ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 32

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

49o año
8 de febrero de 2006


Número de información

Sumario

Página

 

I   Comunicaciones

 

Comisión

2006/C 032/1

Tipo de cambio del euro

1

2006/C 032/2

Publicación de una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) no 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen

2

2006/C 032/3

Publicación de una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) no 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen

8

2006/C 032/4

Publicación de una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) no 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen

11

2006/C 032/5

Información comunicada por los Estados miembros referente a las ayudas estatales concedidas con arreglo al Reglamento (CE) no 68/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, modificado por el Reglamento (CE) no 363/2004 de la Comisión, de 25 de febrero de 2004, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas a la formación ( 1 )

14

2006/C 032/6

Notificación previa de una operación de concentración (Caso no COMP/M.4066 — CVC/SLEC) — Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado ( 1 )

18

2006/C 032/7

Procedimiento de información — Reglas técnicas ( 1 )

19

2006/C 032/8

Procedimiento de información — Reglas técnicas ( 1 )

25

2006/C 032/9

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.4073 — Conoco Phillips/Louis Dreyfus Refining and Marketing/Louis Dreyfus Energy Holding) ( 1 )

31

2006/C 032/0

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.4069 — Cognis/Golden Hope Plantations BHD/JV) ( 1 )

31

 

III   Informaciones

 

Comisión

2006/C 032/1

P-Lisboa: Explotación de servicios aéreos regulares — Concurso convocado por Portugal con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, letra d) del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aéreos regulares entre Lisboa y Braganza y entre Braganza, Vila Real y Lisboa ( 1 )

32

2006/C 032/2

Convocatoria de propuestas — DG EAC no EAC/65/05 — Convocatoria de propuestas 2006 para acciones generales de observación, análisis e innovación (Acciones 6.1.2 y 6.2 del programa Sócrates)

34

2006/C 032/3

Modificación del anuncio de licitación para la restitución a la exportación de trigo blando a determinados terceros países (DO C 166 de 7.7.2005)

36

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


I Comunicaciones

Comisión

8.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/1


Tipo de cambio del euro (1)

7 de febrero de 2006

(2006/C 32/01)

1 euro=

 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,1973

JPY

yen japonés

141,24

DKK

corona danesa

7,4674

GBP

libra esterlina

0,68590

SEK

corona sueca

9,3070

CHF

franco suizo

1,5549

ISK

corona islandesa

75,09

NOK

corona noruega

8,0465

BGN

lev búlgaro

1,9558

CYP

libra chipriota

0,5740

CZK

corona checa

28,430

EEK

corona estonia

15,6466

HUF

forint húngaro

249,90

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,6961

MTL

lira maltesa

0,4293

PLN

zloty polaco

3,8168

RON

leu rumano

3,5868

SIT

tólar esloveno

239,49

SKK

corona eslovaca

37,580

TRY

lira turca

1,5922

AUD

dólar australiano

1,6123

CAD

dólar canadiense

1,3734

HKD

dólar de Hong Kong

9,2899

NZD

dólar neozelandés

1,7546

SGD

dólar de Singapur

1,9485

KRW

won de Corea del Sur

1 159,29

ZAR

rand sudafricano

7,3158

CNY

yuan renminbi

9,6462

HRK

kuna croata

7,3400

IDR

rupia indonesia

11 003,19

MYR

ringgit malayo

4,470

PHP

peso filipino

61,835

RUB

rublo ruso

33,8500

THB

baht tailandés

47,359


(1)  

Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


8.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/2


Publicación de una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) no 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen

(2006/C 32/02)

Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo a los artículos 7 y 12 quinquies del citado Reglamento. Cualquier oposición a esta solicitud debe enviarse por mediación de la autoridad competente de un Estado miembro, de un miembro de la OMC o de un tercer país reconocido según el procedimiento del apartado 3 del artículo 12 en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación. La publicación está motivada por los elementos que se enumeran a continuación, principalmente el punto 4.6, según los cuales se considera que la solicitud está justificada en virtud del Reglamento (CEE) no 2081/92.

FICHA RESUMEN

REGLAMENTO (CEE) No 2081/92 DEL CONSEJO

«MANTEQUILLA DE SORIA»

No CE: ES/00326/20.11.2003

DOP ( X ) IGP ( )

La presente ficha es un resumen informativo. Para una información completa, se invita a los interesados, y en particular a los productores de la DOP de que se trata, a consultar la versión íntegra del pliego de condiciones al nivel nacional o en los servicios competentes de la Comisión Europea (1).

1.   Servicio competente del Estado miembro:

Nombre:

Subdirección general de sistemas de calidad diferenciada, Dirección General de Alimentación, Secretaría General de Agricultura y Alimentación, Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de España

Dirección:

Paseo Infanta Isabel, no 1. E-28071 Madrid

Teléfono:

(34) 913 47 53 94

Fax:

(34) 913 47 54 10

E-mail:

sgcaproagro@mapya.es

2.   Agrupación:

2.1.   Nombre: Asociación Soriana de Elaboradores de Mantequilla (ASOEMA)

2.2.   Dirección:

Avenida de la Victoria 5, E-42003 Soria

Teléfono: (34) 975 212 443

2.3.   Composición: Productores/transformadores (X) Otros ( )

3.   Tipo de producto:

Clase 1.5: Materias grasas

4.   Descripción del pliego de condiciones:

(resumen de las condiciones del apartado 2 del artículo 4)

4.1.   Nombre del producto: «Mantequilla de Soria»

4.2.   Descripción del producto: Bajo la denominación «Mantequilla de Soria» se elaborarán y certificarán mantequillas obtenidas por pasterización de nata procedente de leche de vaca, de razas frisona, pardo-alpina o de sus cruces entre sí, de explotaciones lecheras de la provincia de Soria. La protección abarcará a los tres tipos tradicionales: Natural, Salada y Dulce.

Características físico-químicas:

Características Organolépticas:

Color marfil pajizo. Olor entre débil y medio a diacetilo. Sabor ácido muy ligero. Fusión en boca moderada. Viscosidad de tipo medio. Aroma a nata fresca. Persistencia final moderada.

Características físico-químicas:

Características Organolépticas:

Color hueso-marfil. Aspecto al corte ligeramente granuloso. Olor a nata débilmente madurada. Sabor salado intenso. Fusión en boca moderada. Viscosidad media. Aroma a nata. Persistencia final breve.

Características físico-químicas:

Características Organolépticas:

Color hueso, salvo el adorno que será anaranjado o rosáceo. Aspecto al corte tipo espuma entre débil y ligeramente abierta pero compacto, con oquedades irregulares de tamaño entre azúcar blanquilla y grano de arroz. Olor a diacetilo con cierto tono a azúcar caramelizado. Sabor dulce intenso y débilmente ácido. Fusión en boca moderada-rápida. Viscosidad de tipo media. Aroma a nata ligeramente vegetal. Persistencia entre moderada y larga.

4.3.   Zona geográfica: La zona de producción comprende los siguientes 169 municipios, todos ellos pertenecientes a la provincia de Soria:

Abejar; Adradas; Ágreda; Alconaba; Alcubilla de Avellaneda; Aldealafuente; Aldealices; Aldealpozo; Aldealseñor; Aldehuela de Periáñez; Aldehuelas, Las; Alentisque; Aliud; Almajano; Almaluez; Almarza; Almazán; Almazul; Almenar de Soria; Arancón; Arcos de Jalón; Arévalo de la Sierra; Ausejo de la Sierra; Barca; Bayubas de Abajo; Bayubas de Arriba; Beratón; Berlanga de Duero; Blacos; Bliecos; Borjabad; Borobia; Buberos; Buitrago; Burgo de Osma-Ciudad de Osma; Cabrejas del Campo; Cabrejas del Pinar; Calatañazor; Caltojar; Candilichera; Cañamaque; Carabantes; Carrascosa de Abajo; Carrascosa de la Sierra; Casarejos; Castilfrío de la Sierra; Castillejo de Robledo; Castilruiz; Centenera de Andaluz; Cerbón; Cidones; Cigudosa; Cihuela; Ciria; Cirujales del Río; Coscurita; Covaleda; Cubilla; Cubo de la Solana; Cueva de Ágreda; Dévanos; Deza; Duruelo de la Sierra; Escobosa de Almazán; Espeja de San Marcelino; Espejón; Estepa de San Juan; Frechilla de Almazán; Fresno de Caracena; Fuentearmegil; Fuentecambrón; Fuentecantos; Fuentelmonge; Fuentelsaz de Soria; Fuentepinilla; Fuentes de Magaña; Fuentestrún; Garray; Golmayo; Gómara; Gormaz; Herrera de Soria; Hinojosa del Campo; Langa de Duero; Losilla, La; Magaña; Maján; Matalebreras; Matamala de Almazán; Medinaceli; Miño de San Esteban; Molinos de Duero; Momblona; Monteagudo de las Vicarías; Montenegro de Cameros; Morón de Almazán; Muriel de la Fuente; Muriel Viejo; Nafría de Ucero; Narros; Navaleno; Nepas; Nolay; Noviercas; Ólvega; Oncala; Pinilla del Campo; Portillo de Soria; Póveda de Soria, La; Pozalmuro; Quintana Redonda; Quintanas de Gormaz; Quiñoneria, La; Rábanos, Los; Rebollar; Recuerda; Renieblas; Reznos; Rioseco de Soria; Rollamienta; Royo, El; Salduero; San Esteban de Gormaz; San Felices; San Leonardo de Yagüe; San Pedro Manrique; Santa Cruz de Yanguas; Santa María de Huerta; Santa María de las Hoyas; Serón de Nájima; Soliedra; Soria; Sotillo del Rincón; Suellacabras; Tajahuerce; Tajueco; Talveila; Tardelcuende; Taroda; Tejado; Torlengua; Torreblacos; Torrubia de Soria; Trévago; Ucero; Vadillo; Valdeavellano de Tera; Valdegeña; Valdelagua del Cerro; Valdemaluque; Valdenebro; Valdeprado; Valderrodilla; Valtajeros; Velamazán; Velilla de La Sierra; Velilla de los Ajos; Viana de Duero; Villaciervos; Villanueva de Gormaz; Villar del Ala; Villar del Campo; Villar del Río; Villares de Soria, Los; Villaseca de Arciel; Vinuesa; Vizmanos; Vozmediano; Yanguas.

4.4.   Prueba de origen: Los elementos que prueban que el producto es originario de la zona son los procedimientos de control y certificación.

La leche procederá exclusivamente de ganaderías inscritas en el Registro de Ganaderías del Consejo Regulador. La mantequilla natural y salada se elaborará y envasará exclusivamente en instalaciones inscritas en el Registro de Industrias Lacteas. La mantequilla dulce se elaborará y envasará exclusivamente en instalaciones inscritas en el Registro de Industrias Pasteleras del Consejo Regulador.

Las ganaderías, industrias lácteas e industrias pasteleras deberán someterse a una evaluación inicial de cara a su inscripción y a evaluaciones periódicas de cara a su mantenimiento en los registros.

Solo saldrán al mercado con garantía de origen avalada por el etiquetado del Consejo Regulador las mantequillas que hayan superado todos los controles del proceso.

El número de etiquetas o contraetiquetas entregadas por el Consejo Regulador a las industrias lácteas irá en función de las cantidades de leche recibidas y a las industrias pasteleras en función de las cantidades de mantequilla natural adquirida.

El Consejo Regulador efectuará controles del método de obtención y conservación de le leche en las ganaderías, inspección del método de elaboración en industrias lacteas y pasteleras, revisión de documentación, existencias, toma de muestras y ensayos de producto.

Sobre las disconformidades detectadas el Consejo Regulador aplicará, si procediera, el régimen sancionador previsto en su Reglamento.

4.5.   Método de obtención:

De la leche en las explotaciones ganaderas

La leche se obtendrá de ganado vacuno de ordeño de razas frisona, pardo-alpina o de cruces entre sí.

Las explotaciones ganaderas deberán disponer de tanque de refrigeración de leche con capacidad para el almacenamiento de la leche producida en dos días donde se conservará a una temperatura menor o igual a 5 °C hasta el momento de la recogida. El período entre el ordeño y la recogida será como máximo de dos días. Durante el transporte hasta las industrias lácteas la temperatura de la leche no deberá sobrepasar los 9 °C.

Elaboración de la mantequilla de Soria «Natural»

En la industria láctea se someterá la leche a termización en intercambiador de placas y posterior centrifugación para su desnatado e higienización.

La nata, que se obtendrá a temperatura entre 30 y 40 °C, deberá tener un porcentaje de grasa entre 38 y 45 % y acidez menor a 13 ° Dornic, se someterá a pasterización y se enfriará para que llegue al tanque de maduración con una temperatura entre 12 y 15 °C. En el tanque se añadirá una mezcla de los fermentos lácticos Lactococcus lactis lactis, L. lactis cremoris y L. lactis lactis diacetylactis. La maduración se realizará en un tiempo de 12 a 15 horas a temperatura entre 12 y 15 °C incorporando los fermentos a las 3-4 horas de iniciado el proceso de maduración. Cuando la nata haya alcanzado una acidez entre 18 y 28 ° Dornic se frenará la maduración mediante enfriamiento. De ahí se llevará a la mantequera introduciendo una cantidad que suponga aproximadamente un 40 % de su capacidad para favorecer su homogeneización y se batirá durante dos a tres horas. Se eliminará el suero por gravedad y se procederá a dos procesos de lavado de la grasa con agua potable, desuerado y batido. Posteriormente se amasará la grasa lentamente durante 60 a 120 minutos en mantequera discontínua hasta formar la mantequilla. De ahí se pasará a la envasadora donde se le dará forma con diferentes bocas de salida y se envasará en la propia industria en los recipientes previstos para su comercialización.

Elaboración de la mantequilla de Soria «Salada»

La obtención de mantequilla Salada comprenderá los mismos pasos que la mantequilla Natural con la salvedad de añadir sal fina cuando comienza el amasado en cantidad máxima del 2,5 % m/m. Asimismo se envasará en la propia industria.

Elaboración de la mantequilla de Soria «Dulce»

Se prepara un jarabe compuesto de agua y sacarosa que se hervirá hasta obtener almíbar. Después se mezclará con mantequilla «Natural» mediante batido y se introducirá en el envase, en la propia industria, que será rígido y abierto por su parte superior y se adornará la superficie visible con mantequilla dulce previamente coloreada con betacaroteno o extracto de cochinilla. El adorno no superará el 15 % del contenido.

4.6   Vínculo:

Histórico-literario

Existen numerosas referencias literarias, algunas obtenidas en la Bibiloteca Pública de Soria:

«SORIA. 1845-1850» (Edición facsímil) por PASCUAL MADOZ.

Es un Diccionario geográfico-estadístico-histórico sobre la provincia de Soria. Menciona los pueblos que formaban el Valle de Tera, valle que concentraba la cabaña lechera y donde se elaboraba la mantequilla. En la página 203 hace referencia a «la industria manufacturera, fuera de los oficios y fábricas establecidas en las cabezas de partido, .. está reducida a la elaboración de manteca de vacas.». En la página 268 vuelve a mencionar «la elaboración de las ricas y tan celebradas mantequillas de Soria».

PERIÓDICO «EL NOTICIERO DE SORIA». 25 DE OCTUBRE DE 1899.

Presenta un anuncio de la confitería «La Azucena» de Silvino Paniagua donde pone en conocimiento del público que va a elaborar mantequilla. Consta como Proveedor de la Casa Real y como confitería premiada en la Exposición Regional de Logroño por su elaboración de mantequilla.

«NOMENCLATOR HISTÓRICO, GEOGRÁFICO, ESTADÍSTICO Y DESCRIPTIVO DE LA PROVINCIA DE SORIA». 1909, DE MANUEL BLASCO JIMÉMENZ.

Describen las características de los pueblos de Soria. En el capítulo dedicado a Valdeavellano de Tera, se hace mención, nuevamente a la mantequilla de Soria: «.porque de su leche se elabora la celebrada mantequilla de Soria, todavía exquisita,» (sic)

«LA REGIÓN DE EL VALLE», POR ANASTASIO GONZÁLEZ GÓMEZ. IMPRENTA LAS HERAS, 1931.)

En las páginas 29, 30 y 31 se profundiza en el procedimiento de elaboración de la mantequilla y los utensilios utilizados, al referirse a la jerga o terminología propia de la comarca de El Valle. La única fecha que se cita es la de 1910, vinculada a la Sociedad Cooperativa Soriana de Lechería y al desarrollo desde la misma de más modernos procesos de fabricación en su industria mantequera de Valdeavellano.

«MANTEQUILLA DE SORIA», POR PEDRO J. IGLESIA HERNÁNDEZ, DE CELTIBERIA No 14, CENTRO DE ESTUDIOS SORIANOS 1957

Es un trabajo específico sobre la Mantequilla de Soria de cara al primer Congreso Nacional de Bromatología. Se refiere a la mantequilla de Soria como una de las cosas por la que Soria era famosa, no sólo en España, sino también en Hispanoamérica a través de los emigrantes de la provincia.

Vínculo natural

Las características de la mantequilla de Soria están vinculadas a su elaboración con leche procedente de vacas que se alimentan con productos obtenidos en una zona de elevada altitud media (1.026 metros sobre el nivel del mar) que la convierte en una de las provincias con más altitud media y accidentada de la meseta y la extrema dureza de sus condiciones climatológicas. Ello da lugar a un régimen alimentario del ganado diferencial ya que la composición de los pastos, duros, secos y con flora característica incide en cualidades peculiares de la leche que se transmiten a la mantequilla.

Factores humanos y de elaboración

Antiguamente se elaboraba la mantequilla natural mediante el uso del manzadero y actualmente mediante bombo mantequero discontínuo. Ambos sistemas coinciden en la aglomeración de los glóbulos grasos. El manzadero lo hacía mediante golpes manuales parecidos a los de un pistón hasta fusionarlos, el actual bombo mantequero en discontínuo provoca un efecto semejante por la presión que produce el movimiento de la mantequera. También es diferenciador el no añadir los fermentos lácticos hasta las 3 o 4 horas de iniciada la maduración. Por su parte la elaboración del jarabe de la variedad Dulce sigue las viejas fórmulas y la presentación del producto mantiene la estética y formas de antaño.

4.7.   Estructura de control:

Nombre:

Consejo Regulador de D.O. «Mantequilla de Soria»

Dirección:

Polígono Industrial Las Casas. Calle C. Parcelas 3-4, E-42005 Soria

Teléfono:

(34) 975 23 16 26

Fax:

(34) 975 23 16 36

El Consejo Regulador de la Denominación de Origen «Mantequilla de Soria» cumple en sus actuaciones con la Norma EN 45011: «Requisitos generales para entidades que realizan certificación de producto», versión de 1998.

4.8   Etiquetado: Las mantequillas protegidas con destino al consumo irán provistos de la marca de conformidad del Consejo Regulador. Esta marca de conformidad, inviolable y no reutilizable, será la contraetiqueta suministrada por el Consejo Regulador a las industrias lácteas y pasteleras inscritas de acuerdo con las normas establecidas en el Manual de Calidad. En las contraetiquetas figurará el logotipo de la Denominación y una clave alfanumérica que permita asegurar la trazabilidad, colocada sobre una banda de color dorado para la mantequilla natural, color rosa para la mantequilla dulce y color azul para la mantequilla salada.

4.9   Requisitos nationales:

Ley 25/1970, de 2 de Diciembre, del Estatuto de la viña, del vino y de los alcoholes

Decreto 835/1972, de 23 de Marzo, Reglamento de aplicación de la Ley 25/1970

Orden de 25 de Enero de 1994 por la que se precisa la correspondencia entre la legislación española y el Reglamento (CEE) no 2081/92, en materia de indicaciones geográficas y denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimentarios.

R.D. 1643/1999 de 22 de Octubre por el que se regula el procedimiento para la tramitación de solicitudes de inscripción en el Registro Comunitario de las D.O.P e I.G.P.


(1)  Comisión Europea, Dirección General de Agricultura, Unidad de calidad de los productos agrícolas, B-1049 Bruselas.


8.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/8


Publicación de una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) no 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen

(2006/C 32/03)

Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo a los artículos 7 y 12 quinquies del citado Reglamento. Cualquier oposición a esta solicitud debe enviarse por mediación de la autoridad competente de un Estado miembro, de un miembro de la OMC o de un tercer país reconocido según el procedimiento del apartado 3 del artículo 12 en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación. La publicación está motivada por los elementos que se enumeran a continuación, principalmente el punto 4.6, según los cuales se considera que la solicitud está justificada en virtud del Reglamento (CEE) no 2081/92.

FICHA RESUMEN

REGLAMENTO (CEE) No 2081/92 DEL CONSEJO

«ALHEIRA DE BARROSO — MONTALEGRE»

No CE: PT/00237/16.05.2002

DOP ( ) IGP ( X )

La presente ficha es un resumen de carácter informativo. Para más información, en especial para los productores de los productos amparados por la DOP o la IGP, los interesados pueden consultar la versión completa del pliego de condiciones dirigiéndose a las autoridades nacionales o a los servicios competentes de la Comisión Europea (1).

1.   Servicio competente del Estado miembro:

Nombre:

Instituto de Desenvolvimento Rural e Hidráulica

Dirección:

Av. Afonso Costa, P-1949-002 Lisboa

Teléfono:

(351) 21 844 22 00

Fax:

(351) 21 844 22 02

Correo electrónico:

idrha@idrha.min-agricultura.pt

2.   Agrupación solicitante:

2.1   Nombre: Cooperativa Agrícola dos Produtores de Batata para Semente de Montalegre, CRL

2.2   Dirección:

Rua General Humberto Delgado, P-5470-247 Montalegre

Teléfono: (351) 276 512 253

Fax: (351) 276 512 528

Correo electrónico: quadrimonte@iol.pt

2.3.   Composición: productores/transformadores (X) otros ( )

3.   Tipo de producto:

Clase 1.2 — Productos a base de carne

4.   Descripción del pliego de condiciones:

(resumen de las condiciones del artículo 4, apartado 2)

4.1   Nombre: «Alheira de Barroso — Montalegre»

4.2   Descripción: Embutido ahumado a base de carne y grasa de cerdo de raza «bísara» o producto del cruce de este raza, siempre que tenga un 50 % de sangre «bísara», carne de aves de corral (pollo, pavo y/o pato), conejo y pan, embutido en tripa fina de cerdo. Las carnes están condimentadas con sal, ajo, pimentón picante (regionalmente conocido como «pimento») o pimentón dulce (o «pimentão»), perejil, cebolla y aceite de oliva de Tras-os-Montes. Tiene forma de herradura, sección cilíndrica de unos 3 cm de diámetro y color no homogéneo, que varía del amarillo al amarronado. En el corte presenta color amarillo-amarronado, de tonalidad homogénea, y la masa se presenta homogénea, percibiéndose al mismo tiempo las carnes en pedazos.

4.3   Zona geográfica: Teniendo en cuenta la especificidad de la producción de estos productos, las características organolépticas, el saber hacer de las gentes de la comarca y las condiciones climáticas de la región, la zona geográfica de transformación y envasado queda naturalmente limitada al concejo de Montalegre, del distrito de Vila Real. Teniendo en cuenta la forma tradicional de alimentación de los cerdos y las producciones agrícolas existentes, la zona geográfica de producción de la carne y de la grasa queda naturalmente circunscrita a los concejos de Boticas, Chaves y Montalegre del distrito de Vila Real. El territorio constituido por estos tres concejos se conoce por Barroso.

4.4   Prueba del origen: Las explotaciones agrícolas, las instalaciones de sacrificio, despiece y preparación tienen que estar autorizadas por la Organización de productores previa aprobación del organismo privado de certificación y control y situadas en la zona de producción o de transformación citadas. Todo el proceso productivo, desde la explotación agrícola que produce la materia prima hasta el local de venta del producto, está sujeto a un riguroso sistema de control, que permite realizar una trazabilidad completa del producto. Los cerdos son criados en explotaciones agropecuarias que disponen de una zona compatible con los sistemas de producción tradicionales, semiextensivos, con capacidad para producir la alimentación tradicional. La marca de certificación que se coloca en cada embutido está numerada, por lo que es posible efectuar una trazabilidad completa hasta la explotación agrícola de donde procede el producto. La prueba de origen puede realizarse en cualquier momento a lo largo de toda la cadena productiva, recurriendo al número de serie que figura obligatoriamente en la marca de certificación.

4.5   Método de obtención: Se obtiene a partir de la transformación de la carne unida a los huesos, entreverada y recortes de carne procedentes del despiece de los cerdos citados y de carne de aves de corral y/o conejo, debidamente cortadas en trozos. Una vez escogidas, limpias, cortadas y cocidas las carnes, se realiza la preparación de la masa y se añaden los restantes ingredientes. Una vez ajustado el condimento, se procede al embutido en tripa (intestino delgado) de cerdo. Sigue el proceso del ahumado con fuego suave con leña de la región y el curado o estabilización. Se presenta en el mercado en piezas enteras siempre preembalada en origen. Por su naturaleza y composición no es posible cortar o hacer lonchas el producto. Para el envasado, cuando se realiza, se utiliza material propio inocuo e inerte en relación al producto, en atmósfera normal, controlada o al vacío. Las operaciones de envasado sólo pueden ser efectuadas en la zona geográfica de transformación, para que no se interrumpa la trazabilidad y la capacidad de realizar controles, y para evitar la alteración de las características de sabor y microbiológicas del producto.

4.6   Vínculo: Debido a las condiciones climáticas, geográficas, socioeconómicas y a la difícil comunicación con el resto del país, la dieta de la comarca de Barroso se limitaba a la producción local, constituida principalmente por pan, patatas y carne de cerdo. La antigüedad y la importancia de la cría de porcino queda patente en las referencias registradas en varios documentos forales relativos a los tributos del ganado porcino y sus productos, entre los que destaca el fuero de Montalegre. Para poder consumir la carne de cerdo durante todo el año se descubrieron formas de conservarla que pronto se convirtieron en un arte ancestral transmitido de generación en generación. La preparación de estos productos es el resultado del clima frío y seco de esta región, del que depende mucho, y que obliga a que cada casa tenga siempre la chimenea encendida, lo cual proporciona condiciones de ahumado únicas, caracterizadas por un humo poco intenso y gradual. Fue así, de esta necesidad de aprovechar y conservar la carne de cerdo obtenida de la tradicional matanza, como surgieron diversos embutidos de formas y composiciones variadas, colores y gustos diferenciados, pero siempre resultantes de las particularidades locales, de la tierra y de las gentes. En resumen, la relación de este producto con la zona geográfica se realiza a través de la raza de los animales (autóctonos), de la alimentación de estos con productos locales, del saber hacer relativo a la elección de las piezas del cerdo, de la realización del ahumado con leña de la región y de la curación en ambientes muy fríos y secos, propicios para la conservación de los productos.

4.7   Estructura de control:

Nombre:

Tradição e Qualidade — Associação Interprofissional para Produtos Agro-Alimentares de Trás-os-Montes

Dirección:

Av. 25 de Abril, 273 S/L, P-5370 Mirandela

Teléfono:

(351) 278 261 410

Fax:

(351) 278 261 410

Correo electrónico:

tradicao-qualidade@clix.pt

«Tradição e Qualidade» ha sido reconocida conforme a los requisitos de la Norma 45011:2001.

4.8   Etiquetado: Figura obligatoriamente la mención «Alheira de Barroso — Montalegre — Indicação Geográfica Protegida», el correspondiente logotipo comunitario y el logotipo de los productos de Barroso-Montalegre, cuyo modelo se reproduce a continuación, añadiéndose a la leyenda las palabras «Montalegre» y «Alheira». Debe figurar también la marca de certificación, que incluye obligatoriamente el nombre del producto y la correspondiente mención, el nombre del organismo de control y el número de serie (código numérico o alfanumérico que permite rastrear el producto).

4.9   Requisitos nacionales: –


(1)  Comisión Europea, Dirección General de Agricultura, Unidad de Política de calidad de los productos agrícolas, B-1049 Bruselas.


8.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/11


Publicación de una solicitud de registro con arreglo al apartado 2 del artículo 6 del Reglamento (CEE) no 2081/92 del Consejo, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen

(2006/C 32/04)

Esta publicación otorga un derecho de oposición con arreglo a los artículos 7 y 12 quinquies del citado Reglamento. Cualquier oposición a esta solicitud debe enviarse por mediación de la autoridad competente de un Estado miembro, de un miembro de la OMC o de un tercer país reconocido según el procedimiento del apartado 3 del artículo 12 en un plazo de seis meses a partir de la presente publicación. La publicación está motivada por los elementos que se enumeran a continuación, principalmente el punto 4.6, según los cuales se considera que la solicitud está justificada en virtud del Reglamento (CEE) no 2081/92.

FICHA RESUMEN

REGLAMENTO (CEE) No 2081/92 DEL CONSEJO

«CORDEIRO DE BARROSO» o «ANHO DE BARROSO» o «BORREGO DE LEITE DE BARROSO»

N.o CE: PT/00231/06.05.2002

DOP ( ) IGP ( X )

La presente ficha es un resumen de carácter informativo. Para más información, en especial para los productores de los productos amparados por la DOP o la IGP, los interesados pueden consultar la versión completa del pliego de condiciones dirigiéndose a las autoridades nacionales o a los servicios competentes de la Comisión Europea (1).

1.   Servicio competente del Estado miembro:

Nombre:

Instituto de Desenvolvimento Rural e Hidráulica

Dirección:

Av. Afonso Costa, n.o 3, P-1949-002 Lisboa

Teléfono:

(351) 21 844 22 00

Fax:

(351) 21 844 22 02

Correo electrónico:

idrha@idrha.min-agricultura.pt

2.   Agrupación solicitante:

2.1.   Nombre: Cooperativa Agrícola dos Produtores de Batata para Semente de Montalegre, CRL

2.2.   Dirección:

Rua General Humberto Delgado, P-5470-247 Montalegre

Teléfono: (351) 276 51 22 53

Fax: (351) 276 51 25 28

Correo electrónico: quadrimonte@iol.pt

2.3.   Composición: productores/transformadores (X) otros ( )

3.   Tipo de producto:

Clase 1.1 -Carne fresca y despojos.

4.   Descripción del pliego de condiciones:

(resumen de las condiciones del artículo 4, apartado 2):

4.1.   Nombre: «Cordeiro de Barroso» o «Anho de Barroso» o «Borrego de Leite de Barroso»

4.2.   Descripción: Carne procedente del despiece de canales de animales de la especie ovina, machos o hembras, resultantes del cruce de animales de las razas Churra Galega e Bordaleira de Entre Douro e Minho, criados en el régimen de explotación extensivo tradicional de la zona geográfica de producción, sacrificados antes de los cuatro meses de edad y con un peso de canal comprendido entre 4 y 12 kg. Tras una sencilla operación culinaria, presenta una carne tierna, suculenta y muy sabrosa. El sabor típico es inherente al modo de producción y al tipo de alimentación. Según su peso, la canal se suele clasificar en 3 tipos de categorías: Categoría A — entre 4,0 kg y 7,0 kg, Categoría B — entre 7,1 kg y 10,0 kg, Categoría C — entre 10,1 kg y 12,0 kg.

4.3.   Zona geográfica: La zona geográfica de producción, dentro de la cual se produce el nacimiento, la cría, el sacrificio, el despiece y el envasado del Cordeiro de Barroso, está circunscrita a los Concejos de Boticas, Chaves, Mondim de Basto, Montalegre, Murça, Ribeira de Pena, Valpaços y Vila Pouca de Aguiar, del Distrito de Vila Real. Normalmente se conoce por Barroso el territorio constituido por los Concejos de Boticas, Chaves y Montalegre. En este caso especial, a dicho territorio se añade el de los Concejos limítrofes citados, a la vista de las condiciones similares existentes para la producción de cordero y a la homogeneidad cualitativa que presentan las canales producidas en dichas condiciones.

4.4.   Prueba del origen: Sólo podrán beneficiarse del uso de la indicación geográfica protegida las canales procedentes de animales nacidos y criados en explotaciones agrícolas situadas dentro de la zona geográfica de producción, que además cumplan todas las normas relativas a la alimentación y sanidad de los animales, que practiquen un régimen de explotación conforme a lo establecido en el pliego de condiciones del Cordeiro de Barroso y se sometan al régimen de control y certificación previsto en el documento «Normas de control y certificación del Cordeiro de Barroso». La marca de certificación que se coloca en cada embalaje está numerada, por lo que es posible efectuar una trazabilidad completa hasta la explotación agrícola de donde procede el producto. La prueba de origen puede realizarse en cualquier momento a lo largo de toda la cadena productiva, recurriendo al número de serie que figura obligatoriamente en la marca de certificación.

4.5.   Método de obtención: La carne procede de las canales obtenidas a partir del sacrificio y el despiece de corderos resultantes del cruce entre animales de las razas Churra Galega y Bordaleira de Entre Douro e Minho, nacidos y criados según modelos tradicionales y sacrificados entre los 30 y los 120 días de edad en mataderos que dispongan de número de autorización, de conformidad con la legislación en vigor, y que estén reconocidos por la Comunidad Europea, que estén situados dentro de la zona geográfica de producción y estén específicamente autorizados por la agrupación de productores responsable de la gestión. Es obligatorio aturdir a los animales antes del sacrificio. Los animales son sacrificados en series continuas, sin interrupción, y cada serie está compuesta únicamente por los corderos de un único productor autorizado. El sacrificio siempre es presenciado por un técnico del organismo de certificación, o por un representante suyo debidamente acreditado al efecto, con objeto de comprobar el buen funcionamiento y el respeto de las normas de producción. Tras el sacrificio, las canales o piezas correspondientes de los animales sacrificados se enfrían inmediatamente después de la inspección post mortem, hasta alcanzar una temperatura igual o inferior a 4 °C (± 1 °C). La refrigeración de acabado se lleva a los 7 °C de temperatura interna en menos de 12 horas y las condiciones de humedad relativa se mantienen entre el 85 y el 90 % hasta su expedición, de acuerdo con la legislación vigente.

Las operaciones de envasado sólo pueden ser efectuadas en la zona geográfica delimitada, para que no se interrumpa la trazabilidad y la capacidad de realizar controles de la autenticidad y de las características del producto, debido a su manipulación.

4.6.   Vínculo: La producción de la carne del Cordeiro de Barroso está íntimamente ligada y depende en gran medida de la explotación de los terrenos baldíos, de los pastizales naturales y mejorados, y de la vegetación espontánea de la región de Barroso. La existencia de un ecosistema característico en esta región, así como el saber hacer de las gentes, en particular en lo relativo a la conducción y a la cría de los rebaños, permite la obtención de un cordero con características particulares y propias de la región donde se produce. Ésta se caracteriza por la explotación ovina en régimen extensivo, que aprovecha recursos con características muy particulares, lo cual permite desde hace muchos decenios la producción del ganado ovino de forma tradicional. De hecho, la memoria de la cría de ovinos en esta región tiene un origen bastante remoto y está íntimamente ligada al modo tradicional de pastoreo practicado en la región. Debido a su sabor y textura, la carne de Cordeiro de Barroso fue, desde siempre, un producto de la ganadería importante en la alimentación de las gentes de esta zona y forma parte de la gastronomía local, principalmente en época de fiestas. El ganado ovino es bastante apreciado y valorado en la región y forma parte de los usos y costumbres de las poblaciones de Barroso, ya que incluso se utiliza como regalo en ocasiones especiales.

4.7.   Estructura de Control:

Nombre:

Tradição e Qualidade — Associação Interprofissional para Produtos Agro-Alimentares de Trás-os-Montes

Dirección:

Av. 25 de Abril, 273 S/L, P-5370 Mirandela

Teléfono:

(351) 278 261 410

Fax:

(351) 278 261 410

Correo electrónico:

tradição-qualidade@clix.pt

«Tradição e Qualidade» ha sido reconocida conforme a los requisitos de la Norma 45011:2001.

4.8.   Etiquetado: Figura obligatoriamente en la etiqueta la mención «Cordeiro de Barroso– Indicação Geográfica Protegida», el logotipo del producto y el correspondiente logotipo comunitario tras el registro comunitario.

CORDEIRO DE BARROSO

Indicação Geográfica

En la etiqueta debe figurar también la marca de certificación, que incluye obligatoriamente el nombre del producto y la correspondiente mención, el nombre del organismo de control y el número de serie (código numérico o alfanumérico que permite rastrear el producto).

4.9.   Requisitos nacionales: —


(1)  Comisión Europea, Dirección General de Agricultura, Unidad de Política de calidad de los productos agrícolas, B-1049 Bruselas


8.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/14


Información comunicada por los Estados miembros referente a las ayudas estatales concedidas con arreglo al Reglamento (CE) no 68/2001 de la Comisión, de 12 de enero de 2001, modificado por el Reglamento (CE) no 363/2004 de la Comisión, de 25 de febrero de 2004, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas a la formación

(2006/C 32/05)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

Ayuda no

XT 7/05

Estado miembro

Reino Unido

Región

Inglaterra

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual

Fase Piloto 2004-2006 de formación para patronos

Base jurídica

Employment Act 1973, Section 2(1) and 2(2) as substantiated by Section 25 of the Employment and Training Act 1998 and the Industrial Development Act 1982, Section 11, Industrial Development Act, 1982, Section 7. Learning and Skills Council Act 2000

Gasto anual previsto en el régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa

Régimen de ayudas

Este programa proporcionará fondos por un importe aproximado de £ 136 000 000 (EUR 196 000 000) desde el 1 de enero de 2005 al 31 de diciembre de 2006.

El importe de la financiación anual estimada es el siguiente:

Enero-Diciembre 2005: GBP 100 millones (EUR 144 millones)

Enero-Diciembre 2006: GBP 36 millones (EUR 52 millones)

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta al artículo 4 (2 a 7) del Reglamento

 

Fecha de ejecución

Desde el 1.1.2005

Duración del régimen de ayudas o de la ayuda individual

Hasta el 31.12.2006

Objetivo de la ayuda

Formación general

Formación específica

No

Sectores económicos afectados

Todos los sectores con derecho a recibir ayudas a la formación

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda

Nombre:

Learning and Skills Council

Dirección:

Contact David Greer

Cheylesmore House

Quinton Road, Coventry CV1 2WT

United Kingdom

Ayudas individuales de cuantía elevada

Se ajustan al artículo 5 del Reglamento

 


Ayuda número

XT 8/05

Estado miembro

Italia

Región

Cámara de Comercio, Industria, Artesanía y Agricultura de Reggio Emilia (Región de Emilia-Romana)

Denominación del régimen de ayudas

Ayudas a favor de iniciativas de formación en las empresas agrícolas de la provincia de Reggio Emilia

Base jurídica

Determinazione d'urgenza del Presidente n. 3 del 27.1.2005

Gasto anual previsto en el régimen

70 000 EUR

Intensidad máxima de la ayuda

70 %

Fecha de ejecución

4.2.2005 (Fecha límite para la presentación de solicitudes: 15.3.2005)

Duración del régimen

Hasta el 31.12.2005

Objetivo de la ayuda

La ayuda está destinada a apoyar los programas de formación de carácter general de las empresas agrícolas de la provincia de Reggio Emilia, con el objetivo de:

mejorar las competencias profesionales de los empresarios agrícolas y de sus colaboradores con vistas a la reorientación cualitativa de la producción, a la utilización de métodos de producción compatibles con la protección del medio ambiente, con la mejora del territorio y con la higiene y el bienestar de los animales;

impartir a los agricultores y a sus colaboradores los conocimientos necesarios para administrar una explotación agrícola económicamente rentable

Sectores económicos afectados

Agricultura

Nombre y dirección de la autoridad que concede las ayudas

Nombre:

Camera di Commercio, Industria, Artigianato e Agricoltura di Reggio Emilia

Dirección:

Piazza della Vittoria

I-42100 Reggio Emilia


Ayuda no

XT 9/05

Estado miembro

Reino Unido

Región

Región de Objetivo 1 de Gales Occidental y Los Valles

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual

Splotlands Credit Union

Base jurídica

Industrial Development Act 1982

Commission Regulation (EC) No 1260/1999

Commission Regulation 2000/906

Structural Funds (National Assembly for Wales) Designation 2000

Gasto anual previsto en el régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa

Régimen de ayudas

Importe total anual

GBP 34 227

Préstamos garantizados

 

Ayuda individual

Importe total de la ayuda

 

Préstamos garantizados

 

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta al artículo 4 (2 a 7) del Reglamento

 

Fecha de ejecución

1.12.2005

Duración del régimen de ayudas o de la ayuda individual

Hasta el 31.12.2006

NB: Tal como se indica anteriormente, la subvención se comprometió con anterioridad al 31 de diciembre de 2006. Los pagos correspondientes a dicho compromiso podrán continuar (de acuerdo con la norma N+2) hasta el 31 de diciembre de 2007

Objetivo de la ayuda

Formación general

Formación específica

No

Sectores económicos afectados

Todos los sectores con derecho a recibir ayudas a la formación

No

Limitada a sectores específicos

Otros servicios

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda

Nombre:

National Assembly for Wales

Dirección:

C/o Welsh European funding Office

Cwm Cynon Business Park

Mountain Ash CF45 4ER

United Kingdom

Ayudas individuales de cuantía elevada

Se ajustan al artículo 5 del Reglamento

 


Ayuda no

XT 10/05

Estado miembro

Polonia

Región

Todo el país

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual

Formación de los patronos que disponen de un fondo para formación

Base jurídica

Rozporządzenie Ministra Gospodarki i Pracy z dnia 10 listopada 2004 r. w sprawie refundacji ze środków Funduszu Pracy kosztów szkoleń oraz wynagrodzeń i składek na ubezpieczenie społeczne od refundowanych wynagrodzeń (Dz.U. nr 249 poz. 2496)

Ustawa z dnia 20 kwietnia 2004 r. o promocji zatrudnienia i instytucjach rynku pracy (Dz.U. nr 99 poz. 1001) art. 69.

Gasto anual previsto en el régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa

Régimen de ayudas

Importe total anual

10 millones de PLN

Préstamos garantizados

 

Ayuda individual

Importe total de la ayuda

 

Préstamos garantizados

 

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta al artículo 4 (2 a 7) del Reglamento

 

Fecha de ejecución

24.11.2004

Duración del régimen de ayudas o de la ayuda individual

Hasta el 31.12.2006

Objetivo de la ayuda

Formación general

 

Formación específica

Sectores económicos afectados

Todos los sectores con derecho a recibir ayudas a la formación

Minería del carbón

No

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda

Nombre:

Starostes (Presidentes del ejecutivo de los «powiat»)

Direcciones:

Unas 400 en todo el territorio nacional

Ayudas individuales de cuantía elevada

Se ajustan al artículo 5 del Reglamento

 


Ayuda no

XT 30/05

Estado miembro

Estonia

Región

Estonia

Denominación del régimen de ayudas o nombre de la empresa beneficiaria de una ayuda individual

Plan de desarrollo nacional de Estonia para la aplicación de los fondos estructurales de la UE — Documento Único de Programación 2004-06; Medida no 1,2: «Desarrollo de los recursos humanos para mejorar la competitividad de las empresas», sección «ayuda a la formación»

Base jurídica

Majandus- ja Kommunikatsiooniministri määrus nr. 50 (2005) 5.5.2005

Gasto anual previsto en el régimen o importe total de la ayuda individual concedida a la empresa

Régimen de ayudas

Importe total anual

Estonia: 0,32 millones de EUR; FEDER: 0,96 millones de EUR; Total: 1, 28 millones de EUR

Préstamos garantizados

 

Ayuda individual

Importe total de la ayuda

 

Préstamos garantizados

 

Intensidad máxima de la ayuda

Se ajusta al artículo 4 (2 a 7) del Reglamento

 

Fecha de ejecución

15.5.2005

Duración del régimen de ayudas o de la ayuda individual

Hasta el 31.12.2006

Objetivo de la ayuda

Formación general

Formación específica

Sectores económicos afectados

Limitada a sectores específicos

Otros sectores industriales

Servicios de transporte marítimo

Otros servicios de transporte

Otros servicios

Nombre y dirección de la autoridad que concede la ayuda

Nombre:

Ettevõtluse Arendamise Sihtasutus

Dirección:

Liivalaia 13/15

EE-10118 Tallin

Ayudas individuales de cuantía elevada

Se ajustan al artículo 5 del Reglamento

 


8.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/18


Notificación previa de una operación de concentración

(Caso no COMP/M.4066 — CVC/SLEC)

Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado

(2006/C 32/06)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

1.

Con fecha 31 de enero de 2006 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que los fondos de inversión gestionados o aconsejados por CVC Capital Partners Group Sàrl (CVC, Luxemburgo) adquieren el control, a efectos de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de la totalidad de la empresa Speed Investments Limited («Speed», Jersey) a través de adquisición de acciones. A través su control en Speed, CVC obtendrá control de SLEC Holdings Limited (SLEC) que es la compañía holding del grupo de compañías de la Fórmula Uno

2.

Ámbito de actividad de las empresas afectadas:

CVC: consejos sobre inversión y gestión de fondos de inversión,

Speed: compañía holding de SLEC,

SLEC: compañía holding del grupo de compañías de Fórmula Uno, activa en la promoción del Campeonato Mundial de la FIA de Fórmula Uno.

3.

Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto.

4.

La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.4066 — CVC/SLEC, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de operaciones de concentración

J-70

B-1049 Bruxelles/Brussel


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.


8.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/19


Procedimiento de información — Reglas técnicas

(2006/C 32/07)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de junio de 1998, por la que se establece un procedimiento de información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas y de las reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información (DO L 204 de 21.7.1998, p. 37; DO L 217 de 5.8.1998, p. 20).

Notificaciones de proyectos nacionales de reglas técnicas recibidas por la Comisión:

Referencia (1)

Título

Plazo del statu quo de tres meses (2)

2006/0010/UK

Orden sobre enfermedades de los animales (Desinfectantes aprobados) Modificación (Escocia) de 2006

13.4.2006

2006/0011/DK

Modificación del reglamento sobre los requisitos relativos a los envases

18.4.2006

2006/0012/DK

Proyecto de ley por el que se modifican diferentes leyes relativas a los impuestos sobre el medio ambiente y la energía (Exoneraciones de impuestos sobre la calefacción urbana, etc, tras la aplicación del acuerdo sobre la ley de finanzas de 2006, exoneraciones sobre el nitrógeno en los filtros ecológicos de los camiones y la microgeneración, y adaptaciones del registro de las consumiciones, etc.)

 (4)

2006/0013/HU

Decreto conjunto ..../2006 (......) EÜM-FVM del Ministro de Sanidad y del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural sobre la modificación del Decreto conjunto 5/2002. (II. 22.) EüM- FVM sobre los contenidos máximos de residuos de plaguicidas sobre y en las plantas y los productos vegetales

14.4.2006

2006/0014/F

Decreto relativo a la instalación de puertas automáticas de garaje en los edificios de viviendas

14.4.2006

2006/0015/F

Orden relativa a la aplicación del artículo R. 125-3-1 del Código de la Construcción y de la Vivienda

14.4.2006

2006/0016/FIN

Proyecto de ley presentado por el Gobierno al Parlamento, por el que se modifica la ley relativa a los mercados de la comunicación y la ley relativa al tratamiento de determinados aspectos jurídicos del mercado

18.4.2006

2006/0017/A

Reglamento del Ministro Federal de Economía y Trabajo y del Ministro Federal de Tráfico, Innovación y Tecnología sobre compatibilidad electromagnética (Reglamento de compatibilidad electromagnética de 2006 — EMVV 2006)

18.4.2006

2006/0018/NL

Proyecto de reglamento del Ministro de la Vivienda, Ordenación Territorial y Gestión del Medio Ambiente por el que se modifica el reglamento sobre las tarifas aplicadas por el catastro (determinación de las tarifas para los nuevos productos y adaptación de las tarifas existentes)

18.4.2006

2006/0019/S

Orientaciones generales de la Dirección de la Protección de la naturaleza (NFS 200X:XXX) para las pequeñas instalaciones de saneamiento

18.4.2006

2006/0020/B

Proyecto de ley por el que se modifica el artículo 21, §2, de la Ley de 11 de marzo de 2003 sobre determinados aspectos jurídicos de los servicios de la Sociedad de la Información, modificado por la Ley de 20 de julio de 2005 que contiene disposiciones diversas

18.4.2006

2006/0021/NL

Prolongación del Protocolo de Acuerdo relativo a la adición de vitaminas a las materias grasas untables

18.4.2006

2006/0022/CZ

Proyecto de orden a efectos de la aplicación de la Ley no 676/2004 del DO relativa al etiquetado del alcohol y por la que se modifica la Ley no 586/1992 del DO relativa al impuesto sobre la renta, modificada en última instancia

 (4)

2006/0023/B

Real Decreto por el que se establecen reglas particulares relativas a la indicación de la cantidad durante la comercialización de determinados carburantes y combustibles a granel

19.4.2006

2006/0024/A

Proyecto de la 27a modificación de la Ley del tráfico rodado (KFG)

19.4.2006

La Comisión desea llamar la atención sobre la sentencia «CIA Security», dictada el 30 de abril de 1996 en el asunto C-194/94 (Rec. 1996, p. I-2201), en virtud de la cual el Tribunal de Justicia considera que los artículos 8 y 9 de la Directiva 98/34/CE (entonces 83/189/CEE) deben interpretarse en el sentido de que los particulares pueden ampararse en ellos ante los órganos jurisdiccionales nacionales, al que incumbe negarse a aplicar un reglamento técnico nacional que no haya sido notificado con arreglo a la Directiva.

Esta sentencia confirma la Comunicación de la Comisión de 1 de octubre de 1986 (DO C 245 de 1.10.1986, p. 4).

Para más información sobre el procedimiento de notificación, dirigirse a:

Comisión Europea

DG Empresa e Industria, Unidad C3

B–1049 Bruselas

e-mail: Dir83-189-Central@cec.eu.int

Ver también el sitio: http://europa.eu.int/comm/enterprise/tris/

Por lo tanto, el incumplimiento de la obligación de notificar un reglamento técnico implica la inaplicabilidad de dicho reglamento y por consiguiente, no sera oponible a los particulares.

LISTA DE ORGANISMOS NACIONALES RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA 98/34/CE

BÉLGICA

BELNotif

Qualité et Sécurité

SPF Economie, PME, Classes moyennes et Energie

NG III — 4ème étage

Boulevard du Roi Albert II/ 16

B-1000 Bruxelles

Sra. Pascaline Descamps

Tel.: (32-2) 206 46 89

Fax: (32-2) 206 57 46

E-mail: pascaline.descamps@mineco.fgov.be

paolo.caruso@mineco.fgov.be

E-mail general: belnotif@mineco.fgov.be

Sitio web: http://www.mineco.fgov.be

REPÚBLICA CHECA

Czech Office for Standards, Metrology and Testing

Gorazdova 24

P.O. BOX 49

CZ-128 01 Praha 2

Sr. Miroslav Chloupek

Director of International Relations Department

Tel.: (420) 224 907 123

Fax: (420) 224 914 990

E-mail: chloupek@unmz.cz

E-mail general: eu9834@unmz.cz

Sitio web: http://www.unmz.cz

DINAMARCA

Erhvervs- og Boligstyrelsen

Dahlerups Pakhus

Langelinie Allé 17

DK-2100 Copenhagen Ø (o DK-2100 Copenhagen OE)

Tel.: (45) 35 46 66 89 (directo)

Fax: (45) 35 46 62 03

E-mail: Sra. Birgitte Spühler Hansen — bsh@ebst.dk

Dirección común para mensajes de notificación — noti@ebst.dk

Sitio web: http://www.ebst.dk/Notifikationer

ALEMANIA

Bundesministerium für Wirtschaft und Arbeit

Referat XA2

Scharnhorststr. 34-37

D-10115 Berlin

Sra. Christina Jäckel

Tel.: (49) 30 2014 6353

Fax.: (49) 30 2014 5379

E-mail: infonorm@bmwa.bund.de

Sitio web: http://www.bmwa.bund.de

ESTONIA

Ministry of Economic Affairs and Communications

Harju str. 11

EE-15072 Tallinn

Sr. Karl Stern

Tel.: (372) 6 256 405

Fax: (372) 6 313 660

E-mail: karl.stern@mkm.ee

E-mail general: el.teavitamine@mkm.ee

GRECIA

Ministry of Development

General Secretariat of Industry

Mesogeion 119

GR-101 92 Athens

Tel.: (30) 210 696 98 63

Fax: (30) 210 696 91 06

ELOT

Acharnon 313

GR-111 45 Athens

Tel.: (30) 210 212 03 01

Fax: (30) 210 228 62 19

E-mail: 83189in@elot.gr

Sitio web: http://www.elot.gr

ESPAÑA

Ministerio de Asuntos Exteriores

Secretaría de Estado de Asuntos Europeos

Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas Comunitarias

Subdirección General de Asuntos Industriales, Energéticos, de Transportes y Comunicaciones y de Medio Ambiente

C/Padilla, 46, Planta 2a, Despacho: 6218

E-28006 Madrid

Sr. Angel Silván Torregrosa

Tel.: (34-91) 379 83 32

Doña Esther Pérez Peláez

Consejera Técnica

E-mail: esther.perez@ue.mae.es

Tel.: (34-91) 379 84 64

Fax: (34-91) 379 84 01

E-mail general: d83-189@ue.mae.es

FRANCIA

Délégation interministérielle aux normes

Direction générale de l'Industrie, des Technologies de l'information et des Postes (DiGITIP)

Service des politiques d'innovation et de compétitivité (SPIC)

Sous-direction de la normalisation, de la qualité et de la propriété industrielle (SQUALPI)

DiGITIP 5

12, rue Villiot

F-75572 Paris Cedex 12

Sra. Suzanne Piau

Tel.: (33) 1 53 44 97 04

Fax: (33) 1 53 44 98 88

E-mail: suzanne.piau@industrie.gouv.fr

Sra. Françoise Ouvrard

Tel.: (33) 1 53 44 97 05

Fax: (33) 1 53 44 98 88

E-mail: francoise.ouvrard@industrie.gouv.fr

IRLANDA

NSAI

Glasnevin

Dublin 9

Ireland

Sr. Tony Losty

Tel.: (353) 1 807 38 80

Fax: (353) 1 807 38 38

E-mail: tony.losty@nsai.ie

Sitio web: http://www.nsai.ie/

ITALIA

Ministero delle attività produttive

Dipartimento per le imprese

Direzione Generale per lo sviluppo produttivo e la competitività

Ispettorato tecnico dell'industria — Ufficio F1

Via Molise 2

I-00187 Roma

Sr. Vincenzo Correggia

Tel.: (39) 06 47 05 22 05

Fax: (39) 06 47 88 78 05

E-mail: vincenzo.correggia@minindustria.it

Sr. Enrico Castiglioni

Tel.: (39) 06 47 05 26 69

Fax: (39) 06 47 88 77 48

E-mail: enrico.castiglioni@minindustria.it

E-mail general: ucn98.34.italia@attivitaproduttive.gov.it

Sitio web: http://www.minindustria.it

CHIPRE

Cyprus Organization for the Promotion of Quality

Ministry of Commerce, Industry and Tourism

13, A. Araouzou street

CY-1421 Nicosia

Tel.: (357) 22 409313 o (357) 22 375053

Fax: (357) 22 754103

Sr. Antonis Ioannou

Tel.: (357) 22 409409

Fax: (357) 22 754103

E-mail: aioannou@cys.mcit.gov.cy

Sra. Thea Andreou

Tel.: (357) 22 409 404

Fax: (357) 22 754 103

E-mail: tandreou@cys.mcit.gov.cy

E-mail general: dir9834@cys.mcit.gov.cy

Sitio web: http://www.cys.mcit.gov.cy

LETONIA

Ministry of Economics of Republic of Latvia

Trade Normative and SOLVIT Notification Division

SOLVIT Coordination Centre

55, Brivibas Street

LV-1519 Riga

Reinis Berzins

Deputy Head of Trade Normative and SOLVIT Notification Division

Tel.: (371) 7013230

Fax: (371) 7280882

Zanda Liekna

Solvit Coordination Centre

Tel.: (371) 7013236

Fax: (371) 7280882

E-mail: zanda.liekna@em.gov.lv

E-mail general: notification@em.gov.lv

LITUANIA

Lithuanian Standards Board

T. Kosciuskos g. 30

LT-01100 Vilnius

Sra. Daiva Lesickiene

Tel.: (370) 5 2709347

Fax: (370) 5 2709367

E-mail: dir9834@lsd.lt

Sitio web: http://www.lsd.lt

LUXEMBURGO

SEE — Service de l'Energie de l'Etat

34, avenue de la Porte-Neuve

B.P. 10

L-2010 Luxembourg

Sr. J.P. Hoffmann

Tel.: (352) 46 97 46 1

Fax: (352) 22 25 24

E-mail: see.direction@eg.etat.lu

Sitio web: http://www.see.lu

HUNGRÍA

Hungarian Notification Centre —

Ministry of Economy and Transport

Budapest

Honvéd u. 13-15

H-1055

Sr. Zsolt Fazekas

E-mail: fazekaszs@gkm.hu

Tel.: (36-1) 374 287 3

Fax: (36-1) 473 162 2

E-mail: notification@gkm.hu

Sitio web: http://www.gkm.hu/dokk/main/gkm

MALTA

Malta Standards Authority

Level 2

Evans Building

Merchants Street

VLT 03

MT-Valletta

Tel.: (356) 2124 2420

Fax: (356) 2124 2406

Sra. Lorna Cachia

E-mail: lorna.cachia@msa.org.mt

E-mail general: notification@msa.org.mt

Sitio web: http://www.msa.org.mt

PAÍSES BAJOS

Ministerie van Financiën

Belastingsdienst/Douane Noord

Team bijzondere klantbehandeling

Centrale Dienst voor In-en uitvoer

Engelse Kamp 2

Postbus 30003

9700 RD Groningen

Nederland

Sr. Ebel van der Heide

Tel.: (31-50) 523 21 34

Sra. Hennie Boekema

Tel.: (31-50) 523 21 35

Sra. Tineke Elzer

Tel.: (31-50) 523 21 33

Fax: (31-50) 523 21 59

E-mail general:

Enquiry.Point@tiscali-business.nl

Enquiry.Point2@tiscali-business.nl

AUSTRIA

Bundesministerium für Wirtschaft und Arbeit

Abteilung C2/1

Stubenring 1

A-1010 Wien

Sra. Brigitte Wikgolm

Tel.: (43-1) 711 00 58 96

Fax: (43-1) 715 96 51 o (43-1) 712 06 80

E-mail: not9834@bmwa.gv.at

Sitio web: http://www.bmwa.gv.at

POLONIA

Ministry of Economy and Labour

Department for European and Multilateral Relations

Plac Trzech Krzyży 3/5

PL-00-507 Warszawa

Sra. Barbara Nieciak

Tel.: (48-22) 693 54 07

Fax: (48-22) 693 40 28

E-mail: barnie@mg.gov.pl

Sra. Agata Gągor

Tel.: (48-22) 693 56 90

E-mail general: notyfikacja@mg.gov.pl

PORTUGAL

Instituto Portugês da Qualidade

Rua Antonio Gião, 2

P-2829-513 Caparica

Sra. Cândida Pires

Tel.: (351-21) 294 82 36 o 81 00

Fax: (351-21) 294 82 23

E-mail: c.pires@mail.ipq.pt

E-mail general: not9834@mail.ipq.pt

Sitio web: http://www.ipq.pt

ESLOVENIA

SIST — Slovenian Institute for Standardization

Contact point for 98/34/EC and WTO-TBT Enquiry Point

Šmartinska 140

SLO-1000 Ljubljana

Tel.: (386-1) 478 30 41

Fax: (386-1) 478 30 98

E-mail: contact@sist.si

Sra. Vesna Stražišar

ESLOVAQUIA

Sra. Kvetoslava Steinlova

Director of the Department of European Integration,

Office of Standards, Metrology and Testing of the Slovak Republic

Stefanovicova 3

SK-814 39 Bratislava

Tel.: (421) 2 5249 3521

Fax: (421) 2 5249 1050

E-mail: steinlova@normoff.gov.sk

FINLANDIA

Kauppa-ja teollisuusministeriö

(Ministry of Trade and Industry)

Dirección para el público:

Aleksanterinkatu 4

FIN-00170 Helsinki

y

Ratakatu 3

FIN-00120 Helsinki

Dirección postal:

PO Box 32

FIN-00023 Government

Sr. Tuomas Mikkola

Tel.: (358) 9 5786 32 65

Fax: (358) 9 1606 46 22

E-mail: tuomas.mikkola@ktm.fi

Sra. Katri Amper

E-mail general: maaraykset.tekniset@ktm.fi

Sitio web: http://www.ktm.fi

SUECIA

Kommerskollegium

(National Board of Trade)

Box 6803

Drottninggatan 89

S-113 86 Stockholm

Sra. Kerstin Carlsson

Tel.: (46) 86 90 48 82 o (46) 86 90 48 00

Fax: (46) 86 90 48 40 o (46) 83 06 759

E-mail: kerstin.carlsson@kommers.se

E-mail general: 9834@kommers.se

Sitio web: http://www.kommers.se

REINO UNIDO

Department of Trade and Industry

Standards and Technical Regulations Directorate 2

151 Buckingham Palace Road

London SW1 W 9SS

United Kingdom

Sr. Philip Plumb

Tel.: (44) 2072151488

Fax: (44) 2072151529

E-mail: philip.plumb@dti.gsi.gov.uk

E-mail general: 9834@dti.gsi.gov.uk

Sitio web: http://www.dti.gov.uk/strd

EFTA — ESA

EFTA Surveillance Authority

Rue Belliard 35

B-1040 Bruxelles

Sra. Adinda Batsleer

Tel.: (32-2) 286 18 61

Fax: (32-2) 286 18 00

E-mail: aba@eftasurv.int

Ms Tuija Ristiluoma

Tel.: (32-2) 286 18 71

Fax: (32-2) 286 18 00

E-mail: tri@eftasurv.int

E-mail general: DRAFTTECHREGESA@eftasurv.int

Sitio web: http://www.eftasurv.int

EFTA (AELC)

Goods Unit

EFTA Secretariat

Rue Joseph II 12-16

B-1000 Bruxelles

Sra. Kathleen Byrne

Tel.: (32-2) 286 17 49

Fax: (32-2) 286 17 42

E-mail: kathleen.byrne@efta.int

E-mail general: DRAFTTECHREGEFTA@efta.int

Sitio web: http://www.efta.int

TURQUÍA

Undersecretariat of Foreign Trade

General Directorate of Standardisation for Foreign Trade

Inönü Bulvari no 36

06510

Emek — Ankara

Sr. Mehmet Comert

Tel.: (90) 312 212 58 98

Fax: (90) 312 212 87 68

E-mail: comertm@dtm.gov.tr

Sitio web: http://www.dtm.gov.tr


(1)  Año, número de registro, Estado miembro autor.

(2)  Plazo durante el cual no podrá adoptarse el proyecto.

(3)  No hay período de statu quo por haber aceptado la Comisión los motivos de urgencia alegados por el Estado miembro autor.

(4)  No hay período de statu quo por tratarse de especificaciones técnicas u otros requisitos o reglas sobre los servicios vinculados a medidas fiscales o financieras con arreglo al tercer guión del párrafo segundo del apartado 11 del artículo 1 de la Directiva 98/34/CE.

(5)  Finalizado el procedimiento de información.


8.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/25


Procedimiento de información — Reglas técnicas

(2006/C 32/08)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

Directiva 98/34/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 22 de junio de 1998, por la que se establece un procedimiento de información en materia de las normas y reglamentaciones técnicas y de las reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información (DO L 204 de 21.7.1998, p. 37; DO L 217 de 5.8.1998, p. 20).

Notificaciones de proyectos nacionales de reglas técnicas recibidas por la Comisión:

Referencia (1)

Título

Plazo del statu quo de tres meses (2)

2006/0025/F

Orden por la que se fijan las condiciones para la importación, en Francia, de los productos apícolas no destinados al consumo humano o a la apicultura

19-04-2006

2006/0026/F

Orden por la que se fijan las condiciones para la importación y el tránsito, en Francia, de los productos apícolas destinados al consumo humano

19-04-2006

2006/0027/FIN

Especificaciones generales relativas a la construcción de puentes (partes SYL 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7):

SYL -1: Especificaciones generales relativas a la construcción de puentes

SYL -2: Estructuras en el suelo y estructuras de base

SYL -3: Estructuras de hormigón.

SYL -4: Estructuras metálicas

SYL -5: Estructuras de madera

SYL -6: Estructuras de superficie del tablero

SYL -7: Equipos y aparatos

20-04-2006

2006/0028/B

Proyecto de Real Decreto relativo a la instalación y al funcionamiento de cámaras de vigilancia en los estadios de fútbol

 (3)

2006/0029/PL

Decreto del Ministro de Economía relativo a los requisitos que deben cumplir los instrumentos de medida de cristal así como al alcance detallado de los ensayos y verificaciones a realizar en el control metrológico legal de dichos instrumentos

21-04-2006

2006/0030/I

Proyecto de decreto relativo a la modificación del decreto de 21 de septiembre sobre la regulación de la producción y la venta de determinados productos de charcutería

24-04-2006

2006/0031/I

Decreto del Director General de la Administración Autónoma de los Monopolios del Estado, de acuerdo con el Jefe de Policía — Director General de la Seguridad Pública sobre: «Integraciones y modificaciones de las reglas de producción y verificación técnica de los aparatos de diversión y entretenimiento a los que se refiere el art. 110 apartado 6 del TULPS (Texto Único de las Leyes de Seguridad Pública)»

24-04-2006

2006/0032/D

Modificaciones en la lista regular de la construcción A, Partes 1 a 3, en la lista regular de la construcción B, Partes 1 y 2 y en la lista C para la edición 1/2006

25-04-2006

2006/0034/IRL

Reglamento sobre Metrología Legal (Aprobación de tipo) de 2006

25-04-2006

2006/0035/SI

Ley de equipos estratégicos

24-04-2006

2006/0036/NL

Decreto por el que se establecen reglas relativas a los requisitos que cumplen los instrumentos de medida contemplados en las nuevas directivas UE antes de ser comercializados, puestos en servicio o fuera de servicio, así como relativas a las evaluaciones de la conformidad de los instrumentos de medida (Decreto I sobre los instrumentos de medida)

27-04-2006

2006/0037/UK

Sistema de etiquetado voluntario de indicación nutricional en la parte frontal de los envases

26-04-2006

2006/0038/UK

Sistema de etiquetado voluntario de indicación nutricional en la parte frontal de los envases

26-04-2006

2006/0039/SK

Orden del Ministerio de Agricultura de la República Eslovaca y del Ministerio de Sanidad de la República Eslovaca en la que se publica el capítulo del Codex Alimentario de la República Eslovaca que regula las cremas heladas

27-04-2006

La Comisión desea llamar la atención sobre la sentencia «CIA Security», dictada el 30 de abril de 1996 en el asunto C-194/94 (Rec. 1996, p. I-2201), en virtud de la cual el Tribunal de Justicia considera que los artículos 8 y 9 de la Directiva 98/34/CE (entonces 83/189/CEE) deben interpretarse en el sentido de que los particulares pueden ampararse en ellos ante los órganos jurisdiccionales nacionales, al que incumbe negarse a aplicar un reglamento técnico nacional que no haya sido notificado con arreglo a la Directiva.

Esta sentencia confirma la Comunicación de la Comisión de 1 de octubre de 1986 (DO C 245 de 1.10.1986, p. 4).

Para más información sobre el procedimiento de notificación, dirigirse a:

Comisión Europea

DG Empresa e Industria, Unidad C3

B–1049 Bruselas

e-mail: Dir83-189-Central@cec.eu.int

Ver también el sitio: http://europa.eu.int/comm/enterprise/tris/

Por lo tanto, el incumplimiento de la obligación de notificar un reglamento técnico implica la inaplicabilidad de dicho reglamento y por consiguiente, no sera oponible a los particulares.

LISTA DE ORGANISMOS NACIONALES RESPONSABLES DE LA APLICACIÓN DE LA DIRECTIVA 98/34/CE

BÉLGICA

BELNotif

Qualité et Sécurité

SPF Economie, PME, Classes moyennes et Energie

NG III — 4ème étage

Boulevard du Roi Albert II/ 16

B-1000 Bruxelles

Sra. Pascaline Descamps

Tel.: (32-2) 206 46 89

Fax: (32-2) 206 57 46

E-mail: pascaline.descamps@mineco.fgov.be

paolo.caruso@mineco.fgov.be

E-mail general: belnotif@mineco.fgov.be

Sitio web: http://www.mineco.fgov.be

REPÚBLICA CHECA

Czech Office for Standards, Metrology and Testing

Gorazdova 24

P.O. BOX 49

CZ-128 01 Praha 2

Sr. Miroslav Chloupek

Director of International Relations Department

Tel.: (420) 224 907 123

Fax: (420) 224 914 990

E-mail: chloupek@unmz.cz

E-mail general: eu9834@unmz.cz

Sitio web: http://www.unmz.cz

DINAMARCA

Erhvervs- og Boligstyrelsen

Dahlerups Pakhus

Langelinie Allé 17

DK-2100 Copenhagen Ø (o DK-2100 Copenhagen OE)

Tel.: (45) 35 46 66 89 (directo)

Fax: (45) 35 46 62 03

E-mail: Sra. Birgitte Spühler Hansen — bsh@ebst.dk

Dirección común para mensajes de notificación — noti@ebst.dk

Sitio web: http://www.ebst.dk/Notifikationer

ALEMANIA

Bundesministerium für Wirtschaft und Arbeit

Referat XA2

Scharnhorststr. 34-37

D-10115 Berlin

Sra. Christina Jäckel

Tel.: (49) 30 2014 6353

Fax.: (49) 30 2014 5379

E-mail: infonorm@bmwa.bund.de

Sitio web: http://www.bmwa.bund.de

ESTONIA

Ministry of Economic Affairs and Communications

Harju str. 11

EE-15072 Tallinn

Sr. Karl Stern

Tel.: (372) 6 256 405

Fax: (372) 6 313 660

E-mail: karl.stern@mkm.ee

E-mail general: el.teavitamine@mkm.ee

GRECIA

Ministry of Development

General Secretariat of Industry

Mesogeion 119

GR-101 92 Athens

Tel.: (30) 210 696 98 63

Fax: (30) 210 696 91 06

ELOT

Acharnon 313

GR-111 45 Athens

Tel.: (30) 210 212 03 01

Fax: (30) 210 228 62 19

E-mail: 83189in@elot.gr

Sitio web: http://www.elot.gr

ESPAÑA

Ministerio de Asuntos Exteriores

Secretaría de Estado de Asuntos Europeos

Dirección General de Coordinación del Mercado Interior y otras Políticas Comunitarias

Subdirección General de Asuntos Industriales, Energéticos, de Transportes y Comunicaciones y de Medio Ambiente

C/Padilla, 46, Planta 2a, Despacho: 6218

E-28006 Madrid

Sr. Angel Silván Torregrosa

Tel.: (34-91) 379 83 32

Doña Esther Pérez Peláez

Consejera Técnica

E-mail: esther.perez@ue.mae.es

Tel.: (34-91) 379 84 64

Fax: (34-91) 379 84 01

E-mail general: d83-189@ue.mae.es

FRANCIA

Délégation interministérielle aux normes

Direction générale de l'Industrie, des Technologies de l'information et des Postes (DiGITIP)

Service des politiques d'innovation et de compétitivité (SPIC)

Sous-direction de la normalisation, de la qualité et de la propriété industrielle (SQUALPI)

DiGITIP 5

12, rue Villiot

F-75572 Paris Cedex 12

Sra. Suzanne Piau

Tel.: (33) 1 53 44 97 04

Fax: (33) 1 53 44 98 88

E-mail: suzanne.piau@industrie.gouv.fr

Sra. Françoise Ouvrard

Tel.: (33) 1 53 44 97 05

Fax: (33) 1 53 44 98 88

E-mail: francoise.ouvrard@industrie.gouv.fr

IRLANDA

NSAI

Glasnevin

Dublin 9

Ireland

Sr. Tony Losty

Tel.: (353) 1 807 38 80

Fax: (353) 1 807 38 38

E-mail: tony.losty@nsai.ie

Sitio web: http://www.nsai.ie/

ITALIA

Ministero delle attività produttive

Dipartimento per le imprese

Direzione Generale per lo sviluppo produttivo e la competitività

Ispettorato tecnico dell'industria — Ufficio F1

Via Molise 2

I-00187 Roma

Sr. Vincenzo Correggia

Tel.: (39) 06 47 05 22 05

Fax: (39) 06 47 88 78 05

E-mail: vincenzo.correggia@minindustria.it

Sr. Enrico Castiglioni

Tel.: (39) 06 47 05 26 69

Fax: (39) 06 47 88 77 48

E-mail: enrico.castiglioni@minindustria.it

E-mail general: ucn98.34.italia@attivitaproduttive.gov.it

Sitio web: http://www.minindustria.it

CHIPRE

Cyprus Organization for the Promotion of Quality

Ministry of Commerce, Industry and Tourism

13, A. Araouzou street

CY-1421 Nicosia

Tel.: (357) 22 409313 o (357) 22 375053

Fax: (357) 22 754103

Sr. Antonis Ioannou

Tel.: (357) 22 409409

Fax: (357) 22 754103

E-mail: aioannou@cys.mcit.gov.cy

Sra. Thea Andreou

Tel.: (357) 22 409 404

Fax: (357) 22 754 103

E-mail: tandreou@cys.mcit.gov.cy

E-mail general: dir9834@cys.mcit.gov.cy

Sitio web: http://www.cys.mcit.gov.cy

LETONIA

Ministry of Economics of Republic of Latvia

Trade Normative and SOLVIT Notification Division

SOLVIT Coordination Centre

55, Brivibas Street

LV-1519 Riga

Reinis Berzins

Deputy Head of Trade Normative and SOLVIT Notification Division

Tel.: (371) 7013230

Fax: (371) 7280882

Zanda Liekna

Solvit Coordination Centre

Tel.: (371) 7013236

Fax: (371) 7280882

E-mail: zanda.liekna@em.gov.lv

E-mail general: notification@em.gov.lv

LITUANIA

Lithuanian Standards Board

T. Kosciuskos g. 30

LT-01100 Vilnius

Sra. Daiva Lesickiene

Tel.: (370) 5 2709347

Fax: (370) 5 2709367

E-mail: dir9834@lsd.lt

Sitio web: http://www.lsd.lt

LUXEMBURGO

SEE — Service de l'Energie de l'Etat

34, avenue de la Porte-Neuve

B.P. 10

L-2010 Luxembourg

Sr. J.P. Hoffmann

Tel.: (352) 46 97 46 1

Fax: (352) 22 25 24

E-mail: see.direction@eg.etat.lu

Sitio web: http://www.see.lu

HUNGRÍA

Hungarian Notification Centre —

Ministry of Economy and Transport

Budapest

Honvéd u. 13-15

H-1055

Sr. Zsolt Fazekas

E-mail: fazekaszs@gkm.hu

Tel.: (36-1) 374 287 3

Fax: (36-1) 473 162 2

E-mail: notification@gkm.hu

Sitio web: http://www.gkm.hu/dokk/main/gkm

MALTA

Malta Standards Authority

Level 2

Evans Building

Merchants Street

VLT 03

MT-Valletta

Tel.: (356) 2124 2420

Fax: (356) 2124 2406

Sra. Lorna Cachia

E-mail: lorna.cachia@msa.org.mt

E-mail general: notification@msa.org.mt

Sitio web: http://www.msa.org.mt

PAÍSES BAJOS

Ministerie van Financiën

Belastingsdienst/Douane Noord

Team bijzondere klantbehandeling

Centrale Dienst voor In-en uitvoer

Engelse Kamp 2

Postbus 30003

9700 RD Groningen

Nederland

Sr. Ebel van der Heide

Tel.: (31-50) 523 21 34

Sra. Hennie Boekema

Tel.: (31-50) 523 21 35

Sra. Tineke Elzer

Tel.: (31-50) 523 21 33

Fax: (31-50) 523 21 59

E-mail general:

Enquiry.Point@tiscali-business.nl

Enquiry.Point2@tiscali-business.nl

AUSTRIA

Bundesministerium für Wirtschaft und Arbeit

Abteilung C2/1

Stubenring 1

A-1010 Wien

Sra. Brigitte Wikgolm

Tel.: (43-1) 711 00 58 96

Fax: (43-1) 715 96 51 o (43-1) 712 06 80

E-mail: not9834@bmwa.gv.at

Sitio web: http://www.bmwa.gv.at

POLONIA

Ministry of Economy and Labour

Department for European and Multilateral Relations

Plac Trzech Krzyży 3/5

PL-00-507 Warszawa

Sra. Barbara Nieciak

Tel.: (48-22) 693 54 07

Fax: (48-22) 693 40 28

E-mail: barnie@mg.gov.pl

Sra. Agata Gągor

Tel.: (48-22) 693 56 90

E-mail general: notyfikacja@mg.gov.pl

PORTUGAL

Instituto Portugês da Qualidade

Rua Antonio Gião, 2

P-2829-513 Caparica

Sra. Cândida Pires

Tel.: (351-21) 294 82 36 o 81 00

Fax: (351-21) 294 82 23

E-mail: c.pires@mail.ipq.pt

E-mail general: not9834@mail.ipq.pt

Sitio web: http://www.ipq.pt

ESLOVENIA

SIST — Slovenian Institute for Standardization

Contact point for 98/34/EC and WTO-TBT Enquiry Point

Šmartinska 140

SLO-1000 Ljubljana

Tel.: (386-1) 478 30 41

Fax: (386-1) 478 30 98

E-mail: contact@sist.si

Sra. Vesna Stražišar

ESLOVAQUIA

Sra. Kvetoslava Steinlova

Director of the Department of European Integration,

Office of Standards, Metrology and Testing of the Slovak Republic

Stefanovicova 3

SK-814 39 Bratislava

Tel.: (421) 2 5249 3521

Fax: (421) 2 5249 1050

E-mail: steinlova@normoff.gov.sk

FINLANDIA

Kauppa-ja teollisuusministeriö

(Ministry of Trade and Industry)

Dirección para el público:

Aleksanterinkatu 4

FIN-00170 Helsinki

y

Ratakatu 3

FIN-00120 Helsinki

Dirección postal:

PO Box 32

FIN-00023 Government

Sr. Tuomas Mikkola

Tel.: (358) 9 5786 32 65

Fax: (358) 9 1606 46 22

E-mail: tuomas.mikkola@ktm.fi

Sra. Katri Amper

E-mail general: maaraykset.tekniset@ktm.fi

Sitio web: http://www.ktm.fi

SUECIA

Kommerskollegium

(National Board of Trade)

Box 6803

Drottninggatan 89

S-113 86 Stockholm

Sra. Kerstin Carlsson

Tel.: (46) 86 90 48 82 o (46) 86 90 48 00

Fax: (46) 86 90 48 40 o (46) 83 06 759

E-mail: kerstin.carlsson@kommers.se

E-mail general: 9834@kommers.se

Sitio web: http://www.kommers.se

REINO UNIDO

Department of Trade and Industry

Standards and Technical Regulations Directorate 2

151 Buckingham Palace Road

London SW1 W 9SS

United Kingdom

Sr. Philip Plumb

Tel.: (44) 2072151488

Fax: (44) 2072151529

E-mail: philip.plumb@dti.gsi.gov.uk

E-mail general: 9834@dti.gsi.gov.uk

Sitio web: http://www.dti.gov.uk/strd

EFTA — ESA

EFTA Surveillance Authority

Rue Belliard 35

B-1040 Bruxelles

Sra. Adinda Batsleer

Tel.: (32-2) 286 18 61

Fax: (32-2) 286 18 00

E-mail: aba@eftasurv.int

Ms Tuija Ristiluoma

Tel.: (32-2) 286 18 71

Fax: (32-2) 286 18 00

E-mail: tri@eftasurv.int

E-mail general: DRAFTTECHREGESA@eftasurv.int

Sitio web: http://www.eftasurv.int

EFTA (AELC)

Goods Unit

EFTA Secretariat

Rue Joseph II 12-16

B-1000 Bruxelles

Sra. Kathleen Byrne

Tel.: (32-2) 286 17 49

Fax: (32-2) 286 17 42

E-mail: kathleen.byrne@efta.int

E-mail general: DRAFTTECHREGEFTA@efta.int

Sitio web: http://www.efta.int

TURQUÍA

Undersecretariat of Foreign Trade

General Directorate of Standardisation for Foreign Trade

Inönü Bulvari no 36

06510

Emek — Ankara

Sr. Mehmet Comert

Tel.: (90) 312 212 58 98

Fax: (90) 312 212 87 68

E-mail: comertm@dtm.gov.tr

Sitio web: http://www.dtm.gov.tr


(1)  Año, número de registro, Estado miembro autor.

(2)  Plazo durante el cual no podrá adoptarse el proyecto.

(3)  No hay período de statu quo por haber aceptado la Comisión los motivos de urgencia alegados por el Estado miembro autor.

(4)  No hay período de statu quo por tratarse de especificaciones técnicas u otros requisitos o reglas sobre los servicios vinculados a medidas fiscales o financieras con arreglo al tercer guión del párrafo segundo del apartado 11 del artículo 1 de la Directiva 98/34/CE.

(5)  Finalizado el procedimiento de información.


8.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/31


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.4073 — Conoco Phillips/Louis Dreyfus Refining and Marketing/Louis Dreyfus Energy Holding)

(2006/C 32/09)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 31 de enero de 2006, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32006M4073. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)


8.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/31


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.4069 — Cognis/Golden Hope Plantations BHD/JV)

(2006/C 32/10)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 1 de febrero de 2006, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales,

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32006M4069. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)


III Informaciones

Comisión

8.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/32


P-Lisboa: Explotación de servicios aéreos regulares

Concurso convocado por Portugal con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, letra d) del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo para la explotación de servicios aéreos regulares entre Lisboa y Braganza y entre Braganza, Vila Real y Lisboa

(2006/C 32/11)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

1.   Introducción: En virtud de lo dispuesto en artículo 4, apartado 1, letra a), del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, relativo al acceso de las compañías aéreas de la Comunidad a las rutas aéreas intracomunitarias, Portugal ha decidido imponer obligaciones modificadas de servicio público en las rutas Lisboa/Braganza y Braganza/Vila Real/Lisboa.

Dado que, a 30 de noviembre de 2005, ninguna compañía aérea ha iniciado o está por iniciar servicios aéreos regulares en las rutas anteriormente mencionadas de conformidad con las obligaciones de servicio público impuestas y sin solicitar compensación económica alguna, Portugal ha decidido, con arreglo al procedimiento previsto en el artículo 4, apartado 1, letra d) del Reglamento mencionado, limitar el acceso a esa ruta a una única compañía y conceder mediante concurso el derecho de explotar dichos servicios aéreos a partir del 31 de marzo de 2006.

2.   Objeto del concurso: Ofrecer, a partir del 31.3.2006, servicios aéreos entre Lisboa y Braganza y entre Braganza, Vila Real y Lisboa.

La prestación de dichos servicios deberá efectuarse conforme a las obligaciones de servicio público publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea C 30 de 7.2.2006 hasta el 16.11.2006.

Se señala a las compañías aéreas que, habida cuenta de la especificidad de estos servicios, tendrán que demostrar que la mayoría de la tripulación comercial de los vuelos correspondientes habla y comprende portugués.

3.   Participación en el concurso: Podrán participar todas las compañías aéreas titulares de una licencia de explotación válida emitida por un Estado miembro de conformidad con las disposiciones del Reglamento (CEE) no 2407/92 del Consejo, de 23.7.1992, sobre la concesión de licencias a las compañías aéreas, y de un certificado de operador aéreo adecuado.

4.   Procedimiento del concurso: El presente concurso se rige por lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, letras d), e), f), g), h) e i) del Reglamento (CEE) no 2408/92.

5.   Pliego de condiciones: El pliego de condiciones completo del concurso puede obtenerse previo pago de 100 euros en la siguiente dirección: Instituto Nacional de Aviação Civil, Rua B, Edifícios 4, 5, e 6, Aeroporto da Portela 4, P-1749-034 Lisboa.

6.   Compensación económica: Las ofertas presentadas por las empresas concursantes especificarán la cantidad solicitada en concepto de compensación por explotación del servicio correspondiente durante un período de tres años a partir de la fecha de inicio de explotación prevista (con un desglose anual). En caso de que las propuestas incluyan la realización de vuelos durante los fines de semana, estos no deberán suponer ningún incremento de la contribución financiera a cargo del Estado miembro. El impacto financiero resultante de la realización de vuelos durante los fines de semana (no a cargo del Estado miembro) deberá ser demostrado y justificado convenientemente en la oferta de la empresa concursante.

La cantidad exacta de la compensación concedida se determinará anualmente «ex post», en función de los gastos e ingresos reales generados por el servicio y debidamente justificados, sin que se supere la cantidad que figure en la oferta.

7.   Tarifas: Las ofertas presentadas por los candidatos indicarán las tarifas previstas, que deberán ser conformes con las obligaciones modificadas de servicio público publicadas en el Diario Oficial de la Unión Europea C 30 de 7.2.2006 hasta el 16.11.2005).

8.   Duración, modificación y rescisión del contrato: El contrato entrará en vigor el 31.3.2006 y expirará el 30.3.2009. Además, la ejecución del contrato será objeto de un análisis anual, de acuerdo con la compañía, durante los meses de junio y julio. En caso de modificación imprevista de las condiciones de explotación, el importe de la compensación económica podrá ser objeto de revisión.

9.   Sanciones por incumplimiento del contrato: Cuando la compañía aérea sea incapaz de explotar el servicio de que se trate por motivos de fuerza mayor, el importe de la compensación económica podrá ser objeto de una reducción proporcional a los vuelos no efectuados.

En el caso de que la compañía no explotase la ruta de que se trata por otros motivos que los de fuerza mayor, o en caso de incumplimiento de las obligaciones de servicio público, las autoridades portuguesas podrán:

reducir el importe de la compensación económica proporcionalmente al número de vuelos no efectuados,

pedir explicaciones a la compañía y, si éstas no fuesen satisfactorias, resolver el contrato sin preaviso y exigir una indemnización por los perjuicios sufridos.

10.   Presentación de propuestas: 1. Las ofertas deberán presentarse antes de las 17:00 horas del 30a día (trigésimo día) a partir de la fecha de publicación del presente concurso en el Diario Oficial de la Unión Europea.

2. Las ofertas podrán entregarse contra un recibo directamente en la sede del Instituto Nacional de Aviação Civil, Rua B, Edificios 4, 5 e 6, Aeroporto da Portela 4, P-1749-034 Lisboa, entre las 9.00 y las 17.00 horas, o enviarse por correo certificado a la misma dirección dentro del plazo y antes de la hora fijados en el apartado anterior.

11.   Validez del concurso de presentación de propuestas: Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 4, apartado 1, letra d), primera frase, del Reglamento (CEE) no 2408/92, la validez del presente concurso queda supeditada a la condición de que ninguna compañía comunitaria presente, antes del 30.11.2005, una solicitud de licencia de explotación de la ruta de referencia a partir del 31.03.2006, de conformidad con las obligaciones de servicio público impuestas y sin percibir compensación económica alguna.

En el caso de que uno o varios operadores se presentasen antes de 30.11.2005 para explotar estas rutas respetando las obligaciones de servicio público impuestas y sin solicitar compensación, este concurso dejaría de ser válido.


8.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/34


CONVOCATORIA DE PROPUESTAS — DG EAC N o EAC/65/05

Convocatoria de propuestas 2006 para acciones generales de observación, análisis e innovación

(Acciones 6.1.2 y 6.2 del programa Sócrates)

(2006/C 32/12)

1.   Objetivos y descripción

Basándose en la Decisión del Parlamento Europeo y del Consejo por la que se establece la segunda fase del programa comunitario Sócrates (1), la Comisión invita a presentar propuestas para la ejecución de las «Acciones generales de observación y análisis» [acción 6.1.2, letras c) y d)] y las «Iniciativas innovadoras en respuesta a necesidades emergentes» (acción 6.2), en forma de medidas encaminadas a mejorar y facilitar el intercambio de información y experiencia, y a poner a punto innovaciones en el ámbito de la educación entre los países que participan en el programa Sócrates.

2.   Temas prioritarios

La Comisión invita a que se presenten propuestas en el ámbito de los tres temas prioritarios siguientes:

¿Cuál es la función y cuál es el perfil que debe tener la enseñanza superior en relación con el modelo social europeo?

Una mejor comprensión para combatir mejor el fenómeno de las bajas competencias en lectura y de los lectores con dificultades.

Una mejor evaluación de las políticas educativas adaptadas a las necesidades de los grupos de riesgo.

3.   Candidatos admisibles

Las solicitudes de subvención pueden incluir a centros de los países que participan en el programa Sócrates o ser presentadas por ellos. Dichos países son:

Los veinticinco Estados miembros de la Unión Europea

Los países de la AELC y el EEE: Islandia, Liechtenstein y Noruega

Los países candidatos: Bulgaria, Rumanía y Turquía

Se considerarán subvencionables en el marco de la presente convocatoria de propuestas las organizaciones y los centros de los países participantes en el programa Sócrates que posean las cualificaciones y la experiencia adecuadas para llevar a cabo la actividad propuesta y que cuenten con la participación activa, en calidad de socios del proyecto, de centros pertenecientes a un mínimo de 6 países participantes en el programa Sócrates, incluido el país de la institución coordinadora del proyecto; uno de dichos países, por lo menos, deberá ser un Estado miembro de la Unión Europea.

Los centros autorizados a responder a la presente convocatoria se clasificarán por tipo y se enumerarán en el anexo 2 de la convocatoria bajo el título «Lista de códigos que han de utilizarse en la solicitud».

4.   Presupuesto y duración de los proyectos

El presupuesto total para la cofinanciación de los proyectos es del orden de 3 600 000 euros. La ayuda financiera de la Comisión cubrirá como máximo el 75 % de los gastos subvencionables y podrá ascender hasta 220 000 euros por año.

Las actividades deberán iniciarse el 1 de octubre de 2006. La duración máxima de los proyectos será de 24 meses.

5.   Plazo

Las solicitudes de financiación deberán enviarse a la Comisión como muy tarde el 18.4.2006.

6.   Información completa

El texto completo de la convocatoria de propuestas, así como el formulario de solicitud y los anexos, pueden obtenerse en la siguiente dirección de Internet:

http://europa.eu.int/comm/education/programmes/socrates/observation/call_en.html

Las solicitudes deben respetar íntegramente las disposiciones de dicho texto y presentarse en el formulario previsto.


(1)  Decisión no 253/2000/CE de 24.1.2000, DO L 28 de 3.2.2000, pp. 1-15.


8.2.2006   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 32/36


Modificación del anuncio de licitación para la restitución a la exportación de trigo blando a determinados terceros países

( Diario Oficial de la Unión Europea C 166 de 7 de julio de 2005 )

(2006/C 32/13)

En la página 54, el punto 2 del título I «Objeto» se sustituirá por el texto siguiente:

«La cantidad total que podrá ser objeto de fijaciones de la restitución máxima a la exportación, tal como se contempla en el apartado 1 del artículo 4 del Reglamento (CE) no 1501/95 de la Comisión (1), se referirá, aproximadamente, a 7 000 000 de toneladas.».


(1)  DO L 147 de 30.6.1995, p. 7.