Accesibilidad de los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles del sector público

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva (UE) 2016/2102 sobre la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

PUNTOS CLAVE

Los Estados miembros de la UE deben garantizar que los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público sean «más accesibles», en especial para las personas con discapacidad, haciéndolos «perceptibles, operables, comprensibles y robustos». El nivel de accesibilidad se fija en la norma europea armonizada EN 301 549 v3.2.1 (2021-03). Las partes de esta norma que son pertinentes a efectos de la presente Directiva se enumeran en el anexo A de la norma.

Los organismos del sector público deben proporcionar periódicamente una declaración de accesibilidad detallada, exhaustiva y clara sobre la conformidad de sus sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles con la presente Directiva e incluirán:

La Decisión de Ejecución (UE) 2018/1523, un acto de ejecución adoptado por la Comisión Europea, establece un modelo de declaración de accesibilidad.

Los Estados miembros deben, asimismo:

Los Estados miembros pueden mantener o promulgar legislación que vaya más allá de los requisitos mínimos de la presente Directiva.

Exclusiones

La presente Directiva no se aplica a prestadores del servicio público de radiodifusión u organizaciones no gubernamentales que no presten servicios que sean esenciales para los ciudadanos ni específicamente para las personas con discapacidad. Tampoco se aplica a los siguientes elementos de los contenidos:

Los Estados miembros podrán excluir los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de escuelas, jardines de infancia o guarderías, excepto en lo relativo a las funciones administrativas esenciales en línea.

Seguimiento

Los Estados miembros deben comprobar la conformidad utilizando la metodología adoptada por la Comisión el . La Decisión de Ejecución (UE) 2018/1524 estableció dicha metodología, que incluye:

Información

A más tardar el , y posteriormente cada 3 años, los Estados miembros publicarán y presentarán a la Comisión un informe sobre el resultado del seguimiento e información sobre el uso del procedimiento de aplicación. El primer informe comprenderá también lo siguiente:

El contenido de todos los informes se hará público en un formato accesible. La Comisión examinará la aplicación de la presente Directiva antes del .

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR ESTA DIRECTIVA?

Está en vigor desde el y debía convertirse en ley en los Estados miembros a más tardar el . Los Estados miembros tenían que aplicar estas medidas del siguiente modo:

ANTECEDENTES

Para más información, véanse:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva (UE) 2016/2102 del Parlamento Europeo y del Consejo, de , sobre la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público (DO L 327 de , pp. 1-15).

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