Invenciones biotecnológicas: protección jurídica

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 98/44/CE: protección jurídica de las invenciones biotecnológicas

¿QUÉ HACE ESTA DIRECTIVA?

Armoniza la legislación nacional sobre patentes relativas a las invenciones biotecnológicas.

Especifica cuáles de esas invenciones son patentables por motivos éticos y cuáles no.

PUNTOS CLAVE

En 2012, La Comisión Europea creó un grupo de expertos para examinar el desarrollo técnico y las implicaciones del Derecho de patentes en el campo de la biotecnología y la ingeniería genética. El grupo ayuda a la Comisión en sus obligaciones de notificación recogidas en la Directiva 98/44/CE.

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el . Los países de la UE debían incorporarla al Derecho nacional a más tardar el . En la actualidad, las normas se han incorporado a la legislación de todos los países de la UE.

ANTECEDENTES

Protección de las invenciones biotecnológicas

TÉRMINOS CLAVE

  1. Materia biológica: la materia que contenga información genética autorreproducible o reproducible en un sistema biológico.
  2. Procedimiento biológico: un procedimiento de obtención de plantas y animales es esencialmente biológico si consiste íntegramente en fenómenos naturales como los de cruce o la selección.

ACTO

Directiva 98/44/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativa a la protección jurídica de las invenciones biotecnológicas (DO L 213 de , pp. 13-21)

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