Supervisión de conglomerados financieros

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2002/87/CE relativa a la supervisión adicional de las entidades de crédito, empresas de seguros y empresas de inversión de un conglomerado financiero

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

PUNTOS CLAVE

La Directiva establece unos requisitos específicos:

La Directiva de modificación (UE) 2023/2864 inserta un artículo en la Directiva 2002/87/CE que obliga a los Estados miembros de la UE, a partir del , a garantizar que, al hacer pública cualquier información, los FPE la presenten al mismo tiempo al organismo de recogida, y la notifiquen a la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM) a efectos de hacerla accesible en el punto de acceso único europeo, creado en virtud del Reglamento (UE) 2023/2859.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

La Directiva 2002/87/CE debía incorporarse a la legislación nacional a más tardar el . Las normas contenidas en la Directiva deben aplicarse a partir de la misma fecha.

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2002/87/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativa a la supervisión adicional de las entidades de crédito, empresas de seguros y empresas de inversión de un conglomerado financiero, y por la que se modifican las Directivas 73/239/CEE, 79/267/CEE, 92/49/CEE, 92/96/CEE, 93/6/CEE y 93/22/CEE del Consejo y las Directivas 98/78/CE y 2000/12/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 35 de , pp. 1-27).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2002/87/CE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

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