Programa plurianual «Energía inteligente - Europa» (2003-2006)
La presente Decisión establece un nuevo programa plurianual de acciones en el ámbito de la energía. Este programa refleja los objetivos actuales de la Unión Europea (UE) al respecto, es decir, el desarrollo sostenible y la seguridad del abastecimiento.
ACTO
Decisión nº 1230/2003/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2003, por la que se adopta un programa plurianual de acciones en el ámbito de la energía: «Energía inteligente - Europa» (2003-2006) [Diario Oficial L 176 de 15.7.2003].
SÍNTESIS
Los sectores de la energía y de los transportes contribuyen de manera importante al cambio climático por ser los principales responsables de las emisiones de gases de efecto invernadero y por eso la política energética reviste una importancia especial en la estrategia comunitaria de desarrollo sostenible. Además, la Unión Europea depende cada vez más de las importaciones de energía procedente de terceros países, lo que conlleva riesgos económicos, sociales, políticos y de otro tipo para la Unión.
La UE desea reducir esta dependencia y mejorar la seguridad del abastecimiento mediante el fomento de otras formas de energía y la reducción de la demanda energética. En consecuencia, se hace hincapié sobre todo en la mejora de la eficiencia energética y en la promoción de las energías renovables.
Este programa garantiza la continuidad de la acción europea tal como se aplicó en el programa marco de energía (1998-2002) anterior.
Objetivos
Este nuevo programa tiene por objeto apoyar financieramente las iniciativas locales, regionales y nacionales en el ámbito de las energías renovables, de la eficiencia energética, de los aspectos energéticos del transporte y de la promoción internacional. El presupuesto asciende a 200 millones de euros en el período comprendido entre 2003 y 2006.
Sus objetivos específicos son:
Para cumplir estos objetivos, el programa debe procurar que haya un cambio real del comportamiento energético en la UE tanto por parte de los particulares como por parte de la industria y las empresas. Es necesario también desarrollar instrumentos con el fin de garantizar un seguimiento, un control y una evaluación eficaces.
Ámbitos de acción
La estructura del programa consiste en cuatro ámbitos de acción que corresponden en parte a programas anteriores y que garantizan y refuerzan la continuidad de las acciones:
Acciones clave
El programa se estructura en acciones clave para cada ámbito de acción y la financiación se destina a las acciones o proyectos relativos a:
Financiación
La contribución financiera de la Comunidad no puede ser superior al 50% del coste del proyecto; el resto pueden sufragarlos fondos públicos o privados o una combinación de ambos. Sin embargo, se contemplan algunas excepciones: las subvenciones comunitarias pueden sufragar la totalidad de los gastos si se trata, por ejemplo, de acciones de evaluación del impacto y de mejora de la coordinación de las iniciativas.
Los importes presupuestarios se establecen con carácter indicativo para cada ámbito específico. La asignación presupuestaria entre los distintos ámbitos es flexible a fin de responder mejor a la evolución de las necesidades del sector.
Ejecución
La Comisión, asistida por un Comité, se encarga de la ejecución del programa. Fija los objetivos, las directrices y se responsabiliza de la selección de los proyectos, entre otras cosas.
La ejecución del programa requerirá un aumento importante de la plantilla porque el alcance de las intervenciones es más amplio que el del programa anterior. En el contexto actual y en vista de la naturaleza de las acciones previstas, la Comisión considera que una de las opciones posibles de gestión del programa sería la creación de una agencia de ejecución, bajo el control de la Comisión, que podría ocuparse de algunas tareas vinculadas a la gestión y al seguimiento del programa, tales como la elaboración de las recomendaciones relativas a la ejecución del programa y la gestión de la totalidad o de una parte de las fases de ejecución de los proyectos.
Participación
El programa está abierto a la participación de cualquier persona jurídica, de derecho público o privado, establecida en el territorio de la UE, así como a los Estados candidatos y a los países de la Asociación Europea de Libre Comercio (la AELC) y el Espacio Económico Europeo (EEE).
Evaluación
La Comisión examina cada año el grado de realización del programa. El segundo año del período de ejecución del programa y antes de que la Comisión proponga uno nuevo, el programa será objeto de una evaluación externa por parte de expertos independientes.
Contexto
El programa plurianual de acciones en el ámbito de la energía denominado «Energía inteligente - Europa» aplica las líneas principales de actuación que esbozó el Libro Verde «Estrategia europea para una energía sostenible, competitiva y segura». El objetivo de este Libro Verde es reforzar la seguridad del abastecimiento energético, luchar contra el cambio climático y estimular la competitividad de las empresas de la UE.
Continuación del programa
El nuevo programa « Energía inteligente - Europa » para el período 2007-2013, subprograma específico del programa marco para la innovación y la competitividad (2007-2013), garantizará la continuidad del programa «Energía inteligente - Europa» (2003-2006).
Referencias
Acto |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial |
Decisión n° 1230/2003/CE |
4.8.2003 |
- |
DO L 176 de 15.7.2003 |
ACTOS CONEXOS
Programa « Energía inteligente - Europa » - Decisión nº 1639/2006/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de octubre de 2006, por la que se establece un programa marco para la innovación y la competitividad (2007 a 2013) [Diario Oficial L 310 de 9.11.2006].
Libro Verde de la Comisión, de 8 de marzo de 2006, «Estrategia europea para una energía sostenible, competitiva y segura» [COM (2006) 105 final - no publicado en el Diario Oficial].
Este Libro Verde perfila la nueva política energética europea, cuyos objetivos son una energía segura, competitiva y sostenible, y toma el relevo del programa actual sobre «Energía inteligente - Europa» (2003-2006).
Decisión de la Comisión 2004/20/CE, de 23 de diciembre de 2003, por la que se establece una agencia ejecutiva, denominada «Agencia ejecutiva de energía inteligente», encargada de la gestión de la acción comunitaria en el ámbito de la energía en aplicación del Reglamento (CE) n° 58/2003 del Consejo.
La Agencia se encargará de la ejecución de las tareas relacionadas con el apoyo comunitario en virtud del programa, con exclusión de la evaluación del programa, del control legislativo y de los estudios estratégicos o de cualquier otra medida que podría ser competencia exclusiva de la Comisión.
Se encargará sobre todo de las tareas siguientes:
Para más información sobre el proyecto de programa «Energía inteligente - Europa», consúltese el sitio web de la Dirección General de Transportes y Energía (EN).
Última modificación: 10.05.2007