Cooperación financiera con países de fuera de la UE en materia de seguridad nuclear 2021-2027

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (Euratom) 2021/948 por el que se establece un Instrumento Europeo de Cooperación Internacional en materia de Seguridad Nuclear que complementa el Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional — Europa Global

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Establece el Instrumento Europeo de Cooperación Internacional en materia de Seguridad Nuclear. Se aplica durante el período de vigencia 2021-2027 del marco financiero plurianual (MFP) de la Unión Europea (UE). Del programa establece:

PUNTOS CLAVE

Los objetivos generales del Reglamento son:

Los objetivos específicos del Instrumento son fomentar:

El presupuesto de siete años para ejecutar el programa es de 300 millones EUR (a precios corrientes). Este podrá utilizarse para:

Programas plurianuales:

La Comisión Europea adopta:

Los criterios de elegibilidad para recibir financiación del Instrumento:

Los países de fuera de la UE que deseen cooperar con la UE deben:

El Reglamento deja claro que la cooperación con la UE en materia de protección y seguridad nuclear no tiene como objetivo fomentar la energía nuclear.

La cooperación en virtud del Reglamento:

Las medidas de seguimiento para evaluar el impacto del Instrumento se basan en los indicadores siguientes:

El Instrumento:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 1 de enero de 2021.

ANTECEDENTES

Dondequiera que se produzca energía nuclear, todo el proceso debe realizarse de forma segura y protegida, incluida la evacuación de residuos radiactivos y el desmantelamiento de las centrales nucleares.

La UE usa su vasta experiencia en este ámbito para ayudar a otros países a aplicar las normas de seguridad más rigurosas.

El Reglamento tiene como objetivo reforzar la coherencia y la eficacia de las políticas exteriores de la UE a fin de aplicar el nuevo marco internacional establecido por la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, la Estrategia global sobre política exterior y de seguridad común de la Unión Europea (véase la síntesis), el nuevo consenso europeo en materia de desarrollo (véase la síntesis) y el Reglamento (UE) 2021/947 por el que se establece el Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional (véase la síntesis).

TÉRMINOS CLAVE

Financiación mixta: uso de subvenciones limitadas para movilizar financiación de las instituciones y el sector privado a fin de reforzar el impacto del desarrollo de los proyectos de inversión.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (Euratom) 2021/948 del Consejo, de 27 de mayo de 2021, por el que se establece un Instrumento Europeo de Cooperación Internacional en materia de Seguridad Nuclear que complementa el Instrumento de Vecindad, Cooperación al Desarrollo y Cooperación Internacional — Europa Global sobre la base del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea de la Energía Atómica y por el que se deroga el Reglamento (Euratom) n.o 237/2014 (DO L 209 de 14.6.2021, pp. 79-90).

DOCUMENTOS CONEXOS

Declaración conjunta del Consejo y los representantes de los Gobiernos de los Estados miembros reunidos en el seno del Consejo, del Parlamento Europeo y de la Comisión (DO C 210 de 30.6.2017, pp. 1-24).

Una visión común, una actuación conjunta: una Europa más fuerte — Estrategia global para la política exterior y de seguridad común de la Unión Europea [junio de 2016, Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE)].

última actualización 26.07.2021