Reglamento (UE) 2019/516 sobre la armonización de la renta nacional bruta a precios de mercado
Definiciones
El Reglamento exige que la RNB y el producto interior bruto (PIB) a precios de mercado* se definan de conformidad con el SEC 2010.
Transmisión de datos e información adicional a la Comisión Europea
Los Estados miembros de la UE deben:
Procedimientos y controles para el cálculo de la RNB
Se ha creado un grupo de expertos, establecido por una Decisión de la Comisión y compuesto por representantes de los Estados miembros, para:
Por lo que respecta a los inventarios proporcionados por los Estados miembros, la Comisión verificará las fuentes y sus usos y métodos, lo que incluye la realización de visitas de información.
Actos de ejecución y delegados
El Reglamento concede a la Comisión poderes para adoptar:
En octubre de 2020, la Comisión adoptó el Reglamento de ejecución (UE) 2020/1546, que determina la estructura y las disposiciones pormenorizadas del inventario de las fuentes y los métodos utilizados para elaborar agregados de la RNB y sus componentes de conformidad con el SEC 2010.
En noviembre de 2021, la Comisión adoptó:
En noviembre de 2023, la Comisión adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2493 relativo al tratamiento del IVA no recaudado debido al fraude al IVA o a insolvencias (diferencias entre los ingresos teóricos del IVA y los ingresos del IVA realmente recaudados).
Comité del Sistema Estadístico Europeo
Eurostat recibe apoyo y asesoramiento del Comité del Sistema Estadístico Europeo, un organismo compuesto por representantes de los estados miembros y presidido por la Comisión.
Informe
La Comisión presentó su informe al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea sobre la aplicación del Reglamento antes de la fecha límite del 1 de enero de 2023.
Está en vigor desde el 18 de abril de 2019.
Para más información, véanse:
Enfoque de la producción: el PIB es igual a la suma de los valores añadidos brutos de los diversos sectores institucionales o de las diferentes ramas de actividad, más los impuestos y menos las subvenciones sobre los productos (que no se asignan a los sectores y a las ramas de actividad). También es igual al saldo contable de la cuenta de producción del total de la economía.
Enfoque del gasto: el PIB es igual a la suma de los empleos finales de bienes y servicios de las unidades institucionales residentes (consumo final y formación bruta de capital), más las exportaciones y menos las importaciones de bienes y servicios.
Enfoque de la renta: el PIB es igual a la suma de los empleos de la cuenta de explotación del total de la economía (remuneración de los asalariados, impuestos menos subvenciones a la producción y las importaciones, excedente de explotación bruto y renta mixta bruta del total de la economía).
Reglamento (UE) 2019/516 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de marzo de 2019, sobre la armonización de la renta nacional bruta a precios de mercado y por el que se deroga la Directiva 89/130/CEE, Euratom del Consejo y el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1287/2003 del Consejo (Reglamento RNB) (DO L 91 de 29.3.2019, pp. 19-24).
Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2493 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2023, relativo al tratamiento del IVA no recaudado debido al fraude al IVA o a insolvencias (diferencias entre los ingresos teóricos del IVA y los ingresos del IVA realmente recaudados) en las cuentas nacionales a efectos de la aplicación del Reglamento (UE) 2019/516 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la armonización de la renta nacional bruta a precios de mercado (DO L, 2023/2493 de 16.11.2023).
Reglamento (UE, Euratom) 2021/768 del Consejo, de 30 de abril de 2021, por el que se establecen medidas de ejecución del sistema de recursos propios de la Unión Europea y por el que se deroga el Reglamento (UE, Euratom) n.o 608/2014 (DO L 165 de 11.5.2021, pp. 1-8).
Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1947 de la Comisión de 10 de noviembre de 2021 sobre la definición del territorio geográfico de los Estados miembros a los efectos del Reglamento (UE) 2019/516 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la armonización de la renta nacional bruta a precios de mercado (Reglamento RNB), y por el que se deroga la Decisión 91/450/CEE, Euratom de la Comisión y el Reglamento (CE) n.o 109/2005 de la Comisión (DO L 398 de 11.11.2021, pp. 1-3).
Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1948 de la Comisión de 10 de noviembre de 2021 sobre cómo se han de considerar las devoluciones a los sujetos no pasivos y a los sujetos pasivos por sus actividades exentas a los efectos del Reglamento (UE) 2019/516 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la armonización de la renta nacional bruta a precios de mercado (Reglamento RNB), y por el que se deroga la Decisión 1999/622/CE, Euratom de la Comisión y el Reglamento (CE, Euratom) n.o 116/2005 de la Comisión (DO L 398 de 11.11.2021, pp. 4-5).
Reglamento de Ejecución (UE) 2021/1949 de la Comisión de 10 de noviembre de 2021 sobre los principios para el cálculo de los servicios de alquiler de viviendas a los efectos del Reglamento (UE) 2019/516 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre la armonización de la renta nacional bruta a precios de mercado (Reglamento RNB), y por el que se deroga la Decisión 95/309/CE, Euratom de la Comisión y el Reglamento (CE) n.o 1722/2005 de la Comisión (DO L 398 de 11.11.2021, pp. 6-18).
Reglamento de Ejecución (UE) 2020/1546 de la Comisión de 23 de octubre de 2020 por el que se determinan la estructura y las disposiciones pormenorizadas del inventario de las fuentes y los métodos utilizados para elaborar agregados de la renta nacional bruta y sus componentes de acuerdo con el Sistema Europeo de Cuentas (SEC 2010) (DO L 354 de 26.10.2020, pp. 1-3).
Reglamento Delegado (UE) 2020/2147 de la Comisión, de 8 de octubre de 2020, por el que se completa el Reglamento (UE) 2019/516 del Parlamento Europeo y del Consejo mediante la definición de la lista de temas que se deben abordar en cada ciclo de verificación (DO L 428 de 18.12.2020, p. 9).
Decisión de la Comisión, de 17 de mayo de 2019, por la que se crea el grupo de expertos de la Comisión sobre la renta nacional bruta (DO C 174 de 21.5.2019, pp. 5-8).
Versión consolidada del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: Séptima parte: Disposiciones generales y finales: Artículo 338 (antiguo artículo 285 TCE) (DO C 202 de 7.6.2016, pp. 192-193).
Decisión 2014/335/UE, Euratom del Consejo, de 26 de mayo de 2014, sobre el sistema de recursos propios de la Unión Europea (DO L 168 de 7.6.2014, pp. 105-111).
Reglamento (UE) n.o 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (DO L 174 de 26.6.2013, pp. 1-727).
Las sucesivas modificaciones del Reglamento (UE) n.o 549/2013 se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.
Reglamento (CE) n.o 223/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2009, relativo a la estadística europea y por el que se deroga el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1101/2008 relativo a la transmisión a la Oficina Estadística de las Comunidades Europeas de las informaciones amparadas por el secreto estadístico, el Reglamento (CE) n.o 322/97 del Consejo sobre la estadística comunitaria y la Decisión 89/382/CEE, Euratom del Consejo por la que se crea un Comité del programa estadístico de las Comunidades Europeas (DO L 87 de 31.3.2009, pp. 164-173).
Véase la versión consolidada.
última actualización 08.01.2024