Sistema Europeo de Estadísticas Integradas de Protección Social (SEEPROS)

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (CE) n.o 458/2007 sobre el Sistema Europeo de Estadísticas Integradas de Protección Social (SEEPROS)

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Este Reglamento establece el Sistema Europeo de Estadísticas Integradas de Protección Social (ESSPROS). Este sistema proporciona las normas jurídicas destinadas a mejorar la utilidad de las recogidas de datos actuales en cuanto a su actualidad, cobertura y comparabilidad.

PUNTOS CLAVE

El Reglamento implanta un Sistema Europeo de Estadísticas Integradas de Protección Social denominado SEEPROS. El Reglamento establece:

Las estadísticas relativas al sistema central SEEPROS cubren los flujos financieros en entradas y salidas de protección social (datos cuantitativos y cualitativos). Se refieren a los distintos regímenes de protección social.

Además del sistema central, se han añadido módulos que abarcan informaciones estadísticas complementarias sobre aspectos concretos de la protección social.

Ámbito de aplicación del sistema

El SEEPROS cubre las estadísticas relativas a los flujos financieros en entradas y salidas de seguridad social.

El período de referencia de recogida de datos se inicia el año 2008.

Módulo sobre los beneficiarios de pensiones

Se agregó un módulo sobre los beneficiarios de pensiones al sistema central a partir del año 2008 como período de referencia.

Módulos adicionales

Con el fin de introducir un módulo sobre prestaciones netas de protección social1, a finales de 2008 se debían llevar a cabo recogidas de datos experimentales del año 2005 en todos los países de la UE.

Sobre la base de una síntesis de estas recogidas experimentales de datos a nivel nacional, debía tomarse una decisión para introducir este módulo y poner en marcha la recogida completa de datos, pero no con anterioridad a 2010.

Fuentes de datos

Las estadísticas deben basarse en registros y otras fuentes administrativas, en encuestas y estimaciones, con arreglo a su disponibilidad en los países de la UE y de conformidad con las legislaciones y prácticas nacionales.

Acuerdos de aplicación

La Comisión europea ha adoptado reglamentos específicos para aplicar el Reglamento del SEEPROSS. Se trata de:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Este Reglamento está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

Para obtener más información, consulte:

TÉRMINOS CLAVE

  1. Prestaciones de protección social: transferencias, en metálico o en especie, de los regímenes de protección social a los hogares e individuos para aligerar la carga de uno o varios riesgos o necesidades, como: Las prestaciones netas de protección social tienen en consideración el valor de las prestaciones una vez deducidos los impuestos y cotizaciones sociales pagadas por el beneficiario.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (CE) n.o 458/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , sobre el Sistema Europeo de Estadísticas Integradas de Protección Social (SEEPROS) (DO L 113 de , pp. 3-8).

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