Protección de los consumidores: acciones de representación

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva (UE) 2020/1828 relativa a las acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores, y por la que se deroga la Directiva 2009/22/CE

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Habilita a las organizaciones u organismos públicos designados por los Estados miembros de la Unión Europea (UE) a obtener tanto medidas de cesación como medidas resarcitorias en nombre de grupos de consumidores mediante acciones de representación (incluidas las acciones de representación transfronterizas). Esto incluye la obtención de medidas resarcitorias de empresas que infringen los derechos del consumidor en ámbitos como los servicios financieros, los viajes y el turismo, la energía, la sanidad, las telecomunicaciones y la protección de datos, según contemplen y permitan el Derecho de la UE y las legislaciones nacionales.

Puesto que tanto los procedimientos judiciales como los administrativos pueden ponerse, de forma efectiva y eficiente, al servicio de la protección de los intereses colectivos de los consumidores, se deja al criterio de los Estados miembros decidir si la acción de representación puede ejercitarse en procedimientos judiciales o administrativos, o en ambos, dependiendo del ámbito jurídico o económico en cuestión.

PUNTOS CLAVE

Entidades habilitadas

Los Estados miembros designan a las entidades habilitadas para ejercer acciones de representación en nombre de los consumidores (entidades habilitadas).

Para poder ser habilitada para ejercer acciones de representación en un Estado miembro diferente al de su designación (acciones transfronterizas), una entidad habilitada debe:

Los Estados miembros pueden decidir que los criterios anteriores se apliquen también a la designación de entidades habilitadas para ejercitar acciones de representación nacionales (en el Estado miembro de su designación). Los Estados miembros podrán designar a una entidad como entidad habilitada con carácter ad hoc para ejercitar una determinada acción de representación nacional.

La Comisión Europea publica en un portal en línea una lista de las entidades habilitadas para acciones transfronterizas, que se actualiza según sea necesario.

Medidas de cesación

Una medida de cesación es una orden provisional o definitiva de dejar de realizar una práctica o que prohíbe la misma. Ambas pueden utilizarse para detener una práctica existente o prohibir una que vaya a realizarse inminentemente. También puede conllevar (en función del Derecho nacional) la obligación de publicar el fallo judicial o una declaración de rectificación.

La entidad habilitada no tendrá la obligación de demostrar pérdida, daño o perjuicio efectivo de los consumidores afectados por la infracción, ni tampoco dolo o negligencia del empresario.

Medidas resarcitorias

Las medidas resarcitorias exigen a los empresarios proporcionar soluciones, como la indemnización, la reparación, la sustitución, la reducción del precio, la resolución del contrato o el reembolso del precio pagado, según corresponda y se disponga de ellas en virtud del Derecho de la Unión o la legislación nacional.

Los Estados miembros garantizarán que:

Estas soluciones se entienden sin perjuicio de cualquier otra solución adicional que no haya sido objeto de la acción de representación.

Para evitar los conflictos de intereses cuando la financiación procede de terceros, los Estados miembros que permiten dicha financiación deben garantizar, en particular, que:

Acuerdos de resarcimiento

Los Estados miembros velarán por que:

Costas de la acción

Sanciones

Los Estados miembros deben:

Derogación

La Directiva (UE) 2020/1828 deroga la Directiva 2009/22/CE (véase la síntesis) con efecto a partir del 25 de junio de 2023.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Entró en vigor el 24 de diciembre de 2020. Se ha convertido el ley en los Estados miembros el 25 de diciembre de 2022 y debe aplicarse en los Estados miembros a partir del 25 de junio de 2023.

ANTECEDENTES

La Directiva forma parte del paquete «un nuevo marco para los consumidores».

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva (UE) 2020/1828 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2020 relativa a las acciones de representación para la protección de los intereses colectivos de los consumidores, y por la que se deroga la Directiva 2009/22/CE (DO L 409 de 4.12.2020, pp. 1–27).

Las modificaciones sucesivas de la Directiva 2020/1828/UE se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

última actualización 02.05.2023