Cartera de identidad digital de la Unión Europea

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2024/1183 por el que se establece el marco europeo de identidad digital

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El Reglamento (UE) 2024/1183 por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 910/2014 (el Reglamento sobre identificación electrónica y servicios de confianza, véase la síntesis) establece el marco europeo de identidad digital, ordenando a los Estados miembros de la Unión Europea (UE) que proporcionen a sus ciudadanos, residentes y empresas una cartera de identidad digital de la UE, construida sobre las mismas especificaciones, para finales de 2026. El objetivo de este marco es garantizar a los ciudadanos de la UE una identificación segura en línea y fuera de línea, permitiendo un acceso sin fisuras y de confianza a los servicios digitales públicos y privados a través de las fronteras.

PUNTOS CLAVE

El marco europeo de identidad digital

El marco europeo de identidad digital incluye las tres configuraciones siguientes.

La cartera de identidad digital de la UE

La cartera de identidad digital de la UE es un medio de identificación electrónica que permite al usuario almacenar, gestionar y validar de forma segura datos de identificación de personas y declaraciones electrónicas de atributos. Las personas que utilicen las carteras a título personal tendrán la posibilidad de firmar electrónicamente con validez legal, sin coste alguno.

Sus características consisten en:

Código abierto y seguridad

Para una total transparencia, el «software» de aplicación del monedero tiene licencia de código abierto. Aunque algunos componentes pueden permanecer sin revelar por razones de seguridad justificadas, este enfoque de código abierto tiene como objetivo fomentar la confianza y la innovación en todo el marco.

Garantías y accesibilidad

Cumplimiento y responsabilidad

Las rigurosas normas de registro, control y validación garantizan que solo las entidades verificadas utilicen la cartera. Las partes usuarias1 que ofrezcan servicios a través del monedero se registrarán en su Estado miembro, lo que garantizará la responsabilidad y la trazabilidad.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

El Reglamento está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

  1. Parte usuaria. Persona física o jurídica que confía en una identificación electrónica o en un servicio de confianza.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2024/1183 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 910/2014 en lo que respecta al establecimiento del marco europeo de identidad digital (DO L 2024/1183 de ).

última actualización