Posibilidades de pesca en el mar Mediterráneo y el mar Negro (2024)

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2024/259 por el que se fijan, para 2024, las posibilidades de pesca aplicables a determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces en el mar Mediterráneo y en el mar Negro

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

Ámbito de aplicación

El Reglamento se aplica a los buques pesqueros de la Unión Europea (UE) que operan en el Mediterráneo y el mar Negro y que aprovechan las siguientes poblaciones de peces:

Se aplica también a la pesca recreativa1 cuando se mencione expresamente en el Reglamento.

Las posibilidades de pesca que contempla el Reglamento son las siguientes:

Totales admisibles de capturas

Los totales admisibles de capturas (TAC), recogidos en los anexos, se establecen anualmente por los Estados miembros de la UE sobre la base de las propuestas de la Comisión Europea.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el hasta el .

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

  1. Pesca recreativa. Las actividades pesqueras no comerciales que explotan recursos acuáticos marinos vivos con fines recreativos, turísticos o deportivos.
  2. Rendimiento máximo sostenible. El mayor rendimiento (captura) que puede extraerse de la población de una especie durante un período indefinido (es decir, sin poner en peligro su supervivencia).
  3. Poblaciones demersales. Poblaciones de especies de peces que viven en el fondo marino o cerca de él.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2024/259 del Consejo de por el que se fijan, para 2024, las posibilidades de pesca aplicables a determinadas poblaciones y grupos de poblaciones de peces en el mar Mediterráneo y en el mar Negro (OJ L, 2024/259, ).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2024/259 se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

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