Directrices para las políticas de empleo (2005-2008)

La Comisión presenta ocho directrices para mejorar el empleo en la Unión Europea (UE). Concentra los esfuerzos en las políticas destinadas a alcanzar el pleno empleo, sobre todo mediante la mejora de la integración de las personas desfavorecidas, una mayor inversión en recursos humanos, la adaptación de los sistemas de educación y formación, y la promoción de la flexibilidad combinada con la seguridad del empleo.

ACTO

Decisión 2005/600/CE del Consejo, de 12 de julio de 2005, relativa a las Directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros.

SÍNTESIS

Las directrices integradas para el crecimiento y el empleo para el período 2005-2008 reúnen en un texto único, coherente y simplificado las Orientaciones generales de política económica (OGPE) y las directrices de empleo. Constituyen el instrumento político principal para el desarrollo y la aplicación de la estrategia de Lisboa.

Las directrices de empleo se exponen, por tanto, en un instrumento político integrado * que abarca tanto el ámbito macroeconómico como el microeconómico de la Unión Europea (UE). Dicho instrumento presenta de este modo una visión estratégica clara de los desafíos europeos y permite a la Unión canalizar los esfuerzos de los Estados miembros sobre las acciones prioritarias. Algunas directrices de empleo deben aplicarse de manera coherente con las directrices correspondientes de los demás ámbitos. Esto permite el refuerzo mutuo de los diferentes ámbitos de la economía.

En primer lugar, a fin de atraer a más personas para que se incorporen al mercado de trabajo y modernizar los sistemas de protección social, la Comisión propone:

Esta directriz debería aplicarse teniendo en cuenta la directriz nº 2: «Salvaguardar la sostenibilidad económica y presupuestaria».

En segundo lugar, para mejorar la adaptabilidad de los trabajadores y las empresas y aumentar la flexibilidad de los mercados laborales, la Comisión propone:

Esta directriz debe aplicarse teniendo en cuenta la directriz integrada nº 5: «Promover una mayor coherencia entre las políticas macroeconómicas, estructurales y de empleo», relativa a la política macroeconómica.

Esta directriz debe aplicarse teniendo en cuenta la directriz nº 4: «Garantizar una evolución de los salarios que contribuya a la estabilidad macroeconómica y el crecimiento», relativa a la política macroeconómica.

En tercer lugar, para incrementar la inversión en capital humano mejorando la educación y las cualificaciones, la Comisión propone:

Esta directriz debe aplicarse teniendo en cuenta la directriz nº 7: «Aumentar y mejorar la inversión en I+D, en particular por parte de las empresas», relativa a la política macroeconómica.

Durante los años intermedios hasta 2008 la actualización de las directrices para el empleo debe limitarse estrictamente. La Comisión presenta las directrices integradas en el marco de la revisión intermedia de la estrategia de Lisboa.

Directrices integradas para el crecimiento y el empleo (2005-2008)

Directrices macroeconómicas1) Garantizar la estabilidad económica con vistas a un crecimiento sostenible.2) Salvaguardar la sostenibilidad económica y fiscal.3) Promover una asignación eficiente de los recursos orientada hacia el crecimiento y el empleo.4) Garantizar una evolución de los salarios que contribuya a la estabilidad económica.5) Promover una mayor coherencia entre las políticas macroeconómicas, estructurales y de empleo.6) Contribuir al dinamismo y el buen funcionamiento de la Unión Económica y Monetaria (UEM).Directrices microeconómicas7) Aumentar y mejorar la inversión en I+D, en particular por parte de las empresas.8) Facilitar la innovación en todas sus formas.9) Facilitar la difusión y la utilización eficiente de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y crear una sociedad de la información plenamente integradora.10) Reforzar las ventajas competitivas de la base industrial europea.11) Fomentar una utilización sostenible de los recursos y reforzar la protección del medio ambiente.12) Ampliar y profundizar el mercado interior.13) Garantizar la apertura y la competitividad de los mercados para hacer frente a la globalización.14) Crear un entorno empresarial más competitivo.15) Promover la iniciativa empresarial y crear un entorno favorable para las PYME.16) Mejorar las infraestructuras europeas.Directrices de empleo 17) Aplicar políticas de empleo conducentes al pleno empleo, la mejora de la calidad y la productividad del trabajo y el fortalecimiento de la cohesión social y territorial.18) Promover un enfoque del trabajo basado en el ciclo de vida.19) Asegurar unos mercados de trabajo integradores, aumentar el atractivo del trabajo y hacer que el trabajo sea económicamente interesante para los solicitantes de empleo, entre ellos las personas desfavorecidas y las personas inactivas.20) Mejorar la adecuación a las necesidades del mercado de trabajo.21) Promover la flexibilidad combinada con la seguridad del empleo y reducir la segmentación del mercado de trabajo, prestando la debida atención al papel de los interlocutores sociales.22) Asegurar una evolución de los costes laborales y establecer mecanismos de fijación de salarios que favorezcan el empleo.23) Ampliar y mejorar la inversión en capital humano.24) Adaptar los sistemas de educación y formación en respuesta a las nuevas exigencias en materia de competencias.

Referencias

Acto

Entrada en vigor

Plazo de transposición en los Estados miembros

Diario Oficial

Decisión (CE) nº 2005/600/CE

25.4.2005

25.4.2005

DO L 205 de 12.7.2005

ACTOS CONEXOS

Decisión 2007/491/CE del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a las directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros [Diario Oficial L 183 de 13.7.2007]. El Consejo mantiene en 2007 las directrices de 2006, pero insiste en que los Estados miembros las tengan en cuenta en sus políticas de empleo.

Decisión 2006/544/CE, de 18 de julio de 2006, relativa a las directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros [Diario Oficial L 215 de 5.8.2006].Considerando el papel esencial que desempeñan las políticas de empleo en el marco de la Agenda de Lisboa, el Consejo pide a los Estados miembros que apliquen todas las directrices 2005-2008 en sus programas nacionales de empleo. La puesta al día de dichas directrices debería limitarse para garantizar la estabilidad necesaria para una aplicación eficaz. Por esta razón, el Consejo decide no modificar las directrices de 2006.

Última modificación: 03.10.2007