Certificación de los maquinistas de locomotoras y trenes

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2007/59/CE sobre la certificación de los maquinistas de locomotoras y trenes en el sistema ferroviario de la Unión Europea

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Establece los requisitos y procedimientos para la certificación de los maquinistas que conducen locomotoras y trenes en los sistemas ferroviarios de la Unión Europea (UE).

PUNTOS CLAVE

A la hora de aplicar la Directiva, los países de la UE pueden excluir a los maquinistas que únicamente conduzcan:

Certificación de maquinistas

Los maquinistas deben poseer la aptitud y cualificaciones necesarias, y deben ser titulares de la siguiente documentación:

Obtención de una licencia y un certificado

¿Cuál es la función de las autoridades competentes nacionales?

La autoridad a la que un país de la UE encomienda la expedición de la licencia de maquinista debe desempeñar, entre otras, las siguientes tareas:

Las empresas ferroviarias deben:

A más tardar el , todos los maquinistas deben tener certificados y licencias que se ajusten a la presente Directiva.

Modificaciones de la Directiva 2007/59/CE

La Directiva se ha modificado varias veces:

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

La Directiva está en vigor desde el y tenía que adquirir rango de ley en los países de la UE a más tardar el .

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2007/59/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de , sobre la certificación de los maquinistas de locomotoras y trenes en el sistema ferroviario de la Comunidad (DO L 315 de , pp. 51-78).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2007/59/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

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