Licencias y certificados de los controladores de tránsito aéreo: requisitos técnicos y procedimientos administrativos

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2015/340 por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relativos a las licencias y los certificados de los controladores de tránsito aéreo

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

El presente Reglamento aborda la concesión de licencias y la certificación médica de los controladores de tránsito aéreo.

Su objetivo es garantizar y mantener un nivel elevado y uniforme de seguridad, al tiempo que se facilita la movilidad de los controladores aéreos mediante el establecimiento de normas comunes de formación, incluido el apoyo a medios aceptables de cumplimiento y material de orientación, así como el reconocimiento de licencias a escala de la UE. También establece un marco claro para las organizaciones de formación de los controladores de tránsito aéreo y el reconocimiento de sus certificados, junto con las sinergias necesarias para los médicos examinadores aeronáuticos y los centros médicos aeronáuticos que participan en la certificación médica de pilotos y controladores de tránsito aéreo.

Sus actualizaciones periódicas garantizan una alineación continua del sistema de cualificación de los controladores de tránsito aéreo con las mejores prácticas reconocidas en la aviación, además de tener en cuenta los nuevos avances tecnológicos y los cambios operativos.

El Reglamento establece, en una serie de anexos, normas y procedimientos detallados para:

PUNTOS CLAVE

Aplicación

Cumplimiento

Se considera que los controladores, instructores y evaluadores de tránsito aéreo que prestan servicios en la UE pero están empleados por proveedores de servicios de fuera de la UE son titulares de una licencia si:

Las tareas y funciones de los controladores de tránsito aéreo de fuera de la UE no deben superar los privilegios de la licencia expedida por el país de fuera de la UE.

Las atribuciones de instructor y evaluador de países no pertenecientes a la UE deben especificarse en un certificado expedido por un país no perteneciente a la UE y limitarse a impartir instrucción y realizar evaluaciones para organizaciones de formación situadas fuera de la UE.

Autoridades competentes

Cada Estado miembro designará o creará al menos una autoridad competente encargada de la certificación y la vigilancia. Estas autoridades deben:

Derogación

El Reglamento deroga el Reglamento (UE) n.o 805/2011 de la Comisión.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 30 de junio de 2015.

ANTECEDENTES

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2015/340 de la Comisión, de 20 de febrero de 2015, por el que se establecen requisitos técnicos y procedimientos administrativos relativos a las licencias y los certificados de los controladores de tránsito aéreo en virtud del Reglamento (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 923/2012 de la Comisión y se deroga el Reglamento (UE) n.o 805/2011 de la Comisión (DO L 63 de 6.3.2015, pp. 1-122).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2015/340 se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) 2018/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de julio de 2018, sobre normas comunes en el ámbito de la aviación civil y por el que se crea una Agencia de la Unión Europea para la Seguridad Aérea y por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 2111/2005, (CE) n.o 1008/2008, (UE) n.o 996/2010, (CE) n.o 376/2014 y las Directivas 2014/30/UE y 2014/53/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, y se derogan los Reglamentos (CE) n.o 552/2004 y (CE) n.o 216/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo y el Reglamento (CEE) n.o 3922/91 del Consejo (DO L 212 de 22.8.2018, pp. 1-122).

Véase la versión consolidada.

Reglamento de Ejecución (UE) n.o 923/2012 de la Comisión, de 26 de septiembre de 2012, por el que se establecen el reglamento del aire y disposiciones operativas comunes para los servicios y procedimientos de navegación aérea, y por el que se modifican el Reglamento de Ejecución (UE) n.o 1035/2011 y los Reglamentos (CE) n.o 1265/2007, (CE) n.o 1794/2006, (CE) n.o 730/2006, (CE) n.o 1033/2006 y (UE) n.o 255/2010 (DO L 281 de 13.10.2012, pp. 1-66).

Véase la versión consolidada.

última actualización 04.06.2024