Recopilación de datos para asistencia en la gestión del sector pesquero

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) n.o 2017/1004 por el que se establecen normas para la recopilación, gestión y uso de los datos del sector pesquero y el apoyo al asesoramiento científico en relación con la política pesquera común

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

Los Estados miembros de la Unión Europea (UE) deben recoger datos sobre los sectores de la pesca y la acuicultura sobre la base de un programa plurianual que recopila una lista detallada de los requisitos de datos y la lista de campañas científicas de investigación obligatorias en el mar.

Los datos que se han de recopilar incluyen:

Cada Estado miembro debe elaborar un plan de trabajo nacional con arreglo al programa plurianual y las normas financieras del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura.

En virtud del Reglamento de modificación (UE) 2021/1139, los planes de trabajo nacionales deben presentarse a la Comisión Europea por medios electrónicos a más tardar el 15 de octubre del año anterior al de su aplicación.

Los planes de trabajo nacionales son evaluados por el Comité científico, técnico y económico de pesca y contienen información sobre:

La Comisión adopta posteriormente actos de ejecución por los que se aprueban los planes de trabajo nacionales a más tardar el 31 de diciembre del año anterior a partir del cual deba aplicarse el plan de trabajo nacional.

El Reglamento incluye asimismo información sobre el proceso de gestión de datos, la forma en que los datos deben transmitirse, sobre la coordinación regional entre los Estados miembros y los planes de trabajo regionales que puedan elaborar, así como las obligaciones de los usuarios finales de datos científicos y otras partes interesadas.

Actos delegados y de ejecución

La Comisión ha adoptado varios actos delegados y de ejecución en relación con el Reglamento (UE) 2017/1004, a saber:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

Está en vigor desde el . El Reglamento (UE) 2017/1004 revisó y sustituyó el Reglamento (CE) n.o 199/2008 y sus modificaciones posteriores.

ANTECEDENTES

TÉRMINOS CLAVE

  1. Sector pesquero. Actividades relacionadas con la pesca comercial y recreativa, la acuicultura y las industrias de transformación de los productos de la pesca.
  2. Red trófica. Cadenas alimentarias interconectadas (relación de alimentación) en un ecosistema. Las plantas, herbívoros y carnívoros forman parte de la red trófica.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2017/1004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , relativo al establecimiento de un marco de la Unión para la recopilación, gestión y uso de los datos del sector pesquero y el apoyo al asesoramiento científico en relación con la política pesquera común y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.o 199/2008 del Consejo (refundición) (DO L 157 de , pp. 1-21).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2017/1004 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

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