Países ACP: acuerdos de asociación económica y regímenes de exportación

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2016/1076 relativo a las disposiciones para mercancías originarias de determinados países ACP

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

Este Reglamento revisa y sustituye el Reglamento (CE) n.o 1528/2007 relativo al régimen previsto para las mercancías originarias de determinados países de África, del Caribe y del Pacífico (ACP) en los acuerdos que establecen Acuerdos de Asociación Económica (AAE) o conducen a su establecimiento. En concreto, elimina del ámbito de aplicación de dicho Reglamento a los países que no han adoptado las medidas necesarias para la ratificación de los AAE con la UE.

PUNTOS CLAVE

Ámbito de aplicación

Acceso a los mercados

Medidas de salvaguardia

Podrá imponerse una medida de salvaguardia cuando los productos originarios de las regiones o países que figuren en la lista se estén importando a la Unión en cantidades cada vez mayores y en condiciones tales que causen o amenacen causar:

Las medidas que se pueden tomar para el producto afectado incluyen:

Dichas medidas no pueden durar más de cuatro años.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTE REGLAMENTO?

Está en vigor desde el 28 de julio de 2016. El Reglamento (UE) 2016/1076 revisó y sustituyó al Reglamento (CE) n.o 1528/2007 y sus modificaciones posteriores.

ANTECEDENTES

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Países ACP enumerados en el anexo I: Antigua y Barbuda, la Mancomunidad de las Bahamas, Barbados, Belice, la República de Botsuana, la República del Camerún, la Unión de las Comoras, la República de Costa de Marfil, la Mancomunidad de Dominica, la República Dominicana, la República de Fiyi, la República de Ghana, Granada, la República Cooperativa de Guyana, Jamaica, la República de Kenia, el Reino de Lesoto, la República de Madagascar, la República de Mauricio, la República de Mozambique, la República de Namibia, el Estado Independiente de Papúa Nueva Guinea, la Federación de San Cristóbal y Nieves, Santa Lucía, San Vicente y las Granadinas, el Estado Independiente de Samoa, la República de Seychelles, las Islas Salomón, la República de Surinam, el Reino de Esuatini, la República de Trinidad y Tobago, la República de Zimbabue.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2016/1076 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, por el que se aplica el régimen previsto para las mercancías originarias de determinados Estados pertenecientes al grupo de Estados de África, del Caribe y del Pacífico (ACP) en los acuerdos que establecen acuerdos de asociación económica o conducen a su establecimiento (versión refundida) (DO L 185 de 8.7.2016, pp. 1-191).

Las sucesivas modificaciones al Reglamento (UE) 2016/1076 se han incorporado al documento original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Reglamento (UE) 2016/1036 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2016, relativo a la defensa contra las importaciones que sean objeto de dumping por parte de países no miembros de la Unión Europea (versión codificada) (DO L 176 de 30.6.2016, pp. 21-54).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) 2015/478 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de marzo de 2015, sobre el régimen común aplicable a las importaciones (versión codificada) (DO L 83 de 27.3.2015, pp. 16-33).

Reglamento (UE) n.o 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios y por el que se derogan los Reglamentos (CEE) n.o 922/72, (CEE) n.o 234/79, (CE) n.o 1037/2001 y (CE) n.o 1234/2007 (DO L 347 de 20.12.2013, pp. 671-854).

Véase la versión consolidada.

Reglamento (UE) n.o 952/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de octubre de 2013, por el que se establece el código aduanero de la Unión (DO L 269 de 10.10.2013, pp. 1-101).

Véase la versión consolidada.

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo y al Consejo: Acuerdos de Asociación Económica [COM(2007) 635 final de 23.10.2007].

última actualización 13.08.2020