Garantizar explosivos seguros para un uso no militar
La política de la Unión Europea (UE) en materia de explosivos con fines civiles tiene tres objetivos principales: 1) establecer un mercado único europeo para el comercio de explosivos con fines civiles; 2) armonizar sus requisitos de seguridad en un nivel elevado de protección; y 3) determinar un sistema administrativo para supervisar las transferencias de explosivos y municiones.
ACTO
Directiva 2014/28/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, relativa a la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de comercialización y control de explosivos con fines civiles (refundición).
SÍNTESIS
La política de la Unión Europea (UE) en materia de explosivos con fines civiles tiene tres objetivos principales: 1) establecer un mercado único europeo para el comercio de explosivos con fines civiles; 2) armonizar sus requisitos de seguridad en un nivel elevado de protección; y 3) determinar un sistema administrativo para supervisar las transferencias de explosivos y municiones.
¿QUÉ HACE ESTA DIRECTIVA?
Establece normas para la introducción en el mercado y la supervisión de los explosivos con fines civiles dentro de la UE. No es aplicable a:
PUNTOS CLAVE
La Directiva establece las responsabilidades de los fabricantes, los importadores y los distribuidores con respecto a la venta de explosivos comerciales:
Asimismo, la Directiva:
¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTARÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?
La Directiva estará en vigor a partir del 20 de abril de 2016. Sustituye a la Directiva 93/15/CEE a partir del 20 de abril de 2016.
REFERENCIAS
Acto |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial de la Unión Europea |
Directiva 2014/28/UE |
18.4.2014 |
19.4.2016 |
última actualización 12.02.2015