Armonización de las estadísticas sobre la renta nacional bruta a escala de la Unión Europea

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2019/516 sobre la armonización de la renta nacional bruta a precios de mercado

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

Definiciones

El Reglamento exige que la RNB y el producto interior bruto (PIB) a precios de mercado2 se definan de conformidad con el SEC 2010.

Transmisión de datos e información adicional a la Comisión Europea

Los Estados miembros de la UE deben:

Procedimientos y controles para el cálculo de la RNB

Se ha creado un grupo de expertos, establecido por una Decisión de la Comisión y compuesto por representantes de los Estados miembros, para:

Por lo que respecta a los inventarios proporcionados por los Estados miembros, la Comisión verificará las fuentes y sus usos y métodos, lo que incluye la realización de visitas de información.

Actos de ejecución y delegados

El Reglamento concede a la Comisión poderes para adoptar:

En octubre de 2020, la Comisión adoptó el Reglamento de ejecución (UE) 2020/1546, que determina la estructura y las disposiciones pormenorizadas del inventario de las fuentes y los métodos utilizados para elaborar agregados de la RNB y sus componentes de conformidad con el SEC 2010.

En noviembre de 2021, la Comisión adoptó:

En noviembre de 2023, la Comisión adoptó el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/2493 relativo al tratamiento del IVA no recaudado debido al fraude al IVA o a insolvencias (diferencias entre los ingresos teóricos del IVA y los ingresos del IVA realmente recaudados).

Comité del Sistema Estadístico Europeo

Eurostat recibe apoyo y asesoramiento del Comité del Sistema Estadístico Europeo, un organismo compuesto por representantes de los estados miembros y presidido por la Comisión.

Informe

La Comisión presentó su informe al Parlamento Europeo y al Consejo de la Unión Europea sobre la aplicación del Reglamento antes de la fecha límite del .

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

Está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

  1. Renta nacional bruta a precios de mercado (RNB). La renta primaria total a cobrar por las unidades institucionales residentes: remuneración de los asalariados, impuestos menos subvenciones a la producción y las importaciones, rentas de la propiedad (la diferencia entre las rentas a cobrar y a pagar), excedente de explotación bruto y renta mixta bruta. La RNB es igual al PIB menos las rentas primarias a pagar por las unidades institucionales residentes a unidades institucionales no residentes, más las rentas primarias del resto del mundo a cobrar por las unidades institucionales residentes.
  2. Producto interior bruto a precios de mercado (PIB). Este concepto puede definirse de tres formas:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2019/516 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , sobre la armonización de la renta nacional bruta a precios de mercado y por el que se deroga la Directiva 89/130/CEE, Euratom del Consejo y el Reglamento (CE, Euratom) n.o 1287/2003 del Consejo (Reglamento RNB) (DO L 91 de , pp. 19-24).

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