ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 179

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

48o año
21 de julio de 2005


Número de información

Sumario

Página

 

I   Comunicaciones

 

Comisión

2005/C 179/1

Tipo de cambio del euro

1

2005/C 179/2

Notificación previa de una operación de concentración (Caso no COMP/M.3895 — PHL/PEL) — Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado ( 1 )

2

2005/C 179/3

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.3648 — Gruner + Jahr/MPS) ( 1 )

3

2005/C 179/4

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/M.3833 — 3i SGR/Giochi Preziosi) ( 1 )

3

 

Corrección de errores

2005/C 179/5

Corrección de errores del anuncio de licitación NO-Oslo: Explotación de servicios aéreos regulares (DO C 166 de 7.7.2005)

4

 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


I Comunicaciones

Comisión

21.7.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/1


Tipo de cambio del euro (1)

20 de julio de 2005

(2005/C 179/01)

1 euro=

 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,2063

JPY

yen japonés

136,35

DKK

corona danesa

7,4628

GBP

libra esterlina

0,69430

SEK

corona sueca

9,4220

CHF

franco suizo

1,5632

ISK

corona islandesa

78,48

NOK

corona noruega

7,9610

BGN

lev búlgaro

1,9559

CYP

libra chipriota

0,5738

CZK

corona checa

30,224

EEK

corona estonia

15,6466

HUF

forint húngaro

246,36

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,6960

MTL

lira maltesa

0,4293

PLN

zloty polaco

4,1477

RON

leu rumano

3,5572

SIT

tólar esloveno

239,50

SKK

corona eslovaca

39,151

TRY

lira turca

1,6085

AUD

dólar australiano

1,6002

CAD

dólar canadiense

1,4668

HKD

dólar de Hong Kong

9,3834

NZD

dólar neozelandés

1,7815

SGD

dólar de Singapur

2,0350

KRW

won de Corea del Sur

1 257,57

ZAR

rand sudafricano

8,0613

CNY

yuan renminbi

9,9840

HRK

kuna croata

7,2998

IDR

rupia indonesia

11 876,02

MYR

ringgit malayo

4,584

PHP

peso filipino

67,312

RUB

rublo ruso

34,5990

THB

baht tailandés

50,737


(1)  

Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


21.7.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/2


Notificación previa de una operación de concentración

(Caso no COMP/M.3895 — PHL/PEL)

Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado

(2005/C 179/02)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

1.

Con fecha 13 de julio de 2005 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que la empresa Permira Holdings Ltd («PHL», Reino Unido), adquiere el control, a efectos de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de la totalidad de Permira Europe Ltd («PEL», Reino Unido), a través de la adquisición de acciones.

2.

Ámbito de actividad de las empresas afectadas:

PHL: Sociedad de capital riesgo («Private equity») con intereses en servicios de telecomunicaciones, asistencia en carretera y servicios financieros, transporte maritimo de pasajeros y mercancías y venta al por mayor y menor de bienes de consumo,

PEL: Sociedad de capital riesgo («Private equity») con intereses en componentes electrónicos, servicios de gestión de viajes, sistemas de seguridad para vehículos de motor, equipos interiores de automóviles, productos químicos, sistemas de almacenamiento, yates de lujo, hoteles, televisión pay-per-view, centros de fitness, óptica, ropa de mujer y azulejería.

3.

Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto. De conformidad con la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2) se hace notar que este caso es susceptible de ser tratado por el procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax ([(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.3895 — PHL/PEL, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de operaciones de concentración

J-70

B-1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  DO C 56 de 5.3.2005, p. 32.


21.7.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/3


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.3648 — Gruner + Jahr/MPS)

(2005/C 179/03)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 8 de abril de 2005, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en alemán y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales.

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32005M3648. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)


21.7.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/3


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/M.3833 — 3i SGR/Giochi Preziosi)

(2005/C 179/04)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 6 de julio de 2005, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en inglés y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/). Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales.

en formato electrónico en el sitio web EUR-Lex por número de documento 32005M3833. CELEX es el sistema de acceso informático a la legislación comunitaria. (http://europa.eu.int/eur-lex/lex)


Corrección de errores

21.7.2005   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 179/4


Corrección de errores del anuncio de licitación NO-Oslo: Explotación de servicios aéreos regulares

( Diario Oficial de la Unión Europea C 166 de 7 julio de 2005 )

(2005/C 179/05)

En la página 49, en el punto 1:

en lugar de:

«1.   Introducción: A partir del 1 de abril de 2006, Noruega ha decidido modificar sus obligaciones de servicio público en vuelos regionales regulares publicados anteriormente de conformidad con el artículo 4, apartado 1, letra a) del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, relativo al acceso de las compañías aéreas de la Comunidad a las rutas aéreas intracomunitarias [referencia a la publicación en el DO y el suplemento EEE]».

léase:

«1.   Introducción: A partir del 1 de abril de 2006, Noruega ha decidido modificar sus obligaciones de servicio público en vuelos regionales regulares publicados anteriormente (1) de conformidad con el artículo 4, apartado 1, letra a) del Reglamento (CEE) no 2408/92 del Consejo, de 23 de julio de 1992, relativo al acceso de las compañías aéreas de la Comunidad a las rutas aéreas intracomunitarias».


(1)  DO C 166 de 7.7.2005, p. 19 y Suplemento EEE 34 de 7.7.2005, p. 6.