Tras el Consejo Europeo de Lisboa en el año 2000, la presente Recomendación tiene por objeto apoyar la libre circulación en el ámbito de la educación y la formación. Invita a los países de la Unión Europea (UE) a adoptar las medidas necesarias para fomentar la movilidad de los estudiantes, los profesores y los formadores dentro de la UE.
PUNTOS CLAVE
La Recomendación insta a los países de la UE a allanar los obstáculos jurídicos, administrativos, lingüísticos y culturales para que las personas:
estudien o emprendan una formación,
participen en una actividad de voluntariado, o
enseñen o impartan formación,
en otro país de la UE.
Entre las cuestiones, objetivos y sugerencias planteados figuran:
el objetivo del aprendizaje de al menos dos lenguas de la UE, con preparación lingüística y cultural previa a los viajes,
el fomento de la sensibilización de los jóvenes en materia de ciudadanía de la UE, así como el respeto de las diferencias,
el fácil acceso a la información sobre las oportunidades en otros países de la UE,
la facilitación y simplificación de la obtención de ayuda financiera (asignaciones, becas, subvenciones, préstamos, etc.),
ayuda para los gastos de transporte, el alojamiento, la manutención y el acceso a los recursos culturales en las mismas condiciones que los ciudadanos del país de acogida, y
una mejor sensibilización sobre los derechos financieros y la cobertura recíproca de la seguridad social.
Medidas que afectan específicamente a los estudiantes o personas en formación
animar a los estudiantes a que cursen una parte de sus estudios en otro país de la UE y facilitar el reconocimiento de los períodos de estudio concluidos entre varios países,
fomentar unos modelos de certificados de formación más claros, por ejemplo, ofreciendo traducciones y puntos de información centralizados,
permitir que los estudiantes demuestren más fácilmente que tienen cobertura sanitaria o recursos financieros para obtener permisos de residencia, y
facilitar a los estudiantes la integración y el apoyo dentro del sistema educativo del país de acogida, así como la reintegración en su país de origen.
Medidas que afectan a los jóvenes voluntarios
procurar que los asuntos legales y administrativos tengan en cuenta el carácter específico del voluntariado,
fomentar la introducción de un certificado de participación con miras a desarrollar un modelo común de la UE para las solicitudes de empleo, y
evitar que los voluntarios se vean discriminados en lo que se refiere a su derecho a la protección social.
Medidas que se refieren a los profesores y formadores
prever los problemas que se presentan en la movilidad derivados de algunas legislaciones nacionales y fomentar la cooperación,
sustitución temporal de los profesores y formadores en movilidad,
facilitar la integración en el centro de acogida,
introducir períodos de formación europeos para facilitar la movilidad,
fomentar una dimensión europea en la profesión a través del contenido de los programas de formación, y a través de contactos e intercambios entre los centros, y
fomentar la experiencia de la movilidad europea como un elemento de carrera.
Se pide a los países de la UE que elaboren un informe cada dos años sobre las medidas que hayan tomado como respuesta a las presentes recomendaciones.
ANTECEDENTES
Las recomendaciones destacadas se referían en un principio a programas de la UE como Sócrates (educación), Leonardo da Vinci (formación profesional) y Youth, todos los cuales forman parte ahora del programa Erasmus+, y complementan las medidas que actualmente entran en el ámbito de ET 2020, que se refiere a la cooperación en materia de educación, formación y formación permanente.
DOCUMENTO PRINCIPAL
Recomendación 2001/613/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativa a la movilidad en la Comunidad de los estudiantes, las personas en formación, los voluntarios, los profesores y los formadores (DO L 215 de , pp. 30-37)
DOCUMENTOS CONEXOS
Recomendación del Consejo, de — Juventud en Movimiento — Promover la movilidad en la formación de los jóvenes (DO C 199 de , pp. 1-5)
Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Juventud en Movimiento — Una iniciativa destinada a impulsar el potencial de los jóvenes para lograr un crecimiento inteligente, sostenible e integrador en la Unión Europea [COM(2010) 477 final de ]
Recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativa a la creación del Sistema Europeo de Créditos para la Educación y Formación Profesionales (ECVET) (DO C 155 de , pp. 11-18)
Conclusiones del Consejo y de los Representantes de los Gobiernos de los Estados miembros, reunidos en el seno del Consejo, de , sobre la mejora de la calidad de la educación del profesorado (DO C 300 de , pp. 6-9)
Decisión n.o2241/2004/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativa a un marco comunitario único para la transparencia de las cualificaciones y competencias (Europass) (DO L 390 de , pp. 6-20)