ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 68

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

49o año
21 de marzo de 2006


Número de información

Sumario

Página

 

Actos adoptados en aplicación del título VI del Tratado de la Unión Europea

2006/C 068/1

Acto del Consejo de Administración de Europol, de 29 de septiembre de 2005, por el que se modifica la relación de los puestos de Europol que figura en el apéndice 1 del Estatuto del personal de Europol

1

2006/C 068/2

Europol — Presupuesto rectificativo 2006 para el Estado anfitrión (Parte C)

4

 

I   Comunicaciones

 

Consejo

2006/C 068/3

Decisión del Consejo, de 9 de marzo de 2006, por la que se nombra a los miembros titulares y suplentes del Comité consultivo para la formación en el sector de la arquitectura

6

 

Comisión

2006/C 068/4

Tipo de cambio del euro

9

2006/C 068/5

Publicación de las decisiones de los Estados miembros de conceder o revocar las licencias de explotación, conforme al apartado 4 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 2407/92 sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas ( 1 )

10

2006/C 068/6

Publicación de las decisiones de los Estados miembros de conceder o revocar las licencias de explotación, conforme al apartado 4 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 2407/92 sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas ( 1 )

11

2006/C 068/7

Publicación de las decisiones de los Estados miembros de conceder o revocar las licencias de explotación, conforme al apartado 4 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 2407/92 sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas ( 1 )

12

2006/C 068/8

Notificación previa de una operación de concentración (Caso no COMP/M.4092 — Andritz/Küsters) ( 1 )

13

2006/C 068/9

Notificación previa de una operación de concentración (Caso no COMP/M.4110 — E.ON/Endesa) ( 1 )

14

2006/C 068/0

Notificación previa de una operación de concentración (Caso no COMP/M. 4122 Burda/Hachette/JV) — Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado ( 1 )

15

2006/C 068/1

Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 96/48/CE del Consejo de 23 de julio de 1996 relativa a la interoperabilidad del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad ( 1 )

16

2006/C 068/2

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.4079 — Mitsui/Evraz/Deniskovskaya Coal Mine JV) ( 1 )

20

2006/C 068/3

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.4042 — Toepfer/Invivo/Soulès) ( 1 )

20

2006/C 068/4

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.4072 — NEC/Philips Business Communications) ( 1 )

21

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


Actos adoptados en aplicación del título VI del Tratado de la Unión Europea

21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/1


ACTO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE EUROPOL

de 29 de septiembre de 2005

por el que se modifica la relación de los puestos de Europol que figura en el apéndice 1 del Estatuto del personal de Europol

(2006/C 68/01)

EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN,

Visto el Estatuto del personal de Europol, aprobado por el Consejo de la Unión Europea el 4 de diciembre de 1998 (en lo sucesivo «el Estatuto») (1), y en particular su apéndice 1;

Visto el dictamen de los expertos en personal de Europol;

Considerando que corresponde al Consejo de Administración modificar por unanimidad la relación de los puestos de Europol que figura en el apéndice 1 del Estatuto,

HA ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

El primer apartado del apéndice 1 del Estatuto del personal de Europol se sustituirá por el siguiente:

«APÉNDICE 1

Puestos de Europol

1.

Sin perjuicio del apartado 3, los puestos de Europol serán, en particular, los siguientes:

Director

 

Directores Adjuntos

 

Vicedirectores

 

Jefe de Unidad

Apoyo a la Dirección/Secretaría del Departamento de Gobernanza Coroporativa

Análisis

Ámbitos especializados de la represión del delito

Secretaría del Departamento de Delitos Graves

Recursos Humanos

Comunicación Corporativa/Relaciones Públicas

Seguridad/Servicios Generales

Jefe de Unidad

Finanzas

Asuntos Jurídicos

Adquisiciones

Ámbitos especializados de la gestión y las tecnologías de la información

Secretaría del Departamento de Gestión y Tecnologías de la Información

Integridad de la Información

Primeros oficiales

Ámbitos especializados de la represión del delito

Secretaría del Departamento de Delitos Graves

Análisis

Recursos Humanos — Selección

Comunicación Corporativa/Relaciones Públicas

Normas e Integridad Corporativas

Primeros oficiales

Ámbitos especializados de la gestión y las tecnologías de la información

Secretaría del Departamento de Gestión y Tecnologías de la Información

Integridad de la Información

Apoyo a la Dirección/Secretaría del Departamento de Gobernanza Coroporativa

Comunicación Corporativa/Relaciones Públicas

Asuntos Jurídicos

Adquisiciones

Finanzas

Recursos Humanos- Ámbitos especializados de la gestión de los recursos humanos

[Seguridad] (2)/Servicios Generales

Traductor

Segundos oficiales

Ámbitos especializados de la represión del delito

Secretaría del Departamento de Delitos Graves

Análisis

Segundos oficiales

Ámbitos especializados de la gestión y las tecnologías de la información

Secretaría del Departamento de Gestión y Tecnologías de la Información

Integridad de la Información

Apoyo a la Dirección/Secretaría del Departamento de Gobernanza Coroporativa

Asuntos Jurídicos

Recursos Humanos

Finanzas

Adquisiciones

Comunicación Corporativa/Relaciones Públicas

[Seguridad] (2)/Servicios Generales

Traductor

Ayudantes de Dirección

Ayudantes del Director y de los Directores Adjuntos

Ayudantes

Ayudantes administrativos (en todos los departamentos y unidades correspondientes)

Ayudantes Técnicos *

Ayudantes temporales (3)

Ayudantes

Ayudantes Analíticos

Otro personal

Conductores especializados *

Conductores *

[Agentes de seguridad] (2) *

Operarios *

Obreros especializados *

Esta lista podrá ser modificada por unanimidad por el Consejo de Administración.»

Artículo 2

La presente Decisión se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea y entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

Hecho en La Haya, el 29 de septiembre de 2005.

Por el Consejo de Administración de Europol

El Presidente

R. WAINWRIGHT


(1)  Diario Oficial C 26/07, de 30 de enero de 1999

(2)  Se seguirá pagando al personal de seguridad con arreglo a las condiciones locales mientras la remuneración de esta categoría corra predominantemente a cargo del Gobierno neerlandés. Para indicarlo, tales puestos figuran entre corchetes.

(3)  Contrato de un máximo de un año (puesto temporal destinado a cubrir una necesidad de carácter urgente, excepcional e imprevisto dentro de los límites del presupuesto de Europol y de acuerdo con su Plan de Plantilla; dichos puestos deberán reservarse en principio a los casos en que el procedimiento normal de contratación no ha dado fruto o cuando algún miembro del personal contratado esté de baja por enfermedad de larga duración.


21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/4


EUROPOL

Presupuesto rectificativo 2006 para el Estado anfitrión (Parte C) (1)

(2006/C 68/02)

Estado anfitrión

Título

Capítulo

Artículo

Descripción

Presupuesto inicial 2005

Presupuesto rectificativo 2005

Presupuesto revisado 2005

Observaciones

7

INGRESOS, ESTADO ANFITRIÓN

 

 

 

 

70

Contribuciones

 

 

 

 

700

Contribución del Estado anfitrión, seguridad

2 169 109

– 30 000

2 139 109

No obstante lo dispuesto en el artículo 35 del Convenio Europol y en el artículo 16 del Reglamento financiero, el Consejo de Administración podrá modificar, por unanimidad y a propuesta del Director, el importe de las asignaciones, siempre que el total de ingresos cubra el total de gastos (véase el capítulo 80). La propuesta del Director se ajustará a un acuerdo entre Europol y el Ministerio de Justicia neerlandés.

701

Contribución del Estado anfitrión, edificios

p.m.

-

p.m.

No obstante lo dispuesto en el artículo 35 del Convenio Europol y en el artículo 16 del Reglamento financiero, el Consejo de Administración podrá modificar, por unanimidad y a propuesta del Director, el importe de los créditos, siempre que el total de ingresos cubra el total de gastos (véase el artículo 810). La propuesta del Director se ajustará a un acuerdo entre Europol y el Ministerio de Justicia neerlandés.

702

Saldo del ejercicio financiero t-2

247 891

-

247 891

 

 

Total Capítulo 70

2 417 000

– 30 000

2 387 000

 

71

Otros ingresos

 

 

 

 

711

Varios

-

p.m.

p.m.

 

 

Total Capítulo 71

-

p.m.

p.m.

 

 

TOTAL TÍTULO 7

2 417 000

– 30 000

2 387 000

 

8

GASTOS, ESTADO ANFITRIÓN

 

 

 

 

80

Seguridad

 

 

 

 

800

Costes de seguridad

2 417 000

– 30 000

2 387 000

No obstante lo dispuesto en el artículo 35 del Convenio Europol y en el artículo 16 del Reglamento financiero, el Consejo de Administración podrá modificar, por unanimidad y a propuesta del Director, el importe de los créditos consignados en este capítulo, siempre que el total de ingresos cubra el total de gastos (véase el artículo 700). La propuesta del Director se ajustará a un acuerdo entre Europol y el Ministerio de Justicia neerlandés.

 

Total Capítulo 80

2 417 000

– 30 000

2 387 000

 

81

Edificio

 

 

 

 

810

Edificio, Estado anfitrión

p.m.

-

p.m.

No obstante lo dispuesto en el artículo 35 del Convenio Europol y en el artículo 16 del Reglamento financiero, el Consejo de Administración podrá modificar, por unanimidad y a propuesta del Director, el importe de los créditos, siempre que el total de ingresos cubra el total de gastos (véase el artículo 701). La propuesta del Director se ajustará a un acuerdo entre Europol y el Ministerio de Justicia neerlandés.

 

Total Capítulo 81

p.m.

-

p.m.

 

 

TOTAL TÍTULO 8

2 417 000

– 30 000

2 387 000

 

 

TOTAL INGRESOS, PARTE C

2 417 000

– 30 000

2 387 000

 

 

TOTAL GASTOS, PARTE C

2 417 000

– 30 000

2 387 000

 


(1)  Aprobado por el Consejo de Administración (Fichero no 2210-197).


I Comunicaciones

Consejo

21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/6


DECISIÓN DEL CONSEJO

de 9 de marzo de 2006

por la que se nombra a los miembros titulares y suplentes del Comité consultivo para la formación en el sector de la arquitectura

(2006/C 68/03)

El CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA,

Visto el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea,

Vista la Decisión 85/385/CEE del Consejo, de 10 de junio de 1985, sobre la creación de un Comité consultivo para la formación en el sector de la arquitectura (1), y, en particular, sus artículos 3 y 4,

Vista el Acta de adhesión de 2003 y, en particular, su artículo 52, apartado 1,

Considerando que, en virtud del artículo 3 de la citada Decisión, el mencionado Comité consta de tres expertos, con sendos suplentes, por Estado miembro; que, en virtud del artículo 4 de esa misma Decisión, la duración del mandato de dichos expertos y suplentes es de tres años;

Considerando que, por sus Decisiones de 23 de octubre de 2001 (2) y de 1 de marzo de 2002 (3), el Consejo nombró a los miembros titulares y suplentes de dicho Comité para el período que va hasta el 22 de octubre de 2004;

Considerando que los Gobiernos de veintidós Estados miembros han designado candidatos para el nombramiento, sustitución o renovación del mandato de dichos miembros titulares y suplentes,

DECIDE:

Artículo único

Se nombra miembros titulares y suplentes del Comité consultivo para la formación en el sector de la arquitectura, para un período de tres años a partir de la fecha de la presente Decisión, a las siguientes personas:

A.   Profesionales en ejercicio

País

Titulares

Suplentes

Bélgica

Sr. Jos LEYSSENS

Sr. Michel de KEYSER

República Checa

Sr. Petr BÍLEK

Sr. Michal KOHOUT

Alemania

Prof. Ralf NIEBERGALL

Sr. Wolfgang SCHNEIDER

Estonia

Sr. Tõnu LAIGU

Sr. Veljo KAASIK

Grecia

Sr. Dionyssios DIGENIS

Sr. Sotiris PAPADOPOULOS

España

Sr. Jordi QUEROL i PIERA

 

Irlanda

Sr. John E. O'REILLY

Sr. Eoin O'COFAIGH

Italia

Sr. Leopoldo FREYRIE

Sr. Pierluigi MISSIO

Chipre

Sr. Vasos CHRISTOU

Sr. Sokratis STRATIS

Letonia

Sr. Sergejs ŅIKIFOROVS

Dr. arq., Sra. Dace KALVĀNE

Lituania

Sr. Kęstutis PEMPĖ

Sr. Linas TULEIKIS

Hungría

Dr. Ferenc MAKOVÉNYI

Sr. Sandor PÁLFI

Malta

Sr. David PACE

Sr. David FELICE

Países Bajos

Sra. S. D. NIEUWENDIJK

Sr. R. Van der SLUYS

Austria

Sr. Alexander RUNSER

Sr. Johannes Simon STEINER

Polonia

Sr. Tomasz TACZEWSKI

Sr. Stanislaw DEŃKO

Eslovenia

Dr. Viktor PUST

Sr. Vladimir KRAJCAR

Eslovaquia

Sr. Branislav SOMORA

Sra. Mária LICHVÁROVÁ

Finlandia

Sr. Veikko VASKO

Sr. Pekka SALMINEN

Suecia

Sr. Anders BODIN

Sra. Katarina NILSSON

Reino Unido

Sr. R. C. SHRIMPLIN

Sr. Ken TAYLOR

B.   Profesionales de los centros de enseñanza universitaria o de nivel equivalente en el sector de la arquitectura

País

Titulares

Suplentes

Bélgica

Sr. Yvon CLOSSEN

Sr. Johan RUTGEERTS

República Checa

Sr. Ladislav LÁBUS

Sr. Alois NOVÝ

Alemania

Prof. H. BÜHLER

Prof. Rudolf SCHÄFER

Estonia

Dr. Jüri SOOLEP

Sr. Andres ALVER

Grecia

Sr. Constantin-Victor SPYRIDONIDIS

 

Irlanda

Sr. James HORAN

Prof. Loughlin KEALY

Italia

Prof. Mario DOCCI

Prof. Piero ALBISINNI

Chipre

Sr. Christos CHATZICHRISTOS

Sr. Mario FOKAS

Letonia

Dr. Habil., Prof. Sr. Jānis KRASTIŅŠ

Dr. arq., Prof. Sr. Jānis BRIŅĶIS

Lituania

Sr. Gintaras ČAIKAUSKAS

Prof. Juozas PALAIMA

Hungría

Prof. Balázs BALOGH

Prof. Bálint BACHMANN

Malta

Sr. Joseph FALZON

Sr. Dennis DE LUCCA

Países Bajos

Prof. L. VAN DUIN

Sr. Aart OXENAAR

Austria

Sr. Christian KÜHN

Prof. Wolf D. PRIX

Polonia

Prof. Stefan WRONA

Prof. Andrzej KADŁUCZKA

Eslovenia

Sr. Peter GABRIJELČIČ

Dr. Tadeja ZUPANČIČ STROJAN

Eslovaquia

Prof. Julián KEPPL

Sra. Lubica VITKOVÁ

Finlandia

Prof. Juhani KATAINEN

Prof. Simo PAAVILAINEN

Suecia

Sr. Finn WERNE

Sr. Hasse ERNEFELDT

Reino Unido

Prof. James A. LOW

Sr. Lawrence JOHNSTON

C.   Profesionales designados por las autoridades competentes de los Estados miembros

País

Titulares

Suplentes

Bélgica

Sr. Olivier REMACLE

Sr. Benjamin HOUET

República Checa

Sra. Zuzana BĚHOUNKOVÁ

Sra. Lenka RUDÁ

Alemania

Sra. Vera STAHL

Sr. Michael ELZER

Estonia

Sr. Priit ENOK

Sr. Martin LEPP

Grecia

Sr. Nikolaos KATSIMBINIS

Sra. Margarita KARAVASSILI

Irlanda

Sr. Michael McCARTHY

Sra. Nancy CALLAGHAN

Italia

Dra. Teresa CUOMO

 

Chipre

Sra. Lilia PAPADOURY

Sra. Antroula FLORIDOU

Letonia

Sr. Dainis OZOLIŅŠ

Sra. Gunta ARĀJA

Lituania

Sr. Gintautas TIŠKUS

Sr. Gediminas BUDREIKA

Hungría

Sra. Mária BÁNÓNÉ NYÉKHELYI

Sra. Zsuzsanna SZABÓ

Malta

Sr. Raymond FARRUGIA

Sra. Carmel MIFSUD BORG

Países Bajos

Sr. M. VAN HECK

 

Portugal

Sr. António Vasco MASSAPINA

Sr. Fernando Rocha PINTO

Austria

Sr. Wolfgang LENTSCH

Sra. Evelyn NOWOTNY

Polonia

Sr. Kazimierz Andrzej KOBYLECKI

Sra. Monika MAJEWSKA

Eslovenia

Sra. Pavli KOC

Sr. Saša GALONJA

Eslovaquia

Sr. Milán MARHAVÝ

Sra. Viktória KOSÁROVÁ

Finlandia

Sra. Anita LEHIKOINEN

 

Suecia

Sra. Nina KOWALEWSKA

Sra. Karin DAHL BERGENDORFF

Reino Unido

Dr. Jon LEVETT

Sr. David PETHERICK

Hecho en Bruselas, el 9 de marzo de 2006.

Por el Consejo

El Presidente

J. PRÖLL


(1)  DO L 223 de 21.8.1985, p. 26.

(2)  DO C 320 de 15.11.2001, p. 2.

(3)  DO C 72 de 21.3.2002, p. 1.


Comisión

21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/9


Tipo de cambio del euro (1)

20 de marzo de 2006

(2006/C 68/04)

1 euro=

 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,2174

JPY

yen japonés

141,07

DKK

corona danesa

7,4620

GBP

libra esterlina

0,69370

SEK

corona sueca

9,3340

CHF

franco suizo

1,5717

ISK

corona islandesa

84,70

NOK

corona noruega

7,9535

BGN

lev búlgaro

1,9558

CYP

libra chipriota

0,5754

CZK

corona checa

28,590

EEK

corona estonia

15,6466

HUF

forint húngaro

261,58

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,6960

MTL

lira maltesa

0,4293

PLN

zloty polaco

3,8853

RON

leu rumano

3,5075

SIT

tólar esloveno

239,54

SKK

corona eslovaca

37,398

TRY

lira turca

1,6210

AUD

dólar australiano

1,6921

CAD

dólar canadiense

1,4213

HKD

dólar de Hong Kong

9,4456

NZD

dólar neozelandés

1,9453

SGD

dólar de Singapur

1,9646

KRW

won de Corea del Sur

1 177,29

ZAR

rand sudafricano

7,6354

CNY

yuan renminbi

9,7696

HRK

kuna croata

7,3548

IDR

rupia indonesia

11 136,78

MYR

ringgit malayo

4,502

PHP

peso filipino

62,087

RUB

rublo ruso

33,6760

THB

baht tailandés

47,085


(1)  

Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/10


Publicación de las decisiones de los Estados miembros de conceder o revocar las licencias de explotación, conforme al apartado 4 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 2407/92 sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas (1)  (2)

(2006/C 68/05)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

AUSTRIA

Licencias de explotación denegadas

Categoría B:   Licencias de explotación concedidas a las compañias que responden a los criterios previstos en la letra a) del apartado 7 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 2407/92

Nombre de la compañia aérea

Dirección de la compañia aérea

Autorizada para efectuar el transporte de

Decisión en vigor desde

Zenith Airways GmbH

Promenadenweg 8

A-2522 Oberwaltersdorf

pasajeros, correo, carga

16.2.2006


(1)  DO L 240 de 24.8.1992, p. 1.

(2)  Comunicadas a la Comisión Europea antes del 31.8.2005.


21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/11


Publicación de las decisiones de los Estados miembros de conceder o revocar las licencias de explotación, conforme al apartado 4 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 2407/92 sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas (1)  (2)

(2006/C 68/06)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

ESPAŇA

Licencias de explotación concedidas

Categoría B:   Licencias de explotación concedidas a las compañias que responden a los criterios previstos en la letra a) del apartado 7 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 2407/92

Nombre de la compañia aérea

Dirección de la compañia aérea

Autorizada para efectuar el transporte de

Decisión en vigor desde

PIRINAIR EXPRESS, S.L.

c/ Ramón Pignatilli, 50

E-50004 Zaragoza

pasajeros, correo, carga

21.2.2006


(1)  DO L 240 de 24.8.1992, p. 1.

(2)  Comunicadas a la Comisión Europea antes del 31.8.2005.


21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/12


Publicación de las decisiones de los Estados miembros de conceder o revocar las licencias de explotación, conforme al apartado 4 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 2407/92 sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas (1)  (2)

(2006/C 68/07)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

SUECIA

Licencias de explotación concedidas

Categoría B:   Licencias de explotación concedidas a las compañias que responden a los criterios previstos en la letra a) del apartado 7 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 2407/92

Nombre de la compañia aérea

Dirección de la compañia aérea

Autorizada para efectuar el transporte de

Decisión en vigor desde

Fly Logic Sweden AB

556383-5932

Box 45

S-230 32 MALMÖ-STURUP

pasajeros, correo, carga

17.1.2006

Osterman Helikopter i Göteborg AB

556318-1691

Säve Flygplatsväg 38

S-423 73 SÄVE

pasajeros, correo, carga

24.2.2006

Licencias de explotación denegadas

Categoría B:   Licencias de explotación concedidas a las compañias que responden a los criterios previstos en la letra a) del apartado 7 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 2407/92

Nombre de la compañia aérea

Dirección de la compañia aérea

Autorizada para efectuar el transporte de

Decisión en vigor desde

Ostermans Helicopter i Göteborg AB

556404-8121

PI 2005

S-423 73 SÄVE

pasajeros, correo, carga

5.12.2005

European Executive Express AB

556158-7501

PO Box 599

S-651 13 KARLSTAD

pasajeros, correo, carga

20.2.2006


(1)  DO L 240 de 24.8.1992, p. 1.

(2)  Comunicadas a la Comisión Europea antes del 31.8.2005.


21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/13


Notificación previa de una operación de concentración

(Caso no COMP/M.4092 — Andritz/Küsters)

(2006/C 68/08)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

1.

Con fecha 13 de marzo de 2006 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que la empresa Andritz GmbH, bajo el control de Andritz AG («Andritz»; Austria) adquiere el control, a efectos de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de la totalidad de la empresa Eduard Küsters Maschinenfabrik GmbH & Co KG, controlada por Jagenberg AG («Küsters»; Alemania) a través de adquisición de acciones.

2.

Ámbito de actividad de las empresas afectadas:

Andritz: fabricación de maquinaria de producción de papel para papel delgado, cartón y papel de imprimir; también sistemas de producción para los sectores del acero, medio ambiente, tecnología de alimentación, tecnología hidráulica y otros sectores.

Küsters: suministro de calandras para papel, calandras textiles y no textiles.

3.

Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto.

4.

La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.4092 — Andritz/Küsters, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de operaciones de concentración

J-70

B-1049 Bruxelles/Brussel


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/14


Notificación previa de una operación de concentración

(Caso no COMP/M.4110 — E.ON/Endesa)

(2006/C 68/09)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

1.

Con fecha 16 de marzo de 2006 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que la empresa E.ON AG (E.ON, Alemania) adquiere el control, a efectos de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de la totalidad de la empresa Endesa S.A. (Endesa, España) a través de oferta pública de adquisición presentada el 21/03/2006.

2.

Ambito de actividad de las empresas afectadas:

E.ON: compañía suministradora de energía eléctrica y gas en Europa y EE.UU., entre otras actividades;

Endesa: operador español de electricidad también presente en el sector del gas. Endesa también está presente en el sector eléctrico en otos países europeos, especialmente en Portugal, Francia, Italia, Alemania y Polonia, así como en Sudamérica y el norte de África.

3.

Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto.

4.

La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.4110 — E.ON/Endesa, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de operaciones de concentración

J-70

B-1049 Bruxelles/Brussel


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/15


Notificación previa de una operación de concentración

(Caso no COMP/M. 4122 Burda/Hachette/JV)

Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado

(2006/C 68/10)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

1.

Con fecha 3 de marzo 2006 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que las empresas Burda Verlag Osteuropa GmbH («BVO», Alemania), perteneciente al grupo Hubert Burda Media and Hachette Filipacchi Presse («HFP», Francia), perteneciente al grupo Lagardère adquieren el control conjunto, a efectos de lo dispuesto en el artículo 3(1)b del Reglamento del Consejo, de una empresa común de nueva creación (JV) a través de suscripción de capital y transferencia de activos.

2.

Ámbito de actividad de las empresas afectadas:

BVO: publicación de revistas en países de Europa del Este.

HFP: publicación de revistas de consumo en todo el territorio mundial.

JV: publicación de revistas en Polonia.

3.

Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto. De conformidad con la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento del Consejo (CE) no 139/2004 (2) se hace notar que este caso es susceptible de ser tratado por el procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [fax no (32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M. 4122 Burda/Hachette/JV, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro Operaciones de concentración

J-70

B –1049 Bruxelles/Brussel


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1

(2)  DO C 56 de 05.3.2005, p. 32


21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/16


Comunicación de la Comisión en el marco de la aplicación de la Directiva 96/48/CE del Consejo de 23 de julio de 1996 relativa a la interoperabilidad del sistema ferroviario transeuropeo de alta velocidad

(2006/C 68/11)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

(Publicación de títulos y referencias de normas armonizadas conforme a la directiva)

OEN

 (1)

Referencia y título de la norma

(documento de referencia)

Referencia de la norma retirada y sustituida

Fecha límitepara obtener presuncíon de conformidad respecto a la norma sustituida

Nota 1

CEN

EN ISO 3095:2005

Aplicaciones ferroviarias — Acústica — Medición del ruido emitido por los vehículos que circulan sobre raíles (ISO 3095:2005)

 

CEN

EN ISO 3381:2005

Aplicaciones ferroviarias — Acústica — Medición del ruido en el interior de los vehículos que circulan sobre raíles (ISO 3381:2005)

 

CEN

EN 12663:2000

Aplicaciones ferroviarias. Requisitos de dimensionamiento de las estructuras de los vehículos ferroviarios.

 

CEN

EN 13129-1:2002

Aplicaciones ferroviarias. Aire acondicionado para el material rodante de grandes líneas. Parte 1: Parámetros de confort.

 

CEN

EN 13129-2:2004

Aplicaciones ferroviarias. Aire acondicionado para el material rodante de grandes líneas. Parte 2: Ensayos de tipo.

 

CEN

EN 13230-1:2002

Aplicaciones ferroviarias. Vía. Traviesas de hormigón para plena vía y aparatos. Parte 1: Requisitos generales.

 

CEN

EN 13232-4:2005

Carriles para aplicaciones ferroviarias. Cambios con cruzamiento. Parte 4: Intervención, bloqueo y detección.

 

CEN

EN 13232-5:2005

Carriles para aplicaciones ferroviarias. Cambios con cruzamiento. Parte 5: Interruptores.

 

CEN

EN 13232-6:2005

Carriles para aplicaciones ferroviarias. Cambios con cruzamiento. Parte 6: Cruzamientos fijos y obtusos.

 

CEN

EN 13260:2003

Aplicaciones ferroviarias. Ejes montados y bogies. Ejes montados. Requisitos de producto.

 

CEN

EN 13262:2004

Aplicaciones ferroviarias. Ejes montados y bogies. Ruedas. Requisito de producto.

 

CEN

EN 13272:2001

Aplicaciones ferroviarias. Iluminación eléctrica para el material rodante de sistemas de transporte público.

 

CEN

EN 13481-1:2002

Aplicaciones ferroviarias. Vía. Requisitos de funcionamiento para los sistemas de sujeción. Parte 1: Definiciones.

 

CEN

EN 13481-2:2002

Aplicaciones ferroviarias. Vía. Requisitos de funcionamiento para los sistemas de sujeción. Parte 2: Sistemas de sujeción para las traviesas de hormigón.

 

CEN

EN 13481-5:2002

Aplicaciones ferroviarias. Vía. Requisitos de funcionamiento para los sistemas de sujeción. Parte 5: Sistemas de sujeción para vía en placa.

 

CEN

EN 13674-1:2003

Aplicaciones ferroviarias. Vía. Carriles. Parte 1: Vías ferroviarias de balastos planos simétricos de 46 kg/m y superiores.

 

CEN

EN 13848-1:2003

Aplicaciones ferroviarias. Vía. Calidad de la geometría de vía. Parte 1: Caracterización de la geometría de vía.

 

CEN

EN 14067-4:2005

Aplicaciones ferroviarias. Aerodinámica. Parte 4: Requisitos y procedimientos de ensayo para la aerodinámica al aire libre

 

CEN

EN 14363:2005

Aplicaciones ferroviarias. Ensayo para la aceptación de las características en movimiento de los vehículos ferroviarios. Ensayo de comportamiento en movimiento y ensayos estacionarios.

 

CEN

EN 14531-1:2005

Aplicaciones ferroviarias. Frenado. Métodos para el cálculo de las distancias de frenado, de deceleración y frenado de inmobilización. Parte 1: Algoritmos generales

 

CEN

EN 14535-1:2005

Aplicaciones ferroviarias. Discos de freno para material móvil ferroviario. Parte 1: Discos de freno presionados o ajustados sobre el eje o eje motor, dimensiones y requisitos de calidad.

 

CEN

EN 14601:2005

Aplicaciones ferroviarias. Llaves de paso integral y acodadas para los conductos de freno y los conductos principales.

 

CEN

EN 14752:2005

Aplicaciones ferroviarias. Sistemas de puerta de acceso para material rodante.

 

CENELEC

EN 50119:2001

Aplicaciones ferroviarias — Instalaciones fijas — Tracción eléctrica — Líneas aéreas de contacto

NINGUNA

CENELEC

EN 50121-1:2000

Aplicaciones ferroviarias — Compatibilidad electromagnética — Parte 1: Generalidades

NINGUNA

CENELEC

EN 50121-2:2000

Aplicaciones ferroviarias. Compatibilidad electromagnética — Parte 2: Emisión del sistema ferroviario completo al mundo exterior

NINGUNA

CENELEC

EN 50121-3-1:2000

Aplicaciones ferroviarias — Compatibilidad electromagnética — Material rodante — Parte 3-1: Tren y vehiculo completo

NINGUNA

CENELEC

EN 50121-3-2:2000

Aplicaciones ferroviarias. Compatibilidad electromagnética — Parte3-2: Material rodante. Aparatos

NINGUNA

CENELEC

EN 50121-4:2000

Aplicaciones ferroviarias. Compatibilidad electromagnética — Parte 4: Emisión e inmunidad de los aparatos de señalización y de telecomunicación

NINGUNA

CENELEC

EN 50121-5:2000

Aplicaciones ferroviarias. Compatibilidad electromagnética — Parte 5: Emisión e inmunidad de las instalaciones fijas de suministro de energía y de los equipos asociados

NINGUNA

CENELEC

EN 50122-1:1997

Aplicaciones ferroviarias — Instalaciones fijas — Parte 1: Medidas de protección relativas a la seguridad eléctrica y a la puesta a tierra

NINGUNA

CENELEC

EN 50124-1:2001

Aplicaciones ferroviarias — Coordinación de aislamiento — Parte 1: Requisitos básicos — Distancias de aislamiento y de fugas para todo tipo de equipamiento eléctrico y electrónico

NINGUNA

Modificación A1:2003 a la EN 50124-1:2001

Nota 3

1.10.2006

Modificación A2:2005 a la EN 50124-1:2001

Nota 3

1.5.2008

CENELEC

EN 50124-2:2001

Aplicaciones ferroviarias — Coordinación de aislamiento — Parte 2: Sobretensiones y protecciones asociadas

NINGUNA

CENELEC

EN 50125-1:1999

Aplicaciones ferroviarias — Condiciones ambientales para el equipo — Parte 1: Equipo a bordo del material rodante

NINGUNA

CENELEC

EN 50125-3:2003

Aplicaciones ferroviarias. Condiciones ambientales para el equipo. Parte 3: Equipo para la señalización y las telecomunicaciones

NINGUNA

CENELEC

EN 50126-1:1999

Aplicaciones ferroviarias. Especificación y demostración de la seguridad de funcionamiento, fiabilidad, mantenibilidad, disponibilidad y seguridad (RAMS). Parte 1: Requisitos básicos y proceso genérico.

NINGUNA

CENELEC

EN 50128:2001

Aplicaciones ferroviarias. Sistemas de comunicación, señalización y procesamiento. Software para sistemas de control y protección de ferrocarril

NINGUNA

CENELEC

EN 50129:2003

Aplicaciones ferroviarias. Sistemas de comunicación, señalización y procesamiento. Sistemas electrónicos de seguridad para la señalización

NINGUNA

CENELEC

EN 50149:2001

Aplicaciones ferroviarias — Instalaciones fijas — Tracción eléctrica — Cable de contacto acanalado de cobre y aleación de cobre

NINGUNA

CENELEC

EN 50155:2001

Aplicaciones ferroviarias. Equipos electrónicos utilizados sobre material rodante.

NINGUNA

Modificación A1:2002 a la EN 50155:2001

Nota 3

Fecha de vencimiento

(1.9.2005)

CENELEC

EN 50159-1:2001

Aplicaciones ferroviarias — Sistemas de comunicación, de señalización y de procesado. Parte 1: Comunicación de seguridad en sistemas de transmisión cerrados

NINGUNA

CENELEC

EN 50159-2:2001

Aplicaciones ferroviarias — Sistemas de comunicación, de señalización y de procesado. Parte 2: Comunicación de seguridad en los sistemas de transmisión abiertos

NINGUNA

CENELEC

EN 50163:2004

Aplicaciones ferroviarias. Tensiones de alimentación de las redes de tracción.

NINGUNA

CENELEC

EN 50206-1:1998

Aplicaciones ferroviarias — Material rodante — Pantógrafos- Características y ensayos--Parte 1: Pantógrafos para vehículos de líneas principales

NINGUNA

CENELEC

EN 50238:2003

Aplicaciones ferroviarias. Compatibilidad entre el material rodante y los sistemas de detección del tren.

NINGUNA

CENELEC

EN 50317:2002

Aplicaciones ferroviarias. Sistemas de captación de corriente. Requisitos y validación de las mediciones de la interacción entre el pantógrafo y la catenaria

NINGUNA

Modificación A1:2004 a la EN 50317:2002

Nota 3

1.10.2007

CENELEC

EN 50388:2005

Aplicaciones ferroviarias. Instalaciones fijas de alimentación y material rodante. Criterios técnicos para la coordinación entre sistemas de alimentación (subestaciones) y el material rodante para realizar la interoperabilidad.

NINGUNA

Nota 1

Generalmente la fecha límite para obtener presunción de conformidad será la fecha de la retirada («dow»), indicada por el organismo europeo de normalización, pero se llama la atención de los usuarios de estas normas sobre el hecho de que en ciertas ocasiones excepcionales pudiera ser otro el caso.

Nota 3

En caso de Modificaciones, la norma referenciada es la norma EN CCCCC:YYYY, sus modificaciones previas, si las hubiera, y esta nueva modificación; la norma retirada y sustituida (columna 4), por lo tanto, consiste en la norma EN CCCCC:YYYY y sus modificaciones previas, si las hubiera, pero sin la nueva modificación

AVISO:

Todas las informaciones sobre la disponibilidad de las normas pueden obtenerse o en los organismos europeos de normalización o en los organismos nacionales de normalización, podrán encontrar una lista que figura en anexo de la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 98/34/CE (2) modificada por la Directiva 98/48/CE (3).

La publicación de las referencias en el Diario Oficial de la Unión Europea no implica que las normas estén disponibles en todos los idiomas comunitarios.

Esta lista reemplaza las listas anteriores publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea. La Comisión garantiza la puesta al día de la presente lista.

Para obtener más información consulte la dirección siguiente:

http://europa.eu.int/comm/enterprise/newapproach/standardization/harmstds/


(1)  OEN: Organismo europeo de normalización:

CEN: rue de Stassart 36, B-1050 Brussels, Tel. (32-2) 550 08 11; fax (32-2) 550 08 19 (http://www.cenorm.be)

CENELEC: rue de Stassart 35, B-1050 Brussels, Tel. (32-2) 519 68 71; fax (32-2) 519 69 19 (http://www.cenelec.org)

ETSI: 650, route des Lucioles, F-06921 Sophia Antipolis, Tel. (33) 492 94 42 00; fax (33) 493 65 47 16 (http://www.etsi.org)

(2)  DO L 204 de 21.7.1998, p. 37.

(3)  DO L 217 de 5.8.1998, p. 18.


21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/20


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.4079 — Mitsui/Evraz/Deniskovskaya Coal Mine JV)

(2006/C 68/12)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 13 de marzo de 2006, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32006M4079. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)


21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/20


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.4042 — Toepfer/Invivo/Soulès)

(2006/C 68/13)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 22 de diciembre de 2005, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32005M4042. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)


21.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 68/21


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.4072 — NEC/Philips Business Communications)

(2006/C 68/14)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 13 de marzo 2006, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales.

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32006M4072. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)