Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales: información sobre condenas de nacionales de terceros países (ECRIS-TCN)

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2019/816 por el que se establece un sistema centralizado para la identificación de los Estados miembros que poseen información sobre condenas de nacionales de terceros países y apátridas (ECRIS-TCN)

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

La legislación se aplica al tratamiento de los datos de identidad de los nacionales de países no pertenecientes a la UE que tengan una condena* previa en uno de los Estados miembros para determinar qué Estado miembro dictó la sentencia. Se aplica también a los ciudadanos de la UE que también posean la nacionalidad un tercer país. La información sobre la condena propiamente dicha solo puede obtenerse del Estado miembro de condena.

La arquitectura técnica del ECRIS-TCN consiste en:

Un acto de ejecución, la Decisión de Ejecución (UE) 2022/2470 de la Comisión, establece las medidas necesarias para el desarrollo técnico y la aplicación del ECRIS-TCN. Establece las especificaciones para el tratamiento de datos alfanuméricos y dactiloscópicos, relativas a la calidad de los datos, a la introducción de los mismos, al acceso del ECRIS-TCN y la consulta de este, a la conservación de los registros y el acceso a ellos, a la facilitación de estadísticas, así como a los requisitos de resultado y disponibilidad del ECRIS-TCN.

Las autoridades centrales* nacionales deben crear, en la mayor brevedad posible, un registro de datos en el ECRIS-TCN para cada nacional de un tercer país al que condenen. El registro debe incluir:

Las autoridades nacionales centrales pueden utilizar el ECRIS-TCN para identificar el Estado miembro que dispone de información sobre los antecedentes penales de un nacional de un país no perteneciente a la UE, con el fin de obtener posteriormente información sobre las condenas anteriores de una persona a través del ECRIS, cuando sea necesario a los efectos de los procesos penales contra esa persona o para:

La Fiscalía Europea, Eurojust y Europol:

Solo a los efectos de procesos penales, los países no pertenecientes a la UE y las organizaciones internacionales pueden solicitar a Eurojust información sobre qué Estados miembros disponen de antecedentes penales de un nacional de un país no perteneciente a la UE. Cuando haya una respuesta positiva y el Estado miembro dé su consentimiento, Eurojust comunicará al país no perteneciente a la UE u organización internacional de qué Estado miembro se trata, para que pueda solicitar a dicho Estado miembro los extractos de los antecedentes penales pertinentes.

Los datos:

eu-LISA se encarga de:

Los Estados miembros deben:

Una persona o un Estado miembro que sufra un perjuicio por un comportamiento incompatible con el Reglamento puede recibir una indemnización de:

Los nacionales de países no pertenecientes a la UE pueden ponerse en contacto con la autoridad central de un Estado miembro para solicitar el acceso a sus datos personales, su corrección, eliminación o la restricción de su uso.

Cualquier uso indebido de los datos introducidos en el ECRIS-TCN está sujeto a sanciones o medidas disciplinarias.

El Supervisor Europeo de Protección de Datos supervisa las actividades de procesamiento de datos personales de eu-LISA y realiza una auditoría para el Parlamento, el Consejo y la Comisión al menos cada tres años.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

Condena. Toda resolución firme tomada por un tribunal penal contra una persona que está inscrita en el registro de antecedentes penales.
Autoridad central. Una autoridad nacional de antecedentes penales designada de conformidad con el artículo 3, apartado 1, de la Decisión Marco 2009/315/JAI.
Respuesta positiva. Coincidencia entre los datos de identidad registrados en el sistema central con los utilizados para una búsqueda.
Aplicación de referencia ECRIS. Programa desarrollado por la Comisión y puesto a disposición de los Estados miembros para el intercambio de datos de antecedentes penales a través del ECRIS.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2019/816 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, por el que se establece un sistema centralizado para la identificación de los Estados miembros que poseen información sobre condenas de nacionales de terceros países y apátridas (ECRIS-TCN) a fin de complementar el Sistema Europeo de Información de Antecedentes Penales, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2018/1726 (DO L 135 de 22.5.2019, pp. 1-26).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2019/816 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Decisión de Ejecución (UE) 2022/2470 de la Comisión, de 14 de diciembre de 2022, por la que se establecen las medidas necesarias para el desarrollo técnico y la aplicación del sistema centralizado para la identificación de los Estados miembros que poseen información sobre condenas de nacionales de terceros países y apátridas (ECRIS-TCN) (DO L 322 de 16.12.2022, pp. 107-121).

Reglamento (UE) 2021/1133 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio de 2021, por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 603/2013, (UE) 2016/794, (UE) 2018/1862, (UE) 2019/816 y (UE) 2019/818 en lo que respecta al establecimiento de las condiciones para acceder a otros sistemas de información de la UE a efectos del Sistema de Información de Visados (DO L 248 de 13.7.2021, pp. 1-10).

Reglamento (UE) 2019/818 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de mayo de 2019, relativo al establecimiento de un marco para la interoperabilidad entre los sistemas de información de la UE en el ámbito de la cooperación policial y judicial, el asilo y la migración y por el que se modifican los Reglamentos (UE) 2018/1726, (UE) 2018/1862 y (UE) 2019/816 (DO L 135 de 22.5.2019, pp. 85-135).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2018/1727 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, sobre la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Judicial Penal (Eurojust) y por la que se sustituye y deroga la Decisión 2002/187/JAI del Consejo (DO L 295 de 21.11.2018, pp. 138-183).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2018/1726 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de noviembre de 2018, relativo a la Agencia de la Unión Europea para la Gestión Operativa de Sistemas Informáticos de Gran Magnitud en el Espacio de Libertad, Seguridad y Justicia (eu-LISA), y por el que se modifican el Reglamento (CE) n.o 1987/2006 y la Decisión 2007/533/JAI del Consejo y se deroga el Reglamento (UE) n.o 1077/2011 (DO L 295 de 21.11.2018, pp. 99-137).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2018/1725 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2018, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por las instituciones, órganos y organismos de la Unión, y a la libre circulación de esos datos, y por el que se derogan el Reglamento (CE) n.o 45/2001 y la Decisión n.o 1247/2002/CE (DO L 295 de 21.11.2018, pp. 39-98).

Reglamento (UE) 2018/1240 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de septiembre de 2018, por el que se establece un Sistema Europeo de Información y Autorización de Viajes (SEIAV) y por el que se modifican los Reglamentos (UE) n.o 1077/2011, (UE) n.o 515/2014, (UE) 2016/399, (UE) 2016/1624 y (UE) 2017/2226 (DO L 236 de 19.9.2018, pp. 1-71).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2017/1939 del Consejo, de 12 de octubre de 2017, por el que se establece una cooperación reforzada para la creación de la Fiscalía Europea (DO L 283 de 31.10.2017, pp. 1-71).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2016/794 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2016, relativo a la Agencia de la Unión Europea para la Cooperación Policial (Europol) y por el que se sustituyen y derogan las Decisiones 2009/371/JAI, 2009/934/JAI, 2009/935/JAI, 2009/936/JAI y 2009/968/JAI del Consejo (DO L 135 de 24.5.2016, pp. 53-114).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos) (DO L 119 de 4.5.2016, pp. 1-88).

Véase la versión consolidada.

Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y a la libre circulación de dichos datos y por la que se deroga la Decisión Marco 2008/977/JAI del Consejo (DO L 119 de 4.5.2016, pp. 89-131).

Véase la versión consolidada.

Decisión Marco 2009/315/JAI del Consejo, de 26 de febrero de 2009, relativa a la organización y al contenido del intercambio de información de los registros de antecedentes penales entre los Estados miembros (DO L 93 de 7.4.2009, pp. 23-32).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (CE) n.o 767/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de julio de 2008, sobre el Sistema de Información de Visados (VIS) y el intercambio de datos sobre visados de corta duración entre los Estados miembros (Reglamento VIS) (DO L 218 de 13.8.2008, pp. 60-81).

Véase la versión consolidada.

última actualización 10.05.2023