Lucha antiterrorista: difusión de contenidos en línea

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2021/784 sobre la lucha contra la difusión de contenidos terroristas en línea

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Tiene por objeto permitir la retirada rápida de contenidos terroristas1 en línea y establece las normas a escala de la Unión Europea (UE) a tal efecto.

PUNTOS CLAVE

Ámbito de aplicación

El Reglamento establece normas a escala de la UE para luchar contra el uso indebido de los servicios de alojamiento de datos para la difusión entre el público de contenidos terroristas en línea. Dichas normas abarcan lo siguiente:

El Reglamento se aplica a los HSP que ofrecen servicios en la UE, independientemente de si su lugar de establecimiento principal se encuentra en un Estado miembro.

No se considera contenido terrorista el material difundido entre el público con fines educativos, periodísticos, artísticos o de investigación, o destinados a evitar el terrorismo o combatirlo.

Los delitos de terrorismo se definen en la Directiva (UE) 2017/541 (véase la síntesis).

Medidas

El Reglamento establece una serie de medidas para luchar contra la difusión de contenidos terroristas en línea, entre ellas:

Garantías y rendición de cuentas

El Reglamento incluye una serie de medidas para garantizar la transparencia y los derechos jurídicos, las cuales incluyen normas que abarcan lo siguiente:

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

Está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

TÉRMINOS CLAVE

  1. Contenidos terroristas: material que incita o induce a una persona o grupo de personas a cometer un acto terrorista o proporciona instrucción sobre la fabricación de armas o sobre el uso de otros métodos o técnicas en un ataque terrorista.
  2. Prestador de servicios de alojamiento de datos: encargado de almacenar información facilitada por el proveedor de contenidos a petición de este.
  3. Proveedor de contenidos: un usuario que ha suministrado información que esté o haya estado almacenada y difundida entre el público por un prestador de servicios de alojamiento de datos.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2021/784 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , sobre la lucha contra la difusión de contenidos terroristas en línea (DO L 172 de , pp. 79-109).

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