Normas para el comercio a través de la Línea Verde en Chipre

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Reglamento (CE) n.o 1480/2004 por el que se establecen disposiciones específicas en relación con las mercancías procedentes de zonas que no están bajo el control efectivo del Gobierno de Chipre y que lleguen a zonas que están bajo el control efectivo de dicho Gobierno

Reglamento de Ejecución (EU) 2023/455 por el que se corrige el Reglamento (CE) n.o 1480/2004, por el que se establecen disposiciones específicas en relación con las mercancías procedentes de zonas que no están bajo el control efectivo del Gobierno de Chipre y que lleguen a zonas que están bajo el control efectivo de dicho Gobierno

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTOS REGLAMENTOS?

PUNTOS CLAVE

Documentos de acompañamiento

Para ser comercializados a través de la Línea Verde, todas las mercancías de las zonas deberán ir acompañadas de un documento que figura en el anexo I del Reglamento (CE) n.o 1480/2004. Dicho documento:

Los operadores que soliciten el documento deberán:

El RoC:

Inspección e información fitosanitaria

La Comisión nombra expertos fitosanitarios independientes. Estos expertos:

Salubridad alimentaria y seguridad de los productos

Obligaciones de comunicación

La Cámara de Comercio Turcochipriota y las autoridades chipriotas informan mensualmente a la Comisión sobre:

Las autoridades chipriotas informarán a la Comisión cada tres meses del tipo, volumen y valor de las mercancías cuyo destino final se encuentre fuera del país.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR ESTOS REGLAMENTOS?

ANTECEDENTES

Tras la adopción del Reglamento (UE) 2016/2031 relativo a medidas de protección contra las plagas de los vegetales (véase la síntesis), una variedad mucho mayor de frutas y hortalizas debía someterse a una inspección fitosanitaria para poder entrar en la UE. Deben aplicarse las mismas normas en los ámbitos del comercio que atraviesa la Línea Verde.

TÉRMINOS CLAVE

Línea Verde. Se trata de una zona de seguridad controlada por las Naciones Unidas, que define las comunidades griega y turca de Chipre. Se extiende aproximadamente 180 km en toda la isla. Sus límites septentrional y meridional son las líneas en que ambas entidades se encontraban tras el cese del fuego de 16 de agosto de 1974, tal y como lo registró la Fuerza de las Naciones Unidas para el Mantenimiento de la Paz en Chipre.
Controles fitosanitarios. Medidas necesarias para proteger la vida humana, animal o vegetal.
Zona de soberanía oriental. Se trata de una zona de Chipre (antigua embajada del Reino Unido que sigue estando bajo la soberanía del Reino Unido con fines militares, de conformidad con el Tratado de independencia de 1960 firmado por el Reino Unido, Grecia, Turquía y los representantes de las comunidades griega y turcochipriota.

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Reglamento (CE) n.o 1480/2004 de la Comisión, de 10 de agosto de 2004, por el que se establecen disposiciones específicas en relación con las mercancías procedentes de zonas que no están bajo el control efectivo del Gobierno de Chipre y que lleguen a zonas que están bajo el control efectivo de dicho Gobierno (DO L 272 de 20.8.2004, pp. 3-10).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (CE) n.o 1480/2004 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Reglamento de Ejecución (UE) 2023/455 de la Comisión de 2 de marzo de 2023 por el que se corrige el Reglamento (CE) n.o 1480/2004, por el que se establecen disposiciones específicas en relación con las mercancías procedentes de zonas que no están bajo el control efectivo del Gobierno de Chipre y que lleguen a zonas que están bajo el control efectivo de dicho Gobierno (DO L 67 de 3.3.2023, pp. 41-42).

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento de Ejecución (UE) 2019/2072 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2019, por el que se establecen condiciones uniformes para la ejecución del Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales, se deroga el Reglamento (CE) n.o 690/2008 de la Comisión y se modifica el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/2019 de la Comisión (DO L 319 de 10.12.2019, pp. 1-279).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2016/2031 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, relativo a las medidas de protección contra las plagas de los vegetales, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 228/2013, (UE) n.o 652/2014 y (UE) n.o 1143/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo y se derogan las Directivas 69/464/CEE, 74/647/CEE, 93/85/CEE, 98/57/CE, 2000/29/CE, 2006/91/CE y 2007/33/CE del Consejo (DO L 317 de 23.11.2016, pp. 4-104).

Véase la versión consolidada.

última actualización 14.06.2023