Fondo Europeo de Desarrollo Regional (2014-2020)

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) n.o 1301/2013 sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre normas específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

Elegibilidad

Todas las regiones los países de la UE son subvencionables, pero la ayuda concedida depende de las prioridades de la UE y del tipo de región.

Ámbitos fundamentales

El FEDER concentra sus inversiones en cuatro ámbitos fundamentales:

Tipos de inversión

Presupuesto general

El presupuesto para el período 2014-2020 es superior a 185 000 millones EUR.

Prioridades políticas y presupuestarias

Ejecución

Iniciativa de inversión en respuesta al coronavirus

La Iniciativa de inversión en respuesta al coronavirus, introducida por el Reglamento (UE) 2020/460, ofrece a los países de la UE acceso a 37 000 millones EUR de los Fondos EIE para reforzar los sistemas de atención sanitaria y apoyar a las empresas pequeñas y medianas, horarios de trabajo reducidos y servicios basados en la comunidad.

Medidas especiales ante el coronavirus: más flexibilidad en el uso de los Fondos EIE

El Reglamento de modificación (UE) 2020/558 permite que los países de la UE transfieran recursos entre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, el Fondo Social Europeo y el Fondo de Cohesión, entre las distintas categorías de regiones y entre los ámbitos prioritarios específicos de los tres fondos.

A partir del 1 de julio de 2020 y hasta el 30 de junio de 2021, los programas de política de cohesión relacionados con la COVID-19 pueden financiarse excepcionalmente con el 100 % de financiación de la UE durante el ejercicio contable. Las medidas simplifican asimismo la aprobación de los programas para acelerar la ejecución, facilitar el uso de los instrumentos financieros y simplificar las auditorías.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 21 de diciembre de 2013.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) n.o 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y sobre disposiciones específicas relativas al objetivo de inversión en crecimiento y empleo y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 1080/2006 (DO L 347 de 20.12.2013, pp. 289-302).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) no 1301/2013 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento Delegado (UE) 2017/2056 de la Comisión, de 22 de agosto de 2017, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) n.o 522/2014, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas detalladas sobre los principios para la selección y gestión de acciones innovadoras de desarrollo urbano sostenible que vayan a recibir ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (DO L 294 de 11.11.2017, p. 26).

Reglamento Delegado (UE) n.o 522/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) n.o 1301/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas detalladas sobre los principios para la selección y gestión de acciones innovadoras de desarrollo urbano sostenible que vayan a recibir ayudas del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (DO L 148 de 20.5.2014, pp. 1-3).

Véase la versión consolidada.

Decisión de Ejecución 2014/99/EU de la Comisión, de 18 de febrero de 2014, que establece la lista de regiones que pueden recibir financiación del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo Social Europeo, y de los Estados miembros que pueden recibir financiación del Fondo de Cohesión durante el período 2014-2020 (DO L 50 de 20.2.2014, pp. 22-34).

Véase la versión consolidada.

última actualización 07.07.2020