Pruebas electrónicas en procesos penales — Órdenes de producción y conservación

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2023/1543 sobre las órdenes europeas de producción y conservación a efectos de prueba electrónica en procesos penales y de ejecución de penas privativas de libertad a raíz de procesos penales

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Su objetivo es facilitar y acelerar el acceso a las pruebas electrónicas utilizadas para investigar y perseguir infracciones penales, independientemente de dónde se encuentren los datos.

Una autoridad judicial de un Estado miembro de la Unión Europea (UE) puede exigir al establecimiento designado de un prestador de servicios, o a sus representantes legales designados, en otro Estado miembro:

PUNTOS CLAVE

Las pruebas electrónicas son datos almacenados por o en nombre de un prestador de servicios, en formato electrónico, que se utilizan para investigar y perseguir infracciones penales, incluidos los datos de los abonados, los datos utilizados para identificar al usuario, los datos de tráfico y los datos de contenido.

A efectos del Reglamento, se entiende por prestador de servicios toda persona que preste una o varias de las siguientes categorías de servicios (excepto en el caso de los servicios financieros):

Orden europea de producción

Orden europea de conservación

La orden europea de conservación permite a una autoridad judicial de un Estado miembro solicitar que el establecimiento designado de un prestador de servicios, o su representante legal, en otro Estado miembro, conserve datos específicos antes de una solicitud posterior para presentarlos.

Certificados de órdenes europeas de producción y conservación

Las órdenes europeas de producción o conservación se transmiten mediante un certificado de orden europea de producción (EPOC) y un certificado de orden europea de conservación (EPOC-PR).

Puntos adicionales

Sanciones

Medidas correctoras

Las personas sujetas a una orden europea de producción tienen derecho a:

Sistema informático descentralizado

La comunicación escrita entre las autoridades y los establecimientos designados o los representantes legales de los prestadores de servicios en virtud del presente Reglamento debe realizarse a través de un sistema informático descentralizado seguro y fiable.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

El Reglamento será aplicable a partir del 18 de agosto de 2026.

ANTECEDENTES

El Reglamento forma parte de un paquete que incluye una Directiva relativa a la designación de establecimientos y el nombramiento de representantes legales de los prestadores de servicios a efectos de obtención de pruebas en los procesos penales (véase la síntesis).

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2023/1543 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2023, sobre las órdenes europeas de producción y las órdenes europeas de conservación a efectos de prueba electrónica en procesos penales y de ejecución de penas privativas de libertad a raíz de procesos penales (DO L 191 de 28.7.2023, pp. 118-180).

DOCUMENTOS CONEXOS

Directiva (UE) 2023/1544 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de julio de 2023, por la que se establecen normas armonizadas para la designación de establecimientos designados y de representantes legales a efectos de recabar pruebas electrónicas en procesos penales (DO L 191 de 28.7.2023, pp. 181-190).

Decisión (UE) 2023/436 del Consejo, de 14 de febrero de 2023, por la que se autoriza a los Estados miembros a ratificar, en interés de la Unión Europea, el Segundo Protocolo adicional al Convenio sobre la Ciberdelincuencia, relativo a la cooperación reforzada y la revelación de pruebas electrónicas (DO L 63 de 28.2.2023, pp. 48-53).

Decisión (UE) 2022/722 del Consejo, de 5 de abril de 2022, por la que se autoriza a los Estados miembros a firmar, en interés de la Unión Europea, el Segundo Protocolo adicional al Convenio sobre la Ciberdelincuencia, relativo a la cooperación reforzada y la revelación de pruebas electrónicas (DO L 134 de 11.5.2022, pp. 15-20).

Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y por la que se sustituye y deroga la Decisión 2002/187/JAI del Consejo (DO L 295 de 21.11.2018, pp. 138-183).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2018/1727 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Reglamento (UE) 2016/794 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, relativo a la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) y por el que se sustituyen y derogan las Decisiones 2009/371/JAI, 2009/934/JAI, 2009/935/JAI, 2009/936/JAI y 2009/968/JAI del Consejo (DO L 135 de 24.5.2016, pp. 53-114).

Véase la versión consolidada.

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea — Tercera parte — Políticas y acciones internas de la Unión — Título V — Espacio de libertad, seguridad y justicia — Capítulo 4 — Cooperación judicial penal — Artículo 82 (antiguo artículo 31 TUE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 79-80).

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO L 119 de 4.5.2016, pp. 1-88).

Véase la versión consolidada.

Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo (DO L 119 de 4.5.2016, pp. 89-131).

Véase la versión consolidada.

Directiva 2014/41/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 3 de abril de 2014, relativa a la orden europea de investigación en materia penal (DO L 130 de 1.5.2014, pp. 1-36).

Véase la versión consolidada.

Decisión Marco 2002/465/JAI del Consejo, de 13 de junio de 2002, sobre equipos conjuntos de investigación (DO L 162 de 20.6.2002, pp. 1-3).

Véase la versión consolidada.

Acto del Consejo, de 29 de mayo de 2000, por el que se celebra, de conformidad con el artículo 34 del Tratado de la Unión Europea, el Convenio relativo a la asistencia judicial en materia penal entre los Estados miembros de la Unión Europea (DO C 197 de 12.7.2000, pp. 1-2).

Recomendación de Decisión del Consejo por la que se autoriza la apertura de negociaciones para un Acuerdo entre la Unión Europea y los Estados Unidos de América sobre el acceso transfronterizo a las pruebas electrónicas para la cooperación judicial en materia penal [COM(2019) 70 final].

última actualización 30.05.2023