Pagos distintos del efectivo: lucha contra el fraude y la falsificación

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión (UE) 2019/713 sobre la lucha contra el fraude y la falsificación de medios de pago distintos del efectivo

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

La Directiva tiene por objeto:

Actualiza y sustituye la Decisión Marco 2001/413/JAI.

PUNTOS CLAVE

La Directiva establece las siguientes infracciones penales cuando hayan sido cometidas intencionadamente:

La Directiva también establece las condiciones para que las personas jurídicas (una entidad con personalidad jurídica) puedan ser consideradas responsables de infracciones, y equipara las penas para personas físicas y jurídicas.

Los países de la UE deben:

La Directiva introduce servicios de ayuda y apoyo para las víctimas (tanto personas físicas como jurídicas) de fraudes relacionados con datos personales. Anima a los países de la UE a crear centros nacionales de información en línea únicos para víctimas de fraude. Les exige específicamente:

La Comisión, a más tardar:

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el 30 de mayo de 2019 y tiene que adquirir rango de ley en los países de la UE a más tardar el 31 de mayo de 2021.

ANTECEDENTES

TÉRMINOS CLAVE

Instrumento de pago distinto del efectivo: dispositivos y procedimientos protegidos, físicos o virtuales, que permiten al usuario transferir dinero o valor monetario sin utilizar monedas o billetes.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva (UE) 2019/713 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de abril de 2019, sobre la lucha contra el fraude y la falsificación de medios de pago distintos del efectivo y por la que se sustituye la Decisión Marco 2001/413/JAI del Consejo (DO L 123 de 10.5.2019, pp. 18-29).

DOCUMENTOS CONEXOS

Decisión Marco 2001/413/JAI del Consejo, de 28 de mayo de 2001, sobre la lucha contra el fraude y la falsificación de medios de pago distintos del efectivo (DO L 149 de 2.6.2001, pp. 1-4).

última actualización 06.04.2020