Ordenación del tiempo de trabajo

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2003/88/CE relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

La Directiva establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en materia de ordenación del tiempo de trabajo para los trabajadores en la Unión Europea (UE). Estas abarcan:

PUNTOS CLAVE

Los Estados miembros de la UE

Autoridades nacionales

Comunicación interpretativa

El derecho a unas condiciones de trabajo justas se destaca en el principio 10 (necesidad de garantizar un entorno de trabajo saludable y seguro) del pilar europeo de derechos sociales, y en el artículo 31 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (condiciones de trabajo en relación con la salud, la seguridad y la dignidad de los trabajadores, que establece la duración máxima del trabajo, los períodos de descanso diarios y semanales, así como un período de vacaciones anuales retribuidas).

Con el fin de aumentar la sensibilización de los trabajadores sobre sus derechos sociales, a principios de 2023, la Comisión Europea adoptó una comunicación interpretativa con objeto de aumentar la seguridad jurídica y la claridad relativa a la interpretación de la Directiva 2003/88/CE. La comunicación pasa por la Directiva, artículo por artículo y jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia de la UE (hasta el 22 de septiembre de 2022), con el objeto de asistir a las autoridades de los Estados miembros, a los profesionales del Derecho y a los interlocutores sociales en su interpretación. Actualiza una comunicación similar de 2017.

El informe más reciente de la Comisión sobre la aplicación de la Directiva 2003/88/CE también se publicó en marzo de 2023.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR ESTAS NORMAS?

La Directiva 2003/88/CE deroga y codifica la Directiva 93/104/CE. Por ello, no hay plazo para su transposición al ordenamiento jurídico nacional. Las normas de la Directiva están en vigor desde el 2 de agosto de 2004.

ANTECEDENTES

Para más información, puede consultar:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO L 299 de 18.11.2003, pp. 9-19).

DOCUMENTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión: Comunicación interpretativa sobre la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (2023/C 143/06) (DO L 143 de 26.4.2023, pp. 8-77).

Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo: Informe sobre la aplicación por parte de los Estados miembros de la Directiva 2003/88/CE relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo [COM (2023) 72 final de 15.3.2023].

Documento de trabajo de los servicios de la Comisión: Informe detallado sobre la aplicación por parte de los Estados miembros de la Directiva 2003/88/CE sobre determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo que acompaña al documento «Informe de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo y al Comité Económico y Social Europeo: Informe sobre la aplicación por parte de los Estados miembros de la Directiva 2003/88/CE relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo» [SWD (2023) 40 final de 15.3.2023].

última actualización 15.02.2024