Homologación y medidas de vigilancia del mercado de los vehículos de motor y sus remolques en la Unión Europea

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2018/858: homologación y vigilancia del mercado de los vehículos de motor y sus remolques y de los sistemas, los componentes y las unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

Ámbito de aplicación

El Reglamento se aplica a:

Ensayos y homologación de tipo previos a la comercialización de un turismo

Controles en los turismos que ya están en el mercado

Supervisión

Fabricantes

Requisitos de seguridad y protección para los usuarios de vulnerables de la vía pública

Intercambio de datos en línea y notificación de las homologaciones de tipo UE

Intercambio de datos del certificado de conformidad en formato electrónico

¿A PARTIR DE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

ANTECEDENTES

TÉRMINOS CLAVE

  1. Homologación de tipo: el procedimiento mediante el cual una autoridad de homologación certifica que un tipo de vehículo, sistema, componente o unidad técnica independiente cumple las normas administrativas y los requisitos jurídicos correspondientes.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2018/858 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , sobre la homologación y la vigilancia del mercado de los vehículos de motor y sus remolques y de los sistemas, los componentes y las unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos, por el que se modifican los Reglamentos (CE) n.o 715/2007 y (CE) n.o 595/2009 y por el que se deroga la Directiva 2007/46/CE (DO L 151 de , pp. 1-218).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) n.o 536/2014 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2018/858 se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

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