Alimentos para animales destinados a objetivos de nutrición específicos
La Unión Europea regula la comercialización de los alimentos para animales que tienen efectos dietéticos.
ACTO
Directiva 93/74/CEE del Consejo de 13 de septiembre de 1993 relativa a los alimentos para animales destinados a objetivos de nutrición específicos [Véanse los actos modificativos].
SÍNTESIS
La Directiva establece normas relativas al comercio de los alimentos para animales destinados a objetivos nutricionales específicos, que califica como «alimentos dietéticos». Estas normas se refieren a la composición, al objetivo y al etiquetado de estos alimentos.
La composición de estos alimentos debe permitir la consecución de los objetivos específicos a los que se destinan. La Comisión ha establecido una lista de objetivos de nutrición autorizados (véanse los Actos conexos), que contemplan, especialmente, la prevención y disolución de cálculos, la ayuda a la digestión, la ayuda a la función cardiaca, renal, dérmica o hepática, la reducción de las reacciones debidas al estrés, etc.
En caso de que haya aditivos en la composición del alimento, éstos deben respetar la legislación relativa a los aditivos destinados a la alimentación animal.
El etiquetado de estos alimentos debe incluir un determinado número de indicaciones obligatorias, especialmente:
Además, el etiquetado de estos alimentos debe respetar la legislación relativa a la comercialización de piensos compuestos.
Referencias
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Acto |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial |
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Directiva 93/74/CEE |
23.9.1993 |
30.6.1995 |
DO L 237 de 22.9.1993 |
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Acto(s) modificativo(s) |
Entrada en vigor |
Plazo de transposición en los Estados miembros |
Diario Oficial |
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Directiva 96/25/CE |
12.6.1996 |
30.6.1998 |
DO L 125 de 23.5.1996 |
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Directiva 1999/29/CE |
4.5.1999 |
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DO L 115 de 4.5.1999 |
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Reglamento (CE) n° 806/2003 |
5.6.2003 |
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DO L 122 de 16.5.2003 |
ACTOS CONEXOS
Directiva 2008/38/CE de la Comisión de 5 de marzo de 2008 por la que se establece una lista de usos previstos de los alimentos para animales destinados a objetivos de nutrición específicos [Diario Oficial L 62 de 6.3.2008].
Esta lista debe incluir el objetivo de nutrición específico, las características de nutrición esenciales, la especie o categoría de animales pertinente, las indicaciones que deben figurar en la etiqueta, el periodo de uso recomendado, y, cuando corresponda, los requisitos especiales de etiquetado.
Última modificación: 23.09.1993