ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 53

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

49o año
3 de marzo de 2006


Número de información

Sumario

Página

 

I   Comunicaciones

 

Comisión

2006/C 053/1

Tipo de cambio del euro

1

2006/C 053/2

Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo — Modificación por el Reino Unido de las obligaciones de servicio público impuestas a los servicios aéreos regulares entre Shetland Mainland (Tingwall/Sumburgh) y las islas de Foula, Fair Isle, Out Skerries y Papa Stour ( 1 )

2

2006/C 053/3

Nueva cara nacional de las monedas en euros destinadas a la circulación

3

2006/C 053/4

Notificación previa de una operación de concentración (Caso no COMP/M.4121 — Allianz/Sofinim/United Broadcast Facilities) — Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado ( 1 )

4

2006/C 053/5

Notificación previa de una operación de concentración (Asunto no COMP/M.4172 — Barclays/Tuya) — Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado ( 1 )

5

2006/C 053/6

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.4074 — Magna/CTS) ( 1 )

6

2006/C 053/7

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.4098 — Investcor/Autodistribution Group) ( 1 )

6

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


I Comunicaciones

Comisión

3.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 53/1


Tipo de cambio del euro (1)

2 de marzo de 2006

(2006/C 53/01)

1 euro=

 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,1921

JPY

yen japonés

138,73

DKK

corona danesa

7,4603

GBP

libra esterlina

0,68310

SEK

corona sueca

9,4623

CHF

franco suizo

1,5646

ISK

corona islandesa

78,78

NOK

corona noruega

8,0095

BGN

lev búlgaro

1,9558

CYP

libra chipriota

0,5747

CZK

corona checa

28,330

EEK

corona estonia

15,6466

HUF

forint húngaro

253,29

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,6961

MTL

lira maltesa

0,4293

PLN

zloty polaco

3,7746

RON

leu rumano

3,4782

SIT

tólar esloveno

239,50

SKK

corona eslovaca

36,950

TRY

lira turca

1,5550

AUD

dólar australiano

1,5974

CAD

dólar canadiense

1,3524

HKD

dólar de Hong Kong

9,2485

NZD

dólar neozelandés

1,7900

SGD

dólar de Singapur

1,9285

KRW

won de Corea del Sur

1 155,38

ZAR

rand sudafricano

7,3189

CNY

yuan renminbi

9,5838

HRK

kuna croata

7,3145

IDR

rupia indonesia

10 955,40

MYR

ringgit malayo

4,419

PHP

peso filipino

61,095

RUB

rublo ruso

33,4190

THB

baht tailandés

46,011


(1)  

Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


3.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 53/2


Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo

Modificación por el Reino Unido de las obligaciones de servicio público impuestas a los servicios aéreos regulares entre Shetland Mainland (Tingwall/Sumburgh) y las islas de Foula, Fair Isle, Out Skerries y Papa Stour

(2006/C 53/02)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, letra a) del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, relativo al acceso de las compañías aéreas de la Comunidad a las rutas aéreas intracomunitarias, el Reino Unido ha decidido modificar las obligaciones de servicio público impuestas a los servicios aéreos regulares entre Shetland Mainland (Tingwall/Sumburgh) y las islas de Foula, Fair Isle, Out Skerries y Papa Stour, publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 394 de 30.12.1997, y modificadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 356 de 12.12.2000C 358 de 15.12.2001, y en el Diario Oficial de la Unión Europea C 306 de 10.12.2004 y C 223 de 10.9.2005.

2.

Las obligaciones de servicio público modificadas son las siguientes:

Frecuencia mínima:

A Foula desde Tingwall: dos vuelos de ida y vuelta los miércoles y viernes y un vuelo de ida y vuelta los lunes y martes (servicio de verano); dos vuelos de ida y vuelta los viernes y un vuelo de ida y vuelta los lunes, martes y miércoles (servicio de invierno).

A Fair Isle: dos vuelos de ida y vuelta desde Tingwall los lunes, miércoles y viernes; y un vuelo de ida y vuelta desde Sumburgh y Tingwall los sábados (servicio de verano); dos vuelos de ida y vuelta desde Tingwall los lunes, miércoles y viernes (servicio de invierno).

A Out Skerries desde Tingwall: dos vuelos de ida y vuelta los jueves y un vuelo de ida y vuelta los lunes y miércoles.

A Papa Stour desde Tingwall: dos vuelos de ida y vuelta los martes.

Capacidad:

La capacidad de la aeronave no será inferior a ocho asientos en cada ruta, aunque, en función de la carga, este número podrá reducirse en el vuelo a Out Skerries, por restricciones de la Autoridad de Aviación Civil.

Tarifas:

El precio de un billete de ida (tarifa completa) no será superior a 30,00 libras esterlinas (Foula), 30,00 libras esterlinas (Faire Isle), 25,00 libras esterlinas (Out Skerries) y 25,00 libras esterlinas (Papa Stour).

Se aplicará a los residentes de las islas las siguientes tarifas reducidas de ida y vuelta: Foula y Fair Isle 36,00 libras esterlinas y Out Skerries y Papa Stour 24,00 libras esterlinas.

Las tarifas máximas en cada ruta podrán incrementarse una vez al año previa autorización por escrito del Shetland Islands Council, de acuerdo con el índice de precios al consumo del Reino Unido (incluidos todos los artículos) o con cualquier otro índice posterior.

No se admitirá ningún otro cambio en las tarifas sin la autorización previa, por escrito, del Shetland Islands Council.

Las nuevas tarifas máximas en cada ruta deberán ser notificadas a la Autoridad de Aviación Civil y no entrarán en vigor mientras no hayan sido notificadas a la Comisión Europea, que podrá publicarlas en el Diario Oficial de la Unión Europea.


3.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 53/3


NUEVA CARA NACIONAL DE LAS MONEDAS EN EUROS DESTINADAS A LA CIRCULACIÓN

(2006/C 53/03)

Image

Las monedas en euros destinadas a la circulación tienen curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica todos los nuevos diseños de las monedas en euros (1). De conformidad con las conclusiones del Consejo de 8 de diciembre de 2003 (2), los Estados miembros y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Comunidad en el que se prevea la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación pueden emitir determinadas cantidades de monedas conmemorativas en euros destinadas a la circulación, a condición de que sólo se emita una de estas monedas por Estado miembro y por año y se emplee la denominación de 2 euros. Estas monedas deben cumplir las características técnicas de las monedas en euros destinadas a la circulación, pero presentan un motivo conmemorativo en la cara nacional de su anverso.

Estado emisor: Bélgica.

Motivo conmemorativo: El Atomium.

Descripción del diseño: La parte central de la moneda representa el «Atomium». Las iniciales del grabador («LL») aparecen a la derecha del Atomium en la mitad inferior de la moneda. Dos marcas de la Fábrica de la Moneda figuran en el borde inferior de la parte central de la moneda, una a la derecha y la otra a la izquierda de la bola inferior del Atomium. Doce estrellas situadas en la corona circular rodean el diseño. El monograma «B» aparece en la parte superior de la moneda entre dos estrellas, y el año de acuñación («2006)») figura en la parte inferior de la corona circular entre dos estrellas.

Volumen de emisión: Cinco millones de monedas.

Período aproximado de emisión: Abril 2006.

Leyenda grabada en el canto: 2**, repetida seis veces, alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo.


(1)  Las caras nacionales de todas las monedas en euros emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, pp. 1-30.

(2)  Véanse las conclusiones del Consejo de Asuntos Generales, de 8 de diciembre de 2003, sobre la modificación del diseño de las caras nacionales de las monedas en euros. Véase también la Recomendación de la Comisión, de 29 de septiembre de 2003, sobre un procedimiento común para la modificación del diseño de la cara nacional en el anverso de las monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 264 de 15.10.2003, pp. 38-39).


3.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 53/4


Notificación previa de una operación de concentración

(Caso no COMP/M.4121 — Allianz/Sofinim/United Broadcast Facilities)

Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado

(2006/C 53/04)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

1.

Con fecha 20 de febrero de 2006 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que las empresas Allianz Capital Partner Gmbh («ACP», Alemania), compañía controlada por Allianz AG, Munich («Allianz») y Sofinim N.V. («Sofinim», Bélgica) adquieren el control conjunto, a efectos de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de United Broadcast Facilities («UBF» Países Bajos) a través de adquisición de acciones y activos.

2.

Ámbito de actividad de las empresas afectadas:

ACP: vehículo de inversión,

Allianz: negocio asegurador y financiero,

Sofinim: inversión de participaciones,

UBF: restación plena de servicios de instalaciones de radiodifusión.

3.

Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto. De conformidad con la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2) se hace notar que este caso es susceptible de ser tratado por el procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.4121 — Allianz/Sofinim/United Broadcast Facilities, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de operaciones de concentración

J-70

B-1049 Bruxelles/Brussel


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


3.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 53/5


Notificación previa de una operación de concentración

(Asunto no COMP/M.4172 — Barclays/Tuya)

Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado

(2006/C 53/05)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.

El 24 de febrero de 2006, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no139 /2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Barclays Private Equity Ltd. («Barclays Private Equity», Reino Unido), controlada por Barclays Bank plc («Barclays», Reino Unido), adquiere a través una empresa instrumental el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de TUJA Holding GmbH («TUJA», Alemania) mediante la adquisición de sus acciones.

2.

Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:

Barclays: servicios financieros,

Barclays Private Equity: fondos, incluidos fondos dedicados a servicios de empleo temporal en el Reino Unido,

TUJA: holding del grupo TUJA dedicado a servicios de empleo temporal en Austria, Alemania y Suiza.

3.

Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4172 — Barclays/Tuya, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de Concentraciones

J -70

B-1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


3.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 53/6


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.4074 — Magna/CTS)

(2006/C 53/06)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 31 de enero de 2006, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32006M4074. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)


3.3.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 53/6


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.4098 — Investcor/Autodistribution Group)

(2006/C 53/07)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 9 de febrero de 2006, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32006M4098. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)