Programa Espacial de la Unión Europea (2021-2027): Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial
SÍNTESIS DE LOS DOCUMENTOS:
Reglamento (UE) 2021/696 por el que se crean el Programa Espacial de la Unión Europea y la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial
Decisión (PESC) 2021/698 sobre la seguridad de los sistemas y servicios cuyo despliegue, funcionamiento y utilización en el marco del Programa Espacial de la Unión Europea puedan afectar a la seguridad de la Unión Europea
¿CUÁL ES EL OBJETIVO DEL REGLAMENTO Y DE LA DECISIÓN?
PUNTOS CLAVE
Objetivos
Los objetivos principales del Programa Espacial de la UE son los siguientes:
- proporcionar o contribuir a proporcionar datos, información y servicios espaciales ininterrumpidos, de alta calidad, actualizados y, cuando proceda, seguros, que puedan cubrir las necesidades presentes y futuras y respaldar las prioridades políticas de la UE;
- maximizar los beneficios socioeconómicos para posibilitar el crecimiento y la creación de empleo, y promover la integración y el uso más amplios posibles de los datos, la información y los servicios ofrecidos por los componentes del Programa, tanto dentro como fuera de la UE, asegurando, al mismo tiempo, la sinergia y la complementariedad con el programa Horizonte Europa [Reglamento (UE) 2021/695; véase la síntesis];
- mejorar la protección y la seguridad de la UE y de sus Estados miembros y reforzar la autonomía de la UE, en particular en lo tocante a la tecnología;
- promover el papel de la UE en el sector espacial mundial, estimular la cooperación internacional, fortalecer la diplomacia espacial europea y reforzar su papel al abordar retos mundiales, apoyando iniciativas mundiales y creando conciencia del espacio como patrimonio común de la humanidad;
- mejorar la protección, la seguridad y la sostenibilidad de todas las actividades del espacio ultraterrestre relacionadas con los objetos espaciales y a la proliferación de desechos espaciales, junto con el entorno espacial.
El Reglamento establece además una serie de objetivos específicos, entre otros:
- proporcionar servicios de posicionamiento, navegación y temporización a largo plazo, avanzados y seguros, mientras se vela por su continuidad y fiabilidad, a través de Galileo y el sistema europeo de navegación por complemento geoestacionario;
- ofrecer datos de observación de la Tierra exactos y fiables, información y servicios que integren otras fuentes de datos, suministrados a largo plazo de forma sostenible a través de Copernicus, para apoyar la formulación, la aplicación y el seguimiento de las políticas y las acciones de la UE y de sus Estados miembros basadas en las exigencias de los usuarios;
- mejorar las capacidades para supervisar, hacer seguimiento e identificar objetos espaciales y desechos espaciales mediante el conocimiento y seguimiento espaciales, incluyendo tres subcomponentes:
- la vigilancia y el seguimiento de los objetos espaciales,
- los fenómenos meteorológicos espaciales, y
- los objetos cercanos a la Tierra;
- garantizar la disponibilidad a largo plazo de servicios de comunicaciones por satélite fiables, seguros y rentables para los usuarios del Programa de la UE de comunicación gubernamental por satélite;
- apoyar una capacidad autónoma, segura y rentable de acceso al espacio, teniendo en cuenta los intereses esenciales de seguridad de la UE;
- estimular el desarrollo de una economía espacial de la UE fuerte, entre otras cosas, reforzando la competitividad, la innovación, el emprendimiento, las aptitudes y la creación de capacidades en todos los Estados miembros y regiones de la UE, con atención especial a las pequeñas y medianas empresas y a las empresas emergentes.
Gobernanza
El Reglamento crea la EUSPA, que sustituye y amplía la Autoridad de Supervisión del Sistema Global de Navegación por Satélite Europeo. Asimismo, agiliza la gobernanza al asignar tareas claras a las distintas instituciones y agencias involucradas:
- la Comisión Europea, institución principalmente encargada del Programa;
- la EUSPA (responsable de las operaciones de Galileo, el sistema europeo de navegación por complemento geoestacionario (EGNOS) y responsable de la seguridad y el desarrollo de aplicaciones del segmento de usuario para todos los componentes del Programa Espacial); y
- la Agencia Espacial Europea (responsable de la investigación y desarrollo).
Financiación
- El Programa se ejecuta durante el período de vigencia 2021-2027 del marco financiero plurianual.
- Cuenta con un presupuesto de 14 800 millones EUR.
- El Reglamento establece las formas de financiación de la UE, las normas de concesión de dicha financiación y de aplicación del Programa.
Participación en la asociación de vigilancia y seguimiento espacial (VSE)
La Decisión de Ejecución (UE) 2022/1245 establece las normas y los procedimientos para la participación de los Estados miembros en la asociación de VSE. La asociación de VSE a la que se hace referencia en el artículo 58, apartado 2, del Reglamento (UE) 2021/696 debe asumir las actividades que realiza el consorcio de VSE en relación con la prestación de servicios a escala de la Unión, garantizando al mismo tiempo una buena transición y la continuidad de la prestación de servicios.
Un sistema de VSE es una red de sensores terrestres y espaciales capaces de vigilar y seguir objetos espaciales, junto con capacidades de procesamiento para proporcionar datos, información y servicios sobre los objetos espaciales que orbitan alrededor de la Tierra.
¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTARÁN EN VIGOR EL REGLAMENTO Y LA DECISIÓN?
El Reglamento y la Decisión están en vigor desde el 1 de enero de 2021.
ANTECEDENTES
Para más información, véanse:
DOCUMENTOS PRINCIPALES
Reglamento (UE) 2021/696 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se crean el Programa Espacial de la Unión y la Agencia de la Unión Europea para el Programa Espacial y por el que se derogan los Reglamentos (UE) n.o 912/2010, (UE) n.o 1285/2013 y (UE) n.o 377/2014 y la Decisión n.o 541/2014/UE (DO L 170 de 12.5.2021, pp. 69-148).
Decisión (PESC) 2021/698 del Consejo, de 30 de abril de 2021, sobre la seguridad de los sistemas y servicios cuyo despliegue, funcionamiento y utilización en el marco del Programa Espacial de la Unión y el Programa de Conectividad Segura de la Unión pueden afectar a la seguridad de la Unión, y por la que se deroga la Decisión 2014/496/PESC (DO L 170 de 12.5.2021, pp. 178-182).
Las modificaciones sucesivas de la Decisión (PESC) 2021/698 se han incorporado al texto básico. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
DOCUMENTOS CONEXOS
Reglamento (UE) 2023/588 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de marzo de 2023 por el que se establece el Programa de Conectividad Segura de la Unión para el período 2023-2027 (DO L 79 de 17.3.2023, pp. 1-39).
Decisión de Ejecución (UE) 2022/1245 de la Comisión de 15 de julio de 2022 por el que se establecen normas y procedimientos para la aplicación del Reglamento (UE) 2021/696 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la participación de los Estados miembros en el subcomponente VSE, el establecimiento de la asociación de VSE y la definición de los indicadores clave de rendimiento iniciales (DO L 190 de 19.7.2022, pp. 166-190).
Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de abril de 2021, por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», se establecen sus normas de participación y difusión, y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1290/2013 y (UE) n.o 1291/2013 (DO L 170 de 12.5.2021, pp. 1-68).
Reglamento (UE, Euratom) 2020/2093 del Consejo, de 17 de diciembre de 2020, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2021-2027 (DO L 433 I de 22.12.2020, pp. 11-22).
Véase la versión consolidada.
última actualización 22.03.2023