Financiación de la inversión a largo plazo en la economía de la Unión Europea

 

SÍNTESIS DEL DOCUMENTO:

Reglamento (UE) 2015/760 sobre los fondos de inversión a largo plazo europeos, modificado por el Reglamento (UE) 2023/606

¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE ESTE REGLAMENTO?

PUNTOS CLAVE

El Reglamento (UE) 2015/760 establece normas uniformes sobre la autorización, las políticas de inversión y las condiciones de funcionamiento de los fondos de inversión alternativos (FIA) de la UE o compartimentos de FIA de la UE que se comercializan en la UE como FILPE. Esta síntesis informal y no exhaustiva, que no puede considerarse como un asesoramiento jurídico o de inversión, establece el conjunto general de normas normativas que se aplican a partir del 10 de enero de 2024.

Empresa en cartera admisible

En el momento de la inversión inicial, una empresa en cartera admisible deberá cumplir los requisitos siguientes:

Activos aptos para inversión

Los activos solo se considerarán aptos para inversión por un FILPE si entran en una de las siguientes categorías:

Un FILPE debe invertir al menos el 55 % de su capital en activos aptos para inversión.

Autorización

Una solicitud para convertirse en un FILPE debe incluir:

El Reglamento también enumera la documentación que un GFIA de la UE que solicite gestionar un FILPE establecido en otro Estado miembro debe facilitar a la autoridad competente del FILPE.

Para solicitar y obtener la autorización, los mismos gestores de fondos deben estar autorizados en virtud de la Directiva 2011/61/UE (véase la síntesis).

La Autoridad Europea de Valores y Mercados lleva un registro público central en el que se identifica cada FILPE autorizado, su gestor y su autoridad competente, las fechas de autorización y de inicio de la comercialización del FILPE, etc.

Responsabilidad

Los gestores son responsables de garantizar el cumplimiento del Reglamento y de cualquier infracción. Asimismo, responden de las pérdidas o los daños que se deriven del incumplimiento.

Política de inversión

Los FILPE están sujetos a normas de inversión concretas.

Los activos y la posición deudora de efectivo de los FILPE deben combinarse con los de los organismos de inversión colectiva en los que hayan invertido los FILPE, a fin de evaluar el cumplimiento por parte de éstos de los requisitos de composición y diversificación de la cartera, así como de los límites de endeudamiento (véase más adelante).

Préstamo de efectivo

Reembolso de participaciones o acciones de FILPE

Protección de los inversores minoristas

A fin de garantizar un nivel elevado de protección de los inversores minoristas, debe llevarse a cabo una evaluación de la idoneidad con independencia de que las participaciones o acciones de los FILPE sean adquiridas por los inversores minoristas a los distribuidores o gestores de FILPE o a través del mercado secundario.

El distribuidor o, cuando ofrezca o coloque directamente participaciones o acciones de un FILPE a un inversor minorista, el gestor del FILPE debe emitir una alerta escrita clara que informe al inversor minorista acerca de lo siguiente:

¿DESDE CUÁNDO ESTÁ EN VIGOR EL REGLAMENTO?

ANTECEDENTES

Las evaluaciones, llevadas a cabo por la Comisión Europea en consulta con la Autoridad Europea de Valores y Mercados, mostraron que el mercado de los FILPE no se había ampliado como se esperaba, con un escaso número de fondos, un reducido volumen de activos netos, un número limitado de jurisdicciones en las que estaban domiciliados los FILPE y una composición de la cartera muy sesgada hacia una determinada categoría de inversión elegible. La Comunicación de 2020 de la Comisión por la que se pone en marcha un nuevo plan de acción para la unión de los mercados de capitales citaba la necesidad de garantizar que se canalicen más inversiones hacia las empresas que necesitan capital y proyectos de inversión a largo plazo, sobre todo durante la recuperación de la pandemia de COVID-19.

Para más información, véase:

TÉRMINOS CLAVE

Fondos de inversión a largo plazo europeos (FILPE). Los FILPE están diseñados para proporcionar capital a largo plazo a infraestructuras, pequeñas y medianas empresas (pymes) y proyectos inmobiliarios. Estos fondos se benefician de un pasaporte europeo que les permite comercializarse tanto entre inversores minoristas como profesionales. Se rigen por estrictas normas relativas a sus políticas de inversión y a sus actividades comerciales, lo cual garantiza sólidas salvaguardias para los inversores.
Activos reales. Un activo que tiene un valor intrínseco debido a su constitución y propiedades, como los bienes inmuebles.
Documentos constitutivos. Documentos formales presentados a un organismo público para registrar legalmente la creación de una empresa.
Depositario. Un banco o una empresa, regulado en virtud de la Directiva sobre los gestores de fondos de inversión alternativos (Directiva GFIA), que se encarga de custodiar los activos, controlar los flujos de efectivo y supervisar las operaciones de los fondos de inversión alternativos para mejorar la protección de los inversores, entre otras funciones.
FILPE principal. Un FILPE, o un compartimento de inversión, en el que otro FILPE invierte al menos el 85 % de sus activos en participaciones o acciones.
FILPE subordinado. Un FILPE, o un compartimiento de inversión, que ha sido autorizado a invertir al menos el 85 % de sus activos en participaciones o acciones de otro FILPE o compartimiento de inversión de un FILPE.

DOCUMENTO PRINCIPAL

Reglamento (UE) 2015/760 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2015, sobre los fondos de inversión a largo plazo europeos (DO L 123 de 19.5.2015, pp. 98-121).

Las modificaciones sucesivas del Reglamento (UE) 2015/760 se han incorporado al texto original. Esta versión consolidada solo tiene valor documental.

DOCUMENTOS CONEXOS

Comunicación de la Comisión al Parlamento Europeo, al Consejo, al Comité Económico y Social Europeo y al Comité de las Regiones: Una Unión de los Mercados de Capitales para las personas y las empresas: nuevo plan de acción [COM (2020) 590 final de 24.9.2020].

Reglamento Delegado (UE) 2019/1851 de la Comisión, de 28 de mayo de 2019, por el que se completa el Reglamento (UE) 2017/2402 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas técnicas de regulación relativas a la homogeneidad de las exposiciones subyacentes en las titulizaciones (DO L 285 de 6.11.2019, pp. 1-5).

Véase la versión consolidada.

Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2011, relativa a los gestores de fondos de inversión alternativos y por la que se modifican las Directivas 2003/41/CE y 2009/65/CE y los Reglamentos (CE) n.o 1060/2009 y (UE) n.o 1095/2010 (DO L 174 de 1.7.2011, pp. 1-73).

Véase la versión consolidada.

última actualización 15.01.2024