ISSN 1725-244X

Diario Oficial

de la Unión Europea

C 214

European flag  

Edición en lengua española

Comunicaciones e informaciones

47° año
26 de agosto de 2004


Número de información

Sumario

Página

 

I   Comunicaciones

 

Comisión

2004/C 214/1

Tipo de cambio del euro

1

2004/C 214/2

Anuncio de la próxima expiración de determinadas medidas antidumping

2

2004/C 214/3

Notificación previa de una operación de concentración (Caso no COMP/M.3509 — Rabobank/KBC Bank/JV) — Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado ( 1 )

3

2004/C 214/4

Notificación previa de una operación de concentración (Caso no COMP/M.3549 — KKR/DLJ/Jostens/Von Hoffmann/Arcade) — Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado ( 1 )

4

2004/C 214/5

Notificación previa de una operación de concentración (Caso no COMP/M.3538 — Uniqa/Claris Vita) — Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado ( 1 )

5

2004/C 214/6

No oposición a una concentración notificada (Asunto no COMP/3402 — SIEMENS/3i/AGUTH/XTRAMIND) ( 1 )

6


 


 

(1)   Texto pertinente a efectos del EEE

ES

 


I Comunicaciones

Comisión

26.8.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 214/1


Tipo de cambio del euro (1)

25 de agosto de 2004

(2004/C 214/01)

1 euro =

 

Moneda

Tipo de cambio

USD

dólar estadounidense

1,2081

JPY

yen japonés

133,19

DKK

corona danesa

7,4359

GBP

libra esterlina

0,6727

SEK

corona sueca

9,1546

CHF

franco suizo

1,5403

ISK

corona islandesa

87,33

NOK

corona noruega

8,313

BGN

lev búlgaro

1,9559

CYP

libra chipriota

0,5775

CZK

corona checa

31,705

EEK

corona estonia

15,6466

HUF

forint húngaro

249,40

LTL

litas lituana

3,4528

LVL

lats letón

0,6569

MTL

lira maltesa

0,4263

PLN

zloty polaco

4,4118

ROL

leu rumano

40 977

SIT

tólar esloveno

239,96

SKK

corona eslovaca

40,11

TRL

lira turca

1 819 300

AUD

dólar autraliano

1,7122

CAD

dólar canadiense

1,5823

HKD

dólar de Hong Kong

9,4232

NZD

dólar neozelandés

1,8626

SGD

dólar de Singapur

2,0703

KRW

won de Corea del Sur

1 396,50

ZAR

rand sudafricano

8,0826


(1)  

Fuente: tipo de cambio de referencia publicado por el Banco Central Europeo.


26.8.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 214/2


Anuncio de la próxima expiración de determinadas medidas antidumping

(2004/C 214/02)

1.

La Comisión comunica que las medidas antidumping mencionadas más abajo, salvo que se inicie una reconsideración de acuerdo con el procedimiento que se indica a continuación, expirarán en la fecha que figura en el cuadro que se recoge al final del presente anuncio, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento (CE) no 468/2001 y con el artículo 2 del Reglamento (CE) no 469/2001 del Consejo (1), que establecen un derecho antidumping definitivo sobre las importaciones de balanzas electrónicas originarias de Japón y de Singapur.

2.   Procedimiento

Los productores comunitarios podrán presentar por escrito una solicitud de reconsideración que deberá aportar pruebas suficientes de que la expiración de las medidas podría dar lugar a una continuación o reaparición del dumping y del perjuicio.

En caso de que la Comisión decida reconsiderar las medidas, los importadores y exportadores, los representantes del país exportador y los productores de la Comunidad podrán completar, refutar o comentar los elementos contenidos en la solicitud de reconsideración.

3.   Plazo

Con arreglo a lo antes citado, los productores comunitarios deberán remitir por escrito la solicitud de reconsideración a la Comisión Europea, Dirección General de Comercio (División B-1), J-79 5/16, B-1049 Bruselas (2) a partir de la fecha de publicación del presente anuncio y, a más tardar, tres meses antes de la fecha que figura en el cuadro.

4.

El presente anuncio se publica de conformidad con el apartado 2 del artículo 11 del Reglamento (CE) no 384/96 del Consejo (3).

Producto

País(es) de origen o de exportación

Medida

Referencia

Fecha de expiración

Balanzas electrónicas

Japón

Derecho

Reglamento (CE) no 468/2001 (DO L 67 de 9.3.2001, p. 24)

10.3.2005

Balanzas electrónicas

Singapur

Derecho

Reglamento (CE) no 469/2001 (DO L 67 de 9.3.2001, p. 37)

10.3.2005


(1)  DO L 67 de 9.3.2001, p. 24 y p. 37.

(2)  Télex COMEU B 21877; fax (32-2) 295 65 05.

(3)  DO L 56 de 6.3.1996, p. 1; Reglamento cuya última modificación la constituye el Reglamento (CE) no 461/2004 (DO L 77 de 13.3.2004, p. 12).


26.8.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 214/3


Notificación previa de una operación de concentración

(Caso no COMP/M.3509 — Rabobank/KBC Bank/JV)

Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado

(2004/C 214/03)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

1.

Con fecha 17 de agosto de 2004 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que las empresas Coöperatieve Centrale Raiffeisen-Boerenleenbank B.A. («Radobank», Holanda) y KBC Bank N.V. («KBC», Bélgica) adquieren el control conjunto, a efectos de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de una empresa común de nueva creación.

2.

Ámbito de actividad de las empresas afectadas:

Radobank and KBC: servicios financieros, incluyendo banca, seguros y gestión de activos,

la empresa común de nueva creación: prestación de servicios para el procesamiento administrativo de transacciones de acciones y productos derivados.

3.

Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto. De conformidad con la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2) se hace notar que este caso es susceptible de ser tratado por el procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.3509 — Rabobank/KBC Bank/JV, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de operaciones de concentración

J–70

B–1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  Reglamento adoptado por la Comisión el 20 de julio de 2004, disponible en DG COMP website:

http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/legislation/consultation/simplified_tru.pdf.


26.8.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 214/4


Notificación previa de una operación de concentración

(Caso no COMP/M.3549 — KKR/DLJ/Jostens/Von Hoffmann/Arcade)

Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado

(2004/C 214/04)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

1.

Con fecha 18 de agosto de 2004 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que las empresas Kohlberg Kravis Roberts & Co. L.P. («KKR»; EE.UU) y DLJ Merchant Banking III, Inc. («DLJ»; EE.UU), perteneciente al grupo Credit Suisse («CS»; Suiza) adquieren el control, a efectos de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de las empresas Jostens, Inc. («Jostens», EE.UU), The Von Hoffmann Corporation («Von Hoffmann», EE:UU) y AKI, Inc. («Arcade», EE.UU) a través de la adquisición de acciones.

2.

Ámbito de actividad de las empresas afectadas:

KKR: inversiones financieras,

DLJ: inversiones financieras,

CS: negocios bancarios y de seguros,

Jostens productos para celebraciones escolares,

Von Hoffmann: impresión de libros educativos,

Arcade: servicios de marketing.

3.

Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto. De conformidad con la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2) se hace notar que este caso es susceptible de ser tratado por el procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.3549 — KKR/DLJ/Jostens/Von Hoffmann/Arcade, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de operaciones de concentración

J–70

B–1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  Reglamento adoptado por la Comisión el 20 de julio de 2004, disponible en DG COMP website: http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/legislation/consultation/simplified_tru.pdf.


26.8.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 214/5


Notificación previa de una operación de concentración

(Caso no COMP/M.3538 — Uniqa/Claris Vita)

Caso susceptible de ser tratado por procedimiento simplificado

(2004/C 214/05)

(Texto pertinente a los fines del EEE)

1.

Con fecha 16 de agosto de 2004 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (1) la Comisión recibió notificación de un proyecto de concentración por el que la empresa UNIQA Versicherungen AG («Uniqa», Austria) adquiere el control, a efectos de lo dispuesto en la letra b) del apartado 1 del artículo 3 del citado Reglamento, de la empresa Claris Vita S.p.A. («Claris Vita», Italia), a través de la adquisición de acciones.

2.

Ámbito de actividad de las empresas afectadas:

for Uniqa: seguros,

for Claris Vita: seguros de vida.

3.

Tras haber realizado un examen preliminar, la Comisión considera que la transacción notificada podría entrar en el ámbito de aplicación del Reglamento (CE) no 139/2004. No obstante, se reserva la posibilidad de tomar una decisión definitiva sobre este punto. De conformidad con la Comunicación de la Comisión sobre el procedimiento simplificado para tramitar determinadas operaciones de concentración con arreglo al Reglamento (CE) no 139/2004 del Consejo (2) se hace notar que este caso es susceptible de ser tratado por el procedimiento establecido en dicha Comunicación.

4.

La Comisión insta a terceros interesados a que le presenten sus observaciones eventuales con respecto a la propuesta de concentración.

Las observaciones deberán obrar en poder de la Comisión en un plazo máximo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de esta publicación. Las observaciones pueden ser enviadas a la Comisión por fax [(32-2) 296 43 01 o 296 72 44] o por correo, referencia no COMP/M.3538 — Uniqa/Claris Vita, a la siguiente dirección:

Comisión Europea

Dirección General de Competencia

Registro de operaciones de concentración

J-70

B–1049 Bruselas


(1)  DO L 24 de 29.1.2004, p. 1.

(2)  Reglamento adoptado por la Comisión el 20 de julio de 2004, disponible en DG COMP website:

http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/legislation/consultation/simplified_tru.pdf.


26.8.2004   

ES

Diario Oficial de la Unión Europea

C 214/6


No oposición a una concentración notificada

(Asunto no COMP/3402 — SIEMENS/3i/AGUTH/XTRAMIND)

(2004/C 214/06)

(Texto pertinente a efectos del EEE)

El 28 de julio de 2004, la Comisión decidió no oponerse a la concentración notificada citada en el encabezamiento y declararla compatible con el mercado común. Esta Decisión se basa en la letra b) del apartado 1 del artículo 6 del Reglamento (CEE) no 4064/89 del Consejo. El texto íntegro de la Decisión solamente está disponible en alemán y se hará público una vez suprimidos los secretos comerciales que pueda contener. Estará disponible:

en el sitio web de la DG Competencia del servidor Europa (http://europa.eu.int/comm/competition/mergers/cases/) de forma gratuita. Este sitio web proporciona diversos métodos de búsqueda de las decisiones sobre concentraciones, en particular por nombre de la empresa, número de asunto, fecha de la decisión e índices sectoriales,

en formato electrónico en la versión «CEN» de la base de datos CELEX, por número de documento 304M3402. CELEX es el sistema informático de documentación de la legislación comunitaria. Para más información sobre cómo acceder a Celex, véase el enlace «información para suscriptores»:

CELEX: información para suscriptores

http://publications.eu.int/general/en/eulaw_en.htm