ISSN 1725-244X |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 53 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
49o año |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
ES |
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I Comunicaciones
Comisión
3.3.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 53/1 |
Tipo de cambio del euro (1)
2 de marzo de 2006
(2006/C 53/01)
1 euro=
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Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,1921 |
JPY |
yen japonés |
138,73 |
DKK |
corona danesa |
7,4603 |
GBP |
libra esterlina |
0,68310 |
SEK |
corona sueca |
9,4623 |
CHF |
franco suizo |
1,5646 |
ISK |
corona islandesa |
78,78 |
NOK |
corona noruega |
8,0095 |
BGN |
lev búlgaro |
1,9558 |
CYP |
libra chipriota |
0,5747 |
CZK |
corona checa |
28,330 |
EEK |
corona estonia |
15,6466 |
HUF |
forint húngaro |
253,29 |
LTL |
litas lituana |
3,4528 |
LVL |
lats letón |
0,6961 |
MTL |
lira maltesa |
0,4293 |
PLN |
zloty polaco |
3,7746 |
RON |
leu rumano |
3,4782 |
SIT |
tólar esloveno |
239,50 |
SKK |
corona eslovaca |
36,950 |
TRY |
lira turca |
1,5550 |
AUD |
dólar australiano |
1,5974 |
CAD |
dólar canadiense |
1,3524 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
9,2485 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,7900 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,9285 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 155,38 |
ZAR |
rand sudafricano |
7,3189 |
CNY |
yuan renminbi |
9,5838 |
HRK |
kuna croata |
7,3145 |
IDR |
rupia indonesia |
10 955,40 |
MYR |
ringgit malayo |
4,419 |
PHP |
peso filipino |
61,095 |
RUB |
rublo ruso |
33,4190 |
THB |
baht tailandés |
46,011 |
Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
3.3.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 53/2 |
Comunicación de la Comisión con arreglo al artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo
Modificación por el Reino Unido de las obligaciones de servicio público impuestas a los servicios aéreos regulares entre Shetland Mainland (Tingwall/Sumburgh) y las islas de Foula, Fair Isle, Out Skerries y Papa Stour
(2006/C 53/02)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
1. |
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, letra a) del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, relativo al acceso de las compañías aéreas de la Comunidad a las rutas aéreas intracomunitarias, el Reino Unido ha decidido modificar las obligaciones de servicio público impuestas a los servicios aéreos regulares entre Shetland Mainland (Tingwall/Sumburgh) y las islas de Foula, Fair Isle, Out Skerries y Papa Stour, publicadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 394 de 30.12.1997, y modificadas en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas C 356 de 12.12.2000, C 358 de 15.12.2001, y en el Diario Oficial de la Unión Europea C 306 de 10.12.2004 y C 223 de 10.9.2005. |
2. |
Las obligaciones de servicio público modificadas son las siguientes:
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3.3.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 53/3 |
NUEVA CARA NACIONAL DE LAS MONEDAS EN EUROS DESTINADAS A LA CIRCULACIÓN
(2006/C 53/03)
Las monedas en euros destinadas a la circulación tienen curso legal en toda la zona del euro. Con el fin de informar a las personas que manejan monedas en el ejercicio de su profesión y al público en general, la Comisión publica todos los nuevos diseños de las monedas en euros (1). De conformidad con las conclusiones del Consejo de 8 de diciembre de 2003 (2), los Estados miembros y los países que hayan celebrado un acuerdo monetario con la Comunidad en el que se prevea la emisión de monedas en euros destinadas a la circulación pueden emitir determinadas cantidades de monedas conmemorativas en euros destinadas a la circulación, a condición de que sólo se emita una de estas monedas por Estado miembro y por año y se emplee la denominación de 2 euros. Estas monedas deben cumplir las características técnicas de las monedas en euros destinadas a la circulación, pero presentan un motivo conmemorativo en la cara nacional de su anverso.
Estado emisor: Bélgica.
Motivo conmemorativo: El Atomium.
Descripción del diseño: La parte central de la moneda representa el «Atomium». Las iniciales del grabador («LL») aparecen a la derecha del Atomium en la mitad inferior de la moneda. Dos marcas de la Fábrica de la Moneda figuran en el borde inferior de la parte central de la moneda, una a la derecha y la otra a la izquierda de la bola inferior del Atomium. Doce estrellas situadas en la corona circular rodean el diseño. El monograma «B» aparece en la parte superior de la moneda entre dos estrellas, y el año de acuñación («2006)») figura en la parte inferior de la corona circular entre dos estrellas.
Volumen de emisión: Cinco millones de monedas.
Período aproximado de emisión: Abril 2006.
Leyenda grabada en el canto: 2**, repetida seis veces, alternativamente de abajo arriba y de arriba abajo.
(1) Las caras nacionales de todas las monedas en euros emitidas en 2002 figuran en el DO C 373 de 28.12.2001, pp. 1-30.
(2) Véanse las conclusiones del Consejo de Asuntos Generales, de 8 de diciembre de 2003, sobre la modificación del diseño de las caras nacionales de las monedas en euros. Véase también la Recomendación de la Comisión, de 29 de septiembre de 2003, sobre un procedimiento común para la modificación del diseño de la cara nacional en el anverso de las monedas en euros destinadas a la circulación (DO L 264 de 15.10.2003, pp. 38-39).
3.3.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 53/4 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Caso no COMP/M.4121 — Allianz/Sofinim/United Broadcast Facilities)
Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado
(2006/C 53/04)
(Texto pertinente a los fines del EEE)
1. |
Con fecha 20 de febrero de 2006 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que las empresas Allianz Capital Partner Gmbh («ACP», Alemania), compañía controlada por Allianz AG, Munich («Allianz») y Sofinim N.V. («Sofinim», Bélgica) adquieren el control conjunto, a efectos de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de United Broadcast Facilities («UBF» Países Bajos) a través de adquisición de acciones y activos. |
2. |
Ámbito de actividad de las empresas afectadas:
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3. |
Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto. De conformidad con la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2) se hace notar que este caso es susceptible de ser tratado por el procedimiento establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.4121 — Allianz/Sofinim/United Broadcast Facilities, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.
3.3.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 53/5 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Asunto no COMP/M.4172 — Barclays/Tuya)
Asunto que podría ser tramitado conforme al procedimiento simplificado
(2006/C 53/05)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
1. |
El 24 de febrero de 2006, la Comisión recibió la notificación, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento (CE) no139 /2004 del Consejo (1), de un proyecto de concentración por el cual la empresa Barclays Private Equity Ltd. («Barclays Private Equity», Reino Unido), controlada por Barclays Bank plc («Barclays», Reino Unido), adquiere a través una empresa instrumental el control exclusivo, a tenor de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de TUJA Holding GmbH («TUJA», Alemania) mediante la adquisición de sus acciones. |
2. |
Las actividades comerciales de las empresas en cuestión son las siguientes:
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3. |
Tras un examen preliminar, la Comisión considera que la operación notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva su decisión definitiva al respecto. En virtud de la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2), este asunto podría ser tramitado conforme al procedimiento establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión invita a los interesados a que le presenten sus posibles observaciones sobre el proyecto de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en el plazo de diez días a partir de la fecha de la presente publicación. Podrán enviarse por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, con indicación del número de referencia COMP/M.4172 — Barclays/Tuya, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.
3.3.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 53/6 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto no COMP/M.4074 — Magna/CTS)
(2006/C 53/06)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
El 31 de enero de 2006, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:
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en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales, |
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en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32006M4074. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex) |
3.3.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 53/6 |
No oposición a una concentración notificada
(Asunto no COMP/M.4098 — Investcor/Autodistribution Group)
(2006/C 53/07)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
El 9 de febrero de 2006, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:
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en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales, |
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en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32006M4098. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex) |