Vehículos de motor de dos o tres ruedas: patín de apoyo de los vehículos de dos ruedas

1) OBJETIVO

Armonizar las legislaciones nacionales y establecer un procedimiento de homologación del patín de apoyo de los vehículos de motor de dos ruedas.

2) ACTO

Directiva 93/31/CEE del Consejo, de 14 de junio de 1993, relativa al patín de apoyo de los vehículos de motor de dos ruedas [Diario Oficial L 188 de 29.7.1993].

Modificada por:

Directiva 2000/72/CE de la Comisión de 22 de noviembre de 2000 [Diario Oficial L 300 de 29.11.2000].

3) SÍNTESIS

Directiva 93/31/CEE

La presente Directiva pertenece al procedimiento de homologación de los vehículos de motor de dos o tres ruedas, iniciado por la Directiva 92/61/CEE, abrogada y reemplazada por la Directiva 2002/24/CE.

Los vehículos a que se refiere la directiva se dividen en:

Los requisitos generales relativos al diseño y a la instalación de los patines de apoyo son los siguientes:

Existen requisitos particulares dependientes del tipo de patín de apoyo.

Condiciones de ensayo de los patines de apoyo y esquemas explicativos.

Se ha realizado el procedimiento de adaptación de los requisitos al progreso técnico.

El procedimiento de concesión de la homologación es el siguiente:

Los requisitos referentes al patín forman parte de un conjunto de cuarenta y siete características incluidas en la Directiva marco 92/61/CEE del Consejo, que deben respetar en conjunto los fabricantes para poder homologar y comercializar en el mercado comunitario los vehículos de motor de dos o tres ruedas.

Directiva 2000/72/CE

Si se respetan los requisitos relativos al patín, los Estados miembros, a partir del 1 de enero de 2002, no podrán:

A partir del 1 de julio de 2002, los Estados miembros rechazarán la homologación CE de cualquier nuevo tipo de vehículo de motor de dos ruedas por motivos relacionados con el patín, si no se respetan los requisitos de la Directiva 93/31/CEE, en su versión modificada por la presente Directiva.

ActoFechade entrada en vigorPlazo límite de transposición en los Estados miembros

4) medidas de aplicación

5) trabajos posteriores

Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al caballete de apoyo de los vehículos de motor de dos ruedas [COM(2003) 147 final - no publicada en el Diario Oficial].

El 1 de abril de 1987 la Comisión decidió dar instrucciones a sus servicios para que se procediese a la codificación de todos los actos legislativos a más tardar tras su décima modificación, en aras de la claridad y de la buena comprensión de la legislación comunitaria. El objeto de la presente propuesta es, por tanto, proceder a la codificación de la Directiva 93/31/CEE.

Última modificación: 14.07.2005