ISSN 1725-244X |
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Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324 |
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Edición en lengua española |
Comunicaciones e informaciones |
47o año |
Número de información |
Sumario |
Página |
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I Comunicaciones |
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Tribunal de Cuentas |
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2004/C 324/1 |
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2004/C 324/2 |
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2004/C 324/3 |
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2004/C 324/4 |
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2004/C 324/5 |
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2004/C 324/6 |
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2004/C 324/7 |
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2004/C 324/8 |
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2004/C 324/9 |
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2004/C 324/0 |
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2004/C 324/1 |
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2004/C 324/2 |
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2004/C 324/3 |
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2004/C 324/4 |
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2004/C 324/5 |
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ES |
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I Comunicaciones
Tribunal de Cuentas
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/1 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de la Agencia
(2004/C 324/01)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-11 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas de la Agencia
INTRODUCCIÓN
1. |
La Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (en lo sucesivo denominada la «Agencia») fue creada en virtud del Reglamento (CE) no 2062/94 del Consejo (1). En materia de seguridad y salud en el trabajo, la Agencia tiene la misión de recoger y difundir información sobre las prioridades nacionales y comunitarias, apoyar a las instancias nacionales y comunitarias en la formulación y aplicación de las políticas e informar sobre las medidas de prevención. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Agencia a partir de la información comunicada por ésta. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con el apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 (2) del Consejo. |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el apartado 1 del artículo 14 del Reglamento (CE) no 2062/94, la ejecución presupuestaria es competencia del director. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (3), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el artículo 15 del Reglamento (CE) no 2062/94. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y de que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones siguientes no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal en el presente informe. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 y de los créditos prorrogados del ejercicio anterior se presenta en el cuadro 2. La cuenta de resultado económico y el balance publicados por la Agencia con respecto al ejercicio 2003 se presentan de forma sintética en los cuadros 3 y 4. |
7. |
Las prórrogas de crédito se refieren esencialmente al título III del presupuesto y, pese a haber experimentado una reducción nada desdeñable, representan más del 45 % de los compromisos contraídos. El Tribunal llama de nuevo la atención de la Agencia sobre la necesidad de que mejore el seguimiento de sus actividades. |
8. |
La Agencia comenzó a aplicar con respecto al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003, los principios contables recogidos en su nuevo reglamento financiero. Ahora bien, los datos del ejercicio 2002 no se reprocesaron, lo que no permite comparar los dos ejercicios. |
9. |
En su Informe relativo al ejercicio 2002 (4), el Tribunal advirtió de la existencia de lagunas en el control de un programa de ayudas para la elaboración y difusión de buenas prácticas destinadas a reducir los riesgos para la seguridad y la salud en las pequeñas y medianas empresas. En 2003, la Agencia procedió al pago de 3,1 millones de euros sobre la base de un análisis de los informes de actividad y de los informes financieros referentes a 53 proyectos de este programa. El Tribunal fiscalizó las declaraciones de gastos correspondientes a 20 de dichos proyectos. A medida que se aproximaba la fecha de finalización del programa, la Agencia fue reduciendo sus exigencias en lo relativo a la documentación financiera que debía acompañar a las solicitudes de pago finales. El resultado fue que en cinco de los 20 expedientes examinados se efectuaron pagos por valor de 348 000 euros sobre la base de una simple declaración de gastos, con comprobantes insuficientes o incluso inexistentes (5). En su respuesta al Informe del Tribunal relativo al ejercicio 2002 (6), la Agencia contemplaba la posibilidad de proceder a comprobaciones en el nivel de los beneficiarios, pero en 2003 no se dio ninguna comprobación de este tipo. |
10. |
Como se señala en la opinión del Tribunal referida al ejercicio 2002 (7), el control de las cuentas presupuestarias ha vuelto a poner de manifiesto la existencia de lagunas en la formalización y definición de las comprobaciones financieras a priori. |
11. |
Conforme al artículo 4 de su reglamento de base, las autoridades nacionales comunicarán el nombre de los organismos con los que la Agencia tenga la autorización de cooperar en el marco de los centros temáticos. La Agencia financió dos centros (8) que tratan un amplio abanico de temas y reagrupan, respectivamente, catorce y doce organismos. El principal valor añadido de los estudios realizados por los centros es recopilar datos a veces difícilmente accesibles y compararlos a escala europea. La Agencia debería reforzar su sistema de control de los gastos declarados por los centros temáticos, exigiendo en particular que sean certificados por un auditor externo. |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(1) DO L 216 de 20.8.1994, p. 1. Reglamento fue modificado por el Reglamento (CE) no 1654/2003 (DO L 245 de 29.9.2003, p. 38).
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) En aplicación del apartado 3 del artículo 14 del reglamento financiero de la Agencia, las cuentas definitivas del ejercicio 2003 se elaboraron el 27 de julio de 2004 y se remitieron al Tribunal de Cuentas, el cual las recibió el 24 de septiembre de 2004. Una versión resumida de estas cuentas se presenta en los cuadros anexos al presente informe.
(4) Véase el apartado 12 del Informe relativo al ejercicio 2002 (DO C 319 de 30.12.2003, p. 10).
(5) En cuatro casos, no se había acompañado a la solicitud de ningún comprobante y en un caso, los comprobantes sólo justificaban parcialmente el importe solicitado.
(6) Véase el apartado 13 de la respuesta del Informe relativo al ejercicio 2002 (DO C 319 de 30.12.2003, p. 14).
(7) Véase el apartado 9 del Informe relativo al ejercicio 2002 (DO C 319 de 19.12.2002, p. 9).
(8) Un tercer centro se creó en junio de 2003 con la única finalidad de recopilar datos en los países candidatos; ese centró finalizó sus actividades en abril de 2004.
Cuadro 1
Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (Bilbao)
Ámbito de competenciascomunitarias según el Tratado |
Competencias de la Agencia conforme al Reglamento (CE) no 2062/94 del Consejo de 18 de julio de 1994 |
Órganos rectores |
Medios puestos a disposición de la Agencia en 2003 (datos de 2002) |
Actividades y servicios llevados a cabo en 2003 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Disposiciones sociales La Comunidad y los Estados miembros tendrán como objetivo la mejora de las condiciones de vida y de trabajo, a fin de conseguir su equiparación por la vía del progreso. Para la consecución de los objetivos del artículo 136, la Comunidad apoyará y completará la acción de los Estados miembros en los siguientes ámbitos:
(extraído de los artículos 136 y 137 del Tratado) |
Objetivos Al objeto de fomentar la mejora, principalmente del medio de trabajo, para proteger la seguridad y la salud de los trabajadores, proporcionar a los organismos comunitarios, a los Estados miembros y a los medios interesados toda la información útil en el ámbito de la seguridad y de la salud en el trabajo |
Funciones
|
|
Presupuesto definitivo: 14,6 millones de euros (13,2 millones de euros), de los que al:
Plantilla a 31 de diciembre de 2003: 33 (31) puestos previstos en el organigrama, puestos cubiertos: 29 (29) otros 25 (21) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, interinos) Total de la plantilla: 54 (50) agentes encargados de: tareas operativas: 34 (32) tareas administrativas: 12 (9) tareas mixtas: 8 (9) |
Desarrollo de la red Alrededor de 600 socios a través de los centros de referencias nacionales, nueve grupos de expertos, tres centros temáticos. Participación de los países PHARE y AELC. Difusión de la información Semana europea para la seguridad y la salud en el trabajo: «las sustancias peligrosas»
Tercer programa para las PYME (2003-2004): 40 proyectos seleccionados Segundo programa para las PYME (2002-2003): 51 proyectos finalizados |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente:Información comunicada por la Agencia. |
Cuadro 2
Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(millones de euros) |
||||||||||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||||||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
Créditos prorrogados del ejercicio anterior |
Créditos disponibles (presupuesto 2003 y ejercicio 2002) |
||||||||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
compromisos pendientes de liquidación |
pagados |
anulados |
créditos |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Subvenciones comunitarias |
13,4 |
11,6 |
Título I Personal |
3,7 |
3,5 |
3,2 |
0,1 |
0,4 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
3,9 |
3,6 |
3,3 |
0,1 |
0,5 |
Ingresos propios |
0,0 |
0,0 |
Título II Funcionamiento |
1,4 |
1,4 |
1,1 |
0,2 |
0,0 |
0,2 |
0,2 |
0,1 |
1,6 |
1,6 |
1,3 |
0,2 |
0,1 |
Otras subvenciones |
0,2 |
0,1 |
Título III Actividades operativas |
8,5 |
8,3 |
2,6 |
5,9 |
0,0 |
5,8 |
5,2 |
0,6 |
14,3 |
14,1 |
7,8 |
5,9 |
0,6 |
Ingresos varios |
p.m. |
0,2 |
Gastos Phare |
1,1 |
1,0 |
0,5 |
0,5 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
1,1 |
1,0 |
0,5 |
0,5 |
0,0 |
Ingresos Phare |
1,1 |
0,8 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total |
14,6 |
12,7 |
Total |
14,6 |
14,1 |
7,5 |
6,6 |
0,5 |
6,2 |
5,5 |
0,8 |
20,8 |
20,3 |
13,0 |
6,6 |
1,2 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas. |
Cuadro 3
Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo — Cuenta de gestión de los ejercicios 2003 y 2002
(miles de euros) |
||
|
2003 |
2002 |
Ingresos |
||
Subvenciones comunitarias |
11 641 |
12 324 |
Otras subvenciones |
66 |
252 |
Ingresos varios |
157 |
81 |
Ingresos Phare |
824 |
0 |
Total ingresos (a) |
12 688 |
12 657 |
Gastos |
||
Personal — Título I del presupuesto |
||
Pagos |
3 245 |
3 024 |
Créditos prorrogados |
87 |
136 |
Funcionamiento — Título II del presupuesto |
||
Pagos |
1 146 |
1 140 |
Créditos prorrogados |
186 |
247 |
Actividades operativas — Título III del presupuesto |
||
Pagos |
2 559 |
2 030 |
Créditos prorrogados |
5 859 |
5 623 |
Gastos Phare |
||
Pagos |
548 |
0 |
Créditos prorrogados |
502 |
0 |
Total gastos (b) |
14 131 |
12 199 |
Resultado del ejercicio (c = a-b) (1) |
–1 443 |
458 |
Saldo prorrogado del ejercicio anterior |
–1 108 |
–2 185 |
Anulaciones de créditos prorrogados |
766 |
609 |
Reutilizaciones de créditos del ejercicio anterior no utilizados |
1 |
0 |
Pagos con cargo a compromiso anulado en 2002 |
– 191 |
0 |
Diferencias de cambio |
4 |
4 |
Regularización |
–16 |
7 |
Resultado del ejercicio excluidos ajustes económicos (d) |
–1 987 |
–1 108 |
Ingresos presupuestarios pendientes de cobro |
850 |
0 |
Ingresos varios pendientes de cobro |
3 |
0 |
Adquisiciones de bienes inmovilizables |
207 |
0 |
Amortizaciones (2) |
– 186 |
0 |
Gastos varios |
–1 |
0 |
Ajustes económicos (e) |
873 |
0 |
Saldo del ejercicio (d+e) (3) |
–1 113 |
–1 108 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas. |
Cuadro 4
Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo — Balance a 31 de diciembre de 2003 y a 31 de diciembre de 2002
(miles de euros) |
|||||
Activo |
2003 |
2002 |
Pasivo |
2003 |
2002 |
Valores inmovilizados |
|
|
Capitales propios |
|
|
Programas informáticos |
95 |
145 |
Capitales propios (4) |
431 |
1 229 |
Material informático |
136 |
428 |
Saldo del ejercicio |
–1 113 |
–1 108 |
Instalaciones y mobiliario |
215 |
614 |
Subtotal |
– 682 |
121 |
Material rodante |
0 |
26 |
Deudas a medio y largo plazo |
|
|
Subtotal |
445 |
1 214 |
Deudas relativas a ingresos afectados |
0 |
369 |
Títulos de crédito a medio y largo plazo |
|
|
Subtotal |
0 |
369 |
Subvenciones comunitarias |
0 |
369 |
Deudas a corto plazo |
|
|
Subtotal |
0 |
369 |
Prórrogas de créditos no automáticas |
135 |
193 |
Existencias |
|
|
Prórrogas de créditos automáticas |
6 498 |
5 813 |
Mobiliario de oficina |
6 |
15 |
Comisión |
282 |
7 |
Subtotal |
6 |
15 |
Acreedores varios |
128 |
19 |
Títulos de crédito a corto plazo |
|
|
Retenciones sobre salarios |
73 |
24 |
Subvenciones comunitarias |
1 035 |
681 |
Deuda relativa a ingresos afectados |
0 |
736 |
Deudores varios |
62 |
53 |
Subtotal |
7 117 |
6 791 |
IVA pendiente de recuperación |
0 |
5 |
Cuentas transitorias y de regularización |
|
|
Subtotal |
1 097 |
739 |
Órdenes de ingreso |
11 |
21 |
Tesorería |
|
|
Ingresos de reutilización |
0 |
17 |
Bancos y caja |
4 889 |
4 922 |
Subtotal |
11 |
37 |
Administracion de anticipos |
1 |
61 |
|
|
|
Subtotal |
4 890 |
4 982 |
|
|
|
Cuentas transitorias y de regularización |
|
|
|
|
|
Anticipos |
6 |
0 |
|
|
|
Subtotal |
6 |
0 |
|
|
|
Total |
6 445 |
7 319 |
Total |
6 445 |
7 319 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas. |
(1) Cálculo realizado conforme al artículo 15 del Reglamento (CE, Euratom) no 1150/2000 del Consejo de 22 de mayo de 2000 (DO L 130 de 31.5.2000, p. 8).
(2) La Agencia procedió por primera vez en 2003 a la amortización de sus activos inmovilizados.
(3) El saldo contable negativo se debe a que las prórrogas siguen asimilándose a gastos sin un ajuste de naturaleza económica. Una estimación aproximada del ajuste que se habría de aplicar sugiere que el saldo real del ejercicio giraría en torno a un millón de euros.
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo.
Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas.
(4) El importe del capital a 31 de diciembre de 2003 corresponde al total del valor bruto del inmovilizado a 31 de diciembre de 2002 menos las amortizaciones históricas del período 1996–2002. A esto se añade la variación del valor de las existencias entre el 31 de diciembre de 2002 y el 31 de diciembre de 2003 y de los ajustes de la valorización, la contabilización y la puesta fuera de servicio de los valores inmovilizados. Las amortizaciones relativas al ejercicio 2003 se han incluido en el resultado, por lo que no se deducen directamente del capital.
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo.
Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas.
RESPUESTAS DE LA GANCIA
7. |
La Agencia desea ratificar su firme compromiso de reducir el importe de los créditos prorrogados en sintonía con el principio de anualidad presupuestaria. En comparación con 2002, la Agencia ha reducido significativamente los créditos prorrogados en 2003 (del 60 % al 45 %). Como en 2002, los créditos prorrogados obedecen principalmente a la correcta aplicación del plan de financiación a las PYME, cuyo ciclo de ejecución es claramente bianual. |
8. |
A raíz de diversos encuentros entre la Comisión y los contables de todas las Agencias, se acordó que para la retirada de los créditos prorrogados a final de año era preciso el uso de herramientas informáticas específicas de las que se carecía en ese momento pero que la Agencia está desarrollando en la actualidad. |
9. |
Por lo que se refiere a los proyectos del programa de ayudas a las pequeñas y medianas empresas, no más de la mitad de los titulares de proyectos recibieron de la Agencia el pago de la subvención íntegra y se cursaron seis órdenes de ingreso, a raíz de la evaluación interna efectuada por el personal de la Agencia sobre la actividad, los informes financieros y los documentos justificativos suministrados por los 53 beneficiarios. El diferencial entre el importe total previsto y el importe total de la subvenciones que se pagaron fue de 382 377 euros. La Agencia quiere subrayar que, en el caso de cuatro de los cinco titulares de proyectos citados por el Tribunal, la información comunicada en un primer momento en los estados financieros fue confirmada por la información adicional suministrada a petición de la Agencia tras la visita del auditor, y que no fue necesario ajuste de ningún tipo. El quinto titular de proyecto proporcionó parte de la información que se le solicitó justificando el pago total de 11 000 euros. En 2004, la Agencia comisionó a un contratista la ejecución de cinco auditorías financieras a posteriori —incluidas inspecciones sobre el terreno de las cuentas de titulares del proyecto PYME. El plazo para los informes finales es octubre de 2004; por otra parte, una evaluación independiente de los primeros dos planes de ayuda a las PYME ha avalado la sostenibilidad y el valor añadido de los proyectos adjudicados así como la correcta gestión de los planes |
10. |
La Agencia toma nota de los comentarios del Tribunal de Cuentas. A finales de 2003, se completó la reestructuración interna del «Resource and Service Centre» (antigua Unidad Administrativa) —todas las operaciones están sujetas ahora a una verificación a priori (aspectos operativos y financieros). |
11. |
La Agencia quiere hacer constar que, a fin de reforzar el control de los gastos, todos los contratos firmados a partir de septiembre de 2003 con los centros temáticos incluyen una cláusula en virtud de la cual el beneficiario llevará a cabo una auditoría externa del uso de los fondos a los que le haya dado acceso el acuerdo de subvención. Los auditores harán valer su opinión profesional y la auditoría tendrá por finalidad certificar que los documentos financieros presentados a la Agencia por el beneficiario se ajustan a las disposiciones financieras del acuerdo, que los costos declarados son los costos reales y que todos los recibos han sido declarados. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/9 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad Aérea correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de la Agencia
(2004/C 324/02)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-10 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas de la Agencia
INTRODUCCIÓN
1. |
La Agencia Europea de Seguridad Aérea (en lo sucesivo denominada «la Agencia») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 1592/2002 del Consejo (1). El ejercicio 2003 es el primero en que la Agencia comenzó realmente a desarrollar sus actividades operativas. Sus funciones consisten en mantener un alto nivel de seguridad de la aviación civil, garantizar el funcionamiento y desarrollo correctos de dicha seguridad, establecer especificaciones para las certificaciones y atribuir certificados a los productos aeronáuticos. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Agencia a partir de la información comunicada por ésta. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2). |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el apartado 1 del artículo 49 del Reglamento (CEE) no 1592/2002 del Consejo, la ejecución presupuestaria de la Agencia es competencia del director ejecutivo. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (3), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el artículo 52 del mismo Reglamento. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y de que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones siguientes no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal en el presente Informe. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 se presenta en el cuadro 2. La cuenta de resultado económico y el balance publicados por la Agencia con respecto al ejercicio 2003 se presentan de forma sintética en los cuadros 3 y 4. |
7. |
La letra e) del director ejecutivo, que ejerce la función de ordenador, dispone asimismo de la facultad de firmar las órdenes bancarias, lo que contraviene lo dispuesto en el artículo 37 del reglamento financiero de la Agencia. |
8. |
El apartado 1 e) del artículo 43 del reglamento financiero marco dispone que el contable validará los sistemas definidos por el ordenador que proporcionen o justifiquen datos contables. Dicha validación no se ha producido durante el ejercicio. |
9. |
El examen de los expedientes de contratación muestran lagunas en cuanto a su formalización y documentación. Dado el elevado número de contrataciones previstas hasta el año 2006 (alrededor de 300 personas), conviene adoptar medidas para garantizar de forma óptima el cumplimiento de las disposiciones reglamentarias. |
10. |
El examen del entorno de control del sistema informático ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar éste ante el aumento que se prevé de las actividades de la Agencia. |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(1) DO L 240 de 7.9.2002, p. 1.
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) En aplicación del apartado 3 del artículo 83 del reglamento financiero de la Agencia, las cuentas definitivas del ejercicio 2003 se elaboraron el 31 de marzo de 2004 y se remitieron al Tribunal de Cuentas, el cual las recibió el 20 de septiembre de 2004. Una versión resumida de estas cuentas se presenta en los cuadros anexos al presente Informe.
Cuadro 1
Agencia Europea de Seguridad Aérea sede provisional: Bruselas, traslado previsto a Colonia)
Ámbito de competencias según el Tratado |
Competencias de la Agencia conforme al Reglamento (CE) no 1592/2002 |
Órganos rectores |
Medios puestos a disposición de la Agencia en 2003 |
Actividades y servicios llevados a cabo en el ejercicio 2003 |
|||||||||||||||||||||||||||||
Política común de transportes «El Consejo, por mayoría cualificada, podrá decidir si, en qué medida y de acuerdo con qué procedimiento podrán adoptarse disposiciones apropiadas para la navegación marítima y aérea» (artículo 80 del Tratado) |
Objetivos Mantener un nivel elevado y uniforme de la seguridad de la aviación civil en Europa Garantizar el funcionamiento y el desarrollo correcto de la seguridad de la aviación civil Facilitar la libre circulación de mercancías, personas y servicios Fomentar la rentabilidad en los procesos de reglamentación y de certificación y evitar duplicaciones a nivel nacional y europeo |
Funciones
|
|
Presupuesto definitivo 4,75 millones de euros sufragados por la subvención comunitaria al 100 %. Plantilla a 31 de diciembre de 2003: 80 puestos previstos en el organigrama. puestos cubiertos: 1 + otros 16 puestos (contratos auxiliares) Total de la plantilla: 17 agentes encargados de: tareas operativas: 1, tareas administrativas: 4, tareas mixtas: 12. |
Número de dictámenes emitidos: 2 Número de especificaciones y documentos orientativos: 19 Decisiones de certificación:2 132, de las cuales1 606 se refieren a modificaciones de escasa importancia Inspecciones: Ninguna. Investigaciones: Ninguna. |
||||||||||||||||||||||||||||
Fuente:Información comunicada por la Agencia. |
Cuadro 2
Agencia Europea de Seguridad Aérea — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(millones de euros) |
||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Subvenciones comunitarias |
4,7 |
3,7 |
Título I Personal |
0,9 |
0,7 |
0,7 |
0,0 |
0,2 |
Otras subvenciones |
— |
— |
Título II Funcionamiento |
0,8 |
0,5 |
0,1 |
0,4 |
0,3 |
Otros ingresos |
— |
— |
Título III Actividades operativas |
3,0 |
2,7 |
0,2 |
2,5 |
0,3 |
Total |
4,7 |
3,7 |
Total |
4,7 |
3,9 |
1,0 |
2,9 |
0,8 |
Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas. |
Cuadro 3
Agencia Europea de Seguridad Aérea — Cuenta de gestión del ejercicio 2003
(miles de euros) |
|
|
2003 |
Ingresos |
|
Subvenciones de la Comisión |
3 725 |
Total ingresos (a) |
3 725 |
Gastos |
|
Personal — Título I del presupuesto |
|
Pagos |
680 |
Créditos prorrogados |
27 |
Funcionamiento — Título II del presupuesto |
|
Pagos |
153 |
Créditos prorrogados |
396 |
Actividades operativas — Título III del presupuesto |
|
Pagos |
197 |
Créditos prorrogados |
2 486 |
Total gastos (b) |
3 939 |
Saldo del ejercicio (a – b) |
– 214 |
Fuente:Datos de la Agencia. |
Cuadro 4
Agencia Europea de Seguridad Aérea — Balance a 31 de diciembre de 2003
(miles de euros) |
|||
Activo |
2003 |
Pasivo |
2003 |
Valores inmovilizados |
|
Capitales permanentes |
|
Inmovilizado inmaterial |
10 |
Capitales propios |
16 |
Material informático |
11 |
Saldo del ejercicio |
– 214 |
Amortizaciones |
–5 |
Subtotal |
– 198 |
Subtotal |
16 |
Deudas a corto plazo |
|
Títulos de crédito a corto plazo |
|
Comisión |
8 |
Otros anticipos |
5 |
Créditos prorrogados automáticamente |
2 909 |
Deudores varios |
1 |
Acreedores varios |
18 |
Subtotal |
6 |
Retenciones de salarios |
12 |
Cuentas de tesorería |
|
Subtotal |
2 947 |
Banco y Caja |
2 727 |
|
|
Subtotal |
2 727 |
|
|
Total |
2 749 |
Total |
2 749 |
Fuente:Datos de la Agencia. |
RESPUESTAS DE LA AGENCIA
7. |
Hasta finales de 2003, el director ejecutivo era el único agente temporal contratado por la Agencia. De hecho, fue asimilado al contable al efecto de la firma de las operaciones bancarias. La contratación de otros agentes temporales ha permitido acabar con esta incompatibilidad durante el segundo semestre de 2004. |
8. |
El contable validó los sistemas financieros a principios de febrero de 2004. Está en curso la adquisición de un sistema informático de gestión de los valores inmovilizados, que deberá establecer el ordenador y que será objeto de una validación ulterior. |
9. |
Las deficiencias observadas por el Tribunal están relacionadas con la fase de creación de la Agencia. En febrero de 2004, se creó un departamento de recursos humanos, incluida una célula especializada para las contrataciones, que ha establecido procedimientos y herramientas en la materia. La Agencia tiene previsto introducir, a partir de enero de 2005, un sistema de gestión informatizada de la contratación de personal. |
10. |
El entorno informático ha estado muy condicionado por el emplazamiento de la Agencia en los locales de la Comisión. El traslado de la Agencia a sus nuevos locales en Colonia, previsto para noviembre de 2004, permitirá mejorar considerablemente el entorno informático y crear una nueva arquitectura informática. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/16 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Seguridad Marítima correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de la Agencia
(2004/C 324/03)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-10 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas de la Agencia
INTRODUCCIÓN
1. |
La Agencia Europea de Seguridad Marítima (en lo sucesivo denominada «la Agencia») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 1406/2002 (1) del Parlamento Europeo y del Consejo. El ejercicio 2003 es el primero en que la Agencia comenzó realmente a desarrollar sus actividades operativas. Sus funciones consisten en mantener un nivel alto de seguridad marítima e impedir la contaminación causada por los buques, asistir a la Comisión y los Estados miembros en el plano técnico, controlar la aplicación de la normativa comunitaria y evaluar su eficacia. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Agencia a partir de la información comunicada por ésta. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con el apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo. (2) |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el apartado 1 del artículo 19 del Reglamento (CE) no 1406/2002, la ejecución presupuestaria de la Agencia es competencia del director. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (3), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el apartado 21 del Reglamento (CE) no 1406/2002. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones siguientes no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal en el presente Informe. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 se presenta en el cuadro 2. La cuenta de gestión y el balance publicados por la Agencia con respecto al ejercicio 2003 se presentan de forma sintética en los cuadros 3 y 4. |
7. |
El director ejecutivo, que ejerce la función de ordenador, dispone asimismo de la facultad de firmar las órdenes bancarias, lo que contraviene lo dispuesto en el artículo 37 del reglamento financiero de la Agencia. |
8. |
La letra e) del apartado 1 del artículo 43 del reglamento financiero marco dispone que el contable validará los sistemas definidos por el ordenador que proporcionen o justifiquen datos contables. Dicha validación no se ha producido durante el ejercicio. |
9. |
La Agencia debería efectuar controles sistemáticos sobre el pago de las retribuciones a sus agentes. |
10. |
El examen del entorno de control del sistema informático ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar éste ante el aumento que se prevé de las actividades de la Agencia. |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(1) DO L 201 de 31.7.2002, p. 8.
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) En aplicación del artículo 82 del Reglamento (CE) no 2343/2000 de la Comisión DO L 271 de 24.10.2000, p. 15, las cuentas definitivas de la totalidad de los ingresos y de los gastos de la Agencia del ejercicio 2003 se elaboraron el 1 de marzo de 2004 y se remitieron al Tribunal de Cuentas, el cual las recibió el 20 de septiembre de 2004. Una versión resumida de estas cuentas se presenta en los cuadros anexos al presente Informe.
Cuadro 1
Agencia Europea de Seguridad Marítima (sede provisional: Bruselas, traslado previsto a Lisboa)
Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado |
Competencias de la Agencia Reglamento (CE) no 1406/2002 |
Órganos rectores |
Medios puestos a disposición de la Agencia en 2003 |
Actividades y servicios llevados a cabo en el ejercicio 2003 (1) |
|||||||||||||||||||||||||||||||||
Política común de transportes «El Consejo, por mayoría cualificada, podrá decidir si, en qué medida y de acuerdo con qué procedimiento podrán adoptarse disposiciones apropiadas para la navegación marítima y aérea» (Artículo 80 del Tratado) |
Objetivos
|
Funciones
|
|
Presupuesto definitivo: 4,5 millones de euros sufragados por la subvención comunitaria al 100 %. Plantilla a 31 de diciembre de 2003: Datos no comunicados. |
Número de dictámenes emitidos: 2 Inspecciones: 4. |
||||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente:Información comunicada por la Agencia. |
Cuadro 2
Agencia Europea de Seguridad Marítima — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(miles de euros) |
||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Subvenciones comunitarias |
4 500 |
2 630 |
Título I Personal |
1 552 |
713 |
647 |
66 |
838 |
Otros ingresos |
|
2 |
Título II Funcionamiento |
848 |
553 |
238 |
315 |
295 |
|
|
|
Título III Actividades operativas |
230 |
167 |
13 |
155 |
63 |
Total |
4 500 |
2 632 |
Total |
2 630 |
1 434 |
898 |
536 |
1 196 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas. |
Cuadro 3
Agencia Europea de Seguridad Marítima — Cuenta de gestión del ejercicio 2003
(miles de euros) |
|
|
2003 |
Ingresos |
|
Subvenciones comunitarias |
2 630 |
Otros ingresos |
2 |
Total ingresos (a) |
2 632 |
Gastos |
|
Personal — Título I del presupuesto |
|
Pagos |
647 |
Créditos prorrogados |
66 |
Funcionamiento — Título II del presupuesto |
|
Pagos |
238 |
Créditos prorrogados |
315 |
Actividades operativas — Título III del presupuesto |
|
Pagos |
13 |
Créditos prorrogados |
155 |
Total gastos (b) |
1 434 |
Saldo del ejercicio (a – b) |
1 198 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Agencia. |
Cuadro 4
Agencia Europea de Seguridad Marítima — Balance a 31 de diciembre de 2003
(miles de euros) |
|||
Activo |
2003 |
Pasivo |
2003 |
Valores inmovilizados |
|
Capitales propios |
|
Material informático |
11 |
Capitales propios |
8 |
Amortizaciones |
–3 |
Saldo del ejercicio |
1 198 |
Subtotal |
8 |
Subtotal |
1 206 |
Títulos de crédito a corto plazo |
|
Deudas a corto plazo |
|
Anticipos al personal |
17 |
Prórrogas automáticas |
536 |
Deudores varios |
3 |
Acreedores varios |
29 |
Subtotal |
20 |
Subtotal |
566 |
Tesorería |
|
|
|
Bancos |
1 744 |
|
|
Subtotal |
1 744 |
|
|
Total |
1 772 |
Total |
1 772 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Agencia. |
(1) La Agencia no pudo comenzar sus actividades operativas hasta noviembre de 2003.
Fuente:Información comunicada por la Agencia.
RESPUESTAS DE LA AGENCIA
7. |
No ha podido garantizarse la separación de funciones debido a la insuficiencia de recursos humanos de que adolecía la Agencia. Desde enero de 2004, gracias a la contratación de nuevos agentes, ha podido reforzarse el control interno y respetarse el principio de la separación de funciones. |
8. |
En respuesta a las observaciones del Tribunal, el contable validó en marzo de 2004 los sistemas contables y presupuestarios |
9. |
Del cálculo de los salarios de los agentes de la AESM se encarga el «Pay Master Office» de la Comisión (PMO). La ampliación de los efectivos en el departamento de recursos humanos ha permitido reforzar los controles de las remuneraciones. |
10. |
La Agencia ha reforzado considerablemente su equipo informático, que pasará de contar con una persona a finales de 2003 a contar con cinco a finales de 2004, lo que permitirá escindir funciones y responsabilidades y mejorar por consiguiente el control del sistema informático. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/23 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medio Ambiente correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de la Agencia
(2004/C 324/04)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-8 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas de la Agencia
INTRODUCCIÓN
1. |
La Agencia Europea de Medio Ambiente (en lo sucesivo denominada «la Agencia») se creó en virtud del Reglamento (CEE) no 1210/90 del Consejo (1) y tiene por misión el establecimiento de una red de observación para transmitir a la Comisión, los Estados miembros y al público en general información fiable sobre el estado del medio ambiente. En particular, esta información debe permitir a los Estados miembros adoptar medidas de preservación del medio ambiente y evaluar su eficacia. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Agencia a partir de la información comunicada por ésta. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con el apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2). |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el artículo 13 del Reglamento (CEE) no 1210/1990, la ejecución presupuestaria de la Agencia es competencia del director. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (3), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el artículo 14 del Reglamento (CEE) no 1210/1990. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones siguientes no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal en el presente Informe. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 y de los créditos prorrogados del ejercicio anterior se presenta en el cuadro 2 (4). La cuenta de gestión y el balance de la Agencia correspondientes al ejercicio 2003 se presentan de forma sintética en los cuadros 3 y 4. |
7. |
Contrariamente a las disposiciones del reglamento financiero de la Agencia (5), no se emiten de manera sistemática órdenes de ingreso al devengar títulos de crédito. Éste fue el caso, durante el ejercicio, de los créditos correspondientes a un importe de 2 539 000 euros, de los que 1 472 000 euros ya se habían cobrado. |
8. |
Durante el ejercicio 2003, no se efectuó ninguna conciliación entre extractos de las siete cuentas bancarias de la Agencia y el saldo de las cuentas registradas en la contabilidad. Deberían haberse llevado a cabo conciliaciones todos los meses y transmitirse al responsable de la administración. |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) En aplicación del apartado 3 del artículo 13 del Reglamento (CEE) no 1210/90, las cuentas de la totalidad de los ingresos y de los gastos de la Agencia del ejercicio 2003 se elaboraron el 6 de agosto de 2004 y se remitieron al Tribunal de Cuentas, el cual las recibió el 22 de septiembre de 2004. Una versión resumida de estas cuentas se presenta en los cuadros anexos al presente informe.
(4) Todos los cuadros del presente Informe se han calculado a partir de los valores más exactos posibles de los datos utilizados. Las cifras han sido redondeadas a efectos de presentación, lo que puede originar pequeñas diferencias en los totales. Un guión indica un valor inexistente o nulo, mientras que la cifra 0,0 representa un valor inferior al límite del redondeo.
(5) Apartado 2 del artículo 53.
Cuadro 1
Agencia Europea de Medio Ambiente (Copenhague)
Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado |
Competencias de la Agencia conforme al Reglamento (CEE) no 1210/90 |
Órganos rectores |
Medios puestos a disposición de la Agencia (datos relativos a 2002) |
Actividades y servicios llevados a cabo en 2003 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Política de medio ambiente La política común de medio ambiente pretende lograr un nivel de protección elevado en este ámbito, teniendo en cuenta la diversidad de las situaciones en las diferentes regiones de la Comunidad. Dicha política se basa en los principios de cautela y de acción preventiva, en el principio de corrección de los atentados al medio ambiente, preferentemente en la fuente misma, y en el principio de quien contamina paga. (…) En la elaboración de su política […], la Comunidad tendrá en cuenta los datos científicos y técnicos disponibles […] (Artículo 174 del Tratado) |
Objetivos Creación de un observatorio sobre el medio ambiente para transmitir a la Comunidad y a los Estados miembros datos fiables a efectos de:
|
Funciones
|
|
Presupuesto definitivo 27,5 millones de euros (25,1 millones de euros) sufragados por la subvención comunitaria al 77 % (76 %): Plantilla a 31 de diciembre de 2003 111 (106) puestos previstos en el organigrama. Puestos cubiertos: 95 (85) +16 (26) otros puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, interinos) Total de la plantilla: 111 (111) agentes encargados de: Tareas operativas: 69 (69) Tareas administrativas: 41 (41) Tareas mixtas: 1 (1) |
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente:Información comunicada por la Agencia. |
Cuadro 2
Agencia Europea de Medio Ambiente — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(millones de euros) |
||||||||||||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||||||||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
Créditos prorrogados del ejercicio anterior |
Créditos disponibles (presupuesto 2003 y ejercicio 2002) |
||||||||||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
consignados |
comprometidos |
pagados |
que deben prorrogarse |
anulados |
disponibles |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Subvenciones comunitarias |
21,4 |
21,4 |
Título I Personal |
11,5 |
11,5 |
11,1 |
0,3 |
0,1 |
1,4 |
1,4 |
0,8 |
0,3 |
0,3 |
13,0 |
13,0 |
11,9 |
0,7 |
0,4 |
Otras subvenciones |
6,1 |
8,4 |
Título II Funcionamiento |
2,9 |
2,8 |
2,4 |
0,4 |
0,0 |
0,3 |
0,2 |
0,2 |
0,0 |
0,1 |
3,1 |
3,1 |
2,6 |
0,4 |
0,1 |
Otros ingresos |
0,0 |
0,1 |
Título III Actividades operativas |
13,1 |
13,0 |
6,0 |
7,0 |
0,1 |
5,9 |
5,6 |
4,9 |
0,8 |
0,3 |
19,0 |
18,6 |
10,9 |
7,8 |
0,4 |
Total |
27,5 |
29,9 |
Total |
27,5 |
27,4 |
19,6 |
7,7 |
0,2 |
7,6 |
7,3 |
5,8 |
1,1 |
0,6 |
35,1 |
34,6 |
25,4 |
8,9 |
0,9 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas. |
Cuadro 3
Agencia Europea de Medio Ambiente — Cuenta de gestión de los ejercicios 2003 y 2002
(miles de euros) |
||
|
2003 |
2002 |
Ingresos |
||
Subvenciones comunitarias |
21 380 |
18 749 |
Otras subvenciones |
8 423 |
1 136 |
Otros ingresos |
89 |
198 |
Total ingresos (a) |
29 891 |
20 083 |
Gastos |
||
Personal — Título I del presupuesto |
||
Pagos |
11 123 |
9 714 |
Créditos prorrogados |
315 |
1 018 |
Funcionamiento — Título II del presupuesto |
||
Pagos |
2 447 |
2 054 |
Créditos prorrogados |
395 |
247 |
Actividades operativas — Título III del presupuesto |
||
Pagos |
5 997 |
6 493 |
Créditos prorrogados |
7 008 |
5 611 |
Total gastos (b) |
27 284 |
25 136 |
Resultado del ejercicio (a – b) |
2 607 |
–5 053 |
Saldo prorrogado del ejercicio anterior |
–7 427 |
–3 275 |
Créditos prorrogados anulados |
617 |
889 |
Créditos de reutilización del ejercicio anterior no utilizados |
36 |
8 |
Diferencias de cambio |
–4 |
4 |
Regularización |
–18 |
0 |
Saldo del ejercicio |
–4 190 |
–7 427 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas. |
Cuadro 4
Agencia Europea de Medio Ambiente — Balance a 31 de diciembre de 2003 y a 31 de diciembre de 2002
(miles de euros) |
|||||
Activo |
2003 |
2002 |
Pasivo |
2003 |
2002 |
Valores inmovilizados |
|
|
Capitales propios |
|
|
Material informático |
1 366 |
1 847 |
Capitales propios |
1 265 |
1 295 |
Instalaciones y mobiliario |
2 302 |
2 254 |
Saldo del ejercicio |
–4 190 |
–7 427 |
Inmovilizado financiero |
425 |
405 |
Subtotal |
–2 925 |
–6 133 |
Amortizaciones |
–2 860 |
–3 237 |
Deudas a corto plazo |
|
|
Subtotal |
1 232 |
1 269 |
Comisión |
3 124 |
5 263 |
Inventario |
|
|
Otros contribuyentes |
1 066 |
2 270 |
Mobiliario de oficina |
33 |
26 |
Prórrogas de créditos automáticas |
8 852 |
7 591 |
Subtotal |
33 |
26 |
Acreedores varios |
0 |
769 |
Títulos de crédito a corto plazo |
|
|
Retenciones sobre salarios |
417 |
111 |
Subvenciones comunitarias |
3 124 |
5 263 |
Subtotal |
13 460 |
16 003 |
Otras subvenciones |
1 066 |
2 270 |
Cuentas transitorias y de regularización |
|
|
Órdenes de ingreso |
65 |
226 |
Créditos de reutilización |
212 |
175 |
Deudores varios |
127 |
153 |
Órdenes de ingreso |
65 |
226 |
IVA pendiente de recuperación |
232 |
266 |
Subtotal |
277 |
400 |
Subtotal |
4 614 |
8 178 |
|
|
|
Tesorería |
|
|
|
|
|
Bancos |
4 892 |
740 |
|
|
|
Administración de anticipos |
40 |
40 |
|
|
|
Subtotal |
4 932 |
780 |
|
|
|
Cuentas transitorias y de regularización |
|
|
|
|
|
Cuentas transitorias |
0 |
18 |
|
|
|
Subtotal |
0 |
18 |
|
|
|
Total |
10 811 |
10 271 |
Total |
10 811 |
10 271 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas. |
RESPUESTAS DE LA AGENCIA
7 y 8. |
La Agencia Europea de Medio Ambiente reconoce tanto la necesidad de reforzar la gestión de las órdenes de ingreso como el requisito de llevar a cabo conciliaciones de las cuentas a intervalos regulares. A fin de remediar el problema de las limitaciones de recursos y aumentar las capacidades, se ha decidido contratar a un contable al nivel administrativo con arreglo al cuadro de efectivos de 2004. A corto plazo, se creará un grupo operativo de la Agencia sobre contabilidad para garantizar operaciones sistemáticas y correctas a lo largo del año, poner en práctica un sistema de contabilidad patrimonial y preparar el cierre de las cuentas de conformidad con las normas y requisitos correspondientes. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/30 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Agencia Europea de Medicamentos correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de la Agencia
(2004/C 324/05)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-14 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 5
Respuestas de la Agencia
INTRODUCCIÓN
1. |
La Agencia Europea para la Evaluación de Medicamentos (en lo sucesivo denominada «la Agencia») fue creada en virtud del Reglamento (CEE) no 2309/93 del Consejo (1). La Agencia funciona en red y coordina los recursos científicos puestos a su disposición por las autoridades nacionales con el fin de garantizar la evaluación y supervisión de los medicamentos de uso humano o veterinario. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Agencia a partir de la información comunicada por ésta. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con el apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2). |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales de la Agencia correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el apartado 1 del artículo 57 bis del Reglamento (CEE) no 2309/93, la ejecución presupuestaria es competencia del Director ejecutivo. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (3), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el apartado 11 del artículo 57 bis del mismo Reglamento. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características específicas del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables, aunque quisiera hacer hincapié en la situación descrita en el apartado 10. El Tribunal ha obtenido garantías suficientes, no obstante la situación descrita en los apartados 7 y 12, de que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 y de los créditos prorrogados del ejercicio anterior se presenta en el cuadro 2. La cuenta de resultado económico y el balance publicados por la Agencia con respecto al ejercicio 2003 se presentan de forma sintética en los cuadros 3 y 4. |
7. |
El 5 de junio de 2003 el consejo de administración de la Agencia adoptó, a reserva de su aprobación por la Comisión, un nuevo reglamento financiero y las normas de desarrollo correspondientes que entraron en vigor a partir del segundo semestre del ejercicio 2003 (4). En su dictamen no 6/2003 de 17 de julio de 2003, el Tribunal había señalado que existían diferencias entre el reglamento financiero de la Agencia y el reglamento financiero marco aplicable a las agencias. En el apartado 7 de su dictamen, el Tribunal destacaba que las disposiciones de aplicación adoptadas por la Agencia en materia de adjudicación de contratos debían ser conformes al reglamento financiero general y a sus normas de desarrollo. Cabe citar en este sentido que, si bien las reglas generales prevén la constitución de un comité de evaluación de ofertas para todos los contratos que excedan un importe de 13 800 euros, la Agencia fija el límite en 75 000 euros (el cuadro 5 expone las diferencias observadas). |
8. |
Las cuentas de la Agencia correspondientes a 2003 fueron elaboradas con arreglo a los principios contables que se establecen en su nuevo reglamento financiero (5). Los datos contables relativos al ejercicio 2002 no estuvieron sujetos a las reglas contables utilizadas para la elaboración de las cuentas correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. |
9. |
La letra e) del apartado 1 del artículo 43 del reglamento financiero de la Agencia dispone que el contable validará los sistemas definidos por el ordenador que proporcionen o justifiquen datos contables. Dicha validación no se ha producido. |
10. |
La Agencia procedió en 2003 a un inventario físico del inmovilizado en función de la naturaleza de los bienes inventariados, pese a que las cuentas del inmovilizado se basan en el año de adquisición de dichos bienes. La situación descrita dificulta la conciliación entre los datos físicos y contables. Por otro lado, hay bienes que no figuran ni en el inventario ni en las cuentas del inmovilizado, y su valor total estimado tras la amortización [4 188 000 euros (6)] se incluyó en la partida «Inmovilizado» del balance. La Agencia debería contar con un sistema de gestión del inmovilizado que garantice la exhaustividad de la información contenida en el inventario y su coherencia con los datos contables. |
11. |
No está garantizada la continuidad en la aplicación de las medidas de control interno. En algunos expedientes, por ejemplo, no constaban todos los comprobantes que se necesitan obligatoriamente para constituir un compromiso o una orden de pago. |
12. |
En algunos procedimientos negociados, la elección del proveedor se funda en un criterio de «experiencia previa con el contratista» que no está previsto en las normas de desarrollo (7) del reglamento financiero. |
13. |
El examen de los procedimientos de contratación de personal puso de manifiesto la existencia de un número significativo de lagunas en materia de formalización y documentación: no se había justificado la elección de los candidatos convocados a entrevista, y las listas de comprobación establecidas para verificar los criterios de admisión de los candidatos no recogían todos los requisitos de selección que figuraban en la convocatoria correspondiente. |
14. |
La unidad «Garantía de Calidad» de la Agencia ejerce la función de auditoría interna. Dos de sus controles realizados en 2002 acerca de la implantación de un sistema de documentación electrónica permitieron observar que los costes y los plazos se habían ampliado considerablemente por un seguimiento deficiente del proyecto. Una auditoría posterior llevada a cabo en 2003 por un consultor externo confirmó las insuficiencias observadas por el auditor interno. El proyecto iniciado al final de 2000 debería haber comenzado su fase de producción al inicio de 2002 por un valor estimado de 1,2 millones de euros. En 2003, el sistema seguía sin funcionar y, entre tanto, los gastos comprometidos se elevaban ya a 1,7 millones de euros. |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(1) DO L 214 de 24.8.1993, p. 18. En virtud del Reglamento (CE) no 726/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 136 de 30.4.2004, p. 1) la Agencia pasa a denominarse Agencia Europea de Medicamentos.
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) En aplicación del apartado 3 del artículo 83 del reglamento financiero de la Agencia, las cuentas definitivas del ejercicio 2003 se elaboraron el 14 de mayo de 2004 y se remitieron al Tribunal de Cuentas, el cual las recibió el 24 de septiembre de 2004. Una versión resumida de estas cuentas se presenta en los cuadros anexos al presente Informe.
(4) El dictamen de la Comisión fue emitido al inicio de 2004.
(5) Artículo 78 del reglamento financiero de la Agencia.
(6) El importe corresponde al soporte lógico (software) y a las obras de acondicionamiento de los locales.
(7) Artículo 86 de las normas de desarrollo del reglamento financiero de la Agencia.
Cuadro 1
Agencia Europea de Medicamentos (Londres)
Ámbito de competencias según el Tratado |
Competencias de la Agencia conforme al Reglamento (CE) no 2309/93 |
Órganos rectores |
Medios puestos a disposición de la Agencia (datos de 2002) |
Actividades y servicios llevados a cabo (datos de 2002) |
|||||||||||||||||||||||||||||||
Al definirse y ejecutarse todas las políticas y acciones de la Comunidad se garantizará un alto nivel de protección de la salud humana. La acción de la Comunidad, que complementará las políticas nacionales, se encaminará a mejorar la salud pública, prevenir las enfermedades humanas y evitar las fuentes de peligro para la salud humana. […] (artículo 152 del Tratado) |
Objetivos
|
Funciones
|
|
Presupuesto definitivo: 84,2 millones de euros (61,3 millones de euros) sufragados al 22,9 % (27,9 %) por la subvención comunitaria (sin la contribución «huérfanos»): Plantilla a 31 de diciembre de 2003: 287 (251) puestos previstos en el organigrama, puestos cubiertos: 256 (227) más otros 48 (37) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, interinos, etc.) Total de la plantilla: 304 (264) Agentes encargados de:
|
Medicamentos de uso humano Solicitudes de autorización de venta: 39 (31) Dictámenes favorables: 39 (24) Tiempo empleado de media en la evaluación: 190 días (192 días) Dictámenes posteriores a la autorización: 941 (746) Farmacovigilancia: 45 538 informes (42 608 informes) Informes periódicos de seguridad: 276 (223) Medidas de seguimiento: 1 025 (738) Dictámenes científicos: 65 (75) Procedimientos de reconocimiento mutuo: 4 080 (3 501) Medicamentos de uso veterinario Nuevas solicitudes: 10 (3) Solicitudes de variantes: 64 (33) Inspección: 76 (75) |
||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente:Información comunicada por la Agencia. |
Cuadro 2
Agencia Europea de Medicamentos — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(millones de euros) |
||||||||||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||||||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
Créditos prorrogados del ejercicio anterior |
Créditos disponibles (presupuesto 2003 y ejercicio 2002) |
||||||||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
compromisos pendientes de liquidación |
pagados |
anulados |
créditos |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Subvenciones comunitarias (1) |
23,0 |
22,5 |
Título I Personal |
31,5 |
29,7 |
29,2 |
0,5 |
1,8 |
0,4 |
0,3 |
0,1 |
31,9 |
30,1 |
29,5 |
0,5 |
1,9 |
Ingresos propios |
59,0 |
60,1 |
Título II Funcionamiento |
19,7 |
19,2 |
11,9 |
7,3 |
0,5 |
1,9 |
1,5 |
0,4 |
21,6 |
21,1 |
13,4 |
7,3 |
0,9 |
Otros ingresos |
2,2 |
1,8 |
Título III Actividades operativas |
33,0 |
32,8 |
24,5 |
8,3 |
0,2 |
4,5 |
4,2 |
0,3 |
37,5 |
37,3 |
28,7 |
8,3 |
0,5 |
Total |
84,2 |
84,4 |
Total |
84,2 |
81,7 |
65,6 |
16,1 |
2,5 |
6,8 |
6,0 |
0,8 |
91,0 |
88,5 |
71,6 |
16,1 |
3,3 |
Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas. |
Cuadro 3
Agencia Europea de Medicamentos — Cuentas de resultado económico de los ejercicios 2003 y 2002
(miles de euros) |
||
|
2003 |
2002 (2) |
Ingresos |
||
Tasas relativas a las autorizaciones de comercialización |
58 657 |
38 372 |
Subvención de la Comisión, incluidas las contribuciones del EEE |
19 786 |
14 846 |
Subvención comunitaria para medicamentos huérfanos |
2 814 |
2 407 |
Contribuciones para programas comunitarios |
1 208 |
9 |
Ingresos procedentes de las operaciones administrativas |
2 153 |
1 688 |
Ingresos varios |
848 |
54 |
Total (a) |
85 466 |
57 376 |
Gastos (3) |
||
Gastos de personal |
29 663 |
26 216 |
Gastos de funcionamiento |
10 905 |
10 718 |
Gastos operativos |
32 838 |
21 467 |
Dotación a las amortizaciones |
2 364 |
0 |
Total (b) |
75 770 |
58 401 |
Resultado (c = a – b) |
9 696 |
–1 025 |
Otros elementos |
||
Créditos prorrogados del ejercicio anterior y anulados (d) |
823 |
1 377 |
Diferencias de cambio y otros ajustes (e) |
413 |
– 352 |
Resultado del ejercicio (c + d + e) |
10 932 |
0 |
Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas. |
Cuadro 4
Agencia Europea de Medicamentos — Balance a 31 de diciembre de 2003 y a 31 de diciembre de 2002 (4)
(miles de euros) |
|||||
Activo |
2003 |
2002 |
Pasivo |
2003 |
2002 |
Inmovilizado inmaterial |
3 401 |
0 |
Capitales propios |
|
|
|
|
|
Resultado de la ejecución del presupuesto (a) |
4 037 |
— |
Inmovilizado material |
|
|
Resultado de los ajustes (b) |
6 895 |
— |
Instalación, máquinas y herramientas |
1 635 |
146 |
Resultado económico (a + b) |
10 932 |
— |
Mobiliario y parque móvil |
1 011 |
991 |
Resultados prorrogados de ejercicios anteriores (5) |
6 872 |
2 684 |
Material informático |
2 548 |
1 547 |
Subtotal |
17 804 |
2 684 |
Subtotal |
5 194 |
2 684 |
|
|
|
|
|
|
Deudas a corto plazo |
|
|
Títulos de crédito a corto plazo |
|
|
Deudas sobre instituciones y organismos comunitarios |
479 |
444 |
IVA pagado y pendiente de recuperación |
1 105 |
571 |
Créditos de pago por prorrogar |
11 936 |
6 811 |
Títulos de crédito sobre instituciones y organismos comunitarios |
107 |
3 744 |
Otras deudas |
127 |
603 |
Deudores varios |
1 034 |
2 854 |
Anticipos recibidos de clientes |
8 845 |
9 293 |
Otros títulos de crédito |
64 |
0 |
Subtotal |
21 387 |
17 151 |
Subtotal |
2 310 |
7 169 |
|
|
|
Valores disponibles |
28 286 |
9 982 |
|
|
|
Total |
39 191 |
19 835 |
Total |
39 191 |
19 835 |
Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas. |
Cuadro 5
Diferencias entre las disposiciones de ejecución generales y las disposiciones de aplicación de la Agencia
Comité de evaluación de las ofertas (6) |
||
|
Artículos 145 y 146 de las disposiciones de ejecución generales |
Artículo 107 de las disposiciones de aplicación de la Agencia |
Umbral de los contratos: |
13 800 euros |
75 000 euros |
Disposiciones para los procedimientos negociados de los contratos de escaso valor |
||
Importes de los contratos |
Artículo 129 de las disposiciones de ejecución generales |
Artículo 89 de las disposiciones de aplicación de la Agencia |
Inferiores a 200 euros |
simple reembolso de factura |
Previsto en el artículo 82, pero sin precisar el umbral |
Inferiores a 1 050 euros: procedimiento negociado… |
1 sola oferta posible |
Inferior a 1 500 euros: 1 sola oferta posible |
De 1 050 a 13 800 euros: procedimiento negociado con… |
al menos 3 candidatos |
de 1 500 a 13 800 euros: al menos 3 candidatos |
De 13 800 a 50 000 euros procedimiento restringido sin CMI con (7)… |
al menos 5 candidatos |
al menos 3 candidatos |
Fuente:Tribunal de Cuentas. |
(1) Incluidas las subvenciones correspondientes al Espacio Económico Europeo.
Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas.
(2) Los datos del ejercicio 2002 no han sido objeto de nuevo tratamiento según los principios contables aplicados al ejercicio 2003 (véase el apartado 8 del Informe).
(3) La evaluación de la parte de los créditos prorrogados que se han de considerar como gastos del ejercicio se ha efectuado sobre una base global y no a partir de un examen de las operaciones individuales.
Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas.
(4) La utilización del modelo propuesto por la Comisión ha supuesto reafectaciones de saldos entre las rúbricas existentes.
(5) Con respecto a 2002, el importe corresponde al total del inmovilizado neto. En 2003, el importe incluye también 4 188 000 euros correspondientes a la activación en 2003 de bienes adquiridos en los años anteriores (véase el apartado 10 del Informe).
Fuente:Datos de la Agencia — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Agencia en sus cuentas.
(6) El único comité de evaluación de ofertas propuesto por la Agencia es la comisión consultiva de compras y contratos para los contratos de un importe superior a 75 000 euros (artículo 107), mientras que el umbral es de 13 800 euros en las disposiciones de ejecución.
(7) CMI: convocatoria de manifestaciones de interés.
Fuente:Tribunal de Cuentas.
RESPUESTAS DE LA AGENCIA
7. |
La Agencia se ha dirigido a la Comisión con objeto de completar el Reglamento financiero. Se han realizado cambios en respuesta a las observaciones tanto de la Comisión como del Tribunal de Cuentas. En particular, se han adaptado los límites relativos a los contratos y la adquisición en las normas de desarrollo. |
8. |
Los ajustes resultantes se comunican como ajuste al capital inicial con arreglo a la Norma de Contabilidad del Sector Público (IPSA) no 3. No se ha vuelto a incluir la información comparativa relativa al ejercicio 2002 ya que no aportaría nada significativo. Habida cuenta de que en 2005 las instituciones y agencias europeas deben presentar cuentas conformes a las normas IPSA, la Agencia, con arreglo al calendario establecido por el contable de la Comisión Europea, dispondrá de un sistema que garantizará tanto la conformidad a partir del 1 de enero de 2005, como la presentación de cuentas comparativas para 2004. |
9. |
La observación del Tribunal es en cierto modo pertinente. No obstante, para la Agencia no se trató de una prioridad, habida cuenta de que los sistemas actuales, incluidos los procedimientos y los programas informáticos, que existen desde 1988, han proporcionado datos necesarios y exactos para la elaboración de los estados financieros. Estos sistemas no se han modificado desde que empezó a aplicarse la nueva normativa financiera. En 2004, el contable validará formalmente los sistemas definidos por el ordenador. |
10. |
En 2003, la Agencia capitalizó el inmovilizado inmaterial (principalmente, licencias de software y determinados costes de desarrollo de software) con arreglo a las normas establecidas por el Comité de normas contables. Se preparó un análisis pormenorizado de los costes del software y su instalación, para el período comprendido entre 2000 y 2003, con objeto de establecer el inventario del inmovilizado inmaterial y el coste de instalación en años anteriores. En 2004, se está introduciendo información sobre todos los activos materiales e inmateriales en el nuevo sistema de gestión de los activos. Además, la contabilidad se basa en la clasificación por tipo de activo con arreglo al plan de contabilidad armonizada establecido por el contable de la Comisión. |
11. |
La Agencia ha tomado nota de las observaciones del Tribunal y ha tomado medidas correctivas con el fin de evitar que vuelva a producirse esta situación en el futuro. |
12. |
La Agencia ha tomado nota de las observaciones del Tribunal en relación con los criterios de selección de los contratistas. |
13. |
La Agencia es cuidadosa en lo relativo a sus procedimientos de contratación. La admisión de los candidatos al procedimiento de selección se ajusta a una lista de comprobación en cada caso individual, con arreglo a todos los elementos indicados en el anuncio, de lo cual queda constancia en cada expediente individual. Además de justificar la elección de los candidatos convocados a entrevista, la Agencia tomará una serie de medidas para mejorar el procedimiento y evitar los problemas mencionados por el Tribunal. |
14. |
En respuesta a las serias dificultades surgidas durante la puesta en práctica del proyecto, la dirección de la Agencia decidió tomar cartas en el asunto encargando una auditoría externa a principios de 2003. Se ha perfeccionado la especificación y, desde entonces, se ha emprendido la implantación del sistema de documentación electrónica a la luz de dicha auditoría. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/39 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de la Autoridad
(2004/C 324/06)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-9 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas de la Autoridad
INTRODUCCIÓN
1. |
La Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (en lo sucesivo denominada «la Autoridad») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo (1). En 2002, su gestión financiera corrió a cargo de la Comisión y no tuvo contabilidad independiente, por lo que el ejercicio 2003 es el primero en el que la Autoridad asume plenamente sus competencias en materia financiera. Sus principales cometidos consisten en facilitar la información científica necesaria para la elaboración de la normativa comunitaria, así como obtener y analizar los datos que permitan caracterizar y controlar los riesgos e informar de manera independiente sobre los mismos. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Autoridad a partir de la información comunicada por ésta. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con el apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo. (2) |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales de la Autoridad correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el apartado 1 del artículo 44 del Reglamento (CEE) no 178/2002 (1), la ejecución presupuestaria de la Autoridad es competencia del director. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (3), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el apartado 3 del artículo 44 del Reglamento (CEE) no 178/2002. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones siguientes no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal en el presente Informe. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 y de los prorrogados del ejercicio anterior se presenta en el cuadro 2. La cuenta de resultado económico y el balance publicados por la Autoridad con respecto al ejercicio 2003 se presentan de forma sintética en los cuadros 3 y 4. |
7. |
La letra e) del apartado 1 del artículo 43 del reglamento financiero de la Autoridad dispone que el contable validará los sistemas definidos por el ordenador que proporcionen o justifiquen datos contables. Dicha validación no se ha producido durante el ejercicio. |
8. |
El servicio de personal no controla de manera sistemática la determinación de la remuneración, en particular por lo que respecta a la clasificación salarial, y de los derechos financieros del personal recién contratado. |
9. |
El examen del entorno de control del sistema informático ha puesto de manifiesto la necesidad de reforzar éste ante el aumento que se prevé de las actividades de la Autoridad. |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(1) DO L 31 de 1.2.2002, p. 1.
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) En aplicación del apartado 3 del artículo 83 del reglamento financiero de la Autoridad, las cuentas definitivas del ejercicio 2003 se elaboraron el 14 de septiembre de 2004 y se remitieron al Tribunal de Cuentas, el cual las recibió el 17 de septiembre de 2004. Una versión resumida de estas cuentas se presenta en los cuadros anexos al presente Informe.
Cuadro 1
Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (sede provisional: Bruselas, traslado previsto a Parma)
Ámbito de competencias según el Tratado |
Competencias de la Autoridad (Reglamento (CE) no 178/2002 |
Órganos rectores |
Medios puestos a disposición de la Autoridad en 2003 |
Actividades y servicios llevados a cabo en el ejercicio 2003 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Libre circulación de productos alimenticios (Artículo 37 del Tratado). Nivel de protección alto en materia de salud, seguridad, protección del medio ambiente y de los consumidores teniendo en cuenta todos los avances basados en hechos científicos (artículo 95 del Tratado). Política comercial común (Artículo 133 del Tratado). Salud pública (artículo 152 [letra b) del apartado 4 del a del Tratado]. |
Objetivos
|
Funciones
|
|
Presupuesto definitivo: 12,6 millones de euros, de los cuales el 99,7 % de subvención comunitaria. Plantilla a 31 de diciembre de 2003: 49 puestos previstos en el organigrama. Puestos cubiertos: 27. + otros 36 puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales e interinos). Total de la plantilla: 63. Tareas operativas: 33. Tareas administrativas: 30. |
La Autoridad creó su comité científico y el conjunto de sus grupos científicos en junio de 2003. Durante el resto del año, la Autoridad ha emitido 23 dictámenes públicos. En octubre, la Autoridad celebró un coloquio en Ostende (Bélgica) con sus partes interesadas a fin de determinar el futuro cumplimiento de su mandato. El foro consultivo se reunió en seis ocasiones para establecer una interconexión entre las autoridades nacionales, lo que tuvo por efecto la mejora de los intercambios de información con la Autoridad y entre los servicios nacionales afectados. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente:Información comunicada por la Autoridad. |
Cuadro 2
Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(millones de euros) |
||||||||||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||||||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
Créditos prorrogados del ejercicio anterior (1) |
Créditos disponibles (presupuesto 2003 y prórroga del ejercicio 2002) |
||||||||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
consignados |
pagados |
anulados |
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Subvenciones comunitarias |
12,6 |
10,0 |
Título I Personal |
4,1 |
3,7 |
3,6 |
0,1 |
0,4 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
4,1 |
3,7 |
3,6 |
0,1 |
0,4 |
Otras subvenciones |
0,0 |
0,0 |
Título II Funcionamiento |
2,8 |
2,2 |
1,0 |
1,2 |
0,6 |
0,3 |
0,1 |
0,2 |
3,1 |
2,2 |
1,1 |
1,2 |
0,8 |
Otros ingresos |
p.m |
0,0 |
Título III Actividades operativas |
5,7 |
4,0 |
1,1 |
2,9 |
1,7 |
0,1 |
0,1 |
0,0 |
5,8 |
4,0 |
1,2 |
2,9 |
1,7 |
Total |
12,6 |
10,0 |
Total |
12,6 |
9,9 |
5,7 |
4,2 |
2,7 |
0,4 |
0,2 |
0,2 |
13,0 |
9,9 |
5,9 |
4,2 |
2,9 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Autoridad — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Autoridad en sus cuentas. |
Cuadro 3
Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria — Cuenta de gestión del ejercicio 2003
(miles de euros) |
|
|
2003 |
Ingresos |
|
Subvenciones de la Comisión |
10 284 |
Otros ingresos |
33 |
Total ingresos (a) |
10 317 |
Gastos |
|
Personal — Título I del presupuesto |
|
Pagos |
3 567 |
Créditos prorrogados |
149 |
Funcionamiento — Título II del presupuesto |
|
Pagos |
1 092 |
Créditos prorrogados |
1 189 |
Actividades operativas — Título III del presupuesto |
|
Pagos |
1 278 |
Créditos prorrogados |
2 895 |
Total gastos (b) |
10 171 |
Resultado del ejercicio (a – b) |
146 |
Diferencias de cambio |
0 |
Saldo del ejercicio |
146 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Autoridad. |
Cuadro 4
Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria — Balance a 31 de diciembre de 2003
(miles de euros) |
|||
Activo |
2003 |
Pasivo |
2003 |
Valores inmovilizados |
|
Capitales permanentes |
|
Inmovilizado inmaterial |
362 |
Capitales propios |
769 |
Instalaciones y mobiliario |
106 |
Saldo del ejercicio |
146 |
Material informático |
701 |
Subtotal |
915 |
Amortizaciones |
– 401 |
Deudas a corto plazo |
|
Subtotal |
769 |
Prórrogas de créditos automáticas |
4 233 |
Títulos de crédito a corto plazo |
|
Retenciones sobre salarios |
8 |
Órdenes de ingreso |
1 |
Subtotal |
4 241 |
Deudores varios |
2 |
Cuentas transitorias |
|
Subtotal |
3 |
Ingresos de reutilización |
6 |
Cuentas de tesorería |
|
Subtotal |
6 |
Bancos |
4 342 |
|
|
Administración de anticipos |
15 |
|
|
Subtotal |
4 357 |
|
|
Cuentas transitorias |
33 |
|
|
Total |
5 162 |
Total |
5 162 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Autoridad. |
(1) La Autoridad no ha incluido en sus cuentas las prórrogas automáticas debido a que la Comisión era su ordenador delegado para el ejercicio 2002. La Autoridad sólo ha gestionado y contabilizado los créditos del ejercicio 2002 objeto de prórrogas no automáticas.
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo.
Fuente:Datos de la Autoridad — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Autoridad en sus cuentas.
RESPUESTAS DE LA AUTORIDAD
7. |
Los sistemas que inciden en la contabilidad se definirán y validarán en el transcurso del ejercicio 2004. |
8. |
En respuesta a las observaciones formuladas, el responsable de recursos humanos valida y fecha la verificación de la determinación del grado y el escalón atribuidos a los agentes recién contratados. Asimismo, se validan los datos relativos a los derechos individuales del personal. |
9. |
En marzo de 2004 se puso en marcha el fortalecimiento del sistema informático, cuyos principales aspectos son:
Estos esfuerzos deberían permitir a la Autoridad disponer de un sistema informático eficiente y adaptado a su creciente volumen de actividades. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/46 |
INFORME
sobre las cuentas anuales del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas del Centro
(2004/C 324/07)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-8 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas del Centro
INTRODUCCIÓN
1. |
El Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (en lo sucesivo, el Centro) fue instituido en virtud del Reglamento (CE) no 2965/94 del Consejo (1). Su misión es facilitar a los organismos comunitarios, y eventualmente a las instituciones y órganos comunitarios que lo deseen, los servicios de traducción necesarios para sus actividades. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades del Centro a partir de la información comunicada por éste. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con el apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo. (2) |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales del Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el apartado 1 del artículo 14 del Reglamento (CE) no 2965/94, la ejecución presupuestaria es competencia del Director. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (3) de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el artículo 15 del mismo Reglamento. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características específicas del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
De ese modo, el Tribunal ha obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y de que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal en el presente Informe. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución del presupuesto del ejercicio 2003 y de los créditos prorrogados del ejercicio anterior se presenta en el cuadro 2. La cuenta de resultado económico y el balance presentados por el Centro correspondiente al ejercicio 2003 se presentan de manera sintética en los cuadros 3 y 4. |
7. |
Las cuentas del Centro de 2003 fueron aprobadas teniendo en cuenta los principios contables definidos por su nuevo reglamento financiero (4). El Centro no ha procesado de nuevo el conjunto de los datos contables relativos al ejercicio 2002 según las normas contables utilizadas para la elaboración de los estados financieros del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2003. |
8. |
Las provisiones para riesgos y cargas ascienden al final de 2003 a 8 601 000 euros, lo que supone un aumento de 2 195 000 euros con respecto a 2002. La mayor parte (6 071 000 euros) corresponde a los importes reclamados por la Comisión en concepto de la parte patronal de las cotizaciones para pensiones de los agentes del Centro, que éste impugna. La otra parte (2 530 000 euros) se constituyó para hacer frente a los alquileres adeudados a las autoridades luxemburguesas en cuanto se fije su importe definitivo. El Centro deberá intensificar sus esfuerzos para resolver estos problemas (5). |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(1) DO L 314 de 7.12.1994, p. 1.
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) En aplicación del apartado 3 del artículo 83 del reglamento financiero del Centro, las cuentas definitivas del ejercicio 2003 se elaboraron el 14 de septiembre de 2004 y se remitieron al Tribunal de Cuentas, que los recibió el 27 de septiembre de 2004. En los cuadros anexos al presente Informe se hallará un resumen de dichas cuentas.
(4) Artículo 78 del reglamento financiero del Centro.
(5) Véase el apartado 7 del Informe relativo al ejercicio 2001 (DO C 326 de 27.12.2002, p. 22).
Cuadro 1
Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea (Luxemburgo)
Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado |
Competencias del Centro conforme al Reglamento (CE) no 2965/94 |
Administración |
Recursos de que dispone el Centro (datos de 2002) |
Actividades y servicios llevados a cabo prestados en 2003 (datos de 2002) |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Los representantes de los gobiernos de los Estados miembros aprobaron de común acuerdo una declaración relativa a la creación, en los servicios de traducción de la Comisión instalados en Luxemburgo, de un Centro de Traducción de los Órganos de la Unión que facilitará los servicios de traducción necesarios para el funcionamiento de los organismos y servicios cuyas sedes quedan fijadas por la decisión de 29 de octubre de 1993 (Decisión del Consejo adoptada sobre la base del artículo 235 del Tratado) |
Objetivos Prestar los servicios de traducción necesarios para el funcionamiento de los siguientes organismos:
Los organismos creados por el Consejo que no sean los enumerados arriba pueden recurrir a los servicios del Centro: las instituciones y los órganos de la Unión europea que ya dispongan de su propio servicio de traducción pueden eventualmente, de manera voluntaria, recurrir al Centro. |
Tareas
|
|
Presupuesto definitivo 29 millones de euros (24 millones de euros). Plantilla a 31 de diciembre de 2003 158 (158) puestos previstos en el cuadro de personal, de los cuales ocupados: 132 (136) +15 (5) otros puestos. Total plantilla: 147 (141) de los cuales asignados a:
|
Número de páginas traducidas 238 399 (227 783) Número de páginas por lenguas
Número de páginas por tipo de clientes
Número de contratos de traducción freelance: 245 (215). Número de páginas traducidas en freelance: 94 355 (86 826). |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente: Información comunicada por el Centro. |
Cuadro 2
Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(millones de euros) |
||||||||||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||||||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
Créditos prorrogados del ejercicio anterior |
Créditos disponibles (presupuesto 2003 y ejercicio 2002) |
||||||||||
inscritos |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
compromisos pendientes de liquidación |
pagados |
anulados |
créditos |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Ingresos abonados por los organismos e instituciones |
20,6 |
19,8 |
Título I Personal |
12,5 |
10,3 |
10,2 |
0,1 |
2,2 |
0,1 |
0,1 |
0,0 |
12,6 |
10,4 |
10,3 |
0,1 |
2,2 |
Productos financieros |
0,1 |
0,4 |
Título II Funcionamiento |
3,2 |
1,9 |
1,3 |
0,6 |
1,3 |
0,7 |
0,6 |
0,1 |
3,9 |
2,6 |
1,9 |
0,6 |
1,4 |
Ingresos varios |
0,0 |
0,1 |
Título III Actividades operativas |
7,0 |
3,9 |
3,4 |
0,5 |
3,1 |
0,4 |
0,4 |
0,0 |
7,4 |
4,3 |
3,8 |
0,5 |
3,1 |
Saldo del ejercicio anterior |
8,3 |
0,0 |
Reservas y provisiones Título X |
6,3 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
6,3 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
6,3 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
6,3 |
Total |
29,0 |
20,3 |
Total |
29,0 |
16,1 |
14,9 |
1,2 |
12,9 |
1,2 |
1,1 |
0,1 |
30,2 |
17,3 |
16,0 |
1,2 |
13,0 |
Fuente:Datos del Centro — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Centro en sus cuentas. |
Cuadro 3
Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea — Cuenta de resultado económico de los ejercicios 2003 y 2002
(miles de euros) |
||
|
2003 |
2002 |
Ingresos de explotación |
||
Facturación del ejercicio |
22 075 |
18 113 |
Ingresos varios |
223 |
291 |
Total (a) |
22 298 |
18 404 |
Gastos de explotación |
||
Gastos corrientes |
18 255 |
18 446 |
Total (b) |
18 255 |
18 446 |
Resultado de explotación (c = a – b) |
4 043 |
–42 |
Productos financieros |
||
Intereses bancarios |
387 |
495 |
Beneficio de cambio |
1 |
2 |
Total (d) |
388 |
497 |
Gastos financieros |
||
Gastos bancarios |
10 |
0 |
Total (e) |
10 |
0 |
Resultado financiero (f = d – e) |
378 |
497 |
Resultado de las actividades ordinarias (g = c + f) |
4 421 |
455 |
Productos extraordinarios (h) |
19 |
0 |
Gastos extraordinarios (i) |
9 |
0 |
Resultados extraordinarios (j = h – i) |
10 |
0 |
Resultado del ejercicio (g + j) |
4 431 |
455 |
Fuente:Datos del Centro. |
Cuadro 4
Centro de Traducción de los Órganos de la Unión Europea — Balance a 31 de diciembre de 2003 y a 31 de diciembre de 2002 (1)
(miles de euros) |
|||||
Activo |
2003 |
2002 |
Pasivo |
2003 |
2002 |
Inmovilizado inmaterial |
760 |
889 |
Capitales propios |
|
|
|
|
|
Resultado de la ejecución del presupuesto (a) |
4 404 |
8 330 |
Inmovilizado material |
|
|
Resultado de los ajustes (b) |
27 |
|
Mobiliario y parque móvil |
219 |
267 |
Resultado económico (a + b) |
4 431 |
8 330 |
Material informático |
398 |
486 |
Resultados prorrogados de ejercicios anteriores (2) |
1 642 |
1 642 |
Inmovilizado en curso y anticipos abonados |
35 |
0 |
Fondo permanente de prefinanciación |
8 330 |
|
Subtotal |
652 |
753 |
Subtotal |
14 403 |
9 972 |
Títulos de crédito a corto plazo |
|
|
Provisiones para riesgos y cargas |
8 601 |
6 406 |
IVA pagado y pendiente de recuperación de los Estados miembros |
3 |
25 |
Deudas a corto plazo |
|
|
Títulos de crédito sobre instituciones y organismos comunitarios |
2 676 |
3 360 |
Deudas a las instituciones y organismos comunitarios |
0 |
3 360 |
Otros títulos de crédito |
10 |
26 |
Créditos de pago por prorrogar |
784 |
1 247 |
Subtotal |
2 689 |
3 411 |
Acreedores varios |
162 |
15 |
Valores disponibles |
20 354 |
16 126 |
Deudas varias |
5 |
15 |
|
|
|
Anticipos clientes |
500 |
164 |
|
|
|
Subtotal |
1 451 |
4 801 |
Total |
24 455 |
21 179 |
Total |
24 455 |
21 179 |
Fuente:Datos del Centro — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Centro en sus cuentas. |
(1) La utilización del modelo propuesto por la Comisión ha supuesto reasignaciones de saldos entre las partidas existentes.
(2) Este importe es de hecho el del inmovilizado neto de amortización a 31 de diciembre de 2002 (véase el cuadro 3 del Informe relativo al ejercicio 2002, DO C 319 de 30.12.2003, p. 29).
Fuente:Datos del Centro — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Centro en sus cuentas.
RESPUESTAS DEL CENTRO
7. |
En principio, cuando se introducen cambios en la metodología, las cuentas de los ejercicios anteriores deben establecerse de acuerdo con el nuevo método. Con todo, el Centro no ha podido realizar una estimación objetiva del efecto del cambio en relación con los ejercicios anteriores. El análisis de la repercusión del paso a la contabilidad del ejercicio de 2003 figura en los anexos de las cuentas del Centro. |
8. |
En julio de 2004, el Centro ha firmado un protocolo de acuerdo con las autoridades luxemburguesas que resuelve el problema de los gastos de ocupación del edificio Nouvel Hémicycle. Por lo que hace referencia a las contribuciones a la pensión de los agentes del Centro, se van a reanudar las gestiones para encontrar una solución. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/53 |
INFORME
sobre las cuentas anuales del Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas del Centro
(2004/C 324/08)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-12 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas del Centro
INTRODUCCIÓN
1. |
El Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (en lo sucesivo denominado «el Centro») fue creado por el Reglamento (CEE) no 337/75 del Consejo (1). Su principal misión es contribuir al desarrollo de la formación profesional a nivel comunitario. En este contexto, debe establecer una documentación sobre los sistemas de formación profesional y difundirla. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades del Centro a partir de la información comunicada por éste. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con el apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo. (2) |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales del Centro correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el apartado 1 del artículo 12 bis del Reglamento (CEE) no 337/75, la ejecución presupuestaria del Centro es competencia del director. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (3), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el artículo 12 del mismo reglamento. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y de que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal el presente Informe. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 y de los prorrogados del ejercicio anterior se presenta en el cuadro 2. La cuenta de gestión y el balance publicados por el Centro con respecto al ejercicio 2003 se presentan de forma sintética en los cuadros 3 y 4. |
7. |
En 2003, el Centro recibió subvenciones de Phare y de terceros países (4) por un importe de 791 844 euros. En contra de los principios de unidad y de veracidad presupuestaria, el Centro no ha incluido el importe de dichas subvenciones correspondiente a 2003 en su presupuesto a través de un presupuesto rectificativo. |
8. |
El consejo de administración adoptó el nuevo reglamento financiero del Centro y sus normas de desarrollo el 31 de marzo de 2003. Esta reglamentación (5) prevé el establecimiento de un nuevo sistema de control interno. Al final del ejercicio todavía no se había completado la adaptación de la organización financiera del Centro y de su sistema contable. |
9. |
El apartado 2 del artículo 28 del reglamento financiero del Centro dispone que el contable validará los sistemas definidos por el interventor que proporcionen o justifiquen datos contables. Dicha validación no se ha producido. |
10. |
El Centro ha creado una «célula de contratación» cuyo cometido es garantizar la corrección de los contratos que se hayan de suscribir para realizar estudios, pero dicho departamento no recibe datos sobre los procedimientos hasta después de la firma del informe de selección, por lo que no puede prevenir que se produzcan irregularidades en la fase inicial (elección del procedimiento, examen de la licitación y medidas de publicidad). La ampliación de las competencias de esta célula parece más necesaria en la medida en que el examen de diversos expedientes ha puesto de manifiesto incoherencias y errores formales en la gestión de los procedimientos de adjudicación de contratos. |
11. |
En 2003, el Centro disponía de una lista de contratistas potenciales tras una convocatoria de manifestaciones de interés puesta en marcha en 2000. Dicha lista fue elaborada y centralizada bajo la autoridad del presidente permanente de los comités de evaluación, y permitía al Centro iniciar un procedimiento restringido entre los posibles contratistas que figuran en la misma sin publicación ni declaración de criterios de selección, y hasta un importe de, aproximadamente, 163 000 euros (6). Se han examinado cinco expedientes de procedimientos restringidos con convocatoria de manifestaciones de interés y, en tres de ellos (importe total de los contratos: 79 800 euros), que dieron lugar a pagos en 2003, los contratistas seleccionados no figuraban en la lista, sin que se haya explicado esta circunstancia. Teniendo en cuenta esta constatación, la pertinencia de la existencia de la lista de contratistas podría cuestionarse. El Tribunal señala, por otra parte, que si dicha lista no se actualiza, el Centro puede ofrecer una imagen poco coherente de sus procedimientos de selección. |
12. |
El examen de los expedientes de contratación y de determinados expedientes individuales ha revelado lagunas en cuestiones de forma y de documentación que impedían la transparencia necesaria en decisiones adoptadas para las contrataciones y en sus repercusiones financieras sobre el cálculo de las retribuciones. |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(1) DO L 39 de 13.2.1975, p. 1.
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) En aplicación del artículo 63 del reglamento financiero del Centro, las cuentas definitivas del ejercicio 2003 se elaboraron el 1 de septiembre de 2004 y se remitieron al Tribunal de Cuentas, el cual las recibió el 17 de septiembre de 2004. Una versión resumida de estas cuentas se presenta en los cuadros anexos al presente informe.
(4) Participación de Noruega.
(5) Artículo 25 del nuevo reglamento financiero del Centro.
(6) Véase el apartado 1 del artículo 128 del reglamento por el que se establecen las disposiciones de aplicación del reglamento financiero.
Cuadro 1
Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional (Salónica)
Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado |
Competencias del Centroconforme a los artículos 2 y 3 del Reglamento (CEE) no 337/75 |
Órganos rectores |
Medios puestos a disposición del Centro (datos de 2002) |
Actividades y servicios llevados a cabo en el ejercicio 2003 |
|||||||||||||||||||||||||||
La Comunidad desarrollará una política de formación profesional que refuerce y complete las acciones de los Estados miembros. La acción de la Comunidad se encaminará a: estimular la cooperación en materia de formación entre centros de enseñanza o de formación profesional y empresas, incrementar el intercambio de información y de experiencias sobre las cuestiones comunes a los sistemas de formación de los Estados miembros. (Extractos del artículo 150 del Tratado). |
Misión Ayudar a la Comisión a fin de fomentar, a nivel comunitario, la promoción y el desarrollo de la formación profesional y de la formación continua y la elaboración de una política común de formación profesional. |
Funciones
|
|
Presupuesto definitivo: 14,7 millones de euros (14,2 millones de euros), de los cuales, 98,6 % (96,5 %) de subvención comunitaria. Plantilla a 31 de diciembre de 2003: Puestos previstos en el organigrama.83: (83). Puestos cubiertos: 77 + 2 (79). +46 Otros (32) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales e interinos). Total de la plantilla: 125 (111) Tareas operativas: 66 (59) Tareas administrativas: 38 (33). Tareas mixtas: 21 (19). |
Conferencias y seminarios: 72 Estudios: 65. Proyectos: 23. Participaciones: proceso de Copenhague, programa E-learning, programa Leonardo da Vinci, marco de acción común de los interlocutores sociales. Publicaciones: 68 publicaciones, Cedefop info, newsletter electrónica. Difusión de documentos: 10 244 por encargo, 2 346 suscripciones a la newsletter electrónica, 8 523 suscripciones a Cedefop info. Mantenimiento y desarrollo de la Electronic Training Village. Participantes en el programa de visitas de estudios: 773 |
||||||||||||||||||||||||||
Fuente: Información comunicada por el Centro. |
Cuadro 2
Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(millones de euros) |
|||||||||||||||||
Ingresos |
Gastos |
||||||||||||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
Créditos prorrogados del ejercicio anterior |
Créditos disponibles (presupuesto 2003 y ejercicio 2002) |
|||||||||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
iniciales |
pagados |
prorrogables |
anulados |
créditos |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Subvenciones comunitarias |
14,5 |
14,5 |
Título I Personal |
8,0 |
8,0 |
7,6 |
0,4 |
0,0 |
0,3 |
0,3 |
0,0 |
0,0 |
8,3 |
8,3 |
7,8 |
0,4 |
0,1 |
Ingresos financieros y otros |
0,2 |
0,0 |
Título II Funcionamiento |
1,2 |
1,1 |
0,8 |
0,4 |
0,0 |
0,3 |
0,3 |
0,0 |
0,0 |
1,5 |
1,5 |
1,1 |
0,4 |
0,0 |
Subvenciones de Estados no miembros |
p.m. (1) |
0,2 |
Título III Actividades operativas |
5,5 |
5,5 |
2,4 |
3,1 |
0,0 |
2,2 |
1,8 |
0,0 |
0,3 |
7,7 |
7,7 |
4,2 |
3,1 |
0,3 |
Ingresos Phare afectados |
0,6 |
Ingresos afectados Phare y Estados no miembros |
0,8 |
0,5 |
0,2 |
0,0 |
0,2 |
0,1 |
0,1 |
0,0 |
0,2 |
1,0 |
0,6 |
0,4 |
0,0 |
||
Total |
14,7 |
15,3 |
Total |
14,7 |
15,4 |
11,3 |
4,2 |
0,0 |
3,1 |
2,5 |
0,1 |
0,4 |
17,8 |
18,5 |
13,8 |
4,3 |
0,4 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos del Centro — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Centro en sus cuentas. |
Cuadro 3
Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional — Cuenta de gestión de los ejercicios 2003 y 2002
(miles de euros) |
||
|
2003 |
2002 |
Ingresos |
||
Subvenciones de la Comisión |
14 500 |
12 135 |
Ingresos de los ejercicios anteriores |
0 |
25 |
Ingresos diversos |
3 |
3 |
Ingresos afectados (Phare + terceros) |
792 |
333 |
Renta financiera |
0 |
50 |
Total ingresos (a) |
15 295 |
12 546 |
Gastos presupuestarios del ejercicio |
||
Personal — Título I del presupuesto |
||
Pagos |
7 554 |
7 570 |
Créditos prorrogados |
443 |
298 |
Funcionamiento — Título II del presupuesto |
||
Pagos |
778 |
767 |
Créditos prorrogados |
358 |
345 |
Actividades operativas — Título III del presupuesto (al margen de los ingresos afectados) |
||
Pagos |
2 381 |
2 491 |
Créditos prorrogados |
3 138 |
2 189 |
Ingresos afectados (Phare + terceros) |
||
Pagos |
546 |
0 |
Créditos prorrogados |
246 |
187 |
Total gastos (b) |
15 444 |
13 847 |
Resultado del ejercicio (a – b) |
– 149 |
–1 301 |
Saldo prorrogado del ejercicio anterior |
– 545 |
532 |
Créditos prorrogados anulados |
399 |
215 |
Reutilizaciones de créditos del ejercicio anterior no utilizados |
10 |
8 |
Reembolsos a la Comisión |
– 716 |
0 |
Diferencias de cambio |
8 |
1 |
Saldo del ejercicio |
– 993 |
– 545 |
Fuente:Datos del Centro — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Centro en sus cuentas. |
Cuadro 4
Centro Europeo para el Desarrollo de la Formación Profesional — Balance a 31 de diciembre de 2002
(miles de euros) |
|||||
Activo |
2003 |
2002 |
Pasivo |
2003 |
2002 |
Valores inmovilizados (3) |
|
|
Capitales permanentes |
|
|
Inmovilizado inmaterial |
14 |
0 |
Capitales propios |
5 704 |
6 007 |
Inmuebles |
5 179 |
5 351 |
Saldo del ejercicio |
– 993 |
– 545 |
Instalaciones y mobiliario |
471 |
616 |
Subtotal |
4 711 |
5 462 |
Inmovilizaciones financieras, garantía |
5 |
5 |
Deudas a largo plazo |
|
|
Subtotal |
5 669 |
5 972 |
Deudas sobre ingresos afectados |
0 |
277 |
Existencias |
|
|
Subtotal |
0 |
277 |
Mobiliario de oficina |
35 |
35 |
Deudas a corto plazo |
|
|
Subtotal |
35 |
35 |
Deudas sobre ingresos afectados no percibidos |
315 |
661 |
Títulos de crédito a largo plazo |
|
|
Créditos prorrogados sobre los títulos I, II y III |
3 939 |
2 832 |
Préstamos al personal |
3 |
9 |
Créditos prorrogados sobre ingresos afectados |
382 |
238 |
Subvención de la Comisión |
0 |
277 |
Importes pendientes de cobro |
0 |
1 615 |
Subtotal |
3 |
286 |
Acreedores varios |
86 |
121 |
Títulos de crédito a corto plazo |
|
|
IVA/Otros impuestos |
90 |
73 |
Comisión |
315 |
2 276 |
Intereses bancarios transferibles a la UE |
64 |
0 |
Otros anticipos |
37 |
94 |
Subtotal |
4 876 |
5 540 |
IVA por recuperar |
34 |
23 |
Cuentas transitorias |
|
|
Deudores varios |
81 |
124 |
Pagos en curso |
0 |
226 |
Subtotal |
467 |
2 517 |
Ingresos de reutilización |
157 |
229 |
Cuentas de tesorería |
|
|
Subtotal |
157 |
455 |
Bancos (4) |
3 532 |
2 830 |
|
|
|
Caja |
5 |
4 |
|
|
|
Administración de anticipos |
33 |
90 |
|
|
|
Subtotal |
3 570 |
2 924 |
|
|
|
Total |
9 744 |
11 734 |
Total |
9 742 |
11 734 |
Fuente:Datos del Centro — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Centro en sus cuentas. |
(1) p.m.: pro memoria.
(2) Los ingresos afectados Phare no se consignaron en el presupuesto inicial del Centro y no han sido objeto de un presupuesto rectificativo (véase el apartado 7 del Informe).
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo.
Fuente:Datos del Centro — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Centro en sus cuentas.
(3) Los valores inmovilizados se presentan en valor neto; por consiguiente, los datos de 2002 han sido reprocesados para que sean comparables.
(4) El elevado importe de los fondos que se encuentran depositados en bancos al final del ejercicio obedece a los pagos efectuados por la Comisión para financiar las operaciones cuyos créditos se han prorrogado al ejercicio siguiente.
Fuente:Datos del Centro — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Centro en sus cuentas.
RESPUESTAS DEL CENTRO
7. |
El Centro, ciertamente, hubiese debido formalizar los fondos recibidos y relativos a la subvención de países terceros y al contrato «Phare» por medio de un presupuesto complementario y rectificativo. |
8. |
La necesaria adaptación financiera consiguiente a la reforma financiera se inició en 2003 y debería estar completada en 2005. Por lo que se refiere a la adaptación del sistema contable, el Centro está procediendo a efectuar los cambios necesarios de conformidad con las prioridades establecidas. |
9. |
Es correcto que la validación del sistema contable no se ha producido. Se debe a los cambios que aún deben efectuarse para completar plenamente la reforma contable. La validación debería tener lugar en el transcurso de 2005. |
10. |
La reforma y la complejidad de las cuestiones relativas a la contratación pública y a la gestión de contratos, junto con las dificultades que presenta un modus operandi descentralizado, reforzó la necesidad de un sistema centralizado cuyo cometido son las operaciones de contratación pública y gestión de contratos. En este sentido, y conforme a la decisión del director 2004/1, el servicio jurídico y de gestión de contratos es el único encargado de la contratación directa centralizada y de la gestión de contratos en Cedefop e investido de esta capacidad se ocupa de tramitar todas las tareas formales, legales y administrativas relacionadas con todas las fases y aspectos de la contratación pública en Cedefop. Finalmente, y como demuestra la documentación suministrada al Tribunal de Cuentas, el Centro quiere subrayar que los procedimientos que llevaron a la adjudicación de todos los contratos eran conformes con la normativa vigente. |
11. |
Por lo que se refiere a los contratos 2002/0117 (22 483 euros), 2002/01143 (25 000 euros) y 2003/0069 (32 257,50 euros), Cedefob quiere señalar que: a) los contratos 2002/0117 y 2002/0143 interesan al ejercicio 2002, b) los contratos 2002/0117 y 2003/0069 fueron adjudicados al mismo contratista, y c) todos los contratos a los que se hace mención aquí son contratos de escasa entidad. Los listados de aquellas manifestaciones de interés que llevaron a la adjudicación de los tres contratos mencionados anteriormente se basaban en el grupo íntegro de posibles contratistas cualificados resultante de la convocatoria de manifestación de interés Cedefop no AMI/VET/2000-1. Como corroboran los datos proporcionados por los auditores, estas invitaciones a licitar fueron enviadas a organizaciones/individuos seleccionados sobre la base de criterios objetivos y no discriminatorios adaptados a la naturaleza de cada contrato, como se prevé en las normas aplicables, y no a todos los posibles contratistas del grupo anteriormente mencionado. Los contratistas en cuestión, como demuestran juri et facto los datos proporcionados por el Tribunal de Cuentas, fueron aceptados como contratistas cualificados en el marco de la convocatoria de expresiones de interés antes mencionada. Aunque sus denominaciones no figuraban en la lista presentada a los auditores (a causa de las dificultades existentes en ese momento en relación con las operaciones descentralizadas), su condición de contratistas en potencia es indiscutible. El Centro quiere subrayar que los procedimientos que llevaron a la concesión de los contratos en cuestión eran conformes con la normativa vigente. |
12. |
Las observaciones serán tomadas en cuenta en el momento de elaborar o adaptar los procedimientos internos por parte de la administración. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/61 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de Eurojust correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de Eurojust
(2004/C 324/09)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-9 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas de Eurojust
INTRODUCCIÓN
1. |
Eurojust, que comenzó a funcionar al final de 2002, se creó en virtud de la Decisión 2002/187/JAI del Consejo (1) para reforzar la lucha contra las formas graves de delincuencia organizada. Su objetivo es mejorar la coordinación de las investigaciones y actuaciones judiciales en el territorio de varios Estados miembros de la Unión Europea e incluso de terceros países. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de Eurojust a partir de la información comunicada por éste. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con el artículo 36 de la Decisión 2002/187/JAI del Consejo. |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales de Eurojust correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según las disposiciones del artículo 36 de la Decisión 2002/187/JAI,, la ejecución presupuestaria de Eurojust es competencia del director administrativo. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (2), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el artículo 37 de la Decisión del Consejo. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones siguientes no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal en el presente Informe. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 y de los créditos prorrogados del ejercicio anterior se presenta en el cuadro 2. La cuenta de resultado económico y el balance publicados por Eurojust con respecto al ejercicio 2003 se presentan de forma sintética en los cuadros 3 y 4. |
7. |
Eurojust no ha podido adoptar su nuevo reglamento financiero durante el ejercicio y, mientras tanto, aplica el reglamento financiero marco para los organismos descentralizados (3). La documentación que describe las funciones de los distintos intervinientes del sistema de control interno es todavía imprecisa. No se conservan sistemáticamente los comprobantes que justifican los pedidos o la recepción de los bienes o servicios. |
8. |
La letra e) del apartado 1 del artículo 43 del reglamento financiero marco dispone que el contable validará los sistemas definidos por el ordenador que proporcionen o justifiquen datos contables. Dicha validación no se ha producido durante el ejercicio. |
9. |
La gestión de las transferencias de crédito debe ser objeto de un seguimiento más atento. Se comunicó al colegio de Eurojust una transferencia de 349 500 que formaba parte de un presupuesto rectificativo presentado algunas semanas antes. Otra transferencia, por un importe de 8 500 euros, se inscribió en la contabilidad presupuestaria sin comunicarlo a dicho colegio. |
El presente informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(1) DO L 63 de 6.3.2002, p. 1.
(2) En aplicación del artículo 36 de la Decisión por la que se crea Eurojust, las cuentas definitivas del ejercicio 2003 se elaboraron el 7 de septiembre de 2004 y se remitieron al Parlamento, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, el cual las recibió el 24 de septiembre de 2004. Una versión resumida de estas cuentas se presenta en los cuadros anexos al presente Informe.
(3) Reglamento (CE, Euratom) no 2343/2002 de la Comisión (DO L 357 de 31.12.2002, p. 72).
Cuadro 1
Eurojust (La Haya)
Ámbito de competencias según el Tratado de la Unión Europea |
Competencias de Eurojust conforme a la Decisión |
Órganos rectores |
Medios puestos a disposición de Eurojust (Los datos de 2002 figuran entre paréntesis) |
Actividades y servicios llevados a cabo (Los datos de 2002 figuran entre paréntesis) |
|||||||||||||||||||||||||||
El objetivo de la Unión es ofrecer a los ciudadanos un alto grado de seguridad dentro de un espacio de libertad, seguridad y justicia. El Consejo fomentará la cooperación mediante Eurojust, capacitándole para que contribuya a una buena coordinación entre las autoridades nacionales encargadas de la persecución del delito. (extraído de los artículos 29 y 31) Los principales ámbitos de competencia de Eurojust son equivalentes a los de Europol: lucha contra el terrorismo, la delincuencia organizada, en concreto contra el tráfico de estupefacientes, las redes de inmigración, el tráfico de vehículos robados, la trata de personas, la falsificación de moneda, el tráfico de sustancias radioactivas, la delincuencia informática, los ataques a los intereses financieros de la Unión y el blanqueo de dinero. |
Objetivos
|
Funciones Con el fin de organizar la cooperación entre las diversas jurisdicciones nacionales, Eurojust actúa, según los casos,
Si las autoridades competentes del Estado miembro deciden no dar curso a las peticiones colegiadas de Eurojust tienen la obligación de exponer los motivos de su negativa. |
|
Presupuesto definitivo: 8 millones de euros (2,8 millones) sufragados al 100 % (100 %) por la subvención comunitaria: Plantilla a 31 de diciembre de 2003: 53 (46) puestos previstos en el organigrama, puestos cubiertos: 28 (5) + otros 15 (7) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, interinos, etc.) Total de la plantilla: 43 (12) Agentes encargados de: tareas operativas: 18 (3) tareas administrativas: 20 (6) tareas mixtas: 5 (3) |
Número de reuniones: 26 (20) Casos bilaterales: 222 (144) Casos multilaterales: 78 (70) Total de casos: 300 (214) Fraude: 22 % (30 %) Tráfico de estupefacientes: 22 % (16 %) Terrorismo: 6 % (9 %) Asesinatos: 4 % (7 %) Contrabando: 3 % (6 %) Trata de personas: 4 % (6 %) Blanqueo de dinero: 8 % (2 %) Otros: 31 % (24 %) |
||||||||||||||||||||||||||
Fuente:Información comunicada por Eurojust. |
Cuadro 2
Eurojust — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(millones de euros) |
||||||||||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||||||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
Créditos prorrogados del ejercicio anterior |
Créditos disponibles (presupuesto 2003 y ejercicio 2002) |
||||||||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
compromisos pendientes de liquidación |
pagados |
anulados |
créditos |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Subvenciones comunitarias |
8,0 |
7,2 |
Título I Personal |
2,5 |
2,2 |
2,0 |
0,2 |
0,3 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
2,5 |
2,2 |
2,0 |
0,2 |
0,3 |
Productos financieros |
0,0 |
0,0 |
Título II Funcionamiento |
4,0 |
3,0 |
2,3 |
1,0 |
0,7 |
0,3 |
0,3 |
0,0 |
4,3 |
3,3 |
2,6 |
1,0 |
0,7 |
Ingresos varios |
0,1 |
0,0 |
Título III Actividades operativas |
1,6 |
1,0 |
0,9 |
0,1 |
0,6 |
0,1 |
0,1 |
0,0 |
1,7 |
1,1 |
1,0 |
0,1 |
0,6 |
Total |
8,1 |
7,2 |
Total |
8,1 |
6,2 |
5,2 |
1,3 |
1,6 |
0,4 |
0,4 |
0,0 |
8,5 |
6,6 |
5,6 |
1,3 |
1,6 |
Fuente:Datos de Eurojust – El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por Eurojust en sus cuentas. |
Cuadro 3
Eurojust — Cuentas de resultado económico de los ejercicios 2003 y 2002
(miles de euros) |
||
|
2003 |
2002 |
Ingresos de explotación |
||
Subvenciones comunitarias |
7 125 |
1 478 |
Ingresos varios |
12 |
0 |
Total (a) |
7 137 |
1 478 |
Gastos de explotación |
||
Compras de bienes y de servicios |
3 228 |
378 |
Gastos de personal |
2 112 |
256 |
Dotación a las amortizaciones |
211 |
29 |
Total (b) |
5 551 |
663 |
Resultado del ejercicio (a – b) |
1 586 |
815 |
Fuente:Datos de Eurojust. |
Cuadro 4
Eurojust — Balance a 31 de diciembre de 2003 y a 31 de diciembre de 2002
(miles de euros) |
|||||
Activo |
2003 |
2002 |
Pasivo |
2003 |
2002 |
Inmovilizado inmaterial (1) |
62 |
6 |
Capitales propios |
|
|
|
|
|
Resultado de la ejecución del presupuesto (a) |
778 |
–80 |
Inmovilizado material (1) |
|
|
Resultado de los ajustes (b) |
808 |
895 |
Instalación, máquinas y herramientas |
114 |
20 |
Resultado económico (a + b) |
1 586 |
815 |
Mobiliario y parque móvil |
492 |
207 |
Resultados prorrogados de los ejercicios anteriores |
815 |
0 |
Material informático |
460 |
451 |
Subtotal |
2 401 |
815 |
Subtotal |
1 066 |
678 |
|
|
|
|
|
|
Provisiones para riesgos y cargas |
396 |
0 |
Inmovilizado financiero |
1 |
0 |
|
|
|
|
|
|
Deudas a corto plazo |
|
|
Títulos de crédito a corto plazo |
|
|
Deudas corrientes |
24 |
173 |
Títulos de crédito corrientes |
232 |
158 |
Deudas varias |
305 |
125 |
Títulos de crédito diversos |
34 |
30 |
Subtotal |
329 |
298 |
Subtotal |
266 |
188 |
|
|
|
Valores disponibles |
1 731 |
241 |
|
|
|
Total |
3 126 |
1 113 |
Total |
3 126 |
1 113 |
Fuente:Datos de Eurojust – El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por Eurojust en sus cuentas. |
(1) El inmovilizado material e inmaterial se amortiza sobre una base mensual.
Fuente:Datos de Eurojust – El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por Eurojust en sus cuentas.
RESPUESTAS DE EUROJUST
7. |
El 11 de noviembre de 2003, el Colegio de Eurojust adoptó la propuesta de nuevo reglamento financiero presentada por el director administrativo; el texto ha sido transmitido para su aprobación a la Comisión. Eurojust ha revisado sus directivas relativas a los circuitos financieros y a la separación de tareas y ha ultimado listas de comprobación específicas para cada sector financiero. Para evitar los riesgos ligados a la dispersión de documentos justificativos dentro de los servicios operativos, Eurojust ha tomado la decisión de centralizarlos en el servicio encargado de asuntos presupuestarios y financieros. |
8. |
El contable de Eurojust asumió sus funciones en septiembre de 2003. La convalidación de los sistemas contables hubo de retrasarse hasta 2004, debido a los plazos obligados para su examen y puesta a punto. |
9. |
La experiencia del ejercicio 2003, primer ejercicio completo de Eurojust, ha evidenciado carencias en el control de las operaciones presupuestarias. Se ha reforzado dicho control a fin de evitar la repetición de los problemas constatados por el Tribunal. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/68 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Fundación Europea de Formación correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de la Fundación
(2004/C 324/10)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-11 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas de la Fundación
INTRODUCCIÓN
1. |
La Fundación Europea de Formación (en lo sucesivo denominada «la Fundación») se creó en virtud del Reglamento (CEE) no 1360/90 (1). El objetivo de la Fundación es apoyar el proceso de reforma de la formación profesional en los países asociados a la Unión Europea. Con este propósito, presta ayuda a la Comisión en la aplicación de varios programas (Phare, Tacis, CARDS, MEDA). El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Fundación a partir de la información comunicada por ésta. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con el apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2). |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales de la Fundación correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el apartado 1 del artículo 11 del Reglamento (CEE) no 1360/90, la ejecución presupuestaria de la Fundación es competencia del director. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (3), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el artículo 12 del mismo Reglamento. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características del ámbito comunitario. |
5. |
El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones siguientes no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal en el presente Informe. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 y de los prorrogados del ejercicio anterior se presenta en el cuaddro 2. La cuenta de gestión y el balance publicados por la Fundación con respecto al ejercicio 2003 se presentan de forma sintética en los cuadros 3 y 4. |
7. |
De conformidad con los convenios subscritos con la Comisión, la Fundación gestiona los programas Tempus, que también incluyen asistencia técnica. En 2003, la Fundación efectuó pagos por valor de 23,1 millones de euros en nombre de la Comisión, destinados a dichos programas y, a 31 de diciembre de 2003, el saldo de las cuentas bancarias pertinentes ascendía a 24,2 millones de euros. Aproximadamente un 20 % de las personas empleadas por la Fundación se dedica en exclusividad a estos programas. Tal y como señaló el Tribunal en anteriores informes (4), ni en la ejecución presupuestaria, ni en el balance figura ningún dato relativo a estos programas; la Fundación presenta la información financiera relativa a tales programas en un anexo de sus estados financieros. Esta práctica no respeta el principio de unidad y veracidad presupuestaria (5). |
8. |
En 2003 la Fundación firmó dos acuerdos con donantes (por un importe total de 0,5 millones de euros). Dichos acuerdos figuran correctamente en las cuentas pero la Fundación no elaboró un presupuesto suplementario y rectificativo. |
9. |
Debido a retrasos en los pagos por la Comisión, la Fundación no pudo cumplir con sus compromisos financieros y se vio obligada a efectuar, en noviembre de 2003, una transferencia temporal de 1 millón de euros de cuentas bancarias destinadas al programa Tempus a sus propias cuentas bancarias. Esta operación se realizó sin informar al consejo de dirección ni a la Comisión. |
10. |
De conformidad con el apartado 1 del artículo 43 del reglamento financiero de la Fundación, entre las competencias del contable se encuentra la de validar los sistemas definidos por el ordenador sobre datos contables, pero dicha validación no se llevó a cabo durante el ejercicio. |
11. |
Un análisis de cinco procedimientos de selección mostró que el proceso para elegir los candidatos que serán convocados a la entrevista (fase de selección previa) no estaba formalizado de manera transparente. En muchos casos, los criterios de selección no se habían definido con anterioridad a la entrevista ni está registrada su utilización en los expedientes. |
El presente nforme ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) En aplicación del apartado 3 del artículo 83 del reglamento financiero de la Fundación, las cuentas definitivas del ejercicio 2003 se elaboraron el 8 de septiembre de 2004 y se remitieron al Tribunal de Cuentas, el cual las recibió el 20 de septiembre de 2004. Una versión resumida de las cuentas se presenta en los cuadros anexos al presente informe.
(4) Apartado 9 del Informe relativo al ejercicio 2002 (DO C 319 de 30.12.2003, p. 48), véase también el apartado 8 del Informe relativo al ejercicio 2001 (DO C 326 de 27.12.2002, p. 51) y apartado 11 del Informe relativo al ejercicio 1999 (DO C 373 de 27.12.2000, p. 34).
(5) Artículo 6 del reglamento financiero de la Fundación.
Cuadro 1
Fundación Europea de Formación (Turín)
Ámbito de competencia según el Tratado |
Competencias de la Fundación conforme al Reglamento (CEE) no 1360/90 |
Órganos rectores |
Medios puestos a disposición de la Fundación (datos relativos al ejercicio 2002) |
Actividades y servicios |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
La Comunidad llevará a cabo, en el marco de sus competencias, acciones de cooperación económica, financiera y técnica con terceros países. Estas acciones serán complementarias de las que lleven a cabo los Estados miembros y coherentes con la política de desarrollo de la Comunidad. (artículo 181 A) |
Objetivos
|
Funciones
|
Consejo de Dirección
Director
Foro consultivo
Control externo Tribunal de Cuentas Europeo. Aprobación de la gestión la concede el Parlamento previa recomendación del Consejo. |
Presupuesto: 17,2 millones de euros (16,8) sufragados por la Comisión en su totalidad. Plantilla a 31 de diciembre de 2003:
|
Asistencia a la Comisión: La asistencia de la Fundación abarca un gran abanico de ámbitos que incluyen la formación profesional inicial, el aprendizaje a lo largo de la vida, la formación continua (para adultos), el desarrollo de los recursos humanos en las empresas, las políticas de empleo, la formación de los desempleados, la lucha contra la pobreza, la integración social y la formación con vistas a favorecer el desarrollo local. Red de observatorios en los países destinatarios: Estudios de los sectores nacionales, estadísticas sobre educación, asesoramiento a los países en materia de estrategias. Acuerdos de asistencia técnica con Cards, Meda y Tacis para
La gestión de las actividades de Tempus incluye las funciones habituales relacionadas con la gestión de los contratos, el control de oficina y apoyo general en la realización de los proyectos. Se concedieron 1 149 subvenciones para la gestión de proyectos Tempus y se evaluaron 255 informes. Varias centenas de proyectos Tempus recibieron apoyo y asesoramiento. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente:Información comunicada por la Fundación. |
Cuadro 2
Fundación Europea de Formación — Ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio 2003
(millones de euros) |
||||||||||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||||||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
Créditos prorrogados del ejercicio anterior |
Créditos disponibles |
||||||||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
compromisos pendientes |
pagados |
anulados |
créditos |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Subvenciones comunitarias |
17,2 |
18,1 |
Título I Personal |
11,2 |
11,1 |
10,8 |
0,3 |
0,1 |
0,2 |
0,2 |
0,0 |
11,4 |
11,3 |
11,0 |
0,3 |
0,1 |
Otras subvenciones |
0,0 |
0,5 |
Título II Funcionamiento |
1,4 |
1,4 |
1,1 |
0,3 |
0,0 |
0,6 |
0,5 |
0,1 |
2,0 |
2,0 |
1,6 |
0,3 |
0,1 |
Otros ingresos |
0,0 |
Título III Actividades operativas |
4,6 |
4,5 |
3,4 |
1,1 |
0,1 |
2,6 |
2,3 |
0,3 |
7,2 |
7,1 |
5,7 |
1,1 |
0,4 |
|
|
|
|
Ingresos afectados (1) |
0,5 |
0,5 |
0,2 |
0,3 |
0,0 |
0,3 |
0,3 |
0,0 |
0,8 |
0,5 |
0,5 |
0,3 |
0,0 |
Total |
17,2 |
18,6 |
Total |
17,7 |
17,5 |
15,5 |
2,0 |
0,2 |
3,7 |
3,3 |
0,4 |
21,4 |
20,9 |
18,8 |
2,0 |
0,6 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Fundación — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Fundación en sus cuentas. |
Cuadro 3
Fundación Europea de Formación — Cuenta de gestión de los ejercicios 2003 y 2002 (2)
(miles de euros) |
||
|
2003 |
2002 |
Ingresos |
||
Subvenciones de la Comisión |
18 100 |
13 179 |
Otras subvenciones |
523 |
— |
Ingresos varios |
17 |
23 |
Ingresos financieros |
— |
140 |
Total ingresos (a) |
18 640 |
13 342 |
Gastos |
||
Personal — Título I del presupuesto |
||
Pagos |
10 771 |
10 153 |
Créditos prorrogados |
329 |
215 |
Funcionamiento — Título II del presupuesto |
||
Pagos |
1 076 |
805 |
Créditos prorrogados |
310 |
559 |
Actividades operativas — Título III del presupuesto |
||
Pagos |
3 396 |
2 307 |
Créditos prorrogados |
1 087 |
2 591 |
Ingresos afectados |
||
Pagos |
237 |
— |
Créditos prorrogados |
286 |
— |
Total gastos (b) |
17 492 |
16 631 |
Resultado del ejercicio(a – b) |
1 148 |
–3 289 |
Saldo prorrogado del ejercicio anterior |
–2 155 |
4 055 |
Créditos prorrogados y anulados |
375 |
424 |
Reembolsos a la Comisión |
– 703 |
–3 352 |
Diferencias de cambio |
17 |
6 |
Saldo del ejercicio |
–1 318 |
–2 155 |
Fuente:Datos de la Fundación — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Fundación en sus cuentas. |
Cuadro 4
Fundación Europea de Formación — Balance a 31 de diciembre de 2003 y 31 de diciembre de 2002 (3)
(miles de euros) |
|||||
Activo |
2003 |
2002 |
Pasivo |
2003 |
2002 |
Inmovilizado inmaterial (4) |
|
|
Capitales permanentes |
|
|
Derechos de ocupación |
5 000 |
5 000 |
Capital propio |
3 852 |
4 059 |
Licencias informáticas |
146 |
— |
Balance del ejercicio |
–1 318 |
–2 155 |
Amortizaciones |
–1 611 |
–1 333 |
Subtotal |
2 534 |
1 904 |
Subtotal |
3 535 |
3 667 |
Pasivo a corto plazo |
|
|
Inmovilizado material |
|
|
Prórrogas de créditos automáticas |
1 726 |
3 366 |
Instalaciones y mobiliario |
273 |
618 |
Prórrogas de créditos automáticas de ingresos afectados |
286 |
273 |
Material informático |
1 438 |
1 235 |
Otros donantes |
30 |
85 |
Amortización |
–1 444 |
–1 521 |
Acreedores varios |
1 |
28 |
Subtotal |
267 |
332 |
Ingresos diferidos |
83 |
3 537 |
Inventario |
|
|
Subtotal |
2 126 |
7 289 |
Mobiliario de oficina |
50 |
60 |
|
|
|
Subtotal |
50 |
60 |
|
|
|
Títulos de crédito a corto plazo |
|
|
|
|
|
Subvenciones por recibir de la Comisión |
0 |
3 366 |
|
|
|
Otros anticipos |
4 |
2 |
|
|
|
Órdenes de ingreso |
43 |
171 |
|
|
|
Deudores varios |
39 |
30 |
|
|
|
Subtotal |
86 |
3 569 |
|
|
|
Cuentas de tesorería |
|
|
|
|
|
Bancos |
719 |
1 524 |
|
|
|
Administraciones de anticipos |
3 |
41 |
|
|
|
Subtotal |
722 |
1 565 |
|
|
|
Total |
4 660 |
9 193 |
Total |
4 660 |
9 193 |
Fuente:Datos de la Fundación — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Fundación en sus cuentas. |
(1) El presupuesto no incluye los ingresos afectados (véase el apartado 8 del Informe).
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo.
Fuente:Datos de la Fundación — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Fundación en sus cuentas.
(2) La cuenta de gestión y el balance sólo tienen en cuenta las actividades específicas de la Fundación y no incluyen los programas que ésta gestiona para la Comisión.
Fuente:Datos de la Fundación — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Fundación en sus cuentas.
(3) La cuenta de gestión y el balance sólo tienen en cuenta las actividades específicas de la Fundación y no incluyen los programas que ésta gestiona para la Comisión.
(4) La Fundación pagó al propietario de su edificio cinco millones de euros para la renovación del mismo. Mediante este pago la Fundación adquirió el derecho de utilizarlo por un euro anual durante 30 años a partir de 1995. Este elemento se tuvo en cuenta por primera vez en 2003. Las cifras correspondientes al ejercicio 2002 se modificaron en consecuencia.
Fuente:Datos de la Fundación — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Fundación en sus cuentas.
RESPUESTAS DE LA FUNDACIÓN
7. |
En el momento de preparar inicialmente los estados financieros de 2003, aún no era claro con cual normativa se había que reportar la convención Tempus en el presupuesto y en otros documentos financieros. La Fundación decició informar detalladamente sobre dichas cantidades en un anexo, llegando a un claro acuerdo con los servicios de la Comisión en relación con la presentación de cuentas del 2005. En una reunión de los contables de las agencias organizada por la Comisión y celebrada el 11 de junio de 2004 en Bruselas se ofreció una orientación concreta sobre las nuevas metodologías contables a aplicar a los fondos gestionados en nombre de la Comisión, que habrán de observarse a partir de enero de 2005. |
8. |
La Fundación toma nota de la observación del Tribunal. A partir del año 2004, toda donación será integrada en una enmienda del presupuesto, el cual se presentarà para aprobación al consejo de dirección y posteriormente se publicará. |
9. |
La Fundación tiene en cuenta la observación del Tribunal. Un segundo episodio ocurrió en enero de 2004 cuando la primera cuota de la subvención ETF 2004 no fué pagada a tiempo. La Fundación tuvo de nuevo que recurrir a una transferencia temporanea de los fondos Tempus para superar un déficit financiero urgente. Habiendo aprendido del primer episodio, la Fundación informó formalmente a la comissión y al presidente del consejo de dirección mediante una carta con fecha del 16 de enero 2004. Desde dicha fecha se alcanzó un acuerdo con la Comisión para evitar que estas situaciones surjan en el futuro. |
10. |
El contable convalidó los sistemas mediante una nota en el mes de junio de 2004. |
11. |
Desde abril de 2004, las solicitudes se almacenan en una base de datos informática, donde se registra la criba de candidatos en función de los criterios de elegibilidad. Los candidatos aptos son evaluados de forma independiente por cada uno de los miembros del comité de selección, de acuerdo con criterios definidos previamente. La lista de candidatos seleccionados a entrevistar se establece por los resultados promedio de estas evaluaciones independientes. Asimismo, cada miembro del comité de selección determina de forma independiente la calificación de los candidatos entrevistados, en función de los criterios definidos de antemano. Se mantiene en un expediente una documentación más sistemática y global de todas las etapas del proceso. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/75 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de la Fundación
(2004/C 324/11)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-12 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas de la Fundación
INTRODUCCIÓN
1. |
La Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (en lo sucesivo denominadala Fundación) fue creada por el Reglamento (CEE) no 1365/75 del Consejo (1) para contribuir a la concepción y al establecimiento de unas mejores condiciones de vida y de trabajo en la Unión Europea, desarrollando y difundiendo los conocimientos en la materia. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Fundación a partir de la información comunicada por ésta. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
El presente informe está dirigido al Parlamento Europeo y al Consejo, en virtud del apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo. (2) |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales de la Fundación correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el artículo 16 del Reglamento (CEE) no 1365/75, la ejecución presupuestaria es competencia del Director. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (3), de conformidad con las disposiciones financieras internas establecidas en el mismo artículo. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal ha realizado la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características específicas del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y de que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal de Cuentas en el presente Informe. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 y de los créditos prorrogados del ejercicio anterior se presenta en el cuadro 2. La cuenta de gestión y el balance de la Fundación correspondiente al ejercicio 2003 se presentan de forma resumida en los cuadros 3 y 4. |
7. |
La Fundación firmó un convenio con la Comisión en el marco del programa Phare, en virtud del cual recibió una dotación de un millón de euros, de los que 639 000 euros se ingresaron en 2003. Estos fondos se gestionaron fuera del presupuesto. Debería haberse establecido un presupuesto rectificativo. |
8. |
La cuenta de gestión presenta una pérdida que lleva acumulándose durante varios ejercicios y cuyo reembolso ha solicitado la Fundación a la Comisión. Ésta ha considerado el pago correspondiente como una parte de la subvención del ejercicio 2003, lo que no liquida la pérdida. En aplicación de las nuevas disposiciones del reglamento financiero de la Fundación, el resultado negativo de la ejecución presupuestaria de un ejercicio debe ser objeto de un presupuesto rectificativo (4) el ejercicio siguiente. |
9. |
El nuevo reglamento financiero de la Fundación y sus normas de desarrollo fueron aprobados por el consejo de administración el 28 de marzo de 2003. Esta normativa (5) prevé el establecimiento de un nuevo sistema de control interno (incluido de auditoría interna) que no ha finalizado hasta principios de 2004. |
10. |
La letra e) del apartado 1 del artículo 43 del reglamento financiero de la Fundación prevé que el contable deberá validar los sistemas definidos por el ordenador para facilitar o justificar la información contable. Dicha validación no ha tenido lugar durante el ejercicio. |
11. |
Según su reglamento de base elaborado en 1975, el objetivo esencial de la Fundación es contribuir a establecer unas mejores condiciones de vida y de trabajo a través del desarrollo y la difusión de los conocimientos en la materia. En particular, debe analizar la condición del hombre trabajador, la organización del mismo, los problemas específicos de determinadas categorías de trabajadores, los aspectos a largo plazo de mejora del medio ambiente, así como la distribución de las actividades humanas en el espacio y en el tiempo. En la práctica, algunos aspectos de estos temas son tratados por otras agencias creadas posteriormente (Agencia Europea de Medio Ambiente, Agencia Europea para la Salud y la Seguridad en el Trabajo). En contrapartida, la Fundación ha desarrollado el análisis de aspectos más concretos, como por ejemplo, las relaciones industriales. |
12. |
Las actividades de la Fundación se integran en programas cuatrienales, de los cuales el último abarca el período 2001-2004. Aunque el principio rector de este último programa tendía a concentrar más las actividades en determinados ámbitos clave, la Fundación añadió en 2002 un nuevo ámbito a los tres ya seleccionados. Debería revisarse la concepción del programa de trabajo de la Fundación en concertación con las demás agencias que tratan aspectos que afectan a su ámbito de competencia para asegurarse de que las prioridades esenciales están bien cubiertas, desarrollar las sinergias posibles y evitar la duplicación innecesaria del trabajo. La ocasión para ello debería ser la revisión del reglamento de base de la Fundación propuesta por la Comisión. |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(1) DO L 139 de 30.5.1975, p. 1.
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) En aplicación del apartado 3 del artículo 83 del reglamento financiero de la Fundación, las cuentas definitivas del ejercicio 2003 se elaboraron el 3 de septiembre de 2004 y se remitieron al Tribunal de Cuentas, el cual las recibió el 24 de septiembre de 2004. Una versión resumida de estas cuentas se presenta en los cuadros anexos al presente Informe.
(4) Artículo 16 del nuevo reglamento financiero.
(5) Artículo 38 del nuevo reglamento financiero de la Fundación.
Cuadro 1
Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo (Dublín)
Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado |
Competencias de la Fundación conforme al Reglamento (CEE) no 1365/75 |
Órganos rectores |
Medios puestos a disposición de la Fundación (datos de 2002) |
Actividades y servicios |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
«La Comunidad y los Estados miembros, teniendo presentes derechos sociales fundamentales, tendrán como objetivo (…) la mejora de las condiciones de vida y de trabajo, (…) la Comunidad apoyará y completará la acción de los Estados miembros en los siguientes ámbitos: (…) b) las condiciones de trabajo; c) la seguridad social y protección social de los trabajadores; d) la protección de los trabajadores en caso de rescisión del contrato laboral; e) la información y la consulta a los trabajadores; f) la representación y la defensa colectiva de los intereses de los trabajadores y de los empresarios, incluida la cogestión; g) las condiciones de empleo de los nacionales de terceros países; h) la integración de las personas excluidas del mercado de trabajo, i) la igualdad entre hombres y mujeres (…)» (extraído de los artículos 136 y 137 del Tratado) |
Misión La Fundación tiene la misión de contribuir a la elaboración de mejores condiciones de vida y de trabajo mediante el desarrollo y la difusión de los conocimientos en la materia. En particular, debe ocuparse de:
|
Funciones
|
|
Presupuesto definitivo 16,8 millones de euros (17,39 millones de euros) de los que subvención comunitaria: 98,2 % (98,3 %): Plantilla al 31 de diciembre de 2003: 88 (88) puestos previstos en el organigrama, puestos cubiertos: 76 (77). Otros 16 (20) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, interinos) Total de la plantilla: 92 (97) agentes encargados de
|
Condiciones de vida
Condiciones de trabajo
Relaciones industriales
Observatorio Europeo del Cambio (EMCC)
Proyectos transversales
Información
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente:Información comunicada por la Fundación. |
Cuadro 2
Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(millones de euros) |
||||||||||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||||||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consigna dos en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
Créditos prorrogados del ejercicio anterior |
Créditos disponibles (créditos del ejercicio y créditos prorrogados del ejercicio anterior) |
||||||||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
compromisos pendientes de liquidación |
pagados |
anulados |
créditos |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Subvenciones comunitarias |
16,5 |
17,1 |
Título I Personal |
9,0 |
9,0 |
8,9 |
0,1 |
0,0 |
0,2 |
0,2 |
0,0 |
9,2 |
9,2 |
9,1 |
0,1 |
0,0 |
Otras subvenciones |
— |
— |
Título II Funcionamiento |
1,2 |
1,2 |
1,0 |
0,2 |
0,0 |
0,7 |
0,7 |
0,0 |
1,9 |
1,9 |
1,7 |
0,2 |
0,0 |
Ingresos varios |
0,3 |
0,1 |
Título III Actividades operativas |
6,6 |
6,6 |
3,8 |
2,8 |
0,0 |
3,1 |
3,0 |
0,1 |
9,7 |
9,7 |
6,8 |
2,8 |
0,1 |
Total |
16,8 |
17,2 |
Total |
16,8 |
16,8 |
13,7 |
3,1 |
0,0 |
4,0 |
3,9 |
0,1 |
20,8 |
20,8 |
17,6 |
3,1 |
0,1 |
Fuente:Datos de la Fundación – El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Fundación en sus cuentas. |
Cuadro 3
Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo — Cuenta de gestión de los ejercicios 2003 y 2002
(miles de euros) |
||
|
2003 |
2002 |
Ingresos |
||
Subvenciones de la Comisión |
17 090 |
16 500 |
Ingresos varios |
47 |
62 |
Ingresos financieros |
35 |
57 |
Total ingresos (a) |
17 172 |
16 619 |
Gastos |
||
Personal — Título I del presupuesto |
||
Pagos |
8 927 |
9 111 |
Créditos prorrogados |
109 |
216 |
Funcionamiento — Título II del presupuesto |
||
Pagos |
968 |
938 |
Créditos prorrogados |
224 |
683 |
Actividades operativas — Título III del presupuesto |
||
Pagos |
3 733 |
3 290 |
Créditos prorrogados |
2 817 |
3 105 |
Total gastos (b) |
16 778 |
17 343 |
Resultado del ejercicio (a – b) |
394 |
– 724 |
Saldo prorrogado del ejercicio anterior |
–1 836 |
–1 209 |
Créditos prorrogados anulados |
118 |
81 |
Reutilizaciones de créditos no utilizados el ejercicio anterior |
19 |
13 |
Ingresos Phare percibidos |
639 |
0 |
Ingresos Phare por percibir |
361 |
0 |
Gastos Phare |
–1 000 |
0 |
Diferencias de cambio |
9 |
3 |
Saldo del ejercicio |
–1 296 |
–1 836 |
Fuente:Datos de la Fundación - El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Fundación en sus cuentas. |
Cuadro 4
Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y de Trabajo — Balance a 31 de diciembre de 2003 y de 2002
(miles de euros) |
|||||
Activo |
2003 |
2002 |
Pasivo |
2003 |
2002 |
Valores inmovilizados (1) |
|
|
Capitales permanentes |
|
|
Inmovilizado inmaterial |
27 |
31 |
Capitales propios |
4 389 |
4 294 |
Inmuebles (2) |
15 682 |
3 826 |
Reserva de reevaluación |
12 094 |
0 |
Mobiliario y material de transporte |
142 |
139 |
Saldo del ejercicio |
–1 296 |
–1 836 |
Material informático |
107 |
149 |
Subtotal |
15 187 |
2 458 |
Equipo técnico y otros equipos |
518 |
105 |
Deudas a corto plazo |
|
|
Inmovilizado en curso |
0 |
31 |
Prórrogas de créditos automáticas |
3 150 |
3 940 |
Subtotal |
16 476 |
4 281 |
Prórrogas de créditos no automáticas |
0 |
64 |
Existencias |
|
|
Deudas Phare |
329 |
0 |
Mobiliario de oficina |
7 |
13 |
Retenciones sobre salarios |
0 |
139 |
Subtotal |
7 |
13 |
Subtotal |
3 479 |
4 143 |
Títulos de crédito a corto plazo |
|
|
Cuentas transitorias |
|
|
Títulos de crédito Phare de la Comisión |
361 |
0 |
Ingresos de reutilización |
22 |
150 |
Anticipos |
2 |
11 |
Ingresos diferidos |
2 |
1 840 |
IVA pendiente de recuperación |
281 |
274 |
Pagos en curso |
0 |
30 |
Órdenes de ingreso pendientes de cobro |
5 |
1 840 |
Subtotal |
24 |
2 020 |
Deudores varios |
41 |
13 |
|
|
|
Subtotal |
690 |
2 138 |
|
|
|
Cuentas de tesorería |
|
|
|
|
|
Bancos |
1 331 |
1 960 |
|
|
|
Caja |
3 |
1 |
|
|
|
Administración de anticipos |
183 |
228 |
|
|
|
Subtotal |
1 517 |
2 189 |
|
|
|
Total |
18 690 |
8 621 |
Total |
18 690 |
8 621 |
Fuente:Datos de la Fundación – El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Fundación en sus cuentas. |
(1) Los valores inmovilizados se presentan en valor neto. Los datos de 2002 se han reprocesado para que puedan ser comparables.
(2) La Fundación ha decidido proceder a una reevaluación de los bienes inmobiliarios (12,1 millones de euros) de su propiedad.
Fuente:Datos de la Fundación – El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Fundación en sus cuentas.
RESPUESTAS DE LA FUNDACIÓN
7. |
No se consideró apropiado integrar en este presupuesto la actividad Phare, porque no está incluida explícitamente en el reglamento por el que se creó la Fundación. La Fundación toma nota de la observación realizada en este sentido por el Tribunal de Cuentas e integrará la financiación de Phare en sus presupuestos futuros. |
8. |
La Fundación mantiene contactos con los servicios de la Comisión para aclarar el tema de la pérdida acumulada y el tratamiento de pérdidas o superávit futuros. |
9. |
La prestación de la función de control interno quedó finalizada con la introducción de una función de verificación financiera y operativa en noviembre de 2003. Esta función y cualquier otro trabajo de control son realizados por una unidad especializada. El servicio de auditoría interna de la Comisión se encarga de la auditoría interna. |
10. |
El contable confía en las validaciones realizadas por los servicios de la Comisión, que son los que han proporcionado los sistemas contables utilizados por la Fundación. |
12. |
Al desarrollar sus programas la Fundación ha logrado sinergias con otras agencias, puesto que cada una de ellas se ocupa de aspectos complementarios dentro de competencias temáticas comunes a fin de evitar la duplicación del trabajo. Esto ha quedado formalizado en declaraciones conjuntas, como la declaración realizada con la Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo, con sede en Bilbao. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/83 |
INFORME
sobre las cuentas anuales del Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas del Observatorio
(2004/C 324/12)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-11 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas del Observatorio
INTRODUCCIÓN
1. |
El Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías (en lo sucesivo denominado «el Observatorio») fue creado en virtud del Reglamento (CEE) no 302/93 del Consejo (1). Su principal objetivo consiste en recopilar información sobre el fenómeno de la droga y de la toxicomanía en Europa, con el fin de elaborar y difundir datos fiables y comparables a escala europea. La información debe servir al análisis de la demanda de drogas y de los medios para reducir ésta, así como de los fenómenos relacionados con el mercado de la droga en general. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades del Observatorio a partir de la información comunicada por éste. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con el apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2). |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales del Observatorio correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el artículo 11 del Reglamento (CEE) no 302/93, la ejecución presupuestaria es competencia del Director. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (3), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se han adoptado en aplicación del mismo artículo. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características específicas del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y de que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones siguientes no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal en el presente Informe. |
OBSERVACIONES
6. |
El cuadro 2 presenta la ejecución de los créditos del ejercicio 2003 y de los créditos prorrogados del ejercicio anterior. La cuenta de resultado económico y el balance publicados por el Observatorio con respecto al ejercicio 2003 se presentan de forma sintética en los cuadros 3 y 4. |
7. |
Las funciones de ordenador en la mayor parte del presupuesto del Observatorio (títulos I y II) y de responsable de la verificación previa respecto del conjunto de dicho presupuesto recaen en la misma persona, que además ejerce las funciones de jefe de la administración y del control de calidad. Esta acumulación de competencias debilita considerablemente el control interno, que se asienta de modo particular en el principio de separación de funciones. |
8. |
A raíz de la adopción de su nuevo reglamento financiero (4), el Observatorio impartió instrucciones internas para la verificación de los compromisos, los pagos y los cobros. Ahora bien, los expedientes no contienen ningún documento que permita al ordenador cerciorarse de que dichas instrucciones han sido correctamente aplicadas en su totalidad. |
9. |
La letra e) del apartado 1 del artículo 42 del reglamento financiero del Observatorio dispone que el contable validará los sistemas definidos por el ordenador que proporcionen o justifiquen datos contables. Dicha validación no se ha producido durante el ejercicio 2003. |
10. |
En el marco de su programa de trabajo anual, el Observatorio celebra con los centros nacionales contratos cuyo plazo de ejecución está fijado para el 31 de diciembre. Los contratos del programa 2003 (que representan un total de 1,5 millones de euros) no se firmaron hasta julio de ese año. En mayo de 2004, no se había procedido todavía al pago final de los trabajos previstos ni se había celebrado un acta adicional para prorrogar la duración de los contratos. Por otra parte los contratos del programa 2004 ya se habían concluido. A la hora de renovar este tipo de contratos, convendría tomar en consideración el avance real de los trabajos solicitados el año anterior y una evaluación de su calidad. |
11. |
En su respuesta (5) al Informe Anual del Tribunal relativo al ejercicio 2002, el Observatorio indicaba que iba a realizarse un inventario físico a finales de 2003. Este inventario seguía pendiente de realización a finales de mayo de 2004. Además falta todavía un documento que defina claramente las competencias y los procedimientos en materia de inventario. |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(1) DO L 36 de 12.2.1993; Reglamento fue modificados por los Reglamentos (CE) no 3294/94 (DO L 341 de 30.12.1994, p. 7) y (CE) no 1651/2003 (DO L 245 de 29.9.2003).
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) En aplicación del artículo 82 del Reglamento (CE) no 2343/2002 de la Comisión DO L 357 de 31.12.2002, p. 72, las cuentas definitivas del Observatorio correspondientes al ejercicio 2003 se elaboraron el 15 de septiembre de 2004 y se remitieron al Tribunal de Cuentas, el cual las recibió el 21 de septiembre de 2004. Una versión resumida de estas cuentas se presenta en los cuadros anexos al presente Informe.
(4) Adoptado por el consejo de administración en su reunión de los días 15 a 17 de enero de 2003.
(5) DO C 319 de 30.12.2003, p. 68, apartado 11.
Cuadro 1
Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías (Lisboa)
Ámbito de competencias según el Tratado |
Competencias del Observatorio conforme al Reglamento (CE) no 302/93 |
Órganos rectores |
Medios puestos a disposición del Observatorio en 2003 (datos de 2002) |
Actividades y servicios de 2003 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||
La Comunidad complementará la acción de los Estados miembros dirigida a reducir los daños a la salud producidos por las drogas, incluidas la información y la prevención. (artículo 152 del Tratado) |
Objetivos Proporcionar a la Unión y a sus Estados miembros una información fiable a nivel europeo sobre el fenómeno de la droga y la toxicomanía, así como sobre sus consecuencias. El Observatorio debe analizar de forma prioritaria:
|
Funciones
|
|
Presupuesto: 10,45 millones de euros (10,36 millones de euros) sufragados por la subvención comunitaria en un 89 % (87 %) Plantilla del 31 de diciembre de 2003: 63 (59) puestos previstos en el organigrama, puestos cubiertos: 54 (57) + otros 18 (16) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, interinos, etc.) Total de la plantilla: 72 (73) Agentes encargados de: tareas operativas: 46,5 (46) tareas administrativas: 18 (19) tareas mixtas: 7,5 (8). |
Red: El Observatorio apoya una red informatizada de recogida e intercambio de datos, denominada «Red Europea de Información sobre Droga y Toxicomanías» (Reitox), que conecta las redes nacionales de información sobre las drogas, los centros especializados de los Estados miembros y los sistemas de información de las organizaciones internacionales que cooperan con el Observatorio. Publicaciones: Informe anual sobre el estado del fenómeno de la droga en la Unión Europea Informe general de actividades (anual). Boletín informativo bimestral (Drugnet Europe). «Briefings» bimestrales (Objectif drogues). |
||||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente:Información comunicada por el Observatorio. |
Cuadro 2
Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(millones de euros) |
||||||||||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||||||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
Créditos prorrogados del ejercicio anterior |
Créditos disponibles (presupuesto 2003 y ejercicio 2002) |
||||||||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
compromisos pendientes de liquidación |
pagados |
anulados |
créditos |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Subvenciones comunitarias |
9,3 |
9,3 |
Título I Personal |
5,4 |
5,3 |
5,2 |
0,1 |
0,0 |
0,1 |
0,1 |
0,0 |
5,5 |
5,4 |
5,3 |
0,1 |
0,0 |
Subvenciones PHARE |
0,5 |
0,3 |
Título II Funcionamiento |
0,9 |
0,9 |
0,6 |
0,3 |
0,1 |
0,5 |
0,5 |
0,1 |
1,4 |
1,4 |
1,0 |
0,3 |
0,1 |
Otras subvenciones |
0,4 |
0,4 |
Título III Actividades operativas |
4,0 |
4,0 |
2,3 |
1,7 |
0,0 |
1,0 |
0,8 |
0,2 |
5,0 |
5,0 |
3,1 |
1,7 |
0,2 |
Otros ingresos |
0,0 |
0,1 |
||||||||||||||
Total |
10,2 |
10,1 |
Total |
10,2 |
10,2 |
8,1 |
2,0 |
0,1 |
1,6 |
1,4 |
0,3 |
11,8 |
11,8 |
9,5 |
2,0 |
0,3 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos del Observatorio — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Observatorio en sus cuentas. |
Cuadro 3
Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías — Cuenta de gestión de los ejercicios 2003 y 2002
(miles de euros) |
||
|
2003 |
2002 |
Ingresos |
||
Subvenciones de la Comisión |
9 300 |
9 000 |
Subvenciones de Noruega |
421 |
413 |
Subvenciones Phare |
334 |
735 |
Otros ingresos |
67 |
133 |
Total ingresos (a) |
10 122 |
10 280 |
Gastos |
||
Personal — Título I del presupuesto |
||
Pagos |
5 240 |
4 951 |
Créditos prorrogados |
88 |
80 |
Funcionamiento — Título II del presupuesto |
||
Pagos |
558 |
632 |
Créditos prorrogados |
272 |
509 |
Actividades operativas — Título III del presupuesto |
||
Pagos |
2 281 |
2 525 |
Créditos prorrogados |
1 679 |
1 001 |
Total gastos (b) |
10 117 |
9 698 |
Resultado del ejercicio (a – b) |
5 |
582 |
Saldo prorrogado del ejercicio anterior |
1 626 |
639 |
Créditos prorrogados anulados |
221 |
392 |
Reutilizaciones de créditos del ejercicio anterior no utilizados |
21 |
9 |
Reembolsos a la Comisión |
–1 584 |
— |
Diferencias de cambio |
6 |
3 |
Saldo del ejercicio |
295 |
1 626 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos del Observatorio. |
Cuadro 4
Observatorio Europeo de la Droga y las Toxicomanías — Balance a 31 de diciembre de 2003 y a 31 de diciembre de 2002
(miles de euros) |
|||||
Activo |
2003 |
2002 |
Pasivo |
2003 |
2002 |
Valores inmovilizados |
|
|
Capitales permanentes |
|
|
Inmovilizado inmaterial |
94 |
66 |
Capitales propios |
3 057 |
2 797 |
Inmuebles |
3 559 |
3 559 |
Saldo del ejercicio |
295 |
1 626 |
Instalaciones y mobiliario |
157 |
152 |
|
|
|
Material informático |
886 |
785 |
|
|
|
Material de transporte |
50 |
74 |
|
|
|
Amortizaciones |
–1 723 |
–1 867 |
Subtotal |
3 352 |
4 423 |
|
|
|
Deudas a corto plazo |
|
|
Subtotal |
3 023 |
2 768 |
Prórrogas de créditos automáticas |
1 815 |
1 377 |
Existencias |
34 |
28 |
Prórrogas no automáticas |
— |
212 |
|
|
|
Prórrogas Phare |
223 |
— |
Títulos de crédito a corto plazo |
|
|
Acreedores varios |
18 |
18 |
IVA pendiente de cobro |
94 |
84 |
Órdenes de ingreso (1) |
55 |
101 |
Deudores varios |
66 |
18 |
|
|
|
Anticipos |
78 |
— |
|
|
|
Subtotal |
238 |
101 |
Subtotal |
2 111 |
1 709 |
Cuentas de tesorería |
|
|
Cuentas transitorias |
|
|
Bancos |
2 291 |
3 474 |
Reutilizaciones de créditos |
— |
265 |
Administración de anticipos |
0 |
4 |
Ingresos aplazados |
123 |
4 |
|
|
|
Subtotal |
123 |
269 |
Subtotal |
2 291 |
3 478 |
|
|
|
Cuentas transitorias |
0 |
24 |
|
|
|
Total |
5 586 |
6 400 |
Total |
5 586 |
6 400 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos del Observatorio — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Observatorio en sus cuentas. |
(1) Órdenes de ingreso emitidas, pero todavía no cobradas, que todavía no han dado lugar a la apertura de créditos de reutilización.
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo.
Fuente:Datos del Observatorio — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Observatorio en sus cuentas.
ORESPUESTAS DE LA OSERVATORIO
7. |
La acumulación de competencias que el Tribunal señala es imputable, de hecho, a la partida del jefe del sector financiero. El jefe provisional de la administración se vio obligado a asumir tales funciones durante un período transitorio, hasta que el nuevo jefe del sector financiero se incorporó a su cargo el 1 de febrero de 2004. Esta persona, actual responsable de la verificación previa, no ejerce las funciones de ordenador. |
8. |
Conforme a las disposiciones financieras aplicables, las instrucciones en cuestión detallan los distintos procedimientos de ejecución presupuestaria, las personas encargadas de los mismos y sus funciones y responsabilidades, entre ellas las que se cuenta la verificación. Las distintas fases de los procedimientos quedan plasmadas en una ficha que deben rubricar los responsables de su ejecución quienes además, en la mayoría de los casos, deben dar su visto bueno informático para que el expediente se transmita al ordenador. El OEDT toma nota de la observación y, para que quede mejor constancia de los controles realizados, ha preparado unas listas de verificación que se añadirán a los expedientes relativos a las operaciones presupuestarias. |
9. |
La validación se efectuó y transmitió al Tribunal el 27 de julio de 2004. |
10. |
El presupuesto 2003 asignado a las actividades de los centros de referencia nacionales de la red Reitox estuvo sujeto a una reserva parlamentaria hasta finales de abril. Por tal motivo, las subvenciones sólo pudieron firmarse muy avanzado el ejercicio. Además, el OEDT ha decidido no proceder al pago de los anticipos para el ejercicio 2004 hasta que haya analizado y regulado las cuentas del ejercicio 2003. En el futuro, el OEDT naturalmente tomará en consideración, a la hora de renovar los contratos, el avance real de los trabajos solicitados el año anterior y una evaluación de su calidad. |
11. |
Durante el mes de mayo de 2004 se ha realizado un importante esfuerzo por identificar todos los bienes del OEDT y ultimar el inventario físico. Este ejercicio, así como la redefinición de las responsabilidades y procedimientos, estará concluido antes de finales de 2004. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/91 |
INFORME
sobre las cuentas anuales del Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas del Observatorio
(2004/C 324/13)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-14 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas del Observatorio
INTRODUCCIÓN
1. |
El Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia (en lo sucesivo denominado «el Observatorio» se creó en virtud del Reglamento (CE) no 1035/97 del Consejo (1). Su función consiste en proporcionar a la Unión y a los Estados miembros datos fiables sobre los fenómenos del racismo, de la xenofobia y del antisemitismo en la Unión y cooperar en estos ámbitos con el Consejo de Europa. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades del Observatorio a partir de la información comunicada por éste. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al Parlamento Europeo y al Consejo, de conformidad con el apartado 2 del artículo 185 del Reglamento (CE, Euratom) no 1605/2002 del Consejo (2). |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales del Observatorio correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el apartado 8 del artículo 12 del Reglamento (CE) no 1035/97, la ejecución presupuestaria del Observatorio es competencia del director. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (3), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el apartado 12 del artículo 12 del Reglamento (CE) no 1035/97. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y de que, no obstante la situación descrita en el apartado 13, las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 y de los créditos prorrogados del ejercicio anterior se presenta en el cuadro 2 (4). La cuenta de gestión y el balance del Observatorio correspondientes al ejercicio 2003 se presentan de forma sintética en los cuadros 3 y 4. |
7. |
El porcentaje de créditos prorrogados del título III, «Actividades operativas», continúa siendo elevado, aunque en menor medida que el ejercicio anterior (36 % en 2003 y 40 % en 2002). El Tribunal llama la atención una vez más al Observatorio (5) sobre la necesidad de que la programación y el seguimiento de sus actividades se atengan más al principio de anualidad. |
8. |
Respecto de los créditos prorrogados del ejercicio 2002 al ejercicio 2003, (1,5 millones de euros), un 20 % se anuló al final del ejercicio. Este elevado porcentaje muestra que las prórrogas de créditos del ejercicio 2002 no estaban bien justificadas, especialmente en el caso de los compromisos provisionales. La prórroga de créditos debe limitarse estrictamente a las obligaciones contraídas de manera regular al cierre del ejercicio. |
9. |
El Observatorio firmó el 3 de marzo de 2003 un acuerdo con la Comisión relativo al establecimiento de una red de información para los países candidatos de Europa central y oriental. Este proyecto se financia con subvenciones Phare por un importe de 845 000 euros. De conformidad con el artículo 4 del acuerdo mencionado, el Observatorio recibió un anticipo de 676 000 euros (80 %) en 2003. Contrariamente a los principios de unidad presupuestaria (6), el Observatorio no integró el importe de la subvención Phare correspondiente a 2003 en su presupuesto, mediante un presupuesto rectificativo. |
10. |
Como ya ha señalado el Tribunal en su informe relativo al ejercicio 2002 (7), el Observatorio debería establecer un sistema eficaz de gestión y seguimiento de los ingresos que deben cobrarse. Este sistema evitaría los retrasos observados en la emisión de las órdenes de ingreso y en la recuperación del IVA. |
11. |
Las órdenes de ingreso relativas al reembolso de los alquileres correspondientes al período de mayo a agosto de 2003 (37 017 euros) por las autoridades austriacas aún no se habían establecido a 31 de diciembre de 2003. |
12. |
Aún no se ha recuperado un importe de 333 474 euros de IVA pagado en 2000. Dadas las diferencias de cambio, este importe es objeto de una subestimación de 19 242 euros. El Observatorio debe intensificar sus esfuerzos por obtener el reembolso del IVA. Por otra parte, las cuentas del IVA no se analizan y justifican con regularidad. Así, un importe de unos 78 000 euros no se registró como ingreso presupuestario y continúa contabilizado en una cuenta de espera. |
13. |
En 2003, el Observatorio adjudicó tres contratos (por un total de 181 078 euros) al mismo suministrador, mediante el procedimiento negociado, pese a que cada contrato era superior al límite de los 13 800 euros por debajo de los cuales se puede aplicar este procedimiento, y a que no se reunían las condiciones que permiten efectuar una excepción. |
14. |
En el caso de dos contrataciones, el Observatorio recurrió al procedimiento de candidaturas internas. En un caso sólo se presentó un candidato y en el otro se presentaron dos. Dadas las dimensiones del Observatorio, este tipo de procedimiento limita la competición de los candidatos. |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(1) DO L 151 de 10.6.1997, p. 6.
(2) DO L 248 de 16.9.2002, p. 1.
(3) En aplicación del apartado 10 del artículo 12 del Reglamento (CE) no 1035/97, las cuentas de la totalidad de ingresos y gastos del Observatorio del ejercicio 2003 se elaboraron el 9 de septiembre de 2004 y se remitieron al Parlamento, a la Comisión y al Tribunal de Cuentas, el cual las recibió el 24 de septiembre de 2004. Una versión resumida de estas cuentas se presenta en los cuadros anexos al presente Informe.
(4) Todos los cuadros del presente informe se han calculado a partir de los valores más exactos posibles de los datos utilizados. Las cifras han sido redondeadas a efectos de presentación, lo que puede originar pequeñas diferencias en los totales. Un guión indica un valor inexistente o nulo, mientras que la cifra 0,0 representa un valor inferior al límite del redondeo.
(5) Véase el apartado 7 del Informe relativo al ejercicio 2002, (DO C 319 de 30.12.2003, p. 70).
(6) Véanse los artículos 4 a 6 sobre el principio de unidad y de veracidad presupuestaria, así como el apartado 3 del artículo 19 del reglamento financiero del Observatorio.
(7) Véase el apartado 9 del Informe relativo al ejercicio 2002, (DO C 319 de 30.12.2003, p. 70).
Cuadro 1
Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia (Viena)
Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado |
Competencias del Observatorio conforme al Reglamento (CE) no 1035/97 |
Órganos rectores |
Medios puestos a disposición del Observatorio en 2003 (datos correspondientes a 2002) |
Actividades y servicios llevados a cabo en 2003 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Recabar información
(artículo 284) |
Objetivos
|
Funciones
|
|
Presupuesto definitivo: 6,575 millones de euros (6,170 millones de euros) sufragados por la subvención comunitaria al: 98,9 % (98,9 %): Plantilla del 31 de diciembre de 2003: 30 (28) puestos previstos en la plantilla, puestos ocupados: 26 (26) + otros 4 (5) puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, interinos, etc.) Total de la plantilla: 30 (31) Agentes encargados de tareas operativas: 17 (19) administrativas: 8 (8) mixtas: 5 (4) Al margen del presupuesto: Programa Phare: 845 millones de euros (– millones de euros), plantilla: 4 (–) |
Raxen: número de contribuciones por los 15 puntos de observación nacionales: 165 número de reuniones: 3 +22 informes en el marco del programa Phare y 3 reuniones. Informes de investigación: número de informes: 12, número de reuniones: 3. Cooperación con los estados miembros y las demás instituciones (Número de acontecimientos organizados conjuntamente):
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente:Información comunicada por el Observatorio. |
Cuadro 2
Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(millones de euros) |
||||||||||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||||||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
Créditos prorrogados del ejercicio anterior |
Créditos disponibles (presupuesto 2003 y ejercicio 2002) |
||||||||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
compromisos pendientes de liquidación |
pagados |
anulados |
créditos |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Subvenciones comunitarias |
6,5 |
5,6 |
Título I Personal |
2,8 |
2,7 |
2,6 |
0,1 |
0,1 |
0,2 |
0,1 |
0,1 |
3,0 |
2,9 |
2,7 |
0,1 |
0,2 |
Otros ingresos |
0,1 |
0,2 |
Título II Funcionamiento |
0,6 |
0,5 |
0,4 |
0,1 |
0,1 |
0,1 |
0,0 |
0,0 |
0,6 |
0,6 |
0,4 |
0,1 |
0,1 |
|
|
|
Título III Actividades operativas |
3,2 |
2,8 |
1,7 |
1,2 |
0,4 |
1,2 |
1,0 |
0,2 |
4,4 |
4,0 |
2,7 |
1,2 |
0,5 |
Total |
6,6 |
5,8 |
Total |
6,6 |
6,0 |
4,7 |
1,3 |
0,6 |
1,5 |
1,2 |
0,3 |
8,1 |
7,5 |
5,9 |
1,3 |
0,9 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos del Observatorio – El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Observatorio en sus cuentas. |
Cuadro 3
Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia — Cuenta de gestión de los ejercicios 2003 y 2002
(miles de euros) |
||
|
2003 |
2002 |
Ingresos |
||
Subvenciones comunitarias |
7 318 |
4 320 |
Otros ingresos |
374 |
|
Ingresos financieros |
21 |
43 |
Ingresos Phare |
676 |
|
Total ingresos (a) |
8 389 |
4 363 |
Gastos |
||
Personal - Título I del presupuesto |
||
Pagos |
2 618 |
2 416 |
Créditos prorrogados |
64 |
187 |
Funcionamiento - Título II del presupuesto |
||
Pagos |
412 |
377 |
Créditos prorrogados |
51 |
60 |
Actividades operativas - Título III del presupuesto |
||
Pagos |
1 678 |
1 686 |
Créditos prorrogados |
1 162 |
1 234 |
Gastos PHARE |
||
Pagos |
377 |
|
Créditos prorrogados |
694 |
|
Total gastos (b) |
7 055 |
5 960 |
Resultado del ejercicio (a – b) |
1 334 |
–1 597 |
Saldo prorrogado del ejercicio anterior |
–1 579 |
–8 |
Créditos prorrogados anulados |
301 |
52 |
Reutilización de créditos del ejercicio anterior no utilizados |
38 |
151 |
Diferencias de cambio |
5 |
2 |
Reembolsos a la Comisión |
|
– 179 |
Saldo del ejercicio |
98 |
-1 579 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos del Observatorio – El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Observatorio en sus cuentas. |
Cuadro 4
Observatorio Europeo del Racismo y la Xenofobia — Balance a 31 de diciembre de 2003 y a 31 de diciembre de 2002
(miles de euros) |
|||||
Activo |
2003 |
2002 |
Pasivo |
2003 |
2002 |
Valore inmovilizadoss |
|
|
Capitales propios |
|
|
Programas informáticos |
72 |
70 |
Capitales propios |
108 |
183 |
Material informático |
148 |
140 |
Saldo del ejercicio |
98 |
–1 579 |
Instalaciones y mobiliario |
250 |
235 |
Subtotal |
207 |
–1 396 |
Amortizaciones |
– 362 |
– 262 |
Deudas a corto plazo |
|
|
Subtotal |
108 |
183 |
Prórrogas automáticas |
1 277 |
1 482 |
Títulos de crédito a corto plazo |
|
|
Acreedores varios |
275 |
225 |
Subvenciones comunitarias |
23 |
13 |
IVA pendiente de pago |
454 |
507 |
Anticipos |
0 |
1 |
Deudas Phare |
694 |
|
Deudores varios |
77 |
66 |
Subtotal |
2 700 |
2 214 |
IVA pendiente de recuperación |
456 |
541 |
|
|
|
Subvención Phare |
169 |
0 |
|
|
|
Subtotal |
725 |
621 |
|
|
|
Tesorería |
|
|
Cuentas transitorias y de regularización |
|
|
Bancos |
2 073 |
113 |
Ingresos de reutilización |
|
99 |
Subtotal |
2 073 |
113 |
Subtotal |
0 |
99 |
Total |
2 906 |
917 |
Total |
2 906 |
917 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos del Observatorio – El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por el Observatorio en sus cuentas. |
RESPUESTAS DEL OBSERVATORIO
7. |
La ejecución del presupuesto y la aplicación del programa de trabajo correspondiente a 2003 volvieron a sufrir las consecuencias negativas del bajo nivel de créditos de pago a disposición del Observatorio. En julio de 2003, el Observatorio solicitó créditos de pago adicionales que sólo fueron recibidos, en último término, en diciembre de 2003. El Observatorio quiere poner de relieve asimismo que, en algunos Estados miembros, los datos oficiales utilizados por la red RAXEN no son publicados hasta septiembre. Pese a todo, el nivel de créditos prorrogados ha disminuido en comparación con 2002, tal como ha señalado el Tribunal. El Observatorio perseverará en su empeño de mejorar la situación. |
8. |
El Observatorio está de acuerdo con la observación formulada por el Tribunal y ha tomado las medidas apropiadas en 2003 para impedir que esto vuelva a ocurrir en el futuro. |
9. |
El Observatorio tomó la decisión de no publicar su presupuesto Phare en un presupuesto rectificativo porque el proyecto afectaba a Estados no miembros, y por tanto era ajeno al ámbito de competencias asignadas al mandato del Observatorio de acuerdo con su reglamento de base. No obstante, dada la observación del Tribunal, el Observatorio ha incluido el presupuesto del proyecto Phare en su presupuesto rectificativo 2004. |
10 y 11. |
El Observatorio comparte la observación formulada por el Tribunal y ha tomado medidas para controlar de manera más eficaz la creación de órdenes de ingreso. |
12. |
El Observatorio volvió a calcular y a enviar su solicitud de reembolso pendiente por importe de 333 474 euros en concepto de IVA, que las autoridades austriacas liquidaron en junio de 2004. Por lo que se refiere a los 78 000 euros, el Observatorio ha modificado sus cuentas en consonancia. El IVA es analizado ahora con regularidad. |
13. |
El Observatorio está de acuerdo con las observaciones del Tribunal y, por consiguiente, ha reforzado los controles internos con la introducción de un servicio de asistencia en materia de contratación pública y formación adicional. El Observatorio quisiera señalar que en 2003 se planeó una licitación pública que finalmente no pudo llevarse a cabo debido a la escasez de recursos humanos (véase respuesta al apartado 14). El Observatorio organizó una licitación pública en 2004 para un contrato marco para la organización de reuniones. La empresa adjudicataria es la misma que la empresa a la que se recurrió a lo largo de 2003. El hecho de que esta empresa fuera seleccionada siguiendo el procedimiento correcto de contratación durante los años previos a 2003 sugiere, en opinión del Observatorio, que no hubo consecuencias financieras y materiales adversas de ningún tipo. |
14. |
Los concursos internos no vulneran el Estatuto del personal. Dadas las escasas dimensiones del Observatorio y la carencia de puestos permanentes, se tomó la decisión de cubrir los puestos temporales vacantes por vía de un concurso interno a fin de abrir ciertas perspectivas de carrera al personal y cubrir dos puestos claves lo más rápidamente posible. El Observatorio ha decidido, no obstante, que en el futuro sólo se celebrarán concursos internos siempre que se garantice un cierto nivel de competencia. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/99 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de la Oficina
(2004/C 324/14)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-10 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas de la Oficina
INTRODUCCIÓN
1. |
La Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (en lo sucesivo denominada «la Oficina») se creó en virtud del Reglamento (CE) no 2100/94 (1). Sus principales misiones consisten en registrar y examinar las solicitudes de concesión de la protección comunitaria de la propiedad industrial para las variedades vegetales, así como en hacer ejecutar los exámenes técnicos necesarios por las oficinas competentes de los Estados miembros. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Oficina a partir de la información comunicada por ésta. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al consejo de administración de la Oficina, de conformidad con el apartado 2 del artículo 111 del Reglamento (CE) no 2100/94 del Consejo. |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales de la Oficina correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según el artículo 110 del Reglamento (CE) no 2100/94, la ejecución presupuestaria de la Oficina es competencia del presidente. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (2), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el artículo 112 del Reglamento (CE) no 2100/94. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características específicas del ámbito comunitario. Asimismo, examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
El Tribunal ha obtenido de este modo garantías suficientes que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones siguientes no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal en el presente Informe. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 y de los prorrogados del ejercicio anterior se presenta en el cuadro 2. La cuenta de gestión y el balance de la Oficina con respecto al ejercicio 2003 se presentan de forma sintética en los cuadros 3 y 4. |
7. |
El artículo 8 del nuevo reglamento financiero de la Oficina prevé que su presupuesto incluya créditos disociados con la distinción entre créditos de compromiso y créditos de pago. Al procederse al cierre de sus cuentas, a pesar de que su presupuesto para 2003 se adoptase antes de la aprobación de la nueva normativa y sólo englobe créditos no disociados, la Oficina consideró como disociados los créditos del título III de su presupuesto, que financian sus actividades operativas. Para ello, la Oficina habría debido adoptar un presupuesto rectificativo en el que se diferenciasen los créditos de compromiso de los créditos de pago, con los comentarios apropiados, lo cual no se produjo. |
8. |
Un importe no cobrado de 216 048 euros de IVA abonado entre 1997 y 2001 figura en el balance. Por lo general (206 553 euros), se trata de solicitudes de devolución que fueron denegadas por las autoridades francesas. La Oficina, tras haber examinado las posibilidades jurídicas de recuperación de este IVA, debería efectuar las regularizaciones necesarias. |
9. |
La letra e) del apartado 1 del artículo 42 del reglamento financiero de la Oficina dispone que el contable validará los sistemas definidos por el ordenador y que están destinados a proporcionar o justificar datos contables. Dicha validación todavía no se ha producido. |
10. |
El sistema contable de la Oficina está compuesto de tres sistemas informáticos: un sistema para la gestión de las solicitudes de concesión de protección comunitaria (PVR), un sistema de contabilidad presupuestaria (SI2) y un sistema de contabilidad general. La Oficina debería continuar el proceso de integración de estos sistemas para eliminar numerosos errores menores, debidos a las múltiples entradas de datos que resultan del empleo de procedimientos extracontables. |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(1) DO L 227 de 1.9.1994, p. 27.
(2) Según lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 111 del Reglamento (CE) no 2100/94, las cuentas de la totalidad de los ingresos y gastos de la Oficina correspondientes al ejercicio 2003 se elaboraron el 25 de marzo de 2004 y, a continuación, se remitieron al Tribunal de Cuentas, que las recibió el 24 de septiembre de 2004. En los cuadros anexos al presente Informe se hallará un resumen de dichas cuentas.
Cuadro 1
Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (Angers)
Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado |
Competencias de la Oficina conforme al Reglamento (CE) no 2100/94 |
Órganos rectores |
Medios puestos a disposición de la Oficina (datos relativos a 2002) |
Actividades y servicios llevados a cabo en 2003 (datos relativos a 2002) |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Libre circulación de mercancías Las prohibiciones o restricciones justificadas por razones de protección de la propiedad industrial y comercial no deberán constituir un medio de discriminación arbitraria ni una restricción encubierta del comercio entre los Estados miembros. (extractos del artículo 30 del Tratado) |
Objetivos Aplicar el régimen de protección comunitaria de las obtenciones vegetales como única y exclusiva forma de protección comunitaria de la propiedad industrial para las variedades vegetales. |
Funciones
|
|
Presupuesto definitivo: 11,1 millones de euros (10,5 millones de euros) sufragados por la subvención comunitaria: 0 % (0 %) Plantilla a 31 de diciembre de 2003: puestos previstos en el organigrama: 35 (33) puestos cubiertos: 34 (28) 1 (2) otro(s) puesto(s) (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, agentes locales, interinos) Total de la plantilla: 35 (30) Agentes encargados de:
|
Solicitudes tratadas: 2 516 (2 223) Exámenes técnicos externos: 1 929 (1 295) Títulos concedidos: 1 869 (1 704) Títulos comunitarios en vigor a 31.12.2003: 8 764 (a 31.12.2002: 7 800). |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente:Información comunicada por la Oficina. |
Cuadro 2
Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(millones de euros) |
||||||||||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||||||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
Créditos prorrogados del ejercicio anterior |
Créditos disponibles (presupuesto 2003 y ejercicio 2002) |
||||||||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
compromisos pendientes de liquidación |
pagados |
anulados |
créditos |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Ingresos propios |
7,4 |
8,2 |
Título I Personal |
3,6 |
3,5 |
3,2 |
0,1 |
0,2 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
3,6 |
3,5 |
3,3 |
0,1 |
0,2 |
Ingresos administrativos |
0,2 |
0,0 |
Título II Funcionamiento |
1,0 |
0,8 |
0,6 |
0,2 |
0,2 |
0,2 |
0,1 |
0,0 |
1,2 |
0,8 |
0,7 |
0,2 |
0,3 |
Ingresos varios |
0,0 |
0,1 |
Título III Actividades operativas |
6,6 |
6,1 |
1,2 |
4,9 |
0,5 |
3,7 |
1,3 |
0,2 |
10,3 |
6,1 |
2,5 |
4,9 |
0,7 |
Ingresos financieros |
0,4 |
0,4 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Saldo presupuestario del ejercicio anterior |
3,2 |
0,0 |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Total |
11,1 |
8,8 |
Total |
11,1 |
10,4 |
5,0 |
5,2 |
1,0 |
3,9 |
1,5 |
0,2 |
15,0 |
10,4 |
6,5 |
5,2 |
1,2 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Oficina — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Oficina en sus cuentas. |
Cuadro 3
Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales — Cuenta de gestión de los ejercicios 2003 y 2002
(miles de euros) |
||
|
2003 |
2002 |
Ingresos |
||
Ingresos propios |
8 199 |
8 564 |
Ingresos varios |
156 |
61 |
Ingresos financieros |
401 |
615 |
Total ingresos (a) |
8 757 |
9 240 |
Gastos |
||
Personal — Título I del presupuesto |
||
Pagos |
3 245 |
2 807 |
Créditos prorrogados |
98 |
26 |
Funcionamiento — Título II del presupuesto |
||
Pagos |
583 |
570 |
Créditos prorrogados |
195 |
163 |
Actividades operativas — Título III del presupuesto |
||
Pagos |
1 179 |
975 |
Créditos prorrogados |
4 863 |
3 699 |
Total gastos (b) |
10 164 |
8 239 |
Resultado del ejercicio (a – b) |
–1 407 |
1 001 |
Saldo prorrogado del ejercicio anterior |
13 977 |
11 029 |
Créditos prorrogados anulados |
249 |
1 949 |
Diferencias de cambio |
0 |
–3 |
Dotaciones para provisiones |
5 |
0 |
Saldo del ejercicio |
12 825 |
13 977 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Oficina — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Oficina en sus cuentas. |
Cuadro 4
Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales — Balance a 31 de diciembre de 2003 y a 31 de diciembre de 2002
(miles de euros) |
|||||
Activo |
2003 |
2002 |
Pasivo |
2003 |
2002 |
Valores inmovilizados |
|
|
Capitales propios |
|
|
Programas informáticos |
78 |
68 |
Capitales propios |
2 538 |
2 503 |
Inmuebles |
2 427 |
2 404 |
|
|
|
Material informático |
219 |
229 |
Reserva |
13 977 |
11 029 |
Instalaciones y mobiliario |
161 |
140 |
Saldo del ejercicio |
–1 153 |
2 948 |
Amortizaciones |
– 345 |
– 338 |
Subtotal |
15 363 |
16 480 |
|
|
|
Deudas a corto plazo |
|
|
Subtotal |
2 538 |
2 503 |
Pendiente de liquidación de prórrogas 2002 |
2 145 |
0 |
Fianzas y garantías |
3 |
0 |
Prórrogas automáticas |
5 156 |
3 887 |
Títulos de crédito a corto plazo |
|
|
Proveedores |
1 |
160 |
Órdenes de ingreso |
3 |
51 |
Anticipos de clientes |
194 |
366 |
Deudores varios |
29 |
24 |
IVA pendiente de pago |
216 |
216 |
IVA pendiente de cobro |
371 |
384 |
Retenciones sobre salarios |
9 |
32 |
Subtotal |
403 |
459 |
Subtotal |
7 721 |
4 661 |
Tesorería |
|
|
|
|
|
Bancos |
20 065 |
18 103 |
|
|
|
Administración de anticipos |
75 |
75 |
|
|
|
Subtotal |
20 140 |
18 178 |
|
|
|
Total |
23 084 |
21 141 |
Total |
23 084 |
21 141 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Oficina — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Oficina en sus cuentas. |
RESPUESTAS DE LA OFICINA
7. |
El enunciado del artículo 8 del nuevo reglamento financiero da a entender que, tras la entrada en vigor, el 16 de septiembre de 2003, del nuevo reglamento financiero, los créditos del título III pueden considerarse, de facto, disociados. La Oficina considera que la adopción por la autoridad presupuestaria del presupuesto para 2004, en el que afloran créditos disociados en consideración a compromisos anteriores pendientes de pago, compensa la ausencia de presupuesto rectificativo. |
8. |
La Oficina remitirá una nueva solicitud de reembolso concerniente a los 206 553 euros pendientes. Por lo que se refiere a los restantes 9 495 euros, se tomará una decisión antes de que concluya 2004. |
9. |
Esta validación está en trámite de finalización. |
10. |
La Oficina estudia mejorar la integración de sus sistemas informáticos. Se han implantado ya algunos elementos, como por ejemplo: la transferencia automática de las notas de adeudo y las notas de crédito de los clientes, la transferencia automática de los datos de clientes y proveedores terceros, la transferencia automática de las facturas de los proveedores. |
30.12.2004 |
ES |
Diario Oficial de la Unión Europea |
C 324/106 |
INFORME
sobre las cuentas anuales de la Oficina de Armonización del Mercado Interior correspondientes al ejercicio 2003, acompañado de las respuestas de la Oficina
(2004/C 324/15)
ÍNDICE
1 |
INTRODUCCIÓN |
2-5 |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL |
6-10 |
OBSERVACIONES |
Cuadros 1 a 4
Respuestas de la Oficina
INTRODUCCIÓN
1. |
La Oficina de Armonización del Mercado Interior (en adelante, Oficina) fue creada en virtud del Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo (1). Su misión es aplicar la legislación comunitaria en materia de marcas, dibujos y modelos, que confiere a las empresas una protección uniforme en todo el territorio de la Unión. El cuadro 1 presenta de forma sintética las competencias y actividades de la Oficina a partir de la información comunicada por ésta. |
OPINIÓN DEL TRIBUNAL
2. |
La presente opinión está dirigida al Comité Presupuestario de la Oficina, de conformidad con el apartado 2 del artículo 137 del Reglamento (CE) no 40/94 del Consejo. () |
3. |
El Tribunal ha examinado las cuentas anuales de la Oficina correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003. Según la letra c del apartado 2 del artículo 119 del Reglamento (CE) no 40/94, la ejecución presupuestaria es competencia del presidente. Dicha competencia incluye la elaboración y presentación de las cuentas (2), de conformidad con las disposiciones financieras internas que se establecen en el artículo 138 del Reglamento (CE) no 40/94. El Tribunal tiene la obligación de examinar dichas cuentas en virtud del artículo 248 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea. |
4. |
El Tribunal realizó la fiscalización de acuerdo con sus políticas y normas de auditoría, que resultan de la adaptación de las normas internacionales de auditoría generalmente aceptadas para reflejar las características específicas del ámbito comunitario. El Tribunal examinó los documentos contables y aplicó los procedimientos de control que estimó necesarios con arreglo a las circunstancias. |
5. |
De ese modo, el Tribunal ha obtenido garantías suficientes de que las cuentas anuales correspondientes al ejercicio que finalizó el 31 de diciembre de 2003 son fiables y de que las operaciones subyacentes son, en su conjunto, legales y regulares. El contenido de las observaciones que se exponen a continuación no cuestiona la opinión de fiscalización expresada por el Tribunal en el presente Informe. |
OBSERVACIONES
6. |
La ejecución de los créditos del ejercicio 2003 y de los créditos prorrogados del ejercicio anterior se presenta en el cuadro 2. La cuenta de gestión y el balance de la Oficina del ejercicio 2003 se presentan de forma resumida en los cuadros 3 y 4. |
7. |
Los créditos prorrogados ascienden a un total de 18,3 millones de euros. La necesidad de las prórrogas debería evaluarse con más rigor, ya que las pruebas realizadas de una muestra que representaba el 35 % de dicho importe ponen de manifiesto importes no justificados del orden de 586 000 euros, de los que 350 000 corresponden a informes de investigación y 236 000, a acciones de formación profesional. |
8. |
Una parte importante de los informes corresponde a compromisos provisionales cuyo saldo no utilizado al final del ejercicio se prorroga íntegramente aun cuando una parte o la totalidad de dicho saldo no corresponda a obligaciones contraídas regularmente. Esta situación es irregular. |
9. |
Las licencias y programas informáticos no se incluyen en el inmovilizado, lo que es contrario al reglamento sobre el inventario (3). A 31 de diciembre de 2003, su valor se estima en un importe que podría alcanzar 700 000 euros. |
10. |
Pese a las anteriores observaciones del Tribunal (4), la Oficina no ha revisado su sistema de inventario: las responsabilidades siguen estando mal definidas y la formación del personal todavía es insuficiente. En estas circunstancias, resulta difícil mantener el inventario de manera correcta. De ese modo, durante el inventario físico no pudieron localizarse bienes informáticos y mobiliarios registrados en la contabilidad por un valor de unos 500 000 euros. |
El presente Informe ha sido aprobado por el Tribunal de Cuentas en Luxemburgo en su reunión de los días 29 y 30 de septiembre de 2004.
Por el Tribunal de Cuentas
Juan Manuel FABRA VALLÉS
Presidente
(2) Según lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 137 del Reglamento (CE) no 40/94, las cuentas de todos los ingresos y gastos de la Oficina del ejercicio 2003 se elaboraron el 28 de febrero de 2004 y a continuación se remitieron al Tribunal de Cuentas, que las recibió el 24 de septiembre de 2004. En los cuadros anexos al presente Informe se hallará un resumen de dichas cuentas.
(3) Reglamento (CE) no 2909/2000 de la Comisión (DO L 336 de 30.12.2000, p. 75).
(4) Apartado 13 del Informe relativo al ejercicio 2002 (DO C 319 de 30.12.2003, p. 84).
Cuadro 1
Oficina de Armonización del Mercado Interior (Alicante)
Ámbito de competencias comunitarias según el Tratado |
Competencias de la Oficina conforme al Reglamento (CE) no 40/94 |
Órganos rectores |
Recursos de que dispone la Oficina (datos de 2002) |
Actividades y servicios llevados a cabo en 2003 |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Libre circulación de mercancías Las prohibiciones o restricciones justificadas por razones de protección de la propiedad industrial y comercial no deben constituir ni un medio de discriminación arbitraria ni una restricción encubierta del comercio entre los Estados miembros. (Extracto del artículo 30 del Tratado) Quedarán prohibidas las restricciones a la libre prestación de servicios dentro de la Comunidad para los nacionales de los Estados miembros establecidos en un país de la Comunidad que no sea el destinatario de la prestación. (extracto del artículo 49 del Tratado) |
Objetivos Aplicar la legislación comunitaria relativa a las marcas, dibujos y modelos que confiere a las empresas el derecho a disfrutar de una protección uniforme en todo el territorio de la Unión. |
Funciones
|
|
Presupuesto definitivo 157 millones de euros (155 millones de euros) de los cuales sufragados por subvención comunitaria: 0 % (0 %) Plantilla a 31 de diciembre de 2003 675 (675) puestos previstos en el organigrama, de los que están cubiertos 650 (633) +31 (*) otros puestos (contratos auxiliares, expertos nacionales en comisión de servicio, interinos) Total de la plantilla: 681 (*) agentes encargados de:
(*): datos de 2002 no disponibles |
Marcas Número de solicitudes: 57 637. Número de registros: 34 290. Número de oposiciones recibidas: 9 929. de las cuales 9 396 resueltas. Recursos ante las salas de recurso: 719. Plazo medio de tramitación de un registro (sin oposición y recurso):
Modelos y dibujos Dibujos recibidos: 37 084. Dibujos registrados: 24 801. |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Fuente:Información comunicada por la Oficina. |
Cuadro 2
Oficina de Armonización del Mercado Interior — Ejecución presupuestaria del ejercicio 2003
(millones de euros) |
||||||||||||||||
Ingresos |
Gastos |
|||||||||||||||
Origen de los ingresos |
Ingresos consignados en el presupuesto definitivo del ejercicio |
Ingresos recibidos |
Afectación de los gastos |
Créditos del presupuesto definitivo |
Créditos prorrogados del ejercicio anterior |
Créditos disponibles (presupuesto 2003 y ejercicio 2002) |
||||||||||
consignados |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
compromisos pendientes de liquidación |
pagados |
anulados |
créditos |
comprometidos |
pagados |
prorrogados |
anulados |
||||
Tasas |
101,4 |
105,6 |
Título I Personal |
52,4 |
48,6 |
47,4 |
1,2 |
3,8 |
0,9 |
0,7 |
0,2 |
53,3 |
49,5 |
48,1 |
1,2 |
4,0 |
Otros ingresos |
4,3 |
4,9 |
Título II Funcionamiento |
26,1 |
24,3 |
16,4 |
7,9 |
1,8 |
9,7 |
9,3 |
0,4 |
35,8 |
34,0 |
25,7 |
7,9 |
2,2 |
Resultado del ejercicio anterior |
51,7 |
55,4 |
Título III Actividades operativas |
27,2 |
23,4 |
14,1 |
9,3 |
3,8 |
8,7 |
7,8 |
0,9 |
35,9 |
32,1 |
21,9 |
9,3 |
4,7 |
Título X Reserva |
51,7 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
51,7 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
51,7 |
0,0 |
0,0 |
0,0 |
51,7 |
|||
Total |
157,4 |
165,9 |
Total |
157,4 |
96,3 |
77,9 |
18,4 |
61,1 |
19,3 |
17,8 |
1,5 |
176,7 |
115,6 |
95,7 |
18,4 |
62,6 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Oficina — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Oficina en sus cuentas. |
Cuadro 3
Oficina de Armonización del Mercado Interior — Cuenta de gestión de los ejercicios 2003 y 2002
(miles de euros) |
||
|
2003 |
2002 |
Ingresos |
||
Ingresos propios |
107 056 |
97 329 |
Ingresos financieros |
3 460 |
3 141 |
Total ingresos (a) |
110 516 |
100 470 |
Gastos presupuestarios del ejercicio |
||
Personal — Título I del presupuesto |
||
Pagos |
47 416 |
46 106 |
Créditos prorrogados |
1 168 |
934 |
Funcionamiento — Título II del presupuesto |
||
Pagos |
16 366 |
15 095 |
Créditos prorrogados |
7 891 |
9 718 |
Actividades operativas — Título III del presupuesto |
||
Pagos |
14 137 |
16 431 |
Créditos prorrogados |
9 262 |
8 651 |
Total gastos (b) |
96 240 |
96 934 |
Resultado del ejercicio (a – b) |
14 276 |
3 536 |
Otros gastos/provisiones anuales |
||
Provisión para gastos de procedimiento |
1 094 |
–1 363 |
Subtotal |
1 094 |
–1 363 |
Saldo prorrogado del ejercicio anterior |
55 368 |
51 349 |
Créditos prorrogados anulados |
1 506 |
1 817 |
Créditos de reutilización del ejercicio anterior no utilizados |
115 |
11 |
Provisión para gastos de procedimiento de ejercicios anteriores |
0 |
0 |
Diferencias de cambio e ingresos extraordinarios |
–6 |
17 |
Saldo del ejercicio |
72 353 |
55 368 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Oficina — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Oficina en sus cuentas. |
Cuadro 4
Oficina de Armonización del Mercado Interior — Balance a 31 de diciembre de 2003 y a 31 de diciembre de 2002
(miles de euros) |
|||||
Activo |
2003 |
2002 |
Pasivo |
2003 |
2002 |
Valores inmovilizados |
|
|
Capitales permanentes |
|
|
Inmuebles |
26 747 |
26 286 |
Capitales propios |
27 921 |
28 065 |
Instalaciones y mobiliario |
3 828 |
3 783 |
Saldo del ejercicio |
72 353 |
55 368 |
Material de transporte |
115 |
111 |
Subtotal |
100 274 |
83 433 |
Material informático |
11 241 |
9 636 |
Deudas a largo plazo |
|
|
Inmovilizado inmaterial |
24 |
24 |
Acreedores a largo plazo |
24 |
23 |
Amortizaciones |
–14 035 |
–11 775 |
Subtotal |
24 |
23 |
Subtotal |
27 920 |
28 065 |
Deudas a corto plazo |
|
|
Títulos de crédito a corto plazo |
|
|
Prórrogas de créditos automáticas |
18 322 |
19 303 |
Proveedores y misiones |
200 |
167 |
Anticipos de clientes |
29 395 |
22 289 |
Otros deudores |
107 |
89 |
Importe pendiente de cobro |
51 |
14 |
Subtotal |
307 |
256 |
Acreedores varios |
757 |
664 |
Cuentas de tesorería |
|
|
Provisión para gastos de procedimiento |
13 644 |
14 738 |
Bancos |
134 239 |
112 256 |
Subtotal |
62 169 |
57 008 |
Caja |
1 |
2 |
Cuentas transitorias |
|
|
Subtotal |
134 240 |
112 258 |
Ingresos de reutilización |
0 |
115 |
|
|
|
Subtotal |
0 |
115 |
Total |
162 467 |
140 579 |
Total |
162 467 |
140 579 |
Nota:Los totales pueden presentar diferencias debidas al redondeo. Fuente:Datos de la Oficina — El cuadro presenta, de forma sintética, los datos facilitados por la Oficina en sus cuentas. |
RESPUESTAS DE LA OFICINA
7. |
En lo que respecta a los informes de búsqueda, medidas como la mejora de la aplicación informática utilizada en la gestión de los mismos, la supresión del ajuste anual a partir del 1 de enero de 2004, así como la elaboración de compromisos específicos para cada una de las oficinas nacionales interesadas, contribuirán a una evaluación más eficaz de los créditos pendientes de prórroga. En cuanto a la formación, las necesidades en concepto de compromisos serán objeto de dos ejercicios de análisis a partir de 2004: uno en agosto y otro en diciembre. En cualquier caso, ya se están liberando créditos a medida que se van ejecutando las acciones. |
8. |
La Oficina toma nota de esta observación y tomará medidas con objeto de reducir los créditos prorrogados correspondientes a los compromisos provisionales. |
9. |
La Oficina analizará todos los contratos en cuestión a fin de determinar el importe exacto que deberá consignarse en concepto de inmovilizaciones inmateriales con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) no 2909/2000. |
10. |
Desde 2003, la Oficina ha estado tomando medidas encaminadas a mejorar su sistema de inventario, concretamente la atribución de la tarea de mantenimiento a un solo servicio, la armonización de la nomenclatura con la de la Comisión, la revisión del etiquetado y la desclasificación de los bienes. En lo que se refiere a la definición de las responsabilidades y la formación, la Oficina no sólo está revisando el reglamento de inventario y los procesos subyacentes, sino que está elaborando instrucciones escritas para la realización de las inspecciones físicas. |