Protección de las gallinas ponedoras

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 1999/74/CE: normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

PUNTOS CLAVE

Sistemas alternativos

A partir del , todas las instalaciones de cría en sistemas alternativos (las instalaciones recientemente construidas o reconstruidas o puestas en servicio por primera vez) deben responder a los requisitos que figuran a continuación:

Los países de la UE deben garantizar que tales requisitos se cumplen desde el .

La cría en jaulas no acondicionadas

La cría en jaulas acondicionadas

A partir del , todas las jaulas acondicionadas deben cumplir al menos los requisitos siguientes:

Normas finales

Reglamento sobre controles oficiales

El Reglamento (UE) 2017/625, la nueva legislación de la UE sobre controles oficiales en productos destinados a la alimentación humana o animal, modifica pequeños detalles técnicos de la Directiva. Estos cambios entrarán en vigor el .

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el . Los países de la UE debían incorporarla al derecho nacional antes del .

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva1999/74/CE del Consejo, de , por la que se establecen las normas mínimas de protección de las gallinas ponedoras (DO L 203 de , pp. 53–57)

Las modificaciones sucesivas a la Directiva 1999/74/CE se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización