La decisión n.o 554/2014/EU sobre la participación de la Unión Europea(UE) en el Programa de investigación y desarrollo «Vida cotidiana activa y asistida» (AAL) se basa en los logros obtenidos por el anterior programa del año 2008. El programa está financiado mediante el presupuesto de la Comisión Europea para el programa Horizonte 2020 y las aportaciones económicas de los 17 países participantes.
Cualquier estado de la UE o cualquier otro país asociado a Horizonte 2020 podrá solicitar incorporarse al programa, siempre que hagan las contribuciones económicas necesarias.
El objetivo principal del programa es encontrar soluciones innovadoras en las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) para que los mayores tengan una vida activa y saludable en el hogar, mejorando así su calidad de vida y autonomía, y contribuyendo a mejorar la eficiencia y la eficacia de los sistemas de atención social y sanitaria. Estas soluciones de TIC también tendrán previsiblemente un papel importante en la consecución del objetivo de la UE de incrementar en dos años la esperanza de vida saludable para 2020.
El programa lo ejecuta Ambient Assisted Living (AAL), una asociación internacional sin ánimo de lucro de derecho belga. AAL gestiona la contribución económica de la UE y garantiza que el programa se ejecute con eficiencia.
Cada año, se acuerda y aprueba un plan de trabajo con la Comisión Europea. En este plan se identifican los temas para las convocatorias y las formas de financiación disponibles.
Se publican en el portal único de participantes, también conocido como Portal de financiación y licitaciones. Teniendo en cuenta la duración de Horizonte 2020, las convocatorias en el marco del programa AAL deben realizarse a más tardar el , aunque en casos debidamente justificados la fecha límite sería el .
La contribución financiera de la UE, que cubre los gastos administrativos y de explotación, será de un máximo de 175 millones de euros.
La Decisión está en vigor desde el .
Decisión n.o 554/2014/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de , relativa a la participación de la Unión en el programa de investigación y desarrollo «Vida cotidiana asistida y activa» emprendido conjuntamente por varios Estados miembros (DO L 169 de , pp. 14-26).
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