Horizonte Europa: Programa Marco de Investigación e Innovación y establecimiento de sus normas de participación y difusión

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2021/695 por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa» y se establecen sus normas de participación y difusión

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Establece Horizonte Europa, el Programa Marco de Investigación e Innovación (en lo sucesivo, «Programa») por el período de vigencia del marco financiero plurianual 2021-2027, y define sus normas de participación y difusión. El Reglamento:

PUNTOS CLAVE

Aplicación

El Programa se ejecuta mediante:

Objetivos

El objetivo general del Programa es generar un impacto científico, tecnológico, económico y social a partir de la inversión de la UE en I+i a fin de:

Así, el Programa maximiza el valor añadido de la UE, centrándose en objetivos y actividades de los que no pueden ocuparse eficazmente los Estados miembros por sí solos, pero sí mediante la cooperación.

El programa persigue los objetivos específicos siguientes:

Estructura y presupuesto

El Programa se estructura como sigue, con un presupuesto total de 95 500 millones EUR a precios corrientes (incluidos 5 400 millones EUR de NextGenerationEU).

Pilar I: Ciencia excelente

Con los componentes siguientes:

Pilar II: Desafíos mundiales y competitividad industrial europea

Con los componentes siguientes:

Pilar III: Europa innovadora

Con los componentes siguientes:

Parte: Ampliar la participación y fortalecer el EEI

Con los componentes siguientes:

Misiones

Las misiones son las carteras de actividades de I+i basadas en la excelencia y orientadas a los resultados, multidisciplinares y multisectoriales, destinadas a:

En el presente acto jurídico se determinan cinco ámbitos para posibles misiones:

Cada ámbito de misión cuenta con un comité de misión específico, que asesora a la Comisión en la especificación, la elaboración y la ejecución de misiones concretas.

Asociaciones europeas

Se ha creado un panorama racionalizado de tres formas de asociaciones europeas (cofinanciadas, coprogramadas e institucionalizadas) en el que la UE, las autoridades nacionales y el sector privado se comprometen a apoyar los esfuerzos en investigación e innovación.

El Consejo Europeo de Innovación

El Consejo Europeo de Innovación se ha creado como «ventanilla única» gestionada centralmente para la ejecución de las acciones del pilar III «Europa innovadora» relacionadas con dicho Consejo. El Consejo Europeo de Innovación se centra principalmente en la innovación radical y disruptiva, en especial en la innovación creadora de mercados, apoyando al mismo tiempo todos los tipos de innovación, incluida la progresiva.

Participación de terceros países

Horizonte Europa es un programa abierto a la participación de entidades jurídicas de cualquier parte del mundo, en las condiciones establecidas mediante las normas y, si procede, conjuntamente con las posibles condiciones adicionales a nivel de programas de trabajo o de convocatorias.

La participación en el programa en calidad de asociación de terceros países está abierta a:

Normas de participación

El Reglamento establece diferentes normas, como respecto a la admisibilidad para la participación y la financiación, las normas y los principios éticos y la seguridad, que son aplicables a las acciones indirectas financiadas en el marco del Programa. Por ejemplo, las siguientes:

Evaluación del Programa, evaluación de impacto y seguimiento

La Comisión evalúa y hace un seguimiento de Horizonte Europa para valorar los avances en la consecución de los objetivos del Programa.

El Programa se complementa con el Programa de Investigación y Formación de la Comunidad Europea de la Energía Atómica para el período 2021-2025.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

Está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

El Reglamento deroga el Reglamento (UE) n.o 1291/2013 y el Reglamento (UE) n.o 1290/2013.

Véanse también:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2021/695 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , por el que se crea el Programa Marco de Investigación e Innovación «Horizonte Europa», se establecen sus normas de participación y difusión, y se derogan los Reglamentos (UE) n.o 1290/2013 y (UE) n.o 1291/2013 (DO L 170 de , pp. 1-68).

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