Garantía de una gestión financiera sólida del presupuesto de la UE

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Decisión (UE) 2018/1220 relativa al reglamento interno de la instancia a que se refiere el artículo 143 del Reglamento financiero de la Unión Europea (UE)

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DECISIÓN?

PUNTOS CLAVE

La Comisión Europea nombra un presidente de la instancia independiente de alto nivel para un mandato de cinco años no renovable. Esta persona será elegida entre antiguos miembros del Tribunal de Justicia de la Unión Europea o del Tribunal de Cuentas, o bien un exdirector general de una institución comunitaria distinta de la Comisión. El presidente podrá ser suplido en sus funciones por un vicepresidente.

El presidente:

El presidente podrá ser suplido en sus funciones por un vicepresidente que será nombrado en las mismas condiciones y sustituye al presidente en caso de que no pueda atender sus obligaciones.

La instancia consta de:

La secretaría permanente está bajo la autoridad del Presidente y:

Cualquier miembro de la instancia o de la secretaría que considere que puede incurrir en un conflicto de intereses en el marco de un caso no participará en los procedimientos.

Participación de la OLAF:

Participación de la EPPO:

Remisión de casos a la instancia. Cualquier ordenador procedente de una institución, una agencia o un organismo de la UE:

Derecho a ser oído. Operadores económicos1:

La instancia:

Personal de la UE. La instancia:

La autoridad remitente mantiene el procedimiento contradictorio antes de que la instancia examine el caso.

La Decisión deroga las decisiones de la Comisión que establecían el reglamento interno de instancias anteriores: la Decisión C(2011) 6109 final y la Decisión (UE) 2015/2463.

La Decisión fue modificada el mediante la Decisión (UE) 2021/1081, con el fin de garantizar la continuidad de la instancia e incluir la mención a los acuerdos entre la EPPO y la Comisión.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR LA DECISIÓN?

Está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

TÉRMINOS CLAVE

  1. Operador económico. Toda persona, entidad, empresa u organización de otra índole que suministra bienes, trabajos o servicios.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Decisión (UE) 2018/1220 de la Comisión, de , relativa al reglamento interno de la instancia a que se refiere el artículo 143 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo (DO L 226 de , pp. 7-16).

Las modificaciones sucesivas de la Decisión (UE) 2018/1220 de la Comisión se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

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