ISSN 1725-244X |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 37 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
49o año |
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III Informaciones |
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Comisión |
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2006/C 037/8 |
Convocatoria de propuestas 2006 — Programa de acción comunitario en el ámbito de la salud pública (2003-2008) ( 1 ) |
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(1) Texto pertinente a efectos del EEE |
ES |
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I Comunicaciones
Comisión
14.2.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 37/1 |
Tipo de cambio del euro (1)
13 de febrero de 2006
(2006/C 37/01)
1 euro=
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Moneda |
Tipo de cambio |
USD |
dólar estadounidense |
1,1888 |
JPY |
yen japonés |
140,35 |
DKK |
corona danesa |
7,4649 |
GBP |
libra esterlina |
0,6837 |
SEK |
corona sueca |
9,3379 |
CHF |
franco suizo |
1,5559 |
ISK |
corona islandesa |
76,02 |
NOK |
corona noruega |
8,102 |
BGN |
lev búlgaro |
1,9558 |
CYP |
libra chipriota |
0,5743 |
CZK |
corona checa |
28,418 |
EEK |
corona estonia |
15,6466 |
HUF |
forint húngaro |
251,36 |
LTL |
litas lituana |
3,4528 |
LVL |
lats letón |
0,696 |
MTL |
lira maltesa |
0,4293 |
PLN |
zloty polaco |
3,7923 |
RON |
leu rumano |
3,5255 |
SIT |
tólar esloveno |
239,5 |
SKK |
corona eslovaca |
37,545 |
TRY |
lira turca |
1,5805 |
AUD |
dólar australiano |
1,6125 |
CAD |
dólar canadiense |
1,3741 |
HKD |
dólar de Hong Kong |
9,2257 |
NZD |
dólar neozelandés |
1,7524 |
SGD |
dólar de Singapur |
1,9386 |
KRW |
won de Corea del Sur |
1 161,16 |
ZAR |
rand sudafricano |
7,3474 |
CNY |
yuan renminbi |
9,5665 |
HRK |
kuna croata |
7,3125 |
IDR |
rupia indonesia |
10 978,57 |
MYR |
ringgit malayo |
4,4265 |
PHP |
peso filipino |
61,295 |
RUB |
rublo ruso |
33,5507 |
THB |
baht tailandés |
46,754 |
Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.
14.2.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 37/2 |
Publicación de las decisiones de los Estados miembros de conceder o revocar las licencias de explotación, conforme al apartado 4 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 2407/92 del Consejo sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas (1) (2)
(2006/C 37/02)
(Texto pertinente a los fines del EEE)
AUSTRIA
Licencias de explotación concedidas
Categoría B: Licencias de explotación concedidas a las compañias que responden a los criterios previstos en la letra a) del apartado 7 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 2407/92
Nombre de la compañia aérea |
Dirección de la compañia aérea |
Autorizada para efectuar el transporte de |
Decisión en vigor desde |
||
TRANSPED AVIATION GmbH |
|
pasajeros, correo, carga |
30.12.2005 |
(1) DO L 240 de 24.8.1992, p. 1.
(2) Comunicadas a la Comisión Europea antes del 31.8.2005.
14.2.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 37/3 |
Publicación de las decisiones de los Estados miembros de conceder o revocar las licencias de explotación, conforme al apartado 4 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 2407/92 del Consejo sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas (1) (2)
(2006/C 37/03)
(Texto pertinente a los fines del EEE)
ALEMANIA
Licencias de explotación denegadas
Categoría B: Licencias de explotación concedidas a las compañias que responden a los criterios previstos en la letra a) del apartado 7 del artículo 5 del Reglamento (CEE) no 2407/92
Nombre de la compañia aérea |
Dirección de la compañia aérea |
Autorizada para efectuar el transporte de |
Decisión en vigor desde |
||
Flugdienst Magdeburg GmbH |
|
pasajeros, correo, carga |
23.1.2006 |
(1) DO L 240 de 24.8.1992, p. 1.
(2) Comunicadas a la Comisión Europea antes del 31.8.2005.
14.2.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 37/4 |
Autorización de las ayudas estatales en el marco de las disposiciones de los artículos 87 y 88 del Tratado CE
Casos con respecto a los cuales la Comisión no presenta objeciones
(2006/C 37/04)
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: República de Letonia
Ayuda no: N 97/2005
Denominación: Ayuda para la reconstrucción y la renovación de sistemas de recuperación y de mejora del agua
Objetivo: Contribución pública para financiar las inversiones en explotaciones agrarias para la construcción, reconstrucción y ampliación de sistemas de recuperación y mejora del agua
Fundamento jurídico:
— |
Ministru kabineta 2005. gada 25. janvāra noteikumi Nr. 70 “Noteikumi par valsts atbalstu lauksaimniecībai 2005. gadā un tā piešķiršanas kārtību” (2005. gada 17. februāraLatvijas Vēstnesis Nr. 27), |
— |
2003. gada 25. decembra Meliorācijas likuma 1. līdz 3. pants (2003. gada 11. decembraLatvijas Vēstnesis Nr. 175), |
— |
2004. gada 24. aprīļa Lauksaimniecības un lauku attīstības likuma 4. un 6. pants (2004. gada 23. aprīļaLatvijas Vēstnesis Nr. 64), |
— |
1995. gada 13. septembra Būvniecības likuma 12. panta 1. punkts (1995. gada 30. augustaLatvijas Vēstnesis Nr. 131), |
— |
Ministru kabineta 2004. gada 8. aprīļa noteikumu Nr. 272 “Meliorācijas sistēmu ekspluatācijas un uzturēšanas noteikumi” 1. līdz 3. punkts (2004. gada 22. aprīļaLatvijas Vēstnesis Nr. 63), |
— |
Ministru kabineta 2003. gada 17. jūlija noteikumi Nr. 382 “Meliorācijas sistēmu un hidrotehnisko būvju būvniecības kārtība” (2003. gada 16. jūlijaLatvijas Vēstnesis Nr. 105) |
Presupuesto: Total: 2006 — 2010- 3 400 000 LVL (aproximadamente 4 890 000 EUR)
Anual:
2006 — 600 000 LVL
2007 — 600 000 LVL
2008 — 700 000 LVL
2009 — 700 000 LVL
2010 — 800 000 LVL
Intensidad o importe de la ayuda:
— |
50 % en zonas desfavorecidas, 40 % en otras zonas |
— |
55 % en zonas desfavorecidas y 45 % en otras zonas para jóvenes agricultores |
Duración: 2006-2010
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Italia (Trento)
Ayuda no: N 200/2005
Denominación: Ley provincial no 4 de 28 de marzo de 2003, artículo 43 bis. Ayuda para la eliminación de material especificado de riesgo
Objetivo: Compensar los costes suplementarios derivados de la eliminación y destrucción del ganado muerto
Fundamento jurídico: Legge provinciale 28 marzo 2003 n. 4 «Sostegno all'economia agricola, disciplina dell'agricoltura biologica e della contrassegnazione di prodotti geneticamente non modificati» (articolo 43 bis), modificata dalla Legge provinciale 11 marzo 2005, n. 3, articolo 1
Presupuesto:
— |
Presupuesto global: 4 200 000 EUR (de 2004 a 2009) |
— |
Presupuesto anual: 700 000 EUR |
Intensidad o importe de la ayuda: El 100 % de los gastos de retirada y el 75 % de los gastos de destrucción
Duración: De 2004 a 2009
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Dinamarca
Ayuda no: N 215/05
Denominación: Indemnización por el retraso en el levantamiento de las restricciones geográficas impuestas debido a la enfermedad Newcastle
Objetivo: El objetivo de la ayuda es indemnizar a dos granjas avícolas por las pérdidas ocasionadas por el retraso en el levantamiento de las restricciones geográficas impuestas debido a la enfermedad de Newcastle en 2002. Las autoridades han indicado que, en ese año, un error de traducción hizo que las disposiciones del artículo 9 de la Directiva 92/66/CEE (incorporadas al ordenamiento jurídico nacional mediante el decreto no 921 de 10.11.1994) se interpretasen en el sentido de que el periodo mínimo de cuarentena era de 21 días a partir de las operaciones finales de limpieza y desinfección. Las versiones de la Directiva en las demás lenguas establecían un periodo mínimo de 21 días a partir de las operaciones iniciales de limpieza y desinfección. Ese error de traducción se corrigió el 7.5.2003
Fundamento jurídico: Afgørelse af 6. april 2005, truffet af Ministeriet for Familie- og Forbrugeranliggender
Presupuesto: 240 626 DKK (aproximadamente 32 300 EUR)
Intensidad o importe de la ayuda: 100 % de los gastos subvencionables
Duración: Ayuda pagada en un solo tramo
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: España
Ayuda no: N 276/2005
Denominación: Ayudas a las entidades certificadoras de productos agrarios
Objetivo: Fomentar la constitución de entidades certificadoras de productos agrarios y alimenticios de conformidad con la norma EN 45.011
Fundamento jurídico: Proyecto de Orden APA/ /2005, de de, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la constitución y a la consolidación de entidades certificadoras de productos agrarios y alimenticios
Presupuesto: 720 000 EUR
Intensidad o importe de la ayuda: Hasta el 65 % de los gastos
Duración: Un año (2005)
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Suecia
Ayuda no: N 310/2005
Denominación: Medidas relacionadas con la tormenta que azotó el sur de Suecia los días 8 y 9 de enero de 2005
Objetivo: Los días 8 y 9 de enero de 2005, la tormenta «Gudrun» azotó el sur de Suecia. La fuerza media del vendaval alcanzó los 33 m/s, más que un huracán, y llegó en ocasiones a los 43 m/s. Quedaron cortadas líneas de teléfono y de electricidad, las calles quedaron bloqueadas y cayeron millones de árboles. Se estima que veinte personas perdieron la vida a causa de la tormenta. Según las autoridades suecas, la cantidad de madera derribada por la tormenta equivale a la producción de tres años en la región afectada. Los precios de la madera han caído hasta el 35 % por debajo de los precios de mercado normales y los costes de talado y manipulación (excluido el transporte) han aumentado en 60 SEK por m3fub (fub = madera medida bajo la corteza). De los cálculos presentados por las autoridades suecas se desprende que la pérdida ascendió a un mínimo de 114 SEK por m3fub. La ayuda notificada se limita a una reducción fiscal de 50 SEK por cada m3 de madera derribada por la tormenta que haya sido cosechada y manipulada, lo que equivale, según las autoridades suecas, a unos ingresos operativos de unas 71 SEK por m3fub. La indemnización se abona exclusivamente por el porcentaje de pérdidas que excden del crecimiento anual de los árboles
Fundamento jurídico: Förordning (1997:75) om anläggningsstöd till plantering av fleråriga grödor för produktion av biomassa, ändrad genom ett regeringsbeslut om det anmälda stödet.
Presupuesto: Aproximadamente 2 000 millones SEK (unos 210,5 millones de EUR)
Intensidad o importe de la ayuda: 71 por cada m3fub de madera derribada por la tormenta que haya sido cosechada y manipulada
Duración: Ayuda individual
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: España
Ayuda no: N 400/2005
Denominación: Ayudas en favor de las asociaciones agrarias de ámbito nacional
Objetivo: Aumentar la dimensión económica y social de las asociaciones agrarias de ámbito nacional
Fundamento jurídico: Orden APA/ /2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de la integración cooperativa de ámbito estatal
Presupuesto: 2 452 130 EUR en 2005
Intensidad o importe de la ayuda: Diferenciado en función de las ayudas
Duración: 2005
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Italia (Sicilia)
Ayuda no: N 494/2005
Denominación: Intervenciones en las zonas agrícolas afectadas por catástrofes naturales (heladas del 25 de enero al 9 de marzo de 2005 en quince municipios de la provincia Agrigento, en Sicilia)
Objetivo: Compensación de los daños registrados en la producción agrícola debido a condiciones meteorológicas adversas
Fundamento jurídico: Decreto legislativo n. 102/2004
Presupuesto: Véase el régimen de ayuda aprobado (NN 54/A/04)
Intensidad o importe de la ayuda: Hasta el 100 % de los daños
Duración: Medida de aplicación de un régimen de ayuda aprobado por la Comisión
Otros datos: Medida de aplicación de un régimen de ayuda aprobado por la Comisión como parte del expediente de ayudas estatales NN 54/A/2004 (carta de la Comisión C(2005) 1622fin, de 7 de junio de 2005)
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Italia (Sicilia)
Ayuda no: N 495/2005
Denominación: Intervenciones en las zonas agrícolas afectadas por catástrofes naturales (fuertes nevadas del 25 al 28 de enero de 2005 en seis municipios de la provincia de Agrigento, en la region de Sicilia)
Objetivo: Compensación de los daños registrados en las estructuras agrícolas debido a condiciones meteorológicas adversas
Fundamento jurídico: Decreto legislativo n. 102/2004
Presupuesto: Véase el régimen de ayuda aprobado (NN 54/A/04)
Intensidad o importe de la ayuda: Hasta el 100 % de los daños
Duración: Medida de aplicación de un régimen de ayuda aprobado por la Comisión
Otros datos: Medida de aplicación de un régimen de ayuda aprobado por la Comisión como parte del expediente de ayudas estatales NN 54/A/2004 (carta de la Comisión C(2005) 1622fin, de 7 de junio de 2005)
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Italia (Basilicata)
Ayuda no: N 518/05
Denominación: Decreto legislativo 102/2004: Intervenciones en las zonas agrícolas dañadas (lluvias torrenciales de los días 12 y 13 de noviembre de 2004 y torbellino del 14 de noviembre de 2004 en la provincia de Matera)
Objetivo: Facilitar información meteorológica relativa a las inclemencias que causaron los daños por los cuales está previsto conceder una compensación al amparo del régimen aprobado con el número de ayuda NN 54/A/04
Fundamento jurídico: Decreto legislativo 102/2004: «Nuova disciplina del Fondo di solidarietà nazionale»
Presupuesto: El importe de la ayuda, aún por fijar, se financiará a cargo del presupuesto global de 200 millones de euros asignado al régimen aprobado (NN 54/A/04)
Intensidad o importe de la ayuda: Hasta el 100 %
Duración: Una tantum
Otros datos: Medida de aplicación de un régimen de ayuda aprobado por la Comisión como parte del expediente de ayudas estatales NN 54/A/2004 (carta de la Comisión C(2005) 1622fin, de 7 de junio de 2005)
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/
Fecha de adopción de la Decisión:
Estado miembro: Italia (Calabria)
Ayuda no: N 561/05
Denominación: Intervenciones en las zonas agrícolas afectadas por catástrofes naturales (exceso de nieve del 1.1.2005 al 30.3.2005 en la provincia de Cosenza; vientos violentos el 10 y el 11 de abril de 2005 en las provincias de Cosenza y Reggio de Calabria)
Objetivo: Compensación de los daños registrados en la producción agrícola y en las estructuras agrícolas debido a condiciones meteorológicas adversas (exceso de nieve del 1.1.2005 al 30.3.2005 en la provincia de Cosenza; vientos violentos el 10 y el 11 de abril de 2005 en las provincias de Cosenza y Reggio de Calabria)
Fundamento jurídico: Decreto legislativo 102/2004: «Nuova disciplina del Fondo di solidarietà nazionale»
Presupuesto: Se financia mediante el presupuesto aprobado junto con el expediente NN 54/A/04
Intensidad o importe de la ayuda: Hasta el 100 %
Duración: Medida de aplicación de un régimen de ayudas aprobado por la Comisión
Otros datos: Medida de aplicación del régimen aprobado por la Comisión en el ámbito del expediente de ayuda estatal NN 54/A/2004 (Carta de la Comisión C(2005)1622fin, de 7 de junio de 2005)
El texto de la Decisión en la lengua o lenguas auténticas, suprimidos los datos confidenciales, se encuentra en:
http://europa.eu.int/comm/secretariat_general/sgb/state_aids/
14.2.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 37/8 |
Información comunicada por los Estados miembros sobre las ayudas estatales concedidas con arreglo al Reglamento (CE) no 70/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales a las pequeñas y medianas empresas
(2006/C 37/05)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
Ayuda no |
XS 32/04 |
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Estado miembro |
Finlandia |
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Región |
Zonas de objetivo 1 del este y del norte de Finlandia |
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Denominación del régimen de ayuda o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual |
Régimen de garantías de la empresa Finnvera Oyj |
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Fundamento jurídico |
Valtion erityisrahoitusyhtiöstä annettu laki (443/1998), valtion eritysrahoitusyhtiön luotto- ja takaustoiminnasta annettu laki (445/1998) |
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Gasto anual previsto en el régimen o importe global de la ayuda individual concedida a la empresa |
Régimen de ayudas |
Importe global anual |
1,5millones de EUR |
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Préstamos garantizados |
20 millones de EUR |
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Ayuda individual |
Importe global anual |
|
||||||||||
Préstamos garantizados |
|
|||||||||||
Intensidad máxima de la ayuda |
Se ajusta a los apartados 2 a 6 del artículo 4 y al artículo 5 del Reglamento |
Sí |
|
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Fecha de ejecución |
A partir del 1 de septiembre de 2004 |
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Duración del régimen o de la concesión de la ayuda individual |
Hasta el 31.12.2006 |
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Objetivo de la ayuda |
Ayuda a las PYME |
Sí |
|
|||||||||
Sectores económicos afectados |
Todos los sectores con derecho a recibir ayudas a las PYME |
Sí |
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Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda |
Nombre: Finnvera Oyj Kenttäyksikkö |
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Dirección:
|
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Ayudas individuales de cuantía elevada |
Se ajustan al artículo 6 del Reglamento La medida excluye la concesión de ayudas o requiere la notificación previa de las mismas a la Comisión:
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Sí |
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Ayuda número |
XS 75/03 |
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Estado miembro |
Reino Unido |
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Región |
Condado de Gwynedd, País de Gales |
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Denominación del régimen de ayudas |
Programa «Investment by Design» del condado de Gwynedd |
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Fundamento jurídico |
Section 2(1) of the Local Government Act 2000 |
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Gasto anual previsto en el régimen |
Esta financiación ayudará a un mínimo de 75 PYME que se ajustan a la definición del anexo 1 del Reglamento de exención por categorías de las PYME |
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Intensidad máxima de la ayuda |
La intensidad máxima de la ayuda será del 50%. La subvención máxima ascenderá a 20 000 GBP. La ayuda se concederá para gastos de inversión ( 35% + el 15%, letra a) del apartado 3 del artículo 87) |
||||||
Fecha de ejecución |
16 de mayo de 2003 |
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Duración del régimen |
Hasta el 31 de marzo de 2005 |
||||||
Objetivo de la ayuda |
El objetivo de la ayuda consiste en incrementar la competitividad y el crecimiento de los comercios minoristas de Gwynedd (una zona ex artículo 87 (3) (a)) y estimular la regeneración económica de centros comunitarios urbanos y rurales subvencionando los gastos de inversión en terrenos, edificios, maquinaria y equipo destinados a crear o ampliar una actividad empresarial |
||||||
Sectores económicos afectados |
Todos los sectores, con exclusión de la agricultura y la transformación de alimentos |
||||||
Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas |
Nombre: James Goodman Planning and Economic Development Department |
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Dirección:
|
14.2.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 37/10 |
Información comunicada por los Estados miembros sobre las ayudas estatales concedidas con arreglo al Reglamento (CE) no 2204/2002 de la Comisión de 5 de diciembre de 2002 relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas estatales para el empleo
(2006/C 37/06)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
Ayuda no |
XE 2/04 (N616 A/B/2002) |
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Estado miembro |
Países Bajos |
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Región |
Frisia |
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Denominación del régimen de ayuda |
Programa de empleo de Frisia para 2003 |
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Fundamento jurídico |
(Oorspronkelijke verordening Fries Banenplan 2003: vastgesteld door Provinciale Staten d.d. 19 juni 2002, Rechtsgrondslag: art. 145 Provinciewet, Goedgekeurd door de Europese Commissie bij Beschikking C(2002) 4252). Aanpassing verordening Fries Banenplan 2003: vastgesteld door Provinciale Staten d.d. 17 december 2003, besluit nr. 10 H. Rechtsgrond: art. 145 Provinciewet. Aangepaste artikelgewijze toelichting op het Fries Banenplan 2003: vastgesteld door Gedeputeerde Staten d.d. 23 september 2003, geldt als beleidsregel op grond van art. 4,81 van de Algemene Wet Bestuursrecht |
||||||||||||||||
Gasto anual previsto en el régimen |
Importe global anual |
1,5 millones de EUR Las solicitudes de ayuda, para las que se dispone de un importe máximo total de €4,5 millones, podrán presentarse durante el período 2003-2005. Los pagos podrán efectuarse entre 2003 y 2008 |
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Préstamos garantizados |
|
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Intensidad máxima de la ayuda |
Se ajusta a los apartados 2 a 5 del artículo 4 y a los artículos 5 y 6 del Reglamento |
Sí Se aplicarán las siguientes normas, en relación con los artículos 4, 5 y 6 del Reglamento (CE) no 2204:
|
|
||||||||||||||
Fecha de ejecución |
A partir del 1.1.2003 |
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Duración del régimen |
Hasta el 31.12.2005 (NB. Las modificaciones adoptadas por PS el 17 de diciembre de 2003, se aplican también retroactivamente hasta el 01.01.2003. |
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Objetivo de la ayuda |
Art. 4 Creación de empleo Objetivo de la medida de ayuda original: El objetivo del Programa de empleo de Frisia para 2003 consiste en fomentar el empleo (concediendo ayudas para los costes salariales cuando se realice una inversión inicial de al menos EUR 50 000) tras una inversión inicial limitada. El objetivo de la presente modificación consiste en ampliar ligeramente la gama de trabajadores que pueden ocupar puestos de trabajo creados mediante la ayuda, añadiendo la categoría de «trabajadores que pueden perder su puesto de trabajo» |
Sí |
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Art. 5 Contratación de trabajadores desfavorecidos y discapacitados El objetivo consiste en ayudar a «parados que buscan trabajo» a encontrar un empleo, haciendo especial hincapié en los «parados de larga duración», los «trabajadores mayores», los «trabajadores extranjeros» y las «personas con una discapacidad que afecta a sus posibilidades de empleo» |
Sí |
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Art. 6 Contratación de trabajadores discapacitados |
|
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Sectores económicos afectados |
La ayuda se concede sólo a las empresas de uno de los siguientes sectores: industria (incluidas las industrias de transformación de materias primas y de productos agrícolas), venta al por mayor, cuidados generales (código 85 de la CNAE), servicios a las empresas, construcción, hostelería y turismo y actividades de tiempo libre. No hay más restricciones en cuanto al tamaño de las empresas implicadas que las que se derivan de la normativa de la Comisión Europea. No podrán recibir ayuda:
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Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda |
Nombre: Gedeputeerde Staten van de Provincie Fryslân Persona de contacto: Ms J.M. van Leeuwen Tel. +31 58 2925 544 (cuestiones de fondo) Ms A.J. Swart Ranshuysen-Veenema Tel. +31 58 2925 502 (asuntos jurídicos) |
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Dirección:
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Número de ayuda |
XE 6/05 |
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Estado miembro |
España |
||||
Región |
La Rioja |
||||
Denominación del régimen de ayudas |
Programa estratégico de comercio exterior |
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Fundamento jurídico |
Resolución del Presidente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, de 11 de febrero de 2005, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el programa estratégico de comercio exterior |
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Gasto anual previsto con arreglo al régimen |
Importe total anual |
21 600 EUR |
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Créditos garantizados |
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Intensidad máxima de la ayuda |
Conformidad con los apartados 2 al 5 del artículo 4 y con los artículos 5 y 6 del Reglamento |
Sí |
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Fecha de ejecución |
18.2.2005 |
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Duración del régimen |
Hasta 31.12.2006 |
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Objetivo de la ayuda |
Artículo 4, creación de empleo |
Sí |
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Artículo 5, contratación de trabajadores desfavorecidos y discapacitados |
No |
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Artículo 6, empleo de trabajadores discapacitados |
No |
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Sectores económicos afectados |
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Si |
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Nombre y dirección de la entidad que concede la ayuda |
Nombre: Agencia de Desarrollo Económico De La Rioja |
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Dirección:
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Ayuda sujeta a notificación previa a la Comisión |
Conformidad con el artículo 9 del Reglamento |
Sí |
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(1) Con excepción del sector de la construcción naval y de los demás sectores sujetos a normas específicas contempladas en los Reglamentos y Directivas aplicables a todas las ayudas estatales del sector.
(2) Con excepción del sector de la construcción naval y de los demás sectores sujetos a normas específicas contempladas en los Reglamentos y Directivas aplicables a todas las ayudas estatales del sector.
14.2.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 37/13 |
Notificación previa de una operación de concentración
(Caso no COMP/M.4079 — Mitsui/Evraz/Deniskovskaya Coal Mine JV)
Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado
(2006/C 37/07)
(Texto pertinente a los fines del EEE)
1. |
Con fecha 8 de febrero de 2006 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que las empresas Mitsui & Co («Mitsui», Japón) y Evraz Group S.A. («Evraz», Luxemburgo) adquieren el control, a efectos de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de la totalidad de la empresa Coke Oven Overseas Contribution LImited (la «compañía», Chipre) compaía holding de un nuevo proyecto minero en el yacimiento de carbón de Deniskovskaya a través de adquisición de acciones en una empresa común de nueva creación. |
2. |
Ambito de actividad de las empresas afectadas:
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3. |
Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto. De conformidad con la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2) se hace notar que este caso es susceptible de ser tratado por el procedimiento establecido en dicha Comunicación. |
4. |
La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración. Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.4079 — Mitsui/Evraz/Deniskovskaya Coal Mine JV, a la siguiente dirección:
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(1) DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.
(2) DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.
III Informaciones
Comisión
14.2.2006 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 37/14 |
CONVOCATORIA DE PROPUESTAS 2006
Programa de acción comunitario en el ámbito de la salud pública (2003-2008)
(2006/C 37/08)
(Texto pertinente a efectos del EEE)
La Comisión lanza hoy la convocatoria de propuestas «Salud Pública — 2006» en el marco del Programa de acción comunitario en el ámbito de la salud pública (2003-2008) (1).
El plazo de presentación de las propuestas finaliza el 19 de mayo de 2006.
Toda la información (la Decisión de la Comisión por la que se adopta el programa de trabajo para 2006 para la aplicación del programa de acción comunitario en el ámbito de la salud pública (2003-2008), el programa de trabajo anual para las subvenciones y los principios generales y criterios de selección y de adjudicación de subvención a las acciones del programa «Salud Pública») está disponible en el sitio web siguiente:
http://europa.eu.int/comm/health/ph_programme/howtoapply/how_to_apply_es.htm
(1) Decisión no 1786/2002/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de septiembre de 2002, relativa a la adopción de un programa de acción comunitario en el ámbito de la salud pública (2003-2008) — Declaraciones de la Comisión, DO L 271 de 9.10.2002, pp. 1-12.