Reducción de las emisiones contaminantes de los vehículos ligeros

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.o 715/2007: homologación de tipo de los turismos y vehículos comerciales ligeros por lo que se refiere a las emisiones (Euro 5 y Euro 6) y sobre el acceso a la información relativa a la reparación y el mantenimiento de los vehículos

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El Reglamento (CE) n.o 715/2007:

El Reglamento (UE) 2018/858:

PUNTOS CLAVE

La presente legislación se aplica a vehículos ligeros de menos de 2,6 toneladas.

Los fabricantes deben:

Las autoridades nacionales deben:

La Comisión revisa periódicamente los procedimientos, los ensayos, los requisitos y los límites de emisiones establecidos en la legislación y los actualiza periódicamente en la legislación de aplicación.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

  1. Dispositivo de control de la contaminación: mecanismo o equipo que elimina los contaminantes, por ejemplo, de los humos de escape, que de otro modo se liberarían a la atmósfera.
  2. Homologación de tipo: el procedimiento mediante el cual se certifica que un producto cumple un conjunto mínimo de requisitos reglamentarios y técnicos.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.o 715/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , sobre la homologación de tipo de los vehículos de motor por lo que se refiere a las emisiones procedentes de turismos y vehículos comerciales ligeros (Euro 5 y Euro 6) y sobre el acceso a la información relativa a la reparación y el mantenimiento de los vehículos (DO L 171 de , pp. 1-16).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 715/2007 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

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