Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y Brasil
Las actividades realizadas en virtud del Acuerdo se basan en un conjunto de principios, a saber:
Las actividades de cooperación deben estar diseñadas para fomentar lo siguiente:
Debe hacerse hincapié en los siguientes campos:
Entre las actividades de cooperación se incluyen las siguientes:
El Acuerdo entró en vigor el por un período inicial de cinco años. Se ha renovado tres veces, la más reciente tuvo lugar en 2022 por otro período de cinco años.
Las relaciones de la UE y Brasil se basan en una asociación estratégica creada en 2007 y en el acuerdo de cooperación de la UE con el Mercosur.
Para más información, véase:
Para más información sobre la cooperación con Brasil en materia de investigación e innovación, véase:
Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y la República Federativa de Brasil (DO L 295 de , pp. 38-43).
Decisión 2005/781/CE del Consejo, de , relativa a la celebración del Acuerdo de cooperación científica y tecnológica entre la Comunidad Europea y la República Federativa de Brasil (DO L 295 de , p. 37).
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