Ayudas estatales: sectores pesquero y acuícola

 

SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:

Reglamento (UE) 2022/2473 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas a empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea

Reglamento (UE) n.o 717/2014 relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTOS REGLAMENTOS?

PUNTOS CLAVE

El Reglamento (UE) 2022/2473 se aplica a las siguientes categorías de ayudas destinadas a:

Establece:

Las ayudas deben:

El Reglamento exige que:

El Reglamento aplica las siguientes condiciones generales:

El Reglamento se aplica a las categorías de ayuda siguientes.

El Reglamento sustituye el Reglamento (UE) n.o 1388/2014.

Reglamento (UE) n.o 717/2014

La Comisión adoptará las modificaciones definitivas del Reglamento a lo largo del año 2023.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR ESTOS REGLAMENTOS?

ANTECEDENTES

El Reglamento 2022/2473 forma parte de un paquete de medidas que la Comisión adoptó para revisar las normas sobre ayudas estatales en los sectores de la pesca, la acuicultura, la agricultura y la silvicultura.

Las normas revisadas armonizan las ayudas estatales con las prioridades estratégicas de la UE, sobre todo la política pesquera común y el Pacto Verde Europeo.

Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

De minimis. Ayudas estatales de pequeña cuantía que no deben notificarse a la Comisión.
Animales protegidos. Cualquier animal distinto de los peces protegido por la legislación nacional o de la UE.

DOCUMENTOS PRINCIPALES

Reglamento (UE) 2022/2473 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda a las empresas dedicadas a la producción, transformación y comercialización de productos de la pesca y de la acuicultura compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (DO L 327 de 21.12.2022, pp. 82-139).

Reglamento (UE) n.o 717/2014 de la Comisión, de 27 de junio de 2014, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis en el sector de la pesca y de la acuicultura (DO L 190 de 28.6.2014, pp. 45-54).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.o 717/2014 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión Directrices aplicables a las ayudas estatales en el sector de la pesca y la acuicultura 2023/C 107/01 (DO C 107 de 23.3.2023, pp. 1-48).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea —Tercera parte — Políticas y acciones internas de la Unión — Título VII — Normas comunes sobre competencia, fiscalidad y aproximación de las legislaciones — Capítulo 1 — Normas sobre competencia — Sección Segunda — Ayudas otorgadas por los estados — Artículo 107 (antiguo artículo 87 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 91-92).

Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea —Tercera parte — Políticas y acciones internas de la Unión — Título VII — Normas comunes sobre competencia, fiscalidad y aproximación de las legislaciones — Capítulo 1 — Normas sobre competencia — Sección Segunda — Ayudas otorgadas por los estados — Artículo 108 (antiguo artículo 88 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 92-93).

última actualización 16.03.2023