Garantía de la seguridad de los ascensores

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Directiva 2014/33/UE sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de ascensores y componentes de seguridad para ascensores

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTA DIRECTIVA?

Tiene dos objetivos principales:

PUNTOS CLAVE

La Directiva establece normas uniformes sobre la comercialización y puesta en servicio de ascensores y componentes de seguridad para ascensores. Se aplica a los ascensores de servicio permanente en edificios y construcciones y destinados al transporte de personas y objetos. No se aplica a los funiculares, los montacargas ni las escaleras o pasillos mecánicos. Los ascensores de baja velocidad (con una velocidad inferior a 0,15 m/s) también se excluyen del ámbito de aplicación.

La Directiva determina los requisitos esenciales de salud y seguridad que debe cumplir cada ascensor. Además, define las responsabilidades de los fabricantes, importadores y distribuidores en el contexto de la comercialización de ascensores y componentes de seguridad para ascensores:

Además, la Directiva especifica la manera en que las autoridades nacionales responsables de la vigilancia de la seguridad deben identificar e impedir la importación de componentes de seguridad o ascensores peligrosos de países de fuera de la UE.

¿DESDE CUÁNDO ESTÁN EN VIGOR ESTAS NORMAS?

La Directiva revisó y sustituyó la Directiva 95/16/CE.

Tenía que ser transpuesta al Derecho nacional antes del 19 de abril de 2016. Estas normas están en vigor desde el 20 de abril de 2016.

ANTECEDENTES

La Directiva actualiza las normas de la UE sobre la comercialización y puesta en servicio de ascensores y componentes de seguridad para ascensores. Forma parte del esfuerzo por modernizar el Derecho de la Unión en una amplia variedad de sectores industriales a fin de simplificar las normas, reducir las cargas administrativas y establecer unas normas más claras y uniformes.

Para más información, véase:

DOCUMENTO PRINCIPAL

Directiva 2014/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de febrero de 2014, sobre la armonización de las legislaciones de los Estados miembros en materia de ascensores y componentes de seguridad para ascensores (DO L 96 de 29.3.2014, pp. 251-308).

última actualización 30.08.2022