los traslados de residuos generados por fuerzas armadas y por organismos de socorro cuando se importen en la Comunidad en determinadas situaciones (incluido el tránsito intracomunitario tras la entrada de los residuos en la Comunidad). En el caso de estos traslados deben respetarse las disposiciones del Derecho internacional y los acuerdos internacionales. En tal caso, se informará anticipadamente sobre el traslado y el destino del mismo a toda autoridad competente de tránsito y a la autoridad competente de destino en la Comunidad .

(11)

Es necesario evitar la duplicación con el Reglamento (CE) no 1774/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de octubre de 2002, por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales no destinados al consumo humano (10), que ya contiene disposiciones que abarcan el envío en general, la canalización y el movimiento (recogida, transporte, manipulación, procesado, uso, valorización o eliminación, mantenimiento de un registro, documentos de acompañamiento y trazabilidad) de subproductos animales que se trasladan dentro de, a y desde la Comunidad.

(12)

A más tardar en la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento, la Comisión debe presentar un informe sobre la relación entre la legislación sectorial vigente en materia de sanidad animal y salud pública y las disposiciones del presente Reglamento, y debe presentar en el mismo plazo cuantas propuestas sean necesarias para adaptar dicha legislación al presente Reglamento con el fin de alcanzar un nivel equivalente de control.

(13)

Aunque la vigilancia y el control de los traslados de residuos dentro de un Estado miembro es un asunto que compete al Estado miembro en cuestión, los sistemas nacionales de traslados de residuos deben tener en cuenta la necesidad de mantener la coherencia con el sistema comunitario a fin de garantizar un elevado nivel de protección del medio ambiente y de la salud humana.

(14)

En caso de traslado de residuos destinados a operaciones de eliminación y de residuos no incluidos en las listas de los anexos III, IIIA o IIIB destinados a operaciones de valorización, procede garantizar la supervisión y el control óptimos mediante el requisito de una autorización previa por escrito de dichos traslados. A su vez, este procedimiento debe conllevar una notificación previa, para que las autoridades competentes estén debidamente informadas y puedan adoptar todas las medidas necesarias para la protección de la salud humana y el medio ambiente, así como para que estas autoridades puedan formular objeciones razonadas al traslado.

(15)

En el caso de traslados de residuos incluidos en las listas de los anexos III, IIIA o IIIB destinados a operaciones de valorización, conviene garantizar un nivel mínimo de supervisión y control mediante el requisito de que este tipo de traslados vayan acompañados de determinada información.

(16)

Habida cuenta de la necesidad de una aplicación uniforme del presente Reglamento y un correcto funcionamiento del mercado interior, es necesario, por razones de eficiencia, tramitar las notificaciones a través de la autoridad competente de expedición.

(17)

Asimismo, es importante aclarar el sistema de fianza o seguro equivalente.

(18)

Considerando la responsabilidad de los productores de residuos en cuanto a la gestión de residuos respetuosa con el medio ambiente, tanto la notificación como los documentos de movimiento de los traslados de residuos, cuando sea posible, deben ser cumplimentados por los productores de residuos.

(19)

Es preciso establecer salvaguardias de procedimiento para el notificante, tanto para aumentar la claridad jurídica como para asegurar la aplicación uniforme del presente Reglamento y el correcto funcionamiento del mercado interior.

(20)

En el caso de traslados de residuos para su eliminación, los Estados miembros deben tener en cuenta los principios de proximidad, prioridad de valorización y autosuficiencia a nivel comunitario y nacional, con arreglo a lo dispuesto en la Directiva 75/442/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1975, relativa a los residuos (11), mediante la adopción de medidas conforme al Tratado para prohibir con carácter general o parcial los traslados de residuos destinados a la eliminación u oponerse sistemáticamente a los mismos. Además, debe tenerse en cuenta el requisito establecido en la Directiva 75/442/CEE, por el cual los Estados miembros deben establecer una red integrada y adecuada de plantas de eliminación que permita a la Comunidad en su conjunto llegar a ser autosuficiente en materia de eliminación de residuos y a cada Estado miembro individualmente tender hacia ese objetivo, teniendo en cuenta las circunstancias geográficas o la necesidad de plantas especializadas para determinados tipos de residuos. Los Estados miembros también deben ser capaces de garantizar que en las instalaciones de gestión de residuos establecidas en la Directiva 96/61/CE del Consejo, de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (12), se apliquen las mejores técnicas disponibles descritas en dicha Directiva, de acuerdo con la autorización de las instalaciones, y que los residuos sean tratados de conformidad con las normas de protección ambiental legalmente vinculantes en relación con las operaciones de eliminación establecidas en el Derecho comunitario.

(21)

En lo que respecta a los traslados de residuos destinados a la valorización, los Estados miembros también deben ser capaces de velar por que en las instalaciones de gestión de residuos que regula la Directiva 96/61/CE se apliquen las mejores técnicas disponibles descritas en dicha Directiva, de acuerdo con la autorización de las instalaciones. Los Estados miembros también deben ser capaces de garantizar que los residuos sean tratados de conformidad con las normas de protección medioambiental legalmente vinculantes en relación con las operaciones de valorización establecidas en el derecho comunitario y que, teniendo en cuenta el apartado 3 del artículo 7 de la Directiva 75/442/CEE, los residuos sean tratados de conformidad con los planes de gestión de residuos establecidos en virtud de dicha Directiva a fin de garantizar que se cumplen las obligaciones legalmente vinculantes en materia de valorización o reciclaje establecidas en la legislación comunitaria.

(22)

El desarrollo de requisitos obligatorios para las instalaciones de residuos y para el tratamiento de los materiales residuales específicos a nivel comunitario, junto con las disposiciones existentes en el Derecho comunitario, puede ayudar al establecimiento de un elevado nivel de protección medioambiental en toda la Comunidad, ayudar a crear unas reglas de juego uniformes para el reciclaje y ayudar a que no se obstaculice el desarrollo de un mercado interior económicamente viable para el reciclaje. Por consiguiente, es necesario desarrollar reglas de juego comunitarias para el reciclaje mediante la aplicación de normas comunes en determinados ámbitos, en su caso, también en lo que se refiere a los materiales secundarios, para aumentar la calidad del reciclaje. En su caso, la Comisión debe presentar lo antes posible propuestas relativas a esas normas para determinados residuos y determinadas instalaciones de reciclaje, sobre la base de un estudio adicional de la estrategia de los residuos y teniendo en cuenta la legislación comunitaria existente, así como las legislaciones de los Estados miembros. Mientras tanto debe ser posible, en determinadas condiciones, presentar objeciones a los traslados planificados cuando la correspondiente valorización no cumpla la legislación nacional en el país de expedición respecto de la valorización de residuos. Mientras tanto, la Comisión debe seguir supervisando también la situación en materia de posibles traslados de residuos no deseados hacia los nuevos Estados miembros y, en caso necesario, presentar propuestas adecuadas para hacer frente a tales situaciones.

(23)

Es preciso establecer la obligación de que los residuos de un traslado que no pueda llevarse a cabo de acuerdo con lo previsto, sean devueltos al país de expedición o valorizados o eliminados por medios alternativos.

(24)

También debe ser obligatorio que la persona responsable de un traslado ilícito devuelva los residuos en cuestión o aplique mecanismos alternativos para su valorización o eliminación. De lo contrario, deben intervenir las propias autoridades competentes de expedición o de destino, según el caso.

(25)

Es necesario, con el fin de proteger el medio ambiente de los países afectados, aclarar el alcance de la prohibición, establecida de acuerdo con el Convenio de Basilea, de las exportaciones de la Comunidad de residuos destinados a su eliminación en un tercer país que no sea miembro de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC).

(26)

Los países Parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo podrán adoptar los procedimientos de control establecidos para los traslados dentro de la Comunidad.

(27)

Asimismo, es necesario, con el fin de proteger el medio ambiente de los países afectados, aclarar el alcance de la prohibición de las exportaciones de residuos peligrosos destinados a su valorización en un país donde no se aplique la Decisión de la OCDE, también establecida de acuerdo con el Convenio de Basilea. En particular, es necesario aclarar la lista de residuos a los que afecta la prohibición y garantizar que también incluya los residuos enumerados en el anexo II del Convenio de Basilea, en concreto residuos domésticos y residuos generados por la incineración de residuos domésticos.

(28)

Conviene mantener mecanismos específicos para las exportaciones de residuos no peligrosos destinados a la valorización en países no sujetos a la Decisión de la OCDE y prever la simplificación de dichos mecanismos, en una fecha posterior.

(29)

Se deben permitir las importaciones en la Comunidad de residuos destinados a la eliminación si el país exportador es Parte del Convenio de Basilea. Se deben permitir las importaciones en la Comunidad de residuos destinados a la valorización si el país exportador está sujeto a la Decisión de la OCDE o es Parte del Convenio de Basilea. Sin embargo, en los demás casos las importaciones sólo deben permitirse si el país exportador está sujeto a un acuerdo o sistema bilateral o multilateral compatible con el Derecho comunitario y de conformidad con el artículo 11 del Convenio de Basilea, excepto cuando esto no resulte posible en situaciones de crisis, de restablecimiento o mantenimiento de la paz o de guerras.

(30)

El presente Reglamento debe ser aplicado de conformidad con el Derecho marítimo internacional.

(31)

El presente Reglamento debe reflejar las normas relativas a las exportaciones y a las importaciones de residuos hacia y desde los países y territorios de ultramar, tal y como establece la Decisión 2001/822/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2001, relativa a la asociación de los países y territorios de ultramar a la Comunidad Europea («Decisión de Asociación Ultramar») (13).

(32)

Se deben dar los pasos necesarios para garantizar que, de conformidad con la Directiva 75/442/CEE y con el resto de la legislación comunitaria sobre residuos, los residuos que se trasladen dentro de la Comunidad, así como los que se importen en la Comunidad se gestionen de modo que, durante todo el traslado e incluyendo la valorización o la eliminación en el país de destino, no se ponga en peligro la salud humana y se lleve a cabo sin utilizar procesos o métodos que puedan ser perjudiciales para el medio ambiente. En lo que respecta a las exportaciones de la Comunidad que no estén prohibidas, deben hacerse esfuerzos para garantizar que la gestión del residuo se lleve a cabo de manera ambientalmente correcta durante todo el transcurso del traslado e incluyendo la valorización o eliminación en el país tercero de destino. La instalación receptora de residuos debe funcionar con arreglo a unas normas de protección de la salud humana y de protección medioambiental equivalentes de forma general a las normas establecidas en la legislación comunitaria. Debe establecerse una lista de directrices no vinculantes en las que pueda buscarse orientación para una gestión correcta desde el punto de vista medioambiental.

(33)

Es preciso que los Estados miembros faciliten a la Comisión información sobre la aplicación del presente Reglamento, tanto a través de los informes que se entregan a la Secretaría del Convenio de Basilea como sobre la base de un cuestionario aparte.

(34)

Es necesario garantizar un desguace de los buques seguro y respetuoso con el medio ambiente, a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente. Además, cabe destacar que un buque puede convertirse en desecho con arreglo a lo definido en el articulo 2 del Convenio de Basilea y que al mismo tiempo puede definirse como buque con arreglo a otras disposiciones internacionales. Es importante recordar que se están llevando a cabo acciones que implican la cooperación interagencial entre la OIT, la OMI y el Convenio de Basilea, para fijar requisitos vinculantes a nivel mundial con vistas a una solución eficiente y eficaz al problema del desguace de buques.

(35)

Debe pedirse a los Estados miembros que, de conformidad con el Convenio CEPE/NU sobre el acceso a la información, la participación del público en la toma de decisiones y el acceso a la justicia en materia de medio ambiente de 25 de junio de 1998 (Convenio de Aarhus), las autoridades competentes pongan a disposición del público, por los medios adecuados, información sobre las notificaciones de traslados de residuos, siempre que dicha información no sea confidencial con arreglo a la legislación nacional o comunitaria.

(36)

La cooperación internacional eficaz en materia de control de traslados de residuos contribuye a asegurar que se controlan los traslados de residuos peligrosos. Es preciso promover el intercambio de información, la responsabilidad compartida y los esfuerzos de cooperación entre la Comunidad y sus Estados miembros, por una parte, y los terceros países, por otra, con vistas a garantizar la gestión correcta de los residuos.

(37)

La Comisión debe adoptar algunos anexos del presente Reglamento de conformidad con el procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 18 de la Directiva 75/442/CEE. Este procedimiento debe también aplicarse para modificar los anexos en función del progreso científico y técnico, de los cambios registrados en la legislación comunitaria pertinente o en relación con la Decisión de la OCDE, el Convenio de Basilea y otros convenios y acuerdos internacionales pertinentes.

(38)

Al elaborar las instrucciones para cumplimentar los documentos de notificación y movimiento para su inclusión en el anexo IC, la Comisión, teniendo en cuenta la Decisión de la OCDE y el Convenio de Basilea, debe especificar, entre otras cosas, que los documentos de notificación y movimiento deben constar, en la medida de lo posible, de dos páginas, e indicar cuál es el calendario preciso para cumplimentar los documentos de notificación y movimiento de los anexos IA y IB, teniendo en cuenta el anexo II. Además, cuando difieran la terminología y los requisitos de la Decisión OCDE o del Convenio de Basilea y del presente Reglamento, deben aclararse los requisitos concretos.

(39)

Al examinar las mezclas de residuos que han de añadirse al anexo IIIA se tomará en consideración, entre otras cosas, la información siguiente: las propiedades del residuo, tales como sus posibles características peligrosas, su potencial contaminante y el estado físico del residuo; los aspectos de gestión tales como la capacidad tecnológica para valorizar el residuo, las ventajas medioambientales de dicha operación de valorización y si se puede perjudicar la correcta gestión medioambiental del residuo. La Comisión debe avanzar lo máximo posible en la conclusión de este anexo antes de la entrada en vigor del presente Reglamento y haberlo finalizado, a más tardar, seis meses después de dicha fecha.

(40)

Asimismo, la Comisión debe adoptar medidas adicionales relacionadas con la aplicación del presente Reglamento de conformidad con el procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 18 de la Directiva 75/442/CEE. Éstas deben incluir un método de cálculo de la fianza o seguro equivalente, que la Comisión debe finalizar, a ser posible, antes de la fecha de aplicación del presente Reglamento.

(41)

Procede aprobar las medidas necesarias para la ejecución del presente Reglamento con arreglo a la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (14).

(42)

Dado que el objetivo del presente Reglamento, a saber, garantizar la protección del medio ambiente en caso de traslados de residuos no puede ser alcanzado de manera suficiente por los Estados miembros y, por consiguiente, debido a su dimensión y efectos, puede lograrse mejor a nivel comunitario, la Comunidad puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, el presente Reglamento no excede de lo necesario para alcanzar dicho objetivo.

HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

TÍTULO I

ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES

Artículo 1

Ámbito de aplicación

1.   El presente Reglamento establece procedimientos y regímenes de control para el traslado de residuos, en función del origen, el destino y la ruta del traslado, del tipo de residuo trasladado y del tipo de tratamiento que vaya a aplicarse a los residuos en destino.

2.   El presente Reglamento se aplicará a los traslados de residuos:

a)

entre Estados miembros, dentro de la Comunidad o con tránsito por terceros países;

b)

importados en la Comunidad de terceros países;

c)

exportados de la Comunidad a terceros países;

d)

en tránsito por la Comunidad, que van de un tercer país a otro.

3.   Quedan excluidos del ámbito de aplicación del presente Reglamento:

a)

la descarga en tierra de los residuos generados por el funcionamiento normal de los buques y plataformas no costeras, incluidas las aguas residuales y residuos, siempre que tales residuos estén sujetos a los requisitos del Convenio Internacional para prevenir la contaminación ocasionada por los buques, de 1973, modificado por el Protocolo de 1978 relativo al mismo (Marpol 73/78), u otros instrumentos internacionales vinculantes;

b)

los residuos generados a bordo de vehículos, trenes, aeronaves y buques hasta que dichos residuos se hayan descargado con el fin de ser valorizados o eliminados;

c)

los traslados de residuos radiactivos tal como se definen en el artículo 2 de la Directiva 92/3/Euratom del Consejo, de 3 de febrero de 1992, relativa a la vigilancia y al control de los traslados de residuos radiactivos entre Estados miembros o procedentes o con destino al exterior de la Comunidad (15);

d)

los traslados sujetos a los requisitos de aprobación con arreglo al Reglamento (CE) no 1774/2002;

e)

los traslados de los residuos a que se refieren los incisos ii), iv) y v) de la letra b) del apartado 1 del artículo 2 de la Directiva 75/442/CEE, en caso de que tales traslados ya estén regulados por otra normativa comunitaria que contenga disposiciones parecidas;

f)

los traslados de residuos con origen en la Antártida y destino en la Comunidad que sean conformes con las disposiciones del Protocolo sobre protección del medio ambiente del Tratado Antártico (1991);

g)

las importaciones en la Comunidad de residuos generados por fuerzas armadas u organizaciones de socorro en situaciones de crisis, operaciones de establecimiento o mantenimiento de la paz en las que dichos residuos sean trasladados por dichas fuerzas armadas u organizaciones de socorro o en su nombre, directa o indirectamente, al país de destino. En tal caso, se informará anticipadamente sobre el traslado y el destino del mismo a toda autoridad competente de tránsito y a la autoridad competente de destino en la Comunidad .

4.   Los traslados de residuos con origen en la Antártida y destino en países ajenos a la Comunidad, y en tránsito por la Comunidad, estarán sujetos a los artículos 36 y 49.

5.   Los traslados de residuos realizados exclusivamente dentro de un Estado miembro sólo estarán sujetos al artículo 33.

Artículo 2

Definiciones

A efectos del presente Reglamento se entenderá por:

1)

residuos: los que se ajusten a la definición que se establece en la letra a) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE;

2)

residuos peligrosos: los que se ajusten a la definición que se establece en el apartado 4 del artículo 1 de la Directiva 91/689/CEE del Consejo, de 12 de diciembre de 1991, relativa a los residuos peligrosos (16);

3)

mezcla de residuos: los residuos que se obtengan mediante la mezcla, sea deliberada o no, de dos o más residuos diferentes, siempre que no exista una categoría específica para dicha mezcla en los anexos III, IIIB, IV y IVA. No se considera mezcla de residuos el traslado conjunto de dos o más residuos por separado;

4)

eliminación: tal como se define en la letra e) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE;

5)

eliminación intermedia: las operaciones de eliminación D 13 a D 15 tal como se definen en el anexo II A de la Directiva 75/442/CEE;

6)

valorización: tal como se define en la letra f) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE;

7)

valorización intermedia: las operaciones de valorización R12 y R 13 tal como se definen en el anexo II B de la Directiva 75/442/CEE;

8)

gestión ambientalmente correcta: la adopción de todas las medidas posibles para garantizar que los residuos sean gestionados de manera que la salud humana y el medio ambiente queden protegidos contra los efectos nocivos que puedan derivarse de tales residuos;

9)

productor: cualquier persona cuya actividad produzca residuos («productor inicial») o cualquier persona que efectúe operaciones de tratamiento previo, de mezcla o de otro tipo que ocasionen un cambio de naturaleza o de composición de esos residuos (nuevo productor) que se ajuste a la definición de la letra b) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE;

10)

poseedor: el productor de los residuos o la persona física o jurídica que los tenga en su posesión y que se ajuste a la definición de la letra c) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE;

11)

recogedor: toda persona que efectúe recogida de residuos tal como se define en la letra g) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE;

12)

negociante: toda persona que actúe como principal en la compra y posterior venta de residuos, incluidos los negociantes que no tomen posesión físicamente de los residuos; este término abarca asimismo a los negociantes con arreglo al artículo 12 de la Directiva 75/442/CEE;

13)

agente: toda persona que disponga la valorización o la eliminación de residuos por encargo de terceros, incluidos los agentes que no tomen posesión físicamente de los residuos, con arreglo al artículo 12 de la Directiva 75/442/CEE;

14)

destinatario: la persona o empresa sujeta a la jurisdicción del país de destino a la que se trasladan los residuos para su valorización o eliminación;

15)

notificante:

a)

Si se trata de un traslado con origen en un Estado miembro, toda persona física o jurídica sujeta a la jurisdicción de tal Estado miembro que pretenda trasladar o hacer trasladar residuos y en quien recaiga la obligación de notificar. El notificante es alguna de las personas u órganos de la siguiente lista, elegida de acuerdo con el orden establecido en ella:

i)

el productor inicial; o

ii)

el nuevo productor autorizado que realiza operaciones antes del traslado; o

iii)

un recogedor autorizado que, a partir de diversas pequeñas cantidades del mismo tipo de residuos recogidos de distintas procedencias, haya agrupado el traslado que se iniciará a partir de un lugar notificado único; o

iv)

el negociante registrado que haya sido autorizado por escrito por el productor inicial, nuevo productor o recogedor autorizado mencionados en los incisos i), ii) e iii) a actuar en su nombre como notificante;

v)

un agente registrado que haya sido autorizado por escrito por el productor inicial, nuevo productor o recogedor autorizado mencionados en los incisos i), ii) e iii) a actuar en su nombre como notificante;

vi)

cuando todas las personas especificadas en los incisos i), ii), iii), iv) y v) en su caso, sean desconocidas o insolventes, el poseedor.

Cuando un notificante de los contemplados en los incisos iv) y v) incumpla alguna de las obligaciones de retirada de los residuos establecidas en los artículos 22 a 25, el productor inicial, el nuevo productor o el recogedor autorizado mencionados en los incisos i), ii) ó iii), respectivamente, que haya autorizado al negociante o agente a actuar en su nombre será considerado como el notificante a efectos de las mencionadas obligaciones sobre devolución. En caso de traslado ilícito notificado por un negociante o agente de los mencionados en los incisos iv) o v), la persona indicada en los incisos i), ii) o iii) que haya autorizado a dicho negociante o agente a actuar en su nombre será considerada como el notificante a efectos del presente Reglamento.

b)

Si se trata de una importación con destino a la Comunidad o de un tránsito por la Comunidad de residuos no originados en un Estado miembro, cualquiera de las siguientes personas físicas o jurídicas sujetas a la jurisdicción del país de expedición que pretenda trasladar o hacer trasladar o que haya hecho trasladar los residuos:

i)

la persona designada por las leyes del país de expedición, o bien, en ausencia de tal designación,

ii)

el poseedor en el momento de realizarse la exportación;

16)

Convenio de Basilea: el Convenio de 22 de marzo de 1989 sobre el control de los movimientos transfronterizos de los residuos peligrosos y su eliminación;

17)

Decisión de la OCDE: Decisión del Consejo de la OCDE, C(2001)107/FINAL relativa a la revisión de la Decisión C(92)39/FINAL sobre el control de los movimientos transfronterizos de residuos destinados a operaciones de valorización.

18)

autoridad competente:

a)

si se trata de un Estado miembro, el órgano designado por el Estado miembro en cuestión de conformidad con el artículo 53, o bien,

b)

si se trata de un Estado no miembro que sea Parte en el Convenio de Basilea, el órgano designado por el país en cuestión como autoridad competente a efectos del Convenio, con arreglo a su artículo 5, o bien,

c)

si se trata de un país que no cumple las condiciones de las letras a) o b), el órgano designado como autoridad competente por el país o región en cuestión, o bien, en ausencia de tal designación, la autoridad reguladora del país o región, según proceda, que tenga jurisdicción sobre los traslados de residuos destinados a la valorización o eliminación o en tránsito, según el caso;

19)

autoridad competente de expedición: la autoridad competente en la zona desde la que se efectúe o se vaya a efectuar el traslado;

20)

autoridad competente de destino: la autoridad competente en la zona hacia la que se efectúe o se vaya a efectuar el traslado, o en la que se realice la carga de los residuos previamente a su valorización o eliminación en una zona no sujeta a la jurisdicción nacional de ningún país;

21)

autoridad competente de tránsito: la autoridad competente en cualquier país, que no sea el de la autoridad competente de expedición ni el de la autoridad competente de destino, a través del cual se efectúe o se vaya a efectuar el traslado;

22)

país de expedición: el país desde el cual se efectúe o se vaya a efectuar un traslado de residuos;

23)

país de destino: el país hacia el cual se efectúe o se vaya a efectuar un traslado de residuos para su valorización o eliminación, o con objeto de realizar la carga previamente a su valorización o eliminación en una zona no sujeta a la jurisdicción nacional de ningún país;

24)

país de tránsito: cualquier país, distinto de los países de expedición o de destino, a través del cual se efectúe o vaya a efectuarse un traslado de residuos;

25)

zona bajo jurisdicción nacional de un país: toda zona terrestre o marítima en la que un Estado ejerce su responsabilidad administrativa y reglamentaria de conformidad con el Derecho internacional en materia de protección de la salud humana o del medio ambiente;

26)

países y territorios de ultramar: son los países y territorios enumerados en el anexo IA de la Decisión 2001/822/CE;

27)

oficina de aduana de exportación: la que se ajusta a la definición del apartado 5 del artículo 161 del Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo, de 12 de octubre de 1992, por el que se aprueba el Código aduanero comunitario (17);

28)

oficina de aduana de salida en la Comunidad: la que se ajusta a la definición del apartado 2 del artículo 793 del Reglamento (CEE) no 2454/93 de la Comisión, de 2 de julio de 1993, por el que se fijan determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) no 2913/92 del Consejo por el que se establece el Código aduanero comunitario (18);

29)

oficina de aduana de entrada en la Comunidad: la oficina de aduana a la que se llevan los residuos que se han introducido en el territorio aduanero de la Comunidad de acuerdo con el apartado 1 del artículo 38 del Reglamento (CEE) no 2913/92;

30)

importación: toda entrada de residuos en la Comunidad con exclusión del tránsito por la Comunidad;

31)

exportación: la acción de salida de los residuos fuera de la Comunidad con exclusión del tránsito por la Comunidad;

32)

tránsito: el traslado de residuos que se efectúe o vaya a efectuarse por uno o más países distintos de los de expedición o de destino;

33)

transporte: el transporte de residuos por carretera, por ferrocarril o por vía aérea, marítima o terrestre;

34)

traslado: el transporte de residuos destinados a la valorización o eliminación que se efectúe o vaya a efectuarse:

a)

entre un país y otro, o

b)

entre un país y los países y territorios de ultramar u otras zonas bajo la protección del primero, o

c)

entre un país y cualquier zona terrestre que no forme parte de país alguno con arreglo al Derecho internacional, o

d)

entre un país y la Antártida, o

e)

con origen en un país a través de alguna de las zonas anteriormente indicadas, o

f)

en el interior de un país atravesando alguna de las zonas anteriormente indicadas y que se inicie y termine en el mismo país, o

g)

desde una zona geográfica no sujeta a la jurisdicción de ningún país, con destino a un país;

35)

traslado ilícito: todo traslado de residuos que se efectúe:

a)

sin haber sido notificado a todas las autoridades competentes afectadas de conformidad con el presente Reglamento, o

b)

sin la autorización de las autoridades competentes afectadas de conformidad con el presente Reglamento, o

c)

habiendo obtenido la autorización de las autoridades competentes afectadas mediante falsificación, tergiversación o fraude, o

d)

de un modo que no aparezca especificado materialmente en los documentos de notificación o de movimiento, o

e)

de un modo que dé lugar a una valorización o una eliminación que infrinja la normativa comunitaria o internacional, o

f)

de modo contrario a los artículos 34, 36, 39, 40, 41 y 43, o

g)

de forma que, en relación con los traslados de residuos a que se refieren los apartados 2 y 4 del artículo 3:

i)

se compruebe que los residuos no figuran en los anexos III, IIIA o IIIB; o

ii)

no se haya cumplido con el apartado 4 del artículo 3,

iii)

el traslado se efectúe de un modo no especificado concretamente en el documento que figura en el anexo VII.

TITULO II

TRASLADOS EN EL INTERIOR DE LA COMUNIDAD CON O SIN TRÁNSITO POR TERCEROS PAÍSES

Artículo 3

Marco de procedimiento general

1.   Los traslados de los siguientes residuos estarán sujetos al procedimiento de notificación y autorización previas por escrito establecido en las disposiciones del presente título:

a)

Si están destinados a operaciones de eliminación:

todos los residuos.

b)

Si están destinados a operaciones de valorización:

i)

residuos enumerados en el anexo IV , que incluye, entre otros, los residuos enumerados en los anexos II y VIH del Convenio de Basilea ;

ii)

los residuos enumerados en el anexo IVA;

iii)

los residuos no clasificados en una categoría específica de los anexos III, IIIB, IV y IVA;

iv)

las mezclas de residuos no clasificadas en una categoría específica de los anexos III, IIIB, IV y IVA salvo si figuraran en el anexo IIIA.

2.   Los traslados de los residuos siguientes que se destinen a la valorización estarán sujetos a los requisitos generales establecidos en el artículo 18 si la cantidad de residuos trasladados sobrepasa los 20 kg :

a)

Los residuos enumerados en el anexo III o en el IIIB.

b)

Mezclas, no clasificadas en una categoría específica del anexo III, de dos o más residuos enumerados en el anexo III, siempre que la composición de dichas mezclas no perjudique su valorización ambientalmente correcta y siempre que dichas mezclas sean incluidas en el anexo IIIA, de conformidad con el artículo 58.

3.   A los residuos enumerados en el anexo III, en casos excepcionales, les serán de aplicación las disposiciones pertinentes como si hubieran estado enumerados en el anexo IV, si presentan alguna de las características de peligrosidad señaladas en el anexo III de la Directiva 91/689/CEE. Estos residuos recibirán el trato previsto en el artículo 58.

4.   Los traslados de residuos expresamente destinados a análisis de laboratorio para evaluar sus características físicas o químicas o para determinar su idoneidad para operaciones de valorización o eliminación no estarán sujetos al procedimiento de notificación y autorización previa por escrito que se ha descrito en el apartado 1. En su lugar, se aplicarán los requisitos de procedimiento del artículo 18. La cantidad de tales residuos, salvo cuando sean expresamente destinados a análisis de laboratorio, se determinará en función de la cantidad mínima que sea razonablemente necesaria para realizar el análisis en cada caso, y no superará los 25 Kg.

5.   Los traslados de residuos municipales mezclados (residuo 20 03 01) recogidos de hogares particulares, incluso cuando dicha recogida también abarque ese tipo de residuos procedentes de otros productores, a instalaciones de valorización o eliminación estarán, de conformidad con el presente Reglamento, sujetos a las mismas disposiciones que los residuos destinados a la eliminación.

Capítulo 1

Notificación previa por escrito y autorización

Artículo 4

Notificación

Cuando el notificante pretenda trasladar residuos con arreglo a las letras a) o b) del apartado 1 del artículo 3, deberá presentar una notificación previa por escrito a la autoridad competente de expedición y, si efectuare una notificación general, atenerse a lo dispuesto en el artículo 13.

Cuando se efectúe una notificación, deberán cumplirse los siguientes requisitos:

1)

Documentos de notificación y movimiento:

La notificación se realizará por medio de los siguientes documentos:

a)

el documento de notificación que figura en el anexo IA, y

b)

el documento de movimiento que figura en el anexo IB.

Al efectuar la notificación, el notificante deberá cumplimentar tanto el documento de notificación como, cuando sea pertinente, el documento de movimiento.

Cuando el notificante no sea el productor inicial de conformidad con el artículo 2, punto 15, letra a), inciso i), el notificante velará por que este productor o una de las personas indicadas en el artículo 2, punto 15, letra a), incisos ii) o iii) también firme, cuando ello sea viable, el documento de notificación contemplado en el anexo IA.

Los documentos de notificación y movimiento serán facilitados al notificante por la autoridad competente de expedición.

2)

Información y documentación que deberá facilitarse junto con los documentos de notificación y movimiento:

El notificante incorporará o adjuntará al documento de notificación la información y la documentación señaladas en la parte 1 del anexo II. El notificante incorporará o adjuntará al documento de movimiento la información y la documentación señaladas en la parte 2 del anexo II en la medida de lo posible en el momento de la notificación.

La notificación se considerará debidamente realizada cuando la autoridad competente de expedición se haya asegurado de que se han completado los documentos de notificación y movimiento de conformidad con el párrafo primero.

3)

Información y documentación adicionales:

Si lo solicita cualquiera de las autoridades competentes afectadas, el notificante entregará información y documentación adicionales. En la parte 3 del anexo II figura una lista con la información y documentación adicionales que se podrá solicitar.

La notificación se considerará debidamente completada cuando la autoridad competente de destino se haya asegurado de que se han completado los documentos de notificación y movimiento y de que el notificante ha entregado la información y la documentación mencionadas en las partes 1 y 2 del anexo II, así como toda la información y documentación adicional que se le solicite en virtud del presente apartado y de la lista de la parte 3 del anexo II.

4)

Celebración de un contrato entre el notificante y el destinatario:

El notificante deberá celebrar con el destinatario un contrato análogo al descrito en el artículo 5 para la valorización o eliminación de los residuos notificados.

En el momento de la notificación, deberá acreditarse la existencia de este contrato o presentarse una declaración que certifique dicha existencia, de conformidad con el anexo IA, ante las autoridades competentes afectadas. El notificante o el destinatario facilitará una copia del contrato, o una prueba del mismo que sea considerada satisfactoria por la autoridad competente de que se trate, si así lo solicita la autoridad competente en cuestión.

5)

Constitución de una fianza o seguro equivalente:

Se constituirá una fianza o seguro equivalente con arreglo al artículo6. El notificante hará una declaración a tal efecto cumplimentando la parte correspondiente del documento de notificación que figura en el anexo IA.

La fianza o seguro equivalente (o, si la autoridad competente lo permite, pruebas de dicha fianza o seguro o una declaración que certifique su existencia) será presentado como parte del documento de notificación en el momento de la notificación o, si la autoridad competente lo permite en virtud de la legislación nacional, en el momento del comienzo del traslado.

6)

Cobertura de la notificación:

La notificación deberá cubrir el traslado de residuos desde su lugar inicial de expedición e incluir su valorización o eliminación intermedia o definitiva.

En caso de posteriores operaciones intermedias o definitivas en un país que no sea el primer país de destino, la operación definitiva y su destino se consignarán en la notificación, y se aplicará lo dispuesto en la letra f) del artículo 15.

Cada notificación deberá cubrir un solo código de identificación de residuos, excepto para

a)

residuos no clasificados en una sola rúbrica en los anexos III, IIIB, IV o IVA, en cuyo caso sólo deberá especificarse un residuo;

b)

mezclas de residuos no clasificadas en una sola rúbrica en los anexos III, IIIB, IV o IVA, a menos que figuren en el anexo IIIA, en cuyo caso el código de cada fracción de residuos deberá especificarse por orden de importancia.

Artículo 5

Contrato

1.   Todos los traslados de residuos que requieren notificación estarán sujetos al requisito de la celebración de un contrato entre el notificante y el destinatario para la valorización o eliminación de los residuos notificados.

2.   El contrato deberá celebrarse y ser efectivo en el momento de la notificación y durante todo el traslado hasta que se haya expedido un certificado de conformidad con la letra e) del artículo 15 o la letra e) del artículo 16 o, en su caso, la letra d) del artículo 15.

3.   El contrato deberá establecer la obligación:

a)

por parte del notificante, de volver a hacerse cargo de los residuos, en caso de que el traslado o la valorización o eliminación no se hayan llevado a cabo de acuerdo con lo previsto o de que se haya efectuado como un traslado ilícito, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 22 y el apartado 2 del artículo 24;

b)

por parte del destinatario, de valorizar o eliminar los residuos si se hubieren efectuado como un traslado ilícito, con arreglo al apartado 3 del artículo 24, y

c)

por parte de la instalación, de entregar, con arreglo a la letra e) del artículo 16, un certificado de que los residuos han sido valorizados o eliminados de acuerdo con la notificación y con las condiciones que en ella se especifican y con los requisitos del presente Reglamento.

4.   En caso de que el residuo trasladado esté destinado a operaciones de valorización o eliminación intermedias, el contrato deberá incluir las siguientes obligaciones adicionales:

a)

la obligación de la instalación de destino de entregar, con arreglo a las letras d) y, en su caso, e) del artículo 15, certificados de que los residuos han sido valorizados o eliminados de acuerdo con la notificación y con las condiciones que en ella se especifican y con los requisitos del presente Reglamento; y

b)

la obligación del destinatario de entregar, si fuera pertinente, una notificación a la autoridad competente inicial del país de expedición inicial, con arreglo al inciso ii) de la letra f) del artículo 15.

5.   En caso de que los residuos deban trasladarse entre dos establecimientos que están bajo el control de la misma entidad jurídica, este contrato podrá sustituirse por una declaración de la entidad en cuestión que vaya a encargarse de la valorización o eliminación de los residuos notificados.

Artículo 6

Fianza

1.   Todos los traslados de residuos que requieren notificación estarán sujetos al requisito de constitución de una fianza o seguro equivalente que cubra:

a)

los costes de transporte;

b)

los costes de valorización o eliminación, con inclusión de toda operación intermedia necesaria; y

c)

los costes de almacenamiento durante 90 días.

2.   La fianza o seguro equivalente tiene por finalidad cubrir los costes ocasionados en caso de que:

a)

el traslado, la valorización o la eliminación no puedan llevarse a cabo de acuerdo con lo previsto, tal como se indica en el artículo 22; o

b)

el traslado, la valorización o la eliminación sean ilícitos, como se indica en el artículo 24.

3.   La fianza o seguro equivalente deberá ser constituido por el notificante u otra persona física o jurídica que actúe en su nombre, y ser efectivo en el momento de la notificación o, si la autoridad competente que apruebe la fianza o seguro equivalente lo permitiere, a más tardar, cuando se inicie el traslado, y deberá aplicarse al traslado notificado, a más tardar al iniciarse el mismo.

4.   La fianza o fianzas o seguros equivalentes, incluidos el formulario, la redacción y la cuantía de la cobertura, serán aprobados por la autoridad competente de expedición.

No obstante, en casos de importación en la Comunidad, la autoridad competente de destino en la Comunidad revisará la cuantía de la cobertura y, en caso necesario, aprobará una fianza o seguro adicional.

5.   La o las fianzas o seguros equivalentes serán válidos y cubrirán un traslado notificado y la realización de las operaciones de valorización o eliminación de los residuos notificados.

La fianza o fianzas o seguros equivalentes se liberarán cuando la autoridad competente haya recibido el certificado indicado en la letra e) del artículo 16 o, en su caso, en la letra e) del artículo 15, con respecto a las operaciones de valorización o eliminación intermedias.

6.   No obstante lo dispuesto en el apartado 5, en caso de que los residuos trasladados estén destinados a operaciones de valorización o eliminación intermedias y se proceda a una operación adicional de valorización o eliminación en el país de destino, la fianza o seguro equivalente podrá ser liberado cuando los residuos salgan de la instalación intermedia y la autoridad competente haya recibido el certificado a que se refiere la letra d) del artículo 15. En tal caso, cualquier traslado posterior hacia una instalación de valorización o eliminación estará cubierto por una nueva fianza o seguro equivalente a no ser que la autoridad competente de destino considere que tal fianza o seguro equivalente no es necesario. En ese caso la autoridad competente de destino será responsable de que se cumplan las obligaciones que pudieran surgir de efectuarse un traslado ilícito, o de la retirada de los residuos cuando el traslado y posterior operación de valorización o eliminación no puedan llevarse a cabo según las previsiones.

7.   La autoridad competente dentro de la Comunidad que haya aprobado la fianza o seguro equivalente tendrá acceso al mismo y utilizará los fondos para, entre otras cosas, pagar a otras autoridades afectadas, a fin de cumplir las obligaciones derivadas de lo dispuesto en los artículos 23 y 25.

8.   En caso de que se efectúe una notificación general con arreglo al artículo 13, se podrá constituir una fianza o seguro equivalente que cubra ciertas partes y no la totalidad de la notificación general. En estos casos, la fianza o seguro equivalente se aplicará al traslado notificado que sea objeto de su cobertura, a más tardar, en el momento de su inicio.

La fianza o seguro equivalente se liberará cuando la autoridad competente haya recibido el certificado a que se refiere la letra e) del artículo 16 o, si resultare apropiado, la letra e) del artículo 15 en relación con las operaciones intermedias de valorización o eliminación de los residuos de que se trate. El apartado 6 se aplicará mutatis mutandis.

9.   Los Estados miembros informarán a la Comisión de las disposiciones de Derecho nacional que adopten con arreglo al presente artículo.

Artículo 7

Transmisión de la notificación por la autoridad competente de expedición

1.   Una vez que la notificación haya sido debidamente realizada, tal como se describe en el párrafo segundo del punto 2 del artículo 4, la autoridad competente de expedición conservará una copia de la notificación y transmitirá la notificación a la autoridad competente de destino con copia a todas las autoridades competentes de tránsito, y comunicará al notificante que ha efectuado la transmisión. Esto se hará en un plazo de tres días hábiles desde la recepción de la notificación.

2.   Si la notificación no ha sido debidamente realizada, la autoridad competente de expedición solicitará información y documentación al notificante con arreglo al párrafo segundo del punto 2 del artículo 4.

Esto se hará en un plazo de tres días hábiles desde la recepción de la notificación.

En estos casos la autoridad competente de expedición tendrá tres días hábiles a partir de la recepción de la información y/o documentación solicitada para dar cumplimiento a lo dispuesto en el apartado 1.

3.   Una vez que la notificación haya sido debidamente realizada, tal como se describe en el párrafo segundo del punto 2 del artículo 4, la autoridad competente de expedición podrá decidir, en un plazo de tres días hábiles, no transmitir la notificación si tiene objeciones en contra del traslado de conformidad con los artículos 11 y 12.

En este caso comunicará inmediatamente dicha decisión y dichas objeciones al notificante.

4.   Si, en un plazo de treinta días a partir de la fecha de recepción de la notificación, la autoridad competente de expedición no ha transmitido la notificación, según lo estipulado en el apartado 1, facilitará al notificante, previa solicitud de éste, una explicación motivada. Esto no se aplicará cuando no se haya atendido la solicitud de información a que se refiere el apartado 2.

Artículo 8

Solicitudes de información y documentación de las autoridades competentes afectadas y acuse de recibo de la autoridad competente de destino

1.   Una vez transmitida la notificación por la autoridad competente de expedición, si una de las autoridades competentes afectadas estima que se requiere información y documentación adicional tal como se contempla en el párrafo segundo del punto 3 del artículo 4, solicitará al notificante dicha información o documentación e informará de tal solicitud a las demás autoridades competentes. Esto se hará en un plazo de tres días hábiles desde la recepción de la notificación. En tales casos las autoridades competentes afectadas tendrán tres días hábiles a partir de la recepción de la información y documentación solicitada para informar a la autoridad competente de destino.

2.   Cuando la autoridad competente de destino considere que la notificación ha sido debidamente completada, tal como se describe en el párrafo segundo del punto 3 del artículo 4, enviará un acuse de recibo al notificante y copias a las demás autoridades competentes afectadas. Esto se hará en el plazo de tres días hábiles a partir de la recepción de la notificación debidamente completada.

3.   Si, en un plazo de treinta días a partir de la fecha de recepción de la notificación, la autoridad competente de destino no ha acusado recibo de la notificación, según lo estipulado en el apartado 2, facilitará al notificante, previa solicitud de éste, una explicación motivada.

Artículo 9

Autorización por las autoridades competentes de destino, de expedición y de tránsito y plazos para el transporte, la valorización o la eliminación

1.   Las autoridades competentes de destino, de expedición y de tránsito dispondrán de treinta días de plazo desde la fecha de transmisión del acuse de recibo por parte de la autoridad competente de destino, de conformidad con el artículo 8, para tomar una de las siguientes decisiones motivadas por escrito, en relación con el traslado notificado:

a)

autorizar sin condiciones,

b)

autorizar con condiciones, de acuerdo con el artículo 10, o bien

c)

formular objeciones, de acuerdo con los artículos 11 y 12.

Se presumirá que la autoridad competente de tránsito ha otorgado su autorización tácita cuando se agote el plazo de treinta días sin que haya formulado objeciones.

2.   Las autoridades competentes de destino, de expedición y, en su caso, de tránsito transmitirán al notificante su decisión motivada por escrito en el plazo de treinta días mencionado en el apartado 1, con copia para las demás autoridades competentes afectadas.

3.   Las autoridades competentes de destino, de expedición y, en su caso, de tránsito harán constar su autorización por escrito sellando, firmando y fechando a tales efectos el documento de notificación o sus copias.

4.   Toda autorización otorgada por escrito para un determinado traslado se extinguirá en el plazo de un año civil a partir de la fecha de su emisión o a partir de una fecha posterior según se indique en el documento de notificación. Sin embargo, esta disposición no se aplicará si las autoridades competentes afectadas establecen un plazo menor.

5.   La autorización tácita de un traslado previsto se extinguirá en el plazo de un año civil a partir del final del plazo de treinta días a que se refiere el apartado 1.

6.   El traslado previsto sólo podrá efectuarse previo cumplimiento de los requisitos previstos en las letras a) y b) del artículo 16 y durante el período de validez de las autorizaciones tácitas o escritas de todas las autoridades competentes.

7.   La valorización o la eliminación de residuos, en relación con un traslado previsto, se completará a más tardar un año civil después de la recepción de los residuos por la instalación , a menos que las autoridades competentes afectadas establezcan un plazo menor.

8.   Las autoridades competentes afectadas suspenderán su autorización cuando tengan conocimiento de que:

a)

la composición de los residuos no se corresponde con la notificada; o bien

b)

no se respetan las condiciones impuestas para el traslado; o bien

c)

no se procede a la valorización o la eliminación de los residuos, de conformidad con el permiso de la instalación que realice dicha operación; o bien

d)

los residuos serán trasladados, valorizados o eliminados, o ya se han trasladado, valorizado o eliminado de manera que no se corresponda con la información proporcionada o adjunta a los documentos de notificación y movimiento.

9.   La retirada de la autorización se transmitirá por medio de una notificación oficial al notificante, con copia para las demás autoridades competentes afectadas y para el destinatario.

Artículo 10

Condiciones para un traslado

1.   En un plazo de treinta días desde la fecha de transmisión del acuse de recibo por parte de la autoridad competente de destino de conformidad con el artículo 8, las autoridades competentes de expedición, de destino y de tránsito podrán establecer condiciones para autorizar un traslado notificado. Estas condiciones podrán basarse en una o varias de las razones especificadas en los artículos 11 o 12.

2.   Las autoridades competentes de expedición, de destino y de tránsito también podrán establecer, en el plazo de 30 días mencionado en el apartado 1, las condiciones en las que habrá de efectuarse el transporte de residuos dentro de su jurisdicción. Estas condiciones de transporte no podrán ser más rigurosas que las establecidas para traslados similares efectuados íntegramente bajo su jurisdicción y deberán tener debidamente en cuenta los acuerdos vigentes, en especial los acuerdos internacionales pertinentes.

3.   Las autoridades competentes de expedición, de destino y de tránsito también podrán establecer, en el plazo de treinta días mencionado en el apartado 1, la condición de que su autorización deberá considerarse retirada si la fianza o seguro equivalente no es aplicable a más tardar en el momento de iniciarse el traslado notificado, tal como se establece en el apartado 3 del artículo 6.

4.   La autoridad competente que establezca condiciones deberá comunicarlas al notificante por escrito, con copia a las autoridades competentes afectadas.

La autoridad competente en cuestión deberá incorporar o adjuntar las condiciones al documento de notificación.

5.     La autoridad competente de destino también podrá, en el plazo de 30 días a que se hace referencia en el apartado 1, fijar el requisito de que la instalación receptora lleve un registro regular de las entradas, salidas y/o balances de residuos y sus correspondientes operaciones de valorización o eliminación con arreglo a lo expuesto en la notificación, así como durante el período de validez de la notificación. Dichos registros serán firmados por una persona responsable legalmente de la instalación y se enviarán a la autoridad competente de destino en el plazo de un mes desde la realización de la operación de valorización o eliminación notificada.

Artículo 11

Objeciones a los traslados de residuos destinados a la eliminación

1.   Cuando se presente una notificación relativa a un determinado traslado de residuos destinados a la eliminación, las autoridades competentes de destino y de expedición podrán, en un plazo de treinta días desde la fecha de transmisión del acuse de recibo por parte de la autoridad competente de destino, de conformidad con el artículo 8, formular objeciones motivadas por alguno o varios de los motivos siguientes y de conformidad con el Tratado:

a)

que el traslado o la eliminación previstos no se ajustarían a las medidas de prohibición general o parcial de traslados de residuos o de objeción sistemática a los mismos adoptadas para aplicar los principios de proximidad, prioridad de valorización y autosuficiencia a escala comunitaria y nacional con arreglo a lo dispuesto en la Directiva 75/442/CEE; o bien

b)

que el traslado o la eliminación previstos no se ajustarían a las disposiciones legales y reglamentarias nacionales en materia de protección del medio ambiente, de orden público, de seguridad pública o de protección de la salud en relación con las acciones que tienen lugar en dicho país; o bien

c)

que el notificante o el destinatario hayan sido condenados anteriormente por llevar a cabo traslados ilícitos o realizar cualquier otro acto ilícito en relación con la protección del medio ambiente, en cuyo caso las autoridades competentes de expedición y de destino podrán oponerse, de conformidad con la legislación nacional, a todos los traslados en que participen estas personas; o bien

d)

que el notificante o la instalación hayan incumplido repetidamente los artículos 15 y 16 con motivo de traslados anteriores; o bien

e)

que el Estado miembro desee ejercer su derecho, con arreglo al apartado 1 del artículo 4 del Convenio de Basilea, de prohibir la importación de residuos peligrosos o de residuos incluidos en el anexo II de dicho Convenio; o bien

f)

que el traslado o la eliminación previstos sean contrarios a las obligaciones dimanantes de convenios internacionales celebrados por el Estado o Estados miembros afectados o por la Comunidad; o bien

g)

teniendo en cuenta circunstancias geográficas o la necesidad de contar con instalaciones especializadas para determinados tipos de residuos, cuando el traslado o la eliminación previstos no se ajusten a lo dispuesto en la Directiva 75/442/CEE, especialmente en sus artículos 5 y 7:

i)

a fin de aplicar el principio de autosuficiencia a escala comunitaria y nacional; o

ii)

cuando la instalación especializada tenga que eliminar residuos procedentes de una fuente más próxima y la autoridad competente haya dado prioridad a dichos residuos; o

iii)

a fin de garantizar que los traslados se ajusten a los planes de gestión de residuos; o bien

h)

que los residuos serán tratados en instalaciones contempladas en la Directiva 96/61/CE, pero que no aplican las mejores técnicas disponibles definidas en el apartado 4 del artículo 9 de dicha Directiva, de conformidad con el permiso de que disponga la instalación; o bien

i)

que el residuo sea una mezcla de residuos municipales recogidos en viviendas particulares (residuo 2003 01); o bien

j)

que los residuos en cuestión no serán tratados con arreglo a normas de protección ambiental legalmente preceptivas aplicables a las operaciones de eliminación establecidas en el Derecho comunitario, incluso en los casos en que se concedan excepciones temporales.

2.   Las autoridades competentes de tránsito podrán, en el plazo de treinta días a que se refiere el apartado 1, formular objeciones motivadas basadas exclusivamente en las letras b), c) , d) y f) del apartado 1.

3.   Cuando se trate de residuos peligrosos producidos en el Estado miembro de expedición en cantidades globales anuales tan pequeñas que la creación de nuevas instalaciones especializadas de eliminación en dicho Estado miembro fuera económicamente inviable, no será aplicable lo dispuesto en la letra a) del apartado 1.

La autoridad competente de destino colaborará con la autoridad competente de expedición que considere que es de aplicación el presente apartado y no la letra a) del apartado 1, con el fin de resolver el asunto bilateralmente.

En caso de que no se alcance una solución satisfactoria, cualquiera de los dos Estados miembros podrá presentar el asunto a la Comisión, que resolverá con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 18 de la Directiva 75/442/CEE.

4.   Si, en el plazo de treinta días mencionado en el apartado 1, las autoridades competentes consideran que se han resuelto los problemas que motivaban sus objeciones, lo comunicarán al notificante inmediatamente y por escrito, con copia para el destinatario y para las demás autoridades competentes afectadas.

5.   Si los problemas que motivan las objeciones no se resuelven en el plazo de treinta días mencionado en el apartado 1, la notificación perderá su validez. Cuando el notificante aún tenga intención de llevar a cabo el traslado, deberá efectuarse una nueva notificación, a menos que todas las autoridades competentes afectadas y el notificante lleguen a un acuerdo distinto.

6.   Las medidas que adopten los Estados miembros, de conformidad con la letra a) del apartado 1, para prohibir con carácter general o parcial los traslados de residuos destinados a la eliminación u objetar sistemáticamente a los mismos, o de conformidad con la letra e) del apartado 1, deberán ser notificadas de forma inmediata a la Comisión que informará a los demás Estados miembros.

Artículo 12

Objeciones a los traslados de residuos destinados a la valorización

1.   Cuando se presente una notificación relativa a un determinado traslado de residuos destinados a la valorización, las autoridades competentes de destino y de expedición podrán, en un plazo de treinta días desde la fecha de transmisión del acuse de recibo por parte de la autoridad competente de destino, de conformidad con el artículo 8, formular objeciones motivadas por alguno o varios de los motivos siguientes y de conformidad con el Tratado:

a)

que el traslado o la valorización previstos no se ajustarían a lo dispuesto en la Directiva 75/442/CEE, en particular en sus artículos 3, 4, 7 y 10; o bien

b)

que el traslado o la valorización previstos no se ajustarían a las disposiciones legales y reglamentarias nacionales en materia de protección del medio ambiente, orden público, de seguridad pública o de protección de la salud en relación con acciones que tengan lugar en dicho país; o bien

c)

que el traslado o la valorización previstos no se ajustarían a las disposiciones legales y reglamentarias del país de expedición en relación con la valorización de residuos, incluidos los casos en que los traslados previstos afecten a residuos destinados a valorización en una instalación que siga normas menos exigentes de tratamiento para dichos residuos que las del país de expedición, respetando la necesidad de garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior,

Ello no se aplicará cuando:

i)

exista legislación comunitaria correspondiente, en particular sobre residuos, y si en la legislación nacional se han introducido requisitos al menos tan estrictos como los de la legislación comunitaria, en el marco de la incorporación de ésta al Derecho nacional;

ii)

la operación de valorización en el país de destino vaya a realizarse en condiciones en general equivalentes a las impuestas por la legislación nacional del país de expedición;

iii)

la legislación nacional del país de expedición, distinta de la contemplada en el inciso i), no se haya notificado de conformidad con la Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de junio de 1998, por la que se establece un procedimiento de información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas y normas para los servicios de la sociedad de la información (19) a pesar de que esta Directiva así lo requiera; o bien

d)

que el notificante o el destinatario hayan sido condenados anteriormente por llevar a cabo traslados ilícitos o realizar cualquier otro acto ilícito en relación con la protección del medio ambiente, en cuyo caso las autoridades competentes de expedición y de destino podrán oponerse, de conformidad con la legislación nacional, a todos los traslados en que participen estas personas; o bien

e)

que el notificante o la instalación hayan incumplido repetidamente los artículos 15 y 16 con motivo de traslados anteriores; o bien

f)

que el traslado o la valorización previstos sean contrarios a las obligaciones dimanantes de convenios internacionales celebrados por el Estado o Estados miembros implicados o por la Comunidad; o bien

g)

que la proporción entre la fracción del residuo valorizable y la no valorizable, el valor estimado de los materiales que vayan a ser valorizados definitivamente o el coste de la valorización y el coste de la eliminación de la fracción no valorizable no justifiquen la valorización atendiendo a consideraciones económicas o medioambientales; o bien

h)

que el residuo trasladado se destine a eliminación y no a valorización; o bien

i)

que los residuos serán tratados en instalaciones contempladas en la Directiva 96/61/CE, pero que no aplican las mejores técnicas disponibles definidas en el apartado 4 del artículo 9 de dicha Directiva, de conformidad con el permiso de que disponga la instalación; o bien

j)

que los residuos en cuestión no serán tratados con arreglo a normas de protección ambiental legalmente preceptivas en relación con las operaciones de valorización, o con obligaciones legalmente preceptivas en materia de valorización o reciclado establecidas en la legislación comunitaria, incluso en los casos en que se concedan excepciones temporales; o bien

k)

que los residuos en cuestión no serán tratados de acuerdo con los planes de gestión de residuos elaborados en virtud del artículo 7 de la Directiva 75/442/CEE, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones legalmente preceptivas en materia de valorización o reciclado establecidas en la legislación comunitaria.

2.   Las autoridades competentes de tránsito podrán, en el plazo de treinta días a que se refiere el apartado 1, formular objeciones motivadas al traslado previsto basadas exclusivamente en las letras b), d) , e) y f) del apartado 1.

3.   Si, en el plazo de treinta días mencionado en el apartado 1, las autoridades competentes consideran que se han resuelto los problemas que motivaban sus objeciones, lo comunicarán al notificante inmediatamente y por escrito, con copia para el destinatario y para las demás autoridades competentes afectadas.

4.   Si los problemas que motivan las objeciones no se resuelven en el plazo de treinta días mencionado en el apartado 1, la notificación perderá su validez. Cuando el notificante aún tenga intención de llevar a cabo el traslado, deberá efectuarse una nueva notificación, a menos que todas las autoridades competentes afectadas y el notificante lleguen a un acuerdo distinto.

5.   Según lo dispuesto en el artículo 51, los Estados miembros informarán a la Comisión de las objeciones formuladas por las autoridades competentes de conformidad con la letra c) del apartado 1.

6.   El Estado miembro de expedición informará a la Comisión y a los demás Estados miembros de la legislación nacional sobre la que puedan basarse las objeciones de las autoridades competentes con arreglo a la letra c) del apartado 1, y declararán a qué residuos y operaciones de valorización de residuos son de aplicación dichas objeciones, antes de que esas leyes y normativas se invoquen para presentar objeciones motivadas.

Artículo 13

Notificación general

1.   El notificante podrá presentar una notificación general para varios traslados si, en cada uno de los traslados:

a)

los residuos tienen básicamente características físicas y químicas similares , y

b)

los residuos van a trasladarse al mismo destinatario y la misma instalación; y

c)

el itinerario del traslado, de acuerdo con lo especificado en el documento de notificación, es la misma.

2.   Cuando por circunstancias imprevistas no fuera posible seguir el mismo itinerario, el notificante deberá informar a las autoridades competentes afectadas lo más rápidamente posible y, si es posible, antes de iniciar el traslado, si en ese momento ya se sabe que será necesaria una modificación.

No se podrá recurrir a este procedimiento de notificación general si ya se conoce la modificación del itinerario antes de que comience el traslado y ello implica a otras autoridades competentes distintas de las afectadas por la notificación general, en cuyo caso deberá presentarse una nueva notificación.

3.   Las autoridades competentes afectadas podrán supeditar su consentimiento para el uso de dicha notificación general a que se les proporcione posteriormente información y documentación adicionales, de conformidad con el párrafo segundo de los puntos 2 y 3 del artículo 4.

Artículo 14

Instalaciones de valorización con autorización previa

1.   Las autoridades competentes de destino que tengan jurisdicción sobre determinadas instalaciones de valorización podrán decidir otorgar autorizaciones previas para dichas instalaciones.

Estas decisiones se limitarán a un período concreto y podrán ser revocadas en cualquier momento.

2.   En el caso de una notificación general presentada en virtud del artículo 13, la autoridad competente de destino, de acuerdo con las demás autoridades competentes afectadas podrá ampliar el período de validez de la autorización indicado en los apartados 4 y 5 del artículo 9 a un máximo de tres años.

3.   Las autoridades competentes que decidan otorgar una autorización previa a una instalación de conformidad con lo dispuesto en los apartados 1 y 2 deberán facilitar la siguiente información a la Comisión y, en su caso, a la Secretaría de la OCDE:

a)

nombre, número de registro y dirección de la instalación de valorización,

b)

descripción de las tecnologías empleadas, incluidos los códigos R,

c)

los residuos enumerados en los anexos IV y IVA o los residuos a los que se aplica la decisión,

d)

cantidad total con autorización previa,

e)

periodo de validez,

f)

cualquier modificación que sufra la autorización previa,

g)

cualquier modificación de la información notificada, y

h)

cualquier revocación de la autorización.

A estos efectos se utilizará el formulario del anexo VI.

4.   No obstante lo dispuesto en los artículos 9, 10 y 12, la autorización otorgada de conformidad con el artículo 9, las condiciones impuestas de conformidad con el artículo 10 o las objeciones formuladas de conformidad con el artículo 12 por las autoridades competentes afectadas, estarán sujetas a un plazo de siete días laborables a partir de la fecha de transmisión del acuse de recibo por parte de la autoridad competente de destino, de conformidad con el artículo 8.

5.   Con independencia de lo dispuesto en el apartado 4, la autoridad competente de expedición podrá decidir que necesita más tiempo para recibir del notificante información y documentación complementarias.

En esos casos, la autoridad competente informará al notificante por escrito, en el plazo de siete días laborables, con copia a las demás autoridades competentes afectadas.

El tiempo total necesario no podrá ser superior a treinta días desde la fecha de transmisión del acuse de recibo por parte de la autoridad competente de destino de conformidad con el artículo 8.

Artículo 15

Disposiciones adicionales relativas a las operaciones intermedias de valorización y eliminación

Los traslados de residuos destinados a operaciones intermedias de valorización o eliminación estarán sujetos a las siguientes disposiciones adicionales:

a)

Cuando un traslado de residuos se destine a una operación de valorización o eliminación intermedia, todas las instalaciones en las que se prevea realizar una posterior valorización y eliminación intermedia o definitiva también se indicarán en el documento de notificación, además de la operación inicial de valorización o eliminación intermedia.

b)

Las autoridades competentes de expedición y de destino sólo podrán dar su autorización a un traslado de residuos destinado a una operación de valorización o eliminación intermedia si no hay motivos de objeción, de conformidad con los artículos 11 ó 12, respecto al traslado o traslados de los residuos a las instalaciones que llevarán a cabo cualquier posterior operación de valorización o eliminación intermedia o definitiva.

c)

La instalación que lleve a cabo la operación de valorización o eliminación intermedia deberá confirmar por escrito que ha recibido los residuos en el plazo de tres días desde la recepción.

Esta confirmación se indicará en el documento de movimiento o se adjuntará al mismo. La instalación mencionada enviará copias firmadas del documento de movimiento que incorpore esta confirmación tanto al notificante como a las autoridades competentes afectadas.

d)

La instalación que lleve a cabo una operación de valorización o eliminación intermedia deberá certificar que ha finalizado la valorización o eliminación intermedia de los residuos, bajo su propia responsabilidad y a la mayor brevedad posible, pero como máximo en el plazo de treinta días desde la conclusión de la operación, o en el plazo de un año civil o un plazo menor, con arreglo al apartado 7 del artículo 9, desde la fecha de recepción de los residuos.

Este certificado se indicará en el documento de movimiento o se adjuntará al mismo.

La instalación mencionada enviará copias firmadas del documento de movimiento que incorpore esta certificación tanto al notificante como a las autoridades competentes afectadas.

e)

Cuando una instalación de valorización o eliminación que lleve a cabo una operación de valorización o eliminación intermedia entregue los residuos para su posterior valorización o eliminación intermedia o definitiva a una instalación situada en el país de destino, la primera deberá obtener lo antes posible, en un plazo máximo de un año civil desde la fecha de entrega de los residuos, o en un plazo inferior con arreglo al apartado 7 del artículo 9, un certificado de la segunda de la finalización de la operación de valorización o eliminación definitiva.

La mencionada instalación que lleve a cabo una operación de valorización o eliminación intermedia deberá transmitir rápidamente el o los certificados pertinentes tanto al notificante como a las autoridades competentes afectadas, identificando el o los traslados a los que correspondan dicho o dichos certificados.

f)

Cuando se realice una de las entregas descritas en la letra e) a una instalación localizada respectivamente:

i)

en el país de expedición inicial, o en otro Estado miembro, será necesaria una nueva notificación con arreglo a las disposiciones del presente título; o bien

ii)

en un tercer país, será necesaria una nueva notificación con arreglo a las disposiciones del presente Reglamento, con la particularidad de que las disposiciones relativas a las autoridades competentes afectadas también se aplicarán a la autoridad competente inicial del país de expedición inicial.

Artículo 16

Requisitos posteriores a la autorización del traslado

Después de la autorización del traslado notificado por parte de las autoridades competentes afectadas, todas las empresas afectadas cumplimentarán el documento de movimiento o, en caso de una notificación general, los documentos de movimiento en los puntos indicados, lo o los firmarán y conservarán una copia o copias del/de los mismos. Deberán cumplirse los requisitos siguientes:

a)

Cumplimentación del documento de movimiento por el notificante: Una vez que el notificante haya recibido la autorización de las autoridades competentes de expedición, de destino y de tránsito, o bien, en lo que respecta a las autoridades competentes de tránsito, pueda presumir otorgada la autorización tácita, el notificante consignará la fecha efectiva del traslado y cumplimentará el resto de los datos del documento de movimiento en la medida de lo posible.

b)

Información previa relativa al inicio efectivo del traslado: El notificante enviará copias firmadas del documento de movimiento cumplimentado en ese momento, según lo dispuesto en la letra a), a las autoridades competentes afectadas y al destinatario con una antelación de al menos tres días hábiles respecto del inicio del traslado.

c)

Documentos que deberán acompañar a cada transporte: El notificante conservará una copia del documento de movimiento. Cada transporte irá acompañado del documento de movimiento y las copias del documento de notificación que contenga las autorizaciones escritas de las autoridades competentes afectadas y las condiciones impuestas por éstas. La instalación que reciba los residuos conservará el documento de movimiento.

d)

Confirmación por escrito de la recepción de los residuos por la instalación: la instalación confirmará por escrito que ha recibido los residuos en el plazo de tres días a partir de la fecha de recepción.

Esta confirmación se indicara en el documento de movimiento o se adjuntará al mismo.

La instalación enviará copias firmadas del documento de movimiento que incorpore esta confirmación tanto al notificante como a las autoridades competentes afectadas.

e)

Emisión del certificado de valorización o eliminación definitiva por la instalación : la instalación que lleve a cabo la valorización o eliminación deberá certificar la finalización de la valorización o eliminación definitiva de los residuos, lo cual deberá hacer bajo su propia responsabilidad y lo más rápidamente posible, pero como máximo en el plazo de treinta días desde la conclusión de la operación, o en el plazo de un año civil o un plazo menor, con arreglo al apartado 7 del artículo 9, desde la recepción de los residuos.

Este certificado se indicará en el documento de movimiento o se adjuntará al mismo.

La instalación enviará copias firmadas del documento de movimiento que incorpore esta certificación tanto al notificante como a las autoridades competentes afectadas.

Artículo 17

Cambios en el traslado después de la autorización

1.   Si se realiza algún cambio sustancial que afecte a los pormenores o condiciones de un traslado autorizado, incluidos los cambios de cantidad prevista, itinerario, trayecto, fecha de traslado o transportista, el notificante deberá informar a las autoridades competentes afectadas y al destinatario de forma inmediata y, siempre que sea posible, antes de que se inicie el traslado.

2.   En estos casos, deberá efectuarse una nueva notificación, a menos que todas las autoridades competentes afectadas consideren que los cambios propuestos no requieren una nueva notificación.

3.   Cuando estos cambios afecten a autoridades competentes distintas de las afectadas por la notificación inicial, se efectuará una nueva notificación.

Capítulo 2

Requisitos de información general

Artículo 18

Residuos que deben ir acompañados de determinada información

1.   Los residuos a que se refieren los apartados 2 y 4 del artículo 3 que pretendan trasladarse estarán sujetos a los siguientes requisitos de procedimiento:

a)

Para facilitar el seguimiento de los traslados de este tipo de residuos, la persona sujeta a la jurisdicción del país de expedición que organice el traslado deberá asegurarse de que los residuos vayan acompañados del documento que figura en el anexo VII.

b)

El documento que figura en el anexo VII será firmado por la persona que organice el traslado antes del momento de su inicio y será firmado por la instalación de valorización o el laboratorio y por el destinatario cuando se reciban los residuos en cuestión.

2.   El contrato mencionado en el anexo VII entre la persona que organice el traslado y el destinatario de la valorización de los residuos será efectivo en el momento de iniciarse el traslado e incluirá una obligación, en caso de que el traslado del residuo o su valorización no pueda llevarse a cabo de acuerdo con lo previsto o que se efectúe como traslado ilícito, para la persona que organice el traslado o, si esta persona no puede concluir el traslado del residuo o su valorización (por ejemplo en caso de insolvencia), para el destinatario, de:

a)

volver a hacerse cargo de los residuos o asegurar su valorización de un modo alternativo, y

b)

prever, si es preciso, su almacenamiento mientras tanto.

La persona que organice el traslado o el destinatario, si así lo solicita la autoridad competente interesada, facilitará una copia del contrato.

3.   A efectos de inspección, ejecución, planificación y estadística, los Estados miembros, de conformidad con el Derecho nacional, podrán exigir la información contemplada en el apartado 1 relativa a los traslados a que se refiere el presente artículo.

4.    En aquellos casos en los que así lo requiera la legislación comunitaria y nacional, la información a que se refiere el apartado 1 será tratada como información confidencial.

Capítulo 3

Requisitos generales

Artículo 19

Prohibición de mezclar residuos durante el traslado

Desde el inicio del traslado hasta la recepción en una instalación de valorización o eliminación los residuos especificados en el documento de notificación o contemplados en el artículo 18 no se mezclarán con otros residuos.

Artículo 20

Conservación de documentos e información

1.   Las autoridades competentes, el notificante, el destinatario y la instalación que recibe los residuos conservarán en la Comunidad, durante un plazo mínimo de tres años a partir de la fecha del inicio del traslado, todos los documentos dirigidos a las autoridades competentes o remitidos por éstas en relación con un traslado notificado.

2.   La información facilitada en virtud del apartado 1 del artículo 18 será conservada en la Comunidad durante un plazo mínimo de tres años a partir de la fecha del inicio del traslado, por la persona que organice el traslado, por el destinatario y por la instalación que recibe los residuos .

Articulo 21

Acceso del público a las notificaciones

Las autoridades competentes de exportación o destino podrán hacer pública a través de los medios apropiados, como por ejemplo Internet, información sobre las notificaciones de traslados que hayan autorizado, siempre que dicha información no sea confidencial con arreglo a la legislación nacional o comunitaria.

Capítulo 4

Obligaciones de devolución de los residuos

Artículo 22

Devolución de los residuos cuando el traslado no pueda llevarse a cabo de acuerdo con lo previsto

1.   Cuando una de las autoridades competentes afectadas tenga conocimiento de que un traslado de residuos, incluida su valorización o eliminación, no puede llevarse a cabo de acuerdo con lo previsto en los documentos de notificación y movimiento o en el contrato mencionado en el párrafo segundo del punto 4 del artículo 4 y en el artículo 5, informará inmediatamente a la autoridad competente de expedición. En caso de que una instalación de valorización o de eliminación rechace un traslado recibido, informará inmediatamente al respecto a la autoridad competente de destino.

2.   La autoridad competente de expedición deberá asegurarse de que, excepto en los casos contemplados en el apartado 3, los residuos en cuestión sean devueltos a su ámbito de jurisdicción o a cualquier otra parte del país de expedición por el notificante, identificado de conformidad con el orden establecido en el punto 15 del artículo 2, o bien, en su defecto, por la propia autoridad competente o, en su nombre, por una persona física o jurídica.

Esto deberá hacerse en un plazo máximo de noventa días, o cualquier otro plazo que acuerden las autoridades competentes afectadas, a partir de que la autoridad competente de expedición tenga conocimiento o haya sido avisada por escrito por las autoridades competentes de destino o tránsito de que no se puede concluir el traslado de residuos autorizado o su valorización o eliminación e informada de los motivos de ello. Este aviso podrá deberse a la información presentada a las autoridades competentes de destino o de tránsito, entre otras entidades, por otras autoridades competentes.

3.   La obligación de devolución que se establece en el apartado 2 no será de aplicación si las autoridades competentes de expedición, tránsito y destino involucradas en la eliminación o en la valorización de los residuos estiman que los residuos en cuestión pueden ser valorizados o eliminados de forma alternativa en el país de destino, o en cualquier otra parte, por el notificante, o bien, en su defecto, por la autoridad competente de expedición o, en su nombre, por una persona física o jurídica.

La obligación de devolución a que se refiere el apartado 2 no se aplicará cuando, durante la operación en la instalación de que se trate, los residuos trasladados se hayan mezclado irreversiblemente con otros residuos antes de que una autoridad competente haya tenido conocimiento de que el traslado notificado no ha podido llevarse a cabo según se indica en el apartado 1. Dichas mezclas se valorizarán o eliminarán de forma alternativa de conformidad con el párrafo primero.

4.   En los casos en que se aplique la obligación de devolución mencionada en el apartado 2, deberá efectuarse una nueva notificación, a menos que las autoridades competentes afectadas estén de acuerdo en que bastará una solicitud debidamente motivada de la autoridad competente de expedición inicial.

La nueva notificación, cuando sea pertinente, será presentada por el notificante inicial, o bien, en su defecto, por cualquier otra persona física o jurídica identificada de conformidad con el punto 15 del artículo 2, o bien, en su defecto, por la autoridad competente de expedición inicial o, en su nombre, por una persona física o jurídica.

Ninguna autoridad competente se opondrá o formulará objeciones a la devolución de los residuos de un traslado que no ha podido llevarse a cabo ni a la operación de valorización o eliminación relacionada con él.

5.   En los casos de planes alternativos fuera del país de destino inicial, a los que se refiere el apartado 3, deberá presentarse una nueva notificación, cuando sea pertinente, por el notificante inicial, o bien, en su defecto, por cualquier otra persona física o jurídica identificada de conformidad con el punto 15 del artículo 2, o bien, en su defecto, por la autoridad competente de expedición inicial o, en su nombre, por una persona física o jurídica.

Cuando el notificante presente una nueva notificación, esta notificación también se presentará a la autoridad competente del país de expedición inicial.

6.   En los casos de planes alternativos en el país de destino inicial, a los que se refiere el apartado 3, no será necesaria una nueva notificación y bastará una solicitud debidamente motivada. Dicha solicitud debidamente motivada, por la que se pide la conformidad sobre los planes alternativos, deberá transmitirse a la autoridad competente de destino y expedición por el notificante inicial, o bien, en su defecto, a la autoridad competente de destino por parte de la autoridad competente de expedición inicial.

7.   En caso de que no deba efectuarse una nueva notificación, con arreglo a los apartados 4 ó 6, se cumplimentará un nuevo documento de movimiento, de conformidad con los artículos 15 ó 16 por el notificante inicial, o, en su defecto, por cualquier otra persona física o jurídica identificada de conformidad con el punto 15 del artículo 2 o, en su defecto, por la autoridad de expedición inicial o, en su nombre, por una persona física o jurídica.

En caso de que la autoridad competente inicial de expedición efectúe una nueva notificación, con arreglo a los apartados 4 ó 5, no se requerirá ninguna nueva fianza o seguro equivalente.

8.   La obligación del notificante y la obligación subsidiaria del país de expedición de volver a hacerse cargo de los residuos o tomar medidas para su valorización o eliminación alternativa finalizará cuando la instalación haya expedido el certificado de valorización o eliminación definitiva a que se refiere la letra e) del artículo 16 o, según corresponda, en la letra e) del artículo 15. En los casos de valorización o eliminación intermedia a que se refiere el apartado 6 del artículo 6, la obligación subsidiaria del país de expedición finalizará cuando la instalación haya expedido el certificado a que se refiere la letra d) del artículo 15.

En caso de que la instalación expida un certificado de valorización o de eliminación de forma tal que dé lugar a un traslado ilícito, y que suponga la liberación de la fianza, se aplicará lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 24 y el apartado 2 del artículo 25.

9.   Cuando en el interior de un Estado miembro se descubran residuos de un traslado que no se haya podido concluir, incluidas su valorización o eliminación, la responsabilidad de velar por que se organice el almacenamiento seguro de dichos residuos, hasta su devolución o, de forma alternativa, su valorización o eliminación definitiva, recaerá en la autoridad competente que tenga jurisdicción sobre la zona en la que se hayan descubierto dichos residuos.

Artículo 23

Costes de la devolución de los residuos cuando no pueda llevarse a cabo el traslado

1.   Los costes generados por la devolución de los residuos de un traslado que no pueda llevarse a cabo, incluidos los costes del transporte, de las operaciones de valorización o eliminación realizadas con arreglo a los apartados 2 y 3 del artículo 22 y, a partir de la fecha en que la autoridad competente de expedición haya tenido conocimiento de que el traslado de los residuos, o su valorización o eliminación, no puede llevarse a cabo, del almacenamiento con arreglo al apartado 9 del artículo 22, se imputarán:

a)

al notificante, identificado de conformidad con el orden establecido en el punto 15 del artículo 2; o bien, en su defecto,

b)

a otras personas físicas o jurídicas, según corresponda; o bien, en su defecto,

c)

a la autoridad competente de expedición; o bien, en su defecto,

d)

de otra manera según acuerden las autoridades competentes afectadas.

2.   El presente artículo se aplicará sin perjuicio de las disposiciones comunitarias y nacionales relativas a la responsabilidad.

Artículo 24

Devolución de los residuos cuando el traslado sea ilícito

1.   Cuando una autoridad competente descubra un traslado que considere traslado ilícito, informará inmediatamente a las demás autoridades competentes afectadas.

2.   En caso de que el traslado ilícito sea responsabilidad del notificante, la autoridad competente de expedición velará por que los residuos en cuestión sean:

a)

devueltos por el notificante de hecho; o bien, si no se ha efectuado notificación,

b)

devueltos por el notificante de derecho; o bien, en su defecto,

c)

devueltos por la propia autoridad competente de expedición o, en su nombre, por una persona física o jurídica; o bien, en su defecto,

d)

valorizados o eliminados de forma alternativa en el país de destino o de expedición retirados por la propia autoridad competente de expedición o, en su nombre, por una persona física o jurídica; o bien, en su defecto,

e)

valorizados o eliminados de forma alternativa en otro país por la propia autoridad competente de expedición o, en su nombre, por una persona física o jurídica siempre que todas las autoridades competentes afectadas estén de acuerdo con ello.

Esta devolución, valorización o eliminación deberá hacerse en un plazo de treinta días, o en cualquier otro plazo que acuerden las autoridades competentes afectadas a partir del momento en que la autoridad competente de expedición tenga conocimiento o haya sido avisada por escrito por las autoridades competentes de destino o de tránsito del traslado ilícito e informada de los motivos del mismo. Este aviso podrá deberse a la información presentada a las autoridades de destino o de tránsito, entre otras entidades, por otras autoridades competentes.

En los casos en que se aplique la obligación de devolución mencionada en las letras a), b) y c), deberá efectuarse una nueva notificación, a menos que las autoridades competentes afectadas estén de acuerdo en que bastará una solicitud debidamente motivada de la autoridad competente de expedición inicial.

La nueva notificación será presentada por la persona o autoridad mencionadas en las letras a), b) o c) de acuerdo con este orden.

Ninguna autoridad competente se opondrá o formulará objeciones a la devolución de los residuos de un traslado ilícito. En los casos de planes alternativos, a los que se refieren las letras d) y e), a ejecutar por la autoridad competente de expedición, deberá presentarse una nueva notificación por la autoridad competente de expedición inicial o, en su nombre, por una persona física o jurídica, a menos que las autoridades competentes afectadas estén de acuerdo en que bastará una solicitud debidamente motivada de dicha autoridad.

3.   En caso de que el traslado ilícito sea responsabilidad del destinatario, la autoridad competente de destino velará por que los residuos en cuestión sean valorizados o eliminados de manera ambientalmente correcta:

a)

por el destinatario, o bien, en su defecto,

b)

por la propia autoridad competente o, en su nombre, por una persona física o jurídica.

Esta valorización o eliminación deberá hacerse en un plazo de treinta días o en cualquier otro plazo que acuerden las autoridades competentes afectadas a partir del momento en que la autoridad competente de destino tenga conocimiento o haya sido avisada por escrito por las autoridades competentes de expedición o tránsito acerca del traslado ilícito e informada de los motivos del mismo. Este aviso podrá deberse a la información presentada a las autoridades competentes de expedición y tránsito, entre otras entidades, por otras autoridades competentes.

A este fin, las autoridades competentes afectadas deberán colaborar, si fuere necesario, en la valorización o eliminación de los residuos.

4.   En el caso de que no deba efectuarse una nueva notificación, se cumplimentará un nuevo documento de movimiento, con arreglo al artículo 15 o al artículo 16, por la persona responsable de la devolución de los residuos o bien, en su defecto, por la autoridad competente de expedición.

En caso de que la autoridad competente de expedición inicial efectúe una nueva notificación, no se requerirá ninguna nueva fianza o seguro equivalente.

5.   En particular en los casos en que la responsabilidad del traslado ilícito no pueda imputarse ni al notificante ni al destinatario, las autoridades competentes afectadas deberán colaborar para garantizar que se proceda a la valorización o eliminación de los residuos en cuestión.

6.   En los casos de valorización o eliminación intermedias a que se refiere el apartado 6 del artículo 6, cuando se descubra un traslado ilícito una vez finalizada la operación de valorización o eliminación intermedia, la obligación subsidiaria del país de expedición de volver a hacerse cargo de los residuos o tomar medidas para su valorización o eliminación alternativa finalizará cuando la instalación haya expedido el certificado a que se refiere la letra d) del artículo 15.

Cuando una instalación expida un certificado de valorización o eliminación de tal forma que dé lugar a un traslado ilícito, y que suponga la liberación de la fianza, se aplicará lo dispuesto en el apartado 3 y en el apartado 2 del artículo 25.

7.   Cuando se descubran residuos de un traslado ilícito en el interior de un Estado miembro, la responsabilidad de velar por que se organice el almacenamiento seguro de dichos residuos, hasta su devolución o, de forma alternativa, su valorización o eliminación definitiva, recaerá en la autoridad competente que tenga jurisdicción sobre la zona en la que se hayan descubierto dichos residuos.

8.   Los artículos 34 y 36 no se aplicarán en caso de que los traslados ilícitos sean devueltos al país de expedición y que éste sea un país afectado por las prohibiciones que contienen dichos artículos.

9.   En el caso del traslado ilícito definido en la letra g) del punto 35 del artículo 2, la persona que organice el traslado estará sujeta a las mismas obligaciones que establece el presente artículo para el notificante.

10.   El presente artículo se aplicará sin perjuicio de las disposiciones comunitarias y nacionales relativas a la responsabilidad.

Artículo 25

Costes de la devolución de los residuos cuando el traslado sea ilícito

1.   Los costes generados por la devolución de los residuos de un traslado ilícito, incluidos los costes del transporte, de las operaciones de valorización o eliminación realizadas con arreglo al apartado 2 del artículo 24 y, a partir de la fecha en que la autoridad competente de expedición haya tenido conocimiento de que el traslado era ilícito, del almacenamiento con arreglo al apartado 7 del artículo 24 se imputarán:

a)

al notificante de hecho, identificado de conformidad con el orden establecido en el punto 15 del artículo 2 o bien, si no se hubiera efectuado notificación,

b)

al notificante de derecho, u otras personas físicas o jurídicas según corresponda; o bien, en su defecto,

c)

a la autoridad competente de expedición.

2.   Los costes generados por las operaciones de valorización o eliminación con arreglo al apartado 3 del artículo 24, incluidos los posibles costes del transporte y almacenamiento, con arreglo al apartado 7 del artículo 24, se imputarán:

a)

al destinatario; o bien, en su defecto,

b)

a la autoridad competente de destino.

3.   Los costes generados por las operaciones de valorización o eliminación con arreglo al apartado 5 del artículo 24, incluidos los posibles costes de transporte y almacenamiento, con arreglo al apartado 7 del artículo 24, se imputarán:

a)

al notificante, identificado de conformidad con el orden establecido en el punto 15 del artículo 2, o al destinatario, en función de la decisión adoptada por las autoridades competentes afectadas, o bien, en su defecto,

b)

a otras personas físicas o jurídicas, según corresponda; o bien, en su defecto,

c)

a las autoridades competentes de expedición y de destino.

4.   En el caso del traslado ilícito definido en la letra g) del punto 35 del artículo 2, la persona que organice el traslado estará sujeta a las mismas obligaciones que establece el presente artículo para el notificante.

5.   El presente artículo se aplicará sin perjuicio de las disposiciones comunitarias y nacionales en materia de responsabilidad.

Capítulo 5

Disposiciones administrativas generales

Articulo 26

Formato de las comunicaciones

1.   La información y los documentos enumerados a continuación podrán remitirse por correo:

a)

notificación de un traslado previsto de conformidad con los artículos 4 y 13,

b)

solicitud de información y documentación de conformidad con los artículos 4, 7 y 8,

c)

entrega de información y documentación de conformidad con los artículos 4, 7 y 8,

d)

autorización por escrito de un traslado notificado de conformidad con el artículo 9,

e)

condiciones para un traslado de conformidad con el artículo 10,

f)

objeciones a un traslado de conformidad con los artículos 11 y 12,

g)

información acerca de las decisiones de otorgar autorizaciones previas a determinadas instalaciones de valorización de conformidad con el apartado 3 del artículo 14,

h)

confirmación por escrito de la recepción de los residuos de conformidad con los artículos 15 y 16,

i)

certificado de valorización o eliminación de los residuos de conformidad con los artículos 15 y 16,

j)

información previa relativa al inicio efectivo del traslado de conformidad con el artículo 16,

k)

información acerca de los cambios introducidos en el traslado después de la autorización de conformidad con el artículo 17,

l)

autorizaciones escritas y documentos de movimiento que hayan de mandarse de conformidad con los títulos IV, V y VI.

2.   Siempre que estén de acuerdo las autoridades competentes afectadas y el notificante, los documentos mencionados en el apartado 1 podrán presentarse alternativamente empleando uno de los siguientes métodos de comunicación:

a)

por telecopia; o bien

b)

por telecopia seguida de correo ordinario; o bien

c)

por correo electrónico con firma digital. En tal caso los posibles sellos o firmas necesarios serán sustituidos por la firma digital; o bien

d)

por correo electrónico sin firma digital seguido de correo ordinario.

3.   Los documentos que acompañen cada transporte, de conformidad con la letra c) del artículo 16 o con el artículo 18, podrán presentarse en formato electrónico con firmas digitales, si es que pueden resultar legibles en todo momento durante el transporte, y si así lo aceptan las autoridades competentes afectadas.

4.   Previo acuerdo de las autoridades competentes afectadas y del notificante, la información y los documentos enumerados en el apartado 1 podrán presentarse e intercambiarse por medio de intercambio electrónico de datos con firma electrónica o autenticación electrónica, de conformidad con la Directiva 1999/93/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de diciembre de 1999, por la que se establece un marco comunitario para la firma electrónica (20), o con un sistema equivalente de autenticación electrónica que proporcione el mismo nivel de seguridad. En tales casos podrán celebrarse acuerdos organizativos sobre el flujo del intercambio electrónico de datos.

Artículo 27

Lengua

1.   Toda notificación, información, documentación u otra comunicación que se presente de conformidad con lo dispuesto en el presente título deberá entregarse en una lengua aceptable para las autoridades competentes afectadas.

2.   A instancia de las autoridades competentes afectadas, el notificante deberá facilitar una traducción autorizada a una lengua aceptable para ellas.

Artículo 28

Discrepancias en cuestiones de clasificación

1.   Si las autoridades competentes de expedición y de destino no pueden alcanzar un acuerdo en cuestiones de clasificación en lo que respecta a la distinción entre residuos y no residuos, la materia objeto de discrepancias se tratará como si fuera residuo, sin perjuicio del derecho del país de destino a someter el material trasladado a las disposiciones de su Derecho interno una vez que haya llegado el material trasladado y siempre que su Derecho interno sea conforme con el Derecho comunitario o internacional.

2.   Si las autoridades competentes de expedición y de destino no pueden alcanzar un acuerdo sobre la clasificación de los residuos notificados en los anexos III, IIIA, IIIB o IV, los residuos se considerarán pertenecientes al anexo IV.

3.   Si las autoridades competentes de expedición y de destino no pueden alcanzar un acuerdo sobre la clasificación de la operación de tratamiento de residuos como de valorización o eliminación, se aplicarán las disposiciones relativas a la eliminación.

4.   Los apartados 1, 2 y 3 sólo se aplicarán a efectos del presente Reglamento y sin perjuicio de los derechos que asisten a las partes interesadas de resolver cualquier conflicto relacionado con estas cuestiones ante los tribunales.

Artículo 29

Costes administrativos

Podrán imputarse al notificante los costes administrativos correspondientes y proporcionados generados por la aplicación de los procedimientos de notificación y vigilancia, así como los costes habituales de los análisis e inspecciones correspondientes.

Artículo 30

Acuerdos sobre la zona fronteriza

1.   En casos excepcionales, cuando así lo exija su especial situación geográfica o demográfica, los Estados miembros podrán celebrar acuerdos bilaterales sobre la simplificación del procedimiento de notificación para el traslado de flujos específicos de residuos respecto a los traslados transfronterizos a las instalaciones adecuadas más próximas situadas en la zona fronteriza de los dos Estados miembros afectados.

2.   Tales acuerdos bilaterales también podrán celebrarse cuando los residuos se trasladen del país de expedición y sean tratados en él, pero transiten por otro Estado miembro.

3.   Los Estados miembros también podrán celebrar tales acuerdos con países partes en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

4.   Se comunicará a la Comisión la existencia de tales acuerdos antes de su entrada en vigor.

Capítulo 6

Traslados intracomunitarios con tránsito por terceros países

Artículo 31

Traslados de residuos destinados a la eliminación

Cuando un traslado de residuos se realice en el interior de la Comunidad con tránsito por uno o varios terceros países y con destino a la eliminación, la autoridad competente de expedición, además de lo dispuesto en el presente título, preguntará a la autoridad competente del país tercero si tiene intención de otorgar su autorización por escrito al traslado previsto:

a)

cuando se trate de países que son Parte en el Convenio de Basilea, en un plazo no superior a sesenta días, a menos que hayan renunciado a este derecho de conformidad con los términos de dicho Convenio, o bien

b)

cuando se trate de países que no son Parte en el Convenio de Basilea, en un plazo acordado entre las autoridades competentes.

Artículo 32

Traslados de residuos destinados a la valorización

1.   Cuando un traslado de residuos se realice en el interior de la Comunidad con tránsito por uno o varios terceros países no sujetos a la Decisión de la OCDE y con destino a la valorización, se aplicará el artículo 31.

2.   Cuando un traslado de residuos se realice en el interior de la Comunidad, con inclusión de los traslados entre lugares de un mismo Estado miembro, con tránsito por uno o varios terceros países sujetos a la Decisión de la OCDE y con destino a la valorización, la autorización mencionada en el artículo 9 podrá ser otorgada tácitamente y, si no se formulan objeciones o no se especifican condiciones, el traslado podrá comenzar en el plazo de treinta días a partir de la fecha de transmisión del acuse de recibo de la autoridad competente de destino de conformidad con el artículo 8.

TÍTULO III

TRASLADOS EXCLUSIVAMENTE EN EL INTERIOR DE LOS ESTADOS MIEMBROS

Artículo 33

Aplicación del presente Reglamento a los traslados exclusivamente en el interior de los Estados miembros

1.   Los Estados miembros establecerán un régimen adecuado de vigilancia y control de los traslados de residuos realizados exclusivamente dentro de su jurisdicción. Dicho régimen deberá tener en cuenta la necesidad de garantizar la coherencia con el régimen comunitario establecido por los títulos II y VII.

2.   Los Estados miembros informarán a la Comisión de su régimen de vigilancia y control de los traslados de residuos. La Comisión informará a los demás Estados miembros.

3.   Los Estados miembros podrán aplicar el régimen establecido en los títulos II y VII dentro de su jurisdicción.

TÍTULO IV

EXPORTACIONES DE LA COMUNIDAD A TERCEROS PAÍSES

Capítulo 1

Exportaciones de residuos destinados a la eliminación

Artículo 34

Prohibición de exportación, salvo a los países de la AELC

1.   Quedan prohibidas todas las exportaciones de residuos desde la Comunidad con destino a la eliminación.

2.   La prohibición del apartado 1 no se aplicará a las exportaciones de residuos destinados a la eliminación en países de la AELC que también sean Parte en el Convenio de Basilea.

3.   No obstante, quedan también prohibidas las exportaciones de residuos destinados a la eliminación en países de la AELC que sean Parte en el Convenio de Basilea:

a)

cuando el país de la AELC haya prohibido las importaciones de dichos residuos; o bien,

b)

cuando la autoridad competente de expedición tenga razones para creer que los residuos no van a ser gestionados de manera ambientalmente correcta conforme a lo dispuesto en el artículo 49 en el país de destino.

4.   La presente disposición se aplicará sin perjuicio de las obligaciones de devolución de los residuos establecidas en los artículos 22 y 24.

Artículo 35

Procedimientos aplicables a las exportaciones a países de la AELC

1.   Cuando los residuos se exporten desde la Comunidad con destino a la eliminación en países de la AELC que sean Parte en el Convenio de Basilea, las disposiciones del título II se aplicarán mutatis mutandis con las adaptaciones y disposiciones adicionales especificadas en los apartados 2 y 3.

2.   Se aplicarán las siguientes adaptaciones:

a)

las autoridades competentes de tránsito externas a la Comunidad dispondrán de un plazo de sesenta días, a partir de la fecha de transmisión de su acuse de recibo de la notificación, para solicitar información adicional sobre el traslado notificado, para conceder su autorización de forma tácita si el país de que se trate ha decidido que no se precisa su autorización previa por escrito y ha informado de ello a las demás Partes de conformidad con el apartado 4 del artículo 6 del Convenio de Basilea, o para otorgar autorización por escrito, con o sin condiciones; y

b)

la autoridad competente de expedición de la Comunidad sólo tomará la decisión de autorizar el traslado a que se refiere el artículo 9 una vez haya recibido la autorización escrita de la autoridad competente de destino y, en su caso, la autorización de forma tácita o por escrito de la autoridad competente de tránsito externa a la Comunidad y no antes de 61 días desde la fecha de transmisión del acuse de recibo por la autoridad competente de tránsito. La autoridad competente de expedición podrá tomar su decisión antes de la conclusión del plazo de 61 días si tuviera la autorización por escrito de las demás autoridades competentes afectadas.

3.   Se aplicarán las siguientes disposiciones adicionales:

a)

la autoridad competente de tránsito en la Comunidad deberá acusar recibo de la notificación al notificante;

b)

las autoridades competentes de expedición y, en su caso, de tránsito de la Comunidad enviarán una copia sellada de su decisión de autorizar el traslado a la oficina de aduana de exportación y a la oficina de aduana de salida de la Comunidad;

c)

el transportista entregará una copia del documento de movimiento a la oficina de aduana de exportación y a la oficina de aduana de salida de la Comunidad.;

d)

tan pronto como los residuos hayan salido de la Comunidad, la oficina de aduana de salida de la Comunidad enviará una copia sellada del documento de movimiento a la autoridad competente de expedición, indicando que los residuos han salido de la Comunidad;

e)

si la autoridad competente de expedición de la Comunidad no es informada por la instalación de la recepción de los residuos en el plazo de 42 días desde la fecha de salida de los residuos de la Comunidad, informará de ello sin demora a la autoridad competente de destino; y

f)

el contrato mencionado en el párrafo segundo del punto 4 del artículo 4 y en el artículo 5 dispondrá que:

i)

en caso de que la instalación expida un certificado de eliminación incorrecto que suponga la liberación de la fianza, el destinatario correrá con los gastos generados por la obligación de devolver los residuos a la zona jurisdiccional de la autoridad competente de expedición y por su valorización o eliminación de forma alternativa y ambientalmente correcta;

ii)

en un plazo de tres días a partir de la fecha de recepción de los residuos destinados a eliminación, la instalación remitirá al notificante y a las autoridades competentes afectadas una copia firmada del documento de movimiento debidamente cumplimentado, con excepción del certificado de eliminación mencionado en el inciso iii); y

iii)

la instalación deberá certificar que ha finalizado la eliminación de los residuos, bajo su propia responsabilidad y con la mayor brevedad posible, pero como máximo en el plazo de treinta días desde la finalización de la operación de eliminación o en el plazo de un año civil desde la recepción de los residuos, y enviará copias firmadas del documento de movimiento que incorpore este certificado al notificante y a las autoridades competentes afectadas.

4.   El traslado sólo podrá tener lugar cuando:

a)

el notificante haya recibido autorización escrita de las autoridades competentes de expedición, de destino y, en su caso, de tránsito externas a la Comunidad, y siempre que se cumplan las condiciones establecidas;

b)

se haya celebrado un contrato entre el notificante y el destinatario que sea efectivo, tal como se establece en el párrafo segundo del punto 4 del artículo 4 y en el artículo 5;

c)

se haya constituido una fianza o seguro equivalente, que deberá ser efectivo, tal como se establece en el párrafo segundo del punto 5 del artículo 4 y en el artículo 6; y

d)

se garantice una gestión ambientalmente correcta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49

5.   Cuando se exporten los residuos, se destinarán a operaciones de eliminación en una instalación que opere o esté autorizada para operar en el país de destino, de conformidad con la legislación nacional aplicable.

6.   Si una oficina de aduana de exportación o de salida de la Comunidad descubre un traslado ilícito informará de ello sin demora a la autoridad competente del país de la oficina de aduana, la cual:

a)

informará de ello sin demora a la autoridad competente de expedición de la Comunidad; y

b)

garantizará la inmovilización de los residuos hasta que la autoridad competente de expedición decida otra cosa y se lo haya comunicado a la autoridad competente por escrito en el país de la oficina de aduanas en el que los residuos estén inmovilizados.

Capítulo 2

Exportaciones de residuos destinados a la valorización

Sección 1

Exportaciones a países no sujetos a la Decisión de la OCDE

Artículo 36

Prohibición de las exportaciones

1.   Quedan prohibidas las exportaciones de los siguientes residuos desde la Comunidad con destino a la valorización en países no sujetos a la Decisión de la OCDE:

a)

los residuos peligrosos enumerados en el anexo V;

b)

los residuos enumerados en la parte 3 del anexo V;

c)

los residuos peligrosos no clasificados en una categoría específica del anexo V;

d)

las mezclas de residuos peligrosos y las mezclas de residuos peligrosos con residuos no peligrosos no clasificadas en una categoría específica del anexo V;

e)

los residuos que el país de destino haya calificado de peligrosos en una notificación en virtud del artículo 3 del Convenio de Basilea;

f)

los residuos cuya importación haya sido prohibida por el país de destino, o bien

g)

los residuos para los que la autoridad competente de expedición tenga razones para creer que no van a ser gestionados en el país de destino de manera ambientalmente correcta conforme a lo dispuesto en el artículo 49.

2.   La presente disposición se aplicará sin perjuicio de las obligaciones de devolución de los residuos establecidas en los artículos 22 y 24.

3.   Los Estados miembros podrán adoptar las disposiciones necesarias para determinar, en casos excepcionales y basándose en pruebas documentales aportadas de manera adecuada por el notificante, que un determinado residuo peligroso enumerado en el anexo V no esté sujeto a la prohibición de exportación si no presenta ninguna de las características enumeradas en el anexo III de la Directiva 91/689/CEE, teniendo en cuenta, en lo que se refiere a las características H3 a H8 así como H10 y H11 de ese anexo, los valores límite establecidos en la Decisión 2000/532/CE de la Comisión, de 3 de mayo de 2000, que sustituye a la Decisión 94/3/CE por la que se establece una lista de residuos de conformidad con la letra a) del artículo 1 de la Directiva 75/442/CEE del Consejo relativa a los residuos y a la Decisión 94/904/CE del Consejo por la que se establece una lista de residuos peligrosos en virtud del apartado 4 del artículo 1 de la Directiva 91/689/CEE del Consejo relativa a los residuos peligrosos (21).

4.   El hecho de que un residuo no figure como peligroso en el anexo V o esté recogido en la Lista B de la parte 1 del anexo V no impedirá que, en casos excepcionales, se considere peligroso y esté, por lo tanto, sujeto a la prohibición de exportación si presenta alguna de las características especificadas en el anexo III de la Directiva 91/689/CEE, teniendo en cuenta, en lo que se refiere a las características H3 a H8, H10 y H11 de ese anexo, los valores límite establecidos en la Decisión 2000/5 32/CE de la Comisión, con arreglo a lo establecido en el segundo guión del apartado 4 del artículo 1 de la Directiva 91/689/CEE y en el apartado introductorio del anexo III del presente Reglamento.

5.   En los casos previstos en los apartados 3 y 4, el Estado miembro en cuestión informará al país al que se quiere exportar el residuo antes de tomar una decisión. Los Estados miembros notificarán esos casos a la Comisión antes de acabar el año civil. La Comisión transmitirá esa información a todos los Estados miembros y a la Secretaría del Convenio de Basilea. De acuerdo con la información proporcionada, la Comisión podrá formular observaciones y, en su caso, adaptar el anexo V de conformidad con el artículo 58.

Artículo 37

Procedimientos aplicables a las exportaciones de los residuos enumerados en los anexos III o IIIA

1.   Si los residuos figuran en las listas de los anexos III o IIIA y su exportación no está prohibida con arreglo al artículo 36, la Comisión, en un plazo de veinte días a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento, enviará una solicitud por escrito a cada uno de los países que no estén sujetos a la Decisión de la OCDE, pidiendo:

i)

confirmación por escrito de que se podrán exportar los residuos desde la Comunidad para operaciones de valorización en dicho país, y

ii)

en su caso, a qué procedimiento de control sería sometido en el país de destino.

Cada uno de los países no sujetos a la Decisión de la OCDE tendrá las siguientes opciones:

a)

una prohibición, o

b)

un procedimiento de notificación y autorización previas por escrito como prevé el artículo 35, o

c)

ausencia de control en el país de destino.

2.   Antes de la fecha de aplicación del presente Reglamento, la Comisión adoptará un reglamento que tenga en cuenta todas las respuestas recibidas en virtud del apartado 1 y lo notificará al Comité establecido de conformidad con el artículo 18 de la Directiva 75/442/CEE.

Si un país no ha dado la confirmación a que se refiere el apartado 1, o si un país, por cualquier motivo, no ha sido contactado, se aplicará la letra b) del apartado 1.

La Comisión actualizará periódicamente el reglamento aprobado.

3.   Si un país indica en su respuesta que ciertos traslados de residuos no están sujetos a ningún control, se aplicará el artículo 18 mutatis mutandis a estos traslados.

4.   Cuando se exporten los residuos, se destinarán a operaciones de valorización en una instalación que opere o esté autorizada para operar en el país de destino, de conformidad con la legislación nacional aplicable.

5.   En el caso de un traslado de residuos no clasificados en una categoría específica del anexo III o de un traslado de mezclas de residuos no clasificadas en una categoría específica del anexo III o del anexo IIIA o de un traslado de residuos clasificados en el anexo IIIB, y siempre que la exportación no esté prohibida con arreglo al artículo 36, se aplicará la letra b) del apartado 1 del presente artículo.

Sección 2

Exportaciones a países sujetos a la Decisión de la OCDE

Artículo 38

Exportaciones de los residuos mencionados en los anexos III, IIIA, IIIB, IV y IVA

1.   En el caso de las exportaciones desde la Comunidad de los residuos enumerados en los anexos III, IIIA, IIIB, IV y IVA, de los residuos no clasificados o de las mezclas de residuos no clasificadas en una categoría específica del anexo III, IV o IVA con destino a la valorización en países sujetos a la Decisión de la OCDE, que transiten o no por países sujetos a la Decisión de la OCDE, se aplicarán mutatis mutandis las disposiciones del título II, con las adaptaciones y las disposiciones adicionales especificadas en los apartados 2, 3 y 5.

2.   Se aplicarán las siguientes adaptaciones:

a)

las mezclas de residuos enumeradas en el anexo IIIA destinadas a una operación intermedia estarán sujetas al procedimiento de la notificación y autorización previas por escrito cuando alguna de las posteriores operaciones de valorización o eliminación, intermedias o definitivas, vaya a tener lugar en un país no sujeto a la Decisión de la OCDE;

b)

los residuos enumerados en el anexo IIIB estarán sujetos al procedimiento de la notificación y autorización previas por escrito;

c)

la autorización exigida en virtud del artículo 9 podrá otorgarse mediante autorización tácita de la autoridad competente de destino de fuera de la Comunidad.

3.   En lo que respecta a las exportaciones de los residuos enumerados en los anexos IV y IVA, se aplicarán las siguientes disposiciones adicionales:

a)

las autoridades competentes de expedición y, en su caso, de tránsito de la Comunidad enviarán una copia sellada de su decisión de autorizar el traslado a la oficina de aduana de exportación y a la oficina de aduana de salida de la Comunidad;

b)

el transportista entregará una copia del documento de movimiento a la oficina de aduana de exportación y a la oficina de aduana de salida de la Comunidad;

c)

tan pronto como los residuos hayan salido de la Comunidad, la oficina de aduana de salida de la Comunidad enviará una copia sellada del documento de movimiento a la autoridad competente de expedición, indicando que los residuos han salido de la Comunidad;

d)

si la autoridad competente de expedición en la Comunidad no es informada por la instalación de la recepción de los residuos en el plazo de 42 días desde la fecha de salida de los residuos de la Comunidad, informará de ello sin demora a la autoridad competente de destino; y

e)

el contrato mencionado en el párrafo segundo del punto 4 del artículo 4 y en el artículo 5 dispondrá que:

i)

en caso de que la instalación expida un certificado de valorización incorrecto que suponga la liberación de la fianza, el destinatario correrá con los gastos generados por la obligación de devolver los residuos a la zona jurisdiccional de la autoridad competente de expedición y por su valorización o eliminación por un método alternativo y ambientalmente correcto;

ii)

en un plazo de tres días a partir de la fecha de recepción de los residuos destinados a valorización, la instalación remitirá al notificante y a las autoridades competentes afectadas una copia firmada del documento de movimiento debidamente cumplimentado, con excepción del certificado de valorización mencionado en el inciso iii); y

iii)

la instalación deberá certificar que ha finalizado la valorización de los residuos, bajo su propia responsabilidad y con la mayor brevedad posible, pero como máximo en el plazo de treinta días desde la finalización de la operación de valorización o en el plazo de un año civil desde la recepción de los residuos, y enviará copias firmadas del documento de movimiento que incorpore este certificado al notificante y a las autoridades competentes afectadas.

4.   El traslado sólo podrá tener lugar cuando:

a)

el notificante haya recibido autorización escrita de las autoridades competentes de expedición, de destino y, en su caso, de tránsito o, cuando pueda presumirse otorgada la autorización tácita de las autoridades competentes de destino y de tránsito externa a la Comunidad y siempre que se cumplan las condiciones establecidas;

b)

se haya cumplido lo dispuesto en las letras b), c)y d) del apartado 4 del artículo 35.

5.   Si una exportación como la descrita en el apartado 1, de los residuos mencionados en los anexos IV y IVA, está en tránsito por un país no sujeto a la Decisión de la OCDE, se aplicarán las siguientes adaptaciones:

a)

la autoridad competente de tránsito del país no sujeto a la Decisión de la OCDE dispondrá de un plazo de sesenta días, a partir de la fecha de transmisión de su acuse de recibo de la notificación, para solicitar información adicional sobre el traslado notificado, para conceder su autorización de forma tácita si el país de que se trate ha decidido que no se precisa su autorización previa por escrito y ha informado de ello a las demás Partes de conformidad con el apartado 4 del artículo 6 del Convenio de Basilea, o para otorgar autorización por escrito, con o sin condiciones; y

b)

la autoridad competente de expedición de la Comunidad sólo tomará la decisión de autorizar el traslado a que se refiere el artículo 9 una vez que haya recibido la autorización por escrito o de forma tácita de la autoridad competente de tránsito del país no sujeto a la Decisión de la OCDE y no antes de 61 días desde la fecha de transmisión del acuse de recibo por la autoridad competente de tránsito. La autoridad competente de expedición podrá tomar su decisión antes de la conclusión del plazo de 61 días si tuviera la autorización por escrito de las demás autoridades competentes afectadas.

6.   Cuando se exporten los residuos, se destinarán a operaciones de valorización en una instalación que opere o esté autorizada para operar en el país de destino, de conformidad con la legislación nacional aplicable.

7.   Si una oficina de aduana de exportación o de salida de la Comunidad descubre un traslado ilícito, informará de ello sin demora a la autoridad competente del país de la oficina de aduana, la cual:

a)

informará sin demora a la autoridad competente de expedición de la Comunidad; y

b)

garantizará la inmovilización de los residuos hasta que la autoridad competente de expedición decida otra cosa y se lo haya comunicado a la autoridad competente por escrito en el país de la oficina de aduanas en el que los residuos estén inmovilizados.

Capítulo 3

Disposiciones generales

Artículo 39

Exportaciones a la Antártida

Quedan prohibidas las exportaciones de residuos desde la Comunidad con destino a la Antártida.

Artículo 40

Exportaciones a países o territorios de ultramar

1.   Quedan prohibidas las exportaciones de residuos desde la Comunidad destinados a la eliminación en países o territorios de ultramar.

2.   En lo que respecta a las exportaciones de residuos destinados a la valorización en países o territorios de ultramar, la prohibición del artículo 36 se aplicará mutatis mutandis.

3.   En relación con las exportaciones de residuos destinados a la valorización en países o territorios de ultramar no afectados por la prohibición del apartado 2, se aplicarán las disposiciones del título II mutatis mutandis.

TÍTULO V

IMPORTACIONES EN LA COMUNIDAD DESDE TERCEROS PAÍSES

Capítulo 1

Importaciones de residuos destinados a la eliminación

Artículo 41

Prohibición de importación, salvo que el origen sea un país que sea Parte en el Convenio de Basilea o con el que haya un acuerdo en vigor o que los residuos procedan de otras zonas en situaciones de crisis o guerra

1.   Quedan prohibidas las importaciones de residuos destinados a la eliminación en la Comunidad, salvo cuando procedan de:

a)

países que sean Parte en el Convenio de Basilea, o bien

b)

otros países con los que la Comunidad, o la Comunidad y sus Estados miembros, hayan formalizado acuerdos o compromisos bilaterales o multilaterales compatibles con el Derecho comunitario y conformes con lo dispuesto en el artículo 11 del Convenio de Basilea, o bien

c)

otros países con los que los Estados miembros de manera individual hayan formalizado acuerdos o compromisos bilaterales, de conformidad con el apartado 2, o bien

d)

otras zonas en caso de que, por motivos excepcionales en situaciones de crisis, establecimiento o mantenimiento de la paz, o guerra, no puedan formalizarse los acuerdos o compromisos bilaterales mencionados en las letras b) o c), o cuando no se haya designado una autoridad competente en el país de expedición o ésta se vea en la imposibilidad de actuar.

2.   En casos excepcionales, los Estados miembros podrán formalizar acuerdos y compromisos bilaterales de manera individual para la eliminación de residuos específicos en dichos Estados miembros, cuando dichos residuos no vayan a ser gestionados de manera ambientalmente correcta conforme a lo dispuesto en el artículo 49 en el país de expedición.

Estos acuerdos y compromisos deberán ser compatibles con el Derecho comunitario y conformes con el artículo 11 del Convenio de Basilea.

Estos acuerdos y compromisos deberán garantizar que las operaciones de eliminación serán llevadas a cabo en una instalación autorizada y cumplirán los requisitos de gestión ambientalmente correcta.

Estos acuerdos y compromisos también deberán garantizar que los residuos se produzcan en el país de expedición y que la eliminación se llevará a cabo exclusivamente en el Estado miembro que haya formalizado el acuerdo o compromiso.

Estos acuerdos o compromisos se notificarán a la Comisión previamente a su formalización. No obstante, en situaciones de emergencia podrán notificarse en el plazo máximo de un mes desde su formalización.

3.   Los acuerdos o compromisos bilaterales o multilaterales formalizados con arreglo a lo dispuesto en las letras b) y c) del apartado 1 deberán estar basados en los requisitos de procedimiento que establece el artículo 42.

4.   Se solicitará a los países mencionados en las letras a), b) y c) del apartado 1 la presentación previa de una solicitud debidamente motivada a la autoridad competente del Estado miembro de destino, en la que pongan de manifiesto que ni poseen ni pueden obtener, según criterios razonables, la capacidad técnica y las instalaciones necesarias para eliminar los residuos de manera ambientalmente correcta.

Artículo 42

Requisitos de procedimiento aplicables a las importaciones que procedan de un país que sea Parte en el Convenio de Basilea o de otras zonas en situaciones de crisis o guerra

1.   Cuando los residuos sean importados en la Comunidad con destino a la eliminación y procedan de países que sean Parte en el Convenio de Basilea, las disposiciones del título II se aplicarán mutatis mutandis, con las adaptaciones y disposiciones adicionales especificadas en los apartados 2 y 3.

2.   Se aplicarán las siguientes adaptaciones:

a)

las autoridades competentes de tránsito externas a la Comunidad dispondrán de un plazo de sesenta días, a partir de la fecha de transmisión de su acuse de recibo de la notificación, para solicitar información adicional sobre el traslado notificado, para conceder su autorización de forma tácita si el país de que se trate ha decidido que no se precisa su autorización previa por escrito y ha informado de ello a las demás Partes al respecto de conformidad con el apartado 4 del artículo 6 del Convenio de Basilea, o para otorgar autorización por escrito, con o sin condiciones; y

b)

en los casos a que se refiere la letra d) del apartado 1 del artículo 41 relacionados con situaciones de crisis, establecimiento o mantenimiento de la paz, o guerras, no se exigirá la autorización de las autoridades competentes de expedición.

3.   Se aplicarán las siguientes disposiciones adicionales:

a)

la autoridad competente de tránsito de la Comunidad deberá acusar recibo de la notificación al notificante, con copia a las autoridades competentes afectadas;

b)

las autoridades competentes de destino y, en su caso, de tránsito de la Comunidad enviarán una copia sellada de sus decisiones de autorizar el traslado a la oficina de aduana de entrada en la Comunidad;

c)

el transportista entregará una copia del documento de movimiento a la oficina de aduana de entrada en la Comunidad; y

d)

una vez efectuadas las necesarias formalidades aduaneras, la oficina de aduana de entrada en la Comunidad enviará una copia sellada del documento de movimiento a las autoridades competentes de destino y de tránsito de la Comunidad, indicando que los residuos han entrado en la Comunidad.

4.   El traslado sólo podrá tener lugar cuando:

a)

el notificante haya recibido autorización escrita de las autoridades competentes de expedición, de destino y, en su caso, de tránsito y siempre que se cumplan las condiciones establecidas;

b)

se haya celebrado un contrato entre el notificante y el destinatario que sea efectivo, tal como se establece en el párrafo segundo del punto 4 del artículo 4 y en el artículo 5;

c)

se haya constituido una fianza o seguro equivalente, que deberá ser efectivo, tal como se establece en el párrafo segundo del punto 5 del artículo 4 y en el artículo 6; y

d)

se garantice una gestión ambientalmente correcta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.

5.   Si una oficina de aduana de entrada en la Comunidad descubre un traslado ilícito, informará de ello sin demora a la autoridad competente del país de la oficina de aduana, la cual:

a)

informará sin demora a la autoridad competente de destino de la Comunidad, que a su vez informará a la autoridad competente de expedición externa a la Comunidad; y

b)

garantizará la inmovilización de los residuos hasta que la autoridad competente de expedición externa a la Comunidad decida otra cosa y se lo haya comunicado por escrito a la autoridad competente en el país de la oficina de aduanas en el que los residuos estén inmovilizados.

Capítulo 2

Importaciones de residuos destinados a la valorización

Artículo 43

Prohibición de importación salvo que el origen sea un país sujeto a la Decisión de la OCDE o que sea Parte en el Convenio de Basilea o con el que haya un acuerdo en vigor o que los residuos procedan de otras zonas en situaciones de crisis o guerra

1.   Quedan prohibidas todas las importaciones de residuos destinados a la valorización en la Comunidad, salvo cuando procedan de:

a)

países sujetos a la Decisión de la OCDE, o bien

b)

otros países que sean Parte en el Convenio de Basilea, o bien

c)

otros países con los que la Comunidad, o la Comunidad y sus Estados miembros, hayan formalizado acuerdos o compromisos bilaterales o multilaterales compatibles con el Derecho comunitario y conformes con lo dispuesto en el artículo 11 del Convenio de Basilea, o bien

d)

otros países con los que los Estados miembros de manera individual hayan formalizado acuerdos o compromisos bilaterales, de conformidad con el apartado 2, o bien

e)

otras zonas en caso de que, por motivos excepcionales en situaciones de crisis, establecimiento o mantenimiento de la paz, o guerra, no puedan formalizarse los acuerdos o compromisos bilaterales mencionados en las letras b) o c), o cuando no se haya designado una autoridad competente en el país de expedición o ésta se vea en la imposibilidad de actuar.

2.   En casos excepcionales, los Estados miembros podrán formalizar acuerdos y compromisos bilaterales de manera individual para la valorización de residuos específicos en dichos Estados miembros, cuando dichos residuos no vayan a ser gestionados de manera ambientalmente correcta conforme a lo dispuesto en el artículo 49 en el país de expedición.

En estos casos, se aplicará el apartado 2 del artículo 41.

3.   Los acuerdos o compromisos bilaterales o multilaterales formalizados con arreglo a lo dispuesto en las letras c) y d) del apartado 1 deberán estar basados en los requisitos de procedimiento que establece el artículo 42, según corresponda.

Articulo 44

Requisitos de procedimiento aplicables a las importaciones que procedan de países sujetos a la Decisión de la OCDE o de otras zonas en situaciones de crisis o guerra

1.   Cuando los residuos sean importados en la Comunidad con destino a la valorización de países o a través de países sujetos a la Decisión de la OCDE, las disposiciones del título II se aplicarán mutatis mutandis, con las adaptaciones y disposiciones adicionales especificadas en los apartados 2 y 3.

2.   Se aplicarán las siguientes adaptaciones:

a)

La autorización exigida en virtud del artículo 9 podrá otorgarse mediante autorización tácita de la autoridad competente de expedición de fuera de la Comunidad,

b)

La notificación previa por escrito de conformidad con el artículo 4 podrá ser presentada por el notificante, y

c)

En los casos a que se refiere la letra e) del apartado 1 del artículo 43 relacionados con situaciones de crisis, establecimiento o mantenimiento de la paz, o guerra, no se exigirá la autorización de las autoridades competentes de expedición.

3.   Además, se cumplirá lo dispuesto en el artículo 42, apartado 3, letras b), c) y d).

4.   El traslado sólo podrá tener lugar cuando:

a)

el notificante haya recibido autorización escrita de las autoridades competentes de expedición, de destino y, en su caso, de tránsito, o cuando pueda presumirse otorgada la autorización tácita de la autoridad competente de expedición externa a la Comunidad, y siempre que se cumplan las condiciones establecidas;

b)

se haya celebrado un contrato entre el notificante y el destinatario que sea efectivo, tal como se establece en el párrafo segundo del punto 4 del artículo 4 y en el artículo 5;

c)

se haya constituido una fianza o seguro equivalente, que deberá ser efectivo, tal como se establece en el párrafo segundo del punto 5 del artículo 4 y en el artículo 6; y

d)

se garantice una gestión ambientalmente correcta de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.

5.   Si una oficina de aduana de entrada en la Comunidad descubre un traslado ilícito, informará de ello sin demora a la autoridad competente del país de la oficina de aduana, la cual:

a)

informará sin demora a la autoridad competente de destino de la Comunidad, que a su vez informará a la autoridad competente de expedición externa a la Comunidad; y

b)

garantizará la inmovilización de los residuos hasta que la autoridad competente de expedición externa a la Comunidad decida otra cosa y se lo haya comunicado por escrito a la autoridad competente en el país de la oficina de aduanas en el que los residuos estén inmovilizados.

Artículo 45

Requisitos de procedimiento aplicables a las importaciones que procedan de países no sujetos a la Decisión de la OCDE y que sean Parte en el Convenio de Basilea o de otras zonas en situaciones de crisis o guerra

Cuando residuos con destino a la valorización sean importados en la Comunidad:

a)

desde un país no sujeto a la Decisión de la OCDE, o bien,

b)

a través de un país no sujeto a la Decisión de la OCDE y que sea además Parte en el Convenio de Basilea,

las disposiciones del artículo 42 se aplicarán mutatis mutandis.

Capítulo 3

Disposiciones generales

Artículo 46

Importaciones procedentes de países o territorios de ultramar

1.   Las importaciones de residuos procedentes de países o territorios de ultramar con destino a la Comunidad estarán sujetas mutatis mutandis a las disposiciones del título II.

2.   Los países y territorios de ultramar y los Estados miembros a los que estén asociados podrán aplicar procedimientos nacionales a los traslados procedentes del país o territorio de ultramar con destino al Estado miembro en cuestión.

3.   Los Estados miembros que se acojan a lo dispuesto en el apartado 2 notificarán a la Comisión los procedimientos nacionales aplicados.

TITULO VI

TRÁNSITO POR LA COMUNIDAD CON ORIGEN O DESTINO EN TERCEROS PAÍSES

Capítulo 1

Tránsito de residuos destinados a la eliminación

Artículo 47

Tránsito por la Comunidad de residuos destinados a la eliminación

Cuando se trasladen residuos destinados a la eliminación a través de uno o varios Estados miembros, con origen y destino en terceros países, se aplicarán mutatis mutandis las disposiciones del artículo 42, con las adaptaciones y disposiciones adicionales especificadas a continuación:

a)

la primera y última autoridades competentes de tránsito de la Comunidad enviarán, en su caso, una copia sellada de sus decisiones de autorizar el traslado o, si han dado su autorización de forma tácita, una copia del acuse de recibo de conformidad con la letra a) del apartado 3 del artículo 42, a las oficinas de aduana de entrada y salida de la Comunidad, respectivamente, y

b)

tan pronto como los residuos hayan salido de la Comunidad, la oficina de aduana de salida de la Comunidad enviará una copia sellada del documento de movimiento a las autoridades competentes de tránsito en la Comunidad, indicando que los residuos han salido de la Comunidad.

Capítulo 2

Tránsito de residuos destinados a la valorización

Artículo 48

Tránsito por la Comunidad de residuos destinados a la valorización

1.   Cuando se trasladen residuos destinados a la valorización a través de uno o varios Estados miembros, con origen y destino en un país no sujeto a la Decisión de la OCDE, se aplicará mutatis mutandis el artículo 47.

2.   Cuando se trasladen residuos destinados a la valorización a través de uno o varios Estados miembros, con origen y destino en países sujetos a la Decisión de la OCDE, se aplicarán mutatis mutandis las disposiciones del artículo 44, con las adaptaciones y disposiciones adicionales que figuran a continuación:

a)

la primera y última autoridades competentes de tránsito de la Comunidad enviarán, en su caso, una copia sellada de sus decisiones de autorizar el traslado o, si han dado su autorización de forma tácita, una copia del acuse de recibo de conformidad con la letra a) del apartado 3 del artículo 42, a las oficinas de aduana de entrada y salida de la Comunidad, respectivamente; y

b)

tan pronto como los residuos hayan salido de la Comunidad, la oficina de aduana de salida de la Comunidad enviará una copia sellada del documento de movimiento a las autoridades competentes de tránsito de la Comunidad, indicando que los residuos han salido de la Comunidad.

3.   Cuando se trasladan residuos destinados a la valorización a través de uno o varios Estados miembros de un país no sujeto a la Decisión de la OCDE a un país en el que sí sea aplicable la Decisión de la OCDE, o viceversa, el apartado 1 se aplicará al país no sujeto a la Decisión de la OCDE y el apartado 2 se aplicará al país sujeto a la Decisión de la OCDE.

TITULO VII

OTRAS DISPOSICIONES

Capítulo 1

Obligaciones adicionales

Artículo 49

Protección del medio ambiente

1.   El productor y el notificante así como las demás empresas implicadas en un traslado de residuos o en su valorización o eliminación adoptarán las medidas necesarias para garantizar que, durante todo el transcurso del traslado y de su valorización y eliminación, la gestión de los residuos trasladados no ponga en peligro la salud humana y se lleve a cabo de forma ambientalmente correcta. En particular, si el traslado se efectúa dentro de la Comunidad, deberán respetarse los requisitos del artículo 4 de la Directiva 75/442/CEE y el resto de la legislación comunitaria en materia de residuos.

2.   En el caso de las exportaciones desde la Comunidad, la autoridad competente de expedición en la Comunidad:

a)

exigirá y procurará garantizar que la gestión de los residuos exportados se lleve a cabo de forma ambientalmente correcta durante todo el transcurso del traslado y en la valorización, tal como se contempla en los artículos 36 y 38, o la eliminación, tal como se contempla en el artículo 34, o en el tercer país de destino;

b)

prohibirá toda exportación de residuos a terceros países en caso de que tenga alguna razón para creer que los residuos no van a ser gestionados conforme a lo dispuesto en la letra a).

El requisito de gestión ambientalmente correcta se presumirá cumplido, en lo que respecta a la operación de valorización o eliminación de residuos correspondiente, si el notificante o la autoridad competente del país de destino puede demostrar que la instalación receptora de los residuos funcionará con arreglo a normas de protección de la salud humana y de protección medioambiental equivalentes de forma general a las normas establecidas en la legislación comunitaria.

No obstante, esta presunción no prejuzga la evaluación general de la gestión ambientalmente correcta durante todo el transcurso del traslado incluidas la valorización o eliminación en el país tercero de destino.

Con fines de orientación para una gestión correcta desde el punto de vista medioambiental podrán tenerse en cuenta las directrices enumeradas en el anexo VIII.

3.   En el caso de las importaciones en la Comunidad, la autoridad competente de destino en la Comunidad:

a)

exigirá y tomará las medidas necesarias para garantizar que la gestión de los residuos trasladados a su ámbito de jurisdicción no ponga en peligro la salud humana y se lleve a cabo sin utilizar procesos o métodos que puedan ser perjudiciales para el medio ambiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 4 de la Directiva 75/442/CEE y el resto de la legislación comunitaria en materia de residuos, durante todo el transcurso del traslado, incluyendo la valorización o eliminación en el país de destino;

b)

prohibirá toda importación de residuos procedentes de terceros países en caso de que tenga alguna razón para creer que los residuos no van a ser gestionados conforme a lo dispuesto en la letra a).

Artículo 50

Medidas ejecutivas en los Estados miembros

1.   Los Estados miembros determinarán las normas relativas a las sanciones que deberán imponerse en caso de violación de las disposiciones del presente Reglamento y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento. Las sanciones establecidas deberán ser efectivas, proporcionadas y disuasorias. Los Estados miembros notificarán a la Comisión la legislación nacional en materia de prevención y detección de traslados ilícitos, así como las sanciones aplicables a dichos traslados.

2.   Los Estados miembros, mediante medidas de ejecución del presente Reglamento, dispondrán , entre otras cosas, la realización de inspecciones de establecimientos y empresas, conforme a lo dispuesto en el artículo 13 de la Directiva 75/442/CEE, y controles sobre el terreno de los traslados de residuos o la valorización o eliminación correspondientes.

3.   Los controles podrán realizarse en particular:

a)

en el punto de origen, con el productor, el poseedor o el notificante;

b)

en destino, con el destinatario o la instalación ;

c)

en las fronteras exteriores de la Comunidad; y

d)

durante el traslado por el interior de la Comunidad.

4.   Estos controles de los traslados incluirán la inspección de documentos, la comprobación de la identidad y, cuando proceda, el control físico de los residuos.

5.   Los Estados miembros colaborarán entre sí, de forma bilateral o multilateral, a fin de facilitar la prevención y detección de los traslados ilícitos.

Los Estados miembros identificarán a los miembros de su personal permanente responsables de dicha colaboración, así como los puntos focales de los controles físicos. Esta información se enviará a la Comisión, que distribuirá una lista con la información recabada a los delegados que se mencionan en el artículo 54.

6.   Los Estados miembros podrán, a instancias de otro Estado miembro, adoptar medidas ejecutivas contra los presuntos traficantes ilícitos de residuos radicados en su territorio.

Artículo 51

Informes de los Estados miembros

1.   Antes de que finalice cada año civil, los Estados miembros enviarán a la Comisión una copia del informe relativo al año civil anterior que, conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 13 del Convenio de Basilea, habrán elaborado y presentado a la Secretaría de dicho Convenio.

2.   Antes de que finalice cada año civil, los Estados miembros elaborarán además un informe relativo al año anterior basado en el cuestionario adicional incorporado en el anexo IX y lo enviarán a la Comisión.

3.   Los informes elaborados por los Estados miembros en virtud de los apartados 1 y 2 se presentarán a la Comisión en formato electrónico.

4.   La Comisión, en base a estos informes, elaborará informes trienales sobre la aplicación del presente Reglamento por parte de la Comunidad y de sus Estados miembros.

Artículo 52

Cooperación internacional

Los Estados miembros, y cuando proceda y sea necesario juntamente con la Comisión, colaborarán con las demás Partes en el Convenio de Basilea y con las organizaciones internacionales, entre otras cosas mediante el intercambio y puesta en común de información, el fomento de tecnologías ambientalmente correctas y el desarrollo de los oportunos códigos de conducta.

Artículo 53

Designación de las autoridades competentes

Los Estados miembros designarán las autoridades competentes responsables de la aplicación del presente Reglamento. Cada Estado miembro designará una sola autoridad competente en materia de tránsito.

Artículo 54

Designación de los delegados

Cada uno de los Estados miembros así como la Comisión designarán uno o más delegados cuya misión consistirá en informar y orientar a las personas o empresas que soliciten información. El delegado de la Comisión enviará a los delegados de los Estados miembros todas las preguntas que se le formulen que correspondan al ámbito de competencia de estos últimos, y viceversa.

Artículo 55

Designación de oficinas de aduana de entrada y salida de la Comunidad

Los Estados miembros podrán designar oficinas específicas de aduana de entrada y de salida de la Comunidad para el traslado de los residuos que entren y salgan de la Comunidad. Si los Estados miembros deciden designar dichas oficinas de aduana, no se permitirá el paso de ningún traslado de residuos por otros puestos fronterizos de los Estados miembros para entrar o salir de la Comunidad.

Artículo 56

Notificación de las designaciones e información al respecto

1.   Los Estados miembros notificarán a la Comisión las designaciones de:

a)

las autoridades competentes, realizadas con arreglo al artículo 53,

b)

los delegados, realizadas con arreglo al artículo 54, y

c)

en su caso, las oficinas de aduana de entrada y salida de la Comunidad, realizadas con arreglo al artículo 55.

2.   Los Estados miembros comunicarán cada año a la Comisión los siguientes datos relativos a estas designaciones:

a)

nombre,

b)

domicilio postal,

c)

dirección electrónica,

d)

número de teléfono,

e)

número de fax, y

f)

lenguas aceptables para las autoridades competentes.

3.   Los Estados miembros comunicarán inmediatamente a la Comisión cualquier modificación de estos datos.

4.   Estos datos, así como toda modificación que hayan experimentado, se presentarán a la Comisión en formato electrónico e impreso si así se exige.

5.   La Comisión publicará en su página web las listas de autoridades competentes, delegados y oficinas de aduana de entrada y salida de la Comunidad designados, y actualizará estas listas según proceda.

Capítulo 2

Otras disposiciones

Artículo 57

Reunión de delegados

La Comisión celebrará periódicamente reuniones con los delegados, a instancias de los Estados miembros o cuando lo considere conveniente, para analizar las cuestiones que plantea la aplicación del presente Reglamento. Cuando todos los Estados miembros y la Comisión estén de acuerdo sobre su conveniencia, se invitará a las partes interesadas a participar en estas reuniones, o en parte de las mismas.

Articulo 58

Modificación de los anexos

1.   La Comisión podrá modificar los anexos del presente Reglamento para adaptarlos al progreso científico y técnico por medio de reglamentos y con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 18 de la Directiva 75/442/CEE. Además:

a)

Los anexos I, II, III, IIIA, IV y V se modificarán para tener en cuenta los cambios acordados en el Convenio de Basilea y en la Decisión de la OCDE; además, la parte C del anexo I, relativa a las instrucciones específicas para la cumplimentar los documentos de notificación y movimiento se completará a más tardar en la fecha de aplicación del presente Reglamento, teniendo en cuenta las instrucciones de la OCDE.

b)

Los residuos no clasificados podrán añadirse a los anexos IIIB, IV o V con carácter provisional, en espera de una decisión sobre su inclusión en los pertinentes anexos del Convenio de Basilea o de la Decisión de la OCDE.

c)

A petición de un Estado miembro, podrá plantearse añadir al anexo IIIA las mezclas de dos o más de los residuos enumerados en el anexo III, en los casos contemplados en el apartado 2 del artículo 3 y con carácter provisional, en espera de una decisión sobre su inclusión en los anexos correspondientes del Convenio de Basilea o de la Decisión de la OCDE. Las primeras inclusiones en el anexo IIIA se introducirán, si es posible, antes de la fecha en que comience la aplicación del presente Reglamento y en cualquier caso en un plazo máximo de seis meses a partir de esa fecha. El anexo IIIA podrá contener la salvedad de que una o más de sus inclusiones no se aplicarán a las exportaciones destinadas a los países a los que no sea de aplicación la Decisión de la OCDE.

d)

Se determinarán los casos excepcionales a que se refiere el apartado 3 del artículo 3 y, cuando sea necesario, los residuos en cuestión se añadirán a los anexos IVA y V, eliminándolos del anexo III.

e)

El anexo V se modificará para reflejar los cambios acordados en la lista de residuos peligrosos adoptada de conformidad con el apartado 4 del artículo 1 de la Directiva 91/689/CEE.

f)

El anexo VIII se modificará para reflejar los convenios y acuerdos internacionales pertinentes.

2.   Cuando vaya a modificarse el anexo IX, el comité creado por la Directiva 91/692/CEE del Consejo, de 23 de diciembre de 1991, sobre la normalización y la racionalización de los informes relativos a la aplicación de determinadas directivas referentes al medio ambiente (22), estará plenamente asociado a las deliberaciones.

3.   El plazo contemplado en el apartado 6 del artículo 5 de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en 3 meses.

Artículo 59

Medidas adicionales

1.   La Comisión podrá adoptar medidas adicionales relacionadas con la aplicación del presente Reglamento, de la siguiente manera:

a)

un método de cálculo de la o las fianzas o seguros equivalentes tal y como se establece en el artículo 6;

b)

directrices para la aplicación de la letra g) del apartado 1 del artículo 12;

c)

más condiciones y requisitos en relación con las instalaciones de valorización con autorización previa a que se refiere el artículo 14;

d)

directrices sobre la aplicación del artículo 15 con respecto a la identificación y seguimiento de los residuos que sufran cambios de importancia en la operación de valorización o eliminación intermedia;

e)

directrices para la cooperación de las autoridades competentes respecto a traslados ilícitos tal y como se establece en el artículo 24;

f)

requisitos técnicos y organizativos para la aplicación práctica del intercambio electrónico de datos para la presentación de documentos e información de acuerdo con el apartado 4 del artículo 26;

g)

más directrices relativas al uso de lenguas a que se refiere el artículo 27;

h)

mayores aclaraciones de los requisitos de procedimiento del título II por lo que se refiere a su aplicación a las exportaciones, importaciones y al tránsito de residuos con origen o destino en la Comunidad o a través de ella;

i)

más directrices sobre términos jurídicos no definidos.

2.   Estas medidas se decidirán con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 18 de la Directiva 75/442/CEE.

3.   El plazo contemplado en el apartado 6 del artículo 5 de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en tres meses.

Artículo 60

Revisión

1.   A más tardar ... (23), la Comisión concluirá la revisión de la relación entre la legislación sectorial sobre sanidad animal y salud pública existente, con inclusión de los traslados de residuos cubiertos por el Reglamento (CE) no 1774/2002, y las disposiciones del presente Reglamento. En caso de necesidad, dicha revisión irá acompañada de propuestas adecuadas con el fin de lograr un nivel equivalente de los procedimientos y el régimen de control del traslado de tales residuos.

2.   Dentro de un plazo de cinco años a partir de ... (24), la Comisión revisará la aplicación de la letra c) del apartado 1 del artículo 12, entre otras cosas su efecto en la protección del medio ambiente y en el funcionamiento del mercado interior. En caso necesario, la revisión irá acompañada de propuestas adecuadas para modificar dicha disposición.

Artículo 61

Derogaciones

1.   El Reglamento (CEE) no 259/93 y la Decisión 94/774/CE quedarán derogados a partir de ... (24).

2.   Las referencias hechas al Reglamento (CEE) no 259/93 derogado se considerarán como hechas al presente Reglamento.

3.   La Decisión 1999/412/CE quedará derogada a partir del 1 de enero de ... (25).

Articulo 62

Disposiciones transitorias

1.   Todo traslado que haya sido notificado y para el cual la autoridad competente de destino haya dado el acuse de recibo antes de ... (23) permanecerá sujeto a las disposiciones del Reglamento (CEE) no 259/93.

2.     Todo traslado que haya recibido la autorización de las autoridades competentes correspondientes de conformidad con el Reglamento (CEE) no 259/93 deberá llevarse a cabo, a más tardar, en el plaza de un año a partir de la fecha de aplicación del presente Reglamento.

3.   Los informes elaborados con arreglo a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 41 del Reglamento (CEE) no 259/93 y en el artículo 51 del presente Reglamento con respecto al año ... (26) deberán estar basados en el cuestionario incorporado a la Decisión 1999/412/CE.

Artículo 63

Medidas transitorias aplicables a determinados Estados miembros

1.    Hasta el 31 de diciembre de 2010, todos los traslados a Letonia de residuos destinados a la valorización enumerados en los anexos III y IV así como todos los traslados de residuos destinados a la valorización no enumerados en dichos anexos estarán sujetos al procedimiento de notificación y autorización previas por escrito de conformidad con el título II.

No obstante lo dispuesto en el artículo 12, las autoridades competentes formularán objeciones a los traslados de residuos destinados a la valorización enumerados en los anexos III y IV así como a los traslados de residuos destinados a la valorización no enumerados en dichos anexos con destino a una instalación acogida a una excepción temporal respecto de determinadas disposiciones de la Directiva 96/61/CE, durante el período de aplicación de la excepción temporal a la instalación de destino .

2.    Hasta el 31 de diciembre de 2012, todos los traslados a Polonia de residuos destinados a la valorización enumerados en el anexo III estarán sujetos al procedimiento de notificación y autorización previas por escrito de conformidad con el título II.

No obstante lo dispuesto en el artículo 12, hasta el 31 de diciembre de 2007 las autoridades competentes podrán formular objeciones a los traslados a Polonia de los siguientes residuos destinados a la valorización enumerados en los anexos III y IV, de conformidad con los motivos de objeción establecidos en el artículo 11:

B2020 y GE 020 (residuos de vidrio)

B2070

B2080

B2100

B2120

B3010 y GH 013 (residuos de materias plásticas en forma sólida)

B3020 (residuos de papel)

B3140 (residuos de neumáticos)

Y46

Y47

A1010 y A10 30 (sólo los incisos correspondientes al arsénico y al mercurio)

A1060

A1140

A2010

A2020

A2030

A2040

A3030

A3040

A3070

A3120

A3130

A3160

A3170

A3180 (sólo se aplica a los naftalenos policlorados (PCN))

A4010

A4050

A4060

A4070

A4090

AB030

AB070

AB120

AB130

AB150

AC060

AC070

AC080

AC150

AC160

AC260

AD150

A excepción de los residuos de vidrio, de papel y los residuos de neumáticos, dicho plazo podrá ampliarse como máximo hasta el 31 de diciembre de 2012 con arreglo al procedimiento definido en el apartado 2 del artículo 18 de la Directiva 75/442/CEE.

No obstante lo dispuesto en el artículo 12, hasta el 31 de diciembre de 2012 las autoridades competentes podrán formular objeciones, de conformidad con los motivos de objeción establecidos en el artículo 11, a los traslados a Polonia de los residuos siguientes:

a)

los siguientes residuos destinados a la valorización enumerados en el anexo IV:

A2050

A3030

A3180 (excepto los naftalenos policlorados (PCN))

A3190

A4110

A4120

RB020

y de

b)

los residuos destinados a la valorización no enumerados en los anexos.

No obstante lo dispuesto en el artículo 12, las autoridades competentes formularán objeciones a los traslados de residuos destinados a la valorización enumerados en los anexos III y IV así como a los traslados de residuos destinados a la valorización no enumerados en dichos anexos con destino a una instalación acogida a una excepción temporal respecto de determinadas disposiciones de la Directiva 96/61/CE, durante el período de aplicación de la excepción temporal a la instalación de destino.

3.   Hasta el 31 de diciembre de 2011, todos los traslados a Eslovaquia de residuos destinados a la valorización enumerados en los anexos III y IV así como todos los traslados de residuos destinados a la valorización no enumerados en dichos anexos estarán sujetos al procedimiento de notificación y autorización previas por escrito de conformidad con el título II.

No obstante lo dispuesto en el artículo 12, las autoridades competentes formularán objeciones a los traslados de residuos destinados a la valorización enumerados en los anexos III y IV y a los traslados de residuos destinados a la valorización no enumerados en dichos anexos con destino a una instalación acogida a una excepción temporal de determinadas disposiciones de la Directiva 94/67/CE, la Directiva 96/61/CE, la Directiva 2000/76/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de diciembre de 2000, relativa a la incineración de residuos (27) y la Directiva 2001/80/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, 23 de octubre de 2001, sobre limitación de emisiones a la atmósfera de determinados agentes contaminantes procedentes de grandes instalaciones de combustión (28) , durante el período de aplicación de la excepción temporal a la instalación de destino.

4.     Hasta el 31 de diciembre de 2014, todos tos traslados a Bulgaria de residuos destinados a la valorización enumerados en el anexo III estarán sujetos al procedimiento de notificación y autorización previas por escrito de conformidad con el título 11.

No obstante lo dispuesto en el artículo 12, hasta el 31 de diciembre de 2009, las autoridades competentes búlgaras podrán formular objeciones a los traslados de los siguientes residuos destinados a la valorización enumerados en los anexos DI y TV de conformidad con los motivos de objeción relacionados en el artículo 11:

B2070

B2080

B2100

B2120

Y46

Y47

A1010 y A1030 (sólo los incisos correspondientes al arsénico y al mercurio)

A1060

A1140

A2010

A2020

A2030

A2040

A3030

A3040

A3070

A3120

A3130

A3160

A3170

A3180 (sólo se aplica a los naftalenos policlorados (PCN))

A4010

A4050

A4060

A4070

A4090

AB030

AB070

AB120

AB130

AB150

AC060

AC070

AC080

AC150

AC160

AC260

AD150

Este período podrá prorrogarse como máximo hasta el 31 de diciembre de 2012, de conformidad con el procedimiento establecido en el apartado 2 del artículo 18 de la Directiva 75/442/CEE.

No obstante lo dispuesto en el artículo 12, hasta el 31 de diciembre de 2009, las autoridades competentes búlgaras podrán formular objeciones por los motivos relacionados en el artículo 11 a los traslados a Bulgaria de:

a)

los siguientes residuos destinados a la valorización enumerados en el anexo IV:

A2050 A3030 A3180, con excepción de los naftalenos policlorados (PCN) A3190 A4110 A4120 RB020

y de

b)

los residuos destinados a la valorización no enumerados en los anexos.

No obstante lo dispuesto en el artículo 12, las autoridades competentes búlgaras deberán oponerse a los traslados de residuos destinados a la valorización enumerados en los anexos III y IV y a los traslados de residuos destinados a la valorización no relacionados en dichos anexos y destinados a una instalación que disfrute de una excepción temporal de determinadas disposiciones de la Directiva 96/61/CE o de la Directiva 2001/80/CE durante el período en que la excepción temporal se aplique a la instalación de destino.

5.     Hasta el 31 de diciembre de 2015, todos los traslados a Rumania de residuos destinados a la valorización enumerados en el anexo III estarán sujetos al procedimiento de notificación y autorización previas por escrito de conformidad con el título II.

No obstante lo dispuesto en el artículo 12, hasta el 31 de diciembre de 2011, las autoridades competentes rumanas podrán formular objeciones a los traslados a Rumania de los siguientes residuos enumerados en los anexos III y IV de conformidad con los motivos de objeción relacionados en el artículo 11:

B2070

B2100, excepto los residuos de alúmina.

B2120

B4030

Y46

Y47

A1010 y A1030 (sólo los incisos correspondientes al arsénico, al mercurio y al talio)

A1060

A1140

A2010

A2020

A2030

A3030

A3040

A3050

A3060

A3070

A3120

A3130

A3140

A3150

A3160

A3170

A3180 (sólo se aplica a los naftalenos policlorados (PCN))

A4010

A4030

A4040

A4050

A4080

A4090

A4100

A4160

AA060

AB030

AB120

AC060

AC070

AC080

AC150

AC160

AC260

AC270

AD120

AD150

Este plazo podrá ampliarse como máximo hasta el 31 de diciembre de 2015 de conformidad con el procedimiento establecido en el apartado 2 del artículo 18 de la Directiva 75/442/CEE.

No obstante lo dispuesto en el artículo 12, hasta el 31 de diciembre de 2011, las autoridades competentes rumanas podrán formular objeciones de conformidad con los motivos de objeción relacionados en el artículo 11 a los traslados a Rumania de:

a)

los siguientes residuos destinados a la valorización enumerados en el anexo IV:

A2050 A3030 A3180, excepto los naftalenos policlorados (PCN) A3190 A4110 A4120 RB020

y de

b)

los residuos destinados a la valorización no enumerados en los anexos.

Este plazo podrá ampliarse como máximo hasta el 31 de diciembre de 2015 de conformidad con el procedimiento establecido en el apartado 2 del artículo 18 de la Directiva 75/442/CEE.

No obstante lo dispuesto en el artículo 12, las autoridades competentes rumanas deberán oponerse a los traslados de residuos destinados a la valorización enumerados en los anexos III y IV y a los traslados de residuos destinados a la valorización no enumerados en dichos anexos y destinados a una instalación que disfrute de una excepción temporal de determinadas disposiciones de la Directiva 96/61/CE, de la Directiva 2000/76/CE o de la Directiva 2001/80/CE durante el período en que la excepción temporal se aplique a la instalación de destino.

6.   En los casos en que el presente artículo hace referencia al título II en relación con los residuos enumerados en el anexo III, no serán aplicables el apartado 2 del artículo 3, el punto 5 del párrafo segundo del artículo 4 ni los artículos 6, 11, 22, 23, 24, 25 y 31.

Artículo 64

Entrada en vigor y aplicación

1.   El presente Reglamento entrará en vigor a los tres días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será aplicable a partir de ... (29).

2.     Si la fecha de adhesión de Bulgaria y Rumania fuese posterior a la fecha de aplicación establecida en el apartado 1, los apartados 4 y 5 del artículo 63 se aplicarán, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 1 del presente artículo, a partir de la fecha de adhesión.

3.   El apartado 4 del artículo 26 podrá aplicarse antes de ... (29) si así lo acuerdan los Estados miembros afectados.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  DO C 108 de 30.4.2004, p. 58.

(2)  Dictamen del Parlamento Europeo de 19 de noviembre de 2003 (DO C 87 E de 7.4.2004, p. 281), Posición Común del Consejo de 24 de junio de 2005 (DO C 206 E de 23.8.2005, p. 1) y Posición del Parlamento Europeo de 25 de octubre de 2005 (no publicada aún en el Diario Oficial).

(3)  DO L 30 de 6.2.1993, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 2557/2001 de la Comisión (DO L 349 de 31.12.2001, p. 1).

(4)  DO L 310 de 3.12.1994, p. 70.

(5)  DO L 156 de 23.6.1999, p. 37.

(6)  DO L 39 de 16.2.1993, p. 1.

(7)  DO L 39 de 16.2.1993, p. 3.

(8)  DO L 272 de 4.10.1997, p. 45.

(9)  DO L 22 de 24.1.1997, p. 14.

(10)  DO L 273 de 10.10.2002, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 416/2005 de la Comisión (DO L 66 de 12.3.2005, p. 10 ).

(11)   DO L 194 de 25.7.1975, p. 39. Directiva modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 1882/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 284 de 31.10.2003, p. 1).

(12)   DO L 257 de 10.10.1996, p. 26. Directiva modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 1882/2003.

(13)  DO L 314 de 30.11.2001, p. 1.

(14)  DO L 184 de 17.7.1999, p. 23.

(15)  DO L 35 de 12.2.1992, p. 24.

(16)  DO L 377 de 31.12.1991, p. 20. Directiva modificada por la Directiva 94/31/CE (DO L 168 de 2.7.1994, p. 28).

(17)  DO L 302 de 19.10.1992, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Acta de adhesión de 2003.

(18)  DO L 253 de 11.10.1993, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 2286/2003 (DO L 343 de 31.12.2003, p. 1).

(19)  DO L 204 de 21.7.1998, p. 37. Directiva modificada en último lugar por el Acta de adhesión de 2003.

(20)  DO L 13 de 19.1.2000, p. 12.

(21)  DO L 226 de 6.9.2000, p. 3. Decisión modificada en último lugar por la Decisión 2001/573/CE del Consejo (DO L 203 de 28.7.2001, p. 18).

(22)  DO L 377 de 31.12.1991, p. 48. Directiva modificada por el Reglamento (CE) no 1882/2003.

(23)  Fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

(24)  Fecha de aplicación del presente Reglamento (12 meses después de la fecha de publicación).

(25)  El año siguiente al año de aplicación del presente Reglamento (el segundo año siguiente al año de publicación).

(26)  Fecha de aplicación del presente Reglamento (12 meses después de la fecha de publicación).

(27)  DO L 332 de 28.12.2000, p. 91.

(28)  DO L 309 de 27.11.2001, p. 1. Directiva modificada por el Acta de adhesión de 2003.

(29)  12 meses después de la fecha de publicación del presente Reglamento.

ANEXO IA

Documento de notificación de movimientos transfronterizos/traslados de residuos UE

Image

Image

Lista de códigos y abreviaturas utilizados en el documento de notificación

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Para más información, en particular con respecto a la identificación de los residuos (Casilla 14), es decir, sobre los códigos de los anexos VIII y IX de Basilea, códigos OCDE y códigos Y, véase el manual de consulta e instrucciones editado por la OCDE y la Secretaría del Convenio de Basilea.

ANEXO IB

Documento de movimiento para movimientos transfronterizos/traslados de residuos UE

Image

Image

Lista de códigos y abreviaturas utilizados en el documento de movimiento

Image

Para más información, en particular con respecto a la identificación de los residuos (Casilla 14), es decir, sobre los códigos de los anexos VIII y IX de Basilea, códigos OCDE y códigos Y, véase el manual de consulta e instrucciones editado por la OCDE y la Secretaría del Convenio de Basilea.

ANEXO IC

INSTRUCCIONES ESPECÍFICAS PARA LA CUMPLIMENTACIÓN DE LOS DOCUMENTOS DE NOTIFICACIÓN Y MOVIMIENTO

 

ANEXO II

INFORMACIÓN Y DOCUMENTACIÓN RELATIVA A LA NOTIFICACIÓN

Parte 1 INFORMACIÓN QUE DEBE FACILITARSE EN EL DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN O ADJUNTARSE AL MISMO:

1.

Número de serie u otro identificador aceptado del documento de notificación y número total de traslados previsto.

2.

Nombre, domicilio, teléfono, fax, correo electrónico, número de registro y persona de contacto del notificante.

3.

Cuando el notificante no sea el productor: nombre, domicilio, teléfono, fax, correo electrónico y persona de contacto del productor.

4.

Nombre, domicilio, teléfono, fax, correo electrónico y persona de contacto del negociante o agente registrado, siempre que el notificante lo haya autorizado conforme al punto 15 del artículo 2.

5.

Nombre, domicilio, teléfono, fax, correo electrónico, número de registro y persona de contacto de la instalación de valorización o eliminación, así como tecnologías empleadas y posible autorización previa de conformidad con el artículo 14.

Cuando un traslado de residuos esté destinado a una operación de valorización o eliminación intermedia, se facilitará información similar respecto de todas las instalaciones en que se prevean posteriores operaciones de valorización y eliminación intermedias y definitivas.

Si la instalación de valorización o eliminación figura clasificada en la categoría 5 del anexo I de la Directiva 96/61/CE, se presentará un comprobante de autorización válida (p.ej. una declaración que certifique su existencia) concedida de conformidad con lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de dicha Directiva.

6.

Nombre, domicilio, teléfono, fax, correo electrónico, número de registro y persona de contacto del destinatario.

7.

Nombre, domicilio, teléfono, fax, correo electrónico, número de registro y persona de contacto de los transportistas previstos o sus representantes.

8.

País de expedición y autoridad competente correspondiente.

9.

Países de tránsito y autoridades competentes correspondientes.

10.

País de destino y autoridad competente correspondiente.

11.

Notificación individual o general. Si se trata de una notificación general, período de validez solicitado.

12.

Fecha prevista para el inicio del traslado.

13.

Medios de transporte previstos.

14.

Itinerario (punto de entrada y salida de cada país afectado, incluidas las oficinas de aduana de entrada y/o salida y/o exportación de la Comunidad) y ruta (trayecto entre puntos de entrada y salida) previstos, incluidas las posibles alternativas, también en caso de presentarse circunstancias imprevistas.

15.

Prueba de que el transportista está registrado para transportar residuos (p.ej., declaración que certifique su registro).

16.

Designación del residuo en la lista adecuada, su procedencia, descripción, composición y características peligrosas. Si se trata de residuos de varias procedencias, también un inventario detallado de los residuos.

17.

Cantidades estimadas máxima y mínima.

18.

Tipo de embalaje previsto.

19.

Especificación de las operaciones de valorización o eliminación a que se refieren los anexos HA y IIB de la Directiva 75/442/CEE.

20.

Si los residuos están destinados a valorización:

a)

el método de eliminación previsto para la fracción no valorizable una vez concluida la valorización.

b)

la cantidad del material valorizado en relación con los residuos no valorizables.

c)

el valor estimado del material valorizado.

d)

el coste de la valorización y el coste de eliminación de la fracción no valorizable.

21.

Prueba de que se ha contratado un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños ocasionados a terceros (p.ej., declaración que certifique su existencia).

22.

Prueba de que se ha celebrado un contrato (o declaración que certifique su existencia) entre el notificante y el destinatario para la valorización o eliminación de los residuos, que sea efectivo en el momento de la notificación, tal como se establece en el punto 4 del artículo 4 y en el artículo 5.

23.

Una copia o prueba del contrato (o declaración que certifique su existencia) entre el productor inicial, el nuevo productor o el recogedor y el agente o el negociante, cuando el agente o el negociante actúen como notificantes.

24.

Prueba de que se ha constituido una fianza o seguro equivalente(o declaración que certifique su existencia, si la autoridad competente lo autoriza), que ha sido suscrito y es efectivo, en el momento de la notificación o, sí la autoridad competente que aprueba la fianza o el seguro equivalente lo autoriza, como muy tarde cuando el traslado tenga lugar, tal como se establece en el párrafo segundo del punto 5 del artículo 4 y en el artículo 6.

25.

Certificación por el notificante de que la información es completa y correcta hasta donde alcanza su conocimiento.

26.

Cuando el notificante no sea el productor de conformidad con el artículo 2, punto 15, letra a), inciso i), el notificante se asegurará de que también firme el documento de notificación previsto en el anexo IA el productor o una de las personas indicadas en el artículo 2, punto 15, letra a), incisos ii) o iii), si procede.

Parte 2 INFORMACIÓN QUE DEBE FACILITARSE EN EL DOCUMENTO DE MOVIMIENTO O ADJUNTARSE AL MISMO:

Se incluirá toda la información indicada en la parte 1, actualizada con los datos que figuran a continuación y añadiendo la información adicional que se especifica:

1.

Número de serie y número total de traslados.

2.

Fecha de inicio del traslado.

3.

Medio de transporte.

4.

Nombre, domicilio, teléfono, fax y correo electrónico de los transportistas.

5.

Itinerario (punto de entrada y salida de cada país afectado, incluidas las oficinas de aduana de entrada y/o salida y/o exportación de la Comunidad) y ruta (trayecto entre puntos de entrada y salida) previstos, incluidas las posibles alternativas, también en caso de presentarse circunstancias imprevistas.

6.

Cantidades.

7.

Tipo de embalaje.

8.

Precauciones especiales que deben adoptar los transportistas.

9.

Declaración del notificante de que se han recibido todas las autorizaciones necesarias por parte de las autoridades competentes de los países afectados. Esta declaración debe ser firmada por el notificante.

10.

Firmas pertinentes para cada transferencia de custodia.

Parte 3 INFORMACION Y DOCUMENTACIÓN ADICIONAL QUE PUEDEN SOLICITAR LAS AUTORIDADES COMPETENTES

1.

Tipo y duración de la autorización en virtud de la cual trabaja la instalación de valorización o eliminación.

2.

Copia de la autorización concedida con arreglo a los artículos 4 y 5 de la Directiva 96/61/CE.

3.

Información relativa a las medidas que deben adoptarse para garantizar la seguridad del transporte.

4.

La distancia de transporte entre el notificante y la instalación , incluidas las posibles rutas alternativas, también en caso de presentarse circunstancias imprevistas, y, en caso de transporte intermodal, el lugar en que se efectuará la transferencia.

5.

Información sobre el coste del transporte entre el notificante y la instalación .

6.

Copia del registro del transportista para el transporte de residuos.

7.

Análisis químico de la composición de los residuos.

8.

Descripción del proceso productivo de los residuos.

9.

Descripción del proceso de tratamiento de la instalación receptora.

10.

La fianza o seguro equivalente, o copia de los mismos.

11.

Información relativa al cálculo de la fianza o seguro equivalente que se establece en el párrafo segundo del punto 5 del artículo 4 y en el artículo 6.

12.

Copia del contrato a que se refieren los puntos 22 y 23 de la Parte 1.

13.

Copia de la póliza del seguro de responsabilidad por daños a terceros.

14.

Cualquier otra información pertinente para la evaluación de la notificación de conformidad con el presente Reglamento y con la legislación nacional.

ANEXO III

LISTA DE RESIDUOS SUJETOS AL REQUISITO GENERAL DE IR ACOMPAÑADOS DE DETERMINADA INFORMACIÓN (LISTA «VERDE» DE RESIDUOS) (1)

Independientemente de que los residuos estén o no incluidos en esta lista, no pueden estar sujetos al requisito general de ir acompañados de determinada información si están contaminados con otros materiales en un grado tal que

a)

aumente los riesgos asociados a los residuos lo suficiente como para que se considere oportuno someterlos al procedimiento previo de notificación y autorización por escrito, teniendo en cuenta las características de peligrosidad mencionadas en el anexo III de la Directiva 91/689/CEE, o

b)

impida la valorización de los residuos de manera ambientalmente correcta.

Parte I

Los siguientes residuos estarán sujetos al requisito general de ir acompañados de determinada información:

Residuos enumerados en el anexo IX del Convenio de Basilea (2).

A los efectos del presente Reglamento:

a)

Cualquier referencia a la Lista A del anexo IX del Convenio de Basilea se entenderá como referencia al anexo IV del presente Reglamento.

b)

En la categoría B1020 de Basilea, el término «en forma acabada en bruto» incluye todas las formas metálicas no dispersables (3) de la chatarra a las que se hace referencia.

c)

No es de aplicación la parte de la categoría B1100 de Basilea que se refiere a «escorias del tratamiento del cobre», etc., sino la categoría GB040 (OCDE) de la Parte II.

d)

No es de aplicación la categoría B1110 de Basilea, sino las categorías GC010 y GC020 (OCDE) de la Parte II.

e)

No es de aplicación la categoría B2050 de Basilea, sino la categoría GG040 (OCDE) de la Parte II.

f)

Se considerará que la parte de la categoría B3010 de Basilea que hace referencia a los residuos de polímeros fluorados incluye los polímeros y copolímeros de etileno fluorado (PTFE).

Parte II

Los residuos siguientes también estarán sujetos al requisito general de ir acompañados de determinada información.

Residuos que contengan metales, procedentes de la fundición, fusión y refinación de metales

GB040

7112

262030

262090

Escorias procedentes del tratamiento de metales preciosos y del cobre, destinados a refinación posterior

Otros residuos que contengan metales

GC010

 

Montajes eléctricos constituidos solamente por metales o aleaciones.

GC020

 

Chatarra electrónica (por ejemplo, circuitos impresos, componentes electrónicos, cables, etc.) y componentes electrónicos recuperados, adecuados para la valorización de metales comunes y preciosos.

GC030

ex 890800

Barcos y demás artefactos flotantes para desguace debidamente vaciados de toda carga y otros materiales derivados de la explotación del barco que puedan haberse clasificado como sustancias o residuos peligrosos.

GC050

 

Catalizadores de cracking en lecho fluido (FCC) usados (por ejemplo, óxido de aluminio o zeolitas).

Residuos de vidrio en forma no dispersable

GE020

ex 7001

ex 701939

Residuos de fibra de vidrio

Residuos cerámicos en forma no dispersable

GF010

 

Residuos de productos cerámicos cocidos después de darles forma, incluidos los recipientes de cerámica (antes o después de usar)

Otros residuos que contengan principalmente constituyentes inorgánicos, que puedan contener metales y materiales orgánicos

GG030

ex 2621

Cenizas de hogar y escorias de centrales eléctricas de carbón

GG040

ex 2621

Cenizas volantes de centrales eléctricas de carbón

Residuos de materias plásticas en forma sólida

GH013

391530

ex 390410-40

Polímeros de cloruro de vinilo

Residuos de las operaciones de curtido, peletería y utilización de pieles

GN010

ex 050200

Desperdicios de cerdas de jabalí o de cerdo, pelo de tejón y demás pelos de cepillería

GN020

ex 050300

Desperdicios de crin, incluso en capas con soporte o sin él

GN030

ex 050590

Desperdicios de pieles y de otras partes de aves, con las plumas o con el plumón, plumas y partes de plumas (incluso recortadas) y plumón, en bruto o simplemente limpiados, desinfectados o preparados para su conservación


(1)  Esta lista tiene su origen en el Apéndice 3 de la Decisión de la OCDE.

(2)  El anexo IX del Convenio de Basilea está incorporado al presente Reglamento en la lista B de la parte 1 del anexo V.

(3)  Los residuos en forma «no dispersable» no incluyen los residuos en forma de polvo, lodo, partículas o artículos sólidos que contengan residuos peligrosos en forma líquida.

ANEXO III A

MEZCLAS DE DOS O MÁS RESIDUOS ENUMERADOS EN EL ANEXO III QUE NO ESTÉN CLASIFICADAS EN UNA CATEGORÍA ESPECÍFICA A LAS QUE SE REFIERE EL APARTADO 2 DEL ARTÍCULO 3

 

ANEXO III B

OTROS RESIDUOS DE LA LISTA VERDE EN ESPERA DE SER INTRODUCIDOS EN LOS ANEXOS PERTINENTES DEL CONVENIO DE BASILEA O DE LA DECISIÓN DE LA OCDE, A LOS QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 58, APARTADO 1, LETRA b)

 

ANEXO IV

LISTA DE RESIDUOS SUJETOS AL PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN Y AUTORIZACIÓN PREVIAS POR ESCRITO (LISTA «ÁMBAR» DE RESIDUOS) (1)

Parte I

Los siguientes residuos estarán sujetos al procedimiento de notificación y autorización previas por escrito:

Residuos mencionados en los anexos II y VIII del Convenio de Basilea (2).

A los efectos del presente Reglamento:

a)

Cualquier referencia a la Lista B del anexo VIII del Convenio de Basilea se entenderá como referencia al anexo III del presente Reglamento.

b)

En la categoría A1010 de Basilea, la expresión «excluidos los residuos que figuren específicamente en la Lista B (anexo IX)» hace referencia tanto a la categoría B1020 de Basilea como a la nota sobre la categoría B1020 que figura en la letra b) de la parte I del anexo III del presente Reglamento.

c)

No son de aplicación las categorías A1180 y A2060 de Basilea, sino las categorías GC010, GC020 y GG040 de la OCDE de la Parte II del anexo III, según corresponda.

d)

La categoría A4050 de Basilea incluye revestimientos refractarios usados derivados de la fusión del aluminio porque contienen cianuros inorgánicos Y33. Si los cianuros se han destruido, los revestimientos refractarios usados se asignan a la categoría AB120 de la parte II porque contienen compuestos fluorados inorgánicos, salvo el fluoruro de calcio, Y32.

Parte II

Los residuos siguientes también estarán sujetos al requisito de notificación y autorización previas por escrito.

Residuos que contengan metales

AA010

261900

Escorias, batiduras y demás desperdicios de la fabricación de hierro y acero (3)

AA060

262050

Cenizas y residuos de vanadio (3)

AA190

810420

ex 810430

Residuos y chatarra de magnesio que sean inflamables, pirofóricos o que emitan, en contacto con el agua, gases inflamables en cantidades peligrosas

Residuos que contengan principalmente constituyentes inorgánicos, que puedan contener metales y materiales orgánicos

AB030

 

Residuos procedentes del tratamiento superficial de metales mediante productos no cianurados

AB070

 

Arenas utilizadas en las operaciones de fundición

AB120

ex 281290

ex 3824

Compuestos de haluros inorgánicos no especificados ni incluidos en otra categoría

AB130

 

Residuos de las operaciones de limpieza con chorro de arena

AB150

ex 382490

Sulfito de calcio y sulfato de calcio sin refinar procedentes de la desulfurización de los gases de combustión (FGD)

Residuos que contengan principalmente constituyentes orgánicos, que puedan contener metales y materiales inorgánicos

AC060

ex 381900

Fluidos hidráulicos

AC070

ex 381900

Líquidos de frenos

AC080

ex 382000

Líquidos anticongelantes

AC150

 

Clorofluorocarbonos

AC160

 

Halones

AC170

ex 440310

Residuos de corcho y de madera tratados

AC250

 

Agentes tensioactivos (agentes de superficie

AC260

ex 3101

Purines de cerdo; excrementos

AC270

 

Lodos procedentes de las aguas residuales

Residuos que puedan contener constituyentes inorgánicos u orgánicos

AD090

ex 382490

Residuos de la producción, de la preparación y de la utilización de productos y materiales reprográficos y fotográficos, no especificados ni incluidos en otra categoría

AD100

 

Residuos procedentes del tratamiento superficial de plásticos mediante productos no cianurados

AD120

ex 391400

ex 3915

Resinas intercambiadoras de iones

AD150

 

Materias orgánicas naturales utilizadas como medio filtrante (como los biofiltros)

Residuos que contengan principalmente constituyentes inorgánicos, que puedan contener metales y materiales orgánicos

RB020

ex 6815

Fibras cerámicas con propiedades físico-químicas similares a las del amianto


(1)  Esta lista tiene su origen en el Apéndice 4 de la Decisión de la OCDE.

(2)  El anexo VIII del Convenio de Basilea está incorporado al presente Reglamento en la Lista A de la parte 1 del anexo V. El anexo II del Convenio de Basilea contiene las siguientes entradas: Y 46 Residuos domésticos a menos que estén convenientemente clasificados en una categoría independiente en el anexo III. Y 47 Residuos resultantes de la incineración de residuos domésticos.

(3)  Esta entrada comprende los residuos en forma de cenizas, restos, escorias, grasas, productos del espumado, batiduras, polvos, lodos y tortas salvo que un material figure expresamente en otra entrada.

ANEXO IVA

RESIDUOS ENUMERADOS EN EL ANEXO III SUJETOS AL PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN Y AUTORIZACIÓN PREVIAS POR ESCRITO (APARTADO 3 DEL ARTÍCULO 3)

 

ANEXO V

RESIDUOS SUJETOS A LA PROHIBICIÓN DE EXPORTACIÓN DEL ARTÍCULO 36 NOTAS INTRODUCTORIAS

1. El presente anexo se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en la Directiva 75/442/CEE y en la Directiva 91/689/CEE.

2. El presente anexo consta de tres partes. Las partes 2 y 3 sólo se aplicarán en caso de que la parte 1 no sea de aplicación. Por lo tanto, para determinar si un residuo en concreto está cubierto por el presente anexo, hay que verificar primero si el residuo figura en la parte 1 del presente anexo, y si no es el caso, si está en la parte 2, y si tampoco es el caso, si se encuentra en la parte 3.

La parte 1 se divide en dos secciones: la Lista A, que enumera los residuos clasificados como peligrosos con arreglo a la letra a) del apartado 1 del artículo 1 del Convenio de Basilea y, por lo tanto, sujetos a la prohibición de exportación y la Lista B, que enumera los residuos que no están cubiertos por la letra a) del apartado 1 del artículo 1 del Convenio de Basilea y que, por lo tanto, no sujetos a la prohibición de exportación.

Así, si un residuo enumerado en la parte 1, hay que verificar si está en la Lista A o en la B. Sólo si un residuo no aparece ni en la Lista A ni en la B de la parte 1, debe comprobarse si está incluido entre los residuos peligrosos de la parte 2 (es decir, los residuos marcados con un asterisco) o en la 3 y, si es así, se le aplica entonces la prohibición de exportación.

3. Los residuos enumerados en la Lista B de la parte 1 o que figuran entre los residuos no peligrosos de la parte 2 (es decir, los residuos que no llevan asterisco) estarán sujetos a la prohibición de exportación si estuvieran contaminados por otros materiales en un grado tal que:

a)

aumente los riesgos asociados a los residuos lo suficiente como para que se considere oportuno someterlos al procedimiento de notificación y autorización previas por escrito, teniendo en cuenta las características de peligrosidad enumeradas en el anexo III de la Directiva 91/689/CEE, o

b)

impida la valorización de los residuos de manera ambientalmente correcta.

PARTE 1 (1)

Lista A (anexo VIII del Convenio de Basilea)

A1

Residuos de metales y residuos que contengan metales

A1010

Residuos de metales y residuos que estén constituidos por aleaciones de cualquiera de las sustancias siguientes:

Antimonio

Arsénico

Berilio

Cadmio

Plomo

Mercurio

Selenio

Telurio

Talio

pero excluidos los residuos que figuran específicamente en la Lista B.

A1020

Residuos, con exclusión de los residuos de metales en forma maciza, que estén constituidos o contaminados por cualquiera de las sustancias siguientes:

Antimonio; compuestos de antimonio

Berilio; compuestos de berilio

Cadmio; compuestos de cadmio

Plomo; compuestos de plomo

Selenio; compuestos de selenio

Telurio; compuestos de telurio

A1030

Residuos que tengan estén constituidos o contaminados por cualquiera de las sustancias siguientes:

Arsénico; compuestos de arsénico

Mercurio; compuestos de mercurio

Talio; compuestos de talio

A1040

Residuos que estén constituidos por cualquiera de las sustancias siguientes:

Carbonilos de metal

Compuestos de cromo hexavalente

A1050

Lodos de galvanización

A1060

Soluciones de residuos procedentes del decapado de metales

A1070

Residuos de lixiviación de la metalurgia del zinc, polvos y lodos tales como jarosita, hematites, etc.

A1080

Residuos de zinc no incluidos en la Lista B, que contengan plomo y cadmio en concentración suficiente para presentar características del anexo III

A1090

Cenizas de la incineración de cables de cobre recubiertos

A1100

Polvos y residuos de los sistemas de depuración de gases de las fundiciones de cobre

A1110

Soluciones electrolíticas usadas de las operaciones de refinación y extracción electrolítica del cobre

A1120

Residuos de lodos, excluidos los fangos anódicos, procedentes de los sistemas de depuración electrolítica de las operaciones de refinación y extracción electrolítica del cobre

A1130

Soluciones mordientes usadas que contengan cobre disuelto

A1140

Catalizadores usados de cloruro cúprico y cianuro de cobre

A1150

Cenizas de metales preciosos procedentes de la incineración de circuitos impresos no incluidas en la Lista B (2)

A1160

Acumuladores de plomo y ácido usados, enteros o triturados

A1170

Acumuladores usados sin clasificar, excluidas las mezclas que contengan únicamente acumuladores de la Lista B. Acumuladores usados no incluidos en la Lista B que contengan constituyentes del anexo I en tal grado que los conviertan en peligrosos

A1180

Residuos o chatarra (3) de montajes eléctricos y electrónicos que contengan componentes tales como acumuladores y otras baterías incluidos en la lista A, interruptores de mercurio, vidrio procedente de tubos de rayos catódicos y otros vidrios activados y condensadores de PCB, o que estén contaminados por constituyentes del anexo I (por ejemplo, cadmio, mercurio, plomo, policlorobifenilos) en tal grado que posean cualquiera de las características enumeradas en el anexo III (véase la categoría correspondiente en la Lista B B1110) (4)

A1190

Cables de metales de desecho con un revestimiento o un aislamiento de plásticos que contengan o estén contaminados con alquitrán de carbón, PCB (5), plomo, cadmio, otros compuestos organohalogenados u otros constituyentes del anexo I en tal grado que posean cualquiera de las características enumeradas en el anexo III

A2

Desechos que contengan principalmente constituyentes inorgánicos, que puedan contener metales o materiales orgánicos

A2010

Residuos de vidrio procedentes de tubos de rayos catódicos y otros vidrios activados

A2020

Residuos de compuestos inorgánicos de flúor en forma de líquidos o de lodos, pero excluidos los residuos de estas características especificados en la Lista B

A2030

Catalizadores usados, pero excluidos los especificados en la Lista B

A2040

Residuos de yeso procedentes de procesos de la industria química, si contienen constituyentes del anexo I en tal grado que presenten una característica peligrosa del anexo III (véase la categoría correspondiente en la Lista B B2080)

A2050

Residuos de amianto (polvo y fibras)

A2060

Cenizas volantes de centrales eléctricas de carbón que contengan sustancias del anexo I en concentración suficiente como para que presenten características del anexo III (véase la categoría correspondiente en la Lista B B2050)

A3

Residuos que contengan principalmente constituyentes orgánicos, que puedan contener metales y materiales inorgánicos

A3010

Residuos resultantes de la producción o del tratamiento del coque y asfalto de petróleo

A3020

Residuos de aceites minerales no aptos para el uso al que estaban destinados

A3030

Residuos que contengan, estén constituidos o estén contaminados por lodos de compuestos antidetonantes con plomo

A3040

Residuos de fluidos térmicos (transferencia de calor)

A3050

Residuos resultantes de la producción, formulación y utilización de resinas, látex, plastificantes, colas y adhesivos, excepto los residuos de estas características especificados en la Lista B (véase la categoría correspondiente en la Lista B B4020)

A3060

Residuos de nitrocelulosa

A3070

Residuos de fenoles, compuestos fenólicos, incluido el clorofenol, en forma de líquido o de lodo

A3080

Residuos de éteres excepto los especificados en la Lista B

A3090

Residuos de serrín, polvo, lodo y harina de cuero que contengan compuestos de cromo hexavalente o biocidas (véase la categoría correspondiente en la Lista B B3100)

A3100

Restos de recortes y demás desperdicios de cuero o de preparados de cuero, que no sirvan para la fabricación de artículos de cuero, que contengan compuestos de cromo hexavalente o biocidas (véase la categoría correspondiente en la Lista B B3090)

A3110

Residuos de peletería que contengan compuestos de cromo hexavalente, biocidas o sustancias infecciosas (véase la categoría correspondiente en la Lista B B3110)

A3120

Fracciones ligeras de la fragmentación (fluff-light)

A3130

Residuos de compuestos orgánicos de fósforo

A3140

Residuos de disolventes orgánicos no halogenados pero con exclusión de los especificados en la Lista B

A3150

Residuos de disolventes orgánicos halogenados

A3160

Residuos de la destilación no acuosa, halogenados o no halogenados, procedentes de las operaciones de valorización de disolventes orgánicos

A3170

Residuos resultantes de la producción de hidrocarburos alifáticos halogenados (tales como cloro-metano, dicloroetano, cloruro de vinilo, cloruro de vinilideno, cloruro de alilo y epidorhidrina)

A3180

Residuos, sustancias y artículos que contengan, estén constituidos o estén contaminados con policlorobifenilos (PCB), policloroterfenilos (PCT), naftalenos polidorados (PCN) o polibromobifenilos (PBB), o cualquier otro compuesto polibromado análogo, con una concentración igual o superior a 50 mg/kg (6)

A3190

Residuos alquitranados (con exclusión de los cementos asfálticos) resultantes de la refinación, destilación o cualquier tratamiento pirolítico de materiales orgánicos

A3200

Materiales bituminosos (residuos asfálticos) resultantes de la construcción y el mantenimiento de carreteras, que contengan alquitrán (véase la categoría correspondiente en la Lista B B2130)

A4

Desechos que puedan contener constituyentes inorgánicos u orgánicos

A4010

Residuos resultantes de la producción, preparación y utilización de productos farmacéuticos, pero con exclusión de los residuos especificados en la Lista B

A4020

Residuos clínicos y afines; es decir, residuos resultantes de prácticas médicas, de enfermería, odontología, veterinarias o actividades similares, y residuos generados en hospitales u otras instalaciones durante actividades de examen o tratamiento de pacientes, o de proyectos de investigación

A4030

Residuos resultantes de la producción, formulación y utilización de biocidas y productos fitofarmacéuticos, con inclusión de residuos de plaguicidas y herbicidas que no respondan a las especificaciones, caducados (7), o no aptos para el uso previsto originalmente

A4040

Residuos resultantes de la fabricación, formulación y utilización de productos químicos para la conservación de la madera (8)

A4050

Residuos que contengan, estén constituidos o estén contaminados con alguna de las sustancias siguientes:

Cianuros inorgánicos, con excepción de residuos en forma sólida que contengan metales preciosos, con trazas de cianuros inorgánicos

Cianuros orgánicos

A4060

Residuos de mezclas y emulsiones de aceites y agua o de hidrocarburos y agua

A4070

Residuos resultantes de la producción, formulación y utilización de tintas, colorantes, pigmentos, pinturas, lacas o barnices, con exclusión de los residuos de estas características especificados en la Lista B (véase la categoría correspondiente de la Lista B B4010)

A4080

Residuos de carácter explosivo (pero con exclusión de los residuos de estas características especificados en la Lista B)

A4090

Residuos de soluciones ácidas o básicas, distintos de los especificados en la categoría correspondiente de la Lista B (véase la categoría correspondiente de la Lista B B2120)

A4100

Residuos resultantes de la utilización de dispositivos de control de la contaminación industrial para la depuración de los gases industriales, pero con exclusión de los residuos de estas características especificados en la Lista B

A4110

Residuos que contengan, estén constituidos o estén contaminados con alguna de las sustancias siguientes:

cualquier sustancia de la familia de los dibenzofuranos polidorados

cualquier sustancia de la familia de las dibenzoparadioxinas policloradas

A4120

Residuos que contengan, estén constituidos o estén contaminados con peróxidos

A4130

Residuos de envases y contenedores que contengan sustancias del anexo I, en concentración suficiente como para que presenten características peligrosas del anexo III

A4140

Residuos que contengan o estén constituidos por productos químicos que no responden a las especificaciones o caducados (9) que correspondan a categorías del anexo I y que presenten características peligrosas del anexo III

A4150

Residuos de sustancias químicas, no identificadas o nuevas, resultantes de la investigación y el desarrollo o de las actividades de enseñanza y cuyos efectos en la salud humana o el medio ambiente no se conozcan

A4160

Carbón activado usado no incluido en la Lista B (véase la categoría correspondiente de la Lista B B2060)

Lista B (Anexo IX del Convenio de Basilea)

B1

Residuos de metales y residuos que contengan metales

B1010

Residuos de metales y de aleaciones de metales, en forma metálica y no dispersable:

Metales preciosos (oro, plata, el grupo del platino, pero no el mercurio)

Chatarra de hierro y acero

Chatarra de cobre

Chatarra de níquel

Chatarra de aluminio

Chatarra de cinc

Chatarra de estaño

Chatarra de tungsteno

Chatarra de molibdeno

Chatarra de tantalio

Chatarra de magnesio

Desechos de cobalto

Desechos de bismuto

Desechos de titanio

Desechos de circonio

Desechos de manganeso

Desechos de germanio

Desechos de vanadio

Desechos de hafnio, indio, niobio, renio y galio

Desechos de torio

Desechos de tierras raras

Desechos de cromo

B1020

Chatarra de metal limpia y no contaminada, incluidas las aleaciones, en forma acabada en bruto (chapas, planchas, vigas, barras, etc.), de:

Desechos de antimonio

Desechos de berilio

Desechos de cadmio

Desechos de plomo (pero con exclusión de las baterías de plomo-ácido)

Desechos de selenio

Desechos de telurio

B1030

Metales refractarios que contengan residuos

B1031

Residuos de metales y de aleaciones de metales de molibdeno, tungsteno, titanio, tantalio, niobio y renio, en forma metálica dispersable (polvo de metal), excluidos los residuos especificados en la categoría A1050, lodos de galvanización, de la Lista A.

B1040

Chatarra de montajes resultante de la generación de energía eléctrica, no contaminada con aceite lubricante, PCB o PCT en una cantidad que la haga peligrosa

B1050

Fracción pesada de la chatarra de mezcla de metales no férreos que no contenga materiales del anexo I en una concentración suficiente como para que presente características del anexo III (10)

B1060

Residuos de selenio y telurio en forma metálica elemental, incluso en forma de polvo

B1070

Residuos de cobre y de aleaciones de cobre en forma dispersable, a menos que contengan constituyentes del anexo I en una cantidad tal que les haga presentar alguna de las características del anexo III

B1080

Cenizas y residuos de cinc, incluidos los residuos de aleaciones de cinc en forma dispersable, a menos que contengan constituyentes del anexo I en una concentración tal que presenten alguna de las características del anexo III o presenten la característica peligrosa H4.3 (11)

B1090

Acumuladores usados que se ajusten a una especificación, con exclusión de los fabricados con plomo, cadmio o mercurio

B1100

Residuos que contengan metales resultantes de la fundición, fusión y refinación de metales:

Residuos de cinc duro

Espumas y grasos que contengan cinc:

Matas de galvanización de superficie con cinc en placas (>90 % Zn)

Matas de galvanización de fondo con cinc en placas (>92 % Zn)

Espumas de cinc del moldeo a presión (> 85 % Zn)

Matas de galvanización por inmersión en caliente con cinc en placas (>92 % Zn)

Residuos procedentes del espumado de zinc

Residuos procedentes del espumado de aluminio (o espumas) con exclusión de las escorias salinas

Escorias del tratamiento del cobre destinadas a un tratamiento o refinación posteriores, que no contengan arsénico, plomo o cadmio en tal grado que presenten características peligrosas del anexo III

Residuos de revestimientos refractarios, con inclusión de crisoles, derivados de la fundición del cobre

Escorias del tratamiento de metales preciosos destinados a una refinación posterior

Escorias de estaño que contengan tantalio, con menos del 0,5% de estaño

B1110

Montajes eléctricos y electrónicos:

Montajes electrónicos constituidos exclusivamente por metales o aleaciones

Residuos o chatarra de montajes eléctricos o electrónicos (12) (incluidos los circuitos impresos) que no contengan componentes tales como acumuladores y otras baterías incluidas en la Lista A, interruptores de mercurio, vidrio procedente de tubos de rayos catódicos u otros vidrios activados ni condensadores de PCB, o no estén contaminados por constituyentes del anexo I (por ejemplo, cadmio, mercurio, plomo, clorobifenilos) o de los que se hayan extraído estos constituyentes hasta el punto de que no posean ninguna de las características enumeradas en el anexo III (véase la categoría correspondiente de la Lista A A1180)

Montajes eléctricos o electrónicos (incluidos los circuitos impresos, componentes electrónicos y cables) destinados a la reutilización directa (13), y no al reciclado o a la eliminación final (14)

B1115

Cables de metates de desecho con un revestimiento o un aislamiento de plásticos que no estén enumerados en la categoría A1190 de la Lista A, sin contar aquellos que estén destinados a operaciones del anexo IVA o a cualquier otra operación de eliminación que implique, en una fase u otra, procesos térmicos no controlados, como por ejemplo la quema a cielo abierto

B1120

Catalizadores usados, con exclusión de líquidos utilizados como catalizadores, que contengan alguno de los siguientes elementos:

Metales de transición, con exclusión de los residuos de catalizadores (catalizadores usados, catalizadores líquidos usados u otros catalizadores) de la Lista A:

Escandio

Vanadio

Manganeso

Cobalto

Cobre

Itrio

Niobio

Hafnio

Tungsteno

Titanio

Cromo

Hierro

Níquel

Cinc

Circonio

Molibdeno

Tantalio

Renio

Lantánidos (metales del grupo de las tierras raras):

Lantanio

Praseodimio

Samario

Gadolinio

Disprosio

Erbio

Iterbio

Cerio

Neodimio

Europio

Terbio

Holmio

Tulio

Lutecio

B1130

Catalizadores usados limpios que contengan metales preciosos

B1140

Residuos en forma sólida de metales preciosos, que contengan trazas de cianuros inorgánicos

B1150

Residuos de metales preciosos y sus aleaciones (oro, plata, el grupo de platino, pero no el mercurio) en forma dispersable, no líquida, con un embalaje y etiquetado adecuados

B1160

Cenizas de metales preciosos resultantes de la incineración de circuitos impresos (véase la categoría correspondiente de la Lista A A1150)

B1170

Cenizas de metales preciosos resultantes de la incineración de películas fotográficas

B1180

Residuos de películas fotográficas que contengan haluros de plata y plata metálica

B1190

Residuos de papel para fotografía que contengan haluros de plata y plata metálica

B1200

Escoria granulada resultante de la fabricación de hierro y acero

B1210

Escoria resultante de la fabricación de hierro y acero, con inclusión de escorias que sean una fuente de TiO2 y vanadio

B1220

Escoria de la producción de zinc, químicamente estabilizada, con un elevado contenido de hierro (más de 20%) y tratada de conformidad con especificaciones industriales (por ejemplo, DIN 4301) principalmente con fines de construcción

B1230

Cascarilla de laminación resultante de la fabricación de hierro y acero

B1240

Cascarilla de laminación de óxido de cobre

B1250

Residuos de vehículos al final de su vida útil que no contengan ni líquidos ni otros componentes peligrosos

B2

Residuos que contengan principalmente constituyentes inorgánicos, que puedan contener metales y materiales orgánicos

B2010

Residuos resultantes de actividades mineras, en forma no dispersable:

Desechos de grafito natural

Desechos de pizarra, estén o no recortados en forma basta o simplemente cortados, mediante aserrado o de otra manera

Desechos de mica

Desechos de leucita, nefelina y sienita nefelínica

Desechos de feldespato

Desechos de espato flúor

Desechos de sílice en forma sólida, con exclusión de los utilizados en operaciones de fundición

B2020

Residuos de vidrio en forma no dispersable:

Desperdicios de vidrios rotos y otros desechos y escorias de vidrios, con excepción del vidrio de los tubos de rayos catódicos y otros vidrios activados

B2030

Residuos cerámicos en forma no dispersable:

desperdicios y desechos de «cermet» (compuestos a partir de cerámica y metal)

Fibras cerámicas no especificadas ni incluidas en otra categoría

B2040

Otros residuos que contengan principalmente constituyentes inorgánicos:

Sulfato de calcio parcialmente refinado resultante de la desulfuración de gases de combustión

Residuos de revestimientos o planchas de yeso resultantes de la demolición de edificios

Escorias de la producción de cobre, químicamente estabilizadas, con un elevado contenido de hierro (más de 20 %) y tratadas de conformidad con especificaciones industriales (por ejemplo DIN 4301 y DIN 8201) principalmente con fines de construcción y para aplicaciones como abrasivos

Azufre en forma sólida

Carbonato cálcico resultante de la producción de cianamida de calcio (con un pH inferior a 9)

Cloruros de sodio, potasio, calcio

Carborundo (carburo de silicio)

Hormigón en cascotes

Residuos de vidrio que contengan litio-tantalio y litio-niobio

B2050

Cenizas volantes de centrales eléctricas a carbón, no incluidas en la Lista A (véase la categoría correspondiente de la Lista A A2060)

B2060

Carbón activado usado que no contenga ningún constituyente del anexo I en una cantidad tal que presente características del anexo III, por ejemplo carbón resultante del tratamiento del agua potable y de procesos de la industria alimentaria y de la producción de vitaminas (véase la categoría correspondiente de la Lista A A4160)

B2070

Lodos de fluoruro de calcio

B2080

Residuos de yeso resultante de procesos de la industria química no incluidos en la Lista A (véase la categoría correspondiente de la Lista A A2040)

B2090

Ánodos usados resultantes de la producción de acero o aluminio, hechos de coque o asfalto de petróleo y limpiados con arreglo a las especificaciones normales de la industria (con exclusión de los ánodos usados resultantes de la electrólisis de cloro-álcali y de la industria metalúrgica)

B2100

Residuos de hidratos de aluminio y residuos de alúmina, y restos de la producción de alúmina, con exclusión de los materiales utilizados en procesos de depuración, floculación o filtrado de gases

B2110

Residuos de bauxita («lodos rojos») (pH moderado hasta menos de 11,5)

B2120

Residuos de soluciones ácidas o básicas con un pH superior a 2 o inferior a 11,5, que no sean corrosivos o peligrosos de otro modo (véase la categoría correspondiente de la Lista A A4090)

B2130

Materiales bituminosos (residuos asfálticos) resultantes de la construcción y el mantenimiento de carreteras, que no contengan alquitrán (15) (véase la categoría correspondiente en la Lista A A3200)

B3

Residuos que contengan principalmente constituyentes orgánicos, que pueden contener metales y materiales inorgánicos

B3010

Residuos de materias plásticas en forma sólida:

Los siguientes materiales plásticos o sus mezclas, siempre que no estén mezclados con otros residuos y estén preparados con arreglo a una especificación:

Desechos de plástico de polímeros y copolímeros no halogenados, con inclusión de los siguientes, pero sin limitarse a ellos (16):

etileno

estireno

polipropileno

tereftalato de polietileno

acrilonitrilo

butadieno

poliacetales

poliamidas

tereftalato de polibutileno

policarbonatos

poliéteres

sulfuras de polifenileno

polímeros acrílicos

alcanos C10-C13 (plastificantes)

poliuretano (que no contenga CFC)

polisiloxanos

polimetacrilato de metilo

alcohol polivinílico

butiral de polivinilo

acetato de polivinilo

Residuos de resinas curadas o productos de condensación, con inclusión de los siguientes:

resinas ureicas de formaldehído

resinas fenólicas de formaldehídos

resinas melamínicas de formaldehído

resinas epoxídicas

resinas alquídicas

poliamidas

Los siguientes residuos de polímeros fluorados (17):

Perfluoroetileno/propileno (FEP)

Perfluoro alcoxil alcano

Tetrafluoroetileno/perfluorovinil éter (PFA)

Tetrafluoroetileno/perfluorometilvinil éter (MFA)

Fluoruro de polivinilo (PVF)

Fluoruro de polivinilideno (PVDF)

B3020

Residuos de papel, cartón y productos del papel

Los materiales siguientes, siempre que no estén mezclados con desechos peligrosos:

Desperdicios y desechos de papel o cartón de:

papel o cartón sin blanquear o papel o cartón ondulado

otros papeles o cartones, obtenidos principalmente a partir de pasta química blanqueada, sin colorear en la masa

papel o cartón obtenido principalmente a partir de pasta mecánica (por ejemplo, periódicos, revistas y materiales impresos similares)

otros, con inclusión, pero sin limitarse a:

1)

cartón laminado,

2)

desperdicios sin triar

B3030

Residuos de materias textiles

Los siguientes materiales, siempre que no estén mezclados con otros residuos y estén preparados con arreglo a una especificación:

Desechos de seda (con inclusión de capullos inadecuados para el devanado, desechos de hilados y de materiales en hilachas)

que no estén cardados ni peinados

otros

Desechos de lana o de pelo animal, fino o basto, con inclusión de desechos de hilados pero con exclusión del material en hilachas

borras de lana o de pelo animal fino

otros desechos de lana o de pelo animal fino

desechos de pelo animal basto

Desechos de algodón, (con inclusión de los desechos de hilados y material en hilachas)

desechos de hilados (con inclusión de desechos de hilos)

material en hilachas

otros

Estopa y desechos de lino

Estopa y desechos (con inclusión de desechos de hilados y de material en hilachas) de cáñamo verdadero (Cannabis sativa L.)

Estopa y desechos (con inclusión de desechos de hilados y de material en hilachas) de yute y otras fibras textiles bastas (con exclusión del lino, el cáñamo verdadero y el ramio)

Estopa y desechos (con inclusión de desechos de hilados y de material en hilachas) de sisal y de otras fibras textiles del género Agave

Estopa, borras y desechos (con inclusión de desechos de hilados y de material en hilachas) de coco

Estopa, borras y desechos (con inclusión de desechos de hilados y de material en hilachas) de abaca (cáñamo de Manila o Musa textilis Nee)

Estopa, borras y desechos (con inclusión de desechos de hilados y material en hilachas) de ramio y otras fibras textiles vegetales, no especificadas o incluidas en otra categoría

Desechos (con inclusión de borras, desechos de hilados y de material en hilachas) de fibras no naturales

de fibras sintéticas

de fibras artificiales

Ropa usada y otros artículos textiles usados

Trapos usados, bramantes, cordelería y cables de desecho y artículos usados de bramante, cordelería o cables de materiales textiles

triados

otros

B3035

Residuos de alfombras, moquetas y recubrimientos de suelos de materiales textiles

B3040

Residuos de caucho

Los siguientes materiales, siempre que no estén mezclados con otros residuos:

Desechos y desperdicios de caucho endurecido (por ejemplo, ebonita)

Otros residuos de caucho (con exclusión de los residuos especificados en otra categoría)

B3050

Residuos de corcho y de madera sin tratar:

Desechos y desperdicios de madera, estén o no aglomerados en leños, briquetas, bolas o formas similares

Desechos de corcho: corcho triturado, granulado o pulverizado

B3060

Residuos resultantes de las industrias agroalimentarias siempre que no sean infecciosos:

Lías de vino

Desechos, desperdicios y subproductos vegetales secos y esterilizados, estén o no en forma de bolas, del tipo de los utilizados como pienso, no especificados o incluidos en otra categoría

Productos desgrasados: residuos resultantes del tratamiento de sustancias grasas o de ceras animales o vegetales

Desechos de huesos y de núcleos córneos, no elaborados, desgrasados, o simplemente preparados (pero sin cortar en forma determinada), tratados con ácido o desgelatinizados

Desechos de pescado

Cáscaras, cortezas, pieles y otros desechos del cacao

Otros residuos de la industria agroalimentaria, con exclusión de subproductos que satisfagan los requisitos y normas nacionales e internacionales para el consumo humano o animal

B3065

Residuos de aceites y grasas comestibles de origen animal o vegetal (por ejemplo, aceites de freír), siempre que no presenten alguna de las características del anexo III

B3070

Los siguientes residuos:

Desechos de pelo humano

Desechos de paja

Micelio de hongos desactivado resultantes de la producción de penicilina, para su utilización como piensos

B3080

Desechos, desperdicios y recortes de caucho

B3090

Recortes y otros desechos de cuero o de preparados de cuero, no aptos para la fabricación de artículos de cuero, con exclusión de los lodos de cuero, que no contengan compuestos de cromo hexavalente o biocidas (véase la categoría correspondiente de la Lista A A3100)

B3100

Residuos de serrín, polvo, lodo y harina de cuero que no contengan compuestos de cromo hexavalente ni biocidas (véase la categoría correspondiente en la Lista A A3090)

B3110

Residuos de peletería que no contengan compuestos de cromo hexavalente ni biocidas ni sustancias infecciosas (véase la categoría correspondiente de la Lista A A3110)

B3120

Residuos que estén constituidos por colorantes alimentarios

B3130

Residuos de éteres poliméricos y residuos de éteres monoméricos no peligrosos que no puedan formar peróxidos

B3140

Residuos de neumáticos, excluidas las destinadas a las operaciones del anexo IV.A

B4

Residuos que puedan contener componentes inorgánicos u orgánicos

B4010

Residuos que estén constituidos principalmente por pinturas, tintas y barnices endurecidos, con base de agua / o de látex, que no contengan disolventes orgánicos, metales pesados ni biocidas en tal grado que los conviertan en peligrosos (véase la categoría correspondiente en la Lista A A4070)

B4020

Residuos procedentes de la producción, formulación y utilización de resinas, látex, plastificantes, colas y adhesivos, que no figuren en la Lista A, sin disolventes ni otros contaminantes en tal grado que no presenten características del anexo III, por ejemplo, con base de agua, o colas con base de almidón de caseína, dextrina, éteres de celulosa, alcoholes polivinílicos (véase la categoría correspondiente en la Lista A A3050)

B4030

Aparatos fotográficos de un solo uso usados, con baterías no incluidas en la Lista A

PARTE 2

Residuos enumerados en el anexo de la Decisión 2000/532/CE (18)

01

RESIDUOS DE LA PROSPECCIÓN, EXTRACCIÓN DE MINAS Y CANTERAS Y TRATAMIENTOS FÍSICOS Y QUÍMICOS DE MINERALES

01 01

Residuos de la extracción de minerales

01 01 01

Residuos de la extracción de minerales metálicos

01 01 02

Residuos de la extracción de minerales no metálicos

01 03

Residuos de la transformación física y química de minerales metálicos

01 03 04*

Estériles que generan ácido procedentes de la transformación de sulfuros

01 03 05*

Otros estériles que contienen sustancias peligrosas

01 03 06

Estériles distintos de los especificados en los códigos 01 03 04 y 01 03 05

01 03 07*

Otros residuos que contienen sustancias peligrosas de la transformación física y química de minerales metálicos

01 03 08

Residuos de polvo y arenilla distintos de los especificados en el código 01 03 07

01 03 09

Lodos rojos de la producción de alúmina distintos de los especificados en el código 01 03 07

01 03 99

Residuos no especificados en otra categoría

01 04

Residuos de la transformación física y química de minerales no metálicos

01 04 07*

Residuos que contienen sustancias peligrosas procedentes de la transformación física y química de minerales no metálicos

01 04 08

Residuos de grava y rocas trituradas distintos de los especificados en el código 01 04 07

01 04 09

Residuos de arena y arcillas

01 04 10

Residuos de polvo y arenilla distintos de los especificados en el código 01 04 07

01 04 11

Residuos de la transformación de potasa y sal gema distintos de los especificados en el código 01 04 07

01 04 12

Estériles y otros residuos del lavado y limpieza de minerales distintos de los especificados en los códigos 01 04 07 y 01 04 11

01 04 13

Residuos del corte y serrado de piedra distintos de los especificados en el código 01 04 07

01 04 99

Residuos no especificados en otra categoría

01 05

Lodos y otros residuos de perforaciones

01 05 04

Lodos y residuos de perforaciones que contienen agua dulce

01 05 05*

Lodos y residuos de perforaciones que contienen hidrocarburos

01 05 06*

Lodos y otros residuos de perforaciones que contienen sustancias peligrosas

01 05 07

Lodos y otros residuos de perforaciones que contienen sales de bario distintos de los especificados en los códigos 01 05 05 y 01 05 06

01 05 08

Lodos y otros residuos de perforaciones que contienen cloruros distintos de los especificados en los códigos 0105 05 y 0105 06

01 05 99

Residuos no especificados en otra categoría

02

RESIDUOS DE LA AGRICULTURA, HORTICULTURA, ACUICULTURA, SILVICULTURA, CAZA Y PESCA; RESIDUOS DE LA PREPARACIÓN Y ELABORACIÓN DE ALIMENTOS

02 01

Residuos de la agricultura, horticultura, acuicultura, silvicultura, caza y pesca

02 01 01

Lodos de lavado y limpieza

02 01 02

Residuos de tejidos de animales

02 01 03

Residuos de tejidos de vegetales

02 01 04

Residuos de plásticos (excepto embalajes)

02 01 06

Heces de animales, orina y estiércol (incluida paja podrida) y efluentes recogidos selectivamente y tratados fuera del lugar donde se generan

02 01 07

Residuos de la silvicultura

02 01 08*

Residuos agroquímicos que contienen sustancias peligrosas

02 01 09

Residuos agroquímicos distintos de los especificados en el código 02 01 08

02 01 10

Residuos metálicos

02 01 99

Residuos no especificados en otra categoría

02 02

Residuos de la preparación y elaboración de carne, pescado y otros alimentos de origen animal

02 02 01

Lodos de lavado y limpieza

02 02 02

Residuos de tejidos de animales

02 02 03

Materiales inadecuados para el consumo o la elaboración

02 02 04

Lodos del tratamiento in situ de efluentes

02 02 99

Residuos no especificados en otra categoría

02 03

Residuos de la preparación y elaboración de frutas, hortalizas, cereales, aceites comestibles, cacao, café, té y tabaco; producción de conservas; producción de levadura y extracto de levadura, preparación y fermentación de melazas

02 03 01

Lodos de lavado, limpieza, pelado, centrifugado y separación

02 03 02

Residuos de conservantes

02 03 03

Residuos de la extracción con disolventes

02 03 04

Materiales inadecuados para el consumo o la elaboración

02 03 05

Lodos del tratamiento in situ de efluentes

02 03 99

Residuos no especificados en otra categoría

02 04

Residuos de la elaboración de azúcar

02 04 01

Tierra procedente de la limpieza y lavado de la remolacha

02 04 02

Carbonato cálcico fuera de especificación

02 04 03

Lodos del tratamiento in situ de efluentes

02 04 99

Residuos no especificados en otra categoría

02 05

Residuos de la industria de productos lácteos

02 05 01

Materiales inadecuados para el consumo o la elaboración

02 05 02

Lodos del tratamiento in situ de efluentes

02 05 99

Residuos no especificados en otra categoría

02 06

Residuos de la industria de panadería y pastelería

02 06 01

Materiales inadecuados para el consumo o la elaboración

02 06 02

Residuos de conservantes

02 06 03

Lodos del tratamiento in situ de efluentes

02 06 99

Residuos no especificados en otra categoría

02 07

Residuos de la producción de bebidas alcohólicas y no alcohólicas (excepto café, té y cacao)

02 07 01

Residuos de lavado, limpieza y reducción mecánica de materias primas

02 07 02

Residuos de la destilación de alcoholes

02 0703

Residuos del tratamiento químico

02 07 04

Materiales inadecuados para el consumo o la elaboración

02 07 05

Lodos del tratamiento in situ de efluentes

02 07 99

Residuos no especificados en otra categoría

03

RESIDUOS DE LA TRANSFORMACIÓN DE LA MADERA Y DE LA PRODUCCIÓN DE TABLEROS Y MUEBLES, PASTA DE PAPEL, PAPEL Y CARTÓN

03 01

Residuos de la transformación de la madera y de la producción de tableros y muebles

03 01 01

Residuos de corteza y corcho

03 01 04*

Serrín, virutas, recortes, madera, tableros de partículas y chapas que contienen sustancias peligrosas

03 01 05

Serrín, virutas, recortes, madera, tableros de partículas y chapas distintos de los especificados en el código 03 0104

03 01 99

Residuos no especificados en otra categoría

03 02

Residuos de los tratamientos de conservación de la madera

03 02 01*

Conservantes de la madera orgánicos no halogenados

03 02 02*

Conservantes de la madera organoclorados

03 02 03*

Conservantes de la madera organometálicos

03 02 04*

Conservantes de la madera inorgánicos

03 02 05*

Otros conservantes de la madera que contienen sustancias peligrosas

03 02 99

Conservantes de la madera no especificados en otra categoría

03 03

Residuos de la producción y transformación de pasta de papel, papel y cartón

03 03 01

Residuos de corteza y madera

03 03 02

Lodos de lejías verdes (procedentes de la valorización de lejías de cocción)

03 03 05

Lodos de destintado procedentes del reciclado de papel

03 03 07

Desechos, separados mecánicamente, de pasta elaborada a partir de residuos de papel y cartón

03 03 08

Residuos procedentes de la clasificación de papel y cartón destinados al reciclado

03 03 09

Residuos de lodos calizos

03 03 10

Residuos de fibras y lodos de fibras, de materiales de carga y de estucado, obtenidos por separación mecánica

03 03 11

Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 03 03 10

03 03 99

Residuos no especificados en otra categoría

04

RESIDUOS DE LAS INDUSTRIAS DEL CUERO, DE LA PIEL Y TEXTIL

04 01

Residuos de las industrias del cuero y de la piel

04 01 01

Carnazas y serrajes de encalado

04 01 02

Residuos de encalado

04 01 03*

Residuos de desengrasado que contienen disolventes sin fase líquida

04 01 04

Residuos líquidos de curtición que contienen cromo

04 01 05

Residuos líquidos de curtición que no contienen cromo

04 01 06

Lodos, en particular los procedentes del tratamiento in situ de efluentes, que contienen cromo

04 01 07

Lodos, en particular los procedentes del tratamiento in situ de efluentes, que no contienen cromo

04 01 08

Residuos de piel curtida (serrajes, rebajaduras, recortes y polvo de esmerilado) que contienen cromo

04 01 09

Residuos de confección y acabado

04 01 99

Residuos no especificados en otra categoría

04 02

Residuos de la industria textil

04 02 09

Residuos de materiales compuestos (textiles impregnados, elastómeros, plastómeros)

04 02 10

Materia orgánica de productos naturales (por ejemplo grasa, cera)

04 02 14*

Residuos del acabado que contienen disolventes orgánicos

04 02 15

Residuos del acabado distintos de los especificados en el código 04 02 14

04 02 16*

Colorantes y pigmentos que contienen sustancias peligrosas

04 02 17

Colorantes y pigmentos distintos de los especificados en el código 04 02 16

04 02 19*

Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias peligrosas

04 02 20

Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 04 02 19

04 02 21

Residuos de fibras textiles no procesadas

04 02 22

Residuos de fibras textiles procesadas

04 02 99

Residuos no especificados en otra categoría

05

RESIDUOS DEL REFINO DE PETRÓLEO, PURIFICACIÓN DEL GAS NATURAL Y TRATAMIENTO PIROLÍTICO DEL CARBÓN

05 01

Residuos del refino de petróleo

05 01 02*

Lodos de desalación

05 01 03*

Lodos de fondos de tanques

05 01 04*

Lodos de alquil ácido

05 01 05*

Derrames de hidrocarburos

05 01 06*

Lodos oleosos procedentes de operaciones de mantenimiento de plantas o aparatos

05 01 07*

Alquitranes ácidos

05 01 08*

Otros alquitranes

05 01 09*

Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias peligrosas

05 01 10

Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 05 0109

05 01 11*

Residuos de la depuración de combustibles con bases

05 01 12*

Hidrocarburos que contienen ácidos

05 01 13

Lodos procedentes del agua de alimentación de calderas

05 01 14

Residuos de columnas de refrigeración

05 01 15*

Arcillas de filtración usadas

05 01 16

Residuos que contienen azufre procedentes de la desulfuración del petróleo

05 01 17

Betunes

05 01 99

Residuos no especificados en otra categoría

05 06

Residuos del tratamiento pirolítico del carbón

05 06 01*

Alquitranes ácidos

05 06 03*

Otros alquitranes

05 06 04

Residuos de columnas de refrigeración

05 06 99

Residuos no especificados en otra categoría

05 07

Residuos de la purificación y el transporte de gas natural

05 07 01*

Residuos que contienen mercurio

05 07 02

Residuos que contienen azufre

05 07 99

Residuos no especificados en otra categoría

06

RESIDUOS DE PROCESOS QUÍMICOS INORGÁNICOS

06 01

Residuos de la fabricación, formulación, distribución y utilización (FFDU) de ácidos

06 01 01*

Ácido sulfúrico y ácido sulfuroso

06 01 02*

Ácido clorhídrico

06 01 03*

Ácido fluorhídrico

06 01 04*

Ácido fosfórico y ácido fosforoso

06 01 05*

Ácido nítrico y ácido nitroso

06 01 06*

Otros ácidos

06 01 99

Residuos no especificados en otra categoría

06 02

Residuos de la FFDU de bases

0 6 02 01*

Hidróxido cálcico

06 02 03*

Hidróxido amónico

06 02 04*

Hidróxido sódico y potásico

06 02 05*

Otras bases

06 02 99

Residuos no especificados en otra categoría

06 03

Residuos de la FFDU de sales y sus soluciones y de óxidos metálicos

06 03 11*

Sales sólidas y soluciones que contienen cianuros

06 03 13*

Sales sólidas y soluciones que contienen metales pesados

06 03 14

Sales sólidas y soluciones distintas de las especificadas en los códigos 06 03 11 y 06 03 13

06 03 15*

Óxidos metálicos que contienen metales pesados

06 03 16

Óxidos metálicos distintos de los especificados en el código 06 03 15

06 03 99

Residuos no especificados en otra categoría

06 04

Residuos que contienen metales distintos de los especificados en el código 06 03

06 04 03*

Residuos que contienen arsénico

06 04 04*

Residuos que contienen mercurio

06 04 05*

Residuos que contienen otros metales pesados

06 04 99

Residuos no especificados en otra categoría

06 05

Lodos del tratamiento in situ de efluentes

06 05 02*

Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias peligrosas

06 05 03

Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 06 05 02

06 06

Residuos de la FFDU de los productos químicos que contienen azufre, de procesos químicos del azufre y de procesos de desulfuración

06 06 02*

Residuos que contienen sulfuros peligrosos

06 06 03

Residuos que contienen sulfuros distintos de los especificados en el código 06 06 02

06 06 99

Residuos no especificados en otra categoría

06 07

Residuos de la FFDU de halógenos y de procesos químicos de los halógenos

06 07 01*

Residuos de electrólisis que contienen amianto

06 07 02*

Carbón activo procedente de la producción de cloro

06 07 03*

Lodos de sulfato bárico que contienen mercurio

06 07 04*

Soluciones y ácidos, por ejemplo, ácido de contacto

06 07 99

Residuos no especificados en otra categoría

06 08

Residuos de la FFDU del silicio y sus derivados

06 08 02*

Residuos que contienen clorosilanos peligrosos

06 08 99

Residuos no especificados en otra categoría

06 09

Residuos de la FFDU de productos químicos que contienen fósforo y de procesos químicos del fósforo

06 09 02

Escorias de fósforo

06 09 03*

Residuos cálcicos de reacción que contienen o están contaminados con sustancias peligrosas

06 09 04

Residuos cálcicos de reacción distintos de los especificados en el código 06 09 03

06 09 99

Residuos no especificados en otra categoría

06 10

Residuos de la FFDU de productos químicos que contienen nitrógeno y de procesos químicos del nitrógeno y de la fabricación de fertilizantes

06 10 02*

Residuos que contienen sustancias peligrosas

06 10 99

Residuos no especificados en otra categoría

06 11

Residuos de la fabricación de pigmentos inorgánicos y opacificantes

06 11 01

Residuos cálcicos de reacción procedentes de la producción de dióxido de titanio

06 11 99

Residuos no especificados en otra categoría

06 13

Residuos de procesos químicos inorgánicos no especificados en otra categoría

06 13 01*

Productos fitosanitarios inorgánicos, conservantes de la madera y otros biocidas

06 13 02*

Carbón activo usado (excepto el código 06 07 02)

06 13 03

Negro de carbón

06 13 04*

Residuos procedentes de la transformación del amianto

06 13 05*

Hollín

06 13 99

Residuos no especificados en otra categoría

07

RESIDUOS DE PROCESOS QUÍMICOS ORGÁNICOS

07 01

Residuos de la fabricación, formulación, distribución y utilización (FFDU) de productos químicos orgánicos de base

07 01 01*

Líquidos de limpieza y licores madre acuosos

07 01 03*

Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados

07 01 04*

Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos

07 01 07*

Residuos de reacción y de destilación halogenados

07 01 08*

Otros residuos de reacción y de destilación

07 01 09*

Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados

07 01 10*

Otras tortas de filtración y absorbentes usados

07 01 11*

Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias peligrosas

07 01 12

Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 07 01 11

07 01 99

Residuos no especificados en otra categoría

07 02

Residuos de la FFDU de plásticos, caucho sintético y fibras artificiales

07 02 01*

Líquidos de limpieza y licores madre acuosos

07 02 03*

Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados

07 02 04*

Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos

07 02 07*

Residuos de reacción y de destilación halogenados

07 02 08*

Otros residuos de reacción y de destilación

07 02 09*

Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados

07 02 10*

Otras tortas de filtración y absorbentes usados

07 02 11*

Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias peligrosas

07 02 12

Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 07 02 11

07 02 13

Residuos de plástico

07 02 14*

Residuos procedentes de aditivos que contienen sustancias peligrosas

07 02 15

Residuos procedentes de aditivos distintos de los especificados en el código 07 02 14

07 02 16*

Residuos que contienen siliconas peligrosas

07 02 17

Residuos que contienen siliconas distintas de las especificadas en el código 07 02 16

07 02 99

Residuos no especificados en otra categoría

07 03

Residuos de la FFDU de tintes y pigmentos orgánicos (excepto los del subcapítulo 06 11)

07 03 01*

Líquidos de limpieza y licores madre acuosos

07 03 03*

Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados

07 03 04*

Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos

07 03 07*

Residuos de reacción y de destilación halogenados

07 03 08*

Otros residuos de reacción y de destilación

07 03 09*

Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados

07 03 10*

Otras tortas de filtración y absorbentes usados

07 03 11*

Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias peligrosas

07 03 12

Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 07 03 11

07 03 99

Residuos no especificados en otra categoría

07 04

Residuos de la FFDU de productos fitosanitarios orgánicos (excepto los de los códigos 02 01 08 y 02 01 09), de conservantes de la madera (excepto los del subcapítulo 03 02) y de otros biocidas

07 04 01*

Líquidos de limpieza y licores madre acuosos

07 04 03*

Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados

07 04 04*

Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos

07 04 07*

Residuos de reacción y de destilación halogenados

07 04 08*

Otros residuos de reacción y de destilación

07 04 09*

Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados

07 04 10*

Otras tortas de filtración y absorbentes usados

07 04 11*

Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias peligrosas

07 04 12

Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 07 04 11

07 04 13*

Residuos sólidos que contienen sustancias peligrosas

07 04 99

Residuos no especificados en otra categoría

07 05

Residuos de la FFDU de productos farmacéuticos

07 05 01*

Líquidos de limpieza y licores madre acuosos

07 05 03*

Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados

07 05 04*

Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos

07 05 07*

Residuos de reacción y de destilación halogenados

07 05 08*

Otros residuos de reacción y de destilación

07 05 09*

Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados

07 05 10*

Otras tortas de filtración y absorbentes usados

07 05 11*

Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias peligrosas

07 05 12

Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 07 05 11

07 05 13*

Residuos sólidos que contienen sustancias peligrosas

07 05 14

Residuos sólidos distintos de los especificados en el código 07 05 13

07 05 99

Residuos no especificados en otra categoría

07 06

Residuos de la FFDU de grasas, jabones, detergentes, desinfectantes y cosméticos

07 06 01*

Líquidos de limpieza y licores madre acuosos

07 06 03*

Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados

07 06 04*

Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos

07 06 07*

Residuos de reacción y de destilación halogenados

07 06 08*

Otros residuos de reacción y de destilación

07 06 09*

Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados

07 06 10*

Otras tortas de filtración y absorbentes usados

07 06 11*

Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias peligrosas

07 06 12

Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 07 06 11

07 06 99

Residuos no especificados en otra categoría

07 07

Residuos de la FFDU de productos químicos resultantes de la química fina y productos químicos no especificados en otra categoría

07 07 01*

Líquidos de limpieza y licores madre acuosos

07 07 03*

Disolventes, líquidos de limpieza y licores madre organohalogenados

07 07 04*

Otros disolventes, líquidos de limpieza y licores madre orgánicos

07 07 07*

Residuos de reacción y de destilación halogenados

07 07 08*

Otros residuos de reacción y de destilación

07 07 09*

Tortas de filtración y absorbentes usados halogenados

07 07 10*

Otras tortas de filtración y absorbentes usados

07 07 11*

Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias peligrosas

07 07 12

Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 07 07 11

07 07 99

Residuos no especificados en otra categoría

08

RESIDUOS DE LA FABRICACIÓN, FORMULACIÓN, DISTRIBUCIÓN Y UTILIZACIÓN (FFDU) DE EVESTIMIENTOS (PINTURAS, BARNICES Y ESMALTES VÍTREOS), ADHESIVOS, SELLANTES Y TINTAS DE IMPRESIÓN

08 01

Residuos de la FFDU y del decapado o eliminación de pintura y barniz

08 01 11*

Residuos de pintura y barniz que contienen disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas

08 01 12

Residuos de pintura y barniz distintos de los especificados en el código 08 01 11

08 01 13*

Lodos de pintura o barniz que contienen disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas

08 01 14

Lodos de pintura o barniz distintos de los especificados en el código 08 01 13

08 01 15*

Lodos acuosos que contienen pintura o barniz con disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas

08 01 16

Lodos acuosos que contienen pintura o barniz distintos de los especificados en el código 08 01 15

08 01 17*

Residuos del decapado o eliminación de pintura o barniz que contienen disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas

08 01 18

Residuos del decapado o eliminación de pintura o barniz distintos de los especificados en el código 08 01 17

08 01 19*

Suspensiones acuosas que contienen pintura o barniz con disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas

08 01 20

Suspensiones acuosas que contienen pintura o barniz distintas de las especificadas en el código 08 01 19

08 01 21*

Residuos de decapantes o desbarnizadores

08 01 99

Residuos no especificados en otra categoría

08 02

Residuos de la FFDU de otros revestimientos (incluidos materiales cerámicos)

08 02 01

Residuos de arenillas de revestimiento

08 02 02

Lodos acuosos que contienen materiales cerámicos

08 02 03

Suspensiones acuosas que contienen materiales cerámicos

08 02 99

Residuos no especificados en otra categoría

08 03

Residuos de la FFDU de tintas de impresión

08 03 07

Lodos acuosos que contienen tinta

08 03 08

Residuos líquidos acuosos que contienen tinta

08 03 12*

Residuos de tintas que contienen sustancias peligrosas

08 03 13

Residuos de tintas distintos de los especificados en el código 08 03 12

08 03 14*

Lodos de tintas que contienen sustancias peligrosas

08 03 15

Lodos de tintas distintos de los especificados en el código 08 03 14

08 03 16*

Residuos de soluciones corrosivas

08 03 17*

Residuos de toner de impresión que contienen sustancias peligrosas

08 03 18

Residuos de toner de impresión distintos de los especificados en el código 08 03 17

08 03 19*

Aceites de dispersión

08 03 99

Residuos no especificados en otra categoría

08 04

Residuos de la FFDU de adhesivos y sellantes (incluidos productos de impermeabilización)

08 04 09*

Residuos de adhesivos y sellantes que contienen disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas

08 04 10

Residuos de adhesivos y sellantes distintos de los especificados en el código 08 0409

08 04 11*

Lodos de adhesivos y sellantes que contienen disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas

08 04 12

Lodos de adhesivos y sellantes distintos de los especificados en el código 08 04 11

08 04 13*

Lodos acuosos que contienen adhesivos o sellantes con disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas

08 04 14

Lodos acuosos que contienen adhesivos o sellantes distintos de los especificados en el código 08 04 13

08 04 15*

Residuos líquidos acuosos que contienen adhesivos o sellantes con disolventes orgánicos u otras sustancias peligrosas

08 04 16

Residuos líquidos acuosos que contienen adhesivos o sellantes distintos de los especificados en el código 08 04 15

08 04 17*

Aceite de resina

08 04 99

Residuos no especificados en otra categoría

08 05

Residuos no especificados de otra forma en el capítulo 08

08 05 01*

Isocianatos residuales

09

RESIDUOS DE LA INDUSTRIA FOTOGRÁFICA

09 01

Residuos de la industria fotográfica

09 01 01*

Soluciones de revelado y soluciones activadoras al agua

09 01 02*

Soluciones de revelado de placas de impresión al agua

09 01 03*

Soluciones de revelado con disolventes

09 01 04*

Soluciones de fijado

09 01 05*

Soluciones de blanqueo y soluciones de blanqueo-fijado

09 01 06*

Residuos que contienen plata procedente del tratamiento in situ de residuos fotográficos

09 01 07

Películas y papel fotográfico que contienen plata o compuestos de plata

09 01 08

Películas y papel fotográfico que no contienen plata ni compuestos de plata

09 01 10

Cámaras de un solo uso sin pilas ni acumuladores

09 01 11*

Cámaras de un solo uso que contienen pilas o acumuladores incluidos en los códigos 16 06 01, 16 06 02 ó 16 06 03

09 01 12

Cámaras de un solo uso que contienen pilas o acumuladores distintas de las especificadas en el código 09 01 11

09 01 13*

Residuos líquidos acuosos procedentes de la recuperación in situ de plata distintos de los especificados en el código 09 01 09

09 01 99

Residuos no especificados en otra categoría

10

RESIDUOS DE PROCESOS TÉRMICOS

10 01

Residuos de centrales eléctricas y otras plantas de combustión (excepto el capítulo 19)

10 01 01

Cenizas de hogar, escorias y polvo de caldera (excepto el polvo de caldera especificado en el código 10 01 04)

10 01 02

Cenizas volantes de carbón

10 01 03

Cenizas volantes de turba y de madera (no tratada)

10 01 04*

Cenizas volantes y polvo de caldera de hidrocarburos

10 01 05

Residuos cálcicos de reacción, en forma sólida, procedentes de la desulfuración de gases de combustión

10 01 07

Residuos cálcicos de reacción, en forma de lodos, procedentes de la desulfuración de gases de combustión

10 01 09*

Ácido sulfúrico

10 01 13*

Cenizas volantes de hidrocarburos emulsionados usados como combustibles

10 01 14*

Cenizas de hogar, escorias y polvo de caldera procedentes de la coincineración que contienen sustancias peligrosas

10 01 15

Cenizas de hogar, escorias y polvo de caldera procedentes de la coincineración distintos de los especificados en el código 10 01 04

10 01 16*

Cenizas volantes procedentes de la coincineración que contienen sustancias peligrosas

10 01 17

Cenizas volantes procedentes de la coincineración distintas de las especificadas en el código 10 01 16

10 01 18*

Residuos procedentes de la depuración de gases que contienen sustancias peligrosas

10 01 19

Residuos procedentes de la depuración de gases distintos de los especificados en los códigos 10 01 05, 10 01 07 y 10 01 18

10 01 20*

Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias peligrosas

10 01 21

Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 10 01 20

10 01 22*

Lodos acuosos que contienen sustancias peligrosas procedentes de la limpieza de calderas

10 01 23

Lodos acuosos procedentes de la limpieza de calderas distintos de los especificados en el código 10 01 22

10 01 24

Arenas de lechos fluidizados

10 01 25

Residuos procedentes del almacenamiento y preparación de combustible de centrales termoeléctricas de carbón

10 01 26

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración

10 01 99

Residuos no especificados en otra categoría

10 02

Residuos de la industria del hierro y del acero

10 02 01

Residuos del tratamiento de escorias

10 02 02

Escorias no tratadas

10 02 07*

Residuos sólidos del tratamiento de gases que contienen sustancias peligrosas

10 02 08

Residuos sólidos del tratamiento de gases distintos de los especificados en el código 10 02 07

10 02 10

Cascarilla de laminación

10 02 11*

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen aceites

10 02 12

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración distintos de los especificados en el código 10 02 11

10 02 13*

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases que contienen sustancias peligrosas

10 02 14

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases distintos de los especificados en el código 10 02 13

10 02 15

Otros lodos y tortas de filtración

10 02 99

Residuos no especificados en otra categoría

10 03

Residuos de la termometalurgia del aluminio

10 03 02

Fragmentos de ánodos

10 03 04*

Escorias de la producción primaria

10 03 05

Residuos de alúmina

10 03 08*

Escorias salinas de la producción secundaria

10 03 09*

Granzas negras de la producción secundaria

10 03 15*

Espumas inflamables o que emiten, en contacto con el agua, gases inflamables en cantidades peligrosas

10 03 16

Espumas distintas de las especificadas en el código 10 03 15

10 03 17*

Residuos que contienen alquitrán procedentes de la fabricación de ánodos

10 03 18

Residuos que contienen carbón procedentes de la fabricación de ánodos distintos de los especificados en el código 10 03 17

10 03 19*

Partículas, procedentes de los efluentes gaseosos, que contienen sustancias peligrosas

10 03 20

Partículas procedentes de los efluentes gaseosos distintas de las especificadas en el código 10 03 19

10 03 21*

Otras partículas y polvo (incluido el polvo de molienda) que contienen sustancias peligrosas

10 03 22

Otras partículas y polvo (incluido el polvo de molienda) distintos de los especificados en el código 10 03 21

10 03 23*

Residuos sólidos del tratamiento de gases que contienen sustancias peligrosas

10 03 24

Residuos sólidos del tratamiento de gases distintos de los especificados en el código 10 03 23

10 03 25*

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases que contienen sustancias peligrosas

10 03 26

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases distintos de los especificados en el código 10 03 25

10 03 27*

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen aceites

10 03 28

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración distintos de los especificados en el código 10 03 27

10 03 29*

Residuos del tratamiento de escorias salinas y granzas negras que contienen sustancias peligrosas

10 03 30

Residuos del tratamiento de escorias salinas y granzas negras distintos de los especificados en el código 10 03 29

10 03 99

Residuos no especificados en otra categoría

10 04

Residuos de la termometalurgia del plomo

10 04 01*

Escorias de la producción primaria y secundaria

10 04 02*

Granzas y espumas de la producción primaria y secundaria

10 04 03*

Arseniato de calcio

10 04 04*

Partículas procedentes de los efluentes gaseosos

10 04 05*

Otras partículas y polvos

10 04 06*

Residuos sólidos del tratamiento de gases

10 04 07*

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases

10 04 09*

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen aceites

10 04 10

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración distintos de los especificados en el código 10 04 09

10 04 99

Residuos no especificados en otra categoría

10 05

Residuos de la termometalurgia del zinc

10 05 01

Escorias de la producción primaria y secundaria

10 05 03*

Partículas procedentes de los efluentes gaseosos

10 05 04

Otras partículas y polvos

10 05 05*

Residuos sólidos del tratamiento de gases

10 05 06*

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases

10 05 08*

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen aceites

10 05 09

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración distintos de los especificados en el código 10 05 08

10 05 10*

Granzas y espumas inflamables o que emiten, en contacto con el agua, gases inflamables en cantidades peligrosas

10 05 11

Granzas y espumas distintas de las especificadas en el código 10 05 10

10 05 99

Residuos no especificados en otra categoría

10 06

Residuos de la termometalurgia del cobre

10 06 01

Escorias de la producción primaria y secundaria

10 06 02

Granzas y espumas de la producción primaria y secundaria

10 06 03*

Partículas procedentes de los efluentes gaseosos

10 06 04

Otras partículas y polvos

10 06 06*

Residuos sólidos del tratamiento de gases

10 06 07*

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases

10 06 09*

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen aceites

10 06 10

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración distintos de los especificados en el código 10 06 09

10 06 99

Residuos no especificados en otra categoría

10 07

Residuos de la termometalurgia de la plata, oro y platino

10 07 01

Escorias de la producción primaria y secundaria

10 07 02

Granzas y espumas de la producción primaria y secundaria

10 07 03

Residuos sólidos del tratamiento de gases

10 07 04

Otras partículas y polvos

10 07 05

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases

10 07 07*

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen aceites

10 07 08

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración distintos de los especificados en el código 10 07 07

10 07 99

Residuos no especificados en otra categoría

10 08

Residuos de la termometalurgia de otros metales no férreos

10 08 04

Partículas y polvo

10 08 08*

Escorias salinas de la producción primaria y secundaria

10 08 09

Otras escorias

10 08 10*

Granzas y espumas inflamables o que emiten, en contacto con el agua, gases inflamables en cantidades peligrosas

10 08 11

Granzas y espumas distintas de las especificadas en el código 10 08 10

10 08 12*

Residuos que contienen alquitrán procedentes de la fabricación de ánodos

10 08 13

Residuos que contienen carbón procedentes de la fabricación de ánodos distintos de los especificados en el código 10 08 12

10 08 14

Fragmentos de ánodos

10 08 15*

Partículas procedentes de los efluentes gaseosos que contienen sustancias peligrosas

10 08 16

Partículas procedentes de los efluentes gaseosos distintas de las especificadas en el código 10 08 15

10 08 17*

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de efluentes gaseosos que contienen sustancias peligrosas

10 08 18

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de efluentes gaseosos distintos de los especificados en el código 10 08 17

10 08 19*

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración que contienen aceites

10 08 20

Residuos del tratamiento del agua de refrigeración distintos de los especificados en el código 10 08 19

10 08 99

Residuos no especificados en otra categoría

10 09

Residuos de la fundición de piezas férreas

10 09 03

Escorias de horno

10 09 05*

Machos y moldes de fundición sin colada que contienen sustancias peligrosas

10 09 06

Machos y moldes de fundición sin colada distintos de los especificados en el código 10 09 05

10 09 07*

Machos y moldes de fundición con colada que contienen sustancias peligrosas

10 09 08

Machos y moldes de fundición con colada distintos de los especificados en el código 10 09 07

10 09 09*

Partículas procedentes de los efluentes gaseosos que contienen sustancias peligrosas

10 09 10

Partículas procedentes de los efluentes gaseosos distintas de las especificadas en el código 10 09 09

10 09 11*

Otras partículas que contienen sustancias peligrosas

10 09 12

Otras partículas distintas de las especificadas en el código 10 09 11

10 09 13*

Ligantes residuales que contienen sustancias peligrosas

10 09 14

Ligantes residuales distintos de los especificados en el código 10 09 13

10 09 15*

Residuos de agentes indicadores de fisuración que contienen sustancias peligrosas

10 09 16

Residuos de agentes indicadores de fisuración distintos de los especificados en el código 10 09 15

10 09 99

Residuos no especificados en otra categoría

10 10

Residuos de la fundición de piezas no férreas

10 10 03

Escorias de horno

10 10 05*

Machos y moldes de fundición sin colada que contienen sustancias peligrosas

10 10 06

Machos y moldes de fundición sin colada distintos de los especificados en el código 10 10 05

10 10 07*

Machos y moldes de fundición con colada que contienen sustancias peligrosas

10 10 08

Machos y moldes de fundición con colada distintos de los especificados en el código 10 10 07

10 10 09*

Partículas procedentes de los efluentes gaseosos que contienen sustancias peligrosas

10 10 10

Partículas procedentes de los efluentes gaseosos distintas de las especificadas en el código 10 10 09

10 10 11*

Otras partículas que contienen sustancias peligrosas

10 10 12

Otras partículas distintas de las especificadas en el código 10 10 11

10 10 13*

Ligantes residuales que contienen sustancias peligrosas

10 10 14

Ligantes residuales distintos de los especificados en el código 10 10 13

10 10 15*

Residuos de agentes indicadores de fisuración que contienen sustancias peligrosas

10 10 16

Residuos de agentes indicadores de fisuración distintos de los especificados en el código 10 10 15

10 10 99

Residuos no especificados en otra categoría

10 11

Residuos de la fabricación del vidrio y sus derivados

10 11 03

Residuos de materiales de fibra de vidrio

10 11 05

Partículas y polvo

10 11 09*

Residuos de la preparación de mezclas antes del proceso de cocción que contienen sustancias peligrosas

10 11 10

Residuos de la preparación de mezclas antes del proceso de cocción distintos de los especificados en el código 10 11 09

10 11 11*

Residuos de pequeñas partículas de vidrio y de polvo de vidrio que contienen metales pesados (por ejemplo, de tubos catódicos)

10 11 12

Residuos de vidrio distintos de los especificados en el código 10 11 11

10 11 13*

Lodos procedentes del pulido y esmerilado del vidrio que contienen sustancias peligrosas

10 11 14

Lodos procedentes del pulido y esmerilado del vidrio distintos de los especificados en el código 10 11 13

10 11 15*

Residuos sólidos del tratamiento de efluentes gaseosos que contienen sustancias peligrosas

10 11 16

Residuos sólidos del tratamiento de efluentes gaseosos distintos de los especificados en el código 10 11 15

10 11 17*

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de efluentes gaseosos que contienen sustancias peligrosas

10 11 18

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de efluentes gaseosos distintos de los especificados en el código 10 11 17

10 11 19*

Residuos sólidos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias peligrosas

10 11 20

Residuos sólidos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 10 11 19

10 11 99

Residuos no especificados en otra categoría

10 12

Residuos de la fabricación de productos cerámicos, ladrillos, tejas y materiales de construcción

10 12 01

Residuos de la preparación de mezclas antes del proceso de cocción

10 12 03

Partículas y polvo

10 12 05

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases

10 12 06

Moldes desechados

10 12 08

Residuos de cerámica, ladrillos, tejas y materiales de construcción (después del proceso de cocción)

10 12 09*

Residuos sólidos del tratamiento de gases que contienen sustancias peligrosas

10 12 10

Residuos sólidos del tratamiento de gases distintos de los especificados en el código 10 12 09

10 12 11*

Residuos de vidriado que contienen metales pesados

10 12 12

Residuos de vidriado distintos de los especificados en el código 10 12 11

10 12 13

Lodos del tratamiento in situ de efluentes

10 12 99

Residuos no especificados en otra categoría

10 13

Residuos de la fabricación de cemento, cal y yeso y de productos derivados

10 13 01

Residuos de la preparación de mezclas antes del proceso de cocción

10 13 04

Residuos de calcinación e hidratación de cal

10 13 06

Partículas y polvo (excepto los códigos 10 13 12 y 10 13 13)

10 13 07

Lodos y tortas de filtración del tratamiento de gases

10 13 09*

Residuos de la fabricación de fibrocemento que contienen amianto

10 13 10

Residuos de la fabricación de fibrocemento distintos de los especificados en el código 10 13 09

10 13 11

Residuos de materiales compuestos a base de cemento distintos de los especificados en los códigos 10 13 09 y 10 13 10

10 13 12*

Residuos sólidos del tratamiento de gases que contienen sustancias peligrosas

10 13 13

Residuos sólidos del tratamiento de gases distintos de los especificados en el código 10 13 12

10 13 14

Residuos de hormigón y lodos de hormigón

10 13 99

Residuos no especificados en otra categoría

10 14

Residuos de crematorios

10 14 01*

Residuos de la depuración de gases que contienen mercurio

11

RESIDUOS DEL TRATAMIENTO QUÍMICO DE SUPERFICIE Y DEL RECUBRIMIENTO DE METALES Y OTROS MATERIALES; RESIDUOS DE LA HIDROMETALURGIA NO FÉRREA

11 01

Residuos del tratamiento químico de superficie y del recubrimiento de metales y otros materiales (por ejemplo, procesos de galvanización, procesos de recubrimiento con zinc, procesos de decapado, grabado, fosfatación, desengrasado alcalino y anodización)

11 01 05*

Ácidos de decapado

11 01 06*

Ácidos no especificados en otra categoría

11 01 07*

Bases de decapado

11 01 08*

Lodos de fosfatación

11 01 09*

Lodos y tortas de filtración que contienen sustancias peligrosas

11 01 10

Lodos y tortas de filtración distintos de los especificados en el código 11 01 09

11 01 11*

Líquidos acuosos de enjuague que contienen sustancias peligrosas

11 01 12

Líquidos acuosos de enjuague distintos de los especificados en el código 11 01 11

11 01 13*

Residuos desengrasado que contienen sustancias peligrosas

11 01 14

Residuos de desengrasado distintos de los especificados en el código 11 01 13

11 01 15*

Eluatos y lodos procedentes de sistemas de membranas o de intercambio iónico que contienen sustancias peligrosas

11 01 16*

Resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas

11 01 98*

Otros residuos que contienen sustancias peligrosas

11 01 99

Residuos no especificados en otra categoría

11 02

Residuos de procesos hidrometalúrgicos no férreos

11 02 02*

Lodos de la hidrometalurgia del zinc (incluidas jarosita, goethita)

11 02 03

Residuos de la producción de ánodos para procesos de electrólisis acuosa

11 02 05*

Residuos de procesos de la hidrometalurgia del cobre que contienen sustancias peligrosas

11 02 06

Residuos de la hidrometalurgia del cobre distintos de los especificados en el código 11 02 05

11 02 07*

Otros residuos que contienen sustancias peligrosas

11 02 99

Residuos no especificados en otra categoría

11 03

Lodos y sólidos de procesos de temple

11 03 01*

Residuos que contienen cianuro

11 03 02*

Otros residuos

11 05

Residuos de procesos de galvanización en caliente

11 05 01

Matas de galvanización

11 05 02

Cenizas de zinc

11 05 03*

Residuos sólidos del tratamiento de gases

11 05 04*

Fundentes usados

11 05 99

Residuos no especificados en otra categoría

12

RESIDUOS DEL MOLDEADO Y DEL TRATAMIENTO FÍSICO Y MECÁNICO DE SUPERFICIE DE METALES Y PLÁSTICOS

12 01

Residuos del moldeado y tratamiento físico y mecánico de superficie de metales y plásticos

12 01 01

Limaduras y virutas de metales férreos

12 01 02

Polvo y partículas de metales férreos

12 01 03

Limaduras y virutas de metales no férreos

12 01 04

Polvo y partículas de metales no férreos

12 01 05

Virutas y rebabas de plástico

12 01 06*

Aceites minerales de mecanizado que contienen halógenos (excepto las emulsiones o disoluciones)

12 01 07*

Aceites minerales de mecanizado sin halógenos (excepto las emulsiones o disoluciones)

12 01 08*

Emulsiones y disoluciones de mecanizado que contienen halógenos

12 01 09*

Emulsiones y disoluciones de mecanizado sin halógenos

12 01 10*

Aceites sintéticos de mecanizado

12 01 12*

Ceras y grasas usadas

12 01 13

Residuos de soldadura

12 01 14*

Lodos de mecanizado que contienen sustancias peligrosas

12 01 15

Lodos de mecanizado distintos de los especificados en el código 12 01 14

12 01 16*

Residuos de granallado o chorreado que contienen sustancias peligrosas

12 01 17

Residuos de granallado o chorreado distintos de los especificados en el código 12 01 16

12 01 18*

Lodos metálicos (lodos de esmerilado, rectificado y lapeado) que contienen aceites

12 01 19*

Aceites de mecanizado fácilmente biodegradables

12 01 20*

Muelas y materiales de esmerilado usados que contienen sustancias peligrosas

12 01 21

Muelas y materiales de esmerilado usados distintos de los especificados en el código 12 01 20

12 01 99

Residuos no especificados en otra categoría

12 03

Residuos de los procesos de desengrase con agua y vapor (excepto el capítulo 11)

12 03 01*

Líquidos acuosos de limpieza

12 03 02*

Residuos de desengrase al vapor

13

RESIDUOS DE ACEITE Y DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS (EXCEPTO LOS ACEITES COMESTIBLES Y LOS DE LOS CAPÍTULOS 05, 12 Y 19)

13 01

Residuos de aceites hidráulicos

13 01 01*

Aceites hidráulicos que contienen PCB (19)

13 01 04*

Emulsiones cloradas

13 01 05*

Emulsiones no cloradas

13 01 09*

Aceites hidráulicos minerales clorados

13 01 10*

Aceites hidráulicos minerales no clorados

13 01 11*

Aceites hidráulicos sintéticos

13 01 12*

Aceites hidráulicos fácilmente biodegradables

13 01 13*

Otros aceites hidráulicos

13 02

Residuos de aceites de motor, de transmisión mecánica y lubricantes

13 02 04*

Aceites minerales clorados de motor, de transmisión mecánica y lubricantes

13 02 05*

Aceites minerales no clorados de motor, de transmisión mecánica y lubricantes

13 02 06*

Aceites sintéticos de motor, de transmisión mecánica y lubricantes

13 02 07*

Aceites fácilmente biodegradables de motor, de transmisión mecánica y lubricantes

13 02 08*

Otros aceites de motor, de transmisión mecánica y lubricantes

13 03

Residuos de aceites de aislamiento y transmisión de calor

13 03 01*

Aceites de aislamiento y transmisión de calor que contienen PCB

13 03 06*

Aceites minerales clorados de aislamiento y transmisión de calor, distintos de los especificados en el código 13 03 01

13 03 07*

Aceites minerales no clorados de aislamiento y transmisión de calor

13 03 08*

Aceites sintéticos de aislamiento y transmisión de calor

13 03 09*

Aceites fácilmente biodegradables de aislamiento y transmisión de calor

13 03 10*

Otros aceites de aislamiento y transmisión de calor

13 04

Aceites de sentinas

13 04 01*

Aceites de sentinas procedentes de la navegación en aguas continentales

13 04 02*

Aceites de sentinas recogidos en muelles

13 04 03*

Aceites de sentinas procedentes de otros tipos de navegación

13 05

Restos de separadores de agua/sustancias aceitosas

13 05 01*

Sólidos procedentes de desarenadores y de separadores de agua/sustancias aceitosas

13 05 02*

Lodos de separadores de agua/sustancias aceitosas

13 05 03*

Lodos de interceptores

13 05 06*

Aceites de separadores de agua/sustancias aceitosas

13 05 07*

Agua aceitosa procedente de separadores de agua/sustancias aceitosas

13 05 08*

Mezcla de residuos procedentes de desarenadores y de separadores de agua/sustancias aceitosas

13 07

Residuos de combustibles líquidos

13 07 01*

Fueloil y gasóleo

13 07 02*

Gasolina

13 07 03*

Otros combustibles (incluidas mezclas)

13 08

Residuos de aceites no especificados en otra categoría

13 08 01*

Lodos o emulsiones de desalación

13 08 02*

Otras emulsiones

13 08 99*

Residuos no especificados en otra categoría

14

RESIDUOS DE DISOLVENTES, REFRIGERANTES Y PROPELENTES ORGÁNICOS (EXCEPTO LOS DE LOS CAPÍTULOS 07 Y 08)

14 06

Residuos de disolventes, refrigerantes y propelentes de espuma y aerosoles orgánicos

14 06 01*

Clorofluorocarbonos, HCFC, HFC

14 06 02*

Otros disolventes y mezclas de disolventes halogenados

14 06 03*

Otros disolventes y mezclas de disolventes

14 06 04*

Lodos o residuos sólidos que contienen disolventes halogenados

14 06 05*

Lodos o residuos sólidos que contienen otros disolventes

15

RESIDUOS DE ENVASES; ABSORBENTES, TRAPOS DE LIMPIEZA, MATERIALES DE FILTRACIÓN Y ROPAS DE PROTECCIÓN NO ESPECIFICADOS EN OTRA CATEGORÍA

15 01

Envases (incluidos los residuos de envases de la recogida selectiva municipal)

15 01 01

Envases de papel y cartón

15 01 02

Envases de plástico

15 01 03

Envases de madera

15 01 04

Envases metálicos

15 01 05

Envases compuestos

15 01 06

Envases mezclados

15 01 07

Envases de vidrio

15 01 09

Envases textiles

15 01 10*

Envases que contienen restos de sustancias peligrosas o están contaminados por ellas

15 01 11*

Envases metálicos, incluidos los recipientes a presión vacíos, que contienen una matriz sólida y porosa peligrosa (por ejemplo, amianto)

15 02

Absorbentes, materiales de filtración, trapos de limpieza y ropas protectoras

15 02 02*

Absorbentes, materiales de filtración (incluidos los filtros de aceite no especificados en otras categorías), trapos de limpieza y ropas protectoras contaminados por sustancias peligrosas

15 02 03

Absorbentes, materiales de filtración, trapos de limpieza y ropas protectoras distintos de los especificados en el código 15 02 02

16

RESIDUOS NO ESPECIFICADOS EN OTRO CAPÍTULO DE LA LISTA

16 01

Vehículos de diferentes medios de transporte (incluidas las maquinas no de carretera) al final de su vida útil y residuos del desguace de vehículos al final de su vida útil y del mantenimiento de vehículos (excepto los de los capítulos 13 y 14 y los subcapítulos 16 06 y 16 08).

16 01 03

Neumáticos fuera de uso

16 01 04*

Vehículos al final de su vida útil

16 01 06

Vehículos al final de su vida útil que no contienen ni líquidos ni otros componentes peligrosos

16 01 07*

Filtros de aceite

16 01 08*

Componentes que contienen mercurio

16 01 09*

Componentes que contienen PCB

16 01 10*

Componentes explosivos (por ejemplo, los airbags)

16 01 11*

Zapatas de freno que contienen amianto

16 01 12

Zapatas de freno distintas de las especificadas en el código 16 01 11

16 01 13*

Líquidos de freno

16 01 14*

Anticongelantes que contienen sustancias peligrosas

16 01 15

Anticongelantes distintos de los especificados en el código 16 01 14

16 01 16

Depósitos para gases licuados

16 01 17

Metales ferrosos

16 01 18

Metales no ferrosos

16 01 19

Plástico

16 01 20

Vidrio

16 01 21*

Componentes peligrosos distintos de los especificados en los códigos 16 01 07 a 16 01 11 y 16 01 13 y 16 01 14

16 01 22

Componentes no especificados en otra categoría

16 01 99

Residuos no especificados de otra forma

16 02

Residuos de aparatos eléctricos y electrónicos

16 02 09*

Transformadores y condensadores que contienen PCB

16 02 10*

Aparatos desechados que contienen PCB, o están contaminados por ellos, distintos de los especificados en el código 16 02 09

16 02 11*

Aparatos desechados que contienen clorofluorocarbonos, HCFC, HFC

16 02 12*

Aparatos desechados que contienen amianto libre

16 02 13*

Aparatos desechados que contienen componentes peligrosos (20) distintos de los especificados en los códigos 16 02 09 a 16 02 12

16 02 14

Aparatos desechados distintos de los especificados en los códigos 16 02 09 a 16 02 13

16 02 15*

Componentes peligrosos retirados de aparatos desechados

16 02 16

Componentes retirados de aparatos desechados distintos de los especificados en el código 16 02 15

16 03

Lotes de productos fuera de especificación y productos no utilizados

16 03 03*

Residuos inorgánicos que contienen sustancias peligrosas

16 03 04

Residuos inorgánicos distintos de los especificados en el código 16 03 03

16 03 05*

Residuos orgánicos que contienen sustancias peligrosas

16 03 06

Residuos orgánicos distintos de los especificados en el código 16 03 05

16 04

Residuos de explosivos

16 04 01*

Residuos de municiones

16 04 02*

Residuos de fuegos artificiales

16 04 03*

Otros residuos explosivos

16 05

Gases en recipientes a presión y productos químicos desechados

16 05 04*

Gases en recipientes a presión (incluidos los halones) que contienen sustancias peligrosas

16 05 05

Gases en recipientes a presión distintos de los especificados en el código 16 05 04

16 05 06*

Productos químicos de laboratorio que consisten en sustancias peligrosas o las contienen, incluidas las mezclas de productos químicos de laboratorio

16 05 07*

Productos químicos inorgánicos desechados que consisten en sustancias peligrosas o las contienen

16 05 08*

Productos químicos orgánicos desechados que consisten en sustancias peligrosas o las contienen

16 05 09

Productos químicos desechados distintos de los especificados en los códigos 16 05 06, 16 05 07 o 16 05 08

16 06

Pilas y acumuladores

16 06 01*

Baterías de plomo

16 06 02*

Acumuladores de Ni-Cd

16 06 03*

Pilas que contienen mercurio

16 06 04

Pilas alcalinas (excepto 16 06 03)

16 06 05

Otras pilas y acumuladores

16 06 06*

Electrolitos de pilas y acumuladores recogidos selectivamente

16 07

Residuos de la limpieza de cisternas de transporte y almacenamiento y de la limpieza de cubas (excepto los de los capítulos 05 y 13)

16 07 08*

Residuos que contienen hidrocarburos

16 07 09*

Residuos que contienen otras sustancias peligrosas

16 07 99

Residuos no especificados en otra categoría

16 08

Catalizadores usados

16 08 01

Catalizadores usados que contienen oro, plata, renio, rodio, paladio, iridio o platino (excepto el código 16 08 07)

16 08 02*

Catalizadores usados que contienen metales de transición (21) peligrosos, o compuestos de metales de transición peligrosos

16 08 03

Catalizadores usados que contienen metales de transición o compuestos de metales de transición no especificados de otra forma

16 08 04

Catalizadores usados procedentes del craqueo catalítico en lecho fluido (excepto los del código 16 08 07)

16 08 05*

Catalizadores usados que contienen ácido fosfórico

16 08 06*

Líquidos usados utilizados como catalizadores

16 08 07*

Catalizadores usados contaminados con sustancias peligrosas

16 09

Sustancias oxidantes

16 09 01*

Permanganatos, por ejemplo, permanganato de potasio

16 09 02*

Cromatos, por ejemplo, cromato potásico, dicromato sódico o potásico

16 09 03*

Peróxidos, por ejemplo, peróxido de hidrógeno

16 09 04*

Sustancias oxidantes, no especificadas en otra categoría

16 10

Residuos líquidos acuosos destinados a plantas de tratamiento externas

16 10 01*

Residuos líquidos acuosos que contienen sustancias peligrosas

16 10 02

Residuos líquidos acuosos distintos de los especificados en el código 16 10 01

16 10 03*

Concentrados acuosos que contienen sustancias peligrosas

16 10 04

Concentrados acuosos distintos de los especificados en el código 16 10 03

16 11

Residuos de revestimientos de hornos y refractarios

16 11 01*

Revestimientos y refractarios a base de carbono, procedentes de procesos metalúrgicos, que contienen sustancias peligrosas

16 11 02

Revestimientos y refractarios a base de carbono, procedentes de procesos metalúrgicos, distintos de los especificados en el código 16 11 01

16 11 03*

Otros revestimientos y refractarios, procedentes de procesos metalúrgicos, que contienen sustancias peligrosas

16 11 04

Otros revestimientos y refractarios procedentes de procesos metalúrgicos, distintos de los especificados en el código 16 11 03

16 11 05*

Revestimientos y refractarios, procedentes de procesos no metalúrgicos, que contienen sustancias peligrosas

16 11 06

Revestimientos y refractarios procedentes de procesos no metalúrgicos, distintos de los especificados en el código 16 11 05

17

RESIDUOS DE LA CONSTRUCCIÓN Y DEMOLICIÓN (INCLUIDA LA TIERRA EXCAVADA DE ZONAS CONTAMINADAS)

17 01

Hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos

17 01 01

Hormigón

17 01 02

Ladrillos

17 01 03

Tejas y materiales cerámicos

17 01 06*

Mezclas, o fracciones separadas, de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos que contienen sustancias peligrosas

17 01 07

Mezclas de hormigón, ladrillos, tejas y materiales cerámicos distintas de las especificadas en el código 17 01 06

17 02

Madera, vidrio y plástico

17 02 01

Madera

17 02 02

Vidrio

17 02 03

Plástico

17 02 04*

Vidrio, plástico y madera que contienen sustancias peligrosas o están contaminados por ellas

17 03

Mezclas bituminosas, alquitrán de hulla y otros productos alquitranados

17 03 01*

Mezclas bituminosas que contienen alquitrán de hulla

17 03 02

Mezclas bituminosas distintas de las especificadas en el código 17 03 01

17 03 03*

Alquitrán de hulla y productos alquitranados

17 04

Metales (incluidas sus aleaciones)

17 04 01

Cobre, bronce, latón

17 04 02

Aluminio

17 04 03

Plomo

17 04 04

Zinc

17 04 05

Hierro y acero

17 04 06

Estaño

17 04 07

Metales mezclados

17 04 09*

Residuos metálicos contaminados con sustancias peligrosas

17 04 10*

Cables que contienen hidrocarburos, alquitrán de hulla y otras sustancias peligrosas

17 04 11

Cables distintos de los especificados en el código 17 04 10

17 05

Tierra (incluida la tierra excavada de zonas contaminadas), piedras y lodos de drenaje

17 05 03*

Tierra y piedras que contienen sustancias peligrosas

17 05 04

Tierra y piedras distintas de las especificadas en el código 17 05 03

17 05 05*

Lodos de drenaje que contienen sustancias peligrosas

17 05 06

Lodos de drenaje distintos de los especificados en el código 17 05 05

17 05 07*

Balasto de vías férreas que contiene sustancias peligrosas

17 05 08

Balasto de vías férreas distinto del especificado en el código 17 05 07

17 06

Materiales de aislamiento y materiales de construcción que contienen amianto

17 06 01*

Materiales de aislamiento que contienen amianto

17 06 03*

Otros materiales de aislamiento que consisten en sustancias peligrosas o las contienen

17 06 04

Materiales de aislamiento distintos de los especificados en los códigos 17 06 01 y 17 06 03

17 06 05*

Materiales de construcción que contienen amianto

17 08

Materiales de construcción a base de yeso

17 08 01*

Materiales de construcción a base de yeso contaminados con sustancias peligrosas

17 08 02

Materiales de construcción a base de yeso distintos de los especificados en el código 17 08 01

17 09

Otros residuos de construcción y demolición

17 09 01*

Residuos de construcción y demolición que contienen mercurio

17 09 02*

Residuos de construcción y demolición que contienen PCB (por ejemplo, sellantes que contienen PCB, revestimientos de suelo a base de resinas que contienen PCB, acristalamientos dobles que contienen PCB o condensadores que contienen PCB)

17 09 03*

Otros residuos de construcción y demolición (incluidos los residuos mezclados) que contienen sustancias peligrosas

17 09 04

Residuos mezclados de construcción y demolición distintos de los especificados en los códigos 17 09 01, 17 09 02 y 17 09 03

18

RESIDUOS DE SERVICIOS MÉDICOS O VETERINARIOS O DE INVESTIGACIÓN ASOCIADA (SALVO LOS RESIDUOS DE COCINA Y DE RESTAURANTE NO PROCEDENTES DIRECTAMENTE DE LA PRESTACIÓN DE CUIDADOS SANITARIOS)

18 01

Residuos de maternidades, del diagnóstico, tratamiento o prevención de enfermedades humanas

18 01 01

Objetos cortantes y punzantes (excepto el código 18 01 03)

18 01 02

Restos anatómicos y órganos, incluidos bolsas y bancos de sangre (excepto el código 18 01 03)

18 01 03*

Residuos cuya recogida y eliminación es objeto de requisitos especiales para prevenir infecciones

18 01 04

Residuos cuya recogida y eliminación no es objeto de requisitos especiales para prevenir infecciones (por ejemplo, vendajes, vaciados de yeso, ropa blanca, ropa desechable, pañales)

18 01 06*

Productos químicos que consisten en sustancias peligrosas o las contienen

18 01 07

Productos químicos distintos de los especificados en el código 18 01 06

18 01 08*

Medicamentos citotóxicos y citostáticos

18 01 09

Medicamentos distintos de los especificados en el código 18 01 08

18 01 10*

Residuos de amalgamas procedentes de cuidados dentales

18 02

Residuos de la investigación, diagnóstico, tratamiento o prevención de enfermedades de animales

18 02 01

Objetos cortantes y punzantes (excepto el código 18 02 02)

18 02 02*

Residuos cuya recogida y eliminación es objeto de requisitos especiales para prevenir infecciones

18 02 03

Residuos cuya recogida y eliminación no es objeto de requisitos especiales para prevenir infecciones

18 02 05*

Productos químicos que consisten en sustancias peligrosas o las contienen

18 02 06

Productos químicos distintos de los especificados en el código 18 02 05

18 02 07*

Medicamentos citotóxicos y citostáticos

18 02 08

Medicamentos distintos de los especificados en el código 18 02 07

19

RESIDUOS DE LAS INSTALACIONES PARA EL TRATAMIENTO DE RESIDUOS, DE LAS PLANTAS EXTERNAS DE TRATAMIENTO DE AGUAS RESIDUALES Y DE LA PREPARACIÓN DE AGUA PARA CONSUMO HUMANO Y DE AGUA PARA USO INDUSTRIAL

19 01

Residuos de la incineración o pirólisis de residuos

19 01 02

Materiales férreos separados de la ceniza de fondo de horno

19 01 05*

Torta de filtración del tratamiento de gases

19 01 06*

Residuos líquidos acuosos del tratamiento de gases y otros residuos líquidos acuosos

19 01 07*

Residuos sólidos del tratamiento de gases

19 01 10*

Carbón activo usado procedente del tratamiento de gases

19 01 11*

Cenizas de fondo de horno y escorias que contienen sustancias peligrosas

19 01 12

Cenizas de fondo de horno y escorias distintas de las especificadas en el código 19 01 11

19 01 13*

Cenizas volantes que contienen sustancias peligrosas

19 01 14

Cenizas volantes distintas de las especificadas en el código 19 01 13

19 01 15*

Polvo de caldera que contiene sustancias peligrosas

19 01 16

Polvo de caldera distinto del especificado en el código 19 01 15

19 01 17*

Residuos de pirólisis que contienen sustancias peligrosas

19 01 18

Residuos de pirólisis distintos de los especificados en el código 19 01 17

19 01 19

Arenas de lechos fluidizados

19 01 99

Residuos no especificados en otra categoría

19 02

Residuos de tratamientos físicoquímicos de residuos (incluidas la descromatación, la descianurización y la neutralización)

19 02 03

Residuos mezclados previamente compuestos exclusivamente por residuos no peligrosos

19 02 04*

Residuos mezclados previamente compuestos por al menos un residuo peligroso

19 02 05*

Lodos de tratamientos físicoquímicos que contienen sustancias peligrosas

19 02 06

Lodos de tratamientos físicoquímicos distintos de los especificados en el código 19 02 05

19 02 07*

Aceite y concentrados procedentes del proceso de separación

19 02 08*

Residuos combustibles líquidos que contienen sustancias peligrosas

19 02 09*

Residuos combustibles sólidos que contienen sustancias peligrosas

19 02 10

Residuos combustibles distintos de los especificados en los códigos 19 02 08 y 19 02 09

19 02 11*

Otros residuos que contienen sustancias peligrosas

19 02 99

Residuos no especificados en otra categoría

19 03

Residuos estabilizados/solidificados (22)

19 03 04*

Residuos peligrosos parcialmente (23) estabilizados

19 03 05

Residuos estabilizados distintos de los especificados en el código 19 03 04

19 03 06*

Residuos peligrosos solidificados

19 03 07

Residuos solidificados distintos de los especificados en el código 19 03 06

19 04

Residuos vitrificados y residuos de la vitrificación

19 04 01

Residuos vitrificados

19 04 02*

Cenizas volantes y otros residuos del tratamiento de gases

19 04 03*

Fase sólida no vitrificada

19 04 04

Residuos líquidos acuosos del templado de residuos vitrificados

19 05

Residuos del tratamiento aeróbico de residuos sólidos

19 05 01

Fracción no compostada de residuos municipales y asimilados

19 05 02

Fracción no compostada de residuos de procedencia animal o vegetal

19 05 03

Compost fuera de especificación

19 05 99

Residuos no especificados en otra categoría

19 06

Residuos del tratamiento anaeróbico de residuos

19 06 03

Licores del tratamiento anaeróbico de residuos municipales

19 06 04

Lodos de digestión del tratamiento anaeróbico de residuos municipales

19 06 05

Licores del tratamiento anaeróbico de residuos animales y vegetales

19 06 06

Lodos de digestión del tratamiento anaeróbico de residuos animales y vegetales

19 06 99

Residuos no especificados en otra categoría

19 07

Lixiviados de vertedero

19 07 02*

Lixiviados de vertedero que contienen sustancias peligrosas

19 07 03

Lixiviados de vertedero distintos de los especificados en el código 19 07 02

19 08

Residuos de plantas de tratamiento de aguas residuales no especificados en otra categoría

19 08 01

Residuos de cribado

19 08 02

Residuos de desarenado

19 08 05

Lodos del tratamiento de aguas residuales urbanas

19 08 06*

Resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas

19 08 07*

Soluciones y lodos de la regeneración de intercambiadores de iones

19 08 08*

Residuos procedentes de sistemas de membranas que contienen metales pesados

19 08 09

Mezclas de grasas y aceites procedentes de la separación agua/sustancias aceitosas que contienen sólo aceites y grasas comestibles

19 08 10*

Mezclas de grasa y aceite procedentes de la separación agua/sustancias aceitosas distintas de las especificadas en el código 19 08 09

19 08 11*

Lodos que contienen sustancias peligrosas procedentes del tratamiento biológico de aguas residuales industriales

19 08 12

Lodos procedentes del tratamiento biológico de aguas residuales industriales distintos de los especificados en el código 19 08 11

19 08 13*

Lodos que contienen sustancias peligrosas procedentes de otros tratamientos de aguas residuales industriales

19 08 14

Lodos procedentes de otros tratamientos de aguas residuales industriales distintos de los especificados en el código 19 08 13

19 08 99

Residuos no especificados en otra categoría

19 09

Residuos de la preparación de agua para consumo humano o agua para uso industrial

19 09 01

Residuos sólidos de la filtración primaria y cribado

19 09 02

Lodos de clarificación del agua

19 09 03

Lodos de descarbonatación

19 09 04

Carbón activo usado

19 09 05

Resinas intercambiadoras de iones saturadas o usadas

19 09 06

Soluciones y lodos de la regeneración de intercambiadores de iones

19 09 99

Residuos no especificados en otra categoría

19 10

Residuos procedentes del fragmentado de residuos que contienen metales

19 10 01

Residuos de hierro y acero

19 10 02

Residuos no férreos

19 10 03*

Fracciones ligeras de fragmentación (fluff-light) y polvo que contienen sustancias peligrosas

19 10 04

Fracciones ligeras de fragmentación (fluff-light) y polvo distintos de las especificadas en el código 19 10 03

19 10 05*

Otras fracciones que contienen sustancias peligrosas

19 10 06

Otras fracciones distintas de las especificadas en el código 19 10 05

19 11

Residuos de la regeneración de aceites

19 11 01*

Arcillas de filtración usadas

19 11 02*

Alquitranes ácidos

19 11 03*

Residuos líquidos acuosos

19 11 04*

Residuos de la limpieza de combustibles con bases

19 11 05*

Lodos del tratamiento in situ de efluentes que contienen sustancias peligrosas

19 11 06

Lodos del tratamiento in situ de efluentes distintos de los especificados en el código 19 11 05

19 11 07*

Residuos de la depuración de efluentes gaseosos

19 11 99

Residuos no especificados en otra categoría

19 12

Residuos del tratamiento mecánico de residuos (por ejemplo, clasificación, trituración, compactación, peletización) no especificados en otra categoría

19 12 01

Papel y cartón

19 12 02

Metales férreos

19 12 03

Metales no férreos

19 12 04

Plástico y caucho

19 12 05

Vidrio

19 12 06*

Madera que contiene sustancias peligrosas

19 12 07

Madera distinta de la especificada en el código 19 12 06

19 12 08

Textiles

19 12 09

Minerales (por ejemplo, arena, piedras)

19 12 10

Residuos combustibles (combustible derivados de residuos)

19 12 11*

Otros residuos (incluidas mezclas de materiales) procedentes del tratamiento mecánico de residuos que contienen sustancias peligrosas

19 12 12

Otros residuos (incluidas mezclas de materiales) procedentes del tratamiento mecánico de residuos distintos de los especificados en el código 19 12 11

19 13

Residuos de la recuperación de suelos y de aguas subterráneas

19 13 01*

Residuos sólidos de la recuperación de suelos que contienen sustancias peligrosas

19 13 02

Residuos sólidos de la recuperación de suelos distintos de los especificados en el código 19 13 01

19 13 03*

Lodos de la recuperación del suelo que contienen sustancias peligrosas

19 13 04

Lodos de la recuperación del suelo distintos de los especificados en el código 19 13 03

19 13 05*

Lodos de la recuperación de aguas subterráneas que contienen sustancias peligrosas

19 13 06

Lodos de la recuperación de aguas subterráneas distintos de los especificados en el código 19 13 05

19 13 07*

Residuos líquidos acuosos y concentrados acuosos, que contienen sustancias peligrosas, procedentes de la recuperación de aguas subterráneas

19 13 08

Residuos líquidos acuosos y concentrados acuosos procedentes de la recuperación de aguas subterráneas distintos de los especificados en el código 19 13 07

20

RESIDUOS MUNICIPALES (RESIDUOS DOMÉSTICOS Y RESIDUOS ASIMILABLES PROCEDENTES DE LOS COMERCIOS, INDUSTRIAS E INSTITUCIONES) INCLUIDAS LAS FRACCIONES RECOGIDAS SELECTIVAMENTE

20 01

Fracciones recogidas selectivamente (excepto las especificadas en el subcapítulo 15 01)

20 01 01

Papel y cartón

20 01 02

Vidrio

20 01 08

Residuos biodegradables de cocina y restaurantes

20 01 10

Ropa

20 01 11

Tejidos

20 01 13*

Disolventes

20 01 14*

Ácidos

20 01 15*

Álcalis

20 01 17*

Productos fotoquímicos

20 01 19*

Plaguicidas

20 01 21*

Tubos fluorescentes y otros residuos que contienen mercurio

20 01 23*

Aparatos desechados que contienen clorofluorocarbonos

20 01 25

Aceites y grasas comestibles

20 01 26*

Aceites y grasas distintos de los especificados en el código 20 01 25

20 01 27*

Pinturas, tintas, adhesivos y resinas que contienen sustancias peligrosas

20 01 28

Pinturas, tintas, adhesivos y resinas distintos de los especificados en el código 20 01 27

20 01 29*

Detergentes que contienen sustancias peligrosas

20 01 30

Detergentes distintos de los especificados en el código 20 01 29

20 01 31*

Medicamentos citotóxicos y citostáticos

20 01 32

Medicamentos distintos de los especificados en el código 20 01 31

20 01 33*

Baterías y acumuladores especificados en los códigos 16 06 01, 16 06 02 ó 16 06 03 y baterías y acumuladores sin clasificar que contienen esas baterías

20 01 34

Baterías y acumuladores distintos de los especificados en el código 20 01 33

20 01 35*

Aparatos eléctricos y electrónicos desechados distintos de los especificados en los códigos 20 01 21 y 20 01 23 que contienen componentes peligrosos (24)

20 01 36

Aparatos eléctricos y electrónicos desechados distintos de los especificados en los códigos 20 01 21, 20 01 23 y 20 01 35

20 01 37*

Madera que contiene sustancias peligrosas

20 01 38

Madera distinta de la especificada en el código 20 01 37

20 01 39

Plásticos

20 01 40

Metales

20 01 41

Residuos del deshonillado de chimeneas

20 01 99

Otras fracciones no especificadas en otra categoría

20 02

Residuos de parques y jardines (incluidos los residuos de cementerios)

20 02 01

Residuos biodegradables

20 02 02

Tierra y piedras

20 02 03

Otros residuos no biodegradables

20 03

Otros residuos municipales

20 03 01

Mezclas de residuos municipales

20 03 02

Residuos de mercados

20 03 03

Residuos de limpieza viaria

20 03 04

Lodos de fosas sépticas

20 03 06

Residuos de la limpieza de alcantarillas

20 03 07

Residuos voluminosos

20 03 99

Residuos municipales no especificados en otra categoría

PARTE 3

Lista A (anexo II del Convenio de Basilea) (25)

Y46

Residuos domésticos (26)

Y47

Residuos resultantes de la incineración de residuos domésticos

Lista B (Residuos del Apéndice 4 de la parte II de la Decisión de la OCDE (27))

Residuos que contengan metales

AA 010

261900

Escorias, batiduras y demás desperdicios de la fabricación del hierro y del acero (28)

AA 060

262050

Cenizas y residuos de vanadio (26)

AA 190

810420

ex 810430

Residuos y chatarra de magnesio que sean inflamables, pirofóricos o que emitan, en contacto con el agua, gases inflamables en cantidades peligrosas

Residuos que contengan principalmente constituyentes inorgánicos, que puedan contener metales y materiales orgánicos

AB 030

 

Residuos procedentes del tratamiento superficial de metales mediante productos no cianurados

AB 070

 

Arenas utilizadas en las operaciones de fundición

AB 120

ex 281290

ex 3824

Compuestos de haluros inorgánicos no especificados ni incluidos en otra categoría

AB 150

ex 382490

Sulfito de calcio y sulfato de calcio sin refinar procedentes de la desulfurización de gases de combustión (FGD)

Residuos que contengan principalmente constituyentes orgánicos, que puedan contener metales y materiales inorgánicos

AC 060

ex 381900

Fluidos hidráulicos

AC 070

ex 381900

Líquidos de frenos

AC 080

ex 382000

Líquidos anticongelantes

AC 150

 

Clorofuorocarbonos

AC 160

 

Halones

AC 170

ex 440310

Residuos de corcho y de madera tratados

Residuos que puedan contener constituyentes inorgánicos u orgánicos

AD 090

ex 382490

Residuos de la producción, de la preparación y de la utilización de productos y materiales reprográficos y fotográficos, no especificados ni incluidos en otra categoría

AD 100

 

Residuos procedentes del tratamiento superficial de plásticos mediante productos no cianurados

AD 120

ex 391400

ex 3915

Resinas intercambiadoras de iones

AD 150

 

Materias orgánicas naturales utilizadas como medio filtrante (como los biofiltros)

Residuos que contengan principalmente constituyentes inorgánicos, que puedan contener metales y materiales orgánicos

RB 020

ex 6815

Fibras cerámicas con propiedades fisico-químicas similares a las del amianto


(1)  Las referencias en las Listas A y B a los anexos I, III y IV remiten a los anexos del Convenio de Basilea.

(2)  Obsérvese que la categoría correspondiente de la Lista B (B1160) no especifica excepciones.

(3)  Esta entrada no incluye la chatarra resultante de la generación de energía eléctrica.

(4)  PCB en concentración de 50 mg/kg o superior.

(5)   PCB en concentración de 50 mg/kg o superior.

(6)  La concentración de 50 mg/kg se considera el nivel práctico para todos los residuos a escala internacional. Sin embargo, muchos países han establecido niveles reglamentarios inferiores a escala nacional (por ejemplo, 20 mg/kg) para determinados residuos.

(7)  «Caducados» significa no utilizados en el período recomendado por el fabricante.

(8)  Esta entrada no incluye la madera tratada con productos químicos conservantes de la madera

(9)  «Caducados» significa no utilizados en el período recomendado por el fabricante.

(10)  Obsérvese que aunque exista un bajo nivel de contaminación con materiales del anexo I, los procesos posteriores, reincluido el reciclado, pueden dar lugar a fracciones separadas que contengan concentraciones notablemente superiores de dichos materiales del anexo I.

(11)  La cuestión de las cenizas de cinc está siendo actualmente objeto de estudio y existe una recomendación de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo (UNCTAD) de que no se consideren mercancías peligrosas.

(12)  Esta categoría no incluye la chatarra resultante de la generación de energía eléctrica.

(13)  La reutilización puede incluir la reparación, restauración o modernización, pero no una reconstrucción importante.

(14)  En algunos países, estos materiales destinados a reutilización directa no se consideran residuos.

(15)  El nivel de concentración de benzo(a)pireno no debería ser igual o superior a 50mg/kg.

(16)  Se entiende que este tipo de residuos están completamente polimerizados.

(17)  — Los residuos posteriores al consumo están excluidos de esta categoría. — Los residuos no serán mezclas. — Deberán tenerse en cuenta los problemas derivados de las prácticas de quema a cielo abierto.

(18)  Los residuos marcados con un asterisco se consideran residuos peligrosos de conformidad con la Directiva 91/689/CEE. Para identificar un residuo en la siguiente lista, conviene remitirse a la introducción del anexo de la Decisión 2000/532/CE de la Comisión.

(19)  A efectos de la presente lista de residuos, la definición de PCB es la que figura en la Directiva 96/59/CE del Consejo, de 16 de septiembre de 1996, relativa a la eliminación de los policlorobifenilos y de los policloroterfenilos (PCB/PCT) (DO L 243 de 24.9.1996, p. 31).

(20)  Los componentes peligrosos de los aparatos eléctricos y electrónicos pueden incluir las pilas y acumuladores clasificados como peligrosos en el subcapítulo 16 06, así como interruptores de mercurio, residuos de vidrio procedentes de tubos catódicos y otros cristales activados, etc.

(21)  A efectos de esta categoría, son metales de transición: escandio, vanadio, manganeso, cobalto, cobre, itrio, niobio, hafnio, tungsteno, titanio, cromo, hierro, níquel, zinc, circonio, molibdeno y tántalo. Estos metales o sus compuestos son peligrosos si aparecen clasificados como sustancias peligrosas. La clasificación de sustancias peligrosas determinará cuáles de estos metales de transición y qué compuestos de metales de transición son peligrosos.

(22)  Los procesos de estabilización cambian la peligrosidad de los constituyentes del residuo, transformándolo de peligroso en no peligroso. Los procesos de solidificación sólo cambian el estado físico del residuo mediante aditivos (por ejemplo, de líquido a sólido) sin variar sus propiedades químicas.

(23)  Se considera parcialmente estabilizado un residuo cuando, después del proceso de estabilización, sus constituyentes peligrosos que no se han transformado completamente en constituyentes no peligrosos pueden desprenderse en el medio ambiente a corto, medio o largo plazo.

(24)  Los componentes peligrosos de los aparatos eléctricos y electrónicos pueden incluir las pilas y acumuladores clasificados como peligrosos en el subcapítulo 16 06, así como interruptores de mercurio, residuos de vidrio procedente de tubos catódicos y otros cristales activados.

(25)  Esta lista procede de la Parte I del Apéndice 4 de la Decisión de la OCDE.

(26)  A menos que estén clasificados convenientemente en una categoría independiente del anexo III.

(27)  Se han suprimido los residuos numerados AB 130, AC 250, AC 260 y AC 270 se han eliminado porque, con arreglo al procedimiento contemplado en el artículo 18 de la Directiva 75/442/CEE, no se consideran peligrosos y, por tanto, no están sujetos a la prohibición de exportación establecida en el artículo 35 del presente Reglamento.

(28)  Esta categoría incluye los residuos en forma de cenizas, restos, escorias, grasos, productos del espumado, batiduras, polvos, lodos y tortas, salvo que un material figure expresamente en otra categoría.

ANEXO VI

Formulario para instalaciones con autorización previa (artículo 14)

Autoridad competente

Instalación de valorización

Identificación de los residuos

Período de validez

Cantidad total con autorización previa

 

Nombre y número de la instalación de valorización

Domicilio

Operación de valorización (+ código R)

Tecnologías empleadas

(Código)

Desde el

Hasta el

(kg/litro)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ANEXO VII

INFORMACIÓN QUE DEBE ACOMPAÑAR A LOS TRASLADOS DE RESIDUOS A QUE SE REFIEREN LOS APARTADOS 2 Y 4 DEL ARTÍCULO 3

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ANEXO VIII

DIRECTRICES DE GESTIÓN AMBIENTALMENTE CORRECTA (artículo 49)

I. Directrices adoptadas en el Convenio de Basilea:

1. Directrices Técnicas sobre la Gestión Ambientalmente Correcta de Residuos Biomédicos y Sanitarios (Y1; Y3) (1)

2. Directrices Técnicas sobre la Gestión Ambientalmente Correcta de Residuos de Baterías de Plomo-Ácido (1).

3. Directrices Técnicas sobre la Gestión Ambientalmente Correcta del Desguace Total y Parcial de Embarcaciones (1).

4. Directrices técnicas generales sobre la gestión ambientalmente racional de residuos que contengan, estén constituidos o estén contaminados con contaminantes orgánicos persistentes (COP) (2) .

5. Directrices técnicas sobre la gestión ambientalmente racional de residuos que contengan, estén constituidos o estén contaminados con policlorobifenilos (PCB), policloroterfenilos (PCT) o polibromobifenilos (PBB) (2) .

6. Directrices técnicas sobre la gestión ambientalmente racional del reciclado o recuperación de metales o de compuestos metálicos (R4) (2) .

II. Directrices adoptadas por la OCDE:

Guías técnicas para la gestión ambientalmente correcta de flujos específicos de residuos: Ordenadores personales usados y reducidos a chatarra (3).

III. Directrices adoptadas por la Organización Marítima Internacional (OMI)

Directrices sobre reciclado de buques (4).

IV. Directrices adoptadas por la Oficina Internacional del Trabajo (OIT)

Salud y seguridad durante el desguace de los buques: Directrices para los países asiáticos y Turquía (5).


(1)  Adoptadas en la 6a Conferencia de la Partes del Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de desechos peligrosos y su eliminación, 9-13 de diciembre de 2002.

(2)  Adoptadas en la 7a reunión de la Conferencia de las Partes en el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, celebrada del 25 al 29 de octubre de 2004.

(3)  Adoptadas por el Comité de Políticas de Medio Ambiente de la OCDE en febrero de 2003 (documento ENV/EPOC/WGWPR(2001)3/FINAL).

(4)  Resolución A.962 adoptada por la Asamblea de la OMI en su sesión ordinaria no 23, 24 de noviembre-5 de diciembre de 2003.

(5)  Aprobada su publicación por el Consejo de Administración de la OIT en su sesión no 289, 11-26 de marzo de 2004.

ANEXO IX

CUESTIONARIO ADICIONAL AL QUE DEBEN RESPONDER LOS ESTADOS MIEMBROS PARA PRESENTAR INFORMES CON ARREGLO AL APARTADO 2 DEL ARTÍCULO 51

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Nota para cumplimentar los cuadros:

Los códigos D y R son los mencionados en los anexos IIA y IIB de la Directiva 75/442/CEE.

Los códigos de identificación de los residuos son los mencionados en los anexos III, IV y IVA del presente Reglamento.

Cuadro 1

INFORMACIÓN SOBRE LAS EXCEPCIONES A LA APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE PROXIMIDAD, PRIORIDAD DE LA VALORIZACIÓN Y AUTOSUFICIENCIA (Apartado 3 del artículo 11)

Identificación del residuo (Código)

Cantidad (kg/litro)

País de destino (De)/País de expedición (Ex)

Operación de eliminación Código D

Remisión del asunto a la Comisión (Sí/No)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Cuadro 2

OBJECIONES A LOS TRASLADOS PREVISTOS O A LA ELIMINACIÓN (Artículo 11, apartado 1, letra g))

Identificación del residuo (código)

Cantidad (kg/litro)

País de tránsito (T)/País de expedición (Ex)

Razones para la objeción (marque ✓ la casilla apropiada)

Instalación

Artículo 11(1)(g)(i)

Artículo 11(1)(g)(ii)

Artículo 11(1)(g)(iii)

Nombre (en caso de Artículo 11 (1)(g)(ii))

Operación de eliminación Código D

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Cuadro 3

OBJECIONES A LOS TRASLADOS PREVISTOS O A LA VALORIZACIÓN

(Artículo 12, apartado 1, letra c))

Identificación del residuo (código)

Cantidad (kg/litros)

País de destino

Motivos para la objeción y detalles de la legislación nacional pertinente

Instalación (en el país de destino)

 

 

 

 

Nombre

Operación de valorización Código R

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Cuadro 4

INFORMACIÓN SOBRE LAS DECISIONES ADOPTADAS POR LAS AUTORIDADES COMPETENTES PARA OTORGAR EL CONSENTIMIENTO PREVIO (Artículo 14)

Autoridad competente

Instalación de valorización

Identificación de los residuos (Código)

Período de validez

Revocación (fecha)

Nombre y no

Domicilio

Operación de valorización Código R

Tecnologías empleadas

 

Desde

Hasta

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Cuadro 5

INFORMACIÓN SOBRE TRASLADOS ILÍCITOS DE RESIDUOS (1) (Artículos 24 y 50, apartado 1)

Identificación de los residuos (Código)

Cantidad (Kg/litros)

País de destino (De)/País de expedición (Di)

Determinación del motivo de la ilicitud (posible referencia a los artículos infringidos)

Responsable de la ilicitud (marque ✓ la casilla apropiada)

Medidas adoptadas, incluidas posibles sanciones

Notificante

Destinatario

Otros

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


Cuadro 6

INFORMACIÓN SOBRE LAS OFICINAS ADUANERAS DESIGNADAS POR LOS ESTADOS MIEMBROS PARA LOS TRASLADOS DE RESIDUOS QUE ENTRAN Y SALEN DE LA COMUNIDAD (Artículo 55)

Oficina aduanera

Oficina

Localidad

Países de importación/exportación controlados

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


(1)  Información sobre casos concluidos durante el período abarcado por el informe.

P6_TA(2005)0394

Requisitos contractuales de calidad en los servicios de transporte de mercancías por ferrocarril ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a las indemnizaciones por incumplimiento de los requisitos contractuales de calidad en los servicios de transporte de mercancías por ferrocarril (COM(2004) 0144 — C6-0004/2004 — 2004/0050(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2004) 0144) (1),

Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el apartado 1 del artículo 71 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0004/2004),

Visto el artículo 51 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Transportes y Turismo (A6-0171/2005),

1.

Rechaza la propuesta de la Comisión;

2.

Pide a la Comisión que retire su propuesta;

3.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TA(2005)0395

Programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente (COM(2004) 0474 — C6-0095/2004 — 2004/0153(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2004) 0474) (1),

Vistos el apartado 2 del artículo 251, el apartado 4 del artículo 149 y el apartado 4 del artículo 150 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0095/2004),

Visto el artículo 51 de su Reglamento,

Vista la opinión de la Comisión de Desarrollo Regional (2),

Vistos el informe de la Comisión de Cultura y Educación y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores, de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, de la Comisión de Industria, Investigación y Energía, de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A6-0267/2005),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Señala que los créditos indicados en la propuesta de la Comisión para después del año 2006 están subordinados a las decisiones que se adopten en el próximo marco financiero plurianual;

3.

Pide a la Comisión que, una vez que se haya adoptado el próximo marco financiero plurianual, presente una propuesta destinada, en su caso, a ajustar el importe de referencia financiera del programa;

4.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

5.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

(2)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TC1-COD(2004)0153

Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 25 de octubre de 2005 con vistas a la adopción de la Decisión no.../2005/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece un programa integrado de acción en el ámbito del aprendizaje permanente

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, el apartado 4 de su artículo 149 y el apartado 4 de su artículo 150,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

Visto el dictamen del Comité de las Regiones (2),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (3),

Considerando lo siguiente:

(1)

La Decisión 1999/382/CE del Consejo  (4) estableció la segunda fase del programa de acción comunitario en materia de formación profesional Leonardo da Vinci.

(2)

La Decisión no 253/2000/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (5) estableció la segunda fase del programa de acción comunitario en materia de educación Sócrates.

(3)

La Decisión no 2318/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (6) estableció un programa plurianual (2004-2006) para la integración efectiva de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los sistemas de educación y formación en Europa (programa eLearning).

(4)

La Decisión no 791/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (7) estableció un programa de acción comunitario para la promoción de organismos activos a escala europea en el ámbito de la educación y la formación y el apoyo a actividades específicas en ese ámbito.

(5)

La Decisión no 2241/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (8) estableció un marco único para la transparencia de las cualificaciones y competencias (Europass).

(6)

La Decisión no 2317/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (9) estableció un programa para la mejora de la calidad de la enseñanza superior y la promoción del entendimiento intercultural mediante la cooperación con terceros países (Erasmus Mundus) (2004-2008).

(7)

La gran disparidad en el rendimiento de los sistemas educativos en la Unión Europea, tal como se ilustra en el informe PISA 2003, es una causa de preocupación.

(8)

La Declaración de Bolonia, firmada por los Ministros de Educación de 29 países europeos el 19 de junio de 1999, puso en pie un proceso intergubernamental con objeto de crear un espacio europeo de la enseñanza superior para 2010, lo que requiere un apoyo a escala comunitaria.

(9)

El Consejo Europeo de Lisboa, que se reunió los días 23 y 24 de marzo de 2000, fijó para la Unión Europea el objetivo estratégico de convertirse en la economía basada en el conocimiento más competitiva y dinámica del mundo, capaz de crecer económicamente de manera sostenible con más y mejores empleos y con mayor cohesión social, e invitó al Consejo de Educación a emprender una reflexión general sobre los futuros objetivos precisos de los sistemas educativos, centrada en intereses y prioridades comunes y que respetase al mismo tiempo la diversidad nacional.

(10)

Una sociedad del conocimiento avanzada es la clave para unas tasas más elevadas de crecimiento y empleo. La educación y la formación son prioridades esenciales para el cumplimiento de los objetivos de Lisboa.

(11)

El 12 de febrero de 2001, el Consejo aprobó un informe sobre los futuros objetivos precisos de los sistemas de educación y formación. El 14 de junio de 2002 adoptó, consiguientemente, un programa detallado de trabajo sobre el seguimiento de esos objetivos, que requiere un apoyo a escala comunitaria.

(12)

El Consejo Europeo de Gotemburgo, que se reunió los días 15 y 16 de junio de 2001, acordó una estrategia para el desarrollo sostenible y añadió una dimensión ambiental al proceso de Lisboa para el empleo, la reforma económica y la cohesión social.

(13)

El Consejo Europeo de Barcelona, que se reunió los días 15 y 16 de marzo de 2002, estableció el objetivo de hacer que los sistemas educativos y de formación de la Unión Europea se convirtieran en una referencia de calidad mundial para 2010, e hizo un llamamiento a actuar para mejorar el dominio de las competencias básicas, en particular, mediante la enseñanza de al menos dos lenguas extranjeras desde una edad muy temprana.

(14)

La Comunicación de la Comisión «Hacer realidad un espacio europeo del aprendizaje permanente» y la Resolución del Consejo, de 27 de junio de 2002, sobre el aprendizaje permanente (10) afirman que el aprendizaje permanente ha de reforzarse con medidas y políticas desarrolladas en el marco de programas comunitarios en el ámbito educativo.

(15)

En su Resolución sobre la mencionada Comunicación de la Comisión (11), el Parlamento acogió con satisfacción la Iniciativa i2i del Banco Europeo de Inversiones (BEI), que amplió su mandato a la concesión de préstamos de estudio destinados a mejorar las oportunidades de educación, y pidió a la Comisión y a los Estados miembros que faciliten la concesión de préstamos por parte del BEI para el aprendizaje permanente.

(16)

La Resolución del Consejo de 19 de diciembre de 2002 relativa al fomento de la cooperación reforzada europea en materia de educación y formación profesionales (12) estableció un proceso de cooperación europea reforzada en la educación y formación profesionales, que requiere un apoyo a escala comunitaria. La Declaración de Copenhague, suscrita el 30 de noviembre de 2002 por los Ministros de Educación de 31 países europeos, incorporó a los interlocutores sociales y a los países candidatos a este proceso.

(17)

La Comunicación de la Comisión relativa al plan de acción sobre las capacidades y la movilidad subraya la necesidad continua de actuar a escala europea para mejorar el reconocimiento de las cualificaciones obtenidas a través de la educación y la formación.

(18)

La Comunicación de la Comisión sobre un plan de acción para promover el aprendizaje de idiomas y la diversidad lingüística señala las medidas que deben adoptarse a escala europea durante el período de 2004-2006 y requiere acciones de seguimiento.

(19)

La promoción de la diversidad lingüística y de la enseñanza y aprendizaje de lenguas, incluidas las lenguas oficiales de la Comunidad y sus lenguas regionales y minoritarias debe ser una prioridad de la acción comunitaria en el ámbito de la educación y la formación. Esta acción posee especial importancia en las regiones fronterizas de los Estados miembros, por sus relaciones con las lenguas empleadas en las regiones vecinas de otros Estados miembros.

(20)

Los informes de evaluación intermedia de los actuales programas Sócrates y Leonardo da Vinci y la consulta pública sobre el futuro de la actuación comunitaria en materia de educación y formación revelan una necesidad grande y, en algunos aspectos, creciente, de proseguir la cooperación y la movilidad en esos ámbitos a escala europea. Esos informes hacen hincapié en la importancia de crear lazos más estrechos entre los programas comunitarios y las políticas de educación y formación, expresan el deseo de que la acción comunitaria se estructure de manera que pueda responder mejor a las premisas del aprendizaje permanente y propugnan un enfoque más sencillo, flexible y fácil de utilizar para poner en práctica esa acción.

(21)

La integración en un solo programa de la ayuda comunitaria a la cooperación y la movilidad transnacionales en los ámbitos de la educación y la formación aportaría ventajas significativas, ya que permitiría una mayor sinergia entre los distintos ámbitos de acción y ofrecería más capacidad para apoyar el desarrollo del aprendizaje permanente, así como métodos de administración más coherentes, racionales y eficaces. Además, un programa único favorecería una mejor cooperación entre los diferentes niveles de enseñanza.

(22)

Por ello, debería establecerse un programa integrado para contribuir, mediante el aprendizaje permanente, a que la Unión Europea se convierta en una moderna sociedad del conocimiento, con un desarrollo económico sostenible, más y mejores empleos, una mayor cohesión social y una cultura de respeto de los derechos humanos y de la democracia .

(23)

Teniendo en cuenta las especificidades de los sectores de la enseñanza escolar y superior, la formación profesional y la educación de adultos y la consiguiente necesidad de que la acción comunitaria se base en objetivos, formas de acción y estructuras organizativas específicamente diseñadas, procede mantener, en el marco del programa integrado, programas individuales dirigidos a cada uno de estos cuatro sectores, reforzando al máximo la coherencia y coincidencia entre ellos.

(24)

En su Comunicación «Construir nuestro futuro común — Retos políticos y medios presupuestarios de la Unión ampliada (2007-2013)», la Comisión define una serie de objetivos cuantificados para la nueva generación de programas comunitarios de educación y formación, que requieren un aumento significativo de las acciones de movilidad y asociación.

(25)

Ante los efectos probadamente beneficiosos de la movilidad transnacional para las personas y los sistemas de educación y formación, la enorme demanda de movilidad pendiente en todos los sectores y su importancia en el contexto del objetivo de Lisboa, es necesario incrementar sustancialmente el volumen de ayuda a la movilidad transnacional en los cuatro programas sectoriales.

(26)

La beca estándar Erasmus para la movilidad de estudiantes se ha mantenido en un promedio de unos 150 euros mensuales desde 1993. En términos reales, ello representa una pérdida del 25 % de su valor y actúa como un obstáculo cada vez mayor a la participación de los estudiantes menos privilegiados en el programa. A fin de cubrir de forma más adecuada los gastos adicionales reales de los estudiantes en el extranjero, la beca estándar para la movilidad de estudiantes debe incrementarse gradualmente durante el período de vigencia del programa, de 210 euros mensuales en 2007 a 300 euros mensuales en 2013.

(27)

Debe concederse más atención a las necesidades de movilidad individual de los alumnos del nivel de secundaria superior y de los adultos que siguen una formación, que hasta ahora no estaban cubiertos por los programas comunitarios, mediante la introducción de nuevos tipos de acciones de movilidad en los subprogramas Contenías y Grundtvig. También deben utilizarse de forma más eficaz las oportunidades que ofrece la movilidad individual de profesores para el desarrollo de una cooperación a largo plazo entre los centros escolares de regiones vecinas. A lo largo del período de vigencia del programa integrado, el subprograma Comenius debe aspirar a que participen unos 10 000 alumnos de la secundaria superior en la movilidad individual, y a la participación de unos 10 000 profesores en la movilidad individual entre centros escolares de regiones adyacentes.

(28)

Las pequeñas y medianas empresas desempeñan un papel importante en la economía europea. No obstante, hasta el momento la participación de estas empresas en el programa Leonardo ha sido limitada. Deben adoptarse medidas para mejorar el atractivo de las acciones comunitarias destinadas a estas empresas, garantizando especialmente mayores oportunidades de movilidad a los aprendices. También deben adoptarse medidas similares a las existentes en el programa Erasmus para el reconocimiento de los resultados de dicha movilidad.

(29)

Dados los retos educativos que afrontan en particular los hijos de quienes se desplazan por su profesión y de los trabajadores sujetos a movilidad en Europa, debe hacerse pleno uso de las oportunidades disponibles en virtud del programa Comenius para apoyar las actividades transnacionales dirigidas a las necesidades de los mismos.

(30)

Un aumento de la movilidad en Europa no debe de ningún modo mermar la calidad, sino que, por el contrario, debe redundar en una constante mejora de su nivel.

(31)

En caso de que deba incorporarse el programa Erasmus Mundus al programa integrado, el presupuesto total deberá aumentarse en consecuencia.

(32)

A fin de atender a la creciente necesidad de apoyar actividades a escala europea diseñadas para alcanzar estos objetivos políticos, proveer de un medio para apoyar la actividad intersectorial en los sectores de los idiomas y las TIC y reforzar la difusión y el aprovechamiento de los resultados del programa, procede complementar los cuatro programas sectoriales con un programa transversal.

(33)

Para responder a la creciente necesidad de conocimiento y diálogo sobre el proceso de integración europea y su desarrollo, es importante estimular la excelencia en la enseñanza, la investigación y la reflexión en este campo, concediendo apoyo a los centros de enseñanza superior especializados en el estudio del proceso de integración europea, a las asociaciones europeas en los ámbitos de la educación y la formación y a la acción Jean Monnet.

(34)

Es preciso formular la presente Decisión con suficiente flexibilidad, a fin de que se puedan realizar los ajustes oportunos en las medidas del programa integrado para atender a cambios en las necesidades a lo largo del período comprendido entre 2007 y 2013, y evitar las disposiciones excesivamente detalladas de fases anteriores de Sócrates y Leonardo da Vinci.

(35)

En sus actividades, la Comunidad ha de eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer y promover su igualdad, tal como establece el artículo 3 del Tratado.

(36)

Además, el artículo 151 del Tratado dispone que la Comunidad debe tener en cuenta los aspectos culturales en su actuación en virtud de otras disposiciones del Tratado, en particular a fin de respetar y fomentar la diversidad de sus culturas. Debe prestarse atención especial a la sinergia entre la cultura y otros ámbitos tales como la educación. Debe fomentarse igualmente el diálogo intercultural.

(37)

Es necesario promover la ciudadanía activa , el respeto de los derechos humanos y de la democracia y luchar decididamente contra todas las formas de marginación, incluidos el racismo y la xenofobia.

(38)

Debe prestarse especial atención a los grupos infrarrepresentados en los sistemas de educación y formación en la Unión Europea.

(39)

Ha de atenderse activamente a las necesidades didácticas especiales de las personas con discapacidad en la aplicación de todas las partes del programa, incluido el recurso a subvenciones más elevadas para reflejar los costes adicionales de los participantes con discapacidad, y la provisión de ayuda para el aprendizaje y el uso de los lenguajes de signos y del Braille.

(40)

Debe tomarse nota de tos logros del Año Europeo de la Educación a través del Deporte (2004) y de los beneficios educativos potenciales de la cooperación entre instituciones educativas y organizaciones deportivas que puso de manifiesto dicho año.

(41)

Los países candidatos a la adhesión a la Unión Europea y los países de la AELC que sean miembros del EEE pueden participar en programas comunitarios en virtud de los acuerdos que se celebren entre la Comunidad y esos países.

(42)

El Consejo Europeo de Salónica celebrado los días 19 y 20 de junio de 2003 respaldó las conclusiones del Consejo de 16 de junio sobre los Balcanes Occidentales, incluido el anexo «Programa de Salónica para los Balcanes Occidentales: avanzar en la integración europea», en el que se establece que los programas comunitarios han de abrirse a los países del Proceso de Estabilización y Asociación en virtud de acuerdos marco que deben firmarse entre la Comunidad y esos países.

(43)

La Comunidad y la Confederación Suiza han declarado su intención de emprender negociaciones para celebrar acuerdos en áreas de interés común, como los programas comunitarios sobre educación, formación y juventud.

(44)

Es preciso hacer un seguimiento y una evaluación periódicos del programa integrado, en cooperación entre la Comisión y los Estados miembros, para poder introducir reajustes, en particular con respecto a las prioridades para la aplicación de las medidas. La evaluación debe incluir una evaluación externa efectuada por organismos independientes e imparciales.

(45)

La Resolución del Parlamento Europeo, de 28 de febrero de 2002 sobre la aplicación del programa Sócrates (13) señaló que los procedimientos administrativos en la segunda fase del programa siguen siendo desproporcionadamente complicados para los solicitantes de ayudas.

(46)

El Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (14) y el Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002 (15), sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002, que protegen los intereses financieros de la Comunidad, deben aplicarse teniendo en cuenta los principios de simplificación y coherencia en la elección de los instrumentos presupuestarios, limitación del número de casos en los que la Comisión sigue siendo directamente responsable de su aplicación y gestión y proporcionalidad entre el volumen de los recursos y la carga administrativa vinculada a su utilización.

(47)

Para la correcta ejecución del programa es fundamental una drástica simplificación administrativa. A falta de un marco legislativo adecuado, es conveniente que los requisitos administrativos y contables sean proporcionales a la cuantía de la subvención.

(48)

Asimismo procede adoptar las medidas oportunas para prevenir los fraudes e irregularidades y emprender las acciones necesarias para recuperar los fondos perdidos, indebidamente pagados o mal empleados.

(49)

Dado que los objetivos de la acción pretendida en relación con la contribución de la cooperación europea a una educación y formación de calidad no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros debido a la necesidad de asociaciones multilaterales, movilidad transnacional e intercambios de información a escala comunitaria y, por consiguiente, pueden lograrse mejor, por la naturaleza de las acciones y medidas necesarias, a nivel comunitario, la Comunidad puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, la presente Decisión no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos.

(50)

La presente Decisión establece, para toda la duración del programa, un marco financiero que, con arreglo al punto 33 del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (16), constituye la referencia privilegiada para la Autoridad Presupuestaria.

(51)

Las medidas necesarias para la aplicación de la presente Decisión deben ser adoptadas con arreglo a lo dispuesto en la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (17).

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

TÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Capítulo I

Programa integrado

Artículo 1

Establecimiento del programa integrado

1.   La presente Decisión establece un programa integrado de acción comunitaria en el ámbito del aprendizaje permanente, en adelante denominado «el programa integrado».

2.   El objetivo general del programa integrado es contribuir, mediante el aprendizaje permanente, al desarrollo de la Comunidad como moderna sociedad del conocimiento, con un crecimiento económico sostenible, más y mejores empleos y una mayor cohesión social, garantizando al mismo tiempo una buena protección del medio ambiente en beneficio de las generaciones futuras. En particular, pretende estimular el intercambio, la cooperación y la movilidad entre los sistemas de educación y formación dentro de la Comunidad, de modo que se conviertan en una referencia de calidad mundial.

3.   El programa integrado tendrá los siguientes objetivos específicos:

a)

contribuir al desarrollo de un aprendizaje permanente de calidad, así como a la convergencia de los sistemas educativos de los Estados miembros con vistas a unos estándares de calidad superiores , y promover la innovación y la dimensión europea en los sistemas y las prácticas en ese ámbito;

b)

crear una interacción entre empresas, proveedores de formación, centros de enseñanza superior y científicos, con objeto de ofrecer una educación y una formación de la mejor calidad;

c)

apoyar la realización de un espacio europeo del aprendizaje permanente;

d)

ayudar a mejorar la calidad, el atractivo y la accesibilidad de las oportunidades de aprendizaje permanente disponibles en los Estados miembros;

e)

reforzar la contribución del aprendizaje permanente a la realización personal, la cohesión social, la ciudadanía activa, el diálogo intercultural, la igualdad entre hombres y mujeres y la participación de las personas con necesidades especiales;

f)

ayudar a promover la creatividad, la competitividad, la empleabilidad y el crecimiento de un espíritu empresarial;

g)

favorecer una mayor participación en el aprendizaje permanente de personas de todas las edades , independientemente de su procedencia social o su formación académica, prestando especial atención a los grupos de población infrarrepresentados en los sistemas de educación y formación europeos ;

h)

promover el aprendizaje de idiomas y la diversidad lingüística;

i)

reforzar la capacidad del aprendizaje permanente para crear un sentimiento de ciudadanía europea , basada en la comprensión y en el respeto de los derechos humanos y de la democracia, y fomentar la tolerancia y el respeto por otros pueblos y otras culturas;

j)

promover la cooperación en materia de aseguramiento de la calidad en todos los sectores de la educación y la formación de Europa;

k)

aprovechar resultados y productos y procesos innovadores e intercambiar buenas prácticas en los ámbitos cubiertos por el programa integrado para mejorar la calidad de la educación y la formación, mediante la identificación de las mejores prácticas .

4.   De acuerdo con las disposiciones administrativas que se adoptan en el anexo, el programa integrado será apoyo y complemento de la actuación de los Estados miembros.

5.   Como se establece en el artículo 2, los objetivos del programa integrado se perseguirán mediante la aplicación de cuatro programas sectoriales, un programa transversal y el programa Jean Monnet, en adelante, en conjunto, «los programas específicos».

6.   La presente Decisión se aplicará a lo largo del período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013. No obstante, las medidas preparatorias, incluidas las decisiones que la Comisión adopte en virtud del artículo 9, podrán aplicarse desde la entrada en vigor de la presente Decisión.

7.   Las disposiciones de la presente Decisión relativas al programa integrado regularán también los programas específicos, a los que se les aplicarán además disposiciones específicas.

Artículo 2

Los programas específicos

1.   Los programas sectoriales serán los siguientes:

a)

el programa Comenius, que atenderá a las necesidades de enseñanza y aprendizaje de todos los participantes en la educación preescolar y escolar, hasta el final de la enseñanza secundaria superior, así como de los centros y organizaciones que imparten esa educación;

b)

el programa Erasmus, que atenderá a las necesidades de enseñanza y aprendizaje de todos los participantes en la enseñanza superior formal y en la formación profesional al nivel terciario, cualquiera que sea la duración de la carrera o cualificación e incluidos los estudios de doctorado, así como de los centros y organizaciones que imparten esa enseñanza y formación;

c)

el programa Leonardo da Vinci, que atenderá a las necesidades de enseñanza y aprendizaje de todos los participantes en la formación profesional, tanto inicial como continua, salvo la formación profesional de grado superior al nivel terciario, así como de los centros y organizaciones que imparten o facilitan esa formación;

d)

el programa Grundtvig, que atenderá a las necesidades de enseñanza y aprendizaje de los participantes en todas las formas de educación de adultos, así como de los centros y organizaciones que imparten o facilitan esa educación.

2.   El programa transversal abarcará las cuatro actividades clave siguientes:

a)

cooperación política en materia de aprendizaje permanente dentro de la Comunidad;

b)

promoción del aprendizaje de idiomas;

c)

desarrollo de contenidos, servicios, pedagogías y prácticas de aprendizaje permanente innovadores y basados en las TIC;

d)

difusión y aprovechamiento de los resultados de actividades subvencionadas al amparo del programa y de anteriores programas afines, así como intercambio de buenas prácticas.

3.   El programa Jean Monnet prestará apoyo a centros y actividades en el ámbito de la integración europea. Abarcará las tres actividades clave siguientes:

a)

la Acción Jean Monnet;

b)

las subvenciones de funcionamiento para apoyar a centros específicos que traten temas relacionados con la integración europea;

c)

las subvenciones de funcionamiento para apoyar a otros centros y asociaciones europeos en los ámbitos de la educación y la formación.

4.   Además de los objetivos enunciados en el artículo 1, los programas específicos tendrán los siguientes objetivos específicos:

a)

programa Comenius:

i)

desarrollar, entre los jóvenes y el personal educativo, la comprensión de la diversidad de las culturas y lenguas europeas, y del valor de todas ellas;

ii)

ayudar a la juventud a adquirir las aptitudes básicas para la vida y las competencias necesarias para su desarrollo personal, su futuro laboral y la ciudadanía europea activa;

b)

programa Erasmus:

i)

apoyar la realización de un espacio europeo de la enseñanza superior;

ii)

consolidar la contribución de la enseñanza superior y de la formación profesional de grado superior al proceso de innovación;

c)

programa Leonardo da Vinci:

i)

facilitar la adaptación a los cambios y exigencias en el mercado de trabajo y a la evolución de las necesidades de cualificación;

ii)

facilitar la movilidad de los estudiantes trabajadores ;

iii)

aumentar el atractivo de la formación profesional y de la movilidad para los empresarios y los individuos;

d)

programa Grundtvig:

i)

responder al reto educativo del envejecimiento de la población europea;

ii)

ayudar a ofrecer a los adultos vías alternativas para mejorar sus conocimientos y competencias;

e)

programa transversal:

i)

promover la cooperación europea en ámbitos cubiertos por al menos dos programas sectoriales;

ii)

fomentar la convergencia de los sistemas de educación y formación de los Estados miembros;

f)

programa Jean Monnet:

i)

estimular las actividades de enseñanza, investigación y reflexión en el ámbito de los estudios sobre la integración europea;

ii)

apoyar la existencia de una gama adecuada de centros y asociaciones dedicados a temas relacionados con la integración europea y la educación y la formación con perspectiva europea.

Artículo 3

Definiciones

A los efectos de la presente Decisión, se aplicarán las siguientes definiciones:

1.

«Preescolar»: actividad educativa organizada emprendida antes del inicio de la educación primaria obligatoria.

2.

«Escolares»: personas inscritas en una escuela para aprender.

3.

«Escuela»: centro de cualquier tipo que imparte educación general (infantil u otra preescolar, primaria o secundaria), profesional o técnica; excepcionalmente, en el caso de las medidas encaminadas a promover el aprendizaje de idiomas, centro no escolar que imparte formación en régimen de aprendizaje.

4.

«Profesores/personal educativo»: personas que, por su cometido, están implicadas directamente en el proceso educativo en los Estados miembros.

5.

«Estudiante»: persona matriculada en un centro de enseñanza superior, cualquiera que sea su campo de estudio, con el fin de cursar estudios de enseñanza superior que permitan obtener un diploma o título, incluido el nivel de doctorado.

6.

«Centro de enseñanza superior»:

a)

todo tipo de centro de enseñanza superior conforme a las legislaciones o prácticas nacionales, que expida cualificaciones o títulos de nivel superior, cualquiera que sea su denominación en los Estados miembros;

b)

todo centro que imparta formación profesional de grado superior a los niveles 5 ó 6 de la Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE).

7.

«Másters conjuntos»: los másters o cursos de postgrado de la enseñanza superior que:

a)

cuenten con la participación de al menos tres centros de enseñanza superior de tres Estados miembros diferentes;

b)

apliquen un programa de estudios que incluya un período de estudio en al menos dos de esos tres centros;

c)

dispongan de mecanismos integrados para el reconocimiento de los períodos de estudio cursados en los centros asociados basados en el Sistema Europeo de Transferencia de Créditos o compatibles con él;

d)

culminen en la concesión por los centros participantes de diplomas conjuntos, dobles o múltiples, reconocidos o acreditados por los Estados miembros.

8.

«Formación profesional inicial»: toda forma de formación profesional inicial, incluidos la enseñanza técnica y profesional, los sistemas de aprendizaje y la enseñanza orientada profesionalmente, que contribuya al logro de una cualificación profesional reconocida por las autoridades competentes del Estado miembro en el que se obtenga.

9.

«Formación profesional continua»: toda formación profesional cursada por una persona en la Comunidad durante su vida laboral.

10.

«Educación de adultos»: toda forma de enseñanza de adultos no profesional, de carácter tanto formal como no formal o informal.

11.

«Visita de estudio»: breve visita realizada para estudiar un aspecto particular del aprendizaje permanente en otro Estado miembro, intercambiar buenas prácticas o aprender una nueva metodología o aptitud.

12.

«Movilidad»: desplazamiento físico a otro país con el fin de cursar estudios, adquirir experiencia laboral o desempeñar otra actividad de aprendizaje o enseñanza o una actividad administrativa afín, con el respaldo, cuando convenga, de cursos de preparación o de refresco en el idioma de acogida.

13.

«Estancia»: presencia en una empresa u organización de otro Estado miembro, respaldada, en caso necesario, con cursos de preparación o de refresco en el idioma de acogida, a fin de fomentar la adaptación a las exigencias del mercado de trabajo a escala europea, de adquirir una aptitud específica o de mejorar la comprensión del entorno económico y social del país de que se trate.

14.

«Unilateral»: que concierne a un solo centro.

15.

«Bilateral»: que implica a socios de dos Estados miembros.

16.

«Multilateral»: que implica a socios de al menos tres Estados miembros. La Comisión puede considerar multilaterales las asociaciones u otros organismos cuyos miembros procedan de al menos tres Estados miembros.

17.

«Asociación»: acuerdo bilateral o multilateral entre un grupo de centros u organizaciones de diferentes Estados miembros con objeto de realizar conjuntamente actividades europeas en el ámbito del aprendizaje permanente.

18.

«Red»: agrupación formal o informal de organismos activos en un ámbito, una disciplina o un sector particulares del aprendizaje permanente.

19.

«Proyecto»: actividad de cooperación desarrollada conjuntamente por una agrupación formal o informal de organizaciones o centros.

20.

«Coordinador de un proyecto»: organización o centro encargados de la realización del proyecto por la agrupación multilateral que firma el convenio de subvención con la Comisión.

21.

«Socios de un proyecto»: organizaciones o centros que forman la agrupación multilateral, con excepción del coordinador.

22.

«Empresa»: toda compañía del sector público o privado, cualesquiera que sean su tamaño, su forma jurídica o el sector económico en el que ejerza su actividad, y cualquier tipo de actividad económica, incluida la economía social.

23.

«Interlocutores sociales»: en el ámbito nacional, organizaciones de empleadores y de trabajadores conforme a las legislaciones o prácticas nacionales; en el ámbito comunitario, organizaciones de empleadores y de trabajadores que participan en el diálogo social a escala comunitaria.

24.

«Proveedor de aprendizaje»: todo centro u organización que proporcione aprendizaje permanente en el contexto del programa integrado o dentro de los límites de sus programas específicos.

25.

«Orientación y asesoramiento»: una gama de actividades, como información, análisis, orientación y consejo, para asistir a los alumnos y al personal docente a la hora de tomar decisiones en relación con los programas de educación o formación o las oportunidades de empleo.

26.

«Difusión y aprovechamiento de resultados»: actividades encaminadas a lograr que los resultados del programa integrado y sus predecesores sean adecuadamente reconocidos, probados y aplicados a amplia escala.

27.

«Aprendizaje permanente»: toda la educación general, la formación profesional, la educación no formal y el aprendizaje informal, emprendidos a lo largo de la vida, que permitan mejorar los conocimientos, las aptitudes y las competencias con una perspectiva personal, cívica, social o laboral. Incluye la prestación de servicios de asesoramiento y orientación.

Artículo 4

Acceso al programa integrado

Tendrán acceso al programa integrado aquellas personas y entidades enumeradas a continuación que actúen con arreglo a la legislación de los Estados miembros :

a)

escolares, estudiantes, personas en formación y alumnos adultos;

b)

personal que participe en cualquier aspecto del aprendizaje permanente;

c)

quienes se encuentren en el mercado de trabajo;

d)

proveedores de aprendizaje;

e)

personas y organismos responsables de sistemas y políticas relacionados con cualquier aspecto del aprendizaje permanente a nivel local, regional, nacional y europeo ;

f)

empresas, interlocutores sociales y sus organizaciones a todos los niveles, incluidas las organizaciones profesionales y las cámaras de comercio e industria;

g)

organismos que presten servicios de orientación, asesoramiento e información relacionados con cualquier aspecto del aprendizaje permanente;

h)

asociaciones activas en el ámbito del aprendizaje permanente, incluidas las de estudiantes, personas en formación, escolares, profesores, padres y alumnos adultos;

i)

centros de investigación y organismos que trabajen sobre aspectos del aprendizaje permanente;

j)

organizaciones sin ánimo de lucro, organizaciones de voluntariado y organizaciones no gubernamentales (ONG).

Artículo 5

Acciones comunitarias

1.   El programa integrado incluirá ayudas para las siguientes acciones:

a)

movilidad de las personas que participan en el aprendizaje permanente en Europa , incluido el apoyo mediante subvenciones a la movilidad y subvenciones a la organización de la movilidad a instituciones de enseñanza superior, a promotores de la movilidad y a empresas que envíen o acojan a personas (por ejemplo, para la organización y gestión de los proyectos y disposiciones necesarios para una movilidad de alta calidad) ;

b)

asociaciones bilaterales y multilaterales;

c)

proyectos multilaterales encaminados a desarrollar y mejorar la calidad de los sistemas nacionales de educación y formación;

d)

proyectos unilaterales y nacionales;

e)

proyectos y redes multilaterales;

f)

observación y análisis de políticas y sistemas en el ámbito del aprendizaje permanente, elaboración de material de referencia, incluidos encuestas, estadísticas, análisis e indicadores, medidas para apoyar la transparencia y el reconocimiento de las cualificaciones y de los estudios previos y medidas para apoyar la cooperación en el aseguramiento de la calidad y para apoyar proyectos piloto con vistas al desarrollo de planteamientos innovadores destinados a aumentar las posibilidades de empleo de los alumnos en Europa ;

g)

subvenciones de funcionamiento para sufragar determinados costes de funcionamiento y administrativos de las organizaciones que actúan en el ámbito cubierto por el programa integrado;

h)

otras iniciativas acordes con los objetivos del programa integrado («medidas de acompañamiento»).

2.   Podrá concederse ayuda comunitaria para visitas preparatorias y de refresco con miras a cualquiera de las acciones previstas en el presente artículo.

3.   La Comisión podrá organizar seminarios, coloquios o reuniones que puedan facilitar la realización del programa integrado y llevar a cabo las acciones oportunas de información, publicación y difusión, así como acciones para aumentar la aceptación del programa y de seguimiento y evaluación del programa.

4.   Las acciones enunciadas en el presente artículo podrán ejecutarse mediante convocatorias de propuestas o licitaciones, o directamente por la Comisión.

Artículo 6

Tareas de la Comisión y de los Estados miembros

1.   La Comisión será responsable de la realización de las acciones comunitarias previstas en el programa integrado.

2.   Los Estados miembros:

a)

adoptarán las medidas necesarias para que el programa integrado funcione con eficacia y eficiencia a escala nacional, con la participación de todas las partes implicadas en todos los aspectos del aprendizaje permanente y de acuerdo con las prácticas nacionales;

b)

establecerán o designarán y controlarán una estructura adecuada para la gestión coordinada de la realización de las acciones del programa integrado a escala nacional (agencias nacionales), incluida la gestión presupuestaria, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del apartado 2 del artículo 54 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 y en el artículo 38 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, y según los siguientes criterios:

i)

las organizaciones establecidas o designadas como agencias nacionales tendrán personalidad jurídica y se regirán por la legislación del Estado miembro de que se trate; no podrá designarse un ministerio como agencia nacional;

ii)

las agencias nacionales deberán disponer de un personal suficiente, con competencias profesionales y lingüísticas adecuadas para trabajar en un ambiente de cooperación internacional en el ámbito de la educación y la formación;

iii)

deberán tener una infraestructura apropiada, en particular, por lo que respecta a la informática y las comunicaciones;

iv)

deberán funcionar dentro de un contexto administrativo que les permita desempeñar satisfactoriamente sus tareas y evitar conflictos de intereses;

v)

deberán poder aplicar las normas de gestión financiera y las condiciones contractuales establecidas a nivel comunitario;

vi)

deberán ofrecer garantías financieras adecuadas, emitidas preferiblemente por una autoridad pública, y tener una capacidad de gestión adecuada al volumen de los fondos comunitarios que se vean abocadas a administrar;

c)

serán responsables de que las agencias nacionales contempladas en la letra b) gestionen correctamente los créditos que les hayan sido transferidos para apoyar proyectos y, en particular, de que respeten los principios de transparencia, igualdad de trato y prevención de la doble financiación con otras fuentes de fondos comunitarios y estén obligadas a efectuar un seguimiento de los proyectos y a recuperar los fondos debidos en concepto de reembolso por los beneficiarios;

d)

tomarán las medidas necesarias para someter a las agencias nacionales contempladas en la letra b) al control y la supervisión financiera debidos y, en particular, para:

i)

presentar a la Comisión, antes de que la agencia nacional comience a funcionar, las garantías necesarias de la existencia, la pertinencia y el funcionamiento correcto en ellas, conforme a las normas de buena gestión financiera, de los procedimientos aplicables, los sistemas de control, los sistemas de contabilidad y los procedimientos de contratación y concesión de subvenciones;

ii)

presentar a la Comisión, cada año, una declaración de garantía de la fiabilidad de los sistemas y procedimientos financieros de las agencias nacionales, así como de la exactitud de sus cuentas;

e)

serán responsables, en caso de irregularidad, negligencia o fraude imputables a una estructura nacional establecida o designada con arreglo a la letra b) y que den lugar a reclamaciones de la Comisión a la agencia nacional que no hayan sido completamente recuperadas, de los fondos no recuperados;

f)

designarán, a solicitud de la Comisión, a los proveedores de aprendizaje o a los tipos de proveedores de aprendizaje que podrán optar a participar en el programa integrado en sus territorios respectivos;

g)

adoptarán todas las medidas oportunas para eliminar los obstáculos legales y administrativos al correcto funcionamiento del programa integrado;

h)

difundirán la información relativa a los programas a través de los medios de comunicación más adecuados, de tal modo que facilite el acceso de los grupos específicos a los que va dirigida;

i)

tomarán medidas para que se produzcan a nivel nacional las potenciales sinergias con otros programas e instrumentos financieros comunitarios y con otros programas pertinentes que funcionen en sus territorios.

3.   La Comisión, en cooperación con los Estados miembros, se encargará de:

a)

la transición entre las acciones llevadas a cabo al amparo de los programas anteriores en los ámbitos de la educación, la formación y el aprendizaje permanente y aquellas que vayan a ponerse en práctica con arreglo al programa integrado;

b)

la debida protección de los intereses económicos de la Comunidad, en particular, introduciendo medidas eficaces, proporcionadas y disuasivas, controles administrativos y sanciones;

c)

la información, la publicidad y el seguimiento adecuados en relación con las acciones realizadas al amparo del programa integrado.

Artículo 7

Participación de terceros países

1.   El programa integrado estará abierto a la participación de:

a)

los países de la AELC que sean miembros del EEE, de conformidad con las condiciones establecidas en el Acuerdo sobre el EEE;

b)

Turquía y los países candidatos de Europa Central y Oriental que se acojan a una estrategia de preadhesión, conforme a los principios generales y los términos y condiciones generales de participación de dichos países en los programas comunitarios establecidos respectivamente en el Acuerdo marco y en las decisiones de los Consejos de asociación;

c)

los Balcanes Occidentales, con arreglo a las disposiciones que se adopten con estos países tras la celebración de acuerdos marco sobre su participación en programas comunitarios;

d)

la Confederación Suiza, sobre la base de un acuerdo bilateral que debe celebrarse con este país.

2.   La actividad clave no 1 del programa Jean Monnet contemplada en la letra a) del apartado 3 del artículo 2 estará también abierta a los centros de enseñanza superior de cualquier otro tercer país.

3.   Los terceros países que participen en el programa integrado estarán sujetos a todas las obligaciones y cumplirán todas las tareas que se establecen en la presente Decisión en relación con los Estados miembros.

Artículo 8

Cooperación internacional

Al amparo del programa integrado y con arreglo al artículo 9, la Comisión podrá cooperar con terceros países y con las organizaciones internacionales competentes, en particular, el Consejo de Europa, la Organización de Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco).

Capítulo II

Aplicación del programa integrado

Artículo 9

Medidas de aplicación

1.   La Comisión adoptará las medidas necesarias para la aplicación del programa integrado en relación con los siguientes aspectos con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 10:

a)

el plan de trabajo anual;

b)

el presupuesto anual y la distribución de los fondos entre los programas específicos;

c)

las disposiciones encaminadas a garantizar la coherencia interna del programa integrado;

d)

las disposiciones relativas al seguimiento y la evaluación del programa integrado y a la difusión y transferencia de sus resultados.

2.   Las medidas necesarias para la realización de todas las tareas previstas en el título I que no se especifican en el apartado 1 se adoptarán con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 3 del artículo 10.

Artículo 10

Comité

1.   La Comisión estará asistida por un Comité, en lo sucesivo denominado «el Comité».

2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 4 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8.

El plazo contemplado en el apartado 3 del artículo 4 de la Decisión 1999/468/CE quedará fijado en dos meses.

3.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 3 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8.

4.   El Comité adoptará su reglamento interno.

5.   Los Estados miembros no podrán estar representados por personas empleadas en las agencias nacionales mencionadas en la letra b) del apartado 2 del artículo 6 o que tengan responsabilidades operativas en ellas.

Artículo 11

Interlocutores sociales

1.   Cuando se consulte al Comité sobre cualquier aspecto de la aplicación de la presente Decisión en relación con la formación profesional, podrán participar en los trabajos del Comité, en calidad de observadores, representantes de los interlocutores sociales, que serán designados por la Comisión a propuesta de los interlocutores sociales europeos. El número de estos observadores será igual al de representantes de los Estados miembros.

2.   Estos observadores tendrán derecho a solicitar que su posición conste en el acta de la reunión del Comité.

Artículo 12

Asuntos horizontales

Al aplicar el programa integrado, se prestará la debida atención a que contribuya plenamente a hacer avanzar las políticas horizontales de la Comunidad Europea, en particular:

a)

promoviendo la sensiblización ante la importancia de la diversidad cultural y lingüística, y de la multiculturalidad en Europa y ante la necesidad de luchar contra los prejuicios, el racismo y la xenofobia;

b)

teniendo en cuenta a los alumnos con necesidades especiales y, en particular, ayudando a fomentar su integración en la educación y formación generales;

c)

promoviendo la sensibilidad ante la importancia de contribuir a un desarrollo económico sostenible;

d)

fomentando la igualdad entre hombres y mujeres y contribuyendo a luchar contra toda forma de discriminación por motivos de sexo, origen racial o étnico, religión o creencias, discapacidad, edad u orientación sexual.

Artículo 13

Acciones conjuntas

Dentro del proceso de construcción de la Europa del conocimiento, las acciones que reciban apoyo del programa integrado podrán ejecutarse, con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 10, junto con programas y acciones comunitarios afines que tengan por objeto, en particular, los ámbitos de la cultura, los medios de comunicación, la juventud, la investigación y el desarrollo, el empleo, la empresa, el medio ambiente y las tecnologías de la información y la comunicación.

Artículo 14

Coherencia y complementariedad

1.   En cooperación con los Estados miembros, la Comisión garantizará la coherencia y complementariedad generales con otras políticas, instrumentos y acciones de carácter comunitario pertinentes y, en particular, con el Fondo Social Europeo, las acciones en materia de recursos humanos y movilidad del programa marco comunitario de investigación y desarrollo y el programa estadístico comunitario. La Comisión establecerá un vínculo efectivo entre el programa integrado y los programas y acciones en el ámbito de la educación y formación emprendidos en el contexto de los instrumentos comunitarios de preadhesión y de otros tipos de cooperación de la Comunidad con terceros países y con las organizaciones internacionales competentes.

2.   La Comisión mantendrá informado al Comité sobre otras iniciativas comunitarias destacadas que se adopten en el ámbito del aprendizaje permanente, incluida la cooperación con terceros países y organizaciones internacionales.

3.   Al aplicar las medidas del programa integrado, la Comisión y los Estados miembros tendrán en cuenta las prioridades fijadas en las directrices de empleo adoptadas por el Consejo, dentro de una estrategia coordinada de empleo.

4.   En colaboración con los interlocutores sociales europeos, la Comisión se comprometerá a desarrollar una coordinación adecuada entre el programa integrado y el diálogo social a escala comunitaria, incluso a nivel sectorial.

5.   Al aplicar el programa integrado, la Comisión solicitará, cuando proceda, la asistencia del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Cedefop), en las áreas de su competencia y de conformidad con lo establecido en el Reglamento (CEE) no 337/75 del Consejo (18). En su caso, la Comisión podrá también solicitar la ayuda de la Fundación Europea de Formación dentro del ámbito de sus competencias y de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (CEE) no 1360/90 del Consejo, de 7 de mayo de 1990  (19).

6.   La Comisión mantendrá informado al Comité consultivo de formación profesional de los progresos importantes que se logren gracias al programa Leonardo da Vinci.

Capítulo III

Disposiciones financieras — Evaluación

Artículo 15

Financiación

1.   El marco financiero indicativo para la ejecución de la presente Decisión para un período de 7 años a partir del 1 de enero de 2007 ascenderá a 14 377 000 000 de euros. En este marco, los importes que se asignen a los programas Comenius, Erasmus, Leonardo da Vinci y Grundtvig no serán inferiores a los que se fijan en el punto 9 de la parte B del anexo. Esos importes podrán ser modificados por la Comisión con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 10.

2.   Un 1 %, como máximo, del presupuesto del programa integrado podrá ser destinado a apoyar la participación en acciones de asociación, proyectos y redes organizadas con arreglo al programa integrado de socios procedentes de terceros países que no participen en el programa integrado según lo establecido en el artículo 7.

3.   La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales dentro del límite de las perspectivas financieras.

Artículo 16

Seguimiento y evaluación

1.   La Comisión, en cooperación con los Estados miembros, efectuará un seguimiento periódico del programa integrado. Este seguimiento incluirá los informes a que se refiere el apartado 4 y otras actividades específicas.

2.   La Comisión tomará medidas para que se efectúen evaluaciones periódicas, independientes y externas del programa integrado.

3.   Los Estados miembros presentarán a la Comisión, a más tardar el 30 de junio de 2010 y el 30 de junio de 2015, informes sobre, respectivamente, la realización y el impacto del programa integrado.

4.   La Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones:

a)

un informe de evaluación intermedia sobre los resultados obtenidos y sobre y los aspectos cualitativos y cuantitativos de la realización del programa integrado, a más tardar el 31 de marzo de 2011,

b)

una comunicación sobre la continuación del programa integrado, a más tardar el 31 de diciembre de 2011,

c)

un informe de evaluación ex post, a más tardar el 31 de marzo de 2016.

TÍTULO II

PROGRAMAS ESPECÍFICOS

Capítulo I

Programa Comenius

Artículo 17

Acceso al programa Comenius

En el marco del programa integrado, el programa Comenius irá dirigido a:

a)

escolares que cursan educación preescolar y escolar hasta el final de la educación secundaria superior;

b)

escuelas, con arreglo a lo que dispongan los Estados miembros;

c)

personal docente, de apoyo y administrativo de esas escuelas;

d)

asociaciones y representantes de todos los participantes en la educación escolar;

e)

organizaciones públicas y privadas responsables de organizar e impartir educación a niveles local, regional y nacional;

f)

centros de investigación y organismos que trabajen sobre aspectos del aprendizaje permanente;

g)

centros de enseñanza superior.

Artículo 18

Objetivos operativos

Además de los objetivos del programa integrado establecidos en los artículos 1 y 2, los objetivos operativos del programa Comenius serán:

a)

promover la convergencia de los sistemas educativos de los Estados miembros con vistas a unos estándares de calidad superiores, especialmente mediante el intercambio y la difusión de buenas prácticas;

b)

aumentar el volumen y mejorar la calidad de los intercambios de escolares y personal educativo entre Estados miembros;

c)

aumentar el volumen y mejorar la calidad de las asociaciones entre escuelas de diferentes Estados miembros, para que al menos un escolar de cada quince haya participado en actividades educativas conjuntas durante el período del programa;

d)

incitar a aprender lenguas extranjeras, esto es, una segunda lengua extranjera o una lengua extranjera adicional ;

e)

reforzar la calidad y la dimensión europea de la formación del profesorado;

f)

mejorar los enfoques pedagógicos y la administración de las escuelas.

Artículo 19

Acciones

1.   El programa Comenius podrá conceder apoyo a las siguientes acciones:

a)

movilidad de personas, según lo establecido en la letra a) del apartado 1 del artículo 5. Al disponer o apoyar la organización de esta movilidad, se adoptarán las necesarias medidas preparatorias y se velará por que exista una supervisión y una asistencia adecuadas para los jóvenes que se desplacen. Esta movilidad podrá incluir:

i)

los intercambios de escolares y personal;

ii)

las estancias de escolares o personal educativo en escuelas o empresas de otros países;

iii)

la participación en cursos de formación para profesores;

iv)

las visitas de estudio y preparatorias para actividades de movilidad, asociación, proyectos o redes;

v)

los lectorados para profesores o futuros profesores;

b)

asociaciones, según la letra b) del apartado 1 del artículo 5 ;

i)

entre escuelas, con el fin de desarrollar proyectos educativos conjuntos entre los escolares (asociaciones de centros escolares Comenius) ;

ii)

entre organizaciones responsables de cualquier aspecto de la educación escolar, con vistas a promover la cooperación regional (asociaciones regionales Comenius);

c)

proyectos multilaterales de cooperación conforme a la letra e) del apartado 1 del artículo 5, entre los que pueden contarse proyectos con los siguientes fines:

i)

elaborar, promover y difundir las mejores prácticas en materia de educación, incluidos los nuevos métodos y materiales didácticos;

ii)

establecer sistemas de información u orientación especialmente adaptados a los alumnos y personal docente a los que se dirige el programa Comenius, o intercambiar experiencia en torno a estos sistemas;

iii)

elaborar, promover y difundir nuevos cursos o contenidos didácticos para la formación del profesorado;

d)

redes, según la letra e) del apartado 1 del artículo 5, entre las que se pueden incluirse las encaminadas a:

i)

elaborar ofertas educativas en la disciplina o área temática correspondiente, por propio interés o por el de la educación en un sentido más amplio;

ii)

incorporar y difundir buenas prácticas e innovaciones pertinentes;

iii)

ayudar a dar contenido a proyectos y asociaciones promovidos por terceros;

iv)

promover la realización de análisis de las necesidades y sus aplicaciones prácticas dentro de la educación escolar;

e)

otras iniciativas encaminadas a promover los objetivos del programa Comenius, según la letra h) del apartado 1 del artículo 5 (medidas de acompañamiento).

2.   Los detalles sobre el funcionamiento de las medidas a que se refiere el apartado 1 se decidirán conforme al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 10.

Artículo 20

Presupuesto

Un 85% como mínimo del presupuesto disponible para el programa Comenius se destinará a apoyar la movilidad conforme a la letra a) del apartado 1 del artículo 19 y a las asociaciones Comenius previstas en la letra b) del mismo apartado.

Artículo 21

Medidas de aplicación

1.   La Comisión adoptará las medidas necesarias para la aplicación del programa Comenius en relación con los siguientes aspectos con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 10:

a)

el plan de trabajo anual;

b)

el presupuesto anual y el desglose de los fondos entre las diversas acciones del programa Comenius;

c)

las directrices generales de aplicación del programa Comenius, así como los criterios y procedimientos de selección;

d)

la distribución de los fondos entre los Estados miembros para las acciones que deban gestionarse según el procedimiento de la agencia nacional que se establece en el anexo;

e)

las disposiciones relativas al seguimiento y la evaluación del programa y a la difusión y transferencia de sus resultados.

2.   Las medidas necesarias para la aplicación del programa Comenius en lo relativo a todos los aspectos que no se especifican en el apartado 1 se adoptarán con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 3 del artículo 10.

Capítulo II

Programa Erasmus

Artículo 22

Acceso al programa Erasmus

En el marco del programa integrado, el programa Erasmus irá dirigido a:

a)

estudiantes y personas en formación que cursen cualquier forma de enseñanza superior o de formación profesional de grado superior (niveles 5 ó 6 de la CINE);

b)

centros de enseñanza superior, según lo que dispongan los Estados miembros;

c)

personal docente y administrativo de esos centros;

d)

asociaciones y representantes de todos los participantes en la enseñanza superior, incluidas las asociaciones pertinentes de estudiantes, universidades y profesores o formadores;

e)

empresas, interlocutores sociales y otros representantes del mundo laboral;

f)

organizaciones públicas y privadas responsables de organizar e impartir educación y formación a niveles local y regional;

g)

centros de investigación y organismos que trabajen sobre aspectos del aprendizaje permanente.

Artículo 23

Objetivos operativos

Además de los objetivos del programa integrado establecidos en los artículos 1 y 2, los objetivos operativos del programa Erasmus serán:

a)

aumentar el volumen y mejorar la calidad de la movilidad de estudiantes y personal docente en Europa, contribuyendo a lograr que, en 2011, al menos tres millones de estudiantes se hayan desplazado gracias a Erasmus y sus programas predecesores;

b)

aumentar el volumen y mejorar la calidad de la cooperación multilateral entre los centros europeos de enseñanza superior;

c)

aumentar la convergencia entre las cualificaciones de la enseñanza superior y de la formación profesional de grado superior obtenidas en Europa;

d)

fomentar la cooperación entre los centros de enseñanza superior y las empresas.

Artículo 24

Acciones

1.   El programa Erasmus podrá conceder apoyo a las siguientes acciones:

a)

movilidad de personas según lo establecido en la letra a) del apartado 1 del artículo 5; esta movilidad podrá incluir:

i)

desplazamientos de estudiantes a otro país para cursar estudios o recibir formación en centros de enseñanza superior y efectuar estancias en empresas, centros de formación u otras organizaciones;

ii)

desplazamientos de personal docente de centros de enseñanza superior a otro país con el fin de enseñar o recibir formación en un centro asociado;

iii)

desplazamientos de otro personal de los centros de enseñanza superior o de personal de empresas, con fines de formación o enseñanza;

iv)

programas intensivos Erasmus organizados con carácter multilateral;

también podrá concederse apoyo a centros de enseñanza superior o empresas del país de origen y del de acogida para tareas encaminadas a aportar calidad a todas las fases de los desplazamientos, incluidos los cursos de lenguas de preparación y de refresco ;

b)

proyectos conjuntos conforme a la letra e) del apartado 1 del artículo 5 centrados, entre otros aspectos, en la innovación y la experimentación en las áreas mencionadas en los objetivos específicos y operativos;

c)

redes, según la letra e) del apartado 1 del artículo 5, promovidas por consorcios de centros de enseñanza superior y que representen una disciplina o un ámbito transversal («redes temáticas Erasmus»), con objeto de desarrollar nuevos conceptos didácticos y competencias; tales redes podrán también incluir a representantes de otros organismos públicos o de empresas o asociaciones;

d)

otras iniciativas encaminadas a promover los objetivos del programa Erasmus, según la letra h) del apartado 1 del artículo 5 («medidas de acompañamiento»).

2.   Las personas que se desplacen con arreglo al inciso i) de la letra a) del apartado 1 («estudiantes Erasmus») serán:

a)

estudiantes de centros de enseñanza superior que, una vez concluido al menos el primer año de estudios, pasan un período de estudios en otro Estado miembro con arreglo a la acción de movilidad del programa Erasmus, independientemente de que se les haya concedido ayuda financiera al amparo del programa; tales períodos serán plenamente reconocidos en virtud de los acuerdos interinstitucionales entre los centros de origen y de acogida; los centros de acogida no cobrarán tasas de matrícula a esos estudiantes;

b)

estudiantes matriculados en programas de másters conjuntos en un país distinto de aquél en el que hayan obtenido su licenciatura;

c)

estudiantes de centros de enseñanza superior que participan en estancias en empresas , administraciones publicas o centros de formación.

3.   Los detalles sobre el funcionamiento de las medidas a que se refiere el apartado 1 se decidirán con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 10.

Artículo 25

Presupuesto

Un 85 % como mínimo del presupuesto disponible para el programa Erasmus se destinará a apoyar la movilidad según la letra a) del apartado 1 del artículo 24.

Artículo 26

Medidas de aplicación

1.   La Comisión adoptará las medidas necesarias para la aplicación del programa Erasmus en relación con los siguientes aspectos con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 10:

a)

el plan de trabajo anual;

b)

el presupuesto anual y el desglose de los fondos entre las diversas acciones del programa Erasmus;

c)

las directrices generales de aplicación del programa Erasmus, así como los criterios y procedimientos de selección;

d)

la distribución de los fondos entre los Estados miembros para las acciones que deban gestionarse según el procedimiento de la agencia nacional que se establece en el anexo;

e)

las disposiciones relativas al seguimiento y la evaluación del programa y a la difusión y transferencia de sus resultados.

2.   Las medidas necesarias para la aplicación del programa Erasmus en lo relativo a todos los aspectos que no se especifican en el apartado 1 se adoptarán con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 3 del artículo 10.

Capítulo III

Programa Leonardo da Vinci

Artículo 27

Acceso al programa Leonardo da Vinci

En el marco del programa integrado, el programa Leonardo da Vinci irá dirigido a:

a)

jóvenes que cursen cualquier tipo de formación profesional hasta el final de la enseñanza secundaria superior (nivel 3 de la CINE);

b)

alumnos de formación profesional continua (nivel 4 de la CINE);

c)

personas que se encuentren en el mercado de trabajo;

d)

proveedores de aprendizaje en los ámbitos cubiertos por el programa Leonardo da Vinci;

e)

personal docente y administrativo que se cuente entre esos proveedores de aprendizaje;

f)

asociaciones y representantes de quienes participen en la formación profesional, incluidas las asociaciones de personas en formación, de padres y de profesores;

g)

empresas, interlocutores sociales y otros representantes del mundo laboral, incluidas las cámaras de comercio y otras organizaciones profesionales;

h)

organismos que presten servicios de orientación, asesoramiento e información en relación con cualquier aspecto del aprendizaje permanente;

i)

personas y organismos responsables de los sistemas y las políticas aplicables a cualquier aspecto del aprendizaje permanente a escala local, regional y nacional;

j)

centros de investigación y organismos que trabajen sobre aspectos del aprendizaje permanente;

k)

organizaciones sin ánimo de lucro, organizaciones de voluntariado y ONG.

Artículo 28

Objetivos operativos

Además de los objetivos del programa integrado establecidos en los artículos 1 y 2, los objetivos operativos del programa Leonardo da Vinci serán:

a)

aumentar el volumen y mejorar la calidad de la movilidad en Europa de las personas en formación profesional inicial (por ejemplo, una formación profesional inicial combinada que incluya formación con arreglo al apartado 8 del artículo 3) y continua, para lograr que, al finalizar el programa integrado, las estancias en empresas lleguen, al menos, a 150 000 al año . Los Estados miembros deberán garantizar la participación individual de personas en formación en los programas de movilidad ;

b)

aumentar el volumen y mejorar la calidad de la cooperación entre proveedores de aprendizaje, empresas, interlocutores sociales y otros organismos pertinentes de toda Europa;

c)

facilitar el desarrollo de prácticas innovadoras en los ámbitos de la formación inicial y continua y su transferencia, incluso entre distintos países participantes;

d)

mejorar la transparencia y el reconocimiento de cualificaciones y competencias, incluidas las adquiridas mediante el aprendizaje no formal o informal;

e)

facilitar la adopción de medidas destinadas a contribuir al desarrollo cualitativo y cuantitativo de estancias para jóvenes en formación profesional inicial que puedan alternarse con un contrato de trabajo.

Articulo 29

Acciones

1.   El programa Leonardo da Vinci podrá conceder apoyo a las siguientes acciones:

a)

movilidad de personas según la letra a) del apartado 1 del artículo 5; al disponer o apoyar la organización de esta movilidad, se adoptarán las necesarias medidas preparatorias y se velará por que exista una supervisión y una asistencia adecuadas para las personas que se desplacen; esta movilidad podrá incluir:

i)

estancias transnacionales en empresas o centros de formación;

ii)

estancias e intercambios que tengan por objeto completar el desarrollo profesional de los formadores y asesores de orientación y de los responsables de centros de formación y de la planificación de la formación y la orientación laboral en empresas;

iii)

medidas destinadas, por un lado, a facilitar la participación de las empresas, en particular las PYME, las micro-empresas y las empresas artesanales, en el desarrollo de la movilidad de las personas a que se hace referencia en los incisos (i) y (ii), así como, por otro lado, a facilitar la inscripción de participantes en los programas de estancias;

b)

asociaciones, conforme a la letra b) del apartado 1 del artículo 5, centradas en temas de interés mutuo para las organizaciones participantes;

c)

proyectos multilaterales, según la letra c) del apartado 1 del artículo 5, en particular, orientados a mejorar los sistemas de formación mediante la transferencia de innovaciones sobre la adaptación lingüística, cultural y jurídica a las necesidades nacionales de productos y procesos innovadores desarrollados en contextos diferentes;

d)

proyectos multilaterales, conforme a la letra e) del apartado 1 del artículo 5, encaminados a mejorar los sistemas de formación mediante el desarrollo y la transferencia de innovaciones y buenas prácticas;

e)

redes temáticas de expertos y organizaciones, según la letra e) del apartado 1 del artículo 5, que trabajen en ámbitos específicos relacionados con la formación profesional;

f)

otras iniciativas encaminadas a promover los objetivos del programa Leonardo da Vinci, conforme a la letra h) del apartado 1 del artículo 5 («medidas de acompañamiento»).

2.   Los detalles sobre el funcionamiento de tales medidas se decidirán con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 10.

Artículo 30

Presupuesto

Un 75 %, como mínimo, del presupuesto disponible para el programa Leonardo da Vinci se destinará a apoyar la movilidad y las asociaciones conforme a las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 29.

Artículo 31

Medidas de aplicación

1.   La Comisión adoptará las medidas necesarias para la aplicación del programa Leonardo da Vinci en relación con los siguientes aspectos con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 10:

a)

el plan de trabajo anual;

b)

el presupuesto anual y el desglose de los fondos entre las diversas acciones del programa Leonardo da Vinci;

c)

las directrices generales de aplicación del programa Leonardo da Vinci, así como los criterios y procedimientos de selección;

d)

la distribución de los fondos entre los Estados miembros para las acciones que deban gestionarse según el procedimiento de la agencia nacional que se establece en el anexo;

e)

las disposiciones relativas al seguimiento y la evaluación del programa y a la difusión y transferencia de sus resultados.

2.   Las medidas necesarias para la aplicación del programa Leonardo da Vinci en lo relativo a todos los aspectos que no se especifican en el apartado 1 se adoptarán con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 3 del artículo 10.

Capítulo IV

Programa Grundtvig

Artículo 32

Acceso al programa Grundtvig

En el marco del programa integrado, el programa Grundtvig irá dirigido a:

a)

alumnos de educación de adultos;

b)

proveedores de aprendizaje en educación de adultos;

c)

personal docente y administrativo de esos proveedores de aprendizaje y de otras organizaciones que participen en la educación de adultos;

d)

centros que participen en la formación inicial o continua del personal de la educación de adultos;

e)

asociaciones y representantes de los participantes en la educación de adultos, incluidas las asociaciones de alumnos y de profesores;

f)

organismos que presten servicios de orientación, asesoramiento e información sobre cualquier aspecto de la educación de adultos;

g)

personas y organismos responsables de los sistemas y las políticas relacionadas con cualquier aspecto de la educación de adultos a nivel local, regional y nacional;

h)

centros de investigación y organismos que trabajen sobre aspectos de la educación de adultos;

i)

empresas;

j)

organizaciones sin ánimo de lucro, organizaciones de voluntariado y ONG;

k)

centros de enseñanza superior.

Artículo 33

Objetivos operativos

Además de los objetivos del programa integrado establecidos en los artículos 1 y 2, los objetivos operativos del programa Grundtvig serán:

a)

aumentar el volumen y mejorar la calidad de la movilidad en Europa de las personas participantes en la educación de adultos, de manera que para 2013 se apoye la movilidad de al menos 25 000 de estas personas;

b)

aumentar el volumen y mejorar la calidad de la cooperación entre organizaciones que participan en la educación de adultos en toda Europa;

c)

facilitar el desarrollo de prácticas innovadoras en la educación de adultos , de inventarios de competencias y convalidaciones de la experiencia profesional previa y su transferencia, incluso entre distintos países participantes;

d)

garantizar que las personas de sectores sociales vulnerables o ambientes sociales marginales y, en particular, las personas de edad avanzada y quienes hayan abandonado la educación sin cualificaciones básicas o registren un analfabetismo funcional , dispongan de oportunidades alternativas y realmente accesibles para participar en la educación de adultos;

e)

mejorar los enfoques pedagógicos y la gestión de las organizaciones de educación de adultos.

Artículo 34

Acciones

1.   El programa Grundtvig podrá conceder apoyo a las siguientes acciones:

a)

movilidad de personas según la letra a) del apartado 1 del artículo 5; al disponer o apoyar la organización de esta movilidad, se adoptarán las necesarias medidas preparatorias y se velará por que exista una supervisión y una asistencia adecuadas para las personas que se desplacen; esta movilidad podrá incluir visitas, estancias, lectorados e intercambios de participantes en la educación de adultos formal y no formal, así como la formación y el desarrollo profesional del personal de educación de adultos;

b)

asociaciones conforme a la letra b) del apartado 1 del artículo 5, conocidas como «asociaciones de aprendizaje Grundtvig», en torno a temas de interés mutuo para las organizaciones participantes;

c)

proyectos multilaterales según la letra e) del apartado 1 del artículo 5, con la finalidad de mejorar los sistemas de educación de adultos mediante el desarrollo y la transferencia de innovación y buenas prácticas;

d)

redes temáticas de expertos y organizaciones, conforme a la letra e) del apartado 1 del artículo 5, conocidas como «redes Grundtvig», cuyo trabajo consiste, en particular, en:

i)

desarrollar la educación de adultos en la disciplina, el área temática o el aspecto de gestión al que se refieran;

ii)

señalar , mejorar y difundir buenas prácticas e innovaciones pertinentes;

iii)

ayudar a dar contenido a proyectos y asociaciones promovidos por terceros y facilitar la interacción de estos proyectos y asociaciones;

iv)

promover el desarrollo de análisis de necesidades y aseguramiento de la calidad en la educación de adultos;

e)

otras iniciativas encaminadas a promover los objetivos del programa Grundtvig, según la letra h) del apartado 1 del artículo 5 («medidas de acompañamiento»).

2.   Los detalles sobre el funcionamiento de tales medidas se decidirán con arreglo al procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 10.

Artículo 35

Presupuesto

Un 60 %, como mínimo, del presupuesto disponible para el programa Grundtvig se destinará a apoyar la movilidad y las asociaciones conforme a las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 34.

Artículo 36

Medidas de aplicación

1.   La Comisión adoptará las medidas necesarias para la aplicación del programa Grundtvig en relación con los siguientes aspectos con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 10:

a)

el plan de trabajo anual;

b)

el presupuesto anual y el desglose de los fondos entre las diversas acciones del programa Grundtvig;

c)

las directrices generales de aplicación del programa Grundtvig, así como los criterios y procedimientos de selección;

d)

la distribución de los fondos entre los Estados miembros para las acciones que deban gestionarse según el procedimiento de la agencia nacional que se establece en el anexo;

e)

las disposiciones relativas al seguimiento y la evaluación del programa y a la difusión y la transferencia de sus resultados.

2.   Las medidas necesarias para la aplicación del programa Grundtvig en lo relativo a todos los aspectos que no se especifican en el apartado 1 se adoptarán con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 3 del artículo 10.

Capítulo V

Programa transversal

Artículo 37

Objetivos operativos

Además de los objetivos generales del programa integrado establecidos en los artículos 1 y 2, los objetivos operativos del programa transversal serán:

a)

apoyar el desarrollo de políticas a escala europea en el ámbito del aprendizaje permanente, particularmente en el contexto de los procesos de Lisboa, Bolonia y Copenhague y sus sucesores;

b)

garantizar una oferta adecuada de datos, estadísticas y análisis comparables que sirvan de base a la elaboración de políticas de aprendizaje permanente;

c)

efectuar un seguimiento del progreso hacia los objetivos y las metas del aprendizaje permanente y señalar áreas que requieran una atención particular;

d)

promover el aprendizaje de idiomas y apoyar la diversidad lingüística en los Estados miembros;

e)

apoyar el desarrollo de contenidos, servicios, pedagogías y prácticas de aprendizaje permanente innovadores y basados en las TIC;

f)

garantizar que los resultados del programa integrado sean adecuadamente reconocidos, probados y aplicados a amplia escala.

Artículo 38

Acciones

1.   Podrá concederse apoyo al amparo de la actividad clave citada en la letra a) del apartado 2 del artículo 2 a las siguientes acciones:

a)

movilidad de personas, según la letra a) del apartado 1 del artículo 5, incluidas las visitas de estudio de expertos y funcionarios designados por las administraciones nacionales, regionales y locales, de directores de centros de educación y formación y de servicios de orientación y convalidación de experiencias y de interlocutores sociales;

b)

proyectos multilaterales, conforme a la letra e) del apartado 1 del artículo 5, con objeto de preparar y poner a prueba las propuestas de medidas elaboradas a escala comunitaria;

c)

redes multilaterales de cooperación, según la letra e) del apartado 1 del artículo 5, de expertos o centros que colaboren en aspectos políticos; tales redes podrán incluir:

i)

redes temáticas que trabajen en temas relacionados con el contenido del aprendizaje permanente o con sus metodologías y políticas; estas redes podrán observar, intercambiar, definir y analizar buenas prácticas e innovaciones, y presentar propuestas para hacer un uso mejor y más amplio de tales prácticas en todos los Estados miembros;

ii)

conferencias permanentes sobre aspectos políticos para coordinar la actuación a escala europea sobre aspectos estratégicos del aprendizaje permanente;

d)

observación y análisis de políticas y sistemas en el ámbito del aprendizaje permanente, conforme a la letra f) del apartado 1 del artículo 5, donde podrán incluirse:

i)

estudios e investigación comparativa;

ii)

desarrollo de indicadores y encuestas estadísticas, así como el apoyo al trabajo emprendido en el ámbito del aprendizaje permanente en cooperación con Eurostat;

iii)

apoyo al funcionamiento de la red Eurydice y financiación de la Unidad Europea de Eurydice creada por la Comisión;

e)

apoyo activo a la transparencia y el reconocimiento de las cualificaciones y competencias, incluidas las adquiridas en la educación no formal e informal, información y orientación sobre movilidad con fines de aprendizaje y cooperación en materia de aseguramiento de la calidad, según la letra f) del apartado 1 del artículo 5, donde podrán incluirse:

i)

redes de organizaciones que faciliten la movilidad y el reconocimiento, como Euroguidance y los centros nacionales de información sobre el reconocimiento académico (NARIC);

ii)

apoyo a servicios transnacionales por internet, como Ploteus;

iii)

actividades al amparo de la iniciativa Europass con arreglo a la Decisión no 2241/2004/CE;

f)

otras iniciativas conforme a la letra h) del apartado 1 del artículo 5 («medidas de acompañamiento») encaminadas a promover los objetivos de la actividad clave contemplada en la letra a) del apartado 2 del artículo 2.

2.   Podrá concederse apoyo al amparo de la actividad clave citada en la letra b) del apartado 2 del artículo 2 a las siguientes acciones estratégicas, encaminadas a atender las necesidades de enseñanza y aprendizaje en varias etapas de la vida:

a)

proyectos multilaterales conforme a la letra e) del apartado 1 del artículo 5, encaminados, por ejemplo, a:

i)

elaborar nuevos materiales para el aprendizaje de idiomas, incluidos los cursos en línea, e instrumentos para examinar los conocimientos lingüísticos;

ii)

desarrollar herramientas y cursos para la formación de los profesores de idiomas;

b)

redes, según la letra e) del apartado 1 del artículo 5, en el ámbito del aprendizaje de idiomas y de la diversidad lingüística;

c)

otras iniciativas acordes con los objetivos del programa integrado, según la letra h) del apartado 1 del artículo 5, incluidas las actividades con el fin de hacer más atractivo el aprendizaje de idiomas para los alumnos a través de los medios de comunicación o de campañas de mercadotecnia, publicitarias e informativas, así como conferencias, estudios e indicadores estadísticos en el ámbito del aprendizaje de idiomas y la diversidad lingüística.

3.   Podrá concederse apoyo al amparo de la actividad clave citada en la letra c) del apartado 2 del artículo 2 a las siguientes acciones:

a)

proyectos multilaterales, conforme a la letra e) del apartado 1 del artículo 5, que persigan el desarrollo y la distribución de métodos, contenidos, servicios y entornos innovadores;

b)

redes, según la letra e) del apartado 1 del artículo 5, con el fin de compartir e intercambiar conocimientos, experiencia y buenas prácticas;

c)

otras medidas encaminadas a mejorar las políticas y prácticas en el ámbito del aprendizaje permanente, conforme a la letra f) del apartado 1 del artículo 5, entre las que pueden contarse mecanismos de evaluación, observación, análisis comparativo, mejora de la calidad y análisis de tendencias con respecto a la tecnología y la pedagogía.

4.   Podrá concederse apoyo al amparo de la actividad clave citada en la letra d) del apartado 2 del artículo 2 a las siguientes acciones:

a)

proyectos unilaterales y nacionales, conforme a la letra d) del apartado 1 del artículo 5;

b)

proyectos multilaterales, según la letra e) del apartado 1 del artículo 5, que cuenten entre sus fines:

i)

apoyar el aprovechamiento y la aplicación de productos y procesos innovadores,

ii)

estimular la cooperación entre proyectos que operen en el mismo ámbito;

iii)

desarrollar buenas prácticas en relación con los métodos de difusión;

c)

elaboración de material de referencia conforme a la letra f) del apartado 1 del artículo 5, que podrá incluir la recogida de datos estadísticos pertinentes y estudios en el ámbito de la difusión, el aprovechamiento de los resultados y el intercambio de buenas prácticas.

Artículo 39

Medidas de aplicación

1.   La Comisión adoptará las medidas necesarias para la aplicación del programa transversal en relación con los siguientes aspectos con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 10:

a)

el plan de trabajo anual, así como los criterios y procedimientos de selección;

b)

el presupuesto anual y el desglose de los fondos entre las diversas acciones del programa transversal;

c)

las directrices de aplicación del programa transversal y sus actividades clave;

d)

la distribución de fondos entre los Estados miembros para las acciones que deban gestionarse según el procedimiento de la agencia nacional que se establece en el anexo;

e)

las disposiciones para el seguimiento y la evaluación del programa y para la difusión y transferencia de los resultados.

2.   Las medidas necesarias para la aplicación del programa transversal en lo relativo a todos los aspectos que no se especifican en el apartado 1 se adoptarán con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 3 del artículo 10.

Capítulo VI

Programa Jean Monnet

Artículo 40

Acceso al programa Jean Monnet

En el marco del programa integrado y del anexo, el programa Jean Monnet irá dirigido a:

a)

estudiantes e investigadores en el ámbito de la integración europea que participen en cualquier forma de enseñanza superior (niveles 5 y 6 de la CINE) dentro y fuera de la Comunidad;

b)

centros de enseñanza superior dentro y fuera de la Comunidad;

c)

personal docente y administrativo de esos centros;

d)

asociaciones y representantes de los participantes en la educación y formación dentro y fuera de la Comunidad;

e)

organizaciones públicas y privadas responsables de organizar e impartir educación y formación a niveles local y regional;

f)

centros de investigación y organismos que trabajen con temas relacionados con la integración europea dentro y fuera de la Comunidad.

Artículo 41

Objetivos operativos

Además de los objetivos generales del programa integrado establecidos en los artículos 1 y 2, los objetivos operativos del programa Jean Monnet serán:

a)

estimular la excelencia de la enseñanza, la investigación y la reflexión en los estudios sobre la integración europea en centros de enseñanza superior dentro y fuera de la Comunidad;

b)

fomentar el conocimiento y la sensibilización sobre los temas relacionados con la integración europea entre especialistas académicos y ciudadanos europeos en general;

c)

apoyar a centros europeos clave que traten temas relacionados con la integración europea;

d)

apoyar la existencia de asociaciones europeas de alta calidad activas en los ámbitos de la educación y la formación.

Artículo 42

Acciones

1.   Podrá concederse apoyo al amparo de la actividad clave citada en la letra a) del apartado 3 del artículo 2 a las siguientes acciones:

a)

proyectos unilaterales y nacionales, según la letra d) del apartado 1 del artículo 5, que podrán incluir:

i)

Cátedras Jean Monnet, centros de excelencia y módulos de enseñanza;

ii)

asociaciones de catedráticos, otros profesores de la enseñanza superior e investigadores especializados en integración europea;

iii)

ayudas a jóvenes investigadores especializados en estudios sobre la integración europea;

iv)

actividades de información e investigación relativas a la Comunidad con el objetivo de promover el debate, la reflexión y el conocimiento del proceso de integración europea;

b)

proyectos y redes multilaterales, conforme a la letra e) del apartado 1 del artículo 5, que podrán incluir apoyo a la creación de grupos multilaterales de investigación en el ámbito de la integración europea.

2.   Al amparo de la actividad clave contemplada en la letra b) del apartado 3 del artículo 2 podrán concederse subvenciones de funcionamiento según la letra g) del apartado 1 del artículo 5 para sufragar determinados costes de funcionamiento y administrativos de los siguientes centros con fines de interés europeo:

a)

el Colegio de Europa (campus de Brujas y Natolin);

b)

el Instituto Universitario Europeo de Florencia;

c)

el Instituto Europeo de Administración Pública de Maastricht;

d)

la Academia de Derecho Europeo de Tréveris;

e)

el Instituto de Europa de la Universidad del Sarre;

f)

el Centro Internacional de Formación Europea CIFE de Niza;

g)

el Centro Interuniversitario Europeo de Derechos Humanos y Democratización de Venecia;

h)

la Agencia Europea para el Desarrollo y la Educación de Alumnos con Necesidades Específicas de Middelfart.

3.   Al amparo de la actividad clave contemplada en la letra c) del apartado 3 del artículo 2 podrán concederse subvenciones de funcionamiento según la letra g) del apartado 1 del artículo 5 para sufragar determinados costes de funcionamiento y administrativos de centros o asociaciones europeos activos en los ámbitos de la educación y la formación. Los centros que podrán optar a dichas subvenciones de funcionamiento serán seleccionados sobre la base de una convocatoria para la presentación de propuestas.

4.   Las subvenciones podrán concederse con carácter anual o ser renovables en virtud de un acuerdo marco de asociación con la Comisión.

Artículo 43

Presupuesto

Un 25 % , como mínimo, del presupuesto disponible para el programa Jean Monnet se destinará a apoyar la actividad clave contemplada en la letra a) del apartado 3 del artículo 2, un 48 % , como mínimo, a la actividad clave de la letra b) del mismo apartado y un 17 % , como mínimo, a la actividad clave prevista en la letra c) del mismo apartado.

Artículo 44

Medidas de aplicación

1.   La Comisión adoptará las medidas necesarias para la aplicación del programa Jean Monnet en relación con los siguientes aspectos con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 10:

a)

el plan de trabajo anual, así como los criterios y procedimientos de selección;

b)

el presupuesto anual y el desglose de los fondos entre las diversas acciones del programa Jean Monnet;

c)

las directrices de aplicación del programa Jean Monnet y sus actividades clave;

d)

las disposiciones para el seguimiento y la evaluación del programa y para la difusión y transferencia de los resultados.

2.   Las medidas necesarias para la aplicación del programa Jean Monnet en lo relativo a todos los aspectos que no se especifican en el apartado 1 se adoptarán con arreglo al procedimiento contemplado en el apartado 3 del artículo 10.

TITULO III

DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES

Artículo 45

Disposición transitoria

Las acciones emprendidas antes del 31 de diciembre de 2006 en virtud de la Decisión 1999/382/CE, de la Decisión no 253/2000/CE, de la Decisión no 2318/2003/CE, de la Decisión no 791/2004/CE o de la Decisión no 2241/2004/CE se administrarán conforme a tales Decisiones, con la salvedad de que los comités establecidos en esas Decisiones serán sustituidos por el Comité establecido en el artículo 10 de la presente Decisión.

Artículo 46

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  DO C 221, de 8.9.2005, p. 134 .

(2)  DO C 164 de 5.7.2005, p. 59 .

(3)  Posición del Parlamento Europeo de 25 de octubre de 2005.

(4)  DO L 146 de 11.6.1999, p. 33. Decisión cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 885/2004 (DO L 168 de 1.5.2004, p. 1).

(5)  DO L 28, de 3.2.2000, p. 1. Decisión cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 885/2004.

(6)  DO L 345 de 31.12.2003, p. 9.

(7)  DO L 138 de 30.4.2004, p. 31.

(8)  DO L 390 de 31.12.2004, p. 6 .

(9)  DO L 345 de 31.122003, p. 1.

(10)  DO C 163 de 9.7.2002, p. 1.

(11)  DO C 272 de 13.112003, p. 449.

(12)  DO C 13 de 18.1.2003, p. 2.

(13)  DO C 293 E de 28.11.2002, p. 103.

(14)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(15)  DO L 357 de 31.12.2002, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3).

(16)  DO C 172 de 18.6.1999, p. 1.

(17)  DO L 184 de 17.7.1999, p. 23.

(18)  DO L 39 de 13.2.1975, p. 1 . Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 2051/2004 (DO L 355, de 1.12.2004, p. 1).

(19)  DO L 131 de 23.5.1990, p. 1. Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1648/2003 (DO L 245, de 29.9.2003, p. 22).

ANEXO

DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS Y FINANCIERAS

A.   Disposiciones administrativas

Los procedimientos para proponer y seleccionar las actividades contenidas en el programa integrado serán los siguientes:

1.   Procedimiento de la agencia nacional

1.1.   Procedimiento 1

Se gestionarán con arreglo al «procedimiento 1 de la agencia nacional» las siguientes acciones, respecto de las cuales las agencias nacionales competentes adoptan las decisiones de selección:

a)

movilidad transnacional de personas que participan en el aprendizaje permanente en Europa, según la letra a) del apartado 1 del artículo 5;

b)

asociaciones bilaterales y multilaterales, conforme a la letra b) del apartado 1 del artículo 5;

c)

proyectos unilaterales y nacionales, según la letra d) del apartado 1 del artículo 5, cuando se financien con arreglo a lo dispuesto en la letra a) del apartado 4 del artículo 38.

Las solicitudes de ayuda financiera para esas acciones se dirigirán a las agencias nacionales competentes designadas por los Estados miembros en virtud de la letra b) del apartado 2 del artículo 6. Las agencias nacionales seleccionarán a los solicitantes y asignarán ayuda financiera a los que resulten seleccionados con arreglo a las directrices generales que se establezcan en virtud de los artículos 9, 21, 26, 31, 36 y 39. Las agencias nacionales distribuirán las subvenciones a los beneficiarios situados en sus respectivos Estados miembros. Cada miembro de una asociación bilateral o multilateral recibirá la financiación directamente de su respectiva agencia nacional.

1.2.   Procedimiento 2

Se gestionará con arreglo al «procedimiento 2 de la agencia nacional» la siguiente acción, respecto de la cual la Comisión adopta las decisiones de selección, aunque las agencias nacionales competentes efectúan la evaluación y la contratación:

proyectos multilaterales, según la letra c) del apartado 1 del artículo 5.

Las solicitudes de ayuda financiera presentadas al amparo de esta acción se remitirán directamente a la agencia nacional designada por el Estado miembro del coordinador del proyecto según la letra b) del apartado 2 del artículo 6. La agencia nacional del Estado miembro del coordinador del proyecto evaluará las solicitudes y presentará a la Comisión una preselección de las solicitudes cuya aprobación recomiende. La Comisión decidirá en función de esta preselección, y a continuación la agencia nacional asignará la ayuda financiera a los solicitantes seleccionados, conforme a las directrices generales que se adopten en virtud del artículo 31. Antes de presentar la preselección a la Comisión, la agencia nacional del país en el que se coordine el proyecto se pondrá en contacto con las de los países de todos los demás socios del proyecto. Las agencias nacionales distribuirán las subvenciones a los coordinadores de proyectos seleccionados situados en sus respectivos Estados miembros, los cuales serán responsables de la distribución de los fondos entre los socios participantes en los proyectos.

2.   Procedimiento de la Comisión

Se gestionarán con arreglo al «procedimiento de la Comisión» las siguientes acciones, respecto de las cuales se presentan propuestas de proyectos a la Comisión y ésta adopta las decisiones de selección:

a)

proyectos unilaterales y nacionales conforme a la letra d) del apartado 1 del artículo 5, salvo los financiados con arreglo a la letra a) del apartado 4 del artículo 38;

b)

proyectos y redes multilaterales, según la letra e) del apartado 1 del artículo 5;

c)

observación y análisis de políticas y sistemas en el ámbito del aprendizaje permanente, elaboración de material de referencia, incluidos encuestas, estadísticas, análisis e indicadores, y medidas para apoyar la transparencia y el reconocimiento de las cualificaciones y del aprendizaje previo, conforme a la letra f) del apartado 1 del artículo 5;

d)

subvenciones de funcionamiento, según la letra g) del apartado 1 del artículo 5;

e)

otras iniciativas acordes con los objetivos del programa integrado («medidas de acompañamiento»), según la letra h) del apartado 1 del artículo 5.

Las solicitudes de ayuda financiera presentadas al amparo de estas acciones se dirigirán a la Comisión, que efectuará la selección y asignará la ayuda financiera a los solicitantes seleccionados con arreglo a las directrices generales que se adopten en virtud de los artículos 9, 21, 26, 31, 36, 39 y 44.

B.   Disposiciones financieras

La Comisión se asegurará de que los requisitos financieros y administrativos que se apliquen a los beneficiarios de subvenciones concedidas al amparo del programa integrado sean proporcionados al nivel de la subvención. En particular, se asegurará de que las normas financieras y los requisitos de solicitud y presentación de informes con respecto a la movilidad individual y a las asociaciones sean de fácil aplicación y lo bastante sencillas para no restringir el acceso de las personas menos favorecidas y de los centros y organizaciones que trabajan con ellas.

La Comisión proporcionará a las agencias nacionales los criterios que seguirán en los procedimientos de selección y concesión de subvenciones, así como en los mecanismos de contrato, pago y auditoría. Dichos criterios tendrán en cuenta la magnitud de la subvención concedida; y en el caso de que la subvención no alcance los 25 000 euros, preverán sistemas simplificados en todas las fases que afectan a los solicitantes o beneficiarios. Las agencias nacionales estarán habilitadas para determinar y limitar la información que se requiere a los solicitantes de subvenciones y para establecer contratos tras la concesión de subvenciones según un procedimiento simplificado que incluirá solamente los siguientes elementos:

las partes contratantes;

la duración del contrato, que coincidirá con el período de elegibilidad del gasto;

el importe máximo de la financiación que se concede;

una breve descripción de la acción de que se trate;

los requisitos de presentación de informes y acceso a la auditoría.

Las agencias nacionales también estarán habilitadas para autorizar que la cofinanciación aportada por los beneficiarios adopte la forma de contribución en especie. Esta será verificable en cuanto a su realización, pero no requerirá estar sujeta a evaluación financiera.

1.   Acciones gestionadas conforme al procedimiento de la agencia nacional

1.1.   Los fondos comunitarios destinados a aportar ayuda financiera a las acciones que se gestionen conforme al procedimiento de la agencia nacional según el punto 1 de la parte A del presente anexo se asignarán a los Estados miembros de acuerdo con fórmulas determinadas por la Comisión en virtud del apartado 2 del artículo 10, que podrán incluir elementos como:

a)

un importe mínimo concedido a cada Estado miembro, que se determinará en función de la disponibilidad presupuestaria para la acción de que se trate;

b)

la asignación del resto a los diversos Estados miembros en función de:

i)

la diferencia entre el coste de la vida en los distintos Estados miembros;

ii)

la distancia entre las capitales de los Estados miembros;

iii)

el nivel de demanda o de solicitudes de la acción en cada Estado miembro;

iv)

el número total, en cada Estado miembro:

de escolares y profesores en la educación escolar, para las asociaciones escolares y acciones de movilidad del programa Comenius previstas en las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 19;

de estudiantes o licenciados en enseñanza superior, para los desplazamientos de estudiantes y los programas intensivos del programa Erasmus contemplados en los incisos i) y iv) de la letra a) del apartado 1 del artículo 24;

de profesores en centros de enseñanza superior, para los desplazamientos de profesores y de otro personal del programa Erasmus previstos en los incisos ii) y iii) de la letra a) del apartado 1 del artículo 24;

de habitantes, así como de personas de edades comprendidas entre los 15 y los 35 años de edad, en relación con la población total, para las medidas de movilidad, las asociaciones y los proyectos bilaterales y multilaterales del programa Leonardo da Vinci establecidos en las letras a), b) y c) del apartado 1 del artículo 29;

de adultos, para las acciones de movilidad y las asociaciones del programa Grundtvig establecidas en las letras a) y b) del apartado 1 del artículo 34.

1.2.   Los fondos comunitarios que así se distribuyan serán administrados por las agencias nacionales mencionadas en la letra b) del apartado 2 del artículo 6.

1.3.   La Comisión, en cooperación con los Estados miembros, adoptará las medidas necesarias para favorecer una participación equilibrada a los niveles comunitario, nacional y, si procede, regional, así como, en su caso, entre los diversos ámbitos de estudio. La proporción asignada a estas medidas no superará un 5 % del presupuesto anual destinado a financiar cada una de las acciones en cuestión.

2.   Designación de los beneficiarios

Los centros enumerados en el apartado 2 del artículo 42 quedan designados como beneficiarios de subvenciones con arreglo al programa integrado, de conformidad con el artículo 168 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002.

Las unidades nacionales que constituyan las redes NARIC, Eurydice y Euroguidance, los puntos nacionales de referencia para las cualificaciones profesionales y los centros nacionales Europass actuarán como organismos de ejecución del programa a escala nacional, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del apartado 2 del artículo 54 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 y en el artículo 38 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002.

3.   Tipos de beneficiarios

Con arreglo al apartado 1 del artículo 114 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002, podrán concederse financiaciones a personas físicas. Estas subvenciones podrán tener carácter de becas.

4.   Financiaciones a tanto alzado, baremos de costes unitarios y premios

En el caso de las acciones previstas en el artículo 5, podrá recurrirse a financiaciones a tanto alzado o a baremos de costes unitarios, conforme a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 181 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002.

Podrá recurrirse a financiaciones a tanto alzado hasta un máximo de 25 000 euros por subvención. Podrán combinarse hasta un máximo de 100 000 euros o utilizarse conjuntamente con baremos de costes unitarios.

La Comisión podrá disponer la concesión de premios en relación con actividades emprendidas en el marco del programa integrado.

5.     Proveedores de aprendizaje de carácter público

Todas las escuelas y centros de enseñanza superior especificados por los Estados miembros, y todos los proveedores de aprendizaje que hayan recibido más del 50 % de sus ingresos anuales de fondos públicos en los dos años precedentes o que estén controlados por organismos públicos o por sus representantes, serán tratados por la Comisión como entidades que cuentan con la necesaria capacidad financiera, profesional y administrativa, así como con la necesaria estabilidad financiera, para llevar a cabo los proyectos con arreglo al presente programa; no se requerirá que presenten documentación adicional para demostrarlo.

6.   Organismos que persiguen un objetivo de interés general europeo

Cuando se concedan subvenciones de funcionamiento al amparo del presente programa a organismos que persigan un objetivo de interés general europeo conforme a la definición del artículo 162 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, tales subvenciones, en virtud del apartado 2 del artículo 113 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002, no serán degresivas en caso de renovación.

7.   Competencias y cualificaciones profesionales de los solicitantes

De acuerdo con el apartado 2 del artículo 176 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, la Comisión podrá decidir que determinadas categorías de beneficiarios deban tener las competencias y cualificaciones profesionales necesarias para llevar a cabo la acción o el plan de trabajo propuestos.

8.   Participación de socios de terceros países

Los socios de terceros países podrán participar en proyectos, redes o asociaciones multilaterales con arreglo al apartado 2 del artículo 15 según el criterio de la Comisión o de la agencia nacional competente. La decisión de conceder ayuda a esos socios se adoptará en función del grado de valor añadido a escala europea que pueda derivarse de su participación en el proyecto, la red o la asociación de que se trate.

9.   Asignaciones mínimas

Sin perjuicio del artículo 15 los importes mínimos que se asignarán a los programas sectoriales, en relación con el marco financiero establecido en ese artículo, serán los siguientes:

Comenius 12 %

Erasmus 41 %

Leonardo da Vinci 23 %

Grundtvig 3%

10.   Agencias nacionales

Se concederá ayuda financiera comunitaria a las actividades de las agencias nacionales establecidas o designadas por los Estados miembros con arreglo a la letra b) del apartado 2 del artículo 6. Esa ayuda podrá concederse en forma de subvenciones de funcionamiento, y no superará el 50 % de los costes totales subvencionables del programa de trabajo aprobado de la agencia nacional.

Según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 38 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, en los terceros países que participen en el programa integrado en virtud del apartado 1 del artículo 7, las tareas de la agencia nacional podrán confiarse a organismos públicos o a entidades de Derecho privado investidas de una misión de servicio público, que estén sujetos a la legislación nacional.

De conformidad con el principio de proporcionalidad, los requisitos de certificación y presentación de informes se mantendrán en el nivel mínimo adecuado y necesario.

11.   Asistencia técnica

La dotación presupuestaria del programa integrado podrá cubrir también gastos en concepto de medidas preparatorias, seguimiento, control, auditoría y evaluación que sean directamente necesarios para la realización del programa y el logro de sus objetivos. Entre ellos podrán incluirse los relativos a estudios, reuniones, actividades de información, publicaciones, redes informáticas para el intercambio de información y cualquier otro gasto derivado de la asistencia técnica y administrativa a la que la Comisión pueda tener que recurrir para aplicar el programa integrado.

12.   Disposiciones contra el fraude

Las decisiones que adopte la Comisión en aplicación de los artículos 9, 21, 26, 31, 36, 39 y 44, los contratos y convenios que de ellas se deriven y los convenios con terceros países participantes dispondrán que la Comisión (o un representante que ésta designe), incluida la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), y, para las auditorías, el Tribunal de Cuentas, efectúen la supervisión y el control financiero, si es necesario, sobre el terreno. Estos controles podrán tener por objeto las agencias nacionales así como, cuando sea necesario, los beneficiarios de subvenciones.

Los beneficiarios de subvenciones de funcionamiento mantendrán a disposición de la Comisión, durante un período de cinco años a partir del último pago, todos los justificantes de los gastos efectuados durante el año para el que se concedió la subvención, incluido el estado de cuentas auditado. Además, velarán por que, en caso necesario, los justificantes que se encuentren en poder de asociados o miembros sean puestos a disposición de la Comisión.

La Comisión, ya sea directamente por medio de sus agentes, ya sea a través de cualquier otro organismo externo cualificado de su elección, tendrá derecho a efectuar una auditoría de la utilización que se haya hecho de la subvención. Estas auditorías podrán llevarse a cabo durante toda la duración del convenio, así como durante un período de cinco años a partir de la fecha de pago del saldo de la subvención. Los resultados de estas auditorías podrán, en su caso, dar lugar a decisiones de recuperación de fondos por parte de la Comisión.

El personal de la Comisión, así como sus mandatarios externos, deberán gozar de un acceso adecuado, especialmente en las oficinas de los beneficiarios, a toda la información necesaria, incluso en formato electrónico, para poder llevar a cabo las mencionadas auditorías.

El Tribunal de Cuentas y la OLAF gozarán de los mismos derechos que la Comisión, especialmente en lo que se refiere al derecho de acceso.

Además, la Comisión podrá efectuar controles y verificaciones in situ en el marco del presente programa, conforme al Reglamento (Euratom, CE) no 2185/96 del Consejo, de 11 de noviembre de 1996, relativo a los controles y verificaciones in situ que realiza la Comisión para la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra los fraudes y las irregularidades (1) .

A los efectos de las acciones comunitarias financiadas al amparo de la presente Decisión, constituirá irregularidad, según el apartado 2 del artículo 1 del Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (2) toda infracción de una disposición del Derecho comunitario o de una obligación contractual derivada de una acción u omisión de una entidad jurídica que tenga o tendría por efecto perjudicar al presupuesto general de las Comunidades o a los presupuestos administrados por éstas, mediante un gasto indebido.


(1)  DO L 292 de 15.11.1996, p. 2.

(2)  DO L 312 de 23.12.1995, p. 1.

P6_TA(2005)0396

Programa «Juventud en acción» (2007-2013) ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa «La juventud en acción» para el período 2007-2013 (COM(2004)0471 — C6-0096/2004 — 2004/0152(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2004) 0471) (1),

Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el apartado 4 del artículo 149 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0096/2004),

Visto el artículo 51 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Cultura y Educación y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores, de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Control Presupuestario, de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, así como de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A6-0263/2005),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Señala que los créditos contemplados en la propuesta de la Comisión son estrictamente indicativos y serán fijados por la decisión sobre el próximo marco financiero plurianual;

3.

Pide a la Comisión que, una vez aprobado el próximo marco financiero plurianual, y si procede, presente una propuesta de adaptación de los importes de referencia financiera;

4.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

5.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TC1-COD(2004)0152

Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 25 de octubre de 2005 con vistas a la adopción de la Decisión no .../2005/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa «La juventud en acción» para el período 2007-2013

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, el apartado 4 de su artículo 149,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

Visto el dictamen del Comité de las Regiones (2),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (3),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Tratado instaura una ciudadanía de la Unión y dispone que la acción de la Comunidad en materia de educación, formación profesional y juventud se encaminará, entre otras cosas, a favorecer el incremento de los intercambios de jóvenes y de personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles , así como el desarrollo de una educación de calidad.

(2)

La Unión Europea se fundamenta en los principios de libertad, democracia y respeto de los derechos humanos y de las libertades fundamentales , así como de igualdad entre mujeres y nombres y de la lucha contra las discriminaciones . La promoción de la ciudadanía activa de los jóvenes debe contribuir al desarrollo de estos valores.

(3)

Mediante la Decisión no 1031/2000/CE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 13 de abril de 2000 (4), se estableció el programa de acción comunitario «Juventud». Conviene proseguir y reforzar la cooperación y la acción de la Unión Europea en este terreno aprovechando la experiencia adquirida gracias a dicho programa.

(4)

Mediante la Decisión no 790/2004/CE del Parlamento Europeo y el Consejo, de 21 de abril de 2004 (5), se estableció un programa de acción comunitario para la promoción de organismos activos a escala europea en el ámbito de la juventud.

(5)

El Consejo Europeo extraordinario que se celebró en Lisboa los días 23 y 24 de marzo de 2000 fijó para la Unión un objetivo estratégico cuya consecución requiere, entre otros aspectos, una política activa de empleo que atribuya más importancia al aprendizaje permanente, al que vino a completar la estrategia sobre el desarrollo sostenible adoptada por el Consejo Europeo de Gotemburgo los días 15 y 16 de junio de 2001.

(6)

En la Declaración de Laeken, anexa a las Conclusiones de la Presidencia del Consejo Europeo de los días 14 y 15 de diciembre de 2001, se destaca que uno de los desafíos fundamentales que debe asumir la Unión Europea es encontrar la forma de acercar a los ciudadanos -y en primer lugar a los jóvenes- al proyecto europeo y a las instituciones europeas.

(7)

El 21 de noviembre de 2001, la Comisión adoptó el Libro Blanco titulado «Un nuevo impulso para la juventud europea», en el que se propone un marco de cooperación en el ámbito de la juventud destinado a reforzar prioritariamente la participación, la información, las actividades de voluntariado de los jóvenes y un mejor conocimiento del ámbito de la juventud. En su Resolución de 14 de mayo de 2002 (6), el Parlamento Europeo respaldó estas propuestas.

(8)

La Resolución del Consejo y de los representantes de los gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, de 27 de junio de 2002 (7), establece, en particular, un método abierto de coordinación en torno a cuatro prioridades (participación, información, actividades de voluntariado entre los jóvenes y mayor comprensión y conocimiento de la juventud). Es necesario, pues, tener en cuenta sus trabajos en la aplicación del presente programa.

(9)

El Consejo, en sus Conclusiones de 6 de mayo de 2003 (8), pone de relieve la necesidad de mantener y desarrollar los instrumentos comunitarios existentes destinados específicamente a los jóvenes, pues son fundamentales para reforzar la cooperación de los Estados miembros en el ámbito de la juventud, y destaca además que las prioridades y los objetivos de dichos instrumentos deberían ajustarse a los del marco de cooperación europea en materia de juventud.

(10)

La acción de la Comunidad supone una contribución a una educación y una formación de calidad y debe estar encaminada a eliminar las desigualdades entre la mujer y el hombre y a promover su igualdad, tal como establece el artículo 3 del Tratado.

(11)

Ha de atenderse a las necesidades específicas de las personas con discapacidad.

(12)

Es necesario promover la ciudadanía activa para lo cual, al aplicar las líneas de acción, se debe fomentar la lucha contra la exclusión y la discriminación en todas sus formas, incluida la ejercida por motivos de sexo, de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual con arreglo al artículo 13 del Tratado .

(13)

Los países candidatos a la adhesión a la Unión Europea y los países de la AELC que son parte del Acuerdo del EEE manifiestan un reconocido interés por participar en los programas comunitarios, de conformidad con los acuerdos celebrados con dichos países.

(14)

El Consejo Europeo de Salónica de los días 19 y 20 de junio de 2003 adoptó el «Programa de Salónica para los Balcanes Occidentales: avanzar en la integración europea», en el que se prevé que los programas comunitarios deben estar abiertos a los países del Proceso de Estabilización y Asociación en virtud de acuerdos marco que deberán firmarse entre la Comunidad y dichos países.

(15)

Deben preverse disposiciones para la apertura del programa a la Confederación Suiza.

(16)

La Declaración de Barcelona, adoptada en la Conferencia Euromediterránea de 1995, establece que los intercambios de jóvenes deben constituir el instrumento para preparar a las generaciones futuras de cara a una más estrecha cooperación entre los socios euromediterráneos , también sobre la base de los valores humanos universales .

(17)

En sus Conclusiones de 16 de junio de 2003, el Consejo, basándose en la Comunicación de la Comisión titulada «Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa», incluye entre los ejes de acción de la Unión Europea la intensificación de la cooperación cultural, de la comprensión mutua y de la cooperación en el ámbito de la educación y la formación con los países vecinos.

(18)

Los informes de evaluación intermedia del programa Juventud existente y la consulta pública sobre el futuro de la acción comunitaria en materia de educación, formación y juventud ponen de manifiesto una acuciante -y en algunos aspectos creciente- necesidad de proseguir las actividades de cooperación y de movilidad en el campo de la juventud a escala europea y exhortan a una puesta en práctica más simple, más flexible y de más fácil uso.

(19)

El programa establecido en virtud de la presente Decisión debe ser objeto de un seguimiento y una evaluación periódicos, en cooperación entre la Comisión y los Estados miembros, de forma que puedan introducirse reajustes, en particular por lo que respecta a las prioridades para la aplicación de las medidas.

(20)

Es preciso que la formulación del acto de base del programa sea lo suficientemente flexible para poder introducir eventuales ajustes en las acciones a fin de responder a la evolución de las necesidades durante el período 2007-2013, evitando las disposiciones excesivamente detalladas de los programas anteriores. Por consiguiente, conviene que la presente Decisión se limite a definiciones genéricas de las acciones y a disposiciones complementarias de carácter administrativo y financiero.

(21)

Es preciso prever las modalidades particulares de aplicación del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas  (9) y de sus normas de desarrollo, así como las excepciones a estos textos impuestas por las características de los participantes y la naturaleza de las acciones.

(22)

Deben adoptarse las medidas oportunas para prevenir los fraudes e irregularidades y, en su caso, han de emprenderse las acciones necesarias para recuperar los fondos perdidos, indebidamente pagados o mal empleados.

(23)

La presente Decisión establece, para toda la duración del programa, una dotación financiera que, con arreglo al apartado 33 del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (10), constituye la referencia privilegiada para la Autoridad Presupuestaria.

(24)

Dado que los objetivos del presente programa no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros actuando por sí solos, ya que implican, en particular, asociaciones multilaterales, medidas de movilidad transnacionales y el intercambio de información a nivel europeo, y, por consiguiente, debido a la dimensión transnacional y multilateral de las acciones y medidas del programa, pueden lograrse mejor a nivel comunitario, la Comunidad puede adoptar medidas de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, la presente Decisión no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos.

(25)

Conviene adoptar las medidas necesarias para la aplicación de la presente Decisión de conformidad con la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (11).

(26)

Conviene adoptar las medidas transitorias para asegurar el seguimiento de las acciones emprendidas antes del 31 de diciembre de 2006 conforme a la Decisión no 1031/2000/CE y a la Decisión no 790/2004/CE.

DECIDEN:

Artículo 1

Establecimiento del programa

1.   Por la presente Decisión se establece el programa de acción comunitario «La juventud en acción» -en lo sucesivo denominado «el programa»—, que tiene por objeto desarrollar la política de cooperación en el ámbito de la juventud en la Unión Europea.

2.   El programa se aplicará en el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013.

Artículo 2

Objetivos generales del programa

1.   Los objetivos generales del programa son los siguientes:

a)

promover la ciudadanía activa de los jóvenes, en general, y su ciudadanía europea, en particular;

b)

potenciar la solidaridad y promover la tolerancia de los jóvenes frente a todas las facetas de la existencia humana , sobre todo a fin de reforzar la cohesión social de la Unión Europea;

c)

favorecer el entendimiento mutuo entre los jóvenes de diversos países;

d)

contribuir a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de los jóvenes y a reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud;

e)

favorecer la cooperación europea en materia de políticas de juventud, tomando en consideración la dimensión local y regional.

2.   Los objetivos generales del programa son complementarios a los objetivos perseguidos en otros ámbitos de acción de la Unión Europea, en particular en el ámbito de la educación y la formación profesional en el contexto de una Europa del conocimiento y el aprendizaje permanente, así como en los ámbitos de la cultura y el deporte.

3.   Los objetivos generales del programa contribuyen al desarrollo de las políticas de la Unión, en particular por lo que respecta al reconocimiento de la diversidad cultural, multicultural y lingüística de Europa, la lucha contra cualquier forma de discriminación basada en el sexo, el origen racial o étnico, la religión o las convicciones, la discapacidad, la edad o la orientación sexual, y el desarrollo sostenible.

Artículo 3

Objetivos específicos del programa

Los objetivos específicos serán los siguientes:

1.

En el marco del objetivo general «Promover la ciudadanía activa de los jóvenes, en general, y su ciudadanía europea, en particular»:

a)

brindar a los jóvenes y a las organizaciones que los representan la posibilidad de participar en el desarrollo de la sociedad, en general, y de la Unión Europea, en particular;

b)

fomentar entre los jóvenes el sentimiento de pertenencia a la Unión Europea;

c)

fomentar la participación de los jóvenes en la vida democrática de Europa;

d)

potenciar la movilidad de los jóvenes en Europa;

e)

promover el aprendizaje intercultural y de lenguas entre la juventud;

f)

garantizar la promoción de los valores fundamentales de la Unión entre los jóvenes, en especial, el respeto de la dignidad humana, la igualdad, los derechos humanos, la tolerancia y la no discriminación ;

g)

fomentar el espíritu de iniciativa, de empresa y de creatividad;

h)

promover el deporte y las actividades culturales como medio de estimular la integración social, la tolerancia y la no discriminación;

i)

velar por la participación en el programa de los jóvenes que tienen menos oportunidades , incluidos los jóvenes con discapacidades;

j)

velar por el respeto de la igualdad entre los hombres y las mujeres en la participación en el programa y promover este principio en las acciones;

k)

facilitar posibilidades informales de formación con una dimensión europea y abrir posibilidades innovadoras en relación con el ejercicio de la ciudadanía activa.

2.

En el marco del objetivo general «Potenciar la solidaridad y fomentar la tolerancia de los jóvenes frente a todas las facetas de la existencia humana , sobre todo a fin de reforzar la cohesión social de la Unión»

a)

brindar a los jóvenes la posibilidad de expresar sus compromisos personales mediante actividades de voluntariado a nivel europeo e internacional;

b)

asegurar la participación de los jóvenes en las acciones de solidaridad de la Unión Europea;

c)

contribuir a la cooperación entre los servicios civiles y voluntarios en los que participen jóvenes a escala nacional.

3.

En el marco del objetivo general «Favorecer el entendimiento mutuo entre los jóvenes de diversos países »:

a)

potenciar los intercambios y el diálogo intercultural entre los jóvenes europeos y los de los países vecinos;

b)

contribuir a mejorar en estos países la calidad de las estructuras de apoyo a los jóvenes, así como la del trabajo del personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles ;

c)

desarrollar con los otros países cooperaciones temáticas en las que participen los jóvenes y personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles .

4.

En el marco del objetivo general «Contribuir a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de los jóvenes y a reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud»:

a)

contribuir a la conexión en red de las organizaciones;

b)

potenciar la formación y la cooperación del personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles ;

c)

estimular la innovación en lo relativo a las actividades en favor de los jóvenes;

d)

contribuir a la mejora de la información de los jóvenes , incluida una atención especial al acceso a una información mejor para los jóvenes con discapacidades ;

e)

trabajar en favor del reconocimiento de la educación no formal de los jóvenes.

5.

En el marco del objetivo general «Favorecer la cooperación europea en materia de políticas de juventud , tomando en consideración la dimensión local y regional »:

a)

fomentar el intercambio de buenas prácticas y la cooperación entre administraciones y responsables políticos;

b)

estimular el diálogo estructurado entre los responsables políticos y los jóvenes;

c)

mejorar el conocimiento del ámbito de la juventud.

Artículo 4

Acciones del programa

Para la consecución de los objetivos generales y específicos del programa se pondrán en marcha las siguientes acciones, que se describen de forma detallada en el anexo.

1)

La juventud con Europa

Esta acción tiene por objeto apoyar los intercambios de jóvenes a fin de potenciar su movilidad, las iniciativas juveniles y los proyectos y actividades de participación en la vida democrática que permitan desarrollar su ciudadanía y el entendimiento mutuo entre ellos.

2)

Servicio voluntario europeo

Esta acción tiene por objeto reforzar la participación de los jóvenes en distintas formas de actividades de voluntariado, dentro y fuera de la Unión Europea.

3)

La juventud en el mundo

Esta acción tiene por objeto apoyar proyectos con los países asociados al programa en virtud del artículo 5, en particular el intercambio de jóvenes y personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles , el respaldo de iniciativas que refuercen el entendimiento mutuo de los jóvenes y su sentido de la solidaridad y de la tolerancia, así como la promoción de la cooperación en el ámbito de la juventud y la sociedad civil en esos países.

4)

Personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en tas organizaciones juveniles y sistemas de apoyo

Esta acción tiene por objeto apoyar a los organismos activos a nivel europeo en el ámbito de la juventud, en particular por lo que hace al funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales de la juventud, su conexión en red, el apoyo a las propuestas presentadas para la organización de proyectos destinados a los jóvenes en Europa, y la garantía de la calidad mediante el intercambio, la formación y la conexión en red del personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles , el estímulo a la innovación y a la calidad de las acciones, la información de los jóvenes y la puesta a punto de las estructuras y actividades necesarias para que el programa pueda alcanzar sus objetivos , así como el fomento de las asociaciones con las autoridades locales y regionales .

5)

Apoyo a la cooperación política

Esta acción tiene por objeto organizar el diálogo entre los distintos agentes del mundo de la juventud, en particular los jóvenes, el personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles y los responsables políticos, apoyar la celebración de seminarios juveniles sobre los problemas sociales, culturales y políticos que interesen a los jóvenes, contribuir al desarrollo de la cooperación política en el ámbito de la juventud y efectuar los trabajos y las conexiones en red necesarios para un mejor conocimiento del ámbito de la juventud.

Artículo 5

Participación en el programa

1.   El programa estará abierto a la participación de los siguientes países, en lo sucesivo denominados «los países participantes en el programa»:

a)

los Estados miembros;

b)

los Estados de la AELC que sean miembros del EEE, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo EEE;

c)

Turquía y los países candidatos de Europa Central y Oriental que se acojan a una estrategia de preadhesión, conforme a los principios generales y las condiciones y modalidades generales de participación de dichos países en los programas comunitarios establecidos respectivamente en el Acuerdo marco y en las decisiones de los Consejos de asociación;

d)

los países de los Balcanes Occidentales, conforme a las modalidades que se definan con estos países en los acuerdos marco que deberán establecerse con vistas a su participación en los programas comunitarios;

e)

la Confederación Suiza, a reserva de la celebración de un acuerdo bilateral con este país.

2.   Las acciones contempladas en los puntos 2.1, 2.2 y 3 del anexo estarán abiertas a la cooperación con los países que hayan celebrado acuerdos de asociación o cooperación con la Comunidad Europea, en lo sucesivo denominados «los países asociados al programa».

Dicha cooperación se llevará a cabo, en su caso, mediante créditos adicionales que deberán consignarse según procedimientos que habrán de convenirse con los países asociados al programa.

Artículo 6

Acceso al programa

1.   El programa estará destinado a los jóvenes, a los grupos de jóvenes, al personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles , a las organizaciones juveniles y a los demás agentes que trabajan en el ámbito de la juventud.

2.   Sin perjuicio de las modalidades definidas en el anexo para la puesta en práctica de las acciones, el programa estará dirigido a los jóvenes de 13 a 30 años. Como principal grupo de destinatarios debería, sin embargo, dirigirse a los jóvenes de entre 15 y 28 años.

3.   Los participantes deberán residir legalmente en un país participante en el programa o, en función de la naturaleza de la acción, en un país asociado al programa.

4.   Todos los jóvenes, sin discriminación, deberán poder tener acceso a las actividades del programa dentro del respeto de las modalidades definidas en el anexo. La Comisión y los países participantes en el programa velarán por que se haga un esfuerzo particular en favor de los jóvenes que, por razones de orden educativo, social, físico, psíquico, económico, cultural o geográfico, encuentran más dificultades a la hora de participar en el programa.

5.   Los países participantes en el programa adoptarán las medidas adecuadas para suprimir los obstáculos a la movilidad de los participantes y para que estos puedan acceder a la asistencia sanitaria, conservar sus prestaciones sociales, viajar y residir en el país de acogida. Ello atañe, en particular, a los derechos de entrada, estancia y libre circulación. Los países participantes en el programa adoptarán, en su caso, las medidas convenientes para garantizar la admisión en su territorio de los participantes procedentes de terceros países para evitar todo tipo de discriminaciones y poder prestar asistencia a tas personas con discapacidades .

Artículo 7

Cooperación internacional

El programa estará abierto igualmente a la cooperación con organizaciones internacionales competentes en el ámbito de la juventud, especialmente con el Consejo de Europa.

Artículo 8

Aplicación del programa

1.   La Comisión garantizará la aplicación de las acciones del programa de conformidad con lo dispuesto en el anexo.

2.   La Comisión y los países participantes en el programa adoptarán las medidas adecuadas para desarrollar las estructuras a escala europea, nacional y, en su caso, regional o local, a fin de alcanzar los objetivos del programa, así como para valorizar las acciones del mismo.

3.   La Comisión y los países participantes en el programa adoptarán las medidas adecuadas para promover el reconocimiento de la educación no formal e informal en favor de los jóvenes, sobre todo mediante la expedición de una acreditación o un certificado de ámbito nacional o europeo que reconozca, en particular, la experiencia adquirida por los participantes y sancione la participación directa de los jóvenes o del personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles en una acción del programa. Este objetivo podrá reforzarse en complementariedad con otras acciones de la Comunidad previstas en el artículo 11.

4.     La Comisión y los países participantes consultarán al Parlamento Europeo, a los jóvenes, a las organizaciones juveniles y a otras organizaciones encargadas de la ejecución de los proyectos, con vistas a la definición de los objetivos del programa y la evaluación.

5.   La Comisión y los países participantes en el programa garantizarán la protección de los intereses financieros de la Unión, introduciendo medidas eficaces, proporcionadas y disuasivas.

6.   La Comisión y los países participantes en el programa velarán por que las acciones apoyadas por el programa sean objeto de una información y una publicidad adecuadas.

7.   Los países participantes en el programa:

a)

adoptarán las medidas necesarias para asegurar el buen funcionamiento del programa a su nivel, garantizando la participación de todas las partes interesadas en el ámbito de la juventud, y de conformidad con las prácticas nacionales;

b)

crearán o designarán agencias nacionales para la gestión de la realización de las acciones del programa a nivel nacional y efectuarán el seguimiento de esas agencias, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del apartado 2 del artículo 54 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 y atendiendo a las criterios siguientes:

i)

los organismos creados o designados como agencias nacionales tendrán entidad jurídica (y se regirán por el Derecho del país participante de que se trate); no podrá designarse un ministerio como agencia nacional,

ii)

deberán disponer de un personal suficiente, con cualificaciones profesionales y lingüísticas adecuadas para trabajar en un entorno de cooperación internacional,

iii)

deberán disponer de infraestructuras adaptadas, sobre todo en lo que respecta a los equipos informáticos y los medios de comunicación , que satisfagan también las condiciones de acceso para las personas con discapacidades ,

iv)

deberán disponer de personal suficientemente cualificado en el trabajo con jóvenes y en las políticas dirigidas a los mismos, y de una capacidad que garantice el apoyo a los usuarios del programa,

v)

deberán realizar su labor en un contexto administrativo que les permita desempeñar satisfactoriamente sus tareas y evitar todo conflicto de intereses,

vi)

deberán estar en condiciones de aplicar las normas de gestión de fondos y las condiciones contractuales establecidas a nivel comunitario,

vii)

deberán tener una capacidad de gestión acorde con el volumen de fondos comunitarios que vayan a administrar;

c)

serán responsables de que las agencias nacionales contempladas en la letra b) gestionen correctamente los créditos que les hayan sido transferidos para apoyar proyectos y, en particular, de que respeten los principios de transparencia, igualdad de trato y prevención de la doble financiación con otras fuentes comunitarias, así como la obligación de recuperar las cantidades que pudieran adeudar los beneficiarios;

d)

adoptarán las medidas necesarias para llevar a cabo las auditorías apropiadas y el control financiero de las agencias nacionales mencionadas en la letra b) y, en particular:

i)

presentarán a la Comisión, antes de que comiencen los trabajos de la agencia nacional, las garantías necesarias respecto de la existencia, la pertinencia y el buen funcionamiento en ella, de conformidad con las normas de buena gestión financiera, de los procedimientos aplicados, los sistemas de control, los sistemas de contabilidad y los procedimientos de adjudicación de contratos y concesión de subvenciones,

ii)

presentarán a la Comisión, al final de cada ejercicio anual, garantía de la fiabilidad de los sistemas y procedimientos financieros de las agencias nacionales, así como de la exactitud de sus cuentas;

e)

respetarán el principio de proporcionalidad en lo relativo a los documentos e información adicionales que deben aportarse, en particular con respecto a los criterios mencionados en el inciso vii) de la letra b) y en la letra d);

f)

serán responsables, en caso de irregularidad, negligencia o fraude imputables a la agencia nacional mencionada en la letra b) y que den lugar a reclamaciones de la Comisión a la agencia nacional que no hayan sido completamente recuperadas, de los fondos no recuperados.

8.   En el marco del procedimiento que se establece en el apartado 1 del artículo 9, la Comisión podrá adoptar, para cada una de las acciones contempladas en el anexo, orientaciones basadas en la evolución de las prioridades de la cooperación europea en materia de juventud, a fin de adaptar las acciones del programa a dicha evolución.

9.     La Comisión creará una base de datos para los documentos a que se hace referencia en la letra d) del apartado 7.

Artículo 9

Medidas de ejecución

1.   Las medidas necesarias para la aplicación de la presente Decisión en lo que respecta a las cuestiones que se enumeran a continuación se adoptarán con arreglo al procedimiento de gestión contemplado en el apartado 2 del artículo 10:

a)

las modalidades de aplicación del programa, incluido el plan de trabajo anual;

b)

el equilibrio general entre las distintas acciones del programa;

c)

en materia financiera, los criterios (en particular la población joven, el PNB y la distancia geográfica entre países) que habrán de aplicarse para establecer el desglose indicativo de los fondos entre los Estados miembros, para las acciones que deban administrarse de forma descentralizada;

d)

las modalidades de evaluación del programa;

e)

las modalidades de acreditación de la participación de los jóvenes en las acciones;

f)

las modalidades de adaptación de las acciones del programa previstas en el apartado 8 del artículo 8.

2.   Las medidas necesarias para la aplicación de la presente Decisión en lo que respecta a cualquier otra cuestión se adoptarán con arreglo al procedimiento consultivo contemplado en el apartado 3 del artículo 10.

Artículo 10

Comité

1.   La Comisión estará asistida por un Comité compuesto por representantes de los Estados miembros y presidido por un representante de la Comisión.

2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 4 y 7 de la Decisión 1999/468/CE.

El plazo previsto en el apartado 3 del artículo 4 de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en dos meses.

3.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 3 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observándose lo dispuesto en su artículo 8.

4.   El Comité adoptará su reglamento interno.

Artículo 11

Complementariedad con otros instrumentos de acción comunitarios

1.   La Comisión garantizará la articulación entre el programa y otros ámbitos de acción comunitaria, en particular la educación, la formación profesional, la cultura, el deporte, las lenguas, la inclusión social, la igualdad entre hombres y mujeres, la lucha contra las discriminaciones, la investigación, la empresa y la acción exterior de la Unión.

2.   El programa podrá aunar sus propios medios con los de otros instrumentos comunitarios a fin de realizar acciones que respondan a objetivos comunes a uno y a otros.

3.   La Comisión y los Estados miembros velarán por valorizar las acciones del programa que contribuyan al desarrollo de los objetivos de otros ámbitos de acción comunitarios, en particular la educación, la formación, la cultura, el deporte, las lenguas, la inclusión social, la igualdad de género, la igualdad de oportunidades y la lucha contra las discriminaciones.

Artículo 12

Complementariedad con las políticas y los instrumentos nacionales

1.   Los países participantes en el programa podrán recibir una etiqueta europea para aquellas acciones locales, regionales o nacionales que sean similares a las contempladas en el artículo 4.

2.   Los países participantes en el programa podrán poner a disposición de los participantes fondos nacionales, que se administrarán según las normas del programa, y utilizar a tal efecto sus estructuras descentralizadas siempre que garanticen, a prorrata, la financiación complementaria de las mismas.

Artículo 13

Disposiciones financieras generales

1.    El marco financiero indicativo para la ejecución del presente programa para el período de siete años a partir del 1 de enero de 2007, contemplado en el artículo 1 será de 1 128 000 000 de euros .

2.   La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales dentro del límite de las perspectivas financieras.

Artículo 14

Disposiciones financieras relativas a los participantes

1.   Conforme al apartado 1 del artículo 114 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002, los participantes del programa podrán ser personas físicas.

2.   En virtud del apartado 2 del artículo 176 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (12) , ésta podrá decidir, en función de las características de los participantes y del tipo de acción, si procede eximirles de la comprobación de las competencias y cualificaciones profesionales requeridas para llevar a cabo la acción o el programa de trabajo. La Comisión debe respetar el principio de proporcionalidad a la hora de determinar los requisitos en relación con la cuantía de la ayuda financiera, teniendo en cuenta las características de los participantes, su edad, la naturaleza de la acción y el importe de la ayuda financiera .

3.   Según el tipo de acción, las ayudas financieras podrán concederse en forma de subvenciones o de becas. La Comisión también podrá otorgar premios a acciones o proyectos llevados a cabo en el marco del programa. Conforme al artículo 181 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 y en función del tipo de acción, podrán autorizarse financiaciones a tanto alzado o la aplicación de baremos de costes unitarios.

4.     El procedimiento de financiación será lo más breve posible y se informará cuanto antes a las organizaciones sobre el resultado. La Comisión velará por que el plazo entre la recepción oficial de la solicitud por parte de una organización y la transferencia del primer pago a la cuenta del participante no sea superior a cuatro meses, siempre que se apruebe la solicitud. Esta norma no se aplica a las acciones 4.1. y 4.2. del programa.

5.   De conformidad con lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 113 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002, las subvenciones de funcionamiento concedidas en el marco del programa a los organismos activos a escala europea, tal y como se definen en el artículo 162 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, no serán obligatoriamente degresivas en caso de renovación.

6.   De conformidad con la letra c) del apartado 2 del artículo 54 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002, la Comisión podrá confiar competencias de potestad pública y, en particular, competencias de ejecución presupuestaria a las estructuras contempladas en el apartado 2 del artículo 8.

7.   De conformidad con el apartado 1 del artículo 38 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, la posibilidad descrita en el apartado 6 será igualmente válida para las estructuras de los países participantes en el programa que no se rijan por el Derecho de los Estados miembros, de los Estados del Espacio Económico Europeo (EEE) o de los países candidatos a la adhesión a la Unión Europea.

Artículo 15

Seguimiento y evaluación

1.   La Comisión garantizará un seguimiento periódico del programa. Este seguimiento incluirá la elaboración de los informes a los que se hace referencia en el apartado 3 y otras actividades específicas.

2.   La Comisión garantizará una evaluación periódica, externa e independiente del programa.

3.   Los países participantes en el programa presentarán a la Comisión, a más tardar el 30 de junio de 2010, un informe sobre la aplicación del programa y, a más tardar el 30 de junio de 2015, un informe sobre el impacto del programa.

4.   La Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones:

a)

a más tardar el 31 de marzo de 2011, un informe de evaluación intermedia sobre los resultados obtenidos y sobre los aspectos cualitativos y cuantitativos de la aplicación del programa;

b)

a más tardar el 31 de diciembre de 2011, una comunicación sobre la continuación del programa;

c)

a más tardar el 31 de marzo de 2016, un informe de evaluación ex post.

Artículo 16

Disposición transitoria

Las acciones emprendidas antes del 31 de diciembre de 2006 en virtud de la Decisión no 1031/2000/CE y de la Decisión no 790/2004/CE seguirán siendo gestionadas, hasta su clausura, de conformidad con lo dispuesto en dichas Decisiones. El Comité previsto en el artículo 8 de la Decisión no 1031/2000/CE será sustituido por el Comité previsto en el artículo 10 de la presente Decisión.

Artículo 17

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y será aplicable a partir del 1 de enero de 2007.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  DO C 234 de 22.9.2005, p. 46 .

(2)  DO C 71 de 223.2005, p. 34 .

(3)  Posición del Parlamento Europeo de 25 de octubre de 2005.

(4)  DO L 117 de 18.5.2000, p. 1. Decisión modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 885/2004 del Consejo (DO L 168 de 1.5.2004, p. 1).

(5)  DO L 138 de 30.4.2004, p. 24.

(6)   DO C 180 E de 31.7.2003, p. 145 .

(7)  DO C 168 de 13.7.2002, p. 2.

(8)  DO C 115 de 15.5.2003, p. 1.

(9)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(10)  DO C 172 de 18.6.1999, p. 1.

(11)   DO L 184 de 17.7.1999, p. 23 .

(12)  DO L 357 de 31.12.2002, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3).

ANEXO

Las acciones con las que se pretenden alcanzar los objetivos generales y específicos del programa apoyarán proyectos de envergadura limitada que favorezcan la participación activa de los jóvenes.

La participación de los jóvenes en las distintas acciones del programa no requerirá experiencia o cualificaciones previas, salvo en algunos casos concretos que se especificarán en las acciones.

Estas se articularán a través de las siguientes medidas:

ACCIÓN 1 — La juventud con Europa

Esta acción tiene por objeto reforzar la ciudadanía activa de los jóvenes y el entendimiento mutuo entre ellos a través de las medidas siguientes:

La dotación financiera indicativa para la acción 1 no debería ser inferior al 30% de los costes totales previstos para el conjunto de las cinco acciones (para el período 2007-2013).

1.1. Intercambios de jóvenes

Los intercambios de jóvenes permiten a uno o varios grupos de jóvenes ser acogidos por un grupo de otro país para realizar un programa de actividades en común. Se aplican, en principio, a los jóvenes de edades comprendidas entre los 13 y los 25 años.

Estas actividades, basadas en asociaciones transnacionales entre los distintos agentes de un proyecto, requieren la participación activa de jóvenes y tienen por objeto permitirles descubrir realidades sociales y culturales diferentes y sensibilizarse sobre ellas, brindándoles la oportunidad de aprender unos de otros y de reforzar su conciencia de ser ciudadanos europeos. El apoyo se orienta prioritariamente hacia las actividades multilaterales de movilidad de grupos.

Los intercambios bilaterales de grupos están especialmente justificados cuando se trata de una primera actividad europea y de una actividad de asociaciones de tamaño reducido o de carácter local sin experiencia a nivel europeo. Se utilizan también para los jóvenes con menos oportunidades, a fin de reforzar su participación en el programa.

Esta medida apoya igualmente actividades preparatorias destinadas a reforzar la participación activa de los jóvenes en los proyectos, especialmente a nivel lingüístico e intercultural, así como encuentros transnacionales de jóvenes que deseen debatir temas importantes para su futuro y el de Europa.

Las actividades preparatorias y de seguimiento, particularmente en los ámbitos lingüístico e intercultural, destinadas a aumentar la participación activa de los jóvenes en proyectos, recibirán apoyo en el marco de la presente acción.

1.2. Apoyo a las iniciativas de los jóvenes

Gracias a esta medida se presta apoyo a proyectos en los que los jóvenes participan de forma activa y directa en actividades diseñadas por ellos mismo y de las cuales son los principales agentes, a fin de estimular su espíritu de iniciativa y de empresa y su creatividad. Esta medida se aplica, en principio, a los jóvenes de edades comprendidas entre los 16 y los 30 años .

Esta medida permite prestar apoyo a proyectos de iniciativas de grupo diseñados a nivel local, regional y nacional y a la conexión en red de proyectos similares llevados a cabo en distintos países, a fin de reforzar su dimensión europea y de ampliar los efectos de la cooperación y el intercambio de experiencias entre los jóvenes.

Se presta especial atención a los jóvenes con menos oportunidades.

1.3. Proyectos de democracia participativa

En el marco de esta medida se apoyan proyectos o actividades destinados a favorecer la participación de los jóvenes en la vida democrática. Estos proyectos y actividades requieren la participación activa de los jóvenes en la vida de su comunidad a nivel local, regional o nacional , así como a nivel internacional .

Esta medida se aplica, en principio, a los jóvenes de entre 13 y 30 años.

Estas actividades o proyectos se sustentan en asociaciones transnacionales que permiten aunar a nivel europeo ideas, intercambios de experiencias y buenas prácticas de proyectos o actividades llevados a cabo a nivel local o regional y destinados a mejorar la participación de los jóvenes en los diferentes niveles de colectividad. Estas actividades pueden incluir la organización de consultas entre los jóvenes para conocer sus necesidades y sus expectativas con vistas a la puesta a punto de nuevas estrategias de participación activa de los jóvenes en una Europa democrática.

ACCIÓN 2 — Servicio voluntario europeo

El voluntariado tiene por objeto potenciar la solidaridad de los jóvenes, promover su ciudadanía activa y favorecer el entendimiento mutuo entre los jóvenes, por medio de las medidas siguientes:

La dotación financiera indicativa para la acción 2 no debería ser inferior al 23% de los costes totales previstos para el conjunto de las cinco acciones {para el período 2007-2013).

2.1. Servicio voluntario europeo individual

El joven voluntario participa, en un país distinto de aquel en el que reside, en una actividad no lucrativa y no remunerada en beneficio de la colectividad. El servicio voluntario europeo no debe tener como efecto reducir los empleos remunerados, potenciales o existentes, ni reemplazarlos.

El servicio voluntario europeo tiene una duración de varios meses, hasta un máximo de doce. En casos debidamente justificados, sobre todo a fin de favorecer la participación de los jóvenes con menos oportunidades, podrá preverse un servicio voluntario europeo de breve duración.

Esta medida se aplica, en principio, a los jóvenes de entre 18 y 30 años, si bien algunas actividades de voluntariado pueden ser emprendidas por jóvenes a partir de 16 años, siempre que cuenten con una estructura de apoyo adecuada.

Entre otras cosas, esta medida cubre, total o parcialmente, la asignación que recibe el voluntario, su seguro, sus gastos de subsistencia y viaje y, en su caso, una ayuda adicional para los jóvenes con menos oportunidades.

Esta medida apoya igualmente las actividades destinadas a formar a los jóvenes voluntarios, en particular antes de su salida, y a coordinar a los distintos socios. Permite garantizar, en su caso, el seguimiento de las iniciativas basadas en experiencias adquiridas en el marco del servicio voluntario europeo.

Los Estados miembros y la Comisión velarán por que se respeten ciertas normas de calidad: el voluntariado reviste una dimensión de educación no formal que se manifiesta a través de actividades pedagógicas destinadas a preparar a los jóvenes a nivel personal, intercultural y técnico y a través de un apoyo personal continuo. La asociación entre los distintos agentes implicados en el proyecto, así como la prevención de riesgos, se consideran particularmente importantes.

2.2. Servicio voluntario europeo de intervención

En el marco de esta medida se presta apoyo a proyectos de voluntariado con las mismas características que las descritas en el punto 2.1 que permitan a grupos de jóvenes participar colectivamente en actividades organizadas a nivel local, regional, nacional, europeo o internacional .

Esta medida se aplica, en principio, a los jóvenes de entre 18 y 30 años .

2.3. Cooperación entre servicios civiles o voluntarios

En el marco de esta medida se presta apoyo a la cooperación entre servicios nacionales e internacionales de jóvenes voluntarios. El refuerzo de las sinergias y la compatibilización de las distintas formas de servicio civil voluntario a nivel europeo y a nivel nacional pueden ser apoyados por el programa a fin de potenciar la dimensión europea.

ACCIÓN 3 — La juventud en el mundo

Esta acción tiene por objeto potenciar el entendimiento mutuo entre los pueblos en un espíritu de apertura al mundo, contribuyendo al mismo tiempo al desarrollo de sistemas de calidad que respalden las actividades de los jóvenes en los países de que se trate. Está abierta a los países asociados al programa.

La dotación financiera indicativa para la acción 3 no debería ser inferior al 4% de los costes totales previstos para el conjunto de las cinco acciones {para el período 2007-2013).

3.1. Cooperación con los países vecinos de una Europa más amplia

En el marco de esta medida se presta apoyo a proyectos con los países asociados al programa que se consideran vecinos con arreglo a tas disposiciones de la política europea de vecindad de la Unión y de conformidad con el apartado 2 del artículo 5  (1).

Esta medida apoya intercambios de jóvenes, en principio multilaterales, que permitan a varios grupos de jóvenes procedentes de los países participantes en el programa y de los países vecinos de Europa encontrarse para llevar a cabo un programa de actividades en común. Esta medida se aplica, en principio, a los jóvenes de entre 13 y 25 años. Estas actividades, basadas en asociaciones transnacionales entre los distintos agentes de un proyecto, requieren la formación previa del personal de apoyo y la participación activa de los jóvenes y tienen por objeto permitirles descubrir realidades sociales y culturales diferentes y tomar conciencia de las mismas. Pueden financiarse actividades destinadas a reforzar la participación activa de estos jóvenes en los proyectos, especialmente cuando se trate de una preparación de carácter lingüístico e intercultural.

Siempre que se establezcan estructuras nacionales de gestión adecuadas en los países vecinos, pueden financiarse iniciativas de jóvenes o grupos de jóvenes diseñadas a nivel local, regional y nacional en dichos países al conectarse en red con iniciativas similares en los países participantes en el programa. Se trata de actividades diseñadas por los propios jóvenes y de las que ellos son los principales protagonistas. Esta actividad atañe, en principio, a los jóvenes de entre 18 y 30 años, si bien ciertas iniciativas juveniles pueden ser llevadas a cabo por jóvenes a partir de 16 años siempre que cuenten con una estructura de apoyo adecuada.

En el marco de esta medida se presta apoyo a actividades destinadas a reforzar la capacidad de las organizaciones no gubernamentales en el ámbito de la juventud y su conexión en red, reconociendo el papel decisivo que estas organizaciones están llamadas a desempeñar en el desarrollo de la sociedad civil en los países vecinos. Se contempla la formación de personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles , así como el intercambio de experiencias, de conocimientos especializados y de buenas prácticas entre ellos. Esta medida apoya las actividades que facilitan la elaboración de proyectos y el establecimiento de asociaciones duraderas y de calidad.

Esta medida respalda igualmente proyectos que estimulen la innovación y la calidad destinados a introducir, poner en práctica y promover enfoques innovadores en el ámbito de la juventud.

Se podrán conceder ayudas económicas a las acciones de información destinada a los jóvenes y al personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles .

En el marco de esta medida se presta apoyo asimismo a aquellas actividades que permiten la cooperación en el ámbito de la juventud con los países vecinos. Estas actividades tendrán por objeto, sobre todo, promover la cooperación y el intercambio de ideas y buenas prácticas en el ámbito de la juventud, así como otras medidas de valorización y difusión de los resultados de los proyectos y actividades en este ámbito de los países en cuestión.

3.2. Cooperación con los demás países

Esta medida apoya actividades de cooperación en el ámbito de la juventud, en particular el intercambio de buenas prácticas con los demás países asociados al programa.

Fomenta el intercambio entre personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles y su formación, así como el desarrollo de asociaciones y redes entre organizaciones juveniles.

Pueden llevarse a cabo intercambios multilaterales de jóvenes en torno a un tema concreto entre estos países y los países participantes en el programa.

Se presta apoyo a aquellas actividades que demuestren un potencial multiplicador.

En el marco de la cooperación con países industrializados, esta medida financiará únicamente a los participantes europeos de los proyectos.

ACCIÓN 4 — Personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles y sistemas de apoyo

Esta acción tiene por objeto mejorar la calidad de las estructuras de apoyo a los jóvenes, respaldar el trabajo del personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles , mejorar la calidad del programa y favorecer el compromiso cívico de los jóvenes a nivel europeo respaldando la labor de los organismos activos a nivel europeo en el ámbito de la juventud.

La dotación financiera indicativa para la acción 4 no debería ser inferior al 15% de los costes totales previstos para el conjunto de las cinco acciones (para el período 2007-2013).

4.1. Apoyo a los organismos activos a nivel europeo en el ámbito de la juventud

Esta medida apoya el funcionamiento de las organizaciones no gubernamentales que trabajan a nivel europeo en el ámbito de la juventud y persiguen un objetivo de interés general europeo. Sus actividades deben contribuir, en particular, a la participación activa de los jóvenes ciudadanos en la vida pública y en la sociedad, así como al desarrollo y la puesta en práctica de acciones de cooperación europea en el ámbito de la juventud en sentido lato.

Para poder optar a una subvención de funcionamiento, estos organismos deben cumplir las siguientes disposiciones:

deben estar jurídicamente constituidos desde al menos un año;

debe tratarse de organismos sin ánimo de lucro;

deben estar establecidos en uno de los países participantes en el programa de conformidad con el apartado 1 del artículo 5 o en determinados Estados de Europa Oriental (2);

deben ejercer sus actividades a nivel europeo, solos o en forma de varias asociaciones coordinadas, y sus estructuras y sus actividades deben abarcar al menos ocho países participantes en el programa; puede tratarse de una red europea representativa de organismos activos en favor de los jóvenes;

sus actividades deben ser conformes a los principios subyacentes a la acción comunitaria en el ámbito político de la juventud;

puede tratarse de organismos que desarrollen sus actividades exclusivamente en favor de los jóvenes o de organismos con una misión más amplia, que desarrollen una parte de sus actividades en favor de los jóvenes;

deben implicar a los jóvenes en la gestión de las actividades desarrolladas en su favor.

Los organismos beneficiarios de una subvención de funcionamiento se seleccionan mediante convocatorias de propuestas. Podrán celebrarse convenios marco de asociación plurianuales con los organismos seleccionados. No obstante, ello no significa que no puedan organizarse convocatorias de propuestas anuales para seleccionar otros participantes .

Entre las actividades de las organizaciones juveniles que pueden contribuir al refuerzo y a la eficacia de la acción comunitaria destacan las siguientes:

función de representación de los puntos de vista y los intereses de los jóvenes en su diversidad a nivel europeo;

intercambios de jóvenes y servicios de voluntariado;

aprendizaje no formal e informal y programas de actividades juveniles;

promoción del aprendizaje y el entendimiento interculturales;

debates sobre cuestiones europeas, las políticas de la Unión Europea o las políticas de juventud;

difusión de información sobre la acción comunitaria;

acciones que favorezcan la participación y la iniciativa de los jóvenes.

En el marco de esta medida, sólo se incluirán en el cálculo de la subvención de funcionamiento los gastos de funcionamiento necesarios para llevar a cabo adecuadamente las actividades normales del organismo seleccionado, como pueden ser los gastos de personal, los gastos generales (alquileres, cargas inmobiliarias, equipo, suministros de oficina, telecomunicaciones, gastos postales, etc.), los gastos de reuniones internas y los gastos de publicación, información y difusión.

La subvención se concederá respetando la independencia del organismo para seleccionar a sus miembros y su autonomía para definir detalladamente sus actividades.

La Comisión deberá poner a disposición de los usuarios una guía que explique con claridad los derechos legales y las obligaciones que se deriven de aceptar la subvención concedida.

Estos organismos deberán financiar como mínimo un 20 % de su presupuesto con fondos no comunitarios.

En interés de la perdurabilidad y la continuidad de las organizaciones juveniles creadas con arreglo a la Decisión no 790/2004/CE, la dotación mínima anual con arreglo a la medida 4.1 será de 2 600 000 euros.

4.2. Apoyo al Foro Europeo de la Juventud

En el marco de esta medida podrán concederse subvenciones para apoyar las actividades permanentes del Foro Europeo de la Juventud, organismo que persigue un objetivo de interés general europeo, siempre que se respeten los principios siguientes:

independencia del Foro Europeo de la Juventud para seleccionar a sus miembros, garantizando la más amplia representación posible de los distintos tipos de organizaciones juveniles;

autonomía del Foro Europeo de la Juventud para la definición detallada de sus actividades;

participación lo más amplia posible en las actividades del Foro Europeo de la Juventud de organizaciones juveniles que no sean miembros y de jóvenes que no formen parte de organizaciones;

contribución activa del Foro Europeo de la Juventud a los procesos políticos a escala europea que tengan interés para los jóvenes, entre otras cosas respondiendo a las solicitudes de las instituciones europeas cuando consultan a la sociedad civil y explicando a sus miembros las posiciones que adopten estas instituciones.

Los gastos subvencionables del Foro Europeo de la Juventud incluyen tanto los gastos de funcionamiento como los gastos necesarios para la realización de sus acciones. Habida cuenta de la necesidad de garantizar la permanencia del Foro Europeo de la Juventud, al establecer la dotación del programa se tendrá en cuenta el principio siguiente: los recursos anuales asignados al Foro Europeo de la Juventud no serán inferiores a 2 200 000 euros .

Podrán concederse subvenciones al Foro Europeo de Juventud previa recepción de un plan de trabajo y de un presupuesto adecuados. Las subvenciones podrán concederse anualmente o sobre una base renovable en virtud de un acuerdo marco de asociación con la Comisión.

El Foro deberá financiar como mínimo un 20 % de su presupuesto con fondos no comunitarios.

Entre las actividades que lleva a cabo el Foro Europeo de la Juventud destacan las siguientes:

función de representación de los jóvenes ante la Unión Europea;

función de coordinación de las posiciones de sus miembros ante la Unión Europea;

transmisión de información sobre la juventud a las instituciones europeas;

transmisión de información de la Unión Europea a los consejos nacionales de la juventud y las organizaciones no gubernamentales;

promoción y preparación de la participación de los jóvenes en la vida democrática;

contribuciones al nuevo marco de cooperación establecido a nivel de la Unión Europea en el ámbito de la juventud;

contribución al desarrollo de las políticas de juventud, del trabajo socioeducativo y de las oportunidades educativas y a la transmisión de información relativa a los jóvenes, así como al desarrollo de estructuras representativas de los jóvenes en toda Europa;

acciones de debate y reflexión sobre la juventud en Europa y en otras regiones del mundo y sobre la acción de la Unión Europea en favor de los jóvenes.

4.3. Formación y conexión en red del personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles

Con esta medida se presta apoyo a las actividades de formación del personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles, en particular los animadores juveniles, los responsables de proyectos, los consejeros juveniles y los responsables pedagógicos en los proyectos. Se respalda igualmente el intercambio de experiencia, conocimientos especializados y buenas prácticas entre este personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles . Esta medida apoya asimismo las actividades que faciliten la elaboración de proyectos y el establecimiento de asociaciones duraderas y de calidad en el programa. Merecen especial atención las actividades que favorecen la participación de los jóvenes que tienen más dificultades para participar en acciones comunitarias.

4.4. Proyectos para estimular la innovación y la calidad

Esta medida presta apoyo a los proyectos encaminados a introducir, poner en práctica y promover enfoques innovadores en el ámbito de la juventud. Estos enfoques innovadores pueden atañer al contenido y los objetivos en relación con la evolución del marco de cooperación europea en el ámbito de la juventud, la participación de socios de orígenes diversos o la divulgación de la información.

4.5. Acciones de información con destino a los jóvenes y personal cualificado que trabaja en el ámbito de la juventud y en las organizaciones juveniles

Esta medida apoya la información y la comunicación con destino a los jóvenes mejorando el acceso de estos a la información pertinente y a los servicios de comunicación para, de esta forma, potenciar su participación en la vida pública y facilitar la expresión de su potencial como ciudadanos activos y responsables. A tal fin, se respaldan las actividades, a nivel europeo y nacional, que mejoren el acceso de los jóvenes a la información y a los servicios de comunicación, fomenten la divulgación de una información de calidad y potencien la participación de los jóvenes en la preparación y la divulgación de la información.

Esta medida contribuye en particular al desarrollo de portales europeos, nacionales, regionales y locales destinados a difundir información específica entre los jóvenes recurriendo a todo tipo de medios, sobre todos a los que ellos utilizan más a menudo. Esta acción puede apoyar igualmente medidas que promuevan el compromiso de los jóvenes en la preparación y la divulgación de asesoramiento y productos de información comprensibles, de fácil uso y dirigidos a destinatarios específicos, a fin de mejorar la calidad de la información y el acceso a la misma de todos los jóvenes. En todas las publicaciones debe incluirse claramente la igualdad de género y un tipo de lenguaje que tenga en cuenta las diferencias de género.

4.6. Asociaciones

Esta medida permite financiar asociaciones con entidades regionales o locales, con el fin de desarrollar proyectos duraderos que podrán combinar distintas medidas del programa. Se financiarán igualmente los proyectos y actividades de coordinación.

4.7. Apoyo a las estructuras del programa

Esta medida permite financiar las estructuras previstas en el apartado 2 del artículo 8, en particular las agencias nacionales. Esta asistencia puede prestarse mediante la concesión de una subvención de funcionamiento que no sobrepase el 50 % del coste total subvencionable adoptado en el programa de trabajo de la agencia. Esta medida permite también financiar los organismos asimilados como los coordinadores nacionales, los centros de recursos, la red Eurodesk, la Plataforma euromediterránea de la juventud y las asociaciones de jóvenes voluntarios europeos, que actúan como órganos de ejecución a nivel nacional, de conformidad con lo dispuesto en la letra c) del apartado 2 y el apartado 3 del artículo 54 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002.

4.8. Valorización

La Comisión puede organizar seminarios, coloquios o reuniones encaminados a facilitar la aplicación del programa y emprender cualquier acción de información, publicación y divulgación apropiada, así como una evaluación y un control del programa. Estas actividades pueden financiarse mediante una subvención, adjudicarse a través de contratos públicos o ser organizadas y financiadas directamente por la Comisión.

ACCIÓN 5 — Apoyo a la cooperación política

Esta acción tiene por objeto favorecer la cooperación europea en materia de política de la juventud.

La dotación financiera indicativa para la acción 5 no debería ser inferior al 4% de los costes totales previstos para el conjunto de las cinco acciones (para el período 2007-2013).

5.1. Encuentros de jóvenes y responsables de políticas de juventud

Esta medida apoya las actividades que permiten la cooperación política y el diálogo estructurado entre los jóvenes y sus organizaciones y los responsables de la política de juventud. Estas actividades tienen por objeto, en particular, promover la cooperación y el intercambio de ideas y buenas prácticas en el ámbito de la juventud, las conferencias organizadas por las presidencias de la Unión, el apoyo a seminarios juveniles que fomenten y respalden la implicación de los jóvenes en Europa como comunidad política, social y cultural, así como otras actividades de valorización y divulgación de los resultados de los proyectos y las actividades de la Unión Europea relativos al ámbito de la juventud.

5.2. Semana Europea de la Juventud

En este contexto, se instituye la Semana Europea de la Juventud, en cuanto acto permanente y periódico, como componente fijo de la política europea de juventud. Un equipo de gente joven coorganizará las actividades para que la participación juvenil sea el tema central de dicha semana.

En el marco de la Semana Europea de la Juventud se llevarán a cabo de manera centralizada y descentralizada las siguientes actividades:

información sobre la labor de las instituciones europeas;

actividades que permitan a los jóvenes transmitir sus preocupaciones a los diputados al Parlamento Europeo;

concesión de premios para los mejores proyectos juveniles subvencionados por el programa «La juventud en acción».

5.3. Apoyo a las actividades en favor de una mejor comprensión y un mejor conocimiento del ámbito de la juventud

Esta medida presta apoyo a proyectos específicos encaminados a determinar los conocimientos existentes sobre los temas prioritarios del ámbito de la juventud fijados en el marco del método abierto de coordinación, así como a proyectos que permitan completar, actualizar y hacer más asequibles esos conocimientos.

Se apoya igualmente el desarrollo de métodos que permiten analizar y comparar los resultados de estudios y garantizar su calidad.

El programa también puede prestar apoyo a actividades de conexión en red de los distintos agentes del ámbito de la juventud.

5.4. Cooperación con organizaciones internacionales

Esta acción puede prestar apoyo a la cooperación de la Unión Europea con organizaciones internacionales competentes en materia de juventud, en particular el Consejo de Europa y la Organización de las Naciones Unidas o sus instituciones especializadas.

6. GESTIÓN DEL PROGRAMA

La dotación financiera del programa puede cubrir igualmente los gastos correspondientes a las acciones de preparación, seguimiento, control, auditoría y evaluación, que sean directamente necesarias para la gestión del programa y la consecución de sus objetivos, en particular estudios, reuniones, acciones de información y publicación, gastos relacionados con las redes informáticas que se encargan del intercambio de información, así como cualquier otro gasto de asistencia administrativa y técnica en que pueda incurrir la Comisión para la gestión del programa.

A fin de presentar buenas prácticas y proyectos modelo, deberá establecerse una base de datos que contenga información sobre ideas existentes referentes a las actividades juveniles a nivel europeo.

7. CONTROLES Y AUDITORÍAS

Para los proyectos seleccionados con arreglo al procedimiento descrito en el apartado 2 del artículo 13 de la presente Decisión se establecerá un sistema de auditoría por muestreo.

Los participantes mantendrán a disposición de la Comisión, durante un período de cinco años a partir del último pago, todos los justificantes de los gastos efectuados. Además, velarán por que, en caso necesario, los justificantes que se encuentren en poder de sus socios o miembros sean puestos a disposición de la Comisión.

La Comisión, ya sea directamente por medio de sus agentes o a través de cualquier otro organismo externo cualificado de su elección, tendrá derecho a efectuar una auditoría de la utilización que se haya dado a la subvención. Estas auditorías podrán llevarse a cabo durante toda la duración del convenio, así como durante un período de cinco años a contar desde la fecha de pago del saldo de la subvención. Los resultados de estas auditorías podrán, en su caso, dar lugar a decisiones de recuperación de fondos por parte de la Comisión.

El personal de la Comisión, así como sus mandatarios externos, deberá gozar de un acceso adecuado, especialmente a las oficinas de los participantes , así como a toda la información necesaria, incluso en formato electrónico, para poder llevar a cabo las mencionadas auditorías.

El Tribunal de Cuentas y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) gozarán de los mismos derechos que la Comisión, especialmente en lo que se refiere al derecho de acceso.

Las decisiones de la Comisión adoptadas en aplicación del artículo 10, los convenios con las agencias nacionales, los acuerdos con los terceros países participantes, así como los convenios y contratos suscritos en este contexto deberán prever, en particular, un seguimiento y un control financiero de la Comisión (o de cualquier representante autorizado por ella), incluida la OLAF, y auditorías del Tribunal de Cuentas, cuando proceda in situ. Podrán ser objeto de estos controles las agencias nacionales, así como, en su caso, los beneficiarios de subvenciones.

Además, la Comisión podrá proceder a realizar controles y verificaciones in situ de conformidad con el Reglamento (Euratom, CE) no 2185/96 del Consejo, de 11 de noviembre de 1996, relativo a los controles y verificaciones in situ que realiza la Comisión para la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra los fraudes e irregularidades (3) .

A los efectos de las acciones comunitarias contempladas en la presente Decisión, constituirá irregularidad, en el sentido de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 1 del Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas (4) , toda infracción de una disposición de Derecho comunitario o todo incumplimiento de una obligación contractual derivada de una acción u omisión de una entidad jurídica que tenga o tendría por efecto perjudicar al presupuesto general de la Unión Europea a los presupuestos administrados por esta mediante un gasto indebido.


(1)  Sin perjuicio de futuros cambios, los países vecinos en cuestión son Armenia, Azerbaiyán, Belarús, Georgia, Moldavia, la Federación Rusa y Ucrania, Argelia, Egipto, Israel, Jordania, Líbano, Libia, Marruecos, los Territorios Palestinos, Siria y Túnez.

(2)  Belarús, Moldavia, la Federación Rusa o Ucrania.

(3)  DO L 292 de 15.11.1996, p. 2.

(4)  DO L 312 de 23.12.1995, p. 1.

P6_TA(2005)0397

Programa Cultura (2007-2013) ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa Cultura 2007 (2007-2013) (COM(2004) 0469 — C6-0094/2004 — 2004/0150(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2004) 0469) (1),

Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el primer guión del apartado 5 del artículo 151 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0094/2004),

Visto el artículo 51 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Cultura y Educación y las opiniones de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género, la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior, la Comisión de Control Presupuestario, la Comisión de Presupuestos y la Comisión de Asuntos Exteriores (A6-0269/2005),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Señala que los créditos indicados en la propuesta de la Comisión para el período posterior a 2006 están sujetos a la decisión sobre el próximo marco financiero plurianual;

3.

Pide a la Comisión que, una vez que se haya adoptado el próximo marco financiero plurianual, presente, si procede, una propuesta de ajuste del importe de referencia financiera del programa;

4.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

5.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TC1-COD(2004)0150

Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 25 de octubre de 2005 con vistas a la adopción de la Decisión no .../2005/CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece el programa Cultura (2007-2013)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, el primer guión del apartado 5 de su artículo 151,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité de las Regiones (1),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),

Considerando lo siguiente:

(1)

Es esencial favorecer la cooperación y los intercambios culturales a fin de respetar y promover la diversidad de las lenguas y las culturas en Europa y mejorar el conocimiento que tienen los ciudadanos europeos de las culturas europeas distintas de las suyas , haciendo al mismo tiempo a los ciudadanos más conscientes del patrimonio cultural europeo común que comparten La promoción de la cooperación y de la diversidad culturales y lingüísticas contribuye de esta forma a hacer de la ciudadanía europea una realidad tangible fomentando la participación directa de los ciudadanos europeos en el proceso de integración.

(2)

Una política cultural activa que tenga como finalidad la preservación de la diversidad cultural europea y la promoción de sus elementos culturales comunes y su patrimonio cultural puede contribuir a mejorar la visibilidad exterior de la Unión Europea.

(3)

El patrimonio arquitectónico es una parte importante del patrimonio cultural de Europa. Es necesario que la acción comunitaria que tiene como objetivo la conservación y la protección de este patrimonio sea complementaria de las acciones nacionales y regionales.

(4)

La plena adhesión de los ciudadanos a la integración europea y su plena participación en este proceso requieren que se pongan aún más de relieve sus valores y raíces culturales comunes como elementos clave de su identidad y de su pertenencia a una sociedad basada en la libertad, la equidad, la democracia, el respeto de la dignidad y de la integridad de los seres humanos, la tolerancia y la solidaridad dentro del respeto de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea .

(5)

El programa Cultura (2007-2013) debe tomar en consideración los ámbitos del patrimonio y la creación cultural de los Estados miembros, como la arquitectura, las artes plásticas, la música, la literatura y las artes del espectáculo, pero manteniendo un espíritu no sectorial y abierto a la innovación y las sinergias transdisciplinares.

(6)

El sector cultural aporta por sí mismo un número considerable de empleos y, además, existe un lazo visible entre la inversión en cultura y el desarrollo económico.

(7)

Es fundamental que el sector cultural participe y desempeñe su papel en los acontecimientos políticos europeos en sentido amplio. Por ello, es necesario desarrollar el lugar que ocupa la industria cultural en las iniciativas que se adoptan en el marco de la estrategia de Lisboa, ya que dicha industria ocupa un lugar cada vez mayor en la economía europea.

(8)

Para que se pueda aplicar con éxito la estrategia de Lisboa y para crear una economía basada en el conocimiento y altamente competitiva que goce de la comprensión y apoyo popular, los conocimientos especializados deben situarse en una matriz cultural más amplia; de ahí la importancia de reforzar las políticas culturales a nivel regional, nacional y europeo.

(9)

Se impone asimismo la necesidad de promover la ciudadanía activa y de avanzar en la lucha contra la exclusión en todas sus formas, entre las que se cuentan el racismo y la xenofobia.

(10)

Los museos son importantes como depositarios y comunicadores del patrimonio cultural de Europa y pueden contribuir a promover una ciudadanía activa y a reforzar la lucha contra la exclusión proporcionando una visión y una comprensión de la historia y de la diversidad cultural de Europa.

(11)

La población víctima de una extrema pobreza se ve a menudo desfavorecida en el plano cultural Mejorar el acceso del mayor número de personas a la cultura y al patrimonio cultural permite por consiguiente luchar contra la exclusión social.

(12)

El artículo 3 del Tratado establece que en todas las actividades contempladas en ese artículo la Comunidad se fijará el objetivo de eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer y promover su igualdad.

(13)

Los programas culturales Calidoscopio, Ariane, Rafael y, más tarde, Cultura 2000, establecidos respectivamente por las Decisiones nos 719/96/CE (3), 2085/97/CE (4), 2228/97/CE (5) y 508/2000/CE (6) del Parlamento Europeo y del Consejo, marcaron hitos positivos en la puesta en práctica de la acción comunitaria en el ámbito de la cultura. De este modo, se ha adquirido una experiencia considerable, en particular gracias a la evaluación de dichos programas culturales. Ha llegado el momento de racionalizar y reforzar la actuación cultural de la Comunidad, basándose en las conclusiones de esas evaluaciones, en los resultados de la consulta llevada a cabo con todas las partes interesadas y en los trabajos de las instituciones europeas. Es preciso, por tanto, establecer un programa a tal fin.

(14)

En este sentido, las instituciones europeas se pronunciaron en reiteradas ocasiones sobre temas que atañen a la acción cultural comunitaria y a los desafíos de la cooperación cultural: en particular el Consejo, en sus Resoluciones de 25 de junio de 2002 sobre un nuevo plan de trabajo relativo a la cooperación europea en el ámbito de la cultura (7) y de 19 de diciembre de 2002 sobre la ejecución del plan de trabajo relativo a la cooperación europea en el ámbito de la cultura (8), el Parlamento Europeo, en sus Resoluciones de 5 de septiembre de 2001 sobre la cooperación cultural en la Unión Europea (9), de 28 de febrero de 2002 sobre la aplicación del programa Cultura 2000 (10), de 22 de octubre de 2002 sobre la importancia y el dinamismo del teatro y de las artes del espectáculo en la Europa ampliada (11) y de 4 de septiembre de 2003 sobre tas industrias culturales (12) , y el Comité de las Regiones, en su dictamen de 9 de octubre de 2003 sobre la prórroga del programa Cultura 2000.

(15)

El Consejo, en sus conclusiones de 16 de noviembre de 2004 relativas al plan de trabajo en materia de cultura (2005-2006), el Parlamento Europeo, en su Resolución de 4 de septiembre de 2003 sobre las industrias culturales, y el Comité Económico y Social, en su dictamen de 28 de enero de 2004 sobre las industrias culturales en Europa, se han pronunciado sobre la necesidad de tener más en cuenta la especificidad económica y social de las industrias culturales no audiovisuales.

(16)

El Consejo, en las resoluciones antes mencionadas, ha insistido en la necesidad de adoptar a escala comunitaria un enfoque más coherente por lo que respecta a la cultura y en que el valor añadido europeo es un concepto esencial y determinante en el marco de la cooperación cultural europea, así como una condición general de las acciones de la Comunidad en este campo.

(17)

Es importante, para hacer realidad el espacio cultural común a los pueblos de Europa, promover la preservación y el conocimiento del patrimonio cultural de importancia europea, la movilidad transnacional de los agentes del sector, potenciar la circulación transnacional de obras y productos artísticos y culturales y favorecer el diálogo y los intercambios culturales.

(18)

En este contexto, se impone promover una mayor cooperación entre los operadores culturales estimulándolos a crear redes de cooperación plurianual que permitan emprender actividades en común, apoyar acciones más específicas y dotadas de un verdadero valor añadido europeo, respaldar acontecimientos culturales emblemáticos, sostener organismos europeos de cooperación cultural y fomentar trabajos de análisis sobre temas seleccionados de interés europeo, así como actividades de recopilación, difusión de información y acciones de promoción en el ámbito de la cooperación cultural.

(19)

En aplicación de la Decisión no 1419/1999/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de mayo de 1999, por la que se establece una acción comunitaria en favor de la manifestación Capital europea de la cultura para los años 2005 a 2019 (13), conviene conceder una financiación significativa a esta manifestación, que goza de una gran visibilidad entre los europeos y contribuye a reforzar el sentimiento de pertenencia a un espacio cultural común. En el marco de esta manifestación debe hacerse hincapié en la cooperación cultural transeuropea.

(20)

Es conveniente apoyar el funcionamiento de aquellos organismos que trabajan en favor de la cooperación cultural europea y desempeñan así un papel de «embajadores» de la cultura europea, aprovechando la experiencia adquirida por la Unión Europea en el marco de la Decisión no 792/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de abril de 2004, por la que se establece un programa de acción comunitario para la promoción de organismos activos a escala europea en el ámbito de la cultura  (14).

(21)

Dentro del espíritu del apartado 4 del artículo 151 del Tratado, otros instrumentos, políticas y acciones comunitarios deben ser consecuentes y complementarios con la acción de la Comunidad en el ámbito de la cultura. Debe dedicarse una atención especial a la interfaz de las medidas comunitarias en los ámbitos de cultura y educación, con el fin de garantizar que los proyectos de carácter conjunto (por ejemplo, un proyecto de formación para músicos jóvenes) puedan recibir apoyo a través de medidas comunitarias en el ámbito que resulte más adecuado.

(22)

Es necesario que la Unión Europea lleve a cabo una campaña de sensibilización y apoyo, de alcance nacional, europeo e internacional, en favor de la Convención de la UNESCO sobre la Protección de la Diversidad de los Contenidos Culturales y las Expresiones Artísticas. Asimismo, debería procurar que dicha Convención no merme los derechos humanos y las libertades fundamentales en nombre de la cultura o de las tradiciones.

(23)

Es necesario que el programa, dentro del respeto del principio de libertad de expresión, contribuya a los esfuerzos de la Unión Europea destinados a promover el desarrollo sostenible y la lucha contra todas las formas de discriminación.

(24)

Los países candidatos a la adhesión a la Unión Europea y los países de la AELC que son miembros del EEE tienen vocación reconocida en participar en los programas comunitarios, de conformidad con los acuerdos celebrados con dichos países.

(25)

El Consejo Europeo de Salónica de los días 19 y 20 de junio de 2003 adoptó el «Programa de Salónica para los Balcanes Occidentales: avanzar en la integración europea», en el que se prevé que los programas comunitarios deben estar abiertos a los países del Proceso de Estabilización y Asociación en virtud de acuerdos marco que deberán firmarse entre la Comunidad y dichos países. Si así lo desean y dependiendo de consideraciones presupuestarias o prioridades políticas, estos países deben poder participar en el programa o acogerse a una fórmula de cooperación más limitada, sobre la base de créditos adicionales y modalidades específicas que deberán convenir las partes interesadas.

(26)

El programa debe estar abierto asimismo a la cooperación con otros terceros países que hayan firmado con la Comunidad Europea acuerdos en los que se incluya un capítulo cultural, según modalidades que se definirán en su debido momento.

(27)

Es oportuno establecer un instrumento único de financiación y programación para la cooperación cultural, titulado «Cultura», para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013.

(28)

Existe un consenso generalizado en el sentido de que deben destinarse recursos presupuestarios adecuados para dicho instrumento de financiación y programación con el fin de alcanzar los ambiciosos objetivos que se propone.

(29)

La acción comunitaria es complementaria de las acciones nacionales o regionales emprendidas en el ámbito de la cooperación cultural. Dado que los objetivos de la acción pretendida (preservación y conocimiento del patrimonio cultural de importancia europea, movilidad transnacional de las personas que trabajan en el sector cultural en Europa, circulación transnacional de obras y productos artísticos y culturales y diálogo intercultural) no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros actuando por sí solos, y, por consiguiente, debido a su carácter transnacional, pueden lograrse mejor a nivel comunitario, la Comunidad puede adoptar medidas de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, la presente Decisión no excede de lo necesario para alcanzar estos objetivos.

(30)

En cuanto a la puesta en práctica del apoyo comunitario, conviene tener en cuenta la naturaleza específica del sector cultural en Europa y, en particular, velar por la simplificación, en la medida de lo posible, de los procedimientos administrativos y financieros y por su adaptación a los objetivos perseguidos, así como a las prácticas y a la evolución del sector cultural.

(31)

La amplitud de la diversidad cultural y lingüística en Europa implica que debe concederse apoyo a las traducciones literarias a lenguas modernas; este apoyo debe extenderse a la traducción de textos griegos y latinos de la antigüedad clásica y la Edad Media; deben tenerse en cuenta los rasgos específicos del ámbito de la traducción literaria.

(32)

Conviene garantizar, en cooperación entre la Comisión y los Estados miembros, un seguimiento y una evaluación continuos del presente programa, de forma que puedan introducirse reajustes, en particular por lo que respecta a las prioridades para la aplicación de las medidas. La evaluación incluirá una evaluación externa llevada a cabo por organismos independientes e imparciales.

(33)

Los procedimientos de seguimiento y evaluación del programa deben emplear objetivos e indicadores específicos, mensurables, realizables, pertinentes y sujetos a un calendario.

(34)

Deben adoptarse las medidas oportunas para prevenir los fraudes e irregularidades y, en su caso, han de emprenderse las acciones necesarias para recuperar los fondos perdidos, indebidamente pagados o mal empleados.

(35)

La presente Decisión establece, para toda la duración del programa, un marco financiero que, con arreglo al apartado 33 del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (15), constituye la referencia privilegiada para la Autoridad Presupuestaria.

(36)

Conviene adoptar las medidas necesarias para la aplicación de la presente Decisión de conformidad con la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (16).

(37)

Conviene prever disposiciones transitorias a fin de facilitar la transición entre, por un lado, los programas establecidos por las Decisiones nos 508/2000/CE o 792/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, y, por otro, el programa establecido por la presente Decisión.

DECIDEN:

Artículo 1

Establecimiento del programa y duración

1.   Por la presente Decisión se establece el programa Cultura —en lo sucesivo denominado «el programa»—, un programa plurianual único para las acciones comunitarias en el ámbito de la cultura.

2.   El programa se aplicará en el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013.

Artículo 2

Dotación financiera del programa

1.   La dotación financiera para la ejecución del presente programa para el período contemplado en el artículo 1 será de 600 millones de euros.

2.   La Autoridad Presupuestaria autorizará los créditos anuales dentro del límite de las perspectivas financieras.

Artículo 3

Objetivos del programa

1.   El objetivo general del programa consistirá en contribuir a la valorización de un espacio cultural común a los europeos mediante el desarrollo de la cooperación cultural entre los creadores, los agentes culturales y las instituciones culturales de los países participantes en el programa, con el fin de favorecer el surgimiento de una ciudadanía europea.

2.   Los objetivos específicos del programa serán los siguientes:

a)

promover la preservación y el conocimiento del patrimonio cultural de importancia europea;

b)

promover la movilidad transnacional de las personas que trabajan en el sector cultural;

c)

fomentar la circulación transnacional de obras y productos artísticos y culturales;

d)

favorecer el diálogo intercultural.

Artículo 4

Líneas de acción del programa

1.   Para la consecución de los objetivos generales y específicos del programa se pondrán en marcha las siguientes acciones, que se describen de forma detallada en el anexo:

a)

Apoyo a acciones culturales:

redes de cooperación plurianual ,

acciones de cooperación,

acciones especiales.

b)

Apoyo a organismos activos a escala europea en el ámbito cultural.

c)

Apoyo a trabajos de análisis, a la recopilación y difusión de información y a actividades de promoción en los ámbitos relacionados con el sector de la cultura, como la cooperación cultural , el patrimonio cultural, la sinergia entre educación y cultura, la formación profesional complementaria para los artistas y el empleo en el sector cultural .

d)

Apoyo a las acciones relacionadas con la educación musical y artística que favorezcan el intercambio de buenas prácticas y una colaboración más estrecha a escala europea.

2.   Estas acciones se realizarán de conformidad con las disposiciones que figuran en el Anexo.

Artículo 5

Disposiciones relativas a terceros países

1.   El programa estará abierto a la participación de los siguientes países:

los países de la AELC que sean miembros del EEE, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo EEE;

los países candidatos que se acojan a una estrategia de preadhesión a la Unión Europea, conforme a los principios generales y las condiciones y modalidades generales de participación de dichos países en los programas comunitarios establecidos respectivamente en el Acuerdo marco y en las decisiones de los Consejos de asociación;

los países de los Balcanes Occidentales, conforme a las modalidades que se definan con estos países en los acuerdos marco que deberán establecerse con vistas a su participación en los programas comunitarios;

los países contemplados por la nueva política europea de vecindad de acuerdo con los planes de acción que deben elaborarse.

Siempre que se cumplan las condiciones previstas y previo desembolso de créditos adicionales, los países citados en el presente apartado participarán plenamente en el programa.

La Comisión garantizará la articulación entre el programa y otras medidas comunitarias, en particular, en los ámbitos de la educación, la formación profesional, la juventud, el deporte, las lenguas, la inclusión social, la política exterior de la UE, la lucha contra la discriminación y la investigación.

2.   El presente programa estará igualmente abierto a la cooperación con otros terceros países que hayan concluido con la Comunidad Europea acuerdos de asociación o de cooperación que contengan cláusulas culturales sobre la base de créditos adicionales y de modalidades específicas que deberán convenirse.

Los países de los Balcanes Occidentales citados en el apartado 1 que no deseen participar plenamente en el programa podrán cooperar con él en las condiciones previstas en el presente apartado.

Artículo 6

Cooperación con organizaciones internacionales

El presente programa permitirá la cooperación con organizaciones internacionales competentes en el ámbito de la cultura, como la Unesco o el Consejo de Europa, sobre la base de contribuciones conjuntas y en cumplimiento de las normas consustanciales a cada institución u organización para la realización de las acciones previstas en el artículo 4.

Artículo 7

Complementariedad con otros instrumentos de acción comunitarios

La Comisión garantizará la articulación entre el programa y otras medidas comunitarias, en particular, en los ámbitos de la educación, la formación profesional, la juventud, el deporte, las lenguas, la inclusión social, política exterior de la UE, lucha contra la discriminación y la investigación.

Artículo 8

Aplicación

1.   La Comisión garantizará la aplicación de las acciones comunitarias que son objeto del presente programa, de conformidad con lo dispuesto en el anexo.

2.   Las medidas que se mencionan a continuación se adoptarán con arreglo al procedimiento de gestión contemplado en el apartado 2 del artículo 10:

a)

el plan de trabajo anual, incluidas las prioridades, así como los criterios y los procedimientos de selección;

b)

el presupuesto anual y el desglose de los fondos entre las distintas acciones del programa;

c)

las medidas de seguimiento y evaluación del programa.

3.   Todas las demás medidas necesarias para la aplicación de la presente Decisión se adoptarán con arreglo al procedimiento consultivo que se prevé en el apartado 3 del artículo 10.

Artículo 9

Medidas de transparencia

1.     Los criterios de selección fijados por los expertos junto con la escala de clasificación aplicada estarán a disposición de todos los operadores culturales.

2.     Independientemente de que el operador haya recibido o no una subvención, el solicitante tendrá derecho a recibir información pertinente sobre las razones de la decisión final.

Artículo 10

Comité

1.   La Comisión estará asistida por un Comité compuesto por representantes de los Estados miembros y presidido por un representante de la Comisión.

2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 4 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observándose lo dispuesto en su artículo 8. El plazo previsto en el apartado 3 del artículo 4 de dicha Decisión será de dos meses.

3.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 3 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observándose lo dispuesto en su artículo 8.

4.   El Comité adoptará su reglamento interno.

Artículo 11

Puntos de contacto culturales

1.   Los puntos de contacto culturales, tal como se definen en el punto I.3.3 del Anexo, actuarán como órganos de ejecución para la difusión de información sobre el programa a nivel nacional, de conformidad con la letra c) del apartado 2 y el apartado 3 del artículo 54 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (17), en lo sucesivo el «Reglamento financiero».

2.   Los puntos de contacto culturales deberán atender a los criterios siguientes:

disponer de personal suficiente que reúna cualificaciones profesionales relacionadas con sus funciones y cualificaciones lingüísticas adaptadas al trabajo en un entorno de cooperación internacional;

disponer de infraestructuras adaptadas, sobre todo en lo que respecta a los equipos informáticos y los medios de comunicación;

realizar su labor en un contexto administrativo que les permita llevar a buen término sus funciones y evitar todo conflicto de intereses.

Artículo 12

Disposiciones financieras

1.   En virtud del apartado 2 del artículo 176 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (18) , esta podrá decidir, en función de las características de los beneficiarios y del tipo de acción, si procede eximirles de la comprobación de las competencias y cualificaciones profesionales requeridas para llevar a cabo la acción o el programa de trabajo.

2.   Las ayudas financieras se concederán en forma de subvenciones a personas jurídicas. En algunos casos podrán concederse becas a personas físicas de conformidad con el apartado 1 del artículo 114 del Reglamento financiero. La Comisión también podrá otorgar premios a personas físicas o jurídicas por acciones o proyectos llevados a cabo en el marco del programa. Conforme al artículo 181 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, y en función del tipo de acción, podrán autorizarse financiaciones a tanto alzado o la aplicación de baremos de costes unitarios.

3.   De conformidad con el apartado 1 del artículo 168 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, podrán concederse subvenciones a determinadas actividades específicas de las Capitales europeas de la cultura designadas en virtud de la Decisión 1419/1999/CE.

Artículo 13

Contribución del programa a otras políticas comunitarias

El programa contribuirá a reforzar las políticas transversales de la Comunidad Europea, en particular:

a)

promoviendo el principio fundamental de la libertad de expresión;

b)

reforzando el sentimiento de ciudadanía europea y aumentando la sensibilización sobre el patrimonio cultural compartido de importancia europea;

c)

fomentando una toma de conciencia sobre la importancia de contribuir al desarrollo sostenible;

d)

afirmando la importancia de un programa europeo de cooperación cultural destinado a promover la comprensión mutua, la inclusión social y la tolerancia en el seno de la Unión Europea;

e)

contribuyendo a eliminar cualquier forma de discriminación basada en el sexo, la raza o el origen étnico, la religión o las convicciones, la discapacidad, la edad o la orientación sexual;

f)

fomentando la conciencia cultural de los ciudadanos europeos con el refuerzo de la sinergia entre la educación y la cultura;

g)

promoviendo en Europa la diversidad cultural y lingüística en todas sus formas.

Se prestará especial atención a la coherencia y la complementariedad entre el programa y las políticas comunitarias en el ámbito de la cooperación cultural con los terceros países.

Artículo 14

Seguimiento y evaluación

1.   La Comisión garantizará un seguimiento periódico del programa. Los resultados del proceso de seguimiento y evaluación se tendrán en cuenta en la aplicación del programa.

Este seguimiento incluirá especialmente la elaboración de los informes a los que se hace referencia en las letras a) y c) del apartado 4.

Se procederá, sobre la base de los resultados de los informes de seguimiento , a la revisión de los objetivos específicos con arreglo al procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado.

2.   La Comisión garantizará una evaluación periódica, externa e independiente del programa.

3.     La evaluación del programa deberá tener en cuenta los objetivos formulados en la presente Decisión, con el fin de velar por su realización.

4.   La Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones:

a)

a más tardar el 31 de diciembre de 2010, un informe de evaluación intermedia externo e independiente sobre los resultados obtenidos y sobre los aspectos cualitativos y cuantitativos de la aplicación del programa;

b)

a más tardar el 31 de diciembre de 2011, una comunicación sobre la continuación del programa;

c)

a más tardar el 31 de diciembre de 2015, un informe de evaluación externo e independiente ex post.

Artículo 15

Disposiciones transitorias

Las acciones emprendidas antes del 31 de diciembre de 2006 en virtud de la Decisión no 508/2000/CE o de la Decisión no 792/2004/CE seguirán siendo gestionadas, hasta su clausura, de conformidad con lo dispuesto en dichas Decisiones.

El Comité previsto en el artículo 5 de la Decisión no 508/2000/CE será sustituido por el Comité previsto en el artículo 10 de la presente Decisión.

Artículo 16

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)   DO C 164 de 5.7.2005, p. 65.

(2)  Posición del Parlamento Europeo de 25 de octubre de 2005.

(3)  DO L 99 de 20.4.1996, p. 20.

(4)  DO L 291 de 24.10.1997, p. 26.

(5)  DO L 305 de 8.11.1997, p. 31.

(6)  DO L 63 de 10.3.2000, p. 1.

(7)  DO C 162 de 6.7.2002, p. 5.

(8)  DO C 13 de 18.1.2003, p. 5.

(9)  DO C 72 E de 21.3.2002, p. 142 .

(10)  DO C 293 E de 28.11.2002, p. 105.

(11)  DO C 300 E de 11.12.2003, p. 156.

(12)  DO C 76 E de 2532004, p. 459.

(13)  DO L 166 de 1.7.1999, p. 1.

(14)  DO L 138 de 30.4.2004, p. 40 .

(15)  DO C 172 de 18.6.1999, p. 1.

(16)  DO L 184 de 17.7.1999, p. 23.

(17)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(18)  DO L 357 de 31.12.2002, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3).

ANEXO

I. DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES Y LOS ACTOS

1. Primer capítulo: apoyo a acciones culturales

1.1. Redes de cooperación plurianual

En el marco del programa se presta apoyo a redes de cooperación plurianual cultural duraderos y estructurados entre operadores culturales europeos. Este apoyo tiene por objeto ayudar a estas redes de cooperación en su fase de inicio y estructuración o en su fase de ampliación geográfica. De lo que se trata es de estimularles a establecerse de forma duradera y a alcanzar su autonomía financiera.

Cada red de cooperación estará constituida al menos por seis operadores de cuatro países diferentes participantes en el programa. Su finalidad será agrupar a operadores de uno o varios sectores en torno a distintas actividades o proyectos plurianuales, que pueden ser de carácter sectorial o intersectorial, pero que deben perseguir un objetivo común. Cada red de cooperación tendrá un operador principal, que representará a los demás operadores participantes y que será responsable ante la Comisión.

Cada red de cooperación contempla la realización de numerosas actividades culturales estructuradas y plurianuales. Estas actividades deben llevarse a cabo durante todo el período de financiación comunitaria. Deben perseguir al menos dos de los objetivos específicos mencionados en las letras a) a c) del apartado 2 del artículo 3. Se dará prioridad a las redes de cooperación que se propongan desarrollar actividades que respondan a los tres objetivos específicos de las letras a) a c) del apartado 2 del artículo 3.

Las reds de cooperación se seleccionan mediante convocatorias de propuestas, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento financiero y de sus normas de desarrollo. La selección se llevará a cabo atendiendo, entre otros aspectos, al grado de especialización reconocido de los coorganizadores en su ámbito de actividad, a su capacidad financiera y operativa para llevar a cabo las actividades propuestas, así como a la calidad de estas actividades y su adecuación al objetivo general y a los objetivos específicos de programa, tal y como figuran en el artículo 3.

Las redes de cooperación deben basarse en un acuerdo de cooperación, es decir en un documento común reconocido jurídicamente en uno de los países participantes y firmado por todos los coorganizadores.

El apoyo comunitario no podrá exceder del 70 % del presupuesto del proyecto y tendrá carácter decreciente. No podrá ser superior a 500 000euros al año y se concederá a lo largo de un período no inferior a tres años y no superior a cinco años. Durante este período podrán sustituirse algunos de los coorganizadores siempre que el objetivo y el número de países representados se mantengan sin variación.

Se destinará a este tipo de apoyo alrededor del 29 % del presupuesto total asignado al programa.

1.2. Acciones de cooperación

El programa apoya acciones de cooperación cultural de carácter sectorial o intersectorial entre operadores europeos. Se presta especial atención a la creatividad y a la innovación , especialmente a proyectos destinados a preservar y difundir el conocimiento del patrimonio cultural de importancia europea. Se fomentarán especialmente las acciones destinadas a explorar nuevas formas de cooperación con el fin de desarrollarlas a más largo plazo.

Cada acción debe haber sido diseñada y realizada en régimen de asociación por al menos tres operadores culturales de tres países participantes diferentes, independientemente de que pertenezcan a uno o a varios sectores.

Las acciones se seleccionan mediante convocatorias de propuestas, conforme al Reglamento financiero y a sus normas de desarrollo. La selección se llevará a cabo atendiendo, entre otros aspectos, al grado de especialización reconocido de los coorganizadores en su ámbito de actividad, a su capacidad financiera y operativa para llevar a cabo las actividades propuestas, así como a la calidad de estas actividades y su adecuación al objetivo general y a los objetivos específicos de programa, tal y como figuran en el artículo 3.

El apoyo comunitario no podrá exceder del 70% del presupuesto del proyecto. No podrá ser inferior a 30 000 euros ni superior a 200 000euros al año. Este apoyo se concederá por un período de entre doce y veinticuatro meses.

Podrán adaptarse las condiciones establecidas para esta acción relativas al número de operadores exigido para presentar proyectos, así como los importes mínimo y máximo de apoyo comunitario, con el fin de tomar en consideración las condiciones específicas de la traducción literaria.

Se destinará a este tipo de apoyo alrededor del 30 % del presupuesto total asignado al programa.

1.3. Acciones especiales

El programa apoya también acciones especiales. La especificidad de estas acciones reside en que deben revestir una dimensión y una envergadura importantes, tener un eco significativo entre los pueblos de Europa y contribuir a una mejor toma de conciencia sobre la pertenencia a una misma comunidad, así como a la sensibilización sobre la diversidad cultural de los Estados miembros, y al diálogo intercultural e internacional. Deben perseguir al menos dos de los objetivos específicos mencionados en las letras a) — c) del apartado 2 del artículo 3.

Estas acciones especiales contribuyen asimismo a dar una mayor visibilidad a la acción cultural comunitaria y a aumentar la influencia cultural de nuestro continente.

A título de ejemplo, podrán apoyarse como «acciones especiales» distribuciones de premios, en la medida en que saquen a la luz a artistas, obras o realizaciones culturales o artísticas, los den a conocer fuera de las fronteras nacionales y favorezcan así la movilidad y los intercambios , a la manera, por ejemplo, del premio Europa .

En este marco se brindará asimismo un apoyo significativo a las «Capitales europeas de la cultura» a fin de ayudar a la puesta en práctica de actividades que hagan hincapié en la visibilidad europea y en la cooperación cultural transeuropea.

En este marco también podrá prestarse apoyo a las acciones de cooperación con terceros países y organizaciones internacionales, tal y como se prevé en el apartado 2 del artículo 5 y en el artículo 6.

Los ejemplos citados no constituyen una lista exhaustiva de las acciones que pueden optar a una ayuda en el marco de este subcapítulo del programa.

Las modalidades de selección de las acciones especiales se determinarán en función de la acción de que se trate. Las ayudas financieras se concederán mediante convocatorias de propuestas y concursos, salvo en los casos que entren dentro del ámbito de aplicación de los artículos 54 y 168 del Reglamento financiero. Se tendrá igualmente en cuenta la adecuación de cada acción al objetivo general y a los objetivos específicos del programa, tal y como figuran en el artículo 3.

El apoyo comunitario no podrá exceder del 60 % del presupuesto del proyecto.

Se destinará a este tipo de apoyo alrededor del 16 % del presupuesto total asignado al programa.

2. Segundo capítulo: apoyo a organismos activos a escala europea en el ámbito cultural, así como a acciones destinadas a preservar y conmemorar los principales escenarios y archivos relacionados con las deportaciones

Este apoyo se plasmará en una subvención de funcionamiento destinada a cofinanciar los gastos vinculados al programa de trabajo permanente de un organismo que persiga un objetivo de interés general europeo en el ámbito de la cultura o un objetivo que se inscriba en el marco de la política de la Unión Europea en este ámbito o destinada a cofinanciar una acción específica en este ámbito.

Se prevé que estas subvenciones se concedan mediante convocatorias de propuestas anuales.

Se destinará a este capítulo alrededor del 14 % del presupuesto total asignado al programa.

Apoyo al funcionamiento de organizaciones de interés cultural europeo

Podrá concederse apoyo a aquellos organismos que trabajen en favor de la cooperación cultural en uno o más de los modos siguientes:

asegurando funciones de representación a nivel comunitario;

recogiendo o difundiendo información para facilitar la cooperación cultural comunitaria transeuropea;

conectando en red a nivel europeo organismos activos en el ámbito de la cultura;

participando en la realización de proyectos de cooperación cultural;

desempeñando el papel de embajadores de la cultura europea, como, por ejemplo, la Joven Orquesta de la Unión Europea.

Estos organismos deben presentar una verdadera dimensión europea. A este respecto, han de ejercer sus actividades a nivel europeo, solos o en forma de distintas asociaciones coordinadas, y su estructura (miembros inscritos) y sus actividades deben ejercer una influencia potencial en toda la Unión Europea o abarcar al menos siete países europeos.

La selección de los organismos beneficiarios de estas subvenciones de funcionamiento se lleva a cabo mediante convocatoria de propuestas y atendiendo a la adecuación del programa de trabajo de los organismos a los objetivos específicos mencionados en el artículo 3 de la presente Decisión. Podrán celebrarse acuerdos marco de cooperación plurianual con los organismos seleccionados de este modo.

El importe de una subvención de funcionamiento concedida en el marco de este capítulo del anexo no podrá superar el 80 % de los gastos subvencionables del organismo para el año civil para el cual se concede la subvención.

3. Tercer capítulo: apoyo a trabajos de análisis, así como a la recopilación y difusión de información y actividades de promoción en el ámbito de la cooperación cultural

Se destinará a este capítulo alrededor del 5 % del presupuesto total asignado al programa.

3.1. Apoyo a trabajos de análisis en el ámbito de la cooperación cultural

El programa apoya la realización de estudios y trabajos de análisis en el ámbito de la cooperación cultural. Este apoyo tiene por objeto incrementar el volumen de información y de datos cuantificados sobre la cooperación cultural a escala europea, en particular por lo que se refiere a la movilidad de los agentes de la cultura, la circulación de obras de arte y productos artísticos y culturales y el diálogo intercultural.

En el marco de este capítulo podrán apoyarse estudios y trabajos de análisis que contribuyan a enriquecer el conocimiento del fenómeno de la cooperación cultural transeuropea y a crear un terreno propicio a su desarrollo. Deberán fomentarse especialmente los proyectos que tengan por objeto la recopilación y el análisis de datos estadísticos.

3.2. Apoyo a la recopilación y la difusión de información y a las actividades de promoción en el ámbito de la cooperación cultural

El programa apoya la recopilación y la difusión de información , así como las actividades de promoción, mediante el desarrollo de una herramienta en internet, orientada específicamente hacia las necesidades de los profesionales de la cultura en el ámbito de la cooperación cultural transeuropea.

Esta herramienta debe permitir el intercambio de experiencias y buenas prácticas y la difusión de información relativa al programa cultural, así como la cooperación cultural transeuropea en sentido amplio.

3.3. Apoyo a los puntos de contacto culturales

A fin de garantizar una difusión orientada específicamente, eficaz y próxima al terreno, de información práctica sobre el programa, este prevé el apoyo a «puntos de contacto culturales». Estos órganos, que actúan a nivel nacional, son establecidos por la Comisión en colaboración con los Estados miembros y con carácter voluntario. Siempre que sea viable, estos puntos de contacto estarán ubicados en los mismos locales que ocupe la representación de la Comisión en la capital nacional correspondiente.

Los puntos de contacto culturales se encargarán de:

garantizar la promoción del programa,

facilitar el acceso al programa y fomentar la participación en sus acciones del mayor número posible de profesionales y agentes culturales mediante una difusión efectiva de la información,

garantizar un enlace permanente con las distintas instituciones que prestan apoyo al sector cultural en los Estados miembros, contribuyendo así a la complementariedad entre las acciones del programa y las medidas nacionales de apoyo,

garantizar, a nivel adecuado, la información y el contacto entre los agentes que participan en el programa y los que lo hacen en otros programas comunitarios abiertos a proyectos culturales.

II. GESTIÓN DEL PROGRAMA

La dotación financiera del programa puede cubrir igualmente los gastos correspondientes a las acciones de preparación, seguimiento, control, auditoría y evaluación, que sean directamente necesarias para la gestión del programa y la consecución de sus objetivos, en particular estudios, reuniones, acciones de información y publicación, gastos relacionados con las redes informáticas que se encargan del intercambio de información, así como cualquier otro gasto de asistencia administrativa y técnica en que pueda incurrir la Comisión para la gestión del programa.

III. CONTROLES Y AUDITORÍAS

Para los proyectos seleccionados con arreglo al procedimiento descrito en el apartado 1 del artículo 12 se establecerá un sistema de auditoría por muestreo.

Los beneficiarios de subvenciones mantendrán a disposición de la Comisión, durante un período de cinco años a partir del último pago, todos los justificantes de los gastos efectuados. Además, velarán por que, en caso necesario, los justificantes que se encuentren en poder de sus socios o miembros sean puestos a disposición de la Comisión.

La Comisión, ya sea directamente por medio de sus agentes o a través de cualquier otro organismo externo cualificado de su elección, tendrá derecho a efectuar una auditoría de la utilización que se haya dado a la subvención. Estas auditorías podrán llevarse a cabo durante toda la duración del convenio, así como durante un período de cinco años a contar desde la fecha de pago del saldo de la subvención. Los resultados de estas auditorías podrán, en su caso, dar lugar a decisiones de recuperación de fondos por parte de la Comisión.

El personal de la Comisión, así como sus mandatarios externos, deberá gozar de un acceso adecuado, especialmente a las oficinas de los beneficiarios, así como a toda la información necesaria, incluso en formato electrónico, para poder llevar a cabo las mencionadas auditorías.

El Tribunal de Cuentas y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) gozarán de los mismos derechos que la Comisión, especialmente en lo que se refiere al derecho de acceso.

Además, a fin de proteger los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra fraudes y otras irregularidades, la Comisión podrá proceder a realizar controles y verificaciones in situ en el marco del presente programa, de conformidad con el Reglamento (Euratom, CE) no 2185/96 del Consejo (1). Las investigaciones serán efectuadas, en su caso, por la OLAF y se regirán por el Reglamento (CE) no 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo (2).

IV. ACCIONES DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Y PROMOCIÓN

1. Comisión

La Comisión puede organizar seminarios, coloquios o reuniones con el fin de facilitar la puesta en práctica del programa, y emprender la información, la publicación y las acciones de difusión y promoción apropiadas, así como el seguimiento y la evaluación del programa. Tales actividades podrán financiarse por medio de subvenciones o a través de procedimientos de contratos, o ser organizadas y financiadas directamente por la Comisión.

2. Puntos de contacto

La Comisión y los Estados miembros organizan, con carácter voluntario, y refuerzan el intercambio de información útil para la puesta en práctica del programa por medio de los puntos de contacto culturales, que actúan como órgano de ejecución a nivel nacional, de conformidad con la letra c) del apartado 2 y del apartado 3 del artículo 54 del Reglamento financiero.

V. DESGLOSE DEL PRESUPUESTO GLOBAL

Desglose indicativo del presupuesto anual del programa

 

Porcentaje del presupuesto

Capítulo 1 (apoyo a los proyectos)

Alrededor del 75 %

— redes de cooperación plurianual

Alrededor del 29 %

— acciones de cooperación

Alrededor del 30 %

— acciones especiales

Alrededor del 16 %

Capítulo 2 (apoyo a los organismos)

Alrededor del 14 %

Capítulo 3 (análisis e información)

Alrededor del 5 %

Total gastos operativos

Alrededor del 94 %

Gestión del programa

Alrededor del 6 %


(1)  DO L 292 de 15.11.1996, p. 2.

(2)  DO L 136 de 31.5.1999, p. 1.

P6_TA(2005)0398

Programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la ejecución de un programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007) (COM(2004) 0470 — C6-0093/2004 — 2004/0151(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2004) 0470) (1),

Vistos el apartado 2 del artículo 251, el apartado 3 del artículo 157 y el apartado 4 del artículo 150 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0093/2004),

Visto el artículo 51 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Cultura y Educación y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores, de la Comisión de Presupuestos, de la Comisión de Industria, Investigación y Energía, de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A6-0278/2005),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Destaca que los créditos fijados en la propuesta de la Comisión para el período posterior a 2006 están sujetos a la decisión sobre el próximo marco financiero plurianual;

3.

Pide a la Comisión que, si procede, presente una propuesta de adaptación del importe de referencia financiera para este programa una vez que se haya aprobado el próximo marco financiero plurianual;

4.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

5.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TC1-COD(2004)0151

Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 25 de octubre de 2005 con vistas a la adopción de la Decisión no .../2005/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la ejecución de un programa de apoyo al sector audiovisual europeo (MEDIA 2007)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular el apartado 3 de su artículo 157 y el apartado 4 de su artículo 150,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

Visto el dictamen del Comité de las Regiones (2),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (3),

Considerando lo siguiente:

(1)

El sector audiovisual europeo tiene un papel primordial en la formación de una ciudadanía europea, puesto que en la actualidad constituye uno de los principales vectores de transmisión de los valores comunes, fundamentales, sociales y culturales de la Unión entre los europeos, y especialmente entre los jóvenes. El apoyo comunitario tiene por objeto ayudar al sector audiovisual europeo a intensificar el diálogo intercultural y el conocimiento recíproco entre las culturas europeas, así como desarrollar su potencial político, cultural, social y económico, que constituye un auténtico valor añadido para la realización de la ciudadanía europea. Pretende también reforzar su competitividad y, en particular, aumentar la cuota de mercado europeo para las obras europeas no nacionales.

(2)

Asimismo, es necesario promover una ciudadanía activa y fomentar el respeto del principio de dignidad de la persona, la igualdad entre hombres y mujeres y la lucha contra la discriminación y la exclusión en todas sus formas, entre las que se cuentan el racismo y la xenofobia.

(3)

El aumento de la presencia y de la influencia de las mujeres en el sector audiovisual puede dar lugar a un cambio de sus contenidos y suscitar el interés de un público femenino mas amplio, y es crucial para la igualdad de géneros en el conjunto de la sociedad.

(4)

El apoyo comunitario al sector audiovisual se basa en el artículo 151 del Tratado, que establece que:

la Comunidad contribuirá al florecimiento de las culturas de los Estados miembros, dentro del respeto de su diversidad nacional y regional, poniendo de relieve al mismo tiempo el patrimonio cultural común;

la Comunidad tendrá en cuenta los aspectos culturales en su actuación en virtud de otras disposiciones del presente Tratado, en particular a fin de respetar y fomentar la diversidad de sus culturas.

(5)

El apoyo comunitario al sector audiovisual se sitúa también en el contexto del nuevo objetivo estratégico fijado para la Unión por el Consejo Europeo de Lisboa de 23 y 24 de marzo de 2000, a saber: reforzar la formación, el empleo, la reforma económica y la cohesión social como parte de una economía basada en el conocimiento. En sus conclusiones, el Consejo afirmó que «las industrias de contenido audiovisual crean valor añadido aprovechando y reflejando en la red la diversidad cultural europea». Este planteamiento fue ratificado en las conclusiones del Consejo Europeo de Bruselas de 20 y 21 de marzo de 2003.

(6)

El apoyo comunitario al sector audiovisual se basa, por último, en la considerable experiencia adquirida con los programas MEDIA I, MEDIA II, MEDIA Plus y MEDIA Formación (4), que han impulsado el desarrollo de la industria audiovisual europea desde 1991. Esta experiencia ha podido comprobarse especialmente en el marco de la evaluación de los programas antes citados (5).

(7)

Se ha demostrado que la acción comunitaria debe concentrarse especialmente:

durante la fase anterior al proceso de producción audiovisual, en el desarrollo de las obras audiovisuales europeas y en la adquisición y el perfeccionamiento de competencias en el ámbito audiovisual; esta última acción debe considerarse como parte integrante del proceso de preproducción de las obras audiovisuales;

después del proceso de producción, en la distribución, la proyección en salas de cine y la promoción de las obras audiovisuales europeas;

en la digitalización, que contribuirá de manera decisiva a reforzar el sector audiovisual y debe ser un elemento central de MEDIA 2007;

y que es necesario apoyar con carácter prioritario los servicios digitales y los catálogos europeos para superar la fragmentación del mercado audiovisual europeo.

(8)

El programa MEDIA debe alentar a los autores (como los guionistas y directores) en el proceso de creación, así como animarles a desarrollar y adoptar nuevas técnicas de creación que refuercen la capacidad de innovación del sector audiovisual europeo.

(9)

Hay más de una plataforma de digitalización en las proyecciones cinematográficas y su elección depende de los diferentes usos, usuarios y necesidades. Los proyectos piloto realizados en el marco del programa MEDIA podrían constituir una base de prueba para la elaboración de las nuevas normas que necesite el sector audiovisual.

(10)

Introducida como complemento de los programas MEDIA Plus y MEDIA Formación, la acción preparatoria i2i «Crecimiento y sector audiovisual» ha marcado otra etapa en la aplicación de la política de apoyo comunitario al sector audiovisual, puesto que ha pretendido resolver concretamente los problemas de acceso a la financiación de las pequeñas y medianas empresas (PYME) del sector audiovisual. La evaluación de i2i «Crecimiento y sector audiovisual» ha confirmado su adecuación a las necesidades del sector y la necesidad de continuar la acción comunitaria en este sentido , pero ha subrayado que debe centrarse en mayor medida en las necesidades específicas del sector .

(11)

El sector audiovisual europeo se caracteriza por un potencial elevado de crecimiento, innovación y dinamismo, la fragmentación del mercado como consecuencia de la diversidad cultural y lingüística y, por consiguiente, la existencia de un elevado número de empresas pequeñas, medianas y muy pequeñas que sufren de subcapitalización crónica. Por lo que se refiere a la puesta en práctica del apoyo comunitario, conviene tener en cuenta esta índole específica del sector audiovisual y, sobre todo, velar por que los procedimientos administrativos y financieros estén en consonancia con el importe de las ayudas y, en la medida de lo posible, se simplifiquen al máximo y se adapten a los objetivos perseguidos, así como a las prácticas y los intereses de la industria audiovisual. La simplificación debe desembocar, en particular, en una reducción de los plazos entre la planificación de los proyectos y el acceso a los mismos por parte del público.

(12)

La ausencia prácticamente absoluta de instituciones de crédito especializadas en el sector audiovisual constituye un importante obstáculo a la competencia a escala de la Unión Europea.

(13)

Cualquier acción que se adopte en el marco de este programa debe respetar la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, sobre todo, su artículo 11, relativo a la libertad de expresión y al pluralismo de los medios de comunicación.

(14)

La Comisión y los Estados miembros deben examinar su apoyo al sector audiovisual, en particular los resultados de la acción preparatoria i2i, a fin de determinar hasta qué punto las ayudas futuras podrán simplificar el desarrollo de productos especializados dirigidos a las PYME en materia de financiación de los créditos.

(15)

En aquellos Estados miembros en los que se han desarrollado sistemas financiados por créditos con vistas a impulsar proyectos audiovisuales nacionales y a movilizar capital, debe examinarse la posibilidad de utilizar también este capital, con ayuda de MEDIA 2007, para los proyectos no europeos.

(16)

El artículo 3 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea establece que, en todas las actividades que contempla, la Comunidad se fijará el objetivo de eliminar las desigualdades entre el hombre y la mujer y promover su igualdad , y el artículo 13 del Tratado estipula que la Comunidad adoptará acciones adecuadas para luchar contra la discriminación por motivos de sexo, de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual El programa cubrirá asimismo las necesidades en materia de acceso de los ciudadanos con discapacidad, en particular de aquéllos con necesidades especiales y problemas auditivos.

(17)

En el artículo II-82 del Tratado por el que se establece una Constitución para Europa se señala que la Unión respeta la diversidad cultural y lingüística. Por consiguiente, es necesario tener en cuenta las necesidades específicas de los Estados miembros más pequeños y de aquéllos con distintas zonas lingüísticas.

(18)

Una mayor transparencia y difusión de la información relativa al mercado audiovisual europeo constituye un factor de competitividad para los agentes del sector, y especialmente para las PYME, y contribuye a favorecer la confianza de los inversores privados mediante un mejor conocimiento de las potencialidades del sector, además de facilitar la evaluación y el seguimiento de la acción comunitaria. La participación de la Unión Europea en el Observatorio Europeo del Sector Audiovisual debe ayudar a la realización de estos objetivos.

(19)

En una Unión Europea con 25 Estados miembros, la cooperación está convirtiéndose cada vez más en una respuesta estratégica para fortalecer la competitividad de la industria cinematográfica europea. Por ello, deben impulsarse redes a escala de la Unión en todos los ámbitos del programa MEDIA (formación, desarrollo, distribución y promoción), en particular en lo que se refiere a la cooperación con agentes procedentes de los Estados miembros que se adhirieron después del 30 de abril de 2004. Conviene señalar que toda estrategia de cooperación entre los agentes del sector audiovisual debe respetar la legislación de la Unión Europea en materia de competencia.

(20)

A fin de superar los problemas estructurales del sector y de que la industria audiovisual europea pueda hacer frente al reto de la globalización, es indispensable el apoyo financiero público al cine a nivel europeo, nacional, regional o local. Los sistemas de apoyo público deben ajustarse al artículo 87, apartado 3, letra d), y al artículo 151, apartado 4, del Tratado, y no deben ser objeto de liberalización en el marco de negociaciones comerciales internacionales.

(21)

Los países candidatos a la Unión Europea y los países de la AELC que son parte del acuerdo del EEE manifiestan un reconocido interés por participar en los programas comunitarios, conforme a los acuerdos celebrados con dichos países.

(22)

Debe reforzarse la colaboración entre el programa MEDIA y Eurimages sin que ello suponga, no obstante, la integración de las cuestiones financieras y de procedimiento.

(23)

El Consejo Europeo de Salónica de 19 y 20 de junio de 2003 adoptó el «Programa para los Balcanes Occidentales: avanzar en la integración europea», que prevé que los programas comunitarios deben estar abiertos a los países del Proceso de Estabilización y Asociación en virtud de acuerdos marco que deben firmarse entre la Comunidad y dichos países.

(24)

Los demás países europeos firmantes del Convenio del Consejo de Europa sobre la televisión transfronteriza pertenecen al espacio audiovisual europeo y deben, pues, poder participar en el presente programa, sobre la base de créditos adicionales que se facilitarán con arreglo a las condiciones que acuerden las partes interesadas. Dichos países pueden, si lo desean, y tomando en consideración aspectos presupuestarios o prioridades de sus industrias audiovisuales, participar en el programa o beneficiarse de una fórmula de cooperación más limitada, sobre la base de créditos adicionales y de modalidades específicas que acordarán las partes interesadas.

(25)

La cooperación con terceros países no europeos, basada en intereses mutuos y equilibrados, puede aportar un valor añadido a la industria audiovisual europea en materia de promoción, acceso al mercado, distribución, difusión y explotación de las obras europeas en dichos países. Dicha cooperación debe desarrollarse sobre la base de créditos adicionales y de modalidades específicas que acordarán las partes interesadas.

(26)

Deben aplicarse las medidas adecuadas para prevenir las irregularidades y los fraudes y recuperar los fondos perdidos, pagados o utilizados indebidamente.

(27)

La presente Decisión establece, para toda la duración del programa, una dotación financiera que, con arreglo a los puntos 33 y 34 del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (6), constituirá la referencia fundamental.

(28)

Procede aprobar las medidas necesarias para la aplicación de la presente Decisión con arreglo a la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (7).

(29)

Conviene prever disposiciones transitorias para garantizar la transición entre los programas establecidos por la Decisión 2000/821/CE y la Decisión no 163/2001/CE y el programa establecido por la presente Decisión.

DECIDEN:

Título 1

Objetivos generales del programa y dotación financiera

Artículo 1

Objetivos y prioridades del programa

1.   Por la presente Decisión se establece un programa de apoyo al sector audiovisual europeo, denominado en lo sucesivo «el programa», para el período comprendido entre el 1 de enero de 2007 y el 31 de diciembre de 2013.

2.   El sector audiovisual es un vector esencial para la transmisión y el florecimiento de los valores fundamentales, sociales y culturales europeos , así como para la creación de puestos de trabajo altamente cualificados y orientados hacia el futuro. Su creatividad es un factor positivo en términos de competitividad y atractivo cultural de cara al público. El programa tiene por objeto apoyar económicamente al sector audiovisual para que pueda desempeñar de forma óptima sus funciones culturales, desarrollando una industria de contenidos potente y diversificada, así como un patrimonio valorizado y accesible.

Los objetivos generales del programa son los siguientes:

a)

preservar y valorizar la diversidad lingüística y cultural y el patrimonio cinematográfico y audiovisual europeos, garantizar que todos los ciudadanos europeos puedan acceder a ellos, promover el pluralismo de los medios de comunicación y la libertad de expresión, y favorecer el diálogo intercultural , tanto dentro de la Unión Europea como entre ésta y sus vecinos ;

b)

aumentar la circulación de las obras audiovisuales europeas dentro y fuera de la Unión Europea mediante una mayor cooperación entre los agentes ;

c)

reforzar la competitividad del sector audiovisual europeo y de las obras audiovisuales europeas en los mercados europeos e internacionales favorables al empleo mediante el fomento de las relaciones entre los profesionales que operan en el sector .

3.   Para realizar estos objetivos, el programa apoyará:

a)

antes del proceso de producción audiovisual: la adquisición y el perfeccionamiento de competencias en el ámbito audiovisual y el desarrollo de obras audiovisuales europeas;

b)

después del proceso de producción: la distribución y la promoción de las obras audiovisuales europeas;

c)

proyectos piloto destinados a garantizar la adaptación del programa a la evolución del mercado.

4.   En los ámbitos de intervención enumerados en el apartado 3 se tendrán en cuenta las prioridades siguientes:

a)

el aliento a la creación en el sector audiovisual, así como al conocimiento y la difusión del patrimonio cinematográfico y audiovisual europeo;

b)

el refuerzo de la estructura de financiación y producción del sector audiovisual europeo, en particular de las PYME;

c)

la reducción de los desequilibrios, dentro del mercado audiovisual europeo, entre los países con una gran capacidad de producción y los países o regiones de escasa capacidad de producción audiovisual o de área lingüística y geográfica reducida;

d)

el seguimiento de la evolución del mercado en el aspecto de la digitalización , especialmente con vistas a promover catálogos digitales atractivos de las películas europeas para su exhibición en plataformas digitales;

e)

la mejora de la comercialización de las obras audiovisuales europeas.

Artículo 2

Dotación financiera

1.     El marco financiero indicativo para la ejecución del presente programa, durante el período de siete años a partir del 1 de enero de 2007 definido en el apartado 1 del artículo 1, será de 1 055 000 000 de euros.

2.   La autoridad presupuestaria autorizará los créditos anuales dentro del límite de las perspectivas financieras.

3.     En caso excepcional de modificación de la duración del programa, el importe inicialmente fijado sólo podrá modificarse si se respeta una estricta proporcionalidad.

Título 2

Objetivos específicos para la fase previa a la producción audiovisual

Artículo 3

Adquisición y perfeccionamiento de competencias en el ámbito audiovisual

En el ámbito de la adquisición y el perfeccionamiento de competencias en el ámbito audiovisual, los objetivos específicos que persigue el programa serán los siguientes:

1.

Reforzar las competencias de los profesionales europeos del sector audiovisual en los ámbitos del desarrollo, la producción, la distribución y difusión y la promoción, con el fin de mejorar la calidad y las posibilidades de las obras audiovisuales europeas. El programa apoya especialmente acciones relativas a:

a)

las técnicas de escritura de guiones, con el fin de aumentar la calidad de las obras audiovisuales europeas y sus posibilidades de circulación;

b)

la gestión económica, financiera y comercial de la producción, la distribución y la promoción de las obras audiovisuales, para permitir la elaboración de estrategias europeas desde la fase de desarrollo;

c)

la consideración, desde un primer momento, de las tecnologías digitales para la producción, la posproducción, la distribución, la explotación y el archivo de programas audiovisuales europeos.

Debe garantizarse, además, la participación de profesionales y formadores originarios de países distintos de aquellos en los que se desarrollan las acciones de formación apoyadas en el marco de las letras a) a c).

2.

Mejorar la dimensión europea de las acciones de formación audiovisual mediante:

a)

una ayuda al trabajo en red y a la movilidad de los agentes europeos de la formación, en particular:

las escuelas de cine europeas;

los centros de formación;

los agentes del sector profesional;

b)

la formación de los formadores;

c)

la ayuda a trayectorias individuales de formación;

d)

el establecimiento de acciones de coordinación y de promoción de los organismos financiados en el marco de las acciones enumeradas en el punto 1.

3.

Permitir, mediante la concesión de becas, que los profesionales procedentes de los nuevos Estados miembros y de otros Estados miembros con escasa capacidad de producción audiovisual o de ámbito geográfico o lingüístico reducido, participen en las acciones de formación enumeradas en el punto 1.

Las medidas citadas en los puntos 1 a 3 se aplicarán conforme a las disposiciones que figuran en el anexo.

Artículo 4

Desarrollo

1.   En el ámbito del desarrollo, los objetivos específicos del programa serán los siguientes:

a)

sostener el desarrollo de proyectos de producción destinados a los mercados europeo e internacional, presentados por empresas de producción independientes;

b)

apoyar la elaboración de planes de financiación para las empresas y los proyectos de producción europeos, en particular el montaje financiero de coproducciones.

Las medidas citadas en las letras a) y b) se aplicarán conforme a las disposiciones que figuran en el anexo.

2.   La Comisión velará por garantizar una complementariedad entre las acciones apoyadas en el ámbito de la mejora de las competencias de los profesionales y las enumeradas en el apartado 1.

Título 3

Objetivos específicos para la fase posterior a la producción audiovisual

Artículo 5

Distribución y difusión

En el ámbito de la distribución y la difusión, los objetivos específicos del programa serán los siguientes:

a)

reforzar el sector de la distribución europea alentando a los distribuidores a invertir en la coproducción, la adquisición y la promoción de películas europeas no nacionales y a establecer estrategias coordinadas de comercialización;

b)

mejorar la circulación de las películas europeas no nacionales en los mercados europeo e internacional con medidas que fomenten su exportación, su distribución en todos los soportes y su programación en salas de cine;

c)

promover la difusión transnacional de las obras audiovisuales europeas producidas por empresas de producción independientes alentando la cooperación entre los difusores, por una parte, y los productores y distribuidores independientes, por otra parte;

d)

favorecer la digitalización de las obras audiovisuales europeas y el desarrollo de un mercado digital competitivo ;

e)

animar a las salas a que aprovechen las posibilidades que ofrece la distribución en formato digital;

f)

fomentar el uso del subtitulado como medio de apoyo menos costoso para facilitar la distribución y difusión de las películas europeas fuera de sus fronteras nacionales.

Las medidas citadas en las letras a) a f) se aplicarán conforme a las disposiciones que figuran en el anexo.

Artículo 6

Promoción

En el ámbito de la promoción, los objetivos específicos del programa serán los siguientes:

a)

mejorar la circulación de las obras audiovisuales europeas garantizando al sector audiovisual europeo un acceso a los mercados profesionales europeos e internacionales;

b)

mejorar el acceso del público europeo e internacional a las obras audiovisuales europeas;

c)

favorecer acciones comunes entre organismos nacionales de promoción de películas y programas audiovisuales;

d)

favorecer acciones de promoción del patrimonio cinematográfico y audiovisual europeo y mejorar el acceso del público al mismo, tanto a nivel europeo como internacional;

e)

mejorar la promoción y comercialización de obras audiovisuales europeas en plataformas digitales.

Las medidas citadas en las letras a) a e) se aplicarán conforme a las disposiciones que figuran en el anexo.

Título 4

Proyectos piloto

Artículo 7

Proyectos piloto

1.   Para garantizar la adaptación del programa a la evolución del mercado, especialmente en relación con la introducción y la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación, el programa podrá apoyar proyectos piloto.

2.   A efectos de la aplicación del apartado 1, la Comisión será asesorada por grupos de consulta técnicos, formados por expertos designados por los Estados miembros a propuesta de la Comisión.

Título 5

Modalidades de aplicación del programa y disposiciones financieras

Artículo 8

Disposiciones relativas a los terceros países

1.   El programa estará abierto a la participación de los países que se citan a continuación, siempre que se cumplan las condiciones requeridas y mediante el pago de créditos adicionales:

a)

los Estados de la AELC miembros del EEE, conforme a las disposiciones del acuerdo EEE;

b)

los países candidatos que cuenten con una estrategia de preadhesión a la Unión Europea, conforme a los principios generales y las condiciones y modalidades generales de participación de dichos países en los programas comunitarios establecidos en el acuerdo marco y en las decisiones de los Consejos de asociación, respectivamente;

c)

los países de los Balcanes occidentales, conforme a las modalidades establecidas con dichos países en los acuerdos marco que se establecerán con relación a su participación en los programas comunitarios.

2.   El programa estará también abierto a la participación de los Estados Parte del Convenio del Consejo de Europa sobre la televisión transfronteriza distintos de los mencionados en el apartado 1, sobre la base de créditos adicionales que se facilitarán con arreglo a las condiciones que acuerden las partes interesadas.

3.   La apertura del programa a los terceros países europeos contemplados en los apartados 1 y 2 podrá someterse a un examen previo de la compatibilidad de su legislación nacional con el acervo comunitario, incluido el apartado 5 del artículo 6 de la Directiva 89/552/CEE del Consejo, de 3 de octubre de 1989, sobre la coordinación de determinadas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al ejercicio de actividades de radiodifusion televisiva (8) . Esta disposición no se aplicará a las acciones previstas en el artículo 3.

4.   El programa estará abierto, asimismo, a la cooperación con otros terceros países que hayan firmado acuerdos de asociación o de cooperación con la Unión Europea que contengan cláusulas relativas al sector audiovisual, sobre la base de créditos adicionales y modalidades específicas que deben acordarse. Los países de los Balcanes Occidentales contemplados en el apartado 1 , así como los países europeos contemplados en la Política Europea de Vecindad, que no deseen participar plenamente en el programa podrán cooperar con él en las condiciones previstas en el presente apartado.

Artículo 9

Disposiciones financieras

1.   Conforme al apartado 1 del artículo 114 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas  (9), los beneficiarios del programa podrán ser personas físicas.

Sin perjuicio de los acuerdos y convenios en los que la Comunidad es parte contratante, las empresas beneficiarías del programa deberán estar controladas y seguir estando controladas por Estados miembros o por nacionales de los Estados miembros, bien sea directamente, bien por participación mayoritaria.

2.   Conforme a lo dispuesto en los apartados 2 y 4 del artículo 176 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002 de la Comisión, de 23 de diciembre de 2002, sobre normas de desarrollo del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas  (10) , la Comisión podrá decidir, en función de las características de los beneficiarios y del tipo de acciones, si procede eximirles de la comprobación de las competencias y cualificaciones profesionales requeridas para llevar a cabo la acción o el programa de trabajo.

3.   Según el tipo de acción, las ayudas financieras podrán concederse en forma de subvenciones (11) o de becas. La Comisión podrá también otorgar premios a acciones o proyectos llevados a cabo en el marco del programa. Conforme al artículo 181 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, y en función del tipo de acción, podrán autorizarse financiaciones a tanto alzado o la aplicación de baremos de costes unitarios.

4.     La Comisión deberá respetar el principio de proporcionalidad en lo que se refiere a los criterios de elegibilidad así como a los documentos que los solicitantes han de presentar y completar.

5.   Las ayudas financieras concedidas en el marco del programa no podrán ser superiores al 50% del coste definitivo de las operaciones apoyadas. No obstante, en los casos expresamente previstos en el anexo, este porcentaje podrá alcanzar el 75 % del coste definitivo de las operaciones. Asimismo, los procedimientos de adjudicación de dichas ayudas serán transparentes y objetivos.

6.   Conforme a la naturaleza específica de las acciones cofinanciadas y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 112 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002, la Comisión podrá considerar costes financiables los directamente relacionados con la ejecución de la acción apoyada, aunque los asuma en parte el beneficiario antes del procedimiento de selección.

7.   En aplicación del apartado 1 del artículo 113 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002  (12), las cofinanciaciones podrán aportarse en especie total o parcialmente, siempre que la valoración de la aportación no supere el coste realmente asumido y debidamente justificado mediante documentos contables ni el coste generalmente aceptado en el mercado correspondiente.

8.   Los reembolsos de las cantidades concedidas en el marco del programa, los procedentes de los programas MEDIA (1991-2006) y las cantidades no utilizadas por los proyectos seleccionados se destinarán a cubrir las necesidades del programa MEDIA 2007.

Artículo 10

Aplicación de la Decisión

1.   La Comisión se encargará de la aplicación del programa, en las condiciones que se establecen en el anexo.

2.   Las medidas necesarias para la aplicación de la presente Decisión en lo que respecta a las materias que se enumeran a continuación se adoptarán con arreglo al procedimiento de gestión previsto en el apartado 2 del artículo 11:

a)

las orientaciones generales para todas las acciones descritas en el anexo;

b)

el contenido de las convocatorias de propuestas, la definición de los criterios y los procedimientos para la selección de proyectos;

c)

las cuestiones referentes al desglose interno anual de los recursos del programa, incluso entre las acciones previstas en los ámbitos de la mejora de las competencias de los profesionales, el desarrollo, la distribución/difusión y la promoción;

d)

las modalidades de seguimiento y evaluación de las acciones.

3.   Las medidas necesarias para la aplicación de la presente Decisión en lo relativo a las demás materias se adoptarán de conformidad con el procedimiento consultivo previsto en el apartado 3 del artículo 11.

Artículo 11

Comité

1.   La Comisión estará asistida por un Comité integrado por representantes de los Estados miembros y presidido por un representante de la Comisión.

2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 4 y 7 de la Decisión 1999/468/CE. El plazo contemplado en el apartado 3 del artículo 4 de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en dos meses.

3.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, será de aplicación el procedimiento consultivo previsto en el artículo 3 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 7 y en el artículo 8 de la misma.

4.   El Comité aprobará su reglamento interno.

Artículo 12

MEDIA Desk

1.   La red europea de departamentos «MEDIA Desk» actuará en calidad de organismo de ejecución para la difusión de información sobre el programa a escala nacional, también, en particular, en lo que se refiere a los proyectos transfronterizos, con arreglo a lo dispuesto en la letra c) del apartado 2 y en el apartado 3 del artículo 54 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002.

2.     Deberá alentarse la cooperación de los «MEDIA Desk» en redes, en particular, redes de proximidad, con el fin de facilitar los intercambios y los contactos entre profesionales, así como la sensibilización del publico ante los principales acontecimientos del programa, como los premios o los galardones. El papel de proveedor de información y de servicios de los «MEDIA Desk» es útil para facilitar la aparición de nuevos polos audiovisuales.

3.   Los «MEDIA Desk» deberán respetar los siguientes criterios:

disponer de un personal suficiente, con cualificaciones profesionales adecuadas a sus misiones y cualificaciones lingüísticas idóneas para trabajar en un entorno de cooperación internacional;

disponer de infraestructuras adaptadas, sobre todo en lo que respecta a los equipos informáticos y los medios de comunicación;

realizar su labor en un contexto administrativo que les permita desempeñar satisfactoriamente sus tareas y evitar todo conflicto de intereses.

4.     La Comisión promoverá la creación de «MEDIA Desk» y de Antenas MEDIA en países y regiones con escasa capacidad de producción, de conformidad con las prioridades establecidas en la letra c) del apartado 4 del artículo 1, y promoverá asimismo su visibilidad.

Artículo 13

Contribución del programa a otras políticas y prerrogativas comunitarias

1.   El programa contribuirá a reforzar las políticas transversales de la Comunidad Europea, en particular:

a)

promoviendo los principios fundamentales de la libertad de expresión y de la pluralidad e independencia de los medios de comunicación ;

b)

fomentando la sensibilización sobre la diversidad cultural y la multiculturalidad de Europa y un mejor reconocimiento mutuo de sus diferentes culturas, como medio de hacer realidad la ciudadanía europea y de crear una sociedad inclusiva, así como la necesidad de luchar contra todas las formas de discriminación, incluidos el racismo y la xenofobia;

c)

alentando la sensibilización respecto a la importancia de contribuir al desarrollo económico sostenible;

d)

contribuyendo a luchar contra cualquier forma de discriminación por motivos de sexo, de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual y fomentando la igualdad entre hombres y mujeres ;

e)

contribuyendo al debate y la información sobre la Unión Europea como espacio de igualdad, paz, democracia, libertad, prosperidad, seguridad y justicia .

2.     La Comisión garantizará la colaboración entre este programa y otros programas comunitarios en el ámbito de la educación, la formación, la investigación y la sociedad de la información.

3.     La Comisión garantizará una colaboración eficaz entre este programa y las acciones en el ámbito de la educación y del sector audiovisual en el contexto de la colaboración entre la Unión, los terceros países y las organizaciones internacionales pertinentes, en particular el Consejo de Europa (por medio de Euroimages y del Observatorio Europeo del Sector Audiovisual).

4.     La Comisión adoptará las medidas necesarias para garantizar que las actividades realizadas en el contexto del programa complementen otras actividades a escala comunitaria y europea en el ámbito de la educación y la formación relacionadas con el sector cinematográfico y audiovisual.

Artículo 14

Seguimiento y evaluación

1.   La Comisión garantizará que las acciones previstas por la presente Decisión sean objeto de una evaluación a priori, de un seguimiento y de una evaluación a posteriori. También garantizará la accesibilidad del programa y la transparencia de su ejecución .

El seguimiento incluirá la redacción de los informes contemplados en las letras a) y c) del apartado 3 y las actividades específicas.

2.   La Comisión garantizará una evaluación periódica, externa e independiente del programa.

3.   La Comisión presentará al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones los informes que se enumeran a continuación:

a)

un informe intermedio de evaluación de los resultados obtenidos , de la adecuación entre el programa y el contexto tecnológico, de su impacto sobre el mercado europeo y de los aspectos cualitativos y cuantitativos de la aplicación del programa, tres años después de su adopción; este informe deberá permitir, en particular, evaluar la eficacia de las medidas de recuperación estructural de los países que han entrado recientemente en la Unión;

b)

una Comunicación sobre la continuación del programa, cuatro años después de su adopción ;

c)

un informe pormenorizado de evaluación ex post sobre la aplicación y los resultados del programa, al término de su ejecución .

Artículo 15

Disposiciones transitorias

Las acciones iniciadas antes del 31 de diciembre de 2006sobre la base de la Decisión 2000/821/CE y de la Decisión no 163/2001/CE seguirán gestionándose, hasta su clausura, conforme a lo dispuesto en dichas Decisiones.

El Comité previsto en el artículo 8 de la Decisión 2000/821/CE y en el artículo 6 de la Decisión no 163/2001/CE se sustituirá por el Comité previsto en el artículo 11 de la presente Decisión.

Título 6

Información relativa al sector audiovisual europeo y participación en el Observatorio Europeo del Sector Audiovisual

Artículo 16

Información relativa al sector audiovisual europeo

La Unión Europea contribuye a una mayor transparencia y difusión de la información relativa al sector audiovisual europeo.

Artículo 17

Participación en el Observatorio Europeo del Sector Audiovisual

A efectos de la aplicación del artículo 16, la Unión Europea es miembro del Observatorio Europeo del Sector Audiovisual durante toda la duración del programa.

La Comisión representa a la Unión Europea en sus relaciones con el Observatorio.

Artículo 18

Contribución a la realización de los objetivos del programa

La participación de la Unión Europea en el Observatorio Europeo del Sector Audiovisual forma parte del presente programa y contribuye a la realización de sus objetivos:

favoreciendo la transparencia del mercado mediante mejores posibilidades de comparación de los datos recogidos en los diferentes países, y garantizando el acceso de los operadores a las estadísticas y a la información financiera y jurídica, reforzando así la competitividad y el desarrollo del sector audiovisual europeo;

permitiendo un mejor seguimiento del programa y facilitando su evaluación;

iniciando, como complemento a la evaluación económica, en coordinación con el Observatorio Europeo del Sector Audiovisual, una investigación sobre los distintos tipos de público, sus prácticas y sus preferencias.

Artículo 19

Seguimiento y evaluación

El seguimiento y la evaluación de la participación de la Unión Europea en el Observatorio Europeo del Sector Audiovisual se realizan en el marco del seguimiento y la evaluación del programa, conforme al artículo 14.

Título 7

Entrada en vigor

Artículo 20

Entrada en vigor

La presente Decisión entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y será aplicable a partir del 1 de enero de 2007.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  DO C 255 de 14.10.2005, p. 39 .

(2)  DO C 164 de 5.7.2005, p. 76 .

(3)  Posición del Parlamento Europeo de 25 de octubre de 2005.

(4)  Programas establecidos respectivamente por la Decisión 90/685/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1990, relativa a la aplicación de un programa de fomento de la industria audiovisual europea (MEDIA) (1991-1995) (DO L 380 de 31.12.1990, p. 37), la Decisión 95/563/CE del Consejo, de 10 de julio de 1995, relativa a la ejecución de un programa de estímulo al desarrollo y ala distribución de obras audiovisuales europeas (MEDIA II — Desarrollo y destribución) (1996-2000) (DO L 321 de 30.12.1995, p. 25), la Decisión 95/564/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1995, relativa a la ejecución de un programa de formación para los profesionales de la industria europea de programas audiovisuales (MEDIA II — Formación) (DO L 321 de 30.12.1995, p. 33), la Decisión 2000/821/CE del Consejo, de 20 de diciembre de 2000, relativa a la ejecución de un programa de estímulo al desarrollo, la distribución y la promoción de obras audiovisuales europeas (MEDIA Plus — Desarrollo, distribución y promoción) (2001-2005) (DO L 336 de 30.12.2000, p. 82), cuya última modificación la constituye la Decisión no 846/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 157 de 30.4.2004, p. 4), y la Decisión no 163/2001/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de enero de 2001, relativa a la ejecución de un programa de formación para los profesionales de la industria europea de programas audiovisuales (MEDIA — Formación) (2001-2005) (DO L 26 de 27.1.2001, p. 1), cuya última modificación la constituye la Decisión no 845/2004/CE (DO L 157 de 30.4.2004, p. 1).

(5)  Informe de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Informe sobre la realización y los resultados del Programa MEDIA II (1996-2000), COM(2003) 0802 de 18.12.2003; Informe de la Comisión al Consejo, al Parlamento Europeo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Informe sobre la realización y los resultados provisionales de los programas MEDIA Plus y MEDIA Formación (2001-2005) y sobre los resultados de la acción preparatoria «Crecimiento y sector audiovisual: iniciativa i2i audiovisual», COM(2003)0725 de 24.11.2003.

(6)  DO C 172 de 18.6.1999, p. 1.

(7)  DO L 184 de 17.7.1999, p. 23.

(8)  DO L 298 de 17.10.1989, p. 23. Directiva modificada por la Directiva 97/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 202 de 30.7.1997, p. 60).

(9)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(10)  DO L 357 de 31.12.2002, p. 1. Reglamento modificado por el Reglamento (CE, Euratom) no 1261/2005 (DO L 201 de 2.8.2005, p. 3).

(11)  En caso de ayuda selectiva a la distribución y conforme al apartado 2 del artículo 109 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 y al apartado 1 del artículo 168 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002, los ingresos generados durante el primer año de explotación cinematográfica de la película se reembolsarán en una cantidad igual a la contribución MEDIA (excluida la ayuda al doblaje y la subtitulación).

(12)  Conjuntamente con el artículo 172 del Reglamento (CE, Euratom) no 2342/2002.

ANEXO

Título 1: Objetivos operativos y acciones que deberán realizarse

1.   Adquisición y perfeccionamiento de competencias en el ámbito audiovisual

1.1.   Reforzar las competencias de los profesionales europeos del sector audiovisual en los ámbitos del desarrollo, la producción, la distribución y difusión y la promoción, con el fin de mejorar la calidad y las posibilidades de las obras audiovisuales europeas.

1.1.1.   Técnicas de escritura de guiones

Objetivo operativo:

Hacer que los guionistas experimentados puedan mejorar sus capacidades para desarrollar técnicas basadas en los métodos tradicionales e interactivos de escritura.

Acciones que deberán realizarse:

Apoyar la elaboración y la puesta en práctica de módulos de formación sobre la identificación de públicos destinatarios, la adaptación y el desarrollo de guiones para un público internacional, las relaciones entre el guionista, el adaptador del guión, el productor y el distribuidor.

Apoyar la formación a distancia y favorecer los intercambios y las asociaciones que engloben a los países y las regiones con escasa capacidad de producción audiovisual o de ámbito geográfico o lingüístico reducido.

1.1.2.   Gestión económica, financiera y comercial de la producción, la distribución, la comercialización y la promoción de obras audiovisuales

Objetivo operativo:

Desarrollar la capacidad de los profesionales para captar e integrar la dimensión europea en los ámbitos del desarrollo, la producción, la comercialización, la distribución/difusión y la promoción de programas audiovisuales.

Acciones que deberán realizarse:

Como complemento de las medidas adoptadas por los Estados miembros, apoyar la elaboración y la puesta al día de módulos de formación sobre gestión, teniendo en cuenta la dimensión europea.

Apoyar la formación a distancia y favorecer los intercambios y las asociaciones que engloben a los países y las regiones con escasa capacidad de producción audiovisual o de ámbito geográfico o lingüístico reducido.

Fijar un precio máximo para el acceso y la disponibilidad del material de las filmotecas nacionales de los 25 Estados miembros cuando lo vayan a utilizar PYME que produzcan películas o emisiones de contenido similar o productores independientes que sean ciudadanos o que tengan su sede social en un Estado miembro. Cuando el material se use con fines comerciales con el objetivo de crear un producto análogo por parte del productor que solicitó el material de archivo, será posible la negociación económica, pero siempre respetando los principios del pluralismo y del conocimiento y la difusión del patrimonio cultural.

1.1.3.   Tener en cuenta, desde un primer momento, las tecnologías digitales para la producción, la posproducción, la distribución, la explotación y el archivo de programas audiovisuales europeos

Objetivo operativo:

Desarrollar la capacidad de utilización por los profesionales de las tecnologías digitales, especialmente en los ámbitos de la producción, la posproducción, la distribución, la explotación, el archivo y los multimedia.

Acciones que deberán realizarse:

Apoyar la elaboración y la puesta en práctica de módulos de formación sobre las tecnologías audiovisuales digitales, como complemento de las medidas adoptadas por los Estados miembros.

Apoyar la formación a distancia y favorecer los intercambios y las asociaciones que engloben a los países y las regiones con escasa capacidad de producción audiovisual o de ámbito geográfico o lingüístico reducido.

1.2.   Mejorar la dimensión europea de las acciones de formación audiovisual

1.2.1.   Apoyo a la integración en redes de los agentes europeos de la formación (escuelas de cine europeas, centros de formación, agentes del sector profesional)

Objetivo operativo:

Favorecer los intercambios y la colaboración periódica entre las instituciones y las actividades de formación existentes.

Acción que deberá realizarse:

Alentar a los beneficiarios mediante un apoyo en el marco del programa para intensificar la coordinación de sus actividades de formación inicial y continua con el fin de desarrollar una red europea que pueda beneficiarse de las ayudas comunitarias, en particular en el caso de cooperaciones en las que participen agentes (también emisoras de televisión) de los Estados miembros que se adhirieron a la Unión tras el 30 de abril de 2004 o de Estados miembros con escasa capacidad de producción audiovisual o de ámbito geográfico o lingüístico reducido .

1.2.2.   Formación de formadores

Objetivo operativo:

Contar con formadores competentes.

Acción que deberá realizarse:

Contribuir a la formación de los formadores, especialmente mediante la enseñanza a distancia.

1.2.3.   Ayuda a trayectorias individuales de formación

Objetivo operativo:

Favorecer la movilidad por Europa de los estudiantes de cinematografía.

Acción que deberá realizarse:

Becas de movilidad, vinculadas a un proyecto de formación.

1.2.4.   Establecimiento de acciones de coordinación y de promoción de los organismos apoyados en el marco de las acciones enumeradas en el punto 1.1.1 del presente anexo

Objetivo operativo:

Promover la coordinación y la promoción de los beneficiarios de una ayuda en el marco del programa.

Acción que deberá realizarse:

Contribuir al establecimiento de medidas específicas de coordinación y de promoción de las actividades de formación apoyadas por el programa.

1.2.5.    Permitir , mediante la concesión de becas, que los profesionales procedentes de los Estados miembros que se adhirieron a la Unión tras el 30 de abril de 2004y de otros Estados miembros con escasa capacidad de producción audiovisual o de ámbito geográfico o lingüístico reducido participen en las acciones de formación enumeradas en el punto 1.1.1 del presente anexo.

Objetivo operativo:

Facilitar la participación de los profesionales procedentes de los Estados miembros que se adhirieron a la Unión tras el 30 de abril de 2004y de otros Estados miembros con escasa capacidad de producción audiovisual o de ámbito geográfico o lingüístico reducido en los proyectos respaldados por el programa.

Acción que deberá realizarse:

Contribuir a la creación de un mecanismo de becas.

2.   Desarrollo

2.1.   Sostener el desarrollo de proyectos de producción destinados a los mercados europeo e internacional, presentados por empresas de producción independientes

Objetivos operativos:

Apoyar el desarrollo de obras europeas pertenecientes a los géneros siguientes: ficción, animación, documental de creación, conceptos multimedia.

Incitar a las empresas a producir proyectos de calidad que tengan un potencial internacional.

Fomentar el desarrollo de nuevos talentos y profesionales mediante la creación del Premio Pier Paolo Pasolini para nuevos talentos .

Incitar a las empresas a tener en cuenta las tecnologías digitales en los ámbitos de la producción y la distribución desde la fase de desarrollo.

Incitar a las empresas a elaborar estrategias de explotación internacional, de comercialización y de distribución desde la fase de desarrollo de los proyectos.

Hacer que las PYME puedan acceder a la ayuda al desarrollo y adaptar las acciones a sus necesidades respectivas.

Introducir una complementariedad con las acciones apoyadas por MEDIA en el ámbito de la mejora de las competencias profesionales del sector audiovisual.

Acciones que deberán realizarse:

Apoyar el desarrollo de proyectos de obras audiovisuales o de catálogos de proyectos , en particular en el caso de cooperaciones en las que participen agentes de los Estados miembros que se adhirieron a la Unión tras el 30 de abril de 2004 o de Estados miembros con escasa capacidad de producción audiovisual o de ámbito geográfico o lingüístico reducido .

Apoyar la digitalización de las obras audiovisuales europeas desde la fase de desarrollo.

2.2.   Apoyar la elaboración de planes de financiación para las empresas y los proyectos de producción europeos, incluido el montaje financiero de coproducciones.

Objetivos operativos:

Fomentar que las empresas de producción elaboren planes de financiación para sus proyectos de producción pertenecientes a los géneros siguientes: ficción, animación, documental de creación, conceptos multimedia.

Alentar , en el marco de la prórroga de las acciones preparatorias i2i, la búsqueda de socios financieros a escala europea, con el fin de establecer una sinergia entre los inversores públicos y privados y favorecer la elaboración de estrategias de distribución desde la fase de desarrollo.

Acciones que deberán realizarse:

Financiar los costes indirectos vinculados a la financiación privada de los proyectos de producción presentados por las PYME (por ejemplo, los gastos financieros, gastos de seguros o de garantía de buen fin).

Apoyar el acceso de las PYME, en particular de las sociedades de producción independientes, a las sociedades financieras que trabajan en el ámbito de la creación de planes de inversión para el desarrollo, la producción y la coproducción de obras audiovisuales europeas que encierren posibilidades de distribución internacional.

Alentar a los intermediarios financieros a apoyar el desarrollo y la coproducción de obras audiovisuales europeas que encierren posibilidades de distribución internacional.

Apoyar la cooperación entre las agencias nacionales que trabajan en el sector audiovisual.

3.   Distribución y difusión

Objetivo operativo transversal:

Valorizar la diversidad lingüística de las obras europeas distribuidas.

Acción que deberá realizarse:

Apoyar el doblaje y el subtitulado en la distribución y la difusión, por cualquier medio, en particular a través de los medios de comunicación digitales, de las obras audiovisuales europeas, en beneficio de los productores, distribuidores y difusores.

3.1.   Reforzar el sector de la distribución europea alentando a los distribuidores a invertir en la coproducción, la adquisición y la promoción de películas europeas no nacionales y a establecer estrategias coordinadas de comercialización

Objetivo operativo no 1:

Alentar a los distribuidores cinematográficos a invertir en la coproducción, la adquisición de derechos de explotación y la promoción de películas europeas no nacionales.

Acciones que deberán realizarse:

Introducir un sistema de apoyo automático a los distribuidores europeos, proporcional a las entradas vendidas para películas europeas no nacionales en los Estados participantes en el programa, con un importe límite por película fijado en función del país.

Prever que los distribuidores sólo puedan utilizar esta ayuda para:

la coproducción de películas europeas no nacionales;

la adquisición de películas europeas no nacionales;

los gastos de adaptación (realización de copias, doblaje y subtitulación), de promoción y de publicidad de películas europeas no nacionales.

Objetivo operativo no 2:

Fomentar la cooperación entre distribuidores europeos para favorecer la adopción de estrategias comunes en el mercado europeo.

Acción que deberá realizarse:

Introducir un sistema de ayuda selectiva a la distribución de películas europeas no nacionales destinada a las agrupaciones de distribuidores europeos, y concederles una ayuda directa cuando estén constituidas de forma permanente.

Objetivo operativo no 3:

Alentar la cooperación entre los distribuidores, productores y agentes de ventas, con el fin de instaurar estrategias internacionales de comercialización desde la fase de producción de las obras audiovisuales europeas.

Acción que deberá realizarse:

Introducir un sistema de apoyo a la creación de un kit de promoción de obras cinematográficas europeas (que incluya una copia subtitulada, una banda sonora internacional — música y efectos especiales — y material de promoción).

Objetivo operativo no 4:

Favorecer el acceso de las PYME a financiación para la distribución y la venta internacional de obras europeas no nacionales.

Acción que deberá realizarse:

Financiar los costes indirectos (por ejemplo, los gastos financieros o de seguros) vinculados a la financiación privada de las actividades de distribución o de venta internacional, como la adquisición de catálogos de películas europeas, la prospección de nuevos mercados para dichas películas y la creación de agrupaciones permanentes de distribuidores de películas.

3.2.   Mejorar la circulación de las películas europeas no nacionales en los mercados europeo y nacional con medidas que fomenten su exportación, su distribución en todos los soportes y su programación en salas

Objetivo operativo no 1:

Alentar a los distribuidores cinematográficos a que inviertan en costes de adaptación y de promoción adecuados para las películas europeas no nacionales.

Acciones que deberán realizarse:

Introducir un sistema de ayuda selectiva a los distribuidores cinematográficos para la promoción y la comercialización de obras cinematográficas europeas fuera de su territorio de producción. Los criterios de selección de las películas podrán incluir disposiciones encaminadas a distinguir los proyectos según su origen y su categoría de presupuesto.

Prestar un apoyo particular a las películas que tengan interés para la valorización de la diversidad lingüística y cultural europea, particularmente en forma de ayuda a la publicación de un catálogo de obras europeas no nacionales de un período concreto.

Objetivo operativo no 2:

Favorecer la explotación de películas europeas no nacionales en el mercado europeo, especialmente apoyando la coordinación de una red de salas.

Acciones que deberán realizarse:

Animar a los exhibidores a programar un número importante de películas europeas no nacionales en las salas comerciales de estreno durante un período de tiempo mínimo. La ayuda concedida a cada sala se fijará en función del número de entradas vendidas en ellas para películas europeas no nacionales durante un período de referencia.

Contribuir al desarrollo de acciones de educación y de sensibilización del público joven en las salas.

Favorecer la creación y la consolidación de redes de exhibidores europeos que realicen acciones conjuntas en favor de dicha programación.

Objetivo operativo no 3:

Fomentar la venta internacional y la exportación de películas europeas no nacionales en Europa y en el mundo.

Acción que deberá realizarse:

Introducir un sistema de ayuda a las sociedades europeas de distribución internacional de películas cinematográficas (agentes de ventas) establecido en función de sus resultados en el mercado durante un período determinado. Los distribuidores internacionales deberán invertir la ayuda generada en los gastos de adquisición y de promoción de nuevas obras europeas en los mercados europeo e internacional.

3.3.   Promover la difusión transnacional de las obras audiovisuales europeas producidas por empresas de producción independientes, alentando la cooperación entre los difusores, por una parte, y los productores y distribuidores independientes, por otra parte.

Objetivo operativo no 1:

Promover la difusión de obras audiovisuales europeas no nacionales procedentes de empresas de producción independientes.

Acciones que deberán realizarse:

Alentar a los productores independientes a realizar obras (ficción, documental y animación) que supongan la participación de al menos tres difusores de varios Estados miembros o de al menos dos difusores de Estados miembros distintos que pertenezcan a zonas lingüísticas diferentes. Los criterios de selección de los beneficiarios podrán incluir disposiciones destinadas a diferenciar los proyectos según su categoría de presupuesto.

Conceder una ayuda especial a las obras cinematográficas que tengan interés para la valorización del patrimonio y de la diversidad lingüística y cultural europea.

Objetivo operativo no 2:

Facilitar el acceso de las empresas de producción independientes europeas a la financiación.

Acción que deberá realizarse:

Financiar los costes indirectos (por ejemplo, los gastos financieros, de seguros o de garantía de buen fin) derivados de la financiación privada de los proyectos de producción de obras (ficción, documental y animación) que supongan la participación de al menos tres difusores de varios Estados miembros o de al menos dos difusores de Estados miembros distintos que pertenezcan a zonas lingüísticas diferentes.

Objetivo operativo no 3:

Favorecer la distribución internacional de programas europeos de televisión producidos por productores independientes, teniendo en cuenta que la distribución de estos programas exige el acuerdo con los productores independientes, que deben percibir un porcentaje adecuado de los beneficios .

Acción que deberá realizarse:

Introducir un sistema de ayuda a las sociedades europeas de distribución internacional de obras audiovisuales (distribuidores internacionales) establecido en función de sus resultados en el mercado durante un período determinado. Los distribuidores internacionales deberán invertir la ayuda generada en los gastos de adquisición y de promoción de nuevas obras europeas en los mercados europeo e internacional.

3.4.   Apoyar la digitalización de las obras audiovisuales europeas

Objetivos operativos no 1:

Mejorar la distribución de las obras europeas no nacionales en soporte digital para uso privado (DVD), fomentando, especialmente, la cooperación entre editores para la creación de primeras copias multilingües a escala europea.

Favorecer la utilización de tecnologías digitales para la edición de las obras europeas (realización de másters digitales a disposición de todos los distribuidores europeos).

Incitar especialmente a los editores a invertir en costes de promoción y de distribución adecuados para las obras audiovisuales europeas no nacionales.

Apoyar el multilingüismo de las obras europeas (doblaje, subtitulación y producción multilingüe).

Acciones que deberán realizarse:

Introducir un sistema de apoyo automático a los editores de obras cinematográficas y audiovisuales europeas en soportes destinados al uso privado (como DVD o DVD-Rom), determinado en función de sus resultados en el mercado en un período determinado. Los editores deberán invertir la ayuda generada en los gastos de edición y de distribución de nuevas obras europeas no nacionales en soporte digital.

Apoyar a las empresas especializadas en la digitalización de contenidos.

Objetivos operativos no 2:

Favorecer la distribución de obras europeas no nacionales en línea mediante los servicios avanzados de distribución y los nuevos medios de comunicación (internet, vídeo a la carta, pago por visión, etc.).

Favorecer la adaptación de la industria europea de programas audiovisuales a la evolución de la tecnología digital, especialmente en lo que se refiere a los servicios avanzados de distribución en línea.

Acción que deberá realizarse:

Mediante medidas que favorezcan la digitalización de las obras y la creación de material de promoción y publicidad en soporte digital, alentar a las empresas europeas (proveedores de acceso en línea, cadenas temáticas, etc.) a elaborar catálogos de obras europeas en formato digital para su explotación en los nuevos medios de comunicación.

3.5.   Alentar a las salas a que aprovechen las posibilidades que ofrece la distribución en formato digital

Objetivo operativo:

Fomentar que las salas inviertan en equipo digital, facilitando a los exhibidores el acceso a créditos.

Acción que deberá realizarse:

Financiar los costes indirectos (por ejemplo los gastos financieros o de seguros) asumidos por los exhibidores y ligados a la financiación privada de la inversión en equipo digital.

4.   Promoción

4.1.   Mejorar la circulación de las obras audiovisuales europeas garantizando al sector audiovisual europeo un acceso a los mercados profesionales europeos e internacionales.

Objetivo operativo no 1:

Mejorar las condiciones de acceso de los profesionales a las manifestaciones comerciales y los mercados audiovisuales profesionales, en Europa y fuera de ella.

Acción que deberá realizarse:

Prestar asistencia técnica y financiera en el marco de manifestaciones tales como:

los principales mercados europeos e internacionales de cine,

los principales mercados europeos e internacionales de televisión,

los mercados temáticos, en particular los mercados de películas de animación, documentales, multimedia y nuevas tecnologías.

Objetivo operativo no 2 y acción que deberá realizarse:

Favorecer y financiar la elaboración de catálogos europeos y la creación de bancos de datos relativos a los catálogos de programas europeos y destinados a los profesionales.

Objetivo operativo no 3:

Favorecer el apoyo a la promoción desde la fase de preproducción o de producción.

Acciones que deberán realizarse:

Apoyar la organización de foros para el desarrollo, la financiación, la coproducción y la distribución de obras y programas europeos o mayoritariamente europeos.

Elaborar e iniciar campañas de comercialización y promoción comercial de programas cinematográficos y audiovisuales europeos desde la fase de producción.

4.2.   Mejorar el acceso del público europeo e internacional a las obras audiovisuales europeas

Objetivos operativos y acciones que deberán realizarse:

Alentar y apoyar los festivales audiovisuales para que programen un porcentaje mayoritario o significativo de obras europeas.

Apoyar y dar prioridad a los festivales que contribuyan a promover obras de Estados miembros o de regiones con escasa capacidad de producción audiovisual, así como obras de jóvenes creadores europeos, y que favorezcan la diversidad lingüística y cultural y el diálogo intercultural.

Alentar y apoyar las iniciativas de educación sobre la imagen organizadas por los festivales y dirigidas al público joven, sobre todo en estrecha colaboración con las instituciones escolares.

Favorecer y apoyar las iniciativas de los profesionales, especialmente de los exhibidores, las cadenas de televisión públicas o comerciales, los festivales y las instituciones culturales, que, en estrecha colaboración con los Estados miembros y la Comisión, pretendan organizar actividades promocionales destinadas al gran público para fomentar la creación cinematográfica y audiovisual europea.

Alentar y apoyar la organización de actos con amplia cobertura mediática, como la entrega de premios y los festivales de cine europeos .

Apoyar la participación en festivales de los jóvenes profesionales y de los profesionales de países con escasa capacidad de producción audiovisual.

4.3.   Favorecer acciones comunes entre organismos nacionales de promoción de películas y programas audiovisuales

Objetivo operativo:

Favorecer la creación de redes y la coordinación de acciones comunes y de proyectos europeos.

Acciones que deberán realizarse:

Apoyar la creación de plataformas europeas de promoción.

Fomentar las agrupaciones y la presencia protectora europea de los organismos de promoción nacionales o regionales en los mercados europeos y en el mundo.

Apoyar el trabajo en red de festivales, especialmente el intercambio de programaciones y conocimientos técnicos.

Alentar la agrupación de proyectos que persigan objetivos idénticos, similares o complementarios.

Alentar la creación de redes de bancos de datos y de catálogos.

Adoptar, como parte del proceso de recopilación sistemática de obras cinematográficas pertenecientes al patrimonio nacional de los Estados miembros y al patrimonio europeo, y con arreglo a lo dispuesto en la Recomendación [no .../..., de ..., del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al patrimonio cinematográfico y la competitividad de las actividades industriales relacionadas] (1), las disposiciones necesarias para estudiar la posibilidad de establecer una red de bases de datos que abarque el patrimonio audiovisual europeo, junto con las organizaciones pertinentes, en particular el Consejo de Europa (por medio de Eurimages y del Observatorio Europeo del Sector Audiovisual).

4.4.   Favorecer acciones de promoción y de acceso al patrimonio cinematográfico y audiovisual europeo.

Objetivo operativo y acción que deberá realizarse:

Fomentar y apoyar la organización de actos, sobre todo los dirigidos al público joven, destinados a promover el patrimonio cinematográfico y audiovisual europeo.

Apoyar la inclusión en los archivos del patrimonio cinematográfico y audiovisual europeo.

Apoyar el patrimonio cinematográfico y audiovisual europeo en el marco de unas plataformas de distribución nuevas e innovadoras.

5.   Proyectos piloto

Objetivo operativo:

Garantizar la adaptación del programa a la evolución del mercado, especialmente en relación con la introducción y la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación.

Acciones que deberán realizarse:

Sostener proyectos piloto en los ámbitos que los agentes del sector audiovisual consideren que pueden verse influidos por la introducción y la utilización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Difundir ampliamente los resultados de los proyectos piloto, mediante la organización de conferencias o actos en línea y fuera de línea, con el fin de fomentar la difusión de buenas prácticas.

Título 2: Modalidades de ejecución de las acciones

1.   Ayuda comunitaria

1.1.   Porcentaje de la contribución comunitaria en los costes de las operaciones apoyadas

La contribución financiera de MEDIA no podrá rebasar el 50 % de los costes de las operaciones apoyadas, salvo en los casos que se exponen a continuación.

La contribución financiera de MEDIA podrá ascender hasta el 60 % de los costes de las operaciones apoyadas:

a)

en caso de acciones de formación situadas en países o regiones con escasa capacidad de producción audiovisual o de ámbito geográfico o lingüístico reducido;

b)

en caso de proyectos presentados dentro de los capítulos de desarrollo, distribución/difusión y promoción que tengan interés para la valorización de la diversidad lingüística y cultural europea;

c)

para las acciones que se encuentren entre las descritas en el punto 1.3 del presente anexo (distribución y difusión) que hayan sido identificadas conforme al procedimiento establecido en el apartado 2 del artículo 11 de la presente Decisión.

La contribución financiera del programa MEDIA podrá ascender hasta el 75 % de los costes de las operaciones apoyadas en caso de acciones de formación situadas en los nuevos Estados miembros de la Unión Europea. Para la evaluación intermedia del programa se prestará especial atención a esta disposición.

1.2.   Modalidades de la ayuda comunitaria

La ayuda comunitaria se abonará en forma de subvenciones o becas.

En el ámbito de la formación, cada año deberá asignarse, en la medida de lo posible, un mínimo del 10 % de los fondos disponibles a actividades nuevas.

1.3.   Selección de proyectos

Los proyectos seleccionados deberán ajustarse a:

las disposiciones de la presente Decisión y de su anexo;

las disposiciones de los Reglamentos (CE, Euratom) no 1605/2002 y no 2342/2002.

2.   Acciones de comunicación

2.1.   Acciones por iniciativa de la Comisión

La Comisión podrá organizar seminarios, coloquios o reuniones para facilitar la aplicación del programa y emprender cualquier acción apropiada de información, publicación y difusión, especialmente en relación con el seguimiento y la evaluación del programa. Estas actividades podrán financiarse mediante subvenciones, concedidas con procedimientos de adjudicación de contratos u organizadas y financiadas directamente por la Comisión.

2.2.   MEDIA Desk y antenas MEDIA

La Comisión, junto con los Estados miembros y trabajando directamente con ellos, creará una red europea de MEDIA Desk y de antenas MEDIA que actuará como organismo de ejecución a escala nacional, con arreglo a lo dispuesto en la letra c) del apartado 2 y en el apartado 3 del artículo 54 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002, con los objetivos siguientes:

a)

informar a los profesionales del sector audiovisual acerca de las formas de ayuda disponibles en el marco de la política de la Unión Europea;

b)

asegurar la publicidad y la promoción del programa;

c)

fomentar la máxima participación posible de los profesionales en las acciones del programa;

d)

ayudar a los profesionales a presentar sus proyectos para responder a las convocatorias de propuestas;

e)

fomentar la cooperación transfronteriza entre los profesionales , las instituciones y las redes ;

f)

asegurar el enlace con las diferentes instituciones de apoyo de los Estados miembros para que las acciones de este programa sean complementarias con las medidas nacionales de apoyo;

g)

proporcionar información cuantitativa sobre los mercados audiovisuales nacionales y su evolución.

3.   Información relativa al mercado audiovisual europeo, participación en el Observatorio Europeo del Sector Audiovisual y cooperación con el Fondo Eurimages

El programa constituye la base jurídica de los gastos necesarios para el seguimiento de los instrumentos comunitarios en materia de política audiovisual.

El programa prevé concretamente que la Unión Europea continúe participando en el Observatorio Europeo del Sector Audiovisual. La participación facilita el acceso a la información a los operadores del sector y su difusión y contribuye a una mayor transparencia del proceso de producción. Asimismo, el programa podrá permitir a la Unión Europea estudiar las posibilidades de cooperación con el Fondo de ayuda a la coproducción de obras cinematográficas Eurimages del Consejo de Europa, para favorecer la competitividad del sector audiovisual europeo en el marco de un mercado internacional. Dicha cooperación no debería tener carácter económico.

4.   Tareas de gestión

La dotación financiera del programa puede cubrir igualmente los gastos correspondientes a las acciones de preparación, seguimiento, control, auditoría y evaluación, que sean directamente necesarias para la gestión del programa y la consecución de sus objetivos, en particular estudios, reuniones, acciones de información y publicación, gastos relacionados con las redes informáticas que se encargan del intercambio de información, así como cualquier otro gasto de asistencia administrativa y técnica en que pueda incurrir la Comisión para la gestión del programa.

5.   Controles y auditorías

Para los proyectos seleccionados conforme al procedimiento descrito en el apartado 3 del artículo 9 de la presente Decisión, se introducirá un sistema de auditoría por muestreo.

El beneficiario de una subvención mantendrá a disposición de la Comisión, durante un período de cinco años desde el último pago, todos los justificantes de los gastos efectuados. Además, velará por que, en caso necesario, los justificantes que se encuentren en poder de sus socios o miembros sean puestos a disposición de la Comisión.

La Comisión, bien directamente, por medio de sus agentes, bien a través de cualquier otro organismo externo cualificado de su elección, tendrá derecho a efectuar una auditoría del uso que se haga de la subvención. Estas auditorías podrán llevarse a cabo durante toda la duración del convenio, así como durante un período de cinco años a contar desde la fecha de pago del saldo de la subvención. Los resultados de estas auditorías podrán, en su caso, dar lugar a decisiones de recuperación de fondos por parte de la Comisión.

El personal de la Comisión, así como sus mandatarios externos, deberá gozar de un acceso adecuado, especialmente a las oficinas de los beneficiarios y a toda la información necesaria, incluso en formato electrónico, para llevar a cabo adecuadamente las mencionadas auditorías.

El Tribunal de Cuentas y la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) gozarán de los mismos derechos que la Comisión, especialmente en lo que se refiere al derecho de acceso.

Además, a fin de proteger los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra fraudes y otras irregularidades, la Comisión estará autorizada a efectuar controles y verificaciones in situ en el marco del presente programa, de conformidad con el Reglamento (Euratom, CE) no 2185/96 del Consejo (2). Las investigaciones serán efectuadas, en su caso, por la OLAF y se regirán por el Reglamento (CE) no 1073/1999 del Parlamento Europeo y del Consejo (3).


(1)  DO L ...

(2)  DO L 292 de 15.11.1996, p. 2.

(3)  DO L 136 de 31.5.1999, p. 1.

P6_TA(2005)0399

Emisión de billetes de 1 y 2 euros

Declaración del Parlamento Europeo sobre la emisión de billetes de 1 y 2 euros

El Parlamento Europeo,

Visto el artículo 116 de su Reglamento,

A.

Considerando el malestar que muchos ciudadanos europeos continúan experimentando respecto al euro,

B.

Considerando el impacto de la ausencia de billetes de 1 y 2 euros en la percepción del valor de la moneda,

C.

Considerando que la ausencia de estos billetes también influye negativamente en la percepción del valor nominal de los céntimos,

D.

Considerando las ventajas que la emisión y circulación de billetes de 1 y 2 euros podrían suponer para el control de la inflación y del coste de la vida,

E.

Considerando que, vista la próxima introducción de la moneda única en los nuevos países miembros, es todavía más necesario tomar una decisión sobre la emisión de los nuevos billetes,

F.

Considerando las ventajas indiscutibles que ello tendría para todos los Estados miembros,

1.

Pide a la Comisión, al Consejo y al Banco Central Europeo que reconozcan la necesidad de emitir billetes de 1 y 2 euros;

2.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Declaración, acompañada del nombre de los firmantes, al Consejo, a la Comisión, al Banco Central Europeo y a los Gobiernos de los Estados miembros.

Nombres de los firmantes

Adamou, Agnoletto, Albertini, Andria, Andrikienė, Angelilli, Antoniozzi, Arif, Arnaoutakis, Atkins, Attard-Montalto, Aubert, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Badía i Cutchet, Barsi-Pataky, Battilocchio, Batzeli, Bauer, Beazley, Becsey, Beglitisn, Belohorská, Bennahmias, Berend, van den Berg, Berger, Berlato, Birutis, Bonino, Bono, Bonsignore, Borghezio, Bourlanges, Bowis, Bozkurt, Braghetto, Brejc, Breyer, Brie, Brok, Brunetta, Busk, Busuttil, Cabrnoch, Capoulas Santos, Carlotti, Carlshamre, Casa, Cashman, Caspary Castex, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Cesa, Chatzimarkakis, Chmielewski, Christensen, Chruszcz, Cirino Pomicino, Claeys, Cocilovo, Corbey, Cornillet, Correia, Costa P., Cottigny Coveney, Czarnecki M., Czarnecki R., D'Alema, Daul, Davies, De Keyser, Demetriou, De Michelis, Deprez, De Sarnez, Descamps, Désir, Dess, Deva, De Veyrac, Díaz De Mera García Consuegra, Dillen, Dimitrakopoulos, Dionisi, Di Pietro, Doorn, Doyle, Drčar Murko, Duka-Zólyomi, Duquesne, Ebner, Elles, Esteves, Estrela, Ettl, Eurlings, Evans Robert, Falbr, Fatuzzo, Fava, Fazakas, Ferber, Fernandes, Fernández Martín, Ferreira A., Figueiredo, Fjellner, Flasarová, Florenz, Foglietta, Fontaine, Fotyga, Fourtou, Fraga Estévez, Frassoni, Freitas, Friedrich, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Gargani, Garriga Polledo, Gawronski, Geremek, Gibault, Gierek, Gklavakis, Golik, Gollnisch, Gomes, Goudin, Grabowska, de Grandes Pascual, Grech, Griesbeck, de Groen-Kouwenhoven, Grosch, Grossetête, Gruber, Guellec, Gurmai, Gutiérrez-Cortines, Guy-Quint, Hamon, Handzlik, Hatzidakis, Hegyi, Henin, Hennicot-Schoepges, Herczog, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hudacký, Hutchinson, Hybášková, Ilves, Itälä, Iturgaiz Angulo, Janowski, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jensen, Jöns, Juknevičienė, Kacin, Kaczmarek, Kamall, Karatzaferis, Kasoulides, Kelam, Kinnock, Klamt, Klass, Koch, Koch-Mehrin, Konrad, Korhola, Kósáné Kovács, Koterec, Kozlík, Kratsa-Tsagaropoulou, Kreissl-Dörfler, Kristovskis, Kudrycka, La Russa, Laignel, Lambrinidis, Landsbergis, Lang, Laperrouze, Lavarra, Le Foll, Le Pen J.-M., Le Pen M., Le Rachinel, Lehideux, Lehne, Leinen, Letta, Liberadzki, Libicki, Liese, Locatelli, Lombardo, López-Istúriz White, Louis, Maat, Madeira, Manders, Mann T., Mantovani, Markov, Marques, Martens, Martin D., Martinez, Masiel, Masip Hidalgo, Mathieu, Mato Adrover, Matsakis, Matsis, Matsouka, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, McGuinness, McMillan-Scott, Méndez De Vigo, Mikko, Mikolášik, Mölzer, Moraes, Morgan, Morgantini, Morillon, Muscardini, Muscat, Musotto, Mussolini, Musumeci, Napoletano, Navarro, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Obiols i Germà, Olajos, Oomen-Ruijten, Öry, Oviir, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Pannella, Panzeri, Papadimoulis, Papastamkos, Parish, Pavilionis, Pinheiro, Pinior, Pirilli, Piskorski, Pistelli, Pittella, Pleštinská, Podestà, Poli Bortone, Pomés Ruiz, Posselt, Prets, Prodi, Queiró, Remek, Resetarits, Reul, Ribeiro e Castro, Riera Madurell, Ries, Rivera, Roithová, Romagnoli, Roszkowski, Rothe, Rudi Ubeda, Rübig, Rutowicz, Ryan, Sacconi, Saïfi, Sakalas, Salafranca Sánchez-Neyra, Salinas García, Salvini, Samaras, Santoro, dos Santos, Sartori, Saryusz-Wolski, Sbarbati, Schenardi, Schierhuber, Schröder, Schroedter, Schwab, Seeber, Siekierski, Sifunakis, Silva Peneda, Sinnott, Siwiec, Škottová, Sommer, Sonik, Sornosa Martínez, Sousa Pinto, Spautz, Speroni, Staniszewska, Starkevičiūtė, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Swoboda, Szájer, Szymański, Tabajdi, Tajani, Tannock, Tatarella, Thomsen, Toia, Trakatellis, Triantaphyllides, Tzampazi, Ulmer, Vakalis, Vanhecke, Van Hecke, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vincenzi, Wagenknecht-Niemeyer, Weber H., Weisgerber, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Xenogiannakopoulou, Záborská, Zaleski, Zani, Zappalà, Železný, Zīle, Zingaretti, Zvěřina


Miércoles, 26 de octubre de 2005

9.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 272/271


ACTA

(2006/C 272 E/03)

DESARROLLO DE LA SESIÓN

PRESIDENCIA: Josep BORRELL FONTELLES

Presidente

1.   Apertura de la sesión

Se abre la sesión a las 9.05 horas.

2.   Proyecto de presupuesto general 2006 (Sección III) — Proyecto de presupuesto general 2006 (secciones I, II, IV, V, VI, VII, VIH) (debate)

Informe sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006:

Sección III, Comisión [C6-0299/2005 — 2005/2001(BUD)] — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Giovanni Pittella (A6-0309/2005)

Informe Proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006

Sección I, Parlamento Europeo

Sección II, Consejo

Sección IV, Tribunal de Justicia

Sección V, Tribunal de Cuentas

Sección VI, Comité Económico y Social

Sección VII, Comité de las Regiones

Sección VIII (A), Defensor del Pueblo Europeo

Sección VIII (B), Controlador Europeo de Protección de Datos [C6-0300/2005 — 2005/2002(BUD)] — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Valdis Dombrovskis (A6-0307/2005)

Giovanni Pittella presenta su informe (A6-0309/2005).

Valdis Dombrovskis presenta su informe (A6-0307/2005).

Interviene Dalia Grybauskaitė (Miembro de la Comisión).

Intervienen Pasqualina Napoletano (ponente de opinión de la Comisión AFET), Nirj Deva (ponente de opinión de la Comisión DEVE), David Martin (ponente de opinión de la Comisión INTA), Christopher Heaton-Harris (ponente de opinión de la Comisión CONT), Catherine Guy-Quint (ponente de opinión de la Comisión ECON), Jamila Madeira (ponente de opinión de la Comisión EMPL), Bogusław Liberadzki (ponente de opinión de la Comisión TRAN), Constanze Angela Krehl (ponente de opinión de la Comisión REGI), Katerina Batzeli (ponente de opinión de la Comisión AGRI) y Elspeth Attwooll (ponente de opinión de la Comisión PECH).

PRESIDENCIA: Janusz ONYSZKIEWICZ

Vicepresidente

Intervienen Gérard Deprez (ponente de opinión de la Comisión LIBE), Alexander Stubb (ponente de opinión de la Comisión AFCO), Katerina Batzeli (ponente de opinión de la Comisión FEMM), Laima Liucija Andrikienė, en nombre del Grupo PPE-DE, Catherine Guy-Quint, en nombre del Grupo PSE, Anne E. Jensen, en nombre del Grupo ALDE, Helga Trüpel, en nombre del Grupo Verts/ALE, Esko Seppänen, en nombre del Grupo GUE/NGL, Dariusz Maciej Grabowski, en nombre del Grupo IND/DEM, Wojciech Roszkowski, en nombre del Grupo UEN, Sergej Kozlík, no inscrito, Salvador Garriga Polledo, Louis Grech, Silvana Koch- Mehrin, Gérard Onesta, Tobias Pflüger, Jeffrey Titford, Seán Ó Neachtain, Jean-Claude Martínez, Markus Ferber, Neena Gill, Nathalie Griesbeck, Pedro Guerreiro, Lars Wohlin, Hans-Peter Martin, Janusz Lewandowski, Marilisa Xenogiannakopoulou, Kyösti Tapio Virrankoski, Ville Itälä, Jan Mulder, László Surján, Szabolcs Fazakas, Antonis Samaras y Richard Seeber (suplente del ponente de opinión de la Comisión PETI).

Se cierra el debate.

Votación: punto 5.1 del Acta de 27.10.2005, punto 5.2 del Acta de 27.10.2005 y punto 5.3 del Acta de 27.10.2005.

(La sesión, suspendida a las 11.00 horas a la espera del turno de votaciones, se reanuda a las 12.05 horas).

3.   Turno de votaciones

Los resultados detallados de las votaciones (enmiendas, votaciones por separado, votaciones por partes, figuran en el Anexo I, adjunto al Acta.

3.1.   Gases fluorados de efecto invernadero ***II (votación)

Recomendación para la segunda lectura respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a determinados gases fluorados de efecto invernadero [16056/5/2004 — C6 0221/2005 — 2003/0189A(COD)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Avril Doyle (A6-0301/2005)

(Mayoría cualificada requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 1)

POSICIÓN COMÚN DEL CONSEJO

Se declara aprobado en su versión modificada (P6_TA(2005)0400)

3.2.   Emisiones procedentes de los sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor ***II (votación)

Recomendación para la segunda lectura respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las emisiones procedentes de sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del Consejo [16182/4/2004 — C6-0222/2005 — 2003/0189B((COD)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Avril Doyle (A6-0294/2005)

(Mayoría cualificada requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 2)

POSICIÓN COMÚN DEL CONSEJO

Se declara aprobado en su versión modificada (P6_TA(2005)0401)

3.3.   Emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre ***I (votación)

Informe sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2000/14/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre [COM(2005) 0370 — C6-0250/2005 — 2005/0149(COD)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Karl-Heinz Florenz (A6-0296/2005)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 3)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P6_TA(2005)0402)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P6_TA(2005)0402)

3.4.   Redes transeuropeas de transporte y energía ***I (votación)

Informe sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se determinan las normas generales para la concesión de ayudas financieras comunitarias en el ámbito de las redes transeuropeas de transporte y energía y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2236/95 del Consejo [COM(2004) 0475 — C6-0086/2004 — 2004/0154(COD)] — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Mario Mauro (A6-0283/2005)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 4)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P6_TA(2005)0403)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P6_TA(2005)0403)

3.5.   Aditivos alimentarios ***I (votación)

Informe sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 95/2/CE relativa a aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes y la Directiva 94/35/CE relativa a los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios [COM(2004)0650 — C6-0139/2004 — 2004/0237(COD)] — Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria.

Ponente: Mojca Drčar Murko (A6-0191/2005)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 5)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P6_TA(2005)0404)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P6_TA(2005)0404)

3.6.   Lucha contra la delincuencia organizada * (votación)

Informe sobre la propuesta de Decisión marco del Consejo relativa a la lucha contra la delincuencia organizada [COM(2005)0006 — C6-0061/2005 — 2005/0003(CNS)] — Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.

Ponente: Bill Newton Dunn (A6-0277/2005)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 6)

PROPUESTA DE LA COMISIÓN

Aprobado en su versión modificada (P6_TA(2005)0405)

PROYECTO DE RESOLUCIÓN LEGISLATIVA

Aprobado (P6_TA(2005)0405)

3.7.   Estrategia de lucha contra una pandemia de gripe (votación)

Propuesta de resolución B6-0548/2005

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 7)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2005)0406)

Intervenciones sobre la votación:

Caroline Lucas ha presentado una enmienda oral a la enmienda 16, que se ha admitido.

3.8.   Patente para las invenciones biotecnológicas (votación)

Propuestas de resolución B6-0551/2005, B6-0552/2005, B6-0553/2005, B6-0554/2005, B6-0555/2005, B6-0556/2005 y B6-0557/2005

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 8)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN RC-B6-0551/2005

(sustituye las B6-0551/2005, B6-0552/2005, B6-0553/2005, B6-0554/2005, B6-0555/2005, B6-0556/2005 y B6-0557/2005):

presentada por los siguientes diputados:

Peter Liese, Mario Mauro, Miroslav Mikolášik, Jaime Mayor Oreja y Klaus-Heiner Lehne, en nombre del Grupo PPE-DE,

María Berger, en nombre del Grupo PSE,

Diana Wallis, en nombre del Grupo ALDE,

Hiltrud Breyer y Margrete Auken, en nombre del Grupo Verts/ALE,

Adamos Adamou y Umberto Guidoni, en nombre del Grupo GUE/NGL,

Johannes Blokland, en nombre del Grupo IND/DEM,

Brian Crowley y Rolandas Pavilionis, en nombre del Grupo UEN

Aprobado (P6_TA(2005)0407)

Intervenciones sobre la votación:

Johannes Blokland ha pedido que la enmienda 1 se sometiera a votación antes de la enmienda 7 (El Presidente no ha accedido a esta solicitud).

3.9.   Enfoque comunitario de la gestión de las migraciones económicas (votación)

Informe sobre un enfoque comunitario de la gestión de las migraciones económicas [COM(2004) 0811 — 2005/2059(INI)] — Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior.

Ponente: Ewa Klamt (A6-0286/2005)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 9)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2005)0408)

4.   Explicaciones de voto

Explicaciones de voto por escrito:

Las explicaciones de voto por escrito, en el sentido del artículo 163, apartado 3, del Reglamento, figuran en el Acta Literal de la presente sesión.

Explicaciones de voto orales:

Recomendación para la segunda lectura Informe Avril Doyle — A6-0301/2005

Carlo Fatuzzo y Richard Seeber

Informe Karl-Heinz Florenz — A6-0296/2005

Carlo Fatuzzo

Informe Bill Newton Dunn — A6-0277/2005

Andreas Mölzer

Estrategia contra la pandemia de gripe — B6-0548/2005

Richard Seeber

Informe Ewa Klamt — A6-0286/2005

Frank Vanhecke, Philip Claeys y Romano María La Russa

*

* *

Interviene Hiltrud Breyer sobre la intervención del Comisario Charlie McCreevy en el debate sobre las invenciones biotecnológicas (punto 13 del Acta de 25.10.2005).

5.   Correcciones de voto

Las correcciones de voto figuran en la página «Séance en direct/Sittings live», «Résultats des votes (Appels nominaux)/Results of votes (Roll-call votes)» y en la versión impresa del anexo II «Resultados de la votación nominal».

La versión electrónica de Europarl se actualizará periódicamente a lo largo de las dos semanas posteriores al día de la votación.

Transcurrido este plazo, la lista de las correcciones de voto se cerrará a los efectos de su traducción y publicación en el Diario Oficial.

Karl-Heinz Florenz ha comunicado que no ha participado en todas las votaciones.

(La sesión, suspendida a las 13.45 horas, se reanuda a las 15.00 horas.)

PRESIDENCIA: Josep BORRELL FONTELLES

Presidente

6.   Bienvenida

El Presidente da la bienvenida, en nombre del Parlamento, a una delegación del Parlamento ucraniano, encabezada por Valeryi Pustovoytenko, que se encuentra en la tribuna oficial.

7.   Aprobación del Acta de la sesión anterior

Alyn Smith ha comunicado que estuvo presente pero que su nombre no figura en la lista de asistencia.

Rolandas Pavilionis ha comunicado que, debido a un error en la versión lituana del orden del día, no pudo participar en el inicio del turno de votaciones de la sesión del 25 de octubre de 2005. Habría querido votar a favor de los informes y recomendaciones sometidos a votación antes de su llegada.

Se aprueba el Acta de la sesión anterior.

8.   Preparación del próximo Consejo Europeo informal (debate)

Declaraciones del Consejo y de la Comisión: Preparación del próximo Consejo Europeo informal

Tony Blair (Presidente en ejercicio del Consejo) y José Manuel Barroso (Presidente de la Comisión) proceden a las declaraciones.

Intervienen Hans-Gert Poettering, en nombre del Grupo PPE-DE, Martin Schulz, en nombre del Grupo PSE, Graham Watson, en nombre del Grupo ALDE, Monica Frassoni, en nombre del Grupo Verts/ALE, Francis Wurtz, en nombre del Grupo GUE/NGL, Nigel Farage, en nombre del Grupo IND/DEM, Brian Crowley, en nombre del Grupo UEN, Roger Helmer, no inscrito, Tony Blair, Timothy Kirkhope y Harlem Désir.

PRESIDENCIA: Edward McMILLAN-SCOTT

Vicepresidente

Intervienen Silvana Koch-Mehrin, Ian Hudghton, Jens-Peter Bonde, Roberta Angelilli, Ashley Mote, Othmar Karas, Bárbara Dührkop Dührkop, Marielle De Sarnez, Jean Lambert, Mirosław Mariusz Piotrowski, Konrad Szymański, Frank Vanhecke, Françoise Grossetête, Gary Titley, Bronisław Geremek, Jaime Mayor Oreja, Enrique Barón Crespo, Antonio Tajani, Martine Roure, Jacek Emil Saryusz-Wolski, Borut Pahor, Douglas Alexander (Presidente en ejercicio del Consejo) y Margot Wallström (Vicepresidenta de la Comisión).

Se cierra el debate.

PRESIDENCIA: Manuel António dos SANTOS

Vicepresidente

9.   Turno de preguntas (preguntas al Consejo)

Interviene John Purvis, quien pide, en nombre de Syed Kamall, una respuesta a la pregunta H-0688/2005 que éste dirigió el mes pasado al Consejo sobre las cuotas comunitarias para las importaciones de productos textiles chinos (El Presidente invita al Consejo a que dé prioridad a esta pregunta).

El Parlamento examina una serie de preguntas al Consejo (B6-0332/2005).

Pregunta 1 (Andrew Duff): Reglamento sobre la «línea verde» de Chipre.

Douglas Alexander (Presidente en ejercicio del Consejo) responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Andrew Duff, Chris Davies y Sarah Ludford.

Pregunta 2 (Panagiotis Beglitis): Proyecto de mandato de negociación para la celebración de un acuerdo de estabilización y asociación UE-Serbia y Montenegro.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Panagiotis Beglitis y Bart Staes.

Pregunta 3 (Marie Panayotopoulos-Cassiotou): Jóvenes agricultores, regiones remotas y uso de los Fondos estructurales y otros medios de financiación.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Marie Panayotopoulos-Cassiotou y Josu Ortuondo Larrea.

Pregunta 4 (Fiona Hall): Eficiencia del uso final de la energía.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Fiona Hall.

Pregunta 5 (Sarán Ludford): Utilización del marco comunitario para medidas de cooperación policial.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Sarah Ludford y Richard Corbett.

Pregunta 6 (Elizabeth Lynne): Desregulación.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Elizabeth Lynne, Richard Corbett y Philip Bushill-Matthews.

Pregunta 7 (Catherine Stihler): Ensayos clínicos con microbicidas.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Catherine Stihler.

Pregunta 8 (Kyriacos Triantaphyllides): Celebración de un acuerdo entre la Comunidad Europea y Azerbaiyán sobre determinados aspectos de los servicios aéreos.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Kyriacos Triantaphyllides.

Pregunta 9 (Sajjad Karim): Orden del día del Consejo de Asociación UE-Israel.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Fiona Hall (suplente del autor), David Martin y Sarah Ludford.

Pregunta 10 (Dimitrios Papadimoulis): Decisión marco sobre protección de datos (CNS/2004/0813).

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de Adamos Adamou (suplente del autor), Claude Moraes y Gay Mitchell.

Pregunta 11 (John Purvis): Sebo animal y Directiva 2000/76/CE relativa a la incineración de residuos.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a las preguntas complementarias de John Purvis, David Martin y Elspeth Attwooll.

Pregunta 12 (Claude Moraes): La cuestión kurda en Turquía.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Claude Moraes.

Pregunta 13 (Richard Corbett): Enfermedades respiratorias y la Agenda de Lisboa.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Richard Corbett.

Pregunta 14 (Bernd Posselt): Minorías en Turquía.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Bernd Posselt.

Pregunta 15 (Michl Ebner): Protección y fomento de las razas bovinas alpinas.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Bernd Posselt (suplente del autor).

Pregunta 16 (Esko Seppänen): «Cheque británico».

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Esko Seppänen.

Pregunta 17 (Bill Newton Dunn): Estilo de respuesta a las preguntas en el turno de preguntas.

Douglas Alexander responde a la pregunta, así como a una pregunta complementaria de Philip Bushill-Matthews (suplente del autor).

Las preguntas que, por falta de tiempo, no han recibido respuesta oral, la recibirán por escrito.

Se cierra el turno de preguntas reservado al Consejo.

(La sesión, suspendida a las 19.00 horas, se reanuda a las 21.00 horas.)

PRESIDENCIA: Sylvia-Yvonne KAUFMANN

Vicepresidente

10.   Composición del Parlamento

Las autoridades polacas competentes han comunicado el nombramiento de Bernard Wojciechowski, en sustitución de Wojciech Wierzejski, como diputado al Parlamento, con efecto desde el 26 de octubre de 2005.

La Presidenta recuerda lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 3 del Reglamento.

11.   Afganistán (debate)

Declaración de la Comisión: Afganistán

Benita Ferrero-Waldner (Miembro de la Comisión) procede a la declaración.

Intervienen José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, en nombre del Grupo PPE-DE, Robert Evans, en nombre del Grupo PSE, Emma Bonino, en nombre del Grupo ALDE, Marie Anne Isler Béguin, en nombre del Grupo Verts/ALE, Luisa Morgantini, en nombre del Grupo GUE/NGL, Vytautas Landsbergis, Karin Scheele, Nicholson of Winterbourne, Georgios Toussas, Ryszard Czarnecki, no inscrito, Jürgen Schröder, Józef Pinior, Philippe Morillon y Benita Ferrero-Waldner.

Se cierra el debate.

Votación: punto 4.9 del Acta de 18.1.2006.

12.   Situación en Azerbaiyán en vísperas de las elecciones (debate)

Declaración de la Comisión: Situación en Azerbaiyán en vísperas de las elecciones.

Benita Ferrero-Waldner (Miembro de la Comisión) procede a la declaración.

Intervienen Charles Tannock, en nombre del Grupo PPE-DE, Hannes Swoboda, en nombre del Grupo PSE, Sarah Ludford, en nombre del Grupo ALDE, Marie Anne Isler Béguin, en nombre del Grupo Verts/ALE, Jaromír Kohlíček, en nombre del Grupo GUE/NGL, Bastiaan Belder, en nombre del Grupo IND/DEM, Árpád Duka-Zólyomi, Libor Rouček, Tadeusz Zwiefka, Panagiotis Beglitis y Benita Ferrero-Waldner.

Propuestas de resolución, presentadas de conformidad con el apartado 2 del artículo 103 del Reglamento, para cerrar el debate:

Charles Tannock, Árpád Duka-Zólyomi, Vytautas Landsbergis, Elisabeth Jeggle y Bernd Posselt, en nombre del Grupo PPE-DE, sobre Azerbaiyán (B6-0558/2005);

Hannes Swoboda y Panagiotis Beglitis, en nombre del Grupo PSE, sobre Azerbaiyán (B6-0559/2005);

Marie Anne Isler Béguin y Cem Özdemir, en nombre del Grupo Verts/ALE, sobre Azerbaiyán (B6-0560/2005);

Annemie Neyts-Uyttebroeck, Janusz Onyszkiewicz y Sarah Ludford, en nombre del Grupo ALDE, sobre Azerbaiyán (B6-0576/2005);

Eva-Britt Svensson y Vittorio Agnoletto, en nombre del Grupo GUE/NGL, sobre la situación en Azerbaiyán (B6-0577/2005);

Rolandas Pavilionis, en nombre del Grupo UEN, sobre Azerbaiyán (B6-0578/2005).

Se cierra el debate.

Votación: punto 5.4 del Acta de 27.10.2005.

13.   El proceso de Barcelona renovado (debate)

Informe sobre el proceso de Barcelona renovado [2005/2058(INI)] — Comisión de Asuntos Exteriores.

Ponente: Anneli Jäätteenmäki (A6-0280/2005)

Anneli Jäätteenmäki presenta su informe.

Interviene Benita Ferrero-Waldner (Miembro de la Comisión).

Intervienen Kader Arif (ponente de opinión de la Comisión INTA), Rodi Kratsa-Tsagaropoulou (ponente de opinión de la Comisión FEMM), Charles Tannock, en nombre del Grupo PPE-DE, Luis Yañez-Barnuevo García, en nombre del Grupo PSE, Cecilia Malmström, en nombre del Grupo ALDE, Hélène Flautre, en nombre del Grupo Verts/ALE, Adriana Poli Bortone, en nombre del Grupo UEN, Francisco José Millán Mon, Pasqualina Napoletano, Bernat Joan i Marí, Filip Andrzej Kaczmarek, Carlos Carnero González, Simon Busuttil, Béatrice Patrie, Libor Rouček, Panagiotis Beglitis, Józef Pinior y Benita Ferrero-Waldner.

Se cierra el debate.

Votación: punto 5.5 del Acta de 27.10.2005.

14.   Orden del día de la próxima sesión

Se ha establecido el orden del día de la sesión de mañana (documento «Orden del día» PE 364.061/OJJE).

15.   Cierre de la sesión

Se levanta la sesión a las 23.45 horas.

Julian Priestley

Secretario General

Manuel António dos Santos

Vicepresidente


LISTA DE ASISTENCIA

Han firmado:

Adamou, Agnoletto, Albertini, Allister, Alvaro, Andersson, Andrejevs, Andria, Andrikienė, Antoniozzi, Arif, Arnaoutakis, Ashworth, Assis, Atkins, Attard-Montalto, Attwooll, Aubert, Audy, Auken, Ayala Sender, Aylward, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Barsi-Pataky, Batten, Battilocchio, Batzeli, Bauer, Beaupuy, Beazley, Becsey, Beer, Beglitis, Belder, Belohorská, Bennahmias, Beňová, Berend, Berès, Berger, Berlato, Berlinguer, Berman, Bertinotti, Bielan, Birutis, Blokland, Bloom, Bobošíková, Bösch, Bonde, Bonino, Bono, Bonsignore, Booth, Borrell Fontelles, Bourlanges, Bourzai, Bowis, Bowles, Bozkurt, Bradbourn, Braghetto, Mihael Brejc, Brepoels, Breyer, Březina, Brie, Brok, Brunetta, Budreikaitė, van Buitenen, Buitenweg, Bullmann, Bushill-Matthews, Busk, Busquin, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Camre, Capoulas Santos, Carlotti, Carlshamre, Carnero González, Carollo, Casa, Casaca, Cashman, Caspary, Castex, Castiglione, del Castillo Vera, Catania, Cavada, Cederschiöld, Cercas, Chatzimarkakis, Chichester, Chiesa, Chmielewski, Christensen, Chruszcz, Cirino Pomicino, Claeys, Clark, Cocilovo, Coelho, Cohn-Bendit, Corbett, Corbey, Correia, Costa, Cottigny, Coûteaux, Coveney, Cramer, Crowley, Marek Aleksander Czarnecki, Ryszard Czarnecki, D'Alema, Daul, Davies, de Brún, Degutis, Dehaene, De Keyser, Demetriou, De Michelis, Deprez, De Rossa, De Sarnez, Descamps, Désir, Deß, Deva, De Veyrac, De Vits, Díaz de Mera García Consuegra, Didžiokas, Dillen, Dimitrakopoulos, Dionisi, Di Pietro, Dobolyi, Dombrovskis, Douay, Dover, Doyle, Drčar Murko, Duchoň, Dührkop Dührkop, Duff, Duka-Zólyomi, Duquesne, Ebner, Ehler, Ek, El Khadraoui, Elles, Esteves, Estrela, Ettl, Eurlings, Jillian Evans, Robert Evans, Fajmon, Falbr, Farage, Fatuzzo, Fava, Fazakas, Ferber, Fernandes, Fernández Martín, Anne Ferreira, Elisa Ferreira, Figueiredo, Fjellner, Flasarová, Flautre, Florenz, Foglietta, Ford, Fotyga, Fourtou, Fraga Estévez, Frassoni, Freitas, Friedrich, Fruteau, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, García Pérez, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gebhardt, Gentvilas, Geremek, Geringer de Oedenberg, Gibault, Gierek, Giertych, Gill, Gklavakis, Glattfelder, Goebbels, Goepel, Golik, Gollnisch, Gomes, Gomolka, Goudin, Genowefa Grabowska, Grabowski, Graça Moura, Graefe zu Baringdorf, Gräßle, de Grandes Pascual, Grech, Griesbeck, Gröner, de Groen-Kouwenhoven, Grosch, Grossetête, Guardans Cambó, Guellec, Guerreiro, Guidoni, Gurmai, Gutiérrez-Cortines, Guy-Quint, Gyürk, Hänsch, Hall, Hammerstein Mintz, Hamon, Handzlik, Hannan, Harangozó, Harbour, Harkin, Harms, Hassi, Hatzidakis, Haug, Hazan, Heaton-Harris, Hedh, Hedkvist Petersen, Helmer, Henin, Hennicot-Schoepges, Hennis-Plasschaert, Herczog, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Honeyball, Hoppenstedt, Horáček, Howitt, Hudacký, Hudghton, Hughes, Hutchinson, Hybášková, Ibrisagic, Ilves, in 't Veld, Isler Béguin, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jäätteenmäki, Jałowiecki, Janowski, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jensen, Joan i Marí, Jöns, Jørgensen, Jonckheer, Jordan Cizelj, Juknevičienė, Jelko Kacin, Kaczmarek, Kallenbach, Kamall, Kamiński, Karas, Karim, Kasoulides, Kaufmann, Kauppi, Tunne Kelam, Kilroy-Silk, Kindermann, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Klinz, Knapman, Koch, Koch-Mehrin, Kohlíček, Konrad, Korhola, Kósáné Kovács, Koterec, Kozlík, Krahmer, Krasts, Kratsa-Tsagaropoulou, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kristovskis, Krupa, Kuc, Kudrycka, Kuhne, Kułakowski, Kušķis, Kusstatscher, Kuźmiuk, Lagendijk, Laignel, Lambert, Lambrinidis, Lambsdorff, Landsbergis, Lang, Langen, Langendries, Laperrouze, La Russa, Lauk, Lavarra, Lax, Lechner, Le Foll, Lehideux, Lehne, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Jean-Marie Le Pen, Marine Le Pen, Le Rachinel, Letta, Janusz Lewandowski, Liberadzki, Libicki, Lichtenberger, Liese, Lipietz, Locatelli, Lombardo, López-Istúriz White, Louis, Lucas, Ludford, Lulling, Lundgren, Lynne, Maat, Maaten, McAvan, McCarthy, McDonald, McGuinness, McMillan-Scott, Madeira, Malmström, Manders, Maňka, Erika Mann, Thomas Mann, Manolakou, Markov, Marques, Martens, David Martin, Hans-Peter Martin, Martinez, Martínez Martínez, Masiel, Masip Hidalgo, Maštálka, Mastenbroek, Mathieu, Mato Adrover, Matsakis, Matsouka, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Medina Ortega, Meijer, Méndez de Vigo, Menéndez del Valle, Meyer Pleite, Miguélez Ramos, Mikko, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Mölzer, Montoro Romero, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Morgantini, Morillon, Moscovici, Mote, Mulder, Musacchio, Muscardini, Muscat, Musotto, Myller, Napoletano, Nassauer, Nattrass, Navarro, Newton Dunn, Annemie Neyts-Uyttebroeck, Nicholson, Nicholson of Winterbourne, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Öger, Olajos, Olbrycht, Ó Neachtain, Onesta, Onyszkiewicz, Oomen-Ruijten, Ortuondo Larrea, Őry, Ouzký, Oviir, Paasilinna, Pack, Pafilis, Borut Pahor, Paleckis, Panayotopoulos-Cassiotou, Pannella, Panzeri, Papadimoulis, Papastamkos, Parish, Patrie, Pavilionis, Peillon, Pęk, Alojz Peterle, Pflüger, Piecyk, Pīks, Pinheiro, Pinior, Piotrowski, Pirilli, Piskorski, Pistelli, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Poignant, Polfer, Poli Bortone, Pomés Ruiz, Portas, Posselt, Prets, Prodi, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Ransdorf, Rapkay, Rasmussen, Remek, Resetarits, Reul, Reynaud, Ribeiro e Castro, Riera Madurell, Ries, Riis-Jørgensen, Rivera, Rizzo, Rocard, Rogalski, Roithová, Romagnoli, Romeva i Rueda, Rosati, Roszkowski, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Rudi Ubeda, Rübig, Rutowicz, Ryan, Sacconi, Saïfi, Sakalas, Salafranca Sánchez-Neyra, Salinas García, Salvini, Samaras, Samuelsen, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Sartori, Saryusz-Wolski, Savary, Savi, Sbarbati, Schapira, Scheele, Schenardi, Schierhuber, Schlyter, Schmidt, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schroedter, Schuth, Schwab, Seeber, Seeberg, Segelström, Seppänen, Siekierski, Sifunakis, Silva Peneda, Sinnott, Siwiec, Sjöstedt, Skinner, Škottová, Smith, Sommer, Sonik, Sornosa Martínez, Spautz, Speroni, Staes, Staniszewska, Starkevičiūtė, Šťastný, Stenzel, Sterckx, Stevenson, Stihler, Stockmann, Strejček, Strož, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Svensson, Swoboda, Szájer, Szejna, Szent-Iványi, Szymański, Tabajdi, Tajani, Takkula, Tannock, Tarabella, Tarand, Tatarella, Thomsen, Thyssen, Titford, Titley, Toia, Tomczak, Toubon, Toussas, Trakatellis, Trautmann, Triantaphyllides, Trüpel, Tzampazi, Uca, Ulmer, Väyrynen, Vaidere, Vakalis, Vanhecke, Van Hecke, Van Lancker, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Vatanen, Vaugrenard, Ventre, Vergnaud, Vernola, Vidal-Quadras Roca, de Villiers, Vincenzi, Virrankoski, Vlasák, Vlasto, Voggenhuber, Wagenknecht, Wallis, Walter, Watson, Henri Weber, Manfred Weber, Weiler, Weisgerber, Westlund, Whitehead, Whittaker, Wieland, Wiersma, Wijkman, Wise, von Wogau, Wohlin, Janusz Wojciechowski, Bernard Piotr Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Wurtz, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zani, Zapałowski, Zappalà, Zatloukal, Ždanoka, Železný, Zieleniec, Zīle, Zimmer, Zingaretti, Zvěřina, Zwiefka

Observadores:

Abadjiev Dimitar, Ali Nedzhmi, Anastase Roberta Alma, Arabadjiev Alexander, Athanasiu Alexandru, Bărbuleţiu Tiberiu, Becşenescu Dumitru, Bliznashki Georgi, Buruiană Aprodu Daniela, Cappone Maria, Christova Christina Velcheva, Ciornei Silvia, Cioroianu Adrian Mihai, Corlăţean Titus, Coşea Dumitru Gheorghe Mircea, Creţu Corina, Creţu Gabriela, Dimitrov Martin, Dîncu Vasile, Duca Viorel Senior, Dumitrescu Cristian, Ganţ Ovidiu Victor, Hogea Vlad Gabriel, Husmenova Filiz, Iacob Ridzi Monica Maria, Ilchev Stanimir, Ivanova Iglika, Kazak Tchetin, Kelemen Atilla Béla Ladislau, Kirilov Evgeni, Kónya-Hamar Sándor, Marinescu Marian-Jean, Mihăescu Eugen, Morţun Alexandru Ioan, Nicolae Şerban, Parvanova Antonyia, Paşcu Ioan Mircea, Petre Maria, Podgorean Radu, Popa Nicolae Vlad, Popeangă Petre, Sârbu Daciana Octavia, Severin Adrian, Shouleva Lydia, Silaghi Ovidiu Ioan, Sofianski Stefan, Stoyanov Dimitar, Szabó Károly Ferenc, Tîrle Radu, Vigenin Kristian, Zgonea Valeriu Ştefan


ANEXO I

RESULTADOS DE LAS VOTACIONES

Significado de abreviaturas y símbolos

+

aprobado

-

rechazado

decae

R

retirado

VN (..., ..., ...)

votación nominal (a favor, en contra, abstenciones)

VE (..., ..., ...)

votación electrónica (a favor, en contra, abstenciones)

vp

votación por partes

vs

votación por separado

enm.

enmienda

ET

enmienda de transacción

PC

parte correspondiente

S

enmienda de supresión

=

enmiendas idénticas

§

apartado

art.

artículo

cons.

considerando

PR

propuesta de resolución

PRC

propuesta de resolución común

SEC

votación secreta

1.   Gases fluorados de efecto invernadero ***II

Recomendación para la segunda lectura: (mayoría cualificada requerida) Avril DOYLE (A6-0301/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

3

6

10-18

20-21

23-25

29

comisión

VE

+

497, 56, 12

Enmiendas de la comisión competente — votación por separado

2

comisión

vs/VE

+

402, 192, 7

8

comisión

vs

-

 

19

comisión

vs

+

 

22

comisión

VN

+

505, 103, 21

26

comisión

VN

-

259, 362, 7

27

comisión

vs

+

 

28

comisión

vs

-

 

30

comisión

vs/VE

-

327, 285, 28

32

comisión

vs

-

 

33

comisión

vs

-

 

35

comisión

VN

-

265, 386, 6

36

comisión

VN

-

231, 382, 30

37

comisión

vs

-

 

38

comisión

vs

-

 

guión 1

(fundamento jurídico)

1

comisión

VN

-

279, 336, 35

39=

40=

ALDE

HARBOUR y otros

 

-

 

Enmiendas de la comisión competente — votación por separado

4

comisión

vs

-

 

5

comisión

vs

-

 

7

comisión

vs/VE

+

421, 227, 7

9

comisión

vs

-

 

Artículo 1, tras el § 1

45

IND/DEM

VN

+

370, 272, 10

Artículo 3, § 3

43

PPE-DE

 

+

 

Tras el artículo 9

42

PPE-DE, ALDE, GUE/NGL

 

+

 

Tras el artículo 10

44

PPE-DE

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

31

comisión

 

 

Anexo 2, línea 9b

41

Verts/ALE

VN

-

246, 394, 16

34

comisión

VN

-

314, 308, 29

Solicitudes de votación nominal

IND/DEM: enm. 45

Verts/ALE: enms. 1, 22, 26, 34, 35, 36 y 41

Solicitudes de votación por separado

IND/DEM: enms. 19, 22, 32, 35 y 36

PSE: enm. 32

ALDE: enms. 2, 4, 5, 7, 9, 26, 27, 28, 33, 35, 36 y 37

PPE-DE: enms. 5, 8, 26, 30, 32-33 (en bloque) y 35-38 (en bloque)

Solicitudes de votación por partes

PSE

enm. 44

1a parte: Conjunto del texto excepto los términos «seguridad, técnica y medio ambiente»

2a parte: estas palabras

2.   Emisiones procedentes de los sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor ***II

Recomendación para la segunda lectura: (mayoría cualificada requerida) Avril DOYLE (A6-0294/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1

comisión

VE

+

376, 268, 5

Enmiendas de la comisión competente — votación separé

2

comisión

VN

-

349, 285, 14

Artículo 3

6

LIESE y otros

 

-

 

Artículo 4, § 3

8

Verts/ALE

VN

-

92, 548, 15

Artículo 5, § 4

9

Verts/ALE

VN

-

82, 565, 6

7

LIESE y otros

 

-

 

Artículo 5, § 5, introducción

3

PSE

 

-

 

Artículo 6, §§ 1-2

10

Verts/ALE

vp

 

 

1

-

 

2

-

 

4

PSE

 

-

 

5

PSE

 

-

 

Las enmiendas 11 a 13 se han anulado.

Solicitud de votación nominal

Verts/ALE: enms. 2, 8 y 9

Solicitud de votación por partes

PSE

enm. 10

1a parte: Conjunto del texto excepto «2016» (dos veces)

2a parte: esta cifra

3.   Emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre ***I

Informe: Karl-Heinz FLORENZ (A6-0296/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Bloque no 1 — transacción

2-4

PPE-DE, PSE, ALDE y BLOKLAND

 

+

 

Bloque no 2 — Enmiendas de la comisión competente

1

comisión

 

 

votación: propuesta modificada

 

+

 

votación: resolución legislativa

 

+

 

4.   Redes transeuropeas de transporte y energía ***I

Informe: Mario MAURO (A6-0283/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1

3

5-7

9

11

13-14

16

18

21

25-29

31-33

comisión

 

+

 

Enmiendas de la comisión competente — votación por separado

2

comisión

vs

+

 

4

comisión

vs

+

 

8

comisión

vs

+

 

10

comisión

VN

-

308, 341, 9

22

comisión

VN

+

354, 287, 18

24

comisión

vs

+

 

30

comisión

vs

+

 

Artículo 2, punto 7

35

Verts/ALE

 

-

 

12

comisión

 

+

 

Artículo 3, § 1

36

Verts/ALE

VN

-

130, 520, 12

Artículo 5, § 1

37

Verts/ALE

 

-

 

15

comisión

 

+

 

Artículo 5, § 2, letra e)

17

comisión

 

+

 

38

Verts/ALE

vp

 

 

1/VN

+

447, 198, 18

2

-

 

Artículo 5, § 3

45

ALDE

 

+

 

Artículo 6

39

Verts/ALE

 

-

 

Artículo 7

40

Verts/ALE

 

-

 

Artículo 7, § 2, parte B, letra i)

19

comisión

vp

 

 

1

+

 

2/VN

-

284, 367, 11

41

Verts/ALE

vp/VN

 

 

1

+

428, 222, 7

2

-

89, 551, 9

Aricle 7, § 2, parte B, letra ii)

42S

Verts/ALE

 

-

 

Artículo 9, § 1

23

comisión

 

+

 

43

Verts/ALE

 

-

 

Artículo 12, tras el § 1

46

ALDE

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

3

-

 

Artículo 20, § 1

47=

48=

PSE

PPE-DE

 

+

 

34

comisión

 

 

Considerando 13

44

Verts/ALE

 

-

 

votación: propuesta modificada

 

+

 

votación: resolución legislativa

VN

+

555, 34, 78

La enmienda 49 se ha anulado.

Solicitudes de votación nominal

PPE-DE: votación final

Verts/ALE: enms. 10, 22, 36, 41

Solicitudes de votación por separado

PSE: enms. 10, 24 y 30

GUE/NGL: enms. 2, 4, 8 y 10

Solicitudes de votación por partes

ALDE, PPE-DE

enm. 46

1a parte: Conjunto del texto excepto los términos «vinculante» y «de los segmentos adyacentes»

2a parte:«vinculante»

3a parte:«de los segmentos adyacentes»

Verts/ALE

enm. 19

1a parte: Conjunto del texto excepto los términos «y los proyectos que atraviesen obstáculos naturales»

2a parte: estas palabras

ALDE, PPE-DE, Verts/ALE

enm. 38

1a parte:«programas ... interoperabilidad,»

2a parte:«y programas de reconducción del tráfico.»

enm. 41

1a parte:«para los proyectos prioritarios ... Estados miembros.»

2a parte:«Los porcentajes del 30 % ... de que se trate;»

5.   Aditivos alimentarios ***I

Informe: Mojca DRČAR MURKO (A6-0191/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Bloque no 1 «paquete de transacción»

2

18-32

34-41

comisión

PPE-DE, PSE, ALDE, UEN

 

+

 

Bloque no 1 «paquete de transacción» — votación por separado

33

PPE-DE, PSE, ALDE, UEN

 

+

 

Bloque no 2

1

3-12

comisión

 

 

Artículo 1, antes del § 1

17

IND/DEM

VN

-

119, 522, 16

Tras el artículo 2

13

Verts/ALE

 

-

 

14

Verts/ALE

VN

-

97, 545, 18

15

Verts/ALE

VN

-

96, 545, 14

Tras el cons. 9

16

IND/DEM

VN

-

106, 536, 15

votación: propuesta modificada

VN

+

556, 98, 8

votación: resolución legislativa

VN

+

623, 22, 11

Solicitudes de votación nominal

IND/DEM: enms. 16 y 17

Verts/ALE: votación final (2) y enms. 14 y 15

Solicitud de votación por separado

Verts/ALE: enm. 33

6.   Lucha contra la delincuencia organizada *

Informe: Bill NEWTON DUNN (A6-0277/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Enmiendas de la comisión competente — votación en bloque

1

3-4

6

8-10

14-16

18-21

24-31

33-35

37-40

comisión

 

+

 

Enmiendas de la comisión competente — votación por separado

2

comisión

vs

+

 

5

comisión

vs

+

 

7

comisión

vp

 

 

1

+

 

2

-

 

12

comisión

vs

+

 

13

comisión

vs/VE

+

371, 268, 9

32

comisión

vs

+

 

Tras el artículo 1

45

PSE

 

+

 

11

comisión

 

 

Artículo 3, tras el § 2

42

GUE/NGL

 

-

 

17

comisión

 

+

 

Tras el artículo 8

43

GUE/NGL

 

-

 

36

comisión

 

+

 

Tras el cons. 7

41

GUE/NGL

 

-

 

Tras el cons. 8

44

GUE/NGL

 

+

 

votación: propuesta modificada

 

+

 

votación: resolución legislativa

 

+

 

Puesto que la enmienda 23 no afecta a todas las versiones lingüísticas, no se ha sometido a votación (véase el apartado 1 del artículo 151 del Reglamento).

La enmienda 22 se ha anulado.

Solicitudes de votación por separado

PSE: enms. 7, 13, 32

Verts/ALE: enms. 2, 5, 12, 13

Solicitud de votación por partes

PPE-DE

enm. 7

1a parte:«Las organizaciones delictivas ... situaciones a corto plazo).»

2a parte:«En consecuencia ... en condiciones de igualdad.»

7.   Estrategia de lucha contra una pandemia de gripe

Propuesta de resolución: B6-0548/2005

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Propuesta de resolución B6-0548/2005 de la comisión ENVI

Tras el § 1

16

PSE

 

+

enmienda oral

§ 2

4

ALDE

 

+

 

5

ALDE

 

+

 

§ 3

6

ALDE

VE

+

358, 251, 23

§ 6

20

PSE

 

+

 

§ 7

23

Verts/ALE

 

+

 

§ 8

7

ALDE

 

+

 

§ 9

17

PSE

 

+

 

24

Verts/ALE

 

 

Tras el § 9

18

PSE

 

+

 

19

PSE

 

-

 

25

Verts/ALE

 

+

 

26

Verts/ALE

 

+

 

29

GUE/NGL

 

-

 

Tras el § 10

27

Verts/ALE

 

-

 

§ 11

8

ALDE

div

 

 

1/VE

+

356, 259, 15

2/VE

-

128, 502, 10

§ 12

28

Verts/ALE

 

-

 

§

texto original

div

 

 

1

+

 

2

+

 

Tras el § 12

1

ALDE

 

+

 

11

UEN

 

-

 

12

UEN

 

-

 

13

UEN

 

-

 

14

UEN

 

-

 

30

GUE/NGL

 

+

 

§ 14

2

ALDE

VE

-

270, 298, 58

Tras el § 14

9

ALDE

 

+

 

10

ALDE

VE

+

366, 243, 11

Considerando C

3

ALDE

 

+

 

Tras el considerando D

21

Verts/ALE

 

+

 

Considerando F

22

Verts/ALE

 

+

 

Considerando H

15

PSE

 

+

 

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

Solicitudes de votación por partes

PSE

§ 12

1a parte: Conjunto del texto excepto los términos «imponiendo restricciones a los viajes internacionales y»

2a parte Estos términos

Verts/ALE

enm. 8

1a parte: Conjunto del texto excepto el término «indiscriminada»

2a parte: Este término

Varios

La Sra. Lucas ha propuesto una enmienda oral a la enmienda 16:

Insta encarecidamente a los Estados miembros a que adopten todas las medidas necesarias para evitar la recombinación del H5N1 en un virus gripal de transmisión humana;

8.   Patente para las invenciones biotecnológicas

Propuestas de resolución: B6-0551/2005, 0552/2005, 0553/2005, 0554/2005, 0555/2005, 0556/2005 y 0557/2005

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

Propuesta de resolución común RC-B6-0551/2005

(PPE-DE, PSE, ALDE, Verts/ALE,GUE/NGL, IND/DEM, UEN)

§ 2

17

Verts/ALE

 

-

 

Tras el § 2

11

UEN

VE

+

333, 277, 26

Tras el § 3

7

PPE-DE, UEN

VN

+

379, 231, 18

8

PPE-DE, UEN

vp

 

 

1/VE

+

345, 268, 19

2/VE

+

316, 306, 16

10

UEN

 

+

 

Tras el § 4

1

IND/DEM

 

 

§ 5

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2/VE

+

380, 237, 16

§ 6

2

PSE

VN

-

287, 333, 24

§

texto original

vs

+

 

Tras el § 6

18

Verts/ALE

vp

 

 

1/VE

+

360, 248, 29

2

-

 

Tras el § 7

19

Verts/ALE

vp/VN

 

 

1

+

318, 299, 24

2

-

76, 527, 36

§ 8

§

texto original

vs/VE

+

360, 225, 29

Tras el § 8

9

PPE-DE, UEN

VN

+

325, 275, 25

Tras el § 9

3

PSE, ALDE

VN

-

291, 306, 41

4

PSE, ALDE

VN

-

276, 322, 37

5

PSE, ALDE

VN

-

279, 291, 63

Tras el § 10

20

Verts/ALE

VN

-

99, 510, 21

21

Verts/ALE

VN

-

98, 518, 20

§ 11

§

texto original

vs

+

 

§ 12

§

texto original

vs

+

 

Guión 2

§

texto original

vs

+

 

Guión 3

§

texto original

vs/VE

+

326, 270, 29

Tras el cons. D

13

Verts/ALE

 

-

 

14

Verts/ALE

 

-

 

Considerando E

§

texto original

vs

+

 

Tras el cons. F

12

Verts/ALE

VE

+

313, 296, 26

Considerando K

§

texto original

vs/VE

+

384, 231, 22

Considerando L

§

texto original

vs

+

 

Tras el cons. L

6

PPE-DE, UEN

 

+

 

15

Verts/ALE

VN

-

123, 474, 42

16

Verts/ALE

VN

-

96, 509, 33

Considerando M

§

texto original

VN

+

349, 256, 33

votación: resolución (conjunto)

VN

+

338, 272, 35

Propuestas de resolución de los grupos políticos

B6-0551/2005

 

ALDE

 

 

B6-0552/2005

 

PSE

 

 

B6-0553/2005

 

Verts/ALE

 

 

B6-0554/2005

 

PPE-DE

 

 

B6-0555/2005

 

UEN

 

 

B6-0556/2005

 

GUE/NGL

 

 

B6-0557/2005

 

IND/DEM

 

 

Solicitudes de votación nominal

IND/DEM: votación final

PPE-DE: 4, 7, 9 y votación final

PSE: enms. 2, 3, 4, 5 y cons. M

Verts/ALE: enms. 15, 16, 19, 20, 21 y votación final

ALDE: votación final

Solicitudes de votación por separado

PSE: guión 2, 3; cons. E, K, L; §§ 6, 8, 11, 12

ALDE: guión 3, cons. E, K, L, §§ 5, 6, 8, 12

Solicitudes de votación por partes

PPE-DE

enm. 8

1a parte:«Pide a la Comisión ... Estados miembros,»

2a parte:«o si se requiere una enmienda al artículo 5 de la Directiva;»

enm. 18

1a parte:«Señala que la patente ... no son una invención),»

2aparte:«y una violación del artículo ... que va a nacer;»

enm. 19

1a parte:«Decide pedir a la Comisión ... patente EP1257168»

2a parte:«y pide al Presidente ... en nombre del Parlamento;»

PSE

§ 5

1a parte:«Señala que las células germinales no son patentables por ser parte del cuerpo humano»

2a parte:«y, por lo tanto, la patente EP1257168 puede constituir una violación de la Directiva;»

9.   Enfoque comunitario de la gestión de las migraciones económicas

Informe: Ewa KLAMT (A6-0286/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — Observaciones

§ 1

§

texto original

vs

+

 

§ 4

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2/VE

+

316, 279, 27

Tras el § 4

25

GUE/NGL

 

-

 

28

GUE/NGL

VE

-

295, 307, 27

29

GUE/NGL

VN

-

306, 312, 12

Tras el § 5

10

PPE-DE

VN

+

320, 302, 8

§ 6

4

ALDE

 

+

 

§

texto original

 

 

Tras el § 6

26

GUE/NGL

 

-

 

§ 7

§

texto original

vs

+

 

Tras el § 7

27

GUE/NGL

 

-

 

§ 8

§

texto original

VN

+

330, 278, 16

Tras el § 8

11

PPE-DE

VE

+

376, 248, 5

12

PPE-DE

 

-

 

§ 9

§

texto original

vs

+

 

§ 11

§

texto original

vs/VE

+

320, 281, 23

§ 12

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 14

13

PPE-DE

 

-

 

Tras el § 14

14

PPE-DE

 

-

 

§ 15

2

PSE

VN

-

216, 365, 43

15

PPE-DE

VE

-

296, 311, 8

§

texto original

vp/VN

 

 

1

+

312, 277, 27

2

-

256, 344, 22

§ 16

§

texto original

vs/VE

+

319, 263, 16

§ 17

16

PPE-DE

 

-

 

§ 18

§

texto original

vs

+

 

§ 20

§

texto original

vs

+

 

§ 21

§

texto original

vp/VN

 

 

1

+

539, 61, 4

2

+

343, 247, 4

Tras el § 21

17

PPE-DE

 

-

 

§ 23

§

texto original

vs

+

 

§ 24

§

texto original

vs

+

 

§ 25

§

texto original

VN

-

276, 282, 37

§ 27

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 29

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2/VE

-

234, 329, 16

§ 32

§

texto original

vs

+

 

§ 34

5

ALDE

 

+

 

§

texto original

vs

 

§ 35

18

PPE-DE

 

-

 

§

texto original

vs

+

 

Tras el § 35

19

PPE-DE

vp

 

 

1/VE

+

319, 234, 8

2

-

 

Tras el § 36

20

PPE-DE

 

+

 

§ 39

§

texto original

vs

+

 

Tras el § 39

24

PSE

 

-

 

§ 40

§

texto original

vs

+

 

§ 44

22

PPE-DE

 

+

 

§

texto original

 

 

§ 45

§

texto original

vs

+

 

§ 46

§

texto original

vs

+

 

§ 47

§

texto original

vs/VE

+

304, 246, 10

§ 48

§

texto original

vs

+

 

§ 49

23

PPE-DE

VE

+

368, 167, 24

§

texto original

 

 

§ 50

§

texto original

vs

+

 

§ 54

§

texto original

vs

+

 

§ 56

§

texto original

vs

+

 

Tras el cons. A

6

PPE-DE

 

+

 

Considerando B

§

texto original

vs

+

 

Considerando C

§

texto original

vs

+

 

Considerando D

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

Considerando F

§

texto original

vs

+

 

Considerando G

§

texto original

vs

+

 

Considerando H

1

PSE

VE

+

289, 257, 10

7

PPE-DE

 

 

Considerando I

8

PPE-DE

 

-

 

§

texto original

vs

+

 

Considerando K

9

PPE-DE

VE

-

244, 292, 10

Considerando L

§

texto original

vs

+

 

Considerando N

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2/VN

-

263, 273, 14

Considerando 0

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

3

+

 

Considerando P

§

texto original

vs

+

 

Considerando R

§

texto original

vs

+

 

votación: resolución (conjunto)

VN

+

259, 85, 176

Las enmiendas 3 y 21 se han anulado.

Solicitudes de votación nominal

PPE-DE: enm. 2, enm. 10, §§ 8, 15, 21, 25

IND/DEM: enm. 29 y votación final

PSE: enm. 2, § 15 y votación final

Solicitudes de votación por separado

PPE-DE: cons. B, C, F, G, I, L P, R y §§ 1, 7, 9, 11, 16, 23, 24, 29, 32, 34, 40, 45, 47, 48, 50, 54

PSE: §§ 21, 46

ALDE: § 15

GUE/NGL: cons. N, §§ 18, 20, 21, 35, 39, 46, 56

Solicitudes de votación por partes

PPE-DE, Verts/ALE, GUE/NGL

§ 27

1a parte:«Observa que ... trabajo específico;»

2a parte:«pide, sin embargo, a la Comisión ... por cuenta propia;»

PPE-DE

cons. D

1a parte:«Considerando que la ... de la Comunidad;»

2a parte:«que, para hacer ... de un trabajo igual,»

cons. O

1a parte:«Expresando su convencimiento... la plena integración»

2a parte:«que cubra un abanico ... de formación lingüística,»

3a parte:«dado que las ... de forma separada,»

§ 4

1a parte:«Lamenta que el Consejo ... inmigración común»

2a parte:«y se haya concentrado ... en las fronteras, etc.);»

Verts/ALE

cons. N

1a parte: Conjunto del texto excepto el término «consecuente»

2a parte: Este término

§ 21

1a parte:«Recuerda en qué medida es importante ... flujos migratorios»

2a parte:«y la readmisión obligatoria en el caso de inmigración ilegal;»

ALDE

enm. 19

1a parte:«Aboga, a sabiendas ... se efectúen estimaciones globales»

2a parte:«en las que también se tenga ... reagrupación familiar;»

GUE/NGL

§ 12

1a parte:«Pide a la Comisión ... Estados miembros,»

2a parte:«y subraya que ... da la política de comercio;»

§ 15

1a parte: Conjunto del texto excepto el término «ilegales»

2a parte: Este término

§ 29

1a parte:«Considera que ... un empleo,»

2a parte:«combinándolas con ... medios de subsistencia;»


ANEXO II

RESULTADOS DE LA VOTACIÓN NOMINAL

1.   Recomendación Doyle A6-0301/2005

A favor: 505

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Juknevičienė, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Matsakis, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Goudin, Lundgren, Sinnott, Wohlin

NI: Battilocchio, Belohorská, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, De Michelis, Dillen, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Andrikienė, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bowis, Brejc, Caspary, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Daul, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Friedrich, Gahler, Gál, Gala, Galeote Quecedo, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jarzembowski, Kaczmarek, Karas, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Nassauer, van Nistelrooij, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Poettering, Posselt, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Samaras, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vlasto, Wieland, von Wogau, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, Dobolyi, Douay, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hámon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Schapira, Scheele, Segelström, Sifiinakis, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Berlato, Camre, Didžiokas, Foglietta, Krasts, Kristovskis, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 103

ALDE: Chatzimarkakis, Klinz, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Manders, Mulder, Onyszkiewicz, Schuth, Staniszewska, Takkula, Virrankoski

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Farage, Giertych, Grabowski, Knapman, Krupa, Louis, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Bobošíková, Czarnecki Ryszard, Kilroy-Silk, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Bonsignore, Bradbourn, Braghetto, Březina, Brunetta, Bushill-Matthews, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Castiglione, Chichester, Cirino Pomicino, Dionisi, Dover, Fatuzzo, García-Margallo y Marfil, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Jałowiecki, Jeggle, Jordan Cizelj, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Mauro, Musotto, Nicholson, Niebler, Novak, Parish, Podestà, Pomés Ruiz, Purvis, Sartori, Škottová, Sonik, Sturdy, Sumberg, Tajani, Tannock, Van Orden, Vlasák, Weber Manfred, Weisgerber, Zwiefka

UEN: Aylward, Bielan, Crowley, Fotyga, Janowski, Libicki, Ó Neachtain, Roszkowski, Ryan, Szymański

Abstención: 21

GUE/NGL: Svensson

IND/DEM: Borghezio

NI: Kozlík, Mote

PPE-DE: Brepoels, Busuttil, Casa, Dehaene, Demetriou, Kasoulides, Langendries, Reul, Strejček

PSE: Busquin, De Vits, El Khadraoui, Herczog, McAvan, Van Lancker, Wynn

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Simon Coveney

En contra: Richard Corbett

2.   Recomendación Doyle A6-0301/2005

A favor: 259

ALDE: Ek, Malmström, Matsakis, Morillon, Resetarits, Samuelsen, Savi

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Chruszcz, Giertych, Goudin, Grabowski, Lundgren, Wohlin, Zapałowski

NI: Battilocchio, Belohorská, Claeys, De Michelis, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Maríe, Le Pen Marine, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Friedrich, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Hybášková, Schierhuber, Seeber, Seeberg, Siekierski, Vernola

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny D'Alema, De Keyser, De Rossa, Dobolyi, Douay, Estrela, Ettl, Falbr, Fava, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, Madeira, Maňka, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Sornosa Martínez, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 362

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Borghezio, Clark, Coûteaux, Farage, Knapman, Krupa, Louis, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Železný

NI: Allister, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Helmer, Kilroy-Silk, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brepoels, Březina, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillán-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Parish, Peterie, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Busquin, Corbett, De Vits, El Khadraoui, Evans Robert, Ford, Honeyball, Howitt, Hughes, McAvan, McCarthy, Martin David, Morgan, Rosati, Skinner, Stihler, Whitehead, Wynn

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Vaidere, Zīle

Abstención: 7

NI: Kozlík, Mote

PPE-DE: Brejc, Papastamkos

PSE: Herczog, Van Lancker

Verts/ALE: van Buitenen

3.   Recomendación Doyle A6-0301/2005

A favor: 262

ALDE: Ek, Malmström, Matsakis, Oviir, Resetarits, Samuelsen, Savi

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Coûteaux, Goudin, Lundgren, Salvini, Sinnott, Speroni, Wohlin

NI: Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, De Michelis, Gollnisch, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Schenardi

PPE-DE: Salafranca Sánchez-Neyra, Schierhuber, Seeber, Seeberg

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Ettl, Falbr, Fava, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, Madeira, Maňka, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Šalinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Sornosa Martínez, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 386

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Booth, Chruszcz, Clark, Farage, Giertych, Grabowski, Knapman, Louis, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Helmer, Kilroy-Silk, Masiel, Rutowicz, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kuškis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Busquin, Corbett, De Vits, El Khadraoui, Evans Robert, Fazakas, Ford, Gill, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, McAvan, McCarthy, Mann Erika, Martin David, Moraes, Morgan, Rosati, Skinner, Stihler, Tarabella, Whitehead

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 6

NI: Mote, Rivera, Romagnoli

PPE-DE: Papastamkos

PSE: Van Lancker

Verts/ALE: van Buitenen

4.   Recomendación Doyle A6-0301/2005

A favor. 231

ALDE: Carlshamre, Malmström, Matsakis, Oviir, Resetarits, Samuelsen, Savi

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Goudin, Lundgren, Wohlin

NI: Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, De Michelis, Kozlík, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Hybášková, Saïfi, Schierhuber, Seeber, Seeberg, Sudre

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Ettl, Falbr, Fava, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gierek, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gurmai, Guy-Quint, Hamon, Harangozó, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Koterec, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Liberadzki, Locatelli, Madeira, Maňka, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Sornosa Martínez, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Westlund, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 382

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, Di Pietro, Duff, Duquesne, Fourtou, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lax, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Farage, Giertych, Grabowski, Knapman, Krupa, Louis, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Helmer, Kilroy-Silk, Masiel, Rutowicz, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Busquin, Corbett, De Vits, El Khadraoui, Evans Robert, Fazakas, Ford, Gill, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, McAvan, McCarthy, Martin David, Miguélez Ramos, Moraes, Morgan, Rosati, Skinner, Stihler, Tarabella, Whitehead, Wynn

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 30

ALDE: Ek

NI: Claeys, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Rivera, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Papastamkos

PSE: Gebhardt, Gröner, Haug, Kindermann, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Leinen, Mann Erika, Piecyk, Rapkay, Van Lancker, Walter, Weber Henri, Weiler

Verts/ALE: van Buitenen

5.   Recomendación Doyle A6-0301/2005

A favor. 279

ALDE: Attwooll, Bowles, Busk, Davies, Duff, Ek, Hall, Jäätteenmäki, Jensen, Ludford, Lynne, Malmström, Matsakis, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Starkevičiūtė, Watson

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Salvini, Sinnott, Speroni, de Villiers, Wohlin

NI: Battilocchio, Belohorská, De Michelis, Kozlík, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Becsey, Coelho, Coveney, Doyle, Graça Moura, Higgins, Járóka, McGuinness, Mitchell, Olajos, Schierhuber, Seeber, Seeberg, Stevenson

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Rossa, Désir, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Golik, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jørgensen, Koterec, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Weber Henri, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre, La Russa

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 336

ALDE: Alvaro, Andria, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Budreikaitė, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Maaten, Manders, Morillon, Mulder, Neyts-Uyttebroeck, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Helmer, Kilroy-Silk, Masiel, Mote, Rutowicz, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dover, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kuškis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Berger, Busquin, De Vits, Ford, Mann Erika, Rosati, Tarabella

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 35

IND/DEM: Batten, Booth, Clark, Farage, Knapman, Nattrass, Whittaker, Wise

NI: Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Papastamkos

PSE: Bullmann, De Keyser, El Khadraoui, Gebhardt, Herczog, Jöns, Kindermann, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Piecyk, Rapkay, Van Lancker, Walter, Weiler

Verts/ALE: van Buitenen

6.   Recomendación Doyle A6-0301/2005

A favor. 370

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bowles, Budreikaitė, Busk, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Koch-Mehrin, Lax, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Matsakis, Morillon, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Sterckx, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Watson

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Bonde, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Farage, Giertych, Goudin, Grabowski, Knapman, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Claeys, De Michelis, Gollnisch, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Maríe, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Cederschiöld, Coelho, Coveney, Doyle, Fjellner, Higgins, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Járóka, Kelam, McGuinness, Mitchell, Olajos, Őry, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Seeber, Seeberg

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Fava, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gurmai, Guy-Quint, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre, La Russa

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 272

ALDE: Bourlanges, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Deprez, De Sarnez, Geremek, Gibault, Griesbeck, Klinz, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Manders, Mulder, Onyszkiewicz, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Takkula, Van Hecke, Virrankoski

NI: Helmer, Kilroy-Silk, Masiel

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dover, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Hoppenstedt, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebier, van Nistelrooij, Novak, Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Busquin, De Vits, Ford, Tarabella

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 10

GUE/NGL: Catania

NI: Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Papastamkos

PSE: Gröner, Herczog, Van Lancker

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Othmar Karas

7.   Recomendación Doyle A6-0301/2005

A favor: 246

ALDE: Chiesa, Ek, Malmström, Matsakis, Resetarits, Samuelsen, Savi

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde

NI: Battilocchio, De Michelis, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Hybášková, Schierhuber, Seeber, Ventre, Weisgerber

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Ettl, Falbr, Fava, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McCarthy, Madeira, Maňka, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Sornosa Martínez, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 394

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Borghezio, Clark, Coûteaux, Farage, Knapman, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Železný

NI: Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Corbett, Evans Robert, Ford, Gill, Honeyball, Howitt, Hughes, McAvan, Mann Erika, Martin David, Moraes, Morgan, Skinner, Stihler, Whitehead, Wynn

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 16

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Goudin, Grabowski, Zapałowski

NI: Allister, Mote, Rivera

PPE-DE: Demetriou, Papastamkos

PSE: Busquin, De Vits, El Khadraoui, Herczog, Van Lancker

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Gary Titley

8.   Recomendación Doyle A6-0301/2005

A favor: 315

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Lax, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Starkevičiūtė, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Goudin, Lundgren, Salvini, Sinnott, Speroni, Wohlin

NI: Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Claeys, De Michelis, Dillen, Gollnisch, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Cederschiöld, Coelho, Coveney, Doyle, Fjellner, Graça Moura, Gräßle, Higgins, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Járóka, Karas, Lechner, Liese, McGuinness, Mitchell, Olajos, Őry, Ribeiro e Castro, Schierhuber, Schöpflin, Seeber, Seeberg, Ventre, von Wogau

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Capoulas Santos, Casaca, Castex, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, Dobolyi, Douay, Estrela, Ettl, Fava, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Golik, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Hutchinson, Ilves, Jørgensen, Koterec, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Madeira, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Mikko, Moscovici, Muscat, Myller, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Rocard, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Santoro, dos Santos, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Vaugrenard, Vergnaud, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Zani, Zingaretti

UEN: Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 308

ALDE: Bonino, Bourlanges, Cavada, Deprez, De Sarnez, Geremek, Gibault, Griesbeck, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Onyszkiewicz, Staniszewska, Sterckx, Toia

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Knapman, Krupa, Nattrass, Pęk, Rotrowski, Rogalski, Tomczak, Whittaker, Wise, Železný

NI: Allister, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Helmer, Kilroy-Silk, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Daul, Dehaene, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dover, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Hoppenstedt, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebier, van Nistelrooij, Novak, Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Poettering, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Wieland, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Carlotti, Carnero González, Cercas, Corbett, Dührkop Dührkop, Evans Robert, Fazakas, Ford, García Pérez, Gill, Gomes, Gurmai, Honeyball, Howitt, Hughes, McAvan, McCarthy, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Riera Madurell, Rosati, Salinas García, Sánchez Presedo, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Titley, Valenciano Martínez-Orozco, Whitehead, Wynn, Yañez-Barnuevo García

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 29

ALDE: Harkin

IND/DEM: Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Louis, de Villiers, Zapałowski

NI: Mote, Vanhecke

PPE-DE: Demetriou, Papastamkos, Weisgerber

PSE: Bullmann, Busquin, De Vits, El Khadraoui, Herczog, Jöns, Kindermann, Krehl, Kuhne, Maňka, Rapkay, Roth-Behrendt, Van Lancker, Vincenzi, Walter

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Marie-Arlette Carlotti

9.   Recomendación Doyle A6-0294/2005

A favor: 349

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde

NI: Battilocchio, Claeys, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Martin Hans-Peter, Rivera, Rutowicz, Vanhecke

PPE-DE: Garriga Polledo, Seeberg

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre, Krasts, Kristovskis, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 285

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Farage, Giertych, Grabowski, Knapman, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Czarnecki Marek Aleksander, Helmer, Kilroy-Silk, Masiel, Mote, Romagnoli

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański

Abstención: 14

IND/DEM: Goudin

NI: Belohorská, Bobošíková, Gollnisch, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Schenardi

PPE-DE: Papastamkos

Verts/ALE: van Buitenen

10.   Recomendación Doyle A6-0294/2005

A favor: 92

ALDE: Samuelsen

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wohlin, Zapałowski

NI: Battilocchio, Belohorská, De Michelis, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Kudrycka

PSE: Barón Crespo, Corbey

UEN: Camre, Krasts

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 548

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Svensson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Borghezio, Clark, Coûteaux, Farage, Knapman, Louis, Nattrass, Salvini, Speroni, de Villiers, Whittaker, Wise, Železný

NI: Allister, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Helmer, Kilroy-Silk, Masiel, Mote, Rutowicz, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfl, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cercas, Christensen, Corbett, Correia, Cottigny D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 15

GUE/NGL: Maštálka

NI: Gollnisch, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Schenardi

PSE: Castex, Liberadzki

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Claude Turmes

11.   Recomendación Doyle A6-0294/2005

A favor: 82

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Rizzo, Seppänen, Strož, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Goudin, Lundgren, Wohlin

NI: Belohorská, Martin Hans-Peter, Romagnoli

PPE-DE: Martens, Oomen-Ruijten, Seeberg

PSE: Santoro

UEN: Camre, Krasts

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 565

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Svensson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Farage, Giertych, Grabowski, Knapman, Krupa, Louis, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Battilocchio, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Sornosa Martínez, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Vaidere, Zīle

Abstención: 6

GUE/NGL: Maštálka, Remek

NI: Kozlík, Rivera

PSE: Castex

Verts/ALE: van Buitenen

12.   Informe Mauro A6-0283/2005

A favor: 308

ALDE: Guardans Cambó

GUE/NGL: Manolakou, Pafilis, Toussas

IND/DEM: Belder, Blokland, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, de Villiers, Zapałowski, Železný

NI: Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Gollnisch, Helmer, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Golik, Lambrinidis, Matsouka, Sifunakis, Tzampazi, Xenogiannakopoulou

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

En contra: 341

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Goudin, Knapman, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Martin Hans-Peter, Mote

PPE-DE: Cederschiöld, Fjellner, Garriga Polledo, de Grandes Pascual, Hökmark, Ibrisagic, Vlasto

PSE: Andersson, Arif, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 9

GUE/NGL: Remek

NI: Allister, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Rivera, Vanhecke

UEN: Camre

Verts/ALE: van Buitenen

13.   Informe Mauro A6-0283/2005

A favor: 354

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro, Manolakou, Pafilis, Toussas

IND/DEM: Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak, de Villiers, Zapałowski, Železný

NI: Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Helmer, Kozlík, Masiel, Romagnoli, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Deva, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Goepel, Graça Moura, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kelam, Kirkhope, Klich, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langendries, Lehne, Lewandowski, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Nicholson, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Purvis, Queiró, Ribeiro e Castro, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski, Wuermeling, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berlinguer, Berman, Carnero González, Cercas, García Pérez, Lambrinidis, Liberadzki, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Pleguezuelos Aguilar, Salinas García, Sánchez Presedo, Sifunakis, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

En contra: 287

ALDE: Chiesa, Di Pietro, Koch-Mehrin

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Clark, Farage, Goudin, Knapman, Lundgren, Nattrass, Sinnott, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Martin Hans-Peter, Mote

PPE-DE: Caspary, Cederschiöld, Descamps, Deß, De Veyrac, Ebner, Ehler, Ferber, Fjellner, Friedrich, Gahler, Gal, Gaľa, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Jeggle, Kauppi, Klaß, Koch, Konrad, Langen, Lauk, Lechner, Liese, Mayer, Musotto, Nassauer, Niebier, Pieper, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Schierhuber, Schröder, Schwab, Seeber, Ulmer, Wijkman, von Wogau, Záborská

PSE: Andersson, Arif, Attard-Montalto, Beňová, Berès, Berger, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Mastenbroek, Mikko, Moraes, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titiey, Trautmann, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Zani, Zingaretti

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 18

ALDE: Ek

NI: Allister, Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Rivera, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Pack

UEN: Camre

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Bárbara Dührkop Dührkop

14.   Informe Mauro A6-0283/2005

A favor. 130

ALDE: Andria, Chiesa, Cocilovo, Di Pietro

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Beider, Blokland, Bonde, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Wohlin, Zapałowski

NI: Battilocchio, Belohorská, De Michelis, Helmer, Martin Hans-Peter, Rivera

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bonsignore, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Parish, Purvis, Sturdy, Sumberg, Tannock, Van Orden, Wijkman, Zvěřina

PSE: Cercas, Napoletano, Santoro

UEN: Fotyga

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 520

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Knapman, Nattrass, Whittaker, Wise, Železný

NI: Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bowis, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurfings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Niebier, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 12

GUE/NGL: Manolakou, Pafilis, Remek, Toussas

IND/DEM: Borghezio, Rogalski

NI: Allister, Claeys, Kilroy-Silk, Kozlík

UEN: Janowski

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

Abstención: Koenraad Dillen, Frank Vanhecke

15.   Informe Mauro A6-0283/2005

A favor: 447

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Zapałowski

NI: Battilocchio, Claeys, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Helmer, Martin Hans-Peter, Masiel, Mölzer

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Santoro

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 198

ALDE: Onyszkiewicz

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Knapman, Nattrass, Whittaker, Wise, Železný

NI: Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Mote, Rutowicz

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Krasts, Kristovskis, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Cohn-Bendit

Abstención: 18

IND/DEM: Goudin, Lundgren, Wohlin

NI: Allister, Belohorská, Gollnisch, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Rivera, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

Verts/ALE: van Buitenen

16.   Informe Mauro A6-0283/2005

A favor: 284

ALDE: Koch-Mehrin

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Zapałowski

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Gollnisch, Helmer, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Rivera, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Albertini, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Janowski, Kristovskis, Ó Neachtain, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

En contra: 367

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Goudin, Knapman, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Battilocchio, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Martin Hans-Peter, Masiel, Mote, Rutowicz

PPE-DE: Cabrnoch, Callanan, Cederschiöld, Elles, Fjellner, Heaton-Harris, Hökmark, Ibrisagic

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Krasts, La Russa, Libicki, Pavilionis

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 11

ALDE: Matsakis

GUE/NGL: Remek

IND/DEM: Bonde, Železný

NI: Allister, Dillen, Kilroy-Silk, Mölzer, Vanhecke

PPE-DE: Schierhuber

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Malcolm Harbour

17.   Informe Mauro A6-0283/2005

A favor: 428

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Sinnott

NI: Battilocchio, Claeys, Dillen, Lang, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Romagnoli, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Santoro

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 222

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Farage, Giertych, Goudin, Grabowski, Knapman, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Gollnisch, Helmer, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Mölzer, Mote, Rutowicz, Schenardi

PPE-DE: Cederschiöld, Sumberg

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Krasts, Kristovskis, Vaidere, Zīle

Abstención: 7

NI: Belohorská, Kilroy-Silk, Kozlík, Rivera

PSE: Castex

UEN: La Russa

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Bárbara Dührkop Dührkop, Charlotte Cederschiöld

En contra: Carl Lang, Jean-Claude Martinez, Fernand Le Rachinel

18.   Informe Mauro A6-0283/2005

A favor: 89

ALDE: Chiesa, Starkevičiūtė

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde

NI: Dillen, Martin Hans-Peter, Vanhecke

PPE-DE: Cederschiöld, Fjellner, Hökmark, Ibrisagic, Posselt, Wijkman, Wuermeling

PSE: Napoletano, Santoro

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 551

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Farage, Giertych, Goudin, Grabowski, Knapman, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Battilocchio, Bobošíková, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foil, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 9

ALDE: Matsakis

IND/DEM: Pęk

NI: Belohorská, Claeys, Kilroy-Silk, Kozlík, Rivera

PSE: Castex

Verts/ALE: van Buitenen

19.   Informe Mauro A6-0283/2005

A favor: 555

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Brie, Catania, Flasarová, Kaufmann, Kohlíček, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Papadimoulis, Portas, Ransdorf, Remek, Strož, Triantaphyllides

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, Zapałowski, Železný

NI: Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Gollnisch, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

En contra: 34

GUE/NGL: Svensson

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Goudin, Knapman, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Allister, Kilroy-Silk, Mote

PPE-DE: Deß, Gräßle, Lauk, Reul

Verts/ALE: Auken, Breyer, Hammerstein Mintz, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lichtenberger, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 78

ALDE: Sbarbati

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, de Brún, Figueiredo, Guerreiro, Guidoni, Henin, McDonald, Manolakou, Musacchio, Pafilis, Pflüger, Rizzo, Seppänen, Toussas, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Coûteaux, Louis, de Villiers

NI: Helmer, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Elles, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Jackson, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Parish, Purvis, Sturdy, Sumberg, Tannock, Van Orden, Zvěřina

UEN: Fotyga

Verts/ALE: Aubert, Beer, Bennahmias, van Buitenen, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Jonckheer, Lagendijk, Lambert, Lipietz, Lucas, Onesta, Smith, Staes, Trüpel, Turmes

Correcciones de voto

A favor: Hans-Peter Martin

Abstención: Luisa Morgantini

20.   Informe Dríar Murko A6-0191/2005

A favor: 119

ALDE: Degutis

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Wohlin, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Belohorská, Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Seeberg

PSE: Tabajdi, Valenciano Martínez-Orozco

UEN: Camre, La Russa

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 522

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Maaten, Malmström, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Bloom

NI: Battilocchio, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Helmer, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tarabella, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 16

ALDE: Chiesa

IND/DEM: Batten, Booth, Clark, Farage, Knapman, Nattrass, Whittaker, Wise

NI: Bobošíková, Kilroy-Silk, Kozlík, Mote, Rivera

PPE-DE: Konrad

Verts/ALE: van Buitenen

21.   Informe Dríar Murko A6-0191/2005

A favor: 97

ALDE: Samuelsen

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Belohorská, Martin Hans-Peter, Romagnoli

PPE-DE: Brepoels, Salafranca Sánchez-Neyra, Seeberg

PSE: Berman, Santoro

UEN: Angelilli, Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 545

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Ek, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Borghezio, Clark, Coûteaux, Faragé, Goudin, Knapman, Louis, Lundgren, Nattrass, Salvini, Speroni, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

NI: Allister, Battilocchio, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Helmer, Masiel, Mote, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berger, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 18

ALDE: Matsakis, Resetarits

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Rivera, Schenardi, Vanhecke

PSE: Ford

Verts/ALE: van Buitenen

22.   Informe Drčar Murko A6-0191/2005

A favor: 96

ALDE: Di Pietro, Samuelsen

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak

NI: Belohorská, Martin Hans-Peter, Romagnoli, Vanhecke

PPE-DE: Brepoels, Seeberg

PSE: Pleguezuelos Aguilar, Reynaud, Santoro

UEN: Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 545

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Borghezio, Clark, Coûteaux, Farage, Goudin, Knapman, Louis, Lundgren, Nattrass, Salvini, Speroni, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

NI: Allister, Battilocchio, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Helmer, Masiel, Mote, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Őger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Iibicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 14

ALDE: Resetarits

NI: Gollnisch, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Rivera, Schenardi

PSE: Ford

Verts/ALE: van Buitenen

23.   Informe Drčar Murko A6-0191/2005

A favor. 106

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Zapałowski, Železný

NI: Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Seeberg

UEN: Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 536

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Wohlin

NI: Allister, Battilocchio, Belohorská, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Helmer, Masiel, Rutowicz, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 15

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Knapman, Nattrass, Whittaker, Wise

NI: Bobošíková, Kilroy-Silk, Kozlík, Mote, Rivera

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Lars Wohlin

24.   Informe Drčar Murko A6-0191/2005

A favor: 556

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak, de Villiers, Zapałowski, Železný

NI: Battilocchio, Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Saïfi, Salafiranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Buitenweg

En contra: 98

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Goudin, Knapman, Lundgren, Nattrass, Sinnott, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Allister, Kilroy-Silk, Martin Hans-Peter, Mote

PPE-DE: Rübig, Zvěřina

PSE: Désir, Thomsen, Wynn

UEN: Angelilli, La Russa

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 8

ALDE: Busk, Jäätteenmäki, Jensen, Riis-Jørgensen

IND/DEM: Bonde

NI: Helmer, Kozlík

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Bárbara Dührkop Dührkop, Libor Rouček

25.   Informe Drcar Murko A6-0191/2005

A favor: 623

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Andria, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Letta, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis, Watson

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Zapałowski, Železný

NI: Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Braghetto, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Cirino Pomicino, Coelho, Coveney, Daul, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dionisi, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Pinheiro, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Golik, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 22

GUE/NGL: Manolakou, Markov, Pafilis, Toussas

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Farage, Goudin, Knapman, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Allister, Kilroy-Silk, Mote

PPE-DE: Roithová

UEN: Angelilli, La Russa

Abstención: 11

ALDE: Busk, Jäätteenmäki, Jensen, Riis-Jørgensen

IND/DEM: Bonde

NI: Helmer, Kozlík

PPE-DE: McMillan-Scott

Verts/ALE: Auken, van Buitenen, Kusstatscher

Correcciones de voto

A favor: Struan Stevenson, Libor Rouček

26.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor. 379

ALDE: Birutis, Bonino, Bourlanges, Cavada, Chiesa, Cocilovo, Costa, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Fourtou, Geremek, Gibault, Harkin, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Morillon, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Staniszewska, Takkula, Toia

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Borghezio, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Bullmann, Kreissl-Dörfler, Scheele

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 231

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Davies, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Gentvilas, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lax, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mulder, Neyts-Uyttebroeck, Pannella, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Clark, Coûteaux, Knapman, Louis, Nattrass, de Villiers, Whittaker, Wise

NI: Czarnecki Marek Aleksander, De Michelis, Mote, Rutowicz

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazán, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

Abstención: 18

ALDE: Lambsdorff, Ortuondo Larrea, Samuelsen

GUE/NGL: Manolakou, Pafilis, Toussas

IND/DEM: Bonde, Goudin, Lundgren, Wohlin

NI: Kilroy-Silk, Kozlík

PPE-DE: Atkins, Seeber

PSE: Golik

UEN: Janowski

Verts/ALE: van Buitenen, Hammerstein Mintz

27.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor. 287

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Chiesa, Davies, Degutis, Deprez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Gentvilas, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Lax, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mulder, Neyts-Uyttebroeck, Oviir, Pannella, Polfer, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Portas, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides

IND/DEM: Bonde, Goudin, Lundgren, Wohlin

NI: Belohorská, De Michelis

PPE-DE: Albertini, Ashworth, Atkins, Bauer, Bowis, Buzek, Cederschiöld, Chichester, Doyle, Fajmon, Fjellner, Grossetête, Harbour, Hybášková, Ibrisagic, Kauppi, Kirkhope, Konrad, Parish, Pomés Ruiz, Purvis, Seeberg, Sumberg, Tannock, Van Orden, Vatanen

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

En contra: 333

ALDE: Cavada, Cocilovo, Costa, De Sarnez, Di Retro, Fourtou, Geremek, Gibault, Griesbeck, Harkin, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Morillon, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Pistelli, Prodi, Resetarits, Samuelsen, Staniszewska, Takkula, Toia

GUE/NGL: Brie, Kaufmann, Markov, Pflüger, Ransdorf, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Knapman, Krupa, Louis, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Beazley, Becsey, Berend, Bonsignore, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Cabrnoch, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Posselt, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Kreissl-Dörfler

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 24

ALDE: Lynne, Ortuondo Larrea

GUE/NGL: Henin

NI: Bobošíková, Kilroy-Silk, Kozlík, Rivera

PPE-DE: Bradbourn, Callanan, Deva, Hökmark, Kamall, McMillan-Scott, Nicholson, Protasiewicz, Seeber, Škottová, Sturdy

UEN: Camre, Krasts, Kristovskis, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: van Buitenen

28.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor: 318

ALDE: Birutis, Bonino, Bourlanges, Cavada, Chiesa, Cocilovo, Costa, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Geremek, Gibault, Griesbeck, Harkin, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Morillon, Newton Dunn, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Staniszewska, Toia

GUE/NGL: Brie, Figueiredo, Guerreiro, Kaufmann, Markov, Pflüger, Ransdorf, Uca, Wagenknecht

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Zapałowski

NI: Allister, Belohorská, Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Martin Hans-Peter, Masiel, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bonsignore, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Duka-Zólyomi, Ebner, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkaňski, Posselt, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Gebhardt, Kreissl-Dörfler, Piecyk

UEN: Angelilli, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Fotyga, Janowski, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 299

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Davies, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Krahmer, Lax, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Mulder, Neyts-Uyttebroeck, Oviir, Pannella, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Kohlíček, McDonald, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Portas, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides

IND/DEM: Batten, Booth, Clark, Goudin, Knapman, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

NI: Bobošíková, De Michelis, Helmer, Mote

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Dover, Doyle, Duchoň, Ehler, Elles, Fajmon, Fjellner, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hökmark, Hoppenstedt, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Jackson, Kamall, Kauppi, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Parish, Pomés Ruiz, Purvis, Seeberg, Škottová, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sumberg, Tannock, Vakalis, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary Schapira, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Krasts, Zīle

Abstención: 24

ALDE: Beaupuy, Lambsdorff, Lynne, Matsakis, Ortuondo Larrea, Samuelsen, Takkula

GUE/NGL: Henin, Manolakou, Pafilis, Toussas, Zimmer

NI: Czarnecki Marek Aleksander, Kilroy-Silk, Kozlík, Martinez, Rutowicz

PPE-DE: Protasiewicz, Seeber

PSE: Scheele

UEN: Aylward, Kristovskis, Vaidere

Verts/ALE: van Buitenen

29.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor: 76

ALDE: Resetarits

GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro, Ransdorf

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Tomczak, de Villiers, Zapałowski

NI: Allister, Claeys, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Rivera, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Olajos

UEN: Aylward

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 527

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Kohlíček, McDonald, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Portas, Remek, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides

IND/DEM: Batten, Booth, Borghezio, Clark, Goudin, Knapman, Lundgren, Nattrass, Speroni, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

NI: Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Helmer, Masiel, Mote, Romagnoli

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bonsignore, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Seeberg, Siekierski, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary Schapira, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Berlato, Camre, Foglietta, Krasts, La Russa, Poli Bortone, Szymański, Zīle

Abstención: 36

ALDE: Lambsdorff, Lynne, Matsakis, Samuelsen, Takkula

GUE/NGL: Henin, Kaufmann, Manolakou, Markov, Pafilis, Pflüger, Toussas, Uca, Wagenknecht, Zimmer

NI: Belohorská, Kilroy-Silk, Kozlík, Rutowicz

PPE-DE: Schwab, Seeber

PSE: Scheele

UEN: Bielan, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Roszkowski, Ryan, Tatarella, Vaidere

Verts/ALE: van Buitenen

30.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor: 325

ALDE: Cavada, Chiesa, Cocilovo, Costa, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Fourtou, Geremek, Gibault, Griesbeck, Harkin, Juknevičienė, Krahmer, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Morillon, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Staniszewska, Takkula, Toia, Wallis

GUE/NGL: Brie, de Brún, Figueiredo, Guerreiro, Kaufmann, Manolakou, Markov, Pafilis, Pflüger, Toussas, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Wohlin, Zapałowski

NI: Allister, Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ayuso González, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Deß, Deva, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Gyürk, Handzlik, Hannan, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klich, Koch, Konrad, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Podestà, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sturdy, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Trakatellis, Ulmer, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arif, García Pérez, Gill, Kristensen, Kuc, Myller, Napoletano, Rothe, Szejna, Weber Henri, Zani

UEN: Angelilli, Berlato, Bielan, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 275

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Davies, Duff, Duquesne, Gentvilas, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Klinz, Koch-Mehrin, Lax, Malmström, Manders, Matsakis, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Oviir, Pannella, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Catania, Flasarová, Henin, Kohlíček, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Ransdorf, Remek, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Knapman, Nattrass, Whittaker, Wise

NI: Helmer, Mote, Rutowicz

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Audy, Bachelot-Narquin, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Descamps, De Veyrac, Doyle, Fjellner, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Harbour, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Jackson, Kauppi, Klaß, McMillan-Scott, Mathieu, Podkański, Purvis, Queiró, Rübig, Saïfi, Seeberg, Škottová, Stevenson, Strejček, Stubb, Sudre, Tannock, Thyssen, Toubon, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Zvěřina

PSE: Andersson, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, Geringer de Oedenberg, Gierek, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hámon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Pinior, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zingaretti

UEN: Foglietta

Verts/ALE: Romeva i Rueda

Abstención: 25

ALDE: Lambsdorff, Lynne, Ortuondo Larrea, Samuelsen

GUE/NGL: Guidoni, Portas, Rizzo

IND/DEM: Goudin, Lundgren, Železný

NI: Kilroy-Silk, Kozlík, Rivera

PPE-DE: Callanan, Kamall, Kirkhope, Nicholson, Seeber, Vakalis, Wijkman

UEN: Aylward, Camre, Didžiokas

Verts/ALE: van Buitenen, Evans Jillian

Correcciones de voto

En contra: Riitta Myller, Kader Arif

31.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor: 291

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bowles, Budreikaitė, Busk, Chiesa, Cocilovo, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Gentvilas, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lax, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Manolakou, Pafilis, Toussas

IND/DEM: Bonde, Goudin, Krupa, Lundgren, Pęk, Wohlin, Železný

NI: Belohorská, Bobošíková, Claeys, De Michelis, Dillen, Helmer, Rivera, Romagnoli, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Dover, Doyle, Duchoň, Ebner, Elles, Fajmon, Fjellner, Grossetête, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Jackson, Kamall, Kauppi, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Oomen-Ruijten, Parish, Pomés Ruiz, Purvis, Seeberg, Škottová, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sumberg, Tannock, Thyssen, Vakalis, Van Orden, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salińas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre

Verts/ALE: Graefe zu Baringdorf

En contra: 306

ALDE: Bourlanges, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Fourtou, Gibault, Griesbeck, Laperrouze, Morillon, Onyszkiewicz, Resetarits

GUE/NGL: Adamou, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Couteaux, Giertych, Grabowski, Knapman, Louis, Nattrass, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Allister, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Martin Hans-Peter, Masiel, Mote, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Duka-Zólyomi, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kužmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Niebier, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

UEN: Angelilli, Berlato, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, La Russa, Libicki, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Szymański, Tatarella

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Mari, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 41

ALDE: Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Costa, Di Pietro, Geremek, Harkin, Kułakowski, Lambsdorff, Lehideux, Lynne, Polfer, Prodi, Samuelsen, Toia

GUE/NGL: Bertinotti, Guidoni, Musacchio, Rizzo

NI: Gollnisch, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Schenardi

PPE-DE: Seeber, Wijkman

PSE: Rothe

UEN: Aylward, Didžiokas, Kristovskis, Ó Neachtain, Pavilionis, Ryan, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: van Buitenen

32.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor. 276

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Bowles, Budreikaitė, Busk, Chiesa, Davies, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Gentvilas, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Lax, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Oviir, Pannella, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro, Morgantini

IND/DEM: Goudin, Lundgren, Wohlin, Železný

NI: Bobošíková, De Michelis, Gollnisch, Helmer, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Romagnoli

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Chichester, Dover, Doyle, Duchoň, Elles, Fajmon, Fjellner, Grossetête, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Jackson, Kamall, Kauppi, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Oomen-Ruijten, Parish, Purvis, Seeberg, Škottová, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sumberg, Tannock, Thyssen, Vakalis, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

En contra: 322

ALDE: Birutis, Bonino, Bourlanges, Cavada, Cocilovo, Costa, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Retro, Fourtou, Geremek, Gibault, Griesbeck, Harkin, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Morillon, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Polfer, Prodi, Resetarits, Staniszewska, Toia

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bloom, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Zapałowski

NI: Allister, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Martin Hans-Peter, Masiel, Mote, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Őry Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Van Lancker

UEN: Angelilli, Bielan, Camre, Foglietta, Janowski, La Russa, Libicki, Pirilli, Roszkowski, Szymański, Tatarella

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 37

ALDE: Carlshamre, Chatzimarkakis, Lynne, Ortuondo Larrea, Samuelsen, Takkula

GUE/NGL: Portas

IND/DEM: Bonde, Booth, Clark, Knapman, Nattrass, Whittaker, Wise

NI: Belohorská, Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Kozlík, Rivera, Vanhecke

PPE-DE: Seeber, Wijkman

PSE: Kreissl-Dörfler, Rothe

UEN: Aylward, Berlato, Didžiokas, Krasts, Kristovskis, Ó Neachtain, Pavilionis, Poli Bortone, Ryan, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: van Buitenen

33.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor. 279

ALDE: Andrejevs, Attwooll, Bowles, Budreikaitė, Busk, Chiesa, Davies, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Gentvilas, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Lax, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Oviir, Pannella, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Bertinotti, Manolakou, Musacchio, Pafilis, Toussas

IND/DEM: Bonde, Chruszcz, Goudin, Lundgren, Wohlin, Železný

NI: Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, De Michelis, Dillen, Helmer, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bauer, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Dover, Doyle, Duchoň, Elles, Fajmon, Fjellner, Grossetête, Hannan, Harbour, Heaton-Harris, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Jackson, Kamall, Kauppi, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Oomen-Ruijten, Parish, Podestà, Purvis, Seeberg, Škottová, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sumberg, Tannock, Thyssen, Vakalis, Van Orden, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Laignel, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

En contra: 291

ALDE: Alvaro, Birutis, Bonino, Bourlanges, Carlshamre, Cavada, Costa, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Fourtou, Geremek, Gibault, Griesbeck, Harkin, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Morillon, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Polfer, Prodi, Resetarits, Staniszewska, Toia

GUE/NGL: Adamou, Kaufmann, Markov, Pflüger, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Borghezio, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak, de Villiers, Zapałowski

NI: Allister, Czarnecki Ryszard, Martin Hans-Peter, Masiel, Mote, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Beazley, Becsey, Berend, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Van Lancker

UEN: Angelilli, Bielan, Camre, Foglietta, Janowski, Libicki, Pirilli, Roszkowski, Szymański, Tatarella

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 63

ALDE: Chatzimarkakis, Lynne, Ortuondo Larrea, Samuelsen, Takkula

GUE/NGL: Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kohlíček, McDonald, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Papadimoulis, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides

IND/DEM: Bloom, Booth, Clark, Knapman, Nattrass, Whittaker, Wise

NI: Belohorská, Gollnisch, Kilroy-Silk, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Seeber, Wijkman

PSE: Kreissl-Dörfler, Rothe

UEN: Aylward, Berlato, Didžiokas, Krasts, Kristovskis, Ó Neachtain, Pavilionis, Poli Bortone, Ryan, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Alyn Smith

34.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor: 99

ALDE: Chiesa, Pistelli, Resetarits

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Wijkman

PSE: Gebhardt, Scheele

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 510

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Kaufmann, Markov, Pflüger, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Borghezio, Clark, Goudin, Knapman, Lundgren, Nattrass, Salvini, Speroni, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

NI: De Michelis, Helmer, Mote

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Rocard, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Bielan, Camre, Foglietta, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Pirilli, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 21

ALDE: Bowles, Lynne, Samuelsen

NI: Allister, Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Kilroy-Silk, Kozlík, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Seeber

PSE: Santoro

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Didžiokas, Ó Neachtain, Pavilionis, Poli Bortone

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Bárbara Dührkop Dührkop

Abstención: Anders Wijkman

35.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor: 98

ALDE: Chiesa, Resetarits

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Zapałowski

NI: Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PSE: Gebhardt, Scheele

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 518

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, Davies, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Borghezio, Clark, Knapman, Nattrass, Salvini, Speroni, Whittaker, Wise, Železný

NI: Helmer, Mote

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Marques, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolásik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 20

ALDE: Lynne, Samuelsen

GUE/NGL: Kaufmann, Markov, Pflüger, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Goudin, Lundgren, Wohlin

NI: Allister, Belohorská, Bobošíková, Kilroy-Silk, Kozlík, Rivera

PPE-DE: Seeber, Wijkman

Verts/ALE: van Buitenen

36.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor: 123

ALDE: Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Cavada, Chiesa, Costa, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Fourtou, Geremek, Gibault, Griesbeck, Harkin, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Morillon, Nicholson of Winterbourne, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Staniszewska, Toia

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Sinnott, de Villiers, Wohlin

NI: Belohorská, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, De Michelis, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Castiglione, Ebner, Guellec, Gutiérrez-Cortines

PSE: Piecyk

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 474

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Gentvilas, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lax, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mulder, Neyts-Uyttebroeck, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Schuth, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

IND/DEM: Borghezio, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak, Zapałowski

NI: Allister, Czarnecki Ryszard, Helmer, Mote

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Libicki, Roszkowski, Szymański, Tatarella

Abstención: 42

ALDE: Lambsdorff, Lynne, Newton Dunn, Ortuondo Larrea, Samuelsen, Takkula

GUE/NGL: Brie, Kaufmann, Markov, Maštálka, Pflüger, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Knapman, Nattrass, Whittaker, Wise, Železný

NI: Bobošíková, Kilroy-Silk, Kozlík, Rivera

PPE-DE: Seeber, Wijkman

PSE: Santoro

UEN: Aylward, Berlato, Krasts, Kristovskis, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Ryan, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: van Buitenen

37.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor: 96

ALDE: Resetarits

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, de Brún, Figueiredo, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, de Villiers, Zapałowski

NI: Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martínez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Guellec

PSE: Gebhardt, Piecyk, Rothe

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 509

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

IND/DEM: Borghezio, Salvini, Speroni, Železný

NI: Allister, Czarnecki Marek Aleksander, Helmer, Masiel, Mote, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hoppenstedt, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 33

ALDE: Lynne, Samuelsen, Schuth

GUE/NGL: Brie, Flasarová, Kaufmann, Markov, Maštálka, Morgantini, Pflüger, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Goudin, Knapman, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Belohorská, Bobošíková, Kilroy-Silk, Kozlík, Rivera

PPE-DE: Seeber, Wijkman

PSE: Santoro

Verts/ALE: van Buitenen

38.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor: 349

ALDE: Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Cavada, Chiesa, Cocilovo, Costa, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Fourtou, Geremek, Gibault, Griesbeck, Harkin, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Pistelli, Polfer, Prodi, Staniszewska, Takkula, Toia, Virrankoski

GUE/NGL: Adamou, de Brún, Figueiredo, Guerreiro, Kaufmann, Manolakou, Markov, Meyer Pleite, Pafilis, Pflüger, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Zapałowski

NI: Allister, Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Niebier, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Strejček, Stubb, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 256

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Gentvilas, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lax, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Oviir, Pannella, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Sbarbati, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Wallis

GUE/NGL: Bertinotti, Catania, Kohlíček, Meijer, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Remek, Seppänen, Strož, Svensson

IND/DEM: Lundgren

NI: De Michelis, Helmer, Mote

PPE-DE: Atkins, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Chichester, Doyle, Duchoň, Grossetête, Harbour, Hoppenstedt, Jackson, McMillan-Scott, Parish, Purvis, Škottová, Stevenson, Sturdy, Sumberg, Tannock, Thyssen, Van Orden, Vlasák, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

Abstención: 33

ALDE: Lambsdorff, Lynne, Ortuondo Larrea, Samuelsen, Schuth

GUE/NGL: Flasarová, Guidoni, Henin, McDonald, Maštálka, Ransdorf, Rizzo

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Goudin, Knapman, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

NI: Kilroy-Silk, Kozlík, Rivera

PPE-DE: Ashworth, Callanan, Kamall, Nicholson, Seeber, Vakalis

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Emma Bonino, Marielle De Sarnez, Jean-Louis Bourlanges

39.   RC B6-0551/2005 — Biotecnologías

A favor: 338

ALDE: Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Cavada, Chiesa, Cocilovo, Costa, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Fourtou, Geremek, Gibault, Griesbeck, Harkin, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Morillon, Nicholson of Winterbourne, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Sbarbati, Staniszewska, Toia

GUE/NGL: Adamou, de Brún, Guerreiro, Kaufmann, McDonald, Markov, Meyer Pleite, Ransdorf, Triantaphyllides, Uca

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Wohlin, Zapałowski, Železný

NI: Allister, Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Kozlík, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Graça Moura, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hoppenstedt, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Martens, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolásik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeberg, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Iichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 272

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Gentvilas, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Lax, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Ries, Riis-Jørgensen, Savi, Schuth, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Bertinotti, Brie, Catania, Flasarová, Kohlíček, Manolakou, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Portas, Remek, Seppänen, Strož, Toussas

IND/DEM: Batten, Bloom, Booth, Clark, Knapman, Nattrass, Whittaker, Wise

NI: De Michelis, Kilroy-Silk, Mote

PPE-DE: Atkins, Bowis, Bradbourn, Chichester, Dover, Doyle, Duchoň, Fjellner, Hannan, Harbour, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Jackson, Kauppi, McMillan-Scott, Nicholson, Purvis, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sumberg, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Haug, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kristensen, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Öger, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rapkay, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

Abstención: 35

ALDE: Lynne, Ortuondo Larrea, Samuelsen, Takkula

GUE/NGL: Figueiredo, Guidoni, Henin, Maštálka, Meijer, Papadimoulis, Pflüger, Rizzo, Svensson, Wagenknecht, Zimmer

NI: Helmer

PPE-DE: Ashworth, Bushill-Matthews, Cabrnoch, Callanan, Cederschiöld, Heaton-Harris, Kamall, Mathieu, Oomen-Ruijten, Parish, Seeber, Sonik, Vakalis, Zvěřina

PSE: Kreissl-Dörfler, Rothe

UEN: Camre

Verts/ALE: van Buitenen, Staes

Correcciones de voto

A favor: Rainer Wieland, Raül Romeva i Rueda

Abstención: Feleknas Uca, Pedro Guerreiro

40.   Informe Klamt A6-0286/2005

A favor: 306

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Bonino, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Gentvilas, Gibault, Griesbeck, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Lax, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Szent-Iványi, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Goudin, Lundgren, Wohlin

NI: Bobošíková, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Seeberg, Wijkman

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Golik, Gomes, Grabowska, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Roth-Behrendt, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 312

ALDE: Birutis, Bourlanges, Degutis, Deprez, Fourtou, Laperrouze, Lehideux, Sterckx

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Knapman, Krupa, Louis, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Silva Peneda, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Attard-Montalto, Grech, Kristensen

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 12

ALDE: Duquesne, Harkin, Ries, Takkula

NI: Belohorská, Kozlík, Rivera

PSE: Morgan, Rosati, Skinner

Verts/ALE: van Buitenen, Jonckheer

Correcciones de voto

A favor: Anna Ibrisagic, Christofer Fjellner, Henrik Dam Kristensen

En contra: Johan Van Hecke, Joseph Muscat

41.   Informe Klamt A6-0286/2005

A favor: 320

ALDE: Birutis, Bourlanges, Degutis, Deprez, Fourtou, Gibault, Griesbeck, Laperrouze, Lehideux

GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Knapman, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Attard-Montalto, Beňová, Busquin, Golik, Grech, Muscat

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Jonckheer, Lucas, Schlyter

En contra: 302

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Bonino, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Gentvilas, Geremek, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Lax, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Bonde

NI: Bobošíková, De Michelis, Mote

PPE-DE: Lombardo, Mauro

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 8

GUE/NGL: Manolakou, Pafilis, Toussas

NI: Belohorská, Kozlík, Martin Hans-Peter, Rivera

Verts/ALE: van Buitenen

42.   Informe Klamt A6-0286/2005

A favor: 330

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Salvini, Speroni

NI: Belohorská, Bobošíková, De Michelis, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Ebner, Roithová, Ventre, Wijkman

PSE: Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hazan, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Locatelli, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, dos Santos, Scheele, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Aylward, Bielan, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Roszkowski, Ryan, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 278

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Giertych, Grabowski, Knapman, Krupa, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Brezina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Škottová, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Sumberg, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Christensen, Jørgensen, Kristensen, Sánchez Presedo, Santoro, Savary, Schapira

UEN: Berlato, Camre, Didžiokas, Pavilionis, Poli Bortone

Abstención: 16

ALDE: Cavada

IND/DEM: Goudin, Louis, Lundgren, de Villiers, Wohlin

NI: Kozlík, Rivera

PPE-DE: Seeberg

PSE: Andersson, Hedh, Hedkvist Petersen, McAvan, Mann Erika, Segelström

Verts/ALE: van Buitenen

43.   Informe Klamt A6-0286/2005

A favor: 216

ALDE: Birutis, Bourlanges, Chiesa, Degutis, Deprez, Duquesne, Griesbeck, Guardans Cambó, Lehideux

NI: Belohorská, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Bowis, Ventre, Vernola

PSE: Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hazan, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Whitehead, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 365

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Bonino, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Costa, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Fourtou, Gentvilas, Gibault, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lax, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Giertych, Goudin, Grabowski, Knapman, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

NI: Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Škottová, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Stubb, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Hedh, Segelström, Westlund

UEN: Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Vaidere, Zīle

Abstención: 43

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Bonde

NI: Kozlík, Rivera

PPE-DE: Seeberg

PSE: Christensen, Kristensen, Thomsen

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

En contra: Ewa Hedkvist Petersen

44.   Informe Klamt A6-0286/2005

A favor. 312

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Bonino, Bowles, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Gentvilas, Geremek, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Lax, Ludford, Lynne, Maaten, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Booth, Clark, Coûteaux, Knapman, Louis, Nattrass, Salvini, de Villiers, Whittaker, Wise

NI: Bobošíková, De Michelis, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Salafranca Sánchez-Neyra, Ventre, Wijkman

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Locatelli, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Aylward, Bielan, Fotyga, Janowski, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Roszkowski, Ryan, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Lagendijk, Lambert, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 277

ALDE: Birutis, Bourlanges, Budreikaitė, Degutis, Deprez, Fourtou, Gibault, Griesbeck, Klinz, Koch-Mehrin, Laperrouze, Lehideux

GUE/NGL: Seppänen

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Speroni, Tomczak, Zapałowski

NI: Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Callanan, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Škottová, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Barón Crespo

UEN: Berlato, Camre, Didžiokas, Krasts, Pavilionis, Poli Bortone

Abstención: 27

ALDE: Manders

GUE/NGL: Manolakou, Pafilis, Toussas

IND/DEM: Goudin, Lundgren, Wohlin

NI: Belohorská, Kozlík, Rivera

PPE-DE: Lombardo, Seeberg

PSE: Christensen, Evans Robert, Gill, Honeyball, Howitt, Jørgensen, Kristensen, McAvan, McCarthy, Martin David, Rasmussen, Thomsen, Titley, Whitehead

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Bárbara Dührkop Dührkop, Christofer Fjellner

45.   Informe Klamt A6-0286/2005

A favor: 256

ALDE: Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Bonino, Bowles, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Gentvilas, Geremek, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Lax, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Kaufmann

IND/DEM: Borghezio, Coûteaux, Louis, Salvini, Speroni, de Villiers, Železný

NI: Bobošíková, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Rutowicz

PPE-DE: Wijkman

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Locatelli, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Bielan, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Roszkowski, Ryan, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Lambert

En contra: 344

ALDE: Birutis, Bourlanges, Budreikaitė, Degutis, Deprez, Fourtou, Gibault, Griesbeck, Laperrouze, Lehideux

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Booth, Chruszcz, Clark, Giertych, Grabowski, Knapman, Krupa, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Whittaker, Wise, Zapałowski

NI: Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Heaton-Harris, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Liese, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Ribeiro e Castro, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Škottová, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

UEN: Berlato, Camre, Poli Bortone

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 22

ALDE: Toia

IND/DEM: Goudin, Lundgren, Wohlin

NI: Belohorská, Kozlík, Rivera

PPE-DE: Seeberg

PSE: Christensen, Gill, Honeyball, Howitt, Jørgensen, Kristensen, McAvan, McCarthy, Martin David, Rasmussen, Thomsen, Titley, Whitehead

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Bárbara Dührkop Dührkop, Christofer Fjellner

46.   Informe Klamt A6-0286/2005

A favor: 539

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Degutis, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Zapałowski, Železný

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Martin Hans-Peter, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Seeber, Seeberg, Siekierski, Škottová, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Golik, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 61

ALDE: Pistelli

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Bonde, Booth, Clark, Goudin, Knapman, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

Abstención: 4

NI: Kozlík, Rivera

PPE-DE: Lombardo

Verts/ALE: van Buitenen

47.   Informe Kkmt A6-0286/2005

A favor: 343

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Lax, Lehideux, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Zapałowski, Železný

NI: Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, De Michelis, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Seeber, Seeberg, Siekierski, Škottová, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Attard-Montalto, Golik, Grech, Gurmai, Kuc, Muscat, Szejna, Tabajdi, Xenogiannakopoulou

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Didžiokas, Foglietta, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Cohn-Bendit, Jonckheer, Turmes

En contra: 247

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Papadimoulis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Booth, Clark, Goudin, Knapman, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Wuermeling

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Gomes, Grabowska, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hazan, Hedh, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Swoboda, Tarand, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 4

NI: Belohorská, Kozlík, Rivera

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Bárbara Dührkop Dührkop

En contra: Marilisa Xenogiannakopoulou

48.   Informe Klamt A6-0286/2005

A favor. 276

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Costa, Degutis, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Lax, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Newton Dunn, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Pistelli, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Riis-Jørgensen, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski, Wallis

NI: Bobošíková, De Michelis, Martin Hans-Peter

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Gurmai, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Harangozó, Hazan, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristensen, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Locatelli, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Mann Erika, Martin David, Martínez Martínez, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Navarro, Paasilinna, Pahor, Paleckis, Panzeri, Peillon, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Thomsen, Titiey, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Bielan, Fotyga, Janowski, Libicki

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 282

GUE/NGL: Manolakou, Pafilis, Toussas

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Knapman, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Ashworth, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Carollo, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Galeote Quecedo, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lombardo, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Musotto, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkaňski, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Seeber, Siekierski, Škottová, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vatanen, Ventre, Vernola, Vidal-Quadras Roca, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatioukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Camre, Didžiokas, Foglietta, Krasts, Kristovskis, La Russa, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Schlyter

Abstención: 37

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Bonde

NI: Belohorská, Kozlík, Rivera

PPE-DE: Seeberg, Wijkman

Verts/ALE: van Buitenen

49.   Informe Kkmt A6-0286/2005

A favor: 263

ALDE: Beaupuy, Bourlanges, Degutis, Deprez, De Sarnez, Duquesne, Fourtou, Geremek, Guardans Cambó, Lehideux, Pannella, Polfer, Ries, Schuth, Sterckx

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak, de Villiers, Zapałowski, Železný

NI: Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rutowicz, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Cabrnoch, Carollo, Casa, Caspary Castiglione, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Dehaene, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Esteves, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Jackson, Járóka, Jarzembowski, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Klich, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, López-Istúriz White, Maat, McGuinness, Mann Thomas, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkaňski, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Seeber, Siekierski, Škottová, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Strejček, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, von Wogau, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Attard-Montalto, Christensen, Grech, Kristensen, Muscat, Rasmussen

UEN: Angelilli, Berlato, Bielan, Camre, Foglietta, Janowski, Krasts, Kristovskis, La Russa, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert

En contra: 273

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Bonino, Bowles, Budreikaitė, Carlshamre, Cavada, Chiesa, Cocilovo, Costa, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Gentvilas, Gibault, Griesbeck, Hall, Harkin, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Matsakis, Morillon, Mulder, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Pistelli, Prodi, Resetarits, Samuelsen, Savi, Sbarbati, Starkevičiūtė, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Virrankoski, Wallis

GUE/NGL: Adamou, Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Manolakou, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pafilis, Pflüger, Portas, Ransdorf, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Bonde, Booth, Clark, Goudin, Knapman, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Kilroy-Silk, Martin Hans-Peter, Mote

PPE-DE: Wijkman

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny D'Alema, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gomes, Grabowska, Gröner, Gurmai, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Le Foll, Lehtinen, Leichtfried, Leinen, Locatelli, McAvan, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Paleckis, Piecyk, Pinior, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Savary, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zingaretti

Verts/ALE: Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Ždanoka

Abstención: 14

NI: Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Seeberg

PSE: Thomsen

Verts/ALE: van Buitenen

50.   Informe Klamt A6-0286/2005

A favor: 259

ALDE: Alvaro, Andrejevs, Attwooll, Beaupuy, Bowles, Carlshamre, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Degutis, Deprez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Matsakis, Morillon, Mulder, Neyts-Uyttebroeck, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Polfer, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Savi, Schuth, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Toia, Väyrynen, Virrankoski

GUE/NGL: Bertinotti, Brie, Catania, de Brún, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Meijer, Morgantini, Portas, Ransdorf, Remek, Sjöstedt, Strož, Uca, Zimmer

NI: Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Martin Hans-Peter, Rivera

PPE-DE: Coveney, Dimitrakopoulos, Wijkman

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Beňová, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, D'Alema, De Rossa, Désir, De Vits, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Herczog, Honeyball, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Lavarra, Leichtfried, Leinen, McAvan, Madeira, Maňka, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Paleckis, Piecyk, Pinior, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Segelström, Sifunakis, Siwiec, Skinner, Swoboda, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Whitehead, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zingaretti

UEN: Bielan, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Roszkowski, Ryan, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cohn-Bendit, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Schroedter, Smith, Staes, Trüpel, Turmes, Ždanoka

En contra: 85

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Booth, Borghezio, Chruszcz, Clark, Giertych, Goudin, Grabowski, Knapman, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Bowis, Brepoels, Cabrnoch, Caspary, Deß, Dover, Duchoň, Elles, Fajmon, Gahler, Glattfelder, Gomolka, Gräßle, Harbour, Jackson, Jarzembowski, Koch, Konrad, Langen, Lauk, Lechner, Mann Thomas, Mauro, Ouzký, Papastamkos, Parish, Pieper, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Reul, Schnellhardt, Škottová, Stevenson, Strejček, Tannock, Ulmer, Vlasák, Weber Manfred, Wieland, Wuermeling, Zahradil, Zvěřina

UEN: Berlato, Camre, Poli Bortone

Verts/ALE: Schlyter

Abstención: 176

ALDE: Budreikaitė

GUE/NGL: Adamou, Figueiredo, Guerreiro, Manolakou, Maštálka, Meyer Pleite, Pafilis, Pflüger, Seppänen, Toussas, Triantaphyllides, Wagenknecht

IND/DEM: Bonde, Salvini, Speroni, Železný

NI: Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Brejc, Březina, Brok, Brunetta, Busuttil, Buzek, Carollo, Castiglione, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Dehaene, Demetriou, Descamps, De Veyrac, Díaz de Mera García Consuegra, Dombrovskis, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Esteves, Eurlings, Fatuzzo, Fernández Martín, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Gál, Gaľa, García-Margallo y Marfil, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Goepel, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gutiérrez-Cortines, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Járóka, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klaß, Klich, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langendries, López-Istúriz White, Lulling, Maat, McGuinness, Martens, Mathieu, Mato Adrover, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Peterle, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkaňski, Pomés Ruiz, Quisthoudt-Rowohl, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schöpflin, Schröder, Seeber, Seeberg, Siekierski, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Trakatellis, Vakalis, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Wojciechowski, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Christensen, Kristensen, Rasmussen

UEN: Angelilli, Foglietta, La Russa, Pirilli, Tatarella

Verts/ALE: van Buitenen

Correcciones de voto

A favor: Bárbara Dührkop Dührkop, Anna Ibrisagic, Gunnar Hökmark, Christofer Fjellner, Charlotte Cederschiöld

Abstención: Jonas Sjöstedt


TEXTOS APROBADOS

 

P6_TA(2005)0400

Gases fluorados de efecto invernadero ***II

Resolución legislativa del Parlamento Europeo respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero (16056/5/2004 — C6-0221/2005 — 2003/0189A(COD))

(Procedimiento de codecisión: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la Posición Común del Consejo (16056/5/2004 — C6-0221/2005) (1),

Vista su posición en primera lectura (2) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2003) 0492) (3),

Visto el apartado 2 del artículo 251 del Tratado CE,

Visto el artículo 62 de su Reglamento,

Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6-0301/2005),

1.

Aprueba la posición común en su versión modificada;

2.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  DO C 183 E de 26.7.2005, p. 1.

(2)  DO C 103 E de 29.4.2004, p. 600.

(3)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TC2-COD(2003)0189A

Posición del Parlamento Europeo adoptada en segunda lectura el 26 de octubre de 2005 con vistas a la adopción del Reglamento (CE) no .../2005 del Parlamento Europeo y del Consejo sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, el apartado 1 de su artículo 175 y su artículo 95, en relación con los artículos 7, 8 y 9 del presente Reglamento,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Sexto Programa de Acción Comunitario en materia de Medio Ambiente (3) considera el cambio climático una de las prioridades de acción. Este programa reconoce que la Comunidad se comprometió a reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero en un 8 % con respecto a los niveles de 1990 en el período de 2008 a 2012 y que, a más largo plazo, las emisiones totales de gases de efecto invernadero deberán reducirse en un 70% aproximadamente con respecto a los niveles de 1990.

(2)

El objetivo final de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, aprobada mediante la Decisión 94/69/CE del Consejo, de 15 de diciembre de 1993, relativa a la celebración de la Convención Marco sobre el Cambio Climático (4), es alcanzar la estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropogénicas peligrosas en el sistema climático.

(3)

La Decisión 2002/358/CE del Consejo, de 25 de abril de 2002, relativa a la aprobación, en nombre de la Comunidad Europea, del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y al cumplimiento conjunto de los compromisos contraídos con arreglo al mismo (5) obliga a la Comunidad y a sus Estados miembros a reducir el conjunto de sus emisiones antropogénicas de los gases de efecto invernadero enumerados en el Anexo A del Protocolo de Kyoto en un 8% respecto de los niveles de 1990, en el período comprendido entre 2008 y 2012.

(4)

En el Anexo II de la Decisión 2002/358/CE se fijan diferentes objetivos de reducción para Estados miembros concretos. Por tanto, éstos están obligados a tomar medidas individuales. Por consiguiente, es necesario que Estados miembros concretos tengan asimismo la posibilidad de adoptar medidas adecuadas, o de mantenerlas, para alcanzar sus objetivos nacionales de reducción.

(5)

Los gases fluorados de efecto invernadero contemplados en el Protocolo de Kyoto y en el presente Reglamento tienen un efecto invernadero muy importante, ya que pueden llegar a ser 23 900 veces más dañinos que el CO2 o tener un ciclo de vida en la atmósfera de hasta 50 000 años.

(6)

Es preciso adoptar medidas para evitar y reducir al mínimo las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero, sin perjuicio de lo dispuesto en la Directiva 75/442/CEE del Consejo, de 15 de julio de 1975, relativa a los residuos (6), la Directiva 96/61/CE del Consejo, de 24 de septiembre de 1996, relativa a la prevención y al control integrados de la contaminación (7), la Directiva 2000/53/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de septiembre de 2000, relativa a los vehículos al final de su vida útil (8) y la Directiva 2002/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de enero de 2003, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE) (9).

(7)

El objetivo primordial del presente Reglamento es reducir las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero contemplados en el Protocolo de Kyoto y, de esta forma, proteger el medio ambiente. Por lo tanto, el fundamento jurídico debe ser el apartado 1 del artículo 175 del Tratado.

(8)

No obstante, resulta adecuado adoptar medidas a nivel comunitario sobre la base del artículo 95 del Tratado para armonizar los requisitos en materia de utilización de gases fluorados de efecto invernadero y de comercialización y etiquetado de los productos y aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero. Se considerarán adecuadas las restricciones de comercialización y uso para determinadas aplicaciones de los gases fluorados de efecto invernadero si existen alternativas viables y no resulta factible la mejora de contención y la recuperación. También deben tenerse en cuenta las iniciativas voluntarias de algunos sectores industriales, así como el hecho de que se sigue trabajando en el desarrollo de alternativas.

(9)

La aplicación y el cumplimiento del presente Reglamento deben contribuir a la innovación tecnológica fomentando el desarrollo continuo de tecnologías alternativas y la transición hacia tecnologías más ecológicas ya existentes.

(10)

El presente Reglamento no debe impedir que los Estados miembros mantengan o adopten medidas de mayor protección. Las diferencias existentes entre los Estados miembros por lo que respecta a sus prácticas establecidas de restringir ciertos gases fluorados de efecto invernadero exigen que los Estados miembros tengan dicha posibilidad. Esto es necesario para respetar las disposiciones del Tratado que establecen un elevado nivel de protección en el ámbito del medio ambiente, tales como el apartado 2 del artículo 174 y el apartado 3 del artículo 95, y también para asegurar que los Estados miembros tengan la posibilidad de aplicar sus planes de reducción de gases fluorados de efecto invernadero de conformidad con el Protocolo de Kyoto.

(11)

La comercialización de productos y aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero según se enumeran en el Anexo II es contraria a los objetivos y compromisos de la Comunidad y de sus Estados miembros en relación con el cambio climático, por lo que es necesario restringir la comercialización de dichos productos y aparatos. Lo mismo se podría aplicar a otros productos y aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero y, por ello, debe revisarse la necesidad de la ampliación del Anexo II teniendo en cuenta los beneficios para el medio ambiente, la viabilidad técnica y la relación entre el coste y la eficacia.

(12)

Para contribuir al cumplimiento de los compromisos contraídos por la Comunidad y sus Estados miembros en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Protocolo de Kyoto y la Decisión 2002/358/CE, deben adoptarse y publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea simultáneamente la Directiva 2005/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de ..., relativa a las emisiones procedentes de sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del Consejo  (10) y el presente Reglamento, al contribuir ambos a la prevención y reducción al mínimo de las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero.

(13)

Conviene prever medidas para el control, la evaluación y la revisión de las disposiciones que figuran en el presente Reglamento.

(14)

Los Estados miembros deben determinar las sanciones aplicables en caso de infracciones al presente Reglamento y velar por su aplicación. Las sanciones han de ser eficaces, proporcionadas y disuasorias.

(15)

El presente Reglamento respeta los derechos fundamentales y observa los principios reconocidos, en particular, en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

(16)

Dado que los objetivos del presente Reglamento, a saber, la contención y la información sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero y el control del uso y de la comercialización de productos y aparatos que contengan determinados gases fluorados de efecto invernadero a fin de proteger el medio ambiente y preservar el mercado interior, no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y, por consiguiente, debido a las dimensiones y efectos del presente Reglamento, pueden lograrse mejor a nivel comunitario, la Comunidad puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, la presente Directiva no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos.

(17)

Procede aprobar las medidas necesarias para la ejecución del presente Reglamento con arreglo a la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (11),

HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Artículo 1

Ámbito de aplicación

El objetivo del presente Reglamento es prevenir y reducir las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero cubiertos por el Protocolo de Kyoto y se aplicará a los gases fluorados de efecto invernadero que figuran en la lista del Anexo A de dicho Protocolo. El Anexo I del presente Reglamento contiene una lista de los gases fluorados de efecto invernadero cubiertos actualmente por el presente Reglamento, junto con sus potenciales de calentamiento atmosférico. A la vista de las revisiones previstas en el apartado 3 del artículo 5 del Protocolo de Kyoto aceptadas por la Comunidad y sus Estados miembros, el Anexo I podrá revisarse y, si fuera preciso, actualizarse.

El presente Reglamento no impide que los Estados miembros mantengan o adopten medidas de mayor protección.

El presente Reglamento trata la contención, el uso, la recuperación y la destrucción de los gases fluorados de efecto invernadero que figuran en la lista del Anexo I, el etiquetado y la eliminación de productos y aparatos que contengan dichos gases, la comunicación de datos relativos a esos gases, el control de los usos contemplados en el artículo 8 y las prohibiciones de comercialización de los productos y aparatos contemplados en el artículo 9 y el Anexo II , así como la formación y certificación del personal y de las empresas que se dediquen a las actividades contempladas en el presente Reglamento.

El presente Reglamento se aplicará sin perjuicio de lo dispuesto en las Directivas 75/442/CEE, 96/61/CE, 2000/53/CE y 2002/96/CE.

Artículo 2

Definiciones

A efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

1)

«gases fluorados de efecto invernadero», los hidrofluorocarburos (HFC), perfluorocarburos (PFC) y el hexafluoruro de azufre (SF6) que figuran en la lista del Anexo I, así como los preparados que contengan dichas sustancias, excluyéndose las sustancias reguladas con arreglo al Reglamento (CE) no 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (12);

2)

«hidrofluorocarburo», un compuesto orgánico formado por carbono, hidrógeno y flúor, y cuya molécula no contenga más de seis átomos de carbono;

3)

«perfluorocarburo», un compuesto orgánico formado sólo por carbono y flúor, y cuya molécula no contenga más de seis átomos de carbono;

4)

«potencial de calentamiento atmosférico», el potencial de calentamiento climático de un gas fluorado de efecto invernadero en relación con el del dióxido de carbono. El potencial de calentamiento atmosférico se obtiene a partir del potencial de calentamiento de un kilogramo de gas en relación con un kilogramo de CO2 sobre un período de 100 años. Las cifras relativas al potencial de calentamiento atmosférico que figuran en el Anexo I son las publicadas en el Tercer Informe de Evaluación adoptado por el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático («valores de potencial de calentamiento atmosférico para 2001 del IPCC») (13);

5)

«preparado», a efectos de las obligaciones contempladas en el presente Reglamento —excluida la destrucción—, una mezcla de dos o más sustancias, de las cuales al menos una es un gas fluorado de efecto invernadero, excepto cuando el potencial de calentamiento atmosférico total del preparado es inferior a 150. El potencial de calentamiento atmosférico total del preparado (14) se determinará de acuerdo con la Parte 2 del Anexo I;

6)

«operador», la persona física o jurídica que ejerza un poder real sobre el funcionamiento técnico de los equipos y sistemas cubiertos por el presente Reglamento. Un Estado miembro podrá en situaciones específicas definidas designar al propietario como responsable de las obligaciones que incumben al operador;

7)

«comercialización», el suministro o puesta a disposición de terceros, a título oneroso o gratuito, por un fabricante, su representante autorizado en la Comunidad o un importador , y por primera vez en la Unión Europea, con vistas a su distribución o uso en la Comunidad, de productos y aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero o cuyo funcionamiento dependa de dichos gases;

8)

«uso», la utilización de gases fluorados de efecto invernadero en la producción, recarga, reparación o mantenimiento de productos y aparatos cubiertos por el presente Reglamento;

9)

«bomba de calor», un dispositivo o instalación que extrae calor a baja temperatura del aire, del agua o de la tierra y suministra calor;

10)

«sistema de detección de fugas», un dispositivo calibrado mecánico, eléctrico o electrónico para la detección de fugas de gases fluorados de efecto invernadero que, en caso de detección, alerte al operador;

11)

«sistema sellado herméticamente», un sistema en el que todas las piezas que contengan refrigerante estén sujetas mediante soldaduras, abrazaderas o una conexión permanente similar , pudiendo incluir puntos de acceso sellados o protegidos que permitan una reparación o eliminación adecuadas ;

12)

«contenedor», un producto concebido principalmente para transportar o almacenar gases fluorados de efecto invernadero;

13)

«contenedor no recargable», un contenedor no concebido para ser recargado y utilizado en la reparación, el mantenimiento o la carga de aparatos de refrigeración, aire acondicionado o bomba de calor, aparatos de protección contra incendios o equipos de conmutación de alta tensión, o para almacenar o transportar disolventes a base de gases fluorados de efecto invernadero;

14)

«recuperación», la recogida y almacenamiento de gases fluorados de efecto invernadero procedentes, por ejemplo, de maquinaria, aparatos y contenedores;

15)

«reciclado», la reutilización de gases fluorados de efecto invernadero recuperados tras un procedimiento básico de limpieza;

16)

«regeneración», el nuevo tratamiento de gases fluorados de efecto invernadero recuperados, con vistas a que cumplan una norma concreta de calidad;

17)

«destrucción», el proceso mediante el cual la totalidad o la mayor parte de un gas fluorado de efecto invernadero es transformada o descompuesta de forma permanente en una o más sustancias estables que no son gases fluorados de efecto invernadero;

18)

«aplicaciones o aparatos fijos», tas aplicaciones o aparatos que normalmente no están en tránsito durante su funcionamiento;

19)

«aerosoles innovadores», los generadores de aerosoles comercializados y destinados a la venta al público con fines recreativos o decorativos, mencionados en el Anexo de la Directiva 94/48/CE (15).

Artículo 3

Contención

1.   Los operadores de las siguientes aplicaciones fijas: aparatos y circuitos de refrigeración, aire acondicionado y bomba de calor , así como sistemas de protección contra incendios, que contengan gases fluorados de efecto invernadero contemplados en el Anexo I, deberán, recurriendo a todas las medidas que sean técnicamente viables y no requieran gastos desproporcionados:

a)

evitar fugas de dichos gases, y

b)

subsanar lo antes posible las fugas detectadas.

2.   Los operadores de las aplicaciones mencionadas en el apartado 1 velarán por que sean objeto de un control de fugas realizado por personal acreditado que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 5, con arreglo al siguiente esquema:

a)

las aplicaciones que contengan 3 kg o más de gases fluorados de efecto invernadero serán objeto de al menos un control de fugas cada doce meses; ello no se aplicará a los circuitos con sistemas sellados herméticamente, etiquetados como tales, que contengan menos de 6 kg de gases fluorados de efecto invernadero;

b)

las aplicaciones que contengan 30 kg o más de gases fluorados de efecto invernadero serán objeto de al menos un control de fugas cada seis meses;

c)

las aplicaciones que contengan 300 kg o más de gases fluorados de efecto invernadero serán objeto de al menos un control de fugas cada tres meses.

Las aplicaciones serán objeto de un control de fugas en el plazo de un mes a partir del momento en que se haya subsanado una fuga con objeto de garantizar que la reparación ha sido eficaz.

A efectos del presente apartado, por « control de fugas» se entenderá que el aparato o sistema se examina por razón de las fugas empleando métodos de medición directa, centrándose en aquellas partes del sistema que tengan riesgo de fuga , o empleando métodos de medición indirecta, centrándose en la cantidad de gas fluorado de efecto invernadero que contenga el sistema.

3.   Los operadores de las aplicaciones mencionadas en el apartado 1 que contengan 300 kg o más de gases fluorados de efecto invernadero deberán instalar sistemas de detección de fugas. Estos sistemas de detección de fugas serán objeto de al menos una inspección cada doce meses para garantizar su funcionamiento adecuado. En el caso de sistemas de protección contra incendios instalados antes del ... (16) , se deberán instalar sistemas de detección de fugas a más tardar el ... (17), a condición de que la seguridad y la cobertura de los seguros no se vean comprometidas.

4.   Cuando exista y funcione correctamente un sistema de detección de fugas adecuado, la frecuencia de los controles contemplados en las letras b) y c) del apartado 2 se reducirá a la mitad.

5.   En el caso de sistemas de protección contra incendios para los que exista un régimen de inspecciones con miras a la conformidad con la norma ISO 14520, dichas inspecciones podrán satisfacer igualmente los requisitos del presente Reglamento, siempre que su frecuencia sea, cuando menos, igual.

6.   Los operadores de las aplicaciones mencionadas en el apartado 1 que contengan 3 kg o más de gases fluorados de efecto invernadero deberán llevar registros de las cantidades y de los tipos de gases fluorados de efecto invernadero instalados, de cualquier cantidad añadida y de la cantidad recuperada durante el mantenimiento, la reparación y la eliminación definitiva. También deberán mantener registros de otros datos pertinentes, como la identificación de la empresa o del técnico que llevó a cabo el mantenimiento o la reparación, así como las fechas y resultados de las medidas de control realizadas con arreglo a los apartados 2, 3 y 4. La autoridad competente y la Comisión podrán acceder, previa solicitud, a dichos registros.

7.   A más tardar el ... (18), la Comisión establecerá, por el procedimiento a que se refiere el apartado 2 del artículo 13, los requisitos de control de fugas estándar para cada una de las aplicaciones mencionadas en el apartado 1 del presente artículo.

Artículo 4

Recuperación

1.   Los operadores de los siguientes tipos de aparatos fijos serán responsables de tomar las medidas necesarias para la recuperación adecuada, por parte de personal acreditado que cumpla los requisitos establecidos en el artículo 5, de gases fluorados de efecto invernadero con el fin de garantizar su recidado, regeneración o destrucción:

a)

circuitos de refrigeración de los aparatos de refrigeración, aire acondicionado y bomba de calor;

b)

aparatos que contengan disolventes a base de gases fluorados de efecto invernadero;

c)

sistemas de protección contra incendios y extintores; y

d)

equipos de conmutación de alta tensión.

2.   Cuando un contenedor de gases fluorados, recargable o no, alcance el final de su vida útil, la persona que utilice el contenedor a efectos de transporte o almacenamiento será la responsable de tomar las medidas necesarias para la adecuada recuperación de cualesquiera gases residuales que contenga con el fin de garantizar su recidado, regeneración o destrucción.

3.   Los gases fluorados de efecto invernadero contenidos en otros productos y aparatos, con inclusión de los aparatos móviles, a menos que sirvan para operaciones militares, serán recuperados por personal debidamente cualificado, siempre que ello sea viable técnicamente y no genere costes desproporcionados, con el fin de garantizar su recidado, regeneración o destrucción.

4.     Los Estados miembros facilitarán el transporte transfronterizo de gases fluorados de efecto invernadero recuperados a efectos de destrucción o regeneración dentro de la Unión Europea, permitiendo a la autoridad competente del Estado miembro de destino emitir autorizaciones previas a las plantas de recuperación de gases fluorados de efecto invernadero. Las autorizaciones previas podrán tener una duración limitada y ser revocadas por las autoridades competentes de los Estados miembros en cualquier momento.

5.   La recuperación a efectos de recidado, regeneración o destrucción de los gases fluorados de efecto invernadero, en virtud de los apartados 1 a 3, tendrá lugar antes de la eliminación final de dichos aparatos y, en su caso, durante su reparación y mantenimiento.

Artículo 5

Formación y certificación

1.   A más tardar el ... (19), basándose en la información recibida de los Estados miembros y consultando a todos los sectores pertinentes, la Comisión establecerá, por el procedimiento a que se refiere el apartado 2 del artículo 13, los requisitos mínimos y las condiciones de reconocimiento mutuo de los programas de formación y certificación tanto para las empresas como para el personal pertinente que se dediquen a la instalación o el mantenimiento de los aparatos contemplados en el presente Reglamento, así como para todos aquéllos que intervengan en la reparación o la realización de controles de los aparatos para las actividades a que se refieren los artículos 3 y 4.

2.   A más tardar el ... (20), los Estados miembros establecerán o adaptarán sus propios requisitos de formación y certificación sobre la base de los requisitos mínimos a los que se refiere el apartado 1. Los Estados miembros notificarán a la Comisión sus programas de formación y certificación. Los Estados miembros reconocerán los certificados emitidos en otros Estados miembros y no restringirán la libertad de prestación de servicios o la libertad de establecimiento por motivos relacionados con la certificación expedida en otro Estado miembro.

3.   El operador de la aplicación de que se trate se asegurará de que el personal pertinente haya obtenido la certificación necesaria, contemplada en el apartado 2, lo que supone un conocimiento adecuado de la reglamentación y las normas aplicables, así como las competencias necesarias para la prevención de emisiones y la recuperación de gases fluorados de efecto invernadero y para la manipulación segura del tipo y tamaño correspondiente de aparatos.

4.   A más tardar el ... (21) los Estados miembros velarán por que las empresas que se dedican a las actividades previstas en los artículos 3 y 4 sólo reciban entregas de gases fluorados de efecto invernadero cuando su personal pertinente cuente con los certificados que se mencionan en el apartado 2 del presente artículo.

5.   A más tardar el ... (19), la Comisión determinará, por el procedimiento a que se refiere el apartado 2 del artículo 13, el formato de la notificación a que se refiere el apartado 2 del presente artículo.

Artículo 6

Presentación de informes

1.   A más tardar el 31 de marzo de cada año, a partir del primer año civil tras la entrada en vigor del presente Reglamento, todos los productores, importadores y exportadores de gases fluorados de efecto invernadero comunicarán a la Comisión mediante un informe, con copia a la autoridad competente del Estado miembro de que se trate, los siguientes datos con respecto al año civil anterior:

a)

Cada productor de más de una tonelada al año de gases fluorados de efecto invernadero deberá comunicar:

su producción total de cada gas fluorado de efecto invernadero en la Comunidad, indicando las principales categorías de aplicaciones para las que se prevea el uso de la sustancia (por ejemplo, aire acondicionado móvil, refrigeración, aire acondicionado, espumas, aerosoles, aparatos eléctricos, fabricación de semiconductores , disolventes y protección contra incendios );

las cantidades de cada gas fluorado de efecto invernadero que haya comercializado en la Comunidad;

las cantidades de cada gas fluorado de efecto invernadero recicladas, regeneradas o destruidas.

b)

Cada importador de más de una tonelada al año de gases fluorados de efecto invernadero, incluidos los productores que también sean importadores, deberá comunicar:

las cantidades de cada gas fluorado de efecto invernadero que haya importado o comercializado en la Comunidad, indicando por separado las principales categorías de aplicaciones para las que se prevea el uso de la sustancia (por ejemplo, aire acondicionado móvil, refrigeración, aire acondicionado, espumas, aerosoles, aparatos eléctricos, fabricación de semiconductores);

las cantidades de cada gas fluorado de efecto invernadero usado que haya importado para su recidado, regeneración o destrucción.

c)

Cada exportador de más de una tonelada al año de gases fluorados de efecto invernadero, incluidos los productores que también sean exportadores, deberá comunicar:

las cantidades de cada gas fluorado de efecto invernadero que haya exportado de la Comunidad;

las cantidades de cada gas fluorado usado que haya exportado para su recidado, regeneración o destrucción.

Todo propietario de aplicaciones fijas contempladas en tas tetras b) y c) del apartado 2 del artículo 3 obtendrá de la autoridad competente pertinente un número de registro para cada sistema instalado.

2.     Las autoridades competentes examinarán cada dos años una muestra representativa de los registros contemplados en el apartado 6 del artículo 3 para cada una de las categorías indicadas en las letras b) y c) del apartado 2 del artículo 3 e informarán a la Comisión de las emisiones estimadas.

3.   A más tardar el ... (22), la Comisión determinará, por el procedimiento a que se refiere el apartado 2 del artículo 13, el formato de los informes mencionados en los apartados 1 y 2 del presente artículo.

4.   La Comisión adoptará las medidas oportunas para proteger el carácter confidencial de los datos que le sean comunicados.

5.   Los Estados miembros establecerán sistemas de presentación de informes para los sectores pertinentes contemplados en el presente Reglamento, con el objetivo de obtener, en la medida de lo posible, datos sobre emisiones.

Artículo 7

Etiquetado

1.   Sin perjuicio de lo dispuesto en la Directiva 67/548/CEE del Consejo (23) y la Directiva 1999/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (24) con respecto al etiquetado de sustancias y preparados peligrosos, los productos y aparatos enumerados en el apartado 2 que contengan gases fluorados de efecto invernadero no se comercializarán a menos que se haya identificado la denominación química de los gases fluorados de efecto invernadero mediante una etiqueta en la que se utilice la nomenclatura industrial aceptada. Dicha etiqueta indicará claramente que el producto o aparato contiene gases fluorados de efecto invernadero , así como su potencial de calentamiento atmosférico , indicación que figurará de manera clara e indeleble sobre el producto o aparato. La etiqueta se colocará en la parte externa frontal o superior del producto o aparato, de manera que resulte claramente visible y que no quede oculta. Si dicha etiqueta no se encuentra junto a los puntos de servicio para recarga o recuperación de los gases fluorados de efecto invernadero, o en la parte del producto o aparato que contenga el gas fluorado de efecto invernadero , se colocará una segunda etiqueta junto a dichos puntos o dicha parte . Los sistemas sellados herméticamente se etiquetarán como tales.

2.   El apartado 1 se aplicará a los siguientes tipos de productos y aparatos:

a)

productos y aparatos de refrigeración que contengan perfluorocarburos o preparados que contengan perfluorocarburos;

b)

productos y aparatos de refrigeración y aire acondicionado (excepto sistemas de aire acondicionado para vehículos de motor), bombas de calor, sistemas de protección contra incendios y extintores, si el tipo respectivo de producto o aparato contiene hidrofluorocarburos o preparados que contengan hidrofluorocarburos;

c)

equipos de conmutación que contengan hexafluoruro de azufre o preparados que contengan hexafluoruro de azufre;

d)

todos los contenedores de gases fluorados de efecto invernadero.

3.   La Comisión establecerá, por el procedimiento a que se refiere el apartado 2 del artículo 13, la forma de etiquetado que deba utilizarse.

Artículo 8

Control del uso

1.   A partir del 1 de enero de 2008 quedará prohibido el uso de hexafluoruro de azufre o de preparados del mismo para el moldeado a presión del magnesio, salvo si la cantidad de hexafluoruro de azufre utilizado es inferior a 850 kg al año.

2.   A partir del ... (25), quedará prohibido el uso de hexafluoruro de azufre o de preparados del mismo para rellenar los neumáticos para vehículos.

Artículo 9

Comercialización

1.   Quedará prohibida la comercialización de productos y aparatos que contengan los gases fluorados de efecto invernadero enumerados en el Anexo II o cuyo funcionamiento dependa de los mismos, tal como se especifica en dicho Anexo.

2.   El apartado 1 no se aplicará a productos y aparatos respecto de los que se haya demostrado que se han fabricado antes de la entrada en vigor de la correspondiente prohibición de comercialización.

Artículo 10

Registro

1.     La Comisión, asistida por el comité previsto en el artículo 13, garantizará que, a más tardar el ... (26), se cree un registro que contenga la información relativa a las restricciones de mercado y alas propuestas de restricciones de mercado en cada Estado miembro para los productos y aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero, o cuyo funcionamiento se base en dichos gases.

2.     Los Estados miembros garantizarán que toda la información relativa a dichas restricciones de mercado se notifique a la Comisión, de conformidad con el artículo 176 del Tratado, de modo que el registro pueda cumplir su función de referencia única para las obligaciones de los Estados miembros en virtud del artículo 9 del presente Reglamento. La Comisión establecerá, conforme al procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 13, el modo de notificación que utilizará.

3.     La información contenida en el registro será de fácil acceso para el público y figurará en un documento único que incluirá las restricciones de mercado en cada Estado miembro.

Artículo 11

Revisión

1.   En función de los avances alcanzados en la contención o sustitución de los gases fluorados de efecto invernadero en los sistemas de aire acondicionado distintos de los de los vehículos automóviles contemplados en la Directiva 70/156/CEE del Consejo, de 6 de febrero de 1970, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre la homologación de vehículos a motor y de sus remolques (27) y en los sistemas de refrigeración presentes en otros modos de transporte, la Comisión revisará el presente Reglamento y publicará un informe a más tardar el 31 de diciembre de 2007 . Presentará también propuestas legislativas a fin de aplicar las disposiciones del artículo 3 a los sistemas de aire acondicionado distintos de los de los vehículos automóviles contemplados en la Directiva 70/156/CEE y a los sistemas de refrigeración presentes en los modos de transporte , a más tardar el 31 de diciembre de 2008 .

2.   A más tardar el ... (28), la Comisión publicará un informe basado en la experiencia adquirida en la aplicación del presente Reglamento. En particular, en ese informe:

a)

se evaluará el impacto de las medidas pertinentes en materia de emisiones y emisiones proyectadas de gases fluorados de efecto invernadero y se examinará la rentabilidad de dichas medidas;

b)

a la vista de los futuros informes de evaluación del IPCC, se sopesará si deben incluirse en el Anexo I otros gases fluorados de efecto invernadero;

c)

se evaluarán los programas de formación y certificación establecidos por los Estados miembros en virtud del apartado 2 del artículo 5;

d)

se evaluará la necesidad de elaborar normas comunitarias en materia de control de las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero de los productos y aparatos, en particular en lo que se refiere a las espumas, incluidos requisitos técnicos para el diseño de productos y aparatos;

e)

se evaluará la eficacia de las medidas de contención aplicadas por los operadores en virtud del artículo 3 y se determinará si se puede fijar un índice máximo de fugas para las instalaciones;

f)

se evaluarán los requisitos de presentación de informes contemplados en el apartado 1 del artículo 6, en particular el límite cuantitativo de una tonelada y, si procede, se podrá proponer la modificación de dichos requisitos, con el fin de mejorar su aplicación práctica;

g)

se evaluará la necesidad de redactar y difundir documentos que describan las mejores técnicas disponibles y las mejores prácticas medioambientales en materia de prevención y reducción al mínimo de las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero;

h)

se incluirá un resumen del desarrollo tecnológico, tanto en la Comunidad como a escala internacional, en particular en lo que se refiere a las espumas, la experiencia adquirida, los requisitos medioambientales y las posibles incidencias en el funcionamiento del mercado interior;

i)

se evaluará si resulta técnicamente viable y económicamente rentable la sustitución del hexafluoruro de azufre en el moldeado en arena, el moldeado permanente y el moldeado a presión y, en su caso, se propondrá una revisión del apartado 1 del artículo 8 a más tardar el 1 de enero de 2009; se revisará asimismo la exención que figura en el apartado 1 del artículo 8 a la vista de ulteriores evaluaciones de las alternativas disponibles a más tardar el 1 de enero de 2010;

j)

se evaluará si es técnicamente viable , energéticamente eficaz y económicamente rentable incluir más productos y aparatos que contengan gases fluorados de efecto invernadero en el Anexo II y, si procede, se harán propuestas de modificación del Anexo II a fin de incluir esos otros productos y aparatos;

k)

se sopesará si deben modificarse las disposiciones comunitarias sobre el potencial de calentamiento atmosférico de los gases fluorados de efecto invernadero, debiendo toda modificación tener en cuenta los progresos tecnológicos y científicos y la necesidad de respetar los plazos de planificación de los productos industriales.

3.   En caso necesario, la Comisión presentará las propuestas apropiadas para la revisión de las correspondientes disposiciones del presente Reglamento.

Articulo 12

Fomento de alternativas

1.     Sin perjuicio de lo dispuesto en el Tratado, y en particular en su artículo 87, los Estados miembros fomentarán la comercialización de aparatos que utilicen alternativas a los gases con un potencial de calentamiento atmosférico elevado teniendo en cuenta los beneficios en términos de eficacia energética que aportan algunos gases en determinadas aplicaciones, como el aislamiento. Asimismo, notificarán a la Comisión todas las medidas por las que se instaure algún tipo de prohibición adicional a las que se derivan del artículo 9 del presente Reglamento.

2.     El apartado 1 será aplicable a los siguientes tipos de productos y aparatos:

a)

productos y aparatos de refrigeración;

b)

productos y aparatos de aire acondicionado (excepto sistemas de aire acondicionado para vehículos de motor);

c)

espumas.

Artículo 13

Comité

1.   La Comisión estará asistida por el Comité creado en virtud del artículo 18 del Reglamento (CE) no 2037/2000.

2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 5 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8.

El plazo contemplado en el apartado 6 del artículo 5 de la Decisión 1999/468/CE queda fijado en tres meses.

3.   El Comité aprobará su reglamento interno.

Artículo 14

Sanciones

1.   Los Estados miembros establecerán el régimen de sanciones aplicables en caso de incumplimiento de las disposiciones del presente Reglamento y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento. Tales sanciones serán efectivas, proporcionadas y disuasorias.

2.   Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el régimen de sanciones a más tardar el ... (29) y le notificarán sin demora cualquier modificación del mismo.

Artículo 15

Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor a los doce meses de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  DO C 108 de 30.4.2004, p. 62.

(2)  Posición del Parlamento Europeo de 31 de marzo de 2004(DO C 103 E de 29.4.2004, p. 600), Posición Común del Consejo de 21 de junio de 2005 (DO C 183 E de 26.7.2005, p. 1) y Posición del Parlamento Europeo de 26 de octubre de 2005.

(3)  Decisión no 1600/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de julio de 2002, por la que se establece el Sexto Programa de Acción Comunitario en materia de Medio Ambiente (DO L 242 de 10.9.2002, p. 1).

(4)  DO L 33 de 7.2.1994, p. 11.

(5)  DO L 130 de 15.5.2002, p. 1.

(6)  DO L 194 de 25.7.1975, p. 39. Directiva modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 1882/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 284 de 31.10.2003, p. 1).

(7)  DO L 257 de 10.10.1996, p. 26. Directiva modificada en último lugar por el Reglamento (CE) no 1882/2003.

(8)  DO L 269 de 21.10.2000, p. 34. Directiva modificada por la Decisión 2002/525/CE de la Comisión (DO L 170 de 29.6.2002, p. 81).

(9)  DO L 37 de 13.2.2003, p. 24. Directiva modificada por la Directiva 2003/108/CE (DO L 345 de 31.12.2003, p. 106).

(10)  DO L ...

(11)  DO L 184 de 17.7.1999, p. 23.

(12)  DO L 244 de 29.9.2000, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 2077/2004 de la Comisión (DO L 359 de 4.12.2004, p. 28).

(13)  Tercer Informe de Evaluación del IPCC sobre el cambio climático de 2001. Informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (http://www.ipcc.ch/pub/reports.htm).

(14)  Para calcular el potencial de calentamiento atmosférico de gases no fluorados de efecto invernadero en preparados, se aplicarán los valores publicados en el Primer Informe de Evaluación IPCC, véase: Climate Change, The IPCC Scientific Assessment, J.T. Houghton, G.J. Jenkins, J.J. Ephraums (ed.), Cambridge University Press, Cambridge (UK) 1990.

(15)  Directiva 94/48/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de diciembre de 1994, por la que se modifica por decimotercera vez la Directiva 76/769/CEE relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros que limitan la comercialización y el uso de determinadas sustancias y preparados peligrosos (DO L 331 de 21.12.1994, p. 7).

(16)  Fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

(17)  Tres años después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

(18)  Fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

(19)  Fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

(20)  Un año después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

(21)  Dos años después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

(22)  Fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

(23)  Directiva 67/548/CEE del Consejo, de 27 de junio de 1967, relativa a la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas en materia de clasificación, embalaje y etiquetado de las sustancias peligrosas (DO 196 de 16.8.1967, p. 1). Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2004/73/CE de la Comisión (DO L 152 de 30.4.2004, p. 1).

(24)  Directiva 1999/45/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de mayo de 1999, sobre la aproximación de las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas a la clasificación, el envasado y el etiquetado de preparados peligrosos (DO L 200 de 30.7.1999, p. 1). Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2004/66/CE del Consejo (DO L 168 de 1.5.2004, p. 35).

(25)  Fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

(26)  Un año después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

(27)  DO L 42 de 23.2.1970, p. 1. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2004/104/CE de la Comisión (DO L 337 de 13.11.2004, p. 13).

(28)  Cuatro años después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

(29)  Un año después de la fecha de entrada en vigor del presente Reglamento.

ANEXO I

Parte 1

Gases fluorados de efecto invernadero a que se refiere el apartado 1 del artículo 2

Gas fluorado de efecto invernadero

Fórmula química

Potencial de calentamiento atmosférico

Hexafluoruro de azufre

SF6

22 200

Hidrofluorocarburos (HFC):

HFC-23

CHF3

12 000

HFC-32

CH2F2

550

HFC-41

CH3F

97

HFC-43-10mee

C5H2F10

1 500

HFC-125

C2HF5

3 400

HFC-134

C2H2F4

1 100

HFC-134a

CH2FCF3

1 300

HFC-152a

C2H4F2

120

HFC-143

C2H3F3

330

HFC-143a

C2H3F3

4 300

HFC-227ea

C3HF7

3 500

HFC-236cb

CH2FCF2CF3

1 300

HFC-236ea

CHF2CHFCF3

1 200

HFC-236fa

C3H2F6

9 400

HFC-245ca

C3H3F5

640

HFC-245fa

CHF2CH2CF3

950

HFC-365mfc

CF3CH2CF2CH3

890

Perfluorocarburos (PFC)

Perfluorometano

CF4

5 700

Perfluoroetano

C2F6

11 900

Perfluoropropano

C3F8

8 600

Perfluorobutano

C4F10

8 600

Perfluoropentano

C5F12

8 900

Perfluorohexano

C6F14

9 000

Perfluorociclobutano

c-C4F8

10 000

Parte 2

Método de cálculo del potencial de calentamiento atmosférico (PCA) de un preparado

El PCA total es una media ponderada derivada de la suma de las fracciones expresadas en peso de cada una de las sustancias multiplicadas por sus PCA.

Σ (Sustancia X % x PCA) + (Sustancia Y % x PCA) + ... (Sustancia N % x PCA)

donde % es la contribución por peso con una tolerancia de peso de +/- 1 %.

Por ejemplo: al aplicar la fórmula a una mezcla teórica de gases consistente en 23 % HFC-32; 25 % HFC-125 y 52 % HFC-134a;

Σ (23 % x 550) + (25 % x 3 400) + (52 % x 1 300)

→ PCA total = 1 652,5

ANEXO II

Prohibiciones de comercialización con arreglo al artículo 9

Gases fluorados de efecto invernadero

Productos y aparatos

Fecha de la prohibición

Gases fluorados de efecto invernadero

Contenedores no recargables

Fecha de entrada en vigor

Hidrofluorocarburos y perfluorocarburos

Sistemas no confinados de evaporación directa que contengan refrigerantes

Fecha de entrada en vigor

Perfluorocarburos

Sistemas de protección contra incendios y extintores

Fecha de entrada en vigor

Gases fluorados de efecto invernadero

Ventanas en uso doméstico

Fecha de entrada en vigor

Gases fluorados de efecto invernadero

Otras ventanas

Un año después de la fecha de entrada en vigor

Gases fluorados de efecto invernadero

Calzado

1 de julio de 2006

Gases fluorados de efecto invernadero

Neumáticos

Fecha de entrada en vigor

Gases fluorados de efecto invernadero

Espumas de un solo componente, salvo si su utilización es necesaria para cumplir las normas de seguridad nacionales

Un año después de la fecha de entrada en vigor

Hidrofluorocarburos

Aerosoles innovadores

Dos años después de la fecha de entrada en vigor

P6_TA(2005)0401

Emisiones procedentes de sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor ***II

Resolución legislativa del Parlamento Europeo respecto de la Posición Común del Consejo con vistas a la adopción de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las emisiones procedentes de sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del Consejo (16182/4/2004 — C6-0222/2005 — 2003/0189B(COD))

(Procedimiento de codecisión: segunda lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la Posición Común del Consejo (16182/4/2004 — C6-0222/2005) (1),

Vista su posición en primera lectura (2) sobre la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2003) 0492) (3),

Visto el apartado 2 del artículo 251 del Tratado CE,

Visto el artículo 62 de su Reglamento,

Vista la recomendación para la segunda lectura de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6-0294/2005),

1.

Aprueba la posición común en su versión modificada;

2.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  DO C 183 E de 26.7.2005, p. 17.

(2)  DO C 103 E de 29.4.2004, p. 600.

(3)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TC2-COD(2003)0189B

Posición del Parlamento Europeo adoptada en segunda lectura el 26 de octubre de 2005 con vistas a la adopción de la Directiva 2005/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las emisiones procedentes de sistemas de aire acondicionado en vehículos de motor y por la que se modifica la Directiva 70/156/CEE del Consejo

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y en particular su artículo 95,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),

Considerando lo siguiente:

(1)

El mercado interior implica un espacio sin fronteras interiores en el que la libre circulación de mercancías, personas, servicios y capitales debe quedar garantizada, para lo cual existe un sistema comunitario de homologación de vehículos de motor. Deben armonizarse los requisitos técnicos para la homologación de vehículos de motor en materia de sistemas de aire acondicionado para evitar que los Estados miembros adopten requisitos que difieran de un Estado miembro a otro y para garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior.

(2)

Un número creciente de Estados miembros tiene intención de regular la utilización de sistemas de aire acondicionado de los vehículos de motor como consecuencia de la Decisión 2002/358/CE del Consejo, de 25 de abril de 2002, relativa a la aprobación, en nombre de la Comunidad Europea, del Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático y al cumplimiento conjunto de los compromisos contraídos con arreglo al mismo (3). Esta Decisión obliga a la Comunidad y a sus Estados miembros a reducir el conjunto de sus emisiones antropogénicas de los gases de efecto invernadero enumerados en el Anexo A del Protocolo de Kyoto en un 8% respecto de los niveles de 1990, en el período comprendido entre 2008 y 2012. La falta de coordinación en la aplicación de dichos compromisos entraña el riesgo de que se creen barreras a la libre circulación de vehículos de motor en la Comunidad. Por lo tanto, es necesario fijar los requisitos que deben cumplir los sistemas de aire acondicionado instalados en los vehículos para que se permita su comercialización, así como prohibir, a partir de una fecha determinada, los sistemas de aire acondicionado diseñados para contener gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150.

(3)

Las emisiones de hidrofluorocarburo 134a (HFC-134a), cuyo potencial de calentamiento atmosférico asciende a 1300, procedentes de los sistemas de aire acondicionado de los vehículos de motor constituyen un motivo de preocupación creciente a causa de su impacto en el cambio climático. Se espera contar en un futuro próximo con alternativas rentables y seguras al hidrofluorocarburo 134a (HFC-134a). Debe llevarse a cabo una revisión a fin de establecer, a la luz del progreso del confinamiento potencial de las emisiones procedentes de los citados sistemas o de la sustitución de los gases fluorados en dichos sistemas, si conviene ampliar la presente Directiva a otras categorías de vehículos de motor y modificar las disposiciones relativas al potencial de calentamiento atmosférico de dichos gases, teniendo en cuenta la evolución tecnológica y científica y la necesidad de respetar los calendarios de la industria para la planificación de los productos.

(4)

Para garantizar la eficacia de la prohibición de determinados gases fluorados de efecto invernadero, es necesario limitar la posibilidad de equipar a posteriori los vehículos de motor con sistemas de aire acondicionado diseñados para contener gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150, así como prohibir la alimentación de los sistemas de aire acondicionado con esos gases.

(5)

Para limitar las emisiones de determinados gases fluorados de efecto invernadero procedentes de los sistemas de aire acondicionado de los vehículos de motor, es necesario establecer valores límite del índice de fuga y el procedimiento de prueba para evaluar la fuga de los sistemas de aire acondicionado instalados en los vehículos de motor y diseñados para contener gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150.

(6)

Para contribuir al cumplimiento de los compromisos contraídos por la Comunidad y sus Estados miembros en virtud de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, el Protocolo de Kyoto y la Decisión 2002/358/CE, deben adoptarse y publicarse en el Diario Oficial de la Unión Europea simultáneamente el Reglamento (CE) no .../2005, del Parlamento Europeo y del Consejo, de..., sobre determinados gases fluorados de efecto invernadero (4) y la presente Directiva, al contribuir ambos a la reducción de las emisiones de gases fluorados de efecto invernadero.

(7)

Todo fabricante de vehículos debe poner a disposición de la autoridad de homologación toda la información técnica pertinente sobre los sistemas de aire acondicionado que se hayan instalado y sobre los gases empleados en éstos. En el caso de los sistemas de aire acondicionado diseñados para contener gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150, el fabricante también debe facilitar su índice de fuga.

(8)

Procede aprobar las medidas necesarias para la ejecución de la presente Directiva con arreglo a la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (5).

(9)

La presente Directiva es una de las directivas particulares del procedimiento de homologación CE creado por la Directiva 70/156/CEE del Consejo, de 6 de febrero de 1970, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre la homologación de los vehículos de motor y de sus remolques (6). Por lo tanto, la Directiva 70/156/CEE debe modificarse en consecuencia.

(10)

Dado que los objetivos de la presente Directiva, a saber, el control de la fuga de determinados gases fluorados de efecto invernadero de los sistemas de aire acondicionado de los vehículos y la prohibición, a partir de una fecha determinada, de los sistemas de aire acondicionado diseñados para contener gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150, no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y, por consiguiente, debido a las dimensiones y efectos de la presente Directiva, pueden lograrse mejor a nivel comunitario, la Comunidad puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, la presente Directiva no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos.

(11)

De acuerdo con lo estipulado en el punto 34 del Acuerdo Interinstitucional «Legislar mejor» (7), se alienta a los Estados miembros a establecer, en su propio interés y en el de la Comunidad, sus propios cuadros, que muestren, en la medida de lo posible, la concordancia entre la presente Directiva y las medidas de transposición, y a hacerlos públicos,

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

Objeto

La presente Directiva establece los requisitos para la homologación CE y la homologación nacional de vehículos en lo que respecta a las emisiones procedentes de sistemas de aire acondicionado instalados en vehículos y al funcionamiento seguro de dichos sistemas. Establece también disposiciones sobre la retro-adaptación y recarga de esos sistemas.

Artículo 2

Ámbito de aplicación

La Directiva será aplicable a los vehículos de motor de categoría M1 y N1 tal como se definen en el Anexo II de la Directiva 70/156/CEE. A efectos de la presente Directiva, los vehículos de la categoría N1 se limitan a los de la clase I descritos en la primera tabla del punto 5.3.1.4 del Anexo I de la Directiva 70/220/CEE del Consejo, de 20 de marzo de 1970, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de medidas contra la contaminación atmosférica causada por las emisiones de los vehículos de motor (8), insertada mediante la Directiva 98/69/CE del Consejo  (9).

Artículo 3

Definiciones

A efectos de la presente Directiva serán de aplicación las siguientes definiciones:

1)

«vehículo», cualquier vehículo de motor incluido en el ámbito de aplicación de la presente Directiva;

2)

«tipo de vehículo», un tipo tal como queda definido en la sección B del Anexo II de la Directiva 70/156/CEE;

3)

«sistema de aire acondicionado», cualquier sistema cuya finalidad principal consiste en reducir la temperatura del aire y la humedad del compartimento de pasajeros de un vehículo;

4)

«sistemas de evaporación doble», cualquier sistema en el que un evaporador va montado en el compartimento motor y el otro en un compartimento diferente del vehículo; todos los demás sistemas se considerarán «sistemas de evaporador único»;

5)

«gases fluorados de efecto invernadero», los hidrofluorocarburos (HFC), perfluorocarburos (PFC) y el hexafluoruro de azufre (SF6) que figuran en el Anexo A del Protocolo de Kyoto, así como los preparados que contengan dichas sustancias, excluyéndose las sustancias reguladas con arreglo al Reglamento (CE) no 2037/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de junio de 2000, sobre las sustancias que agotan la capa de ozono (10);

6)

«hidrofluorocarburo», un compuesto orgánico formado por carbono, hidrógeno y flúor, y cuya molécula no contenga más de seis átomos de carbono;

7)

«perfluorocarburo», un compuesto orgánico formado sólo por carbono y flúor, y cuya molécula no contenga más de seis átomos de carbono;

8)

«potencial de calentamiento atmosférico», el potencial de calentamiento climático de un gas fluorado de efecto invernadero en relación con el del dióxido de carbono. El potencial de calentamiento atmosférico se obtiene a partir del potencial de calentamiento de un kilogramo de gas en relación con un kilogramo de CO2 sobre un período de 100 años. Las cifras pertinentes del potencial de calentamiento atmosférico son las publicadas en el Tercer Informe de Evaluación adoptado por el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático («valores de potencial de calentamiento atmosférico para 2001 del IPCC») (11);

9)

«preparado», una mezcla de dos o más sustancias, de las cuales al menos una es un gas fluorado de efecto invernadero. El potencial de calentamiento atmosférico total del preparado (12) se determinará de acuerdo con la Parte 2 del Anexo;

10)

«retroadaptación», instalación de un sistema de aire acondicionado en un vehículo después de haber sido matriculado.

Artículo 4

Obligaciones de los Estados miembros

1.   Los Estados miembros concederán, en su caso, homologaciones CE y homologaciones nacionales, con respecto a las emisiones procedentes de los sistemas de aire acondicionado, únicamente a los tipos de vehículos que cumplan los requisitos establecidos en la presente Directiva.

2.   A efectos de conceder la homologación completa a vehículos según la letra a) del apartado 1 del artículo 4 de la Directiva 70/156/CEE, los Estados miembros velarán por que los fabricantes faciliten información sobre el tipo de refrigerante utilizado en los sistemas de aire acondicionado instalados en vehículos de motor nuevos.

3.   Para la homologación de vehículos equipados con sistemas de aire acondicionado diseñados para contener gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150, los Estados miembros velarán por que, conforme a la prueba armonizada de detección de fugas a que se refiere el apartado 1 del artículo 7, el índice de fuga de dichos gases no supere los límites máximos permitidos que establece el artículo 5.

Artículo 5

Homologación

1.   Con efecto a partir de los seis meses de la fecha de aprobación de una prueba de fugas armonizada, los Estados miembros no podrán invocar las emisiones procedentes de sistemas de aire acondicionado con objeto de:

a)

denegar la homologación CE ni la homologación nacional a un nuevo tipo de vehículo, o

b)

prohibir la matriculación, venta o puesta en servicio de vehículos nuevos,

cuando el vehículo equipado de un sistema de aire acondicionado diseñado para contener gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150 cumpla los requisitos de la presente Directiva.

2.   Con efecto a partir de los 12 meses de la fecha de aprobación de una prueba armonizada de detección de fugas o a partir del 1 de enero de 2007, en función de la fecha que sea posterior, los Estados miembros dejarán de conceder homologaciones CE y homologaciones nacionales a los tipos de vehículos equipados con sistemas de aire acondicionado diseñados para contener gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150, salvo que el índice de fuga de dicho sistema no exceda de 40 gramos de gases fluorados de efecto invernadero al año en el caso de los sistemas de evaporador único o de 60 gramos de gases fluorados de efecto invernadero al año en el caso de los sistemas de evaporación doble.

3.   Con efecto a partir de los 24 meses de la fecha de aprobación de una prueba armonizada de detección de fugas o a partir del 1 de enero de 2008, en función de la fecha que sea posterior, respecto de los vehículos nuevos equipados con sistemas de aire acondicionado diseñados para contener gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150, salvo que el índice de fuga de dicho sistema no exceda de 40 gramos de gases fluorados de efecto invernadero al año en el caso de los sistemas de evaporador único o de 60 gramos de gases fluorados de efecto invernadero al año en el caso de los sistemas de evaporación doble, los Estados miembros:

a)

considerarán que los certificados de homologación han expirado a efectos de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 7 de la Directiva 70/156/CEE, y

b)

denegarán la matriculación y prohibirán su venta y puesta en servicio.

4.   Con efecto a partir del 1 de enero de 2011, los Estados miembros dejarán de conceder homologaciones CE y homologaciones nacionales a los tipos de vehículos equipados con sistemas de aire acondicionado diseñados para contener gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150.

5.   Con efecto a partir del 1 de enero de 2017, respecto de los vehículos nuevos equipados con sistemas de aire acondicionado diseñados para contener gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150, los Estados miembros:

a)

considerarán que los certificados de homologación han expirado a efectos de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 7 de la Directiva 70/156/CEE, y

b)

denegarán la matriculación y prohibirán su venta y puesta en servicio.

6.     Con efectos inmediatos, los Estados miembros podrán fomentar la instalación de sistemas de aire acondicionado que contengan un gas que sea eficaz y posea un potencial de calentamiento atmosférico bajo, como el CO2. Si los Estados miembros adoptan medidas fiscales o de otro tipo para fomentar la instalación de sistemas con un menor potencial de calentamiento atmosférico, deberán informar de ellas a la Comisión.

Artículo 6

Retroadaptación y recarga

1.   Con efecto a partir del 1 de enero de 2011, los sistemas de aire acondicionado diseñados para contener gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150 no se retroadaptarán en los vehículos homologados a partir de esa fecha. Con efecto a partir del 1 de enero de 2017, dichos sistemas de aire acondicionado no serán retroadaptados en ningún vehículo.

2.   Los sistemas de aire acondicionado instalados en vehículos homologados a partir del 1 de enero de 2011 no deberán recargarse con gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150. Con efecto a partir del 1 de enero de 2017, ningún sistema de aire acondicionado de un vehículo deberá recargarse con gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150, con excepción de la recarga de sistemas de aire acondicionado que contengan esos gases y que se hayan instalado en vehículos antes de dicha fecha.

3.   Los prestadores de servicios de mantenimiento y reparación de sistemas de aire acondicionado no recargarán dichos aparatos con gases fluorados de efecto invernadero si se ha fugado del sistema una cantidad anormal del refrigerante hasta que no se haya efectuado la reparación necesaria.

Artículo 7

Medidas de ejecución

1.   A más tardar el ... (13), la Comisión adoptará las medidas de ejecución de los artículos 4 y 5 y, en particular:

a)

las disposiciones administrativas para la homologación CE de vehículos, y

b)

una prueba armonizada de detección de fugas para medir el índice de fuga de los gases fluorados de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150 procedentes de los sistemas de aire acondicionado.

2.   La Comisión adoptará las medidas de conformidad con el procedimiento a que se refiere el artículo 13 de la Directiva 70/156/CEE.

3.   La Comisión publicará estas medidas en el Diario Oficial de la Unión Europea.

4.   El procedimiento a que se refiere el apartado 2 se aplicará a la adopción, en su caso, de:

a)

las medidas necesarias para garantizar un funcionamiento seguro y un servicio adecuado de los refrigerantes en sistemas móviles de aire acondicionado;

b)

las medidas relativas a la retroadaptación de los vehículos en uso equipados con sistemas de aire acondicionado y la recarga de los sistemas de aire acondicionado en uso en la medida en que no estén cubiertos por el artículo 6;

c)

la adaptación del método de determinación del potencial de calentamiento atmosférico pertinente de los preparados.

Artículo 8

Revisión

1.   En función de los avances alcanzados en las posibilidades de contención de emisiones procedentes de gases fluorados, o en la sustitución de dichos gases, en los sistemas de aire acondicionado instalados en vehículos de motor, la Comisión estudiará:

si la presente legislación debe ampliarse a otras categorías de vehículos, en particular a las categorías M2 y M3, así como a las clases II y III de la categoría N1, y

si se deben modificar las disposiciones comunitarias sobre el potencial de calentamiento atmosférico de los gases fluorados de efecto invernadero, debiendo toda modificación tener en cuenta los progresos tecnológicos y científicos y la necesidad de respetar los plazos de planificación de los productos industriales,

y publicará un informe a más tardar el ... (14). Si procede, presentará las propuestas legislativas pertinentes.

2.   Cuando un gas fluorado de efecto invernadero con un potencial de calentamiento atmosférico superior a 150, que no esté aún cubierto por el informe del IPCC mencionado en el punto 8 del artículo 3, se incluya en un futuro informe del IPCC, la Comisión evaluará si procede modificar la presente Directiva a fin de incluir ese gas. Si la Comisión lo considera necesario, de conformidad con el procedimiento a que se refiere el artículo 13 de la Directiva 70/156/CEE:

aprobará las medidas necesarias y

establecerá los períodos transitorios de aplicación de esas medidas, buscando un equilibrio entre la necesidad de un plazo de tiempo adecuado y el riesgo que el gas fluorado de efecto invernadero suponga para el medio ambiente.

Artículo 9

Modificaciones de la Directiva 70/156/CEE

La Directiva 70/156/CEE queda modificada conforme a lo dispuesto en la Parte 1 del Anexo de la presente Directiva.

Artículo 10

Incorporación al Derecho nacional

1.   Los Estados miembros adoptarán y publicarán a más tardar el ... (15) las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva.

Aplicarán dichas disposiciones a partir del .... (16).

Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, éstas harán referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.

2.   Los Estados miembros comunicarán a la Comisión las principales disposiciones de Derecho nacional que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.

Artículo 11

Entrada en vigor

La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 12

Destinatarios

Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  DO C 108 de 30.4.2004, p. 62.

(2)  Posición del Parlamento Europeo de 31 de marzo de 2004(DO C 103 E de 29.4.2004, p. 600), Posición Común del Consejo de 21 de junio de 2005 (DO C 183 E de 26.7.2005, p. 17) y Posición del Parlamento Europeo de 26 de octubre de 2005.

(3)  DO L 130 de 15.5.2002, p. 1.

(4)  DO L ...

(5)  DO L 184 de 17.7.1999, p. 23.

(6)  DO L 42 de 23.2.1970, p. 1. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2005/49/CE de la Comisión (DO L 194 de 26.7.2005, p. 12).

(7)  DO C 321 de 31.12.2003, p. 1.

(8)  DO L 76 de 6.4.1970, p. 1. Directiva modificada en último lugar por la Directiva 2003/76/CE de la Comisión (DO L 206 de 15.8.2003, p. 29).

(9)  DO L 350 de 28.12.1998, p. 1.

(10)  DO L 244 de 29.9.2000, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 2077/2004 de la Comisión (DO L 359 de 4.12.2004, p. 28).

(11)  Tercer Informe de Evaluación del IPCC sobre el cambio climático de 2001. Informe del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (http://www.ipcc.ch/pub/reports.htm).

(12)  Para calcular el potencial de calentamiento atmosférico de gases no fluorados de efecto invernadero en preparados, se aplicarán los valores publicados en el Primer Informe de Evaluación IPCC; véase: Climate Change, The IPCC Scientific Assessment, J.T. Houghton, G.J. Jenkins, J.J. Ephraums (ed.), Cambridge University Press, Cambridge (UK) 1990.

(13)  12 meses después de la fecha de entrada en vigor de la presente Directiva.

(14)  Cinco años después de la fecha de entrada en vigor de la presente Directiva.

(15)  18 meses después de la fecha de entrada en vigor de la presente Directiva.

(16)  18 meses y un día después de la fecha de entrada en vigor de la presente Directiva.

ANEXO

Parte 1

La Directiva 70/156/CEE se modifica como sigue:

1.

En la parte I del Anexo IV se añaden el nuevo punto [61] y la nota siguientes:

Asunto

Número de Directiva

Referencia del Diario Oficial

Aplicable a:

M1

M2

M3

N1

N2

N3

O1

O2

O3

O4

[61]. Sistemas de aire acondicionado

[...../.../CE]

L ... de ..., p. ...

X

 

 

X (1)

 

 

 

 

 

 

2.

El Anexo XI se modifica como sigue:

a)

En el Apéndice 1 se añade el nuevo punto [61] siguiente:

Punto

Asunto

Número de Directiva

M1 < 2 500 (1) Kg.

M1 > 2 500 (1) Kg.

M2

M3

[61]

Sistemas de aire acondicionado

[.../.../EC]

X

X

 

 

b)

En el Apéndice 2 se añade el nuevo punto [61] siguiente:

Punto

Asunto

Número de Directiva

M1

M2

M3

N1

N2

N3

O1

O2

O3

O4

[61]

Sistemas de aire acondicionado

[..../.../EC]

X

 

 

W

 

 

 

 

 

 

c)

En el Apéndice 3 se añade el nuevo punto [61] siguiente:

Punto

Asunto

Número de Directiva

M2

M3

N1

N2

N3

O1

O2

O3

O4

[61]

Sistemas de aire acondicionado

[.../.../EC]

 

 

W

 

 

 

 

 

 

d)

En el «Significado de las letras» se inserta la letra siguiente:

«W Únicamente para los vehículos de la categoría N1, clase I, tal como se describen en la primera tabla correspondiente al punto 5.3.1.4. del Anexo I de la Directiva 70/220/CEE, insertada mediante la Directiva 98/69/CE.»

Parte 2

Método de cálculo del potencial de calentamiento atmosférico (PCA) de un preparado

El PCA total es una media ponderada derivada de la suma de las fracciones expresadas en peso de cada una de las sustancias multiplicadas por sus PCA.

Σ (Sustancia X % x PCA) + (Sustancia Y % x PCA) + ... (Sustancia N % x PCA)

donde % es la contribución por peso con una tolerancia de peso de +/- 1 %.

Por ejemplo: al aplicar la fórmula a una mezcla teórica de gases consistente en 23 % HFC-32; 25 % HFC-125 y 52 % HFC-134a;

Σ (23 % x 550) + (25 % x 3 400) + (52 % x 1 300)

→ PCA total = 1 652,5.


(1)  Únicamente para los vehículos de la categoría N1, clase I, tal como se describen en la primera tabla correspondiente al punto 5.3.1.4. del Anexo I de la Directiva 70/220/CEE, insertada mediante la Directiva 98/69/CE.

P6_TA(2005)0402

Emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2000/14/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre (COM(2005)0370 — C6-0250/2005 — 2005/0149(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2005) 0370) (1),

Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el artículo 95 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0250/2005),

Visto el artículo 51 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6-0296/2005),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente la propuesta o sustituirla por otro texto;

3.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TC1-COD(2005)0149

Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 26 de octubre de 2005con vistas a la adopción de la Directiva 2005/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 2000/14/CE relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre

(Texto pertinente a efectos del EEE)

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, su artículo 95,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

Visto el dictamen del Comité de las Regiones (2),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (3),

Considerando lo siguiente:

(1)

La Directiva 2000/14/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de mayo de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros sobre emisiones sonoras en el entorno debidas a las máquinas de uso al aire libre (4) ha sido objeto de un examen por un grupo de expertos establecido por los servicios de la Comisión, el Grupo de trabajo sobre máquinas de uso al aire libre.

(2)

En su informe fechado el 8 de julio de 2004, el Grupo de trabajo sobre máquinas de uso al aire libre concluyó que algunos de los límites de la fase II que debían ser obligatorios a partir del 3 de enero de 2006 no eran técnicamente viables. No obstante, nunca hubo intención de restringir la puesta en el mercado o la puesta en servicio de máquinas basándose exclusivamente en la viabilidad técnica.

(3)

Por tanto, es necesario prever que determinados tipos de máquinas que figuran en el artículo 12 de la Directiva 2000/14/CE, que no podrían cumplir los límites de la fase II antes del 3 de enero de 2006 por razones exclusivamente técnicas, puedan seguir poniéndose en el mercado y/o en servicio después de esa fecha.

(4)

La experiencia acumulada durante los cinco primeros años de aplicación de la Directiva 2000/14/CE ha demostrado que hace falta más tiempo para cumplir lo dispuesto en sus artículos 16 y 20, así como la necesidad de revisar la Directiva con vistas a su posible modificación, en particular respecto a los límites de la fase II que figuran en ella. Por tanto, es necesario ampliar dos años el plazo para la presentación al Parlamento Europeo y al Consejo del informe sobre la experiencia acumulada por la Comisión en la aplicación y la administración de la Directiva 2000/14/CE mencionado en el artículo 20, apartado 1 de dicha Directiva.

(5)

En el artículo 20, apartado 3 de la Directiva 2000/14/CE se prevé que la Comisión presente al Parlamento Europeo y al Consejo un informe en el que se indique si los progresos técnicos permiten reducir, y en su caso en qué medida, los valores límite de las cortadoras de césped, las máquinas para el acabado del césped y las recortadoras de césped. Habida cuenta de que las obligaciones con arreglo al artículo 20, apartado 1 son más prescriptivas que las del artículo 20, apartado 3 y para evitar que se duplique el esfuerzo, conviene incluir estos tipos de máquinas en el informe general previsto en el artículo 20, apartado 1 de la Directiva. Por consiguiente, debe suprimirse la obligación de presentar un informe por separado que figura en el artículo 20, apartado 3.

(6)

Dado que los objetivos de dichas modificaciones, a saber, garantizar el funcionamiento en curso del mercado interior exigiendo que las máquinas que se utilizan al aire libre cumplan disposiciones armonizadas en materia de ruido ambiente, no pueden ser alcanzados de manera suficiente por los Estados miembros y, por consiguiente, debido a la dimensión o a los efectos de la acción contemplada, pueden lograrse mejor, a nivel comunitario, la Comunidad puede adoptar medidas, de conformidad con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, estas modificaciones no exceden de lo necesario para alcanzar dichos objetivos, al limitar su ámbito de aplicación a los tipos de máquinas para los cuales el cumplimiento de los límites de la fase II es actualmente imposible por razones técnicas.

(7)

De conformidad con el apartado 34 del Acuerdo interinstitucional «Legislar mejor» (5), se alentará a los Estados miembros a establecer, en su propio interés y en el de la Comunidad, sus propios cuadros, que muestren, en la medida de lo posible, la concordancia entre la presente Directiva y las medidas de transposición, y a hacerlos públicos.

(8)

Por tanto, la Directiva 2000/14/CE debe modificarse en consecuencia.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

La Directiva 2000/14/CE se modifica como sigue:

1)

La tabla del artículo 12 se sustituye por la siguiente:

Tipo de máquinas

Potencia neta instalada P (en kW) Potencia eléctrica P el  (6) en kW Masa del aparato m en kg Anchura de corte L en cm

Niveles de potencia acústica admisibles en dB/1 pW

Fase I a partir del 3 de enero de 2002

Fase II a partir del 3 de enero de 2006

Máquinas compactadoras (rodillos, planchas vibratorias apisonadoras vibratorias)

P ≤ 8

108

105 (7)

8 < P ≤ 70

109

106 (7)

P > 70

89 + 11 lg P

86 + 11 lg P  (7)

Topadoras sobre oruga, cargadoras sobre oruga, palas cargadoras de oruga

P ≤ 55

106

103 (7)

P > 55

87 + 11 lg P

84 + 11 lg P  (7)

Topadoras, cargadoras y palas cargadoras sobre ruedas, motovolquetes, niveladoras, Compactadoras de basuras, tipo cargadoras, Carretillas elevadoras en voladizo accionadas por motor de combustión, grúas móviles, máquinas compactadoras (rodillos no vibrantes), pavimentadoras, generadores de energía hidráulica

P ≤ 55

104

101 (7)  (8)

P > 55

85 + 11 lg P

82 + 11 lg P  (7)  (8)

Palas, montacargas para el transporte de materiales de construcción, tornos de construcción motoazadas

P ≤ 15

96

93

P > 15

83 + 11 lg P

80 + 11 lg P

Trituradores de hormigón y martillos picadores de mano

m ≤ 15

15 < m < 30

m > 30

107

94 + 11 lg m

96 + 11 lg m

105

92 + 11 lg m  (7)

94 + 11 lg m

Grúas de torre

 

98 + lg P

96 + lg P

Grupos electrógenos de soldadura y de potencia

P el ≤ 2

2 < P el ≤ 10

10 > P el

97 + lg P el

98 + lg P el

97 + lg P el

95 + lg P el

96 + lg P el

95 + lg P el

Motocompresores

P ≤ 15

P > 15

99

97 +2 lg P

97

95 +2 lg P

Cortadoras de césped, máquinas para el acabado del césped y recortadoras de césped

L < 50

50 < L ≤ 70

70 < L ≤ 120

L > 120

96

100

100

105

94 (7)

98

98 (7)

103 (7)

El nivel de potencia acústica admisible debe redondearse por defecto o por exceso al número entero más próximo (si es mayor o igual a 0,5 se utilizará el número superior).

2)

El artículo 20 se modifica como sigue:

a)

El apartado 1 se modifica como sigue:

En la primera frase, las palabras «A más tardar el 3 de enero de 2005» se sustituyen por «A más tardar el 3 de enero de 2007»;

b)

Se suprime el apartado 3.

Artículo 2

1.   Los Estados miembros pondrán en vigor las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente Directiva antes del 31 de diciembre de 2005. Comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones.

Aplicarán dichas disposiciones a partir del 3 de enero de 2006.

Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, éstas incluirán una referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia en su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.

2.   Los Estados miembros comunicarán a la Comisión el texto de las principales disposiciones de Derecho interno que adopten en el ámbito regulado por la presente Directiva.

Artículo 3

La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 4

Los destinatarios de la presente Directiva son los Estados miembros.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  Dictamen emitido el 27 de octubre de 2005.

(2)  DO C ...

(3)  Posición del Parlamento Europeo de 26 de octubre de 2005.

(4)  DO L 162 de 3.7.2000, p. 1.

(5)  DO C 321 de 31.122003, p. 1.

(6)  P el de grupos electrógenos de soldadura: corriente nominal de soldadura multiplicada por la tensión convencional en carga correspondiente al valor más bajo del factor de marcha que indica el fabricante.

P el de grupos electrógenos: energía primaria de conformidad con ISO 8528-1: 1993, punto 13.3.2.

(7)  Las cifras correspondientes a la fase II son indicativas sólo para los siguientes tipos de máquinas:

rodillos vibratorios con conductor a pie;

planchas vibratorias (> 3 kW);

apisonadoras vibratorias;

topadoras (sobre oruga de acero);

cargadoras (sobre oruga de acero > 55 kW);

carretillas elevadoras en voladizo accionadas por motor de combustión;

pavimentadoras con guía de compactación;

trituradores de hormigón y martillos picadores de mano con motor de combustión interna (15 < m < 30);

cortadoras de césped, máquinas para el acabado del césped y recortadoras de césped.

Las cifras definitivas dependerán de la modificación de la Directiva sobre el ruido tras el informe exigido en el artículo 20, apartado 1. A falta de una modificación de este tipo, las cifras correspondientes a la fase I seguirán aplicándose a la fase II.

(8)   Para las grúas móviles monomotor se aplicarán las cifras correspondientes a la fase I hasta el 3 de enero de 2008. A partir de esa fecha se aplicarán las cifras correspondientes a la fase II.

P6_TA(2005)0403

Redes transeuropeas de transporte y energía ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se determinan las normas generales para la concesión de ayudas financieras comunitarias en el ámbito de las redes transeuropeas de transporte y energía y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2236/95 del Consejo (COM(2004)0475 — C6-0086/2004 — 2004/0154(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2004) 0475) (1),

Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el artículo 156 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0086/2004),

Visto el artículo 51 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Presupuestos y las opiniones de la Comisión de Industria, Investigación y Energía y de la Comisión de Transportes y Turismo (A6-0283/2005),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

3.

Señala que los créditos indicados en la propuesta legislativa para más allá de 2006 quedarán sometidos a la decisión sobre el próximo marco financiero plurianual;

4.

Pide a la Comisión, una vez se apruebe el próximo marco financiero plurianual, que presente, si procede, una propuesta para ajustar el importe financiero de referencia para la ejecución de la propuesta de Reglamento;

5.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

P6_TC1-COD(2004)0154

Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 26 de octubre de 2005 con vistas a la adopción del Reglamento (CE) no .../2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se determinan las normas generales para la concesión de ayudas financieras comunitarias en el ámbito de las redes transeuropeas de transporte y energía y por el que se modifica el Reglamento (CE) no 2236/95 del Consejo

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea y, en particular, su artículo 156,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

Previa consulta al Comité de las Regiones,

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),

Considerando lo siguiente:

(1)

El Consejo Europeo de Barcelona, de 15 y 16 de marzo de 2002, puso de manifiesto en sus conclusiones que unas redes de energía y de transportes potentes e integradas constituyen la columna vertebral del mercado interior europeo y que un mejor uso de las redes existentes y el establecimiento de las conexiones que faltan permitirán aumentar la eficiencia y la competitividad, y garantizar un nivel adecuado de calidad, así como reducir la congestión y reforzar la sostenibilidad a largo plazo. Esas necesidades figuran en la estrategia adoptada por los Jefes de Estado y de Gobierno en la Cumbre de Lisboa del 23 y 24 de marzo de 2000, a la que se hace alusión constantemente a partir de entonces.

(2)

El Consejo Europeo de 12 y 13 de diciembre de 2003 aprobó una «Acción Europea para el Crecimiento», en la que invitaba a la Comisión a reorientar los gastos, si procede, hacia inversiones en capital físico y, en particular, en infraestructuras de redes transeuropeas (RTE) cuyos proyectos prioritarios constituyen elementos esenciales para reforzar la cohesión del mercado interior.

(3)

Los retrasos registrados en la realización de conexiones transeuropeas eficaces, sobre todo en los tramos transfronterizos, pueden perjudicar de manera significativa la competitividad de la Unión Europea y de sus Estados miembros y regiones periféricas, que no podrán aprovechar plenamente los efectos benéficos del gran mercado único.

(4)

En la Decisión no 1692/96/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 1996, sobre las orientaciones comunitarias para el desarrollo de la red transeuropea de transporte (3), modificada por la Decisión no 884/2004/CE, el coste previsto de aquí a 2020 para completar la red transeuropea de transporte (RTE-T) se calculó en 600 000 millones EUR. Las inversiones necesarias únicamente para los proyectos prioritarios del anexo III de dicha Decisión representan alrededor de 140 000 millones EUR para el período 2007-2013.

(5)

En su Resolución de 8 de junio de 2005 sobre Retos Políticos y Medios Presupuestarios de la Unión Ampliada (2007-2013) (4), el Parlamento Europeo ya subrayó la importancia estratégica de las redes de transporte para la consolidación definitiva del mercado único y para el desarrollo de las relaciones de la UE con los países candidatos, precandidatos y pertenecientes al «círculo de amigos»; además, también manifiestó su voluntad de examinar instrumentos de financiación innovadores, como las garantías de préstamos, las concesiones europeas, los préstamos europeos y un fondo de bonificación de intereses.

(6)

Para alcanzar esos objetivos, tanto el Consejo como el Parlamento han puesto de manifiesto la necesidad de reforzar y adaptar los instrumentos financieros mediante el aumento del nivel de cofinanciación comunitaria, previendo la posibilidad de aplicar un porcentaje de cofinanciación comunitaria más elevado, sobre todo para los proyectos que destacan por su carácter transfronterizo, su función de tránsito o porque atraviesan barreras naturales.

(7)

La Decisión no .../.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo , de ..., [por la que se establecen determinadas orientaciones sobre las redes transeuropeas en el sector de la energía y por la que se derogan la Decisión 96/391/CE y la Decisión no 1229/2003/CE] (5) determina los objetivos, las prioridades de acción y los proyectos de interés común para completar y desarrollar esas redes , incluidos los proyectos prioritarios. Las inversiones necesarias para que todos los Estados miembros puedan participar plenamente en el mercado interior y para completar las interconexiones con los países vecinos son del orden de 28 000 millones EUR de aquí a 2013 únicamente para los proyectos prioritarios. Esa cantidad incluye unos 8 000 millones EUR de inversiones en terceros países.

(8)

El Consejo Europeo de los días 12 y 13 de diciembre de 2003 invitó asimismo a la Comisión a seguir estudiando la necesidad de crear un instrumento específico comunitario de garantía para determinados riesgos post-construcción en los proyectos RTE-T. Respecto a la energía, el Consejo instó a la Comisión a reorientar los gastos, según corresponda, hacia inversiones en capital físico a fin de estimular el crecimiento.

(9)

El Reglamento (CE) no 2236/95 del Consejo, de 18 de septiembre de 1995, por el que se determinan las normas generales para la concesión de ayudas financieras comunitarias en el ámbito de las redes transeuropeas (6), modificado por los Reglamentos (CE) no 1655/1999 y (CE) no 807/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, ya representa un avance real, puesto que autoriza un porcentaje de financiación más elevado (20 %) para los proyectos declarados prioritarios (7). Sigue dependiendo, sin embargo, de normas de aplicación que deben simplificarse y de una dotación presupuestaria cuyos recursos son limitados. Por consiguiente, resulta necesario, como complemento de la financiación nacional pública y privada, incrementar las ayudas comunitarias tanto por lo que respecta al importe como al porcentaje de intervención con vistas a reforzar el efecto de palanca de los fondos comunitarios y realizar así los proyectos prioritarios aprobados.

(10)

A la luz de la evolución de cada uno de los componentes de las redes transeuropeas — transporte, energía y telecomunicaciones — y de sus características intrínsecas, y con vistas a una gestión más eficaz de cada programa, conviene prever varios reglamentos diferentes para los ámbitos regulados hasta ahora por el Reglamento (CE) no 2236/95.

(11)

Mediante el presente Reglamento, conviene crear un programa que determine las normas generales para la concesión de ayudas financieras comunitarias en el ámbito de las redes transeuropeas de transporte y energía. El objetivo de dicho programa es contribuir a reforzar el mercado interior y suponer un estímulo para la competitividad , el desarrollo sostenible y el crecimiento de la Comunidad, respetando el acervo comunitario, sobre todo en materia de medio ambiente.

(12)

Dado que los objetivos de aplicación de las redes transeuropeas de transporte y energía no pueden ser alcanzados de forma suficiente por los Estados miembros, habida cuenta en particular de la necesidad de coordinación de las acciones nacionales, y, por consiguiente, pueden lograrse mejor a escala comunitaria, la Comunidad puede adoptar medidas, de acuerdo con el principio de subsidiariedad consagrado en el artículo 5 del Tratado. De conformidad con el principio de proporcionalidad enunciado en dicho artículo, el presente Reglamento no excede de lo necesario para alcanzar dichos objetivos.

(13)

El programa debe caracterizarse por unas ayudas financieras comunitarias centradas en los proyectos o partes de proyectos que presenten mayor valor añadido europeo y debe contribuir a incitar a los agentes a acelerar la puesta en marcha de los proyectos prioritarios en las decisiones relativas a las orientaciones sobre el transporte y la energía a que se refieren los considerandos 4 y 7 .

(14)

El objetivo de las ayudas financieras comunitarias es desarrollar proyectos de inversión en las redes transeuropeas de transporte y energía, proporcionar un compromiso financiero firme, movilizar a los inversores institucionales e impulsar la formación de asociaciones de financiación de los sectores público y privado. En el sector de la energía, las ayudas financieras deben contribuir principalmente a superar los obstáculos financieros que puedan plantearse en la preparación de los proyectos y en su desarrollo previo a la realización efectiva, y deberá centrarse en los tramos transfronterizos de los proyectos prioritarios y en las interconexiones con países vecinos.

(15)

Las ayudas financieras comunitarias deben poder revestir diversas formas de intervención, a saber, subvención directa, bonificación de interés, instrumentos de garantía de préstamo y participación en los fondos de capital de riesgo, así como cubrir riesgos específicos posteriores a la fase de construcción. Con independencia de su forma, las ayudas financieras comunitarias deben concederse de acuerdo con las disposiciones del Reglamento financiero (8) y sus normas de desarrollo.

(16)

La Comunidad debe reconocer la financiación cruzada de los proyectos RTE mediante suplementos de peaje con el fin de acelerar la realización de otros proyectos RTE y debe velar por el respeto de las modalidades establecidas por el Consejo y el Parlamento Europeo.

(17)

Para la concesión del apoyo financiero comunitario a proyectos de gran envergadura que se escalonan a lo largo de varios años, conviene prever un compromiso de la Comunidad con arreglo a una base plurianual , distinguiendo, por proyecto financiado, por autorización de un programa plurianual y por créditos de pago anuales . En efecto, sólo un compromiso financiero firme, atractivo y que vincule a la Comunidad a largo plazo permitirá reducir las incertidumbres relacionadas con la realización de esos proyectos y movilizar a los inversores tanto públicos como privados.

(18)

La Unión Europea debe velar por fomentar las modalidades de financiación público-privada, institucionales o contractuales, que hayan demostrado su eficacia, a través de garantías jurídicas compatibles con la legislación en materia de competencia y mercado interior y esforzándose en difundir las buenas prácticas entre los Estados miembros.

(19)

Debe prestarse una atención especial a una coordinación eficaz del conjunto de las acciones comunitarias que incidan en las redes transeuropeas, sobre todo la financiación procedente de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión, así como las intervenciones del Banco Europeo de Inversiones.

(20)

El presente Reglamente establece, para toda la duración del programa, una dotación financiera que constituirá la referencia privilegiada para la Autoridad Presupuestaria con arreglo al punto 33 del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999 entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (9).

(21)

Las medidas necesarias para la aplicación del presente Reglamento deben adoptarse de conformidad con la Decisión 1999/468/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, por la que se establecen los procedimientos para el ejercicio de las competencias de ejecución atribuidas a la Comisión (10).

(22)

Habida cuenta de la adopción, mediante el presente Reglamento, de disposiciones específicas en el ámbito del transporte y la energía, y, mediante el Reglamento (CE) no .../... (11), de disposiciones sobre los sistemas de posicionamiento y navegación por satélite, conviene modificar el Reglamento (CE) no 2236/95 a fin de limitar su alcance únicamente al ámbito de las telecomunicaciones.

HAN ADOPTADO EL PRESENTE REGLAMENTO:

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo 1

Objeto

El presente Reglamento define las condiciones, modalidades y procedimientos de aplicación de las ayudas comunitarias a favor de proyectos de interés común en el ámbito de las redes transeuropeas de transporte y energía con arreglo al apartado 1 del artículo 155 del Tratado.

Artículo 2

Definiciones

A efectos del presente Reglamento, se entenderá por:

1)

«proyecto de interés común»: un proyecto o parte de proyecto considerado de interés común para la Comunidad en el ámbito del transporte con arreglo a la Decisión no 1692/96/CE, y en el ámbito de la energía con arreglo a la Decisión no 1229/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, por la que se establece un conjunto de orientaciones sobre las redes transeuropeas en el sector de la energía (12) ;

2)

«proyecto prioritario»: un proyecto de interés común considerado prioritario para la Comunidad en el ámbito del transporte con arreglo al Anexo III de la Decisión no 1692/96/CE, y en el ámbito de la energía con arreglo a la Decisión no 1229/2003/CE;

3)

«parte de proyecto»: toda actividad independiente, financiera y técnicamente o en el tiempo, que contribuye a la realización del proyecto;

4)

«beneficiario»: un organismo público , privado o simultáneamente público y privado, promotor del proyecto que tiene la intención de invertir fondos propios o fondos aportados por terceros para la realización del proyecto;

5)

«estudios»: los estudios necesarios para definir un proyecto, incluidos los estudios preliminares, de viabilidad y de evaluación, así como cualquier otra medida de apoyo técnico, entre las que se incluyen las medidas previas a los trabajos necesarios para la definición completa de un proyecto y la toma de decisiones respecto a su financiación, como las acciones de reconocimiento in situ y la preparación del montaje financiero;

6)

«trabajos»: la adquisición y el suministro de componentes, sistemas y servicios, así como la realización de trabajos de construcción y de instalación relacionados con el proyecto, incluida la recepción de las instalaciones y la puesta en servicio del proyecto;

7)

«riesgos posteriores a la fase de construcción»: los riesgos que se producen en los primeros años siguientes al término de la construcción debido a factores específicos imprevisibles y que suponen una disminución de los ingresos de explotación respecto a las previsiones evaluadas por organismos independientes ;

8)

«coste del proyecto»: el coste total de los estudios y trabajos directamente relacionados y necesarios para la realización del proyecto y realmente sufragados por el beneficiario;

9)

«coste subvencionable»: la parte del coste del proyecto considerada por la Comisión para el cálculo de la ayuda financiera comunitaria.

Capítulo II

Proyectos subvencionables, formas de intervención y acumulación de ayudas

Artículo 3

Subvencionabilidad de los proyectos

1.   Sólo los proyectos de interés común, seleccionados en el marco de las Decisiones no 1692/96/CE y no 1229/2003/CE, podrán beneficiarse de ayudas financieras comunitarias con arreglo al presente Reglamento.

2.   La subvencionabilidad estará supeditada al cumplimiento de las normas comunitarias, en particular en el ámbito de la competencia, protección del medio ambiente y de la salud, desarrollo sostenible y adjudicación de contratos públicos, así como a la aplicación efectiva de las políticas comunitarias en materia de interconexión multimodal de las redes, sobre todo ferroviarias , y por las vías navegables interiores, la navegación marítima y el transporte costero .

3.   Por lo que respecta al transporte únicamente, la subvencionabilidad estará supeditada asimismo al compromiso de cada Estado miembro interesado de garantizar un acceso adecuado de las regiones interesadas a la red y de contribuir financieramente al proyecto presentado para la obtención de ayudas financieras comunitarias, movilizando, si procede, fondos privados.

Artículo 4

Presentación de solicitudes de ayudas

El Estado miembro o Estados miembros interesados presentarán a la Comisión las solicitudes de ayudas financieras comunitarias. En el ámbito de la energía, podrán presentarlas asimismo las empresas u organismos públicos directamente interesados, con el consentimiento de los Estados miembros interesados.

Artículo 5

Selección de proyectos

1.   Los proyectos de interés común se beneficiarán de ayudas financieras comunitarias en función del grado de contribución a las prioridades y objetivos definidos en el Libro Blanco de la Comisión «La política europea de transportes de cara al 2010: la hora de la verdad» (13) y en la Decisión no 1692/96/CE , modificada por la Decisión no 884/2004/CE, y en la Decisión no 1229/2003/CE.

2.   En el ámbito del transporte, se prestará una atención especial a los proyectos y programas siguientes:

a)

proyectos presentados conjuntamente por al menos dos Estados miembros, en particular en el caso de las secciones transfronterizas de dichos proyectos ;

b)

proyectos que contribuyan a la continuidad de la red y a la optimización de su capacidad;

c)

proyectos prioritarios que contribuyan a la integración del mercado interior en una Comunidad ampliada y al reequilibrio de los modos de transporte privilegiando los más respetuosos del medio ambiente, en particular el transporte de mercancías a larga distancia; en este sentido, toda solicitud de financiación de una línea ferroviaria de alta velocidad deberá ir acompañada de un análisis detallado de las capacidades liberadas en la red convencional a favor del transporte de mercancías debido a la transferencia de tráfico hacia la línea de transporte de pasajeros de alta velocidad;

d)

proyectos que contribuyan a mejorar la calidad del servicio prestado en la red transeuropea y que favorezcan la seguridad y la protección de los usuarios, entre otras cosas, mediante intervenciones en las infraestructuras, y garanticen la interoperabilidad entre redes nacionales;

e)

programas de despliegue de sistemas de gestión del tráfico ferroviario, en particular los sistemas europeos de señalización ferroviaria (ERTMS/ETCS), en todos sus componentes, y sistemas de gestión del tráfico aéreo y el transporte marítimo , costero y por vías navegables interiores que garanticen la interoperabilidad;

f)

proyectos que contribuyan a eliminar los puntos de congestión y a completar los grandes ejes de comunicaciones, especialmente en el tráfico ferroviario transfronterizo.

3.   En el ámbito de la energía, se prestará una atención especial a los proyectos que contribuyan a lograr los objetivos y tas prioridades definidos en la Decisión no .../.../CE [por la que se establecen determinadas orientaciones sobre las redes transeuropeas en el sector de la energía y por la que se derogan las Decisiones 96/391/CE y no 1229/2003/CE].

De conformidad con la mencionada Decisión no .../.../CE [por la que se establecen determinadas orientaciones sobre las redes transeuropeas en el sector de la energía y por la que se derogan las Decisiones 96/391/CE y no 1229/2003/CEJ, se concederá una prioridad adecuada a los proyectos declarados de interés comunitario.

Artículo 6

Formas de ayuda

Las ayudas financieras comunitarias cubrirán los estudios y trabajos, así como los riesgos posteriores a la fase de construcción.

Artículo 7

Modalidades de intervención

1.   Las ayudas financieras comunitarias a estudios y trabajos sobre los proyectos contemplados en el apartado 1 del artículo 3 podrán revestir una o varias de las formas de intervención siguientes:

a)

subvenciones;

b)

bonificaciones de interés a los préstamos concedidos por el Banco Europeo de Inversiones (BEI) u otras entidades financieras públicas o privadas;

c)

garantías de préstamos para cubrir los riesgos posteriores a la fase de construcción;

d)

participación en los fondos de capital de riesgo;

e)

combinación, cuando proceda, de las ayudas comunitarias contempladas en las letras a) a d) con el fin de obtener un efecto de estímulo máximo a partir de los recursos presupuestarios movilizados.

2.   Las ayudas financieras comunitarias no podrán superar los porcentajes siguientes:

a)

respecto a los estudios, el 50 % del coste total subvencionable de los estudios, cualquiera que sea el proyecto de interés común;

b)

en lo que se refiere a los trabajos:

i)

para los proyectos prioritarios en el ámbito de los transportes, el 30 % como máximo del coste total subvencionable de los trabajos; con carácter excepcional, los tramos transfronterizos de esos proyectos, al igual que el despliegue de sistemas europeos interoperables de señalización ferroviaria, podrían beneficiarse de un porcentaje de ayuda del 50 % como máximo del coste total subvencionable de los trabajos, siempre que el proceso de su aplicación se haya iniciado antes de 2010 y que los Estados miembros interesados hayan presentado a la Comisión un programa que ofrezca todas las garantías necesarias sobre el plan de aportación financiera de los Estados miembros y sobre el calendario de ejecución del proyecto;

ii)

para los proyectos prioritarios en el ámbito de la energía, el 20% como máximo del coste total subvencionable de los trabajos;

iii)

para los proyectos restantes en el ámbito de los transportes, el 15 % como máximo del coste total subvencionable de los trabajos; con carácter excepcional, el porcentaje correspondiente a los proyectos de despliegue de sistemas de interoperabilidad, seguridad y protección podrá ascender al 50 % como máximo del coste total subvencionable de los trabajos y podrá variar en función de los beneficios obtenidos por otros Estados miembros;

iv)

para los proyectos restantes en el ámbito de la energía, el 10 % como máximo del coste total subvencionable.

3.   De conformidad con el procedimiento contemplado en el apartado 2 del artículo 17, la Comisión adoptará las modalidades, el calendario y los importes de los pagos correspondientes a los instrumentos contemplados en las letras b), c) y d) del apartado 1. La Comisión presentará los proyectos de medidas de ejecución al Parlamento Europeo a tiempo para que, cuando proceda, éste pueda emitir su dictamen de conformidad con el artículo 8 de la Decisión 1999/468/CE, antes de que las medidas sean adoptadas.

Artículo 8

Acumulación de ayudas financieras comunitarias

1.   Las ayudas financieras relativas a los estudios y las relativas a los trabajos serán acumulables.

2.   Las intervenciones del BEI serán compatibles con la concesión de ayudas financieras con arreglo al presente Reglamento.

Artículo 9

Compatibilidad y coordinación con las políticas comunitarias

1.   Los proyectos de interés común financiados con arreglo al presente Reglamento deberán ajustarse a las disposiciones del Tratado, a los actos adoptados en virtud de estas y a las políticas comunitarias, incluidas las que se refieren a la protección del medio ambiente, el desarrollo sostenible, la interoperabilidad, la competencia y la adjudicación de contratos públicos.

2.   La Comisión velará por la coordinación y la coherencia de los proyectos emprendidos en el marco del presente Reglamento con las acciones realizadas gracias a las contribuciones del presupuesto comunitario, las intervenciones del BEI y los demás instrumentos financieros de la Comunidad.

Capítulo III

Aplicación, programación y control

Artículo 10

Aplicación

La Comisión será responsable de la aplicación del presente Reglamento. Precisará las modalidades y condiciones de ejecución de los proyectos de interés común en las decisiones que tome relativas a la concesión de las ayudas.

Artículo 11

Programación plurianual y programa anual

1.    El Parlamento Europeo y el Consejo adoptarán, a propuesta de la Comisión, un programa plurianual de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 251 del Tratado. La Comisión establecerá un programa anual de conformidad con el procedimiento previsto en el apartado 2 del artículo 17. La Comisión presentará el programa anual al Parlamento Europeo a tiempo para que, cuando proceda, éste pueda emitir su dictamen de conformidad con el artículo 8 de la Decisión 1999/468/CE, antes de que el programa sea aprobado.

2.   La programación plurianual cubrirá los proyectos prioritarios, y fijará los criterios de concesión de las ayudas y la dotación financiera para todo el período 2007-2013. El importe no podrá ser inferior al 65 % ni superior al 85 % de los recursos presupuestarios contemplados en el apartado 1 del artículo 20.

3.   El programa anual definirá los criterios de concesión de las ayudas financieras a los proyectos de interés común no incluidos en la programación plurianual. Cada año, los recursos no utilizados con arreglo a la programación plurianual RTE-T se asignarán a la financiación de los proyectos de interés común que formen parte del programa anual.

Artículo 12

Concesión de las ayudas

1.   Cada proyecto de interés común, seleccionado con arreglo a la programación plurianual, será objeto de una decisión de concesión única de la Comisión, adoptada de conformidad con el apartado 2 del artículo 17. En esta decisión de concesión se indicará claramente el importe de los créditos comprometidos para todo el período y el calendario de pago de los créditos anuales por la Comisión. El compromiso presupuestario de cada tramo anual lo realizará la Comisión sobre la base de la decisión de concesión, teniendo en cuenta una evaluación del estado de los proyectos, las necesidades previstas y la disponibilidad presupuestaria.

2.     Los proyectos de transporte consistentes en un segmento transfronterizo o una parte de éste podrán ser objeto de una decisión de concesión de la Comisión siempre que exista un acuerdo bilateral entre los Estados miembros implicados para la finalización del proyecto transfronterizo en sus respectivos territorios nacionales.

3.   Cada proyecto de interés común, al margen de los contemplados en el apartado 1, será objeto de una decisión de concesión y de un compromiso presupuestario de la Comisión.

4.   La Comisión notificará a los Estados miembros interesados la decisión de concesión y las modalidades de las ayudas financieras correspondientes, e informará de ello a los beneficiarios.

Artículo 13

Disposiciones financieras

1.   Las ayudas comunitarias sólo podrán cubrir los gastos correspondientes al proyecto sufragados por los beneficiarios o por terceros encargados de su ejecución.

2.   No serán subvencionables los gastos incurridos antes de la fecha en que la Comisión haya recibido la solicitud de ayuda correspondiente.

3.   Las decisiones de concesión de ayudas financieras adoptadas por la Comisión en virtud del artículo 12 implicarán el compromiso de los gastos autorizados por el presupuesto.

4.   Por norma general, los pagos se efectuarán en forma de anticipo, de pagos intermedios y de un pago final. El anticipo, que no superará, por lo general, el 50 % del primer tramo anual, se abonará una vez que se apruebe la solicitud de ayuda. Los pagos intermedios se abonarán sobre la base de las solicitudes de pago en función de la situación del proyecto o estudio, y, si fuere necesario, teniendo en cuenta asimismo, de forma rigurosa y transparente, los planes financieros revisados.

5.   Por lo que respecta a las modalidades de pago, se tendrá en cuenta que la ejecución de los proyectos de infraestructura se escalona a lo largo de varios años y que conviene, por tanto, prever una financiación igualmente escalonada.

6.   La Comisión efectuará el pago final previa aprobación del informe final relativo al proyecto o estudio, presentado por el beneficiario y certificado por el Estado miembro, en el que se especificarán todos los gastos efectivamente realizados.

Artículo 14

Responsabilidades de los Estados miembros

1.   Los Estados miembros tomarán todas las medidas necesarias para llevar a cabo, en el ámbito de su responsabilidad, los proyectos de interés común que se beneficien de ayudas financieras comunitarias concedidas en el marco del presente Reglamento.

2.   Los Estados miembros efectuarán un seguimiento técnico y un control financiero de los proyectos en estrecha colaboración con la Comisión, y certificarán la existencia y la conformidad de los gastos incurridos con arreglo al proyecto o parte del proyecto en cuestión. Los Estados miembros podrán solicitar la participación de la Comisión en la realización de controles in situ. Asimismo, la Comisión podrá solicitar que se realicen inspecciones en los emplazamientos y participar en ellas.

3.   Los Estados miembros informarán a la Comisión de las medidas adoptadas con arreglo al apartado 2 y le proporcionarán en particular una descripción de los sistemas de control, gestión y seguimiento establecidos para garantizar que los proyectos se lleven a buen término. La Comisión tendrá en cuenta esta información cuando decida sobre la posible anulación, reducción o suspensión de la ayuda, de conformidad con el artículo 15.

Artículo 15

Anulación, reducción y suspensión de las ayudas

1.   Salvo en casos debidamente justificados ante la Comisión, las ayudas financieras comunitarias concedidas a proyectos de interés común que no hayan comenzado en un plazo de dos años a partir de la fecha de inicio prevista, que figura en la decisión de concesión de ayuda, serán anuladas por la Comisión.

2.   Cuando la realización de un proyecto no parezca justificar una parte o la totalidad de la ayuda que le haya sido asignada, la Comisión examinará convenientemente el caso y, en particular, solicitará al Estado miembro y/o al beneficiario que le presenten sus observaciones en un plazo determinado.

3.   Tras el examen contemplado en el apartado 2, la Comisión podrá anular reducir o suspender la ayuda destinada a la operación de que se trate y recuperar todos los importes abonados si se confirma la existencia de irregularidades o el incumplimiento de alguna de las condiciones indicadas en la decisión de concesión de la ayuda, especialmente cuando se trate de una modificación importante que afecte a la naturaleza o a las condiciones de ejecución del proyecto, introducida sin haber solicitado previamente la aprobación de la Comisión.

4.   Toda acumulación no autorizada dará lugar a la devolución de las cantidades abonadas de forma indebida.

5.   En caso de que, diez años después de la concesión de una ayuda financiera comunitaria a un proyecto, dicho proyecto no se haya llevado a cabo, la Comisión solicitará , respetando el principio de proporcionalidad, el reembolso de la ayuda abonada, teniendo en cuenta todos los factores pertinentes.

6.   Deberá reembolsarse a la Comisión toda cantidad que haya sido indebidamente abonada.

Artículo 16

Protección de los intereses financieros comunitarios

1.   La Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) podrá proceder a realizar controles y verificaciones in situ de conformidad con el Reglamento (Euratom, CE) no 2185/96 del Consejo, de 11 de noviembre de 1996, relativo a los controles y verificaciones in situ que realiza la Comisión para la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas contra los fraudes e irregularidades  (14).

2.   Respecto a las acciones comunitarias financiadas mediante el presente Reglamento, constituirá irregularidad, en el sentido de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 1 del Reglamento (CE, Euratom) no 2988/95 del Consejo, de 18 de diciembre de 1995, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas  (15), toda infracción de una disposición de Derecho comunitario o todo incumplimiento de una obligación contractual derivada de una acción u omisión de una entidad jurídica que tenga o tendría por efecto perjudicar al presupuesto general de la Unión Europea o a los presupuestos administrados por esta mediante un gasto indebido.

3.   Las decisiones adoptadas con arreglo al presente Reglamento preverán en concreto un seguimiento y un control financiero de la Comisión (o de cualquier representante autorizado por ella) y auditorias del Tribunal de Cuentas, cuando proceda in situ.

4.   El Estado miembro interesado y la Comisión se transmitirán sin demora toda la información pertinente sobre los resultados de los controles realizados.

Capítulo IV

Disposiciones finales

Artículo 17

Comité

1.   La Comisión estará asistida por un Comité.

2.   En los casos en que se haga referencia al presente apartado, serán de aplicación los artículos 3 y 7 de la Decisión 1999/468/CE, observando lo dispuesto en su artículo 8.

3.   El Comité aprobará su Reglamento interno.

4.   El BEI y el Parlamento Europeo designarán sus representantes en el Comité, que no participarán en la votación.

Artículo 18

Evaluación

La Comisión y los Estados miembros, asistidos por los beneficiarios, podrán proceder a una evaluación de las modalidades de realización de los proyectos de interés común y de los programas, así como del impacto de su aplicación a fin de evaluar si se han conseguido los objetivos previstos, incluidos los correspondientes a la protección medioambiental. La Comisión podrá solicitar al Estado miembro beneficiario que presente una evaluación específica de los proyectos de interés común, financiados en el marco del presente Reglamento o, llegado el caso, le proporcione la información y la asistencia necesarias para proceder a evaluarlos.

Artículo 19

Información y publicidad

1.   La Comisión presentará cada tres años al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones un informe sobre las actividades realizadas en el marco del presente Reglamento. Dicho informe incluirá una evaluación de los resultados obtenidos gracias a la ayuda comunitaria en diferentes ámbitos de aplicación en relación con los objetivos iniciales, así como un capítulo sobre el contenido y la aplicación de la programación plurianual en curso. El informe también contendrá información sobre las fuentes de financiación de cada proyecto.

2.   Los Estados miembros interesados y, llegado el caso, los beneficiarios garantizarán una publicidad adecuada de la ayuda concedida en virtud del presente Reglamento a fin de dar a conocer a la opinión pública el papel desempeñado por la Comunidad en la realización de los proyectos de interés común. Los Estados miembros harán publica toda la información relativa a las evaluaciones económicas, sociales y ambientales de los proyectos potencialmente admisibles para acogerse a una ayuda de conformidad con el presente Reglamento.

3.     La Comisión presentará cada año al Parlamento Europeo, junto con el anteproyecto de presupuesto, un informe sobre las repercusiones financieras derivadas de la existencia y las actividades del Coordinador europeo introducido por el punto 10 del artículo 1 de la Decisión no 884/2004/CE.

Artículo 20

Recursos presupuestarios

1.   El marco financiero indicativo para la ejecución del presente Reglamento, para el período 2007-2013, ascenderá a 20 464 millones EUR , 20 350 millones EUR para los transportes y 114 millones EUR para la energía.

2.   La autoridad presupuestaria autorizará los créditos anuales dentro de los límites de las perspectivas financieras.

Artículo 21

Cláusula de revisión

Antes de que finalice el año 2010, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo un informe general sobre la experiencia adquirida con los mecanismos previstos por el presente Reglamento para la concesión de ayudas financieras comunitarias.

El Parlamento Europeo y el Consejo, de conformidad con el procedimiento establecido en el párrafo primero del artículo 156 del Tratado, decidirán si se mantienen o modifican después del período contemplado en el apartado 1 del artículo 20 las medidas previstas en el presente Reglamento, y en qué condiciones.

Artículo 22

Modificación del Reglamento (CE) no 2236/95

El Reglamento (CE) no 2236/95 queda modificado como sigue:

1)

El título se sustituye por el siguiente:

2)

El artículo 1 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 1

Definición y ámbito de aplicación

El presente Reglamento define las condiciones, las modalidades y los procedimientos de aplicación de las ayudas comunitarias a favor de proyectos de interés común en el ámbito de las redes transeuropeas de telecomunicaciones con arreglo al apartado 1 del artículo 155 del Tratado»

3)

En el artículo 4, queda suprimido el apartado 3.

4)

El apartado 3 del artículo 5 se sustituye por el texto siguiente:

«3.   Con independencia de la forma de intervención elegida, el importe total de la ayuda comunitaria concedida en virtud del presente Reglamento no podrá superar el [...]% del coste total de la inversión.»

5)

El artículo 5 bis queda suprimido.

6)

En el artículo 9, queda suprimido el cuarto guión de la letra a) del apartado 1.

7)

El artículo 10 se sustituye por el texto siguiente:

«Artículo 10

Concesión de las ayudas financieras

De conformidad con el artículo 274 del Tratado, la Comisión decidirá acerca de la concesión de ayudas financieras de conformidad con el presente Reglamento en función de la apreciación de las solicitudes en relación con los criterios de selección.»

8)

El apartado 7 del artículo 11 se sustituye por el texto siguiente:

«7.   Con arreglo al procedimiento previsto en el apartado 3 del artículo 17, la Comisión establecerá un marco para la forma, el calendario y los importes de los pagos de las bonificaciones de interés, así como de las subvenciones a las primas de garantías, y de las ayudas en forma de participación en capital de riesgo para los fondos de inversión o mecanismos financieros comparables destinados prioritariamente a facilitar capital de riesgo para proyectos de redes transeuropeas.»

9)

El artículo 14 queda suprimido.

10)

En la primera frase del apartado 3 del artículo 15, la referencia a los artículos 5 y 6 se sustituye por una referencia a los apartados 1 y 2 del artículo 5 y al artículo 6.

11)

En el artículo 16, el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

«1.   La Comisión presentará anualmente al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones un informe relativo a las actividades realizadas en virtud del presente Reglamento. Dicho informe incluirá una evaluación de los resultados obtenidos gracias a la ayuda comunitaria en los distintos campos de aplicación, en relación con los objetivos iniciales.»

12)

El Anexo queda suprimido.

Artículo 23

Entrada en vigor

El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Será aplicable a partir del 1 de enero de 2007.

Las acciones en curso en el ámbito del transporte y la energía en la fecha de aplicación del presente Reglamento seguirán estando reguladas, hasta su conclusión, por el Reglamento (CE) no 2236/95, en su versión vigente a 31 de diciembre de 2006.

El presente Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en los Estados miembros.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  DO C 234 de 22.9.2005, p. 69 .

(2)  Posición del Parlamento Europeo de 26 de octubre de 2005.

(3)  DO L 228 de 9.9.1996, p. 1. Decisión modificada en último lugar por la Decisión no 884/2004/CE (DO L 167 de 30.4.2004, p. 1).

(4)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0224.

(5)  DO ...

(6)  DO L 228 de 23.9.1995, p. 1. Reglamento modificado en último lugar por el Reglamento (CE) no 1159/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 191 de 22.7.2005, p. 16 ).

(7)  En el ámbito de la energía, todos los proyectos prioritarios se benefician de ese porcentaje, mientras que en el ámbito del transporte, afecta únicamente a los tramos transfronterizos o a los proyectos que atraviesan barreras naturales.

(8)  Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (DO L 248 de 16.9.2002, p. 1).

(9)  DO C 172 de 18.6.1999, p. 1 .

(10)  DO L 184 de 17.7.1999, p. 23.

(11)  Reglamento (CE) no .../..., de ..., [sobre el sistema de posicionamiento y navegación por satélite (Galileo)] (DO L ...).

(12)  DO L 176 de 15.7.2003, p. 11.

(13)  COM(2001)0370 final.

(14)  DO L 292 de 15.11.1996, p. 2.

(15)  DO L 312 de 23.12.1995, p. 1.

P6_TA(2005)0404

Aditivos alimentarios ***I

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 95/2/CE relativa a aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes y la Directiva 94/35/CE relativa a los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios (COM(2004)0650 — C6-0139/2004 — 2004/0237(COD))

(Procedimiento de codecisión: primera lectura)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo (COM(2004) 0650) (1),

Vistos el apartado 2 del artículo 251 y el artículo 95 del Tratado CE, conforme a los cuales la Comisión le ha presentado su propuesta (C6-0139/2004),

Visto el artículo 51 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria (A6-0191/2005),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Pide a la Comisión que le consulte de nuevo, si se propone modificar sustancialmente esta propuesta o sustituirla por otro texto;

3.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.


(1)  Pendiente de publicación en el Diario Oficial.

P6_TC1-COD(2004)0237

Posición del Parlamento Europeo adoptada en primera lectura el 26 de octubre de 2005 con vistas a la adopción de la Directiva 2006/.../CE del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se modifica la Directiva 95/2/CE relativa a aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes y la Directiva 94/35/CE relativa a los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y, en particular, su artículo 95,

Vista la propuesta de la Comisión,

Visto el dictamen del Comité Económico y Social Europeo (1),

Previa consulta al Comité científico de la alimentación humana y a la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA),

De conformidad con el procedimiento establecido en el artículo 251 del Tratado (2),

Considerando lo siguiente:

(1)

Sólo puede autorizarse el uso en productos alimenticios de aditivos alimentarios que cumplan lo establecido en el anexo II de la Directiva 89/107/CEE del Consejo, de 21 de diciembre de 1988, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre los aditivos alimentarios autorizados en los productos alimenticios destinados al consumo humano (3).

(2)

La Directiva 95/2/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de febrero de 1995, relativa a aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes (4), incluye una lista de los aditivos alimentarios que pueden utilizarse en la Comunidad y sus condiciones de uso.

(3)

La Directiva 94/35/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de junio de 1994, relativa a los edulcorantes utilizados en los productos alimenticios (5), establece una lista de los edulcorantes que pueden utilizarse en la Comunidad y sus condiciones de uso.

(4)

Desde la adopción de las Directivas 95/2/CE y 94/35/CE se han producido avances técnicos en el ámbito de los aditivos alimentarios. Procede adaptar estas Directivas para tomarlos en consideración.

(5)

Basándose en un dictamen de la EFSA, emitido el 26 de noviembre de 2003, se modifican las autorizaciones en vigor para mantener el nivel de nitrosaminas lo más bajo posible, reduciendo los niveles de nitratos y nitritos que se añaden a los alimentos, sin disminuir la seguridad microbiológica de los productos alimenticios. La EFSA recomienda que los niveles de nitritos y nitratos se establezcan en la legislación como «cantidad añadida». Considera asimismo que la cantidad de nitritos añadida, más que la cantidad residual, es la que contribuye a la actividad inhibitoria contra el C. botulinum. Se modifican las disposiciones en vigor de manera que los niveles máximos permitidos, indicados por la EFSA, en los productos cárnicos tratados o no térmicamente, en el queso y en el pescado, se expresen como cantidades añadidas. No obstante, excepcionalmente, para algunos productos cárnicos elaborados de manera tradicional deberían establecerse niveles residuales máximos , a condición de que los productos estén adecuadamente especificados e identificados. Los niveles que se fijen deben garantizar que no se exceda la ingesta diaria admisible (IDA) establecida por el Comité científico de la alimentación humana en 1990. Los productos no expresamente citados en la legislación, pero que se producen tradicionalmente del mismo modo (es decir, los productos similares) pueden clasificarse, si procede, de conformidad con los artículos 5 y 6 de la Directiva 95/2/CE. Para el queso, el nivel debe fijarse como cantidad añadida en la leche utilizada para fabricar el queso. Si se utiliza un proceso en el que el añadido de nitrato se realiza después de la retirada del lactosuero y el añadido de agua, ello debe traducirse en niveles idénticos a los que se habrían obtenido si el nitrato se hubiera añadido directamente a la leche .

(6)

La Directiva 2003/114/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de diciembre de 2003, por la que se modifica la Directiva 95/2/CE, relativa a aditivos alimentarios distintos de los colorantes y edulcorantes, obligó a la Comisión Europea y a la EFSA a revisar las condiciones de uso de los aditivos E 214 — 219 p-hidroxibenzoatos y sus sales de sodio antes del 1 de julio de 2004. La EFSA evaluó la información sobre la seguridad de los p-hidroxibenzoatos y emitió un dictamen el 13 de julio de 2004. La EFSA estableció una ingesta diaria admisible (IDA) global de 0-10 mg/kg de peso corporal para la suma de ésteres metílicos y etílicos del ácido p-hidroxibenzoico y sus sales de sodio. La EFSA considera que el propilparabeno no debería incluirse en esta IDA global porque, contrariamente al metilparabeno y etilparabeno, tiene efectos en las hormonas sexuales y los órganos reproductores masculinos de las ratas jóvenes. En estas condiciones y debido a la ausencia de un claro nivel sin efectos adversos observados (no-observed-adverse-effect-level — NOAEL), la EFSA no ha podido recomendar una IDA para el propilparabeno. Es necesario suprimir el E 216 propil p-hidroxibenzoato y el E 217 propil p-hidroxibenzoato sódico en la Directiva 95/2/CE. Asimismo, es necesario abandonar el uso de p-hidroxibenzoatos en los suplementos dietéticos líquidos.

(7)

En abril de 2004, la Comisión suspendió la comercialización e importación de minicápsulas de gelatina que contenían aditivos alimentarios gelificantes derivados de algas y algunas gomas, debido al riesgo de asfixia que entrañaban estos productos (Decisión 2004/374/CE (6)). Como consecuencia de la revisión de esta Decisión, es necesario excluir el uso de algunos aditivos alimenterios gelificantes en las minicápsulas de gelatina.

(8)

El Comité científico de la alimentación humana (CCAH) analizó la información relativa a la seguridad del eritritol y emitió un dictamen el 5 de marzo de 2003. El Comité concluyó que era aceptable el uso de eritritol como aditivo alimentario. El Comité señaló también que el eritritol tenía un efecto laxante, pero en dosis más elevadas que otros polioles. El eritritol tiene muchas propiedades técnicas no edulcorantes que son importantes para una amplia serie de alimentos, desde los productos de confitería a los productos lácteos. Entre ellas, figuran las de potenciador del sabor, soporte, humectante, estabilizador, espesante, agente de carga y secuestrante. Debe autorizarse el uso de eritritol en las mismas aplicaciones alimentarias que los demás polioles autorizados en la actualidad. Asimismo, debe modificarse la Directiva 94/35/CE, dado que el eritritol, al igual que los demás polioles autorizados en la actualidad, puede utilizarse también con fines edulcorantes.

(9)

El Comité científico de la alimentación humana analizó la información sobre la seguridad de la hemicelulosa de semilla de soja y emitió un dictamen el 4 de abril de 2003. El Comité concluyó que era aceptable el uso de hemicelulosa de semilla de soja en algunos alimentos en determinadas cantidades. Procede, pues, autorizar el uso de este aditivo para determinados fines. No obstante, para facilitar tas opciones para tas personas alérgicas, su uso no debe permitirse en alimentos no procesados de tos que no se espere que contengan residuos de semillas de soja. En cualquier caso, conviene informar a tos consumidores cuando tos productos contengan hemicelulosa de semilla de soja, de conformidad con lo dispuesto en la Directiva 2000/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de marzo de 2000, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios (7) .

(10)

La EFSA analizó la información relativa a la seguridad de la etilcelulosa y emitió un dictamen el 17 de febrero de 2004. La EFSA decidió incluir la etilcelulosa en la IDA global «no especificada» para celulosas modificadas que estableció el Comité científico de la alimentación humana. La etilcelulosa tiene su principal aplicación en los complementos alimenticios y los aromatizantes encapsulados. En consecuencia, debe autorizarse el uso de etilcelulosa en condiciones similares a las del de otras celulosas.

(11)

La EFSA analizó la información relativa a la seguridad del pullulan y emitió un dictamen el 13 de julio de 2004. La EFSA consideró aceptable el uso del pullulan para recubrir complementos alimenticios en forma de cápsulas y comprimidos así como en micropastillas para refrescar el aliento en forma de lámina. Por lo tanto, es apropiado permitir dichos usos.

(12)

La EFSA analizó la información relativa a la seguridad de la terbutilhidroquinona (TBHQ) y emitió un dictamen el 12 de julio de 2004. La EFSA estableció una IDA de 0-0,7 mg por kilo de peso corporal para este antioxidante y consideró aceptable su uso en algunos productos alimenticios en determinadas cantidades. Por consiguiente, procede autorizar este aditivo.

(13)

El Comité científico de la alimentación humana analizó la información sobre la seguridad del octenil succinato sódico de almidón y emitió un dictamen el 21 de marzo de 1997. El Comité estimó que el uso de este aditivo como componente de vitaminas y carotenoides microencapsulados podía considerarse aceptable. Por consiguiente, procede autorizar dicho uso.

(14)

En la elaboración de queso de leche agria, se añade E 500ii carbonato ácido de sodio a la leche pasteurizada para mantener el ácido láctico en un pH adecuado y, de esta manera, crear las condiciones de crecimiento necesarias para los cultivos de maduración. En consecuencia, procede autorizar el uso de carbonato ácido de sodio en el queso de leche agria.

(15)

En la actualidad, se autoriza el uso de una mezcla de sorbatos (E 200-203) y benzoatos (E 210-213) en las gambas cocidas para su conservación. Procede ampliar la autorización del uso de estos aditivos a todos los crustáceos y moluscos cocidos.

(16)

Se permite el uso de E 551 dióxido de silicio como soporte de colorantes alimenticios hasta un nivel máximo del 5%. El uso de dióxido de silicio como soporte de los colorantes alimentarios E 171 dióxido de titanio y E 172 óxidos e hidróxidos de hierro debería autorizarse también hasta un nivel máximo del 90 % con relación al pigmento.

(17)

La Directiva 95/2/CE limita el uso de los aditivos indicados en su Anexo I en el pan tradicional francés «Pain courant français». Debe aplicarse la misma limitación al pan tradicional húngaro, similar al francés. Procede autorizar el uso de ácido ascórbico (E 300), ascorbato sódico (E 301) y calcio disódico EDTA (E 385) en los patés de hígado húngaros.

(18)

Es necesario actualizar las disposiciones vigentes sobre el uso de sulfitos (E 220-228) en crustáceos cocidos, uvas de mesa y lichis.

(19)

A raíz de una petición de un Estado miembro y de conformidad con el dictamen del Comité científico de la alimentación humana de 5 de marzo de 2003, debería autorizarse el uso a escala comunitaria de 4-hexilresorcinol, que ya se ha autorizado a nivel nacional en virtud de la Directiva 89/107/CEE.

(20)

Debe adaptarse la terminología utilizada en la Directiva 95/2/CE para tomar en consideración la Directiva 89/398/CEE del Consejo, de 3 de mayo de 1989, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados Miembros sobre los productos alimenticios destinados a una alimentación especial (8), la Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de junio de 2002, relativa a la aproximación de las legislaciones de los Estados miembros en materia de complementos alimenticios (9) y la Directiva 1999/21/CE de la Comisión, de 25 de marzo de 1999, sobre alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales (10).

(21)

Las directivas 95/2/CE y 94/35/CE deben por lo tanto modificarse en consecuencia.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DIRECTIVA:

Artículo 1

La Directiva 95/2/CE quedará modificada como sigue:

1)

La letra c) del apartado 3 del artículo 1 se sustituirá por la siguiente:

« c)

«soportes», incluidos los disolventes soportes, las sustancias utilizadas para disolver, diluir, dispersar o modificar físicamente de otra manera un aditivo alimentario o aromatizante sin alterar su función (y sin ejercer por sí mismos ningún efecto tecnológico) a fin de facilitar su manejo, aplicación o uso; »

2)

En el apartado 2 del artículo 3, las palabras «alimentos de destete» se sustituirán por «alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles».

3)

Los Anexos quedarán modificados de conformidad con el Anexo I de la presente Directiva.

Artículo 2

El Anexo a la Directiva 94/35/CE quedará modificado de acuerdo con el Anexo II de la presente Directiva.

Artículo 3

1.   Los Estados miembros adoptarán , a más tardar (11), las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimento a lo establecido en la presente Directiva con el propósito de:

a)

permitir el comercio y el uso de los productos conformes a la presente Directiva, a más tardar (11);

b)

prohibir el comercio y el uso de los productos no conformes a la presente Directiva, a más tardar (12).

No obstante, los productos comercializados o etiquetados antes de la fecha indicada en la letra b) que no sean conformes a la presente Directiva podrán seguir comercializándose hasta que se agoten las existencias.

Los Estados miembros comunicarán inmediatamente a la Comisión el texto de dichas disposiciones, así como un cuadro de correspondencias entre dichas disposiciones y la presente Directiva.

2.   Cuando los Estados miembros adopten dichas disposiciones, éstas harán referencia a la presente Directiva o irán acompañadas de dicha referencia con motivo de su publicación oficial. Los Estados miembros establecerán las modalidades de la mencionada referencia.

Artículo 4

La presente Directiva entrará en vigor el vigésimo día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.

Artículo 5

Los destinatarios de la presente Directiva serán los Estados miembros.

Hecho en ..., el ...

Por el Parlamento Europeo

El Presidente

Por el Consejo

El Presidente


(1)  DO C 255 de 14.10.2005, p. 59 .

(2)  Posición del Parlamento Europeo de 26 de octubre de 2005.

(3)  DO L 40 de 11.2.1989, p. 27. Directiva cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1882/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 284 de 31.10.2003, p. 1).

(4)  DO L 61 de 18.3.1995, p. 1. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 2003/114/CE (DO L 24 de 29.1.2004, p. 58).

(5)  DO L 237 de 10.9.1994, p. 3. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 2003/115/CE (DO L 24 de 29.1.2004, p. 65).

(6)  DO L 118 de 23.4.2004, p. 70.

(7)  DO L 109 de 6.52000, p. 29. Directiva cuya última modificación la constituye la Directiva 2003/89/CE (DO L 308 de 25.112003, p. 15).

(8)  DO L 186 de 30.6.1989, p. 27. Directiva cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 1882/2003.

(9)  DO L 183 de 12.7.2002, p. 51.

(10)  DO L 91 de 7.4.1999, p. 29. Directiva modificada por el Acta de Adhesión de 2003.

(11)  18 meses después de su entrada en vigor.

(12)  24 meses después de su entrada en vigor.

ANEXO I

Los Anexos de la Directiva 95/2/CE quedarán modificados como sigue:

1)

El Anexo I quedará modificado como sigue:

a)

Se añadirá la nota introductoria 4 siguiente:

«4. Las sustancias inscritas con los números E 400, E 401,E 402, E 403, E 404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412, E 413, E 414, E 415, E 417, E 418 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina (1).

b)

En el cuadro, se añadirá la línea siguiente:

E 462

Etilcelulosa

2)

El Anexo II quedará modificado como sigue:

a)

La sección relativa a los «quesos fermentados» se sustituirá por la siguiente:

Quesos curados

E 170 Carbonato de calcio

E 504 Carbonates de magnesio

E 509 Cloruro cálcico

quantum satis

 

E 575 Glucono-delta-lactona

E 500ii Carbonato ácido de sodio

quantum satis (sólo para los quesos de leche agria)

b)

En la sección relativa al «Pain courant français», después de «Pain courant français» se añadirá lo siguiente: « Friss búzakenyér, fehér és félbarna kenyerek».

c)

En la sección relativa al «Foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras» después del «Foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras» se añadirá lo siguiente: «Libamáj, libamáj egészben, libamáj tömbben».

3)

El Anexo III quedará modificado como sigue:

a)

La parte A quedará modificada como sigue:

i)

En el cuadro sobre sorbatos, benzoatos y p-hidroxibenzoatos, se suprimirán las líneas relativas al «E 216 Propil p-hidroxibenzoato» y al «E 217 Propil p-hidroxibenzoato sódico».

ii)

El cuadro sobre productos alimenticios quedará modificado como sigue:

Se suprimirán las secciones siguientes:

Gambas cocidas

 

 

 

2 000

 

 

Colas cocidas de cangrejo de río de patas rojas y moluscos cocidos marinados envasados

2 000

 

 

 

 

 

Suplementos dietéticos líquidos

 

 

 

 

 

2 000

Se añadirán las secciones siguientes:

Crustáceos y moluscos cocidos

 

1 000

 

2 000

 

 

Complementos alimenticios tal como se definen en la Directiva 2002/46/CE (2) suministrados en forma líquida

 

 

 

2 000

 

 

iii)

Las palabras «alimentos dietéticos destinados a fines médicos especiales» se sustituirán por «alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales tal como se definen en la Directiva 1999/21/CE (3)

b)

La parte B quedará modificada como sigue:

i)

El cuadro sobre productos alimenticios quedará modificado como sigue:

La siguiente sección quedará modificada como sigue:

Pescado salado seco de la especie «Gadidae»

200

Crustáceos y cefalópodos:

 

— pescado, congelado y ultracongelado

150 (4)

— crustáceos, penaeidae solenoceridae, familia aristaeidae:

 

— hasta 80 unidades

150 (4)

— entre 80 y 120 unidades

200 (4)

— más de 120 unidades

300 (4)

Crustáceos y cefalópodos

 

— cocidos

50 (4)

— crustáceos cocidos, familia penaeidae, solenoceridae, aristaeidae:

 

— hasta 80 unidades

135 (4)

— entre 80 y 120 unidades

180 (4)

— más de 120 unidades

270 (4)

 

Se añadirán tas siguientes secciones:

Salchicha fresca

450

Uvas de mesa

10

Lichis frescos

10 (medidos en las partes comestibles)

ii)

La mención «almidones (con exclusión del almidón en alimentos de destete y preparados de continuación y para lactantes)» se sustituirá por «almidones {con exclusión de los preparados para lactantes, los preparados de continuación y los alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles)».

c)

En la parte C, la sección relativa al E 249 y el E 250 y la sección relativa al E 251 y el E 252 se sustituirán por las secciones siguientes:

No E

Denominación

Productos alimenticios

Cantidad máxima que puede aña-Une durante la fabricación (expresada como NaNO2)

Nivel residual máximo (expresado como NaNO2)

E 249

Nitrito potásico (5)

Productos cárnicos

150 mg/kg

 

E 250

Nitrito sódico (5)

Productos cárnicos esterilizados (Fo > 3,00) (6)

100 mg/kg

 

Productos cárnicos tradicionales curados por inmersión (1):

 

 

Wiltshire bacon (1.1);

 

175 mg/kg

Entremeada, Entrecosto, Chispe, Orelheira e Cabeça (salgados)

 

 

Toucinho fumado (1.2);

 

 

y productos similares

 

 

 

 

Wiltshire ham (1.1) y productos similares

 

100 mg/kg

Rohschinken, trocken-nassgepökelt (1.6);

 

50 mg/kg

y productos similares

 

 

Cured tonge (1.3)

 

 

Productos cárnicos tradicionales curados en seco (2):

 

 

Dry cured bacon (2.1);

 

175 mg/kg

y productos similares

 

 

Dry cured ham (2.1);

 

100 mg/kg

Jamón curado, paleta curada, lomo embuchado y cecina (2.2);

 

 

Presunto, Presunto da Pá y Paio do Lombo (2.3);

 

 

y productos similares

 

 

Rohschinken, trockengepökelt (2.5);

 

50 mg/kg

y productos similares

 

 

Otros productos cárnicos curados por métodos tradicionales (3):

 

 

Vysočina

180 mg/kg

 

Selský salám

 

 

Turistický trvanlivý salám

 

 

Poličan

 

 

Herkules

 

 

Lovecký salám

 

 

Dunajská klobása

 

 

Paprikáš (3.5);

 

 

y productos similares

 

 

Rohschinken, trocken-/nassgepökelt (3.1);

 

50 mg/kg

y productos similares

 

 

Jellied veal and brisket (3.2)

 

 

E 251

Nitrato sódico (7)

Productos cárnicos no tratados por calor

150 mg/kg

 

E 252

Nitrato potásico (7)

 

 

 

Productos cárnicos tradicionales curados por inmersión (1):

 

 

Kylmäsavustettu poronliha;

300 mg/kg

 

Kallrökt renkött (1.4);

 

 

 

 

Wiltshire bacon y Wiltshire ham (1.1);

 

250mg/kg

Entremeada, Entrecosto, Chispe, Orelheira e Cabeça (salgados) y

 

 

Toucinho fumado (1.2);

 

 

Rohschinken, nassgepökelt (1.6);

 

 

y productos similares

 

 

Bacon, Filet de bacon (1.5);

y productos similares

 

250 mg/kg sin adición de E 249 ni E 250

Cured tongue (1.3)

 

10 mg/kg

Productos cárnicos tradicionales curados en seco (2):

 

 

Dry cured bacon y Dry cured ham (2.1);

 

250 mg/kg

Jamón curado, paleta curada, lomo embuchado y cecina (2.2);

 

 

Presunto, Presunto da Pá y Paio do Lombo (2.3);

 

 

Rohschinken, trockengepökelt (2.5);

 

 

y productos similares

 

 

 

 

Jambon secs, jambons sel sec et mitres peces maturées séchées similaires (2.4);

 

250 mg/kg (sin adición de E 249 ni E250)

Otros productos cárnicos curados por métodos tradicionales (3):

 

 

Rohwürste y Salami und Kantwurst (3.3);

300 mg/kg (sin adición de E 249 ni E 250)

 

Rohschinken, trocken-/nassgepökelt (3.1);

y productos similares

 

250 mg/kg

Salchichón y chorizo tradicionales

de larga curación (3.4);

250 mg/kg (sin adición de E 249 ni E 250)

 

Saucissons secs (3.6) y productos similares

 

 

Jellied veal and brisket (3.2);

 

10 mg/kg

Queso duro, semiduro y semiblando

Sucedáneos de queso a base de leche

150 mg/kg en la leche de quesería o nivel equivalente si se añade tras la eliminación del suero y el añadido de agua

 

Arenque y espadín escabechados

500 mg/kg

 

(1)

Los productos cárnicos se sumergen en una solución de curado que contiene nitritos y/o nitratos y otros componentes. Los productos cárnicos pueden someterse después a otros tratamientos, por ejemplo el ahumado.

(1.1)

Se inyecta en la carne una solución de curado, y después se somete la carne a curado por inmersión durante 3-10 días. La solución de salmuera para la inmersión incluye asimismo fermentos microbiológicos.

(1.2)

Curado por inmersión durante 3-5 días. El producto no es tratado por calor y tiene una elevada actividad hídrica.

(1.3)

Curado por inmersión durante 4 días como mínimo y precocinado.

(1.4)

Se inyecta en la carne una solución de curado, y después se somete la carne a curado por inmersión. El tiempo de curado es de 14-21 días, seguido de maduración en humo frío durante 4-5 semanas.

(1.5)

Curado por inmersión durante 4-5 días a 5-7° C, maduración normalmente durante 24-40 horas a 22° C, posibilidad de ahumado durante 24 horas a 20-25° C y almacenamiento durante 3-6 semanas a 12-14° C.

(1.6)

Tiempo de curado dependiente de la forma y el peso de las piezas de carne, de una duración aproximada de 2 días/kg, seguido de estabilización y maduración.

(2)

El procedimiento de curado en seco supone la aplicación en seco a la superficie de la carne de una mezcla de curado que contiene nitrato y/o nitrito, sal y otros componentes, y después un período de estabilización y maduración. Los productos cárnicos pueden someterse posteriormente a otros tratamientos, por ejemplo el ahumado.

(2.1)

Curado en seco, y después maduración durante 4 días como mínimo.

(2.2)

Curado en seco con un período de estabilización de 10 días como mínimo, y después un período de maduración de más de 45 días.

(2.3)

Curado en seco durante 10-15 días, y después un período de estabilización de 30-45 días y un período de maduración de 2 meses como mínimo.

(2.4)

Curado en seco durante 3 días + 1 día/kg seguido de un período de postsalado de una semana y de un período de envejecimiento y maduración de 45 días a 18 meses.

(2.5)

Tiempo de curado dependiente de la forma y el peso de las piezas de carne, de una duración aproximada de 10 a 14 días/kg, seguido de estabilización y maduración.

(3)

Procesos de inmersión y curado en seco utilizados conjuntamente, o cuando se incluyen nitritos y/o nitratos en un producto compuesto, o cuando la solución de curado se inyecta en el producto antes de su cocinado. Los productos pueden someterse después a otros tratamientos, por ejemplo el ahumado.

(3.1)

Combinación de curado en seco y curado por inmersión (sin inyección de solución de curado). Tiempo de curado dependiente de la forma y el peso de las piezas de carne, de una duración aproximada de 14 a 35 días, seguido de estabilización y maduración.

(3.2)

Inyección de solución de curado y, transcurridos 2 días como mínimo, cocido en agua hirviendo durante un período de hasta 3 horas.

(3.3)

El producto se somete a un período mínimo de maduración de 4 semanas y tiene una proporción agua/proteína inferior a 1,7.

(3.4)

Período de maduración de 30 días como mínimo.

(3.5)

Producto secado, cocinado a 70° C, y sometido después a un proceso de secado y ahumado de 8-12 días. Producto fermentado sometido a un proceso de fermentación de 14-30 días, en tres fases, y después al ahumado.

(3.6)

Salchicha cruda fermentada y secada sin adición de nitritos. Se fermenta el producto a temperaturas que pueden ser de 18-22° C o inferiores (10-12° C) y a continuación se lo somete a un período de envejecimiento y maduración de tres semanas como mínimo. El producto tiene una proporción agua/proteína inferior a 1,7.

d)

La parte D quedará modificada como sigue :

i)

Se modifica la Nota del siguiente modo: «El * en el cuadro se refiere a la regla de proporcionalidad: cuando se utilicen combinaciones de galatos, TBHQ, BHA y BHT, deberán reducirse proporcionalmente los niveles individuales.»

ii)

Las secciones E 310, E 311, E 312, E 320 y E 321 se sustituyen por la siguiente:

No E

Denominación

Productos alimenticios

Contenido máximo (mg/kg)

E 310

Galato de propilo

Grasas y aceites para la fabricación profesional de productos alimenticios tratados por calor

Aceite y grasas para freír, excluido el aceite de orujo de aceituna

Tocino; aceite de pescado; grasas de vacuno, de ovino y de ave

200* (galatos, TBHQ y BHA, por separado o combinados)

100* (BHT)

(expresados en ambos casos respecto del contenido de grasa)

E 311

Galato de octilo

E 312

Galato de dodecilo

E 319

Terbutilhidroquinona (TBHQ)

E 320

Butilhidroxianisol (BHA)

E 321

Butilhidroxitolunol (BHT)

Mezclas para pasteles

Productos de aperitivos a base de cereales

Leche en polvo para máquinas automáticas

Sopas y caldos deshidratados

Salsas

Carne deshidratada

Frutos secos transformados

Cereales precocinados

200 (galatos, TBHQ y BHA, por separado o combinados)

(expresados respecto del contenido de grasa)

 

 

Productos sazonadores y condimentos

200 (galatos, TBHQ y BHA, por separado o combinados)

(expresado respecto del contenido de grasa)

Patatas deshidratadas

25 (galatos, TBHQ y BHA, por separado o combinados)

Chicle

Complementos alimenticios tal como se definen en la Directiva 2002/46/CE

400 (galatos, TBHQ y BHA, por separado o combinados)

Aceites esenciales

1 000 (galatos, TBHQ y BHA, por separado o combinados)

Aromatizantes distintos de los aceites esenciales

100* (galatos, por separado o combinados) o 200* (TBHQ, BHA, por separado o combinados)

iii)

Se añadirá la sección siguiente:

E 586

4-hexilresorcinol

Crustáceos frescos, congelados y ultracongelados

2 mg/kg como residuo en la carne de crustáceos

4)

El Anexo IV quedará modificado como sigue:

a)

La sección relativa al E 385 se sustituirá por la siguiente:

E 385

Etilendiamino-tetra-acetato de calcio y disodio (EDTA de calcio y disodio)

Salsas emulsionadas

75 mg/kg

Legumbres, hortalizas, setas y alcachofas en conserva

250 mg/kg

Crustáceos y moluscos en conserva

75 mg/kg

Pescados en conserva

75 mg/kg

Materias grasas para untar, tal como se definen en los anexos B y C del Reglamento (CE) no 2991/94 (8), con un contenido en grasa de hasta el 41 %

100 mg/kg

Crustáceos congelados y ultracongelados

75 mg/kg

Libamáj, egészben es tömbben

250 mg/kg

b)

Después de la sección relativa al E 967, se insertará la sección siguiente:

E 968

Eritritol

Alimentos en general (excepto las bebidas y los alimentos mencionados en el apartado 3 del artículo 2)

quantum satis

Pescados, crustáceos, moluscos y cefalópodos sin elaborar congelados y ultracongelados

quantum satis

Licores

quantum satis

 

para fines distintos de la edulcoración

c)

Se añadirá la sección siguiente:

E 426

Hemicelulosa de semilla de soja

Bebidas a base de leche destinadas a la venta al por menor

5 g/l

Complementos alimenticios tal como se definen en la Directiva 2002/46/CE

1,5 g/kg

Salsas emulsionadas

30 g/l

Productos preenvasados de panadería fina destinados a la venta al por menor

10 g/kg

«Fídeos orientales» preenvasados listos para su consumo, destinados a la venta al por menor

10 g/kg

Arroz preenvasado listo para su consumo, destinado a la venta al por menor

10 g/kg

Productos preenvasados transformados de patatas y arroz (incluidos los productos transformados congelados, ultra-congelados, refrigerados y deshidratados) destinados a la venta al por menor

10 g/kg

Ovoproductos deshidratados, concentrados, congelados y ultracongelados

10 g/kg

Productos de confitería a base de gelatina, excepto las minicápsulas de gelatina

10 g/kg

d)

En la sección relativa al E 468, las palabras «complemento alimenticio sólido» se sustituirán por «complementos alimenticios tal como se definen en la Directiva 2002/46/CE suministrados en forma sólida».

e)

En las secciones E 338 a E 452, tas palabras «suplementos dietéticos» se sustituirán por «Complementos alimenticios tal como se definen en la Directiva 2002/46/CE».

f)

En las secciones relativas a los aditivos E 405 , E 416, E 432 a E 436, E 473 y E 474, E 475, E 491 a E 495, E 551 a E 559, y E 901 a E 904, las palabras «Suplementos dietéticos» se sustituirán por «Complementos alimenticios tal como se definen en la Directiva 2002/46/CE».

g)

En las secciones E 1201 y E 1202, las palabras «complementos dietéticos en tabletas y en forma de grageas» se sustituirán por «complementos alimenticios tal como se definen en la Directiva 2002/46/CE en tabletas y en forma de grageas».

h)

En las secciones relativas a los aditivos E 405, E 432 a E 436, E 473 y E 474, E 475, E 477, E 481 y E 482 y E 491 a E 495, las palabras «alimentos dietéticos para fines médicos específicos» y «alimentos dietéticos destinados a fines médicos especiales» se sustituirán por «alimentos dietéticos destinados a usos médicos especiales tal como se definen en la Directiva 1999/21/CE».

i)

La sección siguiente se sustituirá por el texto siguiente:

E 1505

Citrato de trietilo

Aromatizantes

3 g/kg de todas las fuentes de productos alimenticios conforme se consumen o reconstituyen de acuerdo con las instrucciones del fabricante; por separado o en combinación. En el caso de bebidas, exceptuados los licores de crema, el nivel máximo de E 1520 será de 1 g/l.

E 1517

Diacetato de glicerilo (diacetina)

 

E 1518

Triacetato de glicerilo (triacetina)

 

 

E 1520

1,2 propanodiol (propilenglicol

 

 

j)

Se añadirán las secciones siguientes:

E 1204

Pullulan

Complementos alimenticios tal como se definen en la Directiva 2002/46/CE en forma de cápsulas y tabletas

quantum satis

Micropastillas para refrescar el aliento en forma de láminas

quantum satis

E 1452

Octenil succinato sódico de almidón

Preparados vitamínicos encapsulados en complementos alimenticios tal como se definen en la Directiva 2002/46/CE

35 g/kg como complemento alimenticio.

5)

El Anexo V quedará modificado como sigue:

a)

Después de la línea relativa al E 967, se insertará la línea siguiente:

E 968

Eritritol

 

b)

Después de la línea relativa al E 466, se insertará la línea siguiente:

E 462

Etilcelulosa

 

c)

En la tercera columna de la sección relativa a los aditivos E 551 y E 552 se añadirá la frase siguiente:

«Para el E 551, en E 171 dióxido de titanio y E 172 óxidos e hidróxidos de hierro (máx. 90% con relación al pigmento)»

6)

El anexo VI quedará modificado como sigue:

a)

En el primer, segundo y tercer párrafos de la nota introductoria, las palabras «alimentos para el destete», se sustituirán por «alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles».

b)

En la tercera parte, en el título y en las secciones relativas a los aditivos E 170 a 526, E 500, E 501 y E 503, E 338, E 410 a E 440, E 1404 a E 1450 y E 1451, las palabras «preparados de destete», «productos de destete» y «alimentos de destete» se sustituirán por «alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles».

c)

En la Parte 4, después de la sección E 471 se añadirá lo siguiente:

E 473

Ésteres de sucrosa de los ácidos grasos

120 mg/l

Productos que contengan proteínas, péptidos o aminoácidos hidrolizados


(1)  A efectos de la presente Directiva, se entenderá por «minicápsulas de gelatina» los artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca.»

(2)  Directiva 2002/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 10 de junio de 2002 (DO L 183 de 12.7.2002, p. 51).

(3)  Directiva 1999/21/CE de la Comisión de 25 de marzo de 1999 (DO L 91 de 7.4.1999, p. 29).

(4)   En las partes comestibles

(5)  Cuando esté etiquetado «para uso alimentario», el nitrito sólo puede venderse en una mezcla con sal o sustituto de sal.

(6)  El valor Fo 3 equivale a un tratamiento térmico de tres minutos a 121° C (reducción de la carga bacteriológica de mil millones de esporas por cada mil latas a una espora por cada mil latas).

(7)   En algunos productos cárnicos tratados por calor pueden aparecer nitratos resultantes de la conversión natural de nitritos en nitratos en un medio con bajo contenido en ácido.

(8)  DO L 316 de 9.12.1994, 2.

ANEXO II

El Anexo de la Directiva 94/35/CE quedará modificado como sigue:

a)

En la primera columna de la sección relativa a los aditivos E 420 a E 967, se añadirá «E 968».

b)

En la segunda columna de la sección relativa a los aditivos E 420 a E 967, se añadirá «Eritritol».

P6_TA(2005)0405

Lucha contra la delincuencia organizada *

Resolución legislativa del Parlamento Europeo sobre la propuesta de Decisión marco del Consejo relativa a la lucha contra la delincuencia organizada (COM(2005) 0006 — C6-0061/2005 — 2005/0003(CNS))

(Procedimiento de consulta)

El Parlamento Europeo,

Vista la propuesta de la Comisión (COM(2005) 0006) (1),

Vista la letra b) del apartado 2 del artículo 34 del Tratado UE,

Visto el apartado 1 del artículo 39 del Tratado UE, conforme al cual ha sido consultado por el Consejo (C6-0061/2005),

Vistos los artículos 93 y 51 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y las opiniones de la Comisión de Asuntos Exteriores y de la Comisión de Asuntos Jurídicos (A6-0277/2005),

1.

Aprueba la propuesta de la Comisión en su versión modificada;

2.

Pide a la Comisión que modifique en consecuencia su propuesta, de conformidad con el apartado 2 del artículo 250 del Tratado CE;

3.

Pide al Consejo que le informe si se propone apartarse del texto aprobado por el Parlamento;

4.

Pide al Consejo que le consulte de nuevo si se propone modificar sustancialmente la propuesta de la Comisión;

5.

Encarga a su Presidente que transmita la posición del Parlamento al Consejo y a la Comisión.

TEXTO DE LA COMISIÓN

ENMIENDAS DEL PARLAMENTO

Enmienda 1

Considerando 3

(3) De acuerdo con el apartado 3.3.2 del programa de La Haya, la armonización del derecho penal material se refiere a los ámbitos que dependen de la delincuencia especialmente grave con una dimensión transfronteriza y se debe conceder la prioridad a los ámbitos de la delincuencia que se mencionan específicamente en los Tratados. Por tanto, debería armonizarse la definición de las delitos relativos a la participación en una organización delictiva en todos los Estados miembros. Por otra parte, deberían preverse penas y sanciones correspondientes a la gravedad de estos delitos contra las personas físicas y jurídicas que los cometan o sean responsables de los mismos.

(3) De acuerdo con el punto 3.3.2 del programa de La Haya, la armonización del derecho penal material se refiere a los ámbitos que dependen de la delincuencia especialmente grave con una dimensión transfronteriza y se debe conceder la prioridad a los ámbitos de la delincuencia que se mencionan específicamente en los Tratados. Por tanto, debe armonizarse la definición de los delitos relativos a la participación en una organización delictiva en todos los Estados miembros. No obstante, los Estados miembros podrán clasificar a otras agrupaciones de personas como organizaciones delictivas, por ejemplo, grupos cuyo objetivo no sea la consecución de beneficios económicos o de otro tipo o que perpetren delitos que impliquen una pena privativa de libertad o una medida de seguridad privativa de libertad por un período máximo inferior a cuatro años. Por otra parte, deben preverse penas y sanciones correspondientes a la gravedad de estos delitos contra las personas físicas y jurídicas que los cometan o sean responsables de los mismos.

Enmienda 2

Considerando 4

(4) Conviene prever una tipificación específica de la «dirección de una organización delictiva» e incluir disposiciones con el objetivo de facilitar la cooperación entre las autoridades judiciales y la coordinación de su actuación por medio de Eurojust.

(4) Conviene prever una tipificación específica de la « promoción, constitución, organización o dirección de una organización delictiva» e incluir disposiciones con el objetivo de facilitar la cooperación entre las autoridades judiciales y la coordinación de su actuación por medio de Eurojust.

Enmienda 3

Considerando 4 bis (nuevo)

 

(4 bis) A reserva de la adopción de un instrumento de protección de datos en el marco del tercer pilar, debe desarrollarse la cooperación entre Interpol y Europol con miras al intercambio de información a fin de investigar la delincuencia organizada transnacional.

Enmienda 4

Considerando 4 ter (nuevo)

 

(4 ter) A reserva de la adopción de la Decisión marco .../... del Consejo, de ... relativa al exhorto europeo de obtención de pruebas para recabar objetos, documentos y datos destinados a procedimientos en materia penal (2), los Estados miembros deben facilitar el reconocimiento mutuo de las pruebas recabadas contra los autores de delitos organizados transnacionales.

Enmienda 5

Considerando 5 bis (nuevo)

 

(5 bis) En vista de que el desarrollo y la estructuración de redes delictivas internacionales extremadamente eficaces y móviles frenan las investigaciones, y con objeto de aportar una respuesta más apropiada a este fenómeno y de aumentar la eficacia de la cooperación entre los Estados miembros, sería útil reflexionar sobre los medios de promover iniciativas coordinadas a nivel de los Estados miembros para desarrollar unos instrumentos adecuados, como métodos y técnicas especiales de investigación e infiltración, así como una reglamentación sobre los arrepentidos, que ya existen en algunos Estados miembros.

Enmienda 6

Considerando 6 bis (nuevo)

 

(6 bis) La presente Decisión marco debe proporcionar una base para persuadir a terceros países de que establezcan reglamentaciones similares. Los Estados miembros deben dar ejemplo, demostrando su firme determinación.

Enmienda 7

Considerando 7 bis (nuevo)

 

(7 bis) Las organizaciones delictivas cruzan las fronteras interiores de la Unión Europea con impunidad y obteniendo beneficios considerables, mientras los funcionarios de policía, por estar sus competencias limitadas únicamente a su Estado miembro, no pueden hacerlo (excepto en determinadas situaciones a corto plazo).

Enmienda 8

Considerando 8

(8) La presente Decisión marco respeta los derechos fundamentales y los principios reconocidos por la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y, en particular, sus artículos 6 y 49 .

(8) La presente Decisión marco respeta los derechos fundamentales tal como se garantizan en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y tal como resultan de las tradiciones constitucionales comunes a los Estados miembros como principios de Derecho comunitario. La Unión observa los principios reconocidos en el apartado 2 del artículo 6 del Tratado de la Unión Europea, reflejados en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, y en particular su capítulo VI. Nada de lo dispuesto en la presente Decisión marco podrá interpretarse como un intento de reducir u obstaculizar derechos o libertades fundamentales tales como el derecho de huelga, la libertad de reunión, de asociación o de expresión, ni, en particular, el derecho de fundar un sindicato con otras personas o de afiliarse a un sindicato para defender sus intereses y el correspondiente derecho a manifestarse.

Enmienda 44

Considerando 8 bis (nuevo)

 

(8 bis) A la presente Decisión marco se aplicarán las garantías previstas en la propuesta de Decisión marco relativa a determinados derechos procesales en los procesos penales celebrados en la Unión Europea (3), en fase de adopción en el Consejo.

Enmienda 9

Artículo 1, párrafo 1

A los fines de la presente Decisión marco, se entenderá por «organización delictiva» una asociación estructurada de más de dos personas , establecida durante un cierto período de tiempo y que actúa de manera concertada con el fin de cometer delitos sancionables con una pena privativa de libertad o una medida de seguridad privativa de libertad de un máximo de al menos cuatro años o con una pena aún más severa, con el objetivo de obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro beneficio de orden material.

A los fines de la presente Decisión marco, se entenderá por «organización delictiva» una asociación estructurada de más de dos personas, y que actúa de manera concertada con el fin de cometer delitos sancionables con una pena privativa de libertad o una medida de seguridad privativa de libertad de un máximo de al menos cuatro años o con una pena aún más severa, con el objetivo de obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico u otro beneficio de orden material.

Enmienda 10

Artículo 1, párrafo 2

Se entenderá por «organización estructurada» una organización no formada fortuitamente para la comisión inmediata de un delito y en el que no necesariamente se haya asignado a sus miembros funciones formalmente definidas ni haya continuidad en la condición de miembro o exista una estructura desarrollada .

Se entenderá por «organización estructurada» una organización no formada fortuitamente para la comisión inmediata de uno o más delitos de manera concertada y en la que no necesariamente se haya asignado a sus miembros funciones formalmente definidas ni haya continuidad en la condición de miembro o exista una estructura de tipo jerárquico .

Enmienda 45

Artículo 1 bis (nuevo)

 

Artículo 1 bis

Prevención y control de la delincuencia

Los Estados miembros garantizarán que se refuerce la función de Europol, como órgano de información contra la delincuencia, para que pueda desempeñar la tarea de proporcionar a los Estados miembros toda la información que permita lograr resultados más eficaces en la prevención y en la lucha contra la delincuencia organizada.

El reforzamiento de Europol únicamente será posible a condición de que se convierta en un organismo de la Unión Europea sometido al control democrático del Parlamento Europeo.

Enmienda 12

Artículo 2, letra a)

a) el hecho de dirigir una organización delictiva

a)

el hecho de promover, constituir, organizar o dirigir una organización delictiva

Enmienda 13

Articulo 2, letra b)

b)

la conducta de toda persona que, de manera intencionada y a sabiendas de la finalidad y actividad delictiva general de la organización o de su intención de cometer los delitos en cuestión, participe activamente en las actividades ilícitas de la organización a la que se refiere el artículo 1 aun cuando dicha persona no participe en la comisión propiamente dicha de los delitos en cuestión y aun cuando los delitos en cuestión no se cometan, o bien en otras actividades de la organización, incluido el suministro de información o de medios materiales, reclutando a nuevos participantes, así como en toda forma de financiación de sus actividades a sabiendas de que su participación contribuirá al logro de la finalidad delictiva de esta organización.

b)

la conducta de toda persona que, de manera intencionada y a sabiendas de la finalidad y actividad delictiva general de la organización o de su intención de cometer los delitos en cuestión, participe activamente en las actividades ilícitas de la organización a la que se refiere el artículo 1 aun cuando dicha persona no participe en la comisión propiamente dicha de los delitos en cuestión y aun cuando los delitos en cuestión no se cometan, o bien en otras actividades de la organización, incluido el suministro de información o de medios materiales, la incitación a llevar a cabo actividades delictivas, reclutando a nuevos participantes, así como en toda forma de financiación de sus actividades a sabiendas de que su participación contribuirá al logro de la finalidad delictiva de esta organización.

Enmienda 14

Artículo 2, párrafo 1 bis (nuevo)

 

La presente Decisión marco no puede tener como consecuencia la modificación de la obligación de respetar los derechos fundamentales y los principios jurídicos fundamentales sancionados por el artículo 6 del Tratado de la Unión Europea.

Enmienda 15

Artículo 3, apartado 2 bis (nuevo)

 

2 bis. Todos los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para que las personas consideradas culpables de delitos contemplados en el artículo 2 puedan ser objeto de, además de las sanciones establecidas en los apartados 1 y 2, otras sanciones tales como:

a)

el decomiso de artículos que hayan servido o estuvieran destinados a servir para cometer el delito y de aquellos que sean el precio, el producto o el beneficio del mismo, o que constituyan su objeto;

b)

la confiscación de bienes, instrumentos y efectos que sean producto del delito cometido;

c)

la destrucción de bienes;

d)

la publicación de las sentencias judiciales;

e)

la inhabilitación temporal o permanente para desempeñar actividades profesionales o empresariales;

f)

la inhabilitación e inelegibilidad para desempeñar cargos políticos y públicos.

Enmienda 16

Artículo 3, apartado 2 ter (nuevo)

 

2 ter. Todos los Estados miembros adoptarán tas medidas necesarias para que tos delitos mencionados en el artículo 2 sean punibles con penas privativas de libertad superiores a las previstas en el apartado 1 del presente artículo cuando:

a)

la organización delictiva tenga fines terroristas;

b)

la organización delictiva organice el tráfico de seres humanos;

c)

la organización delictiva sea de carácter mafioso, esto es, que se valga de la fuerza de la intimidación, de vínculos de asociación, así como del sometimiento y la obligación al código de silencio consiguientes, para cometer delitos, alcanzar directa o indirectamente la gestión o el control de actividades económicas, licencias, autorizaciones, contratos y servicios públicos, o para obtener beneficios o ventajas injustos para sí, o con el fin de impedir u obstaculizar el libre ejercicio del voto o conseguir votos para sus miembros o para otros en elecciones;

Enmienda 17

Artículo 3, apartado 2 quáter (nuevo)

 

2 quáter. Los Estados miembros velarán por que las ganancias de la delincuencia organizada puedan ser confiscadas o destruidas.

Enmienda 18

Artículo 4, letra a)

a) abandona sus actividades delictivas, y

a)

abandona sus actividades delictivas, demuestra la voluntad de reintegrarse en la sociedad, y

Enmienda 19

Artículo 4, letra b), guión 1

— impedir o atenuar los efectos del delito;

— impedir , hacer cesar o atenuar los efectos del delito;

Enmienda 20

Artículo 4, letra b), guión 2

— identificar o procesar a los otros autores del delito;

identificar o capturar a los responsables de los delitos que se recogen en el artículo 2;

Enmienda 21

Artículo 4, letra b), guión 3

— encontrar pruebas;

encontrar pruebas relativas a los delitos a los que se refiere el articulo 2 ;

Enmienda 24

Artículo 5, apartado 1, parte introductoria

1. Todos los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para que las personas jurídicas puedan ser consideradas responsables de los delitos mencionados en el artículo 2, cuando estos delitos sean cometidos por cuenta de éstas por cualquier persona, actuando a título particular o como parte de un órgano de la persona jurídica, que ostente un cargo directivo en el seno de dicha persona jurídica, basado en:

1. Todos los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para que las personas jurídicas puedan ser consideradas responsables de los delitos mencionados en el artículo 2, para cuya comisión se constituyó la organización, cuando estos delitos sean cometidos por cuenta de éstas por cualquier persona, actuando a título particular o como parte de un órgano de la persona jurídica, que ostente un cargo directivo en el seno de dicha persona jurídica, basado en:

Enmienda 25

Artículo 5, apartado 1, letra a)

a) un poder de representación de dicha persona jurídica;

a)

un poder de representación de dicha persona jurídica , incluido un poder de hecho ;

Enmienda 26

Artículo 5, apartado 1, letra b)

b)

una autoridad para tomar decisiones en nombre de dicha persona jurídica;

b)

una autoridad para tomar decisiones en nombre de dicha persona jurídica , incluida una autoridad de hecho ;

Enmienda 27

Artículo 5, apartado 3

3. La responsabilidad de las personas jurídicas en virtud de los apartados 1 y 2 se entenderá sin perjuicio de la incoación de acciones penales contra las personas físicas que sean autores , incitadores o cómplices de alguno de los delitos a los que se refiere el artículo 2.

3. La responsabilidad de las personas jurídicas en virtud de los apartados 1 y 2 se entenderá sin perjuicio de la incoación de acciones penales contra las personas físicas que sean autores de alguno de los delitos a los que se refiere el artículo 2 , para cuya comisión se constituyó la organización.

Enmienda 28

Artículo 6, letra b)

b)

medidas de prohibición temporal o permanente del desempeño de actividades comerciales ;

b)

medidas de prohibición temporal o permanente del desempeño de actividades empresariales ;

Enmienda 29

Artículo 6, letra e bis) (nueva)

 

e bis)

la confiscación de los bienes y de los instrumentos que hayan servido o estuvieran destinados a servir para cometer los delitos contemplados en el artículo 2 y de los bienes que sean el precio, el producto o el beneficio del mismo o que constituyan su objeto.

Enmienda 30

Artículo 6, letra e ter) (nueva)

 

e ter) la destrucción de bienes;

Enmienda 31

Artículo 6, letra e quáter) (nueva)

 

e quáter) publicación de las sentencias judiciales,

Enmienda 32

Artículo 7, párrafos 2 y 3

Cuando uno de los delitos mencionados en el artículo 2 sea competencia de más de un Estado miembro y cualquiera de estos Estados pueda legítimamente iniciar acciones judiciales por los mismos hechos, los Estados miembros implicados colaborarán para decidir cuál de ellos emprenderá acciones judiciales contra los autores del delito con el objetivo de centralizar, en la medida de lo posible, dichas acciones en un solo Estado miembro. Con este fin, los Estados miembros podrán recurrir, cuando sea posible, a Eurojust.

Cuando uno de los delitos mencionados en el artículo 2 sea competencia de más de un Estado miembro y cualquiera de estos Estados pueda legítimamente iniciar acciones judiciales por los mismos hechos, los Estados miembros implicados colaborarán para decidir cuál de ellos emprenderá acciones judiciales contra los autores del delito con el objetivo de centralizar, en la medida de lo posible, dichas acciones en un solo Estado miembro. Con este fin, los Estados miembros podrán recurrir, cuando sea posible, a Eurojust. Eurojust decidirá en caso de que en un plazo de dos meses no se alcance una decisión común de los Estados miembros.

Se tendrán en cuenta sucesivamente los siguientes elementos para sumarse a ellas:

a)

ser el Estado miembro en cuyo territorio se hayan cometido los hechos,

b)

ser el Estado miembro del que el autor sea nacional o residente,

c)

ser el Estado miembro de origen de las víctimas,

d)

ser el Estado miembro en el que se haya encontrado al autor.

Se tendrán en cuenta sucesivamente los siguientes elementos:

a)

ser el Estado miembro en cuyo territorio se hayan cometido los hechos,

b)

ser el Estado miembro de origen de las víctimas,

c)

ser el Estado miembro del que el autor sea nacional o residente,

d)

ser el Estado miembro en el que se haya encontrado al autor.

Enmienda 33

Artículo 7, párrafo 3, letra ibis) (nueva)

 

d bis)

El Estado miembro que haya incoado la acción penal en primer lugar.

Enmienda 34

Artículo 8, apartado 1

1. Los Estados miembros garantizarán que las investigaciones o el enjuiciamiento de los delitos a que se refiere la presente Decisión marco no dependan de la formulación de denuncia o acusación por una persona que haya sido víctima de tales delitos, al menos si los hechos se cometieron en el territorio de un Estado miembro.

1. Los Estados miembros garantizaran que las investigaciones o el enjuiciamiento de los delitos a que se refiere la presente Decisión marco se lleven a cabo de la manera más eficiente posible con pleno respeto de los derechos humanos y no dependan de la formulación de denuncia o acusación por una persona que haya sido víctima de tales delitos, al menos si los hechos se cometieron en el territorio de un Estado miembro.

Enmienda 35

Articulo 8, apartado 2

2. Además de las medidas previstas en la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo, de 15 de marzo de 2001, sobre el estatuto de la víctima en el procedimiento penal, los Estados miembros tomarán, en caso necesario, todas las medidas posibles para garantizar una adecuada asistencia a la familia de la víctima en el marco del procedimiento penal.

2. Además de las medidas previstas en la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo, de 15 de marzo de 2001, sobre el estatuto de la víctima en el procedimiento penal, los Estados miembros tomarán, en caso necesario, todas las medidas posibles para garantizar una adecuada protección y asistencia a las víctimas y a sus familias en el marco del procedimiento penal.

Enmienda 36

Artículo 8 bis (nuevo)

 

Artículo 8 bis

Unidad de delitos graves y delincuencia organizada y Unidad de recuperación de activos

Todos los Estados miembros establecerán una Unidad de delitos graves y delincuencia organizada y una Unidad de recuperación de activos, con el fin de asegurar la coordinación a nivel nacional y actuar como punto de contacto único.

Enmienda 37

Artículo 8 ter (nuevo)

 

Artículo 8 ter

Protección de testigos y de informadores

Todos los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para que quienes faciliten información útil para prevenir, descubrir o castigar delitos perpetrados por organizaciones delictivas, tanto si son testigos como autores de delitos a los que hace referencia el artículo 4, sean protegidos de forma adecuada contra los riesgos de represalias, amenazas o intimidaciones directas de las que sean objeto ellos o sus familiares.

Enmienda 38

Artículo 8 quáter (nuevo)

 

Artículo 8 quáter

Cooperación internacional

Los Estados miembros adoptarán las medidas necesarias para garantizar la cooperación internacional, entre otros medios, a través de grupos comunes de investigación.

Enmienda 39

Artículo 10, apartado 1 bis (nuevo)

 

1 bis. Los Estados miembros recogerán datos estadísticos sobre los delitos a que se refiere el artículo 2 y los remitirán a la Comisión, que elaborará estadísticas armonizadas y comparables a partir de 2006.

Enmienda 40

Artículo 10, apartado 2

2. Los Estados miembros transmitirán, a más tardar el (...), a la Secretaría General del Consejo y a la Comisión, el texto de las disposiciones por el que se incorporan en su Derecho nacional las obligaciones que la presente Decisión marco les impone. Tomando como base un informe elaborado a partir de estos datos y un informe escrito de la Comisión, el Consejo evaluará , antes del (...), si los Estados miembros han adoptado las medidas necesarias para dar cumplimiento a la presente Decisión marco.

2. Los Estados miembros transmitirán, a más tardar el (...), a la Secretaría General del Consejo y a la Comisión, el texto de las disposiciones por el que se incorporan en su Derecho nacional las obligaciones que la presente Decisión marco les impone. Tomando como base un informe elaborado a partir de estos datos y un informe escrito de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo, el Parlamento Europeo y el Consejo evaluarán , antes del (...), si los Estados miembros han adoptado las medidas necesarias para dar cumplimiento a la presente Decisión marco.


(1)  Pendiente de publicación en el DO.

(2)   DO L ...

(3)   COM(2004)0328.

P6_TA(2005)0406

Estrategia de lucha contra una pandemia de gripe

Resolución del Parlamento Europeo sobre la estrategia de lucha contra una pandemia de gripe

El Parlamento Europeo,

Visto el artículo 152 del Tratado CE,

Vista la pregunta oral O-0089/05 de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria, de conformidad con el artículo 108 de su Reglamento

Vista la declaración de la Comisión,

Visto el apartado 5 del artículo 108 de su Reglamento,

A.

Considerando que la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha emitido una advertencia sobre la posible aparición de una pandemia de gripe en un futuro próximo,

B.

Considerando que un virus de la gripe podría transmitirse en pocos días de un continente a otro,

C.

Considerando que la lucha eficaz contra un virus de la gripe requiere las vacunas y los tratamientos antivirales adecuados para personas y animales en cantidades suficientes,

D.

Considerando que un probable causante de la pandemia podría ser un virus de la gripe aviar altamente patógeno (H5N1) que, tras su mutación o recombinación con el virus de la gripe humana, puede provocar una gripe muy agresiva que no cubren las vacunas actualmente existentes, por lo que es necesaria una «nueva» vacuna,

E.

Considerando que el mayor riesgo de pandemia de gripe se encuentra en los países asiáticos en los que la cepa del virus HPA1 se ha extendido durante dos años, a pesar de los esfuerzos de las autoridades competentes por contener la enfermedad y que, por consiguiente, la UE debe ofrecer mayor ayuda a esos países tanto por propio interés como por razones de solidaridad,

F.

Considerando que el desarrollo y la producción de nuevas vacunas son difíciles y caros y podrían tardar al menos 6 meses, una vez aislado y estudiado el virus,

G.

Considerando que la amenaza potencial de que el virus de la gripe aviar se recombine con el virus de la gripe estacional se reduciría si se garantizara que todas las personas con gran riesgo de exposición al virus de la gripe aviar están inmunizadas frente a la gripe estacional,

H.

Considerando que existe un riesgo importante de que el suministro sea inadecuado, no equitativo y tardío en países que no producen vacunas,

I.

Considerando que el inicio de una pandemia fuera de la UE, también representaría una grave amenaza sanitaria para los ciudadanos de la Unión Europea,

J.

Considerando que los Estados miembros tienen la responsabilidad de tomar las medidas necesarias para prevenir una pandemia de gripe y prepararse para afrontarla, pero que es la Comisión la que desempeña el papel coordinador,

1.

Considera que las advertencias de la Organización Mundial de la Salud y del Centro Europeo para la prevención y control de enfermedades sobre el posible inicio de una pandemia de gripe son muy serias; señala que un brote en un Estado miembro o en las regiones vecinas de la UE provocaría una amenaza sanitaria inmediata en toda la Unión Europea;

2.

Insta encarecidamente a los Estados miembros a que adopten todas las medidas necesarias para evitar la recombinación del H5N1 en un virus gripal de transmisión humana; insiste, por consiguiente, en que se vacune con carácter prioritario a los trabajadores del sector avícola y sectores conexos;

3.

Señala que, a este respecto, deben preverse planes de emergencia con antelación por si se produce una infección humana, y que dichos planes de emergencia deben tener como objetivos:

establecer la coordinación necesaria entre los Estados miembros,

garantizar la consulta y el intercambio de información necesarios con los terceros países,

evitar que cunda el pánico entre la población,

combatir todo tipo de tráfico de aves en el caso de que se produjeran realmente riesgos graves,

definir las áreas que deberían aislarse prioritariamente,

definir los grupos de población que deberían vacunarse prioritariamente,

garantizar la distribución universal y equitativa de los productos para combatir una epidemia de gripe humana,

ofrecer una estrategia eficaz de comunicación e información dirigida al público;

4.

Insta al Consejo a que celebre un acuerdo sobre planes de preparación ante la gripe que garanticen el compromiso de todos los Estados miembros. Estos planes deben anticipar acuerdos de compra que garanticen los suministros adecuados de vacunas y antivirales para responder a la demanda provocada por la pandemia y de antibióticos para tratar las infecciones secundarias, que lo hagan sin demora y que lo comuniquen a la Comisión; insta a todos los Estados miembros a que actualicen sus planes con arreglo a los resultados de las simulaciones en tiempo real y a las nuevas recomendaciones de la OMC y del Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades, y que comuniquen esas actualizaciones a la Comisión;

5.

Pide a la Comisión que refuerce su papel coordinador en estrecha colaboración con el Centro Europeo para la prevención y control de enfermedades y que apoye los esfuerzos de los Estados miembros ofreciendo asesoramiento técnico para sus planes de preparación; pide a la Comisión que informe regularmente al Parlamento Europeo sobre la situación y sobre las existencias reales de vacunas almacenadas;

6.

Insta a la Comisión a que presente una estrategia general de comunicación para el caso de que se produzca una pandemia junto con el Centro Europeo para la prevención y control de enfermedades;

7.

Señala que el elemento clave en la preparación eficaz es el desarrollo oportuno y la producción cuantitativamente adecuada de vacunas y antivirales; pide a la Comisión y a los Estados miembros que cooperen con la industria con el fin de dar los pasos necesarios para la producción de nuevas vacunas en el plazo más breve posible, que, según los científicos, puede ser de entre tres y ocho meses;

8.

Insta a los Estados miembros a que aumenten la cobertura de la vacuna contra la gripe antes de que se produzca la pandemia, de conformidad con las recomendaciones de la OMC, lo que también animará a la industria a ampliar la capacidad de producción para satisfacer la demanda de vacunas provocada por la pandemia prevista; pide a los Estados miembros que coloquen en la primera línea de vacunación prioritaria a los criadores de aves de corral para reducir las posibilidades de recombinación entre los virus de la gripe humana y de la gripe aviar en uno de los puntos más importantes de intersección; recuerda a los Estados miembros que el almacenamiento de vacunas y antivirales con vistas a la pandemia será menos costoso que las pérdidas si se produce un brote y no hay vacunas;

9.

Toma nota de que los Estados miembros cuentan con recursos financieros muy distintos para almacenar vacunas y antivirales, así como para concluir acuerdos de compra preventiva con la industria; sugiere que la Comisión considere la posibilidad de utilizar el Fondo de Solidaridad de la UE como instrumento de precaución que permita que se tomen medidas preventivas para prepararse a una pandemia posible de gripe incluida la producción de nuevas vacunas y el desarrollo de nuevos métodos de prueba;

10.

Insta a la Comisión a que garantice un intercambio continuo de información con los países afectados; considera que la Unión Europea debe prestar asistencia a los países afectados con el fin de ayudarles a mejorar sus capacidades de evaluación y de contención de riesgos;

11.

Indica que el principal foco de infección sigue estando en los países del sudeste asiático; pide, por consiguiente, a la Comisión y al Consejo que cooperen científica y económicamente con ellos para erradicar ese foco principal, dado, en particular, que es muy probable que se produzcan mutaciones del virus;

12.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que ofrezcan más ayuda a los países más afectados por el virus de la gripe aviar en la actualidad y presten asistencia técnica eficaz para contener el virus y reducir su riesgo de mutación o recombinación a una cepa que pudiera desatar una pandemia;

13.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que impulsen un programa de vacunación para todos los criadores de aves de corral en los países afectados por la gripe aviar, pues los trabajadores de ese sector se encuentran en uno de los más importantes puntos de intersección en los que podría surgir una cepa que desatara una pandemia global;

14.

Pide a la Comisión que presente un plan para garantizar una redistribución de vacunas y antivirales rápida y eficaz en caso de brote con el fin de evitar la extensión de la pandemia, atendiendo especialmente a los Estados miembros que no producen vacunas y antivirales;

15.

Señala que las inspecciones, la investigación de las rutas de migración de las aves migratorias, la investigación aleatoria de animales y la vacunación contra la gripe aviar pueden ser instrumentos eficaces para completar las medidas de control de la enfermedad; acoge con satisfacción, en este contexto, la reciente propuesta de la Comisión de una nueva Directiva relativa a medidas comunitarias de lucha contra la influenza aviar en la que las vacunas desempeñan un papel más importante en la lucha contra esta enfermedad; insta a los Estados miembros a hacer el mejor uso de este instrumento con vistas a la reducción en la mayor medida posible de la necesidad de llevar a cabo sacrificios masivos de animales y pide a todos los operadores del sector de la carne que asuman su responsabilidad en este ámbito garantizando la venta de productos originarios tanto de animales vacunados como no vacunados;

16.

Pide al Consejo que adopte un plan sobre la manera de evitar que la gripe se extienda de un país a otro imponiendo restricciones a los viajes internacionales y elaborando planes para efectuar controles sanitarios en puertos y aeropuertos;

17.

Pide al Consejo de Sanidad que otorgue un mandato a la Comisión para que ésta tome medidas urgentes en un plazo de 24 horas en el caso de que una pandemia de gripe alcance la UE o los Estados vecinos, por ejemplo medidas de cuarentena y de desinfección en los aeropuertos para vuelos procedentes de regiones infectadas y restricciones de los viajes;

18.

Insta a la Comisión a que apoye medidas preventivas y de cooperación y ayuda técnica a países terceros, especialmente asiáticos, con vistas a asegurar la prevención y detección en los países de los que es originaria la gripe aviar;

19.

Insta a la Comisión a que ayude a los Estados miembros a elaborar planes de cuarentena;

20.

Pide a las instituciones de la Unión Europea que elaboren sus propios planes de preparación;

21.

Insta a los Estados miembros a que comuniquen eficazmente a sus ciudadanos los riesgos de propagación de la enfermedad al viajar;

22.

Insta a los Estados miembros y a la Comisión a que pongan a disposición fondos para ayudar a los países del Asia meridional a luchar contra la enfermedad en términos de conocimientos especializados y de recursos financieros;

23.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Estados miembros.

P6_TA(2005)0407

Patente para las invenciones biotecnológicas

Resolución del Parlamento Europeo sobre patentes para invenciones biotecnológicas

El Parlamento Europeo,

Vista la Directiva 98/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 6 de julio de 1998, relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas (1) (en lo sucesivo «la Directiva»),

Vista la exposición de motivos del Consejo aneja a la Posición Común (CE) no 19/98 adoptada por el Consejo el 26 de febrero de 1998, con vistas a la adopción de la Directiva 98/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas (2),

Visto el Convenio para la protección de los Derechos Humanos y la dignidad del ser humano con respecto a las aplicaciones de la Biología y la Medicina: Convenio sobre los Derechos Humanos y la Biomedicina, firmado en Oviedo en 1997,

Visto el Convenio sobre concesión de patentes europeas de 5 de octubre de 1973 (Convenio Europeo de Patentes),

Vista su Resolución de 30 de marzo de 2000 sobre la decisión de la Oficina Europea de Patentes con respecto a la patente EP 695351, expedida el 8 de diciembre de 1999 (3),

Visto el informe de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo titulado «Evolución e implicaciones del Derecho de patentes en el ámbito de la biotecnología y de la ingeniería genética», COM(2005) 0312 final,

Visto el apartado 4 del artículo 103 de su Reglamento,

A.

Considerando que la biotecnología es una de las tecnologías más importantes para el futuro y debe basarse en un marco político apropiado, teniendo en cuenta igualmente los aspectos éticos, medioambientales y sanitarios,

B.

Considerando que las patentes son necesarias para promover la innovación,

C.

Considerando que la biotecnología desempeña un papel cada vez más importante en una gran variedad de industrias y que la protección de las invenciones biotecnológicas revestirá con toda seguridad una importancia fundamental para el desarrollo industrial de la Comunidad,

D.

Considerando que existen algunos problemas específicos en el ámbito de la biotecnología, por lo que es necesario dar cuerpo a la legislación general en materia de patentes mediante normas específicas apropiadas,

E.

Considerando que la definición de límites basados en consideraciones éticas reviste una importancia particular en el ámbito la biotecnología,

F.

Considerando que la Oficina Europea de Patentes concedió el 2 de febrero de 2005 una patente (EP1257168) que incluye métodos de selección de células germinales humanas y de las propias células germinales,

G.

Considerando que se ha presentado una objeción a esta decisión, por lo que la situación jurídica sigue siendo incierta,

H.

Considerando que la Oficina Europea de Patentes concedió también las patentes EP1121015 y EP1196153, que abarcan también células germinales humanas, y la patente EP1121015, que cubre incluso embriones humanos congelados,

I.

Considerando que la Oficina Europea de Patentes aceptó una objeción a la patente EP695351 (patente de Edimburgo) y dejó bien claro que no se pueden conceder patentes para células madre embrionarias humanas,

J.

Considerando que la Directiva permite patentar el ADN humano sólo en relación con una función, pero que no está claro si una patente de ADN cubre sólo la aplicación para esa función o si la patente también cubre otras funciones,

K.

Considerando que el tema que debe estudiarse, de acuerdo con el informe elaborado en virtud de la letra c) del artículo 16 de la Directiva, es si se autorizan las patentes sobre secuencias de genes (secuencias de ADN) conforme al modelo clásico de solicitud, según el cual el primer inventor puede solicitar un derecho de patente sobre su invención que cubra los posibles usos futuros de dicha secuencia, o si por el contrario la patente debería restringirse de manera que sólo pueda quedar cubierto el uso específico revelado en la solicitud (protección vinculada al objetivo),

L.

Considerando que la concesión demasiado generosa de patentes puede sofocar la innovación,

M.

Considerando que la opinión pública debe estar plenamente informada y que la Unión Europea debe desempeñar un papel pionero en el fomento del debate público,

N.

Considerando que, para la creación de células madre embrionarias, los embriones deben ser destruidos y que la patente de tecnologías en que se destruyen embriones humanos o se usan con fines comerciales o industriales está excluida con arreglo a la letra c) del apartado 2 del artículo 6 de la Directiva,

O.

Considerando que el artículo 6 de la Directiva excluye la clonación de seres humanos, y que, en su exposición de motivos al Parlamento Europeo, el Consejo deja claro que la prohibición de esta patente no sólo cubre la clonación reproductiva y que el término «ser humano» incluye la fase embrionaria,

1.

Apoya la biotecnología como una tecnología futura y considera que un marco político apropiado es importante para apoyar esta tecnología, teniendo igualmente en cuenta los aspectos éticos, medioambientales y sanitarios;

2.

Considera que las patentes de invenciones biotecnológicas de conformidad con las normas comunes que se aplican en toda Europa constituyen una condición previa importante para apoyar de forma apropiada en Europa esta tecnología futura;

3.

Apoya la investigación sobre las células madre y otras alternativas para mejorar la salud humana, pero subraya su posición básica respecto de la aplicación de la biotecnología a los seres humanos, especialmente su oposición a la intervención génica germinal en seres humanos, su oposición a la clonación de seres humanos en todas las fases de su desarrollo y su oposición a la investigación sobre embriones humanos que implique la destrucción de los mismos;

4.

Considera que la Directiva ofrece el marco adecuado para ello en la mayoría de los casos, pero que deja sin respuesta importantes cuestiones tales como la posibilidad de patentar el ADN humano;

5.

Pide a la Oficina Europea de Patentes y a los Estados miembros que concedan patentes de ADN humano sólo en relación con una aplicación concreta y que limiten los campos de aplicación de las patentes a esta aplicación concreta, de forma que otros usuarios puedan utilizar y patentar la misma secuencia de ADN para otras aplicaciones (protección vinculada al objetivo);

6.

Pide a la Comisión que examine si se puede lograr esta interpretación de la Directiva mediante una recomendación a los Estados miembros, o si se requiere una enmienda al artículo 5 de la Directiva;

7.

Reafirma que no se puede permitir que la dignidad de la vida humana quede relegada por consideraciones de investigación;

8.

Toma nota de la creación de un Grupo informal de Asesores sobre las Implicaciones Éticas de la Biotecnología, tal y como se anunció en el primer informe elaborado en virtud de la letra c) del artículo 16 de la Directiva, cuya misión consiste en analizar las cuestiones importantes en torno a las invenciones biotecnológicas y asesorar a la Comisión sobre la elaboración de futuros informes;

9.

Señala que las células germinales no son patentables por ser parte del cuerpo humano y, ciertamente, no son una invención, y que la patente EP1257168 constituye, por lo tanto, una violación de la Directiva;

10.

Señala la gran preocupación que le causa cualquier plan de introducir métodos para la selección del sexo en los seres humanos;

11.

Constata que cualquiera puede presentar una objeción a la patente de conformidad con el apartado 1 del artículo 99 del Convenio sobre concesión de patentes europeas;

12.

Pide a la Comisión que presente sin dilación una objeción contra la patente EP1257168;

13.

13 Pide a la Oficina Europea de Patentes, a la Comisión y a las autoridades competentes de los Estados miembros que colaboren con el Parlamento Europeo para confirmar que la Directiva excluye la posibilidad de patentar todo tipo de clonación humana;

14.

Insiste en que la creación de células madre embrionarias humanas implica la destrucción de embriones humanos y que, por consiguiente, patentar procedimientos que incluyan células madre embrionarias humanas o células obtenidas a partir de células madre embrionarias humanas constituye una violación de la letra c) del apartado 2 del artículo 6 de la Directiva;

15.

Toma nota de las conclusiones de segundo informe relativo al alcance de las patentes y a la patentabilidad de las células madre;

16.

Pide a la Comisión que, en el próximo informe, examine con detenimiento la correcta aplicación la letra a) del apartado 1 del artículo 4 de la Directiva;

17.

Pide a la Comisión que siga observando la evolución de los acontecimientos, teniendo en cuenta tanto los aspectos éticos como el posible impacto sobre la accesibilidad y la asequibilidad de la atención sanitaria y sobre la competitividad;

18.

Pide a la Oficina Europea de Patentes que, en vista de lo delicado del tema, establezca un nuevo servicio encargado de examinar las patentes sensibles desde un punto de vista ético antes de su concesión;

19.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la Comisión, al Consejo, a los Gobiernos de los Estados miembros y a la Oficina Europea de Patentes.


(1)  DO L 213 de 30.7.1998, p. 13.

(2)  DO C 110 de 8.4.1998, p. 17.

(3)  DO C 378 de 29.12.2000, p. 95.

P6_TA(2005)0408

Gestión de la inmigración económica

Resolución del Parlamento Europeo sobre el planteamiento de la UE sobre la gestión de la inmigración económica (COM(2004)0811 — (2005/2059(INI))

El Parlamento Europeo,

Visto el Libro Verde de la Comisión sobre el planteamiento de la UE sobre la gestión de la inmigración económica (COM(2004) 0811),

Vista la Declaración Universal de Derechos Humanos, en especial su artículo 13, sobre el derecho de toda persona a circular libremente y elegir su residencia así como regresar a su país,

Visto el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, en especial su artículo 8 sobre el derecho a la vida privada y familiar,

Vista la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en especial su artículo 15 sobre libertad profesional y derecho a trabajar,

Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Estudio sobre los vínculos entre la migración legal e ilegal» (COM(2004) 0412),

Vista la Comunicación de la Comisión titulada «Primer informe anual sobre migración e integración» COM(2004)0508),

Vistos los dictámenes del Comité Económico y Social Europeo y del Comité de las Regiones, de 15 de diciembre de 2004 y de 24 de enero de 2005, respectivamente, sobre la Comunicación de la Comisión titulada «Estudio sobre los vínculos entre la migración legal e ilegal»,

Vista su Resolución de 15 de enero de 2004 sobre la Comunicación de la Comisión sobre inmigración, integración y empleo (1),

Vistos el Tratado de Ámsterdam, por el que las funciones y competencias en los ámbitos de la inmigración y el asilo se traspasaron a la Comunidad, así como el artículo 63 del Tratado CE,

Vistas las conclusiones extraídas por el Consejo Europeo en sus reuniones celebradas los días 15 y 16 de octubre de 1999 en Tampere, los días 14 y 15 de diciembre de 2001 en Laeken, los días 21 y 22 de junio de 2002 en Sevilla y los días 19 y 20 de junio de 2003 en Salónica,

Vista su Recomendación al Consejo y al Consejo Europeo, de 14 de octubre de 2004, sobre el futuro del espacio de libertad, seguridad y justicia y sobre las condiciones para reforzar la legitimidad y la eficacia del mismo (2),

Vistas las conclusiones extraídas por el Consejo Europeo en su reunión de los días 4 y 5 de noviembre de 2004 en Bruselas y el Programa de La Haya contenido en las mismas,

Visto el artículo 45 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y las opiniones de la Comisión de Desarrollo, de la Comisión de Comercio Internacional y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A6-0286/2005),

A.

Considerando que la tarea de la Unión Europea, en aras de una inmigración gestionada de trabajadores a la Comunidad y del pleno empleo, debería ser desarrollar una política de migración común acorde con la política de desarrollo comunitaria junto con la aplicación efectiva del derecho de libre circulación de personas dentro de la Comunidad,

B.

Considerando que no existe una política europea de inmigración que ofrezca un marco global y coordinado, y que es necesario que la Unión Europea y los Estados miembros gestionen los flujos migratorios existentes,

C.

Considerando que la Unión Europea necesita dotarse cuanto antes de una verdadera política europea de inmigración,

D.

Considerando que la inmigración económica puede ayudar en la gestión de los flujos migratorios existentes, al ser uno de sus posibles efectos importantes la reducción de la inmigración ilegal, y considerando que también puede repercutir de forma positiva ayudando a combatir la explotación de los inmigrantes en la economía sumergida y la trata de seres humanos,

E.

Considerando que la inmigración económica es sólo parte de la solución a las dificultades demográficas y económicas de la Comunidad; que, para hacer frente a los retos de la globalización, deben realizarse esfuerzos a fin de encontrar nuevas soluciones en el ámbito de la política económica y del mercado de trabajo, en particular, en relación con la conciliación de la vida profesional con la vida familiar para mujeres y hombres y con el pago de un salario igual a cambio de un trabajo igual,

F.

Considerando que una política europea de inmigración debe basarse en el respeto de los derechos fundamentales de la persona, de acuerdo con los convenios internacionales en vigor,

G.

Considerando las previsiones sobre el envejecimiento de la población activa europea y las amenazas que pesarán a largo plazo sobre la solidaridad entre generaciones en Europa, fomentando nuevas necesidades de mano de obra, a la vez cualificada y no cualificada, en todos los Estados miembros,

H.

Considerando que, por lo que se refiere a la inmigración, los Estados miembros, que eran países de origen, han pasado a ser países de destino,

I.

Considerando que los flujos migratorios no afectan sólo a los Estados fronterizos, sino a la Unión Europea en su conjunto, por lo que es tanto más necesario adoptar una política común en materia de inmigración,

J.

Expresando su convencimiento de que la Unión Europea, como espacio carente de fronteras interiores, ha de perseguir, para preservar las condiciones de seguridad de la sociedad europea, un enfoque común, coherente y eficaz en el ámbito de la protección de las fronteras exteriores y debe concebir una política común en el ámbito de visados, asilo e inmigración basada en el respeto mutuo y la solidaridad y coherente con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos; considera asimismo que esta política debe ser respetuosa con los derechos fundamentales, englobar la lucha contra las discriminaciones, el racismo y la xenofobia y regular la inmigración sobre una base global, equilibrada y humana,

K.

Considerando que el 23 de enero de 2006 expirará el plazo para la transposición de la Directiva 2003/109/CE del Consejo, de 25 de noviembre de 2003, relativa al estatuto de los nacionales de terceros países residentes de larga duración (3) y que dicha directiva establece que los nacionales de terceros países, tras haber residido cinco años legalmente en un Estado miembro, pueden obtener el estatuto de residentes de larga duración y, como consecuencia de ello, el derecho de residencia en otro Estado miembro,

L.

Considerando que la inmigración económica constituye un desafío considerable para la Unión Europea, que requiere un enfoque común, en lugar de una visión estrictamente nacional de la cuestión migratoria,

M.

Considerando que la inmigración ha demostrado tener efectos positivos en el mercado laboral (dinamismo) y que debería por lo tanto acogerse con satisfacción en cuanto oportunidad, en vez de definirse como problema de seguridad,

N.

Considerando que las políticas de migración económica deberían vincularse a la Estrategia de Lisboa y a la estrategia europea de empleo,

O.

Expresando su convencimiento de que las medidas reguladoras de la inmigración legal y la integración deben ir acompañadas de medidas dirigidas a proteger las fronteras exteriores, aplicar una política de expulsiones y combatir la inmigración ilegal y la trata de seres humanos así como la explotación de los inmigrantes mediante el empleo ilegal,

P.

Expresando su convencimiento de que, para el éxito de la política de inmigración legal, es también necesario aplicar una estrategia global y más proactiva dirigida a lograr la plena integración que cubra un abanico de medidas sociales, económicas y cívicas, así como programas de introducción y de formación lingüística, dado que las políticas de inmigración e integración no deben considerarse de forma separada,

Q.

Considerando que el pleno respeto del derecho a vivir en familia debe garantizarse a todo inmigrante legalmente instalado en el territorio de la Unión Europea, de acuerdo con el Convenio Europeo de Derechos Humanos, y que debe revisarse la Directiva 2003/86/CE del Consejo, de 22 de septiembre de 2003, sobre el derecho a la reagrupación familiar (4) con el fin de garantizar el respeto de este derecho,

R.

Convencido de que la cooperación de la Unión Europea y sus Estados miembros con los países de origen reviste una gran importancia y debe venir acompañada de una verdadera política de codesarrollo,

S.

Considerando que todos los Estados miembros deberían ratificar la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y sus familias,

T.

Considerando que el empleo ilegal es el mayor acicate para la inmigración ilegal y que, por lo tanto, los Estados miembros deben intensificar sus esfuerzos para abordar el empleo ilegal y para disuadir y sancionar a las personas que emplean migrantes ilegales,

1.

Lamenta que el Consejo haya decidido mantener la unanimidad y el procedimiento de consulta en todo el ámbito de la inmigración legal; considera, por el contrario, que la única vía para la aprobación de una legislación eficaz y transparente sobre este tema es el procedimiento de codecisión;

2.

Recuerda que los emigrantes han contribuido en gran medida y aún siguen contribuyendo actualmente a la prosperidad y al desarrollo económico, cultural y social de los Estados miembros;

3.

Considera que la migración económica es un fenómeno humano positivo que ha favorecido en todo momento el desarrollo de las civilizaciones y los intercambios culturales y tecnológicos;

4.

Lamenta que el Consejo no haya logrado, hasta la fecha, fijar una política de inmigración común y se haya concentrado fundamentalmente en el aspecto represivo de esta política (acuerdos de readmisión, controles policiales en las fronteras, etc.);

5.

Subraya que el desarrollo real de una política común de migración que respete debidamente los derechos fundamentales y las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos es un objetivo prioritario de la integración europea que se reiteró, en particular, en el Programa de La Haya aprobado los días 4 y 5 de noviembre de 2004;

6.

Reitera que el derecho de voto es competencia de los Estados miembros;

7.

Considera que, con el fin de fomentar la integración social y política de los trabajadores migrantes, éstos han de gozar de derechos equivalentes; insta, por lo tanto, a los Estados miembros, la Comisión y el Consejo a que lleven a cabo todo lo necesario para que se reconozca el derecho de los inmigrantes que residan desde hace al menos cinco años, de manera estable, en la Unión Europea a votar en las elecciones locales y europeas;

8.

Pide a los Estados miembros que creen permisos de residencia específicos diseñados para facilitar la búsqueda de trabajo;

9.

Pide a la Comisión que retome en decisiones y decisiones marco todas las disposiciones que figuran en la Convención Internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 18 de diciembre de 1990 y dirigida a lograr la integración de los trabajadores migratorios; y pide a los Estados miembros que, de conformidad con su Resolución de 24 de febrero de 2005 sobre las prioridades y recomendaciones de la UE para el 61° período de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (Ginebra, del 14 de marzo al 22 de abril de 2005) (5) así como el dictamen del Comité Económico y Social (6), aseguren la pronta ratificación de dicha Convención de las Naciones Unidas, que ningún Estado miembro ha ratificado hasta la fecha;

10.

Destaca que la migración requiere un enfoque diferenciado en función de las razones de entrada, como por ejemplo, asilo, huida o migración económica;

11.

Pide a los Estados miembros que eliminen inmediatamente todas las barreras a la libre circulación para los ciudadanos de la UE;

12.

Opina que la política de inmigración de la Unión Europea debe definirse según un enfoque global y coherente, basado en las sinergias entre los diferentes ámbitos políticos y no simplemente en los requisitos de la política del mercado de trabajo de los Estados miembros;

13.

Insiste en la necesidad de adoptar una política común de inmigración con el fin de poner término a la explotación masiva de una mano de obra vulnerable a causa de la falta de cauces legales para la inmigración;

14.

Pide a la Comisión que, al elaborar un marco europeo para la migración económica, tenga en cuenta las diferentes políticas y experiencias existentes en los Estados miembros, y subraya que debería realizarse un evaluación continua del impacto de la política de migración sobre las otras políticas de la UE, incluida la política de comercio;

15.

Se muestra favorable a la posibilidad de flexibilizar y hacer más eficaces las condiciones de entrada con un permiso de residencia para fines laborales, las normas mínimas para la admisión de nacionales de países terceros —para trabajar como asalariados o como autónomos— y los permisos de residencia y trabajo para trabajadores temporeros o contratados durante un tiempo limitado;

16.

Considera irrenunciable reforzar la solidaridad, especialmente con los nuevos Estados miembros, en el ámbito del desarrollo de medidas para la integración de los migrantes;

17.

Constata que la regularización en masa tiene por objeto ofrecer perspectivas a los migrantes ilegales, pero no es un sustitutivo de unas políticas sustanciales para hacer frente a la inmigración ni un medio probado de reclutamiento de inmigrantes económicos;

18.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que tengan en cuenta la situación de los emigrantes ya presentes en el territorio de la Unión Europea (solicitantes de asilo, miembros de la familia del trabajador migrante, estudiantes, trabajadores clandestinos, etc.) y que, aunque ya participan en la prosperidad de la economía europea, no tienen reconocimiento legal;

19.

Destaca que la migración económica es parte de la solución para el problema del envejecimiento de la sociedad europea y para problemas económicos, y opina que los Estados miembros deben emprender nuevas vías en las políticas económica y de empleo, incluidas las políticas de conciliación de la vida profesional y familiar, con el fin de poder hacer frente a los retos de un mundo globalizado;

20.

Recuerda que los problemas del mercado laboral de la Unión Europea no deben resolverse sólo mediante la migración económica, sino también mediante el fomento de la innovación y las nuevas tecnologías, el incremento de la productividad y la promoción del empleo de los trabajadores mayores en la Unión Europea;

21.

Recomienda al Consejo que tome iniciativas convenientes con el fin de facilitar los intercambios de información y una mejor coordinación de las políticas;

22.

Pide a la Comisión que analice las prácticas probadas de los Estados miembros para la lucha contra la inmigración ilegal;

23.

Recuerda en qué medida es importante que la Unión Europea incluya, en los acuerdos de asociación y cooperación que concluye, cláusulas sobre la gestión conjunta de los flujos migratorios y la readmisión obligatoria en el caso de inmigración ilegal;

24.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que lancen campañas de sensibilización e información de la población sobre las políticas de inmigración legal y sobre los impactos positivos que tienen estas políticas, con objeto, en particular, de disipar las preocupaciones de los ciudadanos y transmitir una imagen positiva de la inmigración;

25.

Pide a la Comisión que elabore una propuesta de directiva que defina los criterios mínimos y suficientes para la admisión de los nacionales de terceros países en el territorio de la Unión Europea por motivos de trabajo, con el objetivo principal de abrir cauces legales de inmigración;

26.

Considera que este instrumento legislativo debería definir un marco de referencia normativo global y no sectorial;

27.

Está convencido de que es preferible establecer un procedimiento administrativo único para expedir un permiso de trabajo y residencia para un migrante económico, teniendo en cuenta el principio de subsidiariedad;

28.

Observa que la admisión de un migrante económico con arreglo a tal sistema debería en principio vincularse a la existencia de un puesto de trabajo específico; pide, sin embargo, a la Comisión que investigue la posibilidad de expedir permisos de residencia especiales para las personas que buscan trabajo y para los trabajadores por cuenta propia;

29.

Pide a los Estados miembros que consideren la creación de permisos combinados de residencia y trabajo específicos que faciliten la contratación de trabajadores de temporada o para misiones limitadas;

30.

Considera que, con el fin de reducir los efectos de la inmigración clandestina y del trabajo ilegal, la propuesta también debería prever disposiciones relativas a la entrada de trabajadores migrantes en busca de un empleo;

31.

Pide a la Comisión que defina claramente los derechos y las obligaciones de los migrantes económicos;

32.

Pide a la Comisión que defina una política de retorno, basada en el fomento del retorno voluntario, que incluya posibles medidas de apoyo en el país de origen;

33.

Pide a la Comisión que examine también el problema de las personas que superen su período de residencia autorizada, teniendo en cuenta la duración del empleo y de la residencia, la presencia de miembros de la familia y el nivel de integración;

34.

Pide a los Estados miembros que, a la hora de autorizar la inmigración laboral, tengan en cuenta, aparte de intereses económicos, todos los demás intereses legítimos, de modo que la autorización sea el resultado de una ponderación equilibrada de intereses;

35.

Pide a la Comisión que examine el establecimiento de criterios mínimos por lo que se refiere a las normas de selección y al sistema de equivalencia de diplomas extranjeros;

36.

Pide a la Comisión que elabore y ponga en práctica sin demora, junto con los Estados miembros, orientaciones sobre la recogida objetiva de material estadístico significativo para obtener un panorama completo y diferenciado de la cuestión migratoria y sus repercusiones económicas en los Estados miembros y países de origen, así como sobre las necesidades de mano de obra existentes en el conjunto de la Unión Europea;

37.

Aboga, a sabiendas de que los Estados miembros son responsables de las decisiones en materia de selección y fijación del número de ciudadanos de terceros países en su territorio, por que se evalúen los datos procedentes de los Estados miembros y, en su caso, se efectúen estimaciones globales;

38.

Pide a la Comisión que examine la posibilidad de establecer puntos locales y/o regionales de información/contacto para las empresas europeas interesadas en contratar migrantes económicos;

39.

Pide a los Estados miembros que presenten a la Comisión una estimación fundamentada en datos estadísticos para que pueda formular pronósticos sobre la demanda de mano de obra en el conjunto de la Unión Europea;

40.

Anima a los Estados miembros a crear un sitio Internet específico con puestos de trabajo vacantes para proporcionar información actualizada y públicamente accesible a los candidatos, y poner a disposición en el sitio Internet EURES los puestos de trabajo vacantes disponibles;

41.

Pide a la Comisión, en el marco de la elaboración de su futuro plan de acción, que prevea un mecanismo que permita un intercambio de las mejores prácticas en materia de integración entre los distintos Estados miembros;

42.

Recuerda que el ámbito de la integración es competencia de cada Estado miembro, lo que conlleva derechos y obligaciones tanto para la sociedad de acogida como para los inmigrantes; pide a los Estados miembros que sintonicen sus políticas nacionales según el método abierto de coordinación con arreglo a los principios básicos comunes para una política de integración de los inmigrantes en la Unión Europea adoptados por el Consejo el 19 de noviembre de 2004;

43.

Pide a la Comisión que proponga una reglamentación que asegure que, tras su retorno a países en desarrollo, los migrantes económicos sigan teniendo acceso a los fondos ingresados por ellos en los sistemas europeos de seguridad social;

44.

Pide a la Comisión y a los Estados miembros que presten especial atención a la situación específica de las mujeres migrantes con hijos a cargo, en particular, en lo que se refiere a los derechos que se derivan de contratos de trabajo temporales;

45.

Pide a los Estados miembros de acogida y a los Estados de origen de los migrantes que concluyan acuerdos destinados a garantizar la transferencia de los derechos adquiridos en materia de antigüedad profesional y de seguridad social en cualquiera de los dos países al otro;

46.

Subraya que las transferencias que los migrantes en los países acogida envían a sus países de origen superan claramente los importes de las transferencias de la ayuda al desarrollo y revisten una importancia enorme para lograr el Objetivo de Desarrollo del Milenio de erradicar la pobreza, y pide a las instituciones competentes que faciliten dichas transferencias imponiendo a ser posible tasas bajas;

47.

Destaca la importancia que reviste la cooperación entre la sociedad de acogida, por una parte, y los inmigrantes y sus sociedades de origen, por otra;

48.

Considera necesario modificar la percepción que tienen del fenómeno migratorio los ciudadanos europeos, en particular, mediante una lucha activa contra las discriminaciones, el racismo y la xenofobia, así como la integración de la historia de las migraciones en los programas escolares;

49.

Apoya el estímulo a la «circulación de cerebros» a través de la ampliación del «principio de la preferencia comunitaria» a las personas que ya hayan trabajado varios años en la Unión Europea antes de retornar a su propio país;

50.

Considera primordial que una política europea de migración económica aporte también soluciones concretas al problema de la fuga de cerebros;

51.

Pide a la Comisión que inicie sin demora el diálogo con los gobiernos de los países de origen para conseguir un equilibrio equitativo de la legislación que permita la migración y el desarrollo de la experiencia profesional; insta a la Comisión a que, en el contexto de dicho diálogo, promueva la adopción de medidas específicas en los sectores especialmente afectados por la fuga de cerebros, de acuerdo con los países en cuestión;

52.

Invita a los Estados miembros afectados a informar a los inmigrantes potenciales antes de que abandonen su país de origen, sobre sus posibilidades legales y sus perspectivas; pide a la Comisión que fomente la coordinación entre las estructuras diplomáticas y consulares de los Estados miembros que operan en el mismo país, para guiar a los inmigrantes en la mayor medida posible hacia aquellos Estados miembros que disponen de capacidad de recepción correspondiente a su perfil profesional;

53.

Señala que son indispensables un trato justo e iguales derechos para los emigrantes;

54.

Subraya que la política migratoria común debe tomar en consideración las razones que impulsan a los emigrantes a venir a Europa, en ocasiones poniendo en peligro su vida, y que, por lo tanto, debe asociarse a una política común de cooperación al desarrollo activa;

55.

Subraya la importancia y la necesidad de reforzar la cooperación no sólo entre la Unión Europea y los países de origen, sino entre los mismos países de origen, especialmente entre países incluidos en la Política Europea de Vecindad, entre países ACP y entre los primeros y los segundos;

56.

Espera de la Comisión que, en sus medidas contra la trata organizada de seres humanos procedentes de los países en desarrollo, no criminalice a las víctimas, sino que se centre en el castigo de los culpables; constata que muchas mujeres que son víctimas de la trata de seres humanos no tienen acceso alguno a protección jurídica o social;

57.

Pide a la Comisión que reconozca la migración infantil como un aspecto distinto de la migración económica y que asegure los derechos y la protección de los migrantes menores de edad de conformidad con el artículo 24 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea;

58.

Considera que la reglamentación de la migración entre países terceros contribuirá a la protección en materia de derechos humanos y laborales de los migrantes, así como a la persecución y el enjuiciamiento eficaces de los traficantes de seres humanos;

59.

Recomienda a la Comisión que posibilite a los migrantes que han vuelto a los países en desarrollo una nueva emigración a la Unión Europea más fácil que a los migrantes que migran por primera vez a la Unión Europea y, de este modo, valore la experiencia en materia de integración adquirida por los primeros;

60.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión y a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros.


(1)  DO C 92 E de 16.4.2004, p. 390.

(2)  DO C 166 E de 7.7.2005, p. 58.

(3)  DO L 16 de 23.1.2004, p. 44.

(4)  DO L 251 de 3.10.2003, p. 12.

(5)  «Textos Aprobado» P6_TA(2005)0051.

(6)  Dictamen SOC/173 de 30 de junio de 2004.


Jueves, 27 de octubre de 2005

9.11.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

CE 272/449


ACTA

(2006/C 272 E/04)

DESARROLLO DE LA SESIÓN

PRESIDENCIA: Ingo FRIEDRICH

Vicepresidente

1.   Apertura de la sesión

Se abre la sesión a las 10.05 horas.

Intervienen Hans-Gert Poettering, en nombre del Grupo PPE-DE, quien denuncia las manifestaciones del Presidente iraní, Mahmoud Ahmadinejad, en el sentido de que el Estado de Israel debe ser borrado del mapa, y pide que el asunto se incluya en el orden del día del próximo período parcial de sesiones, Hannes Swoboda, en nombre del Grupo PSE, y Silvana Koch-Mehrin, en nombre del Grupo ALDE, ambos para apoyar la solicitud de Hans-Gert Poettering (El Presidente responde que se remitirá esta solicitud a la Conferencia de Presidentes).

2.   Presentación de documentos

Los siguientes documentos han sido presentados por el Consejo y la Comisión:

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre normas comunes para la seguridad de la aviación civil (COM(2005)0429 — C6-0290/2005 — 2005/0191(COD)).

remitido

fondo: TRAN

 

opinión: LIBE

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la comercialización de artículos pirotécnicos (COM(2005)0457 — C6-0312/2005 — 2005/0194(COD)).

remitido

fondo: IMCO

 

opinión: ENVI, ITRE

Documento de trabajo de la Comisión: Propuesta de renovación del Acuerdo interinstitucional sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (COM(2004) 0498 — C6-0318/2005 — 2004/2099(ACI)).

remitido

fondo: BUDG

 

opinión: AFET, DEVE, INTA, CONT, ECON, EMPL, ENVI, ITRE, IMCO, TRAN, REGÍ, AGRI, PECH, CULT, JURI, LIBE, AFCO, FEMM, PETI

Propuesta de Decisión del Consejo por la que se modifica la Decisión 2000/24/CE con el fin de incluir a las Maldivas en la lista de países cubiertos, como consecuencia de los maremotos registrados en el Océano Índico en diciembre de 2004 (COM(2005) 0460 — C6-0319/2005 — 2005/0195(CNS)).

remitido

fondo: BUDG

 

opinión: AFET

Propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la celebración del Acuerdo de asociación entre la Comunidad Europea y las Islas Salomón sobre la pesca en aguas de las Islas Salomón (COM(2005)0404 — C6-0320/2005 — 2005/0168(CNS)).

remitido

fondo: PECH

 

opinión: DEVE, BUDG

Propuesta de Reglamento del Consejo relativo a la celebración del Protocolo por el que se fijan las posibilidades de pesca y la contrapartida financiera previstas en el Acuerdo entre la Comunidad Económica Europea y la República de Seychelles sobre la pesca en aguas de las Seychelles, para el período comprendido entre el 18 de enero de 2005 y el 17 de enero de 2011 (COM(2005)0421 — C6-0321/2005 — 2005/0173(CNS)).

remitido

fondo: PECH

 

opinión: DEVE, BUDG

Propuesta modificada de Directiva del Consejo por la que se modifica la Directiva 77/388/CEE en lo que respecta al lugar de prestación de servicios (COM(2005)0334 — C6-0322/2005 — 2003/0329 (CNS)).

remitido

fondo: ECON

 

opinión: IMCO

Propuesta de transferencia de créditos DEC 31/2005 — Sección III — Comisión (SEC(2005) 1220 — C6-0323/2005 — 2005/2197(GBD)).

remitido

fondo: BUDG

Propuesta de transferencia de créditos DEC 39/2005 — Sección III — Comisión (SEC(2005) 1275 — C6-0324/2005 — 2005/2198(GBD)).

remitido

fondo: BUDG

Propuesta de transferencia de créditos DEC 38/2005 — Sección III — Comisión (SEC(2005) 1274 — C6-0325/2005 — 2005/2196(GBD)).

remitido

fondo: BUDG

Propuesta de Reglamento del Consejo por el que se establecen medidas para la recuperación de la población de anguila europea (COM(2005)0472 — C6-0326/2005 — 2005/0201(CNS)).

remitido

fondo: PECH

 

opinión: ENVI

Propuesta de Decisión del Consejo relativa al establecimiento de un procedimiento de información mutua sobre las medidas de los Estados miembros en materia de asilo e inmigración (COM(2005) 0480 — C6-0335/2005 — 2005/0204(CNS)).

remitido

fondo: LIBE

Consulta sobre el nombramiento de un miembro del Tribunal de Cuentas (Sr. D. Olavi ALA-NISSILÄ — FI) (N6-0018/2005 — C6-0337/2005 — 2005/0809(CNS)).

remitido

fondo: CONT

Consulta sobre el nombramiento de un miembro del Tribunal de Cuentas (Sra. Da Máire GEOGHEGAN-QUINN — IRL) (N6-0019/2005 — C6-0338/2005 — 2005/0810(CNS)).

remitido

fondo: CONT

Consulta sobre el nombramiento de un miembro del Tribunal de Cuentas (Sr. D. Lars HEIKENSTEN — SV) (N6-0020/2005 — C6-0339/2005 — 2005/0811(CNS)).

remitido

fondo: CONT

Consulta sobre el nombramiento de un miembro del Tribunal de Cuentas (Sr. D. Morten LEVYSOHN — DA) (N6-0021/2005 — C6-0340/2005 — 2005/0812(CNS)).

remitido

fondo: CONT

Consulta sobre el nombramiento de un miembro del Tribunal de Cuentas (Sr. D. Karel PINXTEN — B) (N6-0022/2005 — C6-0341/2005 — 2005/0813(CNS)).

remitido

fondo: CONT

Consulta sobre el nombramiento de un miembro del Tribunal de Cuentas (Sr. D. Juan RAMALLO-MASSANET — ES) (N6-0023/2005 — C6-0342/2005 — 2005/0814(CNS)).

remitido

fondo: CONT

Consulta sobre el nombramiento de un miembro del Tribunal de Cuentas (Sr. D. Vitor Manuel da SILVA CALDEIRA — PT) (N6-0024/2005 — C6-0343/2005 — 2005/0815(CNS)).

remitido

fondo: CONT

Consulta sobre el nombramiento de un miembro del Tribunal de Cuentas (Sr. D. Massimo VARI — IT) (N6-0025/2005 — C6-0344/2005 — 2005/0816(CNS)).

remitido

fondo: CONT

Propuesta de Decisión del Consejo y de la Comisión relativa a la celebración en nombre de la Comunidad Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre, por una parte, las Comunidades Europeas y, por otra, la Confederación Suiza (COM(2005)0333 — C6-0345/2005 — 2005/0135(CNS)).

remitido

fondo: ITRE

3.   Actividades del Defensor del Pueblo Europeo (2004) (debate)

Informe sobre el Informe anual relativo a las actividades del Defensor del Pueblo Europeo en 2004 [2005/2136(INI)] — Comisión de Peticiones.

Ponente: Manolis Mavrommatis (A6-0276/2005)

Interviene Nikiforos Diamandouros (Defensor del Pueblo).

Manolis Mavrommatis presenta su informe.

Interviene Margot Wallström (Vicepresidenta de la Comisión).

Intervienen Richard Seeber, en nombre del Grupo PPE-DE, Proinsias De Rossa, en nombre del Grupo PSE, Luciana Sbarbati, en nombre del Grupo ALDE, David Hammerstein Mintz, en nombre del Grupo Verts/ALE, Mario Borghezio, en nombre del Grupo IND/DEM, Marcin Libicki, en nombre del Grupo UEN, Jean-Claude Martínez, no inscrito, Andreas Schwab, Alexandra Dobolyi, Mieczysław Edmund Janowski, Ryszard Czarnecki, Péter Olajos, Genowefa Grabowska, Lidia Joanna Geringer de Oedenberg y Nikiforos Diamandouros.

Se cierra el debate.

Votación: punto 5.6 del Acta de 27.10.2055.

(La sesión, suspendida a las 11.25 horas a la espera del turno de votaciones, se reanuda a las 11.30 horas).

PRESIDENCIA: Alejo VIDAL-QUADRAS ROCA

Vicepresidente

Interviene Hannes Swoboda sobre el desarrollo del debate presupuestario.

4.   Derechos humanos en el Sáhara Occidental (decisión de la Conferencia de Presidentes)

En su reunión del 26 de octubre de 2005, la Conferencia de Presidentes decidió proponer que, con carácter excepcional, el debate sobre los derechos humanos en el Sáhara Occidental, inscrito en el orden del día de esta tarde, no se cerrase con la votación de una propuesta de resolución, con el fin de no perjudicar la próxima visita que efectuará a esta región la delegación ad hoc.

Intervienen Hans-Gert Poettering, en nombre del Grupo PPE-DE, y Francis Wurtz, en nombre del Grupo GUE/NGL

El Parlamento rechaza esta propuesta (el debate sobre los derechos humanos en el Sáhara Occidental se cerrará por tanto con la votación de una propuesta de resolución).

5.   Turno de votaciones

Los resultados detallados de las votaciones (enmiendas, votaciones por separado, votaciones por partes, ...) figuran en el Anexo I, adjunto al Acta.

5.1.   Proyecto de Presupuesto general de la Unión Europea — Ejercicio 2006 (votación)

Proyectos de enmiendas y propuestas de modificación relativas a los créditos de la Sección III del presupuesto general para 2006 de la Comisión

Proyectos de enmienda a las Secciones I, II, IV, V, VI, VII y VIII del presupuesto general para el ejercicio 2006 relativas al Parlamento Europeo, al Consejo, al Tribunal de Justicia, al Tribunal de Cuentas, al Comité Económico y Social, al Comité de las Regiones, al Defensor del Pueblo Europeo y al Controlador Europeo de Protección de Datos

(Se requiere mayoría cualificada para los proyectos de enmienda relativos a los llamados gastos no obligatorios; se requiere mayoría simple para las propuestas de modificación referentes a los gastos obligatorios)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 1)

Los proyectos de enmienda y las propuestas de modificación figuran como anexo a los «textos aprobados».

Intervenciones:

Giovanni Pittella (ponente) interviene antes de la votación para aportar los ajustes técnicos siguientes:

en la línea 15 06 06, «Acontecimientos anuales especiales», se suprimen las palabras «en el nuevo Museo de Europa» en los comentarios,

en la línea 19 03 06 «Representantes Especiales de la Unión Europea», en los comentarios se sustituye, en la versión inglesa, el término «envoy» por el término «representative» por coherencia con el título del artículo,

en la enmienda 0771 (bloque 4), el importe total de los créditos de pago correspondientes a la línea 22 02 01 01 debe figurar en la línea,

un importe pm debe incluirse de nuevo en las líneas relativas al Fondo Europeo de Desarrollo(FED) para restablecer el anteproyecto de presupuesto. Afecta a las líneas 21 03 01 a 21 03 15.

Durante las votaciones han intervenido los diputados siguientes:

Catherine Guy-Quint sobre el orden de votación de los proyectos de enmienda 231 y 779 y Salvador Garriga Polledo sobre esta intervención.

Giovanni Pittella (ponente) primero para precisar el contenido de las enmiendas 446 y 292, y, a continuación, sobre el orden de votación de las enmiendas 74 y 223.

Salvador Garriga Polledo y Kathalijne María Buitenweg sobre esta última intervención.

Valdis Dombrovskis (ponente), para presentar correcciones técnicas relativas a las enmiendas 473 y 475, modificaciones que el Parlamento ha aprobado.

5.2.   Proyecto de presupuesto general 2006 (Sección III) (votación)

Informe sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006

Sección III, Comisión [C6-0299/2005 — 2005/2001(BUD)] — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Giovanni Pittella (A6-0309/2005)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 2)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2005)0409)

5.3.   Proyecto de presupuesto general 2006 (secciones I, II, III, IV, V, VI, VII) (votación)

Informe Proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006

Sección I, Parlamento Europeo

Sección II, Consejo

Sección IV, Tribunal de Justicia

Sección V, Tribunal de Cuentas

Sección VI, Comité Económico y Social

Sección VII, Comité de las Regiones

Sección VIII (A), Defensor del Pueblo Europeo

Sección VIII (B), Controlador Europeo de Protección de Datos [C6-0300/2005 — 2005/2002(BUD)] — Comisión de Presupuestos.

Ponente: Valdis Dombrovskis (A6-0307/2005)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 3)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2005)0410)

Intervenciones sobre la votación:

Valdis Dombrovskis (ponente), antes de la votación, ha dado lectura a las modificaciones técnicas siguientes que debían introducirse:

en el apartado 5: 7,7 millones (en lugar de 7,4 millones)

en el apartado 27b): crear 46 puestos (21A*, 1 temporal A*, 19B*, 5C*) en lugar de crear 41 puestos (19A*, 1 temporal A*, 16B*, 5C*)

en el apartado 41: 3 398 000 euros (en lugar de 3 400 000 euros)

sustituir la fecha mencionada en los apartados 17, 23 y 25 (el «17 de octubre de 2005») por el «30 de noviembre de 2005».

5.4.   Situación en Azerbaiyán en vísperas de las elecciones

Propuestas de resolución B6-0558/2005, B6-0559/2005, B6-0560/2005, B6-0576/2005, B6-0577/2005 y B6-0578/2005

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 4)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN RC-B6-0558/2005

(sustituye las B6-0558/2005, B6-0559/2005, B6-0560/2005, B6-0576/2005, B6-0577/2005 y B6-0578/2005):

presentada por los siguientes diputados:

Charles Tannock, Árpád Duka-Zólyomi, Vytautas Landsbergis, Elisabeth Jeggle y Bernd Posselt, en nombre del Grupo PPE-DE,

Hannes Swoboda, Libor Rouček y Panagiotis Beglitis, en nombre del Grupo PSE,

Annemie Neyts-Uyttebroeck y Sarah Ludford, en nombre del Grupo ALDE,

Marie Anne Isler Béguin, en nombre del Grupo Verts/ALE,

Eva-Britt Svensson y Vittorio Agnoletto, en nombre del Grupo GUE/NGL,

Rolandas Pavilionis, en nombre del Grupo UEN

Aprobado (P6_TA(2005)0411)

5.5.   El proceso de Barcelona renovado (votación)

Informe sobre el proceso de Barcelona renovado [2005/2058(INI)] — Comisión de Asuntos Exteriores.

Ponente: Anneli Jäätteenmäki (A6-0280/2005)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 5)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2005)0412)

5.6.   Actividades del Defensor del Pueblo Europeo (2004) (votación)

Informe sobre el Informe anual relativo a las actividades del Defensor del Pueblo Europeo en 2004 [2005/2136(INI)] — Comisión de Peticiones.

Ponente: Manolis Mavrommatis (A6-0276/2005)

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 6)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Aprobado (P6_TA(2005)0413)

6.   Explicaciones de voto

Explicaciones de voto por escrito:

Las explicaciones de voto por escrito, en el sentido del artículo 163, apartado 3, del Reglamento, figuran en el Acta Literal de la presente sesión.

Explicaciones de voto orales:

Proyecto de presupuesto general de la Unión Europea — Ejercicio 2006

Agnes Schierhuber

7.   Correcciones de voto

Las correcciones de voto figuran en la página «Séance en direct/Sittings live», «Résultats des votes (Appels nominaux)/Results of votes (Roll-call votes)» y en la versión impresa del anexo II «Resultados de la votación nominal».

La versión electrónica de Europarl se actualizará periódicamente a lo largo de las dos semanas posteriores al día de la votación.

Transcurrido este plazo, la lista de las correcciones de voto se cerrará a los efectos de su traducción y publicación en el Diario Oficial.

*

* *

Robert Sturdy ha señalado que no había participado en la totalidad de la votación.

(La sesión, suspendida a las 12.55 horas, se reanuda a las 15.00 horas.)

PRESIDENCIA: Manuel António dos SANTOS

Vicepresidente

8.   Aprobación del Acta de la sesión anterior

Se aprueba el Acta de la sesión anterior.

*

* *

Michael Cashman ha comunicado que estuvo presente en la sesión del 25.10.2005, pero que su nombre no figura en la lista de asistencia.

9.   Debate sobre casos de violaciones de los derechos humanos, de la democracia y del Estado de Derecho (debate)

(Para los títulos y autores de las propuestas de resolución, véase punto 2 del Acta de 25.10.2005)

9.1.   Derechos humanos en el Sáhara Occidental

Propuestas de resolución B6-0561/2005, B6-0566/2005, B6-0568/2005, B6-0571/2005, B6-0574/2005 y B6-0580/2005

Karin Scheele, Raül Romeva i Rueda, Simon Coveney, Marios Matsakis y Pedro Guerreiro presentan las propuestas de resolución.

Intervienen Bernd Posselt, en nombre del Grupo PPE-DE, Luis Yañez-Barnuevo García, en nombre del Grupo PSE, Alyn Smith, en nombre del Grupo Verts/ALE, Jaromír Kohlíček, en nombre del Grupo GUE/NGL, Charles Tannock, Iratxe García Pérez y Olli Rehn (Miembro de la Comisión).

Se cierra el debate.

Votación: punto 10.1 del Acta de 27.10.2005.

9.2.   Uzbekistán

Propuestas de resolución B6-0563/2005, B6-0564/2005, B6-0569/2005, B6-0572/2005, B6-0573/2005 y B6-0579/2005

Józef Pinior, Cari Schlyter, Simon Coveney, Ona Juknevičienė, Erik Meijer y Marcin Libicki presentan las propuestas de resolución.

Intervienen Bernd Posselt, en nombre del Grupo PPE-DE, Karin Scheele, en nombre del Grupo PSE, Tobias Pflüger, en nombre del Grupo GUE/NGL, Urszula Krupa, en nombre del Grupo IND/DEM, y Olli Rehn (Miembro de la Comisión).

Se cierra el debate.

Votación: punto 10.2 del Acta de 27.10.2005.

9.3.   Caso de Tenzin Delek Rinpoche

Propuestas de resolución B6-0562/2005, B6-0565/2005, B6-0567/2005, B6-0570/2005, B6-0575/2005 y B6-0581/2005.

Lidia Joanna Geringer de Oedenberg, Eva Lichtenberger, Thomas Mann, Elizabeth Lynne, Erik Meijer y Marcin Libicki presentan las propuestas de resolución.

Interviene Olli Rehn (Miembro de la Comisión).

Se cierra el debate.

Votación: punto 10.3 del Acta de 27.10.2005.

Interviene Carl Schlyter sobre un problema de carácter técnico.

10.   Turno de votaciones

Los resultados detallados de las votaciones (enmiendas, votaciones por separado, votaciones por partes, figuran en el Anexo I, adjunto al Acta.

10.1.   Derechos humanos en el Sáhara Occidental (votación)

Propuestas de resolución B6-0561/2005, B6-0566/2005, B6-0568/2005, B6-0571/2005, B6-0574/2005 y B6-0580/2005

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 7)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN RC-B6-0561/2005

(sustituye a las B6-0561/2005, B6-0566/2005, B6-0568/2005, B6-0571/2005 y B6-0574/2005):

presentada por los siguientes diputados:

José Ignacio Salafranca Sánchez-Neyra, en nombre del Grupo PPE-DE,

Karin Scheele, en nombre del Grupo PSE,

Cecilia Malmström, en nombre del Grupo ALDE,

Raül Romeva i Rueda, en nombre del Grupo Verts/ALE,

Willy Meyer Pleite, Vittorio Agnoletto, Miguel Portas y Luisa Morgantini, en nombre del Grupo GUE/NGL

Aprobado (P6_TA(2005)0414)

(La propuesta de resolución B6-0580/2005 decae.)

10.2.   Uzbekistán (votación)

Propuestas de resolución B6-0563/2005, B6-0564/2005, B6-0569/2005, B6-0572/2005, B6-0573/2005 y B6-00579/2005

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 8)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN RC-B6-0563/2005

(sustituye a las B6-0563/2005, B6-0564/2005, B6-0569/2005, B6-0572/2005, B6-0573/2005 y B6-0579/2005):

presentada por los siguientes diputados:

Albert Jan Maat y Simon Coveney, en nombre del Grupo PPE-DE,

Pasqualina Napoletano y Bernadette Bourzai, en nombre del Grupo PSE,

Ona Juknevičienė, en nombre del Grupo ALDE,

Bart Staes y Cem Özdemir, en nombre del Grupo Verts/ALE,

Eva-Britt Svensson y Roberto Musacchio, en nombre del Grupo GUE/NGL,

Marcin Libicki y Anna Elzbieta Fotyga, en nombre del Grupo UEN

Aprobado (P6_TA(2005)0415)

10.3.   Caso de Tenzin Delek Rinpoche (votación)

Propuestas de resolución B6-0562/2005, B6-0565/2005, B6-0567/2005, B6-0570/2005, B6-0575/2005 y B6-0581/2005

(Mayoría simple requerida)

(Votación en detalle: Anexo I, punto 9)

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN RC-B6-0562/2005

(sustituye a las B6-0562/2005, B6-0565/2005, B6-0567/2005, B6-0570/2005, B6-0575/2005 y B6-0581/2005):

presentada por los siguientes diputados:

Thomas Mann, Bernd Posselt y Charles Tannock, en nombre del Grupo PPE-DE,

Pasqualina Napoletano, en nombre del Grupo PSE,

Bill Newton Dunn, Dirk Sterckx y Frédérique Ries, en nombre del Grupo ALDE,

Raül Romeva i Rueda y Eva Lichtenberger, en nombre del Grupo Verts/ALE,

Luisa Morgantini y Jonas Sjöstedt, en nombre del Grupo GUE/NGL,

Mareta Libicki, en nombre del Grupo UEN

Aprobado (P6_TA(2005)0416)

11.   Correcciones de voto

Las correcciones de voto figuran en la página «Séance en direct/Sitttags live», «Résultats des votes (Appels nominaux)/Results of votes (Roll-call votes)» y en la versión impresa del anexo II «Resultados de la votación nominal».

La versión electrónica de Europarl se actualizará periódicamente a lo largo de las dos semanas posteriores al día de la votación.

Transcurrido este plazo, la lista de las correcciones de voto se cerrará a los efectos de su traducción y publicación en el Diario Oficial.

12.   Composición del Parlamento

Michele Santoro ha notificado por escrito su renuncia como diputado al Parlamento, con efecto desde el 14 de noviembre de 2005.

De conformidad con los apartados 3 y 7 del artículo 4 del Reglamento, el Parlamento constata esta vacante e informa al Estado miembro interesado.

*

* *

Las autoridades alemanas competentes han comunicado el nombramiento de Horst Eckart Alwin Posdorf, en sustitución de Jürgen Zimmerling, como diputado al Parlamento, con efecto desde el 24.10.2005.

Las autoridades alemanas competentes han comunicado el nombramiento de Matthias Groote, en sustitución de Garrelt Duin, como diputado al Parlamento, con efecto desde el 26.10.2005.

El Presidente recuerda las disposiciones del apartado 5 del artículo 3 del Reglamento.

13.   Composición de las comisiones y delegaciones

A petición de los Grupos del PPE-DE y Verts/ALE, el Parlamento ratifica los siguientes nombramientos:

Comisión DEVE:

Horst Posdorf;

Comisión INTA:

Syed Kamall;

Comisión JURI:

Syed Kamall ya no forma parte de la comisión;

Delegación en la Asamblea Parlamentaria Paritaria ACP-UE:

Frithjof Schmidt en lugar de Pierre Jonckheer;

Delegación para las Relaciones con los Estados del Golfo, incluido el Yemen:

Horst Posdorf.

14.   Declaraciones inscritas en el registro (artículo 116 del Reglamento)

Número de firmas recogidas por las declaraciones inscritas en el Registro (apartado 3 del artículo 116 del Reglamento):

No documento

Autor

Firmas

43/2005

Jana Bobošíková, Miloslav Ransdorf, Jaromír Kohlíček, Sahra Wagenknecht y Bogdan Golik

22

44/2005

Martin Callanan, Daniel Hannan, Christopher Heaton-Harris y Roger Helmer

13

45/2005

Chris Davies, Nigel Farage, Timothy Kirkhope, Jean Lambert y Gary Titley

151

46/2005

Elspeth Attwooll, Nigel Farage, Timothy Kirkhope, Jean Lambert y Gary Titley

21

47/2005

James Hugh Allister

9

48/2005

Richard Corbett

48

49/2005

Richard Corbett

26

50/2005

Lissy Gröner, Genowefa Grabowska, Karin Riis-Jørgensen, Gérard Onesta y Vasco Graça Moura

193

51/2005

Silvana Koch-Mehrin

65

52/2005

David Martin, Paulo Casaca, Peter Skinner, Terence Wynn y Robert Evans

77

53/2005

Charles Tannock, Jana Hybášková, Marek Maciej Siwiec, André Brie y Frédérique Ries

70

54/2005

Den Dover y Kathy Sinnott

73

55/2005

Den Dover y Kathy Sinnott

60

56/2005

Alessandra Mussolini

3

57/2005

Alessandra Mussolini

1

58/2005

Alessandra Mussolini

2

59/2005

Daniel Strož, Miloslav Ransdorf y Jaromír Kohlíček

7

60/2005

Marie-Line Reynaud y Marie-Noëlle Lienemann

32

61/2005

Íñigo Méndez de Vigo, Ilda Figueiredo, Bronisław Geremek, Jean Lambert y Martine Roure

74

62/2005

Elizabeth Lynne, María Elena Valenciano Martínez-Orozco y Anna Záborská

49

63/2005

Terence Wynn, Catherine Stihler, Neil Parish, Paulo Casaca y Elspeth Attwooll

30

15.   Decisiones relativas a determinados documentos

Autorización para elaborar informes de propia iniciativa (artículo 45 del Reglamento)

Comisión CONT

Protección de los intereses financieros de la Unión — Lucha contra el fraude — Informe anual 2004 (2005/2184(INI))

(opinión: BUDG, IMCO, REGI, AGRI)

Comisión EMPL

Reestructuraciones y empleo (2005/2188(INI))

(opinión: ECON, ITRE, IMCO)

Comisión ENVI

Catástrofes naturales (incendios e inundaciones) — aspectos medioambientales (2005/2192(INI))

Comisión REGI

Catástrofes naturales (incendios e inundaciones) — aspectos de desarrollo regional (2005/2193(INI))

Comisión AGRI

Catástrofes naturales (incendios e inundaciones) — aspectos agrícolas (2005/2195(INI))

Comisión PECH

Lanzar un debate sobre un enfoque comunitario acerca de los sistemas de etiquetado de los productos pesqueros (2005/2189(INI))

(opinión: ENVI)

Revisión de determinadas restricciones de acceso establecidas en la política pesquera común (coto de las Shetland y coto de la solla) (2005/2190(INI))

(opinión: ENVI)

Comisión LIBE

Estrategia marco para la no discriminación y la igualdad de oportunidades para todos (2005/2191(INI))

(opinión: AFET, DEVE, EMPL, CULT, FEMM)

Autorización para elaborar informes de propia iniciativa (apartado 2 del artículo 121 del Reglamento)

Comisión JURI

Posible infracción del Protocolo sobre los privilegios y las inmunidades de las Comunidades Europeas por parte de un Estado miembro (2005/2187(INI))

Cooperación reforzada entre comisiones

Comisión LIBE

Estrategia marco para la no discriminación y la igualdad de oportunidades para todos (2005/2191(INI))

(opinión: AFET, DEVE, EMPL, CULT)

Cooperación reforzada entre las Comisiones LIBE, FEMM

(Tras la decisión de la Conferencia de Presidentes de 20 de octubre de 2005)

Propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo relativo a la información sobre los ordenantes que acompaña a las transferencias de fondos (COM(2005)0343 — C6-0246/2005 — 2005/0138(COD))

Cooperación reforzada entre comisiones LIBE, ECON

(Tras la decisión de la Conferencia de Presidentes de 20 de octubre de 2005)

Remisión de asuntos a las comisiones competentes

Comisión REGI

Acciones de Investigación, Desarrollo Tecnológico y Demostración (2007-2013) (COM(2005)0119 [01] — C6-0099/2005 — 2005/0043(COD))

remitido

fondo: ITRE

 

opinión: BUDG, ENVI, TRAN, AGRI, FEMM

16.   Transmisión de los textos aprobados por el Parlamento durante la presente sesión

De conformidad con el apartado 2 del artículo 172 del Reglamento, el Acta de la presente sesión se someterá a la aprobación del Parlamento a primera hora de la tarde de la próxima sesión.

Con el acuerdo del Parlamento, se iniciará la transmisión de los textos aprobados a sus respectivos destinatarios.

17.   Calendario de las próximas sesiones

Las próximas sesiones se celebrarán del 14.11.2005 al 17.11.2005.

18.   Interrupción del período de sesiones

Se interrumpe el período de sesiones del Parlamento Europeo.

Se levanta la sesión a las 16.20 horas.

Julian Priestley

Secretario General

Josep Borrell Fontelles

Presidente


LISTA DE ASISTENCIA

Han firmado:

Adamou, Agnoletto, Albertini, Alvaro, Andersson, Andrejevs, Andrikienė, Angelilli, Antoniozzi, Arif, Arnaoutakis, Ashworth, Assis, Atkins, Attard-Montalto, Aubert, Audy, Auken, Ayala Sender, Aylward, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Barsi-Pataky, Batten, Batzeli, Bauer, Beazley, Becsey, Beer, Beglitis, Beider, Belohorská, Bennahmias, Berend, Berès, van den Berg, Berger, Berlato, Berlinguer, Berman, Birutis, Blokland, Bobošíková, Böge, Bösch, Bonde, Bonino, Bono, Borghezio, Borrell Fontelles, Bourlanges, Bourzai, Bowis, Bowles, Bozkurt, Bradbourn, Mihael Brejc, Brepoels, Breyer, Březina, Brie, Brok, Budreikaitė, Buitenweg, Bullmann, Bushill-Matthews, Busk, Busquin, Busuttil, Buzek, Calabuig Rull, Callanan, Camre, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casa, Casaca, Caspary, Castex, Castiglione, del Castillo Vera, Catania, Cavada, Cederschiöld, Cercas, Chatzimarkakis, Chichester, Chiesa, Chmielewski, Christensen, Chruszcz, Claeys, Cocilovo, Coelho, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, Coûteaux, Coveney, Cramer, Crowley, Marek Aleksander Czarnecki, Ryszard Czarnecki, Daul, Davies, de Brún, Degutis, De Keyser, Demetriou, Deprez, De Rossa, De Sarnez, Descamps, Désir, Deß, Deva, De Veyrac, De Vits, Didžiokas, Díez González, Dillen, Dimitrakopoulos, Di Pietro, Dobolyi, Dombrovskis, Doorn, Douay, Dover, Doyle, Drčar Murko, Duchoň, Dührkop Dührkop, Duff, Duka-Zólyomi, Duquesne, Ebner, Ehler, El Khadraoui, Elles, Estrela, Ettl, Eurlings, Jillian Evans, Robert Evans, Fajmon, Falbr, Fatuzzo, Fava, Fazakas, Ferber, Fernandes, Fernández Martin, Anne Ferreira, Elisa Ferreira, Figueiredo, Fjellner, Flasarová, Flautre, Florenz, Fotyga, Fourtou, Fraga Estévez, Frassoni, Freitas, Friedrich, Fruteau, Gahler, Gál, Gaľa, García Pérez, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gebhardt, Gentvilas, Geremek, Geringer de Oedenberg, Gibault, Gierek, Giertych, Gill, Gklavakis, Glattfelder, Goebbels, Goepel, Gollnisch, Gomolka, Goudin, Genowefa Grabowska, Grabowski, Graefe zu Baringdorf, Gräßle, de Grandes Pascual, Grech, Griesbeck, Gröner, de Groen-Kouwenhoven, Grosch, Grossetête, Guardans Cambó, Guellec, Guerreiro, Guidoni, Guy-Quint, Gyürk, Hänsch, Hall, Hammerstein Mintz, Hamon, Handzlik, Hannan, Harbour, Harkin, Harms, Hassi, Hatzidakis, Hazan, Hedkvist Petersen, Helmer, Henin, Hennicot-Schoepges, Hennis-Plasschaert, Herranz García, Herrero-Tejedor, Higgins, Hökmark, Honeyball, Horáček, Howitt, Hudacký, Hudghton, Hughes, Hutchinson, Hybášková, Ibrisagic, Ilves, in 't Veld, Isler Béguin, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jackson, Jäätteenmäki, Jałowiecki, Janowski, Járóka, Jarzembowski, Jeggie, Jensen, Joan i Marí, Jöns, Jørgensen, Jonckheer, Jordan Cizelj, Juknevičienė, Kaczmarek, Kallenbach, Kamall, Kamiński, Karas, Karim, Kasoulides, Kaufmann, Kauppi, Tunne Kelam, Kilroy-Silk, Kindermann, Kirkhope, Klamt, Klaß, Klinz, Koch, Koch-Mehrin, Kohlíček, Konrad, Korhola, Koterec, Krahmer, Krasts, Kratsa-Tsagaropoulou, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kristovskis, Krupa, Kuc, Kudrycka, Kuhne, Kułakowski, Kušķis, Kusstatscher, Kuźmiuk, Lagendijk, Laignel, Lambert, Lambrinidis, Landsbergis, Lang, Langen, Langendries, Laperrouze, Lauk, Lechner, Le Foll, Lehideux, Lehne, Leichtfried, Leinen, Jean-Marie Le Pen, Marine Le Pen, Le Rachinel, Janusz Lewandowski, Liberadzki, Libicki, Lichtenberger, Lienemann, Liese, Lipietz, Locatelli, López-Istúriz White, Louis, Lucas, Ludford, Lulling, Lundgren, Lynne, Maaten, McAvan, McCarthy, McDonald, McGuinness, McMillan-Scott, Madeira, Malmström, Manders, Maňka, Erika Mann, Thomas Mann, Mantovani, Markov, David Martin, Hans-Peter Martin, Martinez, Martínez Martínez, Masiel, Masip Hidalgo, Maštálka, Mastenbroek, Mathieu, Mato Adrover, Matsakis, Matsouka, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Medina Ortega, Meijer, Méndez de Vigo, Menéndez del Valle, Meyer Pleite, Miguélez Ramos, Mikko, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Mölzer, Montoro Romero, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Morgantini, Morillon, Moscovici, Mote, Mulder, Musacchio, Muscat, Musotto, Myller, Napoletano, Nassauer, Nattrass, Navarro, Nicholson, Nicholson of Winterbourne, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Ó Neachtain, Onesta, Onyszkiewicz, Oomen-Ruijten, Ortuondo Larrea, Ouzký, Oviir, Paasilinna, Pack, Borut Pahor, Paleckis, Panayotopoulos-Cassiotou, Pannella, Panzeri, Papadimoulis, Papastamkos, Parish, Patrie, Pavilionis, Pęk, Alojz Peterle, Pflüger, Piecyk, Pieper, Pīks, Pinior, Piotrowski, Pirilli, Piskorski, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Poignant, Poli Bortone, Pomés Ruiz, Posselt, Prets, Prodi, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Ransdorf, Rasmussen, Remek, Resetarits, Reul, Reynaud, Riera Madurell, Ries, Rivera, Rizzo, Rocard, Rogalski, Roithová, Romagnoli, Romeva i Rueda, Rosati, Roszkowski, Roth-Behrendt, Rothe, Rouček, Roure, Rudi Ubeda, Rübig, Rutowicz, Ryan, Sacconi, Saïfi, Sakalas, Salafranca Sánchez-Neyra, Salinas García, Salvini, Samaras, Samuelsen, Sánchez Presedo, Santoro, dos Santos, Sartori, Saryusz-Wolski, Savary, Savi, Sbarbati, Schapira, Scheele, Schenardi, Schierhuber, Schlyter, Schmidt, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schulz, Schuth, Schwab, Seeber, Seeberg, Segelström, Seppänen, Siekierski, Sinnott, Siwiec, Sjöstedt, Skinner, Škottová, Smith, Sommer, Spautz, Speroni, Staes, Staniszewska, Starkevičiūtė, Šťastný, Stenzel, Sterckx, Stevenson, Stihler, Stockmann, Strož, Sturdy, Sudre, Surján, Svensson, Swoboda, Szájer, Szejna, Szent-Iványi, Szymański, Tabajdi, Tajani, Takkula, Tannock, Tarabella, Tarand, Tatarella, Thomsen, Thyssen, Titley, Tomczak, Toubon, Toussas, Trakatellis, Trautmann, Triantaphyllides, Turmes, Tzampazi, Uca, Ulmer, Väyrynen, Vaidere, Vakalis, Valenciano Martínez-Orozco, Vanhecke, Van Hecke, Van Lancker, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vaugrenard, Ventre, Vergnaud, Vernola, Vidal-Quadras Roca, de Villiers, Vincenzi, Virrankoski, Vlasák, Vlasto, Voggenhuber, Wagenknecht, Walter, Henri Weber, Manfred Weber, Weiler, Weisgerber, Westlund, Whittaker, Wieland, Wiersma, Wijkman, Wise, Wohlin, Bernard Piotr Wojciechowski, Janusz Wojciechowski, Wortmann-Kool, Wuermeling, Wurtz, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zani, Zapałowski, Zappalà, Zatloukal, Ždanoka, Železný, Zieleniec, Zīle, Zimmer, Zingaretti, Zvěřina, Zwiefka

Observadores:

Ali Nedzhmi, Anastase Roberta Alma, Arabadjiev Alexander, Athanasiu Alexandru, Bărbuleţiu Tiberiu, Becşenescu Dumitru, Bliznashki Georgi, Buruiană Aprodu Daniela, Ciornei Silvia, Cioroianu Adrian Mihai, Corlăţean Titus, Coşea Dumitru Gheorghe Mircea, Creţu Corina, Creţu Gabriela, Dîncu Vasile, Duca Viorel Senior, Dumitrescu Cristian, Ganţ Ovidiu Victor, Hogea Vlad Gabriel, Husmenova Filiz, Iacob Ridzi Monica Maria, Ilchev Stanimir, Ivanova Iglika, Kazak Tchetin, Kelemen Atilla Béla Ladislau, Kirilov Evgeni, Kónya-Hamar Sándor, Marinescu Marian-Jean, Mihăescu Eugen, Morţun Alexandru Ioan, Nicolae Şerban, Parvanova Antonyia, Paşcu Ioan Mircea, Petre Maria, Podgorean Radu, Popa Nicolae Vlad, Popeangă Petre, Sârbu Daciana Octavia, Severin Adrian, Silaghi Ovidiu Ioan, Sofianski Stefan, Szabó Károly Ferenc, Tîrle Radu, Vigenin Kristian, Zgonea Valeriu Ştefan


ANEXO I

RESULTADOS DE LAS VOTACIONES

Significado de abreviaturas y símbolos

+

aprobado

-

rechazado

decae

R

retirado

VN (..., ..., ...)

votación nominal (a favor, en contra, abstenciones)

VE (...........)

votación electrónica (a favor, en contra, abstenciones)

vp

votación por partes

vs

votación por separado

enm.

enmienda

ET

enmienda de transacción

PC

parte correspondiente

S

enmienda de supresión

=

enmiendas idénticas

§

apartado

art.

artículo

cons.

considerando

PR

propuesta de resolución

PRC

propuesta de resolución común

SEC

votación secreta

1.   Proyecto de presupuesto general de la Unión Europea — Ejercicio 2006

Enmienda no

Línea presupuestaria

Bloque, VN, VE, vs, vp

Votación

VN/VE — observaciones

COMISIÓN

605

05 01 04 01

Bloque 1

+

 

607

05 02 10 02

Bloque 1

110

05 02 15 06

Bloque 1

449

05 03 02 27

Bloque 1

745

05 03 02 29

Bloque 1

609

05 08 06

Bloque 1

755

17 01 04 01

Bloque 1

627

17 04 02

Bloque 1

756

17 04 05

Bloque 1

606

05 02 01 01

VN

+

432, 122, 16

583

 

 

743

05 02 04 01

vs

-

 

448

vs

-

 

542

vs

-

 

100

vs/VE

+

310, 260, 6

299

05 02 11 05

vs

-

 

300

05 02 13 01

vs

-

 

543

05 02 13 04

VN

-

256, 290, 21

301

344

VN

-

236, 296, 43

345

05 03 02 08

VN

+

277, 263, 32

744

05 03 02 22

VN

-

225, 318, 31

302

VN

-

202, 339, 32

99

VN

+

270, 253, 48

608

05 04 01 02

vs

+

 

118

05 04 01 11

vs

+

 

347

05 04 01 03

vs

-

 

348

05 04 01 08

vs

-

 

349

05 04 01 09

vs

-

 

350

05 04 01 12

vs

-

 

596

04 02 01

Bloque 2

+

 

597

04 02 10

Bloque 2

620

13 03 08

Bloque 2

760

01 04 05

Bloque 3

+

 

687

02 02 01 02

Bloque 3

593

02 02 02 06

Bloque 3

688

02 02 03 02

Bloque 3

689

02 02 03 03

Bloque 3

741

02 02 08

Bloque 3

742

02 02 09

Bloque 3

762

02 03 01

Bloque 3

594

02 03 02 01

Bloque 3

595

02 03 02 02

Bloque 3

786

02 04 01

Bloque 3

690

02 04 02

Bloque 3

602

04 04 03

Bloque 3

691

04 04 08

Bloque 3

692

04 04 12

Bloque 3

604

04 05 02

Bloque 3

714

05 04 03 02

Bloque 3

612

06 02 04 02

Bloque 3

613

06 02 07

Bloque 3

763

06 04 03 01

Bloque 3

614

06 05 01

Bloque 3

616

07 03 01 01

Bloque 3

617

07 03 02

Bloque 3

696

07 03 06 03

Bloque 3

748

07 03 09

Bloque 3

241

07 04 01 01

Bloque 3

750

08 10 01 01

Bloque 3

751

09 01 04 01

Bloque 3

60

09 03 01

Bloque 3

126

09 03 03

Bloque 3

697

09 03 06

Bloque 3

127

09 05 01

Bloque 3

128

09 05 03

Bloque 3

718

11 04 01

Bloque 3

752

11 07 02

Bloque 3

764

14 02 01

Bloque 3

91

14 04 02

Bloque 3

291

15

Bloque 3

719

15 01 04 01

Bloque 3

720

15 02 02 05

Bloque 3

753

15 02 02 06

Bloque 3

721

15 04 02 01

Bloque 3

780

15 06 01 01

Bloque 3

698

15 06 01 09

Bloque 3

765

15 06 05

Bloque 3

151

16 02 03

Bloque 3

701

16 03 01

Bloque 3

563

16 03 02

Bloque 3

626

17 03 03 02

Bloque 3

702

17 03 04

Bloque 3

628

18 01 04 03

Bloque 3

314

18 02 03 02

Bloque 3

629

18 03 03

Bloque 3

316

18 03 05

Bloque 3

630

18 03 07

Bloque 3

781

18 03 08

Bloque 3

785

18 04 01 02

Bloque 3

703

18 04 03

Bloque 3

787

18 05 01 02

Bloque 3

704

18 05 04

Bloque 3

705

18 05 06

Bloque 3

325

18 05 07

Bloque 3

632

18 06 04 01

Bloque 3

788

18 06 05

Bloque 3

328

18 08 02

Bloque 3

633

18 08 03

Bloque 3

329

18 08 05

Bloque 3

330

18 08 06

Bloque 3

635

19 04 02

Bloque 3

711

22 02 09

Bloque 3

759

29 01 04 01

Bloque 3

335

PARTC-10-4

Bloque 3

263

01 02 04

VN

+

459, 100, 15

293

02 01 04 03

vs

-

 

294

02 02 01 01

 

 

296

 

 

396

02 02 01 03

VN

-

116, 459, 7

37

02 02 03 01

vs

 

38

02 02 08

vs

-

 

779

02 03 02 03

vs

+

 

231

vs

 

761

02 02 02 01

vp

1

+

 

2/VE

-

307, 270, 6

3

+

 

4/VN

+

472, 43, 70

272

04 02 12

vs

-

 

598

04 02 15

vs

+

 

273

vs

 

599

04 03 03 01

vs

+

 

445

vs

-

 

446

04 03 03 02

vs

-

 

538

04 03 03 03

vs

-

 

275

04 03 05 03

vs

-

 

600

04 04 02 01

vs

+

 

276

 

 

601

04 04 02 02

vs/VE

-

307, 263, 10

603

04 04 04

vs

-

 

278

vs

-

 

610

06 01 04 31

vs

+

 

39

 

 

746

06 02 01 01

vs

+

 

40

 

 

611

06 02 03

vs

+

 

41

 

 

42

06 03 01

vp

1

-

 

 

 

 

2

-

 

43

06 06 02 02

vs

-

 

694

06 07 02

vs

+

 

44

vs

 

695

07 03 03 02

vs

+

 

618

07 04 02

vs

+

 

242

vs

 

749

07 05 01

vs/VE

-

314, 272, 5

244

08 05 01

vs/VE

-

308, 260, 14

355

08 11 01 01

vs

-

 

416

11 04 02

VN

-

69, 488, 20

266

14 05 03

VN

+

418, 72, 27

280

15 03 01 01

vs

-

 

699

15 06 06

vs

+

 

146

vs

-

 

700

16 02 02

VN

+

493, 90, 10

624

16 03 04

VN

+

488, 95, 9

457

vs

-

 

361

vp

1

 

2/VE

-

319, 252, 12

3

-

 

625

16 05 01

vs

+

 

363

vs

-

 

716

05 06 01

Bloque 4

+

 

615

07 02 01

Bloque 4

256

11 03 03

Bloque 4

135

15 02 03

Bloque 4

634

19 02 04

Bloque 4

706

19 02 05

Bloque 4

3

19 02 11

Bloque 4

758

19 02 12

Bloque 4

708

19 03 06

Bloque 4

722

19 04 03

Bloque 4

432

19 06 02

Bloque 4

767

19 06 05

Bloque 4

723

19 08 02 01

Bloque 4

196

19 08 02 02

Bloque 4

434

19 08 03

Bloque 4

725

19 08 07

Bloque 4

202

19 09 03

Bloque 4

730

19 10 03

Bloque 4

731

19 10 04

Bloque 4

19

19 11 01

Bloque 4

208

19 11 02

Bloque 4

733

20 02 01

Bloque 4

769

21 02 07 02

Bloque 4

736

21 02 09 01

Bloque 4

28

21 02 09 02

Bloque 4

737

21 02 09 03

Bloque 4

31

21 03

Bloque 4

739

21 04 02

Bloque 4

772

22 05 01

Bloque 4

773

22 05 02

Bloque 4

774

22 05 03

Bloque 4

775

22 05 04

Bloque 4

621

13 05 01 01

Bloque 4

770

22 01 04 05

Bloque 4

771

22 02 01

Bloque 4

222

22 02 02

Bloque 4

225

22 02 10

Bloque 4

717

11 03 01

VN

+

528, 49, 12

782

19 03 03

vs

+

 

460

vp

1

 

2/VN

+

366, 217, 11

189

19 04 04

vs

+

 

5

 

 

783

19 04 05

vs

+

 

191

19 05 02

vs

-

 

462

vp

1/VN

-

240, 347, 4

2/VN

-

323, 256, 6

709

19 06 01

vs

+

 

464

 

 

724

19 08 04

VN

+

519, 20, 16

8

19 09

vs

-

 

726

19 09 01

vp

1

+

 

2

+

 

9

 

 

727

19 09 02

vp

1

+

 

2

+

 

12

19 09 05

vs

-

 

13

19 10

vs

-

 

728

19 10 01

vp

1

+

 

2

+

 

729

19 10 02

vp

1

+

 

2

+

 

17

19 10 05

vs

-

 

784

19 10 06

vp

1

+

 

2

+

 

163

20 02 03

vs

+

 

768

21 02 02

vs

+

 

22

 

 

735

21 02 03

vp

1

+

 

2/VN

+

461, 98, 30

23

 

 

710

21 02 07 04

vs

+

 

25

 

 

26

21 02 09

vs

-

 

30

21 02 16

vs

-

 

32

21 03 18

vs

-

 

738

21 03 19

vs

+

 

33

 

 

35

21 05

vs

-

 

776

23 02 01

vs

+

 

36

 

 

74

22 02 04 01

vs/VE

-

312, 257, 14

223

VN

-

254, 317, 18

469

VN

-

264, 295, 30

712

XX 01 01 01

Bloque 5

+

 

471

XX 01 02 11

Bloque 5

777

XX 01 02 11 04

Bloque 5

778

XX 01 02 11 09

Bloque 5

740

02 01 02 11

Bloque 5

747

07 01 02 11

Bloque 5

623

15 06 01 07

Bloque 5

757

19 01 02 11

Bloque 5

576

26 01 50 23

Bloque 5

402

04 03 02

vs

-

 

52

04 05 01

vs

-

 

56

04 05 03

vp

1/VN

-

246, 329, 13

2/VN

-

285, 283, 13

57

04 05 04

vs/VE

-

256, 307, 18

622

15 02 01 02

vs

-

 

292

VN

-

331, 247, 6

137

15 04 01 03

vs

-

 

454

VN

-

243, 333, 7

156

VN

-

240, 333, 10

1

19 01 02 11

vs

-

 

2

19 01 02 12

vs

-

 

20

21 01 02 11

vs

-

 

21

21 01 02 12

vs

-

 

305

24 01 01

VN

-

125, 448, 10

306

24 01 06

 

 

307

26 01 50 11

vs

-

 

PARLAMENTO EUROPEO

654

1012

Bloque 6

+

 

667

2

Bloque 6

656

Bloque 6

658

Bloque 6

659

Bloque 6

670

Bloque 6

657

Bloque 6

660

Bloque 6

655

Bloque 6

664

Bloque 6

789

Bloque 6

668

Bloque 6

665

Bloque 6

666

Bloque 6

669

Bloque 6

790

Bloque 6

663

Bloque 6

661

Bloque 6

662

Bloque 6

671

1400

Bloque 6

473

1402

Bloque 6

672

1610

Bloque 6

674

2000

Bloque 6

474

2007

Bloque 6

675

2008

Bloque 6

676

2022

Bloque 6

677

2100

Bloque 6

791

237

Bloque 6

685

325

Bloque 6

679

3044

Bloque 6

680

3049

Bloque 6

681

320

Bloque 6

682

3222

Bloque 6

475

3241

Bloque 6

683

3247

Bloque 6

684

3248

Bloque 6

686

5002

Bloque 6

673

10 1

Bloque 6

439

30

vs

-

 

440

3046

VN

-

86, 489, 8

CONSEJO

477

3000

Bloque 7/VE

-

349, 215, 16

478

3200

Bloque 7

TRIBUNAL DE JUSTICIA

637

11

Bloque 8

+

 

636

1050

Bloque 8

638

1896

Bloque 8

639

2000

Bloque 8

640

210

Bloque 8

92

104

vs

-

 

TRIBUNAL DE CUENTAS

641

11

Bloque 9

+

 

642

1100

Bloque 9

643

644

1115

Bloque 9

93

104

vs

-

 

COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL

645

11

Bloque 10

+

 

646

1863

Bloque 10

647

202

Bloque 10

COMITÉ DE LAS REGIONES

648

11

Bloque 11

+

 

649

1891

Bloque 11

650

2001

Bloque 11

651

240

Bloque 11

DEFENSOR DEL PUEBLO

652

A-12

vs

+

 

SUPERVISOR EUROPEO DE PROTECCIÓN DE DATOS

653

B-11

vs

+

 

Solicitudes de votación nominal

PPE-DE: enms. 99, 301, 305, 460/2a parte, 462, 56, 292, 454, 56, 469

PSE: enms. 223 y 469

GUE/NGL: enms. 396, 416 y 440

Verts/ALE: enms. 735/2a parte, 543, 301, 345, 302, 744 y 156

IND/DEM: enms. 263, 266, 301, 606, 624, 700, 717, 724 y 761/4a parte

Solicitudes de votación por separado

PPE-DE: enms. 744, 603, 601, 749, 695, 783, 191, 52, 74

PSE: enms. 99, 146, 454, 292, 38, 42, 43, 231, 700, 744, 364, 477 y 478

Verts/ALE: enm. 163

Solicitudes de votación por partes

Verts/ALE

enm. 42

1a parte: cifras

2a parte: comentarios

enm. 726

1a parte: cifras

2a parte: reservas

enm. 727

1a parte: cifras

2a parte: reservas

enm. 728

1a parte: cifras

2a parte: reservas

enm. 729

1a parte: cifras

2a parte: reservas

enm. 784

1a parte: figures

2a parte: reservas

enm. 735

1a parte: cifras

2a parte: reservas

PPE-DE

enm. 361 (sólo comentarios)

1a parte: conjunto del texto excepto los comentarios sobre «las organizaciones de la sociedad civil» (última frase) y comentarios sobre la iniciativa «reuniones de ciudadanos europeos»

2a parte: comentarios sobre «las organizaciones de la sociedad civil»

3a parte: comentarios sobre la iniciativa «reuniones de ciudadanos europeos»

enm. 460

1a parte: conjunto del texto excepto los pagos de la partida 19 03 06

2a parte: pagos de la partida 19 03 06

enm. 462

1a parte: cifras

2a parte: comentarios

enm. 56

1a parte: cifras

2a parte: reservas

PPE-DE, IND/DEM

enm. 761

1a parte: conjunto del texto excepto la partida 04 02 12 (EURES) y las cifras de la partida 08 02 01 01 (genómica)

2a parte: Cifras de la partida 04 02 12 (EURES)

3a parte: Comentarios de la partida 04 02 12 (EURES)

4a parte: Cifras de la partida 08 02 01 01 (genómica)

Observación:

A consecuencia de las correcciones técnicas, conviene proceder a las modificaciones siguientes:

en el bloque 3, insertar la enmienda 693 entre la 714 y la 612,

las enmiendas 793 y 798 se han creado (y considerado aprobadas, dado que se han aprobado las propuestas de Valdis Dombrovskis),

las consecuencias de las propuestas de Giovanni Pittella se recogen en la nueva enmienda 797,

habida cuenta de los resultados de la votación, se han creado las siguientes enmiendas técnicas:

792 en lugar de la 449

794 en lugar de la 699

795 en lugar de la 708

796 en lugar de la 767

799 en lugar de la 761

800 en lugar de las enmiendas 606 & 345

801 en lugar de la 99

802 en lugar de la 771

2.   Proyecto de presupuesto general 2006 (Sección III)

Informe: Giovanni PITTELLA (A6-0309/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — observaciones

§ 3

§

texto original

VN

+

493, 72, 7

tras el § 6

1

Verts/ALE

VN

-

122, 408, 43

tras el § 7

5

IND/DEM

VN

-

112, 413, 40

6

IND/DEM

VN

-

117, 404, 42

7

IND/DEM

VN

-

121, 383, 53

§ 8

2=

8=

PSE

GUY-QUINT y otros

 

+

 

§ 10

§

texto original

VN

+

525, 24, 18

§ 12

§

texto original

VN

+

533, 34, 5

tras el § 14

4/rev.

IND/DEM

VN

-

113, 448, 11

tras el § 17

9

Verts/ALE

 

-

 

§ 19

§

texto original

VN

+

533, 29, 10

§ 20

§

texto original

VN

+

525, 30, 13

§ 22

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

§ 23

§

texto original

VN

+

532, 22, 14

§ 25

§

texto original

VN

+

285, 267, 16

§ 26

§

texto original

vs

+

 

§ 28

§

texto original

VN

+

380, 182, 6

§ 33

§

texto original

VN

+

283, 237, 48

tras el § 33

3/rev.

IND/DEM

VN

-

115, 431, 18

votación: resolución (conjunto)

VN

+

462, 74, 34

Solicitudes de votación nominal

IND/DEM: enms. 3/rev, 4/rev, 5, 6, 7 y votación final

PSE: § 25

Verts/ALE: enm. 1

PPE-DE: §§ 3, 10, 12, 19, 20, 23, 28, 33 y votación final

Solicitud de votación por partes

Verts/ALE

§ 22

1a parte:«Insiste en que la Comisión ... salud y educación básicas;»

2a parte:«consigna el 10 % ... salud y educación básicas;»

Solicitudes de votación por separado

ALDE: § 33

PSE: §§ 28, 33

Verts/ALE: 26

3.   Proyecto de presupuesto general 2006 (Secciones I, II, IV, VI, VII, VIII)

Informe: Valdis DOMBROVSKIS (A6-0307/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — observaciones

§ 7

1

Verts/ALE

VE

-

259, 259, 22

tras el § 9

4

IND/DEM

vp/VN

 

 

1

-

155, 329, 51

2

 

tras el § 11

5

IND/DEM

VN

-

100, 433, 9

tras el § 32

6

PPE-DE

 

+

 

tras el § 33

2

Verts/ALE

VE

+

280, 222, 20

3

Verts/ALE

 

+

 

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

Solicitudes de votación nominal

IND/DEM: enms. 4 y 5

Solicitud de votación por partes

ALDE

enm. 4

1a parte:«Encarga a su Presidente ... superen los costes reales»

2a parte:«o las tarifas mínimas publicadas;»

4.   Situación en Azerbaiyán en vísperas de las elecciones

Propuestas de resolución: B6-0558/2005, 0559/2005, 0560/2005, 0576/2005, 0577/2005 y 0578/2005

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — observaciones

Propuesta de resolución común RC-B6-0558/2005

(PPE-DE, PSE, ALDE, Verts/ALE, GUE/NGL y UEN)

§ 12

§

texto original

vs/VE

+

300, 122, 71

tras el cons. J

1

PPE-DE

 

-

 

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

Propuestas de resolución de los grupos políticos

B6-0558/2005

 

PPE-DE

 

 

B6-0559/2005

 

PSE

 

 

B6-0560/2005

 

Verts/ALE

 

 

B6-0576/2005

 

ALDE

 

 

B6-0577/2005

 

GUE/NGL

 

 

B6-0578/2005

 

UEN

 

 

Solicitudes de votación por separado

ALDE § 12

PSE § 12

5.   El proceso de Barcelona renovado

Informe: Anneli JÄÄTTEENMÄKI (A6-0280/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — observaciones

tras el § 4

1

IND/DEM

VE

-

214, 250, 20

tras el § 10

7

PSE

 

+

 

tras el § 13

8

PSE

 

-

 

§ 18

§

texto original

vs

+

 

§ 19

§

texto original

vs

+

 

§ 28

§

texto original

vp

 

 

1

+

 

2

+

 

tras el § 30

3

Verts/ALE

 

 

§ 35

6

PPE-DE

 

+

 

§ 38

4

Verts/ALE

VE

-

192, 270, 7

§ 44

9

GUE/NGL

 

-

 

§ 45

10

GUE/NGL

 

-

 

tras el § 45

5

Verts/ALE

 

-

 

§ 51

11

GUE/NGL

 

-

 

tras el § 58

12

GUE/NGL

 

-

 

tras el cons. J

2

Verts/ALE

 

-

 

cons. S

§

texto original

vs

-

 

votación: resolución (conjunto)

 

+

 

Solicitudes de votación por separado

GUE/NGL: §§ 18, 19

PPE-DE: cons. S

Solicitud de votación por partes

Verts/ALE

§ 28

1a parte: conjunto del texto excepto los términos «por lo que recomienda ... crecimiento económico y el consumo»

2a parte: esos términos

6.   Actividades del Defensor del Pueblo Europeo

Informe: Manolis MAVROMMATIS (A6-0276/2005)

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — observaciones

votación: resolución (conjunto)

VN

+

426, 3, 9

Solicitud de votación nominal

PPE-DE: Votación final

7.   Derechos humanos en el Sáhara Occidental

Propuestas de resolución: B6-0561/2005, 0566/2005, 0568/2005, 0571/2005, 0574/2005 y 0580/2005

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc

Votación

VN/VE — observaciones

Propuesta de resolución común RC-B6-0561/2005

(PPE-DE, PSE, ALDE, Verts/ALE y GUE/NGL)

§ 6

1

PPE-DE

 

+

 

§ 9

2

PPE-DE

VN

+

68, 29, 1

§ 10

3

PPE-DE

 

+

 

votación: resolución (conjunto)

VN

+

98, 1, 0

Propuestas de resolución de los grupos políticos

B6-0561/2005

 

PSE

 

 

B6-0566/2005

 

Verts/ALE

 

 

B6-0568/2005

 

PPE-DE

 

 

B6-0571/2005

 

ALDE

 

 

B6-0574/2005

 

GUE/NGL

 

 

B6-0580/2005

 

UEN

 

 

Solicitudes de votación nominal

PPE-DE: enm. 2 y votación final

8.   Uzbekistán

Propuestas de resolución: B6-0563/2005, 0564/2005, 0569/2005, 0572/2005, 0573/2005 y 0579/2005

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — observaciones

Propuesta de resolución común RC-B6-0563/2005

(PPE-DE, PSE, ALDE, Verts/ALE, GUE/NGL y UEN)

votación: resolución (conjunto)

VN

+

99, 0, 0

Propuestas de resolución de los grupos políticos

B6-0563/2005

 

PSE

 

 

B6-0564/2005

 

Verts/ALE

 

 

B6-0569/2005

 

EPP-ED

 

 

B6-0572/2005

 

ALDE

 

 

B6-0573/2005

 

EUL/NGL

 

 

B6-0579/2005

 

UEN

 

 

Solicitud de votación nominal

PPE-DE: Votación final

9.   Caso de Tenzin Delek Rinpoche

Propuestas de resolución: B6-0562/2005, 0565/2005, 0567/2005, 0570/2005, 0575/2005 y 0581/2005

Asunto

Enmienda no

Autor

VN, etc.

Votación

VN/VE — observaciones

Propuesta de resolución común RC-B6-0562/2005

(PPE-DE, PSE, ALDE, Verts/ALE, GUE/NGL y UEN)

votación: resolución (conjunto)

VN

+

95, 3, 0

Propuestas de resolución de los grupos políticos

B6-0562/2005

 

PSE

 

 

B6-0565/2005

 

Verts/ALE

 

 

B6-0567/2005

 

PPE-DE

 

 

B6-0570/2005

 

ALDE

 

 

B6-0575/2005

 

GUE/NGL

 

 

B6-0581/2005

 

UEN

 

 

Solicitud de votación nominal

PPE-DE: Votación final


ANEXO II

RESULTADOS DE LA VOTACIÓN NOMINAL

1.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 256

ALDE: Attwooll, Bonino, Busk, Chatzimarkakis, Davies, in 't Veld, Jensen, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Ludford, Lynne, Malmström, Matsakis, Resetarits, Samuelsen, Schuth, Väyrynen

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Chruszcz, Clark, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Tomczak, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Bobošíková, Helmer, Kilroy-Silk, Martin Hans-Peter, Mote

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bradbourn, Brepoels, Bushill-Matthews, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Fajmon, Fjellner, Hannan, Harbour, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Parish, Pieper, Podkański, Purvis, Seeberg, Siekierski, Škottová, Sommer, Stenzel, Stevenson, Sturdy, Tannock, Vlasák, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, De Keyser, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Fava, Fernandes, Ford, García Pérez, Gebhardt, Gill, Grech, Hänsch, Hazan, Hedkvist Petersen, Howitt, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Leichtfried, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Reynaud, Riera Madurell, Roure, Sakalas, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Thomsen, Titley, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García

Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 290

ALDE: Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Cavada, Chiesa, Cocilovo, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, Jäätteenmäki, Juknevičienė, Karim, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Maaten, Manders, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Ries, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Van Hecke, Virrankoski

IND/DEM: Louis, Sinnott, de Villiers

NI: Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Březina, Brok, Busuttil, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Eurlings, Fatuzzo, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Sonik, Šťastný, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Bono, Bourzai, Cottigny, Douay, Ferreira Elisa, Fruteau, Geringer de Oedenberg, Gröner, Guy-Quint, Hamon, Hutchinson, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leinen, Lienemann, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moscovici, Pahor, Patrie, Rocard, Rosati, Salinas García, Sánchez Presedo, Tarand, Trautmann, Tzampazi, Vaugrenard, Vergnaud, Xenogiannakopoulou

UEN: Aylward, Berlato, Camre, Didžiokas, Fotyga, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 21

ALDE: Hall

IND/DEM: Borghezio, Speroni

NI: Rivera

PPE-DE: Ferber, Friedrich, Koch, Landsbergis, Schwab, Seeber

PSE: De Rossa, Falbr, Gierek, Gomes, Grabowska, Kindermann, Rouček, Sacconi, dos Santos, Zani, Zingaretti

Correcciones de voto

A favor: Lissy Gröner

En contra: Othmar Karas

2.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 236

ALDE: Attwooll, Busk, Chatzimarkakis, Davies, in 't Veld, Jensen, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Ludford, Lynne, Malmström, Matsakis, Resetarits, Samuelsen, Väyrynen

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Chruszcz, Clark, Giertych, Goudin, Grabowski, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Bobošíková, Helmer, Kilroy-Silk, Martin Hans-Peter, Mote

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bradbourn, Brepoels, Bushill-Matthews, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Fajmon, Fjellner, Hannan, Harbour, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Kamall, Kirkhope, Kuźmiuk, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Parish, Pieper, Podkański, Purvis, Seeberg, Siekierski, Škottová, Stevenson, Sturdy, Tannock, Vlasák, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, Attard-Montalto, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bozkurt, Bullmann, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Christensen, Corbey, Correia, De Keyser, Désir, De Vits, Dobolyi, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, Ford, Gebhardt, Gill, Goebbels, Grabowska, Grech, Gröner, Hänsch, Hazan, Hedkvist Petersen, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Leichtfried, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Mastenbroek, Mikko, Morgan, Muscat, Myller, Napoletano, Paasilinna, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Prets, Rasmussen, Reynaud, Rothe, Rouček, Roure, Scheele, Schulz, Segelström, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Zingaretti

Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 296

ALDE: Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Cavada, Chiesa, Cocilovo, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, Jäätteenmäki, Juknevičienė, Karim, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Maaten, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Ries, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Van Hecke, Virrankoski

IND/DEM: Borghezio, Coûteaux, Louis, Sinnott, de Villiers

NI: Belohorská, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Fatuzzo, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Assis, Batzeli, Beglitis, Berès, Bourzai, Cottigny, Ferreira Anne, Fruteau, Geringer de Oedenberg, Guy-Quint, Hamon, Hutchinson, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leinen, Lienemann, Matsouka, Moscovici, Navarro, Pahor, Patrie, Poignant, Rocard, Rosati, Savary, Trautmann, Tzampazi, Vaugrenard, Vergnaud, Xenogiannakopoulou

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Camre, Didžiokas, Fotyga, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 43

ALDE: Hall

GUE/NGL: Kohlíček

IND/DEM: Salvini, Speroni

NI: Rivera

PPE-DE: Ferber, Landsbergis

PSE: Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Berlinguer, Bono, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Cercas, De Rossa, Díez González, Dührkop Dührkop, Falbr, Fava, García Pérez, Gierek, Honeyball, Howitt, Kindermann, Liberadzki, Masip Hidalgo, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moraes, Moreno Sánchez, Pleguezuelos Aguilar, Riera Madurell, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Stihler, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

Correcciones de voto

En contra: Othmar Karas

3.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor. 277

ALDE: Bourlanges, Bowles, Cocilovo, Davies, in 't Veld, Lynne, Manders, Resetarits, Samuelsen, Väyrynen

GUE/NGL: Brie, de Brún, Henin, Kohlíček, McDonald, Markov, Meijer, Morgantini, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Bobošíková, Helmer, Kilroy-Silk, Martin Hans-Peter, Mote

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bradbourn, Brepoels, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Doorn, Dover, Duchoň, Elles, Eurlings, Fajmon, Fjellner, Hannan, Harbour, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Kamall, Karas, Kirkhope, Kuźmiuk, McMillan-Scott, Nicholson, Oomen-Ruijten, Ouzký, Parish, Podkański, Purvis, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Škottová, Sommer, Stenzel, Stevenson, Sturdy, Tannock, Vlasák, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, Berger, Berlinguer, Bösch, Bono, Bourzai, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Evans Robert, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Schulz, Segelström, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 263

ALDE: Birutis, Bonino, Budreikaitė, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, Jäätteenmäki, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Maaten, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Ries, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Van Hecke, Virrankoski

IND/DEM: Borghezio, Coûteaux, Louis, Salvini, Speroni, de Villiers

NI: Belohorská, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Fatuzzo, Ferber, Fraga Estévez, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Langen, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Sonik, Spautz, Šťastný, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: van den Berg, Berman, Bozkurt, Corbey, Kuc, Mastenbroek

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Didžiokas, Fotyga, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 32

ALDE: Busk, Hall, Jensen

GUE/NGL: Agnoletto, Catania, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Kaufmann, Maštálka, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Toussas

IND/DEM: Batten, Bonde, Clark, Goudin, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Rivera

PPE-DE: Freitas, Landsbergis

PSE: Falbr, Leichtfried, Moraes, Stihler, Wiersma

Correcciones de voto

A favor: Charlotte Cederschiöld, Camiel Eurlings

En contra: Othmar Karas

4.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 225

ALDE: Attwooll, Bourlanges, Busk, Davies, Deprez, Duff, Duquesne, Harkin, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Matsakis, Morillon, Resetarits, Ries, Samuelsen, Schuth, Staniszewska, Takkula, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Brie, de Brún, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Meijer, Pflüger, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Uca, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Rotrowski, Rogalski, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Helmer, Kilroy-Silk, Martin Hans-Peter, Masiel, Mote, Rutowicz

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Becsey, Bowis, Bradbourn, Brepoels, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Doorn, Dover, Duchoň, Ebner, Elles, Fajmon, Fjellner, Hannan, Harbour, Higgins, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Jałowiecki, Kaczmarek, Kamall, Kirkhope, Korhola, Kudrycka, Kuźmiuk, McMillan-Scott, Millán Mon, Nicholson, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Ouzký, Parish, Piskorski, Pleštinská, Podkański, Purvis, Queiró, Saryusz-Wolski, Seeberg, Siekierski, Škottová, Sonik, Stevenson, Sturdy, Tannock, Vlasák, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Zahradil, Zaleski, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, van den Berg, Berman, Bösch, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Capoulas Santos, Casaca, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, De Vits, Dobolyi, El Khadraoui, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fazakas, Fernandes, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Gomes, Grabowska, Hänsch, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Ilves, Jørgensen, Kuhne, Leichtfried, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Martin David, Mastenbroek, Mikko, Moraes, Morgan, Muscat, Myller, Paasilinna, Patrie, Piecyk, Pinior, Prets, Roure, Savary, Scheele, Segelström, Stihler, Tarabella, Thomsen, Titley, Van Lancker, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn

UEN: Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 318

ALDE: Birutis, Bonino, Budreikaitė, Cavada, Chiesa, Cocilovo, De Sarnez, Di Pietro, Fourtou, Gentvilas, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hennis-Plasschaert, Karim, Laperrouze, Lehideux, Manders, Mulder, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Sbarbati, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi

GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro, Papadimoulis, Remek, Toussas

IND/DEM: Batten, Bonde, Borghezio, Clark, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Nattrass, Salvini, Sinnott, Speroni, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Berend, Böge, Brejc, Březina, Brok, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Coveney, Daul, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doyle, Duka-Zólyomi, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kušķis, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Seeber, Sommer, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wuermeling, Záborská, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec

PSE: Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, Berger, Bono, Bourzai, Calabuig Rull, Carlotti, Carnero González, Cercas, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Fava, Ferreira Anne, Fruteau, García Pérez, Goebbels, Gröner, Guy-Quint, Hamon, Hazan, Hutchinson, Jöns, Kindermann, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leinen, Lienemann, Maňka, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Moscovici, Napoletano, Navarro, Pahor, Panzeri, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rothe, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Schapira, Schulz, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarand, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Xenogiannakopoulou, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Didžiokas, Fotyga, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 31

ALDE: Chatzimarkakis, Geremek, Hall, in 't Veld, Kułakowski, Onyszkiewicz, Väyrynen

GUE/NGL: Agnoletto, Catania, Flasarová, Guidoni, Maštálka, Meyer Pleite, Musacchio, Rizzo, Triantaphyllides, Wagenknecht

IND/DEM: Železný

NI: Belohorská, Bobošíková, Rivera

PPE-DE: Demetriou, Handzlik

PSE: Berlinguer, Castex, Grech, Rosati, Vaugrenard, Vergnaud, Yañez-Barnuevo García, Zani

Correcciones de voto

A favor: Helmut Kuhne, Camiel Eurlings

En contra: Othmar Karas, Gilles Savary

5.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 202

ALDE: Bowles, Budreikaitė, Busk, Davies, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Guardans Cambó, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Matsakis, Oviir, Resetarits, Ries, Samuelsen, Schuth, Staniszewska, Sterckx, Takkula, Van Hecke

GUE/NGL: Brie, de Brún, Guidoni, Kaufmann, McDonald, Markov, Maštálka, Pflüger, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Chruszcz, Clark, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Helmer, Kilroy-Silk, Martin Hans-Peter, Mote

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Becsey, Bowis, Bradbourn, Brepoels, Bushill-Matthews, Busuttil, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Coelho, Deva, Doorn, Dover, Duchoň, Elles, Fajmon, Fjellner, Hannan, Harbour, Higgins, Hybášková, Ibrisagic, Kamall, Kauppi, Kirkhope, Korhola, Kuźmiuk, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Parish, Podkański, Purvis, Queiró, Seeberg, Siekierski, Škottová, Stevenson, Tannock, Vlasák, Wijkman, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, van den Berg, Berlinguer, Berman, Bösch, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, De Vits, El Khadraoui, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fernandes, Ferreira Elisa, Gebhardt, Gierek, Gill, Gomes, Grabowska, Hänsch, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Ilves, Jørgensen, Kreissl-Dörfler, Leichtfried, McAvan, McCarthy, Madeira, Martin David, Mastenbroek, Mikko, Moraes, Morgan, Muscat, Myller, Paasilinna, Patrie, Rasmussen, Savary, Scheele, Segelström, Stihler, Thomsen, Titley, Van Lancker, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn

Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 339

ALDE: Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Cavada, Chiesa, Cocilovo, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Fourtou, Gentvilas, Gibault, in 't Veld, Karim, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Pannella, Prodi, Sbarbati, Szent-Iványi, Virrankoski

GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro, Papadimoulis, Toussas

IND/DEM: Borghezio, Coûteaux, Louis, Salvini, Sinnott, Speroni, de Villiers

NI: Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Berend, Böge, Breje, Březina, Brok, Buzek, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coveney, Daul, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Hudacký, Itälä, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, Berger, Bono, Bourzai, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Cottigny De Keyser, De Rossa, Désir, Díez González, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Fava, Fazakas, Ferreira Anne, Fruteau, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gröner, Guy-Quint, Hamon, Hazan, Hutchinson, Kindermann, Krehl, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leinen, Liberadzki, Lienemann, Maňka, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Moscovici, Napoletano, Navarro, Pahor, Panzeri, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Schapira, Schulz, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Aylward, Berlato, Didžiokas, Fotyga, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 32

ALDE: Chatzimarkakis, Geremek, Hall, Harkin, Kułakowski, Manders, Väyrynen

GUE/NGL: Agnoletto, Catania, Flasarová, Henin, Kohlíček, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Remek, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Železný

NI: Rivera

PPE-DE: Demetriou

PSE: Dobolyi, Ford, Grech, Vaugrenard, Vergnaud

UEN: Camre

Correcciones de voto

En contra: Gilles Savary

6.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor. 270

ALDE: Birutis, Bonino, Budreikaitė, Cavada, Chiesa, Cocilovo, De Sarnez, Di Pietro, Mulder, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Pannella, Prodi, Sbarbati, Staniszewska, Szent-Iványi, Virrankoski

GUE/NGL: Brie, de Brún, Figueiredo, Guerreiro, Guidoni, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Pflüger, Seppänen, Svensson, Toussas, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Borghezio, Louis, Salvini, Speroni, de Villiers

NI: Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel

PPE-DE: Albertini, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Brok, Buzek, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Descamps, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Duka-Zólyomi, Ebner, Fatuzzo, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, de Grandes Pascual, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hudacký, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Kaczmarek, Kasoulides, Klamt, Klaß, Koch, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kuźmiuk, Langen, Lechner, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolásik, Millán Mon, Montoro Romero, Novak, Olajos, Olbrycht, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Pomés Ruiz, Posselt, Queiró, Roithová, Rudi Ubeda, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Schierhuber, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Siekierski, Sommer, Sonik, Sturdy, Sudre, Szájer, Tajani, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, Berger, Bono, Bourzai, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Cottigny, De Keyser, De Rossa, De Vits, Díez González, Dobolyi, Dührkop Dührkop, Estrela, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Grabowska, Guy-Quint, Hamon, Hazan, Hutchinson, Jørgensen, Kindermann, Krehl, Kreissl-Dörfler, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Lienemann, Maňka, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Moscovici, Napoletano, Navarro, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rouček, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Savary, Schapira, Schulz, Stockmann, Tabajdi, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vincenzi, Weber Henri, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Aylward, Berlato, Fotyga, Kamiński, Krasts, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

En contra: 253

ALDE: Bourlanges, Bowles, Busk, Davies, Deprez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Matsakis, Morillon, Oviir, Resetarits, Ries, Samuelsen, Schuth, Starkevičiūtė, Sterckx, Van Hecke

GUE/NGL: Meijer, Sjöstedt

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Chruszcz, Clark, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Železný

NI: Belohorská, Claeys, Dillen, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Andrikienė, Ashworth, Atkins, Bauer, Beazley, Bradbourn, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Busuttil, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Deva, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Eurlings, Fajmon, Fjellner, Gomolka, Gräßle, Grosch, Grossetête, Hannan, Harbour, Hieronymi, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Jarzembowski, Jordan Cizelj, Kamall, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Konrad, Korhola, Kušķis, Lauk, Liese, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mitchell, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Parish, Pieper, Pīks, Poettering, Protasiewicz, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Seeberg, Škottová, Spautz, Šťastný, Stevenson, Surján, Tannock, Thyssen, Toubon, Vlasák, Wieland, Wortmann-Kool, Zahradil, Zieleniec, Zvěřina

PSE: Andersson, van den Berg, Berlinguer, Berman, Bösch, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Douay, El Khadraoui, Ettl, Evans Robert, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Gröner, Hänsch, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Ilves, Kuc, Kuhne, Leichtfried, Leinen, McAvan, McCarthy, Martin David, Mastenbroek, Mikko, Moraes, Morgan, Muscat, Myller, Paasilinna, Prets, Rothe, Roure, Scheele, Segelström, Stihler, Swoboda, Szejna, Tarabella, Tarand, Titley, Van Lancker, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn

UEN: Didžiokas, Kristovskis

Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 48

ALDE: Attwooll, Chatzimarkakis, Geremek, Hall, in 't Veld, Kułakowski, Manders, Väyrynen

GUE/NGL: Agnoletto, Catania, Flasarová, Henin, Maštálka, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Remek, Strož, Triantaphyllides

IND/DEM: Coûteaux, Zapałowski

NI: Rivera

PPE-DE: Brejc, Demetriou, Deß, Ferber, Gahler, Higgins, Landsbergis, Rack, Radwan, Reul, Schmitt, Schwab, Seeber, Stenzel

PSE: Assis, Falbr, Ford, Grech, Liberadzki, Rosati, dos Santos, Vaugrenard, Vergnaud, Walter

UEN: Camre

Correcciones de voto

A favor: Paul Rübig

En contra: John Bowis, Anders Wijkman, Camiel Eurlings, Eva-Britt Svensson

Abstención: Othmar Karas

7.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 459

ALDE: Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Catania, Kaufmann, Morgantini

IND/DEM: Wojciechowski Bernard

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Breje, Brepoels, Březina, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Langen, Langendries, Lauk, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebier, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Bösch, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Krehl, Kreissl-Dörfler, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Schulz, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Whitehead, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Camre, Didžiokas, Krasts, Kristovskis, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Staes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 100

ALDE: Duff

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Clark, Coûteaux, Louis, Nattrass, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Dover, Duchoň, Elles, Fajmon, Fjellner, Hannan, Harbour, Hökmark, Ibrisagic, Kamall, Kirkhope, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Seeberg, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, Hedkvist Petersen, Kuc, Segelström, Westlund

UEN: Fotyga, Janowski, Kamiński, Libicki, Roszkowski, Szymański

Verts/ALE: Lucas, Schlyter, Smith

Abstención: 15

GUE/NGL: Papadimoulis

IND/DEM: Borghezio, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak, Zapałowski

PPE-DE: Landsbergis, Podkański

PSE: Castex

Correcciones de voto

Abstención: Alyn Smith

8.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 116

ALDE: Bonino, Cocilovo, Di Pietro, Van Hecke

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak, de Villiers, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Audy, Brepoels, Březina, Cederschiöld, Chichester, Coelho, Daul, Descamps, Freitas, Gaubert, Gauzès, Hökmark, Mathieu, Podkański, Queiró, Saïfi, Samaras, Škottová, Stevenson, Sudre, Toubon, Vlasto, Záborská, Zahradil

PSE: Assis, Attard-Montalto, Capoulas Santos, Casaca, Correia, Estrela, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Gomes, Hazan, Lienemann, Madeira, dos Santos, Savary, Tabajdi, Tzampazi, Van Lancker

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Didžiokas, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Tatarella, Zīle

Verts/ALE: Kusstatscher

En contra: 459

ALDE: Attwooll, Birutis, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Davies, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Virrankoski

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Clark, Goudin, Lundgren, Nattrass, Sinnott, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Belohorská, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Helmer, Kilroy-Silk, Martin Hans-Peter, Masiel, Mote

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coveney, Demetriou, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Langen, Langendries, Lauk, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sturdy, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Calabuig Rull, Carlotti, Carnero González, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Roszkowski, Ryan, Szymański, Vaidere

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bermahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 7

ALDE: Klinz, Krahmer

IND/DEM: Železný

NI: Bobošíková, Rivera

PPE-DE: Landsbergis

PSE: Castex

Correcciones de voto

A favor: Brigitte Douay, Antonio López-Istúriz White

En contra: Struan Stevenson, Gilles Savary

9.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor. 472

ALDE: Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Brie, de Brún, Figueiredo, Guerreiro, Henin, Kohlíček, McDonald, Markov, Meijer, Morgantini, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Martinez, Masiel, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebier, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

Verts/ALE: Frassoni, Graefe zu Baringdorf, Jonckheer, Staes, Voggenhuber

En contra: 43

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Clark, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Nattrass, Salvini, Speroni, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Kilroy-Silk, Lang, Mote

PPE-DE: Berend, Stevenson

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Iibicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 70

GUE/NGL: Agnoletto, Catania, Flasarová, Guidoni, Maštálka, Meyer Pleite, Musacchio, Rizzo

NI: Belohorská, Helmer, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Ehler, Elles, Fajmon, Hannan, Harbour, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Škottová, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

PSE: Kuhne

UEN: Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Ždanoka

Correcciones de voto

Abstención: Struan Stevenson

10.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 69

ALDE: Ortuondo Larrea

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Beider, Blokland, Borghezio, Coûteaux, Louis, Salvini, Speroni, de Villiers, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martínez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Landsbergis, Ventre

PSE: Capoulas Santos, Correia, Ferreira Elisa, Kreissl-Dörfler

Verts/ALE: Auken, Bennahmias, Breyer, Cramer, Evans Jillian, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hudghton, Joan i Marí, Smith, Ždanoka

En contra: 488

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Ivanyi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

IND/DEM: Batten, Bonde, Clark, Goudin, Lundgren, Nattrass, Sinnott, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Helmer, Kilroy-Silk, Mote, Rivera

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Škottová, Sommer, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sturdy, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Beer, Buitenweg, Flautre, Frassoni, Hassi, Horáček, Isler Béguin, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Staes, Turmes, Voggenhuber

Abstención: 20

ALDE: Harkin, Samuelsen

GUE/NGL: Kaufmann, Remek, Sjöstedt

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Belohorská

PPE-DE: Varvitsiotis

PSE: Swoboda

UEN: Camre, Fotyga

Correcciones de voto

A favor: Anders Wijkman

11.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 418

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Lynne, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūte, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

NI: Belohorská, Czarnecki Marek Aleksander, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, Chmielewski, Coelho, Coveney, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Ferber, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Sommer, Sonik, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, van den Berg, Berger, Berlinguer, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cercas, Christensen, Corbett, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Jöns, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rouček, Roure, Sacconi, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weiler, Westlund, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Poli Bortone, Roszkowski, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Smith, Staes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 72

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Maríne, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Garriga Polledo, Gaubert

PSE: Kuc

UEN: Camre, Szymański

Abstención: 27

NI: Bobošíková, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Fajmon, Hannan, Harbour, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zvěřina

UEN: Fotyga

Verts/ALE: Schlyter

Correcciones de voto

A favor: Charlotte Cederschióld

12.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 493

ALDE: Alvaro, Attwooll, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Brezina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Sommer, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Didžiokas, Kristovskis, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Onesta, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 90

ALDE: Birutis, Chiesa

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Rotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Maríe, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martínez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Fajmon, Hannan, Harbour, Hybášková, Jałowiecki, Kamall, Kelam, Kirkhope, McMillán-Scott, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Seeberg, Stevenson, Sturdy, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

PSE: Berlinguer

UEN: Bielan, Camre, Crowley, Fotyga, Janowski, Kamiňski, Krasts, Libicki, Roszkowski, Szymański

Verts/ALE: Schlyter

Abstención: 10

GUE/NGL: de Brún, McDonald

NI: Rivera

PPE-DE: Elles, Landsbergis, Podkański, Škottová, Sonik, Ventre

Verts/ALE: Lucas

13.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 488

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Brie, Catania, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Remek, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Uca, Wurtz, Zimmer

NI: Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Sommer, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Siwiec, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 95

GUE/NGL: de Brún, Figueiredo, Guerreiro, McDonald, Pflüger, Toussas, Triantaphyllides

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Helmer, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Maríe, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martínez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Fajmon, Hannan, Harbour, Jałowiecki, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Stevenson, Sturdy, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, Berlinguer, Hedkvist Petersen, Segelström, Westlund

UEN: Bielan, Camre, Fotyga, Janowski, Kamiňski, Krasts, Kristovskis, Roszkowski, Szymański

Verts/ALE: Schlyter

Abstención: 9

ALDE: Väyrynen

GUE/NGL: Agnoletto, Wagenknecht

NI: Belohorská

PPE-DE: Elles, Landsbergis, Queiró, Škottová, Sonik

14.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 528

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Retro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Brie, Catania, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Borghezio, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Itälä, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Goebbels, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Schulz, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 49

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Clark, Coûteaux, Goudin, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Helmer, Kilroy-Silk, Martin Hans-Peter, Mote

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Cederschiöld, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Fajmon, Hannan, Harbour, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Škottová, Stevenson, Sturdy, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

PSE: Gill, Scheele

UEN: Camre

Abstención: 12

GUE/NGL: Agnoletto, de Brún, McDonald

IND/DEM: Louis, de Villiers, Železný

PPE-DE: Březina, Callanan, Wijkman

PSE: Gierek

UEN: Fotyga

Verts/ALE: Schlyter

15.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 366

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Retro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Kohlíček, Morgantini, Strož

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Goudin, Lundgren, Sinnott, Železný

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Helmer, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Gill, Napoletano, Van Lancker, Wiersma

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 217

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Clark, Coûteaux, Krupa, Louis, Nattrass, Speroni, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Barsi-Pataky, Seeberg

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Camre, Zīle

Abstención: 11

IND/DEM: Borghezio, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

16.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 240

ALDE: Harkin, Staniszewska

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Železný

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Kuhne

UEN: Camre

En contra: 347

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Borghezio, Clark, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Nattrass, Salvini, Speroni, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 4

IND/DEM: Bonde, Zapałowski

NI: Martínez, Rivera

17.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 323

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Chatzimarkakis, Chiesa, Davies, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

IND/DEM: Belder, Blokland, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Brejc, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Skottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

En contra: 256

ALDE: Cocilovo, Di Retro

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Borghezio, Clark, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Nattrass, Salvini, Speroni, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: De Veyrac

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

Verts/ALE: Aubert, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 6

ALDE: Cavada, Harkin

IND/DEM: Bonde

NI: Martínez, Rivera

PPE-DE: Brepoels

18.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 519

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Sinnott

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi

PPE-DE: Andrikienė, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Bradbourn, Brejc, Brepoels, Březina, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Ebner, Elles, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Skottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moraes, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Fotyga, Janowski, Kristovskis, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Voggenhuber

En contra: 20

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Clark, Goudin, Lundgren, Nattrass, Speroni, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

NI: Claeys, Kilroy-Silk, Mote, Vanhecke

PPE-DE: Ehler

PSE: Siwiec

UEN: Camre

Verts/ALE: Turmes

Abstención: 16

GUE/NGL: Rizzo

IND/DEM: Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Tomczak, de Villiers, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

PSE: Liberadzki

19.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor. 461

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Retro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

IND/DEM: Beider, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebier, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Seeber, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani, Zingaretti

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

En contra: 98

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Clark, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Nattrass, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Seeberg

PSE: Attard-Montalto, Moraes, Rasmussen, Wynn

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 30

ALDE: Maaten

IND/DEM: Železný

NI: Martin Hans-Peter

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bradbourn, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Dover, Duchoň, Elles, Fajmon, Hannan, Harbour, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Parish, Purvis, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

UEN: Camre

20.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 254

ALDE: Alvaro, Attwooll, Bowles, Busk, Chatzimarkakis, Cocilovo, Davies, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Gentvilas, Geremek, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Krahmer, Kułakowski, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Prodi, Resetarits, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, Flasarová, Guidoni, Kaufmann, Kohlíček, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

NI: Belohorská

PPE-DE: Berend, Doyle, Fjellner, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Siekierski, Spautz, Wijkman

PSE: Andersson, Arif, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Le Foll, Leinen, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Schapira, Schulz, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

Verts/ALE: Aubert, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 317

ALDE: Birutis, Bonino, Bourlanges, Budreikaitė, Cavada, Chiesa, Deprez, De Sarnez, Duquesne, Fourtou, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Koch-Mehrin, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Matsakis, Morillon, Onyszkiewicz, Pannella, Ries, Staniszewska, Starkevičiūtė, Takkula, Van Hecke

GUE/NGL: de Brún, Figueiredo, Guerreiro, McDonald

IND/DEM: Batten, Beider, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Beazley, Becsey, Böge, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Škottová, Sommer, Sonik, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Lambrinidis, Matsouka, Sakalas, Tzampazi, Xenogiannakopoulou

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 18

ALDE: Klinz, Manders

GUE/NGL: Henin, Toussas, Triantaphyllides

NI: Bobošíková, Rivera

PPE-DE: Bauer, Landsbergis, Podestà, Podkański

PSE: Dobolyi, Laignel, Leichtfried, Lienemann, Savary, Scheele

Verts/ALE: Kusstatscher

Correcciones de voto

A favor: Charlotte Cederschióld

21.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor. 264

ALDE: Birutis, Cavada, Cocilovo, Deprez, De Sarnez, Duquesne, Fourtou, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hennis-Plasschaert, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Matsakis, Morillon, Mulder, Onyszkiewicz, Ries, Staniszewska, Starkevičiūtė, Takkula

GUE/NGL: de Brún, Figueiredo, Guerreiro, McDonald, Papadimoulis, Toussas, Triantaphyllides

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Salvini, Sinnott, Speroni, Wohlin

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Martin Hans-Peter, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Ayuso González, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Berend, Böge, Bowis, Brejc, Brepoels, Brok, Bushill-Matthews, Buzek, Callanan, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Deß, Deva, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Weber Manfred, Wieland, Wojciechowski Janusz, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Lambrinidis, Matsouka, Prets, Tzampazi, Xenogiannakopoulou

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Voggenhuber

En contra: 295

ALDE: Alvaro, Attwooll, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Chiesa, Davies, Drčar Murko, Duff, Gentvilas, Geremek, Hall, Harkin, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, Flasarová, Guidoni, Kaufmann, Kohlíček, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Batten, Chruszcz, Clark, Giertych, Grabowski, Krupa, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Whittaker, Wise, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martínez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Bachelot-Narquin, Becsey, Busuttil, Casa, Cederschiöld, De Veyrac, Doyle, Fjellner, Gaubert, Hökmark, Ibrisagic, Kauppi, Seeberg, Weisgerber, Wijkman, Wuermeling

PSE: Andersson, Arif, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Le Foll, Leinen, Liberadzki, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Ždanoka

Abstención: 30

ALDE: Manders

GUE/NGL: Henin, Wurtz

IND/DEM: Bonde, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, de Villiers

NI: Rivera

PPE-DE: Audy, Březina, Descamps, Gauzès, Grossetête, Mathieu, Queiró, Saïfi, Schierhuber, Sudre, Toubon, Vlasto, Záborská

PSE: Dobolyi, Laignel, Leichtfried, Lienemann, Savary

UEN: Didžiokas

Verts/ALE: Bennahmias

22.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 246

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Salvini, Sinnott, Speroni

NI: Belohorská, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rivera

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Seeber, Seeberg, Siekierski, Sommer, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Lambrinidis, Matsouka, Scheele, Tzampazi, Vincenzi, Xenogiannakopoulou

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

En contra: 329

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

IND/DEM: Batten, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Bobošíková, Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bachelot-Narquin, Beazley, Bowis, Bushill-Matthews, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Fajmon, Fjellner, Garriga Polledo, Hannan, Harbour, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Jałowiecki, Kamall, Kelam, Kirkhope, McMillan-Scott, Nassauer, Ouzký, Parish, Pieper, Purvis, Queiró, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Wijkman, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Schulz, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 13

IND/DEM: Bonde, Rogalski

NI: Martin Hans-Peter, Rutowicz

PPE-DE: Březina, Nicholson, Schwab, Sonik, Varvitsiotis

PSE: Castex, Estrela

UEN: Camre

Verts/ALE: Kallenbach

Correcciones de voto

A favor: Paul Marie Coûteaux, Patrick Louis, Philippe de Villiers, Salvador Garriga Polledo

En contra: Pedro Guerreiro, Ilda Figueiredo

23.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 285

ALDE: Oviir

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Louis, Salvini, Sinnott, Speroni

NI: Belohorská, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Martin Hans-Peter, Masiel

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary Castiglione, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Ferber, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Klamt, Klaß, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Seeber, Seeberg, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arnaoutakis, Batzeli, Beglitis, Estrela, Lambrinidis, Matsouka, Scheele, Tzampazi, Vincenzi, Xenogiannakopoulou

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Kusstatscher, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 283

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Lynne, Maaten, Malmström, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Kaufmann

IND/DEM: Batten, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Bobošíková, Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martínez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bachelot-Narquin, Bowis, Bushill-Matthews, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Fajmon, Fatuzzo, Fjellner, Garriga Polledo, Hannan, Harbour, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Jałowiecki, Kamall, Kelam, Kirkhope, Koch, McMillan-Scott, Ouzký, Parish, Pieper, Purvis, Queiró, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Wijkman, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Ettl, Evans Robert, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Schulz, Segelström, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Thomsen, Titley, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vergnaud, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo García, Zani

Abstención: 13

ALDE: Harkin, Manders

IND/DEM: Bonde

NI: Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Březina, Nicholson, Schwab, Varvitsiotis

PSE: Castex, Gierek, Siwiec

UEN: Camre

Correcciones de voto

A favor: Paul Marie Coûteaux, Patrick Louis, Philippe de Villiers, Salvador Garriga Polledo

En contra: Pedro Guerreiro, Ilda Figueiredo

24.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor. 331

ALDE: Bonino, Bourlanges, Cavada, Deprez, De Sarnez, Duquesne, Fourtou, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Morillon, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Prodi, Ries, Sbarbati, Szent-Iványi, Takkula, Van Hecke

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, Flasarová, Guidoni, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Sjöstedt, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary Castiglione, del Castillo Vera, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafřanca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Dobolyi, Fava, Geringer de Oedenberg, Gierek, Grabowska, Ilves, Leinen, Mikko, Rouček, dos Santos, Tarand, Van Lancker

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 247

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bowles, Budreikaitė, Busk, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Gentvilas, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mulder, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Resetarits, Samuelsen, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Väyrynen, Virrankoski

GUE/NGL: Guerreiro, Henin, Kohlíček, McDonald, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Natteass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Cederschiöld

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Gill, Goebbels, Gomes, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

Abstención: 6

GUE/NGL: Kaufmann

NI: Martin Hans-Peter, Rivera, Rutowicz

UEN: Camre

Verts/ALE: Schlyter

Correcciones de voto

En contra: Christofer Fjellner

25.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 243

ALDE: Chiesa, Maaten, Ortuondo Larrea, Staniszewska, Starkevičiūtė, Takkula

GUE/NGL: Kaufmann

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimiteakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebier, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Rskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski Janusz, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Ayala Sender, Badia I Cutchet, Berger, Bullmann, Carnero González, Gomes, Leinen, Martínez Martínez, Siwiec, Valenciano Martínez-Orozco, Whitehead

UEN: Bielan, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Libicki, Roszkowski, Szymański

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Smith, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 333

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Rotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Mölzer, Mote, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bushill-Matthews, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Fajmon, Fjellner, Hannan, Harbour, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Queiró, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Wijkman, Wuermeling, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Goebbels, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Crowley, Krasts, Kristovskis, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Schlyter, Staes

Abstención: 7

NI: Rivera

PPE-DE: Podkański, Záborská

PSE: Evans Robert, Gill

UEN: Camre

Verts/ALE: Lucas

26.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 240

ALDE: Chiesa, Maaten, Ortuondo Larrea, Oviir, Takkula

GUE/NGL: Kaufmann

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Garriga Polledo, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jarzembowski, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebier, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Rskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Carnero González, Gomes, Leinen, Siwiec

UEN: Bielan, Camre, Fotyga, Janowski, Kamiński, Libicki, Roszkowski, Szymański

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 333

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Chatzimarkakis, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pieteo, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Pannella, Prodi, Resetarits, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Natteass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bushill-Matthews, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Fajmon, Fjellner, Hannan, Harbour, Hökmark, Hudacký, Hybásková, Ibrisagic, Kamall, Kirkhope, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Queiró, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Wijkman, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, Arif, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Barón Crespo, Batzeli, Berès, van den Berg, Berger, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Esteela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Goebbels, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Le Foll, Leichtfried, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Yañez-Barnuevo Garda, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Krasts, Kristovskis, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Schlyter

Abstención: 10

ALDE: Cavada, Ries

NI: Rivera

PPE-DE: Podkański

PSE: Arnaoutakis, Beglitis, Gill, Lambrinidis, Matsouka, Tzampazi

27.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 125

ALDE: Alvaro, Chatzimarkakis, Klinz, Krahmer, Lambsdorff, Sbarbati, Schuth

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Belohorská, Bobošíková, Martin Hans-Peter

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bushill-Matthews, Busuttil, Callanan, Casa, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Fajmon, Fatuzzo, Hannan, Harbour, Kamall, Kirkhope, Kudrycka, Landsbergis, McMillan-Scott, Nicholson, Ouzký, Parish, Podkański, Purvis, Seeberg, Siekierski, Škottová, Stevenson, Tajani, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

PSE: Berman

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hammerstein Mintz, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 448

ALDE: Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chiesa, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Retro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Koch-Mehrin, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: de Brún, McDonald

IND/DEM: Batten, Bonde, Clark, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Nattrass, de Villiers, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

NI: Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Buzek, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Herrero-Tejedor, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kušķis, Kuźmiuk, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Posselt, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Thyssen, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Stihler, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Camre, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 10

ALDE: Lynne

GUE/NGL: Markov

NI: Claeys, Dillen, Kilroy-Silk, Mote, Rivera, Rutowicz, Vanhecke

PPE-DE: Protasiewicz

Correcciones de voto

A favor: Pedro Guerreiro

28.   Proyecto de presupuesto general 2006

A favor: 86

ALDE: Chiesa, De Sarnez, Lehideux, Takkula, Van Hecke

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Sjöstedt, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Speroni, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Belohorská, Czarnecki Ryszard, Rutowicz

PPE-DE: Bowis, Coelho, Freitas, Hybášková, Landsbergis, Podkański, Varela Suanzes-Carpegna

PSE: Assis, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Cercas, Correia, De Keyser, Estrela, Evans Robert, Fernandes, Ferreira Elisa, Gill, Gomes, Gröner, Leinen, Madeira, Martínez Martínez, Morgan, Pinior, dos Santos, Scheele, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Whitehead

Verts/ALE: Isler Béguin, Joan i Marí, Romeva i Rueda, Staes

En contra: 489

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Davies, Deprez, Di Retro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Väyrynen, Virrankoski

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Clark, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Nattrass, Sinnott, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mölzer, Mote, Rivera, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, McMillan-Scott, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Skottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Carnero González, Castex, Christensen, Corbett, Corbey, Cottigny, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Ettl, Falbr, Fava, Fazakas, Ferreira Anne, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Goebbels, Grabowska, Grech, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Maňka, Martin David, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, Savary, Schapira, Schulz, Segelström, Siwiec, Stockmann, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Vaugrenard, Vergnaud, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Schlyter, Schmidt, Smith, Turmes, Ždanoka

Abstención: 8

IND/DEM: Borghezio, Krupa, Železný

PPE-DE: Callanan, Nicholson

PSE: Zani

UEN: Camre

Verts/ALE: Voggenhuber

Correcciones de voto

A favor: Kader Arif

29.   Informe Pittella A6-0309/2005

A favor: 493

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 72

ALDE: Malmström, Matsakis

GUE/NGL: Toussas

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martínez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bushill-Matthews, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Elles, Fajmon, Fjellner, Hannan, Harbour, Ibrisagic, Kamall, Kirkhope, Nicholson, Parish, Purvis, Seeberg, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

Verts/ALE: Schlyter

Abstención: 7

ALDE: Resetarits

IND/DEM: Louis

NI: Kilroy-Silk, Mote, Rivera

UEN: Camre

Verts/ALE: Breyer

Correcciones de voto

A favor: Simon Coveney

En contra: Gunnar Hökmark

30.   Informe Pittelk A6-0309/2005

A favor: 122

ALDE: Alvaro, Attwooll, Bowles, Chatzimarkakis, Davies, Drčar Murko, Duff, Guardans Cambó, in 't Veld, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Ludford, Lynne, Malmström, Manders, Matsakis, Resetarits, Sbarbati

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, Kaufmann, Markov, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Pflüger, Remek, Seppänen, Svensson, Uca, Wagenknecht, Zimmer

IND/DEM: Bonde, Chruszcz, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

PPE-DE: Grosch, Mayor Oreja, Podestà, Seeberg, Wijkman

PSE: Andersson, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bozkurt, Corbett, Douay, Ettl, Evans Robert, Falbr, Ford, Gill, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Leichtfried, McAvan, McCarthy, Martin David, Mastenbroek, Morgan, Myller, Paasilinna, Pahor, Scheele, Segelström, Swoboda, Titley, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn

Verts/ALE: Aubert, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 408

ALDE: Birutis, Bonino, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chiesa, Cocilovo, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Harkin, Hennis-Plasschaert, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Ries, Samuelsen, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro, Henin, Papadimoulis, Rizzo, Toussas, Triantaphyllides, Wurtz

IND/DEM: Batten, Clark, Coûteaux, Louis, Nattrass, Salvini, Whittaker, Wise, Železný

NI: Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berlinguer, Bono, Bourzai, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leinen, Liberadzki, Lienemann, Madeira, Maňka, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Napoletano, Navarro, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Siwiec, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Auken

Abstención: 43

ALDE: Hall

GUE/NGL: de Brún, Flasarová, Guidoni, Kohlíček, McDonald, Maštálka, Strož

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Sinnott, Speroni

NI: Belohorská, Kilroy-Silk, Martin Hans-Peter, Mote, Rivera

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Dover, Duchoň, Fajmon, Hannan, Harbour, Kamall, Kirkhope, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

UEN: Camre

Correcciones de voto

En contra : Simon Coveney

31.   Informe Pittella A6-0309/2005

A favor: 112

ALDE: in 't Veld, Koch-Mehrin, Malmström, Matsakis, Resetarits

GUE/NGL: Brie, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Seppänen, Strož, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Cederschiöld, Fajmon, Fjellner, Ibrisagic, Wijkman

PSE: Andersson, Christensen, Hedkvist Petersen, Jørgensen, Rasmussen, Segelström, Thomsen, Westlund

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 413

ALDE: Alvaro, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Manders, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Morgantini, Toussas

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Mölzer

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Herranz García, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 40

ALDE: Attwooll, Davies, Hall

GUE/NGL: Agnoletto, Catania, Guidoni, Musacchio, Rizzo, Svensson

IND/DEM: Coûteaux

NI: Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Hannan, Harbour, Hybášková, Kamall, Kirkhope, Nicholson, Ouzký, Parish, Podkański, Purvis, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

UEN: Camre

Correcciones de voto

A favor: Gunnar Hökmark

En contra: Willem Schuth

32.   Informe Pittelk A6-0309/2005

A favor: 117

ALDE: Alvaro, Chatzimarkakis, Davies, in 't Veld, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Malmström, Matsakis, Resetarits, Samuelsen, Schuth, Van Hecke

GUE/NGL: Brie, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Henin, Kaufmann, Kohlíček, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Papadimoulis, Pflüger, Rizzo, Seppänen, Strož, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Speroni, Tomczak, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Czarnecki Ryszard, Kilroy-Silk, Martin Hans-Peter, Martinez, Masiel, Mote, Rivera, Romagnoli

PPE-DE: Cederschiöld, Fjellner, Ibrisagic, Seeberg, Ventre, Wijkman

PSE: Andersson, van den Berg, Berman, Bozkurt, Christensen, Hedkvist Petersen, Jørgensen, Mastenbroek, Rasmussen, Segelström, Thomsen, Westlund, Wiersma

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 404

ALDE: Birutis, Bowles, Budreikaitė, Cavada, Chiesa, Cocilovo, De Sarnez, Di Pietro, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Harkin, Hennis-Plasschaert, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Virrankoski

GUE/NGL: Toussas

NI: Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Mölzer, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, del Castillo Vera, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Herranz García, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatioukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berger, Berlinguer, Bösch, Bono, Bourzai, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Whitehead, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 42

ALDE: Attwooll, Hall, Manders

GUE/NGL: Agnoletto, Catania, de Brún, McDonald, Musacchio, Remek, Svensson

IND/DEM: Coûteaux, Louis, Salvini

NI: Rutowicz

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Fajmon, Hannan, Harbour, Hybášková, Kamall, Kirkhope, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

UEN: Camre

Correcciones de voto

A favor: Gunnar Hökmark

33.   Informe Pittelk A6-0309/2005

A favor: 121

ALDE: Alvaro, Attwooll, Bowles, Davies, in 't Veld, Ludford, Lynne, Malmström, Matsakis, Resetarits, Samuelsen, Szent-Iványi, Väyrynen, Van Hecke

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Seppänen, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Clark, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Czarnecki Ryszard, Kilroy-Silk, Martin Hans-Peter, Masiel

PPE-DE: Cederschiöld, Fjellner, Ibrisagic, Nicholson, Seeberg, Tajani, Ventre, Wijkman

PSE: Andersson, Corbett, Evans Robert, Hedkvist Petersen, Hughes, McCarthy, Madeira, Martin David, Morgan, Segelström, Titley, Weiler, Westlund, Wynn

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 383

ALDE: Birutis, Bonino, Bourlanges, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chiesa, Cocilovo, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Gibault, Griesbeck, Harkin, Hennis-Plasschaert, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Maaten, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Ries, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Takkula, Virrankoski

GUE/NGL: Toussas

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Herranz García, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mato Adrover, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Millán Mon, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rudi Ubeda, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Honeyball, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, Maňka, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Scheele, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Flautre

Abstención: 53

ALDE: Chatzimarkakis, Hall, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Manders

GUE/NGL: de Brún, Kohlíček, Strož

IND/DEM: Coûteaux, Louis

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martínez, Mölzer, Mote, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Fajmon, Hannan, Harbour, Hybášková, Kamall, Kirkhope, Parish, Purvis, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

UEN: Camre

Correcciones de voto

A favor: Glyn Ford, Linda McAvan, Claude Turmes, Richard Howitt, Gunnar Hökmark, Willem Schuth

34.   Informe Pittella A6-0309/2005

A favor: 525

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Gibault, Griesbeck, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Coûteaux, Louis, Salvini, Sinnott, Speroni

NI: Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Brejc, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, Maňka, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 24

IND/DEM: Batten, Bonde, Clark, Goudin, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Martin Hans-Peter

PPE-DE: Hieronymi, Pack, Weisgerber

PSE: Corbett, Evans Robert, Ford, Honeyball, Howitt, Hughes, McCarthy, Martin David, Morgan, Whitehead, Wynn

Abstención: 18

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Kilroy-Silk, Mote, Rivera

PPE-DE: Duchoň, Kauppi

PSE: Madeira

UEN: Camre

Correcciones de voto

En contra: Neena Gill, Linda McAvan, Gary Titley

35.   Informe Pittelk A6-0309/2005

A favor: 533

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Retro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Martin Hans-Peter, Masiel, Mote, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary Castiglione, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolásik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Skottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 34

GUE/NGL: Toussas

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Clark, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Nattrass, Sinnott, Speroni, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PSE: Andersson, Hedkvist Petersen, Segelström, Westlund

UEN: Libicki

Abstención: 5

IND/DEM: Borghezio, Salvini

NI: Kilroy-Silk

UEN: Camre

Verts/ALE: Schlyter

36.   Informe Pittelk A6-0309/2005

A favor: 113

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Clark, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bushill-Matthews, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Fajmon, Fjellner, Hannan, Harbour, Hökmark, Hybášková, Ibrisagic, Kamall, Kirkhope, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Seeberg, Škottová, Sommer, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

PSE: Siwiec

UEN: Bielan, Fotyga, Janowski, Kamiński, Libicki, Roszkowski, Szymański

Verts/ALE: Lucas, Schlyter, Schmidt, Staes

En contra: 448

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Retro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Kaufmann

NI: Belohorská, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Carnero González, Casaca, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Crowley, Didžiokas, Krasts, Kristovskis, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Onesta, Romeva i Rueda, Smith, Turmes, Voggenhuber

Abstención: 11

ALDE: Geremek, Resetarits

GUE/NGL: Flasarová

IND/DEM: Coûteaux

NI: Bobošíková, Rivera

PPE-DE: Podkański, Ventre

PSE: Castex

UEN: Camre

Verts/ALE: Ždanoka

37.   Informe Pittelk A6-0309/2005

A favor: 533

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Retro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Martin Hans-Peter, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Skottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Assis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Masip Hidalgo, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Valenciano Martínez-Orozco, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 29

GUE/NGL: Toussas

IND/DEM: Batten, Bonde, Clark, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ayuso González, Itälä

PSE: Andersson, Attard-Montalto, Hedkvist Petersen, Segelström, Westlund

Abstención: 10

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Salvini, Sinnott, Speroni, Železný

NI: Kilroy-Silk, Mote

UEN: Camre

38.   Informe Pittelk A6-0309/2005

A favor: 525

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Meyer Pleite, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Martin Hans-Peter, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rübig, Saïfi, Salafřanca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Skottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 30

GUE/NGL: Toussas

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Clark, Coûteaux, Goudin, Louis, Lundgren, Nattrass, Salvini, Speroni, Whittaker, Wise, Wohlin, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

Abstención: 13

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Kilroy-Silk, Mote

UEN: Camre

39.   Informe Pittella A6-0309/2005

A favor: 532

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary, Castiglione, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 22

IND/DEM: Bonde, Coûteaux, Goudin, Lundgren, Salvini, Speroni, Wohlin

NI: Claeys, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi

PPE-DE: Cederschiöld, Fjellner, Hökmark, Ibrisagic, Seeberg

Abstención: 14

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Borghezio, Clark, Louis, Nattrass, Sinnott, Whittaker, Wise, Železný

NI: Kilroy-Silk, Mote

UEN: Camre

40.   Informe Pittelk A6-0309/2005

A favor: 285

ALDE: Chiesa, Deprez, Geremek, Harkin, Kułakowski, Morillon, Onyszkiewicz, Ries, Staniszewska

GUE/NGL: Toussas

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Belohorská, Bobošíková, Claeys, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martinez, Masiel, Mölzer, Rivera, Romagnoli, Rutowicz, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Geringer de Oedenberg, Gierek, Jöns, Jørgensen

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

En contra: 267

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Davies, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Goudin, Lundgren, Wohlin

NI: Martin Hans-Peter

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

Abstención: 16

ALDE: Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer

GUE/NGL: Remek

IND/DEM: Batten, Clark, Nattrass, Whittaker, Wise

NI: Kilroy-Silk, Mote

PPE-DE: Wijkman

PSE: Attard-Montalto, Grech, Muscat

UEN: Camre

41.   Informe Pittella A6-0309/2005

A favor: 380

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Atkins, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Bushill-Matthews, Busuttil, Buzek, Callanan, Casa, Caspary Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duchoň, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Elles, Eurlings, Fajmon, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Ouzký, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Berlinguer, Yañez-Barnuevo García

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 182

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Clark, Coûteaux, Goudin, Lundgren, Nattrass, Salvini, Sinnott, Speroni, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Rübig

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wynn, Xenogiannakopoulou, Zani

Abstención: 6

GUE/NGL: Toussas

IND/DEM: Louis, Železný

NI: Kilroy-Silk, Mote

UEN: Camre

42.   Informe Pittelk A6-0309/2005

A favor: 283

ALDE: Chiesa, Maaten, Manders, Ortuondo Larrea, Samuelsen, Starkevičiūtė, Szent-Iványi, Takkula

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Borghezio, Salvini, Sinnott, Speroni

NI: Belohorská, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: van den Berg, Berman, Bozkurt, Mastenbroek

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 237

ALDE: Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Malmström, Matsakis, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Oviir, Pannella, Prodi, Ries, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Sterckx, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

IND/DEM: Batten, Bonde, Clark, Goudin, Lundgren, Nattrass, Whittaker, Wise, Wohlin

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Cederschiöld, Ehler, Elles, Fjellner, Hökmark, Ibrisagic, López-Istúriz White, Nassauer, Siekierski

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, Berger, Berlinguer, Bösch, Bono, Bourzai, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

Verts/ALE: Schlyter

Abstención: 48

ALDE: Alvaro, Resetarits

GUE/NGL: Toussas

IND/DEM: Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Grabowski, Krupa, Louis, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Bobošíková, Kilroy-Silk, Mote

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Fajmon, Hannan, Harbour, Hybášková, Kamall, Kirkhope, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasak, Zahradil, Zvěřina

PSE: Wiersma

UEN: Camre

Correcciones de voto

A favor: James Elles, Antonio López-Istúriz White

43.   Informe Pittella A6-0309/2005

Afavor: 115

ALDE: Alvaro, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Ludford, Matsakis, Samuelsen, Schuth

GUE/NGL: Henin, Meijer, Seppänen, Svensson

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Beazley, Bowis, Bushill-Matthews, Buzek, Callanan, Chichester, Dover, Duchoň, Elles, Fajmon, Hannan, Harbour, Kamall, Kirkhope, Mayor Oreja, Nicholson, Ouzký, Parish, Podkański, Purvis, Seeberg, Škottová, Stevenson, Tannock, Ulmer, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, Barón Crespo, Hedkvist Petersen, Segelström, Westlund

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Ždanoka

En contra: 431

ALDE: Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Ries, Sbarbati, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, Figueiredo, Guerreiro, Guidoni, Kohlíček, Morgantini, Musacchio, Rizzo, Strož, Triantaphyllides, Uca, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Clark, Nattrass, Whittaker, Wise

NI: Belohorská, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Casa, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Fatuzzo, Ferber, Fjellner, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Friedrich, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary Schapira, Scheele, Schulz, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 18

ALDE: Resetarits

GUE/NGL: de Brún, Flasarová, Kaufmann, McDonald, Markov, Maštálka, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Wagenknecht

NI: Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Kilroy-Silk, Mote, Rivera

PPE-DE: Hybášková

UEN: Camre

44.   Informe Pittelk A6-0309/2005

A favor: 462

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bonino, Bourlanges, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Karim, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Resetarits, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Van Hecke, Virrankoski

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Ayuso González, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Bauer, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Busuttil, Buzek, Casa, Caspary, Castiglione, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Ferber, Florenz, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, de Grandes Pascual, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Hieronymi, Higgins, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Mayor Oreja, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Seeberg, Siekierski, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Barón Crespo, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Falbr, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, McCarthy, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Myller, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rocard, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Vaugrenard, Vincenzi, Walter, Weber Henri, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Wynn, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Szymański, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Cramer, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, Graefe zu Baringdorf, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Voggenhuber, Ždanoka

En contra: 74

GUE/NGL: Figueiredo, Guerreiro, Toussas, Triantaphyllides

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Clark, Coûteaux, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Louis, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Whittaker, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Le Rachinel, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Atkins, Bowis, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Fajmon, Fatuzzo, Hannan, Harbour, Kamall, Kirkhope, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Škottová, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

PSE: Van Lancker

UEN: Camre

Verts/ALE: Schlyter

Abstención: 34

ALDE: Hennis-Plasschaert, Lynne

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Flasarová, Guidoni, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

NI: Romagnoli

PPE-DE: Cederschiöld, Fjellner, Hökmark, Ibrisagic, Podkański

45.   Informe Dombrovskis A6-0307/2005

A favor. 155

ALDE: Alvaro, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Davies, Deprez, De Sarnez, Gibault, Griesbeck, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Mulder, Resetarits, Ries, Samuelsen

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Henin, Kaufmann, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Morgantini, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Seppänen, Strož, Svensson, Toussas, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Clark, Goudin, Lundgren, Nattrass, Salvini, Sinnott, Speroni, Wise, Wohlin, Železný

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Beazley, Brepoels, Bushill-Matthews, Callanan, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Ehler, Fajmon, Harbour, Jeggle, Kamall, Kauppi, Kirkhope, Lewandowski, Nicholson, Ouzký, Parish, Purvis, Seeberg, Stevenson, Tannock, Thyssen, Van Orden, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Zahradil, Zvěřina

PSE: Andersson, van den Berg, Gill, Hedkvist Petersen, Jørgensen, Leichtfried, Mikko, Rasmussen, Scheele, Segelström, Thomsen, Westlund

UEN: Camre

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes, Ždanoka

En contra: 329

ALDE: Attwooll, Birutis, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cocilovo, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Guardans Cambó, Jäätteenmäki, Jensen, Kułakowski, Ludford, Matsakis, Morillon, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Virrankoski

NI: Belohorská, Czarnecki Marek Aleksander, Czarnecki Ryszard, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Bachelot-Narquin, Barsi-Pataky, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Březina, Brok, Buzek, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Dombrovskis, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Fatuzzo, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Gomolka, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hannan, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Ibrisagic, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Langendries, Lauk, Lehne, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Novak, Olajos, Olbrycht, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Radwan, Roithová, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Siekierski, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbey, Correia, Cottigny De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hazan, Hutchinson, Ilves, Jöns, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leinen, Liberadzki, Lienemann, Madeira, Maňka, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Navarro, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Reynaud, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Schulz, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vincenzi, Walter, Weiler, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Abstención: 51

ALDE: Geremek, Hall, Harkin, Juknevičienė

GUE/NGL: Guidoni

IND/DEM: Chruszcz, Giertych, Grabowski, Krupa, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Tomczak, Wojciechowski Bernard, Zapałowski

NI: Bobošíková

PPE-DE: Bauer, Bowis, Deß, Doorn, Eurlings, Ferber, Goepel, Hieronymi, Landsbergis, Lechner, Niebler, van Nistelrooij, Oomen-Ruijten, Pieper, Reul, Schierhuber, Schröder, Schwab, Seeber, Stenzel, Wortmann-Kool

PSE: Corbett, Evans Robert, Ford, Honeyball, Howitt, Hughes, McAvan, Martin David, Paasilinna, Titley, Whitehead, Wiersma, Wynn

Verts/ALE: Romeva i Rueda

Correcciones de voto

A favor: Ole Christensen, Sarah Ludford, Willem Schuth

46.   Informe Dombrovskis A6-0307/2005

A favor. 100

GUE/NGL: Agnoletto, Brie, Catania, de Brún, Figueiredo, Flasarová, Guerreiro, Guidoni, Henin, Kohlíček, McDonald, Markov, Maštálka, Meijer, Morgantini, Musacchio, Pflüger, Remek, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Batten, Belder, Blokland, Bonde, Borghezio, Chruszcz, Clark, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Nattrass, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Salvini, Sinnott, Speroni, Tomczak, Wise, Wohlin, Wojciechowski Bernard, Zapałowski, Železný

NI: Claeys, Czarnecki Ryszard, Dillen, Gollnisch, Kilroy-Silk, Lang, Le Pen Jean-Marie, Le Pen Marine, Martin Hans-Peter, Martinez, Mölzer, Mote, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

PPE-DE: Ashworth, Barsi-Pataky, Bowis, Bushill-Matthews, Callanan, Cederschiöld, Chichester, Deva, Dover, Duchoň, Fajmon, Fatuzzo, Fjellner, Hannan, Harbour, Hökmark, Ibrisagic, Kamall, Kirkhope, Nicholson, Ouzký, Parish, Podkański, Purvis, Stevenson, Tannock, Van Orden, Vlasák, Zahradil, Zvěřina

UEN: Camre

Verts/ALE: Lucas, Schlyter, Staes

En contra: 433

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chatzimarkakis, Chiesa, Cocilovo, Davies, Deprez, De Sarnez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Klinz, Koch-Mehrin, Krahmer, Kułakowski, Lambsdorff, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Manders, Matsakis, Morillon, Mulder, Nicholson of Winterbourne, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Oviir, Pannella, Prodi, Ries, Samuelsen, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Virrankoski

GUE/NGL: Kaufmann, Papadimoulis, Toussas

NI: Belohorská, Czarnecki Marek Aleksander, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Albertini, Andrikienė, Antoniozzi, Audy, Bachelot-Narquin, Beazley, Becsey, Berend, Böge, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Buzek, Caspary, Castiglione, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Ferber, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Garriga Polledo, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Goepel, Gomolka, Gräßle, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Higgins, Hudacký, Hybášková, Itälä, Iturgaiz Angulo, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Klamt, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kudrycka, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mathieu, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Peterle, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Queiró, Quisthoudt-Rowohl, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Rübig, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Seeberg, Škottová, Sommer, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Varela Suanzes-Carpegna, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasto, Weber Manfred, Weisgerber, Wieland, Wijkman, Wojciechowski Janusz, Wortmann-Kool, Wuermeling, Záborská, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zieleniec, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Batzeli, Beglitis, Berès, van den Berg, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Busquin, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Keyser, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, El Khadraoui, Estrela, Ettl, Evans Robert, Fava, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ferreira Elisa, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gierek, Gill, Gomes, Grabowska, Grech, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Jørgensen, Kindermann, Koterec, Krehl, Kreissl-Dörfler, Kuc, Kuhne, Laignel, Lambrinidis, Le Foll, Leichtfried, Leinen, Liberadzki, Lienemann, McAvan, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Morgan, Moscovici, Muscat, Napoletano, Navarro, Paasilinna, Pahor, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pittella, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Riera Madurell, Rosati, Rothe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Schulz, Segelström, Siwiec, Swoboda, Szejna, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Tzampazi, Van Lancker, Vincenzi, Walter, Weiler, Westlund, Whitehead, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Aylward, Berlato, Bielan, Crowley, Didžiokas, Fotyga, Janowski, Kamiński, Krasts, Kristovskis, Libicki, Ó Neachtain, Pavilionis, Pirilli, Poli Bortone, Roszkowski, Ryan, Tatarella, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Beer, Bennahmias, Breyer, Buitenweg, Evans Jillian, Flautre, Frassoni, de Groen-Kouwenhoven, Harms, Hassi, Horáček, Hudghton, Isler Béguin, Joan i Marí, Jonckheer, Kallenbach, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Onesta, Romeva i Rueda, Schmidt, Smith, Turmes, Ždanoka

Abstención: 9

ALDE: Resetarits

NI: Bobošíková

PPE-DE: Bauer, Hieronymi, Oomen-Ruijten, Schwab, Seeber, Siekierski

PSE: Wynn

Correcciones de voto

A favor: Georgios Toussas

47.   Informe Mavrommatís A6-0276/2005

A favor: 426

ALDE: Alvaro, Attwooll, Birutis, Bowles, Budreikaitė, Busk, Cavada, Chiesa, Cocilovo, Deprez, Di Pietro, Drčar Murko, Duff, Duquesne, Fourtou, Gentvilas, Geremek, Gibault, Griesbeck, Guardans Cambó, Hall, Harkin, Hennis-Plasschaert, in 't Veld, Jäätteenmäki, Jensen, Juknevičienė, Krahmer, Kułakowski, Laperrouze, Lehideux, Ludford, Lynne, Maaten, Malmström, Morillon, Mulder, Onyszkiewicz, Ortuondo Larrea, Pannella, Prodi, Resetarits, Sbarbati, Schuth, Staniszewska, Starkevičiūtė, Sterckx, Szent-Iványi, Takkula, Väyrynen, Virrankoski

GUE/NGL: Agnoletto, Catania, de Brún, Figueiredo, Guerreiro, Guidoni, Kohlíček, McDonald, Meijer, Musacchio, Papadimoulis, Pflüger, Remek, Rizzo, Seppänen, Strož, Svensson, Triantaphyllides, Uca, Wagenknecht, Wurtz, Zimmer

IND/DEM: Belder, Blokland, Bonde, Chruszcz, Giertych, Goudin, Grabowski, Krupa, Lundgren, Pęk, Piotrowski, Rogalski, Sinnott, Tomczak, Wohlin, Wojciechowski Bernard

NI: Belohorská, Bobošíková, Czarnecki Ryszard, Martin Hans-Peter, Masiel, Rivera, Rutowicz

PPE-DE: Andrikienė, Antoniozzi, Ashworth, Audy, Barsi-Pataky, Bauer, Berend, Böge, Bowis, Brejc, Brepoels, Březina, Brok, Buzek, Caspary, Castiglione, Cederschiöld, Chichester, Chmielewski, Coelho, Coveney, Daul, Demetriou, Descamps, Deß, Deva, De Veyrac, Dimitrakopoulos, Dombrovskis, Doorn, Dover, Doyle, Duka-Zólyomi, Ebner, Ehler, Eurlings, Fajmon, Fjellner, Fraga Estévez, Freitas, Gahler, Gál, Gaľa, Gaubert, Gauzès, Gklavakis, Glattfelder, Gräßle, Grosch, Grossetête, Guellec, Gyürk, Handzlik, Harbour, Hatzidakis, Hennicot-Schoepges, Hieronymi, Higgins, Hökmark, Hudacký, Hybášková, Itälä, Jałowiecki, Járóka, Jeggle, Jordan Cizelj, Kaczmarek, Kamall, Karas, Kasoulides, Kauppi, Kelam, Kirkhope, Klaß, Koch, Konrad, Korhola, Kratsa-Tsagaropoulou, Kušķis, Kuźmiuk, Landsbergis, Langen, Langendries, Lauk, Lechner, Lehne, Lewandowski, Liese, López-Istúriz White, Lulling, McGuinness, Mann Thomas, Mantovani, Mauro, Mavrommatis, Mayer, Méndez de Vigo, Mikolášik, Mitchell, Montoro Romero, Musotto, Nassauer, Nicholson, Niebler, van Nistelrooij, Novak, Olajos, Olbrycht, Oomen-Ruijten, Őry, Pack, Panayotopoulos-Cassiotou, Papastamkos, Parish, Peterle, Pieper, Pīks, Piskorski, Pleštinská, Podestà, Podkański, Poettering, Pomés Ruiz, Posselt, Protasiewicz, Purvis, Queiró, Rack, Radwan, Reul, Roithová, Saïfi, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Sartori, Saryusz-Wolski, Schierhuber, Schmitt, Schnellhardt, Schöpflin, Schröder, Schwab, Seeber, Siekierski, Škottová, Sonik, Spautz, Šťastný, Stenzel, Stevenson, Sudre, Surján, Szájer, Tajani, Tannock, Thyssen, Toubon, Trakatellis, Ulmer, Vakalis, Van Orden, Varvitsiotis, Ventre, Vernola, Vlasák, Vlasto, Weisgerber, Wieland, Wojciechowski Janusz, Wuermeling, Záborská, Zahradil, Zaleski, Zappalà, Zatloukal, Zvěřina, Zwiefka

PSE: Andersson, Arif, Arnaoutakis, Assis, Attard-Montalto, Ayala Sender, Badia I Cutchet, Beglitis, Berès, Berger, Berlinguer, Berman, Bösch, Bono, Bourzai, Bozkurt, Bullmann, Calabuig Rull, Capoulas Santos, Carlotti, Casaca, Castex, Cercas, Christensen, Corbett, Corbey, Correia, Cottigny, De Rossa, Désir, De Vits, Díez González, Dobolyi, Douay, Dührkop Dührkop, Estrela, Ettl, Evans Robert, Fazakas, Fernandes, Ferreira Anne, Ford, Fruteau, García Pérez, Gebhardt, Geringer de Oedenberg, Gill, Goebbels, Gomes, Grabowska, Gröner, Guy-Quint, Hänsch, Hamon, Hedkvist Petersen, Honeyball, Howitt, Hughes, Hutchinson, Ilves, Jöns, Kindermann, Koterec, Krehl, Kuc, Laignel, Lambrinidis, Leichtfried, Liberadzki, Lienemann, McAvan, Madeira, Maňka, Martin David, Martínez Martínez, Mastenbroek, Matsouka, Medina Ortega, Menéndez del Valle, Miguélez Ramos, Mikko, Moreno Sánchez, Napoletano, Paasilinna, Panzeri, Patrie, Piecyk, Pinior, Pleguezuelos Aguilar, Poignant, Prets, Rasmussen, Reynaud, Roťhe, Rouček, Roure, Sacconi, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Savary, Schapira, Scheele, Segelström, Siwiec, Swoboda, Tabajdi, Tarabella, Tarand, Thomsen, Titley, Trautmann, Van Lancker, Vincenzi, Walter, Weiler, Westlund, Wiersma, Xenogiannakopoulou, Yañez-Barnuevo García, Zani

UEN: Angelilli, Janowski, Libicki, Pavilionis, Poli Bortone, Roszkowski, Vaidere, Zīle

Verts/ALE: Aubert, Auken, Bennahmias, Breyer, Evans Jillian, Flautre, de Groen-Kouwenhoven, Hassi, Horáček, Isler Béguin, Joan i Marí, Lagendijk, Lambert, Lichtenberger, Lipietz, Lucas, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Schmidt, Smith, Staes, Turmes

En contra: 3

IND/DEM: Batten, Clark, Wise

Abstención: 9

GUE/NGL: Toussas

NI: Claeys, Dillen, Gollnisch, Le Pen Jean-Marie, Martinez, Romagnoli, Schenardi, Vanhecke

48.   RC B6-0561/2005 — Sahara occidental

A favor: 68

ALDE: Busk, Guardans Cambó, Hall, Juknevičienė, Kułakowski, Lynne, Maaten, Matsakis, Prodi

IND/DEM: Giertych, Krupa, Pęk, Rogalski, Sinnott, Wojciechowski Bernard

NI: Rutowicz

PPE-DE: Andrikienė, Audy, Beazley, Bowis, Březina, Caspary, Chichester, Coveney, Daul, Demetriou, Deß, Duka-Zólyomi, Fraga Estévez, Gahler, Gaľa, Gauzès, Gräßle, Grossetête, Hatzidakis, Jeggle, Kaczmarek, Karas, Kratsa-Tsagaropoulou, López-Istúriz White, Lulling, Mann Thomas, Mavrommatis, Mayer, Olajos, Panayotopoulos-Cassiotou, Pleštinská, Posselt, Purvis, Roithová, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Stevenson, Sudre, Varvitsiotis, Vlasák, Záborská, Zaleski, Zwiefka

PSE: Gomes

UEN: Libicki, Roszkowski

Verts/ALE: Lichtenberger, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Smith

En contra: 29

GUE/NGL: Brie, Guerreiro, Kohlíček, Meijer, Remek, Strož, Triantaphyllides

PSE: Ayala Sender, Beglitis, Bullmann, De Keyser, Dührkop Dührkop, Ettl, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Kindermann, Kuc, Lambrinidis, Martínez Martínez, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Pinior, Roure, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Scheele, Yañez-Barnuevo García

Abstención: 1

IND/DEM: Bonde

49.   RC B6-0561/2005 — Sahara occidental

A favor: 98

ALDE: Busk, Guardans Cambó, Hall, Juknevičienė, Kułakowski, Lynne, Maaten, Matsakis, Prodi

GUE/NGL: Brie, Guerreiro, Kohlíček, Meijer, Remek, Strož, Triantaphyllides

IND/DEM: Bonde, Giertych, Krupa, Pęk, Rogalski, Sinnott, Wojciechowski Bernard

NI: Rutowicz

PPE-DE: Andrikienė, Audy, Beazley, Bowis, Březina, Caspary Chichester, Coveney, Daul, Demetriou, Deß, Duka-Zólyomi, Fraga Estévez, Gahler, Gaľa, Gauzès, Gräßle, Grossetête, Hatzidakis, Jeggle, Kaczmarek, Karas, Kratsa-Tsagaropoulou, López-Istúriz White, Lulling, Mann Thomas, Mavrommatis, Mayer, Olajos, Panayotopoulos-Cassiotou, Pleštinská, Posselt, Purvis, Roithová, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Stevenson, Sudre, Tannock, Varvitsiotis, Vlasák, Záborská, Zaleski, Zwiefka

PSE: Ayala Sender, Beglitis, Bullmann, Dührkop Dührkop, Ettl, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gomes, Kindermann, Kuc, Lambrinidis, Martínez Martínez, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Pinior, Roure, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Scheele, Yañez-Barnuevo García

UEN: Libicki, Roszkowski

Verts/ALE: Lichtenberger, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Smith

Abstención: 1

PSE: De Keyser

50.   RC B6-0563/2005 — Ouzbekistán

A favor: 99

ALDE: Busk, Guardans Cambó, Hall, Juknevičienė, Kułakowski, Lynne, Maaten, Matsakis, Prodi

GUE/NGL: Brie, Kohlíček, Meijer, Remek, Strož, Triantaphyllides

IND/DEM: Bonde, Giertych, Krupa, Pęk, Rogalski, Sinnott, Wojciechowski Bernard

NI: Rutowicz

PPE-DE: Andrikienė, Audy, Beazley, Bowis, Březina, Caspary, Chichester, Coveney, Daul, Demetriou, Deß, Duka-Zólyomi, Fraga Estévez, Gahler, Gaľa, Gauzès, Gräßle, Grossetête, Hatzidakis, Jeggle, Kaczmarek, Karas, Kratsa-Tsagaropoulou, López-Istúriz White, Lulling, Mann Thomas, Mavrommatis, Mayer, Olajos, Panayotopoulos-Cassiotou, Pleštinská, Posselt, Purvis, Roithová, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Stevenson, Sudre, Tannock, Van Orden, Varvitsiotis, Vlasák, Záborská, Zaleski, Zwiefka

PSE: Ayala Sender, Beglitis, Bullmann, De Keyser, Dührkop Dührkop, Ettl, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gomes, Kindermann, Kuc, Lambrinidis, Martínez Martínez, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Pinior, Roure, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Scheele, Yañez-Barnuevo García

UEN: Libicki, Roszkowski

Verts/ALE: Lichtenberger, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Smith

51.   RC B6-0562/2005 — Tenzin Delek Rinpoché

A favor: 95

ALDE: Busk, Guardans Cambó, Hall, Juknevičienė, Kułakowski, Lynne, Maaten, Matsakis, Prodi

GUE/NGL: Brie, Meijer, Triantaphyllides

IND/DEM: Bonde, Giertych, Krupa, Pęk, Rogalski, Sinnott, Wojciechowski Bernard

PPE-DE: Andrikienė, Audy, Beazley, Bowis, Březina, Caspary, Chichester, Coveney, Daul, Demetriou, Deß, Duka-Zólyomi, Fraga Estévez, Gahler, Gaľa, Gauzès, Gräßle, Grossetête, Hatzidakis, Jeggle, Kaczmarek, Karas, Kratsa-Tsagaropoulou, López-Istúriz White, Lulling, Mann Thomas, Mavrommatis, Mayer, Olajos, Panayotopoulos-Cassiotou, Pleštínská, Posselt, Purvis, Roithová, Rübig, Salafranca Sánchez-Neyra, Samaras, Stevenson, Sudre, Tannock, Van Orden, Varvitsiotis, Vlasák, Záborská, Zaleski, Zwiefka

PSE: Ayala Sender, Beglitis, Bullmann, De Keyser, Ettl, García Pérez, Geringer de Oedenberg, Gomes, Kindermann, Kuc, Lambrinidis, Martínez Martínez, Medina Ortega, Miguélez Ramos, Pinior, Pleguezuelos Aguilar, Roure, Sakalas, Salinas García, Sánchez Presedo, dos Santos, Scheele, Yañez-Barnuevo García

UEN: Libicki, Roszkowski

Verts/ALE: Lichtenberger, Onesta, Romeva i Rueda, Schlyter, Smith

En contra: 3

GUE/NGL: Kohlíček, Remek, Strož


TEXTOS APROBADOS

 

P6_TA(2005)0409

Proyecto de presupuesto general 2006 (Sección III)

Resolución del Parlamento Europeo sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, Sección III — Comisión (C6-0299/2005 — 2005/2001(BUD))

El Parlamento Europeo,

Vistos el artículo 272 del Tratado CE y el artículo 177 del Tratado Euratom,

Vista la Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (1),

Visto el Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo, de 25 de junio de 2002, por el que se aprueba el Reglamento financiero aplicable al presupuesto general de las Comunidades Europeas (2),

Visto el Acuerdo interinstitucional, de 6 de mayo de 1999, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (3),

Vista su Resolución, de 13 de abril de 2005, sobre la estrategia política anual de la Comisión (4),

Vista su Resolución, de 6 de julio de 2005, sobre el mandato para el procedimiento de concertación para el presupuesto 2006 antes de la primera lectura del Consejo (5),

Visto el anteproyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, presentado por la Comisión el 27 de abril de 2005 (COM(2005)0300),

Visto el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, establecido por el Consejo el 15 de julio de 2005 (C6-0299/2005),

Vistos el artículo 69 y el Anexo IV de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Presupuestos y las opiniones de las demás comisiones interesadas (A6-0309/2005),

Consideraciones generales y prioridades

1.

Reitera su compromiso de cumplir los principales objetivos políticos fijados para 2006, así como de establecer un vínculo creíble con las nuevas perspectivas financieras; lamenta, a este respecto, las reducciones generalizadas introducidas en el proyecto de presupuesto del Consejo sin tener en cuenta ningún tipo de consideración específica;

2.

Ha decidido incrementar los créditos presupuestarios, en particular los destinados a la Estrategia de Lisboa y Gotemburgo, la política de información y las acciones exteriores, a fin de salvaguardar importantes acciones de la Unión Europea que se corresponden con sus anteriores resoluciones sobre el presupuesto 2006 y que supondrán una diferencia para ciudadanos de la UE; insta al Consejo a que coopere plenamente con el Parlamento para encontrar una solución satisfactoria, incluida la utilización de las medidas previstas en el marco del Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999;

3.

Es de la misma opinión en lo que se refiere a los créditos de pago, y considera que el nivel adoptado por el Consejo de 111 400 millones de euros (esto es, el 1,01 % de la RNB) no es suficiente para la ejecución efectiva de las políticas ya acordadas y para las nuevas acciones que se necesitan; ha decidido, por consiguiente, incrementar los pagos de todo el presupuesto a 115 400 millones de euros (esto es, el 1,04% de la RNB); destaca que esta medida se sigue correspondiendo con el rigor presupuestario que se deriva de los problemas económicos con que se enfrentan algunos Estados miembros;

4.

Insiste en que el presupuesto de la UE debería contribuir a la realización de acciones más efectivas en beneficio de los ciudadanos europeos, la primera de ellas, una Agenda de Lisboa mejorada y centrada en el empleo, la cohesión social, económica y medioambiental y la competitividad de Europa; destaca que la participación de los jóvenes es crucial para cualquier posible estrategia europea razonable, y comparte las aspiraciones políticas del Consejo en lo que se refiere a un Pacto para la juventud; discrepa fundamentalmente con las reducciones presupuestarias introducidas en este ámbito, y ha decidido centrarse aún más en la Agenda de Lisboa, incluido un incremento de los marcos financieros codecididos para Sócrates y Juventud, Investigación, Life y Energía inteligente para Europa; insta al Consejo a que acuerde un fortalecimiento de estas prioridades, tal y como ya se hizo al final del último período de programación;

Rúbrica 1

5.

Está profundamente satisfecho de que se hayan revisado los sublímites máximos de la rúbrica 1 para posibilitar medidas concertadas de modulación sobre la reforma de la PAC, tal y como acordaron el Parlamento y el Consejo en la concertación de 15 de julio de 2005;

6.

Recuerda su posición de que los importes sugeridos por la Comisión en su propuesta presupuestaria deberían considerarse el mínimo necesario, por lo que ha decidido rechazar las reducciones del Consejo; opina que estos créditos son necesarios, al tiempo que apoya las medidas de reforma en curso en este sector;

7.

Subraya la importancia que revisten la innovación y la renovación en una política agrícola reformada de la UE, en especial en el ámbito de la formación y de las medidas a favor de los jóvenes agricultores;

8.

Desea que se realice un seguimiento de la utilización de las dotaciones presupuestarias de la subrúbrica 1b (Desarrollo rural) y, en particular, de las medidas destinadas a reforzar la protección del medio ambiente y el desarrollo sostenible de las zonas rurales, así como de las medidas cofinanciadas por los Fondos estructurales en el ámbito de la prevención y la lucha contra la desertificación y la destrucción por el fuego de los hábitats rurales y naturales, algo que, desgraciadamente, ha demostrado ser en los últimos años uno de los principales retos de la Unión Europea; pide a la Comisión que facilite una visión general de la utilización de los fondos para el desarrollo rural en este ámbito; recuerda la importancia de la ayuda y la solidaridad en la rúbrica 1, incluido el envío a determinadas organizaciones de alimentos procedentes de las existencias de intervención para su distribución entre las personas más necesitadas de la Comunidad;

Rúbrica 2

9.

Toma nota de las recientes previsiones de pago para acciones estructurales y de la información facilitada por la Comisión con arreglo a la declaración común acordada en el procedimiento 2005; también toma nota de la importante diferencia que existe entre las previsiones de pago de los Estados miembros y el AP de la Comisión; decide, por lo tanto, incrementar los créditos de pago hasta un nivel de 39 200 millones de euros; está al mismo tiempo preocupado por el porcentaje general de receptores de los nuevos Estados miembros, por lo que desea examinar si sería necesaria una solución transitoria entre el actual período de programación y el siguiente para garantizar que ninguno de estos períodos corra riesgos;

10.

Insiste en que el programa PEACE para Irlanda del Norte siga recibiendo ayuda, y recuerda que el importe que se reasignará a partir de las «Medidas innovadoras» fue acordado conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo, en presencia de la Comisión, durante la concertación presupuestaria del 25 de noviembre de 2004; ha decido, por consiguiente, restablecer este nivel, y pide al Consejo que, haciendo uso de todos los medios previstos en el Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999, busque una solución para resolver la financiación de los 12 millones de euros restantes para PEACE;

Rúbrica 3

11.

Rechaza la actitud del Consejo de introducir recortes indiscriminadamente, ya que ello va en detrimento de prioridades políticas apremiantes, sobre todo la necesidad de que el objetivo de una Estrategia de Lisboa renovada se corresponda con algo más de lo que ya se dispone en 2005;

12.

Opina que el presupuesto 2006 constituye un puente hacia un nuevo período de programación y que, por lo tanto, debería cumplir su carácter transitorio y anticiparse a la financiación más elevada prevista a partir de 2007 para los ámbitos de políticas clave; decide, por consiguiente, incrementar una serie de importantes líneas presupuestarias relacionadas con la investigación y la innovación, las PYME, la competitividad, los programas Sócrates y Juventud, el desarrollo del mercado interior, Life, Energía inteligente para Europa y el programa Leonardo da Vinci; desea, además, acordar con el Consejo una dotación suficiente para financiar las prioridades sobre una base objetiva y a largo plazo, recurriendo a lo dispuesto en el Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999, en particular, en sus artículos 33 y 34, o aplicando el artículo 272 del TCE;

13.

Desea que se preste una mayor atención a la simplificación de procedimientos en los programas de la UE y que ello redunde en beneficio de las personas y organizaciones que reciben ayudas comunitarias; ha aprobado, así pues, una serie de enmiendas cuyo objetivo es la simplificación y que se corresponden con los trabajos actualmente en curso para adaptar el Reglamento financiero, y pide que se realicen progresos más rápidos mediante la simplificación de los procedimientos internos;

14.

Considera que los importes previstos para la política de información de la UE son insuficientes, por lo que ha decidido incrementar este importe; destaca la urgente necesidad de que la Comisión presente su Libro Blanco sobre política de información; entretanto, decide consignar parte de los créditos en la reserva;

15.

Apoya plenamente la importancia y los objetivos de la nueva acción «Movilidad de los trabajadores», propuesta como proyecto piloto; propone, no obstante, que esta acción se financie como un acontecimiento anual especial en el marco de las prerrogativas institucionales propias de la Comisión; recuerda al mismo tiempo a la Comisión que tiene que aplicar efectivamente todos los proyectos piloto que han sido potenciados por el Parlamento;

16.

Espera que los importes reservados para el Año Europeo de la Movilidad de los Trabajadores se destinen a campañas descentralizadas cercanas a los ciudadanos y que la visibilidad y los servicios de los instrumentos existentes, como EURES y EUROPASS, se amplíen y aumenten su cobertura para incluir a los migrantes procedentes de terceros países, puesto que, a la vista del envejecimiento de la población, se requerirán cada vez más flujos migratorios constantes para satisfacer las necesidades del mercado laboral de la UE;

17.

Destaca la importancia de las cuestiones relacionadas con la protección de datos pertenecientes al tercer pilar, y pide que se formalice una estructura ad hoc en la que participen representantes de las autoridades de protección de datos de los Estados miembros y otros órganos relacionados con los problemas específicos que se han de abordar;

Rúbrica 4

18.

Confirma su convencimiento de que en los últimos cinco años las acciones exteriores de la UE han asumido nuevas responsabilidades y se les han añadido otras nuevas, sin que ello haya conllevado un ajuste de los recursos financieros necesarios; destaca, en este sentido, los compromisos de financiación en Kosovo, Serbia, Afganistán e Iraq, las mayores aspiraciones en el ámbito de la PESC y, de manera más reciente, la promesa de solidaridad con las víctimas del tsunami;

19.

Está dispuesto a que el Consejo entre en razón y acepte financiar las nuevas prioridades sin obstaculizar por ello importantes acciones en curso; ha decidido, por consiguiente, rechazar el enfoque del Consejo de reducir las líneas relacionadas con los derechos humanos y la democracia, los programas de cooperación geográfica, incluida la política de vecindad, y acciones importantes para los Objetivos de Desarrollo del Milenio; ha decidido consignar créditos a un nivel que salvaguarde estas políticas dejando al mismo tiempo margen de maniobra para las nuevas; ha decidido, por las razones ya mencionadas, financiar los programas de reconstrucción en Iraq y en los países afectados por el tsunami y apoyar a los países del Protocolo del Azúcar fuera del margen existente; pide al Consejo que acepte una solución para la financiación teniendo en cuenta todos los medios previstos en el Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999, en particular en sus artículos 19 y 24, o a través de las disposiciones pertinentes del Tratado;

20.

Insiste en que la Comisión y el Consejo deben seguir apoyando la Iniciativa europea de democracia y derechos humanos y decide prever un nivel suficiente de financiación; reitera su solicitud a la Comisión de que presente una propuesta de instrumento jurídico separado para los derechos humanos para el período de programación 2007-2013; además, subraya que la participación del Parlamento en la fijación de las prioridades para la aplicación de los nuevos programas para el período 2007-2013 (acuerdos sobre comitología) debe mejorar considerablemente;

21.

Reitera la Recomendación del Parlamento Europeo al Consejo, de 24 de septiembre de 2003 (6), sobre la situación en Iraq, así como su Resolución, de 6 de julio de 2005, sobre la Unión Europea e Iraq: un marco para la acción (7), en la que se exhorta a que los fondos comunitarios para la reconstrucción de Iraq sean gestionados por las Naciones Unidas; critica a la Comisión por aceptar que un porcentaje considerable de la contribución comunitaria sea gestionado por el Banco Mundial; observa que los créditos concedidos en los presupuestos de 2005 y 2006 han sido absorbidos sólo de manera marginal por el Banco, y sobre esta base considera que el Banco no requiere más financiación en 2006; recuerda a la Comisión que el Banco Mundial depende de las autoridades iraquíes para la aplicación de sus programas; señala, en este sentido, la débil estructura administrativa y los repetidos casos de corrupción en Iraq; solicita, por lo tanto, que no se canalice ninguna otra financiación a través del Banco Mundial y que se considere a otros intermediarios europeos para el desembolso de dichos fondos; pide a la Comisión que realice durante 2006 una auditoría independiente sobre el uso de los fondos comunitarios por parte de las Naciones Unidas y del Banco Mundial;

22.

Insiste en que la Comisión debería hacer todo cuanto esté su mano para alcanzar los niveles de referencia establecidos por el Parlamento en el marco de los compromisos anuales totales destinados a la cooperación al desarrollo, consistentes en un 3 5 % para infraestructura social y un 20 % para salud y educación básicas; consigna el 10 % de una serie de líneas geográficas en la reserva para instar a la Comisión a que adopte las medidas necesarias con objeto de alcanzar el nivel de referencia del 20 % para la salud y la educación básicas;

23.

Rechaza el incremento introducido por el Consejo para dos representantes especiales adicionales en el ámbito de la PESC sin haber llevado a cabo la necesaria consulta al Parlamento; constata que, sobre la base de la Declaración conjunta de 25 de noviembre de 2002, las Presidencias irlandesa y holandesa han realizado progresos considerables en el establecimiento de un círculo político de información y consulta con el Parlamento; lamenta que, pese a que esas reuniones debían celebrarse alrededor de cinco veces al año, sólo se haya celebrado una este año (hasta septiembre de 2005); por consiguiente, insiste en que se continúe este diálogo político tal y como se había acordado entre las dos instituciones y que se mejore desde un punto de vista cualitativo;

24.

Destaca la importancia de las contribuciones del sector privado a la lucha contra la pobreza, y pide a la Comisión y al Banco Europeo de Inversiones (BEI) que examinen conjuntamente la posibilidad de conceder subvenciones del tipo de interés para los préstamos sobre recursos propios del BEI al sector de las PYME en los países en desarrollo;

25.

Pide a la Comisión que garantice que la ayuda comunitaria de la rúbrica 4 no se concede a ningún gobierno, organización o programa que apoye o participe en la gestión de un programa que implique violaciones de los derechos humanos tales como el aborto obligatorio, la esterilización forzada o el infanticidio, lo que supone aplicar la prohibición específica, adoptada en El Cairo por la ICPD (Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo), de utilizar la coerción y la fuerza en materia de salud sexual y reproductiva;

26.

Se muestra convencido de que la nueva línea presupuestaria «Asistencia al comercio» es necesaria para:

i)

mejorar la transparencia y con ello el control democrático sobre un amplio presupuesto;

ii)

prestar asistencia relacionada con el comercio de manera más visible; y

iii)

aportar más flexibilidad para poder movilizar los fondos rápidamente y a través de iniciativas multilaterales, según proceda;

Rúbrica 5

27.

Es consciente de las declaraciones de la Comisión sobre el reclutamiento de funcionarios de los nuevos Estados miembros, y considera esto es una prioridad bien fundada; opina que los recortes generalizados introducidos por el Consejo son inaceptables, y decide restablecer para la Comisión en primera lectura un importe de 90,4 millones de euros del recorte de 94,4 millones de euros efectuado por el Consejo; decide consignar 16 millones de euros de créditos para los sueldos en la reserva por las razones expuestas más adelante;

28.

Ha decidido facilitar todos los puestos solicitados por la Comisión, y liberará los puestos de la reserva en cuanto la Comisión haya cumplido las siguientes condiciones:

una clarificación de la situación en que se encuentra el reclutamiento y las posibilidades de cubrir los puestos relacionados con la ampliación;

una revisión completa de todos los reglamentos propuestos pendientes (incluidos los del programa legislativo y de trabajo de 2005) para garantizar que todas las propuestas legislativas existentes y previstas de la Comisión cumplan los criterios de reforzar la competitividad, respetar la subsidiariedad y reducir la burocracia y los costes de aplicación; solicita este análisis para noviembre de 2005;

un acuerdo entre el Parlamento y la Comisión sobre el programa legislativo y de trabajo para 2006;

información detallada de la programación plurianual para todas las propuestas legislativas del próximo marco financiero;

un compromiso claro de que la Comisión respetará la declaración conjunta sobre la programación financiera, acordada durante la concertación del 13 de julio de 2004, y que presentará la información y los datos pertinentes al Parlamento;

el compromiso de que, antes de la segunda lectura, la Comisión presentará una propuesta destinada a establecer una política de personal, un perfil de carrera y las mejores prácticas para las agencias;

la presentación del libro Blanco sobre su futura estrategia de información y comunicación;

la presentación, a más tardar el 31 de octubre de 2005, de una propuesta de revisión de las Normas de desarrollo del Reglamento financiero; y

la presentación de un instrumento específico para los derechos humanos, con arreglo a lo solicitado por el Parlamento en su Resolución, de 8 de junio de 2005, sobre los retos políticos y medios presupuestarios de la Unión ampliada (2007-2013) (8);

29.

Pide a la Comisión que examine las posibilidades de ahorro antes de la segunda lectura, incluida una revisión crítica de sus solicitudes presupuestarias;

Rúbrica 7

30.

Hace hincapié en una mayor transparencia presupuestaria en materia de asistencia comunitaria a los países candidatos o en situación de preadhesión; recuerda que esta transparencia es crucial para la entrada en vigor del instrumento de preadhesión, el cual permitirá consolidar en un único acto una serie de programas geográficos y temáticos;

Cuestiones horizontales

Agencias

31.

Considera que se debe tratar a las agencias sobre una base individual y que la Autoridad Presupuestaria ha de tener en cuenta sus estados de previsiones y los cambios propugnados por la Comisión; ha decidido, por consiguiente, restablecer en términos generales el nivel del AP y consignar las necesidades específicas de financiación caso por caso, una vez presentadas las justificaciones necesarias; pide a la Comisión que presente la estructura de carrera prevista así como las demás informaciones solicitadas;

Subvenciones

32.

Recuerda que las antiguas líneas A-30 están cubiertas por actos jurídicos básicos y marcos financieros restringidos que expiran en 2006; destaca, por consiguiente, el margen de maniobra sumamente limitado que existe en este sector; destaca la importancia de los hermanamientos entre ciudades y decide mantener los créditos al nivel de 2005; observa, además, que el principio de licitación entrará plenamente en vigor para todos los programas en 2006 y que ya no es posible la asignación; pide a la Comisión que proponga cualquier posible solución transitoria que considere necesaria para evitar las lagunas en la financiación para los beneficiarios que se pudieran producir entre los dos sistemas;

33.

Constata la existencia de un número de organizaciones culturales de éxito, como la Orquesta de Jóvenes de la Unión Europea, la Orquesta Barroca de la Unión Europea, la Fundación Internacional Yehudi Menuhin, etc., a las que el Parlamento Europeo ha apoyado mediante subvenciones durante muchos años; subraya que cabe esperar que estas organizaciones continúen sus actividades en el contexto de un nuevo marco financiero plurianual a partir de 2007 y en adelante; toma nota con preocupación de que existe un peligro real de que esas organizaciones tengan que abandonar sus actividades a partir de 2006 a falta de disposiciones relativas a una ayuda transitoria para garantizar la transición entre los dos períodos de programación financiera; por consiguiente, desea acordar con el Consejo una dotación suficiente para financiar estas acciones prioritarias sobre una base objetiva y a largo plazo, recurriendo a lo dispuesto en el Acuerdo interinstitucional de 6 de mayo de 1999, en particular, en sus artículos 33 y 34, o aplicando el artículo 272 del TCE;

Proyectos piloto y acciones y estudios preparatorios

34.

Se felicita de las mejoras conseguidas en la cooperación con la Comisión en lo que se refiere a los proyectos piloto y las acciones y estudios preparatorios, aunque lamenta que un número limitado de proyectos siga teniendo problemas en su ejecución;

35.

Ha decidido crear un número importante de nuevas iniciativas relacionadas con sus prioridades, entre las que se encuentran la cooperación transfronteriza en la lucha contra las catástrofes naturales, que serviría para concienciar sobre una cooperación más estrecha en lo que se refiere a las medidas de protección civil a fin de evitar o reducir al mínimo las consecuencias de dichas catástrofes, acciones de movilidad individual para los alumnos de educación secundaria superior, proyecto piloto sobre seguridad en la red transeuropea, acciones de movilidad para los jóvenes empresarios con objeto de apoyar los intercambios a nivel europeo, destinos europeos de excelencia y acciones preparatorias para un sistema basado en Internet que permita mejorar la legislación y prevea la participación pública, así como para Natura 2000;

Presupuestación por actividades

36.

Recuerda que, a raíz de la revisión de la declaración de actividades 2005 realizada por el Parlamento el ejercicio anterior, se había pedido a la Comisión que mejorara la calidad de la información facilitada en sus declaraciones para el procedimiento presupuestario 2006; observa que, pese a que se han realizado algunos progresos, se precisan nuevas mejoras para incrementar la pertinencia presupuestaria de la información, especialmente en lo que se refiere a los objetivos e indicadores; observa que las declaraciones de actividades deberían proporcionar una herramienta de trabajo útil para las comisiones del Parlamento y utilizarse en mayor medida; pide, por consiguiente, a la Comisión que redoble sus esfuerzos y que facilite declaraciones de actividades mejoradas y con informaciones más relevantes para el próximo procedimiento presupuestario;

37.

Subraya que la Comisión ha de velar por que la igualdad entre el hombre y la mujer se tenga en cuenta en la ejecución del presupuesto, y que convendría evaluar toda acción desde el punto de vista de su impacto diferencial en el hombre y en la mujer;

*

* *

38.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución, junto con las enmiendas y las propuestas de modificación a la sección III del proyecto de presupuesto general, al Consejo y a la Comisión, así como a los demás órganos e instituciones interesados.


(1)  DO L 253 de 7.10.2000, p. 42.

(2)  DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.

(3)  DO C 172 de 18.6.1999, p. 1. Acuerdo modificado por la Decisión 2003/429/CE (DO L 147 de 14.6.2003, p. 25).

(4)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0126.

(5)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0286.

(6)  DO C 77 E de 26.3.2004, p. 226.

(7)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0288.

(8)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0224.

P6_TA(2005)0410

Proyecto de presupuesto general 2006: Secciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII

Resolución del Parlamento Europeo sobre el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, Sección I — Parlamento Europeo, Sección II — Consejo, Sección IV — Tribunal de Justicia, Sección V — Tribunal de Cuentas, Sección VI — Comité Económico y Social Europeo, Sección VII — Comité de las Regiones, Sección VIII (A) — Defensor del Pueblo Europeo, Sección VIII (B) — Supervisor Europeo de Protección de Datos (C6-0300/2005 — 2005/2002(BUD))

El Parlamento Europeo,

Visto el artículo 272 del Tratado CE,

Vista la Decisión 2000/597/CE, Euratom del Consejo, de 29 de septiembre de 2000, sobre el sistema de recursos propios de las Comunidades Europeas (1),

Visto el Acuerdo interinstitucional, de 6 de mayo de 1999, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre la disciplina presupuestaria y la mejora del procedimiento presupuestario (2),

Vista su Resolución, de 9 de marzo de 2005, sobre las orientaciones presupuestarias para las Secciones II, IV, V, VI, VII, VIII (A) y VIII (B) y sobre el anteproyecto de estado de previsiones del Parlamento Europeo (Sección I) para el procedimiento presupuestario 2006 (3),

Vista su Resolución, de 12 de mayo de 2005, sobre el estado de previsiones de ingresos y gastos del Parlamento Europeo para el ejercicio 2006 (4),

Visto el anteproyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, presentado por la Comisión el 27 de abril de 2005 (COM(2005) 0300),

Visto el proyecto de presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2006, establecido por el Consejo el 15 de julio de 2005 (C6-0300/2005),

Vistos el artículo 69 y el Anexo IV de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Presupuestos y las opiniones de la Comisión de Comercio Internacional, la Comisión de Control Presupuestario, la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior y la Comisión de Peticiones (A6-0307/2005),

A.

Considerando que las perspectivas financieras actuales han situado el límite máximo de la rúbrica 5 (Gastos administrativos) para el ejercicio 2006 en 6 708 millones de euros a precios corrientes,

B.

Considerando que en el anteproyecto de presupuesto (AP) para 2006 se dejaba un margen de unos 10,2 millones de euros por debajo del límite máximo de la rúbrica 5 de las perspectivas financieras para el ejercicio 2006,

C.

Considerando que en el proyecto de presupuesto (PP) del Consejo se dejaba un margen de unos 130,1 millones de euros por debajo del límite máximo de la rúbrica 5 para 2006, reduciendo así el gasto en 119,9 millones de euros,

D.

Considerando que el estado de previsiones del Parlamento se fijó en 1 341,6 millones de euros, lo que corresponde al nivel máximo del 20 % de la rúbrica 5,

E.

Considerando que en su citada Resolución de 12 de mayo de 2005 sobre el estado de previsiones del Parlamento se subraya la importancia de aplicar los principios de buena gestión financiera y de rigor presupuestario a los gastos administrativos del Parlamento,

Marco general

1.

Reitera su compromiso de facilitar a las instituciones europeas los medios necesarios para consolidar la ampliación realizada en 2004, preparar la próxima ampliación y garantizar el correcto funcionamiento de las instituciones;

2.

Pide a todas las instituciones que utilicen los créditos disponibles de una manera racional para mejorar la eficacia de sus actividades clave y realizar las prioridades que se han fijado;

3.

Considera que hay que dar satisfacción a las peticiones de contratación de personal de los Estados miembros que se adhirieron en 2004; pide a todas las instituciones que analicen las causas de todo retraso en la contratación o de la persistencia de puestos vacantes y que las atajen con medidas específicas;

4.

Puede adherirse a la posición del Consejo de aplicar el rigor presupuestario a los gastos administrativos, pero considera que, sin dejar de hacerlo, las necesidades reales de cada institución han de evaluarse individualmente; critica al Consejo por poner en práctica un método indiferenciado de reducciones generalizadas sobre el nivel de puestos y créditos, por lo que no está de acuerdo con el planteamiento adoptado por esta institución;

5.

Se manifiesta favorable a dejar un margen adecuado en la rúbrica 5 (Gastos administrativos); propone restablecer un importe de unos 7,7 millones de euros procedentes de la reducción de 15,1 millones de euros efectuada por el Consejo en su primera lectura de los presupuestos de las otras instituciones (excluidos el Parlamento Europeo y el Consejo);

Sección I — Parlamento Europeo

Nivel de presupuestación

6.

Toma nota de la propuesta de la Mesa de presupuestar al nivel máximo del 20 % de la rúbrica 5, lo que corresponde a un incremento global del presupuesto del Parlamento del 6,1 % con respecto al presupuesto 2005, por encima, por lo tanto, del incremento medio del 4,5 de los gastos administrativos de la rúbrica 5; confirma la parte tradicional del Parlamento en el presupuesto, equivalente al 20 % de la rúbrica 5; subraya que el Parlamento ha logrado respetar este límite autoimpuesto y que ha conseguido ahorros sustanciales gracias a los pagos anticipados de los edificios;

7.

Recuerda que en los últimos años ha habido importantes cantidades de «remanentes» e incluso de créditos anulados sistemáticamente; considera que esto no constituye una forma de presupuestación coherente; recuerda que en 2004 los «remanentes» superaron los 150 millones de euros y se anularon 27 millones de euros, y que, para 2005, el excedente se estima en 98 millones de euros;

8.

Decide consignar en la reserva de la partida 2009 «Crédito provisional destinado a las inversiones inmobiliarias de la institución» 15 millones de euros para proseguir con la política de adquisición de edificios;

9.

Está de acuerdo en que, para permitir las inyecciones de capital con vistas a la adquisición de edificios, la Comisión de Presupuestos debe apoyar plenamente que los importes no utilizados del 20 % de la rúbrica 5 sean objeto de presupuestos rectificativos;

10.

Recuerda la declaración incluida en el apartado 27 de su citada Resolución de 12 de mayo de 2005 sobre el estado de previsiones del Parlamento en el sentido de que el nivel total del presupuesto del Parlamento debería determinarse sobre la base de necesidades reales y justificadas tras un cuidadoso examen; considera que, tras un examen prudente del presupuesto 2006, existe la posibilidad de reducir el presupuesto del Parlamento en 20 millones de euros por debajo del 20 % de la rúbrica 5 sin obstaculizar por ello el correcto funcionamiento de esta institución; decide, por consiguiente, fijar el presupuesto del Parlamento para 2006 en 1 321,6 millones de euros; destaca que ello no constituye un precedente para limitar el derecho del Parlamento a utilizar el 20 % de la rúbrica 5 en los próximos años;

11.

Considera que debería adoptarse un enfoque prudente a la hora de decidir nuevas prioridades con el fin de garantizar la cobertura de las necesidades financieras del Parlamento a largo plazo; señala la introducción a partir de mediados de 2009 del nuevo Estatuto de los Diputados, cuyo coste se estima aproximadamente en 100 millones de euros anuales;

Política de información y comunicación

12.

Considera que la propuesta de la Mesa de consignar un importe de 50 millones de euros en una reserva para «Información» y dejar un importe adicional de 17,2 millones de euros en la reserva para imprevistos no es coherente con la actual fase de desarrollo de nuevas prioridades políticas ni con el principio de rigor presupuestario;

13.

Reitera su posición de que la política de información y comunicación es una de las prioridades del Parlamento y apoya las inversiones destinadas a mejorar la comunicación entre los ciudadanos de la UE y el Parlamento; ha decidido consignar 20 millones de euros en una reserva «Información y comunicación» que se utilizará para mejorar la comunicación del Parlamento con los ciudadanos;

14.

Constata que para mejorar la difusión de sus trabajos será necesario emplear más intensamente los medios modernos (audiovisuales), así como una estructura más comprensible y atractiva para los debates en el Pleno;

15.

Recuerda las prioridades puestas de relieve en los apartados 11 y 12 de su citada Resolución de 12 de mayo de 2005 sobre el estado de previsiones del Parlamento, concretamente la mejora del servicio de visitantes y el refuerzo del papel de las Oficinas de información para transferir las actividades de información a los Estados miembros, en particular con el fin de facilitar los contactos entre los diputados y los ciudadanos;

16.

Considera que todas las propuestas deben aportar una información clara sobre el coste financiero y las necesidades financieras a medio plazo; señala que los proyectos nuevos relativos a la política de información y comunicación deberían garantizar unas disposiciones adecuadas en materia de supervisión, contando con la participación de los órganos de gobierno del Parlamento y los grupos políticos;

Ampliación

17.

Apoya una nueva mejora de los servicios lingüísticos prestados a los diputados; manifiesta su preocupación por el elevado nivel de puestos vacantes en este sector específico y considera que debe prestarse la atención necesaria a esta cuestión; espera que la administración presente propuestas específicas al respecto antes del 30 de noviembre de 2005;

18.

Confirma las siguientes medidas relativas a la ampliación:

tal como se decidió previamente en el estado de previsiones, crear 113 puestos (77 A*, 14 B* y 22 C*) para la Secretaría General del Parlamento y 22 puestos (10 A*, 4 B* y 8 C*) para los grupos políticos en la plantilla de personal 2006;

en relación con los puestos creados para la ampliación de mayo de 2004, convertir 12 D* en C*;

revalorizar cinco puestos A*5 en A*9 y cinco A*5 en A*12, de manera que los funcionarios de los países que se adhirieron en mayo de 2004 puedan ser contratados en un nivel de gestión medio;

19.

Decide sumar nuevos créditos, por un importe total de 9 726 000 millones de euros, a los 13,8 millones ya consignados en su estado de previsiones, en relación con los preparativos para la adhesión de Rumania y Bulgaria:

consignar 3 850 000 de euros en la partida 1400 «Otros miembros del personal»;

consignar 900 000 de euros en la partida 1402 «Intérpretes de conferencia»;

consignar 440 000 de euros en la partida 1420 «Prestaciones externas»;

consignar 1 136 000 de euros en la partida 2001 «Cánones enfitéuticos»;

consignar 1 400 000 de euros en la partida 2007 «Acondicionamiento de los locales»;

consignar 2 000 000 de euros en la partida 4000 «Gastos administrativos, de funcionamiento, de actividades políticas y de información de los grupos políticos y de los miembros no inscritos»;

Una presupuestación más general

20.

Pide que se mejore la presentación de los ingresos procedentes de préstamos, alquileres o prestación de servicios, que deberían indicarse claramente en el estado de ingresos del presupuesto del Parlamento;

21.

Propone que se cree una línea separada para las Oficinas de información y pide que se indique, en una nota a pie de página en el organigrama del Parlamento, el número de agentes vinculados a dichas Oficinas de información;

22.

Pide que los gastos de misión para formación se presenten en una línea presupuestaria separada;

Política inmobiliaria

23.

Lamenta que la Mesa no haya contestado a la petición de presentar un plan actualizado de adquisición de inmuebles, incluidas las opciones de compra de locales para Oficinas de información; pide que esta información se facilite antes del 30 de noviembre de 2005; considera que el Parlamento debería tener una política inmobiliaria clara que le permita una planificación financiera apropiada;

Política de personal

24.

Lamenta que las solicitudes de la Mesa de 112 nuevos puestos no relacionados con la ampliación no tengan en cuenta la posibilidad de redistribución del personal actual, tal como se indica el apartado 6 de su citada Resolución de 12 de mayo de 2005 sobre el estado de previsiones del Parlamento;

25.

Reitera su solicitud de que, antes del 30 de noviembre de 2005, se presente un informe que contenga información detallada sobre el número actual de agentes contractuales y temporales, así como una comparación entre la situación existente antes y después del cambio de Estatuto de los funcionarios; considera que la información incluida en el informe anterior era demasiado breve y general;

26.

Pide a la administración del Parlamento que, en la propuesta de anteproyecto de estado de previsiones del Parlamento, incluya información pormenorizada sobre el número de personal contractual en la Secretaría del Parlamento y en los grupos políticos, así como sobre todo el personal de las Oficinas de información;

27.

Aprueba las siguientes medidas relativas a la plantilla de personal:

a)

crear 18 puestos A* en la Unidad de Publicación Web para garantizar su multilingüismo;

b)

crear 46 puestos (21 A*, 1 A* temporal, 19 B* y 5 C*) para todos los demás sectores prioritarios, incluidos el Sistema Comunitario de Gestión y Auditoría Medioambientales (EMAS), la Unidad de Seguridad, la Dirección de Tecnologías de la Información, el apoyo a los servicios parlamentarios, la DG de Políticas Exteriores, la DG de Información, la DG de Personal, la DG de Infraestructuras e Interpretación y la DG de Finanzas, prorrogar 4 puestos temporales (3 A* y 1 C*) en el Servicio Jurídico y transformar 6 puestos A* en la DG de Información de temporales en permanentes;

c)

respaldar la revalorización técnica de 60 puestos A*5 en A*12, 39 puestos B*3 en B*11 y 91 C*1 en C*7 para facilitar los traslados interinstitucionales;

d)

consignar las revalorizaciones necesarias para llevar a la práctica la política de promociones del Parlamento y aplicar correctamente el nuevo Estatuto de los funcionarios mediante el cual se introdujo una estructura de grados distinta con el desglose siguiente: 245 grados A*, 87 grados B*, 573 grados C* y 35 grados D*;

e)

la previsión de revalorizaciones adicionales en las secretarías de los grupos políticos por el mismo motivo:

6 A*12 en A*13, 4 A*11 en A*12, 6 A*10 en A*11, 1 A*9 en A*10, 1 A*8 en A*9, 10 A*6 en A*7, 1 A*5 en A*7, 7 A*5 en A*6, 2 B*10 en B*11, 1 B*8 en B*10, 3 B*8 en B*9, 5 B*7 en B*8, 2 B*6 en B*7, 2 B*5 en B*6, 13 B*3 en B*4, 2 C*6 en C*7, 1 C*5 en C*6, 1 C*3 en C*4, 5 C*1 en C*2, 1 D*4 en C*4 y 1 D*3 en C*4;

la supresión de las siguientes revalorizaciones incluidas en el estado de previsiones: 2 A*6 en A*9;

f)

la previsión de una promoción ad personam de A* 14 en A* 15 para un funcionario que ha realizado un largo período de servicio;

g)

la previsión de las siguientes revalorizaciones de puestos temporales:

Secretaría General del Parlamento: 1 A*12 en A*13 para el Servicio Médico;

Secretaría de los No inscritos: 3 C* en 3 B*;

h)

la autorización de un ajuste técnico en conexión con el último plan especial de jubilación anticipada:

Secretaría General del Parlamento: 1 B*7 en B*8, 3 B*3 en B*5, y 1 C*5 en C*6;

grupos políticos: 1 A*5 en A*12, 1 B*10 en B*8, 1 B*7 en B*6, y 1 C*1 en B*3;

28.

Observa que la administración del Parlamento debería respetar plenamente el código de buenas prácticas para la contratación de personas con discapacidad;

Asuntos varios

29.

Decide consignar una mención pro memoria para el debate sobre el «Futuro de Europa» a la espera de las deliberaciones de la Conferencia de Presidentes;

30.

Pide a la administración del Parlamento que examine la posibilidad de desarrollar un programa de aprendizaje que permita a un cierto número de aprendices beneficiarse de un programa de formación en el Parlamento; pide al Secretario General que presente un informe a este respecto; propone la creación de 5 puestos en la reserva (1 A* y 4 B*) para la Unidad de Formación Profesional y de una nueva línea presupuestaria 1407 «Indemnización de formación» (Programa de aprendizaje del Parlamento Europeo) con una mención pro memoria;

31.

Pide a los puestos que se han creado recientemente para el EMAS que examinen la utilización por parte del Parlamento de aquellos vehículos que sean menos contaminantes para el medio ambiente;

32.

Decide realizar ajustes en otros sectores que han evolucionado desde que se aprobó el estado de previsiones:

consignar una mención pro memoria en la partida 3222/02 («Gastos de fondos de archivo: tratamiento del patrimonio archivístico de los diputados europeos entregado en forma de donación o legados legales a un instituto, asociación o fundación»), cuyos créditos podrían transferirse a la línea presupuestaria cuando la Mesa haya completado la evaluación de la política de archivos históricos;

aumentar la asignación para la partida 3200/02 («Adquisición de conocimientos técnicos: expertos y otras personas que participan en las políticas exteriores de la UE») en 65 000 euros;

33.

Toma nota de los progresos realizados en el marco de la reforma administrativa «Raising the Game» («Nuevas bazas para la institución») en lo que se refiere a la asistencia a los diputados en su trabajo legislativo en la Unión Europea ampliada; pide al Secretario General y a la Mesa que examinen regularmente el funcionamiento de las secretarías de comisión, así como que se apoye plenamente a los presidentes de comisión en el cumplimiento de sus cometidos; insta al Secretario General a que tome las medidas necesarias para adaptar las mayores responsabilidades de los diputados y de las comisiones parlamentarias ante la función legislativa del Parlamento;

34.

Pide a la Mesa que examine la manera de reducir el aumento de los costes energéticos, en particular siguiendo la iniciativa japonesa de trabajar «sin corbata» para reducir los costes de aire acondicionado en verano;

35.

Recuerda la importancia del ejercicio diario para la salud de los diputados y el personal; pide a la Mesa que efectúe una evaluación del funcionamiento del centro de deportes, en particular, de los servicios que presta y de su política de precios, así como de sus horas de apertura;

36.

Pide a la Mesa que considere cómo introducir ulteriores mejoras en su política de formación, como la formación lingüística de los diputados;

Otras instituciones

37.

Crea nuevos puestos relacionados con la próxima ampliación con el fin de velar por que las necesidades de las instituciones estén cubiertas a este respecto; restablece una parte de los créditos reducidos por el Consejo para permitir el funcionamiento adecuado de las instituciones;

38.

Aprueba las revalorizaciones para el desarrollo de la carrera con arreglo a las disposiciones del nuevo Estatuto de los funcionarios, que solicitaron las instituciones y a las que el Consejo había dado su acuerdo en el proyecto de presupuesto;

Sección II — Consejo

39.

Manifiesta su preocupación por los créditos asignados para cubrir los gastos de las actividades de la PESC así como por la introducción de múltiples líneas presupuestarias nuevas para las actividades relacionadas con la PESD y la PESC; recuerda que los presupuestos de otras instituciones deberían cubrir los gastos administrativos;

40.

Señala la creación de 161 nuevos puestos (1 A*15, 4 A*12, 6 A*11, 1 A*10 T, 8 A*9, 12 A*7, 58 A*5, 2 B*7, 6 B*6, 17 B*3, 23 C*4, 23 C*1) y el traslado de 1 puesto C*1 a la Comisión;

Sección IV — Tribunal de Justicia

41.

Pide al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas que, antes del 1 de noviembre de 2005, modifique su decisión administrativa de 31 de marzo de 2004, de manera que se prohíba el uso de vehículos oficiales para fines privados;

42.

Aprueba las siguientes medidas relativas a la plantilla de personal:

creación de 5 nuevos puestos permanentes (4B*3 y 1 C*1), además de los 22 nuevos puestos (2 A*14 T, 2 A*12 T, 3 A*11 T, 1 A*10 T, 4 A*6, 1 A*5, 1 B*5 T, 3 B*3, 3 B*3 T, 2 C*1, de los cuales 18 para el nuevo Tribunal de la Función Pública), algo a lo que el Consejo ya había dado su acuerdo en el proyecto de presupuesto;

creación de 16 puestos permanentes para Rumania y Bulgaria (10 A*7, 2 B*3 y 4 C*1);

43.

Señala que se ha presentado la propuesta sobre el número definitivo de puestos para el nuevo Tribunal de la Función Pública y que la decisión se tomará en 2005;

44.

Decide incrementar los créditos que el Consejo incluyó en el proyecto de presupuesto en 3 398 000 euros, fundamentalmente para sueldos, traducción externa (fieelance) y tecnologías de la información;

Sección V — Tribunal de Cuentas

45.

Pide al Tribunal de Cuentas que, antes del 1 de noviembre de 2005, modifique su decisión administrativa de 15 de junio de 2004, de manera que se prohíba el uso de vehículos oficiales para fines privados;

46.

Aprueba las siguientes medidas relativas a la plantilla de personal:

creación de 4 nuevos puestos permanentes (4 B*3), además de los 11 nuevos puestos (10 A*6 y 1 B*3) a los que el Consejo ya había dado su acuerdo en el proyecto de presupuesto, así como la supresión de 1 A* 12 temporal;

47.

Decide incrementar los créditos incluidos por el Consejo en el proyecto de presupuesto en 1 555 000 euros, fundamentalmente para sueldos;

Sección VI — Comité Económico y Social Europeo

48.

Aprueba las siguientes medidas relativas a la plantilla de personal:

creación de 7 nuevos puestos permanentes (7 B*3), además de los 28 nuevos puestos (1 A*12, 23 A*6 y 4 B*3) a los que el Consejo ya había dado su acuerdo en el proyecto de presupuesto;

49.

Decide incrementar los créditos incluidos por el Consejo en el proyecto de presupuesto en 1 190 000 euros, fundamentalmente para sueldos y para ajustes en los gastos relativos a los edificios;

Sección VII — Comité de las Regiones

50.

Constata con satisfacción que el 15 de junio de 2004 concluyeron las obras del edificio Belliard, y agradece que el Comité de las Regiones y el Comité Económico y Social Europeo hayan informado conjuntamente al Parlamento con regularidad sobre los avances de las obras; pide que ambos Comités soliciten un informe a la empresa consultora Sicabel, que se ha encargado del seguimiento de las obras desde el inicio del proyecto de renovación, para dar cuenta de que el proyecto se ha llevado a cabo de conformidad con el contrato y sus anexos; solicita que se le transmita el informe antes del 1 de marzo de 2006;

51.

Aprueba las siguientes medidas relativas a la plantilla de personal:

creación de 11 nuevos puestos (6 B*3 permanente, 2 B*3 temporales y 3 C*1), además de los 20 puestos (1 A*12, 18 A*6 de los cuales 14 puestos lingüísticos y 1 A*6 temporal) a los que el Consejo ya había dado su acuerdo en el proyecto de presupuesto;

52.

Decide incrementar los créditos incluidos por el Consejo en el proyecto de presupuesto en 1 259 500 euros, fundamentalmente para sueldos y para ajustes en los gastos relativos a los edificios;

Sección VIII (A) — Defensor del Pueblo Europeo

53.

Aprueba las siguientes medidas relativas a la plantilla de personal:

creación de 2 nuevos puestos temporales (2 B*3), además de los 4 nuevos puestos (3 A*5 y C*1) a los que el Consejo ya había dado su acuerdo en el proyecto de presupuesto;

54.

Decide incrementar los créditos incluidos por el Consejo en el proyecto de presupuesto en 173 056 euros;

Sección VIII (B) — Supervisor Europeo de Protección de Datos

55.

Aprueba las siguientes medidas relativas a la plantilla de personal:

creación de 2 nuevos puestos permanentes (1 B*8 y 1 C*6), además de los 3 nuevos puestos (3 A*8) a los que el Consejo ya había dado su acuerdo en el proyecto de presupuesto;

56.

Decide incrementar los créditos incluidos por el Consejo en el proyecto de presupuesto en 136 600 euros;

*

* *

57.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución, acompañada de las enmiendas a las Secciones I, II, IV, V, VI, VII, VIII (A) y VIII (B) del proyecto de presupuesto general, al Consejo y a la Comisión, así como a los demás órganos e instituciones interesados.


(1)  DO L 253 de 7.10.2000, p. 42.

(2)  DO C 172 de 18.6.1999, p. 1. Acuerdo modificado por la Decisión 2003/429/CE (DO L 147 de 14.6.2003, p. 25).

(3)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0067.

(4)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0181.

P6_TA(2005)0411

Situación en Azerbaiyán en vísperas de las elecciones

Resolución del Parlamento Europeo sobre Azerbaiyán

El Parlamento Europeo,

Vistas sus resoluciones anteriores sobre Azerbaiyán y el Cáucaso Meridional y, en particular, su Resolución de 9 de junio de 2005 (1),

Vista su Resolución, de 20 de noviembre de 2003, sobre «Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa» (2),

Visto el Acuerdo de colaboración y cooperación con Azerbaiyán, que entró en vigor el 1 de julio de 1999,

Vista la decisión del Consejo de 14 de junio de 2004 de incluir en la Política Europea de Vecindad (PEV) a Azerbaiyán, junto con Armenia y Georgia,

Vistas la declaración final y las recomendaciones de la sexta reunión de la Comisión Parlamentaria de Cooperación UE-Azerbaiyán de los días 18 y 19 de abril de 2005,

Visto el informe de la Comisión, de 2 de marzo de 2005, dedicado a Azerbaiyán,

Vista la declaración de la UE, de 6 de octubre de 2005, sobre Azerbaiyán,

Vistas la condición de Azerbaiyán de miembro del Consejo de Europa y Parte Contratante del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, así como las múltiples resoluciones de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa sobre la situación en Azerbaiyán, en particular su Resolución de 22 de junio de 2005,

Vistos los informes provisionales de septiembre y octubre de 2005 de las misiones de observación electoral de la OSCE,

Visto el apartado 4 del artículo 103 de su Reglamento,

A.

Considerando que las próximas elecciones parlamentarias del 6 de noviembre de 2005 pondrán a prueba los compromisos asumidos por el Gobierno de Azerbaiyán en cuanto a la continuación del proceso democrático,

B.

Considerando que la decisión del Consejo sobre la solicitud del Parlamento Europeo de hacer extensiva la PEV a los tres países del Cáucaso Meridional ofrece a Azerbaiyán nuevos instrumentos para las relaciones con la UE y el marco en el que integrarse en las políticas de la UE, más allá del actual Acuerdo de asociación y colaboración,

C.

Considerando que la PEV reconoce las aspiraciones europeas de Azerbaiyán y su importancia como país con firmes lazos históricos, culturales y económicos con la UE y considerando que solamente podrá desarrollarse una asociación genuina y equilibrada sobre la base de los valores comunes de democracia, Estado de Derecho y respeto de los derechos humanos, de las minorías y de las libertades fundamentales,

D.

Seriamente preocupado por los acontecimientos de los días 25 de septiembre y 1 y 9 de octubre de 2005, en los que la policía impidió violentamente que miles de activistas de la oposición pertenecientes al bloque Azadlig se manifestasen en Bakú ignorando la prohibición del Gobierno, golpeó a varios periodistas y arrestó a docenas de manifestantes,

E.

Considerando que el 17 de octubre de 2005 Rasul Guliyev, líder de la oposición inscrito como candidato a las elecciones, fue detenido temporalmente en Ucrania de regreso a Bakú como consecuencia de un mandato internacional cursado por Azerbaiyán en el que se alegaba malversación de fondos, y que los días 16 y 17 de octubre de 2005 la policía detuvo a cerca de 200 militantes de la oposición y arrestó a muchos de ellos en relación con el retorno previsto a Bakú de Guliyev,

F.

Preocupado por la situación de los medios de comunicación de la oposición y los casos de abusos y ataques cometidos contra los periodistas, así como las amenazas y los actos de difamación, presión y acoso contra los defensores de los derechos humanos,

G.

Considerando que el primer informe provisional de la Misión de Observación Electoral de la OSCE de septiembre de 2005 expresa preocupación ante las restricciones de la libertad de reunión y confirma que solamente se habían aplicado parcialmente las recomendaciones de la Comisión Venecia para mejorar el marco legislativo para las elecciones y para introducir salvaguardias clave para aumentar la confianza pública;

H.

Considerando que el segundo informe provisional de la Misión de Observación Electoral de la OSCE de octubre de 2005, si bien reconoce algunas mejoras en el acceso de todos los partidos a los medios de comunicación, destaca la persistencia de restricciones desproporcionadas impuestas a las campañas electorales de los candidatos de la oposición por las fuerzas progubernamentales y asimismo que algunas comisiones electorales no aplican la ley electoral de manera justa e imparcial,

I.

Considerando que, con vistas a las elecciones parlamentarias del mes de noviembre de 2005, el Presidente Ilham Alíyev promulgó el 11 de mayo de 2005 una orden ejecutiva sobre «La mejora de las prácticas electorales en la República de Azerbaiyán»,

J.

Considerando que la presidencia colegiada estadounidense, francesa y rusa del Grupo de Minsk de la OSCE se reunió en Washington en fecha reciente para examinar la situación actual del proceso de paz de Nagorno Karabaj y para preparar, en particular, la reunión que ha previsto celebrar en Liubliana con los Ministros de Asuntos Exteriores azerbaiyano y armenio,

1.

Lamenta la negativa de las autoridades azerbaiyanas a autorizar las manifestaciones de la oposición por los recorridos previstos en el centro de Bakú y condena las medidas policiales desmesuradas y violentas contra los manifestantes desde el mes de septiembre de 2005;

2.

Reclama la inmediata puesta en libertad de todos los detenidos y pide que se investiguen plena e imparcialmente los hechos mencionados, incluida la responsabilidad de las fuerzas de seguridad, e insta encarecidamente a Azerbaiyán a velar por el respeto de los derechos humanos fundamentales de los detenidos;

3.

Pide a las autoridades de Azerbaiyán que garanticen y respeten la libertad de reunión y que velen por que las próximas elecciones parlamentarias cumplan plenamente las normas internacionalmente reconocidas y las recomendaciones formuladas hace tiempo por la OSCE/OIDDH y la Comisión de Venecia, y pide a todos los partidos que concurren a las elecciones que hagan campaña pacíficamente; subraya que, correctamente aplicado, el actual código electoral podría servir de base para la celebración de unas elecciones democráticas;

4.

Acoge con satisfacción la liberación de Rasul Guliyev, detenido por las autoridades judiciales de Ucrania, tras dictaminar éstas que los argumentos para la extradición presentados por las autoridades de Azerbaiyán no eran lo suficientemente consistentes; subraya la actitud contradictoria del Gobierno de Bakú, que permite a una persona presentarse como candidata a las elecciones y al mismo tiempo le impide participar en ellas;

5.

Insta a las autoridades a que presten especial atención a la seguridad y a la libertad de los periodistas y los medios de comunicación y a que tomen medidas inmediatas para protegerles tras la ola de violencia desatada directamente contra los representantes de los medios de comunicación;

6.

Insta encarecidamente a las autoridades azerbaiyanas a que hagan cuanto esté en su mano para procesar a los responsables del asesinato de Elmar Husseínov, editor de Monitor, revista de noticias de la oposición;

7.

Lamenta la detención de los líderes del movimiento juvenil «Yeni Fikir» (Nuevo Pensamiento), falsamente acusados de preparar un golpe de Estado, y pide su inmediata puesta en libertad;

8.

Reitera su petición a Azerbaiyán de que asegure la independencia del poder judicial y garantice los derechos humanos fundamentales de las personas detenidas; pide a las autoridades que tomen medidas para remediar las deficiencias observadas en los juicios y, a este respecto, insta al Gobierno a que aplique las recomendaciones del Consejo de Europa sobre el trato que ha de darse a los presos políticos, a raíz de alegaciones extensivas y creíbles sobre torturas y malos tratos;

9.

Destaca que la valoración global de las credenciales democráticas de las elecciones influirán en la decisión de comenzar a trabajar en un nuevo Plan de Acción para Azerbaiyán, que debería centrarse en la consolidación de una auténtica democracia y un auténtico respeto de los derechos humanos y del Estado de Derecho; pide a la Comisión, en este sentido, que coordine su acción con el Consejo de Europa y que haga cuanto esté en su mano por respaldar y desarrollar la sociedad civil;

10.

Se congratula de las recomendaciones de la Comisión para una intensificación considerable de las relaciones con Azerbaiyán e insta a la Comisión a que siga ofreciendo la asistencia necesaria al Gobierno azerbaiyano para la realización de las reformas jurídicas e institucionales en el ámbito de los derechos humanos y del Estado de Derecho;

11.

Insta a las autoridades azerbaiyanas a combatir eficazmente la corrupción en el país, sobre todo destinando más fondos a los programas educativos y estableciendo el marco legislativo necesario para promover la coordinación de los esfuerzos gubernamentales y de la sociedad civil en la lucha contra la corrupción;

12.

Pide al Gobierno azerbaiyano que resuelva el problema que plantea la existencia de un puente aéreo directo entre Bakú y el Norte de Chipre con arreglo a las normas de la Organización de la Asociación Civil Internacional a fin de asegurar el desarrollo de la PEV con todos los países del Cáucaso Meridional;

13.

Expresa su convicción de que en el Grupo de Minsk está la clave para la resolución de la controversia sobre Nagorno Karabaj, y expresa su pleno apoyo a los esfuerzos desplegados desde comienzos de año por los Gobiernos azerbaiyano y armenio para mejorar el diálogo;

14.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Parlamentos y los Gobiernos de los Estados miembros, al Presidente, al Gobierno y al Parlamento de la República de Azerbaiyán, a los Gobiernos y Parlamentos de Rusia, Turquía y los Estados Unidos, y a las Asambleas Parlamentarias de la OSCE y del Consejo de Europa.


(1)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0243.

(2)  DO C 87 E de 7.4.2004, p. 506.

P6_TA(2005)0412

El proceso de Barcelona renovado

Resolución del Parlamento Europeo sobre el proceso de Barcelona renovado (2005/2058 (INI))

El Parlamento Europeo,

Vista la Declaración de Barcelona aprobada en la Conferencia Euromediterránea de los días 27 y 28 de noviembre de 1995 por la que se crea la Asociación Euromediterránea, así como su detallado programa de trabajo,

Vista la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo «Décimo aniversario de la Asociación Euromediterránea: Programa de trabajo para afrontar los retos de los próximos cinco años» (COM(2005)0139) y sus anexos (SEC(2005)0482 y SEC(2005)0483),

Vistos la Comunicación de la Comisión al Consejo y al Parlamento Europeo «Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa» (COM(2003)0104), su Documento de Estrategia — política europea de vecindad (COM(2004) 0373), su propuesta relativa a la creación de un Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación (COM(2004)0628), su Comunicación sobre los planes de acción elaborados de conformidad con la política europea de vecindad (COM(2004) 0795), y los planes de acción propuestos para Israel, Jordania, Marruecos, la Autoridad Palestina y Túnez,

Vistas las conclusiones de todas las Conferencias ministeriales y Conferencias ministeriales sectoriales euromediterráneas que se han celebrado desde el lanzamiento del proceso de Barcelona y, concretamente, las conclusiones de la VII Conferencia Euromediterránea de Ministros de Asuntos Exteriores celebrada en Luxemburgo los días 30 y 31 de mayo de 2005,

Vista la Asociación estratégica de la UE con el Mediterráneo y Oriente Próximo, decidida por el Consejo Europeo en junio de 2004,

Vistas las declaraciones de las cinco sesiones plenarias del Foro Parlamentario Euromediterráneo elaboradas entre su establecimiento en noviembre de 1998 y su transformación en la Asamblea Parlamentaria Euromediterránea (APEM) en el marco de la VI Conferencia ministerial celebrada en Nápoles los días 2 y 3 de diciembre de 2003,

Vistas las prioridades políticas de la Presidencia del Parlamento Europeo de la APEM (declaradas el 21 de abril de 2005) para reforzar el diálogo sobre derechos humanos con los parlamentos de los países socios,

Vista la Resolución, de 15 de marzo de 2005, aprobada por la primera Asamblea Parlamentaria Euro-mediterránea celebrada en el Cairo,

Vista su Resolución, de 12 de febrero de 2004, sobre «Un nuevo impulso a las iniciativas de la UE en el ámbito de los derechos humanos y la democratización, en colaboración con los socios mediterráneos» (1),

Vista su Resolución, de 20 de noviembre de 2003, sobre «Una Europa más amplia. Relaciones con los países vecinos: un Nuevo marco para las relaciones con nuestros vecinos del Este y del Sur de Europa» (2),

Vistas sus resoluciones anteriores sobre la política mediterránea de la Unión Europea,

Vistos los informes 2002, 2003 y 2004 del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) sobre el desarrollo humano en el mundo árabe,

Visto el informe «Barcelona Plus: Hacia una comunidad Euromediterránea de Estados democráticos» elaborado por la Comisión de Estudio Euromediterráneo en abril de 2005,

Visto el artículo 45 de su Reglamento,

Vistos el informe de la Comisión de Asuntos Exteriores y las opiniones de la Comisión de Comercio Internacional y de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Género (A6-0280/2005),

A.

Considerando que la promoción y el respeto de la democracia, los derechos humanos, el Estado de Derecho y las libertades fundamentales constituyen principios y prioridades básicos de la Unión Europea y son una base esencial para el desarrollo de la región mediterránea,

B.

Considerando el contenido de los acuerdos de asociación euromediterráneos, en particular el artículo 2, que establece que el respeto de los principios democráticos y de los derechos fundamentales inspira las políticas internas e internacionales de las partes y constituye un elemento esencial del Acuerdo,

C.

Considerando que, en su Resolución de 23 de febrero de 2005 sobre la Asociación Euromediterránea (3), el Parlamento pide al Consejo y a la Comisión un esfuerzo renovado para fomentar la democracia y contribuir a promover las reformas políticas, económicas y sociales necesarias en los países mediterráneos,

D.

Considerando que la política mediterránea constituye una de las principales prioridades de la política exterior de la Unión Europea; considerando asimismo que el proceso de Barcelona sólo puede ganar eficacia mediante una política exterior y de seguridad común coherente de la Unión Europea, lo que, al mismo tiempo, reforzaría su credibilidad,

E.

Considerando que la Europa ampliada alberga un interés significativo en relación con el establecimiento de un sistema coherente de relaciones con los países vecinos en la región mediterránea y Oriente Próximo sobre la base de los anteriormente mencionados principios y valores, así como del diálogo entre culturas y religiones y con el objeto de poner en marcha una amplia asociación que incluya la liberalización política y económica, el crecimiento económico sostenible y una prosperidad compartida,

F.

Considerando que el desarrollo democrático y próspero de la Asociación Euromediterránea depende en gran medida de la voluntad de los países socios y sus pueblos de compartir valores comunes relativos a la democracia y al respeto de los derechos fundamentales con un verdadero espíritu de cooperación simétrica, igualdad, participación e implicación conjuntas, así como responsabilidad compartida,

G.

Considerando que la política europea de vecindad tiene por objeto reforzar la cooperación, ofreciendo nuevas oportunidades para profundizar en las relaciones, reforzar el diálogo político e integrar a los países socios en las políticas de la Unión Europea,

H.

Considerando que la Declaración de Barcelona de 28 de noviembre de 1995 marcó un hito en las relaciones entre la Unión Europea y sus vecinos mediterráneos,

I.

Considerando que la Asociación Euromediterránea, que combina mecanismos de consulta bilaterales y multilaterales y diferentes canales de toma de decisiones, constituye una asociación única en sus objetivos y filosofía y, por consiguiente, se debe preservar, reactivar, reevaluar a la luz de los resultados logrados y aplicar en mayor medida con vistas a trabajar por los ambiciosos objetivos que originalmente se le fijaron,

J.

Considerando no obstante que no se ha avanzado mucho en la dimensión regional de la asociación, que debería desarrollarse seriamente y disponer de mayores recursos financieros, como se previó al inicio del proceso,

K.

Considerando que la retirada de Israel de Gaza debe considerarse como un paso más, aunque importante, en la Hoja de Ruta con vistas a una resolución global del conflicto en Oriente Próximo y que si va seguido de otros pasos por ambas partes podrá dar un nuevo empuje al proceso de Barcelona,

L.

Considerando que los resultados de la revisión de la Asociación efectuada después de diez años de existencia resultan heterogéneos, con numerosos logros en su haber por una parte y, por otra, con mucho todavía por hacer con vistas a materializar todo el potencial contenido en la Declaración de Barcelona,

M.

Considerando que las relaciones bilaterales han prevalecido por encima del marco multilateral debido también a la debilidad de los países socios y las dificultades para desarrollar y reforzar las relaciones Sur-Sur,

N.

Considerando que en la Cumbre de Barcelona de los días 27 y 28 de noviembre del 2005 se deberían establecer unas prioridades claras y viables para el futuro inmediato que tengan en consideración los fracasos y puntos muertos del pasado y dirigidas a lograr resultados concretos a corto y medio plazo,

O.

Considerando que parece que la ayuda para emprender reformas en el ámbito de la educación, una gestión conjunta de los movimientos migratorios y de población, así como una intensificación del diálogo — también entre las diferentes religiones — y la asistencia relativos a estrategias coordinadas en materia de lucha contra el terrorismo constituyen ámbitos potenciales de una colaboración reforzada entre los socios euromediterráneos,

P.

Considerando que la primera reunión de la Asamblea Parlamentaria Euromediterránea, que se celebró con éxito en marzo de 2005, así como otros avances institucionales de la Asociación Euromediterránea, permiten consolidar su dimensión política multilateral,

Q.

Considerando la importancia de reforzar asimismo esta dimensión mediante una mayor participación de las sociedades civiles y las organizaciones no gubernamentales en el proceso,

R.

Considerando que la celebración del Año del Mediterráneo en 2005 debería aumentar la visibilidad del proceso de Barcelona y la concienciación de los ciudadanos sobre sus actividades,

1.

Acoge con satisfacción la reciente Comunicación de la Comisión en la que se revisan los diez años de funcionamiento de la Asociación y se señalan una serie de ámbitos específicos de colaboración -derechos humanos y democracia, desarrollo económico sostenible y reformas económicas, y educación- que es necesario seguir desarrollando durante los próximos cinco años;

2.

Comparte la convicción de que, aunque la Asociación aún no haya dado los frutos esperados ni haya contribuido a rebajar la tensión en la zona todo lo que cabía esperar, aún se pueden realizar mejoras y, por consiguiente, el proceso de Barcelona continúa siendo el marco adecuado para la política mediterránea, que deberá modificarse para lograr mejores resultados;

3.

Señala que, para ser eficaz, la política euromediterránea debe contar con un presupuesto en línea con sus ambiciones;

4.

Lamenta que la Asociación Euromediterránea no haya tenido hasta la fecha repercusiones directas sobre los principales conflictos sin resolver en la zona del Mediterráneo, aunque se ha entablado un diálogo en el marco de una serie de grupos de trabajo en relación con los desafíos concretos existentes;

5.

Recuerda que el desarrollo de la democracia es uno de los objetivos del proceso de Barcelona, que debe conseguirse promoviendo reformas políticas con el concurso de la sociedad civil y de todos los grupos y movimientos políticos que rechazan el uso de la violencia;

6.

Considera que una de las principales cuestiones que es necesario abordar es una mayor participación de todos los países socios mediterráneos en el proceso de toma de decisiones de la Asociación, con vistas a fomentar iniciativas conjuntas y reforzar la responsabilidad compartida;

7.

Celebra, en este contexto, la creación de la Plataforma No Gubernamental Euromed, cuya reunión constitutiva se celebró en el marco del Foro Civil de abril de 2005 en Luxemburgo; subraya a este respecto la importancia que tiene la participación de esta plataforma y el desarrollo de una estrecha cooperación con ella con vistas a ampliar la participación de la Asociación Euromediterránea y de aumentar la conciencia de la opinión pública con respecto a este proceso;

8.

Considera fundamental que al diálogo político se añada una cooperación más intensa en el ámbito cultural y social, también con el fin de poner de relieve las contribuciones y prioridades que resultan de un número creciente de análisis procedentes del mundo árabe y mediterráneo, reflejados en los recientes informes anuales del PNUD;

9.

Celebra la creación de la Asamblea Parlamentaria Euromediterránea y pide que, en el futuro, ésta cuente con los medios y estructuras administrativas necesarios para garantizar su visibilidad y su buen funcionamiento;

10.

Se manifiesta convencido de que no sólo la futura cooperación podrá orientarse en función de las necesidades de la Unión Europea en materia de política de seguridad u otras relacionadas con ésta, sino que también debe colocar en primer plano la relación que existe entre los tres ámbitos de la cooperación, a saber, paz, comercio y sociedad civil; reconoce en este contexto la relación que existe entre seguridad y desarrollo y la importancia especial que revisten las cuestiones socioeconómicas para la región del sur del Mediterráneo;

11.

Lamenta que la propuesta, incluida en la Declaración de Barcelona inicial, de que la Comisión organice una reunión anual de representantes locales y regionales para identificar desafíos comunes e intercambiar experiencias, nunca se haya aplicado, y pide a la Comisión que haga realidad esta iniciativa en el marco de la Asociación Euromediterránea revisada;

12.

Considera que la política europea de vecindad, fundamentada sobre los logros del proceso de Barcelona y basada en los principios de «implicación conjunta» y diferenciación, debería reforzar las formas de colaboración existentes en el marco de Euromed con el objeto de ofrecer a los países socios la posibilidad de participar en los programas y políticas de la Unión Europea sobre la base de una serie de prioridades y objetivos determinados de forma conjunta y fundamentados en una aplicación continua del principio de cooperación regional y subregional (así como municipal y local), tanto por parte de los interlocutores euromediterráneos como de los propios Estados miembros;

13.

Recuerda que la integración regional Sur-Sur es fundamental para conseguir un marco estable de prosperidad compartida, y que tal es el ejemplo y la experiencia de la Unión Europea;

14.

Recuerda que uno de los objetivos fundamentales de la política mediterránea de la Unión Europea, así como de la política europea de vecindad, es respaldar y promover reformas políticas (avances en el proceso de democratización, refuerzo del pluralismo y del Estado de Derecho, mayor respeto de los derechos humanos), así como reformas económicas y sociales;

15.

Celebra la creación de una subcomisión de derechos humanos con Jordania y Marruecos en el marco de los correspondientes acuerdos de asociación y pide que estas subcomisiones de derechos humanos también se creen en el marco de otros acuerdos de asociación para desarrollar un diálogo estructural sobre derechos humanos y democracia; opina que estas subcomisiones constituyen un elemento fundamental de los planes de acción; subraya la importancia de consultar a la sociedad civil y de su participación en el trabajo de esas subcomisiones con el fin de controlar mejor la situación de los derechos humanos; destaca también la necesidad de que el Parlamento colabore estrechamente en el trabajo y el seguimiento de esas subcomisiones;

16.

Reitera su apoyo a los defensores de los derechos humanos y acoge con satisfacción la adopción de las Orientaciones de la Unión Europea sobre los defensores de los derechos humanos; pide a este respecto al Consejo que ejerza la presión necesaria sobre los socios mediterráneos para que cumplan con su obligación de respetar los derechos de los defensores de los derechos humanos y de asegurar su protección;

17.

Recuerda que la creación de una zona de prosperidad compartida es uno de los objetivos principales de la Asociación Euromediterránea y que este objetivo requiere avanzar en la reducción de la pobreza en la región, así como en la superación de la fractura socioeconómica entre el Norte y el Sur; asimismo, observa que los países socios han realizado progresos significativos en materia de estabilidad macroeconómica y que la liberalización del comercio de mercancías está mejorando de forma notable;

18.

Acoge también con satisfacción a ese respecto la creación en 2002 del Fondo Euromediterráneo de Inversión y Asociación en el marco del Banco Europeo de Inversiones, si bien pide que los Estados miembros y los socios euromediterráneos inicien una reflexión con objeto de convertir esta iniciativa en un auténtico instrumento financiero de cooperación, abierto a la participación de los Estados de la región euromediterránea interesados;

19.

Subraya la importancia que reviste la creación de una zona de libre comercio para 2010 y desea que se aplique rápidamente el principio de la acumulación de origen, sistema que permitirá el acceso libre al mercado comunitario de los productos fabricados con componentes procedentes de varios países mediterráneos, con objeto de favorecer una mayor integración Sur-Sur;

20.

20 Toma nota de los progresos registrados en el camino hacia la creación de una zona de libre comercio para 2010 y del comienzo de una estrategia de liberalización del comercio en la agricultura; pide la integración de los criterios de desarrollo sostenible en el proceso así como una evaluación medioambiental correcta y detallada de cada fase; pide a la Comisión que elabore un estudio sobre el impacto de la liberalización del comercio de productos agrícolas y pesqueros en la región euromediterránea;

21.

Afirma que, mientras que la liberalización del comercio de mercancías está mejorando de forma notable, aumenta el déficit de los intercambios comerciales con los socios mediterráneos de la Unión Europea;

22.

Constata que, pese a las esperanzas existentes al iniciarse el proceso, los países socios no se han beneficiado, en términos de bienestar económico, de esta apertura comercial y siguen estando en una situación económica difícil, con una tasa de paro muy elevada y un nivel de inversiones débil que, dado que la población de estos Estados cuenta con un elevado porcentaje de jóvenes, influyen sobre los flujos migratorios;

23.

Considera que el aspecto económico de la Asociación se debe reorientar hacia la cohesión social y el desarrollo económico sostenible, teniendo en cuenta que la liberalización de los intercambios económicos no puede ser su único objetivo y que debe tener un marco jurídico adecuado;

24.

Exige que la Comisión y los Estados miembros se aseguren de que, en el marco de las próximas perspectivas financieras, se prevea una financiación suficiente para apoyar la transición económica de los países socios mediterráneos y que el importe de referencia financiera asignado al nuevo Instrumento Financiero de Vecindad y Asociación permita garantizar una cierta estabilidad y continuidad de la asistencia europea en la zona mediterránea (véase el antiguo programa MEDA);

25.

Considera necesario que el programa de trabajo de la Comisión se centre también y aborde las consecuencias sociales de la transición en los países del sur del Mediterráneo, teniendo en cuenta las diferentes necesidades de los países socios;

26.

Considera que, vista la situación económica de los países socios mediterráneos, se requiere un apoyo significativo para los proyectos de infraestructura, en particular en el ámbito del transporte, del abastecimiento de agua potable y de la vivienda;

27.

Opina que los ingresos procedentes del petróleo y del gas natural en esta región deberían ponerse en mayor medida a disposición del desarrollo económico y social de la región y utilizarse con total transparencia en interés del conjunto de la población;

28.

Desea que se mejoren las infraestructuras de transporte de mercancías y de personas en la región euromediterránea, prestando especial atención a los puertos;

29.

Recuerda la importancia de apoyar proyectos concretos de cooperación a pequeña escala sobre el terreno; considera que las pequeñas y medianas empresas pueden contribuir considerablemente a incrementar la prosperidad en los países socios, por lo que recomienda que se tomen medidas para potenciar el crecimiento económico y el consumo, en particular, utilizando préstamos e instrumentos de microcrédito;

30.

Subraya la importancia que reviste responder a los problemas que experimenta el sector de la industria textil apoyando a la Asociación Euromediterránea, que favorece la cooperación y la competitividad del sector mediante una política focalizada en el apoyo a la formación, la I+D, la innovación tecnológica, la difusión de buenas prácticas y los intercambios de información sobre los mercados; recomienda que se establezca una red euromediterránea de escuelas, institutos de formación y centros técnicos especializados en el sector textil y de la confección, con vistas a fomentar la asociación técnica, la formación y programas de investigación comunes;

31.

Considera que la cooperación descentralizada entre las entidades locales y regionales puede contribuir a la creación de instituciones y de capacidades locales así como a una mayor visibilidad y apropiación de la asociación; señala que los proyectos concretos de cooperación a pequeña escala entre ciudades, sean bilaterales o mediante redes regionales o interregionales, sobre una serie de temas relacionados con el desarrollo urbano sostenible (por ejemplo, la gestión de los residuos y de las aguas o el suministro de agua potable) pueden producir resultados tangibles para los ciudadanos y mejoras inmediatas en su calidad de vida;

32.

Observa que durante los últimos años se han realizado progresos importantes en relación con la aceleración de la puesta en marcha de proyectos y programas en el marco del Programa MEDA, especialmente debido a una renovación radical de la programación de la asistencia de la Comisión y gracias al importante papel concedido a los agentes que actúan sobre el terreno; lamenta, sin embargo, que el Consejo rebaje las cantidades destinadas al Programa MEDA en el proyecto de presupuesto 2006, en particular la línea referida a la reforma institucional, el desarrollo democrático y los derechos humanos, la reforma económica y social y la cooperación subregional; considera que esta reducción no sería coherente con el impulso que el proceso de Barcelona necesita;

33.

Considera que es el momento adecuado para actualizar las actividades de la Asociación Euromediterránea y tener en cuenta las oportunidades que ofrece la política europea de vecindad con vistas a acercarla a los ciudadanos;

34.

Recomienda que en el futuro se dedique una atención especial a un determinado número de actividades a escala multilateral y bilateral definidas conjuntamente, cuyo ritmo debería acelerarse y cuya acción debería estar orientada en mayor medida a los resultados;

35.

Opina que el desarrollo democrático en la región constituye una de las cuestiones clave para Europa; la Asociación Euromediterránea implica tanto a los países socios como a los agentes no estatales y la sociedad civil; recomienda que, por ejemplo, la Iniciativa Europea para la Democracia y los Derechos Humanos, un programa comunitario que financia diversos proyectos, se utilice en mayor medida para comenzar proyectos de democratización de diversos tipos;

36.

36 Considera que una de las prioridades fundamentales debería ser la colaboración en materia de protección civil y del medio ambiente y la lucha contra las catástrofes naturales; opina, en este contexto, que deberían acelerarse los procedimientos destinados a establecer un sistema de alerta rápida en la cuenca mediterránea para la prevención de tales catástrofes;

37.

Advierte que en los últimos años, la cuenca del Mediterráneo así como muchos de los Estados miembros han experimentado un deterioro del equilibrio ambiental, mayor contaminación, creciente escasez de agua y desarrollo urbano descontrolado y especulación, especialmente en el litoral, y considera que debe darse mayor protagonismo a la creación de políticas en el ámbito del medioambiente en todo el Mediterráneo, ya que resulta de una importancia crucial en toda política de desarrollo sostenible;

38.

Considera que el desarrollo de la educación y la formación profesional constituye una de las prioridades fundamentales, ya que son de vital importancia para el desarrollo económico y social de los países mediterráneos; pide una atención específica a las mujeres y a los grupos desfavorecidos como la población analfabeta, las estudiantes, los refugiados y las personas desplazadas y las poblaciones de las zonas rurales y suburbanas; por otra parte, considera que es necesario elaborar un enfoque más estratégico para respaldar los esfuerzos de los socios mediterráneos por llevar a cabo reformas educativas y lograr el desarrollo institucional en este ámbito; en particular, pide al Consejo, a los Estados miembros y a la Comisión que creen y apoyen programas de intercambio para escolares, estudiantes universitarios y académicos y las asociaciones entre ciudades y zonas geográficas y que intensifiquen los intercambios a escala parlamentaria; subraya a este respecto la importancia de un mayor desarrollo de la iniciativa de «Erasmus Mundus» así como del programa «La juventud en acción» para 2007-2013 con el fin de reforzar los intercambios interculturales en los países mediterráneos;

39.

Acoge con satisfacción la creación e inauguración de la Fundación Euromediterránea Anna Lindh para el Diálogo entre Culturas; manifiesta su convicción de que su acción puede contribuir de manera decisiva a aumentar el entendimiento mutuo y sacar el mayor partido posible a nuestro patrimonio cultural común;

40.

Pide a la Comisión, a los Estados miembros y a la Asociación Euromediterránea que busquen vías y mecanismos para apoyar el establecimiento, el fortalecimiento y el desarrollo de las redes nacionales de la Fundación Anna Lindh en los 35 países socios; pide a la Fundación que contribuya a la visibilidad y la copropiedad del proceso de Barcelona, para dar a la Asociación Euromediterránea una imagen a escala tanto nacional como regional;

41.

Pide que dentro de la región del Mediterráneo se proteja y se fomente la libertad de prensa y de opinión, tanto para asegurar el libre desempeño de la actividad de los profesionales de la comunicación como para garantizar un desarrollo democrático que hasta ahora se ha revelado insuficiente en la región;

42.

Manifiesta su convicción de que, a la vista de la actual situación mundial, debe llevarse a cabo un diálogo intercultural serio entre los socios, que incluya medidas como las que, por ejemplo, recomienda el informe del Grupo de asesores de alto nivel para el diálogo entre los pueblos y las culturas en el espacio Europa-Mediterráneo creado por Romano Prodi en 2003;

43.

Considera que la Asociación Euromediterránea, basada en la responsabilidad común, debe promover el diálogo religioso entre el cristianismo, el islam y el judaísmo, no sólo en el ámbito de la enseñanza y la difusión de conocimientos, sino también en la lucha contra el terrorismo, que constituye uno de los retos a escala mundial;

44.

Recomienda la realización conjunta de actividades académicas, de expertos y técnicos sobre el papel del Islam en sociedades democráticas y abiertas, así como la consideración de las causas que en ocasiones pueden llevar a integrantes de una comunidad cultural-religiosa a actuar con violencia;

45.

Subraya el hecho de que la migración y la integración social de los migrantes constituye otra cuestión clave de la Asociación Euromediterránea; asimismo, considera que los acuerdos de asociación y los planes de acción dirigidos a los países vecinos constituyen instrumentos adecuados para promover la gestión conjunta de la circulación de personas y los flujos migratorios; por otra parte, sugiere que a este respecto el nuevo Instrumento Europeo de Vecindad y Asociación se utilice para reforzar la colaboración transfronteriza entre los socios y entre éstos y los países de origen; asimismo, subraya la necesidad de abordar el problema de la migración ilegal, así como las graves repercusiones negativas derivadas de la misma, incluidos ciertos aspectos esenciales como la negociación de acuerdos de readmisión y la lucha enérgica contra el tráfico de seres humanos, que causa pérdida de vidas humanas y mucho sufrimiento; recuerda la necesidad de consultar a las entidades locales y regionales en este ámbito, dada su experiencia y responsabilidad en lo que respecta a la integración social de los inmigrantes, la recepción de solicitantes de asilo y el delicado tema de tratar con residentes indocumentados y solicitantes de asilo no admitidos;

46.

Recuerda que toda cooperación en materia de migración debe respetar el Derecho humanitario internacional y la legislación relativa a los derechos humanos; insiste en la necesidad de que todos los acuerdos de readmisión sean públicos y de que se respete el principio de no devolución, que establece el artículo 33 de la Convención de Ginebra de 1951 relativa al estatuto de los refugiados; rechaza el principio de crear «portales» y/o campos de migrantes en los países vecinos de la Unión Europea;

47.

Subraya que el fomento de la participación de las mujeres en los ámbitos económico, social y cultural, así como en la actividad política de cada país, debe ser la herramienta esencial para la consolidación de la democracia y para hacer frente a la discriminación de la mujer; pide, asimismo, que se integre la perspectiva de igualdad de género de manera transversal en las principales actividades de la Asociación Euromediterránea;

48.

Pide a los Gobiernos de los países asociados que reconozcan, respeten y protejan los derechos fundamentales y el estatuto de la mujer, tal y como se recogen en los tratados internacionales, y hace un llamamiento a los Gobiernos de dichos países para que aceleren las reformas legislativas, administrativas y de otro tipo, con objeto de establecer la igualdad jurídica entre mujeres y hombres en la vida familiar y pública, así como que incluyan la igualdad de género en todas sus políticas, fijando objetivos a corto y largo plazo;

49.

Pide a la Comisión que facilite información cualitativa y cuantitativa sobre la puesta en marcha y la ejecución concreta de los compromisos financieros adoptados en el marco de la cooperación bilateral (acuerdos de asociación), así como en el marco de la cooperación regional MEDA II (fase actual), para apoyar la participación activa de las mujeres en la vida política, económica y social;

50.

Manifiesta su satisfacción por el reciente lanzamiento del primer programa regional para la participación de las mujeres en la vida y el desarrollo económico y social (programa cuya creación se decidió ya en 2001) y pide a la Comisión que amplíe el ámbito y la temática a acciones de información y de sensibilización sobre la imagen de la mujer y la importancia de su papel en el proceso de democratización;

51.

Expresa su preocupación por la gran discriminación que sufren las mujeres en el mercado laboral, en los sistemas educativos y de formación profesional y en la participación cívica y política, así como los graves problemas que deben afrontar, entre ellos la violencia; pide a los países asociados una verdadera voluntad política y eficacia operativa para contribuir a la evolución de las mentalidades y promover la igualdad entre mujeres y hombres;

52.

Subraya la necesidad de que los socios euromediterráneos creen nuevos programas con vistas a fomentar la colaboración tanto entre las autoridades policiales como entre las autoridades judiciales y garantizar que se adopta un enfoque conjunto en la lucha contra la delincuencia organizada y el terrorismo; pide que todos los Estados ratifiquen cuanto antes la Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional y sus Protocolos adicionales sobre tráfico de personas y sobre contrabando de inmigrantes; asimismo, subraya el hecho de que los socios euromediterráneos comparten tanto el compromiso de la defensa de los derechos humanos y las libertades fundamentales y, por lo tanto, pide al Consejo, a los Estados miembros y a la Comisión que apoyen activamente el objetivo del Acuerdo Euromediterráneo con el fin de garantizar el respeto de los derechos humanos mediante un diálogo político permanente con los países socios; subraya asimismo que comparten una experiencia común en el ámbito del terrorismo, lo que debería permitirles colaborar para disuadir a los grupos desafectados de que elijan los métodos terroristas y emprendan ataques violentos, para desarrollar la capacidad de los Estados de combatir el terrorismo y para defender los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo; recuerda que los actos terroristas, cualquiera que sea su naturaleza, suponen por esencia un ataque directo a los derechos y libertades de los ciudadanos, recogidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, a la democracia y al Estado de Derecho;

53.

Reitera, en este sentido, que la lucha contra el terrorismo no debe llevarse a cabo en modo alguno a expensas de las libertades civiles y de los derechos humanos; acoge con satisfacción la creciente cooperación en este ámbito, pero pide procedimientos más abiertos y transparentes; apoya, a este respecto, la propuesta de un código de conducta en este ámbito;

54.

Lamenta que no se hayan logrado progresos significativos en el ámbito de la democracia y los derechos humanos y subraya a este respecto la importancia de los planes de acción de la política europea de vecindad que tienen por objeto definir compromisos claros de acción para los países socios con el fin de mejorar el proceso de democratización así como el respeto de los derechos humanos; destaca el hecho de que las prioridades en estos planes de acción constituirán criterios indicativos que deberán ser objeto de controles y evaluaciones regulares;

55.

Pide a este respecto que la Comisión haga plenamente partícipe al Parlamento en la evaluación de la aplicación de los planes de acción de la política europea de vecindad, que deberán prever cláusulas claras de suspensión que cubran la posibilidad de que los criterios indicativos relativos a la democratización y los derechos humanos no se respeten;

56.

Pide a la Comisión que tome las cuestiones de los derechos humanos como criterios de evaluación a la hora de evaluar el cumplimiento de los acuerdos entre la Unión Europea y los países socios, y espera que la Comisión informe sobre una base anual de los resultados en el marco de la Asociación Euromediterránea;

57.

Pide al Consejo y a la Comisión que apliquen las cláusulas de suspensión de los acuerdos de asociación euromediterráneos en casos de violación de los derechos humanos y de las libertades fundamentales;

58.

Vuelve a pedir a todas las partes contratantes de los acuerdos de asociación euromediterráneos que traduzcan la cláusula de derechos humanos y democracia en un programa de acción para reforzar y promover el respeto de los derechos humanos y poner en marcha un mecanismo para la evaluación regular del cumplimiento del artículo 2 del Acuerdo de asociación; pide a este respecto a la Comisión que cree subcomisiones de derechos humanos cuyo papel sea controlar la aplicación de la cláusula de derechos humanos y que haga plenamente partícipe al Parlamento Europeo y a la sociedad civil en esas subcomisiones; pide a la Comisión, a la vista del 10° aniversario del proceso de Barcelona, que elabore un informe público sobre la aplicación de la política de derechos humanos y democracia en los países mediterráneos, que sirva de base para seguir desarrollando la asociación;

59.

Propone que la cooperación entre la Unión Europea y los países mediterráneos en materia de seguridad prosiga y se intensifique; acoge con satisfacción la inclusión de las cláusulas de no proliferación de armas de destrucción masiva en los últimos acuerdos y planes de acción; señala que todos los países socios sin excepción deben aplicar esas medidas para poder declarar la región mediterránea zona libre de armas de destrucción masiva; pide que se siga involucrando a los países socios en la Política Europea de Seguridad y Defensa; en este sentido, pide al Consejo que examine la posibilidad de consultar, siempre que resulten afectados, a los interlocutores mediterráneos sobre los asuntos PESC inscritos en el orden del día, asociándolos, cada vez que sea necesario, a las reuniones del Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores;

60.

Considera que, a la luz de las carencias observadas en el pasado en el proceso de Barcelona, la voluntad política y una visión pragmática constituyen más que nunca una condición fundamental para el éxito de la Asociación;

61.

Recuerda que la APEM es un elemento esencial del diálogo político euromediterráneo y que en el futuro se debería reforzar el papel de los trabajos de la Asamblea en la toma de decisiones en el proceso euromediterráneo;

62.

Recuerda a los participantes en la reunión extraordinaria de alto nivel que se organizará en Barcelona los días 27 y 28 de noviembre de 2005 que la celebración del décimo aniversario de la Asociación Euro-mediterránea tiene que ir acompañada de la definición de una serie de prioridades y acciones futuras claras y comprometidas; asimismo, debe reafirmar los principios constitutivos de la Declaración de Barcelona al igual que la voluntad de los Estados miembros de construir una comunidad de países democráticos que den un impulso a las relaciones de los países del Mediterráneo e insta específicamente a todos los Estados miembros de la Unión Europea a que centren sus esfuerzos en dotar de nuevo impulso al proceso de Barcelona en el futuro;

63.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución a la futura reunión extraordinaria de alto nivel, al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos y los Parlamentos de los Estados miembros y de los países socios que participan en el proceso de Barcelona, así como a la Asamblea Parlamentaria Euromediterránea.


(1)  DO C 97 E de 22.4.2004, p. 656.

(2)  DO C 87 E de 7.4.2004, p. 506.

(3)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0046.

P6_TA(2005)0413

Actividades del Defensor del Pueblo Europeo (2004)

Resolución del Parlamento Europeo sobre el Informe anual relativo a las actividades del Defensor del Pueblo Europeo en 2004 (2005/2136(INI))

El Parlamento Europeo,

Visto el informe anual relativo a las actividades del Defensor del Pueblo Europeo en 2004,

Visto el artículo 195 del Tratado CE,

Visto el artículo 43 de la Carta de los Derechos Fundamentales,

Vistos su Resolución, de 17 de noviembre de 1993, sobre la democracia, la transparencia y la subsidiariedad y el Acuerdo Interinstitucional sobre los procedimientos para la aplicación del principio de subsidiariedad; el Estatuto del Defensor del Pueblo y las condiciones generales del ejercicio de sus funciones; las modalidades de desarrollo de los trabajos del Comité de Conciliación a que se refiere el artículo 189 B (1) del Tratado CE,

Vistas sus anteriores resoluciones sobre las actividades del Defensor del Pueblo Europeo,

Vistos el apartado 1 del artículo 112 y el apartado 2 del artículo 195 de su Reglamento,

Visto el informe de la Comisión de Peticiones (A6-0276/2005),

A.

Considerando que la Carta de los Derechos Fundamentales fue proclamada de forma solemne en Niza el 7 de diciembre de 2000 y que existe la voluntad política de conferirle una carácter jurídico vinculante,

B.

Considerando que el artículo 41 de la Carta de los Derechos Fundamentales dispone que «toda persona tiene derecho a que las instituciones y órganos de la Unión traten sus asuntos imparcial y equitativamente y dentro de un plazo razonable»,

C.

Considerando que el artículo 43 de la Carta dispone que «todo ciudadano de la Unión o toda persona física o jurídica que resida o tenga su domicilio social en un Estado miembro tiene derecho a someter al Defensor del Pueblo de la Unión los casos de mala administración en la acción de las instituciones u órganos comunitarios, con exclusión del Tribunal de Justicia y del Tribunal de Primera Instancia en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales»,

D.

Considerando que el presente año se caracteriza por el inicio del segundo mandato del actual Defensor del Pueblo Europeo, Sr. D. P. Nikiforos Diamandouros, y, en septiembre, por el décimo aniversario de la creación del Defensor del Pueblo Europeo,

E.

Considerando que el Informe anual del Defensor del Pueblo Europeo fue presentado oficialmente al Presidente del Parlamento Europeo el 8 de marzo de 2005 y que el Defensor del Pueblo Europeo, Sr. D. P. Nikiforos Diamandouros, presentó su informe a la Comisión de Peticiones el 10 de mayo de 2005 en Estrasburgo,

F.

Considerando que en 2004 se ha producido un aumento claro (del 53 %) en el número de reclamaciones dirigidas al Defensor del Pueblo Europeo en relación con el total del año anterior, y que sólo la mitad de este aumento (el 51 %) se debe al hecho de que los nacionales de los diez nuevos Estados miembros se hayan convertido en ciudadanos europeos,

G.

Considerando que el Defensor del Pueblo Europeo es un órgano imparcial y que al mismo tiempo ofrece a los ciudadanos una vía de recurso extrajudicial en el seno de la Unión, y que en 2004 prestó una ayuda efectiva en casi el 70 % de todos los casos que le fueron sometidos, incluidas las reclamaciones inadmisibles,

H.

Considerando que en 2004 el Defensor del Pueblo Europeo cerró 251 investigaciones, 247 de las cuales eran investigaciones sobre reclamaciones y 4 investigaciones de propia iniciativa, que 6 5 asuntos fueron resueltos por la institución o el órgano interesado tras la presentación de una reclamación y que se propusieron 12 soluciones amistosas,

I.

Considerando que el Defensor del Pueblo decidió presentar un informe especial (OI/2/2003/GG) al Parlamento Europeo en respuesta a una reclamación relativa a un caso en el que, en opinión del Defensor del Pueblo, el demandante había sido objeto de condiciones discriminatorias de empleo al servicio de la Comisión, y en el que no se había logrado ninguna solución amistosa y la Comisión no había aceptado su proyecto de recomendación,

J.

Considerando que presentar un informe especial al Parlamento Europeo representa un medio esencial por el que el Defensor del Pueblo puede tratar de obtener el apoyo del Parlamento Europeo y de su Comisión de Peticiones con el fin de dar satisfacción a los ciudadanos cuyos derechos se han visto vulnerados, así como promover la mejora de las normas de la administración europea,

K.

Considerando que las investigaciones del Defensor del Pueblo Europeo dan con frecuencia resultados positivos para los demandantes y pueden contribuir a mejorar la calidad de los servicios administrativos,

L.

Considerando que los numerosos comentarios críticos formulados por el Defensor del Pueblo en su informe de 2004, relativos a casos de mala administración, pueden servir para que no se repitan en el futuro determinados errores o disfuncionamientos mediante la adopción y aplicación de las medidas adecuadas por parte de las instituciones y órganos de la UE,

M.

Considerando que se ha expresado un comentario crítico contra el Parlamento Europeo debido a la falta de medidas adecuadas para aplicar la Reglamentación antitabaco en sus locales,

N.

Considerando que el Defensor del Pueblo Europeo sigue desarrollando relaciones de trabajo constructivas por medio de reuniones y de actos comunes con las instituciones y los órganos de la Unión para desarrollar sinergias con vistas a la consecución de objetivos comunes,

O.

Considerando que el Informe anual muestra los esfuerzos desplegados por el Defensor del Pueblo Europeo para ampliar y hacer más dinámica la red de Defensores del Pueblo nacionales y regionales en la Unión, en los países candidatos a la adhesión y en Noruega e Islandia, desarrollando el intercambio de información y de las mejores prácticas, teniendo en cuenta el hecho de que las competencias ejercidas por los Defensores del Pueblo y sus ámbitos de acción y de responsabilidades con frecuencia son muy diferentes,

P.

Considerando que la participación de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo en esta red podrá facilitar la cooperación práctica entre las instituciones europeas y los Defensores del Pueblo nacionales y regionales, teniendo en cuenta sus distintas responsabilidades,

Q.

Considerando que en 2004 el Defensor del Pueblo Europeo multiplicó las actividades de comunicación, en particular las visitas de información, las manifestaciones públicas, las conferencias y las entrevistas concedidas a la prensa, a fin de aumentar la sensibilización de los ciudadanos con respecto a sus derechos frente a la administración comunitaria,

R.

Considerando que el 6 de septiembre de 2001 (2) el Parlamento Europeo aprobó por unanimidad el Código de buena conducta administrativa de la Unión Europea, recomendado en un Informe especial del Defensor del Pueblo Europeo en abril de 2000, y que hasta la fecha la Comisión no ha adoptado dicho Código,

S.

Considerando que el Sr. Diamandouros ha preconizado recientemente, en una carta dirigida al Presidente del Parlamento Europeo y en una reunión con el Presidente de la Comisión y el Colegio de Comisarios, que el conjunto de las instituciones y de los órganos se dote de un enfoque común en materia de Código de buena conducta administrativa de la Unión Europea,

T.

Considerando que el Defensor del Pueblo Europeo reitera en su informe su solicitud de que se revise el Estatuto que regula el ejercicio de sus funciones,

1.

Aprueba el Informe anual correspondiente a 2004 presentado por el Defensor del Pueblo Europeo y aprecia la nueva presentación y organización de su contenido, que, además de facilitar una visión de conjunto completa de los asuntos tratados y de las investigaciones llevadas a cabo a lo largo del año, contiene un análisis temático, simple y claro;

2.

Felicita a la Oficina del Defensor del Pueblo Europeo por haber diversificado y modernizado sus publicaciones anuales en función de las distintas necesidades de los demandantes, de los diputados, de los profesionales y del público en general;

3.

Se congratula de la fuerte presencia pública lograda por el Defensor del Pueblo Europeo en sus esfuerzos por informar al público, y considera que una información de mejor calidad puede contribuir a la disminución del número de reclamaciones que no inciden en el ámbito de su mandato;

4.

Alienta al Defensor del Pueblo Europeo a que continúe sus esfuerzos y lleve adelante sus actividades bajo el signo de la eficacia y la flexibilidad, de modo que aparezca a los ojos de los ciudadanos como el guardián de la buena administración de las instituciones europeas;

5.

Constata que, si bien ha habido una progresión en el número de reclamaciones recibidas por el Defensor del Pueblo Europeo, el 75 % aproximadamente de las mismas no son de su competencia, puesto que, en la mayoría de los casos, estas reclamaciones van dirigidas contra las autoridades nacionales, que son las responsables de la aplicación del Derecho comunitario;

6.

Pide al Defensor del Pueblo Europeo que precise el concepto de mala administración (3) con relación tanto a las instituciones y los órganos a los que se aplica, mediante una lista estricta y exhaustiva de los temas, como a los asuntos objeto de las reclamaciones, mediante la exclusión categórica de las que entran en el ámbito de competencia de las autoridades de los Estados miembros;

7.

Insta al Defensor del Pueblo Europeo a que continúe reenviando directamente, por medio de la red, a la escala nacional o local que resulte más adecuada y con arreglo al principio de subsidiariedad, las reclamaciones que no entren en el ámbito de su mandato;

8.

Apoya la intención del Defensor del Pueblo Europeo de incrementar en la medida de lo posible el número de propuestas de solución amistosa;

9.

Insta al Defensor del Pueblo Europeo a que remita asuntos a la Comisión de Peticiones, a fin de que pueda debatirse en una de sus reuniones todo rechazo de solución amistosa o de proyecto de recomendación por parte de la institución u órgano interesado, si procede oyendo los puntos de vista del demandante;

10.

Toma nota de que siete asuntos relativos a proyectos de recomendación se cerraron tras la aceptación por parte de la Institución interesada y de que un asunto ha dado lugar a un Informe especial (OI/2/2003/GG);

11.

Acoge favorablemente el Informe especial del Defensor del Pueblo Europeo (OI/2/2003/GG) y recomienda a la Comisión, como una cuestión de respeto por los derechos de los ciudadanos europeos y en beneficio de la calidad de la administración europea, que examine de nuevo las normas relativas a la contratación de los agregados de prensa de las delegaciones en terceros países;

12.

Invita al Defensor del Pueblo Europeo a que comparezca ante la Comisión de Peticiones cada vez que presente un informe especial al Parlamento, en aplicación del artículo 195 del Reglamento del PE, y considera que, como norma, el Parlamento Europeo debe adoptar una posición sobre dichos informes, aprobando un informe específico con una resolución;

13.

Aprueba los esfuerzos del Defensor del Pueblo Europeo por conseguir que las instituciones europeas acepten un plazo más corto para las reclamaciones relativas a una denegación de acceso a los documentos, e insta al Consejo a que acepte esta propuesta;

14.

Pide al conjunto de instituciones y órganos comunitarios que interpreten de la manera más amplia posible las disposiciones del Reglamento (CE) no 1049/2001 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2001, relativo al acceso del público a los documentos del Parlamento Europeo, del Consejo y de la Comisión (4); insta, en particular, a la Comisión a que no se niegue a divulgar sus propios documentos so pretexto de que están destinados a uso interno;

15.

Solicita a la Comisión que trate las reclamaciones relativas a las infracciones en un plazo razonable;

16.

Exhorta a la Comisión a que adopte medidas para poner fin a la situación actual en que las instituciones y los órganos aplican códigos de conducta diferentes, y le pide que adopte el Código europeo de buena conducta administrativa;

17.

Pide a las partes de una investigación del Defensor del Pueblo Europeo que citen en su correspondencia los artículos pertinentes del Código europeo así como a todas las instituciones y órganos comunitarios que contribuyan a la revisión del mismo, y que informen al Defensor del Pueblo sobre el modo en que aplican el Código, de conformidad con su artículo 27;

18.

Señala que la Comisión debería empezar los trabajos preparatorios con vistas a la presentación de una ley sobre buena administración;

19.

Apoya la necesidad de revisar el Estatuto del Defensor del Pueblo Europeo, aprobado por el Parlamento Europeo mediante la Decisión 94/262/CECA, CE, Euratom, de 9 de marzo de 1994 (5), a la luz de los hechos que se han producido a lo largo de la última década, incluidas las competencias de investigación de la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) y la aprobación del Reglamento (CE) no 1049/2001;

20.

Alienta la ampliación y el refuerzo del sistema de recursos no judiciales, que ofrece a los ciudadanos una vía alternativa a las acciones judiciales, en forma de decisiones y recomendaciones que no son jurídicamente vinculantes y no constituyen medidas coercitivas;

21.

Insta al Defensor del Pueblo Europeo a que utilice sus competencias de recomendación y, si procede, de elaboración de un Informe Especial, conforme al párrafo segundo del apartado 1 del artículo 195 del Tratado CE en caso de reclamaciones relativas a violaciones de los derechos consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales y a que coopere estrechamente con el Parlamento Europeo y la futura Agencia Europea para los Derechos Fundamentales, con el fin de encontrar la solución más adecuada;

22.

Valora la estrecha colaboración entre el Defensor del Pueblo Europeo y sus homólogos nacionales, regionales y locales, en particular a través de la red europea de Defensores del Pueblo, que se ha convertido en un mecanismo eficaz para tramitar rápida y eficazmente las reclamaciones de los ciudadanos;

23.

Considera que la integración de la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo en la red permitirá multiplicar y consolidar sus contactos regulares con las Comisiones de Peticiones de los Parlamentos nacionales y con los Defensores del Pueblo de los Estados miembros;

24.

Elogia los esfuerzos del Defensor del Pueblo Europeo para dar a conocer su papel e informar a los ciudadanos acerca de sus derechos mediante la distribución de material, visitas a los Estados miembros y conferencias;

25.

Insta a la Oficina Europea de Selección de Personal (OESP), que respete las reglas y las prácticas en materia de apertura y transparencia de los procedimientos de reclutamiento y, en particular, que se ajuste al artículo 4 del Código europeo de buena conducta administrativa, exponiendo las motivaciones de sus decisiones;

26.

Elogia la buena relación de trabajo establecida entre la Oficina del Defensor del Pueblo Europeo y la Comisión de Peticiones, incluido un proceso de transferencia mutua de los asuntos;

27.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución y el informe de la Comisión de Peticiones al Consejo, a la Comisión, al Defensor del Pueblo Europeo, a los Gobiernos y a los Parlamentos de los Estados miembros, así como a los Defensores del Pueblo u órganos equivalentes de los Estados miembros.


(1)  DO C 329 de 6.12.1993, p. 132.

(2)  DO C 72 E de 21.3.2002, p. 331.

(3)  En su Informe anual correspondiente a 1997, el Defensor del Pueblo Europeo propuso la definición siguiente: «Se produce mala administración cuando un organismo público no obra de conformidad con las normas o principios a que ha de atenerse obligatoriamente».

(4)  DO L 145 de 31.5.2001, p. 43.

(5)  DO L 113 de 4.5.1994, p. 15. Decisión modificada por la Decisión 2002/262/CE, CECA, Euratom (DO L 92 de 9.4.2002, p. 13).

P6_TA(2005)0414

Sáhara Occidental

Resolución del Parlamento Europeo sobre los Derechos Humanos en el Sáhara Occidental

El Parlamento Europeo,

Vistas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre el Sáhara Occidental, en particular la Resolución 1598 (2005), de 28 de abril de 2005, y la Resolución 1495 (2003), refrendadas el 11 de octubre de 2005 por la Asamblea General de las Naciones Unidas

Visto el último informe del Secretario General de las Naciones Unidas al Consejo de Seguridad sobre el Sáhara Occidental (abril de 2005),

Vistos los recientes nombramientos de un representante especial y de un enviado personal del Secretario General de las Naciones Unidas para el Sáhara Occidental,

Vistas sus resoluciones anteriores sobre el Sáhara Occidental,

Vista su Resolución, de 28 de abril de 2005, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos en el mundo en 2004 y la política de la Unión Europea en materia de derechos humanos,

Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento,

A.

Preocupado seriamente por los últimos informes de Amnistía Internacional y de la Organización Mundial contra la Tortura que dan cuenta de graves violaciones, por parte de Marruecos, de los derechos humanos de la población saharaui,

B.

Considerando que las investigaciones efectuadas por la Instancia Equidad y Reconciliación sobre los fallecidos en centros ilegales de detención han permitido determinar los lugares en los que están enterradas 57 víctimas de desapariciones forzadas, de las cuales 43 son saharauis,

1.

Aplaude la decisión del Frente Polisario de liberar a todos los prisioneros de guerra marroquíes; pide a Marruecos que actúe del mismo modo liberando a los defensores de los derechos humanos Aminatu Haidar, Ali Salem Tamek y los otros 35 presos políticos saharauis, y dando a conocer públicamente la suerte de los más de 500 desaparecidos saharauis, incluidos los desaparecidos durante las campañas militares;

2.

Pide a Marruecos y al Frente Polisario que cooperen plenamente con el Comité Internacional de la Cruz Roja para determinar el destino de las personas desaparecidas desde el inicio del conflicto;

3.

Pide protección para la población saharaui, el respeto de sus derechos fundamentales, en particular, la libertad de expresión y la libertad de circulación, de conformidad con las disposiciones de la Declaración universal de derechos humanos y con los tratados y convenios internacionales en materia de derechos humanos;

4.

Apoya una solución justa y definitiva del conflicto del Sáhara Occidental, basada en el Derecho y la legalidad internacional, partiendo de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, y en especial de la resolución 1495;

5.

Pide al Reino de Marruecos y al Frente Polisario, a los Estados vecinos y a la Unión Europea que cooperen plenamente con las Naciones Unidas, con miras a completar el proceso de descolonización del Sáhara Occidental;

6.

6 Pide al Consejo y a los Estados miembros que apoyen activamente los esfuerzos de las Naciones Unidas apelando a la conservación de los recursos naturales energéticos del Sáhara Occidental en cuanto territorio no autónomo, objeto de un proceso de descolonización, como establece el dictamen jurídico (2002) del Secretario General adjunto para asuntos jurídicos de las Naciones Unidas, Hans Correl;

7.

Se congratula de que el Secretario General de las Naciones Unidas haya nombrado enviado personal para el Sáhara Occidental al Embajador Peter van Valsum y de que haya designado a Francisco Bastagali Representante Especial y responsable de la misión de las Naciones Unidas para el referéndum en el Sahara Occidental (MINURSO), lo que debería contribuir a redinamizar el proceso de paz en el Sáhara Occidental;

8.

Pide al nuevo enviado personal del Secretario General de las Naciones Unidas que informe a su Comisión de Asuntos Exteriores y a las subcomisiones de ésta así como a su Delegación para las Relaciones con los Países del Magreb;

9.

Pide a Marruecos que permita el libre acceso al Sáhara Occidental de observadores independientes, de los representantes de las organizaciones de defensa de los derechos humanos, y de la prensa internacional; lamenta, en este sentido, la expulsión de varias delegaciones europeas;

10.

Considera que el viaje de su delegación a la región proporcionará al Parlamento Europeo nuevos datos sobre la situación, y está convencido de que dicha delegación podrá llevar a cabo su misión sin obstáculos y en el momento previsto, es decir, en enero de 2006;

11.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, a los Gobiernos de los Estados miembros, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Presidente de la Unión Africana, así como al Gobierno de Marruecos y a la dirección del Frente Polisario.

P6_TA(2005)0415

Uzbekistán

Resolución del Parlamento Europeo sobre Uzbekistán

El Parlamento Europeo,

Vistas sus anteriores resoluciones sobre las repúblicas de Asia Central y Uzbekistán, en particular su Resolución, de 9 de junio de 2005 (1),

Vista su Resolución, de 28 de abril de 2005, sobre el Informe Anual sobre los derechos humanos en el mundo en 2004 y la política de la UE en materia de derechos humanos (2),

Vista su Resolución de 24 de febrero de 2005 sobre las prioridades y recomendaciones de la UE para el 61° período de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (Ginebra del 14 de marzo a 22 de abril de 2005) (3),

Visto el Informe de la Oficina para las Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE/OIDDH) sobre los sucesos de Andizhán,

Visto el Acuerdo de colaboración y de cooperación entre las Comunidades Europeas y sus Estados miembros, por una parte, y la República de Uzbekistán, por otra, que entró en vigor el 1 de julio de 1999,

Vistas las conclusiones del Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores de los días 23 de mayo, 13 de junio, 18 de julio y 3 de octubre de 2005,

Visto el documento estratégico de la Comisión para el Asia Central 2002-2006,

Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento,

A.

Considerando que el Gobierno de Uzbekistán no ha permitido todavía que se realice una investigación independiente sobre los sucesos de Andizhán de 13 de mayo de 2005, en los que, según informan las organizaciones de derechos humanos, las «fuerzas de seguridad gubernamentales» abatieron a tiros a un número indeterminado de civiles —varios centenares según de algunos testigos—, e hirieron a un número aún mayor de personas,

B.

Considerando que las organizaciones internacionales de derechos humanos han denunciado la detención de miles de personas para encubrir la verdad, que los detenidos corren grave peligro de sufrir torturas u otros tratos degradantes y que muchos de ellos han sido acusados de graves delitos, por lo que podrían ser condenados a muerte en juicios amañados,

C.

Considerando que la mayoría de los periodistas y activistas de derechos humanos locales son acosados por las fuerzas de seguridad o han sido expulsados del país,

D.

Considerando que las autoridades uzbekas han decidido aplazar la sexta reunión de la Comisión Parlamentaria de Cooperación UE-Uzbekistán, pues la delegación del Parlamento Europeo quería desplazarse a Andizhán y reunirse con organizaciones no gubernamentales y testigos de los sucesos,

E.

Considerando que actualmente se está procesando a quince personas en Tashkent, a las que se acusa de haber intentado derrocar al Gobierno y establecer un Estado islámico mediante la revuelta armada de Andizhán,

F.

Considerando que Leandro Despouy, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la independencia de jueces y magistrados, ha expresado sus dudas sobre la imparcialidad del juicio y ha pedido que se prevea la actuación de abogados defensores,

G.

Considerando que un grupo de 439 refugiados uzbekos que atravesaron la frontera kirguisa tras el levantamiento del 13 de mayo de 2005 han sido trasladados a un campo de las Naciones Unidas en Rumania; que la situación de los otros refugiados sigue siendo incierta,

H.

Considerando que el desarrollo de la sociedad civil es una premisa básica para dotar al país de una democracia viable, de estabilidad y de cohesión social, lo que resulta esencial para combatir efectivamente toda veleidad de extremismo religioso,

I.

Considerando que la sociedad civil de Uzbekistán anhela, al igual que la de los países vecinos, una sociedad más abierta, en la que se respeten plenamente las libertades individuales y los derechos humanos, y una verdadera transición democrática,

1.

Insta a la Comisión a consignar en la reserva los importes previstos en el presupuesto anual de la Unión Europea para «proyectos nacionales y consolidación institucional» en Uzbekistán, sin perjuicio de la ayuda humanitaria;

2.

Expresa su condena del rechazo a la transparencia y del repliegue en sí mismo del Gobierno de Uzbekistán e insiste en la necesidad de que una comisión internacional de investigación esclarezca inmediatamente las circunstancias en que se produjeron los sucesos de mayo de 2005 en la región de Andizhán y pueda presenciar libremente los juicios en curso;

3.

Reitera la importancia de las relaciones UE-Uzbekistán y del diálogo continuo y reconoce el cometido crucial que desempeña Uzbekistán en la región de Asia central, pero recuerda que esas relaciones deben basarse en el respeto de los principios democráticos, del Estado de Derecho y de los derechos humanos, según se indica claramente en el Acuerdo de colaboración y de cooperación UE-Uzbekistán;

4.

Celebra y apoya la decisión adoptada en el Consejo de Asuntos Generales y Relaciones Exteriores de 3 de octubre de 2005 de imponer un embargo a la exportación a Uzbekistán de armas y material militar o de otro tipo que pudiera usarse con fines represivos, aplicar restricciones a la entrada en la UE de ciudadanos uzbekos directamente responsables de los sucesos de Andizhán y suspender sine die todas las reuniones técnicas previstas en el marco del Acuerdo de Colaboración y Cooperación, así como la reorientación y reducción del programa TACIS llevada a cabo por la Comisión para centrarse en mayor medida en las necesidades de la población, la democracia, los derechos humanos y el estímulo de los contactos con la sociedad civil uzbeka;

5.

Insta encarecidamente al Gobierno de Uzbekistán a que libere a todos los activistas de derechos humanos, a los periodistas y a los miembros de la oposición política que aún siguen detenidos, a que les permita trabajar sin trabas y sin temor a ser perseguidos y a que deje de acosar a las ONG;

6.

Reclama el restablecimiento de la libertad de prensa y la anulación de las medidas judiciales adoptadas contra los medios de comunicación nacionales y de las ONG que aspiran a la pluralidad informativa; expresa su condena de toda restricción a la libertad de expresión de los ciudadanos;

7.

Pide que en los juicios contra las personas acusadas de conspirar para derrocar al Gobierno uzbeko se respeten plenamente las normas de Derecho internacional y que se permita la asistencia de observadores independientes, que deberán estar plenamente facultados para examinar los expedientes; toma nota de la decisión de las autoridades uzbekas de permitir la presencia de observadores de la OSCE en esos juicios;

8.

Expresa su esperanza de que las autoridades uzbekas permitan a los diputados que asistan a la sexta reunión de la Comisión Parlamentaria de Cooperación UE-Uzbekistán visitar Andizhán y reunirse con representantes de la oposición, las ONG y los medios de comunicación independientes;

9.

Pide a las autoridades kirguisas que no deporten a los refugiados detenidos hasta que el Gobierno uzbeko garantice la celebración de juicios imparciales e independientes y permita a las organizaciones humanitarias visitar a los detenidos;

10.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Representante Especial de la UE para Asia Central, al Presidente, al Gobierno y al Parlamento de Uzbekistán y Kirgistán, al Secretario General de las Naciones Unidas y al Secretario General de la OSCE.


(1)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0239.

(2)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0150.

(3)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0151.

P6_TA(2005)0416

Caso de Tenzin Delek Rinpoche

Resolución del Parlamento Europeo sobre el caso de Tenzin Delek Rinpoche

El Parlamento Europeo,

Vistas sus anteriores resoluciones sobre el Tíbet y la situación de los derechos humanos en China,

Vistas sus Resoluciones de 18 de noviembre de 2004, sobre el Tíbet y el caso de Tenzin Delek Rinpoche (1), y de 13 de enero de 2005, sobre el Tíbet (2),

Vista su Resolución, de 28 de abril de 2005, sobre el Informe anual sobre los derechos humanos en el mundo en 2004 y la política de la Unión Europea en materia de derechos humanos (3),

Visto el diálogo en materia de derechos humanos entre la UE y China,

Vistos el informe y las recomendaciones del seminario de diálogo sobre los derechos humanos UE-China, celebrado los días 20 y 21 de junio de 2005,

Vista la Declaración conjunta de la VIII Cumbre UE-China, celebrada el 5 de septiembre de 2005,

Visto el apartado 5 del artículo 115 de su Reglamento,

A.

Considerando que, el 2 de diciembre de 2002, el Tribunal Popular Intermedio de Kardze, de la Prefectura Autónoma Tibetana de Kardze, perteneciente a la provincia de Sichuan, impuso a Tenzin Delek Rinpoche, un influyente y respetado lama budista, una condena a muerte con un período de suspensión de dos años y a su asistente, Lobsang Dhondup, una condena a muerte sin suspensión,

B.

Considerando que no ha resultado probada la participación de Tenzin Delek Rinpoche y Lobsang Dhondup en una serie de atentados con bomba o su incitación al separatismo,

C.

Considerando que Lobsang Dhondup fue ejecutado el 26 de enero de 2003,

D.

Considerando que, de acuerdo con la legislación china —dado que el acusado no había violado de nuevo la ley durante el período de suspensión de dos años— y en respuesta a una presión inmensa por parte de la comunidad internacional y las organizaciones de derechos humanos, la condena a muerte de Tenzin Delek Rinpoche fue conmutada por cadena perpetua el 26 de enero de 2005,

E.

Considerando que diversas organizaciones de derechos humanos informan de que, como consecuencia de las torturas sufridas y las inhumanas condiciones de su reclusión, la salud de Tenzin Delek Rinpoche está tan deteriorada que se teme seriamente por su supervivencia, y que no está en condiciones de hablar ni de andar,

F.

Considerando que la información referente al estado de salud de Tenzin Delek Rinpoche no puede ser contrastada por observadores independientes, ya que el Gobierno chino les niega el acceso,

G.

Considerando que la cumbre UE-China celebrada el 5 de septiembre de 2005 marcó el trigésimo aniversario de las relaciones diplomáticas entre la UE y China con un acuerdo sobre un nuevo diálogo estratégico; considerando que la cuestión de los derechos humanos fue uno de los asuntos clave incluidos en el orden del día,

H.

Considerando que el embargo de la venta de armas a China que se decidió y aplicó en 1989, a raíz de la masacre de la plaza de Tiananmen y las continuas violaciones de los derechos humanos y la libertad religiosa, sigue en vigor,

1.

Manifiesta su profunda preocupación por el estado de salud de Tenzin Delek Rinpoche;

2.

Pide a las autoridades responsables que tomen todas las medidas posibles para mejorar las condiciones de vida y el estado de salud de Tenzin Delek Rinpoche;

3.

Solicita que el Gobierno chino permita que Manfred Nowak, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la Tortura, durante la visita de inspección que realizará a China del 21 de noviembre al 2 de diciembre de 2005, visite a Tenzin Delek Rinpoche e informe sobre su estado de salud;

4.

Reitera su apoyo al Estado de Derecho y aprecia la conmutación de la pena de muerte impuesta a Tenzin Delek Rinpoche;

5.

Insta, no obstante, al Gobierno chino a que anule todas las sentencias dictadas en contra de Tenzin Delek y lo libere de inmediato;

6.

Confirma su llamamiento a la abolición de la pena de muerte y a una moratoria inmediata de la pena capital en China;

7.

Lamenta la falta de resultados concretos en lo que concierne al diálogo en materia de derechos humanos entre la UE y China, y pide una vez más al Gobierno de la República Popular China que mejore las inhumanas condiciones de reclusión vigentes en sus prisiones, que ponga fin y declare la abolición de la tortura a los detenidos, que cese las continuas violaciones de los derechos humanos de la población tibetana y otras minorías, y que asegure que respeta las normas internacionales en materia de derechos humanos y el Derecho humanitario;

8.

Pide al Consejo y a los Estados miembros que mantengan el embargo comunitario del comercio de armas con la República Popular China y que no relajen las limitaciones nacionales existentes sobre tales ventas de armas;

9.

Pide al Gobierno de la República Popular China que intensifique el diálogo en curso con los representantes del Dalai Lama con miras a alcanzar una solución a la cuestión tibetana mutuamente aceptable sin mayor demora;

10.

Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo, a la Comisión, al Secretario General de las Naciones Unidas, al Gobierno chino, al Gobernador de la provincia de Sichuan y al Fiscal jefe de la Fiscalía Popular Provincial de Sichuan.


(1)  DO C 201 E de 18.8.2005, p. 122.

(2)  DO C 247 E de 6.10.2005, p. 158.

(3)  «Textos Aprobados», P6_TA(2005)0150.