Directrices para las políticas de empleo en 2001

1) OBJETIVO

Adoptar directrices relativas a las políticas de empleo en 2001 que contienen una serie de adaptaciones de las Directrices para el empleo en 2000, a la luz de los planes nacionales de acción y del Informe conjunto sbre el empleo de 2000. Estas directrices buscan mantener la coherencia y el planteamiento integrado iniciado en Luxemburgo en 1997.

2) MEDIDA COMUNITARIA

Decisión del Consejo, de 19 de enero de 2001, relativa a las directrices para las políticas de empleo de los Estados miembros para el año 2001.

3) CONTENIDO

El Consejo Europeo de Lisboa, de marzo de 2000, asignó un nuevo objetivo estratégico a la estrategia europea coordinada para el empleo: convertir la economía europea en la más competitiva y dinámica del mundo para alcanzar, en el futuro, el pleno empleo.

Estas directrices para el año 2001 están basadas en objetivos horizontales y en cuatro pilares: mejorar la capacidad de inserción profesional, desarrollar el espíritu de empresa y la creación de empleo, fomentar la capacidad de adaptación de las empresas y de sus trabajadores, reforzar las políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

Objetivos horizontales

Los objetivos horizontales están destinados a aplicar un planteamiento estratégico coherente a las directrices. Algunos son de orden cuantitativo, como el de alcanzar una tasa de empleo total del 70 % de aquí a 2010. En cambio, otros, como la mejora cualitativa de los empleos, no son cuantificables. La educación y la formación permanentes, así como la participación de los interlocutores sociales en la estrategia de empleo, completan la recomendación a los Estados miembros de velar por el respeto de los cuatro pilares en la adaptación de las directrices en su política nacional.

La capacidad de inserción profesional (primer pilar)

El primero de estos cuatro pilares es el que afecta al mayor número de directrices. Estas se refieren, entre otras cosas, a los elementos siguientes:

El espíritu de empresa (segundo pilar)

Partiendo del principio que la creación y el desarrollo de pequeñas y medianas empresas son vitales para la economía, se ha pedido a los Estados miembros que reduzcan al máximo los gastos generales y las cargas administrativas de las empresas. Se les pide también que aprovechen todas las posibilidades de empleo que ofrecen las nuevas tecnologías.

Asimismo, se pide a los agentes económicos a todos los niveles (nacional, regional, local) que participen en la aplicación de la Estrategia Europea de Empleo.

Por último, se aboga por sistemas fiscales nacionales más favorables al empleo.

La capacidad de adaptación (tercer pilar)

La economía del conocimiento requiere un eficaz sistema de educación y formación permanentes, y debe animarse a las empresas a participar en él. Para promover la capacidad de adaptación de los trabajadores y de las empresas es también necesario modernizar la organización del trabajo.

La igualdad de oportunidades (cuarto pilar)

Para lograr la igualdad de oportunidades y una tasa de empleo femenino más alta, es importante tener en cuenta estos objetivos en cada uno de los pilares. La igualdad entre hombres y mujeres debe fomentarse a través de una mayor representación de las mujeres en todos los sectores de actividad y las profesiones, o incluso mediante la igualdad de remuneración por un mismo trabajo.

Debe facilitarse la reintegración de las mujeres y los hombres en el mercado de trabajo tras una ausencia, como un permiso parental.

4) plazo para la aplicación de la normativa en los estados miembros

No aplicable

5) fecha de entrada en vigor (si no coincide con la fecha anterior)

No aplicable

6) referencias

Diario Oficial L 22 de 24.01.2001

7) trabajos posteriores

8) disposiciones de aplicación de la comisión