Apoyo a la lucha contra el cambio climático y objetivos de rendimiento para los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento de Ejecución (UE) n.o 215/2014 sobre metodologías para determinar el nivel de apoyo financiero a la lucha contra el cambio climático y para establecer metas con respecto a la intervención de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (Fondos EIE)

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO DE EJECUCIÓN?

Tiene como objetivo establecer métodos para calcular cómo priorizar y dividir el apoyo a la lucha contra el cambio climático entre los cinco Fondos EIE.

Establece objetivos de rendimiento y, en particular, determina qué categorías de intervención son prioritarias.

PUNTOS CLAVE

Este Reglamento de Ejecución, tal como se menciona en el artículo 8 del Reglamento (UE) n.o 1303/2013, establece las condiciones de aplicación de la metodología de cálculo para cada uno de los Fondos EIE, sobre la base de categorías de intervención, ámbitos o medidas de interés.

Los cinco Fondos EIE son los siguientes:

El Reglamento atribuye a cada Fondo EIE una ponderación específica que refleja la medida en que el apoyo financiero de la UE contribuye a los objetivos de mitigación del cambio climático y de adaptación al mismo. Cuando la contribución es insignificante, se le asigna un coeficiente de ponderación cero. Estas ponderaciones se utilizan para armonizar el seguimiento de las ayudas que contribuyen a los objetivos de mitigación del cambio climático y de adaptación al mismo en el marco de las diferentes políticas de la UE, y reflejan las diferencias en la contribución de cada uno de los Fondos EIE.

Los cálculos del apoyo financiero a los objetivos de cambio climático para los distintos Fondos EIE se priorizan utilizando ponderaciones, como en los ejemplos siguientes.

FEDER, FSE y Fondo de Cohesión

FEADER

FEMP

Se asignan ponderaciones del 100 % a proyectos que tienen los siguientes objetivos:

Proyectos a los que se les asigna una ponderación del 40 %:

Hitos y metas

Se considerará que se han cumplido los hitos o metas de una prioridad si se han alcanzado los correspondientes indicadores del siguiente modo:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO DE EJECUCIÓN?

El Reglamento está en vigor desde el .

ANTECEDENTES

Para obtener más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento de Ejecución (UE) n.o 215/2014 de la Comisión, de , por el que se establecen las modalidades de aplicación del Reglamento (UE) n.o 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, en lo relativo a las metodologías de apoyo a la lucha contra el cambio climático, la determinación de los hitos y las metas en el marco de rendimiento y la nomenclatura de las categorías de intervención para los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (DO L 69 de , pp. 65-84).

Las modificaciones sucesivas al Reglamento (UE) n.o 215/2014 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

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