Directiva 2003/88/CE relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo
La Directiva establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud en materia de ordenación del tiempo de trabajo para los trabajadores en la Unión Europea (UE). Estas abarcan:
Los Estados miembros de la UE
El derecho a unas condiciones de trabajo justas se destaca en el principio 10 (necesidad de garantizar un entorno de trabajo saludable y seguro) del pilar europeo de derechos sociales, y en el artículo 31 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (condiciones de trabajo en relación con la salud, la seguridad y la dignidad de los trabajadores, que establece la duración máxima del trabajo, los períodos de descanso diarios y semanales, así como un período de vacaciones anuales retribuidas).
Con el fin de aumentar la sensibilización de los trabajadores sobre sus derechos sociales, a principios de 2023, la Comisión Europea adoptó una comunicación interpretativa con objeto de aumentar la seguridad jurídica y la claridad relativa a la interpretación de la Directiva 2003/88/CE. La comunicación pasa por la Directiva, artículo por artículo y jurisprudencia pertinente del Tribunal de Justicia de la UE (hasta el ), con el objeto de asistir a las autoridades de los Estados miembros, a los profesionales del Derecho y a los interlocutores sociales en su interpretación. Actualiza una comunicación similar de 2017.
El informe más reciente de la Comisión sobre la aplicación de la Directiva 2003/88/CE también se publicó en marzo de 2023.
La Directiva 2003/88/CE deroga y codifica la Directiva 93/104/CE. Por ello, no hay plazo para su transposición al ordenamiento jurídico nacional. Las normas de la Directiva están en vigor desde el .
Para más información, puede consultar:
Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo (DO L 299 de , pp. 9-19).
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